PLAN DE FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR ESCOLAR DEL CEIP PONS SOROLLA (LERMA)

PLAN DE FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR ESCOLAR DEL CEIP PONS SOROLLA (LERMA) El Comedor de nuestro Centro presta su servicio con: • Carácter preceptivo, ...
4 downloads 0 Views 131KB Size
PLAN DE FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR ESCOLAR DEL CEIP PONS SOROLLA (LERMA) El Comedor de nuestro Centro presta su servicio con: •

Carácter preceptivo, como complemento a la educación, cuya finalidad es hacer posible o facilitar la actividad educativa. Tal como dispone la ley de Calidad de la Educación en su artículo 41.3 que en aquellos casos en que, para garantizar la calidad de enseñanza, los alumnos de enseñanza obligatoria hayan de estar escolarizados en un municipio próximo al de su residencia o a una distancia que lo justifique de acuerdo con la normativa al efecto, las Administraciones educativas prestarán de forma gratuita los servicios escolares de comedor.



Carácter opcional, como elemento de conciliación de la vida laboral y familiar, por lo que constituye una prestación complementaria que ayuda a la conciliación de las necesidades familiares y educativas que impone la forma de vida laboral actual.

Resulta así necesario establecer un marco normativo que, de acuerdo con la ley, concrete el régimen de funcionamiento del servicio de comedor en nuestro centro.

1.- OBJETIVOS:  Desarrollar hábitos alimentarios saludables, hábitos sociales, normas de urbanidad y cortesía y correcto uso y conservación de los útiles de comedor.  Fomentar actitudes de colaboración, solidaridad y convivencia.  Fomentar actitudes de ayuda y colaboración entre los compañeros, prestando atención a los más pequeños y en las labores de puesta y recogida del servicio, a través de la figura del responsable de mesa.  Cuidar la higiene personal: lavado de manos antes y después de las comidas, correcta manipulación de los alimentos, cepillado de dientes, etc.  Desarrollar actividades de expresión artística y corporal que contribuyan al desarrollo psicológico, social y afectivo de los alumnos.  Desarrollar actividades de libre elección y lúdicas que contribuyan al desarrollo de la personalidad y al fomento de hábitos sociales y culturales.

2.- UBICACIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR El servicio de comedor se prestará en las instalaciones que posee el centro específicamente destinadas para ello.

3.- PERIODO DE FUNCIONAMIENT0 El servicio de comedor funcionará con carácter ordinario de 1 de octubre a 31 de mayo. El horario diario será de 13,30 a 15,30 estableciéndose dos turnos: 1. 13,30 a 14,15 horas: alumnos de EPO 2. 14,25 a 15,25 horas: alumnos de EI El servicio funcionará con carácter extraordinario en los días lectivos de septiembre y junio en un solo turno con una capacidad máxima de 150 usuarios.

4.- USUARIOS DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR Tendrán la condición de usuarios de comedor escolar, los alumnos y el personal docente y no docente vinculado al centro, que estén autorizados para el uso del servicio.

Habrá dos tipos de usuarios: • Habituales: alumnos que, autorizados para el uso del servicio, reciben la prestación durante todos los días lectivos o en su caso uno o varios días de forma fija cada semana y con previa determinación del día o días de la semana que va a hacer uso. • El servicio de usuarios esporádicos (Los que soliciten el uso del comedor escolar de forma esporádica o puntual), queda suspendido a lo largo del curso 2010/11. Además de los alumnos que tienen derecho, en todo caso, a la prestación gratuita del servicio de comedor, de acuerdo con lo establecido por la ley, (alumnos de transporte), todos los demás alumnos podrán solicitar su utilización, mediante la presentación de una solicitud conforme al modelo establecido en el Anexo I. En el caso de que existiese mayor número de solicitudes que plazas en el comedor, se atenderá el siguiente orden de prioridad: 1. Alumnos miembros de familias numerosas 2. Alumnos beneficiarios de las ayudas previstas en el artículo 19 del Decreto20/2008 de 13 de marzo por el que se regula el servicio público de comedor escolar en la Comunidad de Castilla y León. 3. El resto del alumnado del centro, con preferencia de los alumnos de etapas educativas básicas respecto a los de las etapas no básicas. 4. Personal docente y no docente que preste servicios en el centro y no ejerza de cuidador en el comedor escolar

5.- COSTE DEL SERVICIO - El cobro del servicio a los usuarios habituales se realizará mediante domiciliación bancaria en el número de cuenta que faciliten los padres dentro de los 5 días siguientes a la finalización del mes en el que se haya prestado el servicio. El importe que se pasará al cargo será igual todos los meses y su cálculo se realizará multiplicando la tarifa aprobada por la Administración por el número de días que va a utilizar el servicio durante todo el curso y dividiendo ese resultado entre el número de meses que comprende el referido período. Para este curso escolar será de 4, 19 € por día. - La anulación del servicio de comedor por usuarios habituales de comedor del servicio por uno o varios días, siempre que se haya comunicado en los términos establecidos en el artículo 12 de la Orden EDU 693/2008 por la que se regula el servicio de comedor, supondrá la deducción automática de los importes correspondientes al número de días de no asistencia en la factura del mes siguiente a su anulación. - En el supuesto de impago de los usuarios, se seguirá un proceso que desembocará en la pérdida de la condición de usuario durante los 9 meses lectivos siguientes a la notificación, pudiendo recargar, a los padres del usuario, los costes económicos originados por las comunicaciones certificadas.

6.-PRESTACIÓN GRATUITA TOTAL O PARCIAL DEL SERVICIO DE COMEDOR POR TENER UNA SITUACIÓN ECONÓMICA Y SOCIO-FAMILIAR DESFAVORABLE. Tendrán derecho a la prestación gratuita, total o parcial del servicio de comedor los alumnos que se encuentran en una situación económica y socio-familiar desfavorable. Para determinar, a efectos del derecho a la gratuidad, total o parcial, del servicio de comedor, si los alumnos se encuentran en una situación económica y socio-familiar desfavorable se tendrán en

cuenta los criterios y puntuaciones referidos a renta familiar y a circunstancias socio-familiares que aparecen reflejadas en el artículo 20 de la Orden EDU 693/2008 de 29 de abril por la que se regula el servicio público de comedor escolar. Los padres o tutores interesados en solicitar la prestación gratuita, total o parcial, del servicio de comedor, deberán presentar la solicitud conforme al modelo del Anexo II, que se facilitará en el centro, en el periodo establecido para ello: a) Los alumnos matriculados en el centro, en la segunda quincena del mes de abril. b) Los alumnos de nueva matriculación, en el momento de la formalización de la matrícula. c) Los alumnos en los que concurran situaciones carenciales específicas, en el momento que se produzca dicha situación Una vez valoradas las solicitudes por el Consejo Escolar del Centro, se enviará relación de alumnos solicitantes y puntuación obtenida a la Dirección Provincial de Educación. Será el Director Provincial de Educación el que resuelva el procedimiento estimando o denegando las solicitudes. El Centro notificará a los interesados la resolución de sus solicitudes y expondrá el listado en el tablón de anuncios del colegio.

7.- MENÚS Y DIETA El menú será el mismo para todos los comensales que hagan uso del servicio, sean alumnos, profesores o personal no docente, salvo menú especial o de régimen para atender a los alumnos o personal docente que, mediante los correspondientes certificados médicos, acrediten la imposibilidad de ingerir determinados alimentos que perjudiquen su salud, debiéndose presentar en la Secretaría del Centro para su comunicación posterior a través del 012.

8.- ATENCIÓN EDUCATIVA, APOYO Y VIGILANCIA A LOS ALUMNOS. Dotación de personal: El servicio de atención educativa, apoyo y vigilancia a los comensales durante el comedor escolar, será realizado por la empresa IGMO adjudicataria del servicio, en las condiciones de idoneidad y proporción de personal que la normativa establece: • •

Un cuidador por cada 25 alumnos comensales o fracción superior a 15 en EPO. Un cuidador por cada 15 alumnos comensales o fracción superior a 10 en E.I. Dicho personal dependerá, a efectos contractuales, de la empresa contratada.

Funciones del personal de vigilancia y atención educativa El personal de vigilancia y atención educativa del comedor, además de la imprescindible presencia física durante la prestación del servicio en su conjunto, desarrollará las siguientes funciones:  Atender y custodiar a los alumnos durante las comidas y el tiempo anterior y posterior a las mismas.  Inculcar en el alumnado comensal la necesidad de respetar las normas de convivencia e higiene establecidas, asegurar el cumplimiento de las mismas, resolver las incidencias que pudieren presentarse durante el tiempo del comedor y trasladar a los responsables del servicio cualquier situación que exceda de su responsabilidad.  Organizar el funcionamiento ordinario del comedor: entradas y salidas, aseo personal, reparto de la comida, disposición de las mesas. Control y distribución de los comensales, ambientación de los locales del comedor, etc.  Prestar especial atención a la labor educativa del comedor: adquisición de unos hábitos adecuados en la mesa y del manejo de los utensilios empleados en la comida.  Desarrollar el plan de actividades de animación sociocultural en el periodo posterior a la comida. Dichas actividades irán incluidas en la Programación General Anual.

 Informar al equipo directivo de cualquier incidencia relacionada con el desarrollo del servicio y a las familias sobre la marcha de sus hijos en el comedor, cuando éstas lo soliciten.  Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director, con vistas al adecuado funcionamiento del comedor.

9.- ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y DE GOBIERNO DEL CENTRO DOCENTE. 1.- Corresponde al Consejo Escolar del centro:  Aprobar y evaluar el Plan de Funcionamiento, como parte de la Programación General Anual del centro.  Proponer a la Dirección del centro la implantación de cuantas medidas contribuyan a mejorar la prestación global del servicio  Aprobar o no la prestación extraordinaria del servicio de comedor escolar que comprende los meses de junio y septiembre, previa coordinación con el servicio complementario de transporte escolar. En caso de aprobarse, el certificado de acuerdo del CE deberá remitirse al Director Provincial de Educación quien lo comunicará a la empresa IGMO, antes del 1 de mayo. 2.- Corresponde a la Directora del centro:  Elaborar, con el Equipo Directivo, el Plan anual de funcionamiento del servicio, como parte de la Programación General Anual del Centro.  Informar a los padres sobre él y velar por el cumplimiento de las normas aplicables al comedor escolar.  Dirigir y coordinar el servicio.  Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al mismo, sin perjuicio de las relaciones laborales existentes, en su caso, entre las empresas concesionarias y su personal.  Velar por el cumplimiento de las normas sobre sanidad, seguridad e higiene.  Autorizar a los usuarios el uso del comedor escolar.  Revisar mensualmente la factura que presenta la empresa de los importes generados por el uso del servicio por los alumnos con derecho a gratuidad total o parcial del servicio.  Expedir el informe correspondiente al Director Provincial si se han observado incidencias en el servicio prestado, con el fin de iniciar el procedimiento oportuno.

3.- Corresponde al Secretario del centro:  Ejercer cuantas funciones le delegue el Director respecto al servicio.  Ordenar el régimen económico del comedor escolar, conforme a las instrucciones del Director.  Realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

10.- NORMATIVA BÁSICA DEL COMEDOR ESCOLAR. Derechos de los usuarios • Ser tratado con educación y amabilidad por todo el personal que realiza la vigilancia y atención del servicio. • Disfrutar de todas las instalaciones y prestaciones que proporciona el comedor. • Ser informado mensualmente de los menús que se van a servir. • Ser informado de las convocatorias de ayuda que pueden solicitar.

• •

Recibir una alimentación equilibrada y los menús especiales de regímenes dietéticos que bajo prescripción facultativa sean necesarios, y menús adaptados en el caso de padecer dolencias puntuales como diarrea, vómitos, hipertermia, procesos catarrales y gripales. No pagar el servicio el día o días que lo hayan anulado a través de la llamada telefónica al servicio 012.

Obligaciones de los usuarios  Atender las orientaciones de las educadoras del comedor y mantener un trato correcto con ellas, de acuerdo con las normas generales del centro y nunca de forma exigente o desconsiderada.  Adaptarse a la minuta establecida, teniendo la obligación de probar de todos los platos del menú, a no ser que existan causas médicas debidamente justificadas.  Colaborar en el servicio del comedor, en caso de que se considere necesario y educativo.  Respetar las normas básicas de convivencia y buena conducta, destacando comer con corrección, no levantarse sin permiso, no hablar con compañeros lejanos ni gritar.  Respetar todas las actividades, instalaciones y material del centro y de los compañeros.  Practicar las normas básicas de higiene personal: lavado de manos, uso de servilleta,...  Asistir al comedor, salvo causa justificada y abonar, en el caso de beneficiarios con gratuidad parcial o sin gratuidad, mensualmente el servicio. Prohibiciones expresas:  Salir del centro sin compañía de un adulto y sin haber presentado previamente y por escrito un permiso de sus padres o tutores, comunicando o autorizando la salida por una causa de necesidad.  Sacar comida del comedor o tirarla al suelo.  Abandonar el comedor antes de que todos los comensales de la mesa hayan terminado de comer y se haya recogido, limpiado la mesa y revisado por parte de la cuidadora.  Una vez dentro del comedor no se podrá salir y entrar a los servicios salvo caso de necesidad y previo permiso a las cuidadoras.  En ningún caso se suministrarán medicamentos a los niños. Las familias adoptarán las medidas necesarias en relación al horario de posología para que no coincida en el horario de comedor.  Entrar en las aulas o coger materiales del centro sin permiso.

NORMAS GENERALES Y ORGANIZACIÓN DEL COMEDOR Todo el alumnado del centro que utilice el servicio del comedor escolar, deberá atenerse a las siguientes normas: 1. Antes de entrar en el comedor tendrá que usar el servicio y lavarse las manos en los aseos y se procederá a hacer las filas para entrar en el comedor. 2.- Se deberá entrar en silencio, sin correr y sin empujar en el orden que indiquen las cuidadoras. 3.- Una vez dentro del comedor, cada alumno se dirigirá a su mesa y aguardará sentado a que se le sirva la comida. Se deberá comer tranquilos, relajados y sentados correctamente sin levantarse hasta que su cuidadora así lo indique. 4.- Se debe masticar con la boca cerrada y no hablar con la boca llena. 5.- Cuando se termine de comer se dejará el plato vacío en el extremo de la mesa para que sea recogido. Cuando se acabe el segundo plato, se dejarán también los cubiertos. Los vasos se apilarán y se dejarán para ser recogidos.

6.- Cuando se quiera repetir o se haya agotado el pan, la leche, el agua.....se levantará la mano para ser atendido por el personal del comedor, sin levantarse de su sitio. 7.- Se deberá comer una ración imprescindible de los tres platos del menú correspondiente. 8.- En función del carácter educativo del comedor los alumnos de 3º a 6º serán los encargados de poner las mesas. Deberán hacerlo durante el periodo de recreo y al acabar el primer turno de comedor, según el turno y semana que establezcan las cuidadoras a principio de curso. 9.- Los alumnos de infantil deberán saber comer solos, comer alimentos sólidos, utilizar los cubiertos y traer una bata con una cinta para colgar. 10.- Ha de procurarse en todo momento mantener el comedor limpio, evitando tirar al suelo trozos de pan o de comida, servilletas de papel, etc. 11.- Se respetará a todos los compañeros del comedor teniendo gestos y comportamientos amistosos y actitudes pacíficas. 12.- Se procurará en todo momento mantener un tono de voz bajo, para no convertir el comedor en una zona de ruido que perjudique a la salud auditiva de los que se encuentran presentes. 13.-Se deberá colaborar y cooperar con las cuidadoras para poder disfrutar en el comedor de un clima acogedor y tranquilo. 14.- Los alumnos del primer turno permanecerán como máximo en el comedor hasta las 14,25 horas y los del segundo turno hasta las 15,25 horas siempre bajo la atenta mirada de una cuidadora. 15.- Los alumnos realizarán actividades de tipo lúdico, organizadas por la empresa IGMO y ejecutadas por las cuidadoras. Estas actividades serán aprobadas por el CE del Centro y pasarán a formar parte del Plan Anual del Centro. 16.- Los días de lluvia y frío se habilitarán unos espacios a disposición de los alumnos para realizar las actividades programadas. 17.- Queda prohibido a los alumnos jugar en todos aquellos espacios que no hayan sido asignados por el Equipo Directivo para realizar el servicio de comedor. 18.- En caso de accidente o lesión, las cuidadoras atenderán a los alumnos que utilizan el servicio de comedor y lo comunicarán al Equipo Directivo 19.- Será de cumplimiento por parte de los alumnos, específicamente todo lo señalado en los apartados de obligaciones y prohibiciones. Será de aplicación general lo regulado en el RRI del Centro y en el Plan de Convivencia.

El incumplimiento de las normas mencionadas, a través de conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia del centro, se atenderá a las siguientes medidas correctivas: NORMA A OBSERVAR

EN CASO CONTRARIO… ¿QUIÉN IMPONE LA MEDIDA CORRECTIVA? Obedecer a las cuidadoras Realización de trabajos Educadoras y coordinador de convivencia Respetar a los compañeros Realización de trabajos Educadoras No desperdiciar la comida Realizar trabajos Educadoras Probar un mínimo de cada Comunicación a la familia Educadoras comida Lavarse las manos antes y Realizar trabajos. Educadoras después de las comidas y cepillarse los dientes Cuidar todos los utensilios e Reponer el utensilio roto o Educadoras instalaciones pagar su importe No gritar, ni levantarse Realización de trabajos Educadoras durante la comida Repetición de conductas Comunicación a las Director

Insulto grave. Pelearse. Escaparse. Falta de respeto al personal del comedor Incumplimiento de sanciones por parte del alumno o de la familia

• • • • •

familias Suspensión del servicio por Coordinador de convivencia unos días y Comisión del Consejo Escolar Suspensión del servicio por Director y Comisión del unos días o definitivamente Consejo Escolar en caso de reincidencia

NORMATIVA LEGAL Decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar en Castilla y León. Orden EDU/693/2008 por la que se desarrolla el Decreto anterior, por el que se regula el servicio público de comedor escolar. Decreto 51/2007, de 17 de mayo por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros de CyL. Orden EDU 1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de CyL. R.R.I. y Plan de Convivencia del Centro.