REGLAMENTO DEL COMEDOR ESCOLAR

REGLAMENTO DEL COMEDOR ESCOLAR ÍNDICE DEL REGLAMENTO DEL COMEDOR ESCOLAR 1. INTRODUCCIÓN Y NORMATIVA VIGENTE. …………………………………………..1 2. CARÁCTERÍSTICAS...
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REGLAMENTO DEL COMEDOR ESCOLAR

ÍNDICE DEL REGLAMENTO DEL COMEDOR ESCOLAR 1. INTRODUCCIÓN Y NORMATIVA VIGENTE. …………………………………………..1 2. CARÁCTERÍSTICAS. 2.1.

OBJETIVOS. …………………………………………………………….………….2

2.2.

INSTALACIONES. ………………………………………………………………….2

2.3.

PERIODO DE FUNCIONAMIENTO. ……………………………………………..2

2.4.

HORARIO. …………………………………………………………………………..3

2.5.

PERSONAL. ………………………………………………………………………...3

3. USUARIOS. …………………………………………………………………………………5 4. COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS DEL CENTRO. ……………………….………7 5. FINANCIACIÓN Y GESTIÓN DEL SERVICIO ………………………………………….8 5.1.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. …………………...8

5.2.

COBRO DEL SERVICIO. ……………………………………………………….…11

6. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS COMENSALES …………………………...13 7. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES/ MADRES O TUTORES. ………………………………………………………………………………….14 8. NORMAS GENERALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO. 8.1.

ANTES DE COMER. ……………………………………………………………….15

8.2.

DURANTE LA COMIDA. …………………………………………………………..15

8.3.

DESPUÉS DE COMER. …………………………………………………………...15

8.4.

EN EL RECREO. …………………………………………………………………...15

8.5.

OTRAS DISPOSICIONES. ………………………………………………………...16

9. TIPIFICACIÓN DE FALTAS. ……………………………………………………………....16 9.1.

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA. ………..17

9.2.

CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA. …………………………………………………………………….17

9.3.

MEDIDAS CORRECTIVAS ………………………………………………………. 18

INFORME, INCIDENCIAS DEL COMEDOR ESCOLAR ……………………………… 20

REGLAMENTO DEL COMEDOR ESCOLAR, CEIP SANTA CECILIA

1.- INTRODUCCIÓN Y NORMATIVA VIGENTE El Comedor Escolar del C.E.I.P. SANTA CECILIA de Espinosa de los Monteros (Burgos), se regula por la normativa vigente recogida a continuación en este Plan de Comedor:  Artículo 82.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.  Decreto 20/ 2008, de 13 de marzo.  Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por el que se regula el servicio público de comedor escolar en la Comunidad de Castilla y León. 

Real Decreto 82/ 1996, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Educación Primaria.

El comedor escolar es un servicio complementario de carácter educativo que pretende garantizar la calidad de la enseñanza de los alumnos de enseñanza obligatoria que hayan de estar escolarizados en un municipio próximo al de su residencia o a una distancia que lo justifique. Este servicio, además de servir a la Administración educativa como factor importante para garantizar la escolarización, también desempeña una destacada función social a través de las ayudas previstas para compensar posibles carencias de tipo familiar o económico, facilitando asimismo la conciliación de la vida familiar y laboral. La experiencia en la gestión de este servicio ha conducido recientemente a su nueva regulación con el fin de utilizar aquéllas técnicas de gestión administrativa que el ordenamiento jurídico pone a disposición de la Administración para garantizar un servicio público de calidad y salvaguardar los legítimos derechos de los usuarios del servicio. En efecto el Decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar, establece las distintas modalidades de gestión del servicio de comedor escolar, con especial incidencia en su prestación a través del contrato de gestión de servicio público.

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2. CARACTERÍSTICAS 2.1. OBJETIVOS 

Orientar en materia de educación para la salud (higiene y alimentación).



Adquirir y ejercer hábitos sociales y normas de urbanidad y cortesía.



Adquirir e interiorizar hábitos de conservación y correcto uso de los útiles de comedor.



Fomento de las actitudes de colaboración, solidaridad y convivencia.



Colaborar con las familias reforzando medidas de limpieza.



Desarrollar actividades de expresión artística y corporal.



Desarrollar actividades de libre elección que contribuyan al desarrollo de la personalidad y al fomento de hábitos sociales.

2.2. INSTALACIONES Las instalaciones están muy bien equipadas tanto en la cocina como el Comedor y bien adaptadas para los alumnos de las distintas edades desde 2º Ciclo de E. Infantil al último curso de E. Primaria. Se dispone de una cocina con almacén y baño para el personal de cocina y un amplio Comedor. Para el recreo posterior a la comida, las instalaciones disponen en la planta baja: dos patios de juegos, unos aseos cercanos al comedor, un amplio porche cubierto y una sala de usos múltiples, con sus aseos correspondientes.

2.3. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO La prestación ordinaria del servicio será de Octubre a Mayo ambos meses incluidos. La prestación extraordinaria del servicio de comedor escolar, para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, comprenderá los meses de junio y septiembre cuando así se acuerde por mayoría del consejo escolar del centro y previa coordinación con el servicio complementario de transporte escolar. El certificado del acuerdo del consejo escolar deberá remitirse al Director Provincial de Educación correspondiente que lo notificará al concesionario o titular del establecimiento adjudicatario antes del 1 de mayo. 2

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2.4. HORARIO El horario establecido para la actividad de comedor y su recreo es de 13:OO

a

15:OOh de lunes a viernes los días que sean lectivos .

2.5. PERSONAL La empresa adjudicataria aportará un responsable de comedor así como

los

cuidadores necesarios. El número de cuidadores será de:  Un cuidador por cada 25 alumnos comensales o fracción superior a quince de Educación Primaria.  Un cuidador por cada 15 alumnos en E. Infantil.

Funciones del responsable de comedor escolar: 

Supervisar los preparativos del servicio de comedor, coordinando las tareas de los cuidadores y garantizando la apertura del servicio en el horario aprobado.



Controlar el acceso y la presencia en el comedor escolar tanto de los comensales habituales como de los esporádicos.



Controlar que el menú sea servido en condiciones higiénicas adecuadas y que el menaje se encuentre en un estado idóneo de utilización.



Controlar que el menú servido se ajuste al previamente planificado e informado a padres y usuarios.



Verificar la adecuación del menú servido a los alumnos que, bajo prescripción facultativa, precisen un régimen dietético especial, siempre y cuando hubiera sido previa y adecuadamente comunicado.



Recoger y conservar la «comida testigo» de acuerdo con la normativa vigente.

Entre las funciones más importantes de los cuidadores destacaremos: 

Vigilancia y cuidado de los alumnos/as durante el período de comedor y los recreos.



Orientación en materia de educación para la salud, de adquisición de hábitos sociales y de una correcta utilización y conservación del menaje de comedor.



Ayudar en las labores del comedor: ayudar a servir, recoger, cortar la comida para los pequeños, etc. 3

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Ayudar a comer a los niños/as que lo necesiten y enseñarles, si es preciso, a comer, pelar, etc.



En caso de producirse algún accidente o enfermedad durante la comida o en el recreo, el niño será atendido debidamente por los cuidadores, que le llevarán al centro de salud ante la menor duda de la posible gravedad de la situación, comunicándolo a algún profesor.



Los cuidadores deben asimismo avisar a las familias si se produce algún accidente o circunstancia digna de mención. El centro proporcionará a los monitores un listado de todos los alumnos comensales con sus números de teléfono.



Los monitores informarán a las familias, tutores o al personal directivo sobre conductas observadas a los alumnos que a su juicio deban corregirse, tomando nota por escrito en el parte de incidencias de las consideradas graves.



Se informará a los padres del niño que reiteradamente se niegue a comer.



Deberán controlar la higiene de los alumnos/as antes y después de las comidas.



Resolver en el momento los problemas y discusiones que surjan.



Organizar la entrada y salida con orden.



Dar ejemplo a los niños, cuidando el lenguaje y los hábitos de comportamiento.



Dinamización de los alumnos, mediante actividades de lectura, dibujo, juegos de mesa, juegos de patio, canciones, visionado de DVD, etc.

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3. USUARIOS 1.- Tendrán la condición de usuarios internos de comedor escolar, todos los alumnos del centro y el personal docente y no docente vinculado al centro, que estén autorizados para el uso del servicio, considerándose usuarios externos del mismo a los padres o tutores.

2.- Se contemplan tres categorías de comensales:  Comensal habitual continuo. El que va todos los días (el alumno que falte más de un 20% de los días de comedor que tiene el mes y no lo justifique será dado de baja del servicio y, en su caso, deberá hacer uso del mismo como esporádico).  Comensal habitual discontinuo. Tiene que ir NO todos los días de comedor pero si al menos un 50% de esos días y presentando antes del 1 del mes un calendario de asistencias que estará disponible en la aplicación y que grabará la empresa.  Esporádico. Es el que hace uso del comedor de manera puntual y llama al 012 para apuntarse para ese día.

3.- La autorización de uso de comedor se entiende concedida de forma implícita a los siguientes colectivos: a) A los alumnos beneficiarios del servicio de transporte escolar. B Al personal docente que tenga la condición de cuidador.

4.- El resto de colectivos no incluidos en el apartado anterior requerirá, para el uso del comedor, autorización del director del centro. 5. El servicio de comedor puede ser utilizado por: 

Los alumnos/as que hagan uso habitualmente del transporte escolar, que disfrutarán del servicio de comedor de manera gratuita.



Los alumnos/as que accedan a la condición de becarios por tener una situación económica y socio-familiar desfavorable.



Todos los alumnos/as que lo soliciten, asumiendo el pago correspondiente.



Profesorado y personal no docente, previo pago del cubierto. 5

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Periódicamente el Director/a del centro podrá autorizar la utilización del comedor a representantes de padres y madres del alumnado, al objeto de comprobar el funcionamiento del servicio, abonando los importes correspondientes.



Esporádicamente el Director/a podrá autorizar asimismo el uso del recinto del comedor a instituciones sin ánimo de lucro que lo soliciten.

6. El plazo para inscribirse en el servicio de comedor se abrirá al comienzo de cada curso escolar, durante el mes de septiembre, en fechas de las que se informará puntualmente a la comunidad escolar.

7. En el caso de que existiese mayor número de solicitudes que plazas en el comedor se atenderá al siguiente orden de prioridad: 

Primero, los alumnos transportados.



Segundo, los alumnos con derecho a la prestación gratuita total o parcial por tener una situación económica y socio-familiar desfavorable.



Tercero, otro alumnado del centro.



Por último, personal docente y no docente que preste sus servicios en el centro.

8. Causas de baja temporal: 

Por deudas contraídas con el comedor en el mes anterior. Este hecho será decidido por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN.



Por presentar problemas de conducta. (En el caso de los alumnos transportados, a los que no es aplicable, se tomarán otras medidas)



No cumplir otras normas del presente Plan así como del Reglamento de Régimen Interno.



Por padecer enfermedad que pueda suponer riesgo para los demás usuarios del servicio.



Por inapetencia habitual y continuada, en el caso de los niños no transportados.



Por no controlar habitualmente los esfínteres, en el caso de los niños no transportados.

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4. COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS DEL CENTRO Corresponde al Consejo Escolar del centro: 

Aprobar y evaluar el Plan de Funcionamiento, como parte de la Programación General Anual del centro.



Colaborar con la Dirección del centro y con la Dirección Provincial de Educación en las actuaciones relativas a la organización del servicio de comedor.



Determinar, a través de la Comisión de Comedor, las medidas correctivas pertinentes para aquellas conductas calificadas como “gravemente perjudiciales para la convivencia”

Corresponde al Director del centro: 

Elaborar, con el equipo directivo, el Plan de Funcionamiento del servicio, como parte de la Programación General Anual del Centro.



Dirigir y coordinar el servicio.



Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al mismo, sin perjuicio de las relaciones laborales existentes entre la empresa concesionaria y su personal.



Velar por el cumplimiento de las normas sobre sanidad, seguridad e higiene.

Corresponde al Secretario del centro: 

Ordenar el régimen económico del comedor escolar, conforme las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades competentes.



Ejercer cuantas funciones delegue el director del centro.

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5. FINANCIACIÓN Y GESTIÓN DEL SERVICIO La gestión del servicio público de comedor escolar se realizará a través de la figura de la concesión, no pudiendo tener los respectivos contratos que se suscriban una duración superior, incluidas las prórrogas, a 10 años.

La Dirección General de Infraestructuras y Equipamiento determina la modalidad de gestión del servicio, que en el caso de nuestro centro se realiza mediante la contratación con una empresa del sector.

La contratación del servicio corresponde al Director Provincial de Educación.

5.1. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. Derechos del concesionario. a) El uso de la cocina, locales e instalaciones del centro y medios necesarios para la correcta prestación del servicio. b) El agua y la energía eléctrica necesaria para el funcionamiento del comedor escolar. c) La percepción de la tarifa por menú escolar, fijada por la Administración con las actualizaciones periódicas correspondientes. d) Aquellos otros derechos fijados contractual o normativamente.

Obligaciones del concesionario. 1.

El concesionario en relación con el personal que preste sus servicios en el comedor escolar, cualquiera que sea su vinculación jurídico-laboral, tendrá las siguientes obligaciones: a) Garantizar que reciba la formación necesaria en materia de seguridad alimentaria, dietético-nutricional, prevención de riesgos laborales y primeros auxilios. b) Dotarle del vestuario adecuado durante las horas en que se realice el servicio. El personal deberá cuidar la limpieza de su indumentaria e ir provisto permanentemente de una placa de identificación colocada en lugar visible.

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c) Garantizar el cumplimiento de cuantas normas de higiene y salubridad disponga la legislación vigente, con el control de la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad alimentaria. d) Responder de las acciones u omisiones de su personal en relación con la indumentaria, la puntualidad, el comportamiento, la atención al alumnado y al personal del centro educativo y en general con la adecuada prestación del servicio.

2.

El concesionario en relación con las instalaciones, el equipamiento, los electrodomésticos, utensilios y mobiliario del comedor escolar tendrá las siguientes obligaciones: a) Mantenerlos en buen estado y perfectas condiciones de uso, limpieza y orden, siendo responsable de cualquier deterioro o desperfecto que pueda ocasionar el personal a su cargo. b) Efectuar, a su costa, tanto las revisiones de mantenimiento y reparación por instaladores técnicos autorizados del equipamiento electrodoméstico como, en su caso, su sustitución por otros de iguales o superiores características. c) Mantener y reponer el menaje de cocina, vajilla y cubertería individual, estanterías, carros, material auxiliar y útiles de limpieza que presente cualquier tipo de deterioro que disminuya la calidad del servicio exigido. d) Aquellas otras obligaciones fijadas contractual o normativamente.

3.

El concesionario en relación a la prestación del servicio tendrá las siguientes obligaciones: a) Garantizar a los usuarios una alimentación equilibrada con estricta sujeción a las instrucciones técnicas que al efecto dicte la Consejería competente en materia de educación y el servicio a los alumnos que deban llevar una alimentación especial. b) Crear, aplicar y mantener procedimientos permanentes basados en los principios del documento «Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico» (APPCC), que en todo caso, incluirán la adecuada trazabilidad de las materias y productos utilizados en la elaboración de las comidas.

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c) Velar por la adecuada planificación del aprovisionamiento de materias primas, su conservación y adecuada rotación en las instalaciones del centro en el caso de los menús escolares elaborados «in situ». d) Garantizar que las comidas servidas a los alumnos lleguen en perfectas condiciones respetando la cantidad prescrita, la calidad, la higiene …

4.

El concesionario en relación a la atención a los usuarios del servicio tendrá las siguientes obligaciones: a) Elaborar menús adaptados a alumnos con problemas agudos, tales como diarrea, vómitos, hipertermia, procesos catarrales y gripales que requieran una modificación dietética durante unos días, siempre que los padres o tutores lo hayan solicitado. b) Prestar el servicio de comedor escolar a los usuarios esporádicos. c) Comunicar a la Dirección Provincial de Educación correspondiente, cuantas reclamaciones en relación al servicio se hubieren presentado.

5.

El concesionario en relación al cobro del servicio tendrá las siguientes obligaciones: a) Presentar al director del centro, dentro de los cinco días siguientes a la finalización del mes en que se haya prestado el servicio de comedor, la factura comprensiva de los importes generados por el uso del servicio por los alumnos con derecho a la gratuidad total o parcial del servicio. La factura se presentará desglosada en la forma que se determine contractualmente. b) Recaudar la tarifa total o parcial del menú escolar aprobada por la Administración a los usuarios habituales del servicio de comedor escolar que no tengan derecho a la gratuidad total del servicio. c) Recaudar la tarifa del menú escolar aprobada por la Administración para los usuarios esporádicos.

6.

El concesionario en relación a los controles higiénico-sanitarios, dietéticonutricionales y al cumplimiento de las obligaciones de la concesión tendrá las siguientes obligaciones:

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a) Solicitar la autorización sanitaria de funcionamiento del comedor escolar con anterioridad al inicio de la actividad. b) Prestar el servicio de acuerdo con los requisitos especificados en la legislación y someterse a los controles e inspecciones periódicas de los comedores escolares.

-La administración del comedor rendirá cuentas a la Comisión Económica y al Consejo Escolar, en las reuniones previstas. -Para solicitar información o consultar cualquier tipo de problema los padres deben dirigirse al secretario o al Director del centro. -La gestión económica del comedor formará parte de la Cuenta de Gestión del Centro, con carácter anual.

-Las fuentes de financiación del servicio son:  Las cantidades procedentes de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, que le son asignadas al centro por la Consejería de Educación.( transportados y becados)  Las aportaciones pagadas por los usuarios como precio del servicio.  Las cantidades que puedan recibirse en concepto de subvención o ayuda desde otras instituciones públicas o privadas.

-El precio diario del cubierto se determina al comienzo de cada curso escolar de acuerdo con las instrucciones de la Dirección General de Infraestructuras y Equipamiento.

5.2. COBRO DEL SERVICIO. 1.- El cobro del servicio a los usuarios habituales se realizará mediante domiciliación bancaria en el número de cuenta que faciliten los padres o tutores, dentro de los cinco días siguientes a la finalización del mes en que se hubiera prestado el servicio de comedor.

2.- El importe que se pasará en función del número de días que haya utilizado el servicio durante el mes correspondiente. En el supuesto de ser beneficiario de una ayuda parcial el importe se reducirá un 75% o un 50%, según sea la ayuda concedida. 11

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3.- La anulación del servicio de comedor por usuarios habituales del servicio bien por un día o por varios días, siempre que se haya comunicado en los términos establecidos en el párrafo siguiente, supondrá la deducción automática de los importes correspondientes al número de días de no asistencia en la factura del mes siguiente al de la anulación.

4.- La anulación del servicio por los padres o tutores de los alumnos se efectuará a través de cualquiera de los medios siguientes: a) Por vía telefónica a través del número 012 antes de las 9,30 horas del día en que se va a usar el servicio. b) De forma telemática a través de la web habilitada.

5.- El cobro de la tarifa del menú escolar para los usuarios esporádicos se realizará en el nº de cuenta que los padres hayan designado dentro de los cinco primeros días del mes siguiente.

6.- En el supuesto de impago, el concesionario lo pondrá en conocimiento de los padres y remitirá el requerimiento de pago, mediante correo certificado con acuse de recibo, para que procedan a su pago en el plazo máximo de quince días computados a partir del día siguiente a su recepción, en el número de cuenta que designe el concesionario pudiendo recargar el importe adeudado con el coste del certificado y de la devolución bancaria. Si transcurrido el citado plazo no se hubiera procedido al pago, el concesionario notificará mediante correo certificado la denegación del derecho al uso del servicio durante los nueve meses lectivos siguientes a la notificación. En el caso de los beneficiarios de ayuda parcial del servicio, remitirá copia de todas las actuaciones a la Dirección Provincial de Educación, para que proceda a la cancelación de la ayuda y la denegación del uso del servicio durante los nueve meses lectivos siguientes a la notificación.

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6. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS COMENSALES Derechos. a) Recibir una alimentación en condiciones saludables de higiene. b) Recibir una alimentación equilibrada desde la perspectiva dietético-nutricional, de acuerdo con las pautas nutricionales fijadas por la Administración c) Recibir los menús adaptados en el caso de padecer problemas agudos, tales como gastroenteritis o procesos que requieran una modificación dietética durante unos días. d) Recibir la debida atención de todo el personal que realiza la vigilancia y atención del servicio. e) Disfrutar de todas las instalaciones y prestaciones que proporciona el servicio de comedor. f) Participar en las actividades realizadas en los períodos de tiempo libre anteriores y posteriores a la hora de la comida.

Obligaciones. a) Respetar las normas de funcionamiento establecidas por el Centro para el servicio de comedor. b) Adaptarse al menú establecido, teniendo la obligación de probar todos los platos, a no ser que existan causas médicas debidamente acreditadas. c) Permanecer en el Centro durante el horario de comedor, estando prohibido abandonarlo antes del tiempo fijado sin compañía de adulto y sin haber presentado, previamente y por escrito un permiso de sus padres o tutores, comunicando o autorizando la salida. d) Permanecer en el comedor hasta que las cuidadoras lo indiquen, e) Asistir al comedor escolar en el horario establecido para la comida, salvo justificación expresa. f) Atender las orientaciones de las cuidadoras del comedor y observar un trato correcto con ellas, de acuerdo con las normas generales del Centro. g) Cumplir las normas de higiene personal: lavado de manos, uso de la servilleta, cepillado de dientes, etc. h) Cuidar de las instalaciones y material del comedor escolar.

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i) Respetar las normas básicas de convivencia y buena conducta, destacando comer con corrección, no levantarse sin permiso, no hablar con compañeros lejanos ni gritar ni sacar comida del comedor o tirarla al suelo. j) Colaborar en el servicio del comedor, en caso de que se considere necesario y educativo, a partir de quinto curso de Educación Primaria.

7. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES/ MADRES O TUTORES. Derechos. a) Que sus hijos o pupilos reciban el régimen dietético adecuado en caso de enfermedad crónica que así lo justifique. b) Para que no se les cobre el día que no asisten al comedor deberán llamar al 012 con antelación o el mismo día antes del las 9,30 horas. c) Solicitar y recibir, en el caso de que cumplan los requisitos dentro de los plazos establecidos, las ayudas de comedor consistentes en una reducción del 100%, 75% y 50% del precio del menú. d) Recibir información sobre los menús a suministrar con una periodicidad mensual. e) Solicitar y recibir información verbal acerca de la alimentación y comportamiento del alumno. f) Poder expresar sus quejas y sugerencias. g) Utilización de la siguiente página Web para realizar trámites: https://comedoresescolares.jcyl.es/comesc/login.jsf

Obligaciones. a) Velar por la asistencia de los alumnos con derechos a gratuidad total o parcial del servicio al comedor escolar, salvo causa justificada y a abonar, en el caso de beneficiarios de gratuidad parcial, mensualmente el servicio. b) Abonar mensualmente el servicio de los usuarios habituales sin derecho a gratuidad. c) Abonar el servicio de los usuarios esporádicos. d) Contribuir al adecuado funcionamiento del comedor escolar. e) Comunicar por escrito al centro las situaciones de necesidad de una modificación dietética. 14

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f) Aportar y velar por el cuidado de los útiles de aseo personal, bata en infantil y ropa de recambio para los alumnos más pequeños, en caso de necesidad. g) Comunicar cualquier variación en el uso del servicio. h) Recoger a sus hijos en los tiempos fijados.

8. NORMAS GENERALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 8.1. ANTES DE COMER  De 13:OOh. a 13:05h. los niños se colocarán en filas en el porche los de E.Primaria y en el pasillo los de E. Infantil..  Cuando lo indique el cuidador/a pasarán por cursos a lavarse las manos ordenadamente según van entrando hacia el comedor.

8.2. DURANTE LA COMIDA  Deben saber en qué sitio se van a sentar.  El ambiente debe ser relajado y tranquilo, utilizando un tono de voz adecuado.  No se han de levantar hasta que acaben.(Salvo los encargados de mesa, cuando sea necesario.)  Deben comer lo que se les sirva en el plato o, al menos, probarlo.  Los niños/as seguirán las orientaciones de los cuidadores en cuanto a las normas de educación en la mesa: estar bien sentado, comer con la boca cerrada, no sacar los alimentos del plato ni tirarlos, limpiarse la boca y manos con la servilleta, utilizar bien los cubiertos, etc.  Los alumnos/as a partir de 3° colaborarán en el servicio de comedor.

8.3. DESPUÉS DE COMER  Los niños/as se lavarán las manos y la cara y se cepillarán los dientes en los baños de la planta baja del edificio del comedor. (Aprox. de 13:35h. a 13:45h.)

8.4. EN EL RECREO  Los alumnos/as no podrán salir del recinto escolar si no están acompañados de sus padres, y éstos deberán comunicarlo al monitor, el cual lo notificará al tutor correspondiente. 15

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 Respetarán las indicaciones de los cuidadores en todo momento.  No se permitirá el acceso a la las plantas superiores.  No accederán al edificio salvo en días de climatología adversa, que se podrá estar en el pasillo del comedor o en la sala de usos múltiples de E. Infantil siempre bajo la supervisión de los cuidadores. Esta sala puede ser utilizada para ver vídeos educativos o realizar alguna otra actividad dirigida.  Los baños a utilizar son los de la planta baja del edificio del comedor  En caso de que los balones salgan fuera del recinto, siempre se pedirá permiso al cuidador para su recogida.

8.5. OTRAS DISPOSICIONES  Únicamente se servirá un menú cada día. En caso de necesitarse, por razones de salud, menús o dietas especiales para algún comensal, se procurará que la empresa satisfaga estas necesidades.(adjuntar prescripción médica).  Se servirá a los comensales la cantidad de alimentos que por su edad y complexión física les corresponda.  Mensualmente se informará a los padres de los menús que se van a servir con el fin de que puedan planificar el resto de las comidas de sus hijos.  No se suministrarán medicamentos a los niños, salvo que estén siguiendo un tratamiento y haya nota expresa de los padres.  Los alumnos que no pertenezcan al comedor no podrán estar en el recinto escolar en

horario

de

comedor,

salvo

que

estén

participando

en

actividades

extraescolares y bajo la supervisión de algún profesor.

9. TIPIFICACIÓN DE FALTAS Ante los problemas cotidianos de convivencia, se hará uso, al igual que en el resto de horas en el Centro, del rincón silla-boca, silla-oreja, para que los alumnos aprendan a resolver los conflictos entre ellos de forma ordenada y tranquila. También se hará uso de las figuras de mediador (otros alumnos o adultos), para intervenir en situaciones más graves o reincidentes. 16

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9.1. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA. 1. Salir del centro sin permiso. 2. El mal uso o deterioro no grave y causado intencionadamente de las dependencias del centro, de material del mismo o de los objetos y pertenencias de los demás miembros de la Comunidad Educativa. 3. La falta de obediencia o respeto a los cuidadores. 4. Las ofensas o insultos contra los compañeros. 5. Los actos de agresión física contra los miembros del centro que no tengan carácter de graves. 6. No cumplir las normas básicas de higiene y comportamiento en la mesa.

9.2. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA. 1. Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra los miembros de la Comunidad Educativa. 2. La reiteración, en un mismo curso escolar, de conductas contrarias a las normas de convivencia. 3. La agresión grave, física o moral, contra los demás miembros de la Comunidad Educativa o la discriminación grave por razón de raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social. 4. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente relativos al funcionamiento del comedor y la falsificación o sustracción de documentos. 5. Los daños graves causados por uso indebido o de forma intencionada en los locales, material o documentos del centro o en los bienes de otros miembros de la Comunidad Educativa. 6. El incumplimiento de las sanciones impuestas.

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MEDIDAS CORRECTIVAS

¿QUIÉN?

a) Amonestación pública o

- Personal del servicio

privada oral o escrita.

del comedor.

b) Comunicación oral o escrita

- Personal del servicio

a la familia.

del comedor.

c) Medidas organizativas, tipo

- Personal del servicio

cambio de asiento…

del comedor.

d) Exigencia de petición pública o privada de disculpas

e) Comparecencia inmediata ante el Equipo Directivo.

en recreos, por un máximo de

Oído el alumno.

Oído el alumno.

Oído el alumno

- Personal del servicio del comedor.

Oído el alumno.

- Equipo Directivo. - Personal del servicio del comedor. - Equipo Directivo.

f) Realización de trabajos específicos en horario lectivo o

CONDICIONES

Oído el personal del servicio. Oído el alumno.

Oído el alumno. - Equipo Directivo.

Oído el personal del servicio. Comunicación a la familia.

tres días. g) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y el desarrollo de la actividad en el horario del comedor o, si procede, dirigidas a reparar el

Oído el alumno. - Equipo Directivo

daño causado en las

Oído el personal del servicio. Comunicación a la familia.

instalaciones o el material utilizado, por un máximo de cinco días lectivos. h) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias.

Oído el personal del servicio. - Equipo Directivo

Oído el alumno. Comunicación a la familia.

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Oído el personal del servicio. Oído el alumno. Comunicación a la familia. Comunicación a la

i) Suspensión del derecho de asistir al servicio de comedor por un periodo no superior a 3 días lectivos.

Administración y la empresa. - Director

Durante el tiempo que dure la sanción, la asistencia a las clases sigue siendo obligatoria, por lo que la familia será la responsable de los traslados al centro.

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C.E.I.P. SANTA CECILIA ESPINOSA DE LOS MONTEROS

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COMEDOR ESCOLAR INCIDENCIAS

Informe a los padres El alumno/a _________________________________ durante los días __________ _________________________ del mes de __________________________________

No ha comido Mal comportamiento en el Comedor Mal comportamiento en el recreo

Otros __________________________________________________

En Espinosa de los Monteros a ____________ de _________________ de 20--

La Monitora

La Directora

20