Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / w...
15 downloads 2 Views 170KB Size
Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN, A TRAVÉS DE PRUEBAS SELECTIVAS, DE UNA RELACION DE ASPIRANTES AL DESEMPEÑO, MEDIANTE CONTRATACIÓN TEMPORAL, DEL PUESTO DE TRABAJADOR/A SOCIAL (NIVEL B) DEL AYUNTAMIENTO DE BURLADA. BASES REGULADORAS BASE 1ª. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NORMAS GENERALES. 1.1. Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Trabajador/a Social, de la que se diferenciará una sub-lista para los puestos que tengan asignada preceptividad lingüística en euskera, con el fin de dar cobertura a las necesidades que se produzcan en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Burlada. 1.2. La presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de Navarra, y las bases estarán a disposición de las personas interesadas en las oficinas municipales (Plaza de las Eras s/n) y en la web municipal www.burlada.es. 1.3. Las características de las contrataciones en relación a su régimen jurídico (administrativo; laboral), al tipo de jornada (completa; parcial), a la duración de las mismas; la causalidad que las justifique; y demás cuestiones pertinentes serán las que resulten en cada caso en función de las determinaciones establecidas en la Plantilla Orgánica y la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Burlada, para estas plazas. 1.4. El horario de trabajo será establecido en el calendario laboral confeccionado por el Ayuntamiento de Burlada u Organismo Autónomo competente, pudiendo ampliarse y/o modificarse la jornada por necesidades del servicio de conformidad con la legislación vigente. 1.5. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B de los establecidos en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, así como con los complementos que se contemplan en la Plantilla Orgánica para dicho puesto de trabajo. 1.6. La persona que resulte contratada en virtud las funciones y trabajos propios de la titulación programas de actuación, tanto presentes como futuro, adecuados a su nivel y categoría y a la convocatoria.

de esta convocatoria desempeñará de Trabajo Social, en los distintos los que puedan implantarse en el titulación y estudios exigidos en la

BASE 2ª. INSTANCIAS 2.1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Burlada, instancia oficial en el plazo comprendido entre los días 1 y 12 de agosto de 2016, ambos inclusive o bien, de cualquiera de las formas establecidas en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A dicha instancia deberán acompañar los documentos que acrediten el cumplimiento de los Trabajador Social Nivel B

Pág. 1 de 10

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

requisitos de titulación y/o perfil lingüistico exigidos en la base tercera de esta convocatoria. Los documentos serán originales o compulsados debidamente teniéndose por no presentados en caso contrario. 2.2. Las instancias deben ajustarse al modelo publicado como Anexo I en la presente convocatoria y que será facilitado en Registro General, Oficina de Atención Ciudadana, (Plaza de las Eras, s/n) del Ayuntamiento de Burlada. En ellas las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Cuando las solicitudes se presenten al amparo de lo establecido en el art.38.4 de la Ley 30/1992, en cualquier otro registro distinto al Registro General del Ayuntamiento de Burlada, las personas solicitantes deberá remitir, dentro del plazo de presentación de instancias, a la siguiente dirección electrónica [email protected] , copia del documento de solicitud y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de acceso, en la que quede acreditado sello y fecha de entrada del correspondiente registro. Esta remisión tendrá carácter obligatoria e ineludible, de modo que la documentación remitida por email permitirá dar continuidad a la tramitación del procedimiento de selección pero carecerá de valor definitivo en tanto no tuviera entrada en el Ayuntamiento de Burlada la solicitud de modelo original. El incumplimiento de este proceso de remisión será causa de exclusión del proceso selectivo en el caso de que la solicitud registrada llegara con posterioridad a la publicación de la lista inicial de personas aspirantes admitidas y excluidas. 2.3. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas. BASE 3ª. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES Para ser admitido/a a las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir en el momento en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores y trabajadoras. También podrán participar el cónyuge de lo/as españole/as y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separado/as de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. Trabajador Social Nivel B

Pág. 2 de 10

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

c) Hallarse en posesión del título de Asistente Social o Diplomado –o grado– en Trabajo Social, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones. e) Para figurar en la relación de Trabajador/a Social con preceptividad de euskera, es necesario poseer conocimiento de euskera a nivel de tercer grado de preceptividad (C1) conforme Anexo de la Ordenanza reguladora del Uso y Fomento del Euskera en el ámbito municipal de Burlada. Ello se podrá acreditar mediante prueba realizada al efecto por el Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública o mediante la presentación del título de EGA o equivalente. Las personas aspirantes que deseen hacer la prueba del conocimiento del vascuence deberán indicarlo en la instancia general. f)

No hallarse inhabilitado/a ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado/a del servicio de una Administración Pública.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación. BASE 4ª. PROCEDIMIENTO Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio. “Las Administraciones Públicas de Navarra podrán constituir listas de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con los siguientes sistema de selección:….c) Listas de aspirantes constituidas mediante convocatoria pública de pruebas selectivas para la provisión temporal del puesto de trabajo de que se trate, de acuerdo con el orden de puntuación obtenida en las correspondientes pruebas selectivas.”

Así mismo, esta oferta de empleo podrá ser difundida, si se considera oportuno, a través de los medios de comunicación escrita de mayor difusión en la Comunidad Foral al objeto de garantizar la adecuada difusión de la misma, así como a través de bandos u otros medios de difusión que refuercen la adecuada difusión de la oferta. BASE 5ª. ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y RECLAMACIONES. 5.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Burlada dictará Resolución aprobando las listas provisionales de aspirantes admitido/as y excluido/as y se harán públicas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Burlada así como en la página web municipal (www.burlada.es)

Trabajador Social Nivel B

Pág. 3 de 10

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

5.2. A partir de dicha la fecha de publicación en el tablón y dentro del plazo de diez días hábiles siguientes, las personas aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia. 5.3. Expirado el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resultas las mismas, el Ayuntamiento de Burlada mediante Resolución de Alcaldía aprobará las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas y se harán públicas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Burlada así como en la página web municipal (www.burlada.es), junto con la fecha y lugar de realización de la primera prueba de selección prevista en la base 7ª de la presente convocatoria. Si no hubiera aspirantes excluido/as, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Burlada así como en la página web municipal (www.burlada.es), junto con la fecha y lugar de realización de la primera prueba prevista en la presente convocatoria. El hecho de figurar en las relaciones de admitido/as no prejuzga que se reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar las personas aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos en tiempo o en forma, las personas interesadas decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria. Si durante el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal tuviera conocimiento de que alguna de las personas candidatas carece de los requisitos necesarios para participar en el mismo, previa audiencia de la persona interesada, lo pondrá en conocimiento de la Alcaldía proponiendo su exclusión y comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades en que hubiera incurrido la persona aspirante en la solicitud de admisión a los efectos procedentes. En este caso, hasta tanto se emita la resolución correspondiente, el aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo. Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. BASE 6ª. TRIBUNAL CALIFICADOR 6.1.- El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros: Presidente: Don Joseba Ginés Eleno, Concejal Delegado del Área Sociales del Ayuntamiento de Burlada.

de Servicios

Suplente: Persona en quien delegue. Vocal 1: Doña Mª Isabel Ilundain EL Busto, Jefa de la Unidad del Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Burlada. Suplente: Persona en quién delegue. Trabajador Social Nivel B

Pág. 4 de 10

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Vocal 2: Diplomado/a en Trabajo Social de Atención Primaria designada por el Departamento de Derechos Sociales de Gobierno de Navarra. Suplente: Persona en quien delegue. Vocal 3: Representante de los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de Burlada. Suplente: Representante de los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de Burlada. Vocal Secretario/a: Doña Ayuntamiento de Burlada.



Ángeles

Garciandía

Albarova,

Secretaria

del

Suplente: Persona en quien delegue 6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. 6.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias. 6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria. 6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas. BASE 7ª. FASE DE OPOSICIÓN. La fecha de la celebración de las pruebas tendrán lugar previsiblemente entre los meses de septiembre y octubre de 2016, y se comunicará en los tablones informativos del Ayuntamiento de Burlada, así como en su página web (www.burlada.es). La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamada determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido/a del procedimiento selectivo.

Trabajador Social Nivel B

Pág. 5 de 10

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

7.1. El proceso de selección consistirá en la realización de tres tipos de pruebas, una de carácter teórico, otra de carácter práctico y finalmente una prueba de ejercicios psicotécnicos. Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en responder a un cuestionario, de un máximo de 6 preguntas de respuesta breve, a cerca del temario presente en el Anexo II. Hasta un máximo de 35 puntos. De carácter eliminatorio, se exigirá obtener un mínimo de 17,5 puntos para superarla. Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la contestación por escrito de un supuesto práctico relacionado con las funciones y tareas propias del puesto de trabajo. Tendrá una valoración máxima de 40 puntos. De carácter eliminatorio, se exigirá obtener un mínimo de 20 puntos para superarla. Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de diferentes ejercicios psicotécnicos para la determinación del grado de adecuación de las personas aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo. Esta prueba será realizada por el Servicio de Psicología aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública y tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, quedando eliminadas las personas que no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos. La convocatoria para los ejercicios será mediante llamamiento único, al que la persona aspirante deberá acudir provisto del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente quedando excluidas de la oposición las personas aspirantes que no comparezcan. 7.2. Conocimiento del vascuence Por conocimiento del vascuence, hasta un máximo de 10 puntos. Podrá ser acreditado mediante certificado de aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente, o mediante la superación de una prueba a determinar por el Tribunal calificador. Las personas aspirantes que deseen hacer la prueba del conocimiento del vascuence deberán indicarlo en la instancia general de solicitud de participación en la convocatoria. Esta prueba se realizará al final de las pruebas previstas en la fase de oposición. 7.3. Por el uso de un lenguaje no discriminatorio De conformidad con la Ordenanza municipal reguladora del uso y fomento de un lenguaje no sexista en el ámbito municipal de Burlada de 7 de febrero de 2005 (B.O.N. nº 29, de 9 de marzo y posteriormente modificada en B.O.N. nº 23, de 4 de febrero de 2014), "en todas las convocatorias públicas de puestos de trabajo efectuadas por el Ayuntamiento de Burlada se valorará con un 5 por 100 el uso de un lenguaje no discriminatorio en las pruebas". Por lo tanto, en la fase de oposición, se otorgarán 5

puntos a aquellas personas aspirantes que al realizar las pruebas escritas, teóricas y prácticas utilicen un lenguaje no discriminatorio. Esta valoración sólo afectará a las personas que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio. Los y las aspirantes pueden encontrar un manual sobre el uso de un lenguaje no discriminatorio en la página web del Ayuntamiento de Burlada (www.burlada.es).

Trabajador Social Nivel B

Pág. 6 de 10

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

BASE 8ª. PROPUESTA DEL TRIBUNAL 8.1.- Concluida la celebración de la última prueba del proceso, el Tribunal formulará, al órgano convocante, la propuesta de la relación de personas que hayan superado el mismo. La propuesta será vinculante para el órgano convocante. 8.2.- Los listados finales de personas aspirantes seleccionadas para cubrir temporalmente los puestos convocados estarán compuestos por las personas que hayan superado las pruebas, que serán ordenadas por riguroso orden de puntuación, de mayor a menor puntuación una vez sumadas todas las puntuaciones obtenidas en cada una de ellas. Los empates que se produzcan se dirimirán por sorteo celebrado al efecto en el Ayuntamiento de Burlada, al que serán convocadas las personas afectadas, escogiendo una letra y ordenando alfabéticamente a partir de la misma conforme al primer apellido. 8.3.- Mediante Resolución de Alcaldía, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Burlada, así como en la página web municipal, se aprobará las relaciones de personas aspirantes seleccionado/as por orden de puntuación. En todo caso, el personal seleccionado deberá ser apto para el desempeño del presente puesto de trabajo. Por ello, la persona aspirante seleccionada con anterioridad a su contratación deberá superar un reconocimiento de aptitud a realizar por el Ayuntamiento de Burlada. Aquella persona que no supere dicho reconocimiento se excluirá a todos los efectos de la relación de aspirantes seleccionados. BASE 9ª LLAMAMIENTO. 9.1. Las personas aspirantes aprobadas podrán ser llamadas, por orden de puntuación, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Burlada, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación. 9.2. El llamamiento de las personas aspirantes, incluida las prioridades establecidas por discapacidad, se hará conforme a lo previsto en el Acuerdo de Gestión para la contratación temporal del Ayuntamiento de Burlada aprobado en el pleno de 28-04-2016 y publicado en BON nº 105, de fecha 1 de junio de 2016, por la que se aprueban las normas de Gestión de Listas para la Contratación Temporal, en lo que no específicamente se haya establecido en las presentes bases. 9.3. Esta relación de aspirantes que se constituya deroga y deja sin efecto cualquier otra relación de aspirantes a la contratación temporal para el mismo puesto del Ayuntamiento de Burlada y sus Organismos Autónomos. BASE 10ª. RECURSOS

Trabajador Social Nivel B

Pág. 7 de 10

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten en la convocatoria, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma en todo lo no previsto en estas bases. Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el órgano Municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de acuerdo o acto recurrido. La presente convocatoria, bases y los actos de aplicación de la misma, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos, forma y plazos establecidos en la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. Podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

-

-

Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación. Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido. Recurso contencioso- administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo en el plazo dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Trabajador Social Nivel B

Pág. 8 de 10

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada ANEXO I Nombre y apellidos / Izen-deiturak DNI / NAN Domicilio / Helbidea Población / Hiria C. Postal / P. Kodea Teléfono fijo / Telefono finkoa Teléfono móvil / Sakelako telefonoa E-mail EXPONE:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para constituir mediante pruebas de selección, a la relación de aspirantes para el puesto de Trabajador/a Social con el fin de dar cobertura a las a las necesidades que se produzcan en los diferentes departamentos del Ayuntamiento de Burlada, así como, en los Patronatos Municipales, cuyas bases declara conocer y aceptar expresamente. Que no padece enfermedad ni defecto físico que le incapacite para el ejercicio del puesto. Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes. Que no ha sido separado/a del servicio de ninguna Administración Pública ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas. Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria, los cuales acredita y aporta. Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

□ □

Que desea realizar la prueba para acreditar el conocimiento del vascuence.



Que padece discapacidad y aporta documentación acreditativa de dicha condición, expedida por el organismo competente, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por lo motivos que se expresan. (En folio a parte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición)

Que justifica conocimiento de vascuence aportando fotocopia compulsada de la titulación requerida

SOLICITA: Que, teniendo por presentada esta instancia en tiempo y forma, ser admitido/a a la convocatoria. (Fecha y firma de la persona solicitante) Trabajador Social Nivel B

Pág. 9 de 10

Burlatako Udala Ayuntamiento de Burlada

Plaza De Las Eras, s/n / Larrañetako Plaza, z/g 31600 Burlada (Navarra) / Burlata (Nafarroa) Tfno: 948 23 84 00 / Fax: 948 24 48 48 www.burlada.es / www.burlata.eus CIF / IFZ P3126600J

ANEXO II - TEMARIO PARTE 1: 1. Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales. Estructura del Departamento de Derechos Sociales de Gobierno de Navarra. 2. Decreto Foral 69/2008, 17 de junio, por el que se aprueba la cartera de Servicios Sociales de ámbito general. 3. Ley Foral 1/2012, de 23 de enero, por la que se regula la renta de inclusión social. Ley Foral 36/2013, de 26 de noviembre, de modificación de la Ley 1/2012, de 23 de enero. Ley Foral 13/2014, de 18 de junio, de modificación de la Ley 1/2012, de 23 de enero. 4. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Prestaciones del sistema. 5. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. 6. Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia y a la Adolescencia. Prestaciones del sistema. 7. Decreto Foral 7/2009, de 19 de enero, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo parcial de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia. PARTE 2: 8. Centro municipal de Servicios Sociales de Burlada y programas que se llevan a cabo en 2016. 9. Centro municipal de personas mayores de Burlada. Reglamento y Dinamización. Actividades que se llevan a cabo en 2016. 10. Ordenanza de Bienestar Social régimen de evaluación individualizada, destinadas a la concesión de prestaciones económicas para el servicio de Podología. 11. Ordenanza reguladora de las ayudas individuales dirigidas a proporcionar ayuda social para el transporte tutelado accesible a personas con discapacidad y vecinas de Burlada que acuden a Centros Ocupacionales con dificultades de movilidad. 12. Ordenanza municipal de ayudas sociales para la utilización del Bono-taxi. 13. Ordenanza reguladora de Servicio de Asistencia a Domicilio municipal de Burlada. Prestaciones municipales de respiro familiar en Burlada. 14. Ordenanza reguladora de los apartamentos tutelados para personas mayores del Ayuntamiento de Burlada. Convocatoria año 2016. 15. Bases permanentes de prestaciones económicas para alimentación en Centros escolares de Burlada. Convocatoria pública para el curso escolar 2016-2017.

Trabajador Social Nivel B

Pág. 10 de 10