PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE SUELOS EN EL AIJCh

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE SUELOS EN EL AIJCh EHS-P-36 Revisión 02 Página 1 de 7 Fecha de Aprobación: 28/04/15 PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE ...
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PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE SUELOS EN EL AIJCh

EHS-P-36 Revisión 02 Página 1 de 7 Fecha de Aprobación: 28/04/15

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE SUELOS EN EL AIJCh

ELABORADO POR

REVISADO POR

APROBADO POR

Nombre: Guadalupe Díaz

Nombre: Mario Pinto

Nombre: Julissa Salavarría

Cargo: Coordinadora de Ambiente

Cargo: Supervisor de Sistemas de Cargo: Gerente de Sistemas de Gestión Gestión

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PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE SUELOS EN EL AIJCh

I.

Control de revisión

Nº Rev. 00

01

02

II.

Descripción

Pág.

Emisión

--

Se precisaron los documentos de referencia

3

Se precisó la forma de definición de la cantidad y ubicación de los puntos de muestreo.

2

Se precisaron los documentos de referencia, definiciones y abreviaturas

3

Se precisó el lugar y el tiempo de almacenamiento de los registros del procedimiento

5

Se redefinieron los responsables y respectivas funciones

5

Se precisó el nombre del documento.

1

Se cambiaron los límites de intervención de L.A.W.A por los parámetros del ECA Suelo.

4

Se precisaron responsabilidades.

7

Tabla de contenido

ÍTEM I. II. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

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CONTROL DE REVISIÓN TABLA DE CONTENIDO OBJETIVO ÁREA DE APLICACIÓN DOCUMENTOS DE REFERENCIA DEFINICIONES Y ABREVIATURAS PROCEDIMIENTO REGISTROS RESPONSABILIDADES

PAG. 2 2 3 3 3 3 3 7 7

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1. OBJETIVO Establecer los criterios técnicos para la identificación, remoción y disposición de suelos contaminados por hidrocarburos, contemplando los requisitos de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional relacionados. 2. ÁREA DE APLICACIÓN Aplica a todas las empresas que operan dentro del área concesionada a LAP por el estado Peruano. 3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA  Ley N°28611, Ley General del Ambiente.  Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos  D.S.057-2004, Reglamento de la modificatoria.

Ley General de Residuos Sólidos y su

 D.S Nº 002-2013-MINAM Aprueban Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo 4. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS  SSG: Área de Sistemas de Gestión de LAP  Norma LAWA: Länderarbeitsgemeinschaft Wasser (Límites de Intervención en la República Federal de Alemania)  Norma LAGA: Länderarbeitsgemeinschaft Abfall (Límites de Disposición para suelos contaminados en la República Federal Alemana)  Partes por millón (PPM): unidad de medida de concentración. Cantidad de unidades de la sustancia que hay por cada millón de unidades.

 TPH: Total Petroleum Hydrocarbons  EPA: Environmental Protection Agency  EPS-RS: Empresas prestadoras de servicios de residuos sólidos 5. PROCEDIMIENTO 5.1

Prevención de contaminación de suelos

Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo deben ser considerados en el diseño y aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental que se establezcan para los proyectos de ampliación, remodelación y operación del Aeropuerto Internacional Jorge Chavez. Estos estándares son de cumplimiento obligatorio a los usuarios del Aeropuerto que desarrollen actividades que comprometan la calidad del suelo, los usuarios son responsable de cumplir con los límites establecidos en el punto 5.2 del presente procedimiento.

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5.2

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Estándares de calidad ambiental para suelo Usos del Suelo



Parámetros

I

Orgánicos

Suelo Agrícola

Suelo Comercial/ Método de Suelo Residencial/ ensayo Industrial/ Parques Extractivo

EPA 8260B 1

Benceno (mg/kg MS)

0,03

0,03

0,03 EPA 8021B EPA 8260B

2

Tolueno (mg/kg MS)

0,37

0,37

0,37 EPA 8021B EPA 8260B

3

Etilbenceno (mg/kg MS)

0,082

0,082

0,082 EPA 8021B

4

Xileno (mg/kg MS)

11

11

11

EPA 8260B EPA 8021B

5

Naftaleno (mg/kg MS)

0,1

0,6

22

EPA 8260B

6

Fracción de hidrocarburos F1 (C5-C10) 200 (mg/kg MS)

200

500

EPA 8015B

7

Fraccióndehidrocarburos F2 (C10-C28) (mg/kg MS)

1 200

1 200

5 000

EPA 8015M

8

Fracción de hidrocarburos 3 000 F3 (C28-C40) (mg/kg MS)

3 000

6 000

EPA 8015D

9

Benzo(a) MS)

0,1

0,7

0,7

EPA 8270D

10

Bifenilos policlorados PCB (mg/kg MS)

0,5

1,3

33

EPA 8270D

11

Aldrin (mg/kg MS) (1)

2

4

10

EPA 8270D

12

Endrín (mg/kg MS) (1)

0,01

0,01

0,01

EPA 8270D

13

DDT (mg/kg MS) (1)

0,7

0,7

12

EPA 8270D

14

Heptacloro (mg/kg MS)(1)

0,01

0,01

0,01

EPA 8270D

pireno

(mg/kg -

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II

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Inorgánicos

15

Cianuro libre (mg/kg MS)

16

Arsénico MS) (2)

total

(mg/kg

0,9

50

0,9

50

8

140

EPA 9013A/APHAAWWAWEF 4500 CN F EPA 3050B EPA 3051

17

Bario total (mg/kg MS)(2)

750

500

2 000

EPA 3050B EPA 3051

18

Cádmio total (mg/kg MS) (2)

1,4

10

22

EPA 3050B EPA 3051

19

Cromo VI (mg/kg MS)

0,4

0,4

1,4

DIN 19734

20

Mercurio MS) (2)

6,6

6,6

24

EPA 7471B

21

Plomo total (mg/kg MS)(2)

70

140

1 200

total

(mg/kg

EPA 3050B EPA 3051

EPA: Environmental Protection Agency (Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos) DIN: German Institute for Standardization MS: materia seca a 105 C°, excepto para compuestos orgánicos y mercurio no debe exceder 40 °C, para cianuro libre se debe realizar el secado de muestra fresca en una estufa a menos de 10 °C por 4 días. Luego de secada la muestra debe ser tamizada con malla de 2 mm. Para el análisis se emplea la muestra tamizada < 2mm. Nota 1: Plaguicidas regulados debido a su persistencia en el ambiente, en la actualidad está prohibido su uso, son Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP). Nota 2: Concentración de metales totales.

5.3

Descontaminación de Suelos derivados de una emergencia

En casos de emergencia se deberá activar el Plan de Contingencia correspondiente, procediendo a ejecutar inmediatamente las acciones de remediación destinadas a reducir los impactos ocasionados debiendo remitir un cronograma de remediación a la entidad de fiscalización ambiental (Dirección General de Asuntos Socio Ambientales DGSA-MTC) para el seguimiento del cumplimiento del mismo.

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5.4

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Estimación del volumen de suelo contaminado Antes de iniciarse el proceso de remoción y disposición de los suelos contaminados deberá realizarse una estimación de la extensión y volumen del suelo contaminado, a través de la toma de muestras. Para el diseño del muestreo deberá contemplarse: - Ubicación actual y pasada de fuentes potenciales de contaminación (acopio de residuos peligrosos, almacenamiento de combustibles y lubricantes, sectores de mantenimiento, sectores de lavado de equipos, etc.). Periodo de funcionamiento de estas fuentes. - Condiciones del suelo: si cuenta con cobertura, con grietas, pendiente bajo de la superficie, existencia de bermas de contención existentes, si el suelo cuenta con cobertura impermeable o semipermeable. Para las mediciones de TPH se deberán usar los siguientes métodos:  U.S. EPA SW-846 9074 (en campo)  U.S. EPA SW-846 8015 (laboratorio) Cabe la posibilidad de descartar o confirmar la contaminación aplicando solo la metodología de campo siempre y cuando los resultados de este análisis no vislumbren dudas. La cantidad y ubicación de los puntos de muestreo serán definidas por el especialista que se contrate. Este proceso puede realizarse en paralelo a las actividades de excavación; es decir, una vez identificada la zona del suelo que contenga hidrocarburos, se podrá ir acumulando material de excavación en otra zona que se defina y no afecte al ambiente; para luego, disponer adecuadamente el suelo con hidrocarburo.

5.2.1 Excavaciones y demoliciones – consideraciones técnicas - La excavación debe realizarse de forma selectiva para evitar remover material que no se encuentre contaminado bajo los criterios antes mencionados. - La extracción del material se hará de forma manual o mecánica dependiendo del volumen o accesibilidad al material. - La confirmación de la limpieza del sector se podrá hacer de la siguiente manera:  Organolépticamente (olor, color, textura), en caso ya no se percibe evidencia de contaminación en los sectores adyacentes al sector inicialmente evaluado como contaminado. Para ello debe encontrarse involucrado un especialista en el tema.  Mediante toma de muestras y el resultado de análisis. - Las lozas, así como cualquier material impregnado con hidrocarburo deben ser consideradas como residuo peligroso y se debe tener el mismo criterio para disponerlo adecuadamente.

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5.5

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Transporte del material contaminado - El transporte del material contaminado deberá ejecutarse a cargo de una EPS-RS en vehículos habilitados para esta actividad. Esta habilitación es brindada por la autoridad competente de acuerdo a la Ley General de Residuos N° 27314 y a su Reglamento. - Así mismo, estos vehículos deberán estar acondicionados para el transporte del material contaminado a fin de eliminar el riesgo asociado al transporte de estos residuos.

5.6

Disposición final del suelo contaminado - El suelo será tratado o dispuesto fuera del aeropuerto por una EPS-RS debidamente registrada por la autoridad competente (DIGESA - MINSA) - Podrá disponerse finalmente en un relleno sanitario de seguridad o podrá ser utilizado previo tratamiento. Para ambas opciones deberá mantenerse constancia de las actividades conforme la documentación establecida por norma.

6

REGISTROS Lugar de almacenamiento

Registros Manifiestos de los residuos sólidos peligrosos. Boletas de pesaje Relleno Sanitario.

7

emitido

por

el

SSG- LAP

SSG- LAP

Tiempo mínimo de almacenamiento 5 años

2 años

RESPONSABILIDADES 

Gerencia Central de infraestructura:

Confirmar el uso futuro y proceso constructivo de las áreas a remodelar, ampliar o cambio de uso en el terreno del área concesionada. 

Área de SSG

Difundir a los usuarios del aeropuerto las responsabilidades respecto al procedimiento. 

Empresas Usuarias del Aeropuerto:

Tomar las acciones necesarias para prevenir la contaminación de suelos y cuando sea necesario, ejecutar la remediación suelos de acuerdo a los estándares establecidos en el procedimiento vigente.

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