POR ELLO: E L T R I B U N A L D E C U E N TA S R E S U E L V E

“2014-Año del Arte y sus expresiones" PROVINCIA DE MISIONES ORGANISMO DE LA CONSTITUCION HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POSADAS, 06 de Mayo de 2014 ...
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“2014-Año del Arte y sus expresiones"

PROVINCIA DE MISIONES ORGANISMO DE LA CONSTITUCION

HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS

POSADAS, 06 de Mayo de 2014

VISTO: El Expediente Nº 14937/13 registro de este Tribunal de Cuentas, caratulado: “VOCALÍA DIVISIÓN CENTRAL Y ENTES AUTÁRQUICOS E/PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Nº 235/2014 T.C.”, y;

POR ELLO: E L T R I B U N A L D E C U E N TA S R E S U E LV E ARTICULO 1º.- IMPLEMENTAR, el siguiente procedimiento a seguir en este Tribunal de Cuentas para la “Compaginación de Rendiciones de Cuentas de Comedores Escolares” PROCEDIMIENTO PARA LA COMPAGINACIÓN DE RENDICIONES DE CUENTAS DE COMEDORES ESCOLARES: 1- Recepcionada la información a que hace referencia el artículo 13 de la Resolución N° 235/2014 T.C. la Fiscalía Revisora de Cuentas respectiva mediante informe, solicitara la formación del expediente pertinente para su estudio, indicando si se trata de una Resolución Provincial y/o Nacional, mes al que corresponden los fondos asignados, fecha de la efectiva transferencia y fecha de vencimiento para la presentación a este Tribunal de las respectivas rendiciones. Todo esto con la debida intervención de la Dirección General del área. 2- Las Rendiciones de Cuentas presentadas en término por los responsables, serán recepcionadas en la Mesa de Entradas y Salidas, asignándole un número de rendición correlativa por año y la referencia a que expediente corresponde. Una vez compaginadas, debidamente foliadas y registradas, serán remitidas a la Fiscalía Revisora de Cuentas para su estudio. 3- La Fiscalía Revisora de Cuentas, en el plazo previsto por este Tribunal de Cuentas, procederá al estudio de cada rendición ajustándose a lo siguiente: a) Rendiciones de cuentas sin Observaciones: En las Rendiciones de Cuentas que no presenten observaciones, el Fiscal de cuentas dejará constancia de su intervención con la leyenda “Sin Observaciones”, quedando en reserva en esa Fiscalía, hasta la emisión del informe correspondiente al artículo 45° de la Ley I N° 03 en el expediente iniciado al efecto. Este informe comprenderá la totalidad de los fondos transferidos consignando detalladamente por cada rendición: el número asignado, establecimiento educativo, localidad, importe y responsables, y solicitará su aprobación. Asimismo dejará constancia de los expediente que

fueron iniciados por separado (con observaciones, los presentados fuera de término y los que corresponden a rendiciones no presentadas). b) Rendiciones de Cuentas con observaciones: la Fiscalía Revisora de cuentas mediante nota solicitará la formación de expedientes por separado a los fines de emitir el informe del artículo 45° de la Ley I N° 03. c) Rendiciones de cuentas presentadas fuera de término: Recibida la rendición de cuentas la Dirección de Mesa de Entradas y Salidas formará el expediente respectivo y remitirá a la Fiscalía para su estudio. Derogado por art. 4 de la Resolución nº 384/15 TC d) Rendiciones de cuentas no presentadas: La Fiscalía solicitará a la Dirección de Mesa de Entradas y Salidas la formación del expediente respectivo a los fines de realizar los trámites que correspondan, y emitir el informe pertinente. e) Las rendiciones de cuentas estudiadas quedarán en poder de la fiscalía, debidamente compaginadas e identificadas por Resolución y número de rendición hasta el dictado de la sentencia respectiva. 4- La Mesa de Entradas y Salidas y las Fiscalías Revisoras de Cuentas deberán contar con informes permanentes y actualizados de las rendiciones de cuentas presentadas, a los fines de informar a los organismos que así lo requieran. ARTICULO 2º.- IMPLEMENTAR el siguiente procedimiento a seguir en este Tribunal de Cuentas para la “Compaginación de Rendiciones de Cuentas de Subsidios Colegios Privados”. PROCEDIMIENTO PARA LA COMPAGINACIÓN DE RENDICIONES DE CUENTAS DE SUBSIDIOS COLEGIOS PRIVADOS: Las rendiciones de cuentas de Subsidios Colegios Privados que ingresen al Tribunal de Cuentas, bajo los conceptos de Haberes, Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) y Artículo 9 Ley de Financiamiento Educativo y otros que se establezcan, pertenecientes a una misma Institución Educativa y a un mismo período mensual renditivo, deberán

compaginarse

en un solo

expediente a los fines de su tratamiento por el Tribunal. ARTICULO 3°.- HACER

saber a la Dirección de Nutrición Escolar dependiente del

Ministerio de Cultura, Educación, Ciencia y Tecnología lo siguiente: a) Que las rendiciones de cuentas de comedores escolares deberán presentarse en forma separada según el origen de los fondos (nacionales y/o provinciales). b) Independientemente de lo que resuelva este Tribunal de Cuentas en lo referente a la forma de

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presentación y estudio de las rendiciones de cuentas, corresponde en forma exclusiva y excluyente a los responsables cumplimentar con los requisitos exigidos por los organismos otorgantes. ARTICULO 4°.- HACER saber al Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones (S.P.E.P.M.) lo siguiente: a) Que los Colegios Privados deberán presentar una única rendición mensual comprensiva de los conceptos: haberes, artículo 9 Ley de Financiamiento Educativo, Fondo Nacional de Incentivo Docente y otros que se establezcan, y conforme a la Planilla del Anexo I “Planillas Colegios Privados” de la Resolución N°235/2014 T.C. b) Independientemente de lo que resuelva este Tribunal de Cuentas en lo referente a la forma de presentación y estudio de las rendiciones de cuentas, corresponde en forma exclusiva y excluyente a los responsables cumplimentar con los requisitos exigidos por los organismos otorgantes. ARTICULO 5°.- LA presente resolución comenzara a regir, desde el día inmediato posterior al de su publicación en el Boletín Oficial. ARTICULO 6.- EL “Formulario de datos personales de rendición de cuentas de Subsidios”, que como Anexo I forma parte de la presente, deberá ser entregado a los presentantes y/o responsables de rendiciones de subsidios, por la Dirección de Mesa de Entradas y Salidas del T.C., al momento de la presentación de la Rendición que se efectúa sin los domicilios y datos personales, conforme lo previsto en el Art. 5° inc. a) de la Resolución N° 235/2014 T.C. , a fin de que consignen dichos datos y se proceda a la agregación al expediente respectivo. ARTICULO 7.-: HACER saber a la Dirección de Mesa de Entradas y Salidas del T.C. que deberán verificar en las rendiciones de Cuentas de Subsidios, los datos (nombre y domicilio del y/o los responsables previstos en el inciso a) del Art. 5° de la Resolución N° 235/2014 T.C. y en caso de omisión, deberá hacer entrega al presentante del formulario previsto en el Art. 6 ° de la presente, a fin de integrar dichos datos y su posterior agregación al expediente respectivo. ARTICULO 8°.- REGÍSTRESE. Notifíquese a la Fiscalía Superior. Por la Dirección General de Personal Notifíquese a la Dirección General de Mesa de Entradas y Salidas, Archivo General y Biblioteca, Direcciones Generales de División Central y Entes Autárquicos y a las Fiscalías Revisoras de Cuentas encargadas del estudio de las rendiciones de Subsidios y/o Subvenciones y a las demás Direcciones Generales del Tribunal de Cuentas, Secretario Administrativo y Relator y por su intermedio a los Contadores Fiscales, Directores y

Encargado de Biblioteca con entrega de una copia. Por Secretaria Administrativa remítase copia al Ministerio de Cultura, Educación, Ciencia y Tecnología y al Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones (S.P.E.P.M.) Publíquese en el Boletín Oficial e incorpórese a la Página Web de nuestro organismo. Cumplido. ARCHÍVESE. T. C. SECRETA RIA ADMINIS TRATIVA 06/05/14 Confeccio nó A.M.A. Controló

Vº.Bº

Dr. Pedro Perpetuo Forés Presidente Tribunal de Cuentas Provincia de Misiones Vo c a l Tribunal de Cuentas Provincia de Misiones Vo c a l Tribunal de Cuentas Provincia de Misiones

Dra. Patricia A. Esau Secretaria Administrativa Tribunal de Cuentas Provincia de Misiones

RESOLUCIÓN Nº 236/2014 T.C. ACUERDO Nº 132/14 P. 2 º Consta de 4 (cuatro) fojas

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ANEXO I RESOLUCIÓN N°236/2014 T.C. FORMULARIO DE DATOS PERSONALES DE RENDICION DE CUENTAS DE SUBSIDIOS Declaramos a todos los efectos legales que correspondan, que los datos personales del responsable o responsables y de la entidad consignados en el presente formulario son correctos: N° Expediente Carátula Denominación de la Entidad Domicilio Legal de la Entidad 1) Apellido Responsable

y

Nombre

del

Carácter que inviste en la entidad D.N.I. N° Domicilio Legal/real y/o Procesal 2) Apellido Responsable

y

Nombre

del

Carácter que inviste en la entidad D.N.I. N° Domicilio Legal/real y/o Procesal 3) Apellido responsable

y

Nombre

del

Carácter que inviste en la entidad D.N.I. N° Domicilio Legal/real y/o Procesal

----------------------------------FIRMA Y ACLARACION

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