PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL 2015-2016

2015 Personería de Bogotá, D.C. Carrera 7 N° 21- 24 Teléfono 382 04 50

1

CONTENIDO 1.

INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 3

2.

MARCO LEGAL ....................................................................................................................... 4

3.

EQUIPO DE TRABAJO Y POLITICA DE SEGURIDAD VIAL ......................................... 7 3.1. Conformación del Equipo de Trabajo ........................................................................... 7 3.2. Política Institucional de Seguridad Vial........................................................................ 7 3.2.1. Política De Seguridad Vial ........................................................................................ 7 3.2.2. Principales Directrices De Seguridad Vial ............................................................ 8

4.

DIAGNÓSTICO INSTITUCIONAL. ...................................................................................... 10 4.1. Características de la Personería de Bogotá. D.C. .................................................... 10 4.2. Levantamiento de información ..................................................................................... 25 4.3. Consolidación y análisis de la información .............................................................. 28 4.4 Conclusiones del diagnóstico........................................................................................ 34

5.

PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VÍAL. ............................................................... 35 5.1. Objetivo General: .............................................................................................................. 35 5.2. Objetivos específicos: ..................................................................................................... 35 5.3. Alcance ................................................................................................................................ 35 5.4. Acciones Y Estrategias ................................................................................................... 36 5.4.1. En Relación con el comportamiento Humano:.................................................. 36 5.4.2. En relación con los vehículos seguros: .............................................................. 47 5.4.3. En Relación con la infraestructura segura: ....................................................... 48 5.4.4. En relación con la atención a víctimas: .............................................................. 50

6.

IMPLEMENTACIÓN .............................................................................................................. 54

7.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN........................................................................................ 55

2

1. INTRODUCCIÓN Más allá del simple cumplimiento de lo ordenado por el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011 "Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía y se dictan otras disposiciones", la Personería de Bogotá D.C., es consciente de su importancia como

actor de la vía y como

ciudadanos con alto compromiso, se sabe que la mejor estrategia para precaver la ocurrencia de siniestros viales, es la reflexión y la evaluación sobre cada una de las acciones. En concordancia con el objetivo estratégico de “Gestionar la apropiación y cumplimiento de deberes de todos como garantía de la realización de los derechos”; la Personería de Bogotá. D.C., tiene el deber de adoptar un Plan Estratégico de Seguridad Vial basado en parámetros relacionados con la generación de buenos hábitos de comportamiento y conductas seguras en la vía de todos los actores viales.

El Plan Estratégico contiene las acciones, mecanismos, estrategias y medidas, que deberá adoptar la Entidad, encaminadas a alcanzar la Seguridad Vial, y así evitar o reducir los efectos que puedan generar los accidentes de tránsito en los servidores públicos, los contratistas que apoyan la gestión y los usuarios que acuden a las instalaciones para beneficiarse de los servicios que presta la Entidad.

3

2. MARCO LEGAL El Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Personería de Bogotá D.C., se enmarca en las siguientes normas:

1.

Ley 769 de 2002. "Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito

Terrestre y se dictan otras disposiciones".

2.

Ley 1383 de 2010. “Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 - Código

Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones“.

3.

Ley 1450 de 2011. “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo,

2010-2014”. Artículos 244 y 276 (Plan Nacional de Desarrollo anterior).

4.

Ley 1503 de 2011. “Por la cual se promueve la formación de hábitos,

comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones”.

5.

Ley 1548 de 2012. “Por la cual se modifica la Ley 769 del 2002 y la Ley

1383 de 2010 en temas de embriaguez y reincidencia y se dictan otras disposiciones”.

6.

Decreto 1295 de 1994. "Por el cual se determina la organización y

administración del Sistema General de Riesgos Profesionales".

7.

Decreto 2851 de 2013. “Por la cual se reglamentan los artículos 3, 4, 5, 6, 7,

9, 10, 12, 13,18 y 19 de la Ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones”.

8.

Resolución Conjunta 1016 del 31 de Marzo de 1989 de los Ministerios del

Trabajo y Seguridad Social y de Salud. “Por la cual se reglamenta la organización,

4

funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país”.

9.

Resolución 1050 del 05 de mayo de 2004 del Ministerio de Transporte. “Por

la cual se adopta el Manual de Señalización Vial - Dispositivos para la Regulación del Tránsito en Calles, Carreteras y Ciclorrutas de Colombia, de conformidad con los artículos 5°, 113, 115 y el parágrafo del artículo 101 de la Ley 769 del 6 de agosto de 2002”.

10.

Resolución Conjunta 3500 del 21 de Noviembre de 2005 de los Ministerios

de Transporte y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. “Por la cual se establecen las condiciones mínimas que deben cumplir los Centros de Diagnóstico Automotor para realizar las revisiones técnico-mecánica y de gases de los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional”. Modificada parcialmente por las Resoluciones 2200 del 30 de mayo de 2006, 5975 del 28 de diciembre de 2006 y 0015 del 5 de enero de 2007 de los Ministerios de Transporte y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

11.

Resolución Conjunta 4062 del 28 de septiembre de 2007 de los Ministerios

de Transporte y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 3500 del 21 de noviembre de 2005, modificada por las Resoluciones 2200 del 30 de mayo de 2006, 5975 del 28 de diciembre de 2006 y 15 del 5 de enero de 2007”.

12.

Resolución 2346 del 11 de Julio de 2007 del Ministerio de la Protección

Social. ”Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales”.

13.

Resolución 1282 del 30 de marzo de 2012 del Ministerio de Transporte.

“Por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016”. 5

14.

Resolución 1565 del 06 de junio 2014 del Ministerio de Transporte. “Por la

cual se expide la Guía metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial”.

15.

Plan Mundial de Acción para la Seguridad vial 2011-2020, para el Decenio

6

3. EQUIPO DE TRABAJO Y POLITICA DE SEGURIDAD VIAL 3.1. Conformación del Equipo de Trabajo La Entidad mediante Resolución Interna N 223 del 2 de Junio de 2015, creó el “Comité Interno de Seguridad Vial de la Personería de Bogotá, D. C.”, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1503 de 2011, el Decreto 2851 de 2013 y la Resolución 1565 de Junio de 2014. (Ver Anexo A)

El numeral 7.1 de la Resolución 1565 de Junio de 2014, señala como paso previo para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial definido por la Alta Dirección, la conformación del Comité de Seguridad Vial, como un mecanismo de coordinación entre todos los involucrados, cuyo objetivo es definir, diseñar, implementar y evaluar las acciones que adelante la Entidad para generar conciencia y lograr los objetivos en favor de la seguridad vial y de la integridad de sus colaboradores y usuarios.

3.2. Política Institucional de Seguridad Vial. 3.2.1. Política De Seguridad Vial La Política de Seguridad Vial, se adoptó en el Comité Interno de Seguridad Vial, realizado en 18 de agosto de 2015, y fue definida, así: “La Personería de Bogotá D.C., como organismo de control que defiende los intereses de la sociedad y promueve la construcción de ciudadano con enfoque de derechos y deberes, individuo –sociedad, en coherencia con los fines encomendados, fundamenta su compromiso frente a la seguridad vial, en la adecuación institucional, el cumplimiento de la normatividad aplicable, la administración de los riesgos y la mejora continua de su Plan de Seguridad Vial, que permita concertar e implementar criterios internos de pedagogía, formación de 7

hábitos y comportamientos responsables, y medidas de control para la prevención de la accidentalidad y la seguridad de usuarios internos y externos y de la ciudadanía en general, desde la corresponsabilidad con las autoridades viales a nivel distrital y nacional. . 3.2.2. Principales Directrices De Seguridad Vial 

La Entidad mantendrá actualizado su diagnóstico institucional sobre el

cumplimiento de las disposiciones legales en materia de seguridad vial, y aplicará encuestas periódicas que permitan fundamentar las estrategias y acciones a desarrollar en el marco del Plan de seguridad vial de la Entidad, en todo caso, teniendo como marco de referencia el Plan Nacional de Seguridad Vial. 

Se darán lineamientos y directrices sobre la importancia de la observancia

de las disposiciones legales en materia de prevención y seguridad vial, así como de la revisión y seguimiento de su cumplimiento en las entidades del Distrito Capital. 

El Plan de Seguridad Vial de la Personería de Bogotá D.C., debe

contemplar acciones de divulgación y sensibilización a servidores públicos, y contratistas que apoyan la gestión, así como a usuarios internos y externos, procurando impactar a las familias y grupos de interés, para generar conciencia sobre la importancia de cumplir las normas de seguridad vial y su responsabilidad en el cambio de actitud y en la generación de comportamientos responsables. 

La toma de decisiones en materia de seguridad vial estará basada en la

generación y suministro de información y evidencias sobre los cambios en las principales variables que permiten establecer el comportamiento y la cultura organizacional en relación con la prevención de la accidentalidad y la implementación de medidas de seguridad y control.

8



Todas las decisiones o actividades que se proyecten en la Entidad, que

puedan tener un impacto en términos de la seguridad vial, deberán ser estudiadas y aprobadas por el Comité de Seguridad Vial de la Entidad. 

Se propenderá por generar espacios de diálogo, reflexión para los

servidores públicos, y los contratistas que apoyen la gestión de la Entidad, para desarrollar dinámicas de participación y de concertación que faciliten la adopción de hábitos de comportamiento responsables y la implementación de medidas de seguridad vial. 

La Administración de la Entidad revisará y adecuará sus instrumentos

diseñados para detectar las necesidades de capacitación de los funcionarios de la Entidad, a fin de contemplar la revisión del componente de prevención y de seguridad vial. 

El Plan Institucional de Capacitación por Competencias es el instrumento

en el que se registrarán las acciones relacionadas con el componente de formación y capacitación de los conductores y demás usuarios internos y externos, de conformidad con los recursos asignados”.

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4. DIAGNÓSTICO INSTITUCIONAL. 4.1. Características de la Personería de Bogotá. D.C.  Principales Funciones La Personería de Bogotá vela por el interés colectivo de los habitantes del Distrito Capital, ejerciendo labores de veeduría y control respecto de los quehaceres de la administración, así como interviniendo en su calidad de Ministerio Público en procura de garantizar el debido proceso y la materialización de los derechos1, entre otras funciones que a través del tiempo le ha asignado el legislador. 

Vigilancia de la conducta de los servidores públicos

La Ley 734 de 2002 “Por medio de la cual se expide el Código Disciplinario Único”, entre otros aspectos, indicó que el Estado es el titular de la acción disciplinaria. Para tal efecto, corresponde a las Oficinas de Control Interno disciplinario y a los funcionarios de las ramas, órganos y entidades con dicha potestad, conocer de los asuntos contra los servidores públicos de sus dependencias, sin perjuicio que la Procuraduría General de la Nación o la Personería de Bogotá D.C., ésta última, frente a la administración distrital, puedan asumir su conocimiento en ejercicio del poder disciplinario preferente. Esta labor se realiza a través de las cuatro Personerías Delegadas para Asuntos Disciplinarios (Disciplinarios I, II, III y IV) y de la Dirección de Investigaciones Especiales y Apoyo Técnico, teniendo en cuenta las políticas y directrices provenientes de la Personería Delegada para la Coordinación de Asuntos Disciplinarios. Por su parte, la Personería Delegada para la Segunda Instancia tiene a su cargo en materia disciplinaria, proyectar para la firma del Personero Distrital: 

Las decisiones a los recursos de apelación contra las decisiones y autos interlocutorios proferidos en primera instancia por las Personerías Delegadas

1

http://www.personeriabogota.gov.co/servicios-y-funciones

10

mencionadas. Las decisiones a los recursos de queja y de las nulidades que se propongan en los procesos disciplinarios, entre las cuales se contemplan las nulidades procesales surgidas durante el trámite de dichos procesos. Las decisiones sobre impedimentos y recusaciones que se formulen contra los personeros delegados.







Revisión a la gestión pública

La Personería de Bogotá D.C., tiene como una de sus principales funciones la de defender el ordenamiento jurídico y los intereses de la ciudadania, por lo que se propuso alertar oportunamente a la comunidad, sobre riesgos y hechos que se consideren irregulares en la gestión pública distrital, para que se salvaguarden el interés público y los derechos ciudadanos. Esta función se desarrolla a través de las Personerías Delegadas del eje misional de veeduría, a través de sus Delegadas para: - La Protección del Ambiente y Asuntos Rurales y Agrarios - Asuntos de Educación, Cultura, Recreación y Deporte - Finanzas y el Desarrollo Económico - Asuntos de Gobierno y Gestión Pública - Hábitat y Servicios Públicos - La Movilidad y la Planeación Urbana, (Delegada que también adelanta funciones de Ministerio Público ante las Curadurías Urbanas) - El Sector Social. Las funciones de estas delegadas se desarrollan teniendo en cuenta las directrices y lineamientos de la Personería Delegada para la Coordinación de Veedurías. Por su parte, y a cargo de la Personería Delegada para la Coordinación de las Personerías Locales, cada una de estas veinte (20) Personerías desarrolla también esta función, enfocada en el seguimiento y revisión a la gestión pública de los Planes de Desarrollo Local. 11

De otra parte, facultados por la Ley 850 de 2003, se posibilita la inscripción de las veedurías ciudadanas en la Personería Delegada para la Coordinación de Personerías Locales2, y se facilita su registro, de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones vigentes en materia de Participación Ciudadana y de racionalización de trámites. 

Agente del Ministerio Público

Con la expedición del Acuerdo Distrital 514 de 2012 se creó la Personería Delegada para la Coordinación del Ministerio Público y Derechos Humanos, quedando bajo su dirección las siguientes dependencias: -

Personería Delegada para Asuntos Penales I Personería Delegada para Asuntos Penales II Personería Delegada para Asuntos Policivos Personería Delegada para la Asistencia Jurídica al Ciudadano Personería Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Colectivos y del Consumidor Personería Delegada para la Protección de Víctimas Personería Delegada para la Infancia, Adolescencia, Mujer, Adulto Mayor, Familia y Personas en Situación de Discapacidad Personería Delegada para la Seguridad y Convivencia Ciudadana Dirección Centro de Conciliación

En esta misma vía, mediante la Resolución 154 de 2013 se crearon los siguientes grupos, que también están bajo la dirección de esta Coordinación:

2

. Las veedurías ciudadanas son un mecanismo democrático de representación, que le permite a los ciudadanos y a las diferentes organizaciones vigilar la gestión pública de las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, y de las organizaciones no gubernamentales de carácter nacional e internacional que operen en el país, siempre que ellas tengan a cargo la ejecución de un programa, proyecto, contrato o la prestación de un servicio público. Fuente: http://www.personeriabogota.gov.co/personeria-local-cerca-a-usted/participacionciudadana

12

-

Personería para la Asistencia en Salud Grupo para la Gestión de Requerimientos Ciudadanos y Centro de Atención a la Comunidad - CAC

Teniendo en cuenta lo anterior y la naturaleza de sus funciones, quedaron a su cargo dos procesos misionales (Proceso de Atención de Requerimientos Ciudadanos, Proceso de Garantía y Materialización de Derechos), razón por la cual a fin de sistematizar y facilitar la dirección y control de gestión de las dependencias adscritas a la Coordinación, se han categorizado las funciones según la naturaleza de las actuaciones que éstas implican, determinando 5 funciones principales: Orientación y asistencia al ciudadano: Atención a ciudadanos y usuarios sobre sus relaciones con las autoridades públicas distritales y nacionales y entidades que prestan servicios públicos, y para el ejercicio y protección de sus derechos; incluye la atención de los requerimientos ciudadanos, escritos o verbales, recibidos por la entidad y gestionados en procura de materializar los derechos fundamentales. Intervención procesal del Ministerio Público: Es una de las actividades del proceso de Ministerio Público; en esta categoría se agrupan las labores realizadas por profesionales del derecho, conforme con procedimientos reglados de intervención, a fin de garantizar el derecho fundamental al debido proceso en marco de actuaciones judiciales, administrativas o policivas. Medidas de Intervención especial en derechos fundamentales: Corresponde a la actividad de garante de derechos humanos. Esta función integra actividades que de oficio despliega la entidad procurando acompañar a los ciudadanos en diferentes escenarios de posible vulneración de derechos, a fin de propender por la garantía y materialización de los mismos, en asuntos tales como el derecho a la salud, la libertad y la integridad personal. Instrumentos complementarios de protección de derechos: Igualmente relacionada con el proceso de derechos humanos, en marco de esta función se presentan las actividades mediante las que se pretende reforzar el pleno goce de los derechos fundamentales, tales como la visibilización de situaciones de 13

vulneración, la denuncia penal o administrativa y la articulación interinstitucional en comités de garantía. Servicios: En marco de esta función interactúan los procesos misionales de atención al usuario, ya que las actividades desarrolladas responden a una solicitud concreta de asistencia por parte de los ciudadanos pero que implica la asistencia en la elaboración de peticiones, en trámites legales, el diligenciamiento de documentos, la asistencia en la presentación de acciones de tutela o la realización de una audiencia de conciliación.

14

 Estructura Organizacional y Tamaño de la Entidad: El Acuerdo 514 de 2012 “Por el cual se modifica la Estructura Organizacional, la Planta de Empleos de la Personería de Bogotá, Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, otorga a la Personería de Bogotá la siguiente estructura organizacional:

De igual forma, la Entidad hace presencia en la ciudad, a través veinte (20) Personerías Locales, del Centro de Atención al Usuario- CAC, los Centros 15

Dignificar, los Supercades

y los puntos de atención ubicados en los Centros

Comerciales: Unicentro, San Rafael, Titán Plaza, Gran Estación, Salitre Plaza, Hayuelos, Centro Mayor, Plaza de las Américas. En el siguiente cuadro se resumen las sedes con las que cuenta la Entidad en la actualidad:

NOMBRE LA SEDE

DE

DIRECCIÓN

DEPENDENCIAS: DIRECCION, SUBDIRECCIÓN , TELÉFONO PERSONERÍA / DELEGADA, EXTENSIÓN COORDINACIÓN DE.. O PERSONERIA LOCAL.

CARRERA 7 N° 2124 SEDE DESPACHO DEL PRINCIPAL PISO PERSONERO SEXTO PERSONERÍA DELEGADA SEDE EDIFICIO CALLE 21 N° 6-34 PARA ASUNTOS NUEVO QUINTO PISO DISCIPLINARIOS II CARRERA 8 N° 20- PERSONERÍA DELEGADA SEDE SINTRA 63 PISO PRIMERO PARA LA PROTECCIÓN TELEFONOS AL TERCERO DE VÍCTIMAS CARRERA 10 N° CENTRO DE ATENCIÓN SEDE C.A.C. 24-62 PRIMER AL CIUDADANO PISO CALLE 121 NO. 7AUSAQUEN 29 PISO 2 CALLE 55 NO. 10CHAPINERO 76 PISO 1 CARRERA 7 NO. SANTA FE 17-75 LOCAL 6 PERSONERIAS CALLE 137C USME LOCALES NO.2A-37 SUR CALLE 60 SUR NO. BOSA 80D-48 CALLE 40 SUR KENNEDY NO.77A-52 PISO 1 CARRERA 100 NO. FONTIBON EDIFICIO ANTIGUO

382 04 50 382 04 80 / 5604 - 5605

442 382 - 373 375 7735 - 7736 - 7738 7737 629 61 69 2492821 3425284 7708113 7752776 4524008 2672888 16

NOMBRE LA SEDE

DE

DIRECCIÓN

22J-28 PISO 1 CARRERA 92 NO. 146-24 CALLE 33 SUR NO. 23D-27 CALLE 137C NO.2A-37 SUR CARRERA 73 NO. 59-12 SUR C.C. METROSUR LC 219 - 227 CALLE 17 NO.28A84 LC 1 AVENIDA 1RA DE MAYO NO 1-40 SUR CARRERA 7 NO. 51-52 SUR CALLE 71 NO. 73A-44 PISO 5 CALLE 74A NO. 5098 PISO 2

DEPENDENCIAS: DIRECCION, SUBDIRECCIÓN , TELÉFONO PERSONERÍA / DELEGADA, EXTENSIÓN COORDINACIÓN DE.. O PERSONERIA LOCAL. SUBA RAFAEL URIBE SUMAPAZ

CIUDAD BOLIVAR

MARTIRES

6854475 3616050 7660230 7 79 25 36 3 82 04 50 Ext. 7978 7979 2373140

SAN CRISTOBAL 2081443 TUNJUELITO ENGATIVA BARRIOS UNIDOS

CARRERA 19 NO, TEUSAQUILLO 40-23

CALLE 17 SUR NO. ANTONIO NARIÑO 18-49 PISO 5 CARRERA 31D NO. PUENTE ARANDA 4-05 PISO 3 CALLE 12 NO. 0-25 CANDELARIA ESTE

7692167 2517515 6304143 3 82 04 50 Ext. 0 PEDIR EL 7985 -7985 3 61 42 22 3 82 04 50 Ext. 7874 7873 - 7872 2476889 341 6154 - 3 82 04 50 Ext. 7890

CENTRO DE CENTRO DE CR 21 14-75PISO 3 CONCILIACIÓN, CONCILIACIÓN CASA DE 2012260/64 17

NOMBRE LA SEDE

DE

PUNTOS DE ATENCIÓN

DIRECCIÓN

DEPENDENCIAS: DIRECCION, SUBDIRECCIÓN , TELÉFONO PERSONERÍA / DELEGADA, EXTENSIÓN COORDINACIÓN DE.. O PERSONERIA LOCAL. LA JUSTICIA DE LOS MÁRTIRES

CENTRO DE CALLE 137 C Nº13CONCILIACIÓN CASA DE 51 SUR LA JUSTICIA DE USME CENTRO DE CALLE 146 A Nº CONCILIACIÓN CASA DE 105 - 95 Módulo 94 LA JUSTICIA DE SUBA CENTRO DE CONCILIACIÓN CASA DE TR 73 70A-04 SUR LA JUSTICIA DE CIUDAD BOLÍVAR CENTRO DE CALLE 146A 105CONCILIACIÓN 95 MÓDULO D SUPERCADE DE SUBA CENTRO DE CALLE 57Q SUR CONCILIACIÓN 72D-94 SUPERCADE BOSA CENTRO DE CARRERA 5A No CONCILIACIÓN CADE 30 D 20 SUR DEL 20 DEL JULIO CENTRO DE CARRERA 30 N° CONCILIACIÓN SUPER 24-90 módulo D CADE CRA 30 AV. CARRERA 86 CENTRO DE N° 43-55 SUR CONCILIACIÓN SUPER MÓDULO D CADE DE LAS AMÉRICAS CENTRO DE CALLE 133 N° 101 CONCILIACIÓN SAU C- 09 SUBA CENTRO DE CALLE 146A 105CONCILIACIÓN 95 MÓDULO D ASISTENCIA SUPERCADE DE SUBA JURÍDICA AL CENTRO DE CIUDADANO CALLE 57Q SUR CONCILIACIÓN 72D-94 SUPERCADE BOSA

7708791

6818983

7175199 7175266

-

6818983/94

2083591 3720685 3720691 3720682 2688407 3509081 2688401

-

4517247

6834596

6818983/94

2083591 18

NOMBRE LA SEDE

DEPENDENCIAS: DIRECCION, SUBDIRECCIÓN , DE DIRECCIÓN PERSONERÍA DELEGADA, COORDINACIÓN DE.. O PERSONERIA LOCAL. CENTRO DE CARRERA 5A No CONCILIACIÓN CADE 30 D 20 SUR DEL 20 DEL JULIO

TELÉFONO / EXTENSIÓN

3720685 4 51 29 49 • AV. CARRERA 86 CENTRO DE 4 51 72 47 • N° 43-55 SUR CONCILIACIÓN SUPER 4 51 07 11 • MÓDULO D CADE DE LAS AMÉRICAS 4 52 21 70 CENTRO DE CARRERA 30 N° CONCILIACIÓN SUPER 24-90 módulo D CADE CRA 30 2688407 DIAGONAL 16 N° CADE FONTIBON 104-51 4226956 CALLE 37 SUR N° CENTRO DIGNIFICAR 72L 77 2733243 KENNEDY CARVAJAL 2733247 CRA 17 F N° 69A- CENTRO DIGNIFICAR 32 SUR LUCERO BAJO 3118920819 CALLE 22C N° 68 F-37 MODULO 5 PUNTO DE ATENCIÓN LOCAL 103 TERMINAL BARRIO EL SALITRE 4289002 CENTROS CENTRO DIGNIFICAR DIGNIFICAR Y CALLE 63 N° 15-58 CHAPINERO 3461716 PUNTOS DE TRANSVERSAL CENTRO DIGNIFICAR LA 6873594 ATENCIÓN 126 No 133 -32 GAITANA 6816219 (VÍCTIMAS) CALLE 22 SUR N° CENTRO DIGNIFICAR 14 A -99 RAFAEL URIBE URIBE 3617465 CALLE 44 D SUR CENTRO DIGNIFICAR LA Nº 72-13 SEVILLANA 7280148 CALLE 69 A SUR No 92 47. CENTRO DIGNIFICAR ANTIGUO CENTRO BOSA HABITAR METROVIVIENDA 7279430 ATENCIÓN CENTRO COMERCIAL Calle 134 # 55-30, PROGRAMA SAN RAFAEL 3185713788 19

NOMBRE LA SEDE

DE

DIRECCIÓN

CENTROS COMERCIALES Cra 71D #06-84 sur AV. NQS con 38A SUR AVENIDA 15 N° 124-30 CARRERA 72 N° 80-94 Calle 20 # 82-52

DEPENDENCIAS: DIRECCION, SUBDIRECCIÓN , PERSONERÍA DELEGADA, COORDINACIÓN DE.. O PERSONERIA LOCAL. CENTRO COMERCIAL PLAZA DE LAS AMERICAS CENTRO COMERCIAL CENTRO MAYOR CENTRO COMERCIAL UNICENTRO CENTRO COMERCIAL TITAN PLAZA CENTRO COMERCIAL HAYUELOS CENTRO COMERCIAL SALITRE PLAZA CENTRO COMERCIAL GRAN ESTACIÓN

TELÉFONO / EXTENSIÓN

3183819035 318415555

3185892894

3182066699 CARRERA 68B N° 40-39 AV. CALLE 26 N° 62-47 Carrera 78 A No. 77 URI GRANJA - ENGATIVÁ A 62 2231594 2010118 Carrera 40 No. 10 A URI PALOQUEMAO - 364 7333 08 San Andresito UNIDADES DE PUENTE ARANDA ext 1301 de la 38 REACCIÓN 2775781 INMEDIATA Calle 51 sur No. 7 - URI CIUDAD BOLIVAR U.R.I 74 TUNJUELITO 7694225 Carrera 29 No. 18 URI USAQUÉN - TOBERÍN 45 2010118 Carrera 69 No. 36 4521130 URI KENNEDY 70 sur 7112705

ATENCIÓN PENAL

Cra 28 No 18 a 64 piso 2 Cra 13 No 18 -38 Piso 2 CAVIF Cra 13 N 18 - 51 Piso 1, 4, 6 y 7 Calle 16 No 7 - 39 Piso 9 Calle 71 A No 73 A

UNPIT Unidad Nacional de 4088000 ext Propiedad Intelectual 3556 2 82 75 84 PENAL I - CAVIF 2 37 87 77 PENAL I - JUZGADOS PENAL I - CONVIDA PENAL I - ENGATIVA

2510181 20

NOMBRE LA SEDE

DE

DIRECCIÓN

DEPENDENCIAS: DIRECCION, SUBDIRECCIÓN , TELÉFONO PERSONERÍA / DELEGADA, EXTENSIÓN COORDINACIÓN DE.. O PERSONERIA LOCAL.

- 44 piso 3 Cra 29 No 17 20 - 2 PENAL I - FONDATT Piso ed Fondatt 201 PENAL I - SAU(SALA DE Tv 78 k No 41 A - ATENCIÓN AL USUARIO) 04 sur - KENNEDY PENAL I - SAU (SALA DE ATENCIÓN AL USUARIO)CIUDAD calle 51 # 7 - 76 sur BOLIVAR - TUJUELITO Calle 133 No 101 C PENAL I - SUBA - 09 Carrera 33 No 18 PENAL II - JUZGADO 33 1P PENAL II PALOQUEMAO 1P BC, 1P BD URI CENTRO, 2P BS, 2P BE, 3 Cra 29 No 18 - 45 P BA, 5P BA ARCHIVO CENTRAL CONCEJO JUSTICIA

CRA 30 BIS 5 B 63 Archivo central DE AV CARACAS 53 80 NA

2014909 3609582

-

4537310

682 6041 237 67 87 237 93 6635

20 ext

3602097 NA

 Segmento al que pertenece: La Personería de Bogotá, D.C., es un organismo de control y vigilancia al servicio de la comunidad en el Distrito Capital, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 1421 de 1993 que en su artículo 5o establece: “…Son organismos de control y vigilancia la Personería, la Contraloría y la Veeduría. Con sujeción a las disposiciones de la ley y los acuerdos distritales y locales, la ciudadanía y la comunidad

organizada

cumplirán

funciones administrativas

y vigilarán y

controlarán el ejercicio que otros hagan de ellas”. 21

 Parque

Automotor

(tipos

de

vehículos

utilizados

para

los

desplazamientos) Dentro de los activos de la Personería de Bogotá, D.C., se cuenta con un parque automotor conformado por 21 vehículos y una motocicleta, que en su totalidad son utilizados para la prestación del servicio en el marco de las funciones asignadas legalmente a la Entidad; así: No 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18

PLACA OBC-077 OBG-034 OBG-035 OBE-579 OBB-690 ODS-951 ODS-952 OBG-303 OBG-308 OBG-376 OBH-674 OBH-675 OBH-676 OBH-677 OBH-678 OBH-679 OBG-281 ODS-942

MARCA Campero – Mitsubishi – Montero Estándar – 4 x 4 Campero – Mitsubishi – Montero V-11 – Modelo 2007 – (2400cc -4 x 4) Campero – Mitsubishi – Montero V-11 – Modelo 2007 – (2400cc -4 x 4) Campero – Chevrolet Samurái Camioneta – Chevrolet LUV – Modelo 1994 – (2300cc) Campero – Suzuki Jimny cabinado – Modelo 2014 (1328cc) Campero – Suzuki Jimny cabinado – Modelo 2014 (1328cc) Camioneta – Chevrolet LUV – MAX – Modelo 2007 – 4x2 Camioneta – Chevrolet LUV – MAX – Modelo 2007 – 4x2 Camioneta – Toyota Prado VXA – Modelo 2009 4x4 – 4.500cc – (blindaje 3) Camioneta Hyundai Tucson Modelo 2010 – (2000cc 4x2) Camioneta Hyundai Tucson Modelo 2010 – (2000cc 4x2) Camioneta Hyundai Tucson Modelo 2010 – (2000cc 4x2) Camioneta Hyundai Tucson Modelo 2010 – (2000cc 4x2) Camioneta Hyundai Tucson Modelo 2010 – (2000cc 4x2) Van Hyundai Estares 12 pasajeros – Modelo 2010 – Diesel Microbus – NISSAN – Urvan – Modelo 2007- Diésel Automóvil Sedan – Nissan – Sentra – Modelo 201 – (1600cc)

MOD 1994 2007 2007 2000 1994 2014 2014 2007 2007 2009 2010 2010 2010 2010 2010 2010 2007 2014 22

19 20 21 22

Automóvil Sedan – Nissan – Sentra – Modelo 201 – (1600cc) Automóvil Sedan – Nissan – Sentra – Modelo 201 – ODS-944 (1600cc) Automóvil Sedan – Nissan – Sentra – Modelo 201 – ODS-945 (1600cc) UWD 75C Motocicleta - Suzuki - (650 cc) - DL650 ODS-943

2014 2014 2014 2013

 Cantidad de Funcionarios y contratistas adscritos a la Entidad La Personería de Bogotá, D. C., cuenta actualmente con 893 servidores públicos que colaboran en el desarrollo de las actividades institucionales, clasificados de acuerdo a su nivel de formación y tipo de contrato así:

DENOMINACIÓN Total de cargos Directivos Total Cargos profesionales Subtotal asistencial Subtotal conductores Total Cargos

No. DE CARGOS 87 421 357 28 893

De igual manera se cuenta con contratistas que se dividen en dos grupos así: el primer grupo presta sus servicios profesionales y de apoyo a la gestión, cuyo objeto contractual implica el desarrollo de actividades que no tienen el carácter de permanentes, motivo por el cual este grupo poblacional no se puede tener en cuenta para el cálculo de la muestra; como un segundo grupo se encuentran otros contratistas de apoyo a la gestión que realizan actividades in situ, dentro de los cuales tenemos los siguientes: DENOMINACIÓN Servicio de vigilancia Servicio de aseo y cafetería Conductores Total Contratistas

No. DE CONTRATISTAS 48 27 9 84

23

 ROLES DEL PERSONAL DENTRO DE LA VIA TIPOS DE Rol dentro de la vía en DESPLAZAMI DENOMINACIÓN DEL No. DE el marco de las ENTO DE EMPLEO CARGOS actividades laborales MISIÓN conductor

Total de cargos Directivos Total Profesionales Subtotal asistencial Subtotal conductores

Interno

Externo

X X X

X X X X

X X X X

X X X X

87 421 357 28

X

conductor

Servicio de vigilancia aseo

pasajero

TIPOS DE Rol dentro de la vía en DESPLAZAMI CANTIDA el marco de las ENTO DE D TOTAL actividades laborales MISIÓN

DENOMINACIÓN

Servicio de cafetería

peatón

48 y

27

Conductores

9

Total Contratistas

84

X

peatón

pasaj ero

INTER EXTERN NO O

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

 Tipos de desplazamiento In itinere

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

Personero Total de cargos Directivos Total Profesionales Subtotal asistencia Subtotal conductores TOTAL PLANTA

Rol dentro de la vía en el marco desplazamiento de su No. DE casa al trabajo y del trabajo CARGO a su casa S peató pasaje conductor n ro 1 X 87 X X X 421 X X X 357 X X X 28 X X X 893 N/A N/A N/A 24

Denominación

CANTIDAD TOTAL

Servicio de vigilancia

48

Servicio de cafetería

aseo

CONDUCTORES

y

27 9

Rol dentro de la vía en el marco desplazamiento de su casa al trabajo y del trabajo a su casa conducto peató r n pasajero X

X

X

X

X

X

X

X

X

 Relación de actividades por el riesgo vial En cuanto a la relación de actividades por el riesgo vial, estas se desarrollan en el análisis de la encuesta aplicada. 4.2. Levantamiento de información

Una vez realizada la caracterización de la Entidad, teniendo en cuenta cada uno de los ítems establecidos en el Numeral 7.2 de la Resolución 1565 de junio 6 de 2014, se evidencia la necesidad de obtener mayor información que permita hacer un levantamiento de riesgos viales a los que están expuestos los servidores públicos de la Entidad; por lo que se adelantó una encuesta institucional siguiendo las siguientes etapas:  Formato de encuesta Para el diseño del formato de aplicación de la encuesta se tomó como referente el anexo 1 de la Resolución 1565 de 2014, como también las sugerencias realizadas por la ARL Colmena, el formato resultante fue el siguiente:

25

26

 Determinación de la muestra poblacional Para el cálculo de la muestra de las personas encuestadas se toma como referente la metodología utilizada en el modelo de gestión ética para entidades del Estado que aplica la tabla que se presenta a continuación, en la cual se tiene de referencia los criterios estadísticos más utilizados, con un nivel de confianza del 95% y un error del 5%, así:

Fuente: Modelo de gestión ética para el estado colombiano, DAFP En este sentido, y debido a que la Personería de Bogotá. D.C., cuenta con una población de 977 personas, se tiene una muestra mínima de 278 personas encuestadas.  Aplicación de la encuesta Teniendo en cuenta que la encuesta está enfocada a evidenciar los patrones de movilidad que aplican los servidores públicos que desempeñan diferentes funciones y roles dentro de la Entidad, y en sus desplazamientos hogar-trabajo27

hogar, se tomó como referente principal de aplicación los funcionarios que trabajan en las siguientes sedes, así: Sede Principal de la Personería de Bogotá, D. C. ubicada en la Carrera 7 No. 21-24; Centro de Atención al Ciudadano – CAC de la Carrera 10 No. 24-62, Dependencias ubicadas en el edificio de Sintra teléfonos - Carrera 8° N° 20-63 y Personerías Locales (Bosa, Kennedy, Sumapaz, Ciudad Bolívar, Rafael Uribe, Mártires. 4.3. Consolidación y análisis de la información  Consolidación de la información Para procesar

la información obtenida de la aplicación de la encuesta a los

funcionarios y contratistas de la Entidad, se realizó una tabulación en una hoja de Excel y los resultados se consolidaron en la tabla que se presenta a continuación: Roles, Tipos de Desplazamiento y Perfiles de Riesgo GENERO CLASE Masculino Femenino ACTOR VIAL

% 59% 41%

% Peatón Conductor Pasajero Acompañante

25 % 24 % 48 % 3%

PELIGRO

CONSECUENCIA

NIVEL RIESGO

DE

Alto Accidente de tránsito (solo lesiones, muerte, solo Medio daños-lesiones- daños homicidios) Medio Medio

DESPLAZAMIENTOS HOGAR-TRABAJO-HOGAR clase de vehículo CLASE

%

PELIGRO

CONSECUENCIA

NIVEL RIESGO

DE

28

Bicicleta Motocicleta Automóvil propio

4% Alto 6% Alto 25 Accidente de Medio % tránsito (solo lesiones, muerte, solo 10 daños-lesiones- daños Camioneta Medio homicidios) % 54 No conduce Bajo % TIEMPO DESPLAZAMIENTO HOGAR-TRABAJO HOGAR NIVEL CLASE % PELIGRO CONSECUENCIA RIESGO Entre 1 y 20 8% Medio minutos Entre 21 y 14 Medio 40minutos % Accidente de Entre 41 y 26 tránsito (solo lesiones, muerte, solo Alto 60minutos % daños-lesiones- daños Entre 1 hora y 35 homicidios) Alto hora y media % Más de una 18 Alto hora y media %

DE

ACCIDENTALIDAD EN EL ULTIMO AÑO POR SU DESPLAZAMIENTO HOGAR-TRABAJO-HOGAR CLASE SI NO

CONSECUENCIA

NIVEL RIESGO

%

PELIGRO

12 % 88 %

Accidente de Alto tránsito (solo lesiones, muerte, solo daños-lesiones- daños Alto homicidios)

DE

TIPO DE ACCIDENTE POR SU DESPLAZAMIENTO HOGAR-TRABAJOHOGAR clase de vehículo NIVEL DE CLASE % PELIGRO CONSECUENCIA RIESGO 29

CHOQUE

44 %

ATROPELLO

6%

CAIDA COMO 25 OCUPANTE % VOLCAMIENTO 6% AUTO CAIDA

Alto Alto Accidente de tránsito (solo lesiones, muerte, solo Alto daños-lesiones- daños homicidios) Alto

19 %

Alto

INCAPACITADO POR EL EVENTO ANTERIOR CLASE % SI 15% NO 85%

DESPLAZAMIENTOS LABORALES CLASE Peatón Conductor Acompañante

% 29 % 18 % 27 %

PELIGRO

CONSECUENCIA

NIVEL RIESGO

DE

Alto Medio Accidente de tránsito (solo lesiones, muerte, solo Medio daños-lesiones- daños homicidios)

No realiza desplazamiento 26 Bajo s a causa de % sus funciones TIEMPO DESPLAZAMIENTO EN RELACIÓN CON LAS FUNCIONES NIVEL CLASE % PELIGRO CONSECUENCIA RIESGO Entre 10 Accidente de 60 minutos y 2 tránsito (solo lesiones, muerte, solo Medio % horas daños-lesiones- daños Entre 2 y 4 14 homicidios) Alto

DE

30

horas Entre horas Entre horas

% 4

y

6

6

y

8

8%

Alto

5%

Alto

13 % LOS VEHICULOS DE LA ENTIDAD LOS UTILIZA Más de 8 horas

CLASE Si No

% 54 % 46 %

Alto

NIVEL RIESGO

DE

NIVEL RIESGO

DE

PELIGRO CONSECUENCIA Accidente de Medio tránsito (solo lesiones, muerte, solo daños-lesiones- daños Bajo homicidios)

PROGRAMACIÓN DE DESPLAZAMIENTO EN TIEMPO CLASE

%

De manera inmediata Menos de 12 horas

43 % 27 % 12 % 10 % 9%

12 horas 24 horas 48 horas

PELIGRO

CONSECUENCIA

Alto Medio Accidente de tránsito (solo lesiones, muerte, solo daños-lesiones- daños Bajo homicidios) Bajo Bajo

ACCIDENTALIDAD EN EL ULTIMO AÑO POR SU DESPLAZAMIENTO EN JORNADA LABORAL CONSECUENCIA

NIVEL RIESGO Alto

CLASE

%

PELIGRO

SI

4%

NO

96 %

Accidente de tránsito (solo lesiones, muerte, solo daños-lesiones- daños Alto homicidios)

DE

31

TIEMPO DESPLAZAMIENTO LABORALES FUERA DEL CASCO URBANO NIVEL DE CLASE % PELIGRO CONSECUENCIA RIESGO Entre 3 y 5 8% Medio horas Entre 5 y 8 2% Alto horas Accidente de Entre 8 y 12 1% tránsito (solo lesiones, muerte, solo Alto horas daños-lesiones- daños Más de 12 2% homicidios) Alto horas No se desplaza 88 fuera de la Bajo % ciudad  Análisis de la Información Una vez consolidada la encuesta, se procedió a analizar la información presentada, en dos grupos de preguntas, así: 

Desplazamientos Hogar – Trabajo – Hogar Se evidencia que en este tipo de desplazamientos el 48% de la muestra poblacional asume el rol de pasajero, el 25% el de peatón y tan solo el 24% asume un rol de conductor, sin embargo en un análisis más profundo se puede inferir para la totalidad de la muestra poblacional, que en algún momento del desplazamiento se asume el rol de peatón, el más representativo en el análisis de riesgo, con una probabilidad de accidentalidad media alta. En relación con el tipo de vehículo que conducen los servidores públicos y contratistas de la Personería de Bogotá, D.C., se evidencia que el 54% de las personas encuestadas no conducen ningún tipo de vehículo, lo que es coherente con los roles identificados en la vía, y que reafirman que en su mayoría, los funcionarios de la Entidad son peatones. De igual manera se evidencia que el 35% de las personas encuestadas utilizan vehículos particulares, ya sea como conductor o pasajero, así mismo se evidencia 32

que el 6% conduce motocicleta para realizar dichos trayectos y que el 4% de la muestra poblacional se moviliza en bicicleta, lo que permite inferir que el transporte que aplica tecnologías limpias es muy poco utilizado por los servidores públicos y contratistas al servicio de la Personería de Bogotá D.C. En cuanto a los tiempos de desplazamiento, se evidencia que el 61% de las personas encuestadas tarda en realizar estos trayectos, entre 40 y 90 minutos; teniendo en cuenta que la probabilidad de accidente de tránsito es directamente proporcional al tiempo de exposición en el trayecto, se deduce inicialmente que la probabilidad de accidentalidad para los funcionarios y contratistas de la Personería de Bogotá es alta; sin embargo se evidencia que únicamente el 12% de los encuestados ha sufrido un tipo de accidente en el último año a causa de los trayectos realizados, y que de estos el 44% fue a causa de choques y en el 25% a causa de caída como ocupante, y el 19% por auto caídas, y como consecuencia un 15% de estas personas fue incapacitado, con impacto en el buen desarrollo de la gestión de la Entidad y en la economía familiar del implicado; en conclusión, es necesario realizar retroalimentación sobre seguridad en conductas viales con el fin de disminuir el porcentaje de accidentalidad. 

Desplazamientos en relación con las funciones Se evidencia que el 74% de los encuestados realiza desplazamientos relacionados con el desempeño de sus funciones, de los cuales el 29% en un rol de peatón, el 27% como acompañante y el 18% como conductor. En estos desplazamientos el tiempo utilizado está en el rango entre 10 y 120 minutos (60%); lo cual implica que la probabilidad de que los servidores públicos y contratistas de la Personería de Bogotá sufran un accidente de tránsito sea media, dado su nivel de exposición en la vía y en el entorno. En relación con el uso de los vehículos de la Entidad, el 54% de la muestra poblacional utiliza el parque automotor, lo que conlleva una probabilidad media de ocurrencia de accidente de tránsito; reflejo de ello es que el porcentaje de accidentalidad materializado en el último año fue de 4%; en este contexto es evidente la necesidad de reducir a 0 el porcentaje de accidentalidad aunque se encuentre en un rango de materialización bajo. Puesto que en la actualidad el 43% de la muestra solicita el vehículo de manera inmediata y el 27% en menos de 12 horas, con un impacto significativo en la planificación del recorrido y por ende en el aumento de la 33

probabilidad de accidentalidad, es necesario tomar acciones para que la programación de los recorridos se realice con suficiente antelación.

4.4 Conclusiones del diagnóstico Como resultado del análisis de la información de las encuestas aplicadas, se puede concluir que el comportamiento humano es el elemento primordial en la adopción de conductas viales seguras, teniendo en cuenta los riesgos a los que están expuestos los funcionarios y contratistas de la Personería de Bogotá, D. C., por los roles asumidos como peatones, acompañantes y conductores. Estos riesgos están en los niveles alto y medio, lo que puede conducir a accidentes de tránsito, lesiones y hasta la muerte. En la interacción como peatones, los servidores públicos y contratistas de la Entidad asumen riesgos al caminar por una acera, cruzar una calle o avenida, sin prever las mínimas condiciones para realizar estas actividades, y las distracciones pueden ser la posible causa de un accidente; por lo tanto, es indispensable controlar todas aquellas acciones que en determinado momento puedan llevar a que al realizar una actividad en apariencia sencilla, como lo es cruzar una vía, se pueda producir un hecho lamentable. Es por ello que en el marco del Plan propuesto, se definen dos grupos objetivo para la implementación de acciones encaminadas a minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes; por una parte se encuentran los conductores y por la otra los funcionarios y contratistas en general que prestan sus servicios profesionales a la Institución, los cuales deben ser capacitados en cada uno de sus roles como peatones, pasajeros, acompañantes e incluso como conductores de sus vehículos particulares; estas acciones se desglosaran en el cronograma adjunto.

34

5. PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VÍAL. 5.1. Objetivo General:

Establecer lineamientos Generales de educación, responsabilidad social y definir las acciones institucionales para promover en los funcionarios y contratistas la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía y en las instalaciones de la Entidad; y en consecuencia la formación de criterios autónomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o uso de la vía pública.

5.2. Objetivos específicos: 

Fortalecer la gestión institucional en materia de seguridad vial que conduzca a la definición de políticas y responsabilidades de la misma.



Fortalecer el componente humano en materia de seguridad vial, a través de procesos de sensibilización, formación y diagnóstico del perfil del mismo.



Propender por la seguridad e integridad física de los funcionarios y prestadores del servicio mediante la disposición de una flota de vehículos más seguros.



Disponer de una infraestructura segura en la Entidad, que permita minimizar las condiciones de riesgo en materia de accidentes viales.

5.3. Alcance Este plan contempla la generación de hábitos y comportamientos seguros de los funcionarios y contratistas que apoyan la gestión de la Personería de Bogotá, D. C., en todas sus sedes y puntos de atención, para que sean tenidos en cuenta en sus desplazamientos laborales y que sean referencia para sus recorridos fuera de la jornada laboral. 35

5.4. Acciones Y Estrategias Para la formulación de las acciones, se tuvieron en cuenta los niveles de riesgo identificados en el diagnóstico de la Entidad y como resultado de ello se planteó el cronograma, documento anexo al presente Plan, en el que se relacionan las acciones que la institución desarrollará en el período 2015-2016 (ver anexo B).

A continuación se relacionan los elementos con los que cuenta la Entidad, para el correcto desarrollo de cada una de las líneas de acción contenidas en el Plan Estratégico de Seguridad Vial –PESV.

5.4.1. En Relación con el comportamiento Humano:

Selección de Conductores: A). Vinculados mediante relación legal y reglamentaria: La forma de provisión de los empleos de la Personería de Bogotá, D.C., se realiza de conformidad con la Ley 909 de 2004, a través de la Comisión Nacional del Servicio Civil, Entidad responsable de la administración y vigilancia de la carrera administrativa, conforme a lo establecido en artículo 130 de la Constitución Política de Colombia. En este sentido, corresponde a esa Comisión, adelantar los procesos de selección para proveer empleos del Estado, teniendo como fundamento el principio del mérito. Los empleos de Conductor y Conductor Mecánico, de esta Entidad, son provistos mediante nombramiento en período de prueba; en ascenso; en encargo o mediante nombramiento provisional (solo por el tiempo que duren las situaciones que originaron la vacancia y cuando no fuere posible proveerlos mediante encargo con servidores públicos de carrera). Igualmente, los Manuales de Funciones y de Competencias Laborales, de los empleos de Conductor y Conductor Mecánico, de esta Entidad, son los establecidos en la Resolución No. 177 del 30 de abril de 20153, expedida por el Señor Personero de Bogotá, D.C, así: 3

Resolución No. 177 del 30 de abril de 2015: Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los empleos de la Planta de Personal de la Personería de Bogotá, D.C.,”

36

Para el empleo de Conductor:

I. IDENTIFICACIÓN Nivel:

Asistencial

Denominación del Empleo:

Conductor

Código:

480

Grado:

02

No. de cargos:

Doce (12)

Dependencia:

Donde se asigne el Cargo

Cargo del Jefe Inmediato:

Quien ejerza la supervisión directa

II. ÁREA FUNCIONAL: DEPENDENCIAS TRANSVERSALES: SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y RECURSOS FÍSICOS III. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las labores de conducción de vehículos automotores para el desplazamiento de funcionarios, cumpliendo con los protocolos establecidos y las normas de tránsito; apoyar las labores administrativas asignadas. Amparar la realización efectiva de los derechos que le asisten al ciudadano dentro del ámbito de competencia de la Entidad. lV. FUNCIONES ESENCIALES 1. Conducir el vehículo que le ha sido asignado para el transporte de los funcionarios en labores oficiales, de acuerdo con las instrucciones que le sean asignadas por el superior inmediato y las normas de tránsito. 2. Seguir la programación para el mantenimiento preventivo del vehículo asignado así como responder por su aseo y presentación, conforme a las instrucciones impartidas por el superior inmediato y con la calidad requerida. 3. Informar al superior inmediato sobre cualquier circunstancia que altere el normal funcionamiento del vehículo asignado, dentro de la oportunidad requerida. 4. Llevar los controles que sobre la operación del vehículo que existan en la Entidad de acuerdo con las directrices impartidas por el superior inmediato. 5. Apoyar las labores administrativas que le sean asignadas por el superior inmediato. 6. Desempeñar las demás funciones relacionadas con la naturaleza del cargo y el área de desempeño. V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES Normas de Tránsito -Mecánica Básica -Localización de la Nomenclatura de la Ciudad

37

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES

POR NIVEL JERÁRQUICO

Orientación a Resultados Transparencia Compromiso con la Organización

Manejo de la Información Adaptación al Cambio Disciplina Relaciones Interpersonales Colaboración

Vll. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA FORMACIÓN ACADÉMICA

Cuatro (4) Secundaria.

años

Requerimiento: categoría C1

de

Licencia

Educación

de

EXPERIENCIA

Básica Un (1) año de experiencia laboral.

conducción ALTERNATIVAS

FORMACIÓN ACADÉMICA

EXPERIENCIA Tres (3) años de experiencia laboral.

Terminación y aprobación de Educación Básica Primaria.

Requerimiento: categoría C1.

Licencia

de

conducción

Se aplicarán las demás equivalencias establecidas en el artículo 25 del Decreto 785 de 2005, para los empleos pertenecientes a los niveles Técnico y Asistencial.

Para el empleo de Conductor Mecánico: I. IDENTIFICACIÓN Nivel:

Asistencial

Denominación del Empleo:

Conductor Mecánico

Código:

482

Grado:

07

No. de cargos:

Dieciséis (16)

Dependencia:

Donde se asigne el Cargo

Cargo del Jefe Inmediato:

Quien ejerza la supervisión directa

II. ÁREA FUNCIONAL: SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y RECURSOS 38

FÍSICOS III. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las labores de conducción y mantenimiento de vehículos automotores para el desplazamiento de funcionarios, cumpliendo con los protocolos establecidos y las normas de tránsito; apoyar las labores administrativas asignadas Amparar la realización efectiva de los derechos que le asisten al ciudadano dentro del ámbito de competencia de la Entidad. lV. FUNCIONES ESENCIALES 1. Conducir el vehículo que le ha sido asignado para el transporte de los funcionarios en labores oficiales, de acuerdo con las instrucciones que le sean asignadas por el superior inmediato y las normas de tránsito. 2. Seguir la programación para el mantenimiento preventivo y realizar las reparaciones menores del vehículo asignado así como responder por su aseo y presentación, conforme a las instrucciones impartidas por el superior inmediato y con la calidad requerida. 3. Informar al superior inmediato sobre cualquier circunstancia que altere el normal funcionamiento del vehículo asignado, dentro de la oportunidad requerida. 4. Llevar los controles que sobre la operación del vehículo que existan en la Entidad de acuerdo con las directrices impartidas por el superior inmediato. 5. Apoyar las labores administrativas que le sean asignadas por el superior inmediato. 6. Desempeñar las demás funciones relacionadas con la naturaleza del cargo y el área de desempeño. V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES Normas de Tránsito Mecánica Básica Localización de la Nomenclatura de la Ciudad VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES

POR NIVEL JERÁRQUICO

Orientación a Resultados Transparencia Compromiso con la Organización

Manejo de la Información Adaptación al Cambio Disciplina Relaciones Interpersonales Colaboración

Vll. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA FORMACIÓN ACADÉMICA

Diploma de bachiller en cualquier modalidad

EXPERIENCIA Tres (3) años de experiencia laboral.

Curso básico de mecánica automotriz Requerimiento: categoría C1

Licencia

de

conducción 39

ALTERNATIVAS FORMACIÓN ACADÉMICA Cuatro (4) años de educación básica secundaria.

EXPERIENCIA Cuatro (4) años de experiencia laboral.

Curso básico de mecánica automotriz Requerimiento: categoría C1

Licencia

de

conducción

Se aplicarán las demás equivalencias establecidas en el artículo 25 del Decreto 785 de 2005, para los empleos pertenecientes a los niveles Técnico y Asistencial.

B). Con contrato de prestación de servicios: Esta modalidad se encuentra reglamentada por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013. No obstante, la Entidad, puede solicitar los requisitos y documentos que se establezcan en los estudios previos de la contratación, que para el caso de la Personería de Bogotá, D.C., son los siguientes: o Hoja de vida o Soportes de hoja de vida: académicos y de experiencia laboral o Copia de la cédula de ciudadanía o Consulta de antecedentes: Personería de Bogotá, D. C., Procuraduría y Contraloría o Copia de la libreta militar o Copia de la licencia de conducción (vigencia actualizada) o Examen de Coordinación Motriz, o Exámenes médicos de: optometría, Visiometría, examen médico general o Verificación SIMIT o Hoja de vida de la Función Pública, bajarla de: www.dfp.gov.co o Formato de: Declaración Juramentada de Bienes y Rentas o Registro Único Tributario RUT o Registro de Información Tributaria RIT o Certificado de cuenta de ahorros, expedida por el banco o Afiliación al sistema de seguridad social en salud o Afiliación al sistema de social en pensión o Propuesta firmada. 40

Es necesario tener la licencia de conducción vigente y de acuerdo con la categoría que se requiere, según el tipo de vehículo que se va a conducir, de acuerdo a la siguiente tabla: PARA SERVICIO PARTICULAR.

PARA SERVICIO PÚBLICO

Categoría A1 Para la conducción de Categoría 04 o C 1 para camperos, motocicletas con cilindrada hasta de 125 camionetas y microbuses. c.c. Categoría A2 Para la conducción de Categoría 05 o C 2 para busetas, buses motocicletas, motociclos y moto triciclos y camiones rígidos. con cilindrada mayor a 125 c.c. Categoría 04 o B 1 para camperos, Categoría 06 o C 3 para vehículos camionetas y microbuses

articulados

Categoría 05 o B 2 para busetas, buses y camiones rígidos Categoría 06 o B 3 para vehículos articulados

 Pruebas de Ingreso: Para el caso de los funcionarios vinculados a la planta de personal de la Entidad, que ingresan a la carrera administrativa, las pruebas de ingreso las realiza la Comisión Nacional del Servicio Civil, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 909 de 2004. Para el caso de los Conductores que ingresan a la Personería de Bogotá, D.C., a través de Contrato de Prestación de Servicios, a cada uno se le realiza una prueba de conducción como requisito previo a la firma del contrato y de ello se deja constancia en el expediente contractual.

41

De igual manera, la Personería de Bogotá, D.C., efectúa exámenes médicos de Ingreso, egreso y periódicos, de Audiometría, Visiometría, a todos los conductores, cada seis (6) meses, dando cumplimiento a la legislación actual (Resolución 2346 de 2007, del Ministerio de la Protección Social). En cada uno de los procedimientos para nombramientos en provisionalidad, ascenso, período de prueba, se hace mención a los exámenes a practicar, así: o PROCEDIMIENTO NOMBRAMIENTO PROVISIONALIDAD: El numeral 19 se refiere al examen médico de ingreso. (Ver Anexo C). o PROCEDIMIENTO NOMBRAMIENTO - ASCENSO EN PERÍODO DE PRUEBA: El numeral 14 se refiere al examen médico de ingreso. (Ver Anexo C).

 Capacitación: Toda persona que ingresa a la personería de Bogotá, D.C., debe cumplir con el proceso de inducción, que incluye los siguientes temas: Marco legal 

Decreto Ley 1421 De 1993 - Estatuto Orgánico De Bogotá, D.C.



Acuerdo 34 De 1993



Acuerdo 514 De 2012

Normas internas 

Plan Estratégico Institucional – PEI 2012-2016.



Plan Operativo Anual – Poa 2015.



Plan Anticorrupción y de Atención a la Ciudadanía.



Manual del Subsistema de Gestión de la Calidad – Sistema Integrado de Gestión.



Plan Anticorrupción y de Atención a la Ciudadanía.



Manual del Subsistema de Gestión de La Calidad – Sistema 42

Integrado de Gestión. 

Misión, Visión, Funciones de la Personería de Bogotá, D. C.



Organización Interna.



Requisitos legales: Sistema seguridad social en salud y pensión, Caja de Compensación Familiar, ARL.



Reporte de Accidentes laborales.



Régimen salarial y prestacional.

Los contratistas reciben la inducción directamente en el desarrollo del objeto de su contrato, a través del supervisor del contrato.

Adicionalmente, cada año se realiza un proceso de re-inducción a todos los funcionarios de la Entidad y contratistas.

La inducción específica para los empleos de Conductor y Conductor Mecánico, se efectúa en el puesto de trabajo y comprende una jornada de 8 horas:

1. Operatividad de la prestación del servicio de transporte para los funcionarios de la Personería de Bogotá, que requieran el desplazamiento a diferentes entidades del distrito capital, en cumplimiento de las misiones oficiales. 2. Presentación de los tipos de vehículos y su destinación 3. Presentación ante el grupo de trabajo del nuevo colaborador 4. Entrega

del

directorio

que

contiene

la

información

del

taller

de

mantenimiento correctivo y preventivo, estación de servicio de suministro de combustible, aseguradora del SOAT y responsabilidad civil, suministro de llantas, servicio de lavado y despinche y teléfono de los compañeros de trabajo y coordinadores del equipo. 5. Programación y autorización de los mantenimientos. 6. Entrega de una copia de la Resolución 222 de 2011 “Por la cual se expide el reglamente para la utilización del parque automotor en la Personería de 43

Bogotá, D. C.” 7. Entrega del vehículo, mediante el levantamiento del inventario. 8. Inducción sobre el alistamiento vehicular y mantenimientos preventivos del parque automotor. 9. Inducción de cómo reportar un choque o accidente automovilístico ante la compañía aseguradora.  Capacitación y Formación en Seguridad Vial a todo el personal, conductores y no conductores de la Entidad. La Personería de Bogotá, D.C., basada en el diagnóstico realizado, establece la capacitación y formación en seguridad vial, a partir del segundo semestre del año 2015, la cual será coordinada por el Comité de Seguridad Vial, que busca cumplir el objetivo primordial de divulgar el Plan Estratégico de Seguridad Vial y fomentar los buenos hábitos y comportamientos seguros de los actores viales (ver cronograma de acción).  Control de documentación de conductores Para realizar el control sobre la documentación que reportan los conductores, la Entidad, establece una base de datos y el manejo de dicha información se ajusta a lo definido por la ley 1581 de 2012, con referencia a la protección de datos personales, (ver anexo D). Así mismo, esta base de datos tiene una serie de puntos de control que permiten realizar la trazabilidad requerida a uno de los datos suministrados, de acuerdo con lo establecido en el sistema integrado de gestión de la Entidad.

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 Políticas de regulación Como políticas de regulación, la Entidad emitió las siguientes políticas:

o

Política de no Alcohol no Drogas y no Tabaquismo.

La institución dentro de los procesos de gestión cuenta con la política de NO Alcohol, No Drogas y No Tabaquismo, manifestando su compromiso con la seguridad, la salud integral y el bienestar de sus servidores, que permita su buen desempeño; en este propósito, promueve y asegura un ambiente de trabajo sano, seguro y saludable, exento de los efectos del alcohol, drogas, tabaco y otras sustancias psicoactivas (ver anexo E).

o

Política de regulación de horas de conducción y descanso

“La Personería de Bogotá, D. C., comprometida con la implementación y aplicación de conductas viales seguras, acoge las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud OMS y de la Administradora de Riesgos Laborales – ARL, para la actividad específica de conducción, en el sentido de establecer como máximo intervalo de conducción continua, dos (02) horas y/o 150 kilómetros de recorrido, lo primero que se cumpla, al término del cual el conductor deberá tomar un descanso o pausa activa de quince (15) minutos, antes de reanudar su labor diaria de conducción” (ver anexo E).



Política de regulación de la velocidad

La Personería de Bogotá, D. C., es consciente de que una de las principales causas de accidentes de tránsito en el Distrito Capital, es el exceso de velocidad, lo cual genera un gran número de pérdidas humanas y daños a la integridad física de los capitalinos. En este sentido se acoge a los estándares de Regulación de velocidad y manifiesta su compromiso con la promulgación de dichas normas al interior de la entidad con el fin de lograr la minimización de los índices de accidentalidad por esta causa, en los que se puedan ver involucrado su parque automotor (ver anexo E).

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Política de Uso del Cinturón de Seguridad

La Personería de Bogotá, D. C., consciente de que el acatamiento de las normas de seguridad en la vía, es la mejor forma de prevenir accidentes de tránsito que generen daños a la integridad física de los ciudadanos, en concordancia con uno de sus objetivos estratégicos Misionales como es el de “Gestionar la apropiación y cumplimiento de

deberes de todos como garantía de la realización de los

derechos”., promueve y exige para el personal de la institución que hace uso del parque automotor a cargo de los conductores de la Entidad, el uso obligatorio del Cinturón de Seguridad (ver anexo E). 

Política de no uso de equipos móviles mientras se conduce

La Personería de Bogotá, D. C., comprometida con la integridad física de los ciudadanos y tomando en cuenta que una de las principales causas de accidentes de tránsito en el Distrito Capital, es el uso indebido de equipos móviles de comunicación mientras se conduce, acoge como Política Institucional, el no uso de dispositivos móviles y/o electrónicos mientras se realizan actividades de conducción; por consiguiente, prohíbe expresamente a los conductores de la Personería de Bogotá D.C., el uso de dispositivos móviles (incluso si se cuenta con dispositivos de manos libres), computadores portátiles, tabletas y demás equipos electrónicos mientras se conduce (ver anexo E). Nota: Para efectos de monitoreo y control, en caso de presentarse la materialización del incumplimiento de las políticas, se deben efectuar las acciones correctivas de acuerdo a lo estipulado en el procedimiento de acciones correctivas y preventivas código: 15-PT-02, de igual manera se estableció el mapa de riesgos de la entidad tendiente a evitar la materialización de las mismas y se establecieron puntos de control en el manual de políticas de seguridad vial.

 Elementos de Protección Con el objeto de establecer los Elementos de Protección Personal - EPP requeridos para los conductores la Entidad, establece dentro del cronograma de actividades del Plan Estratégico de Seguridad Vial una acción encaminada a satisfacer esta necesidad. (Ver anexo B) 46

5.4.2. En relación con los vehículos seguros:  Plan de Mantenimiento Preventivo

El Plan de Mantenimiento Preventivo se encuentra contenido en el Manual de Administración del Parque Automotor y Prestación del Servicio de la Personería de Bogotá, D.C., el cual hace parte del SIG, dentro del proceso de administración de bienes y servicios de la Entidad, y en el momento se encuentra en actualización, debido a cambios en el mapa de procesos institucional; sin embargo se adjunta el proyecto de manual de administración y el cronograma de actividades de mantenimiento preventivo que se lleva en la actualidad, (Ver anexo F).  Documentación del Plan de Mantenimiento Preventivo Para la documentación del Plan de Mantenimiento, la Entidad consigna todas las actividades del mantenimiento realizadas a cada vehículo en el formato Ficha General Vehicular (ver anexo G) cuya custodia está en la Subdirección de Gestión Documental y Recursos Físicos, de igual manera, el desarrollo de cada mantenimiento se encuentra en la carpeta fisca de cada vehículo, que se mantiene siguiendo los estándares establecidos en la Ley 594 de 2000, Ley General de Archivos.  Idoneidad: La Entidad garantiza la idoneidad de las personas que realizan los diferentes mantenimientos, de tipo preventivo y correctivo, por medio de la aplicación y verificación de los requisitos técnicos que se establecen en el pliego de condiciones de los diferentes procesos de contratación que realizan para tal fin.  Procedimiento de inspección diaria de vehículos: El procedimiento de inspección diaria de vehículos se encuentra contenido en el Manual de Administración del Parque Automotor y Prestación del Servicio de la Personería de Bogotá, D.C., el cual hace parte del SIG, dentro del proceso de 47

Administración de bienes y servicios de la Entidad, y en la actualidad se encuentra en actualización, debido a cambios en el mapa de procesos Institucional; sin embargo se adjunta el formato de inspección vehicular que se lleva en la actualidad, (Ver anexo H).  Control de documentos y registros: El control de documentos y el control de los registros aplicados a los procedimientos de mantenimiento se desarrolla acorde a lo establecido en el SIG de la entidad – Procedimientos Control de documentos y Control de registros, de igual manera se establece una base de datos que contiene la información de cada vehículo, que se centraliza en la subdirección de Gestión Documental y Recursos Físicos, permitiendo un control sobre el cumplimiento de fechas y la trazabilidad de cada acción de mantenimiento ejecutadas (ver anexo G), así mismo los soportes de la ejecución de estos mantenimiento reposan en la carpeta física de cada vehículo.

5.4.3. En Relación con la infraestructura segura: De acuerdo con lo establecido en el Decreto 2851 de 2013, la Entidad, debe realizar una revisión del entorno físico en el que se opera, con el propósito de tomar medidas de prevención en las vías internas por donde circulan los vehículos, al igual que al ingreso y salida de las instalaciones, por parte del personal.  Infraestructura interna: Como se anotó en la estructura y tamaño de la Entidad, además de las dos sedes principales, se cuenta con el Centro de Atención a la Comunidad –CAC, ubicado en la cra. 10 N° 24-62, los puntos de atención ubicados en los centros comerciales: Unicentro, San Rafael, Titán Plaza, Gran Estación, Salitre Plaza, Hayuelos, Centro Mayor y Plaza de las Américas, las 20 personerías locales, sus respectivos puntos de atención y Centro Dignificar y los Supercades; sin embargo, 48

la Personería en cuanto a instalaciones físicas solo tiene injerencia con la sede principal, esto debido a que en las personerías locales y Supercades son espacios aportados por la administración distrital y/o arrendados.

Así las cosas, la sede principal como ya se mencionó queda ubicado en la carrera 7 No 21-24 en la ciudad de Bogotá y se muestra a continuación:

El ingreso principal es sobre la carrea 7, esta vía en la actualidad es de uso exclusivo para peatones

La calle 21 vía sobre la cual queda el ingreso al parqueadero, es una vía de bajo flujo vehicular pero alto peatonal, por tal motivo dentro del cronograma se establecen las acciones de señalización para evitar posibles accidentes. Al ingresar al parqueadero, existe la rampa de descenso y el ingreso a la zona vehicular

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El parqueadero es de dos niveles, en la parte superior existe un área de parqueo el cual se encuentra delimitado cada una de las baterías, pero sobre la capa asfáltica hay ausencia de zonas peatonales, en este sentido se plantea en el cronograma realizar la demarcación correspondiente (ver anexo B). El nivel inferior o sótano del parqueadero, al momento de la elaboración del presente documento se encuentra fuera de servicio debido a que la entidad se encuentra en un proceso de remodelación, de igual manera en el cronograma se establece la fecha para poner en servicio esta área (ver anexo B).  Infraestructura Externa: En cuanto a infraestructura externa es de aclarar que los desplazamientos de los funcionarios o sus trayectos son realizados con base en la necesidad del servicio, por ello no se realizan planes de ruta debido a la variedad de los mismos, sin embargo se pretende realizar una sensibilización a los conductores sobre rutas criticas (ver anexo B), las cuales se establecen por conocimiento previo de los conductores como también por monitoreo que se realice en las noticias viales que se presente en páginas web y por revisión de aplicaciones como el waze.  Apoyo Tecnológico En cuanto al apoyo tecnológico, la Entidad en su plan de acción establece como acción, el dotar a los vehículos de la institución de un sistema de monitoreo que facilite detectar su ubicación en tiempo real, servicio que será prestado por los operadores de telefonía celular (ver Anexo B). 5.4.4. En relación con la atención a víctimas: El Comité de Seguridad Vial adelantará investigación de eventos viales con el objeto de analizar cada accidente de tránsito, novedades presentadas, realizará el análisis de las estadísticas que se presenten en la operación, así se podrán 50

diseñar los planes de capacitación y toma de acciones correctivas del caso y prevenir futuros accidentes.  PROTOCOLO GENERAL PARA LA ATENCION DE EMERGENCIAS En caso de que cualquier funcionario y/o contratista de la Personería de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus funciones y/o actividades o en desplazamientos comunes llegara a sufrir algún evento de naturaleza vial, se deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones, basadas en la metodología impartida por la Cruz Roja Internacional aplicable en cualquier tipo de accidente, entre ellos los accidentes de tránsito que buscan realizar una atención inmediata a las víctimas de accidentes de tránsito: a) Proteger Después de ocurrido el accidente, y luego de haber verificado que la persona se encuentre bien en su propia integridad, que no exista ninguna herida de gravedad o que comprometa su estado de salud, procederá a verificar el estado de las demás personas involucradas en el accidente. b) Alertar La persona involucrada en el accidente deberá llamar inmediatamente a las autoridades y personal que la organización determine y realizará las llamadas que considere pertinentes con el fin de contactar a la Policía de Carreteras (#767) y de ser necesario a la Línea de Emergencias (123) y a la ARL. Durante la conversación, se debe describir detalladamente qué pasó en el accidente de tránsito y la ubicación exacta en la que sucedió, así la asistencia que llegará al lugar del siniestro se ajustará a lo que requieren las personas involucradas en él. c) Socorrer Si se presentan heridos graves, no se deben mover a la víctima, para evitar generar heridas o lesiones más graves de las que ocasionó el accidente de tránsito. La única excepción a esta importante regla es que en lugar del accidente pueda presentarse, de manera inminente, un incendio, una inundación o un deslizamiento de tierra. 51

Si los heridos presentan hemorragias, estas se deben cubrir con gasa limpia y ejercer presión mientras llegue el equipo paramédico. Si los heridos no presentan gravedad, se deben alejar de la zona del accidente evitando permanecer en la vía.  Procedimiento en caso de accidentes de tránsito En los casos donde un empleado de la organización se vea involucrado en un accidente de tránsito se deberán cumplir con los siguientes parámetros: 

Choque Simple

Son aquellos en los cuales no se ven afectadas las personas si no únicamente se presentan daños sobre los vehículos, en este tipo de eventualidades se debe realizar el siguiente procedimiento: 

Se deberá requerir la presencia de las autoridades de tránsito y ante esta, solicitar que realice el procedimiento para estos casos.



En los casos que esta eventualidad se presente en la jornada laboral se reportará a la oficina designada por la entidad la novedad presentada.



El conductor deberá tomar datos en el lugar de los hechos como son: ubicación exacta, datos de identificación de los vehículos y de las personas cuando sea posible, datos de las autoridades que llegan al lugar de los hechos y demás que considere convenientes.



En caso de no llegar a un acuerdo con la contraparte la autoridad de transito procederá a diligenciar el informe de accidentes de tránsito.



Al terminar el procedimiento siempre se procederá a leer detalladamente el informe y solicitar una copia al firmarlo, en caso de no estar de acuerdo con lo plasmado en el mismo se le informará a las autoridad que está atendiendo el caso para que tome los correctivos necesarios, de NO realizar el correctivo NO se deberá firmar el informe de accidente o croquis.

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Accidente con lesiones o víctima mortal

En los accidentes de tránsito en los cuales se vean afectadas la integridad física de una persona o cause su muerte sin importar su calidad (peatón, pasajero, conductor), se genera una investigación por parte del Estado, esto basándose en el código penal y el código de procedimiento penal, en este tipo de eventos se recomiendan los siguientes pasos: 

Siempre inicialmente se debe coordinar la asistencia médica de las victimas realizando las llamadas pertinentes (123, Bomberos, Policía Nacional, etc.), siempre realice las llamadas, nunca manipular o trasladar a los lesionados y menos si estos se encuentran inconscientes.



Nunca permitir la manipulación de las víctimas por personas que no estén calificadas para este tipo de actividades, siempre solicitar la identificación de quien intente hacerlo.



Siempre se debe garantizar su integridad física.



Solicitar la presencia de las autoridades y solicitar su procedimiento.



Reportar inmediatamente a la oficina designada por el organismo, si el trabajador es la víctima, la entidad deberá reportar a la ARL, el accidente de trabajo.



Mientras sea posible se deberá tomar datos en el lugar de los hechos como son: ubicación exacta, datos de identificación de los vehículos y de las personas cuando sea posible, datos de las autoridades que llegan al lugar de los hechos y demás que considere convenientes.



No hablar o entregar información con personas distintas a la autoridad u organismos de socorro en el lugar de los hechos



No suministrar medicamentos a los lesionados.

Así mismo en el cronograma de actividades se estableció, la socialización del protocolo de atención de emergencias y la realización de los simulacros respectivos(ver anexo B).

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6. IMPLEMENTACIÓN

Todas las actividades de mejora, capacitaciones y acciones tendientes al desarrollo del presente plan se comenzarán a implementar a partir del segundo semestre del presente año (2015) y de acuerdo con la normatividad aplicable al plan, su vigencia es de dos años, término en el cual se deberá rediseñar si es necesario, o actualizar de conformidad con el avance normativo e institucional (ver anexo B).

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7. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. El seguimiento y evaluación al Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Personería de Bogotá, se realizará trimestralmente, de conformidad con los indicadores y acciones establecidas para cada una de las metas propuestas (ver anexo B). Las estadísticas e indicadores se actualizarán trimestralmente por parte de la Subdirección de Gestión Documental y Recursos Físicos, que conforme con lo señalado en los artículos 5º y 6o de la Resolución No. 223 del 02 de Junio de 2015, ejerce la Secretaría Técnica del Comité de Seguridad Vial de la Personería de Bogotá, D.C., y debe recopilar y consolidar la documentación necesaria para el estudio del mismo. En este sentido y teniendo en cuenta que cada actividad establecida en el cronograma de actividades tiene un indicador de resultado, el cual permite el seguimiento y evaluación del plan de acuerdo a lo establecido anteriormente, la entidad desea determinar cierto indicadores globales de gestión que le permiten un seguimiento global del desarrollo de la subdirección en materia de seguridad vial, para ello se establece como indicadores de gestión globales los siguientes:

Número de acciones y estrategias implementadas x 100 No total de acciones y estrategias programadas Número de accidentes de tránsito en el periodo actual - Número de accidentes de tránsito en el periodo anterior. _________________________________________________________________ Número de accidentes de tránsito en el periodo anterior.  Auditorías El Comité de Seguridad Vial, efectuará seguimiento semestral con el fin de evaluar la gestión y desarrollo de las acciones programadas en el plan además deberá recomendar las estrategias para el mejoramiento continuo. Igualmente, a través de la Oficina de Control Interno de la Entidad, como parte del Plan Anual de Auditoría realizará la respectiva auditoría integral al Proceso de Apoyo de Administración de Bienes, Servicios e Infraestructura, responsable del liderazgo y gestión del presente plan. 55

ANEXO A

RESOLUCIÓN COMITÉ INTERNO DE SEGURIDAD VÍAL

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ANEXO B

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL

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ANEXO C

PROCEDIMIENTOS DE NOMBRAMIENTO

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ANEXO D

FORMATO DE BASE DE DATOS DE CONTROL DE DOCUMENTACIÓN DE LOS CONDUCTORES

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ANEXO E

POLITICA DE NO ALCOHOL, NO DROGAS, NO TABAQUISMO

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ANEXO F

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO

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ANEXO G

FICHA GENERAL VEHICULAR

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ANEXO H

FORMATO DE INSPECCIÓN DE VEHICULOS

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