REQUISITOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES

REQUISITOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES Los siguientes son los lineamientos generales de Seguridad y Salud en el...
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REQUISITOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES Los siguientes son los lineamientos generales de Seguridad y Salud en el Trabajo para los contratistas y proveedores que prestan sus servicios para COMFAMA. La Caja promueve a través del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, el desarrollo de programas de prevención de accidentes de trabajo, enfermedades laborales y emergencias, así como de promoción de la salud. Para ingresar o laborar en las instalaciones de COMFAMA en calidad de contratista o proveedor, es obligación el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 1072 del 2015 y demás normas establecidas en el País en temas de Seguridad y Salud en el Trabajo. Objetivo: Definir el relacionamiento de COMFAMA con los contratistas y proveedores, garantizando el cumplimiento de las normas vigentes de Seguridad y Salud en el Trabajo del País y de conformidad con los requerimientos internos de la Caja. Alcance: Estos requisitos aplican a todas las personas que tengan relacionamiento con COMFAMA para suministrar productos y servicios, como trabajadores temporales, concesionarios, contratistas de obra o labor y proveedores. Los elementos contenidos en este son de obligatorio cumplimiento.

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CONTENIDO x x x x x x x x x x x x x

Definiciones Política y objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo Política de alcohol, drogas y tabaco Responsabilidades de Comfama con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - SG SST Responsabilidades y normas generales de Seguridad y Salud en el Trabajo para contratistas y proveedores Acceso a las instalaciones de COMFAMA Identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos (Matriz de peligros) Elementos de protección personal y equipos de seguridad Reporte e investigación de incidentes, accidentes y enfermedades laborales Plan de respuesta ante emergencias Tareas de alto riesgo (trabajos en altura, espacios confinados, energías peligrosas, trabajos en caliente) Manejo de sustancias o productos químicos Manejo y disposición de residuos

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DEFINICIONES Contratistas y proveedores: Son las personas que tengan relacionamiento con COMFAMA para suministrar productos y servicios, como, trabajadores temporales, concesionarios, contratistas de obra o labor y proveedores. Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es el compromiso de la alta dirección de la organización con la Seguridad y la Salud en el Trabajo, expresadas formalmente. Incidente de trabajo: Suceso ocurrido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones. Accidente de trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. El que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. Enfermedad laboral: Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a peligros inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los peligros ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes. Peligro: Fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones.

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Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por éstos. Emergencia: Es aquella situación de peligro o desastre o la inminencia del mismo, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencias y primeros auxilios y en algunos casos de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud. Tareas de alto riesgo: Aquellas que cuando se materializan en accidente tiene un alto potencial de generar invalidez o muerte: x

Trabajos en altura: Toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más, sobre un nivel inferior, todo aquel que se realice sobre una máquina que tenga que permanecer en movimiento y en lugares donde no existan plataformas permanentes protegidas en todos sus lados, con barandas y retenciones para evitar la caída.

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Trabajos en caliente: Operación que tiene la capacidad de convertirse o crear una fuente potencial de ignición, para cualquier material combustible o inflamable que esté presente en el sitio o en los alrededores, operaciones o actividades que puedan producir chispa.

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Espacios Confinados: Se considera un lugar cerrado o parcialmente cerrado, con una sola entrada y una sola salida, cuya atmosfera al interior se puede tornar peligrosa y que normalmente no está diseñado para actividades de las personas. Son sitios no diseñados para ser ocupados por las personas de forma permanente, pero permiten que un trabajador pueda ingresar de cuerpo entero a su interior y desempeñar una tarea asignada. Tienen restricciones para el acceso y la salida.

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Energías peligrosas: Son todas las formas de energía (eléctrica, mecánica, térmica, cinética, neumática, hidráulica, radioactiva, potencial y otras). Que están presentes en los equipos e instalaciones que puedan constituir riesgos contra la seguridad e integridad física de los trabajadores, equipos e infraestructura. Se incluyen trabajos en subestaciones y tableros eléctricos.

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Coordinador de alturas: Trabajador designado por el empleador, capaz de identificar peligros en el sitio en donde se realiza trabajo en alturas, que tiene su autorización para aplicar medidas correctivas inmediatas para controlar los riesgos asociados a dichos peligros. La designación del coordinador de trabajo en alturas no significa la creación de un nuevo cargo, ni aumento en la nómina de la empresa, esta función puede ser llevada a cabo por ejemplo por el coordinador o ejecutor del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo o cualquier otro trabajador designado por el empleador con la formación, certificación vigente y las competencias. Permiso para trabajos de alto riesgo: Es una autorización y aprobación por escrito que especifica la ubicación y tipo de trabajo a efectuarse. En este se certifica que los peligros han sido evaluados por personas capacitadas y que se han tomado las medidas de protección necesarias. Plan estratégico de seguridad vial: Instrumento de planificación para las acciones, mecanismos, estrategias y medidas, que deben adoptar de manera obligatoria las entidades públicas o privadas para evitar y reducir la accidentalidad de los integrantes de sus organizaciones y disminuir los efectos de los accidentes de tránsito. Residuos peligrosos: Aquellos que poseen propiedades corrosivas, reactivas, toxicas, inflamables, de riesgo biológico, radioactivas. x x

Riesgo biológico: Aquellos generados en la prestación de servicios de salud, pueden ser: Biosanitarios y cortopunzantes. Industriales: Aquellos generados en las actividades de mantenimiento y sostenimiento, limpieza, desinfección, o que fueron usados en la prestación de servicios.

Residuos Especiales: Aquellos que por sus características requieren un servicio de recolección y disposición diferencial.

(volumen y peso)

Residuos no peligrosos: Aquellos que no representan ningún riesgo para la salud humana ni para el ambiente x x

NO Reciclables: Los que ya no pueden ser reincorporados a la cadena productiva y se envían a disposición final. Reciclables: Aquellos susceptibles de ser reincorporados a la cadena productiva por reciclaje.

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POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La Caja de Compensación Familiar de Antioquia -COMFAMA, se compromete a orientar sus esfuerzos para generar cultura de cuidado y gestionar integralmente los riesgos laborales buscando la protección de los trabajadores directos, indirectos y usuarios, la productividad y sostenibilidad de la Caja. Para esto implementa el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo definido por el Ministerio de Trabajo de Colombia, el cual aplica a todas las sedes, procesos, servicios y programas, con los siguientes objetivos: x x x x x

Disminuir accidentalidad de trabajadores directos e indirectos y usuarios. Prevenir emergencias. Disminuir probabilidad de enfermedad laboral. Promover salud integral. Disminuir riesgo jurídico.

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POLÍTICA DE ALCOHOL, DROGAS Y TABACO Comfama en su calidad de Caja de compensación Familiar, prohíbe a los trabajadores: x

Presentarse al trabajo con síntomas de alicoramiento o bajo la influencia de narcóticos, sustancias sicotrópicas o drogas enervantes.

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Ingerir bebidas alcohólicas en el sitio de trabajo o utilizar en él mismo, narcóticos, sustancias sicotrópicas o drogas enervantes.

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Mantener en su poder cualquier clase de sustancia prohibida por la ley, conducir vehículos de Comfama bajos los efectos del alcohol o las drogas

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Fumar en los puestos de trabajo o en sitios diferentes a los autorizados.

RESPONSABILIDADES DE COMFAMA CON EL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST x

Incluir en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG- SST el relacionamiento con contratistas y proveedores.

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Divulgar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo a los contratistas y proveedores a través de este documento y de los medios que COMFAMA determine.

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Dar a conocer en la etapa precontractual los requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo de cara a la normatividad nacional vigente.

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Garantizar la inducción de Seguridad y Salud en el Trabajo para contratistas.

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Definir y asignar los recursos financieros y humanos para hacer la gestión de seguimiento y control de riesgos en las labores de contratistas en las instalaciones de COMFAMA, en cualquier momento se verificará la ejecución segura y de calidad de los trabajos o servicios contratados.

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Compartir la información relacionada con Seguridad y Salud en el Trabajo derivada del seguimiento a contratistas con los responsables de la administración de los contratos y con el Departamento de Logística de Abastecimiento para tener en cuenta en futuras contrataciones.

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RESPONSABILIDADES Y NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS Y PROVEEDORES Todo contrato que se celebre con COMFAMA, debe garantizar el cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo, de su personal contratado o subcontratado. Al ingresar a alguna Sede de COMFAMA y previo al inicio de labores, debe solicitar la divulgación y explicación del plan de emergencias de dicha Sede o sitio donde prestará sus servicios, firmar listado de asistencia como soporte, al igual que informar como se activará el plan de emergencias de su empresa en las Sedes o dependencias de COMFAMA, logrando así articular su plan de emergencias con el de COMFAMA, con el fin de responder adecuadamente ante una emergencia. TODO TRABAJADOR CONTRATISTA QUE PRESTE SUS SERVICIOS PARA COMFAMA DEBE: x

Estar afiliado al sistema de seguridad social (EPS, AFP, ARL y Caja de compensación), y tener el pago al día, presentando mensualmente las planillas de pago al Administrador del contrato COMFAMA para su validación. Observación: el trabajador contratista con modalidad de persona natural, no tiene obligación de afiliarse a Caja de compensación, si la tiene cualquier trabajador que tenga trabajadores a cargo.

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Ser afiliado a la ARL con un día de anterioridad al inicio de la prestación del servicio, debido a que la cobertura inicia el día calendario siguiente al de la afiliación.

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Contar con los conceptos de aptitud de las evaluaciones médicas ocupacionales, que incluya exámenes de laboratorio según las tareas a realizar, con los certificados expedidos por entidades oficialmente avaladas, y con una correcta custodia de estos.

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Previo a la ejecución de labores, realizar la inducción de Seguridad y Salud en el Trabajo (según instrucciones dadas en el momento de la oficialización del contrato) y contar con la constancia de aprobación de este, el cual tendrá una vigencia de un año, deberá presentarlo al vigilante de la portería de la sede o dependencia a la cual requiere ingresar.

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Tener una programación previa con el Administrador del contrato de COMFAMA, y ser reportado por este a la Sede o Dependencia donde va a laborar.

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Aparecer en el listado de personal autorizado que tiene el Vigilante del Departamento de Seguridad de la Sede.

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Contar con un carné de identificación de la empresa contratista, el cual debe portar de forma visible durante el tiempo que dure su estadía en las instalaciones de COMFAMA.

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Portar y utilizar correctamente los elementos de protección personal, equipos y elementos de seguridad, estos deben ser certificados e idóneos para la labor que vaya a desarrollar.

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Usar maquinas, equipos y herramientas apropiadas para ejecutar el trabajo y garantizando que se encuentren en condiciones óptimas.

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Comunicar previamente al Supervisor de la Sede, si va a desarrollar una labor que implique tarea de alto riesgo, el Coordinador de tareas de alto riesgo o el responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa contratista, deberá diligenciar en su propio formato, el permiso de tareas de alto riesgo, el cual será verificable por personal COMFAMA al inicio de la tarea y durante la ejecución de la misma.

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Si va a desarrollar una labor que implique trabajo en altura (1.50 metros), debe cumplir con lo establecido en la Resolución 1409 de 2012 y demás normatividad legal vigente relacionada con el tema, y estar en compañía de su Coordinador de alturas, quien elaborará el permiso en su propio formato y realizará el seguimiento a la labor, este podrá ser solicitado por personal de Comfama para su validación

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Si presencia o presenta un incidente, accidente o emergencia, debe reportarlo inmediatamente a su jefe inmediato, Supervisor de la Sede y a la brigada de emergencia y suspender el trabajo de ser necesario. Observación: Si el contrato es de tareas de alto riesgo reportar también el caso al correo [email protected]

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Garantizar durante el desarrollo de la labor, el orden y aseo del sitio de trabajo, al igual que la señalización y demarcación de seguridad respectiva, si aplica en la tarea.

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Garantizar al terminar la labor que el sitio de trabajo quede limpio, organizado y seguro, e informar al Supervisor de la Sede novedades al respecto.

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Informarle al Supervisor y al Vigilante de la Sede cuando se vaya a retirar de las instalaciones de COMFAMA.

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Si requiere ingresar cualquier material o producto que se considere peligroso (sustancias productos químicos), debe reportarlo al Vigilante y a la brigada de emergencias de la Sede, mostrando las hojas de datos de seguridad (MSDS) y fichas de seguridad de la sustancia o producto para su revisión y poder obtener así la respectiva aprobación para el ingreso.

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Si requiere ingresar a las instalaciones de COMFAMA recipientes que contengan sustancias o productos químicos, debe etiquetar y rotular previamente estos envases permitiendo la identificación legible del producto y los riesgos de su manejo.

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Al ingresar a las instalaciones de COMFAMA en vehículo propio o de la empresa contratista, debe registrarse en la portería de ingreso y cumplir con lo establecido en el Plan Estratégico de Seguridad Vial.

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Transitar por las rutas peatonales establecidas. Queda prohibido utilizar otras áreas como atajos.

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Desplazarse con cuidado, concentrado y mirando por dónde camina, conservando siempre libre de obstáculos las vías de circulación.

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Procurar el cuidado integral de su salud, suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud; cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST de COMFAMA.

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Participar de las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo a las que sea convocado por COMFAMA.

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EN COMFAMA: x

Está prohibido el ingreso de armas contundentes o cortopunzantes (fuego o arma blanca), bebidas alcohólicas, narcóticos, sustancias sicotrópicas, drogas enervantes y explosivos.

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No se permite el ingreso a personas que se encuentren en estado de alicoramiento, o bajo la influencia de sustancias psicoactivas, narcóticos, sustancias sicotrópicas o drogas enervantes.

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Solo se deben usar cámaras y equipos de video para registrar procesos asociados con las labores contratadas.

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Está prohibido fumar dentro de las instalaciones.

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La velocidad máxima permitida para el desplazamiento dentro de las sedes en vehículos es de 10 km/hora.

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No se deben alimentar animales (gatos, perros, vacas, ardillas, etc.)

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Responsabilizarse por su cuidado a través de comportamientos seguros.

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Se suspenderá inmediatamente los trabajos que se identifiquen con incumplimientos en temas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

TODO RESPONSABLE DE CONTRATO DE TRABAJADORES CONTRATISTAS DEBE: x

Proporcionar personal seleccionado y formado adecuadamente, competente y capacitado para realizar tareas específicas.

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Reportar e investigar los incidentes, accidentes de trabajo, enfermedades laborales y emergencias que ocurran durante el desarrollo de la labor contratada, e informar inmediatamente al Administrador del contrato, supervisor de la sede. Observación: Cuando sea un contrato de tareas de alto riesgo también informar al líder del programa de contratistas y proveedores del Dpto. de Seguridad y Salud en el Trabajo al correo [email protected]

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Cuando sea un contrato de tareas de alto riesgo enviar los 2 primeros días hábiles de cada mes, el reporte de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales en el formato definido por COMFAMA, al correo del líder del programa de contratistas y proveedores del Dpto. de Seguridad y Salud en el Trabajo al correo [email protected] Ver Anexo 1 Informe de estadísticas de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales empresa contratista

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Conocer la lista de chequeo de requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo, autoevaluar su gestión en estos requerimientos de Ley; los soportes de la lista de chequeo podrán ser solicitados por COMFAMA en cualquier momento durante la vigencia de contrato. Ver Anexo 2 Lista de chequeo requisitos SST

ACCESO A LAS INSTALACIONES DE COMFAMA Para el ingreso del personal, contratista o proveedor se deberá cumplir los siguientes requisitos: 1. Presentar constancia de aprobación de inducción de Seguridad y Salud en el Trabajo de COMFAMA. 2. Contar con evidencia de pago al día de la seguridad social. 3. Recibir divulgación del plan de emergencias de la Sede COMFAMA e informar como articulará el plan de emergencias de su empresa, con el fin de responder adecuadamente ante una emergencia. 4. Cumplir con las normas y políticas de COMFAMA. 5. No ingresar recipientes de icopor. 6. Contar con los equipos y elementos de protección personal - EPP necesarios para realizar su trabajo, certificados y en óptimas condiciones. 7. Elaborar un listado de herramientas y equipos que requieran ingresar a las instalaciones de COMFAMA, este listado lo conservará vigilancia. 8. El incumplimiento de alguno de los puntos anteriores será motivo para prohibirles la ejecución de las labores.

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PARA EL ACCESO DE VEHÍCULOS Y/O MAQUINARIA DEBERÁ CUMPLIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS ESTABLECIDOS POR EL PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL – PESV x x x x x x x

El vehículo debe contar con seguro obligatorio vigente contra accidentes, extintor en buen estado, recargado y localizado en el interior de la cabina. El vehículo debe contar con revisión técnico mecánica vigente. Vigilancia COMFAMA evaluará si es necesario ingresar el vehículo ya sea por dejar material, equipo y herramienta o retirarlo de las instalaciones (no está permitido para transporte del personal). Solo está permitido el personal dentro de la cabina. No es permitido el acceso a personas que no tienen ninguna actividad que realizar dentro de las instalaciones. Velocidad máxima de 10 km/h, estacionarse correctamente de tal manera que no obstaculicen los accesos peatonales, vehiculares y en todo caso deberá estar presente un ocupante del vehículo. El conductor del vehículo debe estar presente durante la maniobra de carga y descarga. No está permitido el abastecimiento de combustible al interior de las instalaciones de COMFAMA.

LINEAMIENTOS PARA CONDUCTORES Todo conductor que realice carga y descarga de materiales en las instalaciones de COMFAMA debe cumplir con los siguientes requisitos: x x

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Contar con licencia de conducción actualizada. Durante el tiempo que permanezca estacionado para la carga o descarga, está prohibido arrojar residuos en el estacionamiento o el área aledaña, estos deben depositarse en los recipientes existentes y clasificados para este fin. Está prohibido realizar reparaciones o mantenimientos a vehículos dentro de las instalaciones de COMFAMA. A cualquier persona que se encuentre bajo los efectos de alcohol o drogas, les será prohibido el acceso a las instalaciones de COMFAMA y será reportado al Administrador del contrato. Se prohíbe dormir en las instalaciones de COMFAMA. La velocidad máxima permitida dentro de las instalaciones es de 10 km./h Está prohibido fumar dentro de las instalaciones de COMFAMA. Carrera 45 No. 49 A - 16 Medellín, Colombia Teléfono: 251 61 55 www.comfama.com

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Prohibido el acceso a unidades cuando los vehículos presente fugas de aceite, gasolina, diesel o que de cualquier otra forma pueda contaminar el medio ambiente o poner en riesgo de cualquier tipo a COMFAMA. En caso de presentarse algún derrame de combustible o aceite, el conductor deberá limpiar este, con su respectivo Kit antes de retirarse de las instalaciones de COMFAMA.

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IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE RIESGOS (Matriz de peligros) Los contratos que desarrollen labores al interior de las instalaciones de COMFAMA, deben elegir una metodología para elaborar la matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, según el Decreto 1072 de 2015, libro 2 parte 2 titulo 4 artículo 2.2.4.6.15, donde se contemplen los peligros a los que se expondrán los trabajadores en las instalaciones de COMFAMA, con el fin de gestionar los riesgos previniendo incidentes, accidentes de trabajo, enfermedades laborales y emergencias en los trabajadores objeto del contrato. La matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos y la evidencia de la gestión de está, deberá ser realizada al inicio de los trabajos por personal competente de Seguridad y Salud en el Trabajo del contratista, y podrá ser solicitada por COMFAMA en cualquier momento durante la vigencia del contrato. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Y EQUIPOS DE SEGURIDAD El responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa contratista debe definir los elementos de protección personal necesarios para el personal durante el desarrollo de las labores al interior de las instalaciones de COMFAMA, de acuerdo a los peligros a los que se expongan, estos deben ser certificados y estar en óptimas condiciones para su uso, deben ser suministrados de manera oportuna, dejar constancia con firmas de la entrega, a su vez los trabajadores deben proceder a su uso adecuado y permanente durante la ejecución de las labores. De acuerdo a la tarea a realizar y a los riesgos a los que se exponen los trabajadores derivados de estas actividades, se deben definir los elementos de protección personal considerando: características de los materiales a manipular, tiempo de exposición, condiciones del medio ambiente laboral etc. Igualmente definir los equipos de seguridad que se requieren para la ejecución de las labores al interior de las instalaciones de COMFAMA. COMFAMA no facilitará el préstamo de equipos, máquinas y herramientas ni elementos de protección personal (excepto a trabajadores temporales o en misión).

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REPORTE E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES, ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES Los incidentes y accidentes de trabajo que le sucedan a los trabajadores contratistas o proveedores durante la ejecución de las labores objeto de contrato con COMFAMA, deben ser reportados inmediatamente al jefe inmediato de la empresa para la que labora y a la brigada de emergencia de la Sede COMFAMA, para proceder a prestar los primeros auxilios, posteriormente enviar copia del reporte e investigación inicial al Administrador del contrato COMFAMA, supervisor de la sede. Observación: Cuando sea un contrato de tareas de alto riesgo informar también al correo del líder del programa de contratistas y proveedores, [email protected] Para el reporte de incidentes y accidentes de trabajo e investigación de estos, se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución 1401 de 2007. Cuando se califique una enfermedad laboral de un trabajador contratista durante la ejecución de las labores objeto de contrato con COMFAMA, esta debe ser reportada inmediatamente al Administrador del contrato COMFAMA, supervisor de la sede y al correo del líder del programa de contratistas y proveedores [email protected] El responsable de contrato de tareas de alto riesgo (por parte del contratista), debe enviar los 2 primeros días hábiles de cada mes, el reporte de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales en el formato definido por COMFAMA, al correo del líder del programa de contratistas y proveedores [email protected] Diseñar un flujograma de cómo actuar en caso de accidente de trabajo al interior de las instalaciones de COMFAMA y divulgarlo a los trabajadores, dejar evidencia o soporte de la divulgación, el cual podrá ser solicitado por COMFAMA en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

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PLAN DE RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS Todo trabajador contratista, al ingresar a las instalaciones de COMFAMA y antes de iniciar sus labores, debe solicitar al delegado del PAME (plan de prevención, atención y mitigación de emergencias) de la Sede, la divulgación del plan de emergencias, el cual incluye normas generales de seguridad, alarma, rutas de evacuación, coordinadores de evacuación, salidas de emergencias, punto de encuentro, con el fin de saber cómo actuar en caso de emergencias. Debe firmar lista de asistencia como evidencia de haber recibido la información, en cualquier momento durante la vigencia del contrato COMFAMA puede solicitarla. Si el contrato es de tareas de alto riesgo, se debe enviar al líder del programa de contratistas y proveedores al correo [email protected]; además de participar de los simulacros programados por COMFAMA. El responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa contratista o el encargado, debe articular el plan de emergencias de su empresa con el de COMFAMA, con el fin de dar respuesta ante una emergencia en las instalaciones de COMFAMA.

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TAREAS DE ALTO RIESGO Para COMFAMA son consideradas tareas de alto riesgo, aquellas actividades que por su naturaleza, frecuencia o lugar donde se realizan, implican una exposición a peligros mayores, estas pueden ser rutinarias o no rutinarias y de no tomarse los controles necesarios y expresarse el riesgo, pueden causar accidentes laborales graves, severos o mortales. Las tareas definidas como de alto riesgo son: trabajos en altura (a 1,50m por encima o por debajo de la superficie), espacios confinados, energías peligrosas (eléctrica, hidráulica, potencial, cinética), trabajos en caliente (actividad que genere chispa y genere riesgo de explosión o incendio). El responsable del contrato, debe garantizar el cumplimiento de los requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo para tareas de alto riesgo, según la normatividad nacional vigente, condiciones que pueden ser verificables por COMFAMA en cualquier momento de la vigencia del contrato. Para las tareas de alto riesgo, el responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo - de la empresa contratista, debe previo a la ejecución de la labor realizar y socializar con sus trabajadores los análisis de seguridad en el trabajo – AST (que le apliquen), con el fin de detectar los riesgos de cada actividad que puedan causar daño a las personas, medio ambiente e instalaciones, definiendo los estándares de seguridad y las medidas preventivas, reglas, procedimientos y buenas prácticas que permitan evitar incidentes, accidentes, enfermedades y emergencias.

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TRABAJOS EN ALTURA Toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más, sobre un nivel inferior, todo aquel que se realice sobre una máquina que tenga que permanecer en movimiento y en lugares donde no existan plataformas permanentes protegidas en todos sus lados, con barandas y retenciones para evitar la caída. La empresa contratista debe garantizar: x

Programa de divulgados)

x

Equipos y elementos de protección personal certificados y en condiciones óptimas para la ejecución de las labores.

x

Personal con certificación de 40 horas nivel avanzado y con reentrenamiento de 20 horas anual.

x

Coordinador de alturas (con curso aprobado, avanzado de 40 horas más 80 de Coordinador), quien debe realizar los permisos para trabajos en alturas previo a la ejecución del trabajo (estos deben ser archivados por la empresa indirecta y a disposición de COMFAMA en el momento que lo solicite)

x

Plan de rescate coordinado con personal de la Sede COMFAMA (supervisor y brigada de emergencias) a través del Administrador del contrato. Cumplir con la normatividad vigente del País (Resolución 1409 de 2012, Resolución 1903 de 2013, Resolución 3368 de 2014 y las que sean emitidas posteriormente)

x

protección

contra

caídas

(procedimientos

específicos

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TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS Son sitios no diseñados para ser ocupados por las personas de forma permanente, pero permiten que un trabajador pueda ingresar de cuerpo entero a su interior y desempeñar una tarea asignada. Tienen restricciones para el acceso y la salida y tienen las siguientes características: x

x x

Puede existir un potencial conocido de atmósfera peligrosa (Exceso o deficiencia de oxígeno, acumulación de sustancias inflamables, materiales tóxicos o inertes y cualquier otra condición atmosférica que sea peligrosa para la salud y la vida). Contener materiales y equipos que tienen el riesgo de atrapamientos, paredes convergentes y golpes. Existencia de cualquier otro peligro serio que ponga en riesgo la salud de los trabajadores, como por ejemplo: Tareas en altura, trabajos en caliente (corte y soldadura); Energías peligrosas, uso de productos químicos, entre otros.

De acuerdo al grado de peligro para la vida de los trabajadores pueden dividirse en: x

x

x

Clase A: Corresponde a aquellos donde existe inminente peligro para la vida, generalmente riesgos atmosféricos (gases inflamables y/o tóxicos, deficiencia o enriquecimiento de oxigeno). Clase B: Peligros potenciales de lesiones y/o enfermedades que no comprometen la vida, ni la salud y pueden controlarse a través de los elementos de protección personal. Por ejemplo se clasifican como espacios confinados clase B aquellos cuyo contenido de oxígeno, gases inflamables y/o tóxicos, y su carga térmica están dentro de los límites permisibles. Además, si el riesgo, fue controlado o eliminado. Clase C: Las situaciones de peligro no exigen modificaciones especiales a los procedimientos normales de trabajo o el uso de EPP adicionales. Por ejemplo: tanques nuevos y limpios, fosos abiertos al aire libre, cañerías nuevas y limpias, etc.

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La empresa contratista debe garantizar: x

Coordinador de alturas (con curso aprobado, avanzado de 40 horas más 80 de Coordinador y mínimo curso de 8 horas de espacios confinados), quien debe realizar los permisos para trabajos en espacios confinados previo a la ejecución del trabajo (estos deben ser archivados por la empresa indirecta y a disposición de COMFAMA en el momento que lo solicite), garantizando hacer mediciones con equipos calibrados para autorizar el ingreso seguro, donde se tenga en cuenta oxigeno, toxicidad y explosividad.

x

Plan de rescate coordinado con personal de la Sede COMFAMA (supervisor y brigada de emergencias) a través del administrador del contrato.

x

Equipos y elementos de protección personal certificados y en condiciones óptimas para la ejecución de las labores.

x

Contar con el certificado de calibración del explosimetro y verificaciones diarias del equipo, los cuales pueden ser solicitados y revisados por COMFAMA en cualquier momento del desarrollo del trabajo.

x

Personal formado, competente y con experiencia, mínimo con un curso de 8 horas en espacios confinados.

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TRABAJOS EN CALIENTE Operación que tiene la capacidad de convertirse o crear una fuente potencial de ignición, para cualquier material combustible o inflamable que esté presente en el sitio o en los alrededores, operaciones o actividades que puedan producir chispa. La empresa contratista debe garantizar: x

Persona competente, quien debe realizar los permisos para trabajos en caliente previo a la ejecución del trabajo (estos deben ser archivados por la empresa indirecta y a disposición de COMFAMA en el momento que lo solicite), garantizando revisar los sitios aledaños previendo los riesgos que la labor pueda generar, no debe haber cerca (en un radio de 11 metros) materiales combustibles y gases o líquidos inflamables.

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Personal formado, competente y con experiencia, mínimo con un curso de 8 horas en trabajo en caliente.

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Hojas de seguridad (MSDS) de materiales para soldar y cortar.

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Señalización y cerramientos de las áreas.

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Equipos y elementos de protección personal certificados y en condiciones óptimas para la ejecución de las labores.

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Equipos para control de fuego recargados y en buen estado.

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TRABAJOS CON ENERGÍAS PELIGROSAS Son todas las formas de energía que están presentes en los equipos e instalaciones que puedan constituir riesgos contra la seguridad e integridad física de los trabajadores, equipos e infraestructura. Los siguientes son los tipos de energías peligrosas: x

Energía Eléctrica: Sistemas e instalaciones eléctricas, componentes, equipos, máquinas, circuitos de trabajo que se utilicen para la generación, transmisión, transformación, distribución y utilización de la energía eléctrica

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Energía Neumática: Sistemas accionados con aire a presión

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Energía Hidráulica. Sistemas accionados con fluidos, agua, aceite etc.

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Energía Mecánica: Todo sistema que involucre movimiento

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Fluidos y Gases: Sistemas que funcionan con gas comprimido

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Energía Térmica: Todo sistema que trasmita calor

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Agua bajo presión: Calderas, auto claves La empresa contratista debe garantizar:

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Persona competente, quien debe realizar las listas de aseguramiento de energías peligrosas y permisos de riesgo eléctrico para sistemas energizados previo a la ejecución del trabajo (estos deben ser archivados por la empresa indirecta y a disposición de COMFAMA en el momento que lo solicite), garantizando la aplicación del procedimiento para aseguramiento de energías peligrosas “LOTO”

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Al terminar el trabajo se procede a informar al personal de mantenimiento de COMFAMA, para revisión y autorización de retirar los equipos de bloqueo y etiquetado, y dar el aval de reinicio del trabajo.

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Equipos de bloqueo y etiquetado y elementos de protección personal certificados y en condiciones óptimas para la ejecución de las labores.

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Personal formado, competente y con experiencia, para labores eléctricas deberá contar con tarjeta profesional, que lo habilite para la labor a desempeñar. Carrera 45 No. 49 A - 16 Medellín, Colombia Teléfono: 251 61 55 www.comfama.com

MANEJO DE SUSTANCIAS O PRODUCTOS QUÍMICOS Cualquier actividad que implique el transporte, almacenamiento, uso y disposición final de sustancias o productos químicos. La empresa contratista debe garantizar: x

Disponer de las hojas de seguridad (MSDS) y fichas técnicas de las sustancias o productos químicos a utilizar.

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Etiquetar y rotular de forma legible los recipientes de las sustancias químicas a utilizar.

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Personal formado, competente y con experiencia.

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Cumplir con la normatividad nacional vigente.

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Informar al administrador del contrato de Comfama, para obtener el concepto de aprobación del Dpto. de Seguridad y Salud en el Trabajo para ingresar y manipular cualquier sustancia o producto químico. Reportar en la portería y al supervisor de la sede las sustancias o productos químicos a ingresar a la sede.

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Conocer a través del delegado de la sede, el alcance del programa de manejo seguro de sustancias químicas de la Caja, descrito en el procedimiento establecido para ello. Conocer y leer las tarjetas de emergencia de las sustancias o productos químicos a utilizar. Estas deben estar impresas y visibles en el sitio donde se manipulen o almacenen. Identificar y rotular los envases que contiene sustancias o productos químicos. Para el traslado o transporte interno se deben utilizar los recipientes bien tapados y disponer del material para control inmediato de derrame, adicionalmente, está prohibido transportarlos con alimentos para humanos y animales, medicamentos o insumos médico quirúrgicos. Usar los elementos de protección personal y disponer de los implementos de seguridad como por ejemplo kit en caso de derrame. Almacenar las sustancias o productos químicos según la clase de peligros, en sitios ordenados, limpios, ventilados, iluminados, señalizados, de acceso solo para personal autorizado. Aplicar el protocolo para emergencias químicas en caso de presentarse incidentes por químicos o emergencias como fugas, derrames, explosiones, incendios y accidentes. Carrera 45 No. 49 A - 16 Medellín, Colombia Teléfono: 251 61 55 www.comfama.com

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Tratar los residuos derivados del uso de cualquier sustancia química, de acuerdo con lo establecido en el Instructivo corporativo para el Manejo integral de residuos MIR.

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MANEJO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS Todo trabajador contratista o proveedor debe adoptar los criterios y pautas para el manejo integral de los residuos que se generan por las actividades que realiza dentro del servicio, obra o labor para el que fue contratado en COMFAMA, con el fin de garantizar la adecuada gestión de los mismos. Para facilitar el adecuado manejo de los residuos que se generan dentro de las sedes de COMFAMA, se tendrá en cuenta la siguiente clasificación de los mismos de acuerdo a sus características:

Residuos generados Pueden ser:

Residuos peligrosos: Aquellos que poseen propiedades corrosivas, reactivas, Toxicas, inflamables, de riesgo biológico, radioactivas.

Riesgo biológico Aquellos generados en la prestación de servicios de salud, pueden ser: Biosanitarios y cortopunzantes.

Especiales: Aquellos que por sus características (volumen y peso) requieren un servicio de recolección y disposición diferencial.

Residuos NO peligrosos

Aquellos que no presentan ningún riesgo para la salud humana ni para el ambiente

NO Reciclables:

Los que ya no pueden ser reincorporados a la cadena productiva y se envían a DISPOSICIÓN FINAL.

Reciclables:

Industriales:

Aquellos generados en las actividades de mantenimiento y sostenimiento, limpieza, desinfección, o que fueron usados en la prestación de servicios.

aquellos susceptibles de ser reincorporados a la cadena productiva por RECICLAJE

La generación de un residuo del cual no se tiene certeza de su característica de peligrosidad, debe ser informado al Administrador del contrato, supervisor delegado de la sede y líder del programa de Gestión ambiental, al correo [email protected], la cual procederá a determinarla de acuerdo con la normatividad vigente. La mezcla de un residuo peligroso con uno que no lo es, le confiere a esta última característica de peligrosidad y por lo tanto debe ser manejado como residuo peligroso. Carrera 45 No. 49 A - 16 Medellín, Colombia Teléfono: 251 61 55 www.comfama.com

Los concesionarios son responsables del manejo de los residuos desde su generación hasta su aprovechamiento o disposición final. Estos no se podrán destinar para la alimentación de porcinos. COMFAMA bajo el principio de responsabilidad solidaria hará seguimiento al adecuado manejo de los mismos conforme a las normas ambientales vigentes. Así mismo los concesionarios, deben almacenar los residuos con la menor cantidad de agua posible, usando rejillas y cedazos. Deben usar el aprovechamiento o tratamiento de los aceites y grasas de origen vegetal y animal sobrantes de los procesos de preparación de alimentos. El contratista es responsable de los escombros desde su generación hasta su disposición final; el cual debe garantizar que estos sean transportados y dispuestos por empresas autorizadas por la autoridad ambiental competente. Su manejo podrá ser apoyado por el Coordinador técnico o Supervisor técnico de la Sede. El almacenamiento de escombros debe hacerse en una misma área, la cual debe ser de fácil acceso vehicular. Estos escombros deben mantenerse señalizados y cubiertos totalmente, así como permanecer el menor tiempo posible en la Sede. La periodicidad de evacuación de los escombros debe ser acorde con el volumen generado durante la ejecución de la obra, teniendo en cuenta la relación costobeneficio y la minimización del impacto ambiental, cumpliendo con las normas de almacenamiento, sin embargo, para toda obra los escombros deben ser retirados en un tiempo máximo de 24 horas después de su finalización. En el acta de terminación de obras se debe incluir una revisión de la recolección y evacuación de los escombros por parte del contratista. Los residuos sólidos y líquidos de carácter especial y/o peligroso, como baterías, aceites, grasas, agroquímicos, solventes, lubricantes, ácidos, aditivos, estopas impregnadas con aceites, entre otros, así como los empaques de sustancias tóxicas y peligrosas, deben tener un tratamiento separado y cuidadoso, debido a los potenciales riesgos para la salud y para el medio ambiente. Los recipientes utilizados para su almacenamiento estarán debidamente rotulados o señalados con el tipo de material o residuo que contiene y si es posible, indicando el grado de peligrosidad del mismo. Los residuos serán dispuestos en los recipientes tan pronto como sean generados. Se prohíbe la quema, entierro, disposición en cuerpos de agua, entre la vegetación o en lugares no autorizados de los residuos especiales y/o peligrosos. El contratista / concesionario coordinará con la Sede el manejo más adecuado de los residuos especiales y/o peligrosos. En caso que el contratista/concesionario Carrera 45 No. 49 A - 16 Medellín, Colombia Teléfono: 251 61 55 www.comfama.com

asuma la responsabilidad de su gestión, garantizará que la recolección, transporte, tratamiento y disposición final esté acorde con la normatividad ambiental vigente. A continuación se dan a conocer los recipientes y la clasificación de colores para disposición de residuos en las instalaciones de COMFAMA:

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COLOR CLASIFICACION RECIPIENTE AZUL

Reciclables

GRIS

No reciclables VERDE

RESIDUOS

SEDES

Papel de oficina y computador, formas continuas. Sobres de papel manila, papel de empaque. Periódicos impresos limpios y secos. Revistas a color en papel brillante o mate, diferente de papel periódico. Cajas. Vasos de máquinas dispensadoras de café. Botellas y Bolsas plásticas. Tetra pack.

Sedes y Parques Recreativos.

Solo CIS (centros integrales de salud) y CAPF (centros de acondicionamiento sísico)

Empaques de mecato, Sedes y Parques papel sucio o engrasado, Recreativos. servilletas, papel higiénico, papel carbón, CIS residuos de barrido, icopor. Cualquier otro material no reciclable. En Cocinetas: Residuos de alimentos, cascaras de fruta, bolsas de aromática, ripios de café.

Orgánicos BEIGE

ROJO

Peligrosos Industriales

Residuos de alimentos, cascaras de fruta, bolsas de aromática, ripios de café.

Parques recreativos y cocinas de concesionarios.

- Tubos de neón Aceites Todas las sedes. usados Disolventes, Baterías, Pilas usadas. Químicos, Gasolina sucia, Estopas contaminadas, Envases de agroquímicos, Restos de pintura envases Carrera 45 No. 49 A - 16 Medellín, Colombia Teléfono: 251 61 55 www.comfama.com

contaminados. CIS - puestos de primeros auxilios – Riesgo Biológico Residuos biosanitarios, Centros de cortopunzantes, - hospitalarios Acondicionamiento medicamentos. Físico

El color de las bolsas debe corresponder siempre al color del recipiente En caso de adquirir por su propia cuenta los recipientes, estos serán resistentes, rígidos, con tapa, sin grietas o roturas. El color de las bolsas de basura debe ser igual al del recipiente en la que se encuentra. Se evitará al máximo la acumulación de desperdicios susceptibles de descomposición que puedan ser nocivos para la salud de los trabajadores. La evacuación y eliminación de estos residuos se efectuará de acuerdo con las disposiciones sanitarias vigentes.

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Manejo del recurso forestal y zonas verdes Su labor como contratista/concesionario debe contribuir a mantener y conservar este recurso. Algunas de las tareas que deberá cumplir son: x x

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El corte de ramas o árboles en la ejecución de obras o trabajos, estará sujeto a autorización por parte del área competente en la Caja. No interferir con las actividades normales de mantenimiento a ejecutar en los árboles, prados y jardines (tales como siembra, poda, fertilización, control fitosanitario). El almacenamiento de escombros y demás residuos en zonas verdes, deteriora la vegetación y el paisaje, por lo tanto debe impedirse. En la realización de trabajos de excavación se evitará el corte de raíces y desestabilización de ejemplares forestales. Se evitarán aspersiones de pinturas y otros químicos sobre la vegetación que rodea los sitios de trabajo. En obras de demolición y construcción se recomienda, en la medida de lo posible, retirar el recurso vivo, tales como materas, para que los polvos generados no deterioren el recurso. La preparación de mezclas y concretos se efectuarán sin afectar las zonas vedes. En caso de cambios en proyectos o trabajos, que impliquen afectaciones sobre el recurso forestal, se tendrá en cuenta el concepto del líder del programa, para su adecuado manejo.

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Manejo integral del recurso hídrico Se prohíbe verter sustancias o elementos que puedan afectar los sistemas de desagüe, alcantarillado y tratamiento. Para un uso eficiente y racional de agua se deben seguir las siguientes indicaciones: x x x x x x x x

Reportar cualquier fuga que detecte. Abrir el grifo o llave sólo lo necesario y cerrarlo mientras se lava los dientes, se enjabona o lava los platos. No malgastar el agua duchándose por largas horas. Evitar goteos e incorpore a su grifería dispositivos economizadores o temporizadores. Regar las plantas en horas de poco sol. No utilizar el inodoro como recipiente de basura. Comprar equipos, herramientas y electrodomésticos ecológicos, es decir aquellos que para un mismo servicio, consumen menos agua. Revisar periódicamente los empaques de las llaves.

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Manejo Integral de la energía Para un uso racional y eficiente de la energía se deben seguir las siguientes indicaciones: x x x x x x x x x

Apagar los focos o lámparas cuando su iluminación no sea necesaria. En equipos de refrigeración, comprobar que la puerta selle perfectamente y abrirlos sólo las veces que sea necesario. Mantener siempre los equipos como hornos eléctricos, microondas y tostador, limpios de residuos; ya que así consumirán menos energía. Cambiar los bombillos corrientes por bombillos de larga vida. Encender la luz que realmente se necesite, aprovechando al máximo la luz natural. Compra equipos, herramientas y electrodomésticos ecológicos, es decir aquellos que para un mismo servicio, consumen menos energía. En espacios con aire acondicionado, procure no dejar puertas o ventanas abiertas innecesariamente. El mantenimiento preventivo y adecuado y la limpieza de los equipos y herramientas prolonga su vida y ahorra energía. El ahorro de agua, aunque no se trate de agua caliente, conlleva un ahorro energético, ya que el agua es impulsada mediante bombas eléctricas, que consumen energía.

Anexo 1: Informe de estadísticas de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales empresa contratista Anexo 2: Lista de chequeo requisitos SST

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