REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1 REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1.- FUNDAMENTACIÓN LEGAL El presente Reglamento Interno de Convivencia, tiene como sustento Legal.  La ...
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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1.- FUNDAMENTACIÓN LEGAL El presente Reglamento Interno de Convivencia, tiene como sustento Legal.  La Ley 19.070 (Estatuto Docente).  La Ley 19.979 (JEC) establece que todas las Escuelas y Liceos del país deben contar con un Reglamento interno que rija las relaciones entre el establecimiento, los Alumnos y los padres y Apoderados.  La Ley sobre Violencia Escolar. 2.- INTRODUCCIÓN Nuestra propuesta curricular está sustentada en el “Desarrollo Integral” de nuestros alumnos, el que se reforzará a través de las actividades desarrolladas en las diferentes instancias, ofreciendo a los niños (as) y a los jóvenes herramientas necesarias para potenciar sus Habilidades y Competencias. Además pretendemos que todos los Estamentos que conforman el establecimiento lleven a cabo su acción con una proyección moderna en el Desarrollo Valórico (Ético – Moral), Afectivo (Espiritual –Social) y Académico. Para que nuestros alumnos (as) se inserten con éxito a la sociedad. Teniendo presente nuestra Visión y Misión, surge como una necesidad relevante de estructurar el Reglamento Interno de Convivencia Escolar como testimonio de que nuestro Liceo utiliza diferentes estrategias y medios para informar y normar una correcta participación, tanto en la vida estudiantil como en todo el quehacer de la Comunidad Educativa. Destacando los Valores de Respeto, Responsabilidad y Dignidad Humana. Por lo tanto la sana convivencia en un clima de responsabilidad, armonía y colaboración, es responsabilidad de todos los integrantes de la comunidad escolar y corresponde a la institución darse normas unívocas y justas ligadas a procedimientos oportunos y eficientes que permitan la promoción de soluciones efectivas a los conflictos que la propia convivencia se encarga de generar. 3.- PRESENTACIÓN DEL REGLAMENTO 1. Todas las medidas y sanciones, que aquí se señalan, serán dispuestas previo análisis de la situación y de haber mediado entre las partes (si fuese necesario), partiendo de la base que la alumna y/o alumno no obró de mala fe y que la falta puede ser revertida. 2

Por el incumplimiento al Reglamento de Convivencia Escolar, que considere como medida la cancelación de la matrícula, existirá la instancia de:  Directora  Orientadora  Inspectoras  Consejo de profesores  Consejo Escolar  CGPA  CA Quienes determinarán si la medida tomada procede o no, de acuerdo a la apelación y pruebas que el alumno (a) afecta presente. 2. Serán los propios alumnos (as) y sus Padres, Madres o Apoderados los que se comprometen a respetar lo que el Reglamento de Convivencia Escolar indica en el momento de matricularse o cuando sea necesario. Favoreciendo así un desarrollo integral y permanente de los niños (as) y jóvenes que voluntariamente han optado por este establecimiento.

TÍTULO l DE LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO  RESPONSABILIDAD A. De los Alumnos 1.- Conductas deseables de los alumnos del Liceo de Copiulemu. Una educación sustentable en principios cristianos como la propuesta por el Liceo, en que se evidencian los verdaderos valores de veracidad, solidaridad, de defensa de la libertad, la dignidad humana, con un espíritu positivo y crítico al servicio de la comunidad y sociedad en general. Por lo anterior, la propuesta de conductas deseables de los alumnos del Liceo constituye una alternativa para el crecimiento personal y social, mediante la interacción y convivencia en la pluralidad con vista a construir la unidad en un clima de encuentro, dialogo y corrección fraterna. Consecuentemente con lo anterior, los alumnos (as) del Liceo Copiulemu deben demostrar hábitos en su responsabilidad como estudiante 3

y como miembro de esta Comunidad Escolar donde se desarrolla en relación con otros. ARTÍCULO 1: REFERIDAS A HORARIOS Tanto los alumnos (as) como los Apoderados, deben cumplir con todos los horarios establecidos por el Liceo, lo que favorece un clima propicio para su propio desempeño y el de los demás. 1.1.

Funcionamiento del Establecimiento.

Desde 08:00 hasta las 17:30 horas 1.2 Horario de Clases NIVELES

BLOQUES PRIMER BLOQUE SEGUNDO BLOQUE

BÁSICA TERCER BLOQUE Y CUARTO BLOQUE MEDIA

Nº 1ª

HORARIO 08:30 – 09:15

2ª 3ª

09:15 – 10:00 10:15 – 11:00

4ª 5ª

11:00 – 11:45 12:00 – 12:45

6ª 7ª

12:45 – 13:30 14:00 – 14:45

8ª 9ª

14:45 – 15:30 15:30 – 16:45

1.3 Horario de Recreos y Colación Básica y media: Recreos de 15 Minutos I Recreo II Recreo Colación

Horario 10: 00 – 10:15 11:45 – 12:00 13:30 – 14:00

1.4 Atención de Apoderados 4

Horario disponible de cada profesor (a) o cuando alguna situación lo amerite y pueda ser atendido en el horario de clases.

ARTÍCULO 2: REFERIDAS A ASISTENCIA Los alumnos (as) deben asistir regularmente a la jornada escolar diaria y a todas las actividades planificadas por el liceo (cívicas, desfiles, aniversario, graduación, convivencias). Los responsables de velar por el cumplimiento de esta norma son los Padres, Madres, Apoderados(as), Inspectoras, Profesores (as) y Dirección. 2.1 Inasistencias 2.1.1 Las inasistencias a la jornada diaria y a cualquier actividad en que el alumno(a) se comprometa, debe ser justificado (a) personalmente por el apoderado (a) titular o suplente (si el primero estuviera impedido) en Inspectoría, en el siguiente horario: Mañana de 08:15 a 08.30 horas Tarde de 16:00 a 17:00 horas 2.1.2 En caso de que la inasistencia a clases se produjera por una situación especial (fallecimiento de un familiar, desastre natural, enfermedad repentina, viaje no programado u otros) el Apoderado (a) debe informar inmediatamente al Liceo para tomar las precauciones necesarias ante una eventual evaluación. 2.2 Enfermedad 2.2.1 En caso de enfermedad le corresponde al Apoderado(a) informar al Liceo dicha situación acompañado por el certificado médico emitido por un profesional de la salud. 2.3 Permisos 2.3.1 En lo que se refiere Permisos especiales (Acompañar hacer trámites, cambio de residencias temporales, competencias deportivas, concursos, etc.) el Apoderado(a) debe concurrir al establecimiento con la documentación que acredite dicha situación e informar al Profesor Jefe quien se dirigirá al estamento que corresponda (Profesor de Asignatura, UTP y Dirección) quienes determinarán lo que procede ante la situación. 5

2.3.2 El alumno(a) que saliere del establecimiento sin autorización de la Inspectora, Profesor(a), Dirección, sea cual fuere el motivo, deberá presentarse al día siguiente con su Apoderado(a) registrando en su Hoja de Vida dicha observación. 2.3.3 Los alumnos(as) que al término del año escolar presenten un 100% de Asistencia, serán destacados en el Cuadro de Honor al inicio del Año Escolar siguiente. 2.4 Representaciones 2.4.1 Si las actividades están relacionadas con el quehacer escolar y deben ausentarse del Liceo, el Apoderado(a) deberá firmar una autorización, si no presenta la autorización firmada no podrá salir del establecimiento. 2.4.2 Los alumnos que se encuentren participando en actividades en representación del Liceo, quedarán presentes consignando una observación en el libro de clases y registrando la salida de estos alumnos. ARTÍCULO 3: REFERIDAS A PRESENTACIÓN PERSONAL 3.1 Uniforme El uniforme escolar y la Piocha que los alumnos llevan consigo es una proyección del Liceo, por eso cada alumno o alumna se compromete a llevarlo. El uniforme oficial del Liceo, tanto para damas y varones es el siguiente: Damas  Falda plisada azul marino.  Blusa blanca y/o Polera blanca con cuello azul marino.  Suéter azul marino.  Corbata azul marino.  Zapatos negros.  Polerón/Chaqueta/ Abrigo azul marino.  Calcetas/ balerinas azul marino.  Cintillos/ coles/ pinches para el pelo, azul marino.  Delantal cuadrillé azul para Enseñanza Básica.  Delantal blanco para Enseñanza Media. Varones  Pantalón gris a la cintura.  Camisa blanca y/o polera blanca con cuello azul marino.  Suéter azul marino. 6

 Corbata azul marino.  Zapatos negros.  Polerón / Chaqueta azul marino.  Delantal cuadrillé azul para Enseñanza Básica.  Delantal blanco para Enseñanza Media. 3.1.2 Los alumnos(as) que sean destacados por el uso correcto de su uniforme y que hayan mostrado una actitud positiva y constante, referente a este, serán destacados(as) con una observación en su hoja de vida.

3.1.1 Uniforme Deportivo Su uso es exclusivo para el subsector de Educación Física o Actividades que lo requieran, este consta de: 

Buzo. Pantalón azul marino, polera y polerón rojo para Enseñanza Básica y Enseñanza Media.



Zapatillas blancas y/o negras.

3.1.2 Cuando a los alumnos de 7º Básico a 4º Medio le corresponda clases de Educación Física o Deporte en la primera hora de clases, podrá venir con Buzo oficial del Liceo, para una vez terminada la clase, asista al resto de la jornada con su uniforme completo. 3.2 Higiene y Presentación Personal Los alumnos y alumnas de nuestro liceo deben demostrar señales de una buena higiene y Presentación Personal. 3.3 Uso de accesorios de adorno corporal 3.3.1 Todos los accesorios (bufanda, gorros, guantes, etc.) deben ser de color azul marino. 3.3.2 Las alumnas deben mantener su cabello ordenado. Utilizando adecuadamente pinches, coles, cintillos de color azul marino. A las alumnas no se les permitirá el uso de maquillajes (pintura de uñas, ojos, labios, etc.) ni pelo teñido. 3.3.3 Los varones deberán usar el pelo con un corte formal y tradicional. Además no podrán usar barba, bigotes, aros, collares, pulseras o el cabello

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teñido o desteñido. Tampoco se aceptará el uso del pelo que cubran las orejas del alumno. 3.3.4 Tanto los alumnos como las alumnas, deberán mantener uñas cortas y limpias, no usar joyas, ni adornos u objetos de valor, de cuyas pérdidas el Liceo no se hace responsable. Sólo las alumnas podrán usar aros moderados en las orejas. El no cumplimiento de este artículo facultará a Inspectoría, Profesores y Dirección para aplicar las sanciones.

ARTÍCULO 4: REFERIDAS A REQUERIMIENTOS ACADÉMICOS 4.1 Cumplimiento de tareas 4.1.1 Aceptar el estudio como un bien personal y social, participando, estudiando y colaborando activamente en los Sectores y Subsectores de Aprendizajes. 4.1.2 Los alumnos(as) deberán cumplir con las obligaciones escolares asignadas por los distintos docentes de aula. 4.1.3 Cumplir con los trabajos académicos y tareas en el plazo establecido. 4.3 Presentación a evaluaciones 4.2.1 Dar cumplimiento oportuno a los trabajos, pruebas, disertaciones en las fechas establecidas. 4.3 Actitud en evaluaciones 4.3.1 Rendir sus evaluaciones en forma honesta, valiéndose sólo de sus propios conocimientos y aprendizajes. 4.4 Presentación de materiales 4.4.1 Los alumnos(as) deberán presentarse a clases con los diferentes materiales requeridos por el profesor(a) de cada asignatura. 4.4.2 Presentar materiales y útiles escolares, para el buen desarrollo de las actividades diarias. 4.4.3 Informarse y ponerse al día en sus materiales cada vez que se ausente de clases. 8

ARTÍCULO 5: REFERIDAS AL USO DE APARATOS Y ARTEFACTOS 5.1 Componentes de sonido 5.2 Juegos electrónicos 5.3 Implementos deportivos Cualquier elemento tecnológico u otro implemento que no se utilice para el desarrollo de las clases, serán considerados un distractor para el proceso de Enseñanza – Aprendizaje. El liceo no se responsabilizará por pérdidas o daños de los mismos, pudiendo retenerlo si fuera necesario. ARTÍCULO 6: REFERIDAS AL USO Y CUIDADO DEL LICEO 6.1 Infraestructura 6.1.1 Es responsabilidad del alumno(a), el mantenimiento y uso adecuado de las salas de clases, sala taller, comedor, laboratorio de ciencias y computación, biblioteca, oficinas, baños, camarines, duchas, puertas y chapas, ventanas, vidrios, pasillos, escaleras y otros. 6.2 Equipamiento 6.2.1 El alumno(a) debe respetar las normas existentes para el uso de los equipamientos de las distintas dependencias del Liceo, tales como: mobiliarios, pizarrón, vidrios, cortinas, diario mural, escenario, luces, enchufes, laboratorios de (ciencias y computación), biblioteca, medios audiovisuales, proyector, telón, radios, extintor, red húmeda, camarines, baños, llaves, espejos y otros. Deberán mantener, el aseo y dando el uso adecuado a los diferentes artefactos. El Apoderado(a) deberá responder por los costos de destrucción, sin perjuicio de cualquier otra medida de aplicación disciplinaria que merezca un hecho de tal naturaleza. De no identificar responsables, el curso deberá asumir los costos de los daños. 6.2.2 Cada curso deberá responder por el cuidado de su sala de clases, incluyendo aseo y mantención del mobiliario, sistema eléctrico, luces, enchufes, interruptores, ventanas, vidrios, puertas y chapas, pizarrón, diario mural, paredes, repisas, enchufes, material didáctico que se utilicen en clases. Ante cualquier deterioro o daño, deberá informarse al profesor(a) jefe u otro estamento para que se adopten las medidas del caso.

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ARTÍCULO 7: REFERIDAS AL RESGUARDO DE LA CONTINUIDAD DE ESTUDIOS Considerando: Que la Constitución Política de la República de Chile garantiza a todos los niños, niñas y jóvenes el ejercicio del derecho a la educación. Nuestro Liceo resguarda la continuidad de estudios de los alumnos(as) que cumplan con sus deberes y normas que establece el presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar. 7.1 Enfermedades 7.1.1 El alumno(a) que debiera ausentarse por un tiempo prolongado, sea cual fuere la razón, el apoderado(a) deberá avisar en forma oportuna y personalmente o durante los tres primeros días de inasistencia a clases, respaldándose con certificado médico. 7.2 Embarazos 7.2.2 El embarazo y la maternidad, no constituirán impedimento para ingresar y permanecer en el liceo, otorgándosele las facilidades académicas del caso. 7.3 Riesgo Social 7.3.1 Dentro de la labor educativa, el profesor(a) además de su quehacer académico, será un guía, orientador, facilitador, motivador de todos sus alumnos y alumnas. 7.3.2 Los diferentes estamentos, se preocuparán de conocer más a fondo a los alumnos y de interactuar con la familia, conocer, apoyar, saber cuáles son los factores de riesgo y buscar ayuda si fuere necesario para los alumnos que discontinúan estudios, por problemas que afectan a su familia.

ARTÍCULO 8: REFERIDAS A LA NOTIFICACIÓN DE SANCIONES SEGÚN GRADUALIDAD DE LA FALTA 10

Calificación, Descripción y Sanciones de las conductas inapropiadas. La trasgresión a la propuesta institucional de conductas deseables o apropiadas para el sano y armónico desarrollo personal, espiritual y social de la persona del alumno, constituye lo que identificamos como falta disciplinaria y que para efectos de nuestro reglamento se calificarán como faltas leves, graves y gravísimas, consignándose correctivas o sanciones tendientes a extinguir la conducta no deseada y superar la falta. Toda falta disciplinaria será registrada en la hoja de observaciones personales del estudiante en el libro de clases. 8.1 Faltas Leves: Actitudes y Comportamientos que alteren el normal desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje. TÍTULO I DE LA DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS Y SANCIONES: Se refiere a los tipos grados de faltas y las acciones que deberá asumir el involucrados, posterior a la falta cometida, orientado ésta principalmente a lo formativo. ARTÍCULO 1: SE REFIERE A LOS TIPOS Y GRADOS DE FALTA  Falta leve: Actitudes y Comportamientos que alteren el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, pero no involucren daño psíquico ni físico 1.1 Se consideran faltas Leves:  Presentarse incorrectamente (sin delantal, joyas, ropa de color)  Llegar atrasados (inicio y toque de campanas)  Presentarse sin equipo de gimnasia y/o materiales para las diferentes asignaturas.  Asistir a la clase de Educación Física sin sus artículos de aseo e higiene, lo cual tendrá incidencia directa con las evaluaciones.  Mantener un comportamiento inadecuado dentro, fuera del Establecimiento y Transporte Escolar.  Usar vocabulario inadecuado.  No traer Justificativos (inasistencias, otros) 11

 Olvido de materiales, llegar sin tareas y sin preparación de trabajos (que no sean evaluados) para las diferentes asignaturas.  Correr gritar en los pasillos.  Presentarse a la clases de Educación Física sin su equipo o ropa inadecuada 8.1,1. Sanciones Disciplinarias para faltas leves. Por primera vez: habrá una conversación con el alumno(a) y la reparación de ella. Por segunda vez: conversación con el profesor(a) jefe y reparación de la falta. Por tercera vez: observación en su hoja de vida, en el libro de clases y reparación de la falta. Estas faltas serán sancionadas con una amonestación escrita, consignada en su hoja de vida. La reincidencia, hasta 3 veces, será causal para citar al apoderado a tomar conocimiento de las faltas y acordar compromisos para modificar estas conductas, firmando la hoja de vida del alumno(a)

8.1.1 Sanciones Disciplinarias para faltas leves a.- Amonestación Verbal: Del educador al estudiante, pudiendo consignar la falta a la Hoja de Observaciones Personales. b.- Amonestación Escrita: En la hoja de Observaciones Personales, registrada por el educador, tras entrevistas con el estudiante. Se debe registrar la falta, los acuerdos y la firma de ambos. c.- Notificación a los Padres acerca de la falta y su amonestación. d.- Entrevista del estudiante y sus padres con el profesor.

2.1.- Sanciones por faltas leves:

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 Amonestación verbal por parte del profesor(a) combinación con una conversación con el alumno.

de

asignatura en

 Amonestación verbal por parte del profesor(a) de asignatura acompañada de su trabajo especial a determinar por el mismo profesor afectado.  Anotación en el libro de clases según la gravedad de la falta.  Reiteradas falta leves. Comunicación escrita al Apoderado por parte del Profesor de asignatura, Profesor Jefe y citación a una entrevista con el apoderado y el alumno.  Comunicación por escrito al apoderado(a) por parte del Profesor Jefe, acompañada de firma y timbre de respaldo de la Jefe de UTP.  Citación por la Dirección a entrevista , considerando la asistencia del Profesor Jefe, el Apoderado y el alumno.  Suspensión de clases por un día con trabajo dirigido en el Colegio. 8.2 FALTAS GRAVES: Actitudes y Comportamientos que atenten contra la integridad física y/o psíquicas de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común; así como acciones deshonestas que alteren el normal proceso de aprendizaje. 1.2 Se consideran Faltas graves: Actitudes y Comportamientos que atenten contra:  La integridad física y psíquica de otro miembro de la comunidad escolar.  El bien común.  Acciones deshonestas.  Destruir el trabajo de un compañero. 

Entregar trabajos fuera de la fecha.

 Escribir o rayar las paredes del Establecimiento.  Escribir o rayar mobiliario del Establecimiento.  Escribir o rayar baños del Establecimiento.  Abandonar el Liceo sin autorización. 13

8.2.1 Sanciones Disciplinarias para faltas graves a.- Sanciones escritas anotada en la Hoja de Observaciones personales y notificación a los Padres y Apoderados del alumno(a), quienes deberán concurrir a entrevistas b.- Entrevista con el Alumno y sus padres o Apoderados, consignándose los acuerdos en la Hoja de Observaciones, bajo firma. Estas sanciones darán lugar a una suspensión de días o trabajos comunitarios, que decidirá Inspectoría, de acuerdo a criterios señalados anteriormente. Según la gravedad de la falta y acuerdos del Consejo de Profesores, suspensión de clases. 8.3 FALTA GRAVÍSIMA: Falta gravísima: Actitudes y Comportamientos que atenten gravemente la integridad física y psíquica de terceros.  Abandonar el liceo sin autorización durante la jornada de clases.  Interrumpir y violentar las dependencias del establecimiento con fines de robo, destrucción y/o mal uso de las mismas.  Falsificar firmas en documentación oficial.  La falta de honradez en trabajos de investigación, evaluativos: orales o escritos y la presentación de trabajos falsos o adulterados.  Tener un trato grosero y no llamar por su nombre a sus Compañeros(as), Profesores(as) y cualquier integrante de la Comunidad Escolar.  Falsificar firma del apoderado.  La presentación de justificativos falsos o adulterados.  La adulteración de Notas del Libro de Clases u otros documentos oficiales.  Producir daños intencionales a bienes e inmuebles del Establecimiento y material de Apoyo Pedagógico.  Producir daño físico y/o psicológico algún integrante de la comunidad escolar.  Fumar dentro del establecimiento. 14

 Beber o traer bebidas alcohólicas al establecimiento.  Consumir drogas y/o estupefacientes.  Agresión física o verbal a compañeros (as) o cualquier personal del establecimiento.  Amenazar por escrito, verbal a cualquier miembro del liceo.  La sustracción de objetos o especies pertenecientes al liceo, a personas que se encuentren en él y la destrucción premeditada de los mismos.  El uso y porte de cortaplumas, cuchillas, alcohol, drogas, pornografía, abuso sexual y otras en las dependencias del liceo.  Falta a la moral y las buenas costumbres.  Instigar agresiones a compañeros (as) o cualquier persona del liceo.  El trato y actitudes groseras a cualquier persona del liceo.  En general, toda conducta o actitud que promueva o altere el normal funcionamiento de la Unidad Educativa y que sea promotora de desordenes con consecuencias negativas para alumnos y alumnas.  Otras.

8.3.1 Sanciones Disciplinarias para faltas gravísimas. Suspensiones de clases que implica la marginación de toda actividad escolar en tiempo determinado por Profesor Jefe y Dirección, previa citación al Apoderado para que se presente al Establecimiento donde será informado acerca de la sanción impuesta o por imponer a su pupilo. Condicionalidad de matrícula. Esta se concreta en un documento donde se especificará los motivos y los plazos de este nuevo estado de situación del alumno(a) y deberá ser firmado por el Apoderado y el Alumno(a). La condicionalidad es una advertencia que pudiera llevar a la cancelación de la matrícula, en caso de no haber cambios significativos y permanentes en la conducta general del estudiante. Cancelación de matrícula, dependiendo de la decisión a través de consenso dispuesta por el Consejo de Profesores, Centro de Padres y Centro de Alumnos. 15

TÍTULO II DE LAS NORMAS DE INTERACCIÓN RELACIONES Y EL BUEN TRATO ENTRE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ARTÍCULO 1.- REFERIDAS A LA INTERRELACIÓN RESPETUOSA  Vocabulario: Groserías – Apodos – Expresiones ofensivas 1.1 El Alumno (a) deberá emplear un lenguaje y modales apropiados. 1.2 Queda prohibida toda actitud desmedida que atente contra la moral, como gritos, groserías, silbatos, chillidos y/o insultos a viva voz, tanto dentro del Liceo como en su entorno y en especial cuando el alumno vista uniforme del Liceo. 1.3 Evitar agresión establecimiento.

verbal

a

compañeros(as)

o

cualquier

personal

del

1.4 El trato y actitudes groseras a cualquier persona del Liceo. 1.5 En general, toda conducta o actitud que promueva o altere el normal funcionamiento de la Unidad Educativa y que sea promotora de desórdenes con consecuencias negativas para alumnos y alumnas.  Actitudes 1.6 Evitar Gestos despectivos a cualquier miembro de la comunidad escolar. 1.7 Alteraciones graves que atentan contra el clima de serenidad del Colegio. 1.8 Evitar Actos de agresión verbal, física, psicológica y otros. 1.9 Todo alumno(a) debe acatar y respetar la distribución de puestos dada por el profesor(a) en la sala de clases.

ARTÍCULO 2: REFERIDAS AL COMPORTAMIENTO DENTRO DE LA SALA DE CLASES

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2 2.1 Mantener una actitud positiva en la sala de clases y en la totalidad de las actividades curriculares. 3 2.2 Mantener siempre una actitud positiva y de respeto hacia sus compañeros más débiles y necesitados. 4 2.3 No promover desórdenes durante el desarrollo de la clase. 5 2.4 Evitar producir desórdenes que alteren el normal desarrollo de la hora de clases. 6 ARTÍCULO 3: REFERIDAS A ACTITUDES NO DISCRIMINATORIAS. 7 3.1 Reconocer y respetar en los otros los mismos derechos que exige para sí. 8 3.2 Evitar apodos que descalifique o perjudique la dignidad de cualquier integrante del Liceo. 9 3.3 No hacer bromas o colocar apodos que menoscaben la dignidad del prójimo. 10 3.4 Respetar a todos sus compañeros, no importando su situación física, étnica o cultural. 11 3.5 Responsabilizarse de todo daño que haya ocasionado, sea este de índole moral o material. 12 3.6 Respetar religión 13 3.7 Compartir y respetar la condición económica y social diferente a la suya. 14 ARTÍCULO 4: REFERIDAS A LA INTEGRIDAD PSICOLÓGICA 15 4.1 Evitar hablar mal de las personas en general y respetar su vida íntima. 16 4.2 Cuidar su prestigio personal y la fama de todos los miembros del liceo. 17 4.3 Empleo de lenguaje grosero, gestual miembro de la Comunidad Escolar.

o intimidatorio hacia cualquier

18 4.4 Injuriar y/o calumniar a personas de la Comunidad Escolar. 19 4.5 Actos de agresión verbal, física. Psicológica, etc. 20 4.6 Faltas a la moral y las buenas costumbres.

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21 4.7 Evitar hacer uso de la pornografía a través de diferentes medios audiovisuales. 22 ARTÍCULO 5: REFERIDAD A LA INTEGRIDAD FÍSICA 23 5.1 Evitar las agresiones verbales, con mucha más razón, las agresiones físicas. 24 5.2 El alumno deberá velar por su salud e integridad física, restándose a participar en juegos bruscos, correr en los pasillos, escaleras o incurrir en acciones inseguras, trepar, maniobrar sistemas eléctricos, provocar riñas dentro o fuera del Liceo. 25 5.3 Proteger la integridad física de todo integrante de la comunidad, especialmente la de los más pequeños. 5.4 Uso o empleo de violencia física a cualquier integrante de la Comunidad E Título III DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA EVALUAR Y GRADUAR LAS FALTAS ARTÍCULO 1 REFERIDAS A LA EVALUACIÓN DE LA FALTA  Presumir inocencia.  Derecho a apelación.  Contexto, interés y motivos.  Técnicas alternativas de resolución de problemas:  Negociación  Mediación y arbitraje. POLITICA DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LA UNIDAD EDUCATIVA La política de convivencia significa una invitación a la Comunidad Escolar a colaborar activamente en el logro de los objetivos transversales en los múltiples ámbitos o dimensiones de la experiencia educativa que son responsabilidad del conjunto de la institución escolar como son: el PEI, el clima organizacional, las relaciones humanas, las actividades ceremoniales, la disciplina, el ejemplo cotidiano de todos y cada uno de los miembros de la comunidad, el ambiente en recreos y actividades definidas por los actores de la comunidad educativa. 18

El principio rector de una política de convivencia al interior del Liceo Copiulemu está fundamentado en el Marco Legal de la Ley 10.070 (Estatuto Docente). La Ley 19.979 (JEC). a. FALTAS GRAVÍSIMAS: Es aquella en la cual las actitudes y comportamientos atentan gravemente la integridad física y psíquica de terceros.  Sanciones Los profesores jefes y/o de subsectores en conocimiento de faltas gravísimas comunicarán a quien corresponda, empleando los canales regulares, la situación o hecho a denunciar, previo registro escrito de la falta en la hoja de vida del alumno(a). Consideración de agravantes y atenuantes. El establecimiento reunirá antecedentes para corroborar la existencia de la falta y para ello recurrirá a cualquier miembro de la Unidad educativa que esté en conocimiento de la situación. Edad, Rol y Jerarquía. Consejo de Profesores y Dirección u otra instancia decidirán la aplicación de la sanción de acuerdo a los siguientes criterios: edad, rol, jerarquía, contexto, intereses y motivos de los involucrados. Sanciones  Suspensión de días de acuerdo a la gravedad de la falta a los criterios señalados.  Amonestación escrita en su hoja de vida registrando y comunicando la sanción la cual será firmada por el apoderado.  Cancelación de matrícula, dependiendo del grado de la falta.  Estadía condicional en el Liceo. Derecho a apelación. Existirá una Comisión de Apelación, el que estará constituida por:  Director 19

 Inspector  Profesor Jefe del alumno(a)  Representante de Establecimiento.

los

apoderados

en

el

Consejo

Escolar

del

 Otros Sanciones formativas y proporcionadas:  Servicio escolar y comunitario: reparar mobiliario, hermosear jardín, ayudar a un auxiliar, limpiar salas, etc.  Servicio pedagógico: elaboración y preparación de material para estudiantes inferiores a su grado.  Reparación: devolver o reparar en estado óptimo el objeto o bien dañado.  Recuperación: realizar un trabajo de Investigación vinculado a la falta cometida, elaborando un diario mural vinculado a valores (opuestos a la falta cometida). Técnicas alternativas de resolución de problemas:  Negociación: Es la técnica que favorece el establecimiento de las relaciones rotas. Las personas implicadas en el problema dialogarán cara a cara y tratarán entender lo ocurrido, cada uno expondrá su punto de vista, sus motivos y sentimientos, del mismo modo se escucha el planteamiento del otro y llegan juntos a sus acuerdos reparatorios.  Mediación: Un tercer mediador previamente establecido y aceptado por las partes involucradas en el conflicto tendrá la misión de ayudar en el diálogo y a las partes en conflicto los persuadirá de que voluntariamente reflexionen y asuman sus responsabilidades diferenciales. Las personas involucradas buscarán alternativas y acuerdos reparadores.  Conciliación y arbitraje: no todos los conflictos son posibles de resolver por las partes, entonces se requerirá la ayuda de un tercero. Este árbitro o juez con poder y atribuciones reconocidas por las partes definirá una salida y solución al conflicto. Las personas en conflicto acatarán su decisión tomada en conformidad con los antecedentes, las opiniones, sentimientos y las proposiciones de los involucrados. 20

ARTÍCULO 9: REFERIDAS A LA RELACIÓN ENTRE EL LICEO Y LOS APODERADOS Nuestros Apoderados, Padres, madres son considerados un pilar imprescindible dentro del proceso de formación de cada uno de nuestros(as) alumnas y alumnos, por lo que asumir el rol que les corresponde como integrantes de la comunidad educativa y de formación, además de apoyar y llevar a la práctica el presente Reglamento de Convivencia Escolar. 9.1 Reuniones 9.1.1 Participar en reuniones del CGPA, de Subcentro, de Directivas u Otras instancias. 9.1.2 Conocer e informarse sobre la calendarización de reuniones 9.2 Entrevistas 9.2.1 Entrevistarse con el alumno y/o apoderado un mínimo de tres veces, una vez realizada esta actividad emitir un Informe Escrito en el que constarán los principales déficit que caracterizan el caso y hacen posible su derivación a otra instancia: Inspectoría, Dirección, orientación, otro. 9.2.2 Toda entrevista con apoderados, alumnos quedará consignada en un formulario diseñado específicamente para tales efectos. 9.3 Retiro de alumnos(as) en desarrollo de la jornada 9.3.1 El retiro de los alumnos(as) durante la jornada debe hacerlo personalmente el Apoderado(a) en Secretaría y se autorizará sólo por motivos de extrema necesidad, siempre y cuando el alumno(a) haya rendido pruebas y entregado trabajos y/o tareas correspondientes a ese fin Firmado el retiro de su pupilo(a) del Liceo. 9.3.2 Los alumnos(as) que necesiten retirarse antes del término de la Jornada Escolar, por ejemplo, practicar algún deporte, reforzamiento académico u otra situación. El apoderado deberá solicitar personalmente dicha autorización al Profesor jefe y Profesor del Subsector que corresponda y comunicar a Dirección. Se considerará para la autorización, rendimiento y comportamiento del alumno(a). Dejando registrada dicha autorización en el Libro de Clases y en Inspectoría. 21

9.3.3 En los casos de Accidentes Escolares, el establecimiento actuará de acuerdo al siguiente procedimiento: El alumno será derivado por Inspectoría o profesor de turno si es en recreo o por el profesor que en ese momento esté con el alumno, en forma inmediata hasta el Servicio de salud para su atención, no importa la gravedad de la situación. El establecimiento completará antecedentes en el Formulario de Accidente Escolar para su atención expedita y gratuita, dependiendo de la gravedad del accidente. En forma paralela se comunicará con el apoderado para que tome conocimiento de la situación en que se encuentra su pupilo, pudiendo éste concurrir al establecimiento o al centro hospitalario. 9.4 Formalización de reclamos 9.4.1 Emplear los conductos regulares existentes para hacer llegar las inquietudes y/o reclamos: Profesor Jefe y/o Subsector, Inspectoría, Orientadora, Evaluadora, UTP, Profesora representante de los profesores y asesora del CGPA, Dirección. 9.5 Aportes 9.5.1 Emplear los conductos regulares existentes para hacer llegar las inquietudes y/o sugerencias: Profesor Jefe y/o Subsector, Inspectoría, Orientación, UTP, Dirección. 9.6 Uso de infraestructura e implementos del establecimiento 9.6.1 Los alumnos y alumnas deben cuidar su entorno natural, jardines, plantas, el mantenimiento y uso adecuado de todos los bienes de la Comunidad Escolar, tanto su Infraestructura, Equipamiento y Otros, que se han dispuesto para un buen desarrollo de los procesos de Enseñanza – Aprendizajes y diversas actividades que se realizan y del bienestar de la Comunidad Escolar.

ARTÍCULO 10: REFERIDAS A LA DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE NORMATIVAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR 22

10.1 Reuniones de Directivas del CGPA y Subcentro y Ca En las reuniones de Directivas del mes de noviembre se hará llegar hasta la dirección del establecimiento las sugerencias correspondientes para su reformulación, que regirán para el año siguiente. Difundir Normas de Convivencia Escolar en el subcentro de Orientación y recibir sugerencias por parte de los alumnos en el mismo período consignado para los apoderados. Participación del CA en sugerencias y/o aportes en la actualización del reglamento Interno de Convivencia Escolar. 10.2 Reunión General Presentación, análisis, difusión y conocimiento por parte de la comunidad Escolar del establecimiento para su correcta, adecuada y eficaz aplicación. 10.3 Reuniones de Subcentros Difundir contenido del Reglamento en las primeras Reuniones de Subcentros. 10.4 Entrega personal y firma de copia Al momento de la matrícula cada apoderado recibirá un compilado sobre las Normas de Convivencia Escolar que rigen durante el año. Extracto de Derechos y Deberes, Asistencia, Orden Aseo y Presentación Personal, Trabajo y Estudio Escolar de los alumnos en la Agenda Escolar del establecimiento.

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