Miembros de Mesa - Preguntas Frecuentes

Miembros de Mesa - Preguntas Frecuentes 1. He sido elegido miembro de mesa. ¿Dónde recojo mi credencial? Los miembros de mesa deben presentarse a rec...
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Miembros de Mesa - Preguntas Frecuentes 1. He sido elegido miembro de mesa. ¿Dónde recojo mi credencial? Los miembros de mesa deben presentarse a recoger su credencial en el Consulado correspondiente al lugar donde sufragan. Allí recibirán instrucciones sobre sus funciones y responsabilidades durante la jornada electoral. 2. ¿En qué casos y hasta cuándo puedo solicitar excusa al cargo de miembro de mesa? La excusa al cargo de miembro de mesa se podrá solicitar solo hasta el 06 de septiembre y se efectúa cuando un(a) ciudadano(a) que es sorteado(a) como miembro de mesa no puede cumplir con su deber. Al tramitar esta solicitud y de ser aceptada, el (la) ciudadano(a) no aparecerá como omiso(a) en el récord de votación si no asiste a cumplir con su deber de miembro de mesa. 3. ¿Dónde presento la solicitud y qué documentos debo adjuntar? Debe presentar la solicitud de excusa al cargo de miembro de mesa, dirigida al Cónsul que le corresponde, adjuntando la credencial de miembro de mesa y copia de su DNI. La solicitud, debidamente documentada, se presenta de manera personal o a través de su representante (Carta poder simple). 4. ¿Cuáles son las razones para solicitar una excusa al cargo de miembro de mesa? Las razones o causales para solicitar una excusa al cargo de miembro de mesa son:

RAZONES O CAUSALES POR LAS CUALES SE PUEDE SOLICITAR

FORMA DE ACREDITAR LA EXCUSA SEGÚN LA SITUACIÓN PRESENTADA

EXCUSA 1.- Ser candidato(a) o personero(a) de - Relación final de candidatos emitida por alguna organización política inscrita en el el JEE correspondiente. registro pertinente.

- Credencial de personero.

2.- Ser funcionario(a) o empleado(a) de - Copia de última boleta de pago, carné o alguno de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano.

credencial de la entidad.

3.- Ser autoridad política

-Resolución de designación vigente

4.- Ser miembro de los Concejos

- Credencial de Alcalde o Regidor emitida

Municipales.

por el órgano electoral respectivo.

5.- Ser ciudadano(a) integrante de los Comités Directivos de los partidos -Acreditación otorgada por la organización políticos, agrupaciones independientes o alianzas, inscritos en el Jurado Nacional política. de Elecciones. 6.- Ser cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.

-Documento Nacional de Identidad y partida de matrimonio o nacimiento.

7.- Ser elector(a) temporalmente ausente de la República. 8.- Por notorio o grave impedimento físico o mental.

- Relación remitida por el RENIEC - En caso de "notorio impedimento" este será constatado por la autoridad competente de resolver la petición.

9.- Por necesidad de ausentarse del territorio de la República.

- Copia de documento que acredite la necesidad de ausentarse del país durante la fecha programada para llevarse a cabo las elecciones.

10.- Ser mayor de setenta (70) años.

- Copia del Documento Nacional de Identidad o Partida de Nacimiento.

*Los electores mayores de 70 años que, con arreglo al artículo 550 de la Ley Orgánica de Elecciones, resulten designados como miembros de mesa, titulares o suplentes y que no lleguen a ejercer tal función, no serán considerados como omisos al desempeño del cargo de miembro de mesa, conforme a lo establecido en la Resolución Jefatural N° 070-2010-J/ONPE, del 8 de abril pasado. 5. ¿Cuánto cuesta la solicitud de excusa al cargo de miembro de mesa? El derecho se encuentra en la Tarifa Consular Nº 78 equivalente a tres (3)soles consulares 6. ¿Qué pasa si me enfermo antes del día de la elección? Solo en ese caso aplica la justificación al cargo de miembro de mesa. 7. ¿Qué trámite debo realizar para solicitar la justificación al cargo de miembro de mesa? Para la justificación, deberá presentar una solicitud dirigida al Cónsul que le corresponde, adjuntando la credencial de miembro de mesa, el certificado expedido por el área de salud o por el médico de la localidad si no hubiera él área de salud y copia de su DNI. La solicitud, debidamente documentada, se presenta de manera personal o a través de su representante (Carta poder simple). Descargar modelo de solicitud de justificación al cargo de miembro de mesa aquí 8. ¿Cuánto cuesta la solicitud de justificación al cargo de miembro de mesa? El derecho esta en la Tarifa Consular Nº 78 equivalente a tres (3)soles consulares 9. ¿Hasta cuándo puedo solicitar la justificación al cargo de miembro de mesa? La solicitud puede presentarse hasta cinco (5) días antes del día de la elección. 10. ¿Qué puedo hacer si no presenté la solicitud en estas fechas? Después del proceso electoral puede solicitar una dispensa ante el Jurado Nacional de Elecciones, que es el organismo encargado de expedir las dispensas al cargo de miembro de mesa.

11. ¿En qué casos puedo presentar una solicitud de dispensa al cargo de miembro de mesa? De acuerdo a la página web del JNE, la dispensa puede solicitarse en los siguientes casos: En caso de enfermedad debidamente acreditada. En caso que en condición de madres, se encuentren en período de lactancia y acrediten dicha circunstancia (Acta o partida de nacimiento del niño(a) y/o tarjeta de control del niño(a).

12. ¿Qué documentos debo presentar para solicitar la dispensa al cargo de miembro de mesa? Para solicitar la dispensa debe presentar los siguientes documentos: La solicitud dirigida al Secretario General del JNE, adjuntando fotocopia de su DNI, el documento de sustento en original o copia certificada del motivo por el cual solicita la dispensa y el comprobante de pago por derecho de trámite.

13. ¿Cuánto cuesta la solicitud de dispensa al cargo de miembro de mesa? Los costos establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones son los siguientes: Ubicación

Institución donde efectuar el pago

En el territorio nacional Tesorería del JNE o Banco de la

Monto 0.5% de la UIT vigente

Nación En el extranjero

Oficina Consular

Al cambio según cada oficina consular