MANUAL DE CONVIVENCIA

MANUAL DE CONVIVENCIA INTRODUCCIÓN Este manual esta fundamentado en criterios legales que rigen a toda persona tales como la Constitución Política, l...
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MANUAL DE CONVIVENCIA INTRODUCCIÓN

Este manual esta fundamentado en criterios legales que rigen a toda persona tales como la Constitución Política, la Ley General de Educación, el Código del menor, los derechos de los niños y otros que rigen nuestro sistema educativo, para adecuarlo a las particularidades de nuestros educandos y las condiciones de su entorno, de tal manera que la Institución pueda asegurar su aplicabilidad sin infringir la presente norma. El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Catalino Gulfo es un instrumento que contempla derechos, deberes y prohibiciones de los estudiantes, padres de familia, educadores y directivos docentes como también correctivos por infringir prohibiciones o faltar a los deberes; propende el análisis, la concientización, propiciar relaciones de responsabilidad, equidad, tolerancia, justicia y solidaridad para la convivencia pacifica que le permita dinamizar el diario vivir. En este manual se estimulará el rendimiento académico, la buena conducta, la disciplina y actos altruistas de los estudiantes que pongan en alto el buen nombre de la institución.

FUNDAMENTOS GENERALES

MISIÓN La misión de la Institución Educativa Catalino Gulfo es formar en la comunidad educativa personas íntegras, capaces de desempeñarse idóneamente ante las exigencias de su entorno, orientándolos hacia la práctica agropecuaria para que puedan ejercer y proyectarse en este campo VISION La visión de la Institución Educativa Catalino Gulfo es preparar a sus miembros para el futuro, fomentando la capacitación técnica agropecuaria, los valores para la democracia y la convivencia pacifica, la conciencia ecológica y la ayuda en la solución de problemas del entorno. FILOSOFIA DE LA INSTITUCIÓN La Institución Educativa Catalino Gulfo tiene como filosofía fundamentarse en los principios de concientización, voluntad, dinamismo y accionar y, en cada uno de sus entes una proyección con sentido de responsabilidad, equidad, tolerancia, justicia y solidaridad para la convivencia pacifica que le permita dinamizar el diario vivir mediante su propia identidad cultural, con una visión aplicable a las necesidades propias de su contexto. Por su perfil agropecuario, orientar en el manejo, aprovechamiento y preservación de los recursos naturales para un desarrollo sostenible y competitivo.

OBJETIVOS DEL MANUAL

SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN LA BANDERA1

1. Lograr la convivencia armónica de la comunidad escolar, el respeto por los demás y el cumplimiento de los planes, programas, horarios y demás actividades de la Institución.

2. Sensibilizar los padres de familias de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos.

3. Concientizar a los miembros de la comunidad educativa del proceso de la educación, como un periodo de formación personal permanente, cultural y social como parte integral del ser humano. 4. Orientar el proceso formativo de los estudiantes conforme a los principios éticos y morales con un perfil defido por la Constitución Política que promueve la formación del futuro ciudadano.

Este emblema está constituido por dos franjas: la primera de color verde oscuro y la segunda de color blanco, los cuales representan en su orden: EL VERDE, Es la expresión del recurso que tenemos en la naturaleza potencial de todo el desarrollo de nuestro Centro Educativo. EL BLANCO, Expresa la paz que emana de la institución hacia otras comunidades.

5. Definir normas de convivencia que permitan el normal funcionamiento de los procesos de formación en los miembros de la comunidad educativa.

En la parte media, el sol que simboliza la fortaleza de la institución proyectando luz hacia la riqueza de nuestra naturaleza (franja verde), y hacia la paz de la institución (franja blanca). 1.- La bandera fue creada por LEONARDO DANIEL NARANJO HERNÁNDEZ, (estudiante de 9°.) SERAFÍN CORDOBA PALACIO, (Docente) ALBERTO CASTELLANOS RAMOS, (Docente).

EL ESCUDO

El escudo fue presentado por el Licenciado: RAMIRO ESQUIVIA BELTRÁN y seleccionado en medio de varias propuestas por votación.

HIMNO CATAGUL Somos la esperanza y la luz el futuro de nuestra región formando hombres de ciencia y de virtud Nacimos al calor del sol su energía nos movilizara siempre unidos estaremos por el amor Está constituido por dos secciones básicas. PARTE SUPERIOR: Está representada por el sol que proyecta unos rayos de color amarillo encendido que expresa la luz natural proyectada al trabajo y saber del hombre.

Lucharemos, venceremos para lograr la paz progreso y bienestar (bis). Catagul Catagul brillaras en nuestro ciclo azul (bis) ii

PARTE INFERIOR: Presenta un libro abierto mostrando los frutos y elementos que se producen en la región, significando el potencial productivo del hombre. Por último están las palabras TRABAJO-CIENCIA. Las cuales se interpretan como la energía que imprime el hombre a la institución proyectada a diferentes comunidades.

Nuestra aliada es la naturaleza Conservarla es nuestra misión dejando huellas, caminos y tradición Cultivar es nuestra devoción esmerados siempre en cada día para dar mejor producción y más calidad Lucharemos, venceremos para lograr la paz

progreso y bienestar (bis). Catagul Catagul brillaras en nuestro cielo azul (bis) iii Catagul te haremos inmortal batallando todas tus huestes lograremos muy seguros primer lugar

Creando una nueva cultura del respeto, aprecio, igualdad haremos ley nacional y universal CONCEPTOS BASICOS ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN: Es toda persona natural que mediante matrícula entra a formar parte de la Institución generando con ello una relación de derechos, deberes, prohibiciones y correctivos. COMUNIDAD EDUCATIVA: Está conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes, egresados, directivos docentes y administradores escolares. DERECHO: Es la facultad legal de cada uno de los estamentos que conforman la comunidad educativa para realizar legítimamente toda actividad que conduzca a la formación del alumno, enmarcado dentro del respeto, la moral, la paz y la convivencia pacífica.

DEBER: Es todo aquello a lo cual está obligado cada una de las partes que conforman la comunidad educativa por el Manual de Convivencia, como también por los principios éticos, morales, religiosos y sociales. ESTIMULO: Es toda acción tendiente a resaltar o distinguir las cualidades, valores, esfuerzos y aspectos positivos de los diferentes miembros de la comunidad educativa. CORRECTIVOS: Es toda acción tendiente a atenuar o minorizar las infracciones a las normas contenidas en el presente manual de convivencia. JORNADA DE CLASE: Es el período de tiempo diario determinado para cada nivel así: Sede principal: Jornada de la mañana se atiende a los alumnos del nivel preescolar y básica primaria desde las 7:00 a.m. y finaliza a las 12.05, con cinco periodos de clases de 55 minutos y un descanso de 30 minutos. En la jornada de la tarde se atienden los alumnos de la básica secundaria en el horario de la 12:30 p.m. a 6:30 p.m. con seis horas de clase de 55 minutos y dos descanso de 15 minutos. Y básica primaria desde las 12:30 hasta 5:35, con períodos de clase de 55 minutos y dos descansos de l5 minutos cada uno. Sede Nazareth: Jornada de la mañana se atiende a los alumnos del nivel preescolar y básica primaria desde 7:00 a.m. y finaliza a las 12:05, con cinco periodos de clase de 55 minutos y un descanso de 30 minutos. En la jornada de la tarde se atienden los alumnos

de la básica primaria en el horario de la 1 p.m. hasta 6:05 p.m., con cinco periodos de clase de 55 minutos y un descanso de 30 minutos.

TITULO I DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS, PROHIBICIONES Y SANCIONES

Sede Buenavista: CAPITULO l Jornada de la mañana se atiende a los alumnos de la básica primaria desde 7:00 a.m. y finaliza a las 12:05, con cinco horas de clase de 55 minutos y un descanso de 30 minutos.

DE LOS ESTUDIANTES

Sede principal (jornada nocturna):

Artículo

En la jornada nocturna se atiende estudiantes de la básica secundaria y media académica dividido por ciclos (Ciclo 3-4-5 y 6) se inicia a las 7:00 p.m. hasta 10:40, con cuatro periodos de clase de 55 minutos y un descanso de 20 minutos.

Artículo 2: Ser preparado académicamente y de manera integral por parte de los profesores, según los programas oficiales, políticas del M.E.N. y necesidades de su entorno social.

CONDUCTO REGULAR: Es el procedimiento de instancia que se debe cumplir para regular los deberes, derechos, prohibiciones, estímulos y correctivos. MANUAL DE CONVIVENCIA: Es el compendio de normas que definen los derechos y obligaciones de los estudiantes, padres o acudientes y docentes, como también las prohibiciones, estímulos y sanciones.

DERECHOS 1: Ser respetados en su dignidad personal

Artículo 3: Ser escuchado y atendido oportunamente en sus reclamos siguiendo el conducto regular por los miembros de la comunidad educativa. Artículo 4: Programar con el respectivo profesor de área las diferentes evaluaciones. En una misma fecha no se deberán realizar más de dos evaluaciones. Artículo 5: Presentar las evaluaciones no efectuadas por inasistencia, previa presentación de excusa. Artículo 6: Exigir al respectivo profesor de área la explicación de los criterios de evaluación Artículo 7: Conocer los resultados de cada período antes de ser presentados a la Secretaría del Colegio

Artículo 8: Recibir un carné de identidad como estudiante de la Institución. Artículo 9: Usar adecuadamente los recursos que la Institución pone a su servicio. Artículo 10: Recibir orientación psicológica adecuada y oportuna. Artículo 11: Participar en la construcción de los procesos que lo lleven a la apropiación de conocimientos científicos, tecnológicos, culturales, literarios y deportivos. Artículo 12: Conocer las competencias, logros e indicadores de cada una de las áreas o asignaturas. Artículo 13: Ser evaluado objetivamente en el desempeño de su proceso y adquisición de logros, de acuerdo a los criterios establecidos. Artículo 14: Conocer el seguimiento que se le lleva en el observador del alumno.

Artículo 19: Tener participación en todas las determinaciones que afecten directa o indirectamente al estudiantado Artículo 20: Representar a la Institución en eventos deportivos, culturales, científicos, etc. Sin ninguna discriminación. Artículo 21: Formar organizaciones que tengan como objetivo la defensa de los derechos de los estudiantes y velar por la buena marcha de la Institución. Artículo 22: Opinar y expresar su pensamiento dentro del marco del respeto y la armonía. Artículo 23: Exigir por parte de los docentes, administrativos y compañeros un trato respetuoso, evitando el uso de apodos. Artículo 24: Ser estimulado por algún hecho destacado; contemplado como estimulo en el presente manual. DEBERES

Artículo 15: Conocer el manual de convivencia de la Institución

Artículo 25: Atender y acatar las orientaciones de cada uno de los educadores siempre que estos no lesionen los derechos e intereses de los estudiantes.

Artículo 16: Presentar descargos ante el coordinador de disciplina en caso de ser acusado de cometer una falta

Artículo 26: Respetar a sus compañeros utilizando vocabulario adecuado dentro y fuera de la institución.

Artículo 17: Obtener información oportuna sobre las distintas actividades de la Institución

Artículo 27: Dar un trato respetuoso a directivos, profesores, empleados y personal de servicio.

Artículo 18: Tener participación en modificación del manual de convivencia

Artículo

la

elaboración

y/o

28: Respetar la opinión de sus compañeros.

Artículo 29: Representar dignamente a la institución en eventos deportivos, culturales, científicos.

Artículo 38: Presentar incapacidad o fórmula médica cuando la ausencia sea por enfermedad.

Artículo 30: Respetar los útiles y objetos personales de sus compañeros.

Artículo 39: Permanecer dentro de la institución durante la jornada escolar.

Artículo 31: Informar oportunamente a profesores y directivos sobre anomalías ocurridas n la institución.

Artículo 40: Rendir satisfactoriamente durante el año escolar en todas las áreas y asignaturas del plan de estudio establecido.

Artículo 32: Responder correctamente y sin fraude a las evaluaciones establecidas y trabajos asignados.

Artículo

Artículo 33: Asistir puntualmente y demostrar buen comportamiento en acto cívicos, culturales, deportivos y otros en los cuales participe la institución. Artículo 34: Cumplir como mínimo con el 75 % de la asistencia a las actividades pedagógicas programadas en el plan de estudio para determinado grado justificado o no (decreto 1860 articulo 53 literal 1). Artículo 35: Atender el llamado de directivos, directores de grupo y profesores. Artículo 36: Presentar las excusas por ausencia en papel limpio, con letra clara firmada por el padre de familia o acudiente con su número de cédula. La Institución puede verificar cuando lo considere necesario las causas de la ausencia. Artículo 37: La excusa debe ser presentada el día de la ausencia y en evaluación, trabajo, taller, práctica etc. O un concepto negativo.

41: Portar en todo momento el carné de estudiante.

Artículo 42: Cuidar el mobiliario, material didáctico, y en general de todos los recursos con que cuenta la institución. Artículo 43: Cumplir con las normas establecidas en el manual de convivencia. Artículo

44: Cumplir con los turnos de aseo.

Artículo 45: Informar oportunamente a los padres de familia sobre reuniones, citas y demás actividades que requieran su presencia. Artículo 46: Cumplir con los horarios de clases y actividades programadas por la institución. Artículo 47: Tener buen comportamiento dentro y fuera de la institución. Artículo 48: Asumir el costo de daños materiales causados por el o ella en la institución. Artículo 49: Mantener aseado su salón y el patio de la institución.

Artículo 50: Presentar el servicio social obligatorio (estudiantes de los grados 10° y 11°. Mínimo 80 horas para poder ser graduado.)

Parágrafo 1.- La Institución Educativa “Catalino Gulfo” cuenta con dos uniformes: uno para uso diario y otro para educación física y deporte los cuales tienen las siguientes descripciones:

Artículo 51: Permanecer dentro del aula de clases y conservar buen comportamiento aun en la ausencia del docente.

Uniforme de diario niñas: blusa blanca con cuello y botones en la parte delantera, media manga a la altura de los codos, por encima de la blusa lleva jomper a cuadro rojo y azul turquí, con dos maquinas en la parte delantera. La falda está conformada por una pretina de tres centímetros de ancho y un canesú semiredondo, seguido vienen plegados (machetes) alrededor de todo el canesú, al lado lleva una cremallera. El largo de la falda es debajo de las rodillas; los zapatos son negros, medias blancas y los moños acorde con el uniforme. Uniforme de diario varones: Camisa blanca con el escudo del Colegio en el lado superior izquierdo, pantalón negro clásico, correa negra, zapatos negro colegiales medias negras.

Artículo 52: Guardar debida compostura en los actos cívicos, culturales y religiosos programados por la institución. Artículo 53: Tomar apuntes en clase y llevar correctamente los cuadernos y demás materiales de trabajo. Artículo: 54: Abstenerse de traer objetos de valor. La institución no se hace responsable por la pérdida de éstos. Artículo 55: Evitar entrar a la sala de profesores sin ser autorizados. Artículo 56: Abstenerse los usos de gorras y otros accesorios en el aula de clases y otros espacios de la institución. Artículo 57: Defender ante si y ante los demás el buen nombre de la institución.

Uniforme de educación física niñas y varones: Suéter blanco con vivos azules turquí en el cuello y las mangas, cuello en V y mangas cortas con el escudo del Colegio en la parte superior izquierda del suéter, sudadera azul turquí con metidos (franjas a los lados blancas con las siglas del colegio en la pierna izquierda los zapatos son tenis color blanco con medias blancas. ESTIMULOS

Artículo 58: Solicitar por escrito ante la coordinación de disciplina los permisos para ausentarse de la institución. Artículo 59: Llevar correctamente el uniforme de diario y educación física dentro y fuera de la Institución. Los hombres permanecerán encajados, portando cinturón negro, medias negras y zapato colegial de cuero (lustrado); las mujeres no deben llevar accesorios que desentonen con el.

Artículo 60: La Institución Educativa “Catalino Gulfo” estimulará a todos y cada uno de aquellos estudiantes que se destaquen por su aprovechamiento, conducta, esfuerzo y demás manifestaciones altruistas que pongan en sitial de honor a la Institución:

a. Matricula de honor, al estudiante que se hay distinguido por su excelente desempeño en el proceso formativo y académico. Esta se otorgara por grupo, cada año.

incumplimiento a los deberes y las infracciones, a las prohibiciones: a. Salir sin permiso del salón de clases.

b. Matricula de honor, a estudiantes que se hayan destacado en actividades deportivas, artísticas y culturales durante el año. c. Matricula de honor, al estudiante que se haya destacado por cualquier otro hecho que por su significado altruista deje en sitial de honor el nombre de la institución.

b. Portar y/o usar maizena, huevos, agua, colorantes, bombas, bromas, condones y sustancias fructificantes sobre cualquier miembro de la comunidad educativa. c. Ausentarse sin causa justa de las evaluaciones, de trabajos y prácticas programadas.

d. Reconocimiento verbal y / o escrito por participar en eventos como la feria de la ciencia, olimpiadas, concursos académicos y artísticos.

d. Conversar inoportunamente en clases o en actos con la comunidad.

e. Izar el Pabellón Nacional.

e. Permanecer en los salones en horas de descanso.

f.

f.

Medalla del espíritu CATAGULFISTA a aquellos estudiantes que durante el año demostraron sentido de pertenencia para la institución.

Entrar sin permiso previo a las oficinas y sala de profesores.

g. Usar prendas u objetos que desentonen con el uniforme.

g. Se ayudará al estudiante más pobre de cada curso “canasta académica” que incluye: los útiles escolares básicos del respectivo curso, previa comprobación de su nivel de pobreza y demostrado mérito por su aprovechamiento.

h. Recibir visitas con diligencias ajenas a las actividades de la institución. i.

Usar el cabello largo (varones), ganchos o colas.

CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS DE LOS ESTUDIANTES Y APLICACIÓN DE LOS CORRECTIVOS

j.

Mantener las uñas pintadas de color fuerte que desentonen con el uniforme.

FALTAS LEVES:

k. Mantener piojos en su cabeza

Artículo 61: Cuando las faltas no constituyan una postura permanente del alumno, sino que ocurran como resultado de ligerezas por parte de éste, se consideran faltas leves como el

l.

Incumplir con los turnos de aseo

m. Interrumpir sin causa justificada las clases o incitar al rompimiento de la normalidad académica n. Incumplir los deberes establecidos en el presente Manual de Convivencia. o. Violar las normas de entrada y salidas establecidas en los horarios p. Manejar la información de forma tendenciosa con el fin de evadir responsabilidad sobre alguna falta cometida

y. Contaminar el ambiente físico de la institución con basuras, botellas, escritos y rayados en sillas, paredes, murales, carteleras, baños, pisos, libros y cuadernos de los compañeros z. Entorpecer la disciplina con ruidos, gritos, silbatinas, rechiflas, atropellos, vocabulario grosero, desplazamiento brusco y en carrera, detonaciones de cualquier artefacto. Parágrafo 2: SANCIONES: Las faltas anotadas arriba se sancionan con:

q. Participar, protagonizar o promover escándalos o trifulcas callejeras que atenten con el buen nombre del plantel r.

Mantener las uñas pintadas de colores fuertes que desentonen con el uniforme y el uso de maquillajes en las alumnas

s. Cambiarse con ropa diferente al uniforme dentro de la jornada de clase t.

Omitir la notificación al padre de familia o acudiente sobre cualquier llamado o atención particular

a. Amonestación verbal por el profesor de área con constancia de hecho en el libro de disciplina; cuando la falta se comete por primera vez. b. Amonestación escrita hecha por el Coordinador con copia al padre de familia o acudiente y constancia del hecho en el libro de disciplina cuando la falta ocurre por segunda vez. c. La falta por segunda vez en adelante se convierte en falta grave. FALTAS GRAVES:

u. Encubrir las faltas cometidas por otro estudiante. v. Hacer objeto de burla a un compañero, profesor, empleado o cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

Artículo 62: Se consideran falta graves causales de mala conducta las siguientes: a. Salir del plantel sin autorización.

w. Frecuentar lugares públicos con el uniforme b. Ausentarse sin causa justa de las evaluaciones. x. Efectuar o promover fuegos de azar

c. Portar dentro de la institución radios, juegos electrónicos, revistas pornográficas, armas y demás elementos que perturben el orden en el plantel.

o.

Ingerir bebidas alcohólicas dentro del establecimiento educativo.

p.

Presentarse a la institución en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas.

q.

Recibir visitas amorosa y de particulares con exceso de confianza dentro de la institución.

r.

Interrumpir sin causa justificada las clases o incitar al rompimiento de la normalidad académica.

s.

Incumplir los deberes establecidos en el presente manual de convivencia.

d. Emplear con sus compañeros vocabulario soez. e. Agredir de hechos o de palabras a un compañero, profesor, empleado, o cualquier otro miembro de la comunidad educativa. f.

El fraude o intento de fraude en las evaluaciones.

g. Dañar objetos o pertenencias que se encuentren dentro del establecimiento que sean de profesores, alumnos o particulares.

t. h.

i.

Negarse a firmar el libro de disciplina, asistencia u observador del alumno.

u.

Participar, protagonizar o promover escándalos o trifulcas callejeras que atenten con el buen nombre del plantel.

v.

Llevar, consumir o promover el consumo de licor en actividades culturales, cívicas, o prácticas de campo.

Fumar dentro y fuera del establecimiento educativo.

j.

Hacer graffiti con mensajes obscenos en las paredes, muros, pisos, tableros, sillas etc.

k.

Manifestaciones amorosas entre compañeros, profesores, personal administrativo o de servicio.

con

w. Omitir la notificación al padre de familia o al acudiente sobre cualquier llamado de atención particular. x.

l.

Violar las normas establecidas en el horario.

Encubrir las faltas cometidas por otro estudiante.

Hurtar o sustraer bienes ajenos. Parágrafo 3: Las faltas anotadas arriba se sancionan con:

m. Tener relaciones sexuales dentro del establecimiento. n.

Frecuentar establecimientos públicos con el uniforme.

a. Amonestación escrita hecha por el Coordinador con copia al padre de familia o acudiente cuando la falta ocurre por primer vez.

b. Suspensión por una o más jornadas de clase según de la gravedad de la falta impuesta por el coordinador de disciplina dejando constancia del hecho en el respectivo libro de disciplina y en las actas de seguimiento de psico-orientación.

f.

Remisión a coordinación de disciplina.

g. Remisión a rectoría. h. Estudio del caso por el Consejo Directivo.

c. E incluso es motivo de la cancelación del contrato de matrícula por incurrir reiteradamente en el incumplimiento de los deberes y las normar establecidas por la institución.

CORRECTIVOS Artículo 64: Como consecuencia de la aplicación del artículo 62, se aplicarán los siguientes correctivos:

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Artículo 63: En la institución Educativa Catalino Gulfo, se tendrá en cuenta el siguiente manual de procedimientos, teniendo en cuenta un trámite ordenado y organizado que permita una adecuada solución a los problemas presentados.

a. Dialogo persuasivo, dejando evidencias en la ficha de seguimiento y el observador del alumno. b. Firma en el libro de disciplina. c. Firma de las amonestaciones y sanciones dadas.

a. Dialogo directo entre estudiante y docente que genere posturas y cambios positivos de comportamientos. b. Llamado de atención del docente o el director de grupo, con anotación en ficha de seguimiento u observador del alumno. c. Dialogo entre el estudiante, el docente y el coordinador académico y de disciplina, enfatizando en el Manual de Convivencia la infracción cometida; aquí se debe entregar la sanción al estudiante y anotarse en la ficha de seguimiento. d. Remisión del estudiante a sico-orientación por el director de grupo u otros docentes. e. Citación de los padres o acudientes del estudiante por el director de grupo, haciendo amonestación por escrito.

d. Orientación a los estudiantes, docentes y padres de familia por parte de la sico-orientadora. e. Firma de actas de compromiso donde condicione su permanencia en la institución. f. Reparación, restitución o pago de daños materiales causados en la institución. g. Suspensión de actividades curriculares por 2 o más días, informando al padre y haciendo la respectiva anotación en el observador del alumno. h. Decomiso de elementos distractores, que serán devueltos al padres u acudiente posteriormente.

i.

Retiro definitivo de la institución por parte del rector, previo consenso del: consejo académico, consejo directivo y docentes del grupo. Informando al padre del estudiante implicado.

CAPITULO II

Artículo 72: Presentar sugerencias a las directivas de la Institución tendiente al mejoramiento de ésta y el bienestar de sus miembros Artículo 73: Recibir atención adecuada y oportuna por parte de la psico – orientadora de la Institución cuando el caso lo amerite

DE LOS PADRES DE FAMILIA DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo familia

Artículo 65: Ser atendidos en sus justos reclamos de manera oportuna.

Artículo 75: Estar informado de la marcha administrativa de la Institución

Artículo 66: Participar en los distintos comités de trabajo para el mejoramiento de la Institución

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Artículo

Artículo

74: Tener voz y voto en las asambleas de padres de

76: Cancelar la matrícula de su hijo o acudido.

67: Ser respetado en su dignidad personal Artículo 77: Asistir puntualmente a las reuniones de los padres de familia

Artículo 68: Presentar propuesta relacionadas que conlleven a transformar la acción pedagógica y administrativa de la institución. Artículo 69: Solicitar información sobre el desempeño académico y disciplinario de sus hijos o acudido cuando lo estime necesario Artículo 70: Recibir el boletín de calificaciones de su hijo o acudido una vez finalice cada período académico Artículo 71: Presentar a la directiva de la Institución quejas o reclamos sobre situaciones que considere violatorias de sus derechos o de los derechos de sus hijos o acudidos.

Artículo 78: Acudir al llamado de las directivas de la Institución cuando éstas así lo requieran. Artículo 79: Participar activamente en el proceso de desarrollo y bienestar de todos los miembros de la comunidad educativa Artículo 80: Defender ante sí y ante los demás el buen nombre de la Institución Artículo 81: Responder por los daños y perjuicios que sus hijos o acudidos ocasionen a la Planta Física, mobiliario, material didáctico y otros.

Artículo 82: Firmar con cédula de ciudadanía las excusas por inasistencia de sus hijos o acudidos

d. hacer objeto de castigo denigrante a sus acudidos dentro del plantel.

Artículo 83: Dar un trato cortes y respetuoso a directivos, profesores, alumnos y empleados de la Institución

CAPITULO III DE LOS EDUCADORES Y DIRECTIVOS DOCENTES.

Artículo 84: Velar por la buena presentación de sus hijos y dotarlos de los útiles y uniformes necesarios. ESTIMULOS Artículo 85: La institución Educativa estimulará a este ente mediante:

“Catalino

Gulfo”

a. Un reconocimiento público a aquellos padres o acudientes que durante el año se hayan destacado por su trabajo en beneficio de la Institución. b. Este reconocimiento se hará en Asamblea General de padres el día de la clausura, otorgándole un diploma como padre de familia del año.

DERECHOS Artículo 87: Recibir trato respetuoso por parte de toda la comunidad educativa. Artículo 88: Libre ejercicio de la profesión, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 25 de la constitución política y con la ley laboral vigente. Artículo 89: Elegir y ser elegido para el consejo académico en representación del área académica y grado correspondiente, de acuerdo con el procedimiento que para ellos definan quienes la integran.

DE LAS PROHIBICIONES

Artículo 90: Elegir y ser para ocupar cargos ante el Gobierno Escolar de la institución.

Artículo 86: La Institución Educativa Catalino Gulfo establece las siguientes prohibiciones para los padres de familia

Artículo 91: Participar en los cursos de mejoramiento, actualización y profesionalización que organice la institución.

a. Faltar a los deberes contemplados en el presente reglamento

Artículo 92: Ser evaluado con objetividad en el desempeño de sus funciones y conocer oportunamente el resultado de estas.

b. reemplazar a otro acudiente sin su autorización c. incitar a su acudido a la comisión de faltas

Artículo 93. Recibir estímulos o reconocimientos en el desempeño de su trabajo (mención de honor, diplomas, capacitación, otros.)

Artículo 94: Recibir información a tiempo de las jornadas deportivas, culturales, científicas y administrativas que programe la institución Artículo 95: Recibir orientaciones formativas y académicas en el momento que lo requiera. Artículo 96: Ser respaldado por la directiva de la institución en el cumplimiento de sus funciones. Artículo 97: Tener a su alcance textos que contengan información sobre las nuevas políticas educativas. Artículo 98: Recibir información a tiempo de las jornadas deportivas o culturales que programe la Institución. A sí como de las acciones que realicen los representantes del cuerpo docente antes los órganos del gobierno escolar. DEBERES: Artículo 99: Cumplir su jornada de trabajo conforme a los horarios estipulados por la institución para tal fin. Artículo 100: Asimilar y practicar los principios generales que orienta la institución educativa (filosofía, misión, visión y otros). Artículo 101: Crear en el aula un ambiente de tranquilidad y serenidad para el trabajo formativo.

Artículo 103: Mantener lealtad profesional con los directivos, sus colegas y la institución. Artículo 104: Estar al día con todo lo relacionado con las nuevas tendencias educativas, de acuerdo a la Ley. Artículo 105: Dar un trato cortés a todos los miembros de la comunidad educativa Artículo 106: Participar activamente en las jornadas deportivas, culturales y científicas que organice la Institución. Artículo 107: No llegar en estado de embriagues y/o efectos de alucinógenos a las labores académicas. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES. Artículo 108: La Institución Educativa Catalino Gulfo Establece los estímulos para los docentes que se destaquen por el cumplimiento fiel y esmerado de sus funciones por lo siguientes aspectos: a. Por su espíritu de colaboración en todas las actividades que se desarrollen. b. Por sus buenas relaciones con los miembros de los diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa. c. por el buen desempeño y dominio de su área.

Artículo 102: Mostrar sincero interés por el bienestar de sus estudiantes como profesional de la educación, haciendo presencia en los casos que lo requiera.

d. por mantener el orden. e. por todas aquellas cualidades y características contribuyen a un mejor funcionamiento de la Institución.

que

Artículo 109: Para efectos de éste manual se consideran estímulo para los docentes los siguientes: a. Participar en cursos de promovida por la institución.

capacitación,

actualización

b. Ser resaltados en el cuadro de honor en asambleas de padres y estudiantes por su desempeño. c. Conceder medalla al mérito el aquellos docentes destacados en campo científico, cultural y deportivo.

b. Dinámico y creativo, que muestre interés por representar y dejar en alto el nombre de la institución. c. Que formule y ejecute planes y proyectos de acción de mejoramiento de la planta física y el bienestar en general de la comunidad. d. Dirija el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativos y reporte las novedades del personal en forma objetiva y veraz, utilizando los conductos regulares. e. Brinde un trato cordial y respetuoso a toda la comunidad educativa.

DE LAS PROHIBICIONES Artículo 110: Las prohibiciones a los Docentes serán las mismas que se contemplan en el Decreto 2277 (Estatuto Docente), el Decreto 2480, Nuevo Código Disciplinario Único, Ley 734 de febrero 5 de 2002) y demás normas vigentes.

f.

El rector debe ser ejemplo de buenas costumbres y su comportamiento debe estar a la altura de su profesión y responsabilidad.

g. De excelente conducta ética y moral.

TUTULO II PERFIL DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA CAPITULO IV PERFIL DEL RECTOR. Artículo 111: El rector de la Institución Educativa Catalino Gulfo, debe tener las siguientes características: a. Humilde y veraz en el suministro de información y atención a la comunidad educativa.

h. Ser autentico líder, de buenas relaciones humanas, abierto a las innovaciones, con alto grado de respeto por la diferencia. i.

De equilibrio suficiente para tomar decisiones.

j.

Hábil para dirigir con autoridad y simpatía, fundamentadas en su sentido personal del orden.

k. Tolerancia, flexibilidad y exigencias equilibradas para tratar a las personas con individualidad y respetar las diferencias. l.

Con capacidad para asimilar las críticas que se formulen en el desempeño de su cargo

m. Que reconozca los meritos y logros de los diferentes agentes que conforman la comunidad educativa, siendo oportuno en el uso de los estímulos. CAPITULO V

g. Ser ejemplo de buenas costumbres y su comportamiento debe estar a la altura de su profesión y de su responsabilidad. h. Con habilidades para la comunicación oral y escrita. i.

Con capacidad para aprender permanentemente y de cambiar fácilmente a los nuevos paradigma.

Artículo 112: : EL docente de la Institución Educativa Catalino Gulfo, debe tener las siguientes características:

j.

Con vocación de la profesión docente demostrada en la eficiencia de su desempeño como profesional de la educación.

El Docente de la Institución Educativa Catalino Gulfo, debe tener las siguientes características:

k. Con madurez para asumir positivamente tanto los aciertos como los fracasos.

a. Líder dinámico, creativo, respetuoso de la opinión de los demás, amante de la ciencia y la naturaleza

l.

PERFIL DEL DOCENTE.

b. Que muestre interés por la cultura y el rescate de los valores morales éticos y cívicos. c. Que tenga una visión futurista y trabaje en favor de la conservación del medio ambiente. d. Que su personalidad trascienda positivamente los muros de la Institución. Promotor y ejecutor entusiasta de las políticas institucionales, e. Dinamizador de las actividades curriculares y extracurriculares f.

Tener un comportamiento acorde con la calidad del Docente, con espíritu de superación, capacitación e investigación.

De cultura amplia, que le permita disertar sobre la ciencia, la tecnología, la cultura, la educación y problemas básicos de la sociedad a nivel regional, nacional y mundial.

m. El perfil general del educador del siglo XXI, que necesita cualquier Institución es la de ser: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Líder Comunicador y formador Emprendedor Coordinador Creativo y visionario Flexible Tenaz y ambicioso ( para conseguir nuevos logros )

CAPITULO VI

estudiante a formar actúe dentro del entorno en el cual se encuentra y lo que le ofrece:

PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Artículo 113: El padre de familia y/o acudiente de la Institución Educativa Catalina Golfo debe tener el siguiente perfil: a. Participar activamente en el proceso de formación de su (s) hijo(s) y/o acudido(s). b. Presentar propuestas que contribuyan al mejoramiento de la gestión pedagógico y administrativa de la institución.

a. Ser idónea para plantear problemas y proponer soluciones a los mismos. b. Ser dueño de una autodisciplina que le permita continuar automáticamente su desarrollo personal. c. Que se identifique plenamente con su contexto sociocultural, actúe en él y que se sienta orgulloso de ello y de su trabajo.

c. Ser ejemplo de buenas costumbres y propiciar la formación social, ética, moral y demás valores del desarrollo humano.

d. Ser ciudadano amante de la paz, del progreso, honrado y trabajador y sobre todo, consciente de que la tierra debemos trabajarla, pero también debemos quererla y protegerla.

d. Fomentar el ejercicio de la democracia como parte fundamental del desarrollo humano.

e. Que sea un estudiante analítico, crítico y reflexivo capaz de tomar sus propias decisiones.

e. Participar y exaltar a la institución en eventos culturales, científicos y culturales.

f.

f. Tener espíritu de colaboración para con la institución.

h. Se caracterice por la honestidad, la honradez y la solidaridad.

g. Fomentar la fe cristiana entre los miembros de la comunidad educativa.

i.

Ser perseverante frente a las actividades que inicia.

j.

se sienta comprometido con la naturaleza, siendo respetuoso con la vida del medio ambiente.

g. Demostrar sentido de pertenencia hacia la institución.

CAPITULO VII PERFIL DEL ESTUDIANTE Artículo 114: Teniendo en cuenta el campo agrícola, ganadero y tecnológico en todo los aspectos que ofrece el Municipio de Valencia, esta Institución quiere que el perfil del

Ser respetuoso ante las creencia de los demás

k. Asuma una actitud crítica y formativa frente a la ciencia, la tecnología y demás elementos de su entorno. l.

Se inquiete por la ciencia, el arte y la tecnología.

m. Posea habilidades comunicativas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse como es debido.

f.

Ser diligente en la resolución comportamientos en la comunidad.

de

las

n. Con capacidad de liderazgo.

g. Se identifique con la filosofía institucional y propende siempre por el logro de objetivos comunes.

o. Respeta el medio ecológico y contribuye con su mejoramiento.

h. Ser líder en la formación integral de los hijos.

p. Ser cumplidor de sus deberes.

i.

Participar activamente en la gestión institucional.

q. Cuida de su salud mental y física.

j.

Tener sentido de pertenencia hacia la institución.

CAPITULO VIII

dificultades,

k. Ser respetuoso y agradecido con las personas que están construyendo hacia la formación de sus hijos.

PERFIL DEL PSICOORIENTADOR l. Artículo 115: El Sico-oietador de la Institución Educativa Catalino Gulfo, debe tener las siguientes características:

a. Reflejar empatía en las relaciones con los miembros de la comunidad educativa.

Apreciar, promover y vivir los valores familiares, sociales, culturales, cívicos, estéticos, ecológicos y religiosos.

m. Se formen en el respeto de los derechos humanos a la paz y a los principios democráticos de convivencia, justicia, equidad y tolerancia. CAPITULO IX

b. Ser ejemplo en su comportamiento ético-moral. c. Con capacidad de atención, observación y análisis para la atención al personal a quien le confían. d. Capacidad de liderazgo para trabajar con terapias de grupo. e. Ser muy confidencial con la información adquirida en el seguimiento del comportamiento que se le hacen a los alumnos.

PERFIL DEL PERSONAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Aseadora, Celador, Portero, Secretaria y Bibliotecaria) Artículo 116: El personal auxiliar administrativo Institución Educativa Catalino Gulfo, debe:

de

la

a. Poseer espíritu de colaboración, participación, eficiencia y proyección;

b. Ser responsable de su trabajo, capacitado e idóneo en la realización de sus funciones. c. Estar dispuesto siempre a brindar un trato cordial y respetuoso a todo el personal que se encuentre o llegue a la institución.

Parágrafo 5: Se consideran aspirantes nuevos a los que solicitan ingresos por primera vez a la institución, o aquellos que habiendo estado en ella hayan interrumpido estudios al menos por un año académico; y aspirantes antiguos a los que estudiando en el colegio soliciten cupo para el siguiente año lectivo.

LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO DE MATRICULA TITULO III Artículo 118: Para legalizar el contrato de matricula se deben presentar los siguientes requisitos:

ADMISIONES Y MATRICULAS ASPIRANTES NUEVOS Y ANTIGUOS CAPITULO X CRITERIOS DE ADMISIÓN Artículo 117: Para ser admitido se tendrán siguientes criterios:

en cuenta los

a. Que exista la disponibilidad de cupo. b. Autenticidad de los documentos presentados c. Presentación del observador del alumno, debidamente diligenciado. d. Someterse un plan de inducción para comprobar el nivel de desarrollo de habilidades del estudiante. Parágrafo 4: Se entiende por admisión al acto por el cual la institución incorpora la población estudiantil que voluntariamente solicita inscripción, trátese de personal nuevo o antiguo, a quienes de acuerdo con los requisitos exigidos por la institución. Pueden matricularse en alguno de los grados y/o ciclos que ésta ofrece en el caso de jornada nocturna.

a. Certificado de vacunación b. Registro civil de nacimiento y documento de identidad. c. Paz y salvo con la institución del año anterior, sí es alumno antiguo. d. Certificaciones de estudios anteriores al grado y/o ciclo por el cual se opta con el visto bueno del revisor de documentos asignado por el rector. e. Presentar carné de afiliación a una entidad prestadora de salud. f. Ser mayor de 15 años para aspirantes al programa presencial en el caso de la jornada nocturna. ( decreto 3011 de 1997 ) Parágrafo 6: En el caso de los estudiantes nuevos, además de los requisitos enunciados en los literales a, b, c, deben diligenciar formato de solicitud de inscripción. Parágrafo 7: CONTRATO DE MATRICULA: El contrato de matrícula es el acto por el cual el aspirante admitido adquiere la calidad de estudiante de la Institución. Se legaliza el contrato de matrícula con la firma del rector, la secretaria, el estudiante y padres de familia o acudiente. En la jornada Nocturna solo los estudiantes menores de edad requerirán para legalizar la

matricula la firma del padre o acudiente. El contrato de matricula se realizará por una sola vez al ingresar el estudiante a la

Institución, pudiéndose establecer renovaciones para cada periodo académico. (Art. 95 ley 115 d

Con la firma del contrato de matrícula el estudiante y los padres o acudientes (En caso de este ser menor de edad) aceptan la filosofía y principios fundamentales de la institución; se comprometen a respetar y cumplir sus orientaciones curriculares, reglamentos y demás disposiciones emanadas de la misma; así como a cancelar oportunamente los compromisos económicos que adquieren y responder por los daños causados a la institución. Igualmente adquieren el compromiso de prestar toda la colaboración que sea necesaria para la realización del Proyecto Educativo Institucional

ejercerán la vigilancia y control sobre el cumplimiento de estas regulaciones (Art. 183 ley 115 de 1994).

CAPITULO XI COSTOS ACADÉMICOS Artículo 119: VALOR DE LA MATRICULA: Es la suma anticipada que se paga una vez al año, en el momento de formalizar la vinculación del educando al servicio educativo, ofrecido por la institución educativa. Este valor no podrá ser superior al 10% de la tarifa anual que adopte el establecimiento (Art. 4 numeral 1. decreto 2253 de 1995) El gobierno Nacional regulará los cobros que puedan hacerse por conceptos de derechos académicos en los establecimientos educativos estatales. Para tales efectos definirá escalas que tengan el nivel socioeconómico de los educandos, las variaciones en el costo de vida, la composición familiar y los servicios complementarios de la institución educativa. Las secretarias de educación departamentales distritales o los organismos que hagan sus veces, y las de aquellos municipios que asuman la prestación del servicio público educativo estatal,

Parágrafo 8: En el caso de los estudiantes de la Jornada Nocturna deberá matricularse dos veces al año, en el primer semestre cuando vayan a cursar el ciclo 5 y en el segundo semestre al ingresar ciclo 6.