Ciclo de vida del Contribuyente. Conjunto de actuaciones, deberes y derechos del contribuyente ante la DGII, durante su vida como tal

Marzo, 2016 Ciclo de vida del Contribuyente Conjunto de actuaciones, deberes y derechos del contribuyente ante la DGII, durante su vida como tal. ...
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Marzo, 2016

Ciclo de vida del Contribuyente

Conjunto de actuaciones, deberes y derechos del contribuyente ante la DGII, durante su vida como tal.

¿Qué es un impuesto?

Un impuesto es un aporte, en dinero, que el Estado exige a los ciudadanos mediante leyes, para que contribuyan según su capacidad económica para cubrir los gastos del gobierno y a mantener los bienes y servicios públicos

Contribución especial es el tributo exigible por la obtención de una ventaja o beneficio individual o de grupo social, producto de obras o servicios públicos Tasa es el tributo exigible por la prestación efectiva o potencial de un servicio individualizado hacia el contribuyente

¿Qué es la DGII?

La Dirección General de impuestos Internos (DGII): institución del Estado que recauda y administra los impuestos internos y las leyes tributarias vigentes.

La DGII y la Dirección General de Aduanas (DGA) conforman la Administración Tributaria.

¿Quiénes son contribuyentes? Personas o empresas que realizan actividades económicas que generan obligaciones tributarias.

Tipos de contribuyentes: Personas Físicas o Naturales Personas Jurídicas o Sociedades

Etapas del Ciclo de Vida de las y los Contribuyentes Inscripción RNC

Solicitar Clave Oficina Virtual

Pagar impuestos

Contribuyente Presentar Declaración Jurada Llevar registros

Solicitar NCF

Emitir NCF

Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) Tipo de Contribuyente

Oficina Virtual (www.dgii.gov.do)

Administración Local

Persona Física (RNC igual al No. de Cédula)

-Formulario RC-01

-Formulario RC-01 -Copia Cédula

Persona Jurídica

-Formulario RC-02

-Formulario RC-02 -Copia Registro Mercantil -Copia nombre comercial

Números de Comprobantes Fiscales (NCF) •Son documentos que acreditan la transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestación de servicios, el cual debe cumplir siempre con los requisitos mínimos establecidos por la DGII. •Los NCF sirven para deducir gastos y costos del ISR o para utilizarlos como crédito fiscal del ITBIS.

Pasos para solicitar NCF Personas Físicas y Jurídicas Una vez inscrito en el RNC debe solicitar la verificación de los datos.

Luego de la autorización para imprimir los comprobantes fiscales puede solicitarlos por la Oficina Virtual, Administraciones Locales o Imprentas Autorizadas.

Utilizar los Números de Comprobante Fiscal (NCF) en sus facturas.

Inicio de la Actividad Económica Inicio de las actividades económicas o de servicios, es el momento a partir del cual los contribuyentes comienzan a operar el negocio o brindar los servicios que generen obligaciones tributarias.

A partir de este momento los contribuyentes deben:

 Emitir comprobantes fiscales

Registro de Operaciones En el registro de operaciones se debe llevar los registros de ingresos, costos y gastos de las actividades realizadas y de facturas propias del desarrollo de la actividad comercial o profesional.

En esta etapa los contribuyente deben:  Llevar registro de ingresos, costos y gastos.

Declaración Jurada Documento (formulario) que bajo fe de juramento, da constancia de los servicios prestados o de la actividad económica del contribuyente, en un período determinado.

Se presenta:  Anual (ISR, Activos, IPI, PST)  Mensual (ITBIS, Retenciones, ISC)

Presentación y pago impuestos

PRESENTAR Declaración Jurada

PAGAR IMPUESTOS

-Oficina Virtual (OFV)

-Administraciones Locales

-Administraciones Locales -Colecturías DGII -Bancos autorizados

Pago de impuestos •

Mediante cheque de administración a nombre de: “Colector de Impuestos Internos”, para montos iguales o superiores a RD$ 15,000.00



En efectivo para montos menores de RD$ 15,000.00. •Por transferencias a través de Internet banking. •Vía ventanilla en bancos autorizados.

Fin de la actividad económica Comunicar por escrito, justificando las razones del fin de la actividad. Puede ser un cese temporal, cierre definitivo, venta o fusión del negocio, si se trata de Persona Jurídica o fallecimiento en caso de Persona Física. Cese temporal: suspensión de las actividades de manera temporal, con el fin de reiniciarlas en el futuro, debiendo comunicar por escrito a la DGII cuando decidan reiniciar sus operaciones. Cierre definitivo: Es el proceso mediante el cual las sociedades y empresas individuales liquidan sus operaciones comerciales y con esto extinguen su personalidad jurídica.

Fin de la actividad económica

Venta: todo acto por el que se transfieren bienes o presten servicios a título oneroso (entrega de dinero).

Fusión: disolución de dos empresas independientes, que se unen para dar paso a la creación de una nueva empresa.

¿QUÉ VAS A HACER

CUANDO TE GRADUES?

Hay varios caminos que puedes seguir, pero cualquiera de ellos te convierte en un Contribuyente, independientemente de tu profesión o de la actividad a desarrollar.

CAMINOS A SEGUIR CAMINO

ACTIVIDAD A DESARROLLAR

CAMINO 1

• Si creas una Empresa, SRL, EIRL, ANONIMA

CAMINO 2

• Si trabajas como Profesional Liberal o Independiente (Médico, Abogado, Ingeniero, Contador, entre otros)

TIPO DE CONTRIBUYENTE

PERSONA JURÍDICA

PERSONA FÍSICA

• Si creas un Negocio de Único Dueño (tienda, farmacia, pequeña o mediana empresa, entre otros)

CAMINO 3

• Si trabajas como Empleado en Relación de Dependencia en empresa privada o institución pública

ASALARIADO

Inicio de su Actividad Económica/ Registrar sus operaciones Compras y ventas

 Personas Físicas y Jurídicas .Una vez inscritos en el RNC y obtenidos sus NCF, recién pueden iniciar su actividad económica y deben empezar a registrar todas sus operaciones (compras y ventas)

 Asalariados.Se origina cuando comienzan a trabajar en una empresa privada o institución pública

“Educando por una Ciudadanía Fiscalmente Responsable”