La defensa del contribuyente ante las inspecciones de DGI, BPS y DNA

Crónica del Diario El Pueblo de Salto 15.07.2012 La defensa del contribuyente ante las inspecciones de DGI, BPS y DNA El abogado Jorge Bentancur, per...
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Crónica del Diario El Pueblo de Salto 15.07.2012

La defensa del contribuyente ante las inspecciones de DGI, BPS y DNA El abogado Jorge Bentancur, perteneciente a la consultora KPMG, brindó días pasados en la sede del Centro Comercial e Industrial de Salto en el marco del Ciclo de Conferencias 2012, una charla sobre “la defensa del contribuyente ante las inspecciones de DGI, BPS Y DNA (Dirección Nacional de Aduanas)”. En un enfoque sencillo y fundamentalmente práctico, se ilustró sobre los límites dentro de los cuales debe actuar el fisco y sobre los derechos de los contribuyentes. Se abordó temas tales como el tipo de documentos a los que pueden acceder los inspectores, las posibilidades de que los retiren de la empresa, la posibilidad de acceder y copiar archivos informáticos, las formalidades que deben observarse durante una inspección, los lugares a los que pueden acceder los inspectores, entre otras cuestiones de interés. EL PUEBLO participó de esta interesante charla de casi tres horas y que hoy comparte un extracto de la misma. HERRAMIENTAS PARA UNA MEJOR INSPECCIÓN “La idea es aportar herramientas que permitan la mejor administración de una inspección, porque no hay peor cosa que el desconocimiento de dónde están los límites. Cuando uno conoce los límites, qué es lo que puede pedir y qué es lo que puede hacer un inspector, qué documentación puede pedir, si puede o no copiar el disco duro (de su computadora o la de la empresa). Uno puede administrar mejor los pedidos y canalizarlos por dónde es debido para proteger los intereses propios del contribuyente”. “Uno no viene a traer ideas para proteger a defraudadores, uno lo que piensa es en preocuparse en el comerciante, en el que presta servicios, en el industrial o en el profesional que actuando de buena fe se encuentra con una administración tributaria que tiene criterios muy controversiales. En general los fiscos en el mundo suelen tener criterios que son fiscalistas más allá de lo que dicen las normas, pero en nuestro país hoy nos estamos encontrando con un fisco que tiene criterios muy controversiales. Entonces cuando uno no sabe dónde están los límites y es completamente dadivoso o permisivo en cuanto a entregar documentación e información, lo que seguramente se encuentre al final del día es una liquidación de adeudo que no corresponde a

las normas aplicables, ya sea porque, algo que es muy frecuente en la administración tributaria, lo hace la DGI, lo hace el BPS, liquidar sobre base no real, los principales impuestos de Uruguay -el impuesto a la renta empresarial, el IVA, el IMESI, el impuesto al patrimonio- se liquidan sobre base real, porque las normas legales que son las que en Uruguay estructuran estos tributos, obligan a ir sobre base real, ya sea la renta real, los servicios reales, las ventas reales, la remuneración real de los trabajadores”. “Sin embargo, estamos más que acostumbrados a que los inspectores suelen tomar información parcial, una muestra, que luego proyectan y sobre la cual luego suelen hacer sus liquidaciones. Eso no respeta las normas vigentes”. “Solo quiero significarles que nos encontramos con un fisco que actúa en forma controversial, por lo que se tiene que estar mucho más atento aún a la hora de administrar la inspección, para evitar tener que llegar a instancias de discusión sobre la deuda. La experiencia indica que desgraciadamente los uruguayos no solemos discutir con el fisco. Me adelanto a decir que los casos que llegan a tribunales en Uruguay son un porcentaje muy menor, pero de ese porcentaje menor el Estado pierde más del 95% de los casos”. ASPECTOS GENERALES “El fisco inspecciona porque la Constitución uruguaya le da facultades al Poder Ejecutivo de recaudar las rentas que de acuerdo con la ley corresponda. Es decir, el fisco no pone las reglas, es parte de una administración pública ejerciendo una función importantísima para el Estado moderno como es recaudar los recursos monetarios necesarios para que se vuelquen en educación, salud… lo que es importantísimo, pero el Estado es administración que recauda, y como toda organización pública tienen una estructura jerárquica, por lo que el organismo se expresa a través de jerarquías”, tanto en la DGI, como en el BPS y como en la Aduana”. “Cuando se va a una inspección, cuando el Estado va a actuar respecto a los contribuyentes, hay un jerarca que toma una decisión, no es un funcionario que decide por sí y ante sí inspeccionar, tiene que haber una orden de un jerarca. ¿Por qué señalo esto? Porque el jerarca debe indicar qué tributos se van a inspeccionar y en qué período. ¿Y por qué eso es bueno que el contribuyente lo sepa desde el inicio? Porque marca la cancha de la inspección, le pone un límite temporal objetivo. No es lo mismo que vengan a inspeccionar dos años que tres o que uno, porque si después me van a pedir la documentación, que me pidan la que corresponde a la inspección y

no me pidan la de dos o tres años para atrás si la inspección solo abarca uno”. “Esto por ejemplo en el BPS es interesantísimo, porque en fecha reciente hubo una resolución del Directorio del organismo que decía que las inspecciones no podían ir más de un año para atrás si la diferencia detectada en forma preliminar no superaban el 5% de la aportación total… por eso es muy importante qué período y qué tributos porque le pone un límite, y el contribuyente tiene derecho a saberlo, de hecho lo puede preguntar”. IMPORTANCIA DEL ACTA DE INSPECCIÓN “La DGI, que ya no trae más las órdenes de inspección que era un viejo formulario que había en el organismo, a partir de una resolución del año 2011 tiene lo que se llama el acta de inspección que labra al momento que la inicia. Se trata de un documento que dice algo así como, ‘En Salto, a tantos días del mes de julio de 2012, compadecen los suscriptos que son funcionarios de la Dirección General Impositiva ante fulano que dice ser el contador de la empresa o el titular y se deja la siguiente constancia’, ahí se hacen las preguntas y se anotan las respuestas. En esa acta se puede pedir que se deje constancia de qué período se viene a revisar porque yo tengo derecho a saber qué información y qué documentos me van a pedir. Me consta que los funcionarios salen al interior a hacer algo más parecido a un cepillaje donde se inspecciona todo. Eso no es posible, no se puede inspeccionar todo, y menos en una semana o dos o tres días. Pero si es así, seamos inteligentes y que dejen en el acta que inspeccionan todo, porque si mañana surge una deuda del IVA de un año y la termino pagando, la inspección de alguna manera me saneó porque dijo que inspeccionaba todo y por tanto de IRAE no debo nada, de IMESI tampoco y esa acta se vuelve una constancia que no debo nada más. Se trata entonces de un derecho del contribuyente, saber que hay límites”. COORDINADOR DE LA INSPECCIÓN “Las empresas uruguayas, las grandes, medianas, pequeñas y unipersonales, no están acostumbradas a las inspecciones, entonces pasa que la gente no está preparada. Tan es así que si viene la DGI, ¿quién la atiende? No se sabe, cuando llegue el momento se arregla. Bueno, eso no es lo recomendable. Lo que es recomendable es que haya un coordinador de la inspección, que quizás se deba tener pensado de antemano quién va a atender a la DGI, al BPS, o a la Aduana, obviamente debe ser quien dentro de la empresa maneje esos tributos”.

“La experiencia indica que la gente no se comporta así y eso va en detrimento de la buena administración de la inspección, porque el coordinador es muy importante en muchos aspectos. Doy un ejemplo. Supongamos que mañana hay una reliquidación de IVA de dos años cuando en realidad a la empresa le pidieron tan solo las boletas reales de un trimestre, ¿cómo liquidaron dos años con datos reales de un trimestre? Hicieron una ficción para el resto, y eso no corresponde a lo que es la regla, la que solo se admite en casos excepcionales. Así que el coordinador en ese caso es el que tiene la prueba porque es el que tiene la copia del acta que documenta la información de la inspección de que la liquidación se hizo sobre base no real, eso le da la fortaleza al contribuyente porque tiene la prueba que esa liquidación está hecha en forma ilegítima”. “Otra cuestión importante para el coordinador, es que puede ser los ojos de la empresa en toda la actuación de los inspectores. Yo sé que los inspectores de la DGI, y en especial los del BPS, buscan entrar e interrogar a mansalva a la gente, pero no es así, el contribuyente tiene derecho a controlar la prueba, y entre ese control es estar presente y controlar las preguntas que se hacen. Ese derecho, por ejemplo, se puede ejercer a través del coordinador, quien mejor que nadie sabe porque lleva consigo el historial de las distintas inspecciones a través de las copias de las actas –porque tiene derecho a quedarse con ellas, recordemos-, qué preguntas ya se han hecho, qué documentos ya se pidieron, y en consecuencia, rechazar los pedidos de documentación ya entregada o de información que lo único que busca es la reliquidación de adeudos y que ya está en poder de los funcionarios pero que no se quiere tomar el trabajo de procesarlas. En buen romance, el coordinador al ser conocedor de la inspección puede proteger los intereses del contribuyente de otra manera, porque va llevando en su disco duro todo el historial de la actuación inspectiva. O sea que la existencia de un coordinador es de alto interés”. APOYO DE ASESORES “Muchas veces el uruguayo es de ir al médico cuando algo le duele mucho, no somos previsores y nos asesoramos antes de actuar. Por lo general primero actuamos y después preguntamos. Y en materia tributaria, en especial durante una inspección, puede ser grave, se los ilustro con una pequeña anécdota”. “Un día un cliente me llama a las once y media de la mañana que estaba la fuerza de choque de la Aduana, entonces le dije que esperara que salía volando para ahí, y como mi estudio y la empresa de esta persona estaban en el centro y cerca, sabía que iba a llegar rápidamente. Así que me tomé un taxi y llegué, ‘¿qué pasó?’, ‘Están desde las ocho y media de la mañana acá’.

Ya tenían todo en cajas guardado, casi todos los discos duros copiados, así que llegué a un escenario donde estaba todo el pescado vendido, poco podía hacer”. “Lo único que pude hacer es preguntar a la encargada de finanzas de la empresa sobre si de todo lo que se llevaban podía ocasionar algún perjuicio a la empresa, ‘y que yo sepa no’. Hete aquí que en uno de los discos duros que habían copiado había un programa de software que permitía emitir una factura idéntica a una factura que le daba un proveedor de Estados Unidos. ¿Cuál fue la suspicacia? ‘Esta factura que me diste de enero y febrero, ¿se imprimió acá o se imprimió allá?’ Eso le costó 450 mil dólares de impuesto de importación porque no hubo cómo probar, era costosísimo probar, que ese software no había emitido esas boletas. Una deuda totalmente evitable si al asesor se le hubiese llamado a tiempo”.

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