TURISMO CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

UNIVERSIDAD CATOLIDA DE SANTIAGO DEL ESTERO FACULTAD DE CIENCIAS ECONIMOCAS LICENCIATURA EN TURISMO “TURISMO CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN SAN SAL...
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UNIVERSIDAD CATOLIDA DE SANTIAGO DEL ESTERO FACULTAD DE CIENCIAS ECONIMOCAS LICENCIATURA EN TURISMO

“TURISMO CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN SAN SALVADOR DE JUJUY”

Alumna: GUADALUPE NUÑEZ Profesor Guía: JORGELINA DUARTH 20011

“Turismo con Igualdad de Oportunidades en San Salvador de Jujuy”

Agradecimientos

Es difícil expresarlo, es una mezcla de sensaciones fuertes que me movilizan. Quiero comenzar dedicando este trabajo de investigación, fruto de tanto esfuerzo, a la mujer que fue y será la persona más importante de mi vida. Hoy mi ángel de la guarda. Tanto le pediste a Dios que te deje vivir para verme recibida y aunque no pudo ser así tengo la seguridad de que en algún lugar está orgullosa de mis logros. Gracias abuela por haberme dado las fuerzas y las energías para seguir adelante. Ahora si te puedo decir que cumplí con nuestra promesa!!! Me gustaría continuar agradeciéndole a mi familia por tanto esfuerzo y a todas las personas que me acompañaron incondicionalmente en este proceso. Agradezco también a la Universidad Católica de Santiago del Estero y a la docente de la cátedra Lic. Lucila Zárate por haberme abierto las puertas y haberme dado la oportunidad de concluir mi meta depositando su confianza en mí. En cuanto a mí, siento una alegría inmensa por concluir un ciclo tan importante. Me queda la enseñanza de que en la vida es necesario luchar y ser constante para llegar a dónde uno se propone.

INDICE INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………1 PARTE I CAPITULO I……………………………………………..……………DE LAS LEYES 1- LEYES NACIONALES.…………………………………………………………….3 1.1-Turismo como Derecho…………………………………………………………4 1.2-Accesibilidad……………………………………………………………………....6 1.3-Condiciones de Accesibilidad………………………………………………….8 1.4Discapacidad………………………………………………………………………10

PARTE II CAPITULO I…………………………………………………DE LAS ENTREVISTAS 1-Finalidad de las entrevistas……………………………………………………...12 2- INFRAESTRUCTURA……………………………………………………..……...13 2.1-Segmento de PCR………………………………………………………………..13 2.2-Accesibilidad al Medio Físico……………………………………………………14 2.3-Barreras Arquitectónicas…………………………………………………………15 2.4-Condiciones de Accesibilidad…………………………………………………...15 2.5-Control de Cumplimiento………………………………………………………....16 2.6-Facilidades en cuanto a Accesibilidad………………………………………….17 2.6.1-Entradas………………………………………………………………………….17

2.6.2-Escaleras…………………………………………………………………………18 2.6.3-Rampas…………………………………………………….…………………….19 2.6.4-Baños Adaptados……………………………………………………………….20 2.7-Obras de Accesibilidad…………………………………………………………...21 2.8-La Accesibilidad y su importancia en el Mercado……………………………..22 3-SERVICIOS: 3.1-Necesidades de las PCR…………………………………………………………24 3.2-Calidad……………………………………………………………………………..25 3.3-Vocación de Servicio……………………………………………………………..27 3.4-Predisposición en el servicio……………………………………………………27 3.5-Satisfacción del Cliente………………………………………………………….29 4-CAPACITACIÓN DEL PERSONAL: 4.1-Capacitación………………………………………………………………………31 4.2-Concientización y Discriminación de las PCR……………………………….32 4.3-Capacitación del Personal………………………………………………………35 4.4-Comunicación…………………………………………………………………….35

CAPITULO II……………………………………..DEL REGISTRO FOTOGRÁFICO 1-Finalidad……………………………………………………………………………..37 2-ATRACTIVOS TURÍSTICOS………………………………………………………39 2.1-Plaza Belgrano…………………………………………………………………….39

2.2-Cabildo……………………………………………………………………………..40 2.3-Iglesia Catedral……………………………………………………………………41 2.4-Paseo de Artesanías……………………………………………………………..42 2.5-Centro Cultural Culturarte……………………………………………………….42 2.6-Casa de Gobierno………………………………………………………………...43 2.7-Iglesia San Francisco…………………………………………………………….45 2.8-Museo de Artes Sacro…………………………………………………………….46 2.9-Museo Lavalle……………………………………………………………………..46 2.10-Teatro Mitre……………………………………………………………………….47 2.11-Paseo de Artesanos …………………………………………………………….48 3-ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS…………………………………………………..49 3.1-Hotel Howard Johnson…………………………………………………………...49 3.2-Hotel Palace………………………………………………………………………..50 3.3-Hotel Fenicia……………………………………………………………………….51 3.4-Hotel Gregorio I………………………………………………………………….....52 3.5-Hotel Augustus…………………………………………………………………….53 3.6-Hotel Internacional………………………………………………………………...55 3.7-Hotel Sumay………………………………………………………………………..56 3.8-Hostería Terraza Balcarce………………………………………………………...57 3.9-Apart Hotel el Hunacar…………………………………………………………….58 4-GASTRONOMÍA……………………………………………………………………..60

4.1-Pizzería A.B.A……………………………………………………………………….60 4.2-El Mojón Empanadería……………………………………………………………..61 4.3-Parrillada lo de Oveja……………………………………………………………….62 4.4-Pizzería Tío Bigote………………………………………………………………….63 4.5-Restaurant Manos Jujeñas………………………………………………………..64 4.6-Carena Resto Bar…………………………………………………………………..64 4.7-Chun King Restaurant…………………………………………………………….65

1-CAMPAÑA DE SENCIBILIZACIÓN…………………………………………….….67 1.1- Campaña de formación/información dirigida a actores involucrados....68 1.2- Propuesta de creación de identidad grafica.……...………………………...68 1.2.1-La Marca…………………………………………………………………………..69 1.2.2-Propuesta Audiovisual…………………………………………………………..69 1.2.3-Propuesta Grafica………………………………………………………………..71 1.2.3.1-Gigantografías……………………………………………………………….....71 1.2.3.2-Remaras y Gorras……………………………………………………………...72 1.2.3.3-Folleto…………………………………………………………………………...73 1.2.3.4-Calcomanías……………………………………………………………………74 1.2.4-Propuesta Radial………………………………………………………………....74 1.2.5- Propuesta 2.0…………………………………………………………………….75

CONCLUSION…………………………………………………………………………..77 BIBLIOGRAFIA………………………………………………………………………….79 ANEXOS……………………………………..…………………………………………...85 -Anexo I Leyes………………………………………………………………..………….86 -Anexo II Guión de Entrevista………………………………………………….……..131 -Anexo III Entrevistas………………………………………………………….……….132 -Anexo IV Mapas…………………………………………….…………………………157

INTRODUCCIÓN El turismo es un derecho de todos, nos integra socialmente y forma parte de nuestra vida diaria. El turismo accesible implica un turismo para todos y establece pautas de integración respecto de las actividades recreativas, turísticas y culturales ya sea para Personas con Capacidades Restringidas (PCR) o sin ellas, y su grupo familiar, amigos o allegados, teniendo como especial objetivo una

verdadera

integración física, funcional y social de las PCR, planificando un futuro sin barreras y adaptando el medio actual mediante su eliminación gradual. En la actualidad en San Salvador de Jujuy se considera que es insipiente el tema de la accesibilidad. Las personas con capacidades restringidas (PCR) no pueden disfrutar de la provincia o lo hacen con grandes dificultades debido a que las infraestructuras y los equipamientos no presentan las condiciones de accesibilidad adecuadas a sus necesidades. A partir de esta percepción en relación a la temática de Turismo Accesible en San Salvador de Jujuy se plantean las necesidades de conocer el marco legal existente a nivel nacional y específicamente en San Salvador de Jujuy para conocer cuáles son las bases sobre las que se sienta la accesibilidad. Se considera fundamental también la necesidad de saber cuan informados están los principales actores intervinientes en la actividad turística en cuanto a la temática de infraestructura, servicios y capacitación para atender al segmento de Personas con Capacidades Restringidas. Es importante así mismo investigar qué es lo que hay a disposición de las PCR en cuanto a accesibilidad en los atractivos, hoteles y gastronomía del casco céntrico de la ciudad a través de tomas fotográficas.

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Teniendo una primera mirada de la situación actual de San Salvador de Jujuy se diseñará una propuesta de sensibilización que aporte a la concientización a través de herramientas comunicacionales a los actores directos e indirectos de la actividad turística como así también a la comunidad en general. Para dicha propuesta se hará uso de herramientas comunicacionales como la comunicación visual y grafica: folletos, carteles, gigantografias en la vía pública especialmente en las zonas más transitadas y accesos a la ciudad. Se utilizará también la televisión y la radio como medios masivos de comunicación. Es fundamental proponer un ciclo de seminarios teóricos destinados a los actores directos de la actividad turística con la participación de disertantes especializados en la temática para concientizar y lograr así que el Turismo Accesible logre el valor que merece, ya que es un derecho de todos. La PCR debe poder integrarse a su grupo de pertenencia y al medio en el que desea desenvolverse, sin que existan barreras que impidan o dificulten el desarrollo de sus actividades en su entorno social y físico. El turismo accesible es un derecho que hace a la dignidad y realización humana de las PCR, es también una obligación para toda la sociedad.

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PARTE I CAPITULO I: DE LAS LEYES 1. LEYES NACIONALES Es necesario conocer el marco legal en el cual se sustenta la accesibilidad y el turismo en Argentina y San Salvador de Jujuy específicamente. Para ello se recurrió a la búsqueda y selección de datos secundarios en la legislatura de la provincia de Jujuy. No se encontró dificultades para acceder a la información dado que en legislatura al solicitar esta documentación se pudo ver que la misma se encontraba dividida en carpetas por temática. Para este caso específico se requirió las carpetas de las temáticas de turismo, accesibilidad y discapacidad. De las mismas se seleccionó las leyes específicas relacionadas con el presente trabajo. A nivel nacional se trabajó con las siguientes leyes: . Ley Nacional de Turismo 25.997. . Ley Nacional de Turismo Accesible 25.643. . Ley de Sistema de Protección Integral de las Personas Discapacitadas 22.431. . Decreto 914/97. Especificaciones de los art.20-22 de la ley 22.431. Es importante destacar que a nivel provincial y municipal sólo se encontraron leyes de adhesión a las leyes nacionales y leyes de creación de organismos relacionados con la discapacidad que para el presente trabajo no son relevantes. Es fundamental conocer las leyes que regulan la accesibilidad en relación con el turismo porque son las bases en las que se sienta el ejercicio de esta actividad.

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ANALISIS DE LA LEGISLACIÓN Para el análisis correspondiente se tomó fragmentos de las leyes específicas para la investigación. 1.1 Turismo como derecho Los principios de la ley Nacional de Turismo 25.997 expresan lo siguiente:

TURISMO ACCESIBLE - Ley Nacional de Turismo 25.997 Los Principios (Turismo social- servicios accesibles-accesibilidad) “Desarrollo social, económico y cultural”: Consagra al turismo como un derecho social y económico de las personas. Tal reconocimiento tiene dos aspectos fundamentales:  Uno de carácter individual.  Otro de carácter social.

El principio afirma que el turismo no solo es un derecho social, sino también económico. Es por ello que el título V del capítulo III de la ley se refiere al turismo social como aquel dirigido a facilitar su acceso a todos los sectores de la sociedad. A tal efecto, el artículo treinta y nueve encarga a la autoridad de aplicación la elaboración de un Plan de Turismo Social, con el objeto de promover la prestación de servicios accesibles a la población, privilegiando los sectores vulnerables de la sociedad en su disfrute.

“Accesibilidad”: Considerada como la eliminación de barreras que impiden el uso 4

y goce del turismo, vuelve a reiterar, en lo particular, la vigencia del turismo como un derecho de todos los habitantes, sin discriminación alguna. (Pag. 9-10)

En los principios quedan sentadas las bases de la actividad. Se hace referencia al turismo como un derecho social y económico de las personas. En los mismos se define el concepto de accesibilidad en una clara muestra de que la temática ha sido incorporada en la agenda pública. La ley 25.997 contempla también el concepto de accesibilidad haciendo referencia a la eliminación de barreras que impiden el goce del turismo y vuelve a reiterar que el turismo es un derecho de todos los habitantes sin discriminación alguna. El turismo es un derecho de todos como miembros de una sociedad y sin discriminación alguna tendiendo a que Restringidas no se

las Personas con Capacidades

vean limitadas a la hora de desenvolverse de manera

autónoma en un destino, procurando la eliminación de barreras que pudiesen entorpecer el desplazamiento de las mismas. Siguiendo con el tema de accesibilidad la ley hace referencia a la elaboración de un Plan de Turismo Social cuya autoridad tiene a su cargo promover la prestación de servicios accesibles. Es importante mencionar que el organismo de control es la Secretaria de Turismo de la Nación. A nivel provincial este órgano está representado por la Secretaria de Turismo de San Salvador de Jujuy, organismo dependiente del gobierno de la provincia. Las leyes Nacionales son controladas por el organismo nacional y al mismo tiempo son aplicables en las provincias.

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El organismo nacional tiene como uno de sus deberes promover una conciencia turística en la población velando por los derechos de las PCR con la finalidad de mejorar su calidad de vida. La accesibilidad es un derecho tanto individual como social no sólo destinado al turismo sino también a la sociedad en general.

1.2 Accesibilidad Más allá de que los cambios que propone la ley aún no se concreten comienzan a verse fundamentalmente en los nuevos edificios algunos signos en respuesta a la temática de accesibilidad y turismo, pero es importante mencionar que este trabajo es incipiente aún. Con respecto al concepto de Accesibilidad, la ley Nacional de Turismo Accesible 25.643 menciona lo siguiente:

ACCESIBILIDAD Ley 25.643. Ley Nacional de Turismo Accesible Artículo 1°: - Turismo accesible es el complejo de actividades originadas durante el tiempo libre, orientado al turismo y la recreación, que posibilitan la plena integración -desde la óptica funcional y psicológica- de las personas con movilidad y/o comunicación reducidas, obteniendo durante las mismas la satisfacción individual y social del visitante y una mejor calidad de vida. (Pag….)

Así mismo la ley de Sistema de protección integral de las personas discapacitadas 22.431, en su Artículo 20, entiende por accesibilidad:

ACCESIBILIDAD

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Ley 22.431. Sistema de protección integral de las personas discapacitadas. Artículo 20: A los fines de la presente ley, entiéndase por accesibilidad la posibilidad de las personas con movilidad reducida de gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria, sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico o del transporte, para su integración y equiparación de oportunidades. (Pág.6)

Como se puede ver en las leyes con diferentes términos, se hace referencia al concepto de accesibilidad como la integración e igualdad de oportunidades, con el fin de una mejor calidad de vida para las PCR. Los conceptos de accesibilidad buscan la unificación y revertir esa idea tan herrada sobre las PCR que algunos miembros de la sociedad aún tiene. Es necesario abandonar la concepción de las personas con discapacidad como sujetos de caridad con el fin de equiparar las oportunidades para las PCR y lograr su plena inserción social. Con este concepto se busca tomar conciencia de las personas con discapacidad como sujetos de derechos.

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1.3 Condiciones de Accesibilidad En el decreto 914/97 se mencionan las condiciones de accesibilidad:

ACCESIBILIDAD Decreto 914/97. (Especificaciones de los art.20-22 ley 22.431) ARTICULO 20:  Elementos de urbanización: (Senderos y veredas; desniveles: vados y rebajes de cordón, escaleras exteriores, rampas exteriores; servicio sanitario público; estacionamiento de vehículos).  Mobiliario urbano: (Señales verticales y mobiliario urbano; obras en la vía pública; refugios en cruces peatonales). ARTICULO 21:  Edificios con acceso de público de propiedad pública o privada: (Prescripciones generales: accesibilidad el predio o al edificio; solados; puertas; luz útil de paso; formas de accionamiento: accionamiento automático, accionamiento manual; herrajes: herrajes suplementarios, herrajes de retención; umbrales; superficies de aproximación; puertas con bisagras: aproximación frontal, aproximación lateral; puertas corredizas con aproximación frontal; señalización de locales que se vinculan con la puerta; zona de visualización; puertas y/o paneles fijos de vidrio: identificación en puertas de vidrio, identificación en paneles fijos de vidrio; puertas giratorias; circulaciones: circulaciones horizontales: caminos rodantes horizontales; circulaciones verticales: escaleras y escalones, escaleras principales, pasamanos en escaleras, escaleras mecánicas; rampas: pendientes de rampas interiores, pendientes de rampas exteriores, prescripciones en rampas, pasamanos en rampas; ascensores: cabinas: tipos, teléfonos de emergencia y timbres de alarma en cabina, 8

pasamanos en cabinas de ascensores, señalización en la cabina, piso de la cabina, botonera de la cabina; rellanos: dimensiones de rellanos, pulsadores en rellanos, mirillas en puertas del rellano; puertas de cabina y rellano: altura, ancho, tiempo de apertura y cierre de puertas, nivelación, separación, medios alternativos de elevación; locales sanitarios para personas con movilidad reducida: generalidades, inodoro, lavabo, ducha y desagüe de piso; zona de atención al público; estacionamiento de vehículos; prescripciones para algunos destinos: hotelería, comercio, industria, esparcimiento y espectáculos públicos, sanidad, educación y cultura, infraestructura de los medios de transporte, deporte y recreación, religioso, geriatría).  Edificios en vivienda colectiva: (Zonas comunes; zonas propias: puertas, circulaciones horizontales, locales sanitarios, cocina. ARTICULO 22:  Transporte automotor público colectivo de pasajeros: (Vehículos urbanos y suburbanos de corta y media distancia; vehículos de larga distancia).  Transporte subterráneo.  Transporte ferroviario: (Transporte ferroviario de corta y media distancia; servicios ferroviarios de larga distancia).  Transporte aéreo.  Vehículos particulares.

Dichas condiciones son las que deben tener los elementos de urbanización, mobiliario urbano, edificios con acceso de público de propiedad pública o privada, edificios en vivienda colectiva y transporte. 9

La finalidad de la eliminación de barreras es hacer accesible gradualmente el entorno existente, con el fin de que todas las personas lo puedan utilizar de manera libre, segura y lo mas autónoma posible. No se trata de que todo el espacio urbano sea accesible en lo inmediato (sí en lo mediato), pero sí de que vayan existiendo itinerarios accesibles, de acuerdo con la normativa existente que permitan a la población desplazarse de manera lo mas autónoma posible, con dignidad y con seguridad pudiendo utilizar, así mismo, todos los espacios, edificios y servicios públicos, que también serán adaptados.

1.4 Discapacidad El Sistema de protección integral de las personas discapacitadas hace referencia a:

DISCAPACIDAD Ley 22.431. Sistema de protección integral de las personas discapacitadas. ARTICULO 1°: Instituyese por la presente Ley, un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, tendiente a asegurar a éstas su atención médica, su educación y su seguridad social, así como a concederles las franquicias y estímulos que permitan en lo posible neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca y les den oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las personas normales.

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ARTICULO 2°: A los efectos de esta Ley, se considera discapacitada a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral. (Pág.1)

El artículo 1 hace referencia a dar la oportunidad a los discapacitados para que puedan desenvolverse en la comunidad en la medida de las posibilidades como personas normales. Es decir que hace hincapié en la igualdad de oportunidades y la inclusión de los discapacitados con respecto a los miembros de la sociedad que se desempeñan normalmente. Se sabe que la igualdad actualmente no es una realidad por la diferencia que marca la sociedad pero lo que se busca es eliminar los impedimentos que el mismo contexto ofrece a los “diferentes” como un elemento limitador o limitante. Con dicha legislación se quiere lograr un cambio de precepción sobre la discapacidad, propendiendo a la integración de todos los miembros de la sociedad como sujetos de derecho. En el artículo 2 la ley 22.431 se define el término de discapacitado con el cual se busca una plena integración y que se de oportunidades a los discapacitados.

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PARTE II CAPITULO II: DE LAS ENTREVISTAS En este capítulo se analizan en resumen cada una de las entrevistas realizadas para lograr una contrastación de la realidad con lo que las leyes (capítulo anterior) dicen. La finalidad de la implementación de las entrevistas es conocer cuál es el grado de accesibilidad que presentan los establecimientos turísticos, ubicados en el casco céntrico de la ciudad, para atender al segmento de PCR. El guión de entrevista fue estructurado en tres ejes cuya temática principal es infraestructura, servicios y capacitación de personal. Se seleccionó la temática mencionada para los ejes por considerar que son las condiciones fundamentales y necesarias a la hora de brindar un servicio accesible. Las entrevistas fueron dirigidas a empresarios de la actividad turística que se desenvuelven en el casco céntrico de San Salvador de Jujuy. La muestra seleccionada para dicha investigación fue de seis establecimientos turísticos que se consideran más visitados por los turistas cuando recorren la ciudad. Entre los cuales se encuentran dos hoteles (Hotel Palace y Hotel Howard Johnson), la Secretarias de Turismo (Área Informes), dos museos (Museo Lavalle y Museo de Artes Sacro) y un establecimiento gastronómico de comidas regionales (Viracocha).

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2. INFRAESTRUCTURA 2.1 Segmento de Personas con Capacidades Restringidas Según la ENDI (Encuesta Nacional de Discapacidad – Argentina) existen en nuestro país un 7,1% de personas con discapacidad permanente (motrices, sensoriales, mentales y viscerales); y que a ese porcentaje habría que sumársele el de personas que por una u otra causa ven limitadas sus posibilidades de desplazamiento, orientación y/o uso de instalaciones de manera temporal (mujeres embarazadas, familias con niños entre tres meses y dos años, niños entre seis y diez años, personas obesas, personas que cargan bultos, accidentados con discapacidad en rehabilitación sin secuela posterior, etc.); agregándose además la franja de la tercera edad; y el núcleo familiar, contenedor o acompañante circunstancial correspondiente a dichas personas; se llega a una cifra, que realmente sorprende, de casi un 40% de la población que padece algún impedimento de uso del medio físico que no está debidamente preparado en lo que se refiere a las actividades de la vida diaria. (Manual de Accesibilidad, 2003). Partiendo del principio de que todas las personas son únicas en cuanto a sus capacidades y limitaciones, no tienen porque presentar requisitos de accesibilidad recíprocamente conflictivos. En realidad todas las personas, sin distinción alguna, pueden beneficiarse con la ampliación del alcance de accesibilidad. Por ejemplo, el acceso a cualquier edificio es más fácil para cualquier personasean bajas, altas, obesas, delgadas, fuertes o débiles- si las puertas se abren con suavidad y la distancia útil de paso es alta, ancha y no tiene escalones.

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No hay duda de que un interruptor de luz a un metro del nivel del piso puede ser utilizado tanto para un adulto alto como para una persona baja, y de que la instalación de un ascensor beneficia a todos y más si ese ascensor tiene las medidas lógicas para que, con comodidad, pueda instalarse desde una persona usuaria de silla de ruedas hasta tener la posibilidad de efectuar una mudanza. No es necesario crear soluciones independientes o específicas para cada categoría de limitaciones personales; en otras palabras, no se impone realizar una “cuidad para personas con discapacidad”, sino una ciudad para todos.

2.2 Accesibilidad al Medio Físico La Accesibilidad al medio físico es el más alto nivel de adecuación del entorno material frente a los requerimientos de todas las personas, independientemente de su edad, género y de su condición física y mental, donde se han eliminado las barreras físicas. Estas son las que existen en toda estructura del entorno material, cuando por sus conformaciones dimensionales y/o morfológicas crean trabas a la autonomía y la independencia de todas las persona. (Accesibilidad al Medio Físico para los Adultos Mayores, 2010) La accesibilidad al medio físico significa obtener un entorno libre de barreras, apto para todos. Esto es muy importante para asegurar la calidad de vida de las Personas con Capacidades Restringidas (PCR), ya que la existencia de barreras físicas condiciona su bienestar y su seguridad. La accesibilidad al medio físico debe ser entendida como un derecho humano y social más, que asegura la inclusión social de todas las PCR al posibilitarles habitar en sus viviendas, circular, utilizar los servicios de las ciudades, hacer turismo, sin riesgos, etc.

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2.3 Barreras Arquitectónicas El término de infraestructura en dicho trabajo de investigación hace referencia a las barreras arquitectónicas que son los obstáculos o dificultades que presenta el entorno construido que pueden afectar a todas las personas (especialmente aquellas con movilidad y/o comunicación reducida), y a su seguridad, en sus desplazamientos en edificios privados o públicos, sean estos de vivienda, de trabajo, de salud y de recreación. (Accesibilidad al Medio Físico para los Adultos Mayores, 2010). En las entrevistas realizadas se ve la intención de mejorar las condiciones básicas para hacer accesible al establecimiento. En algunos edificios con barreras arquitectónicas desde su construcción, no es posible obtener una total accesibilidad. Pero se debe procurar por todos los medios que logren tener adaptabilidad (posibilidad de modificar una estructura o un entorno físico para hacerlo accesible), practicabilidad (posibilidad de modificar una estructura o un entorno físico para hacerlo parcialmente accesible) o visitabilidad (posibilidad de que personas con discapacidad puedan franquear la entrada, acceder a algunos locales y usar un servicio sanitario en un edificio).

2.4 Condiciones de Accesibilidad En cuanto a las respuestas sobre las exigencias referidas a las condiciones de accesibilidad se manifestó que los establecimientos más antiguos no presentan exigencias pero que las nuevas construcciones deben regirse por la ley 22431 de Institución del Sistema de Protección Integral de das Personas Discapacitadas.

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El artículo número 28 de la mencionada ley hace referencia a las prioridades y plazos de las adecuaciones en cuanto a las barreras urbanas y en edificios públicos. En cuanto a su ejecución total no podrá exceder un plazo de tres años después de la fecha de sanción de dicha ley. Con respecto a toda obra nueva o de remodelación, será necesaria la aprobación de los planos según las normas establecidas en la ley.

2.5 Control de cumplimiento Con respecto al órgano de control ninguno de los actores involucrados en la actividad turística supo con certeza a que organismo le corresponde realizar los controles referentes a las condiciones de accesibilidad en los establecimientos. Los empresarios hoteleros mencionaron a la Secretaria de Turismo como ente regulador. Desde Secretaría de Turismo al igual que el empresario gastronómico

no

supieron con certeza quién es el organismo de control. En cuanto al Museo Lavalle uno de los organismos del cual dependen es la Coordinación de Museos de la Secretaria de Turismo y Cultura a nivel provincial y la Comisión Nacional de Patrimonio y Museos a nivel nacional. En el Museo de Artes Sacro se dijo creer que el órgano de control es arquitectura de la provincia. Se puede ver que los actores de la actividad turística no conocen cuál es el organismo competente en cuanto al tema de accesibilidad en la provincia.

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En cuanto a las especificaciones de la ley 24314 tampoco se expresa con cuál es el organismo de contralor. Es importante mencionar que cuando se habla de legislación se hace referencia a leyes nacionales ya que la provincia no cuenta con legislación que rija a nivel provincial, sólo hay adhesiones a las leyes nacionales. En conclusión en la provincia no se conoce quien es el organismo de control, por lo tanto los requerimientos y funcionamiento del mismo aún son un enigma para quienes desarrollan la actividad turística. Esto dificulta seriamente la mejora de los servicios, como así también la realización de propuestas alternativas para la accesibilidad.

2.6 Facilidades en cuanto a Accesibilidad Con respecto a las facilidades para poder ingresar y desplazarse en el establecimiento

la

mayoría

de

los

empresarios

turísticos

lo

relacionó

inmediatamente con la entrada, ya sean escaleras (que por lo general impiden el acceso a las PCR) o rampas, como así también con el baño adaptado.

2.6.1 Entradas: En cuanto a la entrada principal de un establecimiento, las directrices de accesibilidad en establecimientos turísticos, dicen que debe ser accesible teniendo en cuenta las dimensiones, materiales y herrajes en las puertas de ingreso así como también los desniveles que pudieran existir. Es recomendable evitar la colocación de puertas giratorias ya que no pueden ser utilizadas por personas con movilidad reducidas. En el caso de existir será necesario habilitar un acceso alternativo accesible próximo a la misma.

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En el caso de ser puertas de vidrio se sugiere, dos barandas horizontales de 0.20m de ancho que ocupen toda la extensión de la puerta contrastadas visualmente a una altura de 1.00m y 1.50m. Es importante facilitar la percepción visual de la puerta de acceso mediante la utilización de marcos y/o puertas que contrasten con las paredes circundantes, y a su vez iluminación que destaque la misma.

2.6.2 Escaleras: Con respecto a las escaleras las directrices de accesibilidad dicen que no deben tener huecos en sus alzadas. Además, el ancho mínimo de escalera de medio exigidos de salida es de 0,90m libre. Las escaleras principales deben estar provistas de barandas a ambos lados siendo parte integrante de las mismas los rellanos o descansos, con una forma de fijación que no interrumpa la continuidad del deslizamiento de la mano y con anclaje firme. Los escalones deben ser antideslizantes, caso contrario, se recomienda colocar bandas de prevención texturadas. En el caso de que las escaleras tengan derrame lateral libre (vacío), además de las barandas se prevé la colocación en el o los lados, de un zócalo de 0.10m de altura. También se necesita contemplar que al comenzar y finalizar cada tramo de escaleras se coloque un piso con textura en relieve y color contrastante con respecto a los escalones y al piso del local.

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Es importante destacar la unión entre la alzada y la pedada de los escalones mediante la incorporación de pintura o pegando bandas. Con alta tecnología es posible incorporar en las barandas una señal sensible al tacto (braille) que indique la proximidad de los límites de la escalera, así como información y guía hacia lugares significativos. Por último y no menos importante se debe señalizar las escaleras suspendidas o con bajo escalera abierto hasta la altura de paso, mediante cambio de piso con textura y con color contrastante.

2.6.3 Rampas: Según las directrices de accesibilidad la rampa se puede utilizar en reemplazo o complemento necesario de una escalera o escalones para salvar cualquier tipo de desnivel. La misma se debe incorporar cuando el desnivel supere los 0.01m. Al final y al principio de cada rampa es necesario contemplar una superficie libre que debe permitir el giro de una silla de ruedas en un diámetro no inferior a 1.50m. Las rampas deben tener barandas a ambos lados, siendo continuas y dobles (dos diferentes alturas, a 0.75 y 0.90m). En el caso de tener rampas con derrame lateral libre (vacío), se debe prever, además de las barandas, la colocación en el o los lados un zócalo de 0.10m de altura. Siguiendo con el avance de tecnologías se puede prever señal sensible al tacto (braille) en barandas.

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2.6.4 Baños Adaptados: Haciendo referencia a los baños adaptado es importante resaltar que sólo dos de los seis establecimientos visitados, que son los hoteles, cuentan con el servicio. Con respecto a los elementos de un sanitario adaptado cabe destacar que son distintos a los de un baño normal, ya que se observo que algunos entrevistados consideran que por tener un baño amplio tienen un sanitario apto para PCR. Esto demuestra una vez más la confusión a cerca de la accesibilidad. El sanitario es un espacio imprescindible en un establecimiento destinado al turismo. Este espacio debe permitir el acceso, la movilidad interior y su uso para todas las personas. En los sanitarios de espacios comunes, al menos uno deberá ser accesible mientras que en las habitaciones accesibles corresponderá tener un sanitario accesible.

Sanitarios de espacios comunes: En relación a los accesos del sanitario, según las directrices de accesibilidad, hay que tener en cuenta que el recorrido hacia los mismos sea accesible, también se debe prever que no existan desniveles de piso o escalones en los accesos ni dentro d los mismos. Las puertas de ingreso deben ser accesibles, abrirse hacia afuera o ser corredizas y contar con ancho mínimo de 0.90. Los pisos deben ser antideslizantes. En cuanto a las dimensiones deben permitir un giro de una silla de ruedas en un diámetro no inferior a 1.50m. libre de obstáculos y fuera del área de apertura de la puerta.

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En el caso del inodoro se debe permitir la transferencia al mismo dejando como mínimo en uno de los laterales un espacio libre de 0.85m para poder acceder a una silla de ruedas. El asiento del inodoro debe colocarse a una altura de 0.50m, la tapa deberá ser de madera con fijaciones metálicas. Debe preverse que el accionamiento del mismo sea mediante pulsador de gran superficie o palanca que no requiera de esfuerzo físico para su accionamiento. Con respecto al lavatorio debe estar empotrado a las paredes evitando el empleo de columnas para el soporte del mismo. Con una profundidad máxima de 0.60m y con un espacio libre frente al lavatorio igual o mayor a 0.90m. Los barrales en el inodoro, ducha y bañera son importantes por seguridad. Ya que se menciona la seguridad es necesario colocar un timbre conectado a las áreas de recepción que tendrá como fin solicitar asistencia de otras personas por eventual necesidad del usuario. (Directrices de Accesibilidad en Alojamientos Turísticos, 2007).

2.7 Obras de Accesibilidad En cuanto a obras de accesibilidad se considera la importancia de destacar el tema de la preservación de los establecimientos. En el caso de Museo Lavalle se debe a la declaratoria de Monumento Histórico Nacional, el objetivo es preservar el edificio ya que guarda un valor especial con motivo de su antigüedad, sus características arquitectónicas y sucesos ocurridos dentro del mismo.

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Las entidades que identifican y clasifican determinados bienes como relevantes para la cultura de un pueblo, de una región o de toda la humanidad, velan también por la salvaguarda y la protección de esos bienes, de forma tal que sean preservados debidamente para las generaciones futuras y que puedan ser objeto de estudio y fuente de experiencias emocionales para todos aquellos que los usen, disfruten o visiten. Para concluir el eje de infraestructura en San Salvador de Jujuy los proyectos que incluyen adaptaciones para las PCR son a largo plazo, no hay ningún proyecto que prevea cambios inmediatos. Esto se debe a la escasa información acerca del tema de Accesibilidad y a que no se reconoce la importancia de su implementación es decir que no se lo considera prioritario.

2.8 La Accesibilidad y su importancia en el Mercado Los actores involucrados en el turismo reconocen que incorporar mayor accesibilidad a sus establecimientos les daría un mayor valor agregado y les permitiría diferenciarse del resto. Se habla de valor agregado como una característica o servicio extra que se le da al servicio, con el fin de darle un mayor valor comercial, generalmente se trata de una característica o servicio poco común, o poco usado por los competidores, y que le da al negocio o empresa, cierta diferenciación. (crecernegocios.com, 2011) Hay que tener en cuenta que negocios pueden haber muchos, pero si se es capaz de brindar un valor agregado a los productos o servicios, se contará con un negocio competitivo. Se considera que en general en cuanto a la infraestructura de los establecimientos visitados no están adaptados o tienen muy pocas adaptaciones para atender al segmento conformado por las PCR.

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Se tiene escaso conocimiento sobre lo que implica la accesibilidad como servicio, por ello, es posible que cuando se pregunto sobre las facilidades para ingresar y desplazarse en la institución todos los entrevistados lo relacionaron con los ingresos (escaleras y/o rampas) y los sanitarios adaptados. Pero la accesibilidad incluye mucho más que eso, lo cual denota lo necesaria que es la información sobre accesibilidad en turismo. Los empresarios del turismo tienen la intención de informarse, capacitarse y poder mejorar las condiciones de accesibilidad en sus establecimientos pero no se sabe ciertamente quién es el organismo de control ni a qué organismo le corresponde brindar la información a los empresarios sobre el tema de la accesibilidad y su incorporación. Es importante señalar que como se mencionó anteriormente el 40% de la población sufre algún impedimento para poder desplazarse de manera cómoda y autónoma, es decir que la comunidad toda tendría que tomar conciencia de la importancia de la incorporación de mediadas en cuanto a la accesibilidad para aspirar a un turismo inclusivo, un turismo sin barreras, porque el turismo es un derecho de todos.

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3. SERVICIOS 3.1 Necesidades de las PCR Las personas con capacidades restringidas constituyen un segmento del mercado turístico que el visionario André Leclerc, Director del KEROUL - Tourisme pour Personnes a Capacite Physique Restreinte- supo apreciar hace ya quince años al ser uno de los primeros en hablar del turismo sin barreras, como medio de concientización que permitiera la integración de este sector de la población también en otros ámbitos de la vida comunitaria. Se trata de facilitar una toma de conciencia, desde distintos ámbitos, con un doble propósito: por un lado, permitir una mejor calidad de vida al individuo restringido, facilitando su integración a la vida comunitaria en todos los ámbitos, y por otro, no descuidar este segmento del mercado turístico. No se habla solamente de construir una rampa, la accesibilidad es mucho más que esto, del mismo modo en que el Turismo es mucho más que un cuarto de hotel, por mejor adaptado que esté a las necesidades de todos. Básicamente se hace referencia a una toma de posición que se exprese en medidas concretas, siguiendo a Lawrence Poole, cuando señala que: (Grunewald; Di Santos. 2005). -Cada hueco del mercado es único y como tal debe ser entendido. -El consumidor de turismo, al comprar un intangible, está comprando la sensación de ser tenido en cuenta. -El turismo comprende todo un circuito formado por partes componentes. La falta de una de las piezas del rompecabezas puede llegar a arruinar los planes de negocios o de vacaciones. -Como cualquier otro segmento del mercado, el sub-grupo a que nos estamos refiriendo requiere que se lo cultive...". (Grunewald; Di Santos. 2005).

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Para lograr tales objetivos será necesario conocer las necesidades de cada subgrupo dentro del segmento compuesto por aquéllos individuos con capacidades restringidas. Como se observa en las entrevistas no se conocen los requerimientos básicos del segmento. Lo poco que saben los empresarios turísticos sobre los requerimientos básicos para atender a una PCR es porque leen, se informan o tienen experiencias personales con familiares discapacitados. Se observa la falta de información y capacitación sobre la temática de accesibilidad. Lo que si destacan los informantes es la intención de brindar un servicio de calidad acorde a sus posibilidades.

3.2 Calidad Es importante destacar ¿qué se entiende hoy por calidad? Existen varias definiciones de calidad que han ido cambiando con el tiempo, o bien se adaptan a distintos enfoques, pero desde la óptica turística se puede considerar que la calidad debe ser entendida como la dedicación de la empresa para optimizar los servicios afines a dichos requerimiento los fines de obtener la satisfacción del cliente. Es necesario destacar que ante la actual competitividad en todos los campos de la actividad, la diferencia entre una empresa y otra es la calidad en la prestación de los servicios y junto al precio, siendo la primera la variable que determina muchas veces, la elección de un prestador de servicios.

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Es importante partir de la premisa que el objetivo no solo es mejorar la calidad sino lograr la satisfacción de los clientes. Este es un proceso continuo por parte de la empresa prestadora de servicios para mejorar en todos los niveles de la misma los requerimientos de los clientes en forma eficiente y efectiva, ya que se debe tener en cuenta que la prestación de los servicios debe ser considerada como un fenómeno de referencias por parte de la demanda. En la actual situación de competitividad la calidad la mide el cliente lo cual obliga a desarrollar estrategias que permitan diferenciarse y que se puede sintetizar como: 1- Anticiparse a lo que el cliente va a necesitar. 2- Darles un poco más para ganar su fidelidad. 3- Medir constantemente su satisfacción 4- Capacitar al personal para la prestación de los servicios. En esencia lo que se plantea no es hacer más cosas, sino hacer las cosas de manera diferente. En el campo empresario la excelencia del servicio o la satisfacción de las necesidades de una demanda es no considerar al conjunto como "un cliente" sino que se subdivide en tantos clientes como segmentos de servicios prestamos. Cada uno de ellos con necesidades comunes (precio justo, calidad del servicio, servicio en el menor tiempo, seguridad, respeto, confiabilidad) y distintas (las características del comportamiento y conductas de cada segmento). El objetivo de satisfacción del cliente debe ser de crecimiento continuo hasta lograr que el 100% de la demanda esté satisfecha y que esta satisfacción este dicha por ellos y no por los prestadores del servicio, porque históricamente la calidad se consideraba en base a la conformidad de las especificaciones dadas por el prestador de servicios, cuando hoy la calidad la establece la demanda. (Grunewald; Di Santos. 2005).

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3.3 Vocación de Servicio Haciendo referencia a los servicios surge el tema de la vocación de servir, tema que es necesario tener en cuenta si nos referimos a la atención del segmento de PCR. Es importante desarrollar una excelente cultura de servicio para complacer al cliente, con una actitud de vocación profesional, una inclinación o deseo permanente de dar satisfacción a los clientes. La palabra vocación implica la idea de llamamiento. El término ha venido a significar la inclinación, gusto o afición predominante, sobre todo cuando absorbe la actividad del sujeto. Así también la vocación de servicios puede entenderse por vocación de servicio a una inclinación o deseo permanente y vehemente de dar satisfacción a una aptitud mediante su ejercicio en el trabajo. (Centro de Capacitación y Desarrollo Personal, s/f) El éxito se fundamenta en principios y valores humanos. La persona exitosa es aquella que se siente feliz, realizada y triunfadora; para sí misma y ante los demás. Si se complace a otras personas como clientes, entonces se está brindando un servicio de excelencia.

3.4 Predisposición en el servicio Un tema que sobresalió en las entrevistas fue el de reemplazar las falencias en cuanto a los servicios brindados con una buena predisposición.

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La predisposición es lo que se espera ver, lo que se espera recibir, lo que se espera que suceda. Es lo que nuestros sentidos captan de la realidad, de la deferencia de un servicio hacia el segmento en particular. En un determinado momento, se hace una confrontación entre lo que se percibe y la expectativa que se tenía. A partir de esto, puede ocurrir una de las tres siguientes situaciones: Caso 1: Percepción inferior a la expectativa: Si lo que se percibe que se recibe es inferior a la expectativa que se tenía, hay un problema de insatisfacción y desilusión, lo que conduce a una frustración culminando en un bloqueo y negativización hacia ese producto, servicio, empresa, persona o lo que fuere. Caso 2: Percepción igual a la expectativa: Si lo que se percibe que se recibe es tal cual lo que el consumidor había esperado, éste queda satisfecho y en un estado emocional que le hace conceptuar el hecho como de calidad. Caso 3: Percepción superior a la expectativa: Si lo que se percibe que se recibe es superior a la expectativa que se había creado el consumidor, el impacto le lleva a conceptuar el hecho como excelente y/o de alta calidad. La experiencia fue altamente gratificante. (Capacitación Laboral y Empresarial, 2008). La predisposición a la atención es: Adelantarse a los requerimientos. Informar. Asesorar.

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Actuar. Solucionar. Demostrar interés. Flexibilizar horarios. Calidad en la atención al cliente. Incentivar al aporte de quejas. Dar tratamiento a los reclamos y las quejas. En definitiva es tener empatía. Una buena predisposición va de la mano de una buena atención y el resultado es la satisfacción del cliente. Esto se logra con la capacitación a los miembros de la organización.

3.5 Satisfacción del Cliente Un cliente satisfecho es la sensación de gratificación que se logra cuando se cubre una necesidad, un deseo o se logra la solución de un problema. La Satisfacción es epidérmica, es puntual, es sutil y temporal. El grado de satisfacción -positiva o negativa- determina la conducta subsiguiente del consumidor. Un consumidor satisfecho es más propenso a recomprar el producto y a dar referencias positivas. Un consumidor satisfecho es nuestro mejor promotor. (Capacitación Laboral y Empresarial, 2008).

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Es importante destacar que en cuanto al eje de servicios los actores involucrados en la actividad turística poseen poca información en cuanto a las necesidades de las PCR y la información que tienen es en base a lectura en libros o artículos referidos al tema. En cuanto a los servicios adaptados que brindan los establecimientos son nulos o mínimos eso denota la falta de concientización de las autoridades sobre la temática de accesibilidad y sus beneficios. Sobre la percepción de los empresarios con respecto a los servicios brindados para las PCR todos los empresarios turísticos reconocen que sus establecimientos no son 100% accesibles y en algunos casos la accesibilidad no existe pero si consideran que reemplazan esas falencias con predisposición y buena atención hacia el segmento de PCR. Es fundamental mencionar que no es posible reemplazar la falta de accesibilidad en los servicios con una buena predisposición, ya que con calidez y amabilidad en la atención los servicios no van a ser adaptados, es decir que no van a dejar de existir las barreras para las PCR. Para finalizar se considera que es necesaria la capacitación y sensibilización sobre accesibilidad para que los empresarios conozcan con exactitud cuáles son las necesidades de las PCR y puedan brindar el servicio que el segmento requieren logrando la satisfacción de los mismos. Considerando también que la incorporación de accesibilidad en San Salvador de Jujuy le daría un valor agregado, lo que permitiría su diferenciación con las demás provincias del norte como así también recibiría la visita del importante segmento conformado por las PCR.

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4. CAPACITACIÓN DEL PERSONAL En cuanto a los conocimientos sobre la temática de PCR los actores relacionados con el turismo en su mayoría tienen conocimientos básicos y todos coinciden con la necesidad de capacitarse para informarse y poder brindar un servicio acorde al segmento.

4.1 Capacitación Se entiende por capacitación el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación no formal como a la informal de acuerdo con lo establecido por la ley general de educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integral. Esta definición comprende los procesos de formación, entendidos como aquellos que tienen por objeto específico desarrollar y fortalecer una ética del servicio público basada en los principios que rigen la función administrativa. (Asodefensa, 2011) La actividad turística en su dimensión productiva, se caracteriza por la alta proporción de recursos humanos que intervienen en el proceso de producción. Más aún, esta proporción varía directamente con la especialización del servicio. Por su parte, el grado de satisfacción de la experiencia turística está fuertemente influenciado por la presencia de una mayor cantidad de recursos humanos competentes en sus funciones.

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Es posible afirmar entonces, que la empresa turística se caracteriza por la importancia de la personalización del servicio; es decir, la relación personapersona, siendo la eficiencia en el ámbito funcional y la empatía en el ámbito relacional, elementos claves en la mejora de calidad de los servicios turísticos. La prestación de servicios turísticos se caracteriza asimismo, por la simultaneidad entre la producción y el consumo, factor que impide implementar medidas de control de calidad para rechazar aquella parte de la prestación (producción) que presenta problemas, como sucede con los productos manufacturados. Por lo tanto, en este contexto, sólo procede implementar un sistema de gestión de los procesos productivos, que asegure la menor ocurrencia de errores y/o fallas (sistema de aseguramiento de calidad), en el cual los recursos humanos juegan un rol fundamental. (Oportunidades de Capacitación de Recursos Humanos en Turismo, 2001).

4.2 Concientización y Discriminación de las PCR La falta de concientización se relaciona directamente con la no capacitación. La cercanía con las PCR inclusive en la familia, permite una mayor concientización. Es importante destacar que algunos de los empresarios turísticos hicieron referencia al hecho de tener conocimientos de la temática de las PCR como la experiencia personal de tener en sus familias miembros con alguna discapacidad. Es la familia quien introduce a los hijos en el mundo de las personas, de los objetos y las relaciones que se establecen entre sus miembros van a ser en gran medida modelo de comportamiento con los demás, al igual que lo va a ser la forma de afrontar los conflictos que se generan en el medio familiar.

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Todo grupo familiar, independientemente de la existencia de discapacidad en uno de sus miembros, debe pasar por distintas etapas en las cuales se producen incertidumbres y cambios. Sorrentino (1990), Cunningham y Davis (1988) y Davis, Mckay y Eshelman(1988), proponen algunas pautas para la intervención en familias ante esta situación. La intervención debe encaminarse a reflexionar sobre la situación real actual, juntos la familia con todos sus componentes y el o los profesionales: qué es lo que sucede, qué puede ocurrir, y qué se puede hacer. Al mismo tiempo se debe trabajar en la línea de mejorar la calidad del entorno emocional incrementando el nivel de expectativas, a través del apoyo y de una información adecuada. (Sarto Martín, 2001). En la mayoría de las entrevistas surgió temática de la discriminación por la falta de capacitación sobre el tema de accesibilidad en los estabelecimientos y en la sociedad en general. Discriminación planteada como una barrera para las PCR. Además de las barreras arquitectónicas y urbanísticas que deben sortear las personas con capacidades restringidas, también se encuentran las llamadas "barreras humanas" y que tienen que ver con la actitud del individuo "sano" frente a ellos. No solo se ha edificado una ciudad tomando como referente al individuo sano y joven, sino que también se ha construido un ideal del yo de tales características, que rinde un culto a la juventud, al esplendor, al éxito, a la destreza, sea en un plano físico, como intelectual y psicológico. No hay lugar para el deterioro, ni para el fracaso, medido en términos de una "normalidad" cada vez más cercana al perfeccionismo extremo. El cuerpo debe ser perfecto, y estéticamente bello, al igual que su destreza; y lo mismo ocurre en todos los planos de la existencia: no hay lugar casi para la imperfección, ni aceptación del deterioro.

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Los ideales colectivos operan como modelo para el yo, a los cuales éste intentará adecuarse, internalizándolos y constituyéndose en base a ellos el ideal del yo como instancia de la personalidad. Así, se ha construido una cultura en la que todo aquél que no se amolde a los ideales colectivos, resulta víctima de la segregación y el rechazo, no siempre conscientes, ni voluntarios, pero que se expresan de modos diversos. Los "viejos", los minusválidos, los que están fuera -por un motivo u otro- del proceso productivo, resultan segregados, marginados, rechazados. Los discapacitados encarnan todo aquello que resulta doloroso de aceptar en uno mismo, y por medio del mecanismo de proyección, se los deposita afuera. La proyección es "...una operación por medio de la cual el sujeto expulsa de sí y localiza en el otro (persona o cosa) cualidades, sentimientos, deseos, que no reconoce o que rechaza de sí mismo. Se trata de una defensa de origen muy arcaico..." Se ha construido un mundo donde todo aquél que no encarne el ideal colectivo es segregado, marginado, apartado. Así se diseña, planifica y publicita espacios recreativos y turísticos que muestran al hombre joven, atlético, bello, exitoso, en pleno ejercicio de sus capacidades físicas y psicológicas. “Hoy los niños consumen héroes todopoderosos que encarnan su ideal, un ideal que no conoce barreras, que todo lo puede, todo lo derriba”. (Grunewald; Di Santo Morales, 2005). Es importante focalizar a la sociedad con un papel activo en el asunto o problemática de la discapacidad. Como bien lo expresa Demetrio Casado Pérez “la sociedad, en efecto, no es sólo el escenario en el que acontece el problema sino que es un personaje importante del drama. La sociedad discapacita y rehabilita, segrega y agrega.

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La sociedad, por ello, ha de ser objeto de intervenciones que la hagan cada vez menos agresiva y más accesible, menos áspera y más hospitalaria, menos normativa y más tierna”. (Manual de Accesibilidad, 2003).

4.3 Capacitación de Personal Con respecto a la capacitación del personal en cuanto a la discapacidad los empresarios turísticos adujeron no recibir ni dar ningún tipo de capacitación sobre la temática y plantearon el interés por informarse y formarse sobre la accesibilidad en turismo para poder brindar un servicio accesible y hacer un aporte a la actividad turística desde el punto de vista de las PCR. Es fundamental capacitar a los actores involucrados en busca de una sensibilización. Vista como un proceso de comunicación, activo y creativo, que promueva una transformación, un cambio de actitudes y comportamientos. A través de la sensibilización se pretende lograr una toma de conciencia respecto a la problemática de las PCR.

4.4 Comunicación La herramienta básica de la sensibilización es la comunicación. El concepto de comunicación más extendido es el que se equipara con información. Comunicar equivale a informar. La comunicación es entendida como información y formación, pero también como la generación de espacios para la relación y la participación de la ciudadanía en la definición de los problemas y en la búsqueda de soluciones. Esta comunicación supone diálogo, intercambio, puntos de encuentro y espacios de debate.

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Esta forma de entender la comunicación se inscribe en el marco de la Comunicación para el Cambio Social, que propone la comunicación como un instrumento que puede facilitar a la ciudadanía la toma de control de sus propias vidas, no reduciendo la comunicación a decirle a la ciudadanía lo que debe saber, hacer o pensar, sino proporcionándole información que le permita actuar. El cambio social consiste en la evolución de las sociedades, desde cambios a gran escala hasta pequeñas alteraciones. Hoy en día el concepto indica una variedad de procesos tales como la modernización, el progreso, la evolución, la difusión de las innovaciones y, en general, la transformación de las estructuras sociales y culturales. (La sensibilización como estrategia de cambio, s/f). Con la sensibilización se trata de facilitar una toma de conciencia, desde distintos ámbitos, con un doble propósito: por un lado, permitir una mejor calidad de vida las PCR facilitando su integración a la vida comunitaria en todos los ámbitos, y por otro, no incursionar en este segmento de mercado turístico.

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CAPITULO III: DEL REGISTRO FOTOGRAFICO La finalidad del registro y análisis fotográfico es presentar una realidad que para quienes vivimos en Jujuy probablemente este naturalizada, lo cual nos hace ver y pensar la realidad de una manera diferente. Y para aquellos que tienen en sus manos el presente trabajo puedan conocer a través de la imagen cual es la situación de nuestra ciudad en cuanto a accesibilidad ya que como dice el proverbio chino “una imagen puede expresar diez mil palabras” Una fotografía, por si misma, vista como una simple copia o reproducción de la realidad no es un documento que se pueda considerar como fuente de investigación científica, sin embargo, si se la considera como una construcción en la que intervienen procesos de percepción, selección, registro, interpretación y análisis de diversos fenómenos o sucesos, su potencialidad como documento científico para investigaciones sociales es notable. San Salvador de Jujuy posee importantes atractivos, la mayoría ubicados dentro del denominado centro histórico, los cuales serán recorridos para el presente informe, con la finalidad de conocer más acerca de la situación de la accesibilidad. A los fines del presente trabajo se delimito el casco céntrico, el mismo quedará referenciado por las avenidas 19 de Abril y Fascio, incluyendo Senador Pérez y calle Argañaraz. (Ver Anexo IV). Para la selección de los atractivos turísticos se priorizo aquellos que sobresalen por su relevancia histórica y/o cultural y que se encuentran ubicados en este casco céntrico. Cabe destacar que los mismos demuestran ser los más visitados por los turistas. En el caso de los alojamientos y la restauración se selecciono una muestra del 50% de los establecimientos ubicados en el radio mencionado en el párrafo anterior.

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De la

Planta Turística para dicha investigación se analizara alojamiento y

gastronomía, por considerar que un turista, no solo visita los atractivos, sino que principalmente para poder hacerlo requiere de estos servicios.

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OBSERVACIÓN: El circuito no fue planeado, se recorrió de manera natural, tal como lo hace un turista a la hora de visitar el casco céntrico de San Salvador de Jujuy.

2. ATRACTIVOS TURISTICOS DE INTERES HISTORICO Y/O CULTURAL: 2.1 Plaza Belgrano: El recorrido comienza por la Plaza Belgrano, lugar donde se puede observar que en algunas esquinas no se cuanta con rampas de acceso. Es visible que no hay protección de alcorques en los árboles y arbustos, lo que genera un peligro para los no videntes o disminuidos visuales. En cuanto a los bancos que hay en la plaza, se ven tres tipos distintos pero ninguno es totalmente accesible para personas con capacidades restringidas (PCR), ya que unos no tienen respaldar ni apoya brazos, otros si cuentan con respaldar pero no con apoya brazos y otros son demasiado angostos. Haciendo referencia a los senderos internos de la plaza se observa que poseen desniveles de lajas, algunos de ellos muy pronunciados, lo que se vuelve un peligro no sólo para el segmento al cual se apunta sino también para cualquier transeúnte. Se observa también que entre las veredas y los senderos hay desniveles lo cual resulta un obstáculo más que nada para disminuidos visuales y personas de la tercera edad. En cuanto a la fuente y el Monumento al General Belgrano, los mismos se encuentran debidamente cercados para mayor seguridad. Haciendo referencia a los cestos de basura y los teléfonos públicos también se observa que no son accesibles para nuestro segmento de estudio.

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2.2 Cabildo: Siguiendo el recorrido, se ve que en la esquina del Cabildo no hay rampas para acceder con facilidad y las veredas se encuentran en mal estado.

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En el ingreso al mismo hay escaleras que imposibilitan el acceso a las PCR; además una de las puertas principales, es muy reducida si por la misma tendría que ingresar alguien en silla de ruedas.

2.3 Iglesia Catedral: Continuando la visita de campo por la Iglesia Catedral se puede ver que si bien existen rampas en las esquinas las mismas se encuentran deterioradas y no cuentan con barandas, también se observa que una de ellas está ubicada al lado de rejillas y tapas de registro, lo cual se considera sumamente peligroso para la seguridad de las personas. En la entrada principal de la misma se observan escaleras, pero a un costado se puede ver una rampa de ingreso para nuestro segmento, que si bien no cuenta con pisos antideslizantes por lo menos se cree que es un gran avance que al menos exista.

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2.4 Paseo de Artesanías: Siguiendo el recorrido por el Paseo de Artesanías que se encuentra ubicado frente a la Plaza Belgrano, sobre calle Sarmiento, es evidente que en su diseño no se consideró las necesidades de las PCR, ya que en la entrada posee un escalón y carece de barandas lo cual dificulta la entrada.

2.5 Centro Cultural Culturarte: Continuando el recorrido por Culturarte se observa que es imprescindible la colocación de un semáforo debido a la gran circulación de peatones y automóviles. Se ve también que en la esquina no hay rampas para permitir el acceso a nuestro target y nuevamente se encuentra rejillas y tapas de registro lo cual se considera un peligro. En el ingreso hay unas empinadas escaleras lo cual imposibilita el ingreso a PCR. En cuanto a la entrada posee puertas vidriadas con sistema de autocerrado lo que las hace muy pesadas, generando una traba a la hora del ingreso para la mayoría de las personas.

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4.6 Casa de Gobierno: Continuando en la Casa de Gobierno, sobre calle San Martín, se puede ver que existen rampas en las esquinas pero las mismas no se encuentran en buenas condiciones ni cuentan con barandas. Se puede observar que en toda su extensión la Sede de Gobierno cuenta con un enrejado para mayor seguridad ya que se realizan manifestaciones y las personas que concurre a las mismas daña las instalaciones como modo de reclamo y para ser escuchadas.

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En cuanto a las estatuas de Lola Mora las mismas se encuentran pasando las rejas lo cual dificulta su apreciación. El nombre que identifica a las esculturales obras está tallado sobre ellas razón por la cual si no se tiene buena visión resulta imposible identificarlas. En la entada de la Casa de Gobierno el acceso es dificultoso o imposible ya que para poder ingresar primero hay que atravesar varias escalinatas y ya adentro uno se topa con otro gran tramo de escaleras. Se sabe que existe un ascensor para llegar a los pisos más altos, pero el mismo es de uso exclusivo del personal que allí trabaja y además no está adaptado para personas con sillas de ruedas.

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2.7 Iglesia San Francisco: Continuando el recorrido, (orientándonos hacia el norte del casco céntrico) se alza la Iglesia San Francisco, se ve que en la vereda, que es transitada por gran cantidad de personas, hay obstáculos como ser boca de registros como así también rejillas dentro del predio. En la esquina para acceder a la Iglesia no existen rampas. Y en cuanto a la entrada principal y la del costado, ambas presentan escaleras lo cual resulta una dificultad a la hora de acceder, pero cabe destacar que a un costado hay una rampa con baranda en un solo costado para facilitar el ingreso a las PCR. En cuanto a la puerta de entrada la misma se ve que se accede por los costados lo cual resulta dificultoso para una persona con silla de ruedas.

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2.8 Museo de Artes Sacro: Siguiendo nuestro recorrido por el Museo de Artes Sacro se observa que si bien la puerta de acceso es dentro de todo amplia, es de material vidriado con sistema de autocerrado lo que la hace pesada resultando molesto y hasta a veces imposibilita la entrada. Es importante destacar que dentro del establecimiento si cuentan con rampas y barandas la cual facilita el desplazamiento de las PCR dentro del lugar.

2.9 Museo Lavalle: Avanzando hacia el Museo Lavalle ubicado en la calle del mismo nombre, se puede ver que su entrada es dificultosa y resulta imposible que una persona en silla de ruedas pueda acceder sin ayuda ya que cuenta con escalones empinados y no hay ninguna rampa ni monta cargas. En cuanto al patio se puede ver que sus pasillos son amplios pero que sus pisos son de laja lo cual hace dificultoso el desplazamiento por los desniveles que presenta. Con respecto a las salas poseen numerosos objetos antiguos y de valor lo cual se vuelven un obstáculo para el desplazamiento de algunas PCR. 46

2.10 Teatro Mitre: Continuando la observación en el Teatro Mitre se puede observar que en la esquina cuenta con rampa para el acceso del segmento al cual se apunta, pero la misma no posee barandas. En cuanto a la puerta de entrada es de tipo vidriada con sistema de autocerrado y al permanecer continuamente cerrada el momento de ingreso-egreso requiere de fuerza para ser abierta lo cual muchas veces se convierte en un impedimento. Una vez en la antesala se observa la existencia de escalones que impiden al acceso a PCR, los mismos no poseen barandas.

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Para poder ingresar a la parte preferencial del mismo existen más escaleras ya que se encuentra en un piso superior, lo que hace imposible el acceso a una persona en silla de ruedas por ejemplo, ya que el teatro no cuenta con ascensor.

2.11 Paseo de Artesanos: El recorrido por los atractivos continúa en el Paseo de la Artesanos ubicado en la calle Fascio en donde se ve las veredas en mal estado por contar con rupturas. En cuanto al acceso se observa que si cuenta con rampas que facilitan la visita, pero las mismas poseen barandas de un solo lado y son algo empinadas. También se visualiza la altura de las ventanas por las cuales se atienden en los locales, las mismas resultan muy altas para una persona en silla de ruedas, un niño o una persona que padezca enanismo.

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3. ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS: 3.1 Hotel Howard Johnson: El recorrido de los alojamientos comenzó en el Hotel Howard Johnson (Plaza Jujuy) **** donde se puede ver la falta de rampa en la esquina. En cuanto a la entrada se observa que hay escalones que dificultan la entrada para las personas con capacidades restringidas. Posee una puerta vidriada con sistema de auto cerrado lo que hace necesaria la fuerza motriz para poder abrirla. En su interior el hotel cuenta con algunos servicios adaptados como ser el baño de uso común, una habitación adaptada, escaleras con barandas y cintas antideslizantes. Lo importante a destacar es la amplitud de cada uno de los ambientes con los que cuenta l hotel, lo que hace más sencillo el desplazamiento de las PCR.

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3.2 Hotel Palace: Siguiendo el recorrido por el Hotel Palace **** se puede ver que en la esquina existe una rampa de acceso al mismo. Su entrada presenta ua rampa con cintas anti deslizantes. La puerta de ingreso es amplia lo cual permite un acceso cómodo y fácil para las PCR. Posee un amplio ascensor al igual que sus pasillos. No cuenta con habitaciones adaptadas pero si tienen un baño adaptado ubicado en el sector de uso común, es decir en el área pública.

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3.3 Hotel Fenicia: Continuando por el Hotel Fenicia **** se pudo observar que en la esquina no hay rampa de acceso. En la entrada las escaleras dificultan el ingreso del segmento a trabajar y las mismas no poseen barandas. En cuanto a la puerta de ingreso es vidriada y para el ingreso-egreso es necesario hacer uso de fuerza para poder abrirla, lo que se convierte en una dificultad para algunas PCR, como ser una persona de la tercera edad o un abuelo con bastón. El establecimiento no posee habitaciones ni baño de uso público adaptados. Las escaleras cuentan con barandas y cintas antideslizantes. El piso del hotel es de parqué lo cual se considera es un peligro por ser resvaladizo y se cree podría ser motivo de accidentes para algunas PCR.

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3.4 Hotel Gregorio I: El recorrido continúa por el Hotel Gregorio I ***, en el mismo se observa que la esquina no cuenta con rampa para facilitar el acceso al mismo. En la esquina se ven rejillas y tapas de registro lo cual se considera un peligro. En la entrada se observa un escalón que hace dificultoso el ingreso a PCR y en cuanto a la puerta de ingreso se ve que están cerradas por lo cual no se sabe si al momento de abrirse se abren las dos hojas o una sola lo que complicaría aún más el ingreso de una persona en silla de ruedas. Pero si puede verse que son angostas.

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En cuanto a los espacios para desplazarse en el lobby se observa que es muy limitado ya que este hotel por sus características tiene a la venta la decoración y muebles con los que cuenta. No posee habitaciones no baños adaptados para PCR.

3.5 Hotel Augustus: Siguiendo el recorrido en el Hotel Augustus *** se observa que como el mismo se encuentra ubicado en una peatonal

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En la entrada se observa un escalón que complica demasiado el ingreso a las PCR. Se ve también que la puerta de entrada es de tipo vidriada con sistema de autocerrado y permanece continuamente cerrada, es decir, que al momento de ingreso-egreso como ya se ha mencionado anteriormente se convierte en una dificultad. En cuanto al desplazamiento dentro del establecimiento se observa que los espacios son amplios lo cual hace más fácil la movilización de las PCR dentro del mismo. Como se observa los baños y las habitaciones no se encuentran adaptadas. El hotel cuenta con estacionamiento en el cuál si hay lugares reservados para autos que trasladen a personas con alguna discapacidad.

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3.6 Hotel Internacional: Continuando, en el Hotel Internacional *** se observa que en la esquina si hay rampa la cual facilita el acceso al mismo. En la entrada se ve dos escalones que complican el ingreso para algunas personas. En cuanto a la puerta de ingreso se considera que complica el ingreso para algunas PCR. En cuanto a los espacios para desplazarse se observa que son limitados lo que dificulta las facilidades para movilizarse de una PCR, en especial personas en sillas de ruedas y disminuidos visuales. Como se observa el piso es de parqué lo cual resulta peligroso para el desplazamiento de las PCR ya que es resbaladizo. El establecimiento no cuenta con habitaciones adaptadas ni con baño accesible en el área de uso común.

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3.7 Hotel Sumay: La observación continua por la Hotel Sumay ** en donde se ve que en la esquina no hay rampa de acceso. En cuanto al ingreso se observa que hay escaleras que dificultan la entrada de las PCR y no hay rampa. Lo que si hay son barandas para que las personas puedan agarrarse de ellas y sentir mayor seguridad. En cuanto a la puerta se ve que es vidriada pero se encuentra abierta y permite la entrada de una persona en silla de ruedas por ejemplo. Se observa que en el lobby hay escalones que obstaculizan el ingreso. Y también se puede ver lo angosto del salón para desplazarse. El establecimiento no posee servicios adaptados para atender a PCR.

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3.8 Hotel Terraza Balcarce: Siguiendo la visita por la Hostería Terraza Balcarce *** se observa que en la esquina si hay rampa de acceso pero las mismas no cuentan con barandas. En cuanto a la puerta de ingreso es angosta lo que impediría el ingreso de una persona en silla de ruedas o con andador. En cuanto a las habitaciones se ve claramente que no posee servicios para PCR. Los pisos de las mismas son de parqué que como ya se mencionó anteriormente es un piso resbaloso y representa una amenaza para las PCR. Lo que si se destaca es la amplitud de los espacios lo que permite un buen desplazamiento.

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3.9 Apart Hotel El Huancar:. Continuando el recorrido en el Apart Hotel El Huancar se observa que en la esquina si hay rampa de acceso. Es importante destacar que este hotel se encuentra ubicado dentro de una galería de compras. En la entrada se observa que la puerta de ingreso es angosta lo que imposibilita el ingreso de algunas PCR. Para poder acceder a las habitaciones, ubicadas en el primer piso, es necesario subir unas escaleras tipo caracol empinadas que no cuentan con cintas antideslizantes y se consideran un peligro para las PCR. Posee espacios reducidos para el desplazamiento de sus visitantes. No cuenta con baños ni habitaciones adaptadas a las necesidades de las PCR.

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4. GASTRONOMÍA: El recorrido de las casas de comidas comienza por Resto Bar ubicado en la calle 19 de Abril en el cual se ve que si hay rampa en la esquina para permitir el acceso

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a los clientes con alguna limitación. También se observan las veredas rotas, es decir, en mal estado. En cuanto a la puerta de ingreso es angosta para permitir la entrada de una persona en silla de ruedas o con andador. En cuanto al menú no cuentan con comidas para personas diabéticas o celiacas. Con respecto a los espacios para desplazarse dentro del mismo son muy reducidos.

4.1 Pizzería A.B.A.: El recorrido continúa por la pizzería A.B.A. ubicada en la calle Necochea en la cual se observa que en la esquina no hay rampa de acceso. En cuanto a la entada se observa que es una puerta doble hoja amplia. Al ser una pizzería no brinda menú especial. Para poder ingresar a los baños, que son precarios y no son están adaptados, es necesario salir a un patio que cuenta con escalones empinados.

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4.2 El Mojón: El recorrido continúa por El Mojón empanadería ubicada en la calle San Martín en donde se observa que en el acceso hay un escalón que complica la entrada para algunas personas que conforman el segmento de las PCR. En cuanto a la puerta es angosta lo que impide la entrada de personas en silla de ruedas o con andadores. Al tratarse de un restaurant que se especializa en empanadas y comidas regionales no cuenta con un menú para PCR. Para ingresar a los baños hay que atravesar unos biombos de espacio reducido. Los mismos no se encuentran adaptados. El restaurant es de dimensiones pequeñas asique las posibilidades de desplazamiento son mínimas.

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4.3 Parrillada lo de Oveja: La visita continúa por la Parrillada lo de Oveja ubicada entre las calles San Martín y Lamadrid en donde se ve que si hay rampa de acceso en la esquina. En cuanto a la entrada se observan escaleras que impiden la entrada a PCR si bien cuenta con barandas de ambos. La puerta de acceso es demasiado angosta, lo cual impediría el acceso de una persona obesa o en silla de ruedas. El ambiente en el cuál se ubica la parrillada es de forma rectangular lo cual imposibilita el desplazamiento de una PCR. Los sanitarios no se encuentran adaptados y para su ingreso es necesario atravesar todo el establecimiento porque los mismos se ubican en un patio.

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4.4 Pizzería Tío Bigote: Continuando por la pizzería Tío Bigote ubicada en las calles Senador Pérez y Belgrano se ve que en la esquina si hay rampa de acceso la cual posee cintas antideslizantes para una mayor seguridad. En la entrada se observa que la puerta de ingreso es amplia y las dos hojas permanecen abiertas. Como el espacio del establecimiento es pequeño para poder atender a un mayor número de clientes se colocan mesas en la vereda (muy transitada) impidiendo el acceso.

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4.5 Manos Jujeñas: El recorrido sigue por el Restaurante de comidas tradicionales Manos Jujeñas está ubicado en la calle Senador Pérez en donde se observa que si hay rampa de acceso en la esquina. En la entrada se ve que la puerta de ingreso es demasiado angosta lo que imposibilita la entrada de algunas PCR como ser personas en sillas de ruedas, con andadores u obesas. Este restaurante se especializa en comidas regionales pero si posee un menú para PCR. Se trata de un restaurante pequeño por lo cual el desplazamiento de las PCR se complica.

4.6 Carena Resto Bar: El siguiente lugar visitado es Carena Resto bar ubicado entre las calles Balcarce y Belgrano en donde se ve que si hay rampa de acceso en la esquina.

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En cuanto a la puerta de ingreso se observa que es amplia pero que al ser de tipo vidriada con sistema de autocerrado y al permanecer continuamente cerrada el momento de ingreso-egreso requiere de fuerza para ser abierta lo cual muchas veces se convierte en un impedimento. La confitería no cuenta con baños adaptados. En cuanto a sus dimensiones si cuanta con amplitud para el desplazamiento de PCR. Como se ve en la fotografía se colocan mesas con sombrillas en la vereda lo cual imposibilita la comodidad de los comensales y el acceso de los transeúntes, más aún en este caso ya que el establecimiento se encuentra ubicado en una peatonal.

4.7 Chun King: El siguiente restaurante visitado es Chun King ubicado en la calle Alvear en donde se observa que si hay rampa de acceso en la esquina. En cuanto a la puerta de entrada se ve que es de tipo vidriada con sistema de autocerrado y permanece continuamente cerrada, es decir que se requiere fuerza para abrirla, lo cual muchas veces se convierte en un impedimento. El establecimiento cuenta con menú especial para PCR y es amplio lo cual facilita el desenvolvimiento de un discapacitado.

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Con la información presentada se concluye la tarea de campo que incluye atractivos de interés histórico - cultural, y de la planta turística: alojamientos y gastronomía.

En resumen, los espacios públicos no tienen las condiciones de accesibilidad necesarias para las PCR. Como ser plazas (bancos, senderos, etc.), calles, cordones, rampas, entre otros. Los espacios privados tampoco cuentan con las condiciones que requiere una PCR para poder desenvolverse de manera cómoda. Como ser entradas, puertas, escaleras, rampas, baños adaptados, habitaciones adaptadas, estacionamiento reservado para PCR, entre otros.

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CAMPAÑA DE SENCIBILIZACIÓN Ante el escaso desarrollo de condiciones de accesibilidad, no sólo en la infraestructura sino también de los responsables de los actores que participan en la actividad turística es que se propone el diseño de una campaña de sensibilización a través de herramientas de comunicación (dirigida a la comunidad en general y actores involucrados en la actividad turística) y seminarios de capacitación (destinado a actores involucrados en la actividad turística). Se considera que el uso de herramientas comunicacionales constituyen un factor de influencia poderosa en el desarrollo de la conciencia turística en una comunidad determinada: mientras más informado está el publico mayor es la posibilidad de que los mensajes de concientización promovidos ocasionen modificaciones en las actitudes y conductas de las personas. Para la campaña de sensibilización propuesta se hará hincapié en la comunicación visual, grafica y radial como medio de transmisión, haciendo uso de herramientas como ser: folletos, gigantografias y publicidades en la vía pública especialmente en las zonas más transitadas y accesos a la ciudad para concientizar a la comunidad y organismos pertinentes a cerca de la importancia del Turismo Accesible y su implementación en San Salvador de Jujuy. Así mismo se considera fundamental proponer un ciclo de seminarios teóricos destinados a los actores directos de la actividad turística con la participación de disertantes especializados en la temática para concientizar y lograr así que el Turismo Accesible logre el valor que merece, ya que es un derecho de todos.

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La campaña comunicacional “Turismo sin barreras”,

tiene como objetivo

sensibilizar sobre el turismo accesible en la provincia de Jujuy, mediante la misma se proponen: 1.1 Campaña de Formación e Información dirigida a actores involucrados. 1.2 Piezas audiovisuales, graficas, radiales y digitales dirigidas a la sociedad en general y actores involucrados.

1.1 Campaña de Formación/Información En primer término se programaran Seminarios (espacios de encuentro) destinados a los actores involucrados en la actividad turística, específicamente a empresarios dedicados a la misma. Para ello se crearan y/o fortalecerán las redes entre estos y los organismos nacionales especializados en la temática Ej. Secretaria de Turismo de la Nación, Conadis, Dirección Nacional de Adultos Mayores entre otros, a quienes se les solicitará la presencia en esta Provincia de Jujuy de Profesionales expertos a fin de que brinden información. Contando los actores involucrados en el Turismo con la suficiente información, se considera que los mismos estarán receptivos a introducir cambios, los que serán acompañados con campañas de sensibilización.

1.2 Propuesta de creación de identidad grafica. Previa a la producción de piezas graficas y audiovisuales, se propone la creación de un logotipo que identifique la campaña.

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1.2.1 La Marca Todo desarrollo social, cultural y de formación necesita de un nombre identificatorio para ser rápidamente concebido por la comunidad en la que se desarrolla, además permite su inmediato reconocimiento, logrando obtener una valoración social e instalación cultural. El logotipo se conforma por un círculo; de color turquesa que simboliza frescura, vitalidad y alegría; sobre el cual se ubica el slogan “Turismo sin barreras”, en color blanco para contrastar con el fondo. Debajo se adhiere una medialuna recostada que connota la sonrisa que genera el bienestar y la gratitud de las PCR por la preocupación de entidades y sociedad por el turismo accesible.

1.2.2 Propuesta Audiovisual Atraer la atención desde lo sonoro y lo visual incrementa el impacto del mensaje que se quiere dar y esta es una de las máximas ventajas que brinda la televisión. Pero, desde la aparición de las nuevas tecnologías, este tipo de mensajes no solo son emitidos en medios convencionales sino también en Internet (ver Propuesta 2.0) o en pantallas LED ubicadas en zonas urbanas transitadas. Para la propuesta el uso de estos medios permitirá una cobertura local, nacional e internacional aunque solo interese una de ellas. 69

Es importante su uso por la rapidez de penetración en el receptor, su alcance y la posibilidad de repetición, logrando la permanencia en el imaginario social para lograr luego la integración definitiva. Sin embargo, a la hora de producir este tipo de mensajes habrá que tener en cuenta las desventajas, entre ellas, la saturación publicitaria, la poca atención del receptor, el zapping (en el caso de la televisión), los costos y sobre todo la corta duración que exige la entrega de un mensaje rápido. Para esta campaña se planea una serie de spot publicitarios en el que se mostraran distintas dificultades con las que se pueden encontrar las PCR cuando no existe una concientización ni se brinda accesibilidad en los servicios.

Permitiendo la enseñanza al ciudadano de cómo actuar ante alguna situación frente a una PCR y demostrando la importancia de la implementación de la temática en la ciudad, no solo para una mejora en la calidad de atención al turista sino también para la protección del mismo, que además beneficiara la economía de la provincia. Los mensajes serán transmitidos en canales de televisión locales, en horarios estratégicos (Ej: durante el noticioso del mediodía y la noche), en las pantallas gigante publicitarias que se encuentran ubicadas en intersección Av. 19 de Abril y Lavalle, y Estadio 23 de Agosto ya sea en hora pico o durante partidos de futbol, según corresponda. Por ejemplo: Se mostrará un hombre en silla de rueda con la imposibilidad de ingresar a una galería de compras por la inexistencia de una rampa de acceso. Acto seguido, dos personas (ciudadanos jujeños) ayudando al hombre. Desenlace, imágenes de la galería con la rampa de acceso incorporada y una persona discapacitada haciendo uso de esta comodidad finaliza con la aparición del slogan “Turismo sin barreras”.

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1.2.3 Propuesta Grafica Entre los tipos de medios de comunicación, el medio grafico es el más económico y masivo, es utilizado para la reafirmación de lo propuesto en el medio audiovisual o radial, permite ampliar la información, captar el interés del público objetivo, la intervención social, el contacto cara a cara (cuando existen promotores) y la permanencia, teniendo la capacidad de informar en cualquier momento del día, ya sea en el hogar (ej. folleto) o en la vía pública (ej. gigantografia). Es muy importante la creatividad en este tipo de medio ya que la saturación de publicidad grafica genera la falta de atención del receptor, pero una campaña bien conformada podrá dar buenos resultados. Por ello, se propone: 1.2.3.1 Gigantografias: Se ubicaran al costado de las rutas de acceso a la capital y a localidades jujeñas que cuenten con constante visita turística. Ejemplo: En la cartelera se mostrara el slogan de la campaña “Turismo sin barreras” sobre un fondo turquesa con fotografías de PCR disfrutando de los atractivos turísticos jujeños (gastronómicos, culturales, arqueológicos, naturales, etc.).

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1.2.3.2.Remeras y gorras: Para la identificación de promotores de la campaña que no solo repartirán folletos, sino también estarán capacitados para informar acerca de la temática de Turismo Accesible y sus beneficios, como así también sobre los establecimientos que presten estos servicios. Ejemplo: prendas del color que identifique la campaña con el slogan “Turismo sin barreras”.

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1.2.3.3 Folleto: Se proponen trifolios, que serán distribuidos en la secretaria y casillas de turismo, a todo los actores que estén involucrados en el turismo y de manera directa a los transeúntes en puntos estratégicos del casco céntrico jujeño (Peatonal, Plaza Belgrano, Puente Lavalle, etc.). Ejemplo: la pieza estará compuesta por una portada con el slogan “Turismo sin barreras” y fotografías de PCR disfrutando de atractivos turísticos jujeños. Dentro contendrá información acerca del turismo accesible (¿Qué es? ¿Qué puedo hacer como entidad o ciudadano para ayudar a concretarlo? ¿Qué beneficios brinda?), listado de entidades públicas y privadas (hoteles, galerías de compra, restaurantes, museos, etc.) que ya sean participes del turismo para PCR. Servirá no solo como publicidad sino también como llamado de atención e invitación a la participación, de actores involucrados en el turismo y de la sociedad en general que no conoce sobre esta nueva herramienta de desarrollo turístico.

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1.2.3.4 Calcomanías: Se propone un logotipo como es slogan que representa a la campaña. Las mismas serán distribuidas en todas las entidades que brinden servicios a PCR permitiendo una identificación inmediata del turista y la comunidad jujeña.

1.2.4 Propuesta Radial En cuanto a medios masivos de comunicación, la radio es uno de los medios más económicos y de mayor alcance, entre sus ventajas se encuentra la accesibilidad directa con el oyente, ya que es personal y de fácil movilidad, convirtiéndose en una compañía en el hogar, en el trabajo, en el automóvil, etc. Una de sus desventajas es su audiencia segmentada, pero como esta campaña está dirigida a toda la sociedad, esta se convierte en una ventaja que se debe aprovechar. Por otro lado, en las zonas desfavorables (Quebrada y Puna jujeña) es el medio más utilizado, recordando que la mayor parte de los turistas visitan estas zonas y que no está demás informar a los actores involucrados que viven en estas localidades. Se propone una Cuña publicitaria que se emitirán en diferentes radios locales, siendo estas elegidas de acuerdo a su alcance y cantidad de oyentes (LW 8 – Radio City) para una mejor difusión.

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Ejemplo: La publicidad radial inicia con el nombre de la campaña “Turismo sin barreras”, se oye una voz en off que informa sobre el significado del turismo accesible, las maneras en que tanto el ciudadano como la entidad pueden participar para la mejora el servicio y calidad turística jujeña. Finaliza con el nombre de la campaña “Turismo sin barreras”.

1.2.5 Propuesta 2.0 La aparición de internet logro diluir las fronteras geográficas, permitiendo la difusión y creación en conjunto de información, el contacto directo por mail y páginas webs ya sea de organizaciones, empresas u otras personas. Hoy, a todas estas posibilidades, se añadieron las tecnologías 2.0, que permiten la interacción con otros usuarios de la red de manera directa, en tiempo real y porque no personalizada. Lo que antes lográbamos vía mails (mailing), ahora podemos realizarlo mediante las redes sociales. Esta nueva herramienta trajo consigo la posibilidad no solo de conocer personas, sino también de compartir conocimientos, fotografías y videos de manera inmediata y creativa; participar de Flashmobs (reuniones breves online con fines lúdicos y de entretenimiento con el propósito de movilizar miles de personas), interactuar con el publico objetivo para informar sobre un producto o servicio, tener información actualizada de temas de interés que permitirán acudir a eventos, etc. Sin embargo, se debe tener en cuenta sus limitaciones, entre ellas, los mensajes no pueden ser muy extensos, los archivos deben ser de poco peso (la espera genera aburrimiento), se corre el riesgo de saturar con información y llevando a la perdida de público, no todos conocen el manejo de esta herramienta, entre otras.

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Como integración al uso de estas nuevas tecnologías, se propone la creación de usuarios en redes sociales como Facebook y Twitter que permitirán difundir y reafirmar la campaña audiovisual y grafica propuesta anteriormente, buscando, vía internet, la fijación definitiva de la campaña de sensibilización en la sociedad y en los actores involucrados. Ejemplo: En la cuenta de Facebook se compartirán los spot publicitarios y grafica, dándose

una

repetición

que

finalmente

lograra

instalar

esta

campaña

comunicacional en el imaginario colectivo jujeño.

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CONCLUSION En base a la investigación realizada se considera que en San Salvador de Jujuy hay escasa información sobre los conceptos y medidas que se deben tener en cuenta para propender a la accesibilidad de un destino. Falta la incorporación de la información y

la concientización de los miembros de la comunidad y

autoridades relacionadas con la actividad turística, ya que no hay condiciones de accesibilidad en las instalaciones públicas ni privadas. Si se hace hincapié en que el turismo debe ser inclusivo ya que es un derecho de todos desde el organismo de aplicación y contralor deberían tomarse más medidas para reforzar la puesta en práctica de la legislación y logar así una equiparación entre lo que debería ser y la realidad. Se considera que la implementación de la accesibilidad en cuanto al turismo lograría diferenciar a San Salvador de Jujuy del resto de las provincias del norte dándole un valor agregado por brindar un servicio diferente que atienda al amplio segmento que integran las PCR. Un servicio en busca de la inclusión ya que el turismo es derecho de todos. Es fundamental informar y concientizar a los empresarios de la actividad turística y a la sociedad en general sobre que es la accesibilidad, sus beneficios, quiénes integran el grupo de PCR, cuáles son sus necesidades, que mediadas se pueden llevar a cabo para mejorar sus condiciones a la hora de desplazarse, que son las berreras, cómo eliminarlas, etc; para así crear un estado de concienciación social promoviendo actitudes positivas y originando una reflexión sobre el tema. Se observa que en materia de accesibilidad actualmente hay poco. Para que exista una verdadera implantación de la accesibilidad en las instalaciones o productos turísticos se necesita la formación de todas las personas que trabajan en turismo. La formación supone una oportunidad para mejorar los servicios turísticos, desde la perspectiva de la accesibilidad.

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Tanto el empresariado como las empresas que construyen (o que gestionan) las instalaciones turísticas han de conocer las necesidades de accesibilidad del "turista no estándar". El conocimiento de esta temática debe ser parte necesaria de todos aquellos que están relacionados a las actividades del tiempo libre del hombre. Se requiere una conciencia colectiva que permita transitar sin barreras por la vida a todos aquellas PCR a fin de mejorar la calidad de vida de este visitante de un destino con una visión que permita una integración social, física y funcional en cada una de las actividades que el hombre realiza. En base a la información obtenida en la investigación (legislación, entrevistas y tomas fotográficas) se puede observar que los actores involucrados en la actividad turística y la sociedad en general poseen escasa información y si bien manifiestan interés, sobre la temática de accesibilidad y turismo, esta mínimamente se traduce en hechos concretos. Razón por la cual tampoco se brinda un servicio acorde a las necesidades de las PRC. Se considera que la propuesta de la campaña de sensibilización logrará que se tome

conciencia y que la comunidad y autoridades se vuelvan sensibles en

cuanto a la accesibilidad y la importancia de su incorporación en San Salvador de Jujuy.

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ANEXOS

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ANEXO I LEYES LEY NACIONAL DE TURISMO 25.997 Objeto y Principios. Conformación del Sector. Comité Interministerial de Facilitación Turística. Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación. Consejo Federal de Turismo. Instituto Nacional de Promoción Turística. Régimen financiero. Fondo Nacional de Turismo. Incentivos de fomento turístico. Programa Nacional de Inversiones Turísticas. Protección al turista. Turismo social. Infracciones y sanciones. Disposiciones complementarias. Sancionada: Diciembre 16 de 2004 Promulgada: Enero 5 de 2005 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: LEY NACIONAL DE TURISMO TITULO I Objeto y Principios ARTICULO 1° — Declárase de interés nacional al turismo como actividad socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo del país. La actividad turística resulta prioritaria dentro de las políticas de Estado. El turismo receptivo es una actividad de exportación no tradicional para la generación de divisas, resultando la actividad privada una aliada estratégica del Estado. Son actividades directa o indirectamente relacionadas con el turismo las que figuran en el Anexo I, conforme la clasificación internacional uniforme de las actividades turísticas de la Organización Mundial de Turismo. Objeto. La presente ley tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la promoción y la regulación de la actividad turística y del recurso turismo mediante la determinación de los mecanismos necesarios para la creación, conservación, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, resguardando el desarrollo sostenible y sustentable y la optimización de la calidad, estableciendo los mecanismos de participación y concertación de los sectores público y privado en la actividad. ARTICULO 2° — Principios. Son principios rectores de la presente ley los siguientes: Facilitación. Posibilitar la coordinación e integración normativa a través de la cooperación de los distintos organismos relacionados directa o indirectamente con la actividad turística, persiguiendo el desarrollo armónico de las políticas turísticas de la Nación. Desarrollo social, económico y cultural. El turismo es un derecho social y económico de las personas dada su contribución al desarrollo integral en el aprovechamiento del tiempo libre y en la revalorización de la identidad cultural de las comunidades. Desarrollo sustentable. El turismo se desarrolla en armonía con los recursos naturales y culturales a fin de garantizar sus beneficios a las futuras generaciones. El desarrollo sustentable se aplica en tres ejes básicos: ambiente, sociedad y economía. Calidad. Es prioridad optimizar la calidad de los destinos y la actividad turística en todas sus áreas a fin de satisfacer la demanda nacional e internacional. Competitividad. Asegurar las condiciones necesarias para el desarrollo de la actividad a través de un producto turístico competitivo y de inversiones de capitales nacionales y extranjeros. Accesibilidad. Propender a la eliminación de las barreras que impidan el uso y disfrute de la actividad turística por todos los sectores de la sociedad, incentivando la equiparación de oportunidades.

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TITULO II Conformación del sector CAPITULO I Comité Interministerial de Facilitación Turística ARTICULO 3° — Créase el Comité Interministerial de Facilitación Turística para coordinar y garantizar el cumplimiento de las funciones administrativas de las distintas entidades públicas de nivel nacional con competencias relacionadas y/o afines al turismo en beneficio del desarrollo sustentable del país y su competitividad. ARTICULO 4° — Objeto. El Comité Interministerial de Facilitación Turística deberá conocer, atender, coordinar y resolver los asuntos administrativos que surjan en el marco de la actividad turística, a fin de coadyuvar con la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación en el ejercicio de sus deberes y facultades. ARTICULO 5° — Composición. El Comité Interministerial de Facilitación Turística será presidido por el titular de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación y estará integrado por los funcionarios que designen los titulares de las entidades de la administración pública nacional que oportunamente establezca la reglamentación de la presente ley, los cuales no podrán tener rango inferior a subsecretario. CAPITULO II Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación ARTICULO 6° — Autoridad de aplicación. La Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación o el organismo que en el futuro la reemplace, será la autoridad de aplicación de la presente norma, así como de sus disposiciones reglamentarias y complementarias. ARTICULO 7° — Deberes. Son deberes de la autoridad de aplicación los siguientes: a) Fijar las políticas nacionales de la actividad turística con el fin de planificar, programar, promover, capacitar, preservar, proteger, generar inversión y fomentar el desarrollo en el marco de un plan federal estratégico a presentarse dentro de los doce (12) meses siguientes a la promulgación de la presente ley; b) Proponer las reglamentaciones relacionadas con las actividades turísticas, los productos turísticos y los servicios a su cargo, las que serán consultadas al Consejo Federal de Turismo y a la Cámara Argentina de Turismo; c) Coordinar, incentivar e impulsar las acciones para la promoción turística de nuestro país tanto a nivel interno como en el exterior; d) Controlar el cumplimiento de la reglamentación y de las normas complementarias que oportunamente se dicten; e) Gestionar la revisión de las disposiciones o conductas que impidan o dificulten el desarrollo del turismo; f) Elaborar el plan de inversiones y obras públicas turísticas; g) Fijar las tarifas y precios de los servicios que preste en todo lo referido al turismo social y recreativo en las unidades turísticas a su cargo; así como de los objetos que venda, para el cumplimiento de sus actividades conexas; h) Favorecer el intercambio turístico, la promoción y la difusión mediante acuerdos y/o convenios multilaterales con otros países u organismos, a los fines de incrementar e incentivar el turismo hacia nuestro país y/o la región; i) Fiscalizar y auditar los emprendimientos subvencionados por la Nación, así como los fondos invertidos, que cuenten con atractivos y/o productos turísticos; j) Propiciar la investigación, formación y capacitación técnica y profesional de la actividad; k) Promover una conciencia turística en la población; l) Preparar anualmente su plan de trabajos, el presupuesto general de gastos, y el cálculo de los recursos propios previstos en la presente ley; m) Administrar el Fondo Nacional de Turismo.

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ARTICULO 8° — Facultades. La autoridad de aplicación tiene, sin perjuicio de las no enunciadas y que le fueran inherentes para posibilitar el mejor alcance de sus finalidades, las siguientes facultades: a)

Acordar las regiones, zonas, corredores, circuitos y productos turísticos con las provincias, municipios intervinientes y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

b) Disponer la realización de emprendimientos de interés turístico, prestando apoyo económico para la ejecución de obras de carácter público, equipamiento e infraestructura turística, en consenso con la provincia, municipio interviniente y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; c) Realizar y/o administrar por sí o por concesionarios, infraestructura turística y/u otra tipología de equipamiento y/o de servicio con propósito de fomento; d) Gestionar y/o conceder créditos para la construcción, ampliación o refacción de las tipologías expuestas en el inciso c) del presente artículo y para el pago de deudas provenientes de esos conceptos en las condiciones que se establezcan, previo consenso con las provincias, los municipios intervinientes y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su caso; e) Promover acciones tendientes a instaurar incentivos que favorezcan la radicación de capitales en la República Argentina; f) Celebrar convenios con instituciones o empresas públicas o privadas nacionales o extranjeras para toda acción conducente al cumplimiento de los alcances y objetivos de la presente ley, incluyendo la instalación de oficinas de promoción en el exterior; g) Diseñar, promover y desarrollar un sistema especial de créditos a fin de contribuir al desarrollo del turismo en el país; h) Promover, coordinar, asistir e informar a instituciones educativas donde se impartan enseñanzas para la formación de profesionales y de personal idóneo en las actividades relacionadas con el turismo; i) Organizar y participar en congresos, conferencias, u otros eventos similares con las provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, organizaciones empresariales, instituciones académicas representativas del sector y/u organismos extranjeros; j) Subvencionar a las entidades oficiales de turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y provinciales, que adhieran mediante convenios celebrados con los respectivos gobiernos a lo dispuesto en el inciso b) del presente artículo; k) Disponer en la forma que estime conveniente, y a los efectos de la promoción turística, la ejecución, distribución y exhibición de todo material de difusión que decida realizar; l) Convenir y realizar con toda área de gobierno centralizada y descentralizada acuerdos relacionados con el mejor cumplimiento de la presente ley; m) Disponer de las sumas necesarias para la organización de congresos y la atención de visitas de personalidades extranjeras vinculadas al turismo; n) Realizar e implementar estrategias de capacitación, información, concientización, promoción y prevención con miras a difundir la actividad turística; o) La organización, programación, colaboración y contribución económica para la participación del país en ferias, exposiciones, congresos o eventos similares de carácter turístico; p) Fomentar la inclusión en los programas de estudio en todos los niveles de la enseñanza pública y privada de contenidos transversales de formación turística. CAPITULO III Consejo Federal de Turismo ARTICULO 9° — Concepto. Créase el Consejo Federal de Turismo, el que tendrá carácter consultivo, a cuyo efecto, la autoridad de aplicación de la presente ley podrá convocarlo cuando lo considere necesario. ARTICULO 10. — Objeto. Corresponde al Consejo Federal de Turismo examinar y pronunciarse sobre cuestiones referentes a la organización, coordinación, planificación, promoción, legislación y estrategias de las actividades turísticas de carácter federal. ARTICULO 11. — Composición. El Consejo Federal de Turismo estará integrado por UN (1) representante de la autoridad de aplicación, por los funcionarios titulares de los organismos oficiales de turismo de cada provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o quien ellos designen.

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ARTICULO 12. — Atribuciones. Son atribuciones del Consejo Federal de Turismo, sin perjuicio de las no enunciadas y que le fueran inherentes para posibilitar el mejor alcance de sus finalidades: a) Dictar su reglamento interno; b) Convocar a entidades públicas y privadas a la asamblea, como miembros no permanentes con voz pero sin voto; c) Participar en la elaboración de políticas y planes para el desarrollo del turismo que elabore la autoridad de aplicación; d) Proponer la creación de zonas, corredores y circuitos turísticos en las provincias con acuerdo de los municipios involucrados donde puedan desarrollarse políticas comunes de integración, promoción y desarrollo de la actividad; e) Fomentar en las provincias y municipios con atractivos turísticos, el desarrollo de políticas de planeamiento estratégico compartidas entre el sector público y el privado; f) Asesorar en cuestiones referentes a la organización, coordinación, promoción, y reglamentación de las actividades turísticas, tanto públicas como privadas; g) Promover el desarrollo turístico sustentable de las diferentes regiones, provincias, municipios y Ciudad Autónoma de Buenos Aires. CAPITULO IV Instituto Nacional de Promoción Turística ARTICULO 13. — Créase el Instituto Nacional de Promoción Turística como ente de derecho público no estatal en el ámbito de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación. ARTICULO 14. — Objeto. Corresponde al Instituto Nacional de Promoción Turística desarrollar y ejecutar los planes, programas y estrategias de promoción del turismo receptivo internacional y de los productos directamente relacionados con él, así como de la imagen turística del país en el exterior. ARTICULO 15. — Composición. El Instituto será presidido por el titular de la autoridad de aplicación y tendrá un directorio compuesto por los representantes que se detallan a continuación o sus alternos, debiendo el presidente y el directorio desempeñar sus funciones ad honórem: a) CINCO (5) vocales designados por la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación; b) TRES (3) vocales designados por la Cámara Argentina de Turismo (CAT); c) TRES (3) vocales designados por el Consejo Federal de Turismo. En caso de empate el presidente contará con doble voto. ARTICULO 16. — Duración del mandato. Los miembros del directorio durarán DOS (2) años en sus funciones y sus mandatos podrán continuar, aun vencidos, hasta tanto sean designados sus reemplazantes o hasta que cesen en su representación o en el mandato que les dio origen, no pudiendo extenderse esta prórroga por un período mayor a SEIS (6) meses. La designación y remoción de los mismos se regirá por el reglamento interno del Instituto. ARTICULO 17. — Recursos. El Instituto Nacional de Promoción Turística cuenta con los siguientes recursos: a) Los aportes que se reciban de la Nación; b) El CUARENTA POR CIENTO (40%) del producido del impuesto establecido en el inciso b) del artículo 24. El Poder Ejecutivo Nacional podrá incrementar dicho porcentaje en hasta un DIEZ POR CIENTO (10%); c) Los fondos que se perciban en calidad de subsidios, legados, cesiones, herencias o donaciones; d) Los aportes del sector privado; e) Los ingresos derivados de la realización de conferencias, seminarios, cursos y publicaciones del Instituto, rentas; usufructos e intereses de sus bienes; f) Los ingresos provenientes de impuestos nacionales que pudieran crearse con el fin específico para el cumplimiento de los objetivos del Instituto; g) Los ingresos provenientes de toda otra fuente acorde al carácter legal y a los objetivos del Instituto. ARTICULO 18. — Presupuesto. Anualmente, el Instituto Nacional de Promoción Turística elaborará el presupuesto general del organismo, que incluirá la totalidad de los recursos y erogaciones previstas, y se conformará por una asignación operativa y otra de funcionamiento, el que integrará el Presupuesto de la Administración Nacional.

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ARTICULO 19. — Limitación. Los fondos asignados a gastos de administración no podrán superar el CINCO POR CIENTO (5%) de los gastos totales del Instituto. ARTICULO 20. — Aprobación. El proyecto de presupuesto mencionado en los artículos precedentes será oportunamente remitido al Poder Ejecutivo nacional. ARTICULO 21. — Remanente presupuestario. En caso que existiera remanente presupuestario no utilizado luego de cerrado el ejercicio anual, el mismo integrará automáticamente el presupuesto del año siguiente. Este excedente será considerado intangible para todo fin no relacionado con los objetivos del Instituto Nacional de Promoción Turística. ARTICULO 22. — Atribuciones. El Instituto Nacional de Promoción Turística tiene las siguientes atribuciones, sin perjuicio de las no enunciadas y que le fueran inherentes para posibilitar el mejor alcance de su objetivo: a) Elaborar su reglamento interno; b) Diseñar los planes, programas y prioridades en materia de promoción turística y ejecutar la estrategia de promoción y mercadeo internacional para fortalecer y sostener la imagen de la “Argentina” como marca y como destino turístico; c) Administrar los fondos para la promoción y el correcto funcionamiento del Instituto y buscar formas para percibir ingresos adicionales; d) Realizar trabajos y estudios relativos al cumplimiento de sus objetivos; e) Organizar y participar en ferias, conferencias, exposiciones y otros eventos promocionales prioritariamente en el extranjero; f) Coordinar misiones de promoción turística comerciales y periodísticas; g) Editar, producir y desarrollar toda acción, material publicitario y promocional necesario para el cumplimiento de sus objetivos; h) Brindar asesoramiento a sus integrantes sobre oportunidades y características de los mercados extranjeros. ARTICULO 23. — Asignación. Los recursos que conformen el patrimonio del Instituto Nacional de Promoción Turística deben ser íntegramente destinados a sus objetivos. TITULO III Régimen financiero CAPITULO I Fondo Nacional de Turismo ARTICULO 24. — Constitución. El Fondo Nacional de Turismo se constituye con los siguientes recursos: a) Las sumas que se le asignen en el Presupuesto de la Administración Nacional; b) El producto del CINCO POR CIENTO (5%) del precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior; y los fluviales al exterior, conforme lo determine la reglamentación, vendidos o emitidos en el país y los vendidos o emitidos en el exterior para residentes argentinos en viajes que se inicien en el territorio nacional; c) Las donaciones y legados al Estado nacional con fines turísticos, excepto cuando el donante expresare su voluntad de que los bienes pasen a una jurisdicción específica; d) El aporte que hicieren los gobiernos provinciales, municipales, reparticiones del Estado y comisiones de fomento; e) Los intereses, recargos, multas y toda otra sanción pecuniaria derivada del incumplimiento de lo dispuesto en la presente ley y demás leyes nacionales que regulen actividad turística; f) Los aranceles que en cada caso se establezcan con relación a las habilitaciones para la prestación de servicios turísticos; g) La negociación de títulos que emita el Poder Ejecutivo nacional para el fomento del turismo; h) El importe de la venta de publicaciones y otros elementos publicitarios que produzca o comercialice el organismo de aplicación de la presente ley; i) El producto de la venta, arrendamiento y concesión de los bienes de la autoridad de aplicación y los administrados por ésta cuando correspondiere; j) Los tributos nacionales y aportes que por las leyes especiales se destinen para el fomento, promoción y apoyo de la infraestructura, el equipamiento y los servicios turísticos;

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k) Los fondos provenientes de servicios prestados a terceros y de las concesiones que se otorgaren; l) Las recaudaciones que por cualquier otro concepto obtenga la autoridad de aplicación. m) El presente fondo se constituye por el plazo de diez (10) años, a partir de la promulgación de la presente ley. ARTICULO 25. — Agentes de percepción. El impuesto previsto en el inciso b) del artículo precedente será percibido por las compañías transportadoras o empresas charteadoras, en carácter de agente de percepción, al efectuar el cobro de los pasajes, o en su caso, previamente al embarque del pasajero siempre y cuando la autoridad de aplicación no establezca otro procedimiento más conveniente. ARTICULO 26. — Excepciones. Se exceptúa del pago del impuesto previsto en el artículo 24, inciso b), de la presente ley a los pasajes emitidos para personal en misión oficial o diplomática, tanto nacional como extranjero y personal de organismos internacionales, así como para sus familiares y agentes de la legación. ARTICULO 27. — Reciprocidad. La excepción dispuesta en el artículo precedente sólo se acuerda a personal extranjero, sus familiares y agentes de la legación cuando en los respectivos países se otorgue igual tratamiento al personal argentino, sus familiares y agentes de la legación. ARTICULO 28. — Sanciones. Será reprimido con las sanciones previstas en el artículo 48 y concordantes de la ley 11.683 (t.o. 1998), en cada una de las situaciones previstas en dicha norma legal, aquel responsable que no depositare el impuesto dispuesto en el inciso b), del artículo 24, de la presente ley dentro del plazo correspondiente. ARTICULO 29. — Destino del fondo. Los recursos provenientes del Fondo Nacional de Turismo son administrados exclusivamente por la autoridad de aplicación para el cumplimiento de sus objetivos. ARTICULO 30. — Franquicias. Los materiales y elementos destinados al cumplimiento de las funciones de la autoridad de aplicación gozan de franquicia aduanera. CAPITULO II Incentivos de fomento turístico. ARTICULO 31. — Objeto. La autoridad de aplicación de la presente ley con los demás organismos del Estado que correspondiera, podrá otorgar beneficios y estímulos para la realización de programas y proyectos de interés turístico determinando en cada caso las obligaciones y compromisos que deberán aceptar los beneficiarios, así como las sanciones ante supuestos de incumplimiento y/o inobservancia. ARTICULO 32. — Iniciativas prioritarias. A los fines de la presente ley se consideran prioritarias la creación genuina de empleo y aquellas iniciativas que tiendan al cumplimiento de algunos de los siguientes objetivos: a) La utilización de materias primas y/o insumos nacionales; b) El incremento de la demanda turística; c) El desarrollo equilibrado de la oferta turística nacional; d) El fomento de la sustentabilidad; e) La investigación y especialización en áreas relacionadas al turismo; f) Toda otra que, a juicio de la autoridad de aplicación, tienda al cumplimiento de las finalidades de la presente ley. ARTICULO 33. — Instrumentos. El Estado proveerá al fomento, desarrollo, investigación, promoción, difusión, preservación y control en la parte de su competencia, de la actividad turística en todo el territorio de la República Argentina, otorgando beneficios impositivos, tributarios y crediticios similares a los de la actividad industrial. Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar medidas similares a las dispuestas en el párrafo anterior en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones y competencias. CAPITULO III Programa Nacional de Inversiones Turísticas ARTICULO 34. — Concepto. Créase el Programa Nacional de Inversiones Turísticas en el que se incluyen las inversiones de interés turístico, a ser financiadas por el Estado nacional. ARTICULO 35. — Asignación presupuestaria.

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En la ley de Presupuesto de la Administración Nacional, se incluirán anualmente las previsiones de gastos suficientes para financiar las inversiones anuales y se distribuirán los créditos en las jurisdicciones, subjurisdicciones y programas, con competencia en cada caso. ARTICULO 36. — Procedimiento. Las provincias deben remitir a la autoridad de aplicación los proyectos por ellas propuestos para la realización de inversiones generales de interés turístico. La autoridad de aplicación se expedirá respecto de la conveniencia y viabilidad de los mismos conforme a la ley 24.354 —Sistema Nacional de Inversión Pública—, sus normas modificatorias y complementarias. Los proyectos seleccionados integrarán el Programa Nacional de Inversiones Turísticas, el cual será remitido al Consejo Federal de Turismo, previo a su elevación. TITULO IV Protección al turista ARTICULO 37. — Procedimientos. La autoridad de aplicación debe instrumentar normativas de procedimientos eficaces tendientes a la protección de los derechos del turista y a la prevención y solución de conflictos en los ámbitos mencionados. La autoridad de aplicación podrá establecer convenios de cooperación, delegación y fiscalización con otros órganos oficiales federales o locales y con entidades privadas. TITULO V Turismo social ARTICULO 38. — Concepto. El turismo social comprende todos aquellos instrumentos y medios que otorguen facilidades para que todos los sectores de la sociedad puedan acceder al ocio turístico en todas sus formas, en condiciones adecuadas de economía, seguridad y comodidad. ARTICULO 39. — Plan de Turismo Social. La autoridad de aplicación tiene a su cargo elaborar el Plan de Turismo Social y promover la prestación de servicios accesibles a la población privilegiando a los sectores vulnerables, mediante la operación de las unidades turísticas de su dependencia y ejerciendo el control de gestión y calidad de los servicios. ARTICULO 40. — Acuerdos. La autoridad de aplicación podrá suscribir acuerdos con prestadores de servicios turísticos, organizaciones sociales y empresas privadas a fin de analizar, evaluar y determinar precios y condiciones especiales para dar cumplimiento a los objetivos del presente título. TITULO VI Infracciones y sanciones ARTICULO 41. — Infracciones y sanciones. En el ejercicio de sus funciones de contralor, la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación podrá aplicar por infracción y/o inobservancia a la presente ley y a los reglamentos que se dicten en consecuencia, multas de hasta pesos CIEN MIL ($ 100.000). ARTICULO 42. — Suspensión. La aplicación de las multas lo será sin perjuicio de la suspensión, revocación o caducidad de las autorizaciones administrativas otorgadas. ARTICULO 43. — Procedimiento. Las sanciones se aplicarán mediante el procedimiento que se establezca en la reglamentación de la presente ley, sin perjuicio de la aplicación supletoria de las disposiciones de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos 19.549. TITULO VII Disposiciones complementarias ARTICULO 44. — Areas protegidas nacionales. La Administración de Parques Nacionales dependerá como organismo descentralizado de la Secretaría de Turismo de la Nación o del organismo que la reemplace, sin perjuicio que la actividad turística que se desarrolle en las áreas protegidas de dicha administración, se realice conforme a lo establecido en la ley 22.351 o la que la sustituya. ARTICULO 45. — Reglamentación. La presente ley debe ser reglamentada dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días de su promulgación. ARTICULO 46. — Derogación. Deróganse las Leyes 14.574 y 25.198, sus reglamentaciones y toda otra norma que se oponga a la presente ley.

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ARTICULO 47. — Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes a los efectos de poner en ejecución las disposiciones de la presente ley. ARTICULO 48. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO. —REGISTRADA BAJO EL N° 25.997— EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan H. Estrada. ANEXO I ACTIVIDADES

COMPRENDIDAS

CONFORME

LA

CLASIFICACION

INTERNACIONAL

UNIFORME

DE

LAS

ACTIVIDADES TURISTICAS DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE TURISMO 1. Actividades directamente vinculadas con el turismo. 1.1. Servicios de alojamiento. 1.1.1. Servicios de alojamiento en camping y/o refugios de montaña. 1.1.2. Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías, cabañas bungalow, aparts y residenciales similares, excepto por hora, que incluyen restaurante. 1.1.3. Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías, cabañas bungalow, aparts y residenciales similares, excepto por hora, que no incluyen restaurante. 1.1.4. Servicios de hospedaje en estancias y albergues juveniles. 1.1.5. Servicios en apartamentos de tiempo compartido. 1.2. Agencias de viajes. 1.2.1. Servicios de empresas de viajes y turismo. 1.2.2. Servicios de agencias de turismo y agencias de pasajes. 1.3 Transporte 1.3.1 Servicios de transporte aerocomercial. 1.3.2 Servicio de alquiler de aeronaves con fines turísticos. 1.3.3 Servicios de excursiones en trenes especiales con fines turísticos. 1.3.4 Servicios de excursiones fluviales con fines turísticos. 1.3.5 Servicios de excursiones marítimas con fines turísticos. 1.3.6 Servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo. 1.3.7 Servicios de alquiler de equipos de transporte terrestre sin operación ni tripulación. 1.4. Servicios profesionales de licenciados en turismo, técnicos en turismo y guías de turismo. 1.5. Otros servicios. 1.5.1. Servicios de centros de esquí. 1.5.2. Servicios de centros de pesca deportiva. 1.5.3. Servicios de centros de turismo salud, turismo termal y/o similares. 1.5.4. Servicios de centros de turismo aventura, ecoturismo o similares. 1.5.5. Servicios de otros centros de actividades vinculadas con el turismo. 1.5.6. Alquiler de bicicletas, motocicletas, equipos de esquí u otros artículos relacionados con el turismo. 1.5.7. Servicios de jardines botánicos, zoológicos y de parques nacionales. 1.5.8. Servicios de parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio. 1.5.9. Servicio de explotación de playas y parques recreativos. 1.5.10. Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos. 1.6. Servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones y/o exposiciones. 1.6.1. Servicio de alquiler y explotación de inmuebles para ferias, congresos y/o convenciones. 1.6.2. Servicios empresariales vinculados con la organización de ferias, congresos y/o convenciones. 1.6.3. Servicios de alquiler de equipamiento para la realización de ferias, congresos y/o convenciones. 2. Actividades indirectamente vinculadas con el turismo. 2.1. Gastronomía.

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2.1.1. Servicios de cafés, bares y confiterías. 2.1.2. Servicios de restaurantes y cantinas. 2.1.3. Servicios de salones de baile y discotecas. 2.1.4. Servicios de restaurante y cantina con espectáculo. 2.2. Otros servicios. 2.2.1. Venta al por menor de artículos regionales de talabartería de cuero, plata, alpaca y similares. 2.2.2. Venta al por menor de artículos y artesanías regionales. 2.2.3. Venta de antigüedades. El presente anexo podrá ser modificado por la autoridad de aplicación. Decreto Nº 2/2005. Bs. As., 5/1/2005 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación N° 25.997 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

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LEY NACIONAL DE TURISMO ACCESIBLE 25.643 Martes, 17 de Septiembre de 2002 - Año V - Nº 1125 LEGISLACION Ley 25643 - Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad. Turismo. Se determina que las prestaciones de servicios turísticos deberán adecuarse a los criterios universales establecidos en la Ley N° 24.314 y el decreto reglamentario N° 914/97. Agencias de Viajes. Obligatoriedad de información Sancionada: Agosto 15 de 2002.Promulgada de Hecho: Septiembre 11 de 2002.Publicación en el B.O.: 12/09/2002 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° - Turismo accesible es el complejo de actividades originadas durante el tiempo libre, orientado al turismo y la recreación, que posibilitan la plena integración -desde la óptica funcional y psicológica- de las personas con movilidad y/o comunicación reducidas, obteniendo durante las mismas la satisfacción individual y social del visitante y una mejor calidad de vida.ARTICULO 2° - A los fines de la presente ley se entiende por persona con movilidad y/o comunicación reducidas a las comprendidas en el artículo 2° de la Ley 22.431, como también aquellas que padezcan alteraciones funcionales por circunstancias transitorias, cronológicas y/o antropométricas.ARTICULO 3° - Será obligación de las Agencias de Viajes informar a las personas con movilidad y/o comunicación reducidas y/o grupo familiar y/o acompañante sobre los inconvenientes e impedimentos que pudiere encontrar en la planificación de un viaje que obstaculizaran su integración física, funcional o social y, a su vez, comunicar a los prestadores de servicios turísticos sobre las circunstancias referidas en el artículo 2° a los fines de que adopten las medidas que las mismas requieran.ARTICULO 4° - Las prestaciones de servicios turísticos deberán adecuarse de conformidad con los criterios del diseño universal establecidos en la Ley 24.314 y decreto reglamentario 914/97, gradualmente en los plazos y proporciones que establezca la reglamentación.Los prestadores que cumplimenten las condiciones del párrafo anterior deberán ser identificados con los símbolos de accesibilidad adoptados por Ley 19.279 y normas IRAM 3722, 3723 y 3724, emitido por la Secretaría de Turismo de la Nación y/o los organismos en quienes las provincias deleguen dichas funciones, previa consulta con la autoridad competente.ARTICULO 5° - Se deberá adecuar el material institucional de difusión de la República Argentina para la comprensión gráfica, visual y/o auditiva por parte de las personas con movilidad y/o comunicación reducidas.ARTICULO 6° - Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir e incorporar en sus respectivas normativas los contenidos de la presente ley.ARTICULO 7° - El Poder Ejecutivo nacional reglamentará las disposiciones de la presente ley dentro de los sesenta (60) días contados a partir de la fecha de su promulgación.-

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ARTICULO 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.Fdo.: EDUARDO O. CAMAÑO. - JUAN C. MAQUEDA. - Eduardo D. Rollano. - Juan C. O Ley 22431 (Actualizada por leyes 25635, 25634, 25504, 24901,24314, 24308, 23876, 23021) INSTITUCION DEL SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: TITULO I NORMAS GENERALES CAPITULO I OBJETIVO, CONCEPTO Y CALIFICACION DE LA DISCAPACIDAD ARTICULO 1°: Institúyese por la presente Ley, un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, tendiente a asegurar a éstas su atención médica, su educación y su seguridad social, así como a concederles las franquicias y estímulos que permitan en lo posible neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca y les den oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las personas normales. ARTICULO 2°: A los efectos de esta Ley, se considera discapacitada a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral. ARTICULO 3°: (Texto según ley 25504) - El Ministerio de Salud de la Nación certificará en cada caso la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación del afectado. Dicho ministerio indicará también, teniendo en cuenta la personalidad y los antecedentes del afectado, qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar. El certificado que se expida se denominará Certificado Único de Discapacidad y acreditará plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional en todos los supuestos en que sea necesario invocarla, salvo lo dispuesto en el artículo 19 de la presente ley. Idéntica validez en cuanto a sus efectos tendrán los certificados emitidos por las provincias adheridas a la Ley 24.901, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que se establezcan por reglamentación CAPITULO II SERVICIOS DE ASISTENCIA, PREVENCION, ORGANO RECTOR ARTICULO 4°: (Párrafo según ley 24901) El Estado, a través de sus organismos, prestará a las personas con discapacidad no incluidas dentro del sistema de las obras sociales, en la medida que aquellas o las personas de quienes dependan no puedan afrontarlas, los siguientes servicios: a) Rehabilitación integral, entendida como el desarrollo de las capacidades de la persona discapacitada.

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b) Formación laboral o profesional. c) Préstamos y subsidios destinados a facilitar su actividad laboral o intelectual. d) Regímenes diferenciales de seguridad social. e) Escolarización en establecimientos comunes con los apoyos necesarios previstos gratuitamente, o en establecimientos especiales cuando en razón del grado de discapacidad no puedan cursar la escuela común. f) Orientación o promoción individual, familiar y social. ARTICULO 5°: (Expresión sustituida según ley 25635) Asígnanse al Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación las siguientes funciones: a) Actuar de oficio para lograr el pleno cumplimiento de las medidas establecidas en la presente Ley. b) Reunir toda la información sobre problemas y situaciones que plantea la discapacidad. c) Desarrollar planes estatales en la materia y dirigir la investigación en el área de la discapacidad. d) Prestar asistencia técnica y financiera a las provincias. e) Realizar estadísticas que no lleven a cabo otros organismos estatales. f) Apoyar y coordinar la actividad de las entidades privadas sin fines de lucro que orienten sus acciones en favor de las personas discapacitadas. g) Proponer medidas adicionales a las establecidas en la presente Ley, que tiendan a mejorar la situación de las personas discapacitadas, y a prevenir las discapacidades y sus consecuencias. h) Estimular a través de los medios de comunicación el uso efectivo de los recursos y servicios existentes, así como propender al desarrollo del sentido de solidaridad social en esta materia. Nota: expresión sustituida: Ministerio de Bienestar Social de la Nación” por “Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación”. TITULO II NORMAS ESPECIALES CAPITULO I SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL ARTICULO 6°: (Expresión sustituida según ley 25635) El Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación pondrán en ejecución programas a través de los cuales se habiliten, en los hospitales de sus jurisdicciones, de acuerdo a su grado de complejidad y al ámbito territorial a cubrir, servicios especiales destinados a las personas discapacitadas. Promoverán también la creación de talleres protegidos y terapéuticos y tendrán a su cargo su habilitación, registro y supervisión.

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Nota: expresión sustituida: Ministerio de Bienestar Social de la Nación” por “Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación”. Nota expresión: Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires: suprimida ARTICULO 7°: (Expresión sustituida según ley 25635) El Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación apoyará la creación de hogares con internación total o parcial para personas discapacitadas cuya atención sea dificultosa a través del grupo familiar reservándose en todos los casos la facultad de reglamentar y fiscalizar su funcionamiento. Serán tenidas especialmente en cuenta, para prestar ese apoyo, las actividades de las entidades privadas sin fines de lucro. Nota: expresión sustituida: Ministerio de Bienestar Social de la Nación” por “Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación”. CAPITULO II TRABAJO Y EDUCACION ARTICULO 8°: El Estado Nacional, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado, están obligados a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al CUATRO por ciento (4%) de la totalidad de su personal. Nota expresión: Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires: suprimida ARTICULO 9°: (Expresión sustituida según ley 25635) El desempeño de determinada tarea por parte de personas discapacitadas deberá ser autorizado y fiscalizado por el Ministerio de Trabajo teniendo en cuenta la indicación efectuada por la Ministerio de Salud de la Nación, dispuesta en el artículo 3. Dicho Ministerio fiscalizará además lo dispuesto en el artículo 8. Nota: expresión sustituida: Secretaría de Estado de Salud Pública” por “Ministerio de Salud de la Nación”. ARTICULO 10°: Las personas discapacitadas que se desempeñen en los entes indicados en el artículo 8, gozarán de los mismos derechos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación laboral aplicable prevé para el trabajador normal. ARTICULO 11°: (Texto según ley 24308) EL Estado Nacional, los entes descentralizados y autárquicos, las empresas mixtas y del Estado están obligados a otorgar en concesión, a personas con discapacidad, espacios para pequeños comercios en toda sede administrativa. Se incorporarán a este régimen las empresas privadas que brinden servicios públicos. Será nula de nulidad absoluta la concesión adjudicada sin respetar la obligatoriedad establecida en el presente artículo. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de oficio o a petición de parte, requerirá la revocación por ilegítima, de tal concesión. Nota expresión: Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires: suprimida

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ARTICULO 12°: El Ministerio de Trabajo apoyará la creación de talleres protegidos de producción y tendrá a su cargo su habilitación, registro y supervisión. Apoyará también la labor de las personas discapacitadas a través del régimen de trabajo a domicilio. El citado Ministerio propondrá al Poder Ejecutivo Nacional el régimen laboral al que habrá de subordinarse la labor en los talleres protegidos de producción. ARTICULO 13°: (Expresión sustituida según ley 25635) El Ministerio de Educación de la Nación. Tendrá a su cargo: a) Orientar las derivaciones y controlar los tratamientos de los educandos discapacitados, en todos los grados educacionales, especiales, oficiales o privados, en cuanto dichas acciones se vinculen con la escolarización de los discapacitados, tendiendo a su integración al sistema educativo. b) Dictar las normas de ingreso y egreso a establecimientos educacionales para personas discapacitadas, las cuales se extenderán desde la detección de los déficits hasta los casos de discapacidad profunda, aún cuando ésta no encuadre en el régimen de la escuelas de educación especial. c) Crear centros de valuación y orientación vocacional para los educandos discapacitados. d) Coordinar con las autoridades competentes las derivaciones de los educandos discapacitados a tareas competitivas o a talleres protegidos. e) Formar personal docente y profesionales especializados para todos los grados educacionales de los discapacitados, promoviendo los recursos humanos necesarios para la ejecución de los programas de asistencia, docencia e investigación en materia de rehabilitación. Nota: expresión sustituida: “Ministerio de Cultura y Educación” por “Ministerio de Educación de la Nación”. CAPITULO III SEGURIDAD SOCIAL ARTICULO 14°: En materia de seguridad social se aplicarán a las personas discapacitadas las normas generales o especiales previstas en los respectivos regímenes y en las Leyes 20.475 y 20.888. ARTICULO 15°: Intercálese en el art. 9º de la ley 22269, como 3º párrafo el siguiente: Inclúyense dentro del concepto de prestaciones médico-asistenciales básicas, las que requieran la rehabilitación de las personas discapacitadas con el alcance que la reglamentación establezca. ARTICULO 16°: Agrégase a la ley 18017 (T.O. 1974), como art. 14bis, el siguiente: Art.14 bis: El monto de las asignaciones por escolaridad primaria, media y superior, y de ayuda escolar, se duplicará cuando el hijo a cambio del trabajador, de cualquier edad, fuere discapacitado y concurriese a establecimiento oficial, o privado controlado por autoridad competente, donde se imparta educación común o especial.

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A los efectos de esta ley, la concurrencia regular del hijo discapacitado a cargo del trabajador, a establecimiento oficial, o privado controlado por autoridad competente, en el que se presten servicios de rehabilitación exclusivamente, será considerada como concurrencia regular a establecimiento en que se imparta enseñanza primaria. ARTICULO 17°: Modifícase la ley 18.037 (T.O. 1976), en la forma que a continuación se indica: 1. Agrégase al art. 15, como último párrafo el siguiente: La autoridad de aplicación, previa consulta a los organismos competentes establecerá el tiempo mínimo de trabajo efectivo anual que debe realizar el afiliado discapacitado para computar un (1) año. 2. Intercálase en el art. 65, como 2º párr. el siguiente: Percibirá la jubilación por invalidez hasta el importe de la compatibilidad que el Poder Ejecutivo de acuerdo con el inc. b) del art. anterior, el beneficiario que reingrese a la actividad en relación de dependencia por haberse rehabilitado profesionalmente. Esta última circunstancia deberá acreditarse mediante certificado expedido por el órgano competente para ello. ARTICULO 18°: Intercálase en el art. 47 de la ley 18038 (T.O. 1980), como 2º párrafo el siguiente: Percibirá la jubilación por invalidez hasta el importe de la compatibilidad que el Poder Ejecutivo fije de acuerdo con el inc. e) del art. anterior, el beneficiario que reingresare a la actividad en relación de dependencia por haberse rehabilitado profesionalmente. Esta última circunstancia deberá acreditarse mediante certificado expedido por el órgano competente para ello. ARTICULO 19°: En materia de jubilaciones y pensiones, la discapacidad se acreditará con arreglo a lo dispuesto en los artículos 33 y 35 de la Ley 18.037 (T.O. 1976 y 23 de la Ley 18.038 (T.O. 1980). (Capítulo sustituido por ley 24314) CAPITULO IV Accesibilidad al medio físico. (Capítulo original) CAPITULO IV Transporte y arquitectura diferenciada. ARTICULO 20°: (Texto según ley 24314) Establécese la prioridad de supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos y de transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida, y mediante la aplicación de las normas contenidas en el presente capítulo. A los fines de la presente ley, entiéndese por accesibilidad la posibilidad de las personas con movilidad reducida de gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria, sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico o del transporte, para su integración y equiparación de oportunidades. Entiéndese por barreras físicas urbanas las existentes en las vías y espacios libres públicos, a cuya supresión se tenderá por el cumplimiento de los siguientes criterios: a) Itinerarios peatonales: contemplarán una anchura mínima en todo su recorrido que permita el paso de dos personas, una de ellas en silla de ruedas. Los pisos serán antideslizantes, sin resaltos ni aberturas que permitan el tropiezo de personas con bastones o sillas de ruedas. Los desniveles de todo tipo tendrán un diseño y grado de inclinación que permita la transitabilidad, utilización y seguridad de las personas con movilidad reducida;

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b) Escaleras y rampas: las escaleras deberán ser de escalones cuya dimensión vertical y horizontal facilite su utilización por personas con movilidad reducida, y estarán dotadas de pasamanos. Las rampas tendrán características señaladas para los desniveles en el apartado a); c) Parques, jardines, plazas y espacios libres: deberán observar en sus itinerarios peatonales las normas establecidas para los mismos en el apartado a). Los baños públicos deberán ser accesibles y utilizables por personas de movilidad reducida; d) Estacionamientos: tendrán zonas reservadas y señalizadas para vehículos que transporten personas con movilidad reducida, cercanas a los accesos peatonales; e) Señales verticales y elementos urbanos varios: las señales de tráfico, semáforos, postes de iluminación y cualquier otro elemento vertical de señalización o de mobiliario urbano se dispondrán de forma que no constituyan obstáculos para los no videntes y para las personas que se desplacen en silla de ruedas; f) Obras en la vía pública: Estarán señalizadas y protegidas por vallas estables y continuas y luces rojas permanentes, disponiendo los elementos de manera que los no videntes puedan detectar a tiempo la existencia del obstáculo. En las obras que reduzcan la sección transversal de la acera se deberá construir un itinerario peatonal alternativo con las características señaladas en el apartado a). ARTICULO 21°: (Texto según ley 24314) Entiéndese por barreras arquitectónicas las existentes en los edificios de uso público, sea su propiedad pública o privada, y en los edificios de vivienda; a cuya supresión se tenderá por la observancia de los criterios contenidos en el presente artículo. Entiéndese por adaptabilidad, la posibilidad de modificar en el tiempo el medio físico, con el fin de hacerlo completa y fácilmente accesible a las personas con movilidad reducida. Entiéndese por practicabilidad, la adaptación limitada a condiciones mínimas de los ámbitos físicos para ser utilizados por las personas con movilidad reducida. Entiéndese por visitabilidad, la accesibilidad estrictamente limitada al ingreso y uso de los espacios comunes y un local sanitario, que permita la vida en relación de las personas con movilidad reducida: a) Edificios de uso público: deberán observar en general la accesibilidad y posibilidad de uso en todas sus partes por personas de movilidad reducida; y en particular la existencia de estacionamientos reservados y señalizados para vehículos que transporten a dichas personas, cercanos a los accesos peatonales; por lo menos un acceso al interior del edificio desprovisto de barreras arquitectónicas; espacios de circulación horizontal que permitan el desplazamiento y maniobra de dichas personas, al igual que comunicación vertical accesible y utilizable por las mismas, mediante elementos constructivos o mecánicos; y servicios sanitarios adaptados. Los edificios destinados a espectáculos deberán tener zonas reservadas, señalizadas y adaptadas al uso por personas con sillas de ruedas. Los edificios en que se garanticen plenamente las condiciones de accesibilidad ostentarán en su exterior un símbolo indicativo de tal hecho. Las áreas sin acceso de público o las correspondientes a edificios industriales y comerciales tendrán los grados de adaptabilidad necesarios para permitir el empleo de personas con movilidad reducida. b) Edificios de viviendas: las viviendas colectivas con ascensor deberán contar con un itinerario practicable por las personas con movilidad reducida, que una la edificación con la vía pública y con las dependencias de uso común.

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Asimismo, deberán observar en su diseño y ejecución o en su remodelación, la adaptabilidad a las personas con movilidad reducida, en los términos y grados que establezca la reglamentación. En materia de diseño y ejecución o remodelación de viviendas individuales, los códigos de edificación han de observar las disposiciones de la presente ley y su reglamentación. En las viviendas colectivas existentes a la fecha de sanción de la presente ley, deberán desarrollarse condiciones de adaptabilidad y practicabilidad en los grados y plazos que establezca la reglamentación. ARTICULO 22°: (Texto según ley 24314) Entiéndese por barreras en los transportes, aquellas existentes en el acceso y utilización de los medios de transporte público terrestres, aéreos y acuáticos de corta, media y larga distancia, y aquellas que dificulten el uso de medios propios de transporte por las personas con movilidad reducida; a cuya supresión se tenderá por observancia de los siguientes criterios: a)

Vehículos de transporte público: tendrán dos asientos reservados, señalizados y cercanos a la puerta por cada coche, para personas con movilidad reducida. Dichas personas estarán autorizadas para descender por cualquiera de las puertas. Los coches contarán con piso antideslizante y espacio para ubicación de bastones, muletas, sillas de ruedas y otros elementos de utilización por tales personas. En los transportes aéreos deberá privilegiarse la asignación de ubicaciones próximas a los accesos para pasajeros con movilidad reducida. (Párrafo vigente según ley 25635) Las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social. La reglamentación establecerá las comodidades que deben otorgarse a las mismas, las características de los pases que deberán exhibir y las sanciones aplicables a los transportistas en caso de inobservancia de esta norma. La franquicia será extensiva a un acompañante en caso de necesidad documentada. El resto del inciso a) de la mencionada norma mantiene su actual redacción. (Párrafo incorporado según ley 25634) A efectos de promover y garantizar el uso de estas unidades especialmente adaptadas por parte de las personas con movilidad reducida, se establecerá un régimen de frecuencias diarias mínimas fijas.

b)

Estaciones de transportes: contemplarán un itinerario peatonal con las características señaladas, en el artículo 20 apartado a), en toda su extensión; bordes de andenes de textura reconocible y antideslizante; paso alternativo a molinetes; sistema de anuncios por parlantes; y servicios sanitarios adaptados. En los aeropuertos se preverán sistemas mecánicos de ascenso y descenso de pasajeros con movilidad reducida;

c)

Transportes propios: las personas con movilidad reducida tendrán derecho a libre tránsito y estacionamiento de acuerdo a lo que establezcan las respectivas disposiciones municipales, las que no podrán excluir de esas franquicias a los automotores patentados en otras jurisdicciones. Dichas franquicias serán acreditadas por el distintivo de identificación a que se refiere el artículo 12 de la ley 19.279.

TITULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ARTICULO 23°: (Texto según ley 23021) Los empleadores que concedan empleo a personas discapacitadas tendrán derecho al cómputo, a opción del contribuyente, de una deducción especial en la determinación del Impuesto a las ganancias o sobre los capitales, equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) de las retribuciones correspondientes al personal discapacitado en cada período fiscal.

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A los efectos de la deducción a que se refiere el párrafo anterior, también se considerará las personas que realicen trabajos a domicilio. La opción a que se refiere el presente artículo se ejercerá por cada ejercicio fiscal. ARTICULO 24°: La Ley de Presupuesto determinará anualmente el monto que se destinará para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 4, inciso c) de la presente Ley. La reglamentación determinará en qué jurisdicción presupuestaria se realizará la erogación. ARTICULO 25°: Sustitúyese en el texto de la Ley 20.475 la expresión “minusválidos” por “discapacitados”. Aclárase la citada Ley 20.475, en el sentido de que a partir de la vigencia de la Ley 21.451 no es aplicable el artículo 5 de aquélla, sino lo establecido en el artículo 49, punto 2 de la Ley 18.037 (t o. 1976). ARTICULO 26°: Deróganse las Leyes 13.926, 20.881 y 20.923. ARTICULO 27°: El Poder Ejecutivo Nacional propondrá a las provincias la sanción en sus jurisdicciones de regímenes normativos que establezcan principios análogos a los de la presente Ley. En el acto de adhesión a esta Ley, cada provincia establecerá los organismos que tendrán a su cargo en el ámbito provincial, las actividades previstas en los artículos 6, 7 y 13 que anteceden. Determinarán también con relación a los organismos públicos y empresas provinciales, así como respecto a los bienes del dominio público o privado del estado provincial y de sus municipios, el alcance de las normas contenidas en los artículos 8 y 11 de la presente Ley. (Párrafo vigente según ley 25635) Asimismo se invitará a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir y/o incorporar en sus respectivas normativas los contenidos de los artículos 20, 21 y 22 de la presente. (Párrafo incorporado por ley 24314) Asimismo, se invitará a las provincias a adherir y/o a incorporar en sus respectivas normativas los contenidos en los artículos 20, 21 y 22 de la presente. ARTICULO 28°: El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará las disposiciones de la presente Ley dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días de su promulgación. (Párrafo incorporado por ley 24314) Las prioridades y plazos de las adecuaciones establecidas en los artículos 20 y 21 relativas a barreras urbanas y en edificios de uso público serán determinadas por la reglamentación, pero su ejecución total no podrá exceder un plazo de tres (3) años desde la fecha de sanción de la presente ley. En toda obra nueva o de remodelación de edificios de vivienda, la aprobación de los planos requerirá imprescindiblemente la inclusión en los mismos de las normas establecidas en el artículo 21 apartado b), su reglamentación y las respectivas disposiciones municipales en la materia. Las adecuaciones establecidas en el transporte público por el artículo 22 apartados a) y b) deberán ejecutarse en un plazo máximo de un año a partir de reglamentada la presente. Su incumplimiento podrá determinar la cancelación del servicio.

ARTICULO 29°: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

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Decreto

914/97

SISTEMA

DE

PROTECCION

INTEGRAL

DE

LOS

DISCAPACITADOS Apruébase la Reglamentación de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley N° 22.431 modificados por su similar N° 24.314.

Bs.As., 11/9/97

B.O: 18/9/97

VISTO lo dispuesto por los artículos 20, 21 y 22 de la Ley N° 22.431 modificados por su similar N° 24.314, y

CONSIDERANDO:

Que la citada ley establece como prioridad la supresión de las barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos y del transporte que se materialicen en lo futuro, o en los ya existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida.

Que la norma mencionada pretende, así alcanzar nuevos niveles de bienestar general, estableciendo disposiciones destinadas a facilitar la accesibilidad y la utilización para todos los ciudadanos, de las nuevas realizaciones a concretarse en los espacios libres de edificación y en los edificios y locales de uso o concurrencia de público, ya sean estos de titularidad o dominio público o privado, así como respecto de las unidades de transporte de pasajeros que constituyan servicio público.

Que la mejora de la calidad de vida de toda la población y, específicamente, de las personas con movilidad reducida-o con cualquier otra limitación-es un objetivo acorde con el cumplimiento del mandato constitucional que consagra el principio de igualdad para todos los habitantes, el cual ya ha comenzado a desarrollarse en la Ley 22.431 y las normativas provinciales en la materia.

Que, por lo tanto, corresponde plasmar los instrumentos necesarios para hacer efectivo un entorno apropiado para todos, mediante la creación de adecuados mecanismos de promoción, control y sanción específicamente en lo que afane a la supresión de barreras.

Que procede que el gobierno nacional y los gobiernos provinciales y municipales den mayor impulso a la actividad de que se trata como una expresión más del principio de igualdad supradicho.

Que en el marco general de la mejora de calidad de vida, nuestra sociedad esta experimentando una plausible evolución hacia la integración de las personas con discapacidad, las que-a su vez-tienen creciente voluntad de presencia y participación en el accionar social y económico.

Que los poderes públicos deben fomentar enérgicamente esa actitud con decisiones firmes que faciliten la integración plena de los aludidos conciudadanos.

Que, en última instancia, la necesidad de mejorar las condiciones de movilidad de los mismos, en el devenir cotidiano incumbe al conjunto de la sociedad argentina.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 2 de la Constitución Nacional.

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Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1°-Apruébase la Reglamentación de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley N° 22.431, modificados por la Ley N° 24.314, que-como Anexo I-integra el presente decreto.

Art. 2°-El cumplimiento de las previsiones contenidas en el citado Anexo, será requisito exigible para la aprobación correspondiente de los instrumentos de proyecto, planificación y la consiguiente ejecución de las obras, así como para la concreción de habilitaciones de cualquier naturaleza relativas a la materia de que se trata.

Art. 3°-Resultarán responsables del cumplimiento de la presente normativa-dentro de la órbita de sus respectivas competencias.- los profesionales que suscriban proyectos, los organismos que intervengan en la aprobación y supervisión técnica, los fabricantes de los materiales que se utilicen en las obras en cuestión, los constructores que lleven a cabo las mismas, los técnicos que las dirijan, las personas y/o entidades encargadas del control e inspección técnico-administrativo, así como toda persona física o jurídica que intervenga en cualquiera de las actuaciones y/o etapas contempladas en la ley de la materia y su Reglamentación y en los Códigos de Edificación de Planeamiento Urbano y de Verificaciones y habilitaciones y demás normas vigentes.

Art. 4°-Crease el Comité de Asesoramiento y Contralor del cumplimiento de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley N° 22.431 modificados por la Ley N° 24.314 y la presente Reglamentación, el cual estará integrado por un miembro titular y uno alterno, los que deberán tener jerarquía no inferior a Director o equivalente, en representación de cada uno de los siguientes organismos Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, Comisión Nacional de Regulación del Transporte y Centro de Investigación Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y en el Transporte (CIBAUT), de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad Nacional de Buenos Aires. El desempeño de los miembros del citado Comité tendrá carácter "ad honorem".

Art. 5°-Son funciones del citado Comité:

a) Controlar el cumplimiento de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley 22.431 modificados por la Ley 24.314, y la presente Reglamentación.

b) Verificar y formalizar la denuncia por el incumplimiento de la presente Reglamentación, al Presidente de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas a fin de que tome intervención en virtud de lo dispuesto por el artículo 4°, incisos b), c), d), e) y f) del Decreto N° 984/92.

c) Asesorar técnicamente para la correcta implementación de los artículos 20,21 y 22 de la Ley 22.431 modificados por la Ley 24.314 y la presente Reglamentación.

d) Proponer criterios de adecuación, informar y fomentar lo dispuesto por la presente Reglamentación.

Art. 6°-Invitase a las Provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adherirse a lo dispuesto por los artículos 20, 21 y 22 de la Ley N° 22.431 modificados por la Ley N° 24.314 y a la presente Reglamentación, instando a las diversas jurisdicciones a realizar una intensa campaña de difusión de sus disposiciones, dirigida a la opinión pública y a los sectores especializados.

Art.7°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.-Alberto Mazza.

ANEXO I

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Artículo 20°

A. ELEMENTOS DE URBANIZACION

A.1. Senderos y veredas

Contemplarán un ancho mínimo en todo su recorrido de 1,50 m que permita el paso de dos personas, una de ellas en silla de ruedas. Los solados serán antideslizantes, sin resaltos ni aberturas o rejas cuyas separaciones superen los 0,02 m. Las barras de las rejas serán perpendiculares al sentido de la marcha y estarán enrasadas con el pavimento o suelo circundante. La pendiente transversal de los senderos y veredas tendrán un valor máximo de 2 % y un mínimo de 1 %. La pendiente longitudinal será inferior al 4 %, superando este valor se la tratará como rampa.

Los arboles que se sitúen en estos itinerarios no interrumpirán la circulación y tendrán cubiertos los alcorques con rejas o elementos perforados, enrasados con el pavimento circundante.

En senderos parquizados se instalarán pasamanos que sirvan de apoyo para las personas con movilidad reducida.

Se deberá tener en cuenta el acceso a las playas marítimas y fluviales.

A.2. Desniveles

A.2.1. Vados y rebajes de cordón

Los vados se forman con la unión de tres superficies planas con pendiente que identifican en forma continua la diferencia de nivel entre el rebaje de cordón realizado en el bordillo de la acera. La superficie que enfrenta el rebaje del cordón, perpendicularmente al eje longitudinal de la acera, llevará una pendiente que se extenderá de acuerdo con la altura del cordón de la acera y con la pendiente transversal de la misma. Las pendientes se fijan según la siguiente tabla:

Altura del cordón h en cm pendiente h/1 pendiente %

- < 20 1:10 10,00 %

220 - 1:12 8,33 %

Las superficies laterales de acordamiento con la pendiente longitudinal, tendrán una pendiente de identificación, según la que se establezca en la superficie central, tratando que la transición sea suave y nunca con una pendiente mayor que la del tramo central, salvo condiciones existentes, que así lo determinen pudiendo alcanzar el valor máximo de 1:8 (12,50 %).

Los vados llevarán en la zona central una superficie texturada en relieve de espina de pez de 0,60 m de ancho, inmediatamente después del rebaje de cordón. Toda la superficie del vado, incluida la zona texturada para prevención de los ciegos, se pintará o realizará con materiales coloreados en amarillo que ofrezca suficiente contraste con el del solado de la acera para los disminuidos visuales.

Los vados y rebajes de cordón en las aceras se ubicarán en coincidencia con las sendas peatonales, tendrán el ancho de cruce de la senda peatonal y nunca se colocarán en las esquinas. El solado deberá ser antideslizante. No podrán tener barandas.

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Los vados y rebajes de cordón deberán construirse en hormigón armado colado in situ con malla de acero de diámetro 0,042 m, cada 0,15 m o con la utilización de elementos de hormigón premoldeado.

El desnivel entre el rebaje de cordón y la calzada no superará los 0,02 m. En la zona de cruce peatonal a partir del cordóncuneta de la calzada, la pendiente de la capa del material de repavimentación no podrá tener una pendiente mayor de 1:12 (ú 8,33 %), debiendo en caso de no cumplirse esta condición, tomar los recaudos constructivos correspondientes para evitar el volcamiento de la silla de ruedas o el atascamiento de los apoya pies.

A.2.2. Escaleras exteriores

Se tomarán en cuenta las especificaciones establecidas para "Escaleras principales" en el art. 21, ítem A.1.4.2.1.1. de la presente reglamentación. En el diseño de las escaleras exteriores se debe tener en cuenta el escurrimiento del agua de lluvia.

A.2.3. Rampas exteriores

Se tomarán en cuenta las especificaciones establecidas para "Rampas" en el art. 21, ítem A.1.4.2.2., de la presente reglamentación.

Las rampas descubiertas y semicubiertas tendrán las pendientes longitudinales máximas admisibles según el cuadro del ítem A.1.4.2.2.2. de la reglamentación del artículo 21. Se tomará en cuenta el escurrimiento del agua de lluvia.

A.3. Servicio sanitario público

Los servicios sanitarios públicos deberán ser accesibles y utilizables por personas con movilidad reducida, según lo prescrito en el art. 21. apartado A.1.5. de la presente reglamentación.

A.4. Estacionamiento de vehículos

El estacionamiento descubierto debe disponerse de "módulos de estacionamiento especial" de 6,50 m de largo por 3,50 m de ancho, para el estacionamiento exclusivo de automóviles que transportan personas con movilidad reducida o que son conducidos por ellas, los que deberán ubicarse lo más cerca posible de los accesos correspondientes uno (1) por cada 50 módulos convencionales. (Anexo I).

Estos módulos de estacionamiento especial se indicarán con el pictograma aprobado por la Norma IRAM 372, pintado en el solado y también colocado en señal vertical.

B. MOBILIARIO URBANO

B.1. Señales verticales y mobiliario urbano

Las señales de tránsito, semáforos, postes de iluminación y cualquier otro elemento vertical de señalización o de mobiliario urbano (buzones-papeleros, teléfonos públicos, etc.) se dispondrán en senderos y veredas en forma que no constituyan obstáculos para los ciegos y para las personas que se desplacen en sillas de ruedas. Para que se cumpla ese requisito habrá que tomar en cuenta un "volumen libre de riesgo" de 1,20 m de ancho, por 2,00 m de alto, el cual no debe ser invadido por ningún tipo de elemento perturbador de la circulación.

107

El tiempo de cruce de las calles con semáforos se regularán en función de una velocidad de 0,7 m/seg.

B.2. Obras en la vía pública

Estarán señalizadas y protegidas por vallas estables, rígidas y continuas, de colores contrastantes y luces rojas permanentes, disponiendo los elementos de manera que los ciegos y disminuidos visuales puedan detectar a tiempo la existencia del obstáculo.

Las zanjas o pozos hechos en la calzada y en la acera se deberán cubrir con superficies uniformes, indeformables, no desplazables, al mismo nivel del solado y colocadas sobre refuerzos, para permitir el paso de personas con movilidad reducida-especialmente usuarios de sillas de ruedas-.

Cuando las obras reduzcan el volumen libre de riesgo de la acera se deberá construir un itinerario peatonal alternativo de 0,90 m de ancho, considerando que cualquier desnivel será salvado mediante una rampa.

B.3. Refugios en cruces peatonales

El ancho mínimo del refugio será de 1,20 m. La diferencia de nivel entre calzada y refugio se salvará interrumpiendo el refugio y manteniendo el nivel de la calzada en un paso mínimo de 1,20 m en coincidencia con la senda de cruce peatonal. Si el ancho del refugio lo permite, se realizarán dos vados con una separación mínima de 1,20 m.

ARTICULO 21°

A. EDIFICIOS CON ACCESO DE PUBLICO DE PROPIEDAD PUBLICA O PRIVADA

A.1. Prescripciones generales.

Los edificios a construir cumplirán las prescripciones que se enuncian ofreciendo a las personas con movilidad y comunicación reducida: franqueabilidad, accesibilidad y uso.

Los edificios existentes deberán adecuarse a lo prescrito por la Ley N° 22.431 y modificatorias, dentro de los plazos fijados por esta reglamentación.

A.1.1. Accesibilidad al predio o al edificio

En edificios a construir; el o los accesos principales, los espacios cubiertos, semicubiertos o descubiertos y las instalaciones cumplirán las prescripciones que se enuncian, ofreciendo franqueabilidad, accesibilidad y uso de las instalaciones a las personas con movilidad y comunicación reducida.

En edificios existentes, que deberán adecuarse a lo prescrito por la Ley N° 22.431 y modificatorias, dentro de los plazos fijados por esta reglamentación, si el acceso principal no se puede hacer franqueable se admitirán accesos alternativos que cumplan con lo prescrito.

El acceso principal o el alternativo siempre deberán vincular los locales y espacios del edificios a través de circulaciones accesibles.

A.1.2. Solados

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Los solados serán duros, fijados firmemente al sustrato, antideslizantes y sin resaltos (propios y/o entre piezas), de modo que no dificulten la circulación de personas con movilidad y comunicación reducida, incluyendo los usuarios de silla de ruedas.

A.1.3. Puertas

A.1.3.1. Luz útil de paso

La mínima luz útil admisible de paso será de 0,80 m, (Anexo I), quedando exceptuadas de cumplir esta medida las puertas correspondientes a locales de lado mínimo inferior a 0,80 m.

A.1.3.2. Formas de accionamiento

A.1.3.2.1. Accionamiento automático.

Las puertas de accionamiento automático, reunirán las condiciones de seguridad y se regularán a la velocidad promedio de paso de las personas, fijada en 0,5 m/seg.

A.1.3.2.2. Accionamiento manual

E1 esfuerzo que se trasmite a través del accionamiento manual no superará los 36 N para puertas exteriores y 22 N para puertas interiores.

A.1.3.3. Herrajes

A. 1.3.3.1. Herrajes de accionamiento

En hojas con bisagras, pomelas o fichas de eje vertical se colocarán en ambas caras manijas de doble balancín, con curvatura interna hacia la hoja, a una altura de 0,90 m 0,05 m sobre el nivel del solado.

A. 1.3.3.2. Herrajes suplementarios

Los herrajes suplementarios se colocarán en las puertas de los servicios sanitarios especiales para personas con movilidad reducida, de edificios de oficina, de locales con asistencia masiva de personas, de habitaciones destinadas a personas con movilidad reducida en servicios de hotelería y de establecimientos geriátricos.

Estarán constituidos por barras de sección circular de 0,40 m de longitud como mínimo; colocadas horizontales a una altura de 0,85 m del nivel del solado, o verticales u oblicuas con su punto medio a una altura de 0,90 m del nivel del solado. Se ubicarán en la cara exterior al local hacia donde abre la puerta con bisagras, pomelas o fichas de eje vertical. En puertas corredizas o plegadizas se colocarán barras verticales en ambas caras de las hojas y en los marcos a una altura de 0,90 m del nivel del solado en su punto medio (Anexo 2).

A.1.3.3.3. Herrajes de retención

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Las puertas de dos o más hojas llevarán pasadores que se puedan accionar a una altura de 3.00 m + 0,20 m, medida desde el nivel del solado. En servicios sanitarios especiales para personas con movilidad reducida, los cerrojos se podrán abrir desde el exterior.

A.1.3.4. Umbrales

Se admite su colocación con una altura máxima de 0,02 m en puertas de entrada principal o secundaria.

A. 1 3 5. Superficies de aproximación

Se establecen las siguientes superficies libres y a un mismo nivel para puertas exteriores e interiores.

A. 1.3.5.1. Puertas con bisagras, fichas o pomelas de eje vertical

A. 1.3. 5 1.1. Aproximación frontal (Anexo 3)

a) Area de maniobra hacia donde barre la hoja -ancho luz útil + 0,30 m

-largo 1,00 m

b) Area de maniobra hacia donde no barre la hoja -ancho luz útil + 0,30 m

-largo 1,50 m

A. 1 3.5.1.2. Aproximación lateral: encuentra primero el herraje de accionamiento (Anexo 4)

a)Area de maniobra hacia donde barre la hoja -ancho luz útil + 1,20 m

-largo 1,10 m

b) Area de maniobra hacia donde no barre la hoja -ancho luz útil + 0,70 m

-largo 1,10 m

A. 1.3.5.1.3. Aproximación lateral: encuentra primero el herraje de movimiento (Anexo 5).

a) Area de maniobra hacia donde barre la hoja -ancho 0,80 m + luz útil + 1,20 m

-largo 1,10 m

b) Area de maniobra hacia no donde barre la hoja -ancho 0,70 m + luz útil + 0,30 m

-largo 1,10m

A. 1.3.5.2. Puertas corredizas o plegadizas con aproximación frontal. (Anexo 6)

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a) Area de maniobra hacia ambos lados -ancho 0,10m + luz útil + 0,30 m

-largo 0,10 m + luz útil + 0,30 m

A. 1.3.6. Señalización de los locales que se vinculan con la puerta

Cuando los locales se vinculan a través de una puerta en edificios públicos, sea su propiedad pública o privada, la señalización se dispondrá sobre la pared del lado exterior al local, del lado del herraje de accionamiento para hojas simples y a la derecha en hojas dobles, en una zona comprendida entre 1,30 m y 1,60 m desde el nivel del solado. La señalización será de tamaño y color adecuado, usando cuando corresponda, iconos normalizados, a una distancia mínima de 0,10 m del borde del contramarco de la puerta.

A. 1.3.7. Zona de visualización

Las puertas ubicadas en circulación o locales con importante movilización de público, excepto las que vinculen con servicios sanitarios, llevarán una zona de visualización vertical de material trasparente o traslucido, colocada próxima al herraje de accionamiento con ancho mínimo de 0,30 m y alto mínimo de 1,00 m, cuyo borde inferior estará ubicado a una altura máxima de 0,80 m del nivel del solado. Se podrá aumentar la zona de visualización vertical hasta 0,40 m del nivel del solado. (Anexo 7).

A. 1.3.8. Puertas y/o paneles fijos de vidrio

Podrá usarse el vidrio tanto en puertas como en paneles, supeditado a que se utilice cristal templado o vidrio inastillable, de espesor adecuado a sus dimensiones y que además cumpla con lo siguiente:

A. 1.3.8.1. Identificación en puertas de vidrio

Estarán debidamente identificadas por medio de; leyendas ubicadas a 1,40 m 0,10 m de altura; franjas opacas de color contrastante o despulidas a 1,05 m 0,15 m y herrajes ubicados a 0,90 m 0,05 m de altura, medidos en todos los casos desde el nivel del solado.

A 1.3 8.2. Identificación en paneles fijos de vidrio

Los paneles fijos vidriados llevarán franjas opacas de color contrastante o despulidas a 1,05 m 0,15 m del nivel del solado.

A. 1.3.9. Puertas giratorias

Se prohibe el uso de puertas giratorias como único medio de salida o entrada principal o secundaria.

En edificios existentes que posean puertas giratorias como único medio de salida o entrada, estas se complementarán o reemplazarán por una puerta que cumpla con los requisitos de este inciso.

A. I.4. Circulaciones

A. 1.4.1. Circulaciones horizontales

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Los pasillos de circulación horizontal deberán tener un lado mínimo de 1,20 m. Se deberán disponer zonas de ensanchamiento de 1,50 m x 1,50 m o donde se pueda inscribir un circulo de 1.50 m de diámetro como mínimo, en los extremos y cada 20,00 m-en caso de largas circulaciones-, destinadas al cambio de dirección o al paso simultáneo de dos sillas de ruedas. (Anexo 8).

Se tendrá en cuenta el "volumen libre de riesgos"-0,90 m de ancho por 2,00 m de altura por el largo de la circulación-, el cual no podrá ser invadido por ningún elemento que obstaculice la misma.

Si existieran desniveles o escalones mayores de 0,02 m, serán salvados por escaleras o escalones que cumplirán lo prescrito en el ítem A.1.4.2.1. de la reglamentación del artículo 21 o por rampas que cumplirán lo prescripto en el ítem A. 1.4.2.2. de la reglamentación del artículo 21 En el caso de disponerse escaleras o escalones siempre serán complementadas por rampas, ascensores o medios de elevación alternativos.

Cuando los itinerarios atraviesan locales, la trayectoria de la circulación estera netamente diferenciada.

A. 1.4.1.1. Caminos rodantes horizontales

En los sectores de piso de ascenso y descenso de un camino rodante horizontal, se colocará una zona de prevención de solado diferente al del local con textura en relieve y color contrastante Se extenderá frente al dispositivo en una zona de 0,50 m 0,10 m de largo por el ancho del camino rodante horizontal, incluidos los pasamanos y parapetos laterales.

A. 1.4.2. Circulaciones verticales

A. 1.4.2.1. Escaleras y escalones

E1 acceso a escaleras y escalones será fácil y franco y estos escalones estarán provistos de pasamanos.

No se admitirán escalones en coincidencia con los umbrales de las puertas. Se deberá respetar las superficies de aproximación para puertas según el ítem A.1.3.5. de la reglamentación del artículo 2 1.

A. 1.4.2.1.1. Escaleras principales

No tendrán más de (12) doce alzadas corridas entre rellanos y descansos.

No se admitirán escaleras principales con compensación de escalones y tampoco deberán presentar pedadas de anchos variables ni alzadas de distintas alturas.

Las dimensiones de los escalones, con o sin interposición de descansos, serán iguales entre si y de acuerdo con la siguiente fórmula:

2a + p - 0,60 a 0,63 donde la (alzada) superficie o paramento vertical de un escalón: no será menor que 0,14 m ni mayor que 0,16 m (pedada) superficie o paramento horizontal de un escalón: no será menor que 0,28 m ni mayor que 0,30m, medidos desde la proyección de la nariz del escalón inmediato superior, hasta el borde del escalón. La nariz de los escalones no podrá sobresalir más de 0,035 m sobre el ancho de la pedada y la parte inferior de la nariz se unificará con la alzada con un ángulo no menor de 60° con respecto a la horizontal. (Anexo 9).

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El ancho mínimo para escaleras principales será de 1,20 m y se medirá entre zócalos.

Cuando la escalera tenga derrame lateral libre en uno o en ambos lados de la misma, llevará zócalos. La altura de los mismos será de 0,10 m medidos desde la línea que une las narices de los escalones.

Al comenzar y finalizar cada tramo de escalera se colocará un solado de prevención de textura en relieve y color contrastante con respecto al de los escalones y el solado del local, con un largo de 0,60 m por el ancho de la escalera. (Anexo 10).

Se destacará la unión entre la alzada y la pedada (sobre la nariz del escalón), en el primer y último peldaño de cada tramo.

En escaleras suspendidas o con bajoescalera abierto, con altura inferior a la altura de paso, se señalizará de la siguiente manera:

-en el solado mediante una zona de prevención de textura en relieve y color contrastante con respecto al solado del local y la escalera. (Anexo 11):

-mediante una disposición fija de vallas o planteros que impidan el paso por esa zona. (Anexo 11).

A. 1.4.2.1.2. Pasamanos en escaleras

Se colocarán pasamanos a ambos lados de la escalera a 0,90 m 0,05 m, medidos desde la nariz del escalón hasta el plano superior del pasamano. (Anexo 12). La forma de fijación no interrumpirá la continuidad, se sujetará por la parte inferior y su anclaje será firme. La sección transversal será circular o anatómica; la sección tendrá un diámetro mínimo de 0,04 m y máximo de 0,05 m y estará separado de todo obstáculo o filo de paramento a una distancia mínima de 0,04 m.

Se extenderán horizontalmente a la misma altura del tramo oblicuo, antes de comenzar y después de finalizar el mismo, a una longitud mínima de 0,15 m y máxima de 0,40 m. (Anexo 10). No se exigirá continuar los pasamanos, salvo las prolongaciones anteriormente indicadas en los descansos y en el tramo central de las escaleras con giro. Al finalizar los tramos horizontales los pasamanos se curvarán sobre la pared o hacia abajo, o se prolongarán hasta el piso. (Anexo 13).

Las prolongaciones horizontales de los pasamanos no invadirán las circulaciones. Cuando el ancho de la escalera supere los 2,40 m, se colocará un pasamano intermedio con separación de 1,00 m con respecto a uno de los pasamanos laterales.

A. 1.4.2.1.3. Escaleras mecánicas

En los sectores de piso de ascenso y descenso de una escalera mecánica, se colocará una zona de prevención de solado diferente al del local con textura en relieve y color contrastante. Se extenderá frente al dispositivo en una zona de 0,50 m 0,10 m de largo por el ancho de la escalera mecánica, incluidos los pasamanos y parapetos laterales.

A 1.4.2.2. Rampas

Se puede utilizar una rampa en reemplazo o complemento de escaleras y escalones para salvar cualquier tipo de desnivel. Tendrán fácil acceso desde un vestíbulo general o público. La superficie de rodamiento deberá ser plana y no podrá presentar en su trayectoria cambios de dirección en pendiente.

A 1.4.2.2.1. Pendientes de rampas interiores

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Relación h/1 Porcentaje Altura a salvar (m) Observaciones

1:5 20,00 % < 0,075 sin descanso

1:8 12,50 % 0,075 < 0,200 sin descanso

1:10 10,00 % 0,200 < 0,300 sin descanso

1:12 8,33 % 0,300 < 0,500 sin descanso

1:12,5 8,00 % 0,500 < 0,750 con descanso

1:16 6,25 % 0,750 < 1,000 con descanso

1:16.6 6,00% 1,000 < 1,400 con descenso

1:20 5,00 % 1,400 con descanso

A.1.4.2.2.2. Pendientes de rampas exteriores

Relación h/1 Porcentaje Altura a salvar(m) Observaciones

1:8 12,50% < 0,075 sin descanso

1:10 10,00 % 0,075 < 0,200 sin descanso

1:12 8,33 % 0,200 < 0,300 sin descanso

1:12,5 8,00 % 0,300 < 0,500 sin descanso

1:16 6,25 % 0,500 < 0,750 con descanso

1:16.6 6,00 % 0,750 < 1,000 con descanso

1:20 5,00 % 1,000 < 1,400 con descanso

1:25 4,00 % 1,400 con descanso

A.1.4.2.2.3. Prescripciones en rampas

El ancho libre de una rampa se medirá entre zócalos y tendrá un ancho mínimo de 1,10 m y máximo de 1,30 m; para anchos mayores se deberán colocar pasamanos intermedios, separados entre si a una distancia mínima de 1,10 m y máxima de 1,30 m, en caso que se presente doble circulación simultánea.

No se admitirán tramos con pendiente cuya proyección horizontal supere los 6,00 m, sin la interposición de descansos de superficie plana y horizontal de 1,50 m de longitud mínima, por el ancho de la rampa. (Anexo 14).

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- Cuando la rampa cambia de dirección girando un ángulo que varia entre 90° y 180° este cambio se debe realizar sobre una superficie plana y horizontal, cuyas dimensiones permitan el giro de una silla de ruedas:

- cuando el giro es a 90°, el descanso permitirá inscribir un circulo de 1,50 m de diámetro. (Anexo 15);

- cuando el giro se realiza a 180° el descanso tendrá un ancho mínimo de 1,50 m por el ancho de la rampa, más la separación entre ambas ramas. (Anexo 16).

Llevarán zócalos de 0,10 m de altura mínima a ambos lados, en los planos inclinados y descansos.

La pendiente transversal de las rampas exteriores, en los planos inclinados y en descansos, será inferior al 2 % y superior al 1 %, para evitar la acumulación de agua.

Al comenzar y finalizar cada tramo de rampa se colocará un solado de prevención de textura en relieve y color contrastante con respecto a los solados de la rampa y del local, con un largo de 0,60 m por el ancho de la rampa.

Al comenzar y finalizar una rampa, incluidas las prolongaciones horizontales de sus pasamanos, debe existir una superficie de aproximación que permita inscribir un circulo de 1,50 m de diámetro como mínimo que no será invadida por elementos fijos, móviles o desplazables, o por el barrido de puertas. (Anexos 14 y 15).

A.1.4.2.2.4. Pasamanos en rampas

Los pasamanos colocados a ambos lados de la rampa serán dobles y continuos. La forma de fijación no podrá interrumpir el deslizamiento de la mano y su anclaje será firme. La altura de colocación del pasamano superior será de 0,90 m 0,05 m y la del inferior será de 0,75 m 0,05 m. medidos a partir del solado de la rampa hasta el plano superior del pasamano. La distancia vertical entre ambos pasamanos será de 0,15 m.

La sección transversal circular tendrá un diámetro mínimo de 0,04 m y máximo de 0,05 m. Las secciones de diseño anatómico observarán las mismas medidas.

Estarán separados de todo obstáculo o filo de paramento como mínimo 0,04 m y se fijarán por la parte inferior. (Anexo 12).

Los pasamanos se extenderán con prolongaciones horizontales de longitud igual o mayor de 0,30 m a las alturas de colocación indicadas anteriormente, al comenzar y finalizar la rampa. No se exigirá continuar los pasamanos, salvo las prolongaciones anteriormente indicadas en los descansos y en el tramo central de las rampas con giro. Al finalizar los tramos horizontales los pasamanos se curvarán sobre la pared, se prolongarán hasta el piso o se unirán los tramos horizontales del pasamano superior con el pasamano inferior. Las prolongaciones horizontales de los pasamanos no invadirán las circulaciones.

A.1.4.2.3.1. Cabinas

a) Tipos de cabinas

Cualquiera sea el número de ascensores de un edificio, por lo menos uno de ellos llevará una cabina de los tipos 1, 2 o 3. Todas las unidades de uso cualquiera sea el destino serán accesibles por lo menos a través de un ascensor con dichos tipos de cabina

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- Cabina tipo 1:

Las dimensiones interiores mínimas serán de 1,10 m x 1,30 m con una sola puerta o dos puertas opuestas en los lados menores, permitiendo alocar una silla de ruedas. (Anexo 17).

- Cabina tipo 2

Las dimensiones interiores mínimas serán de 1,50 m x 1,50 m o que permitan inscribir un circulo de 1,50 m de diámetro, con una sola puerta o dos puertas en lados contiguos u opuestos, pudiendo alocar y girar 360° a una silla de ruedas. (Anexo 18).

- Cabina tipo 3

Las dimensiones interiores mínimas serán de 1,30 m y 2,05 m, con una sola puerta o dos puertas en lados continuos u opuestos, permitiendo alocar una camilla y un acompañante. (Anexo 19).

b) Teléfonos de emergencia y timbres de alarma en cabina

En edificios con asistencia de público, sea su propiedad pública o privada, que tengan ascensor, cada cabina tendrá un teléfono interno colocado a una altura de 1,00 m 0,10 m del nivel del piso de la cabina, conectable a la red de servicio público al cesar la actividad del día en esos edificios.

Para cualquier tipo de cabina el pulsador o botón de alarma deberá estar colocado en la parte inferior de la botonera.

c) Pasamanos en cabinas de ascensores

Para cualquier tipo de cabina se colocarán pasamanos en tres lados. La altura de colocación será de 0,80 m a 0,85 m medidos desde el nivel del piso de la cabina hasta el plano superior del pasamano y separados de las paredes 0,04 m como mínimo. La sección transversal puede ser circular o rectangular y su dimensión entre 0,04 m a 0,05 m.

d) Señalización en la cabina

En el interior de la cabina se indicará en forma luminosa el sentido del movimiento de la misma y en forma de señal sonora el anuncio de posición para pedidos realizados desde el interior de la cabina, que se diferenciarán del sonido de las llamadas realizadas desde el rellano.

e) Piso de la cabina

En todos los pisos de las cabinas el revestimiento será antideslizante y cuando se coloquen alfombras serán pegadas y de 0,02 m de espesor máximo. Se prohiben las alfombras sueltas.

b) Botonera en cabina

En todos los tipos de cabina, el panel de comando o botonera, cuando sea accionada por el público, se ubicará en una zona comprendida entre 0,80 m a 1,30 m de altura, medida desde el nivel de piso de la cabina y a 0,50 m de las esquinas. (Anexo 20).

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A la izquierda de los pulsadores se colocará una señalización suplementaria para ciegos y disminuidos visuales de los números de piso y demás comandos en color contrastante y relieve, con caracteres de una multa mínima de 0,01 m y máxima de 0,015 m. Los comandos de emergencia se colocarán en la parte inferior de la botonera. (Anexo 21).

A.1.4.2.3.2. Rellanos

a) Dimensiones de rellanos

El rellano frente a un ascensor o grupos de ascensores se dimensionará de acuerdo a la capacidad de la o de las cabinas, computándose las de los coches de cajas enfrentadas, adyacentes o que formen ángulo. El lado mínimo será igual a 1,10 m hasta (10) diez personas y se aumentará a razón de 0,20 m por cada persona que exceda de (10) diez. Los rellanos no serán ocupados por ningún elemento o estructura (fijos, desplazables o móviles).

En rellanos que comunican con circulaciones horizontales se observarán las superficies de aproximación a las puertas del ascensor que abren sobre el rellano, según lo prescrito en el apartado A 1.3. de este artículo y que no serán ocupadas por ningún elemento o estructura (fijos, móviles o desplazables).

En los rellanos cerrados que sirvan a cabinas del tipo 1 o del tipo 2, se debe disponer como mínimo, frente a la puerta del ascensor una superficie que inscriba un circulo de 1,50 m de diámetro cuando las puertas del rellano sean corredizas. (Anexo 22). Cuando las hojas de las puertas del palier barren sobre el rellano, la superficie mínima del rellano cerrado se indica en el anexo 23.

Si el rellano cerrado sirve a una cabina tipo 3, debe disponer como mínimo frente a la puerta del ascensor una superficie que inscriba un circulo de 2,30 m de diámetro. (Anexo 24).

b) Pulsadores en rellano

Los pulsadores en rellano se colocarán a una altura de 0,90 m a 1,00 m medidos desde el nivel del solado. La distancia entre el pulsador y cualquier obstáculo será igual o mayor a 0,50 m. Los pulsadores de llamada tendrán una señal luminosa indicadora que la llamada se ha registrado, produciendo un sonido diferente al de la llegada de la cabina a nivel.

c) Mirillas en puertas del rellano

Las puertas del rellano accionadas manualmente con hojas o paños llenos o ciegos, tendrán mirilla de eje vertical, con un ancho mínimo de 0,05 m y un largo de 1,00 m, cuyo borde inferior estera ubicado a 0,80 m de altura del nivel del solado. (Anexo 25).

Cuando las hojas sean plegadizas, el área de abertura será de 0,05 m2 y un lado no menor de 0,05 m, ubicada a la misma altura indicada en el párrafo precedente.

La abertura contará con una defensa indeformable de vidrio armado.

La puerta del rellano que corresponde a sótano no habitable será ciega e incombustible.

A. 1.4.2.3.3. Puertas de cabina y rellano

a) Altura de las puertas de cabina y rellano

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La altura de paso mínima de las puertas de la cabina y del rellano será de 2,00 m.

b) Ancho mínimo de las puertas de cabina y rellano

La luz útil de paso mínima de las puertas de la cabina y del rellano será de 0,80 m.

c) Separación entre puertas de cabina y rellano

La separación entre puertas enfrentadas de cabina y de rellano no será mayor de 0,10 m. Esta separación se entiende entre planos materializados que comprenden la totalidad de los paños de las puertas. Queda prohibida cualquier variación que amplíe dicha medida.

d) Tiempo de apertura y cierre de puertas automáticas

El tiempo mínimo durante el cual las puertas permanecerán abiertas será de 3 segundos. Este lapso se puede acortar o prolongar si se accionan los correspondientes botones de comando de puertas desde la cabina.

A. 1.4.2.3.4. Nivelación entre el piso de la cabina y el solado del rellano

En todas las paradas, la diferencia de nivel entre el solado terminado del rellano y el piso de la cabina será como máximo de 0,02 m.

A. 1.4.2.3.5. Separación horizontal entre el piso de la cabina y el solado del rellano

La separación horizontal máxima admitida entre el piso de la cabina y el solado del rellano será de 0,03 m.

A. 1.4.2.4. Medios alternativos de elevación

Se podrán utilizar solamente las plataformas mecánicas elevadoras verticales para personas en silla de ruedas y plataformas mecánicas que se deslizan sobre una escalera, para personas en silla de ruedas. Estos medios permanecerán plegados en el rellano superior o inferior del desnivel al cual están vinculados en forma fija para un tramo determinado y no invadirán los anchos mínimos exigidos en pasajes, escaleras y escalones cuando son utilizados. Se deberá prever una superficie de aproximación de 1,50 m x 1,50 m al comienzo y a la finalización del recorrido.

A. 1.5. Locales sanitarios para personas con movilidad reducida

A.1.5.1. Generalidades

Todo edificio con asistencia de público, sea de propiedad pública o privada, a los efectos de proporcionar accesibilidad física al público en general y a los puestos de trabado, cuando la normativa municipal establezca la obligatoriedad de instalar servicios sanitarios convencionales, contará con un "servicios sanitario especial para personas con movilidad reducida", dentro de las siguientes opciones y condiciones.

a) En un local independiente con inodoro y lavabo. (Anexo 26);

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b) Integrando los servicios convencionales para cada sexo con los de personas con movilidad reducida en los cuales un inodoro se instalará en un retrete y cumplirá con lo prescripto en el ítem A. 1.5.1.1. y un lavabo cumplirá con lo prescrito en el ítem A. 1.5.1.2, ambos de la reglamentación del artículo 21.

Los locales sanitarios para personas con movilidad reducida serán independientes de los locales de trabajo o permanencia y se comunicaran con ellos mediante compartimientos o pasos cuyas puertas impidan la visión en el interior de los servicios y que permitan el paso de una silla de ruedas y el accionamiento de las puertas que vinculan los locales, observando lo prescripto en el apartado A. 1.3. Las antecámaras y locales sanitarios para personas con movilidad reducida permitirán el giro de una silla de ruedas en su interior. No obstante si esto no fuera factible, el giro podrá realizarse fuera del local, en una zona libre y al mismo nivel, inmediata al local.

El local sanitario para personas con movilidad reducida o cualquiera de sus recintos que cumplan con la presente prescripción, llevarán la señalización normalizada establecida por Norma IRAM N° 3722 "Símbolo Internacional de Acceso para Discapacitados motores", sobre la pared próxima a la puerta, del lado del herraje de accionamiento en una zona de 0,30 m de altura a partir de 1,30 m del nivel del solado. Cuando no sea posible la colocación sobre la pared de la señalización, esta se admitirá sobre la hoja de la puerta.

Las figuras de los anexos correspondientes son ejemplificativas y en todos los casos se cumplirán las superficies de aproximación mínimas establecidas para cada artefacto, cualquiera sea su distribución, las que se pueden superponer. La zona barrida por las hojas de las puertas no ocupará la superficie de aproximación al artefacto.

A.1.5.1.1. Inodoro

Se colocará un inodoro de pedestal cuyas dimensiones mínimas de aproximación serán de 0,80 m de ancho a un lado del artefacto, de 0,30 m del otro lado del artefacto, ambas por el largo del artefacto, su conexión y sistema de limpieza posterior, más 0,90 m, y frente al artefacto el ancho del mismo por 0,90 m de largo. El inodoro se colocará sobre una plataforma que no sobresalga de la base del artefacto, de modo que la taza del mismo con tabla resulte instalada de 0,50 m a 0,53 m del nivel del solado o se elevará con una tabla suplementada. El accionamiento del sistema de limpieza estará ubicado entre 0,90 m 0,30 m del nivel del solado. Este artefacto con una superficie de aproximación libre y a un mismo nivel se podrá ubicar en:

- un retrete, (Anexo 27);

- un retrete con lavabo, (Anexo) 26);

- un baño con ducha, (Anexo 28); y en

- un baño con ducha y lavabo, (Anexo 29).

A. 1.5.1.2. Lavabo

Se colocará un lavabo de colgar (sin pedestal) o una mesada con bache, a una altura de 0,85 m 0,05 m con respecto al nivel del solado, ambos con espejo ubicado a una altura de 0,90 m del nivel del solado, con ancho mínimo de 0,50 m, ligeramente inclinado hacia adelante con un ángulo de 10°. La superficie de aproximación mínima tendrá una profundidad de 1,00 m frente al artefacto por un ancho de 0,40 m a cada lado del eje del artefacto, que se podrá superponer a las superficies de aproximación de otros artefactos.

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El lavabo o la mesada con bache permitirán el acceso por debajo de los mismos en el espacio comprendido entre el solado y un plano virtual horizontal a una altura igual o mayor de 0,70 m con una profundidad de 0,25 m por un ancho de 0,40 m a cada lado del eje del artefacto y claro libre debajo del desagüe. (Anexo 30).

Este lavabo o mesada con bache se podrá ubicar en:

- un local con inodoro (Anexo 26);

- un baño con inodoro y ducha (Anexo 29);

- un local sanitario convencional; y

- una antecámara que se vincula con el local sanitario convencional o para personas con movilidad reducida

A.1.5.1.3. Ducha y desagüe de piso

La ducha y su desagüe de piso constarán de una zona de duchado de 0,90 m x 0,90 m con asiento rebatible y una zona seca de 0,80 m y 1,20 m, que estarán al mismo nivel en todo el local. La ducha con su desagüe, zona de duchado y zona seca se podrán instalar en un gabinete independiente o con otros artefactos que cumplan con lo prescrito en los ítems anteriores, pudiéndose en ese caso superponer la zona seca con las superficies de aproximación del o de los artefactos restantes en la forma seguidamente indicada:

- en un gabinete indispensable con zona de duchado de 0,90 m x 0,90 m y superficie de 1,50 m x 1,50 m que incluye la zona seca y el espacio necesario para el giro a 3600 de una silla de ruedas. (Anexo 31);

- en un baño con inodoro, (Anexo 28);

- en un baño con inodoro y lavabo, (Anexo 29).

A.1.6. Zona de atención al público

En los lugares donde se ubiquen mostradores, se deberá contar como mínimo con un sector de no menos 0,75 m de ancho, a una altura de 0,80 m y un espacio libre por debajo del mismo de 0,65 m de alto y 0,50 m de profundidad en todo el sector.

A.1.7. Estacionamiento de vehículos

En estacionamiento de vehículos en edificios destinados a todo uso, con carácter público o privado, y estacionamientos comerciales se dispondrán "módulos de estacionamiento especiales" según lo siguiente:

- los módulos de estacionamiento especial para vehículos adaptados para personas con discapacidad motora, tendrán un ancho mínimo de 3,50 m. (Anexo 1);

- en caso de disponerlos de a pares, el ancho total de ambos módulos será de 6,00 m; en el sector central y con un ancho de 1,00 m, se señalizará en el solado el corredor común de acceso. (Anexo 32);

- el modulo de estacionamiento especial no será exigible cuando la cantidad de módulos de estacionamiento convencionales sea menor de (20) veinte:

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- a partir de (20) veinte módulos de estacionamiento no se dispondrá un modulo de estacionamiento especial cada (50) cincuenta módulos convencionales o fracción;

- cuando módulos de estacionamiento no se dispongan en piso bajo, será obligatoria la instalación de un ascensor, reconociendo los tipos de cabinas 1,2 o 3 del ítem A.1.4.2.3.1. de este artículo. que llegará hasta el nivel donde se proyecten módulos de estacionamiento especiales; y

- la línea natural de libre trayectoria entre cualquier modulo de estacionamiento especial y la salida a la vía pública o al medio de circulación vertical, no superara los 30,00 m.

A.2. Prescripciones para algunos destinos.

Serán de aplicación lo establecido en el inciso A.1. "Prescripciones generales" de este artículo, además de lo que se expresa para algunos destinados.

El coeficiente mínimo de ocupación para cada destino será determinado por la normativa municipal vigente.

La cantidad de servicios sanitarios especiales, accesibles para personas con movilidad reducida se establecerá en relación a la cantidad que determine la normativa municipal vigente para servicios sanitarios convencionales, según el destino fijado, ocupación y características del edificio, con la salvedad que, cuando no se establezca nada sobre el particular, se cumplirá como mínimo con el apartado A.1.5.1.a) de la reglamentación del artículo 21.

A.2.1. Hotelería.

En todos los establecimientos de hotelería se exigirá un mínimo de habitaciones especiales, acondicionadas para personas con movilidad reducida, cuyas dimensiones y características se ejemplifican en el anexo 33 y baño privado especial que dispondrá de un inodoro, lavabo y zona de duchado como mínimo, siendo optativa la instalación de bañera u otros artefactos, siempre que se conserven las superficies de aproximación.

Tabla: Cantidad de habitaciones especiales para personas con movilidad reducida

N° de habitaciones convencionales N° de habitaciones especiales

< 15 habitaciones No es exigible

16 a 100 habitaciones 1 habitación con baño privado

101 a 150 habitaciones 2 habitaciones con baño privado

151 a 200 habitaciones 3 habitaciones con baño privado

> 200 habitaciones 1 habitación con baño privado cada 50 habitaciones

Las zonas de información y recepción deberán disponer de un servicio sanitario especial, que será optativo cuando estas zonas estuvieran en directa vinculación con otros usos que requirieran la dotación de este servicio.

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En albergues se dispondrá de dormitorios ubicados en niveles accesibles, con camas que dispongan de las aproximaciones indicadas en el anexo 33. La cantidad de camas accesibles será una cada (50) cincuenta camas convencionales. Los servicios sanitarios especiales se dispondrán en la proximidad de los dormitorios, en la relación de (1) uno cada (3) tres camas accepibles y contarán como mínimo un inodoro, un lavabo y una ducha, en locales independientes o integrados a los servicios convencionales.

A.2.2. Comercio

A.2.2. 1. Galería de comercios

Si se ofrecen servicios sanitarios convencionales, por lo menos un inodoro y un lavabo por sexo deberán cumplir con los requisitos del servicio sanitario especial.

A.2.2.2. Comercios donde se expenden productos alimenticios

Si se ofrecen servicios sanitarios convencionales, por lo menos un inodoro y un lavabo por sexo deberán cumplir con los requisitos del servicio sanitario especial.

A.2.2.3. Supermercados y autoservicios

Si se ofrecen servicios sanitarios convencionales, por lo menos un inodoro y un lavabo por sexo deberán cumplir con los requisitos del servicio sanitario especial.

A.2.2.4. Comercios donde se expenden comidas

Si se ofrecen servicios sanitarios convencionales, por lo menos un inodoro y un lavabo por sexo deberán cumplir con los requisitos del servicio sanitario especial.

A.2.3. Industria

En los destinos referidos a la industria, cuando los procesos industriales puedan ser desempeñados por personas con movilidad reducida, se tomarán en cuenta las prescripciones del inciso A. 1. de la reglamentación del presente artículo, en las áreas correspondientes, a los efectos de proporcionar accesibilidad física a los puestos de trabajo.

A.2.4. Esparcimiento y espectáculos públicos

Tendrán que tomarse en cuenta reservas de espacios para usuarios de sillas de ruedas. Las reservas se realizarán en forma alternada, evitando zonas segregadas del público y la obstrucción de los medios de salida.

Cada espacio reservado tendrá 0,80 m de ancho por 1.20 de largo y se ubicaran en plateas, palcos o localidades equivalentes, accesibles y en zonas donde la visual no resulte obstaculizada por vallas o parapetos.

Se destinará el 2 % de la totalidad de las localidades para los espacios reservados. La cantidad de espacios reservados para ubicar las sillas de ruedas se redondeará por exceso con un mínimo de (4) cuatro espacios.

Los servicios sanitarios especiales para el público se distribuirán en distintos niveles y a distancias menores o iguales a 30,00 m de las localidades o espacios reservados para personas en sillas de ruedas.

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En salas de espectáculos donde sea prioritaria la buena recepción de mensajes sonoros, se instalarán sistemas de sonorización asistida para las personas hipoacúsicas y se preverán disposiciones especiales para que permanezca iluminado el interprete de lenguaje de gestos para sordos cuando se oscurezca la sala. La instalación de un sistema de sonorización asistida se señalizará mediante el pictograma aprobado por Norma IRAM N° 3723.

A.2.5. Sanidad

En edificios de altura se dispondrá la compartimentación adecuada para circunscribir zonas de incendio.

Cuando los establecimientos de sanidad funcionen en más de una planta, deberán contar con ascensor y el mismo llevará una cabina del tipo 3, especificado en el ítem A. 1.4.2.3.1. de la reglamentación del artículo 21 y el correspondiente rellano especificado en el ítem A. 1.4.2.3.2. de la reglamentación del presente artículo.

Los servicios sanitarios especiales para las zonas de público (general y consultorios externos), y zonas de internación (habitaciones y salas), se distribuirán en todos los niveles y en cantidades determinadas por las necesidades especificas de cada establecimiento. Además de cumplir con lo establecido en el apartado A. 1.5. de la reglamentación del artículo 21, se incorporarán artefactos especiales con sus accesorios, según los requerimientos particulares.

A.2.6. Educación y cultura.

En establecimientos públicos o privados, donde se imparta enseñanza en las distintas modalidades y niveles (escuelas, institutos, academias, etc.) y en edificios relacionados con la cultura (museos, bibliotecas, centros culturales, salas de exposiciones, etc.) se cumplirá además con lo siguiente:

En los espacios, locales o circulaciones de estos edificios que presenten un desnivel o para facilitar el acceso a estrados a través de salones de actos o por detrás del escenario a personas con discapacidad motora, se dispondrán los medios para salvar el desnivel, ya sea por rampas fijas o móviles, según el ítem A. 1.4.2.2. de la reglamentación del artículo 21. o por medios alternativos de elevación, previstos en el ítem A. 1.4.2.4 de la reglamentación del artículo 21.

Cuando sea prioritaria la buena recepción de mensajes sonoros en salas, se instalarán sistemas de sonorización asistida para las personas hipoacúsicas y se preverán disposiciones especiales para que permanezca iluminado el interprete del lenguaje de gestos para sordos cuando se oscurezca la sala. La instalación de un sistema de sonorización asistida se señalizará mediante el pictograma aprobado por Norma IRAM 3723.

En establecimientos educacionales habrá por lo menos por piso, un inodoro y un lavabo por sexo para uso de personas con movilidad reducida, con la relación de uno por cada (500) quinientos alumnos por sexo y fracción en cada turno, en locales independientes o integrados a los servicios convencionales.

A.2.7. Infraestructura de los medios de transporte

En los destinos referidos a la infraestructura de los medios de transporte, la información será dada a los usuarios en forma sonora y visual simultáneamente.

Los bordes de los andenes y embarcaderos deberán contar con una banda de prevención de textura en relieve y color contrastante con respecto al resto del solado, colocada lo largo del borde del anden en toda su extensión.

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En estaciones terminales de transporte (automotor, por ferrocarril, aéreas y marítimas) de larga distancia, se dispondrá de una sala de descanso y atención por sexo, vinculada al sanitario especial, adecuada para los pasajeros con movilidad reducida.

A.2.8. Deporte y recreación

En los destinos referidos a deporte y recreación (salas para teatro, cine y espectáculos) tendrán que tomarse en cuenta reservas de espacios para usuarios en silla de ruedas; estas reservas se realizaran en forma alternada, evitando zonas segregadas del público y obstrucción de los medios de salida. Cada espacio reservado tendrá 0,80 m de ancho por 1,20 m de largo y se ubicarán en platea, palcos o localidades equivalentes accesibles y donde no resulte obstaculizada la visual por vallas o parapetos. Se destinará el 1 % de la totalidad de las localidades para la reserva de los lugares especiales.

Estos edificios dispondrán de servicios sanitarios especiales por sexo, en los sectores públicos accesibles y en la proximidad de los espacios reservados para personas con discapacidad motora.

Deberá proveerse accesibilidad en los sectores destinados a la practica de deportes y sus instalaciones, que contarán con servicios sanitarios especiales y vestuarios adaptados por sexo.

A.2.9. Religioso

En los destinos referidos a edificios religiosos, en los locales y espacios descubiertos, destinados al culto se instalará un sistema de sonorización asistida para las personas hipoacúsicas y se preverán disposiciones especiales para la buena iluminación del interprete del lenguaje gestual. La instalación de un sistema de sonorización asistida se señalizará mediante el pictograma aprobado por Norma IRAM 3723.

A.2.10 Geriatría

En los destinos referidos a geriatría, las circulaciones horizontales deberán contar con pasamanos continuos de sección circular, colocados a una altura de 0,80 m 0,05 m el nivel del solado separados del paramento como mínimo 0,04 m, de color contrastante que los destaque de la pared y con terminación agradable al tacto como el plástico o la madera.

Los establecimientos geriátricos de más de una planta contarán con un ascensor con cabina tipo 3 según especificaciones del ítem A.1.4.2.3.1. de la reglamentación del artículo 21 y el correspondiente rellano cumplirá lo establecido en el ítem A.4.2.3.2. de la reglamentación del artículo 21.

En estos establecimientos se deberá contar con servicio sanitario especial en cada piso, cuya conformación, distribución y cantidad de artefactos estará de acuerdo con los destinos del nivel. Los sectores destinados a habitaciones contarán con servicios sanitarios individuales o compartidos, siendo la cantidad de artefactos especiales igual al 50 % de los artefactos convencionales. Por lo menos un local sanitario contará con una bañera para uso asistido, con superficies de aproximación en los dos lados mayores y en una cabecera.

La instalación a la vista de agua caliente y desagüe de lavabos deberán tener aislación térmica. Los calefactores deberán disponer de la protección adecuada para evitar el contacto de las personas con superficies calientes.

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B. EDIFICIOS DE VIVIENDA COLECTIVA

B.1. Zonas comunes

Las viviendas colectivas a construirse deberán contar con un itinerario accesible para las personas con movilidad y comunicación reducidas-especialmente para los usuarios con sillas de ruedas-, desde la vía pública y a través de las circulaciones de uso común hasta la totalidad de unidades funciónales y dependencias de uso común cumpliendo las prescripciones de la reglamentación del artículo 20 y del inciso A.1 del artículo 21, excepto el ítem A.4.1., en lo referido a ancho de circulaciones horizontales, para las cuales se admite un valor mínimo de 1,10 m y el apartado A.1.5. del citado artículo.

Para la elección del tipo de cabinas de ascensores, prescritos en el ítem A.1.4.2.3.1. de la reglamentación del artículo 21, se utilizará la siguiente tabla, en función del número de ocupantes por piso funcional y del nivel de acceso de la unidad de uso a mayor altura. A los efectos del cómputo de ocupantes por piso funcional se considerarán dos personas por dormitorio, cualquiera sea la dimensión de estos, a excepción del dormitorio de servicio que se computará por una sola persona.

Número de ocupantes por piso funcional Nivel de acceso de la unidad de uso más elevada desde planta baja Nivel de acceso de la unidad de uso más elevada desde planta baja

6 cabina tipo 1 o 2 cabina tipo 3

Las viviendas colectivas existentes deberán adecuar sus zonas comunes con el grado de adaptabilidad o en su defecto de practicabilidad, cumpliendo con lo prescrito en la reglamentación de los artículos 20 y 21, a requerimiento de los ocupantes de cualquier unidad funcional.

B.2. Zonas propias

B.2.1. Puertas

La luz útil de paso de todas las puertas será de 0,80 m como mínimo.

B.2.2. Circulaciones horizontales

Las circulaciones horizontales en el interior de la vivienda deberán tener 1,10 m como ancho mínimo.

B.2.3. Locales sanitarios

La vivienda deberá tener por lo menos un baño practicable de 1,50 m x 2,20 m.

B.2.4. Cocina

La cocina de la vivienda deberá tener un lado mínimo de 2,00 m y un Area mínima de 4,00 m2

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ARTICULO 22

A. TRANSPORTE AUTOMOTOR PUBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS

A.1. Vehículos urbanos y suburbanos de corta y media distancia

Las empresas de transporte deberán incorporar a partir de los seis meses de la entrada en vigencia de la presente Reglamentación y durante el transcurso del año 1997, por lo menos una unidad de pasajeros con adaptaciones para el ingreso y egreso en forma autónoma y segura y la ubicación en su interior de personas con movilidad y comunicación reducidas-especialmente usuarios de sillas de ruedas y semiambulatorios severos-. Progresivamente y por renovación del parque automotor deberán incorporar unidades hasta llegar a la renovación total de la flota en esas condiciones. (Ver cuadro siguiente).

Plazos Vehículos a incorporar en cada línea por renovación del parque automotor

En el transcurso de 1997 Un vehículo adaptado por línea

Año 1998 20 % del total de vehículos de cada línea

Año 1999 40 % del total de vehículos de cada línea

Año 2000 60 % del total de vehículos de cada línea

Año 2001 80 % del total de vehículos de cada línea

Año 2002 100 % del total de vehículos de cada línea

Las características pueden ser las de un vehículo de "piso bayo" de hasta 0.40 m de altura entre la calzada y su interior, un "arrodillamiento" no inferior de 0,05 m y con los complementos necesarios que permitan el ingreso y egreso de un usuario de silla de ruedas, o con aquellas características que satisfagan el cumplimiento de las condiciones arriba expresadas.

Contarán por lo menos, con una puerta de 0.90 m ancho libre mínimo para el paso de una silla de ruedas.

En el interior se proveerá por lo menos, de dos espacios destinados a sillas de ruedas, ubicados en el sentido de la marcha del vehículo, con los sistemas de sujeción correspondientes para la silla de ruedas. pudiéndose ubicar en los dos lugares, según las necesidades, dos asientos comunes rebatibles.

Se dispondrá también una zona de ubicación para los apoyos isquiáticos;

-la barra inferior del apoyo estará colocada a 0,75 m desde el nivel del piso;

-la barra superior de 1,00 m desde el nivel del piso y desplazada horizontalmente 0,15 m de la vertical de la barra inferior y;

-se considerará un modulo de 0,45 m de ancho por persona.

Los accesos tendrán pasamanos a doble altura. El interior contará además:

126

-con pasamanos verticales y horizontales;

-dos asientos de uso prioritario por parte de personas con movilidad y comunicación reducidas, debidamente señalizados, según la Norma IRAM 3 722, con un plano de asiento a 0,50 m del nivel del piso;

-espacio para guardar bolsos o cochecitos de bebés, que no interfieran la circulación.

La identificación de la línea deberá tener una óptima visualización, los números y ramales deberán estar en el frente de la unidad y anexarse en los laterales, cercanos a las puertas. Las leyendas tendrán que hacerse en colores contrastantes sobre fondos opacos.

Las unidades serán identificadas con el "Símbolo Internacional de Acceso" según el pictograma establecido en la Norma IRAM 3722 en su frente y en los laterales.

Las maquinas expendedoras de boletos deben ser posibles de accionar por todos los pasaderos, con una altura máxima de 1.30 m desde el nivel del piso a la boca de pago, con una altura mínima de 0.80 m desde el nivel del piso a las bocas de extracción del boleto y/o vuelto y contar con un barrar o asidero vertical a ambos lados.

Se prohíbe la colocación y utilización de sistemas de molinetes u otros sistemas que dificulten o impidan la movilidad y circulación de los pasaderos. La circulación deberá tener un ancho mínimo de 0,70 m, salvo que sea utilizada por personas en silla de ruedas, en cuyo caso el ancho mínimo será de 0,80 m hasta el lugar reservado para alojar las sillas.

El piso del coche se revestirá con material antideslizante, no presentara desniveles ni obstáculos en toda su extensión, y llevará una franja de señalización de 0,15 m de ancho en los bordes de entrada y salida del vehículo.

La altura recomendada para los pulsadores de llamada es de 1,35 m como máximo y de 1,25 m como mínimo, medidos desde el nivel del piso: ubicados en los dos bárrales de puertas de salidas y por lo menos en un barrar en el medio de la zona delantera y otro barra) en el medio de la zona trasera. En todos los sitios destinados a ubicar sillas de ruedas y asientos reservados para personas con movilidad y comunicación reducidas, los pulsadores deberán estar situados a una altura de 1,OO m +-O,1Om.

Todos los pulsadores deberán contar con una señal luminosa que indique la efectivización de la llamada y el pulsador dispuesto en las zonas de emplazamiento de las sillas de ruedas, deberá producir una señal visual intermitente en el puesto de mando del conductor. Esta señal se identificará con el "Símbolo Internacional de Acceso", según el pictograma aprobado por la Norma IRAM 3722.

Se deberán incorporar sistemas de información referidos a recorridos, paradas próximas, paradas en las que se encuentra estacionado. Las mismas deberán ser posibles de recepcionarse por parte de personas con disminución visual o auditiva.

Toda otra indicación del conductor, también deberá ser posible de recepcionarse por parte de personas con disminución visual o auditiva.

A2. Vehículos de larga distancia

La cantidad de vehículos especiales y los plazos para su progresiva incorporación, estarán en función de las frecuencias actualizadas de los distintos destinos de cada empresa, a propuesta de los organismos responsables del control de los servicios.

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En vehículos de larga distancia se optará por la incorporación de un elevador para sillas de ruedas o sistemas diseñados a tal fin, que cumplan con el propósito de posibilitar el acceso autónomo de personas en sillas de ruedas y se dispondrá el espacio necesario en su interior para la ubicación de por lo menos una silla de ruedas en el sentido de dirección de marcha del vehículo, equipado con los sistemas de sujeción correspondientes a la silla de ruedas y al usuario.

B. TRANSPORTE SUBTERRANEO

Las empresas responsables del transporte subterráneo de pasajeros deberán iniciar la adecuación de las estaciones, sus instalaciones y equipamiento existentes, según lo expresado en la presente Reglamentación de los Art. 20 y 21, y del material móvil a partir de los seis meses de la entrada en vigencia de la presente reglamentación y deberán ser completados en un plazo no superior a tres años para que el servicio pueda ser utilizado por personas con movilidad y comunicación reducidas -especialmente para los usuarios en sillas de ruedas-.

La infraestructura y el material móvil que se incorporen al sistema en el futuro deberán ajustarse a lo prescrito por la Ley 22.431 y sus modificatorias y esta Reglamentación. Los requisitos a tener en cuenta son los siguientes:

-Instalación de un ascensor, con cabina tipo 1, 2 o 3 según lo establecido en el art. 21, ítem A.1.4.2.3.1 de la presente Reglamentación, desde la vía pública a la zona de pago y al anden. para el ingreso y egreso de las estaciones por las personas con movilidad y comunicación reducidas- especialmente para los usuarios de silla de ruedas-en principio estos equipos se instalaran en las estaciones más importantes de cada línea para llegar al término fijado por esta reglamentación a su colocación en todas las estaciones.

-Seguridad durante la permanencia y circulación en los andenes;

-ubicación en los andenes de zonas de descanso, mediante la colocación de asientos con apoyabrazos y apoyos isquiáticos;

-Posibilidad de efectuar las combinaciones entre las distintas líneas;

-información y seguridad en todo el sistema de estructuras fijas y móviles, mediante la adecuada señalización visual, auditiva y táctil;

-Provisión en el interior de cada coche, de dos espacios destinados a sillas de ruedas, ubicados en la dirección de marcha del vehículo, con los sistemas de sujeción correspondientes para la silla de ruedas, ubicar en estos lugares, según las necesidades, dos asientos comunes rebatibles;

-Disposición en el interior de cada coche de una zona para los apoyos isquiaticos. La barra inferior del apoyo estera colocada 0,75 m desde el nivel del piso y la barra superior a 1,00 m desde el nivel del piso y desplazada horizontalmente 0,15 m de la vertical de la barra inferior. Se considerara un módulo de 0,45 m de ancho por persona.

-Disposición en el interior del vehículo de pasamanos verticales y horizontales, dos asientos de uso prioritario por parte de personas con movilidad y comunicación reducidas señalizados, según la Norma 1RAM 3722, con un plano de asiento a 0,50 m del nivel del piso y un espacio para guardar bolsos o cochecitos de bebes que no interfieran la circulación.

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C. TRANSPORTE FERROVIARIO

Las empresas responsables del transporte ferroviario de pasajeros deberán iniciar la adecuación de las estaciones, sus instalaciones y equipamiento existentes, según lo expresado en la presente Reglamentación de los Art. 20 y 21 y del material móvil a partir de los seis meses de la entrada en vigencia de la presente Reglamentación y deberán ser completados en un plazo no superior a tres años para que el servicio pueda ser utilizado por personas con movilidad y comunicación reducidas-especialmente para los usuarios en sillas de ruedas-

La infraestructura y el material móvil que se incorporen al sistema deberán ajustarse a lo prescrito por la Ley 22.431 y sus modificatorias y su Reglamentación.

C.1. Transporte ferroviario de corta y media distancia

Los requisitos a tener en cuenta son los siguientes:

-En las estaciones con desniveles entre la vía pública, la zona de pago y andenes se ejecutarán las obras y se proveen los equipos necesarios para el ingreso y egreso de las personas con movilidad reducida-especialmente los usuarios de sillas de ruedas, conforme a lo establecido en los Art. 20 y 21 de la presente Reglamentación,

Permitir el ingreso y egreso en forma autónoma y segura y la ubicación en el interior del material móvil, de las personas con movilidad y comunicación reducida-especialmente los usuarios de sillas de ruedas-.

-Seguridad durante la permanencia y circulación en los andenes;

-ubicación en los andenes de zonas de descanso, mediante la colocación de asientos con apoyabrazos y apoyos isquiáticos.

-Información y seguridad en todo el sistema de estructuras fijas y móviles, mediante la adecuada señalización visual, auditiva y táctil;

-Provisión en el interior de cada coche, de dos espacios destinados a sillas de ruedas, ubicados en la dirección de marcha del vehículo, con los sistemas de sujeción correspondientes para la silla de ruedas, pudiéndose ubicar en estos lugares, según las necesidades, dos asientos comunes rebatibles;

-Disposición en el interior de cada coche de una zona para los apoyos isquiáticos; la barra inferior del apoyo estera colocada a 0,75 m desde el nivel del piso y la barra superior a 1,00 m desde el nivel del piso y desplazada horizontalmente 0,15 m de la vertical de la barra inferior. Se considerara un módulo de 0.45 m de ancho por persona.

-Disposición en el interior de pasamanos verticales y horizontales, dos asientos de uso prioritario por parte de personas con movilidad y comunicación reducidas, debidamente señalizados, según la Norma IRAM 3722, con un plaño de asiento a 0,50 m del nivel del piso y un espacio para guardar bolsos o cochecitos de bebes. que no interfieran la circulación.

C.2. Servicios ferroviarios de larga distancia

En los servicios ferroviarios de larga distancia se cumplirá con lo establecido en la reglamentación del Art. 22. inciso C.1., excepto la reserva de dos asientos de uso prioritario para personas con movilidad y comunicación reducidas y la colocación de apoyos isquiáticos.

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Los servicios ferroviarios de larga distancia dispondrán de servicio sanitario especial en los coches donde están previstos los espacios reservados para las sillas de ruedas.

D. TRANSPORTE AEREO

Las empresas responsables del transporte aéreo de pasajeros deberán iniciar la adecuación de las estaciones, sus instalaciones y equipamiento existentes, según lo expresado en los artículos 20 y 21 de la presente Reglamentación y del material de aeronavegación a partir de los seis meses de la entrada en vigencia de la presente Reglamentación y deberán ser completados en un plazo no superior a tres años para que el servicio pueda ser utilizado por personas con movilidad y comunicación reducidas-especialmente por los usuarios en sillas de ruedas-.

La infraestructura y las aeronaves que se incorporaran en el futuro al sistema deberán ajustarse a lo prescrito por la Ley 22.431 y sus modificatorias y su Reglamentación. Los requisitos a cumplir son los siguientes:

Permitir el ingreso y el egreso a la aeronave en forma cómoda y segura, mediante sistemas mecánicos o alternativos, que excluyan el esfuerzo físico de terceras personas para los desplazamientos verticales:

-Disponer de una silla de ruedas especial cuyo ancho le permita circular por los pasillos de la aeronave, para que una persona no ambulatoria, pueda llegar a su asiento;

-Proporcionar la información general y la especifica sobre emergencias, que se brinden oralmente a todos los pasaderos en la aeronave, en forma escrita, en braille y en planos en relieve para que los ciegos puedan ubicar las salidas de emergencia:

-Proveer en los asientos de pasillo, asignados a personas con movilidad reducida, apoyabrazos rebatibles.

E. VEHICULOS PARTICULARES

Los vehículos propios que transporten o sean conducidos por personas con movilidad reducida tendrán derecho a libre transito y estacionamiento de acuerdo a lo que establezcan las respectivas disposiciones municipales, las que no podrán excluir de estas franquicias a los automotores patentados en otras jurisdicciones. Las franquicias de libre estacionamiento serán acreditadas por el distintivo de identificación a que se refiere el artículo 12 de la Ley 19.279.

130

ANEXO II GUION DE ENTREVISTA OBJETIVO: Describir la situación de accesibilidad en la planta turística y atractivos, del casco céntrico de San Salvador de Jujuy.

ESTABLECIMIENTO:…………………………………………………………………… FECHA:…………………. ENTREVISTADO:………………………………………………………………………… ENTREVISTADORA:……………………………………………………………………

1.

Condiciones de infraestructura:

-

¿Se les exige a Uds. algunas condiciones de accesibilidad en cuanto a la infraestructura y equipamiento del lugar

para las PCR?, ¿Hay algún organismo de control? -

¿Las PCR tienen facilidades para poder ingresar y desplazarse con comodidad o sin dificultades, en el

establecimiento? -

¿En la actualidad están desarrollando alguna medida, en relación a las PCR? O tienen algún proyecto al

respecto? ¿Cómo cree que esto influiría en su establecimiento?

2.

Accesibilidad a los servicios:

-

¿Conoce cuales son los requerimientos básicos de una PCR a la hora de brindarle un servicio?

-

Dentro del establecimiento ¿cuáles son los servicios que se encuentran adaptados para las PCR?

-

Dentro de sus actividades cotidianas de trabajo, ¿cuál es su percepción en cuanto a los servicios brindados por el

establecimiento para las PCR?

3.

Capacitación del personal: (Atención al cliente)

-

¿Posee algún conocimiento en cuanto a la temática de las PCR?

-

¿Cómo

resuelven de forma inmediata las necesidades de una PCR cuando no tienen la infraestructura

adecuada? -

¿Qué opina acerca de la capacitación sobre el tema de accesibilidad y discapacidad? El personal que desempeña

funciones en este establecimiento ¿Recibe capacitación en este aspecto?

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ANEXO III ENTREVISTAS Entrevista Hotel Palace - Cesar Siufi CS: Bueno. (Ruidos). GN: Mi segmento de estudio serian las Personas con Capacidades Restringidas. CS: Haa. GN: Es un concepto muy amplio y por ahí uno piensa que solo abarca lo que tiene que ver con la discapacidad. Pero va más allá de eso. Tiene que ver con las personas de la tercera edad, con las mujeres embarazadas o con niños pequeños o por ahí algún enyesado. Alguna persona que posea alguna discapacidad temporal. Entonces mis preguntas van a ser en base a lo que son las personas con capacidades restringidas y me refiero a eso. En cuanto a la infraestructura del establecimiento. ¿Se les exige a ustedes algunas condiciones de accesibilidad en cuanto a la infraestructura, al equipamiento? CS: Bueno, con respecto a eso eee ha ido cambiando bastante la relación. De no haber prácticamente nada hace quizás quince o veinte años, en los últimos quince años se avanzó mucho y se modificaron mucho las reglamentaciones y las exigencias edilicias para todo lo que hace a discapacidad. No solo rampas sino ascensores que pueden ingresar, baños previstos para discapacitados, la capacidad hasta de gimnasios para discapacitados. De alguna manera se han ido modificando las reglamentaciones internas fundamentalmente de los hoteles tres, cuatro y cinco estrellas para que todo este aspecto de la discapacidad sea tenido mucho más en cuenta. GN: Claro. CS: Y dándole un porcentaje importante en la construcción de los nuevos edificios. No te quiero mentir pero creo que se dice que el diez o el veinte por ciento de cada porción de un cien por cien de un edificio debe estar preparado para la discapacidad no! En el caso de este hotel nosotros hemos tenido previstos algunos de estos aspectos. No estamos al cien por cien pero si por ejemplo hemos previsto ingreso para discapacitados en el salón de fiestas más grande, ingresa la silla que la silla de ruedas ingrese en el ascensor. Las puestas de todas las habitaciones se habían acondicionado desde el primer momento para qué ingrese una silla de ruedas, incluso para que entre y salga una camilla. Pero fue una casualidad porque esa era la idea que si no era hotel iba a ser una clínica. Entonces los pasillos, todo esto no! Y después cuando se dieron las nuevas disposiciones algunas modificaciones tuvimos que realizar en el hotel. GN: ¿Porque les dan un plazo no es cierto? CS: Si, siempre y cuando este la posibilidad. GN: Claro, si! CS: Por ejemplo, nosotros tenemos en la planta baja solamente baño para discapacitados. En las habitaciones no. Está en proyecto del hotel por lo menos tener dos habitaciones con baño para discapacitados.

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GN: ¿Y cómo cree usted digamos de que esto beneficiaría a su hotel? CS: No pasa por la ecuación de costo beneficio. GN: No, pero por ahí le da un valor agregado. CS: Si, sin ningún lugar a duda le da un valor agregado, y a uno le permite poner en toda su folletería habitaciones para discapacitados. GN: Y ¿hay algún organismo de control o todavía no se les exige eso? En cuanto a la infraestructura, al equipamiento del hotel. CS: No, el hotel que está ya construido no tiene una exigencia ni una obligación de modificar. Lo que si se es que a partir de ahora toda todo establecimiento hotelero que se inaugura debe cumplir con esa parte. El organismo de contralor es por un lado la secretaría de turismo de la provincia y en algunos aspectos también te hace algún control la municipalidad, pero más que todo es bromatología. GN: Claro. ¿Usted conoce cuales son los requisitos básicos a la hora de brindar un servicio para las personas con capacidades restringidas? CS: No, la verdad los conozco pero no soy la persona indicada para dártelos muy puntualmente. Es decir, los conozco porque me interesaba saber y para conocer no! Te digo algunas cosas. Por ejemplo los baños no tienen que tener bañera, tienen que tener duchas manuables con pasa manos, lo mismo que los sanitarios, las puertas tienen que ser amplias. Sé que tienen que haber rampas de ingreso a todos los, los lugares comunes del establecimiento. Los lugares para el restaurant, para el desayunador me entendes! Pero puntualmente como está manejado no. No lo conozco. GN: Ha, bien. Yo tengo un librito. Después si quiere se lo acerco. Que es de accesibilidad en hotelería. CS: Si. Está muy bueno. La verdad no lo he leído. No, no lo tengo pero es muy importante, si. GN: Son cosas que en la vida diaria uno ve y no lo tiene en cuenta. Entonces ¿dentro del establecimiento no hay servicios que se encuentran adaptados? CS: Si, si. GN: En sus actividades cotidianas de trabajo ¿cuál es su percepción en cuanto a los servicios que brinda el hotel para PCR? CS: (Silencio). Mira, con respecto a la respuesta que tiene el hotel hacia a las personas con capacidades restringidas, a veces uno reemplaza las falencias con la predisposición. Nosotros tenemos personal muy predispuesto a que la persona discapacitada se encuentre cómoda y eso lo hemos logrado. Del momento que ingresa al ascensor, en el momento que tratamos de darle una suite y no una habitación común. Y te digo una suit porque tiene el doble de espacio que una habitación común. Tiene espacio para que se desplace con una silla de rueda, tiene la posibilidad de usar el ante baño para lavarse las manos sentado en su silla de ruedas.

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Eso es lo que nosotros hacemos, tratamos de suplir las falencias que tiene el hotel con la predisposición del personal y otorgándole una habitación que le permita a él desplazarse con mayor facilidad que en una habitación común no! GN: Claro. ¿Se le plantean algunas ocasiones en las que tienen que resolver algún problema de una persona con capacidades restringidas? CS: Te comento cuando se hiso el rally Londres-México. Bueno, vos sos muy chica y no lo conoces. Pregúntale a tu papá se acuerde cuando vino Clay Regazoni. Clay Regazoni es un famoso piloto automovilístico que tuvo un accidente y quedo parapléjico, él vino en su auto con su silla de ruedas y estaba chochco en el hotel. Después vino por segunda vez y le gustó, se sentía cómodo porque se podía desplazar con su silla de ruedas por los pasillos, ingresar a la habitación, ingresar al baño, ingresar al ante baño, porque tenía una amplitud que le permitía desplazarse en su propia silla de ruedas. Ingresaba en el ascensor con su silla de ruedas que era antigua. GN: Claro. ¿Y tienen algún proyecto futuro digamos en cuanto a esto de la accesibilidad? CS: No, porque hay otros proyectos para el establecimiento por eso no tenemos. GN: Claro. Y ¿qué opina a cerca de la capacitación del personal en cuanto al tema de accesibilidad, discapacidad? CS: Muy buena pregunta esa! (Silencio). Creo que todos no! La HT, la Cámara de Turismo, la Asociación de Turismo Integral y la propia Secretaría no hemos dado todavía los cursos los cursos de capacitación suficientes para preparar al personal en la atención de los discapacitados. GN: Es que en realidad yo creo que en San Salvador de Jujuy es muy poco, es como que el tema muy nuevo y uno no le presta atención. CS: No creas, en eso también voy a hacer la defensa. Se habla mucho ya sobre la discapacidad no! En las asociaciones, en la Secretaría de Turismo, entre los propios colegas. Se habla mucho. Lo que si te reconozco es que ya está establecido el tema dentro de los hoteleros, de la parte de turismo, de los transportistas. También te reconozco que quizás no le estamos dando la seriedad que necesita el tema no! GN: Claro, por ejemplo mi proyecto tiene que ver con, con un proyecto de sensibilización. CS: Buenísimo, buenísimo. Se habla mucho pero no se concientiza. GN: Si. Yo tengo entendido que la Secretaria estaba con el proyecto de Directrices de Accesibilidad pero solamente es una propuesta. CS: Si, sobre los avances de la Secretaria no estoy muy al tanto, pero si te puedo decir que se trató este tema ya en reiterados congresos, en reiterados talleres. En muchos aspectos como para (interrupción) ir ya teniendo en cuenta y que no sea un tema más, sino que sea un tema! GN: Claro. Sí, mi mamá hace un posgrado de gerontología y ahí surgió la idea de trabajar con el tema. Y bueno me pareció interesante y de ahí a medida que empecé a investigar me di cuenta de que son muchas cosas eee es muy interesante el tema, es muy amplio. CS: Si.

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GN: En España es el sumun de la accesibilidad. CS: Ho el sumun. Si, y estamos lejos de España. GN: Si. Definitivamente! Y yo creo que en San Salvador de Jujuy hay mucho para hacer. Mi objetivo puntualmente hace referencia a saber cuál es la situación actual de San Salvador de Jujuy en cuanto a la accesibilidad no! CS: Te vuelvo a repetir no! Se ha trabajado mucho, se viene trabajando, se ha tomado conciencia. Falta la concientización general de la sociedad. Y en lo que hace a las a los establecimientos hoteleros se ha trabajado en la concientización. No con la profundidad ni con la permanencia necesaria para hacerlo pero se está trabajando sobre el tema. GN: En el hotel ¿el personal recibe capacitaciones en cuanto a la discapacidad? CS: Nosotros hemos hecho dos capacitaciones. Dos talleres pequeños, cortos y más que todo se trabaja sobre la sensibilidad que sobre la concientización y la capacitación. Quizás un poco porque también no ha surgido una persona que venga a decirnos mira! yo tengo un taller para capacitarte a tu personal sobre el manejo y el trato del discapacitado. Por eso no lo hicimos. Asique quizás es un muy buen momento que nos estas recordando a los directivos para que pensemos que el próximo taller que hagamos sea el manejo de los discapacitados en el establecimiento. GN: Si, esa es la idea, que se tome conciencia de la importancia de la temática no! Y saber que no solamente hablamos de un discapacitado sino de una persona de la tercera edad, es decir, es amplio el segmento. CS: Con respecto a la tercera edad, en esto si yo te digo que al menos mi establecimiento hotelero tiene una predisposición y una preparación. Tengo cubierto todo el sistema con SAE, justamente por la tercera edad y tenemos una predisposición que ya ha marcado a través de estos veinte años. Siempre cuando llegan personas de la tercera edad se trata de darles las habitaciones de los primeros pisos para cualquier problema de ascensor. Siempre se plantea la comunicación a las personas de la tercera edad, que el restaurant cuenta con una nutricionista que si necesita una dieta especial no duden en pedirla, que no hay ningún problema para hacerlo. En este tema de la tercera edad se trabaja bastante no! Se trabaja bastante pero bueno porque eso ya sale solo no! Cuando vienen delegaciones grandes de la tercera edad que en el caso de mi hotel no son muchas, ya sabemos que este grupo se establece de un modo distinto. Se ve de darle las habitaciones de los primeros pisos, todas esas cosas no! GN: Bien. Creo que básicamente eso es todo. Lo más importante es saber cuál es su percepción en cuanto al tema de accesibilidad y como se manejaba el hotel. Yo estoy digamos en la mitad de mi proceso. Estoy haciendo la investigación y me comprometo a cuando tenga listo mi proyecto pasar y dejarle una copia. CS: Exacto, me gustaría leerlo y es más cualquier otra cosa que necesites siempre estoy a la mañana yo. Venite cualquier duda que tengas con respecto a otros aspectos y ¿a que otros hoteles vas a ver? GN: En cuanto a hoteles el Howard Johnson. Después la Secretaría.

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CS: El Howard Johnson está muy bien no! GN: Si, yo tengo entendido que ellos es tienen habitaciones adaptadas. CS: Si, claro porque ya es nuevo. Este tienen veinte años, ese tiene cinco. Él ya entró con la nueva vigencia. Cualquier problemita ¿a quién vas a ver en el Howard Johnson? GN: Tengo un profesor de la facultad. VS Licenciado en Turismo. CS: ¿Y está ahí? GN: Si, si asique me voy a contactar con él y después con un restaurant como para tener un poco de cada cosa no! CS: Está bien. Sí, me parece barbaro. Y después es importante que hables con los funcionarios. Con JM, o con DN, les va a gustar el tema he! Porque muy poca gente… Yo, yo les di entrevistas a muchos chicos que hicieron sus tesis, por ejemplo mi sobrino P S hizo su tesis en la puesta a punta de la remodelación y reestructuración de este hotel para transformarlo en un cuatro estrellas superior. Pero nada que ver con discapacitados. Después otra chica vino. Cuatro o cinco tesis ya que se hicieron en base al hotel. Pero nadie toco este tema puntualmente. GN: Es un tema nuevo. CS: Así es. GN: A mí me gusta muchísimo. CS: Buenísimo, buenísimo. GN: Es como que uno nunca termina de investigar ni de ver no! CS: Bueno, muy bien.

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Entrevista Secretaría de Turismo – Pamela Vaca (Conversa con una niña) GN: Bueno, empezamos la entrevista. Te paso a comentar que mi tesis es sobre Turismo Accesible en San Salvador de Jujuy. Uno de mis objetivos es saber cuál es la situación actual de San Salvador de Jujuy en cuanto a la accesibilidad. Para eso elegí los lugares a mi criterio más reconocidos o donde más visitan los turistas como para tener una muestra representativa y saber a cerca de la situación de la accesibilidad de San Salvador de Jujuy. Para comenzar me gustaría hacerte unas preguntas en cuanto a la infraestructura del establecimiento. Por ejemplo yo quería saber si ¿se les exige algunas condiciones de accesibilidad en cuanto a la estructura y el equipamiento de la secretaría para atender a personas con capacidades restringidas? Haciendo referencia

a discapacitados, mujeres

embarazadas, personas de la tercera edad. Es un segmento bastante amplio. PV: Bien, es como vos decís, son distintos segmentos y son distintas formas de atención que se tiene a lo que es a la persona que ingresa a la institución. Si hablamos de discapacitados que vienen en silla de ruedas la institución con la rampa que se encuentra en la parte del fondo y tenemos las señalizaciones también. Lo que es el área de informes, cuenta con llaves extras que es la del portón, que desde ahí nosotros lo que hacemos es abrir, hacer la atención al discapacitado para que ingrese hasta el área de informes. Esa es una, la otra seria si las personas discapacitadas no quieren ingresar a la institución, osea por las rampas, se lo atiende desde la parte de adelante de informes, que es un hall. ¿Viste que hay unas escaleras? GN: Si. PV: Lo que hace el personal de informes es salir hasta la vereda con un mapa que nosotros lo tenemos, es el material con el que contamos para los discapacitados y que son plastificados. GN: Ha bueno. PV: Entonces de esa forma el mapa que es el plano de la ciudad más el mapa de la provincia de Jujuy no se arruina, digamos lo que es el material. Si, entonces el personal sale hasta la puerta de entrada y desde allí se da la información que solicita el visitante. GN: Es decir que ¿las personas con capacidades restringidas tienen facilidades a la hora de ingresar al establecimiento? PV: Tienen las opciones, sí! Ahora si vos ves que ingresa una embarazada lógicamente tenés que decirle que si ves que algún personal no está atendiendo o no está en una función, lo que tienen que hacer es primeramente dar la información a la persona que, que está en el área. GN: Y en la actualidad ustedes ¿están desarrollando alguna medida en relación a las personas con capacidades restringidas? PV: ¿A qué te referís con esto? GN: Claro, si están pensando en algún proyecto futuro.

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PV: Dentro de un plan nosotros hace poco fuimos hay no me sale ahora la palabra! Pero fuimos como aprobados dentro de un sistema de calidad en lo que es el área de informes, y dentro de ese sistema de calidad, si, uno de los requisitos era que la institución cuente con rampas para discapacitados. Como no se puede hacer en la parte de adelante se hizo en la parte de atrás. Ese es el tema, de que es para no arruinar también lo que es la fachada o el frente del, de la institución porque es una casa donada digamos y uno de los requisitos de la casa al ser donada era de que, en lo posible se trate de mantener todo lo que es él, el origen de la casa evitando así muchas reformas. GN: En cuanto a la accesibilidad ¿hay algún organismo de control? PV: No, de eso la verdad que no sabría decirte. Nosotros si nos hemos regido de acuerdo a lo que se pedía dentro del sistema de calidad que por eso te decía, te comentaba que uno de los requisitos era eso de la implementación de las rampas para discapacitados. El otro tema que te pedían también era el tema este de los mapas o planitos que tengan el material como plastificado o material a disposición del discapacitado, que eso también hemos implementado con el sistema no! GN: Si. ¿conoces cuáles son los requerimientos básicos eee a la hora de brindar un servicio a una persona con capacidades restringidas? PV: (Silencio y gestos de duda). GN: No? PV: No. GN: Y ¿dentro del establecimiento además de la entrada hay algún otro de los servicios que se encuentre adaptado? PV: No. Se tendría que hacer, si! Eso creo que ya tendrían que verlo con algún coordinador o arquitectos de la institución para ver si ellos tienen algún proyecto. Osea desde mi área no. Pero si calculo que desde la Secretaría tienen que tener algo, algún proyecto o algo para implementarse en cuanto a lo que es baño que no se tiene. Es más ni para el personal tenemos. Es muy chicos los... Eso córtalo! (risas). Te comento! Osea lo que es personal, acá hay bastante personal. En la Secretaría se cuenta solamente con dos baños y es como que la institución está quedando chica para la cantidad de empleados que hay dentro de la Secretaría, pero es muy básico lo que se tiene en realidad para el discapacitado. GN: Claro, por ejemplo a mi me contaba J que habían aprobado un proyecto de Directrices de Accesibilidad ¿vos sabes algo de eso? PV: No, eso lo maneja ella porque está dentro de lo que es el Sistema de Calidad. Ella maneja todo lo que es el Sistema de Calidad, yo masomenos de lo que se ve en el área de informes. Yo soy encargada del área, te comento de eso. GN: Ha claro. PV: Osea del Sistema de Calidad y de Directrices no. Por lo menos a mi no me comentaron todavía nada. GN: Dentro de las actividades, digamos de tus actividades cotidianas en el área de informes ¿cuál es la percepción que tenés en cuanto a los servicios que se brindan para las personas con capacidades restringidas? ¿qué es lo que ves? PV: ¿Qué es lo que más piden? ¿O qué?

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GN: Osea, ¿cómo se manejan con las personas con capacidades restringidas? PV: Osea, de lo que es la parte del sector de informes no se ve mucho lo que es la persona con discapacidad. Es lo que yo te decía desde un principio, cuando se ve que ingresa alguien con discapacidad, por ejemplo nos ha pasado que vienen personas con menos estatura. Entonces como ellos, vos viste que la parte de informes tiene la mesada alta lo que hace el personal es dar la vuelta y darle la información de persona a persona, osea en forma directa con el material ya en mano. GN: Claro. PV: Esa es una la más común, o la situación de la embarazada que es como la que yo te comentaba que lo primero que se hace es dejar de atender a la persona, se le dice que por favor aguarde un segundo que se la va a atender a la otra persona, se le da la información, el requerimiento que necesite y luego se sigue atendiendo a la otra persona, esa es la otra manera. GN: Claro PV: Y bueno, la otra que todavía no nos ha tocado es el tema del discapacitado en ruedas que todavía osea no llego ninguna persona así que venga con este tipo de dificultades. GN: Claro. ¿Posees algún conocimiento en cuanto al tema de personas con capacidades restringidas? PV: No, conocimientos, a lo mejor algo… GN: Que se yo cuales son los, ¿qué es lo que necesitan? ¿Cómo? PV: No. (risas). GN: Está bien. PV: A lo mejor a eso lo ven más directo en lo que es en un hotel que eso he visto que también cuando nos han llegado personas no discapacitadas pero si personas con familiares discapacitados que por ejemplo el problema que si he visto mucho cuando vienen es que te piden que tenga ascensor para discapacitados por el tema de la silla de ruedas o te lo niegan osea o no lo tiene el hotelero o lo que primero te preguntan, o lo primero que te dicen no, no tengo o no le hacen la reserva a la persona esa osea porque no se! Pero también eso nos ha pasado de que no se les hace reservas a personas que tienen familiares discapacitados. Pero bueno a esto te lo digo desde mi experiencia personal no! GN: ¿Es como que prefieren negar la situación? PV: Si, ha pasado, ha pasado y cuesta, cuesta llamar a los hoteles y escucharlos. GN: Si. ¿Qué opinas a cerca de la capacitación en cuanto a discapacidad y accesibilidad?

PV: En lo personal, yo que no tengo idea. Estría buenísimo que se lo haga porque dentro de lo que es el sector informes no lo tienen, no hay una capacidad ni un contacto entonces estaría bueno de que el personal si se informe y si se capacite en lo que es el tema de discapacidad. Sí, me parece buenísimo!

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Todo lo que sea capacitación y que sea para el bien del visitante y el bien para la institución me parece fabuloso. Asique estaría buenísimo. Es más si decís que J te dijo que hay unas Directrices en cuanto a esto seguramente nos va a estar llegando. GN: Bien, claro. Digamos, mi proyecto lo que busca es sensibilizar a la comunidad a cerca de la importancia del tema de Turismo Accesible porque si bien yo creo que es algo que por ahí uno conoce, que tiene idea de que se trata pero, pero es como que no le da la importancia que se merece. PV: Claro. No le dan la importancia. Es verdad. No se le da la importancia que merece. GN: Porque si vos te pones a pensar es un grupo amplio digamos que son turistas y tienen los mismos derechos que cualquier otro no es cierto! PV: Claro, si. GN: Bien, eso era básicamente todo lo que necesitaba saber y bueno, cualquier cosa yo te voy a estar comentando de mis avances y de mi proyecto. PV: Buenísimo, dale!

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Entrevista Museo Lavalle – Iris. GN: Bueno, mi tesis, estoy haciendo mi tesis en Licenciatura en Turismo. El tema es Turismo Accesible en San Salvador de Jujuy, para esto uno de mis objetivos es saber cuál es la situación actual de la accesibilidad en San Salvador de Jujuy. Yo hice una selección de los atractivos, hoteles más importantes de San Salvador de Jujuy a los cuales yo considero que van muchos turistas como para saber digamos de este tema de la accesibilidad. En cuanto a la infraestructura del lugar ¿se les exige a ustedes algunas condiciones de accesibilidad para las personas con capacidades restringidas? I: En realidad, bueno cuando en el año 2007 estuve a cargo del Museo Lavalle presentamos un proyecto para hacer de la mitad de la escalera un monta cargas para todas aquellas personas que tienen dificultad para acceder por las escaleras y eee ese proyecto fue negado eee y la razón de la negativa a ese proyecto fue porque como esta casa fue declarada Monumento Histórico Nacional, todos aquellos edificios que son declarados MHN no se pueden modificar porque cambia digamos la estructura edilicia de del mismo. GN: Y ¿hay algún organismo de control que les permita hacer o no hacer las modificaciones o que les exija? I: Si, nosotros dependemos bueno de la Coordinación de Patrimonio y Museos de la Secretaría de Turismo y Cultura y el órgano que nos rige a nivel nacional es la Comisión Nacional de Patrimonio y Museos. GN: Las personas con capacidades restringidas tienen facilidades para poder ingresar y desplazarse dentro del establecimiento? I: Con respecto al desplazamiento dentro del establecimiento si, no es tan complicado porque no tiene escalones, el tema del ingreso si es complicado ya que osea el único acceso que tiene es una escalera y se había pensado ya que no se podía hacer el monta cargas hacer una rampa pero el espacio de la escalera también es muy pequeño entonces la rampa iba a quedar con mucha pendiente porque tiene que hacerse de un centímetro cada metro cuadrado. Entonces con la rampa íbamos a llegar masomenos a los cincuenta metros que tiene el museo. GN: Claro. En cuanto a digamos a la actualidad ¿están desarrollando ustedes alguna medida en relación a las personas con capacidades restringidas o tienen algún proyecto futuro? I: Estamos pensando en hacer un proyecto de para las personas no videntes y que bueno, digamos la única inversión que implica es

conseguir una pantalla touch cream y hacer digamos un recorrido virtual del museo para todas aquellas

personas que son no videntes. GN: Y ¿cómo crees vos que esto influiría en el establecimiento? I: Con respecto a eso de los no videntes todo, osea todo lo que sea para ampliar la accesibilidad de la institución es importante porque es mayor apertura hacia la comunidad, es decir, de hecho nosotros brindamos un servicio a la comunidad, es decir que brindamos un servicio para todos. Pero muchas veces no es así tampoco. GN: En cuanto a los servicios vos ¿conoces cuales son los requerimientos básicos de una persona con capacidades restringidas? I: Con respecto a bueno las personas que tienen dificultades para caminar o para movilizarse, muchas veces han venido acá los chicos de APACE que vienen en sillas de ruedas y bueno gracias a que hay bastante personal acá y el policía los ayudaron a subir y bueno ellos pudieron acceder pero es bastante complicado el tema de e, porque la escalera en este caso sería una barrera que impide el acceso.

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GN: Bien ¿Dentro del establecimiento hay algún servicio que se encuentre adaptado? I: No, los baños tampoco se encuentran adaptados para discapacitados. GN: Y dentro de tus actividades cotidianas de trabajo ¿cuál es tu percepción en cuanto a los servicios que se brindan para las personas con capacidades restringidas? I: ¿De esta institución o en general? GN: Si, de esta institución. I: Bueno, es que muchas veces se trata de hacer muchas cosas pero hay, osea por un lado hay legislación que te da ese pie para hacer un montón de cosas pero por otro lado nosotros al ser un Monumento Histórico Nacional estamos bastante restringidos en ese aspecto. GN: En cuanto al personal ¿qué opinas vos a cerca de las capacitaciones en cuanto a accesibilidad y discapacidad? I: Con respecto a la accesibilidad en el turismo yo osea, bueno hace poco hubo una charla de la municipalidad pero casi nunca se toma, se toca, se dan cursos de capacitación con respecto al tema de Accesibilidad y Turismo. GN: Claro, osea que ¿no recibe capacitaciones? I: No. GN: ¿Tenés algún tipo de conocimiento en cuanto al tema de las personas con capacidades restringidas? I: Conocimientos teóricos no, pero tengo mi papá discapacitado hace veinte años y bueno masomenos se cómo hay que manejar a una persona que tiene movilidad restringida. GN: ¿Recordas alguna anécdota en la que tuvieron que resolver de manera inmediata alguna necesidad de una persona con capacidades restringidas? I: No, únicamente esa vez que vinieron bueno los chicos de APACE con las sillas de ruedas y ellos eran diez y pudimos hacerlos ingresar. GN: Claro. Vos ¿crees que digamos el personal está preparado, más allá de que no reciban capacitación, para resolver alguna situación? I: Eee yo creo que sí porque bueno básicamente hay que usar un poco de sentido común y tratar de resolver las situaciones que estén siempre a nuestro alcance. GN: Bien, básicamente eso era todo. Digamos saber cómo trabajaban ustedes y saber cuál era la percepción que tenían en cuanto a la temática de accesibilidad y bueno yo me comprometo a que cuando ya tenga mi proyecto dejárselo, como para que tengan conocimiento de cuales han sido los resultados. I: Buenísimo. GN: Para que ustedes vean. Digamos la idea de este tema de mi tesis es lograr que la comunidad así como también las autoridades se sensibilicen a cerca de la importancia que tiene el tema de la accesibilidad en San Salador de Jujuy. I: Tal cual, tal cual. Sería buenísimo que bueno un proyecto de esa magnitud sea un punta pie inicial para que no sólo esto, sino todas las instituciones cambien para ser más accesibles a las personas con capacidades diferentes.

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GN: Bueno, muchas gracias. I: No, de nada.

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Entrevista Museo de Artes Sacro – Silvia Dominguez. GN: Bueno, yo estoy haciendo mi tesis de Licenciatura en Turismo sobre Turismo Accesible en San Salvador de Jujuy. Uno de mis objetivos que es saber cuál es la situación actual de San Salvador de Jujuy en cuanto a la accesibilidad para lo cual he seleccionado algunos establecimientos hoteleros, gastronómicos, culturales, que para mí son los más reconocidos, a los que asisten más turistas como para saber cuál es la situación de la accesibilidad no! Mi segmento de estudio son las personas con capacidades restringidas. El concepto no solamente hace referencia a los discapacitados, sino a mujeres embarazadas, niños pequeños, personas de la tercera edad, algún discapacitado temporal como un enyesado, una persona con muletas. ¿Me entiende? Entonces mis preguntas son enfocadas hacia ese segmento. En cuanto a la infraestructura ¿cuáles con las condiciones de accesibilidad de la infraestructura y el equipamiento del lugar? SD: ¿Del museo? GN: Si. SD: Bueno este es el Museo de Artes Sacro de la Basílica de San Francisco. Es el único museo que es totalmente privado, no depende de ningún organismo oficial asique depende todo de la comunidad franciscana. Creo que la accesibilidad la ves! Está muy disponible tanto para un discapacitado como para una gente de la tercera edad o para una señora embarazada. Suele venir bastante gente así con ese perfil digamos asique creo que es uno de los pocos museos indicados, accesible hacia los turistas. GN: Y ¿hay algún organismo que controle esto en cuanto a la infraestructura del lugar? SD: Está arquitectura de la provincia. Están haciendo continuamente obras, asique ellos están controlando todo. GN: Es decir que ¿las personas con capacidades restringidas tienen facilidades para ingresar y desplazarse dentro del establecimiento? SD: Exacto, si. Tienen las barandas. Tenes accesibilidad, lo podes ver tranquilamente. No tenes escaleras, tenes un pequeño escalón y aparte suelen visitarnos personas con discapacidad, embarazadas, niños. GN: En la actualidad ¿están desarrollando alguna medida en relación a las personas con capacidades restringidas o tienen algún proyecto? SD: Yo que sepa por el momento no. Pero como dije recién, voy a hacer hincapié en esto, creo que el museo es apto y desarrollando por el momento no. GN: ¿Cómo cree que esto influye esto en el establecimiento, positivamente? SD: Es algo positivo, tener en cuenta siempre, me parece muy buena la idea de tomar el turismo con la parte de discapacidad enfocando o como decís vos con capacidades temporarias porque se olvidan de ese segmento de gente que lamentablemente a veces no pueden concurrir.

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En el caso de personas que no ven, que son no videntes igual pueden acceder acá. El museo posee una guía que es una chica que varía los turnos y que es muy accesible y tenemos ambientación cuando están visitando les ponemos música. Creo que está muy bueno, todo el tiempo pensamos. (Se detiene la grabación porque entra una persona y la encargada la atiende). Se reanuda la grabación… GN: En cuanto a los servicios ¿conoce cuales son requerimientos básicos de una persona discapacitada a la hora de brindarle un servicio? SD: Si, ante todo los servicios básicos me imagino que son una buena disponibilidad, la amabilidad a la gente para lo que es la discapacidad. Si tenés un señor que no ve como dije recién la guía tendría que estar cien por cien con él. Y sobre el servicio me imagino que necesita alguna extra, algún baño. Tienen todos los servicios acá. GN: Dentro del establecimiento ¿cuáles son los servicios que se encuentran adaptados? SD: El baño es un baño al que todos vamos, no es para discapacidad. GN: No está adaptado. SD: Claro. Están haciendo en este momento una sala extra que pronto se va a habilitar con todo lo que vos me estas comentando. Es un baño que va a estar en la misma, en la nueva sala del museo, que se está abriendo en continuidad a la última que ves. No sé si lo conoces al museo! Ya lo vas a conocer entonces. Al último se está habilitando otra sala y esa sala tiene un baño acondicionado para todo esto. GN: Ha bien, bien. SD: Digamos que está todo pensado y se está haciendo, no es que no se hace nada. GN: Dentro de tus actividades cotidianas de trabajo ¿Qué es lo que percibe en cuanto a los servicios que brinda el establecimiento para personas con capacidades restringidas? SD: Yo creo que estamos las tres mujeres, chicas que estamos acá por lo mismo que pertenecemos al convento de San Francisco, tenemos esa ductilidad de saber ayudar a la persona que venga, ya sea una persona común… GN: Una vocación de servicio. SD: Exacto, tengo una vocación de servicio. Atendemos desde el más sencillo, humilde que porta, porque es increíble la gente humilde es la que no. Y le damos todo lo que podemos darle, desde un folleto a hasta un hasta luego, gracias, vuélvanos a visitar. Creo que nosotros estamos para eso y los franciscanos y aparte ya venimos de casa con eso. GN: Claro, en cuanto a la atención al cliente ¿tiene conocimiento en cuanto al tema de personas con capacidades restringidas? SD: Si tengo, en mi familia hay asique sé lo que es ser discriminado, se lo que es también valioso. No sé esa palabra de discapacidad momentánea es extraña para mí. Nosotros lo vivimos por eso lo recalco. Y creo que es bueno saber que esas personas tienen las mismas capacidades o mejores capacidades que uno mismo porque te sorprenden con cada cosa que hacen y más aún. Te cuento dos anécdotas: acá vino un nenito de seis o cinco añitos que tenía capacidad de retardo. Su mamá cuando entró lo primero que nos dijo fue que le tengamos paciencia porque el soñaba con entrar al museo, sólo que no podían juntar los cinco pesos para entrar. Entonces les dijimos que podían entrar, que no había ningún problema.

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Cuando el nenito entró te preguntó detallado, era impresionante porque era tan chiquitito y con ese problemita de discapacidad que yo no lo encontré nunca. Con las preguntas que hacía, como iba y venía, no se quería ir del Museo. Lo dejamos que ande, que valla y cuando tenía una pregunta venía y nos hacía a nosotros. Creo que también eso esta bueno, que ellos sean libres acá. Porque en este caso el nene estaba muy sometido a su mami pero cuando entró al Museo fue libre, recorrió, se llevo una postal que le regalamos porque le encantaron las pinturas que están en el fondo, que son de vía crucis, entonces nos dijo que iba a comentarle a su tía e iba a volver con ella. Después entró un señor con discapacidad, ya medio cieguito de la tercera edad y también lo acompañamos, pero él nos dijo que sabía mucho de cultura y que él podía. Pero nosotros estábamos atentos a cualquier cosa que podía pasarle. Creo que también eso es lo bueno, que sean libres. No porque sean discapacitados tengas que estar todo el tiempo. Si ellos necesitan de vos estás atento sos cordial pero dejalos ser lo que son. Ellos son personas con una partecita especial nada más. GN: ¿Qué opina en cuanto a la capacitación en cuanto a accesibilidad y discapacidad? SD: Sería genial tener una capacitación así de accesibilidad y discapacidad pero no sé si todos la tenemos. Creo que como te dije recién, a veces te capacitan pero la vida te enseña cuando tenés un golpe. Pero es bueno. Sería genial que te estén capacitando todo el tiempo y no que te estén discriminando. GN: Claro, el personal ¿recibe capacitaciones en cuanto al tema? SD: Tenemos capacitaciones continuamente cuando hay alguna jornada sobre patrimonio. GN: Pero ¿en cuanto a discapacidad? SD: En discapacidad por el momento no. No nos invitan a jornadas de discapacidad pero si tenemos de nuestro interés. GN: Claro. La idea de mi proyecto es concientizar no solo a la comunidad sino también a las autoridades a cerca de la importancia de la temática de Turismo Accesible y que se incorpore en San Salvador de Jujuy para que sea un turismo para todos. SD: Eso es lo que creo yo. La idea no es discriminar sino sumar. Todo el tiempo tenemos que estar sumando y para eso vamos a estar entre todos cuidando. Por mas discapacidad o no discapacidad que tengas tenemos que ser consientes y capaces de cuidar lo que es nuestro patrimonio, ya sea cultural, patrimonio tangible o intangible. Creo que eso es lo bueno, que nosotros lo tenemos, sólo como dijiste vos, sería bueno capacitarnos. Capacitar a cada uno si se podría, sobre todo cuando estamos en un lugar como este, tan flexible que es el Museo. Pero bueno, tarde o temprano llegará eso. GN: Bueno, yo me comprometo en cuando ya tenga mi proyecto traerles una copia para que vean de qué se trata y se informen un poco más de lo que es el tema. Y bueno obvio que en algún futuro me gustaría levarlo a cabo porque es un tema innovador y creo que hay poco todavía, la gente si bien tiene conocimiento es como que no tiene conciencia de la importancia. SD: Claro, creo en el mundo que hoy vivimos actualmente realmente se vuelve más materialista mirando las cosas que tenemos, poseemos y queremos poseer, creo que es eso, y nos olvidamos lo simple que es el espíritu de nuestro interior. Y cuando, vuelvo a recalcarte, se trata de discapacidad son seres muy espaciales, tocados por Dios por más que uno no quiera verlo están y creo que hay que aprender mucho de ellos. GN: Bien gracias. Muchísimas gracias.

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SD: No, gracias a vos y trae nomás el proyecto que será bienvenido. GN: Gracias.

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Entrevista Hotel Howard Johnson – Víctor Serrano. GN: Bueno, el objetivo de mi trabajo es sensibilizar a la comunidad y a las autoridades a cerca de la importancia de tema de Turismo Accesible en San Salvador de Jujuy. Específicamente este objetivo hacer referencia a saber cuál es la situación actual de San Salvador de Jujuy, casco céntrico, en cuanto a la accesibilidad. Para eso yo hice una selección de algunos establecimientos a mi criterio más reconocidos y donde van más turistas para saber cómo se manejan con el tema de la accesibilidad. En cuanto a la infraestructura me gustaría saber ¿cuáles son las condiciones de accesibilidad en cuento a la infraestructura y equipamiento del establecimiento para las personas con capacidades restringidas? VS: Si, todo, desde lo que es el ingreso al hotel hasta el último piso está apto para personas con esta movilidad restringida. Tanto una rampa de acceso principal dentro de lo que es las áreas públicas, el restaurant, el lobby, los ascensores con la dimensión acorde como para que pueda ingresar por ejemplo una persona en silla de ruedas. Y tenemos una habitación que está adaptada para personas en silla de ruedas. Se adaptó todo lo que es la parte de baño y ante baño, se sacó la bañera, se sacó algunos artefactos de lo que es al ante baño y se adapto todo lo que es la estructura del baño por ejemplo para personas minusválidas o en silla de ruedas. Y todo el mobiliario es más bajo. Tanto la del desayuno, la del televisor, tienen unos centímetros menos para que justamente quien se desplaza con silla de ruedas pueda acceder justamente a esto. GN: ¿Hay algún organismo que controle esto? VS: Por lo general la Secretaría de Turismo siempre pide este tema de accesibilidad más allá de que nosotros por el tema de buenas prácticas en calidad turística y demás, nos vemos de alguna manera obligados a tener estas estructuras, pero como control no existen. Si está al momento de hacer la inscripción correspondiente en la Secretaría de Turismo como alojamiento hotelero se marca esta característica. GN: Es decir que las personas con capacidades restringidas tienen facilidades a la hora de ingresar y desenvolverse en el establecimiento? VS: Si. GN: Bien, y hoy en día están desarrollando alguna medida en relación a las personas con capacidades restringidas o tienen algún proyecto futuro? VS: Estamos viendo un proyecto para la parte de recreación, de pileta, lo que es la parte de gimnasio, la parte de hidromasajes y demás. La parte de pileta tiene, es adaptada, si bien tiene una profundidad, en todo el borde tiene una profundidad mucho menor cosa de que puedan disfrutar de lo que es el estar en la pileta. Pero estamos viendo por ahí de qué posibilidades hay de poner este tipo de accesibilidad. GN: Y ¿cómo cree usted que esto influiría en el establecimiento? VS: Yo creo que osea, podemos ofrecer un servicio esperado, porque la gente espera que tengamos ese tipo de servicios. Es así, eso hemos notado por lo menos en este último año, que la gente espera que tengamos el servicio. GN: En cuanto a los servicios, ya que estamos hablando de los servicios usted ¿conoce cuáles son los requerimientos básicos que necesita una persona con capacidades restringidas a la hora de brindarle un servicio?

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VS: Si, tenemos que estudiarlo, investigarlo para poder brindarles el servicio. Si bien no hay algo que nos indica puntualmente, pero nosotros como establecimiento que apunta a la buena calidad, a la buena atención y demás, debemos investigar cuáles son las necesidades de todo tipo de personas, de quien se desplace en una silla de ruedas, de un celíaco, de un diabético, conocer cuáles son sus necesidades y armar un servicio acorde a sus necesidades justamente y esas partes de restricciones que tienen. GN: Específicamente ¿cuáles son los servicios que se encuentran adaptados para personas con capacidades restringidas dentro del establecimiento? VS: Y como te dije el acceso, todo lo que es la parte de accesibilidad del hotel, las áreas públicas, las áreas privadas, una habitación, puntualmente eso y dentro de la habitación todos los cambios que se hicieron. GN: ¿Y baños? VS: Tenemos en planta baja, la planta que es de acceso a todas las personas, tanto las que vayan al lobby bar o al restaurant. Tenemos el baño de damas, baño de caballeros y el baño para personas que se desplazan en silla de ruedas, que también tiene los mismos artefactos que tiene una de las habitaciones del hotel que es exclusivo para ellos. GN: ¿Cuál es su percepción en cuanto a los servicios brindados por el hotel para las personas con capacidades restringidas? VS: A decir verdad no hubo mucha gente que utilizó el servicio haciendo una comparación en porcentaje es muy poco este porcentaje que lo ha utilizado con esta finalidad pero de los que lo han usad la verdad que mi percepción es que se fueron totalmente a gusto, satisfechos porque como te dije en un principio, esperan tener este servicio. No es que preguntan si hay o no hay, directamente llegan y esperan ese servicio. GN: Usted ¿tiene conocimiento de la temática de discapacidad, de personas con capacidades restringidas? VS: ¿De la temática? Si los conocimientos básicos, no tengo una especialización sino un conocimiento básico que es el de leer artículos, el de investigar artículos, el de conocer a la competencia si es que dan o no servicios y cuál es la necesidad como para poder brindar un servicio acorde. Para eso necesitamos nutrirnos de esta información. Entonces los conocimientos que uno puede llegar a tener como parte de la administración de un hotel son los que ha obtenido a través de cierta información de lectura, de revistas y como te digo ver por ahí otros servicios, ver páginas web, osea informarnos, básicamente eso, esa es la información que vamos teniendo de palpar una realidad también porque uno lo ve en la calle, lo ve en el barrio, lo ve en el propio trabajo. Es una realidad que hay personas que se desplazan con algunas dificultades, sea en silla de ruedas, sea con muletas, como dijimos recién las embarazadas, por ahí una persona ciega también, en ese sentido se tiene esa característica, entonces uno va viendo eso y va aprendiendo. Saber adónde ubicarlos, en que piso ubicarlos, cuáles son sus necesidades, el tema de las comidas, el tema des ascensor también tiene lectura braile, tiene la voz sonora que va indicando en que piso va parando. Y uno se va informando y lo va mejorando, va adaptando los servicios a este tipo de personas. Pero el conocimiento es ese, el que uno puede ganar leyendo e informándose. GN: ¿Cómo resuelven ustedes de forma inmediata alguna necesidad de una persona con capacidad restringida o se les a planteado alguna situación, alguna anécdota que tenga para contar?

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VS: Y nos ha pasado que, como te dije recién no se utiliza mucho apuntando a lo que es la habitación adaptada para personas en silla de ruedas, pero nos ha pasado que en una noche cayeron dos personas que necesitaban esa habitación entonces obviamente a la primera que llego se le ofreció el servicio bien, a la segunda le dijimos que la habitación ya estaba ocupada y como que no nos creyó entonces ahí ve uno la característica esta de que ya espera que este el servicio. Entonces pensó que no teníamos hasta que lo convencimos que si tenemos pero que estaba ocupada. Básicamente eso, pudimos acceder a otra habitación que no está adaptada pero son aptas como para que personas en sillas de ruedas puedan acceder. Como anécdota eso me quedó grabado y después por suerte las anécdotas son positivas, los resultados son positivos porque como te digo por ahí la gente espera este servicio y está es servicio en este hotel. Entonces al momento de irse siempre están las felicitaciones, los agradecimientos, el buen servicio. La verdad que es algo lindo que sucede que como hotelero o gente de la hotelería, profesional de la hotelería a mi me enorgullece. Digamos que es una buena noticia y el saber que nosotros estamos adaptándonos a una realidad de este tipo de personas como te digo sea una persona que no ve, sea de una embarazada que por ahí le cuesta trasladarse sobre todo si está en los últimos meses ya de gestación, la persona que se mueve en silla de ruedas, osea siempre tratamos de estar ahí y tratamos justamente de no hacer la diferencia, osea todos nuestros clientes son los mismos, todos nuestros huéspedes son los iguales. Entonces por ahí tratamos de no hacer foco en un tipo de clientes más que en otros. A todos los tratamos por igual con la diferencia que a unos les damos un servicio adaptado y a otros no porque no los necesitan. Lo mismo que te dije recién, los celíacos no es que los aislamos en el desayuno. No, en medio de lo que es los alimentos normales de cualquier desayuno gourmet ponemos lo que son los alimentos aptos para celíacos con una identificación, osea los hacemos sentir parte. No dividir y no decir a usted si, a usted no, sino que es un conjunto, todos los huéspedes son iguales y todos necesitan el mismo respeto. GN: Bien, ¿qué opinión tiene usted a cerca de la capacitación en cuanto al tema de accesibilidad, discapacidad? VS: Yo creo que es sumamente importante, todo tipo de capacitación. Al tratarse de este tema también suma puntos en cuanto a la importancia. Es como te dije recién, todos los turistas tienen derecho a ser tratados de la misma manera, todos los hoteleros debemos tratar de la misma manera a todos los turistas, sea la diferencia que tengan en cuanto a accesibilidad o movilidad. Yo creo que la capacitación hoy la podemos ver en grandes urbes turísticos que están adaptados para personas que tienen algún tipo de dificultad en trasladarse a nivel nacional y mucho más si lo vemos a nivel internacional. Pero a nivel nacional osea vemos que es importante entonces creo que la capacitación es parte de la profesionalización de la actividad, una actividad que si bien ahora ya tenemos licenciados en turismo, licenciados en gestión hotelera, licenciados en hotelería creo que todavía falta, y aquellas personas que no están graduadas o no están capacitadas en un área especial de lo que es la hotelería, les viene bien la capacitación. A todos, me parece que en todas las áreas es necesaria y más todavía si se trata de esta tema porque es no limitar. Al contrario, es abrir un espacio a gente que por ahí se puede llegar a sentir aislada, se puede sentir de alguna manera discriminada por no poder hacia estos servicios.

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Entonces creo que está en nosotros como parte de la hotelería poder brindar eso a todo tipo de clientes sea el corporativo, sea el que viene de vacaciones, sea un congreso, sea quien fuere. Pero la capacitación es sumamente importante en todas las áreas, tanto en a privada como en la pública dependiendo de la Secretaría de Turismo, de algunas asociaciones o cámaras de turismo, asociaciones de hoteles. Creo que están aptos hoy y que es necesario que lo hagan. GN:¿ El personal del hotel recibe capacitaciones en cuanto a este tema? VS: Si, recibe todo tipo de capacitación y sobre este tema siempre también estamos actualizándonos con información. Un empleado nuevo recibe toda la información y durante todo el tiempo siempre se está capacitando y siempre está involucrado por ejemplo primeros auxilios, no es que hablamos sólo de primeros auxilios en término general sino que en un tema puntual por ejemplo que sucede a una persona embarazada, a una persona que es diabética y está en un shock de diabetes, a una persona que le sube la presión. Son realidades entonces siempre está inserto. Siempre sea la capacitación que sea estamos viendo eso. Si vemos por ejemplo capacitación de mantenimiento, tratamos todo lo que es el tema mantenimiento en general y lógicamente también las áreas públicas relacionadas, los mantenimientos de los ascensores, el mantenimiento de la voz sonora de los ascensores, el mantenimiento de las rampas de acceso. Siempre está presente en todas las capacitaciones uno trata de involucrarse. Por ejemplo el idioma, en inglés no solamente vemos el check in, check out, los componentes de la habitación, sino también vemos como se podría explicar a una persona en silla de ruedas por ejemplo como se traslada, como sube, como baja todo eso siempre está presente. GN: Creo que eso es todo, básicamente me interesaba saber cómo trabaja el hotel en cuanto al tema de accesibilidad, discapacidad. VS: Si, está presente. Desde un principio, desde que se construyó el establecimiento está presente esa habitación, esa adaptación, adaptaciones de otras áreas como ser el lobby bar, el restaurant, la rampa de ingreso, de acceso. La persona que se maneja en silla de ruedas o en un bastón y que no puede subir escalones puede ir desde la puerta del hotel hasta el último piso. Hacer uso de todas las instalaciones, la parte de gimnasio, la parte de la pileta, el solárium, todo es accesible. Se ha fijado bien eso desde un principio y hoy lo vemos reflejado en un realidad. GN: Si, yo básicamente apunto a esto de que si bien el tema de la accesibilidad es un tema que todos lo conocen es como que todavía no se ha tomado conciencia de la importancia que tiene, de implementarlo, de hacer un turismo inclusivo, un turismo para todos. VS: Claro. GN: Ese es más que nada mi objetivo. VS: Si, por ahí la gente mayor de la tercera edad que no necesariamente se traslada en una silla de ruedas o tiene un bastón, pero que por ahí tienen más dificultades al desplazarse, es necesario. No estamos hablando sólo de una persona minusválida, estamos pensando en una persona que necesita un traslado especial y no tienen la agilidad que puede tener cualquier persona de treinta, cuarenta, cincuenta años. Si no estamos hablando de personas que necesitan poa ahí sus tiempos sus espacios y obviamente incluirlos. De hecho existe el turismo de la tercera edad. GN: Mi idea es poder hacer algo, aportar un granito de arena de mi parte. Es un tema importante.

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VS: Y no está todo desarrollado. Nosotros porque somos un hotel nuevo, no tenemos ni cinco años cumplidos. Está hecho con reglas nuevas, con una nueva metodología, con una nueva organización, una nueva cultura organizacional. Hay hoteles que en Jujuy son más antiguos y no lo pensaron y hoy en día es toda una inversión adaptar todo eso e esta realidad. Vas en buen camino. GN: Bueno gracias. Yo me comprometo cuando tenga listo mi trabajo acerarle una copia para que usted lo lea y vea. VS: Perfecto, lo voy a esperar. GN: Bueno muchas gracias, eso es todo. VS: No, de nada.

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Entrevista Jose Ortiz – Restaurant Viracocha GN: Bueno, como le decía el objetivo de mi trabajo es saber cuál es la situación de la accesibilidad en San Salvador de Jujuy. Específicamente la intención es sensibilizar a la comunidad a cerca de la importancia del tema de accesibilidad. En cuanto a la infraestructura ¿cuáles son las condiciones de accesibilidad de la infraestructura y equipamiento de su restaurant? JO: Mira, te digo la verdad, honestamente malas, porque nosotros tenemos acá unos escalones de acceso bastante altos, lo cual complica. Es un tema que a mi hace un rato que me preocupa porque lo veo cuando llega gente con silla de ruedas o incluso gente mayor que le cuesta bastante e incluso la tenemos que ayudar. Es un problema que yo hace un rato e estoy buscando solución y no la encuentro. Yo tengo un inconveniente, tengo la vereda muy angosta lo cual a mi me dificulta el hacer rampas, incluso estuvimos viendo con unos arquitectos y es un tema que en esta momento es muy complicado el acceder para gente con silla de ruedas o para gente mayor que tiene bastón o alguna gente no mayor que tenga algún problema. Estamos en la búsqueda de alguna alternativa, lo cual se nos dificulta porque habíamos estudiado la posibilidad de hacer una rampa y al tener la vereda tan angosta tenía que penetrar demasiado en el negocio pero bueno, ese es el tema. En el negocio no es bueno. GN: Y ¿hay algún organismo que controle el tema de la accesibilidad en cuanto a la restauración? JO: Mira, creo que no, por lo menos nosotros nunca tuvimos una visita de algún organismo de control. No sé si estará legislado eso, no sé si será obligatorio eso, la verdad que desconozco. Yo lo quiero hacer por una cuestión de darme cuenta lo que pasa con los clientes y algunos les cuesta. Pero no porque hubiera algún organismo que pudiera sancionar en ese sentido. GN: Claro, además de este inconveniente del ingreso, dentro del restaurant las personas con capacidades restringidas, me refiero no solamente a discapacitados sino también a una mujer embarazada, una persona de la tercera edad, un enyesado ¿tienen las facilidades para desplazarse dentro del establecimiento? JO: Si, una vez ingresado digamos si. No hay inconvenientes mayores porque incluso hay una parte de desniveles y tenemos rampitas osea que en ese sentido no se dificulta, el problema es el acceso. GN: Claro, hoy en día ¿están desarrollando alguna medida o tienen algún proyecto futuro, además de esto del ingreso, en cuanto al tema de accesibilidad? JO: No, por lo menos yo no tengo previsto. Digamos, lo tengo previsto en el sentido que tengo un arquitecto que ya lo hemos analizado, está previsto hacer en algún momento una vez que encontremos alguna solución, pero no tengo otros planes previstos. Si estoy bastante sensibilizado en el sentido este me preocupo porque lo veo acá a diario y además he asistido a algún tipo de reuniones, encuentros donde se habla mucho del tema este y bueno es un tema que hay que prestarle atención. GN: En cuanto a los menús que sirven ustedes ¿tienen algún menú especial como para celíacos, diabéticos? JO: Si, si tenemos varios platos, incluso en ese sentido me asesoré. Incluso hace poco he tenido la oportunidad de ser invitado por la Secretaria de Turismo de Jujuy donde había un congreso y taller de turismo donde un punto que se tocó ahí

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era menú para celíacos asique en ese sentido si hemos avanzado. A os celíacos particularmente que es una problemática que está presentándose cada vez más fuerte si lo tenemos en cuenta, incluso el diabético. Nosotros prestamos bastante atención cuando alguna gente pide por ejemplo comida sin sal en el caso de los hipertensos, osea que si prestamos atención a la problemática esa. GN: Claro, haciendo referencia a los servicios del establecimiento usted ¿tiene conocimiento de cuáles son los requerimientos básicos que necesita una persona con capacidades restringidas? JO: Si, el conocimiento básico lo puedo tener desde el punto de la información general o de haber leído, o de haber participado de algunos encuentros donde se ha hablado del tema. No es que tengo una formación específica al respecto ni haya recibido un asesoramiento profesional, sino que en este sentido siempre trato de ver no solamente la problemática de ellos sino en general, en diferentes puntos trata de ir observando lo que pasa y lo que hace falta. Si digamos en esto que pasa que lo he visto en otros lados tengo por ahí un inconveniente con el tema de los baños para la gente con una discapacidad. En algún momento incluso había pensado en la alternativa de hacer una carta a braille. Habíamos analizado la alternativa. Pero los conocimientos pueden ser si se quiere de información general, no específico del tema. No sé si ¿eso era lo que vos me querías preguntar? GN: Si, los servicios que brinda usted como restaurant para personas con capacidades restringidas. JO: Bueno yo creo que ponemos espacial atención o tratamos de colaborar. Vuelvo a decirte, salvando ese inconveniente grueso que es el del ingreso que incluso ponemos la mayor colaboración posible. Cuando ingresa una persona mayor vamos a ayudarle, si es una persona con silla de ruedas prestamos colaboración, dos, tres personas, lo que haga falta. Es una incomodidad muy fuerte, eso no lo niego pero una vez superado eso por lo demás creo que prestamos bastante atención, tratamos de colaborar en lo que haga falta. GN: Bien, usted ¿tiene algún conocimiento a cerca de la temática de discapacidad, accesibilidad? JO: ¿En qué sentido? GN: Claro, digamos si ¿está informado sobre el tema de accesibilidad, de discapacidad? JO: Si, una información general, además me he preocupado de ver el tema este. Incluso cuando hemos hablado del tema de la rampa vimos cuál es la inclinación, porque no es cuestión de hacer una rampa a 45 grados, sino que hay que pensar en una inclinación que no supere los 20 o 25 grados, eso hemos visto, también lo que hace falta en los baños. Vuelvo a decirte también lo que tiene que ver con la discapacidad visual con las cartas el braille o por ahí algunas personas con algún problema auditivo también. Es decir que me informo del tema este. Vuelvo a decirte si bien está el tema este de los escalones trato de minimizar por lo menos los otros que pudieran producirse. Incluso en ese sentido si vos estas trabajando en el tema este cero que hay que decir las cosas concretamente como son, osea si una persona tiene una capacidad disminuida tienen una discapacidad y eso no es peyorativo, osea decir soy sordo, tengo una discapacidad no porque por ahí se le ha buscado un nombre diferente, decir personas con capacidades diferente y no se hace más nada que eso y creen que con eso se acaban las barreras, eso es una mentira, osea no es una persona con una capacidad diferente, es una persona que tiene una discapacidad porque alguna capacidad le está faltando y hay que trabajar sobre eso, No solamente es un cambio de nombre que no conduce a nada.

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GN: Claro, es como yo digo creo que mi proyecto tiende a integrar, no sólo un turismo para personas que poseen todas sus capacidades sino un turismo para todos, un turismo inclusivo. JO: Si. GN: ¿Se le ha planteado a usted alguna situación en la que tuvo que resolver un inconveniente con una persona con capacidad restringida? Algún ejemplo. JO: Lo más fuerte que tenemos y muy seguido es el ingreso, si vos queres en algún momento sacar una fotografía como ejemplo de tu tesis, es un ejemplo muy fuerte que tenemos permanentemente, te diría casi a diario el ingreso por los escalones altos que tratamos de resolverlo. Nos ha pasado también alguna persona con discapacidad visual, osea un ciego, nunca nos ha pasado que venga solo, siempre otra persona le ha leído la carta, algún acompañante. Pero si hiciera falta se la leeríamos, nunca nos pasado. Básicamente eso la discapacidad a la que nos enfrentamos es la discapacidad motora que tiene que ver con el caminar, eso es lo más común o personas de una edad avanzada que ya se le dificulta. GN: Claro, ¿qué opinión tiene a cerca de la capacitación en cuanto al tema de la accesibilidad? JO: Creo que no hay una buena capacitación es este sentido porque lo poco que puedo llegar a estar informado con respecto al tema esta es porque ha sido por voluntad propia. Creo que recién ahora se está trabajando la parte esta. No solamente con lo que tiene que ver en general con el discapacitado en cuanto a turismo que ya se está trabajando sino en general con la discapacidad. Hay una falta de respeto hacia el discapacitado, ejemplo ahora la Municipalidad con buen criterio ha hacho mucha rampas en las esquinas y la gente estaciona en la rampa y la tapa. La gente no tiene ni si quiera esa consideración, incluso en los edificios públicos también se paran. Veo también en la vereda las cosas que pasan, digo acá un ciego que venga solo se mata con todas las trampas que hay con carteles, con pozos, no hay una cultura en general una capacitación. No solamente en lo específico del turismo sino en general. GN: Claro, y ¿el personal de usted recibe alguna capacitación en cuanto a este tema? JO: La verdad que no, específicamente no hemos dado capacitaciones al respecto más que por ahí la instrucción específica de dar una mano si la gente necesita, que puede llagar a pasar por ejemplo estar atento si una persona embarazada ofrecerle inmediatamente una mesa, buscar una silla, o a una persona mayor. No es que damos una capacitación porque además yo no estoy particularmente capacitado para darla y tampoco sabemos a quién recurrir si hace falta. GN: Claro, básicamente esas son todas las preguntas, como le decía la idea de mi proyecto es poder concientizar no solamente a la gente de la sociedad sino también a las autoridades sobre la importancia del tema de turismo accesible en San Salvador de Jujuy. Yo ahora estoy en la mitad del proceso y me gustaría cuando ya tenga listo mi proyecto acercarle una copia como para que usted vea y se informe. JO: Bueno. Incluso si vos en este tu trabajo te encontras con algún profesional que nos pueda asesorar bienvenido sea porque te digo nosotros hemos venido con un arquitecto y me explicaba el tema de la inclinación y resulta ser que si yo hago una rampa me termina masomenos por acá la rampa (se levanto a señalarme) hemos visto diferentes alternativas por el tema de la inclinación, no puede superar ciertos grados porque sino es un peligro una persona que este bajando en silla de ruedas se puede llegar a golpear y no tenemos otra alternativa y como te digo tengo una veredita de 10 centímetros incluso 15 y no tengo alternativa de trabajar sobre la vereda.

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GN: Claro. JO: Por ahí a lo mejor en ese sentido de parte de la Municipalidad debería surgir alguna idea. GN: Si, mi idea en algún momento sería poder presentar mi proyecto a la Municipalidad para ver si se puede trabajar este tema de la accesibilidad. JO: Si, yo creo que la accesibilidad tiene que ver con el estado del tránsito en general, los agentes de tránsito deberían ser más fuertes, sancionar más a las personas que hicieran esto o hacer campañas también la Municipalidad de concientización de la gente que no estacionen porque yo he visto mucha gente encontrarse con el problema que llega a una esquina y no pueden bajar asique bueno, GN: Muchísimas gracias por su tiempo, por su predisposición. JO: Bueno cualquier cosa si necesitas algo más me llamas por teléfono o me mandas un mensaje.

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ANEXO IV MAPAS

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