RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE lOS

REGISTROSPUBLiCaS N°

503 -2004-SUNARP/SN

Lima,

2 8 DIC. 2004

CONSIDERANDO:

Que,el artículo1o de la Ley N° 26366crea el SistemaNacionalde los Registros Públicos con la finalidad de preservar la unidad y coherencia.del ejercicio de la función registral en todo el país, orientado a la especialización, simplificación, integración y modernización de la función, procedimientos y gestión de todos los registrosque lo integran; Que el Artículo 10 de la ley N° 26366 crea la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, con personeríajurídica de Dered1oPúblico,con patrimoniopropio y autonomía funcional,jurídico registral,técnica, económica,financieray administrativa; Que la Superintendencia tiene por función dictar las políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos, que tiendan a estandarizar los procesos y procedimientos, dotándolos de tecnología avanzada en materia de archivo e infOnT1aciónregistra!, entre otras; Que el mecanismo de cobro de los derechos registrales, que aplican las oficinas registrales en el ámbito nacional, se rige por el Decreto Supremo N° 037-94-JUS, el Decreto Supremo N° 017-2003-JUS, y por otros dispositivos especiales, los cuales establecen porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaría por cada tipo de servicio prestado; Q

Que mediante Decreto Supremo N° 177-2004-EF, se ha aprobado paca el año 2005, el valor actualizado de la Unidad Imposítiva Tributaría (UIT), como índice de referencia en normas tributarias, por una cantidad de SI. 3,300.00 (Tres Mil Trescientos y 00/100 Nuevos Soles), siendo de aplicación para efectos del pago de los derechos regístrales; Que es necesario actualizar el monto de los Derechos Regístrales, por los servicios que prestan las oficinas registrales en el ámbito nacional, en función del valor de la Unidad Impositiva Tributaría vigente a partir del año 2005". "PIA

'O'R:'

riMa. M."

ORIGINAL

"MANN'

"

Que es necesario actualizar las tablas de los derechos regístrales, con el nuevo monto establecido de la Unidad Impositiva Tributaria para el Año Fiscal 2005-J Con la visación de la Gerencia General y de las Gerencias de Informática, Presupuesto y Desarrollo, y de Administración y Finanzas, y de acuerdo a lo establecido en el inciso w) del artículo 70 del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Aprobar la actualizacióndel monto de los Derechos Regístralesdel Sistema Nacional de los Registros Públicos, de acuerdo a las tablas que como Anexos 1, 2 Y 3, formanparte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- los indicados montos serán aplicados por todas las Oficinas Regístrales a nivel nacional, a partir del día 3 de enero del año 2005. Artículo Tercero.- Los Jefes de las Zonas Registrales son responsables de la debida difusión de la presente actualización entre el personal de las distintas oficinas registrales y del público usuario. Regístrese y comuníquese. ---

t "~'v'~

... " A---RO mwCARD~Ñ:\S'KRE~) ,

"

Superintendente Nacional de los Registros Públicos (e)

-.. .C.R:""

,.'MAL ""MANN'.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS TASAS POR SERVICIO DE INSCRIPCION REGISTRAL. PREDIOS ANEXO 1

~PTO

~ERECHQS REGIS_T.~LES .2~ INSC~IPCION (1) TASA VARIABLE

DE CALIFICACION

¡rASA AJA é%pe la UIT

En Nuevos501.-1

% Del Valor_~~

1.1Adjudicaciones 1.iAntlcipo UApOrie---

de feg-¡¡¡m.

1 :¡CCn1ói1-dede-r:echOS-~'" 1.5COmpraventá -~

-pago-

1:6DicT6ñ~

1.7 bonación(revOcatOria.

1.5/1000 a) aplicable a actos valorizados hasta 5/.35,000

;c \~.:'

-

reversión)

--

SI. 27.00

0.81

3/1000 (2) b) aplicable a actos valorizados en mi. de 5/.35,000

1:& EXPiOPlaCióli-(Rversión. caducidad)i:9Pa:riiCión 1.10PresCripc-IÓn.-aqU¡S¡¡¡Y. -

1~i1~Cesi6n (intestada I testame~aT U2 1.13 -ofios-Posesión sobre predios Inscritos S/.20.00(~) TASAFUA

12;~~YG~~~~~ 2.1 Atectaciónen uso (desafectacJón.extinción)

% De la UIT

~~~~--=--=::=-=--::~~---~~--~-~ ~ 2.3 Arrendamiento(Ce$lón.subarrendamlento, resolución.etc;) 2:¡Airendam¡e¡¡~nanc¡e¡o (cesiÓn;resoluC¡óii;eté:) ~

j

:

-~~

0.75/1000 a) aplicable a actos valorizados hasta 5/.35,000

SI. 27.00

0.81

I

-TASA vA:R-IABlE.~DeI Valor del Acto

TASAFIJA En N~~~~

2.10 Medidascautelares 2:11Pactodereservade dominio 2.12 Pactode retroventa 2.13 PattlmonlofamiJlar 2:1¡ Servidumbre 2.15 Uso

1.511000 (2) b) aplicable a actos valorizados en mis de 5/.35,000

2.16 Usufructo

2.17Otros 'YSUSMODIFICACtON~ 3.1 Primerade DominioI Plano Perimétrico 3.2 ~ab¡litac¡6n/Planodefraudo

~ y LOijzaC~arce¡ac~n

3.3 Declaratoria de FAbrica

3.4 Independización (por subdivisión. por propiedad horizontal) (5) 3.5 Acumulación 151

% De la UIT

En Nuevos Sol"

1.94

SI. 64.00

-1.M

TASA FIJA

~ De la UI!

1.M

~O;~f~

SI. 51.00

0.39

SI. 13.00

SI: 51.02

0.39

SI. 13.00

1.55

o:ñ

3.7 Cambio de Antecedente Registral 3.8 Cambio de Jurisdicción 3.9 Cambio de Uso 3.10 Numeración 3.11 Prórroga de Anotaclon Preventiva 3.12 Resolución Administrativa 3.13 Reglamento Interno 3.14 Junta de Propietarios 315 Designación de Presidente de Junta . de Propietarios

0.97 0.97 0.97 0.97 0.97 0.97 0.97 0.97

SI. 32.00 SI. 32.00 SI. 32.00 SI. 32.00 SI. 32.00 si. 32.00

0.77 0.77

3.16 Modificación de Area 3.17 Modificación de Porcentaje 3.18 Otros

1.94

En~~ Soles

1.55

SI. 64.00

--

SI. 64.00 SI. 32.00

TASA FIJA

~~.

--.

SI. 64.00

0.97

U'f

3.6Rectificación deArea

T~_~

, En NuevosSoles

SI. 32.00 SI. 32.00

0.77 0.77 0.77 0.77

-si: 6.00 SI. 6.00 SI. 6.00 SI. 6.00 SI. 6.00 SI. 6.00 si: 6.00 SI. 6.00 SI. 6.00

0.97

SI. 32.00

0.77

SI. 6.00

0.97 0.97 0.97

SI. 32.00 SI. 32.00 51.32.00

0.77 0.77

5/.6.00 5/.6.00 SI. 6.00

0.77 0.77

0.77

~ (1) El nX>IItomínimo a oobrar por derechos de in~ en el caso delrubro Transfer~as. vak)radas e invalaadas. es de 026"A SI.9.00 y en el caso del rubro CaigaS y Gravámenes. valorados e invalorados. de 0.16% de la UIT o SI.5.00 (2) Este pOIcentaje se ~ sobre et valor total del acto (3) Tarifa üníca aplicable. njentras le encuentre vigente el contrato de préstamo entre el Gobierno del Peni Y el Banco Interamencal IIo-BIDN°1340-OClPE. parala ~ de la segunda elape del proyecto de Titulación Y ~ de Tierras-PTRT-2

(4) Adícionalmanle, se pag8unatasa de 032% de la UIT,u SI.11.00por cadapartidaqueM;genere. (5) la tasaestablecidaoo~ a cadapartidaquese índependice o que sea objeto~~,

-- --

~

seg(mseael caso

DE SERVICIO DE PUBLICIDAD.

TASAS

PREDIOS

ANEXO2

%u..r

DETALLE

SI.

~~~:1;&':i~~I: I 2. COPIA LITERAL DE PRENDA AGRICOLA , 3. CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS 3.1 C6.-';'.:-owdoi POS¡¡¡Wde~

3.2 ~ p~ dePf1)pi8d8d ~-1iIo.c; --~do Negativo ~ PIop/ed8d ~ CeItiiiCa~Positivo dePOIeIí6rI~ -~-~-. 3 .5 ~ Certificado Positivo de C ArdIiv8do 2.

DUPLICADO DE

SOLICITUD

DE BOLETA DE

0.13

DE PRESENTACION O

INSCRIPCION

Q .DE

¡!~g 4.r

Ipor duplicadode~. ide certificado

CERnFICADQC"~

1. U U DAS EN GENERAL 2. EXHIBICION DE TITULaS ARCHiVADOS y PLANOS I 3. VlSUALIZACIONDE TOMOS

.. DR:"

8.11

i:32

m

aNAL MANN"

~l:~!~~~~~

d8 ...ud

O

~

TASAS: SERVICIOSREGISTRALES(NO PREDlAL) ANEXO 3

i

lapres"eniaCT&i:

r&¡:;¡¡-e



-

-

-calificaCiórl

deititulO

-y-ia

b\j-aq-uedad-.

SI

%UIT

CONCEPTO

Dm-CHOS DECAlIACAclON antecedentes

re-.nae .: . -regiltralesprevios. la i\Saipciónde cada.do o (X)ntr8to

~ ~~~~~~~~~~~=--=--==-~ - ~ ~:!ii~~~ .1~~Ó~~~~~ 1.-

Por

inma~

o

primera

de

domm

3- 1...~¡.;;,n8tr¡aj8dóñ Porotrosados o oontratos ~. 4 ~ ~Liés:---~

~~

~~I .-.

--.

-

:e .00 n ~ 8 ~ si :00 --g¡.00 -8 :00 20.'-~ 00

~-

--~---

-~~~~~-~--=~ ._~~~~ ~ II~~~~~ ~~~~~a~~~~~~~ =~~~-=~ '~~_doso~os~R~~tro~~~~-

~~

~ ~-:OO

t ~

.

lsociedades

civiles.

~~~~Y~~eS~~~~~~~~~--

--- =

I~~a~~mle!!!osf!~ncl~~ ~~~~~~.

E.J~~ ~~de comerciantes ~a~_~~~~- Por poderes individuales. I"or poderes de persorlas naturales. ~

~

--

~-~ - ~~ '~~~_~s~Jntestada, ~~=:ss~coiItratos

-

-~~

40.00 8.~ 12."" s:oo 8.00

~--

--=~=-~~ c;'~ ';".'-~~====== '-, -~~

::"

"--O

36.00

~ 8.00 m e:oo ¡oo

.

'.

-

~ ~.- -~~-~.,._,=c-~,~~:,.' secufldarios:~-~

. ,,-,

-' ~-.

--REGISTRO DE BIENES MUEBLES 1.- Por constituciónde prenda In
8.00

::~

IREG ,-,STRO DEPROPtEDA~VEHjP!JLA~ 4.- Por primera jns~ón

",.::

de vehículos automotores.

-,

- Porreinscripclón vehk:ular (piacasantiguas). r'or ,O(

reCtificaci6nde baja

de

la

cirClJiación

dase

-

6.- PormOdlncadonesal d~nio:

I

Por transferencla~ 18prop~ad

~~=-~~

", "" ';I,'J~ c.-¡- ..; ..~:-v-;;(;;;; -"-', --:,~,~

15-- ...or mOdlficadOneS 8 las c::aractefJsticas delvetllQJO. t'or cambio de dase I

.

.-

--

)

.

---

:

vehicular

17:00

~

--

- -.

al domlnio:..Por cambio de razón socialPorrectificación de nombresy/o apenldospormandatojudicial

I

~~~\.

¡""U' "c:,)",.~

-

--

I~ de bonos, excepto derechos de garantia. tres (3) por mi del valor del ado o lcontralo. 2'- I P« la ~d8a,¡e¡:Wjá~~. Dos(2) por ~ del valordel 8cIoO

contrato.

jt"«Ia ~~~Sde

~E.~

garantia: erIibacgOsy

Sus

;

7.00 7:00

A

~..:-~--

(1.5) por mildec;c;n¡¡:a¡os valor del acto contr8to. ..- , ckICO p¡)r la~ deo C(;iiSmúdóil,-reg liád&lComo¡¡-~d.-pr:8nd-'." ~

I

~'

---

-

d.- DERECHOS DE INSCRlPCION (REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE NO PREDIAL Y OTROS REGISTROS) I . .Jt"or-.la inscripción --~ de cada acto - o contrato su
---~--I

~ l : ~._=--

..- Por certíficado negativoen el Registro de Personas Jurídicas,

Q

~

,- p-O¡;~do

de -ir8vá~nes~ COm-pendiosos. vígenCias. prenda industrial. as¡-com;o--" ~~dos de r~istro de propiedad inmueble no predial y otros: Ins~ción en tomos. Ins~ón en fi~as ..- Por copias literales. por cara o llana: Por sistema fotostáticoy/o )mpresión. IMecanografiado y/o microfilm,I

t"'orcopias líteralesde embarcaciones pesqueras. por cara o llana

It"'or certificado compendioso de dominio o gravamen de embarcaciones pesqueras... It"or certifiCado de propiedad~r;;¡ca o negativo de dominio de embarcacio.;;es pesqüeras. ¡

, Q

71.Qq

~

1-"~OI O.4n

~~:~ ~

0.401 0.40\

13.oq 13.oq U

I

~.~ ~~: 8.00 8.00

0.60 0.60

20.00 20.00

0.12 0.24 0.10 0.20 O.¿v 0.20

4.00 8.00 3.00 7.00 7.00 7.00

'

-~-~

~J

13.Qq

,

'



o

;(t.

;Q

~:---:==,1

t"or certificado negativo de propiedad por persona:(no predial) ue Lima u otra Oficína,

~

I

43.00 I

,.¡ !&I

~~r~~fe~~~~_~ I?!°~e~a~vehícular. -~rtran~fer~~~P~~ca!!1bio de estado ciVil o patrimonial.

~

43.~ 13.00

"'or certificado sobre determinado asíento de presentaCión.inscriPCióno anotación sobre la existencia de determinado asiento de embarcacionespe~ueras,

8.00

y de inscripción del RegistroPúblicode 11 I t"orcertificadode asientode presentación IAeronaves.

0.7"

25.0

12. t'or copias literales. por cara o llana: por sistema fotostático. mecanografiado y lo

o.

10.00

I

mícrofilm del Registro Público de Aeronaves 13. t"or constancia certificada del Registro Públíco de Minería (por cada deredlo o acto). 1.. t'or certificado de gravamen prendario. hipotecario y de carga del Registro Públíco de Minería (por cada derecho) 1. t'or certificado negativo de titularidad y otro del Registro Públíco de Minería (por cada ...¡,derecho o acto) 18. Ir'or expedición de copias literales de asiento de inscripción o títulos del Registro Público ie Minería (por cada página) 11. 'or copias certificadas. por carilla o plano del Registro Público de Hidrocarburos.

1.1Q 3.30

36.00 10900 36~

02D

700

6oq

ffl'~'~ - "

CONCEPTO

Illi ¡Por~n!;;i~s

SI

%UIT

deinsClipdón. vigencij~~ln!~

o_CO-nSf8~d8I~

~;

66.00 --."

0.4

10. 24. 30. ~ 8, 45. 8. ~

Público de Hidrocarburos.

-

~-os

-

Venta

de

Fiscal

Registro

del

Cc);¡stancias

de

expedición

Por

19.- Por certificadoregistralprendario.porcar~~ llana. "20::

~rt~ca~ode ~egra~a~ ve~~la~..~_--,~ ~ !~or IPor duplicado tarjeta de propiedad vehiaJIar. ,22.pedicióñde -orden de duplicado de Placas. :23::!por ex=-~'-"de duplicado de placas (vehiaJios rnenorwa). 24:: Por expedición 25.- Por certificado néi,iatlvode propiedad vehlcu~-26.- Por certificado positivo de proPIedadvehicular, P bl" dd ~~eraIeS

""7- (1)

:. ';:c ,;", ,, . """c'c!cff","" ': .

00'. ",

c~"~~;",,;... "~1\t;

~-.-

-~---~~.-

27:: or pu ICIa masIVa

j~"

;j

",'

del 1 al 27. estánilduldos losderedlOSde .

lu-::QmOSSERVlCIOS(NOPREDiAlj-~---~

Co'

"'

~---

I-'or búsqueda de partidas de inscripción oanotadón.--

=

-~~~~~

1-'"¡;(ma-nifestadÓndetOmo:-t¡tU~iV8dO~l8rio~

~

0.12 ~ .12

~ - -~-

Por anotación que debe poner el Registrador en cada título. alandolo solidte el -

0.1

Interesado previa confrontación.~__Por tramitadón de solicitudes para la expedición de ceftificados en Oficinas distintas a ! Querecurre u otros servicios de mensajería registra!. Por la interposiciónde recursos de apelación. a ser res~-¡¡OSpor¡asegOOdaTns~Administrativa Registral. ¡::ior-reclamación en queja ene¡-pro¡:;e-c¡ímJeñto de pagode CúOtas-eneTR-egiSito Fiscal -

4~

0.121

64.oa

~

s:~

0::241

de Ventas a Plazos. PorTi expedición de COPIassimplesdefid:;asde ¡nséi[p-a6nopartida electrónica (cada una). t"orserviciodeinionnad6nen Línea(porimagenviwaliZad8) --

4:oq ~~= 13.oq 1.00: - 3:00'

-~--~-

embarcadooes-pesq~iU

partidas

b':¡sq¡;e~~ins~o¡:¡e-s~o

t'or

~ Porrelación

de

':;orautentificación de-¡a-firmade un Registradorpor-ca¡¡aUMY~O~ servicios no~especificados. ¡10:Por manifestadÓndetOfnas. titulos archiv8dosQdoaJiñentij6que ~n en" ~ registral de embarcacionespesqueras. PoranotaclÓn-alpíidetUtUlo del Registro de Embarcacionespesqueras de-ve¡;¡¡¡-~~~~-Oiana.

~~-

~~~--

4.00 109.00

Porreservade pre~renc¡a reg-¡stral-de nombrede-sociedad o sucursalen8i~tiO 1m Público de Minería.

~ 18°

t-'or ~mai1ifestaciÓn

de tomos

y titulo!

d-e. RegistroPc,bliCO

página). porordende incautaciÓnde bienesmuebles. ~---

---~---

17.00 3.00 3.00

de Mineria.

Por PI:ibIiCOdepi:ll)i¡co-deM¡r¡e(ja-(~-C8cja Minería (por cada Pig~). Por expedición (emisi6n dede~i8S¡-mpaedeIRegistro documentOs via~faéiSim¡¡-~Reg¡StiO ~

~ ---

10.00 7.00 152.00 10.00

--

~ ] 21

Por levantamiento de reserva de dominio del bien mueble. Por-a¡:¡¡OrizaCi6n para eJeicere¡-ca---rgo-de martitlefo pÚbliCo.

~

Por laexPedici6n de cOnstanciasde"apmudparaele,erCiciO del cargo de martiliero público de titulos o sOI~~~~~_~~!ficad°.s:_-122.t"or duplicado de ~oIicitl:J.c:t~.s..~.e~~"-~pdón

..00

(1) Estructura de tasas por publicidad masiva en el Registro de PropiedadVehícular: Tasas por A) Volúmen

'20 101 501 ~ 1 10,051 50,001 "!~ Do1

. ~ . . . . --'-

de Información

solicitada

(por u.nidad)..

~ 500 !,~10,000 SO:--fiiO 100,Oó() mas

b) Copias por unidad

0.050 0.045 0.040 0.030 0.020 o~óT5 0.010

c) Derecho

de

Tasa Máxima

tramitación

100 120 140 160 270 530 1.050 \In8-~IT

(2) El monto a cobrarse por derechos registrales. aplicables a las organizaciones loaBles de base a que se refiere la ley N° 25307. cuyo arancel lo establece el 0.5. N" 003-2004-JU5. es de 0.01% de la UIT. ó SI. 0.30.

/:~-:-~~

~

'f.;q ,'1;

..-'4

.a.u...

'O"R

'";:;;AÑ;:¡.'