Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales

Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales.  SEAH HABILITACION  SEAH CARGA  SEAH CONSULTAS S.E.A.H. – Sentencias y Acuerdos Homologado...
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Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales.  SEAH HABILITACION  SEAH CARGA  SEAH CONSULTAS

S.E.A.H. – Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales

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SEAH es un sistema cuyo principal objetivo es facilitar la comunicación entre los Tribunales del Trabajo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), conforme la normativa vigente en la materia. A través de esta herramienta, los usuarios designados para cada Juzgado/Secretaria podrán registrar tanto los datos del expediente de la causa, así como los datos de los obligados (empleadores y/o responsables solidarios) y de los trabajadores (actores) reconocidos por sentencia firme o acuerdo homologado, o consultar la información registrada en su base de datos. Asimismo, será el canal de comunicación para la inclusión, de corresponder, de las sentencias firmes en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), de conformidad con lo dispuesto en el art. 2° inciso h) de la Ley N° 26.940. El sistema consta de tres servicios de acceso delegable: 

“SEAH Habilitación”: aplicación mediante la cual, el autorizante al uso de alguno de los dos servicios indicados a continuación (dador), designará el Juzgado/Secretaria para el cual actuara el usuario (representante). También podrá eliminar asociaciones Usuario – Juzgado/Secretaria vigentes.



“SEAH Carga”: que permite al usuario efectuar el alta, modificación o anulación de los datos y expedientes ingresados en el sistema para el juzgado que representa.



“SEAH Consulta”: servicio que permite al usuario la visualización de la información registrada de los expedientes ingresados al sistema pertenecientes al juzgado para el cual se encuentre habilitado.

¿CÓMO ACCEDO A LOS SERVICIOS? PASO 1 Ingrese a la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar) y presione en el recuadro “Acceso con Clave Fiscal”.

PASO 2 Ingrese su número de CUIT/CUIL/CDI y su “CLAVE”, y presione el botón “INGRESAR”.

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PASO 3 El sistema mostrará el listado de “Servicios Habilitados” que tiene asociados a su Clave Fiscal. Deberá presionar sobre aquel que desea utilizar.

Dado que se trata de Servicios Delegados, en caso de no encontrar aquel al que debe ingresar, verifique haber aceptado dicha delegación (ver guía paso a paso “Delegación: …”)

SEAH HABILITACION Cuando un autorizante (dador) delega un servicio SEAH Carga o SEAH Consultas, deberá ingresar a esta aplicación a fin de asociar al nuevo usuario al Juzgado/Secretaria para el que actuará. Esta acción es imprescindible a los efectos de que el usuario pueda utilizar el servicio SEAH que le fue delegado. Cada usuario podrá tener asociados más de un Juzgado/Secretaria. Autorizante: Representantes de la autoridad de superintendencia (Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Consejo de la Magistratura, etc.) habilitados para delegar los servicios SEAH en usuarios de los juzgados/secretarías correspondientes.

1. ¿Cómo se asignan Juzgados/Secretarias a un CUIT/CUIL? PASO 1

Para asociar ingresar CUIT/CUIL del usuario y presionar

Al presionar el comando , el sistema mostrará el Apellido y Nombres registrado para la CUIT/CUIL ingresada. Verifique que corresponde al usuario que desea asociar al Juzgado/Secretaria. De no ser así, ingrese una nueva clave CUIT/CUIL.

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PASO 2 Seleccione del combo desplegable el/los Juzgado/Secretaria a asignar.

Seleccione Juzgado/Secretaria

PASO 3 Efectuada esta acción, en la grilla se mostrará el nuevo Juzgado/Secretaria asignado.

Seleccionado el Juzgado/Secretaria, comando “ASIGNAR”.

presione

Luego en la grilla aparecerá el nuevo Juzgado/Secretaria asignado.

Para asignar al usuario nuevos Juzgado/Secretaria repita los PASOS 2 y 3 tantas veces como sea necesario.

2. ¿Cómo se eliminan Juzgados/Secretarias asociados a un CUIT/CUIL? PASO 1 S.E.A.H. – Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales

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el

Ingresar CUIT/CUIL del usuario y presionar

Al presionar el comando , el sistema mostrará el Apellido y Nombres registrado para la CUIT/CUIL ingresada. Verifique que corresponde al usuario para el que desea eliminar Juzgado/Secretaria. De no ser así, ingrese una nueva clave CUIT/CUIL.

PASO 2

Seleccione de la nómina de Juzgados Asignados aquel que desea eliminar.

Luego presione el comando “ELIMINAR”

PASO 3

La aplicación mostrará en la grilla la nómina de Juzgados Asignados restantes y debajo, la referencia de aquél que fue eliminado.

Repita los PASOS 2 y 3 tantas veces como Juzgado/Secretaria desea eliminar.

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SEAH CARGA Todo usuario habilitado podrá, por intermedio de este servicio: dar de alta, modificar, anular y consultar expedientes que correspondan a los Juzgados/Secretarias para los cuales cuente con los permisos necesarios.

1. ¿Cómo comenzar a operar con el servicio? PASO 1 Seleccione el Juzgado/Secretaria con el que va a operar, de aquellos que tiene asignados, el que visualizará en la grilla inferior. Por cada sesión, solo podrá seleccionar un Juzgado/Secretaria.

PASO 2 Presione el botón “ACEPTAR” y visualizará la pantalla inicial del servicio.

2. ¿Cómo se registra el alta de un expediente?

En los casos de demandas colectivas, los datos del expediente y de la sentencia que las resuelve se registraran una única vez. Por otro lado, si se verifican Acuerdos conciliatorios individuales, los mismos se reingresan por cada acuerdo que se haya celebrado (homologado).

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PASO 1 Presione el botón “Ingresar un nuevo expediente” e ingresará a la pantalla DATOS DEL EXPEDIENTE.

PASO 2 Complete los datos correspondientes a: Carátula del expediente, Nro. de expediente y Año de la Causa. La aplicación mostrará el dato ingresado conforme PASO 1 del Punto 1. El mismo no se podrá editar.

Mínimo 20 caracteres.

Campo numérico de 9 posiciones Campo numérico de 4 posiciones (Ejemplo: 2012)

Seleccione el Tipo actuación: 01 – SENTENCIA ó 02 – ACUERDO HOMOLOGADO. Si selecciona SENTENCIA, ingrese los datos de: Fecha de Inicio de la Demanda y Fecha de Firmeza de la Sentencia.

Campo de 10 posiciones (Ejemplo: 01/03/2011)

Campo de 10 posiciones (Ejemplo: 01/05/2012)

Si selecciona ACUERDO HOMOLOGADO, se habilitará en pantalla un cuadro de lista con las opciones de: 01 – SIN RECONOCIMIENTO DE HECHOS Y DERECHOS ó 02 – CON RECONOCIMIENTO DE HECHOS Y DERECHOS, debiendo seleccionar el que corresponda. Luego complete los campos: Fecha de Inicio de la Demanda y Fecha de Homologación del Acuerdo.

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Campo de 10 posiciones (Ejemplo: 01/03/2011)

Campo de 10 posiciones (Ejemplo: 01/03/2011)

Verifique los datos ingresados y si son correctos presione el botón “GUARDAR”.

Si presiona “VOLVER” retornará a la pantalla inicial, perdiendo los datos ingresados

Al presionar “GUARDAR”, aparecerá en pantalla un mensaje indicando que el expediente ha sido guardado exitosamente y se habilitará el botón “DATOS DEL OBLIGADO”.

PASO 3 Al presionar el botón “DATOS DEL OBLIGADO”, se accede a la pantalla “DATOS DE OBLIGADOS PRINCIPALES Y SOLIDARIOS CONFORME SENTENCIA O ACUERDO HOMOLOGADO”.

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Presione el botón “Agregar Obligado”. La aplicación habilitará el ingreso de CUIT/CUIL/CDI o DNI como motores de búsqueda de la persona - física o jurídica - en las bases de datos de AFIP.

Ingresado el dato, presione el botón sus datos referenciales.

, si el obligado se encuentra registrado, la aplicación mostrará

Si los datos mostrados por la aplicación corresponden al obligado, presione el botón “Seleccionar”.

Seleccionado el obligado, la aplicación muestra los campos DNI, Nombre, Apellido y Actividad, siendo estos campos no editables por el usuario, dejando el campo “Carácter” resumido a un cuadro de lista donde se podrá elegir entre dos valores “PRINCIPAL” o “SOLIDARIO” este valor es un dato obligatorio para poder proseguir con la carga.

De contar con el dato, complete los campos vacios

Seleccione el carácter del obligado para continuar. La aplicación muestra por defecto PRINCIPAL.

En los casos que el obligado se trate de una persona física y habiendo efectuado la búsqueda por CUIT/CUIL/CDI y la aplicación no encontró información asociada a la clave, deberá buscar al obligado por número de documento.

SOLIDARIO (Art. 29 ó 31 LCT ó Art. 12, 2° párrafo, Ley 26.727): Para consultar el texto de la norma, ver Anexo I en página 20 de esta Guía.

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Seleccione el que corresponda al obligado y complete los datos en la forma descripta.

Si no se encuentra al obligado, en las bases de datos de AFIP, la aplicación requerirá su ingreso de forma manual.

Presione el botón “AGREGAR +” para avanzar.

Dato no editable. Complete los campos vacios. Seleccione el carácter del obligado para continuar.

Para ingresar los datos del domicilio, presione el botón

accediendo a…

SOLO Provincia: escriba parcialmente el nombre (mínimo 2 letras) y selecciónelo completo de las opciones que brinda la aplicación. SOLO CABA: escriba parcialmente el nombre (mínimo 2 letras) y selecciónelo completo de las opciones que brinda la aplicación.

Escriba parcialmente el código (mínimo 1 digito) y selecciónelo completo de las opciones que brinda la aplicación.

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Escriba parcialmente la denominación (mínimo 3 caracteres) y selecciónelo completo de las opciones que brinda la aplicación.

Ingresado todos los datos del obligado, verifique que sean correctos y presione el botón “Guardar”. La aplicación mostrará la nómina de obligados ingresados, luego, por medio del comando editar los datos del obligado ingresados y, con el comando , eliminar el registro completo.

, podrá

Si presiona “DATOS DEL EXPEDIENTE” retornará a la pantalla homónima.

PASO 4 Una vez ingresados todos los obligados, presione el botón “TRABAJADOR” para avanzar a la pantalla “DATOS DE LOS ACTORES CON SENTENCIA FAVORABLE/ACUERDO HOMOLOGADO”.

Presione el botón “Agregar Trabajador”. La aplicación habilitará el ingreso de CUIT/CUIL/CDI Actor o DNI como motores de búsqueda de la persona en la base de datos de AFIP. S.E.A.H. – Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales

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Ingresado el dato, presione el botón datos referenciales.

, si el actor se encuentra registrado, la aplicación mostrará sus

Si los datos mostrados por la aplicación corresponden al actor, presione el botón “Seleccionar”.

Seleccionado el trabajador (Actor), la aplicación muestra los campos DNI, Nombre y Apellido, siendo estos no editables por el usuario.

Si efectuó la búsqueda por CUIT/CUIL/CDI y la aplicación no encontró información asociada a la clave, deberá buscar al Actor por número de documento.

Seleccione el que corresponda al actor.

Si no se encuentra al trabajador, en las bases de datos de AFIP, la aplicación requerirá su ingreso de forma manual.

Presione el botón “AGREGAR +” para avanzar.

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Complete los campos vacios.

Dato no editable. Si no es correcto, presione “Cancelar” para volver a la pantalla anterior.

Ingresado los datos del actor, verifique que sean correctos y presione el botón “Guardar”. La aplicación mostrará la nómina de trabajadores ingresados, luego, por medio del comando editar los datos del actor ingresado y, con el comando , eliminar el registro completo.

, podrá

PASO 5 Una vez registrados los datos referenciales del trabajador, ingrese los “DATOS DE LAS OBLIGACIONES RECONOCIDAS POR SENTENCIA/ACUERDO HOMOLOGADO” a dicho actor. Este campo de la pantalla, no se habilitará para el Tipo de Actuación ACUERDO HOMOLOGADO SIN RECONOCIMIENTO DE HECHOS NI DERECHOS.

Seleccione la causal que da origen a las obligaciones reconocidas, las opciones son: 

Empleo No Registrado: trabajador dependiente con relación laboral desconocida por el empleador.



Diferencia Fecha de Ingreso: con fecha de ingreso que difiere de la alegada en su inscripción.



Diferencia de Remuneración.

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Seleccione la causal reconocida.

De contarse con la información relativa a: Periodos (desde/hasta), Remuneración Mensual Reconocida y Contrato Laboral, en Nivel de Datos seleccione “Con Totalidad de Datos”. Luego, deberá ingresar tramos de periodos consecutivos (desde/hasta) con una misma remuneración e idéntica situación contractual.

De no contarse con la totalidad de los datos, seleccione “Con Insuficiencia de Datos”. En este supuesto, los únicos datos de ingreso obligatorio son: Periodos (desde/hasta), Remuneración Mensual a los fines de la liquidación final con carácter indemnizatorio.

Ingreso NO Obligatorio

Ingresados todos los datos de las obligaciones reconocidas, verifique que sean correctos y presione el botón “Guardar”. La aplicación mostrará la información para el trabajador en la grilla inferior.

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Si presiona “DATOS DEL OBLIGADO” retornará a la pantalla homónima.

Por medio del comando registro completo.

Presionando “RESUMEN DE CARGA” pre visualizara los datos registrados.

, podrá editar los datos ingresados y con el comando

, podrá eliminar el

PASO 6 Verificados los datos ingresados, presione el botón “FINALIZAR” para confirmar los datos registrados.

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Si se trata de un acuerdo homologado, visualizará

Presionando “VOLVER” retornará a la pantalla anterior.

PASO 7 Presione el botón “ACEPTAR” para confirmar y dar por finalizada la etapa de ingreso de datos. La aplicación notificará al usuario sobre los tiempos con los que cuenta a fin de efectuar alguna modificación respecto del expediente ingresado.

Presionando “CANCELAR” retornará a la pantalla de Finalización.

Tenga presente que, los casos a publicar en REPSAL son aquellos cuyo Tipo de Actuación corresponda a SENTENCIA y Causal DIFERENCIA FECHA DE INGRESO y/o EMPLEO NO REGISTRADO, que involucren a periodos posteriores al 11/09/2014, aún cuando el período desde fuese anterior. El fundamento legal surge por interpretación y analogía a lo prescripto por el art. 16 de la ley 26.940 que establece que el REPSAL “…incluirá y publicará las sanciones firmes que hayan sido impuestas en razón de violaciones legales COMETIDAS A PARTIR de los 90 días posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley” -léase 11/09/2014-. S.E.A.H. – Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales

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Presione el botón “ACEPTAR” para proceder y confirmar el alta, el sistema le permitirá imprimir la pantalla con la totalidad de los datos ingresados, volviendo a la pantalla inicial del servicio para el ingreso de un nuevo expediente, consultar o cerrar sesión.

3. ¿Cómo se consulta, edita o anula un expediente? El usuario solo podrá consultar, editar o anular aquellos expedientes que se encuentren registrados para el Juzgado/Secretaria que selecciono al ingresar al servicio.

PASO 1 Presione el botón “Consultar y actualizar expedientes registrados” e ingresará a la pantalla homónima.

En esta pantalla accederá a la nómina de expedientes. Al pie de la misma, se ubica un buscador que – mediante distintas opciones de filtrado- permite la localización del/los expediente/s buscado/s.

Estas opciones de filtrado son combinables entre sí.

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Junto a los datos del expediente registrado, se habilitará una serie de comandos activos en función del estado indicado en la columna homónima. Los estados y acciones posibles son:

Estado

Descripción



Alta no finalizada (incompleto)

Finalizado

Alta finalizada. El mismo se mantendrá por 8 días hábiles.

Consolidado

Expediente con antigüedad mayor a 8 días hábiles contados desde la fecha de Alta.

Baja

Expediente incompleto que fue borrado.

Anulado

Expediente Finalizado / Consolidado que fue anulado.

Envío a REPSAL

Expediente comunicado a REPSAL.

Publicado REPSAL

Expediente publicado en REPSAL.

Rechazado REPSAL

Expediente rechazado por REPSAL.

Plazo Vencido REPSAL

Vencido el plazo de 180 días de publicación en REPSAL.

Pres. Parc. REPSAL

Expediente comunicado parcialmente a REPSAL.

Pub. Parc. REPSAL

Expediente publicado parcialmente en REPSAL.

Acciones

Referencias de comandos: Consulta de movimientos: permite visualizar un log de auditoría con los movimientos del expediente. Modificar: permite ingresar al expediente para completar el alta o editar los datos registrados para su modificación. Borrar expediente: permite borrar el registro de un expediente incompleto (Alta no finalizada). Anular expediente: permite anular un expediente consolidado. Consultar Expediente: permite visualizar los datos ingresados para un expediente.

PASO 2 Busque el expediente que desea trabajar. Para facilitar la tarea podrá utilizar las opciones de filtrado obrantes al pie de la pantalla.

PASO 3 Ejecute la acción que desea efectuar mediante la utilización de los botones de comando indicados. S.E.A.H. – Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales

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Si presiona (anular expediente) la aplicación le requerirá que confirme la anulación del expediente seleccionado y si presiona “Aceptar” deberá indicar el motivo de la anulación.

SEAH CONSULTAS Los usuarios de este servicio podrán visualizar todos los expedientes ingresados pertenecientes al Juzgado/Secretaria que seleccione al acceder al servicio.

1. ¿Cómo comenzar a operar con el servicio? PASO 1 Seleccione el Juzgado/Secretaria con el que va a operar, de aquellos que tiene asignados, el que visualizará en la grilla inferior. Por cada sesión, solo podrá seleccionar un Juzgado/Secretaria.

PASO 2 Presione el botón “ACEPTAR” y visualizará la pantalla inicial del servicio.

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PASO 3 Presione el botón “Consultar expedientes registrados” e ingresará a la pantalla homónima.

Estas opciones de filtrado son combinables entre sí.

Junto a los datos del expediente registrado, se habilitarán dos botones de comando: Consulta de movimientos: que muestra un log de auditoría con los movimientos históricos del expediente. Consultar Expediente: permite visualizar los datos ingresados para un expediente seleccionado.

PASO 4 Busque el expediente que desea hallar. Para facilitar la tarea podrá utilizar las opciones de filtrado obrantes al pie de la pantalla. S.E.A.H. – Sentencias y Acuerdos Homologados en Juicios Laborales

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PASO 5 Ejecute la acción que desea efectuar mediante la utilización de los botones de comando indicados.

ANEXO I SOLIDARIDAD – NORMATIVA (PARTES PERTINENTES) LEY N° 20.744 – LEY DE CONTRATO DE TRABAJO Art. 29 - Interposición y mediación. Solidaridad Los trabajadores que habiendo sido contratados por terceros con vista a proporcionarlos a las empresas, serán considerados empleados directos de quien utilice su prestación. En tal supuesto, y cualquiera que sea el acto o estipulación que al efecto concierten, los terceros contratantes y la empresa para la cual los trabajadores presten o hayan prestado servicios responderán solidariamente de todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de las que se deriven del régimen de la seguridad social. Los trabajadores contratados por empresas de servicios eventuales habilitadas por la autoridad competente para desempeñarse en los términos de los artículos 99 de la presente y 77 a 80 de la Ley Nacional de Empleo, serán considerados en relación de dependencia, con carácter permanente continuo o discontinuo, con dichas empresas. (Párrafo sustituido por art. 75 de la Ley N° 24.013 B.O. 17/12/1991)

Art. 31 - Empresas subordinadas o relacionadas. Solidaridad. Siempre que una o más empresas, aunque tuviesen cada una de ellas personalidad jurídica propia, estuviesen bajo la dirección, control o administración de otras, o de tal modo relacionadas que constituyan un conjunto económico de carácter permanente, serán a los fines de las obligaciones contraídas por cada una de ellas con sus trabajadores y con los organismos de seguridad social, solidariamente responsables, cuando hayan mediado maniobras fraudulentas o conducción temeraria.

LEY N° 26.727 – TRABAJO AGRARIO Art. 12 - Contratación, subcontratación y cesión. Solidaridad. (2do párrafo): Cuando se contraten o subcontraten, cualquiera sea el acto que le dé origen, obras, trabajo o servicios correspondientes a la actividad normal y específica propia del establecimiento, y dentro de su ámbito, se considerará en todos los casos que la relación de trabajo del personal afectado a tal contratación o subcontratación está constituida con el principal.

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