Reforma Laboral. Ley Federal del Trabajo 2012

Reforma Laboral Ley Federal del Trabajo 2012 Aspectos legales Lic. Carlos Manuel Martínez PwC Principios generales • Objeto de las normas de tra...
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Reforma Laboral Ley Federal del Trabajo 2012

Aspectos legales

Lic. Carlos Manuel Martínez

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Principios generales • Objeto de las normas de trabajo • Se uniforman principios con la Organización Internacional del Trabajo. • Concepto de trabajo digno y decente. Naturaleza de las normas de trabajo • Prohibición de prácticas discriminatorias o que atenten contra la dignidad humana. • Derechos de interés social, la capacitación y la certificación de competencias laborales. • Conductas Laborales prohibidas el Hostigamiento y Acoso Sexual.

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Subcontratación Outsourcing es una forma de administración Moderna Practica adoptada en México desde los 80’s Especialización y enfoque al negocio principal Buen y mal outsourcing Abuso del Esquema, fideicomisos, SC, Cooperativas, sindicatos Propuesta de Calderón controlar el abuso vs trabajadores y Seguro Social Proceso de modificación

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Subcontratación Artículo 15-A El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas. Deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares, que se desarrollen en el centro de trabajo. b) Deberá justificarse por su carácter especializado. c) No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.

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De no cumplirse con todas estas condiciones, el beneficiario contratante se considerará patrón para todos los efectos y consecuencias legales de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social

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Subcontratación Dictamen Artículo 15-A

Se incluyen tres condiciones importantes que en caso de que todas éstas se incumplan, el contratante se considerará patrón para los efectos de la legislación laboral. Las condiciones son: a) No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo. b) Deberá justificarse por su carácter especializado. c) No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. Si el contratante se considerara patrón, existe la interpretación de que es patrón solidario en los términos de esta Legislación. Lo anterior fue ratificado en la exposición del motivos de las comisiones dictaminadoras en el Senado. PwC

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Subcontratación Artículo 15-A • Definición y condiciones

Artículo 15-B • Responsabilidad de verificación de capacidad de cumplimiento de las obligaciones laborales

Artículo 15-C • Supervisión permanente de la contratista (a través de una unidad de verificación)

Artículo 15-D • Transferencia de trabajadores para disminuir derechos laborales

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Relaciones individuales de trabajo Normas para: • La prestación de servicios fuera de la República Mexicana de trabajadores contratados en México. • Contratación de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, a través del gobierno y de entidades privadas. • Regulación de labores conexas o complementarias a la labor principal de trabajador, por lo cual podrán recibir la compensación salarial correspondiente. • Derechos de madres trabajadoras.

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Relaciones individuales de trabajo - Duración • Modalidades de la contratación por obra o tiempo determinado o indeterminado: • Por temporada. • Periodo de prueba. • Capacitación inicial. • Contrato por tiempo indeterminado de carácter discontinuo para tareas fijas y periódicas. • Obligación de garantía de la seguridad social en cualquiera de estas modalidades. • A falta de estipulaciones expresas por escrito, la relación será por tiempo indeterminado.

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Relaciones individuales de trabajo - Rescisión Causas de rescisión que se incluyen sin responsabilidad para: Patrón

Trabajador

Actos indebidos del trabajador contra clientes y proveedores

Exigir la realización de actos que menoscaben o atenten contra la dignidad del trabajador

Hostigamiento y acoso sexual Falta de presentación de documentación.

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Por el patrón o cualquiera de sus representantes

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Relaciones individuales de trabajo - Rescisión Salarios caídos por rescisión o no reinstalación: • Tope a 12 meses de salarios caídos al salario correspondiente a la fecha de pago. • Intereses al 2% hasta por 15 meses sobre salarios capitalizables al momento al pago. • Se dejan de computar salarios caídos a la muerte del trabajador . • Sanción a litigantes y autoridades por dilación injustificada del procedimiento . No aplica para el pago de otro tipo de indemnizaciones o prestaciones.

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Relaciones colectivas de trabajo - Suspensión • Indemnización en caso de suspensión colectiva por contingencia sanitaria. • En caso de declaratoria colectiva no se requiere aprobación o autorización de la Junta de Conciliación y Arbitraje. • No obligación de aviso de reanudación de labores por el patrón en caso de contingencia sanitaria.

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Transparencia sindical • Información pública de los registros de los sindicatos para su consulta. • Elecciones sindicales mediante voto libre y secreto. • Obligación de informar a los agremiados (por lo menos cada seis meses).

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Condiciones de trabajo Normas protectoras y privilegios del salario • Pago electrónico. • Se incluye el Infonacot*. • Trabajadores del campo derecho a cobrar su salario en plazos no mayores a siete días. • En materia de pensiones se actualiza el término “acreedores alimentarios”. • Notificación de la terminación de trabajo del deudor alimentario y obligación de colaboración con la autoridad jurisdiccional. * Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

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Condiciones de trabajo Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) • Obligación de la SHCP de responder por escrito al sindicato/trabajadores sobre las observaciones a la declaración anual. • Posibilidad de obtener de la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión del reparto adicional de utilidades. • Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la PTU. • Unidad económica. * Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

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Derechos y obligaciones Obligaciones de los patrones • Modifican la referencia general de prevención de riesgos por la referencia a reglamentos en materia de seguridad, salud, medio ambiente y NOMS. • Faculta expresamente a la autoridad laboral a tomar medidas preventivas y correctivas al respecto. • Acceso a discapacitados en establecimientos mayores de 50 empleados. • Obligación de fijar visiblemente y difundir texto íntegro del contrato colectivo . • Informar al trabajador de los riesgos y peligros a los que está expuesto. • Afiliación obligatoria al Infonacot (gratuita para el patrón). • Permiso de paternidad.

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Derechos y obligaciones Prohibiciones para los patrones (se agregan representantes del patrón) • Prácticas discriminatorias. • Exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso al empleo. • Despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores. • Trabajo infantil.

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Derechos y obligaciones De la productividad, formación y capacitación de los trabajadores • Omisiones de capacitación, adiestramiento y productividad en caso de empresas con más de 50 trabajadores (60 días). • Se elimina la aprobación de los programas de capacitación. • Se reconoce el apoyo para completar ciclos escolares en sus tres niveles como adiestramiento . • Impone obligaciones del trabajador en materia de capacitación. • Se redefine el objetivo de mejora de nivel educativo general vs mejora de aptitudes en el pasado. • Exámenes de competencia laboral (en adición a conocimientos y aptitud). PwC PwC

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Derechos y obligaciones de los trabajadores Derechos de preferencia, antigüedad y ascenso • Para cubrir vacantes definitivas, provisionales mayores a 30 días y puestos nuevos se elimina la palabra escalafón. • Se mantiene la referencia a la categoría o rango inmediato inferior, con criterio de decisión de capacitación, antigüedad, aptitud y productividad como criterio. • Los salarios caídos por no respetar derechos de preferencia en antigüedad y ascensos se limitan en términos del artículo 48 de la LFT.

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Derechos y obligaciones de los trabajadores Obligaciones de los patrones • Nuevas prioridades en contrataciones: • Los que hayan terminado su educación básica obligatoria. • A los capacitados respecto de los que no lo sean. • A los que tengan mayor aptitud y conocimientos para realizar un trabajo.

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Riesgos de trabajo Responsabilidad del patrón y el trabajador • Obligación de cumplir con reglamentos y NOMS en relación con enfermedades de trabajo. • Serán consideradas enfermedades de trabajo las que determine la ley y, en su caso, la actualización que realice la STPS. • Aumento de indemnización por causa inexcusable del patrón; especificación de cumplimiento de leyes de seguridad, salud y medio ambiente, para efecto de aumento de indemnización inexcusable del patrón hasta 25% adicional.

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Riesgos de trabajo Responsabilidad del patrón y el trabajador • Indemnización en caso de muerte por riesgos de trabajo; aumento de valor de indemnización de 730 días de salario por 5,000 sube de 42 mil pesos a 290 mil pesos. • Notificaciones de accidentes a la STPS por medios electrónicos. • Intercambio de información entre la STPS e IMSS.

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Título XVI - responsabilidades y sanciones Artículo 992. Reglas generales de las sanciones (reincidencia, por evento y por trabajador?)

Incumplimientos del patrón

Jornada de trabajo Obligaciones del reparto de PTU Obligaciones patronales Capacitación y adiestramiento

Multa actual (VSMG)

Monto máximo en pesos *

50-250

$ 15,582

250-5,000

311,650

50-1,500 250-5,000

Normas de seguridad e higiene y medidas que fijen las leyes federales del trabajo para prevenir riesgos

250-5,000

Actos o conductas discriminatorias; actos de hostigamiento sexual, tolere o permita actos de acoso u hostigamiento sexual en contra de sus trabajadores

250-5,000

93,495 311,650 311,650 311,650

Prohibiciones a patrones

250-2,500

155,825

Sanción por no cumplir porcentaje de trabajadores mexicanos

250-2,500

155,825

* Cifras calculadas con el Salario Mínimo General correspondiente al área geográfica “A” ($62.33) PwC

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Aspectos a considerar Análisis y diagnostico de los efectos de la reforma en aspectos de practicas laborales y cambios documentales.

Análisis corporativo, laboral y fiscal para la debida adecuación y cumplimiento de las nuevas reglas de Sub-contratación, en su caso.

Especial atención al control y monitoreo de cumplimiento de obligaciones laborales ante el substancial incremento de sanciones

Preparación para cambios procesales aplicables a la reforma laboral y a la defensa de imposición de sanciones de orden administrativo

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Gracias

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MPC: 121203_GM_ReformaLaboral_CMM