Manual del Estudiante De Preparatoria

Oficina de Educación del Condado de Sacramento Manual del Estudiante De Preparatoria 2015 - 2016 David W. Gordon Superintendente 10474 Mather Boulev...
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Oficina de Educación del Condado de Sacramento

Manual del Estudiante De Preparatoria 2015 - 2016

David W. Gordon Superintendente 10474 Mather Boulevard P.O. Box 269003 Sacramento, CA 95826-9003

TABLA DE CONTENIDOS Mensaje al Estudiante ............................................................................................................... 3 Propósito del Manual del Estudiante ......................................................................................... 3 ¿Que Puede Hacer Mientras Esta en Preparatoria? ................................................................. 4 Oportunidades de Educación de Carreras Técnicas ................................................................. 4 Requisitos de Graduación.......................................................................................................... 5 Requerimientos de Cursos de Estudio .............................................................................. 5 ¿Como Se Obtinene Créditos de Preparatoria? ........................................................................ 6 Requerimientos del Examen de Egreso de la Preparatoria de California (CAHSEE) ................ 6 Alternativas y Opciones para Obtener un Diploma de Preparatoria o su Equivalente ............... 7 Reglas sobre los Logros, Asistencia y Suspensión/Expulsión del Estudiante de La Oficina de Educación del Condado de Sacramento (SCOE) ...................................................................... 8 Razones Principales para la Suspensión (E.C. § 48900 et seq.) .............................................. 9 Regulaciones de la Escuela Comunitaria ................................................................................ 10 Programas de Preparatoria Ofrecidos por SCOE .................................................................... 11 Notificación Annual de los Procedimientos de Queja (UCP) ................................................... 12 Procedimientos Uniformes de Queja, ARR 1312.3.................................................................. 14 Formulario de Procedimientos de Queja (No-Williams) ........................................................... 22 Notificación a los Padres de Familia/Tutores Legales, Alumnos y Profesores: Derechos de Queja .................................................................................................................. 24 Procedimientos Uniformes de Queja William, ARR 1312.4 ..................................................... 25 Formulario de Procedimientos Uniformes de Queja William ................................................... 29

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Querido Estudiante: Usted esta ahora involucrado en un momento excitante de su carrera educacional. En nuestro programa de preparatoria recibirá instrucción relacionada con sus necesidades académicas, estará involucrado en experiencias de educación vocacional, y una variedad de otras situaciones de aprendizaje. Nuestras metas, las cuales esperamos que usted comparta, incluyen lo siguiente: •

Los estudiantes incrementarán sus logros educacionales a la velocidad máxima possible y se acercarán a niveles de competencia máxima, de acuerdo a sus habilidades e intereses.



Los estudiantes trabajarán en el dominio de habilidades en matemáticas, comunicaciones, y supervivencia para mejorar su capacidad de funcionar en sociedad.



Los estudiantes incrementarán sus habilidades para satisfacer sus necesidades en maneras aceptables legalmente y socialmente.



Se les proveerá a los estudiantes un programa educacional que facilitará una transición fluída al regresar al distrito escolar de residencia.

Creemos que tomar algunos momentos para revisar este manual será útil para planear uno de los períodos más importantes de su vida.

El PROPOSITO DEL MANUAL DEL ESTUDIANTE 1. Familiarizarlo con los requerimientos de cursos de preparatoria. 2. Proveerle una explicación de los requerimientos mínimos de competencia y alternativas. 3. Informarle de otras opciones de programas educacionales. 4. Informarle de sus responsabilidades.

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¿QUE PUEDE HACER MIENTRAS ESTA EN LA PREPARATORIA? FIJE ALGUNAS METAS Debería de estar trabajando en fijar metas a largo plazo y a corto plazo. Si necesita ayuda, vea al personal de la escuela para que le guíen en la selección de cursos para ayudarle a hacer planes para su futuro.

HAGA PLANES PARA ALCANZAR CADA META Cada semestre, reconfirme sus metas y haga nuevos planes para alcanzar esas metas. Alcanzar sus metas lo hace sentir bien sobre sí mismo y lo ayuda a madurar.

TRABAJE DURO, ASISTA A LA ESCUELA TODOS LOS DIAS, Y ESTUDIE Los planes y las metas no se pueden completar sin trabajo duro cada día, en cada clase. Su trabajo como estudiante de preparatoria es ser exitoso en la escuela de una forma regular.

OPORTUNIDADES DE EDUCACION DE CARRERAS TECNICAS

SCOE através de su Programa Regional Ocupacional (ROP por sus siglas en Inglés), provee oportunidades de educación de carreras técnicas para estudiantes de preparatoria de penúltimo y último año (juniors y seniors), o para esos estudiantes que tienen 16 años de edad o son mayores. Este programa les provee a los estudiantes: • entrenamiento de trabajo y orientación vocacional de matrícula gratuita; y • posiciones de “trabajo-real” en la comunidad de negocios donde los estudiantes aprenden acerca de la aplicación práctica de esas habilidades y también desarrollan un entendimiento de la relación empleador/empleado y trabajo en equipo en el lugar de trabajo. La educación vocacional y entrenamiento recibido serán invaluables preparándolos para el mundo laboral. Estos programas ayudan a estudiantes a involucrarse en Educación de Carreras Técnicas y preparan a los estudiantes con aptitudes comercializables. Las oportunidades en la preparatoria Leo A. Palmiter Jr./Sr. incluyen: Artes Culinarias y Hospitalidad Enfermería, Paisajísmo, y Mantenimiento de Suelo Programa de Construcción del Norte de California (NCCT) Servicios de Viabilidad (WorkAbility) 1

Las oportunidades en las escuelas Comunitarias y de Corte incluyen: Artes Culinarias y Hospitalidad Ocupaciones de Negocios Empresariales Artes Gráficas Programa de Construcción del Norte de California (NCCT)

La lista de arriba esta sujeta a cambios. Los estudiantes de Educación Especial pueden ser elegibles para otros servicios, por favor contacte al Especialista Vocacional de Educación Especial de SCOE al 228-2005. Recuerde: Su educación de preparatoria y vocacional son peldaños para avanzar a su carrera u ocupación elegida. Una educación contínua es esencial para recibir los cambios y retos que enfrentará en la sociedad de hoy. 4

REQUISITOS DE GRADUACION Consistente con reciente legislación y la sección del Código de Educación 51225.3, la Junta de Educación del Condado de Sacramento establece los siguientes requerimientos básicos para los estudiantes servidos en nuestros programas quienes son candidatos para una diploma de preparatoria. REQUERIMIENTOS DE CURSOS DE ESTUDIO APROBADOS POR SCOE Para completar exitosamente los requerimientos de graduación y obtener un diploma de preparatoria através de la Oficina de Educación del Condado de Sacramento, cualquier estudiante necesitará tener un total de 220 créditos de semestre así como pasar el Examen de Egreso de la Preparatoria del Estado de California requerido (sección del Codigo de Educación 60851), a menos que este exento por la sección del Codigo de Educación 60852.3, o reciba una exención local por la sección del Codigo de Educación 60851(c)(1). Los estudiantes deberán de obtener créditos en las siguientes areas: MATERIA

AÑOS

SEMESTRES

CREDITOS

Inglés Matemáticas (Algebra I completada1) Educación Física (a menos que este exento por la ley) Biología Física

4 2 2 1 1

8 4 4 2 2

40 20 20 10 10

Historia de los Estados Unidos Historia del Mundo Economía Gobierno Estadounidense/Educación Cívica

1 1 ½ ½ 1 ½

2 2 1 1 2 1

10 10 5 5 10 5 75

½

1

5

1

2

10

Artes Visuales y Escénicas2 Salud Materias Optativas Requerimientos Adicionales a ser completados como materias optativas: •Conocimientos Informáticos o competencia demostrada de acuerdo a la aprobación del profesor(a) •Requerimiento de Exploración de Carreras y Aprendizaje através de Servicio (20 horas incluídas)

TOTAL DE CREDITOS REQUERIDOS

2203

Los requerimientos de cursos delineados arriba son consistentes con el énfasis de los programas de SCOE (Escuelas Juveniles de Corte, Escuelas Comunitarias, y Educación Especial: • Para proveer oportunidades educacionales a estudiantes referidos a nuestros programas debido a necesidades especiales las cuales no pudieron ser cumplidas a nivel del distrito; y • Para permitirle a esos estudiantes regresar y participar en programas en sus distritos escolares locales. Por el Código de Educación 51224.5(b), al menos un curso o una combinación de dos cursos en matemáticas deberá de cumplir o superar el rigor de los estándares de contenido para Algebra I. El requerimiento de Algebra I puede ser completado en el 7mo u 8vo grado. Este requerimiento puede ser satisfacido si el estudiante ha completado un año de estudio de lenguaje extranjero conforme a la sección del Código de Educación 51225.3(a)(1)(E). 3 Por el Código de Educación 51225.1, bajo ciertas circunstancias, un estudiante en acogida temporal/ubicación fuera-del-hogar/estatus de dependencia, o un estudiante que esta experimentando falta de hogar, puede tener requerimientos de curso reducidos. 1 2

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COMO SE OBTIENEN CREDITOS DE PREPARATORIA? Se pueden obtener cinco unidades de crédito por semestre al completar exitosamente cada clase. Para obtener créditos por una clase, los estudiantes deben de tener un mínimo de una nota de “D-“ o de “aprobado”. Los estudiantes matrículados en un programa por menos de un semestre completo deberán recibir créditos parciales por trabajo exitosamente completado en cada clase, a como se determine por el profesor(a) del salon de clases. Los créditos parciales son obtenidos basados en un índice de 0.5 créditos por cada 7 períodos de clases asistidos en una materia en la cual un estudiante tiene una nota de aprobado. Un estudiante puede obtener unidades en clases optativas, estudio independiente, asignaciones de experiencia laboral, y el ROP basados en el mismo índice de crédito pacial de 0.5 a 7. Los estudiantes que deseen aprender habilidades vocacionales en anticipación de ir a trabajar después de graduarse de la escuela pueden tener una oportunidad única de asistir al ROP del Condado de Sacramento. El ROP ofrece numerosos programas de entrenamiento de educación vocacional, los cuales pueden proveer a los estudiantes las habilidades que necesitan para ir inmediatamente a trabajar y enfocarse en una trayectoria profesional. Esos estudiantes interesados en entrenamiento en el ROP deberían de contactar al personal de la escuela para obtener una descripción breve de los cursos disponibles. Estos programas estan diseñados específicamente para estudiantes en sus penúltimo y ultimo años de preparatoria. (Ver Oportunidades de Educación de Carreras Técnicas en la página 4.)

REQUERIMIENTOS DEL EXAMEN DE EGRESO DE LA PREPARATORIA DE CALIFORNIA (conocido en Inglés como CAHSEE) ¿Qué es el CAHSEE? Todos los estudiantes de escuelas públicas de California estan requeridos a pasar el CAHSEE y cumplir con todos los requerimientos estatales y locales para obtener un diploma de preparatoria, a menos que esten exentos de acuerdo a la sección del Código de Educación 60852.3, o a menos que reciban una exención local de acuerdo a la sección del Código de Educación 60851(c)(1). El propósito del CAHSEE es mejorar el aprovechamiento académico en preparatoria y asegurar que los estudiantes graduandose puedan demostrar un grado de nivel de competencia en Lengua y Literatura en Inglés y matemáticas, a como esta definido en los Estándares de Contenido Académico del Estado de California. ¿Que materias evalua el CAHSEE? El CAHSEE evalua el desempeño en Lengua y Literatura en Inglés y matemáticas. En matemáticas, toma de los estándares en sexto y séptimo grados, así como de Algebra I, el cual es un curso requerido para la graduación de preparatoria. La porción de Lengua y Literatura en Inglés toma de los estándares hasta el décimo grado. ¿Cuantas oportunidades tienen los estudiantes para pasar el CAHSEE? Todos los estudiantes son requeridos a tomar el CAHSEE por primera vez en el décimo grado. Los estudiantes que no pasan una o ambas partes del examen en décimo grado tienen hasta dos oportunidades en el onceavo grado y entre tres y cinco oportunidades en el doceavo grado para volver a tomar la(s) parte(s) del examen que todavía no han pasado. ¿Que pasa si estudiantes no pasan el CAHSEE? Los distritos escolares pueden proveer instrucción intensiva y servicios a estudiantes que no pasan una o ambas partes del CAHSEE al final del doceavo grado por hasta dos años académicos consecutivos después de completar el doceavo grado o hasta que pasen ambas partes del CAHSEE, cualquiera sea primero. Los padres/tutores legales son animados a contactar la escuela de su hijo(a) para obtener información en los programas ofrecidos.

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ALTERNATIVAS Y OPCIONES PARA OBTENER UN DIPLOMA DE PREPARATORIA O SU EQUIVALENTE La ley de California requiere que los estudiantes de preparatoria tomen un examen escrito para obtener un diploma de preparatoria, un certificado de competencia, o un certificado de equivalencia de educación secundaria. Las alternativas son: EXAMEN Examen de Egreso de la Preparatoria de California (conocido en inglés como CAHSEE) Examen de Suficiencia de la Escuela Preparatoria de California (conocido en inglés como CHSPE)

Examen de Equivalencia de la escuela Preparatoria (HiSET, GED, o TASC)

REQUERIMIENTOS DE ELIGIBILIDAD

QUE ES EVALUADO

Debe de estar trabajando en un diploma de preparatoria y estar matrículado en una escuela pública de California en los grados 10,11 o 12 o debe de estar matrículado en una escuela de adultos operada por una agencia educacional local (LEA)

Debe tener al menos 16 años de edad, haber completado un año del décimo grado o completará un año del décimo grado al final del semestre durante el cual la siguiente administración regular se conducirá.

Grado 10, Lengua y Literatura en Inglés (ELA) Grados 6 y 7 Matemáticas y Algebra 1 (15% de los artículos de matemáticas) Grado 12 Lengua y Literatura en Inglés (ELA), Grado 10 matemáticas (incluye Algebra 1, Geometría)

CUANDO EL EXAMEN RESULTADO ES ADMINISTRADO Julio, Octubre, Diploma de Noviembre, preparatoria de Diciembre, California Febrero, Marzo y Mayo

Octubre, Marzo (Junio)

Certificado de Competencia (equivalente al diploma de preparatoria de California)

Debe de ser un residente de California o un Lengua y Administraciones Certificado de miembro de las fuerzas armadas y reunir Literatura en continuas del equivalencia de uno de los siguientes cuatro criterios: Inglés (ELA) de examen preparatoria de preparatoria California 1. Debe de tener 18 años de edad o ser (SCOE administra (lectura y mayor de 18 o dentro de 60 dias de su (equivalente al el HiSET a sus escritura), 18vo cumpleaños (sin considerar el diploma de estudiantes) Matemáticas, preparatoria de estatus de matrícula escolar) Ciencias, California para 2. Debe de estar dentro de 60 dias de Estudios Sociales el propósito de graduación de preparatoria si reunir los permanence en la escuela y siguiendo el requisitos de curso de estudio usual. No puede estar empleo) matriculado en una escuela pública. 3. Debe de tener 17 años de edad, debe de haber estado fuera de la escuela por al menos 60 dias escolares consecutivos, y proveer una carta de solicitud para el examen de las fuerzas armadas, una institución de educación superior o empleador potencial. 4. Debe de tener 17 años de edad, encarcelado en una facilidad correccional del estado de California o del condado, y reunir 4 criterios adicionales. 5. Debe de tener 17 años de edad, haber acumulado menos de 100 créditos, completado exitosamente un programa académico provisto por una escuela preparatoria de recuperación de abandono escolar.

También puede completar los requerimientos para la graduación de preparatoria asistiendo a Programas de Educación para Adultos. Si tiene más preguntas acerca de la educación de preparatoria y requerimientos específicos de graduación, por favor contacte al consejero o administrador de la escuela.

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REGLAS SOBRE LOS LOGROS, ASISTENCIA Y SUSPENCION/EXPULSION DEL ESTUDIANTE DE LA OFICINA DE EDUCACION DEL CONDADO DE SACRAMENTO LOGROS DEL ESTUDIANTE

Los logros de cada estudiante deberan ser evaluados, y la evaluación deberá de ser anotada al final de cada semestre através de boletines. Los resultados de la evaluación deberan de ser reportados al padre de familia/tutor legal, o estudiante, si es apropiado. Un profesor(a) del salon de clases iniciará una notificación de deficiencia cuando un estudiante esté en peligro de no pasar una clase. Los siguientes factores serán considerados: Factores académicos  No cumple con los trabajos de clase/tarea  Exhibe muy poco esfuerzo Otros factores  Ausencias frecuentes  Tardanzas frecuentes  Hábitos de estudio pobres  Falla en usar el tiempo de clase sabiamente  Conducta del estudiante

ASISTENCIA

Todos los estudiantes estan sujetos a una educación obligatoria de tiempo completo. Un estudiante que este ausente sin una excusa válida o llegue tarde en exceso de 30 minutos por más de tres días es considerado ausente sin permiso. Un estudiante es considerado ausente sin permiso de manera habitual cuando se le reporte como ausente sin permiso tres o mas veces por año escolar. Los estudiantes considerados habitualmente ausentes sin permiso serán reportados al administrador y pueden ser referidos a un periodo de prueba/libertad condicional. Vea el Código de Educación §§ 48260.5 y 48263 respectivamente.

SUSPENSION/EXPULSION

Se espera que todos los los estudiantes sigan las reglas y regulaciones de la escuela y del salon de clases. Los estudiantes que violen las reglas y regulaciones deberán de ser sujetos a procedimientos disciplinarios de la escuela en la cual estén matriculados. Los estudiantes están sujetos a procedimientos de suspensión/expulsión por violar el Código de Educación §§ 48900 en cualquier momento, incluyendo pero no limitado a lo siguiente: 1) Mientras esten en el area de la escuela 2) Mientras vayan o vengan de la escuela 3) Durante el período de almuerzo, así sea dentro o fuera de las instalaciones 4) Durante, o mientras vaya o venga de, una actividad patrocinada por la escuela 8

RAZONES PRINCIPALES PARA LA SUSPENSION (E.C. § 48900 et seq.) A

1. Causó, intentó causar, o amenazó con causar daño físico a otra persona. 2. Obstinadamente usó fuerza o violencia en otra persona, excepto en defensa propia.

B

Poseyó (sin previa autorización por escrito), vendió, o de otra manera proveyó un arma de fuego, cuchillo, explosivo, u otro objecto peligroso.

C

Iegalmente poseyó, usó, vendió, o de otra manera proveyó, o ha estado bajo la influencia de, una sustancia controlada enumerada en el Código de Salud y Seguridad, empezando con la sección 11053; una bebida alcohólica; o un intoxicante de cualquier clase.

D

Ilegalmente ofreció o arregló o negoció vender cualquier SUSTANCIA CONTROLADA a como se define en el comienzo de la Sección 11053 del Código de Salud y Seguridad, bebida alcohólica, o intoxicante de cualquier clase, y de cualquier manera vendió, entregó, o de otra manera proveyó a una persona otro líquido, sustancia, o material como una sustancia controlada, bebida alcohólica, o intoxicante.

E

Cometió o intentó cometer robo o extorsión.

F

Causó o intentó causar daño a la propiedad de la escuela o la propiedad privada.

G

Robó o intent robar propiedad de la escuela o propiedad privada.

H

Poseyó o usó tabaco, o productos conteniendo tabaco o productos de nicotina, incluyendo, pero no limitados a, cigarros, puros, cigarros miniaturas, cigarros aromáticos, tabaco sin humo, tabaco en polvo, paquetes de masticar, y betel.

I

Cometió un acto obsceno o participó en profanidad habitual o vulgaridad.

J

Ilegalmente poseyó o ilegalmente ofreció, arregló, o negoció vender parafernalia de drogas, a como se define en Sección 11014.5 del Código de Salud y Seguridad.

K

L

Interrumpió actividades de la escuela o de otra manera obstinadamente desafió la autoridad válida de supervisores, profesores, oficiales de la escuela, u otro personal de la escuela participando en el desempeño de sus funciones. Intecionadamente recibió propiedad robada de la escuela o propiedad robada privada.

M

N

O

Poseyó una imitación de arma de fuego. “Imitación de arma de fuego” significa una réplica de un arma de fuego que es tan sustancialmente similar en propiedades físicas a un arma de fuego existente que puede llevar a concluir a una persona razonable que la replica es un arma de fuego. Cometió o intentó cometer un asalto sexual a como se define en la Sección 261, 266c, 286, 288, 288a, o 289 del Código Penal o cometió una agresión sexual a como se define en la Sección 243.4 del Código Penal. Acosó, amenazó, o intimidó a un alumno quién es un testigo que se queja o un testigo en un procedimiento disciplinario escolar con el propósito de prevenir que ese alumno fuera un testigo o tomando represalia contra ese alumno por ser un testigo, o ambos.

P

Ilegalmente ofreció, arregló vender, negoció para vender, o vendió la droga de prescripción SOMA.

Q

Se involucró, o intentó involucrarse en, novatada maliciosa. “Novatada Maliciosa – hazing” significa un método de iniciación o preiniciación a un cuerpo u organización de alumnos, ya sea que la organización/el cuerpo sea o no oficialmente reconocido por una institutción educacional, la cual probablemente ocasione serio daño corporal o degradación personal o deshonra resultando en daño físico o mental a un alumno anterior, actual, o futuro. “Novatada Maliciosa” no incluye los eventos sancionados por la escuela.

R

S

Se involucró en un acto de abuso (bullying), incluyendo pero no limitado a, abuso cometido por medios de un acto electrónico, incluyendo uno o mas actos cometidos por un alumno o grupo de alumnos a como se define en las Secciones 48900.2, 48900.3, or 48900.4, dirigidas específicamente hacia uno o mas alumnos o personal de la escuela. (Ver la sección 48900(r).) Un alumno puede ser suspendido o expulsado por actos que son enumerados en esta sección y relacionados a actividades/asistencia de la escuela, incluyendo: 1) mientras se encuentre en el terreno de la escuela; 2) mientras vaya o venga de la escuela; 3) durante el período de almuerzo ya sea que este o no en las instalaciones; 4) durante, o mientras va o viene de, una actividad patrocinada por la escuela.

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T

Un alumno que ayuda o es cómplice de la imposición o el intento de imposición de daño físico a otra persona puede ser sujeto a suspensión. Ver el Codigo de Educación Sección 48900(t) para la citación completa.

U

A como se usa en el Código de Educación, “propiedad de la escuela” incluye, pero no esta limitado a archivos electrónicos y bases de datos.

V

Un superintendente/director puede usar discreción para proveer alternativas a la suspensión/expulsión.

W

Alternativas a la suspensión/expulsión seran impuestas contra un alumno que se ausenta sin permiso, llega tarde o se ausenta de actividades escolares.

Razones adicionales para suspensión o expulsión: EC 48900.2 ACOSO SEXUAL. Si el __

superintendente o director de la escuela en la cual el alumno esta matriculado determina que el alumno ha cometido acoso sexual a como se define en el Código Penal 212.5 (Grados 4-12).

__

EC 48900.3 VIOLENCIA DE ODIO. Si el alumno ha causado, intentado causar, amenazado con causar, o participado en un acto de, violencia de odio, a como se define en la subdivisión (e) de la sección 233 (Grados 4-12)

__

EC 48900.4 ACOSO, AMENAZAS, O INTIMIDACION. Intencionalmente se involucró en acoso, amenazas, o intimidación, dirigidas en contra del personal del distrito escolar o alumnos, que sea suficientemente severo o dominante el cual tenga el efecto real o razonablemente esperado de materialmente interrumpir trabajo en el salon de clases, crear desorden sustancial, e invadir los derechos ya sea del personal de la escuela o de los alumnos al crear un ambiente educacional intimidante o hostil. (Grados 4-12)

__

EC 48900.7 AMENAZAS DE TERRORISMO hechas en contra de oficiales de la escuela, propiedad de la escuela, o ambas. POR FAVOR NOTE: Durante el período de suspensión, el estudiante no debe de estar en o cerca de las instalaciones de la escuela y debe permanecer en casa a menos que este bajo la supervisión directa del padre de familia/tutor legal

OFICINA DE EDUCACION DEL CONDADO DE SACRAMENTO REGULACIONES DE LA ESCUELA COMUNITARIA ASISTENCIA

A los estudiantes matriculados en el programa del salon de clases de la Escuela Comunitaria se les require asistir a la escuela diariamente. La única manera de obtener un “dia escolar” exitoso es: ♦ Asistiendo a la escuela ♦ Desempeño académico satisfactorio en cada clase ♦ Comportamiento satisfactorio en cada clase

Ausencias Justificadas – un estudiante puede ser excusado de la escuela por las siguientes razones solamente: ♦ Citas médicas, dentales, quiroprácticas y con el optometrista ♦ Servicios funerarios (solamente miembros de la familia inmediata) ♦ Cuarentena ♦ Enfermedad/lesión ♦ Comparecencia en la corte regional ♦ Razón personal justificable Si un estudiante va a estar fuera de la escuela por una de las ausencias justificadas listadas arriba, un padre de familia/tutor legal debe de llamar a la escuela antes de las 8:30 a.m. ese dia. Las llamadas telefónicas de estudiantes no serán aceptadas a menos que tengan 18 años de edad o más, o hayan presentado documentación legal y son sus propios portadores de derechos educacionales. Ausencias No Justificadas– los estudiantes no deberían de tener ningunas ausencias injustificadas. Los padres de familia/tutores legales serán notificados de cualquier ausencia injustificada. El servicio de libertad provisional y otras agencias, segun corresponda, serán también notificados. Tardanza – Se espera que los estudiantes lleguen a la escuela a tiempo. Es reponsabilidad del padre de familia/tutor legal ver que el estudiante este en la escuela diariamente. Para ayudar a los estudiantes a evitar la tardanza, por favor vea que su hijo(a) llegue a la escuela a tiempo cada mañana, ya sea que tome el bus, viaje con un amigo, camine a la escuela, o usted lo vaya a dejar. NOTA: Si usted esta recibiendo dinero del Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS) para su hijo, es imperativo que el/ella asista a la escuela a diario. Las reglas generales afirman que un estudiante debe de mantener un índice de assistencia del 90% o mejor cada mes. El Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS) será notificado de cualquier estudiante cuya asistencia baje por debajo del 90% en cualquier mes, y el DHHS responderá en consecuencia. 10

PROGRAMAS DE PREPARATORIA OFRECIDOS POR LA OFICINA DE EDUCACION DEL CONDADO DE SACRAMENTO

Escuelas Comunitarias Academia LINKS del Club de Niños & Niñas (916) 228-2090 Program de Intervención CARE (916) 228-2341 Gerber Jr./Sr. High School (916) 228-2090 Elinor Lincoln Hickey Jr./Sr. High School (916) 228-2074/2080 Escuela Comunitaria North Area (916) 228-2073

Escuelas Correcional de Menores El Centro Jr./Sr. High School (916) 228-2525 Morgan Jr./Sr. High School (916) 228-2317

Programas de Educación Especial/Emocionalmente Perturbado Leo A. Palmiter Jr./Sr. High School (916) 228-2020 Galt High School (209) 745-5424

Programas Ocupacionales Regionales Centro de Información de Carreras (916) 228-2454

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Oficina de Educación del Condado de Sacramento 2015-16 NOTIFICACION ANUAL DE LOS PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA (UCP) Para estudiantes, empleados, padres de familia/tutores legales de sus estudiantes, escuela, y comites asesores de oficinas de educación, oficiales o representantes apropiados de escuelas privadas, y otras partes interesadas: SCOE tiene la responsabilidad principal de asegurar el cumplimiento de leyes y regulaciones estatales y federables aplicables y ha establecido procedimientos para abordar alegaciones de discriminación ilegal, acoso, intimidación y abuso (bullying), (incluyendo ciberabuso) en los programas educacionales de SCOE, y quejas alegando violación de leyes estatales o federales que gobiernan los programas educacionales. SCOE deberá investigar y buscar resolver quejas usando reglas y procedimientos conocidos como los Procedimientos Uniformes de Quejas (UCP) adoptados por nuestra junta local. Quejas de discriminación ilegal, acoso, intimidación y abuso (bullying), (incluyendo ciberabuso) pueden estar basadas en características reales o percibidas incluyendo: discapacidad física o mental, información genética, género, identidad de género, expresión de género, origen nacional, nacionalidad, raza o etnicidad, color, ancestros, identificación de grupo étnico, edad, estatus marital o parental, religión, sexo, orientación sexual, y/o asociación con una persona o grupo con uno o más de estas característicals reales o percibidas, en cualquier programa o actividad que reciba o se beneficie de asistencia financiera estatal. El UCP deberá también de ser usado cuando se atiendan quejas alegando falta de cumplimiento de las leyes estatales y/o federales en Educación de Adultos, Programas Consolidados para la Ayuda o Asistencia por Categorías, Educación para Estudiantes Migratorios, Educación de Carreras Técnicas y Programas de Entrenamiento, Programas para el Cuidado y Desarrollo de Niños, Programas de Nutrición Infantil, Programas de Educación Especial, Requerimientos de Planes de Seguridad, y el cobro ilegal de tarifas de estudiantes en actividades educacionales. Las quejas deben de ser presentadas por escrito con el siguiente official de cumplimiento: Vice Superintendente (Deputy Superintendent) P.O. Box 269003, Sacramento, California 95826 916-228-2409 Una queja deberá ser iniciada a más tardar antes que se cumplan seis meses de la fecha cuando la presunta discriminación, acoso, intimidación o abuso (bullying) ocurrió, o seis meses de la fecha cuando el demandante obtuvo primero conocimiento de los hechos de la presunta discriminación, acoso, intimidación, o abuso (bullying), a menos que el tiempo para presentar la demanda sea extendido por el superintendente o su persona designada. Las quejas seran investigadas y una decisión escrita o reporte será enviado al demandante dentro de sesenta (60) dias del recibo de la queja. Este período de sesenta (60) dias puede ser extendido por arreglo escrito del demandante. La persona de SCOE responsable de 12

investigar la queja deberá conducir y, completar la investigación de acuerdo con las Regulaciones del Código de California, Título 5, (5 CCR) secciones 4600-4671, y de acuerdo con los procedimientos locales adoptados bajo 5 CCR 4621. El demandante tiene el derecho de apelar la decisión de SCOE con el Departamento de Educación de California (CDE) presentando una apelación por escrito dentro de 15 dias de recibir la decisión de SCOE. La apelación debe incluir una copia de la queja presentada a SCOE y una copia de la decisión de SCOE. Los recursos de la ley civil pueden estar disponibles bajo leyes estatales o federales de discriminación, acoso, intimidación, o abuso (bullying), si es applicable. En casos apropiados, una apelación puede ser presentada de acuerdo al Código de Educación Secion 262.3. Un demandante puede perseguir recursos de ley civil disponibles fuera de los procedimientos de queja de SCOE. Los demandantes puede buscar asistencia de centros de mediación o abogados públicos/privados. Los recursos de ley civil que pueden ser impuestos por una corte incluyen, pero no estan limitados a, requerimientos y ordenes de restricción. Una copia de las reglas y procedimientos de quejas de UCP de SCOE deberá de estar disponible grátis.

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1000 – RELACIONES COMUNITARIAS

PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA

ARR 1312.3 Página (1 de 8) Estos Procedimientos de Queja Uniforme deberán de ser usados para investigar y resolver quejas alegando violación de leyes federales o estatales a como se especifíca en BP 1321.3 y se discute a continuación. I.

Oficial de Cumplimiento o Persona Designada La Oficina de Educación del Condado de Sacramento (SCOE) ha designado al siguiente Oficial de Cumplimiento o persona designada para recibir e investigar quejas y asegurar el cumplimiento de SCOE con la ley: Vice Superintendente (o cualquier otra persona designada por las Escuelas de Superintendentes del Condado de Sacramento. (Superintendente), 10474 Mather Boulevard, Mather, CA 95655, P.O. Box 269003, Sacramento, CA 95826-9003; (916) 228-2409. El Oficial de Cumplimiento o persona designada deberá de mantener un record de cada queja y acciones subsecuentes relacionadas, a como es requerido por la ley, incluyendo toda la información requerida para el cumplimiento del Título 5, Regulaciones del Código de California secciones (5 CCR) 4631 y 4633 (ver, por ejemplo, Código de Educación sección (EC) 234.1). El Superintendente o persona designada debera asegurar que los empleados designados a investigar las quejas conozcan las leyes y programas por los cuales son responsables. Los empleados designados pueden tener acceso a consejo legal a como se determine por el Superintendente o la persona asignada. (5 CCR 4621)

II.

Notificaciones Las reglas de Procedimientos Uniformes de Quejas y regulación administrativa de SCOE deberan de estar publicadas en todas las escuelas y oficinas, incluyendo los salones del personal y los salones de reunión del gobierno estudiantil. Si el 15 por ciento o más de los estudiantes matriculados en una escuela particular hablan un mismo lenguaje nativo aparte del Inglés, las reglas, regulaciones, formularios y notificaciones de SCOE concernientes a los Procedimientos Uniformes de Quejas deberan de ser traducidos a ese lenguaje. (EC 234.1, 48985) El Superintendente o persona designada deberá proveer anualmente notificación de los Procedimientos Uniformes de Quejas a los estudiantes, empleados, padres de familia/tutores legales, Comitees asesores de SCOE/escuelas, oficiales o representantes de escuelas apropiados, y otras partes interesadas. La notificación contendrá información acerca de los procedimientos de quejas de SCOE, apelaciones disponibles, recursos de la ley civil, y condiciones bajo las cuales una queja pueda ser tomada directamente al Departamento de Educación de California (CDE). Copias de los Procedimientos Uniformes de Quejas estan disponibles grátis. (EC 262.3, 49013; 5 CCR 4622)

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA III. Alcance de los Procedimientos Uniformes de Quejas A.

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SCOE tiene la responsabilidad principal de asegurar el cumplimiento de leyes y regulaciones estatales y federables aplicables que gobiernan programas educacionales. Los Procedimientos Uniformes de Quejas deberan de ser usados para abordar quejas que aleguen que SCOE ha violado leyes o regulaciones federales o estatales que gobiernan programas académicos y educacionales, incluyendo: 1. Programas Consolidados para la Ayuda o Asistencia por Categorías (EC 64000(a)); 2. Educación de Carreras Técnicas (EC 52300- 52480); 3. Educación de Adultos (EC 8500-8538 and 52500-52616.4); 4. Programas de Nutrición Infantil (EC 49490-49570); 5. Programas para el Cuidado y Desarrollo de Niños (EC 8200-8493); 6. Programas de Educación Especial (EC 56000 et seq.,59000-59300).(5 CCR 4610)

B.

SCOE también usara sus Procedimientos Uniformes de Quejas cuando aborde alegaciones de: 1. Discriminación illegal, acoso, intimidación, retaliación, o abuso (bullying) en base a cualquier característica real o percibida en EC 200 y 220, Código de Gobierno sección 11135, o Código Penal sección 422.55 incluyendo: edad, sexo, orientación sexual, género, identidad de género, expresión de género, informacion genética, etnicidad, raza, ancestros, origen nacional, identificación de grupo étnico, nacionalidad, religión, color, o discapacidad mental o física; o en base a la asociación de una persona con una persona o grupo con una o mas de estas caraterísticas reales o percibidas en cualquier programa o actividad conducida por una agencia local que sea financiada por, o recibe o se beneficia de, cualquier asistencia financiera estatal. (5 CCR 4610) 2. Violaciones de las Reglas de la Junta de SCOE prohibiendo discriminación, acoso, intimidación, o abuso (bullying) en los programas educacionales de SCOE. 3. La falta de cumplimiento de la prohibición de requerir a los estudiantes a pagar tarifas, depósitos, u otros cargos para participar en actividades educacionales. (EC 49013) 15

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA

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4. La falta de cumplimiento de los requerimientos de planes de seguridad de la escuela. (EC 32289) 5. La falta de cumplimiento de los requerimientos acerca de los Planes de Responsabilidad de Control Local. (EC 52075) C.

Estos Procedimientos Uniformes de Queja pueden también ser usados para presentar quejas a SCOE o para apelar las decisiones de SCOE que conciernen la discriminación ilegal en los programas educacionales de SCOE bajo ley federal, incluyendo: 1. La sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 o Título II de la Ley de los Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA) para cargos de discriminación basados en discapacidad físical o mental; 2. Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 para cargos de discriminación basados en sexo, incluyendo cargos de acoso sexual.

D.

Las siguientes quejas no estan sujetas a los Procedimientos Uniformes de Quejas de SCOE y deberan ser remitidas a agencias específicas para su resolución: 1. Las alegaciones de abuso de menores deberan ser remitidas al Departamento de Servicios de Protección de Menores del Condado que corresponda o a la agencia del orden público apropiada. 2. Quejas de salud y seguridad acerca de un Programa de Desarrollo Infantil deberan de ser remitidas a la Secretaría de Salubridad y Asistencia Pública del Condado de Sacramento para instalaciones con licencia y al administrador regional de Desarrollo Infantil apropiado para instalaciones exentas de licencia. 3. Las alegaciones de discriminación ilegal de empleo deberan de ser enviadas al Departamento de Igualdad en el Empleo y la Vivienda (DFEH) del Estado de acuerdo a 22 CCR 98410. El demandante deberá de ser notificado por correo ordinario de cualquier transferencia del DFEH. 4. Las alegaciones de fraude deberan de ser remitidas al Director de División de CDE. (5 CCR 4611)

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA IV.

Procedimientos

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A. Paso 1: Presentación de Queja 1.

Cualquier individuo, agencia pública, u organización puede presentar una queja por escrito de presunto incumplimiento de las leyes o regulaciones federales o estatales gobernando programas educacionales enumerados en 5 CCR 4610(b). (5 CCR 4630)

2.

Una queja sobre discriminación ilegal, acoso, intimidación, retaliación, o abuso (bullying) puede ser presentada solo por la persona que alega que el/ella personalmente sufrió de discriminación ilegal, acoso, intimidación, retaliación, o acoso (bullying) o por una persona que cree que un individuo o clase específica de individuos ha sido sujeto a ello. La identidad del demandante será mantenida confidencial a como sea apropiado.

3.

Una queja deberá de ser iniciada a más tardar seis meses de la fecha cuando la alegada discriminación, acoso, intimidación, retaliación, o abuso (bullying) ocurrió, o seis meses de la fecha cuando el demandante obtuvo primero conocimiento de los hechos de la alegada discriminación, acoso, intimidación, retaliación, o abuso (bullying). Sin embargo, por solicitud escrita del demandante, el Superintendente o persona designada puede, por buena causa, extender por escrito el período de presentar la demanda por hasta 90 dias del calendario. (5 CCR 4630)

4.

Una queja alegando incumplimiento de la ley que prohíbe a los estudiantes pagar tarifas de estudiantes debe de ser presentada dentro de un año de la violación alegada. (5 CCR 4630)

5.

Las quejas de tarifas de estudiantes y LCAP pueden ser presentadas anónimamente si el demandante provee evidencia o información que conduzca a evidencia que apoye una alegación de incumplimiento. (EC 49013, EC 52075)

6.

Excepto por las quejas acerca de tarifas de estudiantes, la queja deberá de ser presentada al Oficial de Cumplimiento o la persona designada quién mantendrá un registro de las quejas recibidas, proveyendo a cada una un número de código y un sello con la fecha.

7.

Si un demandante no puede poner una queja por escrito debido a condiciones tales como una discapacidad o analfabetismo, el personal de SCOE deberá de asistir lo/la en la presentación de la queja. (5 CCR 4600)

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA

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B. Paso 2: Mediación 1. Después del recibo de la queja por escrito, si se considera apropiado, el Oficial de Cumplimiento o la persona asignada de SCOE puede discutir informalmente con todas las partes la posibilidad de usar mediación. Si las partes estan de acuerdo con la mediación, el Oficial de Cumplimiento o persona designada deberá hacer todos los arreglos para el proceso. 2. Antes de iniciar la mediación de una queja alegando discriminación, acoso, intimidación, o abuso (bullying), el Oficial de Cumplimiento o la persona designada deberá de asegurar que todas las partes esten de acuerdo de dar a conocer al mediador la información confidencial relacionada. 3. Si el proceso de mediación no resuelve el problema dentro de los parámetros de la ley, el Oficial de Cumplimiento o persona designada deberá de proceder con su investigación de la queja. La mediación no puede extenderse a la línea de tiempo de 60 dias para la investigación y resolución de la queja a menos que el demandante este de acuerdo, por escrito, con la extensión. C. Paso 3: Investigación de la Queja 1. Dentro de 30 dias de recibir la queja, el Oficial de Cumplimiento o persona designada deberá de proveer al demandante y/o su representante una oportunidad para presentar cualquier evidencia, o información que conduzca a evidencia, para apoyar las alegaciones en la queja. El Oficial de Cumplimiento o persona designada también debera de reunir los documentos y entrevistar a los testigos con la información pertinente a la queja. 2. La negativa de un demandante de proveer al Oficial de Cumplimiento o la persona designada de SCOE los documentos u otra evidencia relacionada con las alegaciones en la queja, falta o negativa en cooperar en la investigación, o envolvimiento en cualquier otra obstrucción de la investigación puede resultar en la desestimación de la queja debido a una falta de evidencia que apoye la alegación. (5 CCR 4631) 3. De acuerdo con la ley, SCOE deberá proveer al Oficial de Cumplimiento o persona designada acceso a los records y otra información relacionada a la alegación en la queja y no deberá de ninguna manera obstruir la investigación. La falta o negativa de SCOE de cooperar en la investigación puede resultar en un veredicto basado en evidencia reunida de que una violación ha ocurrido y en la imposición de una compensación a favor del demandante. (5 CCR 4631)

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA

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4. Las investigaciones de quejas de discriminación, acoso, intimidación, retaliación, y abuso (bullying) deberan de ser conducidas en una manera que proteja la confidencialidad de las partes y la integridad del proceso. (5 CCR 4630) D. Paso 4: Respuesta por Escrito A menos que sea extendido con un acuerdo por escrito con el demandante, dentro de 60 dias de recibida la queja, el Oficial de Cumplimiento o la persona designada de SCOE deberá preparar y enviar al demandante un reporte escrito de la decisión de SCOE, a como se describe en el Paso 5 abajo. E. Paso 5: Decisión Escrita Final La decisión de SCOE deberá de ser por escrito y envíada al demandante. La decisión deberá ser escrita en Inglés y en el lenguaje del demandante siempre que sea posible o requerido por la ley. Para todas las quejas, el reporte deberá incluir: 1. Los hallazgos de los hechos basados en la evidencia acumulada, 2. conclusión(es) de la ley, 3. disposición de la queja, 4. el razonamiento para tal disposición, 5. acciones correctivas, si alguna es justificada, incluyendo cualquier compensación de tarifas de estudiantes, 6. notificación del derecho del demandante de apelar la Decisión de SCOE dentro de 15 dias con el CDE, 7. procedimientos a ser seguidos para iniciar una apelación con el CDE.(5 CCR 4631) Además, cualquier decisión con respecto a una queja de discriminación basada en la ley del Estado deberá de incluir una notificación de que el demandante debe esperar que 60 dias hayan pasado desde la presentación de una apelación con el CDE antes de perseguir recursos de la ley civil. (EC 262.3)

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA

ARR 1312.3 Página (7 de 8) Si una queja alegando incumplimiento de las leyes acerca de los requerimientos de LCAP o tarifas de estudiantes se encuentra que tiene mérito, SCOE deberá proveer una compensación a todos los estudiantes afectados y padres de familia/tutores legales. (EC 49013, EC 52075) Donde sea applicable, esta deberá incluir esfuerzos razonables para asegurar el reembolso total de las tarifas de estudiantes a los estudiantes afectados y padres de familia y tutores legales. (EC 49013)

F. Paso 6. Apelaciones al Departamento de Educación de California Si no se encuentra satisfecho con la decisión de SCOE, el demandante puede apelar por escrito con el CDE dentro de 15 dias de recibir la decisión escrita de SCOE. (5 CCR 4632) Cuando apele con el CDE, el demandante debe de específicar la(s) razón(es) para apelar la decisión de SCOE y si los hechos son incorrectos y/o la ley ha sido usada incorrectamente. La apelación debe de incluir una copia de la queja presentada localmente y la decisión de SCOE. (5 CCR 4632) Luego de la notificación del CDE de que el demandante ha apelado la decisión de SCOE, el Superintendente o la persona designada deberá de remitir los siguientes documentos al CDE: 1. Una copia de la queja original; 2. Una copia de la decisión; 3. Un resumen de la naturaleza y extensión de la investigación conducida por SCOE, si no esta cubierto por la decisión; 4. Una copia del expediente de investigación incluyendo, pero no limitado a, todas las notas, entrevistas, y documentos presentados por todas las partes y reunidos por el Oficial de Cumplimiento o persona designada de SCOE; 5. Un reporte de cualquier acción tomada para resolver la queja; 6. Una copia de los Procedimientos Uniformes de Queja de SCOE; 7. Otra información relevante solicitada por el CDE. (5 CCR 4633) El CDE puede intervenir directamente en una queja sin esperar por acción de SCOE cuando una de las condiciones enumeradas en 5 CCR 4650 exista, incluyendo casos en los cuales SCOE no ha tomado acción dentro de 60 dias de la fecha en que fue presentada la queja con SCOE. (5 CCR 4650) 20

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA VI.

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Recursos de la Ley Civil Un demandante puede perseguir recursos de la ley civil disponibles fuera de los procedimientos de queja de SCOE bajo leyes estatales o federales acerca de discriminación, acoso, intimidación o abuso (bullying). Los demandantes pueden buscar asistencia de centros de mediación o abogados publicos/privados. Los recursos de la ley civil que pueden ser impuestos por una corte incluyen, pero no estan limitados a, requerimientos u ordenes de restricción. La Oficina de los Derechos Civiles, del Departamento de Educación de los Estados Unidos, ejecuta el cumplimiento de la Sección 504, Título II del ADA, Título VI, y Título IX y puede ser contactada para asistencia con quejas relacionadas con estas leyes y sus regulaciones. El Departamento de Igualdad en el Empleo y la Vivienda (DFEH) del Estado y la Comisión Federal para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo son agencias que ejecutan el cumplimiento de las leyes estatales y federales y las regulaciones que protegen a los individuos de la discriminación en el empleo y pueden ser contactadas para asistencia con quejas de discriminación de empleo. Para quejas de discriminación basadas en la ley Estatal, un demandante deberá esperar que hayan pasado 60 dias desde la presentación de una apelación con el CDE antes de perseguir recursos de ley civil, siempre y cuando SCOE haya dado parte apropiadamente y de manera oportuna al demandante de su derecho de presentar una queja de acuerdo a 5 CCR 4622. El retraso no aplica a un mandato judicial y a quejas de discriminación basadas en ley federal.

08/03/92 11/03/92 12/08/92 03/09/95 05/25/95 02/28/03 05/18/03 06/08/07 06/13/07 06/11/13 06/18/13 07/01/13 06/18/14 06/24/14 06/27/14

Borrador Corregido Revisado Corregido Distribuido Revisiones del Borrador Corregido Distribuido al Comité de Reglas Revisado por la Junta Revisado por el Gabinete Revisado por la Junta de Educación Distribución Revisado por el Gabinete Revisado por la Junta Distribución

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Formulario de Procedimientos de Queja (No-Williams)* Apellido________________________________ Nombre(s) ____________________________ Nombre del Estudiante (si aplica)____________________________________________________ Dirección/Apt # _________________________________________________________________ Ciudad _____________________________ Estado ___________ Código Postal _____________ Teléfono en Casa _________________________ Teléfono en Trabajo/Mensaje _______________ Escuela/Oficina de la Violación Alegada ______________________________________________ Usted esta presentando esta queja en nombre de: ⧠Usted mismo ⧠su hijo ⧠otro estudiante ⧠Un grupo ⧠otro ____________________________________(Especifíque) Por favor marque la casilla que se refiera apropidadamente a su queja: ⧠Servicios de Nutrición ⧠Ley Que Ningún Niño se Quede Atras ⧠Discriminación ⧠Acoso (incluyendo Sexual) ⧠Educación Especial ⧠Consejería de Décimo Grado ⧠Intimidación ⧠Desarrollo Infantil ⧠Competencia Limitada de Inglés ⧠Abuso (bullying) ⧠Educación de Migrantes e Indios ⧠Mejora de la Escuela ⧠Garantías de Derechos Civiles ⧠Educación de Adultos ⧠Asistencia y Analisis de Compañeros ⧠Plan de Seguridad de la Escuela ⧠Educación Técnica ⧠Tarifas de Alumnos ⧠Acto de Seguridad en la Escuela ⧠Educación de Prevención ⧠Planes de Responsabilidad Y Prevención de Violencia

del Uso del Tabaco

⧠Educación Compensatoria del Estado

de Control Local ⧠Otro _______________________

Para quejas acerca de discriminación ilegal, acoso, intimidación o abuso (bullying), por favor marque la casilla(s) que reflejan las bases de su queja: ⧠Orientación Sexual ⧠Género ⧠Identidad de Género ⧠Expresión de Género ⧠Etnicidad ⧠Información Genética

⧠Raza ⧠Origen Nacional ⧠Religión ⧠Color ⧠Estatus Marital o Parental ⧠Otro ___________________

⧠Ancestros ⧠Discapacidad Mental o Física ⧠Edad ⧠Sexo ⧠Asociación con cualquiera

de estas Categorias

* Las escuelas tienen un formulario de queja separado para quejas de Williams (es decir, quejas acerca de materiales instruccionales, condiciones de emergencia y urgencias de las instalaciones que presenten una amenaza para la salud y seguridad de los alumnos, y puestos vacantes de los profesores o malas asignaciones). Las escuelas no rechazaran una queja si el formulario no es usado siempre y cuando la queja sea presentada por escrito.

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Destinado 1 at ARR 1312.3

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Formulario de Procedimientos de Queja (No-Williams)* Por favor explique la naturaleza de su queja. Por favor escriba a mano o a máquina. De información detallada tales como la fecha, horas, lugares, tipos de quejas, personas envueltas, y si hubieron algunos testigos. Use el reverso de este formulario o páginas adicionales, si es necesario. ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________

Entregue o envíe por correo el formulario completado a:

Vice Superintendente Oficina de Educación del Condado de Sacramento Dirección Postal: P.O. Box 269003 Sacramento, CA 95826-9003 Dirección Física: 10474 Mather Boulevard Mather, CA 95655 Destinado 1 at ARR 1312.3

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NOTIFICACION A LOS PADRES DE FAMILIA/TUTORES LEGALES, ALUMNOS, Y PROFESORES: DERECHOS DE QUEJA Padres de Familia/Tutores Legales, Alumnos, y Profesores: De acuerdo al Código de Educación sección 35186, usted está notificado por la presente que: 1. Deberían de haber suficientes libros de texto y materiales instruccionales en el salon de clases de su alumno. Para que hayan suficientes libros de textos y materiales instruccionales, cada estudiante, incluyendo los Estudiantes del Idioma Inglés, debe de tener un libro de texto o material instruccional, o ambos, para usar en clase y para llevar a casa. 2. Las instalaciones de la escuela deben de estar limpias, seguras, y mantenidas en buena condición. 3. No deberían de haber puestos vacantes de profesores o malas asignaciones en la escuela de su alumno. Debería de haber un profesor asignado a cada clase y no una serie de sustitutos u otros profesores temporales. El profesor debería de tener la credencial apropiada para enseñar la clase, incluyendo la certificación requerida para enseñar a los estudiantes del Idioma Inglés, si estan presentes. Un puesto vacante de profesor significa una posición para la cual un empleado único certificado designado no ha sido asignada al comienzo del año por un año entero o, si la posición es para un curso de un semestre, una posición para la cual un empleado único no ha sido asignada al comienzo de un semestre por un semestre completo. Las malas asignaciones significan la contratación de un empleado certificado en una posición de docencia o servicios para la cual el empleado no tiene un certificado reconocido legalmente o credencial o la contratación de un empleado certificado en una posición de docencia o servicios para la cual el empleado de otra manera no esta autorizado por ley a tener. 4. Un formulario de queja puede ser obtenido en la oficina de la escuela, o en la Oficina de Educación del Condado de Sacramento (SCOE), o descargada del sitio web: www.scoe.net. Usted puede también descargar una copia del formulario de queja del Departamento de Educación de California del siguiente sitio web: www.cde.ca.gov/re/cp/uc.

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA WILLIAM

ARR 1312.4 Página (1 de 4) La Oficina de Educación del Condado de Sacramento (SCOE) deberá usar los siguientes procedimientos para investigar y resolver quejas cuando el demandante alegue que cualquiera de lo siguiente ha ocurrido en una escuela manejada por SCOE: 1. Libros de texto y materiales instruccionales: a. Un alumno de SCOE, incluyendo un estudiante del Idioma Inglés, no tiene libros de texto alineados con los estándares o materiales instruccionales o libros de textos adoptados por SCOE o por el Estado u otros materiales instruccionales requeridos para usar en clase. b. Un alumno de SCOE no tiene acceso a libros de textos o materiales instruccionales para usar en casa o después de la escuela. c. Los libros de texto o materiales instruccionales de SCOE estan en condición inservible, les faltan páginas, o no se pueden leer debido a daños. d. Se le proveyeron a un alumno de SCOE páginas fotocopiadas de solo una porción de un libro de texto o materiales instruccionales para atender una escasez de libros de texto o materiales instruccionales. (Codigo de Educación sección (EC) 35186; Título 5, Código de Regulaciones de California sección (5 CCR) 4681) 2. Puesto Vacante de Profesor o malas asignaciones: a. Un semestre comienza y un puesto vacante de profesor existe. (1) Un puesto vacante de profesor significa una posición para la cual un empleado único certificado designado no ha sido asignada al comienzo del año por un año entero o, si la posición es para un curso de un semestre, una posición para la cual un empleado único no ha sido asignada al comienzo del semestre por un semestre completo. (EC 35186; 5 CCR 4600) (2) El comienzo del año o del semestre significa que las clases del primer dia necesarias para servir a todos los alumnos matriculados son establecidas con un empleado único certificado asignado para la duración de la clase, pero no mas tarde de 20 dias laborales después del primer dia que los alumnos asisten a clases por ese semestre. (5 CCR 4600) b. Un profesor de SCOE que no tenga credenciales o entrenamiento para enseñar a estudiantes del idioma Inglés es asignado para enseñar una clase con mas de 20 por ciento de estudiantes del idioma Inglés en la clase. c. Un profesor de SCOE es asignado para enseñar una clase para la cual el profesor carece de competencia en la asignatura.

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PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA WILLIAM

ARR 1312.4 Página (2 de 4)

La mal asignación significa la contratación de un empleado certificado en una posición de docencia o servicios para la cual el empleado no tiene un certificado reconocido legalmente o credencial o la contratación de un empleado certificado en una posición de docencia o servicios para la cual el empleado de otra manera no esta autorizado por ley a tener. (EC 35186; 5 CCR 4600, 4682) 3. Instalaciones de SCOE: a. Una condición en una instalación de SCOE crea una emergencia o amenaza urgente para la salud o seguridad de los alumnos o el personal. Una emergencia o amenaza urgente significa que las estructuras de SCOE o los sistemas estan en una condición de crear una amenaza a la salud y seguridad de los alumnos o personal mientras estan en la escuela, incluyendo, pero no limitado a, fugas de gas; sistemas de calefacción, ventilación, extinción de incendios, o aire acondicionado que no funcionan; apagón eléctrico; interrupción grande de la línea de alcantarillado; infestación grande de pestes o plagas; ventanas o puertas exteriores rotas o portones que no se enllavan y que crean un riezgo de seguridad; eliminación de materiales peligrosos previamente sin descubrir que crean una amenaza inmediata para los alumnos y el personal; daño estructural creando una condición peligrosa o inhabitable; o cualquier otra condición que se considere apropiada. (EC 17592.72) b. Un servicio sanitario de una escuela de SCOE no ha sido limpiado, mantenido, o conservado abierto de acuerdo con EC 35292.5. 1) Un servicio sanitario de una escuela limpio o mantenido significa un baño escolar que ha sido limpiado o mantenido regularmente, es totalmente operacional, o ha sido abastecido en todo momento de papel higiénico, jabón, y toallas de papel o secadoras de mano funcionales. (EC 35292.5) 2) Un baño abierto significa, excepto a como sea necesario por la seguridad del alumno o para hacer reparaciones, la escuela ha mantenido todos los baños abiertos durante las horas escolares cuando los alumnos no estan en clases y ha mantenido un número suficiente de baños abiertos durante horas escolares cuando los alumnos estan en clases. (EC 35292.5, 5 CCR 4683) PRESENTACION DE QUEJA Una queja alegando cualquier condición(es) especificada(s) arriba deberá de ser presentada al director o persona designada de la escuela de SCOE en la cual la queja surge. El director de escuela o persona designada deberá enviar una copia de la queja al Vice Superintendente de SCOE de manera oportuna, pero que no exceda 10 dias laborales. (5 CCR 4680) Las quejas pueden ser presentadas anónimamente.

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1000 – RELACIONES COMUNITARIAS

PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA WILLIAM

ARR 1312.4 Página (3 de 4)

INVESTIGACION Y RESPUESTA El director de escuela o persona designada de SCOE deberá hacer todos los esfuerzos razonables para investigar cualquier problema dentro de su autoridad. El/Ella deberá solucionar una queja válida dentro de un período de tiempo razonable que no exceda a 30 dias laborales de la fecha en que la queja fue recibida. (5 CCR 4685) Si el demandante ha indicado en el formulario de queja que a el/ella le gustaría una respuesta a la queja, el director o persona designada deberá reportar la resolución de la queja a el/ella dentro de 45 dias laborales apartir de la presentación inicial de la queja. Si una respuesta es solicitada, la respuesta deberá ser enviada a la dirección de correo del demandante a como esté indicado en el formulario de queja. Al mismo tiempo, el director o persona designada deberá reportar la misma información a las Escuelas de Superintendentes del Condado de Sacramento (Superintendente) o persona designada. (5 CCR 4680, 4685) Cuando el 15 por ciento o más de los alumnos matriculados en una escuela particular hablen un mismo lenguaje nativo aparte de Inglés y el demandante ha solicitado una respuesta, la respuesta deberá ser escrita en Inglés y en el lenguaje nativo en el cual el demandante ha presentado la demanda. Si un demandante no esta satisfecho con la resolución de una queja, el/ella tiene el derecho de describir la queja a la Junta de Educación del Condado de Sacramento (Junta) en una reunión programada regularmente. (5 CCR 4686) Para cualquier queja con respecto a una condición de las instalaciones de SCOE que presente una emergencia o amenaza urgente para la salud y seguridad de los alumnos o personal a como esta descrito en el Artículo 3.a arriba, un demandante que no este satisfecho con la resolución provista por el director o Superintendente o persona designada puede presentar una apelación al Superintendente de Instrucción Pública del Estado dentro de 15 dias de calendario de recibida la respuesta. El demandante deberá obedecer los requerimientos de apelación especificados en 5 CCR 4632. (5 CCR 4687) Todas las quejas y respuestas por escrito deberan de ser registros públicos. (5 CCR 4686) SCOE deberá reportar a la Junta información resumida de la naturaleza y resolución de todas las quejas, incluyendo el número de quejas por área de estudio general y el número de quejas resueltas y no resueltas. Los resumenes deberan ser públicamente reportados cada tres meses en una reunión de la Junta programada regularmente. FORMULARIOS AND NOTIFICACIONES El superintendente o persona designada deberá asegurar que un formulario que quejas Williams este disponible en cada escuela. Sin embargo, los demandantes pueden no usar el formulario de quejas de SCOE para presentar una queja. (5 CCR 4680)

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1000 – RELACIONES COMUNITARIAS

PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA WILLIAM

ARR 1312.4 Página (4 de 4)

El Superintendente o persona designada deberá asegurar que el formulario de quejas de SCOE contenga un espacio para indicar si el demandante desea una respuesta a su queja y especifique la ubicación para presentar una demanda. Un demandante puede agregar tanto texto como desee para explicar la queja. (5 CCR 4680) El Superintendente o persona designada deberá asegurar que una notificación sea publicada en cada salon de clases en cada escuela conteniendo los components especificados en EC 35186.

04/15/13 06/11/13 06/18/13 07/01/13

Borrador Revisado por el Gabinete Revisado por la Junta de Educación (anteriormente ARR 1322) Distribución

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FORMULARIO DE PROCEDIMIENTOS UNIFORMES DE QUEJA WILLIAMS El Código de Educación sección 35186 crea un procedimiento para presentar quejas acerca de deficiencias relacionadas con materiales instruccionales, condiciones de las instalaciones que no son mantenidas de manera limpia o segura o en buen estado, y puestos vacantes de profesores y mal asignación. La queja y respuesta son documentos públicos a como es provisto por la ley. Los demandantes pueden presentar la demanda anónimamente. Sin embargo, si usted desea recibir una respuesta a su queja, debe de proveer los datos abajos. Usted no necesita usar este formulario para presentar una queja, siempre y cuando la queja sea presentada por escrito. Respuesta Solicitada? ___ Si ___ No Nombre (Opcional) Direccion/Apt.# (Opcional) Ciudad

Estado

Código Postal

Teléfono en Casa (Opcional)

Teléfono Celular (Opcional)

Teléfono en el Trabajo (Opcional)

Correo Electrónico (Opcional) Ubicación del problema que es el tema de esta queja Nombre de la Escuela/Dirección Título del Curso/Grado/Nombre del Profesor(a) Número del Salon/Nombre del Salon/Ubicación de la Instalación Fecha en que el problema fue observado

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Solamente los siguientes problemas pueden ser el tema de este proceso de queja Wiliams. Si usted desea presentar una queja acerca de un problema no especificado abajo, por favor use el procedimiento de queja apropiado de la Oficina de Educación del Condado de Sacramento. Problema(s) específicos de la queja: (Por favor marque todo lo que aplique. Una queja puede contener mas de una alegación.) Libros de texto y Materiales Instruccionales: (EC 35186; 5 CCR 4681)  Un alumno, incluyendo un estudiante del Idioma Inglés, no tiene libros de textos alineados con los estándares o materiales instruccionales o libros de textos adoptados por el estado o SCOE u otros materiales instruccionales requeridos para usar en clase.  Un alumno no tiene acceso a libros de textos o materiales instruccionales para usar en casa o después de la escuela. (Esto no require de dos sets de libros de textos o materiales instruccionales para cada alumno.)  Los libros de textos o materiales instruccionales estan en mala condición o no se pueden usar, les faltan páginas, o no se pueden leer debido a daños.  Se le proveyeron a un alumno páginas fotocopiadas de solo una porción de un libro de texto o materiales instruccionales para atender una escasez de libros de texto o materiales instruccionales.

Puestos Vacante de Profesor o Mala Asignación: (EC 35186; 5 CCR 4681) 

Puesto Vacante de Profesor: Un semestre comienza y un puesto vacante de professor existe. (Un puesto vacante de profesor significa una posición para la cual un empleado único certificado designado no ha sido asignada al comienzo del año por un año entero o, si la posición es para un curso de un semestre, una posición para la cual un empleado único no ha sido asignada al comienzo del semestre por un semestre completo.)

 Un profesor que no tenga credenciales o entrenamiento para enseñar a estudiantes del idioma Inglés es asignado para enseñar una clase con mas de 20 por ciento de estudiantes del idioma Inglés en la clase.  Un profesor es asignado para enseñar una clase para la cual el profesor carece de competencia en la asignatura.

Condiciones de las Instalaciones: (EC 17592.72, 35186, 35292.5; 5 CCR 4683)  Una condición existe que presenta una emergencia o amenaza urgente para la salud o seguridad de los alumnos o el personal incluyendo: fugas de gas, sistemas de calefacción, ventilación, extinción de incendios, o aire acondicionado que no funcionan, apagón eléctrico, interrupción grande de la línea de alcantarillado, infestación grande de pestes o plagas, ventanas o puertas exteriores rotas o portones que no se enllavan y que presentan un riezgo de seguridad, eliminación de materiales peligrosos previamente sin descubrir que crean una amenaza inmediata para los alumnos y el personal, daño estructural creando una condición peligrosa o inhabitable, y cualquier otras condiciones de emergencia que el distrito escolar determine apropiadas.  Un servicio sanitario de una escuela no ha sido mantenido o limpiado regularmente, no es totalmente operacional y no ha sido abastecido en todo momento de papel higiénico, jabón, y toallas de papel o secadoras de mano funcionales.  La escuela no ha mantenido todos los baños abiertos durante horas escolares cuando los alumnos no estan en clases y no ha mantenido un número suficiente de baños abiertos durante horas escolares cuando los alumnos estan en clases. (Esto no aplica cuando el cierre temporal del baño es necesario por la seguridad del alumno o para hacer reparaciones.)

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Por favor describa el problema de su queja en detalle. Puede agregar páginas adicionales e incluir tanto texto como sea necesario para describir totalmente la situación. Para quejas acerca de condiciones de instalaciones, por favor describa la condición de emergencia o urgencia de las instalaciones y como esa condición presenta una amenaza para la salud o seguridad de alumnos o personal. _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ Por favor firme y escriba la fecha abajo. Si desea permanecer anónimo, no es requerida una firma. Sin embargo, todas las quejas, aún las anónimas, deben de tener fecha.

______________________________ (firma)

_______________________ (fecha)

Por favor presente esta queja en persona con el director o persona asignada en la escuela de SCOE donde se surga la queja o enviela por correo a: Vice Superintendente Oficina de Educación del Condado de Sacramento Dirección Postal: P.O. Box 269003 Sacramento, CA 95826-9003

Dirección Física: 10474 Mather Boulevard Mather, CA 95655

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