ESCUELA PREPARATORIA REGLAMENTO GENERAL DE ALUMNOS

ESCUELA PREPARATORIA REGLAMENTO GENERAL DE ALUMNOS Ciclo escolar 2016 - 2017 DIRECTORIO Rector MVZ. Fernando Mainou Cervantes Vicerrector Mtro. Efra...
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ESCUELA PREPARATORIA REGLAMENTO GENERAL DE ALUMNOS Ciclo escolar 2016 - 2017

DIRECTORIO Rector MVZ. Fernando Mainou Cervantes Vicerrector Mtro. Efraín Calderón Amaya Directora M. en C. Araceli Pompa González Coordinador Académico Mtro. Braulio Romero Martínez Coordinadora de Idiomas Lic. María del Carmen Gaona López Coordinadora de Pastoral Lic. Inés Estrada Berg Martínez Del Río Jefe de Departamento de Formación Profra. Ma. Esther Rodríguez Rodríguez Jefa de Titulares y Jefe del Depto. de Lenguaje y Comunicación Lic. Martha Elva Aguilar Ledesma Jefa del Depto. de Ciencias Químico-Biológicas Quím.en Alimentos Diana García Delgado Jefe del Depto. de Ciencias Sociales y Humanidades Lic. Jorge Alberto García Franco Jefa del Depto. de Ciencias Económico-Administrativo e Informática Ing. Mónica Samanta Olivares Alba Jefa del Depto. de Físico-Matemáticas Arq. Ma. Teresa Montero Castrezana Jefa de Laboratorios Dra. Aida Uribe Medina Jefa del Depto. de Orientación Educativa Mtra. Adriana Peyrefitte Ferreiro Jefe de Acción Social HB Jorge Azcorra Esquivel Página 1

ÍNDICE Disposiciones Generales ............................................................................................................................................................ 3 Exposición de Motivos .............................................................................................................................................................. 4 Ideario ....................................................................................................................................................................................... 5 Misión ........................................................................................................................................................................................ 6 Visión ......................................................................................................................................................................................... 6 Capítulo I De los Alumnos ......................................................................................................................................................................... 7 Capítulo II De las Autoridades y líneas de comunicación ........................................................................................................................ 13 Capítulo III De los Representantes de los Alumnos ................................................................................................................................... 13 Capítulo IV De las Inscripciones................................................................................................................................................................. 14 Capítulo V De las Reinscripciones ............................................................................................................................................................ 15 Capítulo VI De la Acreditación .................................................................................................................................................................. 16 Capítulo VII De las Asistencias ................................................................................................................................................................... 18 Capítulo VIII De la Evaluación .................................................................................................................................................................... 20 Capítulo IX De los Exámenes ..................................................................................................................................................................... 21 Capítulo X Renuncia de Calificaciones .................................................................................................................................................... 23 Capítulo XI Etapa de Regularización ........................................................................................................................................................ 24 Capítulo XII Reconocimientos ..................................................................................................................................................................... 24 Capítulo XIII Entrega de Certificados .......................................................................................................................................................... 25 Capítulo XIV De la interpretación y Aplicación ........................................................................................................................................... 25 Anexo I Calendario escolar, colegiaturas y becas ............................................................................................ 26 Anexo II Reglamento para uso del Transporte ................................................................................................ 26 Transitorios ............................................................................................................................................................................. 27

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REGLAMENTO GENERAL DISPOSICIONES GENERALES 1.La Escuela Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún, es una institución educativa con autorización de validez oficial de estudios; y de conformidad con el Artículo 10mo de la Ley General de la Educación, forma parte del Sistema Educativo Nacional. 2.La educación que imparte la Escuela Preparatoria, se sujetará a los principios establecidos en el artículo 3o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tendrá las finalidades previstas en el Artículo 7mo de la Ley General de Educación, el Ideario Lasallista así como los lineamientos del acuerdo 450 de la Secretaría de Educación Pública y el propio Ideario de la Escuela y conforme a las disposiciones vigentes y aplicables en la materia en el Estado de Quintana Roo. 3.Las Instituciones Lasallistas para cumplir su función educativa: a) Se inspiran en el ejemplo de Jesucristo y en su Evangelio; en los principios que emanan de la doctrina de la Iglesia; en la vida y el pensamiento de San Juan Bautista de La Salle; y en la Legislación Educativa Mexicana. b) Atienden a todos los miembros de la Comunidad: hermanos, alumnos, docentes, administrativos, intendentes, padres de familia, exalumnos y colaboradores comprometidos, con respeto y dedicación como personas para que descubran su dignidad de hijos de Dios. c) Apoyan a cada persona para que:  Se reconozca como ser humano, participe del eterno plan de amor que Dios concibió y contribuya conscientemente en su realización, por el descubrimiento y pleno desarrollo de sus capacidades, habilidades y destrezas. d) Constituyen Comunidades educadoras que:  En la óptica de la Fe, propicien la salvación.  En la formación humana y profesional, consideren importante mantener un alto nivel académico que permita a sus miembros insertarse activa y responsablemente en la sociedad.  En la formación social, colaboren en la adquisición y cultivo de los valores cívicos y éticos, promuevan el bienestar de la comunidad y su desarrollo económico, cultural y espiritual; susciten el compromiso de ser solidarios con los más necesitados. e) Procuren el desarrollo integral de la persona:  Cultivan, especialmente en los alumnos, las facultades físicas, deportivas y el cuidado de la salud.  Promueven una adecuada formación de la sensibilidad artística, de la afectividad y de la sexualidad. f) Favorecen el crecimiento de los alumnos como personas; participan de manera activa en su formación académica y humana, desarrollan en los alumnos un espíritu reflexivo-crítico y creativo, así como la responsabilidad de su libertad y de sus actos. g) Fomentan el amor a la Patria, que conlleva:  El respeto a la familia. Página 3

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El conocimiento y la promoción de nuestra cultura e identidad nacionales. El sentido de libertad y democracia.

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El cuidado del medio ambiente. La responsabilidad social. h) Aceptan y promueven los valores religiosos, éticos y humanos revisten un interés prioritario: fe, fraternidad, servicio, justicia, solidaridad, libertad, verdad, amor a Dios y al prójimo, espíritu de comunidad, ambiente de respeto y alegría y sentido de trascendencia. i) Reconocen la labor educativa como un verdadero Ministerio; por lo cual:  Actualizan su pedagogía.  Revisan su metodología.  Evalúan los procesos educativos.  Participan activamente en la elaboración y consecución del Proyecto Educativo.  Los educadores acompañan de manera fraternal a sus alumnos y asumen la responsabilidad que le corresponde en todo el proceso educativo. j) Apoyan a los padres en la educación escolar de sus hijos, de acuerdo con los lineamientos del Proyecto Educativo. 4. La comunidad universitaria está integrada por directivos, personal docente, administrativos, de servicios generales, padres de familia, alumnos y ex alumnos de la Escuela Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún. 5. La comunidad universitaria deberá: a) Cumplir con las disposiciones previstas en los Estatutos de la Escuela, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables. b) Preservar el patrimonio moral, material y cultural de la Escuela. c) Promover las acciones que enaltezcan el prestigio moral y académico de la Escuela. d) Defender los intereses de la Escuela y adoptar las medidas necesarias para evitar la realización de actos que menoscaben dicho prestigio. 6. Las disposiciones del presente Reglamento serán obligatorias para toda la comunidad educativa.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nuestro Ideario y nuestros fines, dentro de la comunidad educativa en México, se distinguen por su alto contenido cristiano y filosófico, que emanan de un profundo respeto a Dios y a la dignidad humana. En un mundo convulsionado como el actual, en los albores del siglo XXI, se convierte en una necesidad imperiosa dotar a nuestra Institución Educativa de un instrumento normativo que garantice el cumplimiento del Ideario y fines, ya que por sí solos no pasarían de ser simples enunciados doctrinarios, que sólo podrán cumplirse y convertirse en una constante vigente; cuando autoridades, maestros, estudiantes y toda la Comunidad Lasallista, en un marco de moral y de equidad, observen las normas mínimas de convivencia que el presente Reglamento contiene.

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IDEARIO La Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún, consciente de la trascendencia de las instituciones educativas de nivel medio superior, expresa en este Ideario su filosofía y los objetivos generales que propone para servir a la sociedad quintanarroense.

1.

La Universidad La Salle Cancún, inspirándose en el Evangelio, cree en el hombre, imagen de Dios, y expresa con esperanza, su Fe en el esfuerzo creador del ser humano; en su propósito para instaurar la justicia y el amor; en su capacidad

para dominar la naturaleza y en el empeño por generar, difundir y conservar los valores. 2.

La Universidad La Salle Cancún, otorga prioridad a la formación integral del estudiante universitario, convencida de que a través de sus egresados, es como podrá contribuir eficazmente a la transformación de la sociedad. Así su empeño se traduce en la realización plena de la persona humana, mediante la atención cuidadosa de todas y cada una de sus dimensiones.

3.

La Universidad La Salle Cancún, aspira a ser una fuerza viva, capaz de contribuir a la orientación de nuestra sociedad. Se esmera en preservar, difundir y acrecentar el patrimonio cultural de nuestra patria y de la humanidad entera. Se muestra atenta a las necesidades y exigencias de una sociedad en la que son indispensables muchos cambios para instaurar en ella una mayor justicia y lograr la paz.

4.

La Universidad La Salle Cancún impulsa, dentro y fuera de sus muros, el genuino espíritu comunitario, solución al doble escollo del individualismo egoísta y estéril y del colectivismo despersonalizado. A través de ello, pretende que los estudiantes alcancen su cabal estatura, dedicándose a propósitos comunes para superar sus intereses individuales y ejercer su libertad en la comunidad de ideales y de acción.

5.

La realidad socioeconómica, política, cultural y espiritual de nuestro país, es un constante llamado al servicio. La Universidad La Salle Cancún, convencida de la responsabilidad y compromiso de quienes tienen el privilegio de realizar estudios universitarios, concibe la profesión como servicio a nuestros conciudadanos menos favorecidos.

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MISIÓN La Universidad La Salle Cancún, es una institución que imparte Enseñanza Media Superior y Enseñanza Superior, que ofrece sus servicios a la sociedad mexicana; que se reconoce a sí misma y se presenta como institución inspirada en el Evangelio y en el espíritu y carisma de San Juan Bautista De La Salle. En cuanto Institución Universitaria, la Universidad La Salle desarrolla tres actividades que tradicionalmente competen y comprometen a estas instituciones: a la búsqueda de la verdad a través de la investigación; la comunicación de esa verdad, por la docencia; y la extensión de sus servicios en beneficio de la sociedad en la que se encuentra inmersa. Siendo la misión de nuestra institución, contribuir al estudio y solución de los más apremiantes problemas de nuestro país; con desinterés, objetividad y libertad; empleará todos los medios posibles para realizar estudios, investigaciones y proyectos prácticos que permitan descubrir las causas de nuestros problemas y las posibles soluciones de los mismos. Siempre a partir de que el hombre es el centro de interés en todo proyecto; de que son sus carencias y legítimas aspiraciones, las que deben recibir atención prioritaria; de que todo en una sociedad justa y equilibrada debe girar en tomo al desarrollo y elevación del hombre. A la luz de estos principios, la Universidad La Salle Cancún desarrolla su labor de formar profesionistas bien preparados en los aspectos científicos y técnicos, convencidos de su compromiso para con su país y sus semejantes, con gran sentido de responsabilidad y espíritu de servicio. VISIÓN La Universidad La Salle Cancún, entre las Universidades del país, se distingue por ser líder en formación integral con fundamento en los valores evangélicos y referente fundamental en formación de docentes en el estilo pedagógico lasallista. Entre las Universidades particulares del país, se distingue por la estructura y organización académica que la caracterizan; por la pertinencia, diversidad, flexibilidad y acreditación de los programas académicos que ofrece; y por serpromotora de equidad educativa a través de la atención que brinda a diversidad de grupos sociales y de responsabilidad social, mediante el ejercicio ético y comprometido de sus egresados. Entre las Universidades de inspiración cristiana del país, se distingue por la relevancia y pertinencia de la investigación que realiza, por la calidad de los procesos y las prácticas académico-administrativas que la caracterizan, por la relevancia de sus acciones en el contexto de internacionalización y por su vinculación eficaz con los sectores productivo y social.

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Entre las Universidades del ILMES, es promotora activa de la identidad y el modelo educativo lasallistas, así como la animadora de la integración de estas instituciones en redes de colaboración e intercambio. Entre las Universidades del SEULSA, se ha consolidado como modelo y líder en los planos académicos, de formación integral, normativo y administrativo, teniendo como referente el espíritu comunitario que caracteriza a la obra lasallista.

CAPÍTULO I. DE LOS ALUMNOS Artículo 1. Tendrá el carácter de alumno, quien habiendo cumplido con todos los requisitos para ingresar al plantel, quede inscrito en el nivel bachillerato que imparte la Escuela Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún. Artículo 2. Los alumnos de la Escuela Preparatoria, podrán ser regulares o irregulares. Artículo 3. Serán alumnos regulares quienes estando inscritos, hayan acreditado en su totalidad las Unidades de Aprendizaje Curricular (UAC) correspondientes al grado escolar que le antecede. Siendo entonces alumno irregular aquel que No haya acreditado alguna de las UAC correspondientes al grado escolar que le antecede. Artículo 4. Los alumnos de nuevo ingreso, para inscribirse a la Escuela Preparatoria, deberán acreditar el haber concluido los estudios de educación secundaria, aprobar el examen de admisión y cumplir con los requisitos que establezcan las autoridades universitarias por mediodel departamento de admisiones. Artículo 5. La Universidad La Salle Cancún se reserva en todo momento el derecho de admisión de alumnos, bien sea porque habiendo cursado en esta Institución un año escolar u otros estudios, su conducta y su aprovechamiento no fueron acordes con el Ideario y fines del Plantel, porque se haya transgredido el reglamento y la ley ó porque a satisfacción de las autoridades universitarias no reúnan los requisitos. Articulo 6. Son derechos de los alumnos inscritos en la Universidad La Salle Cancún, en el nivel de educación media superior los siguientes: I. La igualdad de oportunidades para recibir educación conforme al plan y programas de estudio y demás disposiciones vigentes.

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II. Hacer las solicitudes correspondientes (permisos especiales, ausencias prolongadas, salidas del plantel) por el conducto debido, individualmente o por medio de comisiones y obtener de la instancia correspondiente la respuesta pertinente en breve. III. A la revisión de sus pruebas, trabajos de investigación, tareas y demás elementos motivo de evaluación para solicitar las aclaraciones o rectificaciones debidas, en los plazos establecidos. IV. Solicitar, y en su caso, obtener beca en los términos del Reglamento correspondiente y demás disposiciones aplicables. V. El acceso a los reglamentos, calendarios, horarios y programas académicos del semestre que estén cursando, así como el conocimiento de sus calificaciones. VI. La libre elección de sus representantes, para participar proactivamente en el desarrollo de proyectos académicos, culturales, deportivos y sociales que generen la pertenencia lasallista. VII. Presentar los exámenes correspondientes, tanto los parciales como los finales, siempre y cuando cumplan con los requisitos de asistencia establecidos en el capítulo VII del presente reglamento. VIII. Cooperar en las actividades académicas, cívicas, culturales, recreativas, deportivas y de convivencia que organice la Universidad. IX. La libre expresión de sus ideas en tanto no menoscabe el derecho ajeno o de terceros en los términos establecidos en nuestro Ideario y en las Leyes Penales Federales y Estatales vigentes y aplicables. X. Ser oídos en el procedimiento correspondiente cuando interpongan o hagan valer algún recurso de los establecidos en el presente Reglamento. XI. Hacer uso adecuado de las instalaciones correspondientes destinadas a la Escuela Preparatoria. Artículo 7. Son obligaciones de los alumnos, las siguientes: I. Conocer y cumplir con el Ideario de la Escuela, el presente Reglamento y otros ordenamientos vigentes; así como las disposiciones que dicte el Director. II. Observar, dentro y fuera del Plantel Universitario, una conducta congruente con el Ideario y fines de esta Universidad. III. Participar y cooperar activa y conscientemente en el proceso educativo como agente de su propia formación, tanto en actividades académicas, deportivas, cívicas, culturales y de acción social. IV. Hacer uso adecuado y responsable de las instalaciones y servicios que ofrece la Escuela, de acuerdo con las disposiciones establecidas por la institución. V. Asistir con puntualidad a todas sus clases y a las actividades escolares que, con carácter obligatorio (incluidas las extracurriculares), se realicen dentro o fuera del plantel y no abandonarlas sin el permiso respectivo. VI. Guardar respeto y rendir honores a los símbolos patrios, conforme a las disposiciones vigentes. VII. Observar, en todo momento, un comportamiento que enaltezca el nombre y la calidad académica de la Escuela. VIII. Obtener previamente el permiso de la autoridad competente de la Escuela para la celebración de reuniones de carácter cultural, recreativo, religioso y deportivo dentro de las instalaciones de la misma. IX. Estar al corriente en el pago de sus cuotas y aportaciones pactadas en el instructivo de pagos de la Universidad. X. Portar decorosamente el uniforme. Página 8

XI. Usar, dentro del plantel, el uniforme acordado (playera blanca tipo polo con el logotipo de la Universidad, bermuda o falda azul marino institucionales, pants azul marino liso, zapato tenis deportivo blanco y calcetín blanco; para el caso de laboratorio se deberá portar una bata blanca de algodón de manga larga). No está permitido traer mallones o licras visibles, sandalias, zapatillas, playera, falda o bermuda que no sean del uniforme. XII. Cuidar y conservar las instalaciones, equipos y cualquiera de los bienes propiedad de la Universidad. XIII. Conocer y acatar los reglamentos y disposiciones tanto internas como externas relativas a cualquier evento de emergencia de origen natural o humano que pudiera presentarse. XIV. Aprobar los exámenes parciales y finales establecidos como obligatorios por el maestro, autoridades o la S.E.P. XV. Prestar servicio a la comunidad universitaria en los casos y oportunidades que las autoridades así lo determinen. XVI. Respetar a los maestros, autoridades, compañeros y personal de la Universidad, así como cualquier persona que se encuentre circunstancialmente en el plantel. XVII. Portar la credencial que los acredite como tales, siempre que se encuentren en las instalaciones de la Universidad o fuera de ésta, cuando estén representando a la Institución en cualquier actividad. XVIII. Responsabilizarse de sus libros, material de trabajo, dinero,objetos de valor tales como computadoras, teléfonos celulares y cualquier otro bien de su propiedad o posesión que con o sin autorización de las autoridades universitarias introduzcan al plantel. XIX. Acudir a la Universidad con la presentación personal congruente a su condición de alumnos Lasallistas, sin incurrir en modas que atenten contra la moral y las buenas costumbres. Los varones deberán traer el pelo corto, bien arreglado y sin barba; abstenerse de usar aretes. Las señoritas podrán usar aretes sólo en las orejas, en caso de usar maquillaje deberá ser discreto, incluyendo el color de las uñas y su cabello de color natural. No portar piercings ni expansores. XX. Mantener limpias las instalaciones. XXI. Entregar al titular en un plazo no mayor a 48 horas los talones de todos aquellos documentos que se soliciten debidamente firmados por el padre o tutor. XXII. Respetar el reglamento del estacionamiento. XXIII. Los demás que se deriven del presente Reglamento y de otros ordenamientos aplicables. Artículo 8. Se pierde la condición de alumno por: I. II. III. IV. V. VI.

La conclusión del plan de estudios. Baja voluntaria, temporal o definitiva. Adeudar más de tres Unidades de Aprendizaje Curricular. Tener más de un resultado positivo en examen antidoping, con base en el Artículo 11. La participación en actos de violencia. Robo de bienes de cualquier miembro de la comunidad Universitaria y/o de las instalaciones de la misma. VII. Acumulación de reportes según gravedad. Página 9

VIII.Resolución definitiva dictada de la autoridad competente, en los casos previstos por el artículo nueve del presente reglamento. Artículo 9. Considerando que la formación integral se manifiesta con actitudes que no se limitan al interior de las instalaciones, se sancionará al alumno de acuerdo a las siguientes faltas: I. Resolver cualquier conflicto mediante la violencia física o moral, ya sea con sus compañeros, maestros, autoridades, personal administrativo o terceras personas. Sanción: Suspensión inmediata y/o expulsión. II. Alterar, sustituir, falsificar, sustraer en todo o en parte cualquier documento expedido o perteneciente o de uso de la Universidad, su personal o autoridades y/o padres de familia. Sanción: Suspensión inmediata y/o expulsión. III. Introducir o consumir bebidas alcohólicas, estimulantes, enervantes, estupefacientes o cualquier sustancia de las mencionadas en la ley General de Salud o prohibidas por la ley, ya sea que la conducta se realice durante actividades escolares dentro o fuera de la institución. Sanción: Expulsión definitiva. IV. Inducir, promover o propiciar el consumo de bebidas alcohólicas o sustancia de las mencionadas en la Ley General de Salud o prohibidas por la Ley. Sanción: Expulsión definitiva. V. Asistir con aliento alcohólico y/o con signos físicos de haber consumido alguna droga o sustancia de las mencionadas en la Ley General de Salud o prohibidas por la Ley, que se pueda evidenciar a través de una prueba clínica. Sanción: Suspensión inmediata. VI. Participar en actos de violencia que inciten al desorden o insubordinación. Sanción: Suspensión y/o expulsión. VII. Participar, promover o inducir actos de violencia por cualquier medio que inciten al desorden o insubordinación. Sanción: Suspensión y/o expulsión. VIII. Asumir actitudes irrespetuosas, retadoras o violentas en contra de las autoridades, personal académico y demás colaboradores de la Escuela. Sanción: Suspensión y/o expulsión IX. Apoderarse ilícitamente de bienes que formen parte del patrimonio de la Escuela, de su personal o de los alumnos. Sanción: Expulsión. X. Utilizar inapropiadamente el uniforme, logotipo y nombre de la escuela y participar individualmente o grupalmente en acciones deshonestas o ilícitas portando la imagen de la institución ya sea presencial por Internet y cualquier otro medio masivo de comunicaciones en las instituciones y en lugares públicos. Sanción: Suspensión y/o expulsión. XI. Realizar videos y/o tomar fotografías que atenten contra la dignidad de cualquier miembro de la comunidad y/o hacer un mal uso en medios electrónicos. Sanción: Suspensión y/o expulsión. XII. Usar, mostrar medios electrónicos (videos, voz y fotografía) que atenten contra la moral dentro de las instalaciones de la instituciones o en redes sociales con fines educativos. Sanción: Suspensión y/o expulsión. Página 10

XIII. Fumar tabaco dentro del plantel, incluido el estacionamiento, áreas comunes, transporte escolar y paraderos correspondientes. Sanción: Suspensión de un día, condicionamiento de reinscripción. XIV. Salir de las instalaciones de la Universidad sin la autorización de la Dirección. Sanción: Suspensión de un día. XV. Faltas de respeto en actos cívicos y comportamiento inadecuado. Sanción: Reporte de disciplina con trabajo de acción social. En caso de reincidencia se procederá a la suspensión. XVI. Aquellos alumnos que formen pareja, Manifestando públicamente su relación a través de actitudes segregacionistas o inadecuadas dentro del plantel y durante traslados y actividades externas de la preparatoria. Sanción: 1a Reporte de disciplina y llamada a los padres de familia por parte del titular, 2a Reporte y suspensión de un día. XVII. Acostarse en los pasillos y escaleras. Sanción: Llamada de atención, en caso de reincidencia, reporte de disciplina. XVIII. Jugar con balones o pelotas en los pasillos, así como circular dentro de las instalaciones en patines o patinetas. Sanción: Llamada de atención, en caso de reincidencia, reporte de disciplina. XIX. Vender, apoderarse o comprar trabajos académicos correspondientes a cualquier materia. Sanción: Reporte académico, anulación de la evaluación y suspensión. XX. Participar en actividades que tiendan a alterar el orden y la disciplina escolar o interrumpir las actividades en el aula de la escuela. Sanción: Reporte académico o de disciplina. XXI. Deteriorar, rayar, grabar, pintar o escribir en muros, pupitres, instalaciones, equipos, libros, objetos y demás bienes de la Institución. Sanción: Reparar el daño en un lapso no mayor a 48 horas, en caso de incumplimiento, suspensión. XXII. Copiar entre compañeros del mismo o diferente grupo, parcial o totalmente, trabajos académicos de cualquier materia. Sanción: Reporte académico y anulación de la evaluación. XXIII. Incumplir con las actividades requeridas en sus clases. Sanción: Reporte académico. XXIV. Portar cartas y/o juegos de azar y/o realizar apuestas dentro del plantel. Sanción: 1a Llamada de atención con reporte y aviso de suspensión a los padres de familia. 2a Suspensión. XXV. El uso durante las clases de cualquier objeto ajeno a las actividades académicas requeridas en ese momento, como reproductores de música, video y computadoras, entre otras. La Universidad no se hará responsable en caso de daño o extravió. Sanción: 1a Amonestación verbal, 2a Reporte XXVI. Durante las horas de clase, permanecer en el área de estacionamiento, pasillos, área de posgrado, cafetería o canchas deportivas. Sanción: Reporte de disciplina. XXVII. No portar el uniforme completo y/o usarlo inapropiadamente Sanción: Reporte de incidencia. XXVIII. Vender cualquier producto que no esté autorizado por la Dirección Administrativa y de la Escuela. Sanción: 1a Llamada de atención con reporte de disciplina y decomiso del producto. 2a Reporte de disciplina y cita con los padres. XXIX. Los alumnos que lleguen tarde, al inicio de la jornada, no se les permitirá el acceso al aula hasta las 7:50 hrs. AQUEL ALUMNO QUE INCURRA en tres incidencias por retardos o uniforme incompleto será acreedor a un reporte disciplinario. Página 11

En caso de acumular más de tres reportes la sanción será suspensión y de acuerdo a las faltas se determinará el número de días. Todas las sanciones que serán analizadas y valoradas en dirección y/o en el Consejo Académico y la resolución dependerá de cada caso. La sanción que avale la dirección con las instancias correspondientes será inapelable. Aquellas faltas que no sean consideradas en el presente documento se analizarán en el Consejo Académico. Artículo 10. Las acciones disciplinarias se establecen en función de la gravedad de la falta cometida, siendo valorada por la instancia correspondiente y notificando ésta al padre o tutor. De conformidad con la conducta realizada por el alumno durante el periodo que curse en la Escuela se expedirá una carta de conducta. En todos los casos que les sean notificados al padre de familia sobre una acción disciplinaria, se dará puntual seguimiento y conforme a la gravead de la conducta se avisará a la autoridad educativa correspondiente y en su caso a la autoridad competente si se tratase de una conducta que así lo amerite. Artículo 11. Programa “Escuela Libre de Adicciones” La Escuela Preparatoria cuenta con un programa permanente llamado “Escuela Libre de Adicciones”, que consiste en diferentes actividades: Conferencias con profesionistas externos especializados en el tema, pláticas con el personal de orientación educativa de la Escuela Preparatoria y aplicación de antidoping aleatorios; en caso de que algún alumno resulte positivo en el consumo de cualquier sustancia, se dará seguimiento con un proceso de apoyo solidario: directorpadre de familia, servicio médico, orientador y profesor titular, ya que este proceso es parte fundamental del programa. Se pueden aplicar varios antidoping durante el semestre. Los resultados se notificarán directamente a los padres de familia por parte del profesor titular. El costo correspondiente del antidoping está incluido en los gastos de apoyo de cada inscripción. Si el resultado del examen antidoping fuera positivo, la familia dará seguimiento psicológico externo y deberá mantener informada a la Escuela. En caso de reincidencia el alumno será dado de baja. Aquél alumno que no siga este programa en todas sus dimensiones tampoco podrá representar a la institución en ningún evento académico o cultural así como en ninguna contienda deportiva. Artículo 12. El director podrá conceder baja temporal del plantel, hasta por un año, cuando el alumno lo solicite por casos de enfermedad, cambio de lugar de residencia o por cualquier otra causa, debidamente justificada ante la Dirección, de lo contrario, será motivo de baja definitiva del sistema de la Dirección General de Bachillerato.

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CAPÍTULO II. DE LAS AUTORIDADES Y LINEAS DE COMUNICACIÓN Artículo 13. Son autoridades Universitarias de la Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún: el Rector, el Vicerrector, el Director, los Coordinadores, los Jefes de Área, los Titulares, los Docentes y toda persona que eventualmente designe el Rector y el Consejo Académico, con tal carácter. Artículo 14. La primera instancia de autoridad y comunicación es el profesor de asignatura seguido por el Titular de Grupo, Jefe de Departamento Académico, Coordinador Académico y el Director del Plantel.

CAPÍTULO III. DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS Artículo 15. Serán candidatos a representantes de grupo aquellos alumnos que no cuenten con ninguna carta compromiso o reportes disciplinarios y resulten elegidos como tales en las votaciones que tendrán lugar cada inicio de curso, con el visto bueno del titular, de acuerdo al perfil y a la función. Artículo 16. La elección de los representantes de grupo se realizará al inicio de cursos, de forma democrática ante la presencia y guía del Profesor Titular, no sin antes conocer cuál es el perfil y la función que corresponde a cada uno de los cargos a desempeñar y que se mencionan a continuación:

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Jefe de Grupo. Delegado Académico. Delegado Administrativo. Delegado de Pastoral. Delegado de Acción Social (5° y 6° semestre) Representante comité de graduación (5° y 6° semestre)

El titular seleccionará a un nuevo representante en caso de que éste no cumpla sus funciones; tenga promedio bajo, reportes académicos y/o disciplinarios, baja de la escuela o renuncia voluntaria. Artículo 17. Para desempeñar los puestos antes mencionados, los alumnos deben observar una buena conducta, el Jefe de Grupo mantendrá un promedio de 8.5 y el resto de los representantes un promedio de 8.0 Página 13

CAPÍTULO IV. DE LAS INSCRIPCIONES Artículo 18. Tendrá derecho a solicitar su ingreso a la Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún, el candidato que: I. Presente y entregue la documentación que compruebe fehacientemente haber acreditado la Educación Secundaria. II. Efectúe la solicitud de inscripción o reinscripción en los plazos o fechas preestablecidas por la Coordinación de Servicios Escolares. III. Solicite, presente y apruebe los exámenes de admisión al plantel, en el semestre y grado que le corresponde. IV. Presente recibo de pago de derechos del examen aprobado (en su caso). V. Ser aceptado por el Comité de Admisiones. VI. Respete las normas precisadas en el Instructivo de Admisión. Artículo 19. La inscripción está sujeta a la presentación del certificado de secundaria en el período de inscripción. Artículo 20. El alumno inscrito elegirá área de formación para el trabajo al término del segundo semestre, misma que cursará hasta el 6o semestre y el núcleo de formación propedéutica deberá ser afín a ésta. Artículo 21. En cuanto a la permanencia, los alumnos dispondrán de 10 semestres para concluir el bachillerato. Una vez agotado este tiempo serán dados de baja definitiva. Artículo 22 Del Tránsito de Educandos: Se entiende por tránsito de educandos, el ingreso a la Escuela Preparatoria, de alumnos provenientes de otros planteles del sistema educativo nacional o de sistemas extranjeros, a fin de continuar estudios ya iniciados del tipo medio superior, teniendo que los requisitos para el Tránsito de Educandos son: I.

Será indispensable que se presente con la correspondiente resolución de equivalencia o revalidación de estudios emitida por la autoridad competente.

II.

De igual forma, los educandos deberán cumplir con los requisitos establecidos en las presentes normas para fines de inscripción y reinscripción, así como las demás establecidas.

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CAPÍTULO V. DE LAS REINSCRIPCIONES Artículo 23. La reinscripción de alumnos será semestral y se deberá efectuar de acuerdo con el calendario escolar vigente de la Escuela Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún. Artículo 24. Los alumnos que pertenecen al plantel tendrán derecho a reinscripción en los siguientes casos: I. Acredite todas las Unidades de Aprendizaje Curricular (UAC) cursadas en los semestres anteriores. II. No adeude más de tres UAC curriculares del plan de estudios. III. Cuando no presenten problemas de indisciplina. IV. Quien habiendo cursado otro(s) período(s) en el plantel, acredite el semestre en que estuvo inscrito de acuerdo a las normas de evaluación y disciplina, haya cumplido con los créditos extracurriculares complementarios y esté al corriente en sus pagos. Artículo 25. El alumno irregular que supere el número de UAC no acreditadas para reinscribirse debe regularizar su situación académica en cualquiera de las opciones (curso intersemestral o exámenes extraordinarios), tomando en cuenta el tiempo para cubrir el plan de estudios en la modalidad escolarizada. Artículo 26. La reinscripción de alumnos condicionados por situaciones académicas y/o disciplinarias está sujeta a criterio y decisión del Consejo Académico. Artículo 27. La reinscripción del alumno queda sin efecto cuando éste solicite por escrito a la Dirección del plantel su baja temporal, la cual no deberá exceder al tiempo establecido para ello, ni al plazo máximo para concluir el bachillerato. Artículo 28. La baja definitiva puede darse por las siguientes causas, y en todos los casos se le notificará al alumno por escrito: I. Por solicitud del alumno, padre o tutor legal; II. Como medida disciplinaria del plantel; III. Cuando no registre reinscripción por dos semestres consecutivos y no haya tramitado la baja temporal. IV. Por no acreditar el número de UAC establecido para la reinscripción y además exceda al tiempo máximo de estancia en la modalidad escolarizada.

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CAPÍTULO VI. ACREDITACIÓN Artículo 29. La acreditación de estudios deberá realizarse en el plantel que corresponde a la Escuela Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún, donde está inscrito el alumno y las opciones para la acreditación de UAC son: Período Ordinario: Cursos semestrales o recursamiento semestral, para la acreditación de UAC en períodos regulares, de acuerdo con el calendario académico. Período Extraordinario: Las opciones extraordinarias están sujetas a las características de las UAC, a los lineamientos de la condición escolar de los alumnos en relación con el derecho de inscripción y al calendario académico, siendo:  Cursos Intersemestrales  Evaluación extraordinaria

Artículo 30. La escala de calificaciones para UAC es numérica, de cinco a diez (5 - 10), como lo establece el Acuerdo Secretarial número 17, con la siguiente interpretación: CALIFICACIÓN INTERPRETACIÓN 10 9 8 7 6 5

Excelente Muy bien Bien Regular Suficiente No suficiente

La calificación final de cada UAC se expresará con números enteros, de acuerdo con la siguiente tabla: CALIFICACIÓN OBTENIDA DEBE REGISTRARSE De 9.5 a 10 10 De 8.5 a 9.4 9 De 7.5 a 8.4 8 De 6.5 a 7.4 7 De 6.0 a 6.4 6 De 0.0 a 5.9 5

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Artículo 31. Para tener derecho a la acreditación de cada UAC, el alumno deberá obtener la calificación mínima aprobatoria y cubrir por lo menos el 90% de asistencias en la misma; aun cuando el promedio de sus calificaciones parciales sea aprobatorio, de acuerdo con la tabla del Artículo 34, así como estar al corriente en sus cuotas escolares. Artículo 32. La calificación final se determinará de acuerdo con los siguientes criterios: I.

Los estudiantes que obtengan 9.0 como promedio de los tres períodos la calificación estarán exentos del examen semestral final. Los alumnos que obtengan resultado aprobatorio en todas sus evaluaciones parciales y el promedio de las mismas sea menor de 9.0, deberán presentar examen semestral final, cuyo resultado se promediará con el resultado del promedio obtenido de las calificaciones parciales para integrar la calificación total definitiva; es decir, que el promedio de los tres períodos es el 50% de la calificación final, y el examen semestral final es el restante 50%. La calificación del examen final se registrará en números enteros y decimales (incluso cero) y se promediará con el promedio de los tres períodos.

II.

III.

Cuando el resultado de una o más evaluaciones parciales sea reprobatorio, el estudiante deberá presentar el examen final ordinario y el resultado de éste se promediará con el resultado promedio obtenido de las calificaciones parciales para integrar la calificación total definitiva.

IV.

Las calificaciones parciales se manejarán con números enteros y decimales; asentando la calificación sin “redondear”, aún si es reprobatoria menor a cinco (inclusive cero).

V.

En caso de que el alumno no se presente a la evaluación parcial por algún motivo justificado, se asentará NP, cuyas siglas significan no presentó, situación que será regularizada en las fechas pactadas por la coordinación de la escuela.

VI.

En caso de que el alumno no se presente al examen final ordinario se registrara NP y su calificación final será 5.

Artículo 33. Las aclaraciones y correcciones de calificaciones de período y finales de las UAC y/o faltas, se llevarán a cabo de acuerdo al calendario académico vigente. Se podrán hacer cambios únicamente con la presencia del profesor correspondiente en la Coordinación Académica y exclusivamente en las fechas especificadas en su boleta para tal efecto. Los cambios de calificaciones finales de las asignaturas extracurriculares de Actividades Deportivas y Culturales se realizarán en las jefaturas correspondientes de la Dirección de Formación y Acción Social en la Coordinación Académica."

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CAPÍTULO VII. DE LAS ASISTENCIAS Artículo 34. El alumno deberá tener al menos el 90% de asistencias en cada UAC durante todo el semestre para tener derecho a examen final ordinario, así, solo podrá faltar injustificadamente el 10% de sus clases al semestre de acuerdo a la siguiente tabla, además de estar al corriente en sus cuotas escolares y no estar suspendido por alguna sanción.

Clases por semana 1 2 3 4 5

Total de clases al semestre 17 34 51 68 85

10% de faltas injustificadas al semestre 2 3 5 7 9

Artículo 35. El alumno que no reúna los requisitos señalados en el artículo anterior, deberá presentar la materia en examen extraordinario para acreditarla.

Artículo 36. Los alumnos tienen derecho a un porcentaje de inasistencias por semestre y por UAC, por lo tanto será bajo su propio riesgo si deciden ausentarse injustificadamente de las clases, ya que las faltas no se justificarán y por consiguiente no podrán recuperar las prácticas realizadas en el laboratorio o salón de clases; así como las tareas y trabajos. Artículo 37. La justificación de ausencias, su tramitación y seguimiento será conforme a lo siguiente: I.

Los justificantes los elaborará el Profesor Titular y deberán tener su firma y el VoBo del Jefe de Titulares.

II.

Cuando el alumno represente a la Institución, Municipio, Estado o Nación, en actividades académicas, culturales o deportivas, la justificación se hará conforme a lo siguiente: La justificación del 100 % de esas faltas será solicitada por la persona responsable del instituto, escuela o dependencia que fue representada. Cuando los padres del alumno o tutor soliciten un permiso especial, ya sea por alguna situación familiar en la que el alumno tenga que ausentarse por cuatro días o más, la solicitud de justificante se hará de la siguiente forma:

III.

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Se solicitará, el permiso por escrito a la Dirección de la Escuela Preparatoria, con un mínimo de tres días de anticipación a la justificación correspondiente para que se le dé el VoBo para su justificación. IV. Las ausencias por enfermedad o por algún accidente de tres o más días, se justificarán en un 100% siempre y cuando se cumpla con lo siguiente: a. El padre o tutor, notificará vía telefónica o personal, dentro de los tres días hábiles posteriores al percance. El alumno, cuando se reincorpore a sus actividades escolares, deberá presentar a su titular el certificado médico (no receta) en la que el doctor o médico tratante del alumno indique los días de ausencia. V. En las ausencias de uno o dos días, solamente se justificarán aquéllas faltas que excedan el 10% de inasistencias al que el alumno tiene derecho para este tipo de ausencias, siempre y cuando se notifique en los dos primeros días posteriores a la misma de acuerdo a lo siguiente: a. El alumno entregará a su profesor titular, cuando se reincorpore a las clases, un escrito redactado y firmado por su padre o tutor en el que se explique la razón de la ausencia, para recibirle tareas, trabajos o se le aplique algún examen. VI. Cuando el alumno se ausente de clases, por algunas horas durante el día, no se le extenderá justificación, ya que hará uso del 10% de inasistencias a las que tiene derecho, bajo los siguientes casos: consulta médica, malestares de salud, emergencias familiares, trámites de pasaporte, visa y cartilla militar, etc. Tomando en cuenta lo siguiente: a. El alumno entregará al siguiente día hábil, la notificación correspondiente por parte de su padre o tutor para que su profesor titular le extienda el justificante y le reciban los trabajos y tareas pendientes. VII. En todo momento el alumno será responsable de: a. Solicitar el justificante a su titular, entregando los documentos en tiempo y forma, que amparen la solicitud. b. Dar seguimiento puntual al trámite de emisión del justificante. c. Una vez emitido el justificante, deberá recabar el nombre y firma de enterado de cada profesor. d. Conservar hasta el final del semestre los justificantes emitidos, para cualquier aclaración. VIII. En el caso de las prácticas de laboratorio, los alumnos, además de entregar el justificante al maestro de la materia, lo deberán presentar al Jefe del Departamento de Laboratorio, a más tardar en los tres días hábiles posteriores a su reincorporación a clases, para que se les asigne la fecha de recuperación de la práctica. IX. La justificación de las inasistencias no exime al alumno de sus responsabilidades académicas: trabajos, tareas, presentación de exámenes, etc.

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CAPÍTULO VIII. DE LA EVALUACIÓN Artículo 38. El Proyecto Educativo de la Escuela Preparatoria de la Universidad La Salle Cancún, deberá tomar en cuenta los objetivos y metas señaladas en el Artículo 2o Constitucional, de la Ley General de Educación y la Filosofía Educativa Lasallista. Artículo 39. En el Proyecto Educativo se precisará el objetivo general, metas, objetivos específicos, estrategias, actividades y tareas específicas; los responsables de su ejecución y los criterios de evaluación y control. En él deberán de intervenir con una responsabilidad compartida todos los miembros de la Comunidad Educativa. Artículo 40. El Proyecto Educativo deberá de ser anual, pudiendo tener una proyección hasta por tres años, con el objeto de verificar logros alcanzados, recuperar experiencias y así ofrecer una educación de calidad. Artículo 41 La evaluación, como parte inherente al proceso educativo, tiene por objeto comprobar si se han logrado los objetivos del aprendizaje, planear la actividad escolar, estimular el aprendizaje, decidir la promoción del educando, coadyuvar al diseño y actualización de los planes y programas de estudio y contribuir a elevar la calidad de la enseñanza. Artículo 42. Son materia de evaluación: I. Conocimientos en su adquisición, dominio y aplicación práctica; capaz de traducirse en conducta eficiente. II. Hábitos, habilidades, destrezas y competencias en la ejecución de operaciones de aprendizaje, de planeamiento y resolución de problemas, trabajos de investigación y de creación. III. Actitudes de respeto, iniciativa, decisión, orden y métodos, dedicación, cooperación, cantidad y calidad de trabajo, capacidad de interpretación, solidaridad y sociabilidad, reflexión crítica y autocrítica. Artículo 43. Las prácticas realizadas por los alumnos en los talleres y laboratorios, serán calificadas para formar parte de la evaluación y aprovechamiento académico. Artículo 44. La valoración de los conocimientos, competencias, habilidades, destrezas y actitudes adquiridas por el educando se efectuarán mediante: Tareas, ejercicios, trabajos de investigación, de creación, exposiciones orales, participación y rendimiento en clases, así como exámenes parciales y demás actividades educativas encomendadas por el maestro.

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Artículo 45. Las academias determinarán por cada Unidad de Aprendizaje Curricular el contenido de los exámenes de período, semestrales y finales, así como los ejercicios, prácticas y trabajos obligatorios para evaluar el aprovechamiento de los alumnos, de acuerdo con los planes y programas de estudio. Dichos exámenes serán supervisados en su contenido y aplicación por la coordinación y jefes de departamento académico correspondientes. Artículo 46. El alumno podrá acreditar las Unidades de Aprendizaje Curricular del programa académico en que esté inscrito mediante la presentación y aprobación de exámenes ordinarios y extraordinarios, en los términos que disponga el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables. Artículo 47. Con el fin de que el alumno sea protagonista de su formación y sea capaz de compartir con sus padres esta responsabilidad, se le entregará al final de cada período parcial una boleta de evaluación, conforme a las fechas establecidas en el Calendario Académico semestral. Artículo 48. La Dirección de la Escuela entregará a los alumnos y/o a los padres de familia el resultado de las evaluaciones a través de los Profesores Titulares de grupo en las reuniones programadas para este fin.

CAPÍTULO IX. DE LOS EXÁMENES Artículo 49. Los exámenes de la Preparatoria que imparte la Universidad La Salle Cancún, serán de cinco clases: I. Admisión. II. Diagnósticos. III. Parciales. IV. Finales ordinarios. V. Extraordinarios. Para tener derecho a examen los alumnos deberán presentarse con uniforme, con una presentación personal adecuada (pelo corto en varones) y su credencial actualizada que los identifique como alumnos. Artículo 50. Los exámenes parciales a que se refiere el artículo anterior, podrán realizarse en forma escrita, práctica o combinada. Son exámenes extraordinarios los que consideran todos los temas de un programa de estudios y se aplicarán en los períodos establecidos en el calendario académico.

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Artículo51. Los exámenes finales ordinarios y extraordinarios, se aplicarán siempre por escrito. Articulo 52. Los exámenes finales ordinarios y extraordinarios, serán elaborados en las distintas academias y supervisados por el Jefe del Departamento correspondiente. Los exámenes ordinarios y extraordinarios serán calificados por los profesores de la materia respectiva que designe el Jefe de Departamento Académico. Artículo 53. El alumno no deberá proporcionar información oral, digital o escrita a otro compañero en el momento de estar efectuándose cualquier examen o consultar sin autorización notas, libros o instrumentos, ya que será motivo suficiente para la anulación del examen. Tampoco podrá transmitir información con mímica, ni usar el teléfono celular. Artículo 54. La calificación de los exámenes extraordinarios se expresará mediante escala numérica del 5 al 10 y en caso de no presentarse se expresará NP. Artículo 55. Cuando el estudiante no demuestre poseer los conocimientos y las habilidades suficientes en la materia, su calificación se expresará del 0 al 5.9 y ésta será reprobatoria. Cuando el alumno no se presente al examen de la materia se anotará NP, que significa no presentó. Artículo 56. Los exámenes se efectuarán en los recintos de la propia Universidad y en los horarios en que normalmente se lleven a cabo las actividades académicas. En aquellos casos, en que por el carácter específico de los exámenes no puedan desarrollarse en el Campus Cancún, éstos se realizarán en los lugares autorizados por la Dirección de la Preparatoria.

Artículo 57. Los exámenes parciales calificados serán devueltos por el profesor para su retroalimentación y revisados por los alumnos antes de comunicar las calificaciones a la Coordinación Académica, en un término máximo de tres días hábiles posteriores al día en que se hayan practicado. Artículo 58. En los exámenes ordinarios y extraordinarios el alumno tendrá derecho de revisión si se cumple con los siguientes requisitos: I. II. III.

Hacer una solicitud por escrito a través del Jefe del Departamento. De acuerdo al calendario programado. En caso de examen extraordinario a petición del alumno y a través del Jefe de Departamento Académico. Página 22

IV.

Siempre y cuando no sea para solicitar una reevaluación ó incremento en la calificación.

Artículo 59. El dictamen o resultado de la revisión de examen podrá confirmar o modificar la calificación inicial. No se proporcionará copia de exámenes finales y extraordinarios, ya que forman parte del banco de reactivos de la escuela y son documentos sujetos a revisión por parte de la S.E.P. Artículo 60. El alumno sólo podrá presentar, en examen extraordinario, hasta tres UAC por semestre y dos asignaturas extracurriculares.

CAPÍTULO X. RENUNCIA DE CALIFICACIONES Artículo 61. La renuncia de calificaciones se autoriza únicamente a los alumnos que han cursado y acreditado la totalidad del ciclo del bachillerato. Artículo 62. La solicitud de renuncia de calificaciones finales, deberá ser formulada por el alumno de forma escrita, previa a la entrega del Certificado de Terminación de Estudios, a través de Servicios Escolares. Máximo el último día de publicación de calificaciones. Artículo 63. Sólo podrán renunciar a las calificaciones los alumnos que tengan como promedio general de aprovechamiento entre 6.0 y 7.9. Artículo 64. Los alumnos tendrán derecho a presentar exámenes de tres UAC como máximo en examen extraordinario, por lo tanto y de acuerdo al artículo 59 el número máximo de exámenes en período extraordinario será de tres (incluyendo UAC pendientes). La presentación de examen de cada asignatura se realizará por una sola vez considerando la norma sobre el tiempo máximo definido para concluir el Bachillerato General y la calificación obtenida será la única representativa del curso. Artículo 65. Si el alumno desea mejorar su promedio final, puede hacerlo por única vez al concluir sus estudios de bachillerato y antes de la certificación de terminación de estudios, por medio de la renuncia voluntaria e irrevocable a calificaciones de asignaturas o módulos.

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CAPÍTULO XI. ETAPA DE REGULARIZACIÓN Artículo 66. La regularización de estudios se efectuará en dos períodos de exámenes extraordinarios como lo establece el calendario de la Secretaría de Educación Pública a través de la Dirección General del Bachillerato y con base en el Calendario Académico. Artículo 67. El alumno podrá presentar como máximo tres UAC curriculares en cada período de regularización, excepto en el caso de renuncia de calificaciones, considerando las normas que establecen el número de adeudos para tener derecho a la reinscripción y el tiempo establecido para la conclusión del bachillerato. Artículo 68. La escala de calificaciones para los exámenes de regularización y el registro de las calificaciones obtenidas en los mismos, serán anotados de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30 de la etapa de acreditación.

CAPÍTULO XII. RECONOCIMIENTOS Artículo 69. La Universidad La Salle Cancún, reconoce el esfuerzo y la calidad de sus educandos y establece los siguientes reconocimientos: I. De manera anual  Diploma de Honor a quien obtiene promedio mínimo de 9 al finalizar el curso en todas las materias (Solo 1 ° y 2o años).  Diploma de Entrega y Espíritu de Servicio.  Diploma de Actividades Culturales.  Diploma de Actividades Deportivas. II. De manera trienal:  El Diploma de aprovechamiento, se otorgará a los alumnos que al término de sus estudios de bachillerato, obtengan los tres más altos promedios en relación con la generación en la que egresa.  La Medalla Hermano Miguel, se otorgará al alumno que al término de sus estudios de preparatoria, tenga el más alto promedio en los grupos que egresen de su programa académico en ese ciclo escolar y no se le haya impuesto alguna sanción grave. 

III. De manera General: El Diploma por Permanencia Lasallista, se otorgará a los alumnos que hayan cursado íntegramente sus estudios de primaria, secundaria y preparatoria en instituciones de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, entregándose a partir de la conclusión de la Preparatoria.

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CAPÍTULO XIII. ENTREGA DE CERTIFICADOS Artículo 70. Los alumnos del sexto semestre deberán realizar personalmente o el padre/tutor, los trámites de baja al concluir su bachillerato. Artículo 71. Los alumnos deberán recoger su diploma de bachiller (sin UAC pendientes) y constancia de generación en el acto académico que la Institución organiza o en la Dirección de Preparatoria 10 días hábiles después. Artículo 72. Los documentos de certificación de estudios de bachillerato que no sean recogidos por los interesados se archivan en el plantel hasta por un mes. Una vez concluido dicho período se procede a su cancelación. Artículo 73. El alumno de 6o semestre, padre o tutor que no recojan el certificado de terminación de estudios en tiempo y forma deberá tramitar un duplicado.

CAPÍTULO XIV. DE LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN Artículo 74. La interpretación y aplicación del presente Reglamento corresponde a la Dirección en conjunto con el consejo académico y la solución de los asuntos no previstos queda bajo el criterio del Director de la Escuela Preparatoria. En la aplicación para aquellas situaciones no previstas en el presente Reglamento, corresponde al Director de la Escuela Preparatoria, en conjunto con dos miembros del Consejo Académico.

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ANEXO I 1.

El calendario escolar se elabora y se registra ente la instancia educativa correspondiente de forma anual, el cual se divide en dos semestres, mismo que es dado a conocer por escrito a todos los alumnos y padres de familia al inicio de cada semestre por parte de la coordinación académica. Así mismo se encuentra publicado en el sitio web de la Universidad.

2.

Las colegiaturas, formas, períodos de pago y aspectos de comercialización del servicio educativo, se les da a conocer por escrito a los alumnos al momento de realizar su inscripción o reinscripción.

3.

Las reglas para el otorgamiento de becas son dadas a conocer previamente a la inscripción a cada uno de los alumnos que aspiren a ellas, por parte del Departamento de Becas de la Universidad.

ANEXO II REGLAMENTO PARA EL USO DE TRANSPORTE 1. 2.

3. 4.

5.

6.

La compra de los boletos será en la caja de la Universidad. Los objetos personales escolares o de tecnología tales como: laptops, cámaras fotográficas, ipods, etc., son del cuidado exclusivo de cada alumno. La Universidad no acepta responsabilidad en caso de olvido, deterioro, extravío o de robo de los mismos. Está prohibido fumar y reservar asiento. Por cuestiones de seguridad es importante guardar el orden dentro del autobús y abstenerse de bailar, gritar, etc., ni dentro ni hacia afuera del autobús. El alumno que incurra en una de estas faltas se le negará el servicio y será remitido a la Dirección de la Preparatoria. Los alumnos harán uso adecuado del autobús cuidando no descomponer o destruir las instalaciones del mismo. En caso de realizarlo intencionalmente o por descuido, lo pagarán y aceptarán la sanción correspondiente. El transporte es una extensión de la Escuela Preparatoria, por lo cual se aplicará el Reglamento de la misma en cualquier situación del servicio de transporte.

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TRANSITORIOS ÚNICO: El presente Reglamento entrará en vigor y será obligatorio para la Comunidad Estudiantil de la Escuela Preparatoria, a partir de la fecha de 8 de agosto de 2016. EL PRESENTE REGLAMENTO FUE APROBADO POR EL CONSEJO ACADÉMICO, EN JUNTA ORDINARIA, DEL DIA 19 DE AGOSTO DE 1994 Y FUE REVISADO Y ACTUALIZADO EN JUNTA EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO ACADÉMICO DEL DÍA 29 DE JULIO DE 2016, DE ACUERDO A LAS NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA EL BACHILLERATO GENERAL MODALIDAD ESCOLARIZADA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL BACHILLERATO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA.

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