CONVENIO COMERCIAL DE PROGRAMAS Y SERVICIOS ESPECIALES - ALIANZA ESTRATEGICA -

CONVENIO COMERCIAL DE PROGRAMAS Y SERVICIOS ESPECIALES - ALIANZA ESTRATEGICA Convenio entre la COOPERATIVA DE EMPLEADOS DE LOS SECTORES TRABAJO, SALUD...
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CONVENIO COMERCIAL DE PROGRAMAS Y SERVICIOS ESPECIALES - ALIANZA ESTRATEGICA Convenio entre la COOPERATIVA DE EMPLEADOS DE LOS SECTORES TRABAJO, SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL “COOPMINPROSOC”. con Nit. 860.047.889-3, representada legalmente por su Gerente YOHANNA ANDREA BUITRAGO CORTÉS con C.C. 52.217.875 de Bogotá y que para efecto de este convenio se llamará COOPMINPROSOC., por una parte y por la otra DESTINOS SIN FRONTERAS – MAYORISTAS DE TURISMO con número de Nit: 900.407.603.-4 representada legalmente por JULIO ALFREDO GONZALEZ BRAVO Identificado con CC 79.251.538 de Bogotá, quien en adelante se denominará EL PROVEEDOR. Por el cual EL PROVEEDOR se compromete a ofrecer a los Asociados de COOPMINPROSOC, previa presentación de la autorización legalizada y registrada por COOPMINPROSOC y el documento de identificación, que lo acredita como tal, los productos que a continuación se indican y en las condiciones que se expresan en la propuesta anexa, la cual hace parte integral de este convenio: PRIMERO. - OBJETO DEL CONVENIO –1. EL PROVEEDOR se obliga con los asociados a COOPMINPROSOC a ofrecer SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO, establecidos en la propuesta anexa y respaldada por EL PROVEEDOR con el compromiso de servicio de venta y postventa para los Asociados de COOPMINPROSOC, de la siguiente manera: a. Tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales. b. Tarifas especiales y promocionales en paquetes básicos de vacaciones, otorgando un descuento del 10% en planes nacionales, porción terrestre y el 5% en los planes internacionales, porción terrestre y demás programas creados y operados por EL PROVEEDOR. c. Un tour conductor por cada 40 (el numero 41) pasajeros pagos en las salidas nacionales programadas y un tour conductor en porción terrestre por cada 35 pasajeros pagos (el numero 36) en los programas internacionales. d. El compromiso de realizar todas las reservas necesarias de hotelería, transporte aéreo, terrestre, seguros de asistencia médica y demás servicios sujetos a disponibilidad de cupos y confirmación por parte de los operadores, a solicitud de los asociados de COOPMINPROSOC. 2. EL PROVEEDOR se compromete a ofrecer el personal idóneo que se encargará de asesorar tanto en el producto como en los trámites necesarios a los asociados a COOPMINPROSOC, por lo tanto no constituye contrato de trabajo en ninguna de las relaciones entre EL PROVEEDOR y COOPMINPROSOC, ni entre este con los trabajadores que EL PROVEEDOR emplee en el desarrollo del presente contrato, ya

que se trata de un convenio de servicios, por lo tanto los sueldos, prestaciones legales y extralegales, vacaciones, seguros y otros, en caso de que EL PROVEEDOR llegare a utilizar trabajadores, serán pagados por EL PROVEEDOR. 3. EL PROVEEDOR, tendrá plena autonomía técnica y administrativa y que por lo tanto se regulará por las normas civiles y comerciales vigentes en Colombia. 4. EL PROVEEDOR establecerá una estrategia de comunicación adecuada para la difusión del convenio y como apoyo comercial para el conocimiento de los Asociados a través de los medios seleccionados para tal objetivo los cuales estarán basados en la elaboración de piezas publicitarias como volantes y afiches los cuales serán aprobados por COOPMINPROSOC en cuanto a las marcas, enseñas y lemas comerciales e total respeto a las normas de registro, cartas de colores autorizados, a fin de mantener la imagen comercial de las partes. El PROVEEDOR realizará las visitas acompañadas y coordinadas en las empresas vinculadas a COOPMINPROSOC para efectuar las cotizaciones y diligenciar los documentos de solicitud. 5. EL PROVEEDOR se compromete con COOPMINPROSOC a ejecutar cada una de las estrategias según los lineamientos que sean exigidos y a mantener y construir la mejor imagen de COOPMINPROSOC ante el asociado y el público en general, durante la vigencia del convenio, tanto en el proceso de venta, como de servicio postventa que exija y requiera cada asociado. 6. EL PROVEEDOR asumirá la responsabilidad del total sobre su personal, costos, gastos, la logística de organización de eventos y brigadas empresariales en las empresas vinculadas a COOPMINPROSOC, entendiéndose estos como todas las necesidades de ejecuciones planeadas e imprevistas para su realización. 7. COOPMINPROSOC Será el intermediario entre el Asociado y EL PROVEEDOR, por lo cual, para efectos del presente convenio no existe vinculo distinto entre ambas partes que el de una intermediación comercial, adicionalmente COOPMINPROSOC hará seguimiento de precios y servicio para asegurar la calidad del convenio. 6. La responsabilidad por reclamos provenientes del servicio y del producto ofrecido estará a cargo de EL PROVEEDOR, según su esquema de servicio postventa, con un plazo máximo de respuesta al asociado no superior a 10 días calendario. PARAGRAFO: EL PROVEEDOR no podrá realizar ofrecimientos ni negocios directos con los asociados de COOPMINPROSOC, ni con las empresas a los que estas pertenecen sopena de incurrir en incumplimiento al presente convenio, durante la vigencia del presente convenio y un año después de liquidado y de terminado el presente convenio.

SEGUNDO: – EL PROVEEDOR suministrará al Asociado un formato de cotización, para que el Asociado pueda gestionar con COOPMINPROSOC un estudio sobre su aprobación mediante una solicitud de crédito. 1.- El Asociado deberá cumplir todos los requisitos exigidos por COOPMINPROSOC para el trámite del crédito. Una vez COOPMINPROSOC, realice el estudio de crédito y apruebe la solicitud de su asociado, notificara a EL PROVEEDOR mediante correo electrónico procedente de la Coordinadora de Servicios, para que el PROVEEDOR expida la póliza y se comunique con el asociado para su entrega. TERCERO: RETORNO – EL PROVEEDOR reconocerá un retorno del 10 % sobre el valor de las ventas totales antes de IVA en cada cuenta de cobro, dicha comisión grava IVA que será asumido por EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR se compromete a ofrecer sus productos con precios competitivos para los asociados. COOPMINPROSOC se reserva el derecho de auditar los precios de venta al asociado para compararlos con los del mercado y exigir a EL PROVEEDOR el precio más favorable para el asociado. CUARTO: FORMA DE PAGO - EL PROVEEDOR presentará un documento de cobro por el valor total de los productos entregados con una relación y copia de las facturas expedidas a nombre de cada asociado, el cual se debe radicarse en un corte mensual en las oficinas de COOPMINPROSOC, documento de cobro que será cancelado en su totalidad dentro de los 8 (ocho) días calendario antes de la fecha de salida programada, previo descuento de la comisión, a la cuenta bancaria que designe EL PROVEEDOR. QUINTO: VALOR DEL CONVENIO – Dada la modalidad del presente convenio, carece de cuantía. SEXTO: DURACIÓN DEL CONVENIO – El presente convenio tendrá una duración de un (1) año calendario a partir de su aceptación y firma por EL PROVEEDOR Y COOPMINPROSOC y se renovará automáticamente. SEPTIMO: TERMINACION DEL CONVENIO – EL PROVEEDOR y COOPMINPROSOC, tienen la facultad para que de común acuerdo suspendan la ejecución de este convenio en cualquier momento, mediante la suscripción de un acta en que conste tal evento, sin que para efectos del plazo pactado se compute el término de suspensión o mediante comunicación enviada con treinta (30) días de anticipación por cualquiera de las dos (2) partes, sin que haya lugar a reconocer a la otra parte indemnización alguna o si el caso lo amerite para el pago o devolución de dinero a los Asociados.

PARÁGRAFO: A la terminación del convenio, se liquidarán las respectivas obligaciones que pudiesen existir a favor de cada una de las partes, dejando constancia en acta de terminación del contrato. OCTAVO: CESION: EL PROVEEDOR no podrá ceder o extender el presente convenio a persona natural o jurídica sin previa autorización expresa y escrita de COOPMINPROSOC. NOVENO: ANEXOS: hacen parte integral de este convenio los siguientes documentos: 1. Certificados de existencia y representación legar de ambas partes. 2. Copia del registro del NIT y RUT del PROVEEDOR. 3. Carta con la relación de las condiciones de los productos ofrecidos en la vigencia de este convenio, con sus respectivas tarifas y descuentos para COOPMINPROSOC. . En señal de conformidad se firma en la ciudad de Bogotá D.C. a los VEINTISÉIS (26) días del mes de ABRIL de DOS MIL DIECISÉIS (2016).

YOHANNA ANDREA BUITRAGO CORTÉS Representante Legal COOPMINPROSOC NIT. 860.047.889-3

JULIO ALFREDO GONZALEZ BRAVO. Representante Legal DESTINOS SIN FRONTERAS MAYORISTAS DE TURISMO S.A.S. 900407603-4

Proceso de Atención y Venta: 1. El Asociado de COOPMINPROSOC solicitará, la asesoría y cotización a EL PROVEEDOR. 2. El asociado deberá solicitar el valor correspondiente mediante solicitud de crédito a COOPMINPROSOC con la copia de dicha cotización expedida por el PROVEEDOR. 3. COOPMINPROSOC estudiará y liquidará el valor del crédito asociado una vez. Todo crédito es sujeto a aprobación según capacidad de pago del Asociado.

4. Solo se deben entregar productos por el monto aprobado por COOPMINPROSOC. COOPMINPROSOC no se hace responsable por el pago de valores adicionales a los montos aprobados en ningún caso. 5. EL PROVEEDOR notificará a COOPMINPROSOC, los asociados atendidos y que inician estudio de crédito a Srta. LEIDY PADILLA, Asistente de Crédito de COOPMINPROSOC, al correo electrónico [email protected], quien a su vez confirmará por el mismo medio el nombre de los asociados que obtienen aprobación crediticia para la compra de los productos.

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