1.- OBJETO DEL CONTRATO

GESTION INSULAR PARA EL DEPORTE LA CULTURA Y EL OCIO PLIEGO DE CONDICIONES JURIDICAS Y TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIE...
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GESTION INSULAR PARA EL DEPORTE LA CULTURA Y EL OCIO

PLIEGO DE CONDICIONES JURIDICAS Y TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA EL PABELLÓN DE DEPORTES DE TENERIFE “SANTIAGO MARTÍN”. 1.- OBJETO DEL CONTRATO

Se requiere el siguiente equipamiento que vendrá especificado en los pliegos de condiciones técnicas que rigen en la presente contratación, en concreto en la separata denomina: “Memoria de Equipamiento”. Equipamiento:        

2 Unidades de pantallas Led Indoor- Videomarcador para fondo de cancha. Software de gestión, señal de marcadores multideporte y de vídeo. Sistema de control (consolas, marcadores). 2 Unidades de marcadores de posesión sobre canastas (FIBA). 4 Unidades de marco luminoso Led para tablero de canasta (rojo y amarillo). 3 Unidades reloj de tiempo partido para vestuario. Unidad interfase consola. Unidad flecha indicadora alternancia posesión.

La codificación del presente contrato conforme a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea es la siguiente CPV: 32351200 – 0. Pantallas. 2.- ORGANO DE CONTRATACIÓN El órgano de contratación que actúa en nombre de IDECO S.A., es el Consejero Delegado de la misma, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de la Sociedad el pasado 8 de octubre de 2015, y por lo previsto en las Instrucciones de Contratación de IDECO, S.A. 3.- EMPLAZAMIENTO/ LUGAR DE ENTREGA La entrega del suministro objeto de contratación, totalmente instalado, comprobado y en funcionamiento, con todos sus componentes y accesorios, se realizará en la siguiente instalación de IDECO S.A: Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n Los Majuelos, 38108 La Laguna, Tenerife Será imprescindible la asistencia del contratista en el momento de la entrega definitiva del equipamiento, así como en la instalación y realización de pruebas de funcionamiento, para explicar los detalles pertinentes de funcionamiento y mantenimiento y hacer entrega de los preceptivos manuales de funcionamiento del equipamiento. 4.- VALIDEZ Y EFICACIA Las cláusulas contenidas en el presente pliego prevalecen sobre las condiciones generales que pueda presentar el adjudicatario, siendo nulo, y sin efecto alguno, cualquier artículo o disposición de estas últimas que se oponga o contradiga a estas cláusulas. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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Gestión Insular para el Deporte, la Cultura y el Ocio S.A. (Unipersonal). A 38615191. Inscrita en el Registro Mercantil de S/C de Tenerife, Tomo 2.102 de la Sec. Gral., Hoja TF – 24.651, Folio 56, Inscripción 1ª.

La presente contratación tiene por objeto el suministro e instalación mediante procedimiento abierto, de equipamiento, LLAVE EN MANO, para el Pabellón de Deporte de Tenerife “Santiago Martín”.

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En caso de duda o defecto de interpretación, se atenderá a lo dispuesto en estas cláusulas y en las instrucciones internas de contratación de IDECO S.A.

La contratación a realizar se califica como contrato de suministro del sector público, de conformidad con lo establecido en los artículo 9 y 20.1 del TRLCSP, y se regirá conforme a lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de la entidad, en cuanto a su preparación y adjudicación por lo previsto en el citado Texto Refundido y en las propias Instrucciones Internas de Contratación, y en cuanto a sus efectos y extinción, por la normativa de derecho privado. El presente pliego de cláusulas administrativas particulares y técnicas, el contrato y la oferta completa del adjudicatario son los documentos que tendrán carácter contractual. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.1 e) del TRLCSP, esta enumeración está jerarquizada, a efectos de posibles contradicciones entre los anteriores documentos. El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por IDECO S.A., que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento. Igualmente quedará sometido, a la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, y su norma de desarrollo, y disposiciones vigentes en materia laboral, seguridad social y salud en el trabajo. 6.- CONSULTAS Las empresas a las que interese participar en la presente contratación podrán realizar las consultas que crean necesarias para la mejor adecuación de las ofertas y/o mejoras que presenten. Para todas aquellas consultas de carácter técnico la persona de contacto será D. Jesús Álvarez Rodríguez, Director del Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” que atenderá las consultas en los teléfonos siguientes: +(34) 922822056, en horario de 9:00 a 14:00 horas, y en el e-mail: [email protected] . Aquellos empresarios interesados en realizar una visita a las instalaciones con el fin de optimizar su propuesta, deberán solicitar cita previa. Las consultas de carácter jurídico y/o administrativo podrán dirigirse al Departamento Jurídico de IDECO S.A., a través de los teléfonos siguientes: +(34) 922822056, en horario de 9:00 a 14:00 horas; y en el e-mail: [email protected]. 7.-CAPACIDAD PARA CONTRATAR 7.1.-Están facultados para contratar con IDECO S.A., las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no estén incursas en algunos de los supuestos de prohibición de contratar recogidos en el artículo 60 del TRLCSP, extremo éste que se podrá acreditar mediante declaración responsable de acuerdo con el modelo de Anexo II. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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5.- REGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN De acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 3.3 b), del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), IDECO S.A., tiene la consideración de poder adjudicador, lo que viene a determinar el marco jurídico aplicable a sus procedimientos de contratación.

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Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. 7.2.-Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.

7.4.- Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios se deberá estar a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP. Podrán participar en este procedimiento de contratación las uniones temporales de empresarios que se constituyan de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59 del TRLCSP. A efectos de la licitación, los empresarios que concurran a la licitación integrados en una unión temporal deberán indicar los siguientes datos: nombres y circunstancias de los que la constituyan; participación de cada uno de los integrantes y compromiso de cada uno de ellos de constituir formalmente la unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios del contrato. La formalización de la unión de empresarios en escritura pública se realizará una vez efectuada la adjudicación a su favor. Los empresarios que concurran a la licitación agrupados en uniones temporales quedan obligados solidariamente, debiendo nombrar un representante o apoderado con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta su extinción. La duración de la unión temporal de empresarios coincidirá con la del contrato hasta su extinción. 7.5.- No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras 8.- SOLVENCIA DE LOS LICITADORES: 8.1.- Los licitadores deberán acreditar, el estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica a través de los medios de justificación que se reseñan a continuación: a) Medios para acreditar la solvencia económica y financiera: La justificación de la solvencia económica y financiera habrá de acreditarse mediante la presentación de las últimas Cuentas Anuales aprobadas y registradas, a las que se les aplicará para su valoración, los siguientes ratios: 

Ratio de Solvencia: Activo no corriente + Activo corriente partido por Pasivo no corriente + pasivo corriente, todo ello * 100.



Ratio de Liquidez: Activo Corriente/Pasivo Corriente * 100. Si la razón corriente es inferior a 150% se podrá valorar su exclusión por el Comité de Valoración.

b) La solvencia técnica o profesional, habrá de acreditarse por todos los medios siguientes: 1.- Relación de los principales suministros de similar categoría efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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7.3.-Los que contraten con IDECO S.A., podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.

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cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. 2.- Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados de la instalación de este equipamiento y del mantenimiento del mismo.

4.- Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, homologado por FIBA. 5.- Acreditación de la existencia de una póliza de Responsabilidad Civil que cubra cualquier eventualidad durante la ejecución del contrato, de una cuantía mínima de 500.000,00 €. La no aportación por parte de los licitadores de toda la documentación exigida en la presente cláusula justificativa de la solvencia requerida y en la cláusula anterior relativa a la capacidad jurídica y de obrar, será causa de exclusión de la oferta, de conformidad con la normativa de aplicación. 9.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN El presupuesto máximo de licitación será de OCHENTA MIL EUROS (80.000,00€) igic excluido. Este suministro e instalación además incluye todo lo necesario para su realización, entre otros: los materiales y productos a suministrar; así como gastos de embalaje y transporte hasta el lugar de entrega; despachos de aduanas, carga y descarga; todos los arbitrios, aranceles y aduanas aplicables, incluidos los impuestos de importación; montaje, puesta en marcha y comprobación de correcto funcionamiento, y en general, cuantos otros conceptos fueran necesarios para realizar el suministro en las condiciones estipuladas, con la única exclusión de los impuestos indirectos. 8.- DURACIÓN / PLAZO DE ENTREGA El plazo máximo de entrega de la totalidad del objeto a suministrar, incluidas su instalación y puesta en marcha será como máximo de SETENTA DÍAS, a contar desde la fecha de comunicación de la adjudicación. 9.- EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO Existe el crédito presupuestario necesario para atender las obligaciones económicas que se deriven de la presente contratación. 10.- REVISION DE PRECIOS Dado el plazo de ejecución, en la presente contratación no habrá revisión de precios. II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 11.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 11.1.- A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado del contrato asciende a OCHENTA MIL EUROS igic excluido.

IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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3.- Muestras, descripciones técnicas y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.

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11.2.- El presente contrato se adjudicará por procedimiento abierto, de conformidad a lo establecido en el artículo 138.2 del TRLCSP, y conforme a una pluralidad de criterios, que se detallan en el apartado siguiente, de conformidad con el artículo 150.3 del TRLCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicha Ley.

12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS. 12.1.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá tomando como base varios criterios de adjudicación que se encuentran vinculados al objeto del contrato y que se relacionan a continuación: Nº 1 2 3 4 5

CONCEPTO PRECIO PLAZO DE ENTREGA ASISTENCIA TÉCNICA (PRESENCIAL Y REMOTA) GARANTÍA MEJORAS SIN COSTE

PUNTUACIÓN 40% 25% 5% 5% 25%

La valoración de los criterios nº 1, 2, 3 y 4 (criterio objetivos) atenderá al siguiente procedimiento: a) A la oferta más ventajosa se le asignará la puntuación máxima de cada aparatado. b) Al resto de las ofertas se le aplicarán los puntos que proporcionalmente le correspondan por su diferencia con la mejor oferta de acuerdo con la siguiente fórmula: P= (pm*mo)/O o bien P=(pm*O)/mo según se trate ,respectivamente, de proporción inversa o proporción directa con la mejor oferta donde: P: es la puntuación pm: es la puntuación máxima mo: es la mejor oferta( precio unitario de que se trate más bajo) O: el valor cuantitativo de la oferta que se valora (precio unitario que se trate de valorar) Valoración del criterio nº 5 criterio subjetivo, mejoras sin coste para el órgano de contratación A) B) C) D)

Marco luminoso con control eléctrico (1 unidad) hasta 5 puntos Marco luminoso amarillo (1 unidad). Hasta 5 puntos Marcador de posesión de cuatro caras para sobre canastas. Hasta 5 puntos Servicio de producción de videopantalla durante eventos, Hasta 10 puntos

IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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11.3.- La tramitación del expediente para la adjudicación de este contrato es ordinaria, con arreglo a lo dispuesto en los art. 109 y 110 del TRLCSP.

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Puntuación final: será el resultado de sumar la puntuación obtenida en los criterios no evaluables de forma automática (criterios subjetivos) y en los criterios evaluables de forma automática (criterios objetivos). La mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales.

En caso de empate en el resultado de la negociación, se dará preferencia a aquellas interesadas que se encuentren en alguno/s de los siguientes supuestos: Que acrediten que siempre podrán ofrecer para la contratación de personal, a personas inscritas como demandantes de empleo en Tenerife con, al menos, seis meses de antigüedad a la fecha efectiva de contratación, (Acuerdo de 3 de junio de 2013 del Pleno de la Corporación Insular). Si no se produjera de esta forma el desempate se atenderá a los siguientes criterios de desempate por el siguiente orden: 1. Que tengan en su plantilla un número de trabajadores/as superior al 2% con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En caso de persistir el empate, tendrá preferencia en la adjudicación la interesada que disponga del mayor porcentaje de trabajadores/as fijos con discapacidad. 2. Que siendo una empresa de menos de 250 trabajadores/as elabore y aplique planes para la efectiva igualdad entre mujeres y hombres o cuente con la aplicación de medidas de establecimiento de acciones positivas y encaminadas a eliminar la discriminación por razón de sexo. 3. Que observen la presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición de sus órganos de administración. La constatación de estas circunstancias sólo será requerida si se da este supuesto. 13.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 13.1.- Quienes deseen concurrir a la licitación deberán presentar sus proposiciones en el plazo de VEINTIUN DÍAS NATURALES (21) contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en la Plataforma de Contratación del Estado y en el perfil de contratante de IDECO S.A., a través de su página web www.idecogestion.com.es. 13.2.- La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas centrales de IDECO S.A., bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado. También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión de la proposición. Dicha comunicación podrá también realizarse por correo electrónico, si bien este medio sólo será válido si existe constancia de su transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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Se establece como parámetro de anormalidad o desproporción el ofrecimiento de algún precio/hora inferior en un 30% a la media aritmética ofrecida por el resto de licitadores con relación a ese mismo precio/hora; en estos casos se procederá según lo establecido en el art. 152 del TRLCSP.

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No obstante lo anterior, en caso de que el vencimiento sea en sábado, domingo o cualquier día festivo, aquel se traslada al día hábil inmediato posterior. 13.3.- La presentación de la proposición presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna. 13.4.- Las proposiciones constarán de tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o por persona que la represente. 13.5.- El órgano de contratación podrá pedir justificación documental o aclaraciones de todos los datos aportados por el licitador antes de la adjudicación, condicionando ésta a que dicha justificación o aclaraciones sean suficientes a su juicio. 14. DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ACOMPAÑAR A LAS OFERTAS 14.1. La proposición constará de TRES (3) SOBRES CERRADOS, en los que se indicará en el exterior, su respectivo contenido en forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre (esto es, el título del sobre como seguidamente se expone) y los siguientes datos del licitador, teniendo en cuenta que los datos que figuren en los sobres serán los que, en su caso, se tomarán en cuenta a los efectos de las comunicaciones y notificaciones oportunas, así como de la devolución de la documentación pertinente, salvo que en el mismo se haga constar expresamente otro lugar distinto para las mismas. - nombre o razón social del licitador - dirección completa a efecto de notificaciones - número de teléfono - número de fax - dirección de correo electrónico Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en esta cláusula, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. IDECO S.A., se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.

IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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Por tanto, no serán oficinas válidas a estos efectos la presentación en el Registro General del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, o Registros Auxiliares de dicha Corporación, localizados en otras dependencias, ni tampoco los Registros de cualesquiera otras Administraciones Públicas. Sin embargo, si la solicitud se presenta erróneamente en cualesquiera otras oficinas, y éstas la remiten a las oficinas de IDECO S.A., podrán ser admitidas siempre que en éste último se reciban antes de expirar el plazo señalado en el párrafo en la cláusula 14.1, y la documentación reúne los requisitos formales exigidos.

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14.2. SOBRE NÚMERO 1: Deberá tener el siguiente título: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, del suministro e instalación de equipamiento para el Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín”. Dicho sobre, contendrá la siguiente documentación, detallada en una relación suscrita por el licitador o persona que lo represente, en carpeta foliada con el correspondiente índice:



Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales, o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, junto con el resto de datos identificativos y de contacto (teléfono, fax y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones), así como el Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda con el objeto del contrato.



Si se trata de persona jurídica deberán presentar escritura de constitución, o de modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en la que consten las normas por la que se regule su actividad, inscrito en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.



En el caso de que el firmante de la proposición no sea la misma persona que ha de obligarse, poder notarial justificativo de las facultades con las que comparece, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, que para las sociedades mercantiles podrá ser sustituido por certificación del citado Registro, acreditativa de la constancia en el Registro de la inscripción del poder que ostenta. Asimismo se acompañará de copia del CIF de la empresa ofertante y DNI del firmante de la oferta.



Los empresarios que concurran a la licitación integrados en una unión temporal deberán indicar los siguientes datos: nombres y circunstancias de los que la constituyan; participación de cada uno de los integrantes y compromiso de constituir formalmente la unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios del contrato. Los empresarios que concurran a la licitación agrupados en uniones temporales quedan obligados solidariamente, debiendo nombrar un representante o apoderado con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta su extinción., caso de resultar adjudicatarios, y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE.

2.- Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, profesional o técnica, de conformidad con lo previsto en la cláusula 8 del presente pliego. 3.- Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de Sector Públicos, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta, extremo éste que se podrá acreditar mediante declaración responsable de acuerdo con el modelo de Anexo II.

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1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición en la forma siguiente:

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5.- Declaración firmada por el representante legal de la empresa, de cumplimiento de los requisitos en materia de prevención de riesgos laborales, según el modelo del Anexo III, del presente pliego. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. 14.3. SOBRE NÚMERO 2: Deberá tener el siguiente título: Documentación de los criterios que dependen de juicio de valor, para la licitación, mediante procedimiento abierto, del suministro e instalación de equipamiento para el Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín”. La documentación a incluir en el sobre número 2 se identificará de forma clara, ordenada y separada en el interior de dicho sobre, rubricándose, cada uno de los documentos con los correspondientes epígrafes, que se indican a continuación: Mejoras voluntarias (en los términos que se indicó en la cláusula criterios de adjudicación) Además deberá incluirse en este Sobre Número 2 para su análisis y estudio, la siguiente documentación: Para el caso de que el licitador posea servicio de producción de videopantalla durante eventos, se deberá aportar en este Sobre, Propuesta detallado en precio/hora, del citado servicio. 14.4. SOBRE NÚMERO 3: Deberá tener el siguiente título: Documentación de los criterios económicos y evaluables por aplicación de fórmulas, para la licitación, mediante procedimiento abierto, del suministro e instalación de equipamiento para el Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín”. En el contenido de la oferta económica presentada se entenderá incluido los gastos e impuestos señalados en la cláusula 9 (presupuesto de licitación). El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas. La oferta económica deberá cumplimentarse conforme al modelo que se adjunta al presente Pliego como Anexo I. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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4.- Relación de documentos y datos que el licitador califica como de carácter confidencial: Las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. (Anexo IV). Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la leal competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter.

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Se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que IDECO S.A., estime fundamental para considerar la oferta.



A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica ofertada comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.

Para la valoración del plazo de entrega, el licitador deberá presentar su Propuesta en este Sobre, en documento diferente y especificando en número y letra los días que constituye su plazo, diferencia plazo de entrega de material y plazo de instalación del mismo, constituyendo el total del plazo, el cumplimiento de suministro Llave en Mano. Asimismo deberá aportar, documento con el plazo de garantía ofertado, y propuesta de mantenimiento del equipamiento instalado, debiendo acompañar a su oferta borrador de contrato de mantenimiento. Se incluirá igualmente en este Sobre, toda la documentación técnica de los materiales y equipamiento a suministrar (Catálogos, ficha técnica y fotografías, y homologaciones FIBA). 15.-CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Se constituirá una Mesa de Contratación integrado por un Presidente, dos Vocales, y un Secretario quienes se encargarán de calificar la documentación presentada, valorar las ofertas, establecer el orden decreciente de las mismas y elevar una propuesta de adjudicación al órgano de contratación. Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa de Contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con lo previsto en el art. 160.1 del TRLCSP. A tal fin se designa Presidente de la Mesa de Contratación, a Director del Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín”, Vocales al Director Técnico de IDECO S.A., y a la Directora Económica Administrativa de IDECO S.A., actuando como Secretaria la Directora Jurídica de IDECO S.A. A todas las reuniones de la Mesa de Contratación asistirá como invitado, con voz pero sin voto D. Sergio Morales Rodríguez, Arquitecto, redactor del informe técnico sobre “Necesidad de actuaciones en el Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” y Director de este Suministro e Instalación. El procedimiento de trabajo de la Mesa de Contratación será la siguiente: 1) Apertura del SOBRE nº 1: Calificación de la documentación general. Constituida la Mesa de Contratación, procederá a la calificación de la documentación general contenida en el SOBRE nº 1 presentado por los licitadores y si la Mesa observase defectos materiales en la documentación presentada lo notificará por fax, o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables no será admitido a la licitación. Seguidamente se extenderá la correspondiente Acta.

IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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En la proposición económica regirán las siguientes reglas:

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Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior y a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores se podrá exigir a los mismos las aclaraciones que se estimen oportunas exigiéndole la aportación de documentos complementarios, otorgándole a tal fin un plazo máximo de cinco días naturales, siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.

Realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, se notificará telefónicamente, mediante correo electrónico o vía fax a todos los licitadores la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del SOBRE nº 2. La convocatoria deberá realizarse con una antelación mínima de UN (1) DÍA. La apertura se realizará en acto público con arreglo al siguiente procedimiento: El Presidente de la Mesa de Contratación dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en el SOBRE nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. Posteriormente, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del SOBRE nº 2, de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre. Concluida la apertura de los SOBRE nº 2, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado. A continuación, se dará traslado de las proposiciones contenidas en los SOBRE nº 2 a un Tecnico especialista independiente IDECO S.A. para la emisión del correspondiente informe de valoración. Posteriormente, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. 3) Apertura del SOBRE nº3: Criterio económicos y evaluables por aplicación de fórmulas. Una vez recibido el informe de valoración, se notificará telefónicamente mediante correo electrónico o vía fax a todos los licitadores la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del SOBRE nº 3 conteniendo la documentación relativa al criterio económico. La convocatoria deberá realizarse con una antelación mínima de UN (1) DÍA. Antes de comenzar la apertura de proposiciones en acto público, el Presidente de la Mesa dará a conocer el resultado total de la ponderación que depende de un juicio de valor. A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los SOBRES nº 3 de los licitadores admitidos, dando lectura a los documentos correspondientes al criterio de adjudicación evaluable de forma automática. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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2) Apertura del SOBRE nº 2: Criterio que dependen de un juicio de valor.

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Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles.

La Mesa de contratación, tras ponderar el criterio evaluable de forma automática sumará la ponderación obtenida por los licitadores respecto al resto de los criterios, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, especialmente del informe de valoración del técnico especialista independiente de IDECO S.A.. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte el acto de adjudicación. 16- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO: El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente: 16.1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP: - Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma. El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. 16.2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. Las certificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores deberán ser expedidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la LCAP y, en su caso, podrán ser remitidas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.

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16.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP.

16.5.- Constitución de la garantía definitiva: por importe del 5 por 100, del importe de adjudicación del contrato, excluido el IGIC. La garantía podrá constituirse mediante la fórmula de retención en el precio con cargo a la primera que se expida y en las sucesivas, hasta llegar al importe citado, o bien en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, debiendo depositarse en su caso el importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en el departamento Económico-Administrativo de IDECO S.A. 16.6.- Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada a la que se refiere el art. 146.4 del TRLCAP y señalada anteriormente, se comunicará dicha circunstancia por fax o correo electrónico al licitador, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si en el plazo de subsanación concedido el licitador no subsana la documentación requerida o subsana fuera de plazo, se entenderá que el licitador propuesto como adjudicatario ha retirado materialmente su oferta, en aplicación de lo establecido en el art. 151.2 del TRLCSP, procediéndose a recabar la documentación recogida en los artículos 151.2 y 146.1 del TRLCSP al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 17.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 17.1.- Dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, el órgano de contratación deberá dictar resolución de adjudicación a favor del licitador, siempre que éste haya presentado toda la documentación exigida y acreditada que reúne las condiciones requeridas al efecto. La adjudicación deberá acomodarse a la propuesta de la Mesa de Contratación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto, o cuando se presuma fundadamente que la proposición no puede cumplirse como consecuencia de ofertas con valores anormales o desproporcionados, siendo de aplicación lo establecido en los artículos 85 y 86 del RGLCAP. 17.2.- Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa, por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, IDECO S.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 151.2 del TRLCSP, entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 17.3. La adjudicación será motivada y se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante de la página web del órgano de contratación www.idecogestion.net. y en la Plataforma de Contratación del Sector Público. 17.4. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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16.4.- El propuesto adjudicatario deberá aportar también en este plazo una declaración responsable expresiva de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en estos pliegos.

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18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 18.1. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para suscribir, dentro del plazo de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, momento en el cual se perfecciona, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 del TRLCSP. Se adjuntará al mismo, formando parte sustancial de él, la oferta del adjudicatario y un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos, debiendo entregar dentro del mes siguiente a la entidad contratante una copia autorizada y dos simples de la escritura. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. 18.2.- Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo, y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar la escritura pública de constitución como tal. 18.3.- Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el órgano de contratación podrá acordar dejar sin efecto la adjudicación al entender que el adjudicatario ha perdido interés en el contrato incautando la garantía definitiva constituida y proponiendo nuevo adjudicatario al siguiente licitante según el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, con sujeción al procedimiento previsto en estos pliegos. 19.- RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO: El órgano de contratación designará como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación, al Director del Pabellón de Deporte de Tenerife “ Santiago Martín” o persona en quien este delegue. Para trámites de carácter económico-administrativo el responsable supervisor será la Dirección Económica Administrativa de IDECO S.A. 20.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 20.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. Los bienes objeto del suministro deberán ser entregados e instalados en el Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín”, sito en c/ Mercedes s/n Los Majuelos, 38108 La Laguna, Tenerife, y en el plazo señalado en la cláusula 8 del presente pliego, o en el que hubiere ofertado el contratista en su proposición si fuera menor. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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17.5. No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, IDECO S.A., antes de la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, con los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado; en el bien entendido de que tales gastos sólo alcanzarán a los de presentación de oferta (gastos de correos, mensajería) pero en ningún caso a los de preparación de la oferta al ser unos gastos que han de asumir por la mera participación en la licitación.

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20.2.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía.

Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de IDECO S.A., será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. 20.3.- El contratista será responsable de obtener las cesiones, permisos y autorizaciones de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, resulten necesarias, corriendo por su cuenta el abono de las indemnizaciones que pudieran corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar, en su caso, a IDECO S.A., de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse con motivo de la interposición de reclamaciones. 20.4.- Cuando el acto de recepción de los bienes objeto del suministro sea posterior a su entrega, IDECO S.A., será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. 20.5.- El contratista estará obligado a realizar todas las operaciones que resulten necesarias para la instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los bienes a suministrar, considerándose su costo incluido en el precio del contrato al tratarse de un suministro LLAVE EN MANO.. 20.6.- El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. En todo caso, el personal del contratista deberá cumplir los requisitos de identificación y generales exigidos por la seguridad de Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín”, y su reglamento interior, en este sentido, el personal de la empresa contratista que realice trabajos objeto de este contrato de suministro e instalación, utilizará siempre uniforme propio (a cargo de la adjudicataria) con el anagrama de la empresa, cuidando en todo momento la correcta presencia de dicha indumentaria. Asimismo, instalarán las señales precisas para indicar las zonas de trabajo y los puntos 20.7.- El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. 21.- OBLIGACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: 21.1.- La presente contratación se ejecutará teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de IDECO S.A. 15 Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a IDECO S.A., salvo que ésta hubiese incurrido en mora al recibirlos.

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noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. 21.2.- A tales efectos se exigirá a la entidad adjudicataria declaración responsable en materia de prevención de riesgos laborales, conforme al modelo del Anexo III del presente pliego.

22.2.- Tanto en las ofertas presentadas por los interesados, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, reflejando como partida independiente la cuantía del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que deba ser soportado por IDECO S.A., sin perjuicio de su posterior repercusión al licitador que resulte adjudicatario. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato incluido los posibles desplazamientos. 23.- ABONOS AL CONTRATISTA 23.1.- El contratista tendrá derecho al abono de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por IDECO S.A., El pago del precio del contrato se realizará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada por el Director del Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” de IDECO S.A. 23.2.- Las facturas deberán de estar adaptadas a lo dispuesto en el RD Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estimulo del crecimiento y de la creación de empleo (BOE 23/02/13; corrección de errores BOE 28/02/13). Asimismo, se tramitará el pago, siempre que conste de los requisitos anteriormente descritos, previa conformidad del responsable del contrato, y debidamente conformada por la Dirección del Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” de IDECO S.A. 23.3.- IDECO S.A., tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el Departamento administrativo de IDECO S.A., en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías. 23.4.- Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a IDECO S.A., con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que pudieran derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCSP.

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22.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA: 22.1.- Son de cuenta del contratista los gastos derivados de la formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.

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Si la demora en el pago superase seis meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a la resolución del contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.

24.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS Y PENALIDADES POR DEMORA. 24.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 del presente pliego, sin que sea preciso el requerimiento por parte de IDECO S.A., al contratista para que éste pueda ser declarado incurso en mora. 24.2.- Si llegado el final del plazo establecido, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, IDECO S.A., podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato, o por la imposición de penalidades diarias en la proporción del 3% por cada 1.000€ del precio del contrato. Cada vez que las penalidades alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución, con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá IDECO S.A., respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. 24.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho IDECO S.A., por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista. 24.4.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, IDECO S.A., podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP. 25.- SUBCONTRATACIÓN. En la presente contratación no será posible la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal. 26.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO El contrato se podrá modificar por razones de interés público y para atender a causas imprevistas debidamente justificadas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 107, 210 y 219 del TRLCSP, así como los artículos 234, 296 y 306 del TRLCSP, en función del objeto del contrato. En tales casos se estará a lo dispuesto en los artículos 156 y 219 del TRLCSP. Las modificaciones en contrato acordadas de conformidad con lo descrito en la presente cláusula serán de obligado cumplimiento por el contratista, sin que tenga derecho alguno, en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes, a reclamar indemnización por dichas causas.

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23.5.- El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, e IDECO S.A., expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión

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27.2.- Si el objeto del contrato no se hallara en condiciones de ser recibido, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, el suministro e instalación efectuado no se adecua a lo contratado, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, IDECO S.A., podrá rechazarlo, quedando exento de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces. 27.3.- Podrá realizarse recepción parcial de aquellas partes del objeto del contrato susceptibles de ser entregadas por fases y de ser utilizadas de forma separada o independiente. 28.-PLAZO DE GARANTÍA. 28.1.- El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de (2) DOS AÑOS, o cualquier otro superior ofertado por el contratista, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del suministro, plazo durante el cual IDECO S.A., podrá comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente pliego. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los suministro ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista. 28.2.- Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su costa, todas las deficiencias que se puedan observar en los bienes suministrados, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente pliego y en el artículo 225.4 del TRLCSP. Si se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, IDECO S.A., podrá exigir al contratista la reposición de los que resulten inadecuados, o la reparación de los mismos, si ésta fuese suficiente. Durante el plazo de garantía el contratista podrá conocer y manifestar lo que estime oportuno sobre la utilización de los bienes suministrados. 28.3.- Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no será bastante para lograr el fin podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 29.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato y transcurrido el plazo total previsto como duración de este contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla. 30.- INTERPRETACIÓN: El órgano de contratación interpretará el contrato y resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento sin perjuicio de la audiencia del contratista y demás derechos que le asistan. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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27.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 27.1.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de IDECO S.A., cuya conformidad se hará constar de forma expresa dentro del plazo de un mes de haberse producido la entrega, debiendo llevarse a cabo la correspondiente recepción expresa.

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31.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 224 y 300 del TRLCSP.

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ANEXO I

D......................................................................................, mayor de edad, con domicilio en..................................................................., y D.N.I. número .........................................., en nombre propio ( o en representación según acredita mediante poder)..........................................., queda enterado del inicio de la contratación por procedimiento abierto del suministro de equipamiento para el Pabellón de Deporte de Tenerife “ Santiago Martín” y se compromete a realizarlo, con sujeción a los presentes pliegos, por un importe total de ..................................... (

)

Igic …………………………………………………….

En ................................. a.......de........de 2016.

Firma, D.N.I. y Sello de la empresa.

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MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

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ANEXO II

D/Dña……………………………………………………………………………….. con D.N.I……………………………, actuando en nombre propio/ en nombre y representación de la empresa …………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………………….., según poder bastante vigente al día de la fecha, enterado/a del expediente de contratación cuyo objeto es la contratación por procedimiento abierto del equipamiento para el Pabellón de Deporte de Tenerife “Santiago Martín”, DECLARA, de forma responsable ante el órgano competente de contratación de IDECO S.A. : PRIMERO: Que el que suscribe, y/o la empresa a la que representa, tienen personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para suscribir el presente contrato. Que el ámbito de actividad, fines y objeto de la persona jurídica que concurre a este procedimiento y que constan en sus estatutos o reglas fundacionales comprende las prestaciones del presente contrato. SEGUNDO: Que el que suscribe, y/o la empresa a la que representa en cuyo nombre actúa y el/los Administrador/es de la misma, no están incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar de las previstas en el artículo 60 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. TERCERO: Que el que suscribe, y/o la empresa a la que representa se encuentra actualmente al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. CUARTO: Estas declaraciones se hacen sin perjuicio de la obligación de justificar documentalmente estas circunstancias en el supuesto de resultar adjudicatario del contrato.

Y para que así conste y surta efectos en el expediente de contratación al que se refiere la proposición presentada, se firma esta declaración responsable.

En ____________________ a______ de _____________ de 2016 Fdo.:_________________________

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MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

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ANEXO III DECLARACION RESPONSABLE EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

DECLARO: Que adquiero, personalmente (persona física) o en nombre de la empresa a la que represento, el compromiso formal con IDECO S.A, de satisfacer o haber satisfecho, antes del inicio de los trabajos para esta entidad, las siguientes exigencias referidas a los servicios o actividades incluidos en el objeto del contrato y respecto de los trabajadores, equipos y maquinaria que la empresa destine a la realización de los mismos: 1. Cumplir con las disposiciones generales de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (y modificaciones posteriores) y cuantas reglamentaciones que la desarrollan le sean de aplicación. 2. Haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el artículo 10 del capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997 y modificaciones posteriores) en lo relativo a la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias para el desarrollo de su actividad. 3. Haber informado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre los riesgos inherentes a su puesto y entorno de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se deban adoptar, de acuerdo a una evaluación de riesgos y a una planificación de medidas preventivas que será lo suficientemente completa como para poder realizar los trabajos en óptimas condiciones de seguridad. Esta evaluación incluirá, en su caso, la información e instrucciones que pueda haber aportado IDECO S.A., con relación al entorno de los trabajos, empresas concurrentes y riesgos que puedan generar, etc. 4. Haber formado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre el desempeño de su trabajo en adecuadas condiciones de seguridad y salud. 5. Poner a disposición de los trabajadores máquinas y equipos de trabajo que cumplan la legislación que les son de aplicación (RD 1215/1997, RD 1435/1992, RD 56/1995, RD 1644/2008, etc.) 6. Poner a disposición de los trabajadores equipos de protección individual adecuados y con arreglo a la reglamentación vigente (RD 1407/1992 y RD 773/1997). 7. Satisfacer la obligación legal en cuanto a la acreditación de la aptitud médica de los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo. En ____________________ a______ de _____________ de 2016 Fdo.:___

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D./Dª. __________________________________________ , con NIF/Pasaporte nº ____________, en nombre propio o en representación de la empresa _______________________________________, con ___________, con poder bastante para ello y a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la vigente legislación de contratos administrativos

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA EL PABELLÓN DE DEPORTES DE TENERIFE “SANTIAGO MARTÍN” .

ÍNDICE

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0. Aplicación 1. Generalidades 1.1 Cláusula preliminar 1.1.1 Contradicciones, errores y omisiones en documentación 1.1.2 Disposiciones legales 1.2 Trabaajos que comprende 1.3 Medios Auxiliares 1.4 Documentos 1.5 Definiciones 1.5.1 Dirección de Obra 1.5.2 Contratista 1.6 Duración de los trabajos 1.7 Inspección de los trabajos 1.8

Obligaciones del Contratista

1.9 Unidades de obra no tradicionales 1.10 Especialización en la mano de obra de unidades de obra no

tradicionales 1.11 Medición 2. Memoria descriptiva del equipamiento 3. Ejecución de los Trabajos 3.1 3.2 3.3 3.4

Replanteo Trabajos Previos Equipamiento Seguridad y Salud

4. Mediciones IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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1.- GENERALIDADES 1.1.- Cláusula Preliminar Forma parte inseparable de este Pliego de Condiciones los siguientes Pliegos y Normas, siempre que no sean contradichos o anulados por el presente Pliego: 

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)

1.1.1 Contradicciones , errores y omisiones en la documentación En el caso de que surgieran contradicciones o dudas en la interpretación de los distintos documentos de la oferta, se tendrá en cuenta: 1. Las disposiciones del presente Pliego. 2. Lo especificado en las especificaciones técnicas de los productos. 3. Las descripciones establecidas para las distintas unidades de obra en el Presupuesto. 4. La interpretación del técnico director o supervisor técnico designado por IDECO. 1.1.2 Disposiciones legales El Contratista vendrá obligado al cumplimiento de todas las disposiciones legales vigentes y en especial las del Ministerio de Trabajo. 1.2. - Trabajos que comprende Se desarrolla el programa de necesidades de acuerdo a los requerimientos técnicos pertinentes, de forma que, se ha proyectado el equipamiento del Pabellón de Deportes de Tenerife "Santiago Martín" en base a las necesidades técnicas de equipamiento observadas para la alta competición. A los efectos de garantizar la máxima coordinación en los trabajos que conlleve el suministro de este equipamiento deportivo, se considera que la presente contratación incluye que todos los trabajos de suministro, montaje e instalación se realicen con único contratista, para que los coordine y los ejecute con la máxima efectividad.

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0.- APLICACIÓN Este Pliego de Condiciones es el que habrá de regir en la CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA EL PABELLÓN DE DEPORTES DE TENERIFE “SANTIAGO MARTÍN", promovida por la sociedad Gestión Insular para el Deporte, la Cultura y el Ocio (IDECO, S.A.)

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En caso necesario, el contratista/adjudicatario del contrato, realizará a su costa, los trabajos previos de protección del pavimento deportivo, a los efectos de evitar posibles desperfectos durante las labores de instalación y montaje del equipamiento. 1.3.- Medios auxiliares El Contratista debe proporcionar todos los utensilios, herramientas, y mano de obra necesaria para la realización de estas obra y todos ellos en disposición de ser empleados en cualquier momento y en condiciones de seguridad. Para ello, siempre y cuando sea necesario según normativa vigente, deberá aportar la documentación requerida en materia de seguridad y salud, plan de seguridad, etc. 1.4. - Documentos Este Pliego de Condiciones, juntamente con la Memoria del Equipamiento Requerido que se anexa al final del presente pliego, son los documentos que han de servir de base para la ejecución del contrato y por consiguiente de obligada observancia por el Contratista. Todas las condiciones de ejecución y calidad, así como condiciones de recepción de materiales y características de los mismos que figuran en la Memoria del Equipamiento Requerido, han de considerarse condiciones facultativas y técnicas del presente Pliego de Condiciones que no se transcriben para evitar una repetición innecesaria. 1.5. - Definiciones A los efectos de este Pliego de Condiciones Generales se fija el significado de los siguientes términos: Dirección de Obra. - Contratista. 1.5.1 Dirección de Obra: Está formada por el Técnico que designe la propiedad (IDECO, S.A.), que asume la función de Dirección de Obra, en concreto D. Sergio Morales Rodríguez (Arquitecto). Será misión preferente de la Dirección de Obra:

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Ordenar y dirigir la ejecución material de las obras e instalaciones del equipamiento, cuidando de su control práctico y organizando los trabajos de acuerdo con la normativa vigente.



Inspeccionar los equipamientos a instalar, exigiendo los documentos de idoneidad precisos para su aceptación.



Controlar las instalaciones provisionales, los medios auxiliares de la instalación y los sistemas de protección, exigiendo el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre seguridad en el trabajo. 25

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Se considera especialmente relevante que, para garantizar el buen resultado final y el correcto funcionamiento de reparto de cargas, los trabajos de los equipamientos colgantes se realicen en total coordinación con los equipos auxiliares por su necesaria interacción, tanto durante la instalación como para el uso posterior; así como de obligado cumplimiento de lo expresado en los informes técnicos existentes de cargas máximas, reparto de las mismas y posibilidades de anclaje a la estructura de cubierta de la instalación. (El licitador podrá acceder a dicho informe técnico contactando con la Dirección del pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín”).

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Cualquiera otras que disponga el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), en el que se regulan las facultades y competencias profesionales de los Directores de obra.

1.5.2 Contratista:

Cuando en este Pliego de Condiciones se alude al Contratista se refiere al Contratista General si es uno sólo o al que haya contratado con la propiedad la parte del suministro que se alude; pero no a otros que hayan podido subcontratar o destajar trabajos parciales bajo la exclusiva responsabilidad del Contratista. 1.6. - Duración de las obras de instalación del equipamiento La ejecución total de los trabajos se llevará a efecto dentro del plazo que fije la propiedad, para lo cual, los trabajos darán comienzo en el plazo que se marque, desarrollándose en la forma necesaria para que dentro de los períodos parciales que se señalen, queden ejecutados los hitos correspondientes. El Contratista terminará la totalidad de los trabajos en el plazo que fije contractualmente con la propiedad. 1.7. - Inspección de los trabajos Será misión exclusiva de la Dirección de Obra, la comprobación de la instalación del equipamiento con arreglo al presente pliego, la oferta presentada y a sus instrucciones complementarias. El Contratista hará guardar las consideraciones debidas al personal con la Dirección que tendrá libre acceso a todos los puntos de trabajo y a los almacenes de materiales destinados a la misma para su reconocimiento previo. La Dirección de Obra podrá ordenar ensayos o cualquier tipo de prueba de funcionamiento cuando sospeche la existencia de posibles defectos no aparentes o de materiales de calidad deficientes, siendo de cuenta del Contratista todos los gastos sin derecho a indemnización en caso de confirmarse la existencia de dichos defectos y certificando a éste la indemnización correspondiente, tasada a los precios unitarios del contrato, en caso contrario. 1.8. - Obligaciones del Contratista El Contratista tiene la obligación de ejecutar esmeradamente todos los trabajos de suministro e instalación y cumplir todas las condiciones estipuladas y cuantas órdenes le sean dadas por el Director de la Obra, entendiéndose que deben entregarse completamente terminadas y en perfecto funcionamiento cuantos elementos de equipamiento afecten a este expediente. El Contratista es el único responsable de la ejecución de los trabajos, suministro e instalación del equipamiento, no teniendo derecho a indemnización alguna por los errores IDECO S.A. 26 Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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Es la persona física o jurídica que contratará con la propiedad el suministro e instalación del equipamiento.

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que cometiese durante su instalación, siendo de su cuenta y riesgo e independiente de la inspección del Director de Obra.

El Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar caídas de operarios, desprendimientos de herramientas y materiales que puedan herir o lesionar alguna persona. Deberá aportar, en caso de que fuera necesario, el correspondiente plan de seguridad, contemplando todas las medidas de protección individuales y colectivas, que correrán a su costa, estando incluidas en el precio del contrato. El Contratista queda obligado si así fuera requerido por la Dirección de Obra, a tener al frente y a pie de las obras personal técnico cualificado, cuyos honorarios satisfarán por su cuenta y cuya designación hará con aprobación del Director de la Obra, sin poder exigir indemnización alguna o aumento de los precios contratados en razón de este concepto. El Contratista quedará obligado al cumplimiento de los preceptos relativos al contrato de trabajo y de accidentes; asimismo se ajustará a las obligaciones de carácter oficial vigente pudiendo en todo momento, la Dirección de Obra, exigir los comprobantes que acrediten este cumplimiento. El Contratista será responsable de las reclamaciones que surgieran con motivo de los derechos de patentes de los materiales o instalaciones a su cargo. 1.9. - Unidades de obra no tradicionales Todas las unidades de obra que se caractericen por su especialización en el sistema o método técnico para su ejecución o empleen nuevos materiales, estén o no previstos en el Pliego de Condiciones se ejecutarán con arreglo a las instrucciones que para cada caso disponga el Director de Obra, y en cualquier caso se cumplirán las condiciones de utilización prescritas por los fabricantes del material o sistema, si no existiera el Documento de Idoneidad Técnica que tendrá siempre prioridad en sus especificaciones, salvo orden expresa de la Dirección de Obra, que prevalecerá sobre ellas. 1.12. - Especialización en la mano de obra de unidades de obra no tradicionales Todas las unidades de obra que se caractericen por la especialización en el sistema o método técnico para su ejecución o empleen materiales específicos, que requieran una especialización, previstos o no en el Pliego de Condiciones se ejecutarán por personal de probada experiencia ante el Director de Obra, y existirá aceptación por parte del mismo, antes del inicio de los trabajos. 1.13.- Acta de Recepción Finalizada la ejecución del contrato, comprobado el correcto funcionamiento del total del equipamiento suministrado, la Dirección de Obra, el Responsable designado por la propiedad y el Contratista, formalizarán Acta de Recepción. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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Si el contratista causase algún desperfecto en la instalación pre existente, tendrá que restaurarla e indemnizarla por su cuenta, dejándolas en el estado que las encontró al comienzo de la ejecución del contrato, tanto si no hubiera seguido estrictamente las instrucciones recibidas o si en circunstancias imprevistas no hubiera actuado inmediatamente de acuerdo con lo previsto en la organización de los trabajos.

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A partir del día siguiente a dicha formalización, comenzará a correr el plazo de garantía pactado en el contrato. MEMORIA DESCRIPTIVA DEL EQUIPAMIENTO

Antes de ser instalados, deberán ser examinados y aprobados por la Dirección de Obra por medio de la documentación técnica, ensayos y homologaciones que presente el Contratista. Este examen previo no supone recepción de los mismos, y por consiguiente la responsabilidad del Contratista en el cumplimiento de estas condiciones no cesa mientras no sea formalizada Acta de Recepción. Los equipamientos a suministrar e instalar, podrán alimentarse de los cuadros eléctricos existentes, siempre que no requieran mayor potencia de la instalada. En caso contrario, serán por cuenta del adjudicatario del presente contrato los proyectos y resto de costes derivados de dicho incremento de potencia. Se establecen los siguientes límites: Cuadros eléctricos para el suministro de video pantalla - marcador:  

Para la unidad de la pared de madera: Línea trifásica, con Potencia máxima de 9.900 W. Para la unidad en grada alta: Línea monofásica, con Potencia máxima de 3.300 W x 2 líneas independientes.

La descripción del equipamiento requerido en la contratación de suministro e instalación del presente expediente, es la que sigue: PANTALLAS LED INDOOR - VIDEOMARCADOR PARA LOS FONDOS (2 UNIDADES) Se precisan pantallas led de uso versátil, polivalente y de fácil mantenimiento, incluyendo las máximas prestaciones de seguridad, tanto para los deportistas como para los espectadores, dado el carácter de equipamiento de pública concurrencia que tiene la instalación deportiva. Su instalación NO PRESUPONE desmontaje del sistema existente. Se precisan 2 UNIDADES DE PANTALLAS LED (SMD) VIDEOMARCADOR, dimensiones mínimas 10/12 m², con tamaño de PIXEL PICH de 6 mm, para uso en interiores, y una resolución mínima de 840 x 420px. Dado el peso de las pantallas a instalar, habrá de justificarse e incluirse en la oferta, estudio de cargas y la estructura auxiliar o barras de soporte para colgar los módulos de las pantallas en su ubicación, observando en todo caso lo reflejado en el informe técnico de cargas máximas existente para la instalación, así como los siguientes límites:

IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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La calidad y descripción de los equipamientos será la descrita a continuación.

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1. Para la unidad situada en el fondo de camerinos (pared de madera): 

Trust de sujeción para cuelgue de carga máxima de 1.000 Kilogramos a suministrar. Para sujetar a dos puntos motorizados existentes (de 500 kilos cada unidad de motor), para facilitar su descuelgue para maniobras de mantenimiento.



Trust de sujeción para cuelgue a dos nudos (bolas de la estructura espacial de la cubierta) con carga máxima de 350 kilos por cada nudo. Peso máximo admitido de 700 kg. La sujeción a nudo se realizará por medio de dos eslingas de acero protegido con camisa de pvc u otra material plástico equivalente que proteja tanto al cable como la pintura del nudo (bola) de la estructura.

Las pantallas deberán contar con la tecnología precisa para funcionar como marcador electrónico multideporte, como pantalla publicitaria e incluso que pueda ser utilizada en cualquier otro evento no deportivo. SOFTWARE DE GESTIÓN DE LAS PANTALLAS Y MARCADOR Suministro del programa / reproductor de vídeo avanzado, con características y funcionalidades adaptadas a las aplicaciones más comunes de uso de las videopantallas gigantes de LEDs. El Software de gestión, deberá controlar la señal de las distintas consolas de control multideporte, y gestionar la señal de video a proyectar en las pantallas, de forma simultánea, la misma señal, o de forma independiente en cada una de ellas. La Señal puede ser bien anuncios o imagen en directo suministrada desde la unidad móvil de televisión. Debe incorporar posicionamiento píxel a píxel de la ventana de salida del reproductor, varias ventanas independientes para facilitar el manejo de las diferentes funciones del programa, visualizador de imágenes escalado automático a la resolución de la videopantalla, creación y edición de subtítulos y texto en Scroll, captura y reescalado en tiempo real de diferentes zonas de la pantalla, de forma que en la videopantalla se puedan proyectar: - Zonas de una página web (vídeos, tablas o páginas enteras). - Presentaciones en Power Point, documentos de Word/Tablas de Excel … - Creación y edición de listas de reproducción. El software deberá permitir utilizar las pantallas led como marcador deportivo convencional para cualquier deporte, siendo recomendable que integre layouts para las diversas modalidades deportivas. Además, el software debe admitir la recepción de información deportiva a través de las consolas tradicionales con las que se envían los datos al marcador deportivo, de manera que actualice la información de las puntuaciones, faltas, etc. La información de dicho marcador se actualiza en tiempo real en función de la información recibida de las consolas de control. IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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2. Para la unidad en grada alta (lado opuesto):

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Deberá incluirse en la oferta, la valoración (en su caso) del precio (y plazos de garantía) de las posibles renovaciones y actualizaciones de versiones del sofware para poder valorar equitativamente las diversas propuestas y sistemas con previsión a futuro.



Servicio Postventa de Mantenimiento del equipamiento: Durante y posterior a vencimiento del Plazo de Garantía.



Servicio de Gestión de la video pantalla, dando precio unitario de personal / hora de servicio para gestión de actividades – eventos – encuentros deportivos.

SISTEMA DE CONTROL (Incluye) 

Ordenador de gestión y control de la pantalla led, que incorpora el software de control, deportivo y multimedia. Procesador led y vídeo: Procesa las imágenes recibidas, y procesa la señal de las consolas del marcador multideportivo y las transmite a la pantalla led.



Consola deportiva: Consola multideporte a través de las cual se genera la información relativa al evento deportivo. Esta consola permite controlar todos los parámetros de juego. Puede dividirse (o no) en dos módulos: Consola de puntuación central (multideporte): El sistema de puntuación y el tiempo de juego empezará según la normativa del deporte elegido. Controla la puntuación, los tiempos de espera, las faltas y la flecha indicadora posesión. Tiempo de la consola: Controla el periodo, el tiempo y el cambio de minutos / segundos a décimas-centésimas. La consola almacena todos los datos en su memoria, evitando que se pierdan si se produce un corte de energía. Suministradas con maleta para facilitar su transporte y almacenamiento

ELECCIÓN DE EQUIPOS AUXILIARES Se dotará al pabellón de los equipos auxiliares deportivos necesarios para la modalidad deportiva baloncesto, con cumplimiento de normativa FIBA. 1 UNIDAD DE JUEGO DE MARCADORES DE POSESION. Juego de dos marcadores de posesión con tiempo de juego con cuatro caras cada uno, homologados por FIBA. Deberán ser colocados sobre las canastas. Su comunicación con la consola puede ser por radiofrecuencia o por cable. Sus dimensiones (aproximadas) son de 900 x 580 x 580mm. Todos los dígitos se conformarán con LEDs de alta luminosidad colocados tras unos metacrilatos que faciliten su visibilidad- protección. . 1 UNIDAD FLECHA INDICADORA DE ALTERNANCIA DE POSESION.

IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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Gestión Insular para el Deporte, la Cultura y el Ocio S.A. (Unipersonal). A 38615191. Inscrita en el Registro Mercantil de S/C de Tenerife, Tomo 2.102 de la Sec. Gral., Hoja TF – 24.651, Folio 56, Inscripción 1ª.

Para ello, en la presente oferta habrá de hacerse mención expresa a los siguientes conceptos:

GESTION INSULAR PARA EL DEPORTE LA CULTURA Y EL OCIO

Flecha de alternancia de la posesión para baloncesto según nueva normativa de FIBA. Es un indicador luminoso en forma de flecha que se coloca y se maneja desde la mesa de anotadores. Las dimensiones de la flecha luminosa son de 20x20 cm.

Dispositivo electrónico interface (sistema de estadísticas) que convierta el protocolo particular que procesa los datos del marcador de posesión los datos de la consola del marcador de posesión en un protocolo estándar de salida. Los datos del partido que se extraen de la consola deben ser convertidos para poder ser procesados como sistema de estadísticas e infografías en el ordenador que gestiona la señal de televisión. 4 UNIDADES DE MARCO LUMINOSO DE LED PARA TABLERO DE CANASTAS (2 ROJOS Y 2 AMARILLOS). Ud. de marco luminoso para un tablero de canasta compuesto por diodos LED de alta luminosidad. Es de fácil montaje y se conecta directamente con el marcador de posesión situado sobre la canasta. Se ilumina cuando el tiempo de partido es 0 y permanece iluminado hasta que se introduce un nuevo tiempo. Está formado por cinco tramos que se unen entre sí a través de unas escuadras, que a su vez se sujetan al bastidor del tablero. Para un juego de canastas es necesario adquirir dos unidades de marco luminoso, una para cada tablero. 3 UNIDADES DE RELOJ DE TIEMPO DE PARTIDO. Reloj de dígitos leds que muestra el tiempo de juego y el tiempo restante del tiempo muerto. Está concebido para ser colocado en vestuarios o salas anexas dentro del pabellón donde se está realizando el partido. Su control se realiza mediante la propia consola del marcador central de la instalación. Cuando desde la consola se selecciona un tiempo muerto automáticamente comienza la cuenta atrás en el reloj. 3.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 3.1. - Replanteo Se realizará en presencia de la Dirección de Obra suministrando el Contratista, por su cuenta, el personal y medios para la operación, debiendo conservar los puntos de referencia para que pueda comprobar el replanteo durante la ejecución de la instalación del equipamiento, y haciéndose directamente responsable de cualquier desaparición o modificación de los mismos. 3.2.- Trabajos previos Las actuaciones previas serán las indicadas por el instalador y su protocolo será aprobado por la Dirección de Obra, antes de su ejecución, preservando las medidas de seguridad y salud recogidas en el plan aprobado. 3.3.- Equipamiento IDECO S.A. Pabellón de Deportes de Tenerife “Santiago Martín” C/ Mercedes s/n. Los Majuelos 38108 La Laguna. TENERIFE Tel.: 922 82 20 56 Fax: 922 31 01 93 e-mail: [email protected]

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1 UNIDAD DE INTERFASE PARA CONSOLA.

GESTION INSULAR PARA EL DEPORTE LA CULTURA Y EL OCIO

Serán los indicados en el contrato de suministro y deberán ser aprobados y aceptados por la Dirección Técnica. Su calidad será siempre, como mínimo, la fijada en el presente pliego, presentando siempre, certificados de pruebas y/o ensayos realizados que aseguren el perfecto funcionamiento de los mismos.

Será imprescindible y comprendido en el precio de licitación, el coste de plan de seguridad, medidas de protección individual y colectiva, así como cualquier otro coste auxiliar que requiera la instalación, montaje y puesta en funcionamiento de los elementos que requieran trabajos en altura.

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3.4.- Seguridad y Salud