Vivir en un espacio de libertad, seguridad y justicia

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Vivir en un espacio de libertad, seguridad y justicia

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Justicia y asuntos de interior en la Unión Europea

Índice Introducción

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Libertad

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Asilo e inmigración

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Seguridad

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Justicia

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Ampliación de la UE

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Conclusiones

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Información adicional

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Introducción La Unión Europea (UE) es mucho más que una entidad económica. En ella habitan más de 375 millones de personas, las cuales no sólo son consumidores en un vasto mercado único, sino también ciudadanos de la Unión Europea. Esperan vivir sin temor a verse enfrentados a situaciones de persecución o violencia allí donde se encuentren en el territorio de la UE. La legislación comunitaria en materia de «justicia y asuntos de interior» se ha elaborado para dar respuesta a tales temores. Estas normas, que tratan cuestiones complejas relacionadas con la seguridad, los derechos y las libertades, constituyen en gran medida el núcleo del concepto de ciudadanía europea. Abarcan algunos de los problemas más espinosos y delicados a los que se enfrentan actualmente los quince Estados miembros de la UE, entre los que cabe citar el asilo político, la inmigración ilegal, la delincuencia organizada, el tráfico de drogas y el terrorismo. Las normas correspondientes rigen también la manera en que colaboran los tribunales nacionales de la Unión Europea cuando los ciudadanos se ven inmersos en procedimientos jurídicos en varios Estados miembros. La importancia de la justicia y los asuntos de interior no puede sino aumentar a lo largo de los próximos años. A medida que crece el número de europeos que ponen en práctica su derecho a circular por la UE por razones personales o profesionales, es inevitable que aumente enormemente la necesidad de una mayor cooperación entre las fuerzas de policía y los servicios aduaneros, así como una mayor aproximación de los ordenamientos jurídicos nacionales.

Del mismo modo, las actividades de los grupos terroristas internacionales y la delincuencia organizada hacen necesario que los organismos policiales nacionales de la UE colaboren prácticamente a diario con las instituciones homólogas de otros Estados miembros. Por otra parte, la afluencia de refugiados procedentes de países en conflicto, como Irak o la antigua Yugoslavia, ha puesto de relieve la necesidad de aumentar la coordinación del trato otorgado a los solicitantes de asilo político en la UE. Esta es la razón por la que los líderes de la UE se han comprometido a que la Unión Europea se convierta cuanto antes en un auténtico «espacio de libertad, seguridad y justicia».

Cooperación en materia de justicia y asuntos de interior: breve resumen histórico La elaboración de normas comunitarias en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior nunca ha sido fácil. Aspectos tales como la política de asilo, las medidas de lucha contra la delincuencia o las estrategias antiterroristas y de control fronterizo constituyen el núcleo del concepto de soberanía nacional y, tradicionalmente, los Ministros de Justicia e Interior de la Unión se han mostrado reacios a renunciar a cualquier derecho de control sobre la formulación de la política en dichos ámbitos. Sin embargo, los Estados miembros aceptan ahora que los problemas comunes precisan soluciones comunes. Durante muchos años, todas las políticas europeas en materia de justicia e interior tuvieron que ser acordadas en el 3

Desde 1999, la Comisión Europea tiene una cartera consagrada exclusivamente a «Justicia e Interior», prueba de la importancia creciente de este ámbito político. El primer comisario en ocupar este puesto ha sido António Vitorino.

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marco de reuniones intergubernamentales ad hoc, fuera de las estructuras legislativas de la Unión Europea. Esta situación cambió por vez primera en 1986, cuando los Estados miembros decidieron cooperar para regular la entrada de ciudadanos de terceros países en la Unión Europea y sus derechos de circulación y residencia. Posteriormente, en 1992, se aprobó el Tratado de la Unión Europea (Tratado de Maastricht, en vigor desde 1993), en el que se incluyeron normas comunes relativas a la política de inmigración y al cruce de las fronteras exteriores de la Unión por parte de ciudadanos procedentes de países extracomunitarios. El Tratado de Maastricht reconoció formalmente que el ámbito de la justicia y los asuntos de interior constituía una materia de interés común y creó una estructura legislativa especial para abordar las normas correspondientes. Este es el frecuentemente denominado «tercer pilar» de la UE, en contraposición con la mayoría de las responsabilidades tradicionales de la UE y la política exterior y de seguridad común, que conforman, respectivamente, el «primer pilar» y el «segundo pilar». En la práctica, las normas aprobadas con arreglo a la nueva reglamentación eran acuerdos intergubernamentales jurídicamente vinculantes para la Unión Europea. No obstante, a pesar de que la incorporación de la justicia y los asuntos de interior al ámbito comunitario fue un primer paso importante, el proceso legislativo relativo a estas cuestiones siguió siendo lento y prolijo después de Maastricht. Todas las normas importantes en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior adoptaban la forma de convenios internacionales, los cuales tenían que ser aprobados unánimemente por los gobiernos de los Estados miembros y ratificados posteriormente por cada uno de los parlamentos nacio4

nales de la UE, lo que provocó que sólo se aprobará un pequeño número de normas en los seis primeros años que siguieron a la adopción del Tratado de Maastricht. El siguiente paso importante en la evolución de la normativa comunitaria en materia de justicia e interior se produjo el 1 de mayo de 1999, fecha de entrada en vigor del Tratado de Amsterdam, que actualizaba el Tratado de Maastricht. El Tratado de Amsterdam integró en las estructuras legislativas normales de la UE varias áreas políticas esenciales, entre ellas la política de asilo e inmigración y las cuestiones de cooperación entre tribunales civiles. Sirviéndose de las nuevas herramientas previstas en el Tratado de Amsterdam, los gobiernos de la UE y la Comisión Europea emprendieron inmediatamente la elaboración de planes de aplicación de las normas comunitarias modificadas relativas a las cuestiones de justicia e interior. En la cumbre especial celebrada en la ciudad finlandesa de Tampere en octubre de 1999, los gobiernos de la UE prometieron adoptar toda una serie de nuevas iniciativas en materia de asilo, lucha contra la delincuencia y cooperación entre los tribunales y las fuerzas de policía. Asimismo, solicitaron a la Comisión Europea que controlara sus progresos mediante la publicación de un «panel», una serie de cuadros actualizados cada seis meses que enumeraran los objetivos de la UE en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior junto con las medidas previstas y adoptadas en cada materia. Sin duda, transcurrirán varios años antes de que entren en vigor todas las nuevas medidas previstas, pero los gobiernos de los Estados miembros sostienen que cuando se logre este objetivo se habrá logrado el propósito de crear en la UE un auténtico «espacio de libertad, seguridad y justicia».

Libertad El derecho de todos los ciudadanos de la UE a desplazarse libremente por la Unión Europea y a establecerse en cualquier parte de su territorio constituye uno de los signos más claros de la dimensión humana vinculada a una Europa unida.

al Parlamento Europeo o al Defensor del Pueblo de la Unión si están descontentos con el funcionamiento de las instituciones comunitarias. Los ciudadanos extracomunitarios que residen legalmente en los Estados miembros de la Unión Europea tienen también derecho a dirigirse al Defensor del Pueblo europeo o presentar una petición al Parlamento Europeo. Del mismo modo, todas las personas que viven en la Unión Europea gozan de una serie de derechos fundamentales (véase recuadro).

Si bien al comienzo de la Unión Europea sólo se preveía la libre circulación de personas por razones económicas, es decir, personas que buscaban trabajo, desde entonces este derecho se ha ido ampliando hasta incluir a todas las categorías de ciudadanos. En 1992, el Tratado de Maastricht introdujo el concepto de ciudadanía de la Unión Europea, el cual confiere a cada ciudadano de la UE un derecho fundamental y personal a desplazarse y residir donde quiera, sin hacer referencia a «actividad económica» alguna. El objetivo de la ciudadanía europea es reforzar y consolidar la identidad europea mediante una mayor implicación de los ciudadanos en el proceso de integración europea. El Tratado de Amsterdam, que entró en vigor en 1999, ha reforzado aún más los derechos ligados a la ciudadanía.

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Los ciudadanos de la UE gozan también de otros derechos. Pueden votar y presentarse como candidatos en las elecciones al Parlamento Europeo y en las elecciones municipales del Estado miembro donde residen. En sus desplazamientos fuera de la Unión Europea, disfrutan de la protección diplomática y consular de las autoridades de cualquiera de los Estados miembros de la UE en caso de que el Estado del que sean originarios no pueda ofrecer dicha protección. Además, tienen derecho a dirigirse directamente

El Tratado de Amsterdam ha conferido también a la Unión Europea competencias legislativas para luchar contra la mayoría de las formas de discriminación que afectan a particulares o grupos de población específicos. Las cláusulas antidiscriminatorias del Tratado de Amsterdam abarcan la

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Erradicar toda discriminación basada en la nacionalidad, la raza o la religión constituye uno de los objetivos básicos de la Unión Europea.

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discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. En junio de 2000, los gobiernos de la UE acordaron adoptar la primera directiva comunitaria basada en las nuevas disposiciones del Tratado, una norma concebida para prohibir la discriminación en cualquiera de las áreas mencionadas anteriormente.

El Acuerdo de Schengen: un espacio sin fronteras Una de las iniciativas más importantes para facilitar los desplazamientos intracomunitarios de los ciudadanos

tiene su origen en un acuerdo suscrito fuera del marco de la UE por los gobiernos de Francia, Alemania y los países del Benelux en la pequeña localidad fronteriza de Schengen (Luxemburgo), en 1985. Dicho acuerdo elimina los controles de las personas —cualquiera que sea su nacionalidad— en las fronteras internas de los Estados miembros, armoniza los controles en las fronteras exteriores de la Unión e introduce una política común de visados. Los cinco «Estados Schengen» originarios acordaron crear un área en la que no hubiera restricciones a los desplazamientos de los ciudadanos entre sus territorios respectivos. Suprimieron

Derechos fundamentales La Unión Europea siempre ha declarado su firme compromiso en pro de los derechos humanos y las libertades fundamentales y ha confirmado explícitamente su adhesión a los derechos sociales fundamentales. El Tratado de Amsterdam establece procedimientos destinados a asegurar su protección. Asimismo, el Tratado de Amsterdam confiere al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas competencias para garantizar que las instituciones comunitarias respeten los derechos y las libertades fundamentales. En Colonia, en junio de 1999, los líderes de la UE acordaron elaborar una Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, con objeto de agrupar y reformular en un único documento los derechos fundamentales de los Estados miembros aplicables en el conjunto de la Unión. Posteriormente, durante el Consejo Europeo de Niza de diciembre de 2000, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión proclamaron la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El objetivo de la Carta es reunir en un solo texto de fácil lectura todos los derechos personales, civiles, políticos, económicos y sociales de que disfruta el ciudadano europeo, incluidos los derechos concebidos para hacer frente a los desafíos que plantea la evolución actual y futura de las tecnologías de la información y la ingeniería genética, así como los derechos de acceso a los documentos administrativos de las instituciones de la UE y el derecho a una buena administración. Gracias a esta Carta, todos los ciudadanos europeos podrán conocer sus derechos rápida y fácilmente. 6

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además todos los controles en las fronteras internas, que sólo se podrían reintroducir en circunstancias bien determinadas.

Irlanda o el Reino Unido y el resto de la UE, aunque no en los efectuados entre ambos países, para los que no se necesita dicho documento.

Actualmente, el Acuerdo de Schengen está integrado plenamente en los Tratados fundacionales de la Unión Europea. El Tratado de Amsterdam de 1999 puso término a su situación de convenio ajeno a la UE. En 2000, diez Estados miembros (Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y Portugal) aplican íntegramente las disposiciones de Schengen, y se espera que a partir de marzo de 2001 lo hagan también Dinamarca, Suecia, Finlandia, Islandia y Noruega.

Si bien respetan la postura específica de Irlanda y el Reino Unido, la Comisión, el Parlamento Europeo y los Estados miembros prosiguen su labor en pro de la adopción de un conjunto coherente y completo de disposiciones legales que garanticen que, en el plazo de cinco años a partir de la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam, es decir, a partir del 1 de mayo de 2004, todos los ciudadanos, con independencia de su nacionalidad, puedan desplazarse y viajar sin trabas por la Unión Europea. Los beneficios «comunitarizados» de Schengen —una política común de visados y controles efectivos en las fronteras exteriores de la UE— asegurarán la necesaria protección de la seguridad interna en un espacio sin fronteras.

Irlanda y el Reino Unido participarán en los aspectos del Acuerdo de Schengen referidos a la cooperación entre las fuerzas policiales y a la cooperación judicial, pero no suprimirán los controles fronterizos con los restantes Estados signatarios del acuerdo. Ello explica que los viajeros aún tengan que mostrar sus pasaportes en los desplazamientos que efectúan entre

Lejos de intentar erigir una fortaleza, estas medidas facilitan efectivamente el acceso, la circulación y los des7

Puede desplazarse libremente por la Unión Europea sin perder tiempo en los controles fronterizos.

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plazamientos en la Unión Europea a todos los ciudadanos en situación regular, frustrando al mismo tiempo las actividades de las organizaciones delictivas que explotan a seres humanos.

Desplazarse libremente y con seguridad La «apertura de las fronteras» es, quizás, el aspecto más conocido del Acuerdo de Schengen, pero este convenio contiene también otras disposiciones importantes. Suprimir los controles en las fronteras interiores sin que disminuya el nivel de seguridad exige aplicar toda una serie de políticas comúnmente denominadas «medidas compensatorias». Entre ellas, la más importante es la exigencia de que los países situados en la periferia de la zona Schengen garanticen la correcta vigilancia de las fronteras exteriores del área de libre circulación. Una vez dentro del espacio Schengen, las personas no se enfrentan a traba alguna en sus desplazamientos. Por ello, los Estados miembros sostienen que es vital que los controles en las fronteras exteriores de este espacio sean lo suficientemente rigurosos para detener la inmigración ilegal, el contrabando de drogas y otras actividades ilegales. Es decir, cada uno de los países que efectúa controles en las fronteras exteriores tiene que tener en cuenta los intereses comunes y la seguridad de todos los Estados miembros de la UE. Las disposiciones de Schengen prevén también la mejora de la coordinación de los servicios policiales y las autoridades judiciales para que puedan proteger el espacio de libre circulación y, en especial, luchar eficaz8

mente contra la delincuencia organizada. Éste es el contexto en el que se ha creado el Sistema de Información de Schengen (SIS), una compleja base de datos que posibilita el intercambio de datos entre las autoridades policiales y judiciales pertinentes en el ámbito de las investigaciones sobre personas y bienes. Información relacionada, por ejemplo, con individuos sobre los que penden órdenes de detención o extradición, o sobre obras de arte y vehículos sustraídos. En los distintos Estados miembros se han creado organismos independientes encargados de supervisar que la información transmitida al SIS no viole las normas de protección de datos. Los ciudadanos de la UE sólo necesitan mostrar un documento de identidad o un pasaporte para poder cruzar las fronteras externas del espacio Schengen. La presentación del pasaporte constituye también el único requisito exigido a los ciudadanos de numerosos países extracomunitarios, aunque los procedentes de determinados Estados necesitan un visado. Actualmente, los Estados miembros estudian la posibilidad de crear un visado común válido para todos ellos, de manera que las personas que precisen este documento sólo necesiten efectuar una petición y obtengan un visado válido para todo el espacio Schengen.

Asilo e inmigración Europa envejece: la población trabajadora entre 20 y 59 años disminuirá casi un 5 % durante las cinco próximas décadas, mientras que la población mayor de 60 años aumentará un 8 % hasta constituir el 29 % de la población total en 2025. Los países europeos experimentan también una escasez permanente de mano de obra en diversos sectores y niveles de formación, como ilustran las convocatorias efectuadas por Alemania en 2000 a fin de atraer a miles de personas de la India y otras partes del mundo para trabajar en el sector de las nuevas tecnologías.

grantes, respetando al mismo tiempo la tradición humanitaria europea de acogida de los extranjeros y ofrecimiento de refugio a las personas que escapan de situaciones de persecución y peligro. En la actualidad, el trato concedido a estas personas difiere considerablemente de un Estado miembro a otro. El Tratado de Amsterdam, que entró en vigor en mayo de 1999, atribuye a la Unión Europea amplios poderes en materia de inmigración. En concreto, incluye las cuestiones relacionadas con el asilo y la inmigración dentro del ámbito legislativo normal de la Unión (el ámbito jurídico comunitario del «primer pilar» de la UE). En octubre de 1999, durante la cumbre especial celebrada en la ciudad finlandesa de Tampere, los líderes de la Unión decidieron desarrollar una política común en materia de asilo e inmigración, uno de cuyos elementos básicos seguirá siendo el derecho de asilo de los ciudadanos procedentes de terceros países.

Los gobiernos de la UE se enfrentan en estos momentos a un problema acuciante: conciliar la existencia de un espacio sin fronteras internas con la presencia de un gran número de inmi-

EU/UNHCR

Al mismo tiempo, a lo largo de los últimos años ha aumentado el número de personas que desean emigrar de manera temporal o permanente a Europa, un flujo compuesto por solicitantes de asilo, refugiados, personas desplazadas o en busca de protección temporal, familiares que se reúnen con emigrantes ya establecidos en la UE, trabajadores emigrantes y un número cada vez mayor de profesionales itinerantes, es decir, personas que se trasladan de un país a otro como parte de su trabajo. Por vez primera en la historia europea, los flujos internacionales de migración afectan a todos los Estados miembros, convertidos ahora en países receptores de inmigrantes, incluso aquéllos que, como Italia, España, Grecia y Portugal, habían alimentado previamente los flujos de emigración. Muchos son, además, países de tránsito.

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Aunque las decisiones de concesión de asilo a las personas perseguidas en sus países de origen competen a los distintos Estados miembros, la UE ha decidido que es necesario unificar las políticas de asilo para que los solicitantes reciban un trato similar en todos los países de la Unión.

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Asilo: situación actual

Los países de la UE han acordado una serie de normas que permiten determinar a qué país le corresponde resolver una solicitud de asilo, evitando así que varios países examinen la misma solicitud.

La Unión Europea carece de competencias para conceder asilo a personas que escapan de una situación de persecución en su país de origen. Esta decisión compete únicamente a las autoridades nacionales del Estado miembro de la UE en que busca refugio el solicitante de asilo. Los gobiernos de los países de la Unión han acordado, empero, armonizar sus normas para que las peticiones de asilo se analicen a partir de un conjunto básico de principios comúnmente aceptados en toda la Unión Europea. Al mismo tiempo, en la cumbre de Tampere los líderes de la UE establecieron como objetivo a largo plazo que las normas de la UE (comunitarias) propicien la creación de un procedimiento común de asilo y un estatuto uniforme para los asilados que sea válido en el conjunto de la Unión.

La política de asilo de la UE se va configurando paso a paso. En mayo de 2000, la Comisión propuso otorgar protección temporal a los refugiados en caso de que se produzca una afluencia masiva. Se trataría de una medida excepcional para proporcionar protección inmediata y temporal (un máximo de dos años) a los desplazados. Si el Consejo de Ministros aprueba la propuesta, estas personas disfrutarán de las mismas condiciones mínimas en todos los Estados miembros de la UE, esto es, podrán ejercer un empleo, acceder a alojamiento o vivienda, recibir asistencia social o medios de subsistencia, además de tener acceso a atención médica y derecho a una educación para sus hijos y una vida en familia. En septiembre de 2000, la Unión dio un nuevo paso en esta dirección con la creación de un Fondo Europeo para los Refugiados destinado a ayudar a los Estados miembros en la recepción de solicitantes de asilo y la integración de refugiados, así como a impulsar los programas de regreso voluntario.

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También se está analizando la posibilidad de establecer condiciones de acogida similares, normas mínimas y procedimientos para la concesión de asilo, así como el derecho de los refugiados a la localización de sus parientes próximos y a la reunificación familiar.

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Convenio de Dublín

Inmigración: situación actual

También se está ultimando una propuesta de revisión del denominado «Convenio de Dublín», un acuerdo firmado en 1990 en la capital irlandesa por los doce Estados miembros que constituían por aquel entonces la Unión Europea y que entró en vigor en 1997.

Otro elemento básico de la política común de asilo e inmigración que se está analizando en la actualidad es la integración de los ciudadanos de terceros países residentes legalmente en la Unión Europea, que otorgaría a los inmigrantes derechos y obligaciones comparables a los de los ciudadanos comunitarios.

Este Convenio establece una serie de reglas para decidir qué Estado miembro de la UE es responsable de resolver las distintas solicitudes de asilo. Preceptúa además que en cuanto una persona haya presentado una solicitud de asilo en un país de la UE, dicho individuo no podrá hacer la misma demanda en otro país de la UE, una práctica conocida en inglés como «asylum shopping». Es preciso mejorar el «sistema de Dublín» para solventar las numerosas dificultades de ejecución. Una de las medidas de mejora será la creación de una base de datos llamada Eurodac, que contendrá las huellas dactilares de todos los solicitantes de asilo registrados en la UE y permitirá a los funcionarios competentes comprobar si los solicitantes de asilo ya han presentado otras peticiones rechazadas en otros países de la UE.

Resulta igualmente necesario que los gobiernos modifiquen la percepción pública de los inmigrantes, de modo que sean percibidos como un factor positivo para la economía que con frecuencia favorece la creación de empleo y el crecimiento económico, como una parte del contrato social que contribuye al igual que cualquier otra, y como un aporte de novedades y vitalidad a la vida cultural de la comunidad en la que viven. En la cumbre de Tampere de 1999 se decidió también que entre las prioridades de la UE figuraran, además de la lucha contra la inmigración ilegal, la mejora de la eficacia de la gestión de los flujos migratorios y la efectividad de los controles en las fronteras exteriores. Es preciso un esfuerzo coordinado para luchar contra las mafias dedicadas al contrabando, al tráfico y a la explotación de seres humanos, en especial mujeres y niños. En Tampere, los líderes de la Unión Europea se fijaron una serie de plazos estrictos para aprobar los acuerdos y la legislación necesarios a fin de ejecutar esta política y solicitaron a la Comisión Europea que se asegurara de que respetaban sus compromisos. A tal efecto, la Comisión ha diseñado un «panel» especial que permite controlar el progreso de la ejecución de las decisiones de la 11

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cumbre de Tampere. El panel se actualiza cada seis meses y se puede consultar libremente. En diciembre de 1999, la Comisión puso en marcha una primera iniciativa y propuso una directiva que otorgaba el derecho a la reunificación familiar a los ciudadanos de terceros países residentes legalmente en los Estados miembros. Ello constituye un elemento esencial para que los ciudadanos extracomunitarios se integren con éxito en su Estado miembro de adopción. A ésta le seguirán otras iniciativas relacionadas con las condiciones de entrada y residencia de los ciudadanos extracomunitarios que desean acceder a la UE para trabajar o establecer una empresa, cursar estudios o recibir formación profesional, o bien para desempeñar actividades no remuneradas. También se abordará la cuestión de la situación de los ciudadanos extracomunitarios que llevan largo tiempo residiendo en la Unión. La Unión Europea está intensificando la lucha contra el tráfico de seres humanos y la explotación económica de los emigrantes. También ha emprendido negociaciones con los principales países de procedencia de los inmigrantes ilegales con vistas a su repatriación, de modo que la UE pueda enviarles a sus países de origen.

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Relaciones con los países de origen La Unión Europea intenta adoptar una perspectiva global en su análisis de los problemas relacionados con el asilo y la inmigración. Por esta razón, colabora en la medida de lo posible con los países de procedencia de los inmigrantes potenciales y solicitantes de asilo («países de origen») en el estudio de la posible mejora de las condiciones existentes a nivel local, de modo que no sea necesario que estas personas busquen una vida mejor y más segura lejos de su país de origen. Es preciso abordar los problemas políticos y las cuestiones ligadas a los derechos humanos y el desarrollo en los países de origen y tránsito, lo que exige erradicar la pobreza, mejorar las condiciones de vida y las posibilidades de empleo, prevenir los conflictos, consolidar los Estados democráticos y velar por el respeto de los derechos humanos, en especial los derechos de las minorías, las mujeres y los niños. Los Estados miembros de la UE y la Comisión trabajan con el objetivo de aumentar la coherencia de sus políticas internas y externas y establecer asociaciones con terceros países. Estas asociaciones propiciarán mejoras y progresos conjuntos que reducirán sustancialmente los incentivos que impulsan a los ciudadanos de terceros países a buscar una vida mejor en la Unión Europea.

Seguridad Seguir la pista de los fondos ilegales es también una de las mejores maneras de localizar a los delincuentes. Con este propósito —y también para desbaratar las finanzas de las organizaciones delictivas— la Unión Europea perfila en la actualidad una serie de iniciativas diseñadas para reforzar la legislación comunitaria de lucha contra el blanqueo de dinero. Se están ultimando distintos planes para hacer más transparente el tradicional secreto bancario de algunos Estados miembros, lo que facilitará la localización del llamado «dinero negro».

El crimen no respeta las fronteras nacionales. La delincuencia organizada es cada vez más sofisticada y utiliza habitualmente redes internacionales o de dimensión comunitaria para llevar a cabo sus actividades. Enfrentados a esta realidad, los gobiernos de los Estados miembros y la Comisión Europea se han dado cuenta de que no pueden luchar eficazmente contra la delincuencia organizada internacional confiando exclusivamente en las fuerzas policiales nacionales.

Sobre la pista de los ingresos delictivos

Importancia de la cooperación policial y aduanera

Los gobiernos de la UE han decidido que una de las mejores maneras de luchar contra la delincuencia organizada es reforzar la prioridad otorgada al seguimiento y la confiscación de los ingresos de todas las actividades ilegales o delictivas.

La policía y los organismos aduaneros de la UE están en primera línea de la lucha contra la delincuencia. Se han puesto en práctica varias medidas para ayudarles a colaborar rápida y eficazmente. El Acuerdo de Schengen, por ejemplo, permite a los cuerpos policiales nacionales intercambiar información sobre las personas que puedan haberse introducido ilegalmente en la UE.

Un elemento esencial de la lucha contra la delincuencia internacional es impedir el blanqueo de dinero.

VAN PARYS

El dinero alimenta la delincuencia; el fin de las organizaciones criminales no es otro que ganar dinero. Si una actividad delictiva concreta deja de ser rentable dirigen rápidamente su atención a otra parte, pudiendo incluso decidir que ya no vale la pena delinquir.

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Las patrullas locales no bastan para asegurar la eficacia de la labor policial. Europol es el organismo que ayuda a la policía de los Estados miembros a cooperar en la resolución de los casos que conciernen a varios países.

En la cumbre de junio de 1997, los líderes de la UE aprobaron un plan de acción detallado integrado en una estrategia coherente de lucha contra la delincuencia organizada. El plan contenía treinta recomendaciones concretas, muchas de las cuales ya se han puesto en práctica. En mayo de 2000 se aprobó un plan de seguimiento (estrategia para el nuevo milenio) para proseguir en esta dirección. La UE ha desarrollado varios programas en este ámbito, entre los que cabe citar el programa OISIN, para reforzar la cooperación de las autoridades policiales, el programa STOP, destinado a aumentar los contactos entre profesionales de la lucha contra el contrabando de personas —es decir, el tráfico de seres humanos— y la explotación sexual de menores, así como el programa Falcone, una iniciativa de formación e intercambios para las personas que intervienen en la lucha contra la delincuencia organizada. La clave de la lucha europea contra la delincuencia organizada es la mejora e intensificación de la colaboración de los organismos policiales nacionales y locales de la Unión Europea, en especial las fuerzas de policía nacionales y locales y las autoridades aduaneras. En el Consejo Europeo de Viena de diciembre de 1998, los líderes políticos de los países de la UE acordaron un plan de acción sobre la manera óptima de ejecutar las partes del Tratado de Amsterdam destinadas a hacer de la Unión Europea un espacio de libertad, seguridad y justicia. El Consejo Europeo de Tampere llevó más lejos esta iniciativa al adoptar una decisión relativa a un enfoque global destinado a reforzar la lucha contra los delitos más graves, el cual 14

incluía varias iniciativas novedosas para fomentar la cooperación policial. En la cumbre de Tampere se afirmó la conveniencia de crear una Academia Europea de Policía con el fin de formar a la siguiente generación de responsables policiales, hacer posible que conozcan a sus homólogos de otros países europeos y puedan trabajar en un contexto europeo. La academia, que empezaría como una red de academias policiales nacionales, también debería estar abierta a los funcionarios policiales de los países candidatos a la adhesión a la UE. Entre las restantes iniciativas de la cumbre de Tampere cabe citar la creación de una unidad operativa europea de jefes de policía tomando como modelo una red de altos funcionarios aduaneros que funciona con éxito desde hace algún tiempo. Dicha unidad, que se reunió por primera vez en Lisboa en abril de 2000, ya ha ayudado a establecer vínculos personales entre los responsables de las fuerzas policiales de los Estados miembros, quienes muestran ahora una mayor disposición a mantener contactos telefónicos y analizar problemas y operaciones conjuntas con sus homólogos de los países vecinos. Se espera que las reuniones periódicas de dicha unidad aumenten la espontaneidad de las aportaciones y estrechen la colaboración entre las fuerzas nacionales y locales de policía de los Estados miembros de la UE. No obstante, a pesar de la importancia de estas iniciativas y de los distintos programas, es indudable que el desarrollo de «Europol» —el organismo policial de la propia UE, compuesto por funcionarios policiales y aduaneros— constituye el avance más importante de los últimos años en materia de cooperación policial en la Unión.

Europol Europol emprendió su actividad en enero de 1994 como la Unidad de Drogas Europol (UDE), encargándose de coordinar la labor de los distintos cuerpos policiales europeos de lucha contra el tráfico ilegal de drogas. Tras la ratificación del Convenio Europol por todos los Estados miembros de la UE, el cual amplió considerablemente sus competencias, comenzó a desarrollar íntegramente su labor el 1 de julio de 1999. Europol, radicada en la ciudad neerlandesa de La Haya, es, en esencia, un centro de coordinación policial dedicado al cotejo, análisis y difusión de información. Su creación obedece al propósito de simplificar la labor de los responsables de la aplicación de las leyes (funcionarios policiales y de aduanas, principalmente) cuando tienen que llevar a cabo investigaciones en dos o más Estados miembros de la UE. En 2000 contaba con una reducida plantilla de 220 personas, y está previsto que esta cifra aumente hasta alcanzar las 350 personas en 2003. El elemento más importante es una vasta base de datos informáticos que, cuando esté en pleno funcionamiento, facilitará notablemente la localización y el seguimiento de sospechosos, delincuentes notorios y objetos robados. Proporcionará acceso inmediato a millones de ficheros de datos compartidos a funcionarios policiales autorizados de todos los Estados miembros de la UE. Las competencias de Europol se han extendido rápidamente. En la actualidad se ocupa de una amplia gama de problemas que afectan a dos o más Estados miembros de la UE, como el tráfico ilegal de drogas, vehículos robados y seres humanos, las redes de inmigración ilegal, la explo-

tación sexual de mujeres y menores, la pornografía, la falsificación, el contrabando de materiales radiactivos y nucleares, el terrorismo, el blanqueo de dinero y la falsificación del euro.

La dimensión internacional La delincuencia organizada es, por su propia naturaleza, un problema de dimensión internacional más que europea. Por ello, la Unión Europea ha lanzado varias iniciativas concebidas para aumentar la cooperación con responsables de la lucha contra la delincuencia de países extracomunitarios y organizaciones internacionales. Actualmente se están analizando distintos planes que permitirán a Europol abordar todos los aspectos del blanqueo de dinero e intercambiar información con terceros países y con organismos internacionales tales como la Oficina Internacional de Policía (Interpol) y el programa de las Naciones Unidas para el control internacional de las drogas (PNUCID). Por otra parte, los organismos policiales de la UE cooperan ya estrechamente con las instituciones homólogas de los países candidatos a la adhesión a la Unión. En este marco, la Comisión Europea y el Consejo de Europa (radicado en Estrasburgo) han creado el programa Octopus, concebido para erradicar la corrupción en Europa del Este. Además, todas las iniciativas comunitarias en el ámbito de la cooperación policial y aduanera están abiertas a los países candidatos. Cabe añadir que la Unión Europea ha participado activamente en las negociaciones de la ONU relativas al 15

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La juventud europea debería poder divertirse sin la amenaza de las drogas.

Convenio sobre la lucha contra la delincuencia organizada transnacional —que rubricó en Palermo en diciembre de 2000— y a tres protocolos referidos al contrabando de emigrantes ilegales, al tráfico de seres humanos y a la lucha contra la fabricación y el comercio ilícitos de armas de fuego.

Las drogas y la UE Todos los Estados miembros de la UE coinciden en la necesidad de erradicar las redes de delincuencia organizada dedicadas a la introducción ilegal de narcóticos y sustancias psicotrópicas en la UE o —como ocurre en el caso de ciertas drogas sintéticas— a su fabricación ilícita en laboratorios de la Unión Europea. Por esta razón, desde 1994 Europol está autorizada a proporcionar información y apoyo analítico a las investigaciones sobre operaciones de tráfico de drogas, lo que ha permitido detener a varios traficantes de drogas y desmembrar algunas bandas dedicadas a esta actividad. La UE ha elaborado una estrategia coordinada en materia de drogas (2000-2004) que hace mayor hincapié en la prevención y la reducción de la demanda de estas sustancias. Aspira también a reforzar la lucha contra la delincuencia organizada, consolidar la colaboración policial, aduanera y judicial, fomentar la participación de las organizaciones no gubernamentales, y recoger, analizar y difundir datos objetivos y comparables sobre el fenómeno de la drogadicción en la Unión Europea. La estrategia, abierta a los países candidatos y a otros terceros países, obedece asimismo al propósito de integrar el control de las drogas dentro del marco de la política de coopera16

ción al desarrollo de la UE (es decir, en sus relaciones con los países en vías de desarrollo) y apoyar la labor de las Naciones Unidas en este ámbito. Una iniciativa que recibió el apoyo de todos los gobiernos de la UE fue la decisión de crear un observatorio especializado en este ámbito, el Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (OEDT). Radicado en Lisboa, este organismo elabora informes periódicos sobre el nivel de consumo de drogas en todos los Estados miembros de la UE. Antes de su creación, era muy difícil estimar la escala del consumo de drogas en el conjunto de la UE, ya que todos los Estados miembros utilizaban criterios distintos para evaluar el problema. En lo que constituye otro paso en la lucha contra el tráfico ilegal de drogas, los Estados miembros de la UE han acordado crear un sistema de alerta temprana que, además de identificar las nuevas drogas sintéticas y evaluar sus riesgos, posibilitará un proceso de toma de decisiones mediante el cual puedan controlarse estas sustancias en los Estados miembros. La iniciativa se refiere a las nuevas drogas sintéticas que no están incluidas actualmente en los listados del Convenio de la ONU sobre sustancias psicotrópicas (Viena, 1971) y que suponen una amenaza para la salud pública. Por último, la UE financia medidas destinadas a reducir la producción y el tráfico de drogas en muchas partes del mundo.

Justicia

Puede, por ejemplo, resultar difícil tomar decisiones relativas a aspectos básicos, como el lugar en que debe tener lugar un juicio o proceso. Asimismo, los distintos procedimientos y los problemas lingüísticos pueden retrasar considerablemente las remisiones de documentación entre tribunales de distintos Estados miembros. La ejecución de las sentencias impuestas por los tribunales de un Estado miembro de la UE en otro diferente puede también resultar problemática, como lo ha sido en el pasado en casos de quiebra y de conducción peligrosa, por ejemplo. Estos problemas legales «transfronterizos» se han ido generalizando a medida que se desarrollaba el mercado único en la UE y el Acuerdo de Schengen permitía a los ciudadanos desplazarse con creciente facilidad por la Unión Europea.

Necesidad de mayor cooperación Tanto los gobiernos de la UE como la Comisión Europea han reconocido que

a los ciudadanos y las empresas les puede resultar dificultoso litigar en un Estado miembro distinto del suyo propio. A fin de remediar esta situación, han comenzado a aplicar una amplia gama de medidas destinadas a aumentar la aproximación y la cooperación entre los ordenamientos jurídicos de la Unión. En esencia, estas iniciativas incluyen programas de intercambio concebidos para aumentar los contactos entre los abogados y jueces de los Estados miembros de la UE. Por ejemplo, el programa Grotius, destinado a los profesionales de la justicia, otorga ayudas comunitarias para que puedan conocer el funcionamiento de los sistemas judiciales de otros Estados miembros, mientras que el programa Falcone propicia el establecimiento de contactos entre jueces, fiscales, funcionarios policiales y aduaneros de toda la Unión.

Desgraciadamente, algunos matrimonios no salen bien y han sido necesarias nuevas iniciativas de la UE para garantizar que las sentencias de divorcio o de custodia infantil sean reconocidas en países distintos de aquellos donde se dictan.

Legislación comunitaria vigente Se han introducido diversas medidas para mejorar la cooperación entre los sistemas jurídicos nacionales de la Unión Europea. Se trata de aumentar la eficacia de la colaboración de las autoridades de los distintos países de la UE para facilitar los trámites de los ciudadanos inmersos en litigios transfronterizos. Ya en septiembre de 1968, los seis Estados miembros fundadores de lo que posteriormente llegaría a ser la Unión Europea acordaron una serie de normas comunes en materia de jurisdicción y ejecución de sentencias en asuntos civiles y mercantiles. En la actualidad todos los Estados miembros de la UE aplican este acuerdo, conoci17

P.-B. BALDRIGA

En la Unión Europea coexisten actualmente diversos ordenamientos jurídicos nacionales, una situación que puede resultar problemática cuando en los procedimientos legales se vean implicados varios Estados miembros. En los casos de divorcio, por ejemplo, si los miembros de la pareja proceden de dos Estados miembros, su divorcio deberá reconocerse y respetarse en ambos países. Su acuerdo de divorcio habrá de considerarse válido en toda la UE, lo que evitará ulteriores conflictos sobre la división de las pertenencias o los derechos parentales.

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do como el Convenio de Bruselas I. Más recientemente, los Estados miembros acordaron velar por el reconocimiento de las decisiones de privación del permiso de conducir en toda la UE.

Debería ser posible utilizar las tarjetas de crédito en todas partes sin riesgo de fraude.

En mayo de 2000, la Unión Europea aprobó un reglamento que facilitará la aceptación y la ejecución de las sentencias de divorcio, separación y anulación del matrimonio en otros países de la UE, además de uniformar las normas de los Estados miembros en materia de jurisdicción en este ámbito. Dicho reglamento debería mejorar la situación de las personas divorciadas con arreglo a una sentencia que impone a ambos cónyuges condiciones para la custodia y la patria potestad de los hijos. Conforme a dicha norma, esas decisiones serán reconocidas y ejecutadas en todos los Estados miembros, lo que permitirá a los tribunales resolver los casos en que uno de los progenitores retiene a su hijo en contra de lo dispuesto en el acuerdo de divorcio y lo lleva a vivir en otro país de la UE. Ese mismo mes, los Ministros de Justicia e Interior de la UE aprobaron un nuevo reglamento que agilizará el envío de documentos entre tribunales de distintos Estados miembros de la UE. También está previsto aplicar un programa de medidas para el reconocimiento mutuo de las decisiones de los Estados miembros en los ámbitos civil y mercantil.

Derecho penal El Tratado de la Unión Europea establece que se deberá agilizar y estrechar la colaboración de los Estados miembros de la UE en materia de Derecho penal, que se evitarán los conflictos de jurisdicción entre Estados miembros y que se tomarán medidas para facilitar la extradición de los presuntos delincuentes entre Estados miembros. Por ello, los gobiernos de la UE han acordado agilizar los procedimientos 18

de extradición entre Estados miembros en la medida de lo posible. También han afirmado que se esforzarán al máximo para que los delincuentes no puedan aprovechar las diferencias existentes entre los ordenamientos jurídicos de la UE y para que todos los Estados miembros reconozcan las sentencias dictadas en cualquiera de ellos. En mayo de 2000, la Unión Europea aprobó un convenio destinado a simplificar los procedimientos de asistencia mutua y los contactos directos entre tribunales nacionales, fiscales y fuerzas de policía en las investigaciones de delitos transfronterizos. También se ultiman otras iniciativas básicas destinadas a aumentar la cooperación en el ámbito del Derecho penal en relación con la delincuencia financiera, medioambiental, cibernética, etc.

Un ejemplo de acción concreta: el fraude en los pagos no realizados en efectivo En 1998, la Comisión Europea sugirió la conveniencia de que los gobiernos de la UE estrecharan su colaboración para luchar contra el fraude relacionado con los medios de pago no monetarios, en particular las tarjetas de crédito. Se trata de evitar que los ladrones de tarjetas de crédito puedan desplazarse con ellas a un país vecino y utilizarlas para obtener dinero en efectivo o efectuar numerosas compras. En septiembre de 1999, la Comisión presentó una propuesta legislativa oficial que esbozaba cómo se podía abordar eficazmente este problema a escala de la UE. A finales de 2000 se ultimaba la adopción de una serie de decisiones sobre esta cuestión.

Eurojust: coordinación de los procedimientos judiciales En la cumbre especial sobre justicia y asuntos de interior celebrada en Tam-

pere en octubre de 1999, los gobiernos de la UE acordaron crear un grupo especial de expertos legales y judiciales, denominado Eurojust, responsable de allanar el terreno y facilitar la coordinación de la investigación y el enjuiciamiento de los delitos transfronterizos graves. Este nuevo servicio colaborará con la red judicial europea. Esta red, que emprendió su actividad en 1998, actúa como un grupo central de coordinación entre abogados y jueces de la UE que intervienen en causas penales ayudándoles a intercambiar información con celeridad y eficacia. Eurojust estará compuesto por un equipo de abogados, fiscales y magistrados experimentados procedentes de distintos Estados miembros, quienes, además de conocer los ordenamientos jurídicos de su país de origen y tener rápido acceso a los mismos, deberán tener capacidad para entablar un diálogo directo con las autoridades nacionales. Eurojust intervendrá, por ejemplo, en los asuntos transfronterizos abordados por Europol que exijan proporcionar asesoramiento jurídico inmediato y asistencia a investigadores y fiscales de diversos Estados miembros. La cooperación judicial europea en materia penal abarca también organizaciones internacionales como el Consejo de Europa, las Naciones Unidas y el G8, el grupo de los siete países más ricos más Rusia.

Mejor acceso a la justicia En su cumbre de Tampere de 1999, los líderes de la UE prometieron introducir una serie de medidas novedosas destinadas a mejorar aún más la cooperación entre los tribunales de la Unión. Decidieron que tal medida era necesaria para garantizar que los ciudadanos

comunitarios puedan acceder rápida y eficazmente a la justicia en cualquier parte de la Unión Europea en donde se puedan encontrar. El objetivo principal de la colaboración en materia de Derecho civil es mejorar la cooperación establecida entre las autoridades de los Estados miembros en los asuntos transfronterizos. La incompatibilidad o la complejidad de los sistemas judiciales y administrativos de los Estados miembros no debería impedir ni desincentivar que individuos y operadores económicos (empresas, comercios, industrias) disfruten de sus derechos. Si se anima a los ciudadanos y a las empresas de la Unión Europea a vivir y desarrollar sus operaciones en el lugar de la UE que les plazca, es evidente que deberán tener fácil acceso a un trato judicial justo si se sienten víctimas de un abuso. Entre las iniciativas previstas cabe citar el desarrollo de normas procesales para las reclamaciones menores. Esta medida garantizará que tanto las pequeñas y medianas empresas como los ciudadanos de la UE comprendan el desarrollo de los procedimientos judiciales en los que se vean inmersos en un Estado miembro distinto del suyo. Asimismo, los gobiernos han acordado introducir normas mínimas relativas a la asistencia judicial, de modo que los acusados tengan derecho a un juicio justo en toda la UE. La Comisión ha propuesto la creación de una red judicial europea para asuntos civiles y comerciales. Esta red aspira a mejorar la cooperación judicial entre los Estados miembros y a proporcionar datos prácticos a los ciudadanos para aumentar su nivel de información en caso de que se vean afectados por procedimientos judiciales transfronterizos. 19

Vivir en un espacio de libertad, seguridad y justicia

Ampliación de la UE La Unión Europea se está preparando actualmente para su más ambiciosa ampliación hasta la fecha. El objetivo consiste en reunificar el continente europeo, consolidar la paz y la democracia en Europa y permitir que todos los pueblos compartan los beneficios de la creciente prosperidad generada por la integración europea. La adopción y puesta en práctica del acervo de la Unión Europea en materia de justicia e interior es una de las condiciones impuestas a los países candidatos. Trece países han solicitado su adhesión a la Unión Europea, diez de los cuales pertenecen a Europa Central y Oriental (Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, la República Checa, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Rumanía y Bulgaria), mientras que los tres restantes son más meridionales (Malta, Chipre y Turquía). Los quince países que componen hoy día la UE están a favor de la ampliación, y ya en 1993 especificaron los criterios objetivos que deberán cumplir cada uno de los países candidatos para poder formar parte de la Unión: deberán tener una democracia estable que garantice el Estado de Derecho, respete los derechos humanos y proteja a las minorías; una economía de mercado operativa, y una administración pública capaz de aplicar y gestionar las normas comunitarias. Lejos de reducirse a una serie de negociaciones, la preparación de la ampliación incluye también una estrategia de preadhesión global, uno de cuyos elementos es la asociación para la adhesión, que permite a los países candidatos modernizar sus 20

sociedades gracias a considerables ayudas financieras de la UE y al intercambio de experiencias y conocimientos con los Estados miembros. Esto es esencial en un ámbito político como el de la justicia y los asuntos de interior, en el que algunos de los países candidatos tienen que hacer un gran esfuerzo para ajustarse a las normas de la UE.

Los candidatos a la adhesión se enfrentan a un enorme desafío Aunque muchos de los países candidatos tienen ordenamientos jurídicos bien asentados, algunos han tenido que partir casi desde cero en la creación de un sistema de justicia moderno, ya que tenían ordenamientos jurídicos que databan de la era comunista, con jueces y tribunales vinculados estrechamente al gobierno en vez de ser plenamente independientes, como exigen las normas comunitarias. Por lo tanto, varios países candidatos han tenido que reconstruir sus redes de tribunales y formar a toda una nueva generación de jueces, abogados y fiscales. Para hacerse una idea de la dimensión de esta tarea, alrededor de un tercio del presupuesto del programa comunitario Phare (cerca de 500 millones de euros al año) se destina actualmente a la «creación de instituciones» y a la formación de funcionarios. Este programa, establecido tras el derrumbe del comunismo en Europa Central y Oriental, se diseñó con el propósito inicial de ayudar a los países de esa zona de Europa a conver-

tirse en democracias estables con economías libres de mercado. A partir de 1994 se amplió para abarcar la transformación del ámbito de la justicia y los asuntos de interior, y en la actualidad se está utilizando para ayudar a los países candidatos de la región a preparar su ingreso en la Unión Europea.

Los países candidatos que comparten fronteras con países extracomunitarios o que, como Chipre y Malta, son islas, se enfrentan a una difícil labor para lograr cumplir los severos requisitos que establecen las políticas comunitarias por lo que respecta a la abolición de todos los controles en las fronteras interiores y a la efectividad del control y la vigilancia en las fronteras exteriores de la Unión. Mientras esperan a que se produzca su adhesión tienen que prepararse para cumplir estos requisitos, establecidos en el Acuerdo de Schengen. Se responsabilizarán de proteger, por cuenta de todos los Estados miembros, las fronteras exteriores de la UE contra la inmigración ilegal, el tráfico de drogas y seres humanos y otras actividades delictivas. El requisito de Schengen relativo a los controles en las fronteras exteriores obligará a muchos de los candidatos de Europa Central y Oriental a reconsiderar sus políticas fronterizas. Con anterioridad a la caída del comunismo, durante la guerra fría, estos países habían reforzado considerablemente las fronteras con sus entonces adversarios de Europa Occidental. Incluso cruzar las fronteras existentes entre estos países era un proceso largo y difícil. En la actualidad, los países de Europa Central y Oriental necesitan reforzar

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Unas nuevas fronteras

los controles en las fronteras orientales y eliminar gradualmente los de las fronteras occidentales. De hecho, estos últimos desaparecerán completamente una vez garantizado el cumplimiento de todos los requisitos del Acuerdo de Schengen.

Phare presta ayuda La Comisión Europea, a la que la UE ha encomendado la gestión del programa Phare, ha dejado claro a los países candidatos que a ellos les corresponde aportar la mayor parte de los fondos necesarios para la mejora de sus controles fronterizos, aunque ha destinado algunos recursos a ayudarles a realizar los cambios necesarios. Entre 1995 y 1997, por ejemplo, se destinaron 53,8 millones de euros del programa Phare a la modernización de los puestos de control fronterizo de los países candidatos de Europa Central y Oriental. Además, se gastaron otros 17,7 millones de euros en medi21

Con vistas a su adhesión a la UE, los países candidatos están experimentando una profunda modernización en numerosos sectores, lo que contribuye también a reforzar la seguridad de los países ya pertenecientes a la Unión.

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Vivir en un espacio de libertad, seguridad y justicia

La UE contribuye a financiar la formación de la policía y los funcionarios de aduanas de los países candidatos.

das de asistencia técnica a las autoridades aduaneras de la región. En 1997 se creó un programa de gestión plurinacional para la frontera oriental de los países bálticos: Letonia, Lituania y Estonia. A finales de ese mismo año, el programa se extendió a Polonia, y se han empleado fondos Phare para suministrar a la policía polaca equipos digitales de toma de huellas dactilares. En Hungría, las ayudas de Phare se emplearon para informatizar sus puestos fronterizos, mientras que la República Checa destinó los fondos recibidos a un programa de desarrollo de documentos de identidad legibles mediante medios mecánicos.

Importancia de la formación y de una remuneración apropiada Todo este nuevo equipo físico de control fronterizo resultará inútil si el personal no está correctamente formado para emplearlo. Durante los próximos años se hará hincapié en esta necesidad de personal cualificado en la asignación de fondos Phare. 22

El programa de ayuda ya ha destinado recursos considerables a mejorar la cualificación de la policía fronteriza y aduanera de los países de Europa Central y Oriental, y está previsto dedicar recursos adicionales a tal fin. Los objetivos principales han sido el desarrollo de los conocimientos técnicos y la formación. Así, se han desarrollado programas de intercambio destinados a facilitar las visitas de los funcionarios de aduanas a sus homólogos de los actuales Estados miembros de la UE, para que puedan observar cómo abordan las distintas situaciones y aprender los métodos más novedosos de detección y lucha contra la delincuencia transfronteriza. También se han destinado recursos a la formación en materia de control policial y aduanero y a la lucha contra la corrupción. El programa Octopus, por ejemplo, gestionado conjuntamente por la Comisión Europea y el Consejo de Europa, obedece al propósito específico de erradicar la corrupción en Europa del Este. Si bien es cierto que la Unión Europea está decidida a prestar ayuda a los países de Europa Central y Oriental, la Comisión está firmemente convencida de que son ellos los que deben asumir la parte del león de la labor. Uno de los ámbitos en que se les ha instado a realizar mejoras es el de la remuneración de los guardias fronterizos. La UE sostiene la conveniencia de remunerar adecuadamente a las personas que trabajan en los puestos fronterizos para garantizar que no puedan ser sobornados por los delincuentes que pretendan introducir ilegalmente en la UE inmigrantes o contrabando.

Conclusiones En el umbral del siglo XXI, la UE asiste al progresivo aumento de la importancia de sus competencias en los ámbitos de justicia e interior. Sin un marco judicial sólido ni medidas efectivas de ejecución de la legislación que lo sustenten, el mercado único nunca podrá proporcionar a los ciudadanos comunitarios todas las ventajas económicas previstas por sus arquitectos. La justicia y los asuntos de interior están también en el núcleo de los esfuerzos para forjar una noción real de ciudadanía europea. Para muchas personas, la Unión Europea seguirá siendo un concepto un tanto vago y lejano hasta que los individuos no sean conscientes de sus derechos y libertades como ciudadanos europeos y de los beneficios que obtienen de la Unión Europea al poder vivir, trabajar y desplazarse con seguridad en cualquier parte de la Comunidad.

En estos momentos, cuando la UE se prepara para prácticamente duplicar su tamaño, la cooperación entre los tribunales y las autoridades policiales nacionales resulta más vital que nunca. Una Unión Europea de casi treinta Estados miembros solamente funcionará de manera eficaz si los distintos organismos diseñados para defender el Estado de Derecho en cada territorio pueden colaborar con celeridad y eficacia. Esta es la razón que explica la gran importancia de los esfuerzos invertidos para lograr que la UE se convierta en un espacio de libertad, seguridad y justicia.

Información adicional ☛ Encontrará documentación, noticias e información adicional sobre los temas del presente folleto en el sitio web de la Dirección General de Justicia e Interior de la Comisión Europea: europa.eu.int/comm/dgs/justice_home/index_es.htm ☛ El Consejo de Ministros de la UE ofrece información sobre la cooperación en el ámbito de justicia e interior en: ue.eu.int/jai/default.asp?lang=es ☛ El Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (OEDT) proporciona información sobre la problemática de las drogas en: www.emcdda.org

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Comisión Europea

Vivir en un espacio de libertad, seguridad y justicia Justicia y asuntos de interior en la Unión Europea Serie: Europa en movimiento Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas 2001 — 23 pp. — 16,2 x 22,9 cm ISBN 92-894-0192-3

Los procedimientos y las leyes de la Unión Europea en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior abarcan algunas de las cuestiones más espinosas que debe afrontar actualmente la UE, como el asilo, la inmigración, las drogas, la delincuencia y las cuestiones jurídicas transfronterizas. A medida que aumente el número de ciudadanos y empresas que pongan en práctica su derecho a vivir y trabajar en cualquier lugar de la UE, aumentará la importancia de los aspectos europeos de los procedimientos judiciales y los derechos de los ciudadanos. Para los ciudadanos europeos es importante que los objetivos de las políticas desarrolladas en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior —libertad, seguridad y justicia— estén vinculados y compensados, pues la libertad pierde gran parte de su significado si no se puede disfrutar en un entorno seguro y no se apoya en un ordenamiento jurídico justo y de funcionamiento fluido.