CENTRO VECINAL

JARDIN VECINAL

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MEDIO

POPULAR

INTERES SOCIAL

INDUSTRIAL

PRIMARIA

SUBCENTRO URBANO

CENTRO DE BARRIO

SUBCOLECTORA

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C7

P7

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P7

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C1,7

C1,7

C1,7

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C7

C7

C7

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C

Ropa, calzado, accesorios de vestir, telas, lencería y corsetería Joyería, relojería, bisutería, compra de oro y plata

H H

H H

H H

C7 C7

C7 C7

C7 C7

P P

H H

P P

Equipo e instrumental médico y de laboratorio, de ingeniería, dibujo, equipo y material de fotografía y cinematografía, equipo de telecomunicaciones, equipo y accesorios de cómputo, utensilios de cocina y comedor, discos y cintas, artículos de aparatos deportivos y ortopédicos

H

H

H

C7

C7

C7

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H

Materias primas para repostería, dulcerías y botanas, conservas alimenticias, refrescos, cigarros, puros y tabacos, plásticos desechables

H

H

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C7

C7

C7

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H H

H H

H H

P P

C1,5

C1,5,7

Embutidos, productos lácteos

C1

H

C1,7

Carnicería, pollería y pescadería

C1

H

C1,7

H

H

C1

Florería, mercería y bonetería, papelería, copias fotostáticas y regalos Aparatos electrónicos, eléctricos, muebles y línea blanca, muebles usados, juguetería y bicicletas

COMERCIO

P

P

C1

Maquinas de videojuegos, internet público

TIENDAS Y ALMACENES

UBICACIÓN CON RESPECTO A LOS NÚCLEOS DE EQUIPAMIENTO

P7

Abarrotes, frutas y verduras, semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos

GIRO

Panadería y pastelería

TIENDAS DE ESPECIALIDADES

UBICACIÓN CON RESPECTO A LA VIALIDAD

P7

RESIDENCIAL

TIENDAS DE PRODUCTOS BÁSICOS

LA ZONA

C7

CAMPESTRE

PARTICULAR

FRACCIONAMIENTO

CORREDORES VERDES

UBICACIÓN

TABLA DE COMPATIBILIDAD Y USO DEL SUELO

Hielo y agua purificada Depósitos de cerveza, vinos y licores Alfombras, cortinas, tapices, antigüedades, lámparas y candiles, artículos religiosos, mobiliario y equipo de oficina

H

Farmacia y botica, productos naturistas, óptica, perfumería y cosméticos Libros y revistas, artesanías, artículos para diseño y pintura artística Sex shop Venta de artículos para mascotas y acuario Vivero Compra, venta y consignación de automóviles (lote mínimo 500 m²) Autobuses, tractocamiones y maquinaria para la construcción(lote mínimo 1000m²)

C1,7 H H H C1,5,7

Fertilizantes, plaguicidas y semillas, medicamentos veterinarios

C1,5,7

H

P7 P7 P7 C1,2,7 C1,2,7 C1,2,7

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C7

C7

C7

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C7 C7 H H H

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Productos de limpieza Venta de telas, papelería al por mayor, mobiliario y equipo de oficina Bazar Centro de acopio y compra-venta de materiales de desecho metálicos, vidrio, plástico, papel y cartón, sin transformación

H H H

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H C7 H

H C7 H

H C7 H

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P1,3 P C

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Centros comerciales, tiendas departamentales Tienda de autoservicio, tienda de conveniencia, tienda importadora

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C1,2,3,7 C1,2,3,7 C1,2,3,7 C1237

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C1,2,3,7 C1237 C1237 C1237

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H H

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P P

Mercado Mercado sobre ruedas (tianguis)

H H

P7 C7

P7 P7

P7 P7

H C1,2,3

Es aquel el cual no presenta inconveniente para su autorización en una determinada zona. PERMITIDO Es aquel que por sus características se prohíbe su localización en la zona, en caso de solicitud extraordinaria mandar a evaluar a el IMPLAN, presentando estudios de factibilidad e impacto urbano. PROHIBIDO CONDICIONADO Son los que por sus características de funcionamiento presentan algún grado de incompatibilidad el cual puede evitarse cumpliendo con una correcta ubicación y previendo el número de cajones de estacionamiento necesarios, contando con el espacio suficiente para su actividad, no ocupando ni realizando maniobras en la vía pública, que no contravenga con la imagen urbana del lugar y en caso de ser necesario contar con dictamen técnico del IMPLAN, de impacto ambiental y las medidas de seguridad que se requieran. 1 En este caso se requerirá la anuencia de los vecinos. 2 No se permiten en una distancia menor a 200 metros de escuelas y centros religiosos. 3 Requiere dictamen de impacto vial y urbano del Subcomité de Tránsito y Análisis Vial, y del Comite Municipal Desarrollo Urbano y Rural. 4 Las estaciones de servicio deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Los centros de carburación deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona Urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Para el caso donde se suspende el esta Avenida y deberán ubicarse a 2,000 metros de la AV. Aguascalientes y sobre vialidades primarias únicamente. Previo estudio de impacto urbano y de autorización de los vecinos. Las plantas de almacenamiento de gas L.P. deberán ubicarse fuera del Polígono de Contención Urbana y sobre carreteras interestatales. Para distancias mínimas entre estaciones de servicio, estaciones de carburación y plantas de almacenamiento de Gas L.P. con cualquier otro uso de suelo, consultar Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes con fecha del 27 de Julio de 2009, TOMO LXXII, Núm. 30. 5 No se permite sobre calles locales 6 Se podrá autorizar el uso de suelo hasta ZURMIX-6, siempre y cuando se presente un proyecto integral del polígono completo ante el IMPLAN. 7 Conforme a lo establecido en el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES (7 de octubre de 2013). Artículo 300.-Contempla la categoría de usos complementarios o compatibles. Por eso y para poder cumplir con la estrategia del PDUA 2040 de consolidar los núcleos de equipamiento propuestos se condicionaran los usos permitidos en los fraccionamientos y colonias habitacionales, a dar prioridad de uso a los predios adyacentes a los polígonos destinados a núcleos de equipamiento. Cuando se trate de cambios de uso de suelo sobre vialidades locales, se deberán considerar los criterio establecidos por el tipo de desarrollo o fraccionamiento expuestos en esta tabla. Principalmente los marcados por el código municipal, para usos de primera necesidad Para el caso de ladrilleras en zonas INDUSTRIALES mencionadas en esta tabla solo se permitirán las que utilicen gas natural, gas L.P. o cualquier químico para la elaboración quema del producto y no se permitieran materiales de deshecho para la elaboración de este producto.

COMERCIO

ACCESORIOS

INFRAESTRUCTURA

GENERADORES DE

DESECHOS

POPULAR

INTERES SOCIAL

INDUSTRIAL

PRIMARIA

SUBCENTRO URBANO

CENTRO DE BARRIO

CENTRO VECINAL

JARDIN VECINAL

H

H

H

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C3,4

P

C3,4

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H

H

H

H

SERVICIOS

SUBCOLECTORA

MEDIO

Estaciones de servicios (Gasolineras(lote mínimo 1000m²)), C1,2,3,4 estaciones de carburación ((L.P.)lote mínimo 500m²)

H

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C3,4

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H

Venta de empaques, embalajes y envases

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C

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Materiales de construcción (cemento, tabique, arena, grava), materiales metálicos, implementos agrícolas, productos químicos para uso industrial

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H H C

H H C

H H C

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H C1 C1

H C1 C1

H C1 C1

H C1 C1

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H

H

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H

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P3

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H

H

H

H

H

H

H

H

H C1,7 C1,7 H

H C1,7 C1,7 H

H C1,7 C1,7 H

C7 C1,7 C1,7 H

P7 C7 C7 H

P7 C7 C7 H

P P P P2

P P P P2

P P P H

P P P P

C H C H

H P P P

P C C P

P C C H

P C C H

P C C H

P C C C

Ferretería, tlapalería, pinturas, vidriería, eléctricos y H refacciones para aparatos eléctricos Maderería C1,3,5,7 Llantas y cámaras para automóviles, camiones, camionetas y motocicletas, H refacciones automotrices (nuevas y usadas) Antenas y torres de telecomunicación (lote mínimo 200 m²) H

(almacenamiento y distribución) Eólica Solar Estaciones de transferencia de basura, planta de procesamiento Agencias de seguros Spa y clínica cosmética

PERSONALES

UBICACIÓN CON RESPECTO A LOS NÚCLEOS DE EQUIPAMIENTO

Gaseras y su área de amortiguamiento (lote mínimo 1000m²) C1,2,3,4

GIRO

De energía eléctrica, presión de gas y tratamiento de aguas negras

DEPÓSITOS

UBICACIÓN CON RESPECTO A LA VIALIDAD

RESIDENCIAL

COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS EXPLOSIVOS E INFLAMABLES

LA ZONA

CAMPESTRE

PARTICULAR

FRACCIONAMIENTO

CORREDORES VERDES

UBICACIÓN

TABLA DE COMPATIBILIDAD Y USO DEL SUELO

Baños públicos Boutique, estética, tatuajes, piercings, modista y sastre

H

H

C1,7

C1,7

P7

P7

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H

P

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P

P

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P

Lavandería, planchaduría, tintorería Autos, ambulancias, franquicias, juegos infantiles, personal de servicios (meseros), limusinas, luz y sonido (oficinas)

H

H

C1,7

P7

P7

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C7

C7

C7

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C

Sillas, mesas y lozas Mobiliario de oficina y el hogar, películas, ropa, equipo topográfico, equipo fotográfico

H

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P7

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C5

C5

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Autobuses con chofer, mudanzas, tractocamiones, transporte de carga local y foránea, transporte escolar, transportes turísticos, transporte de maquinaria, gruas para construcción, andamios(lote mínimo 1000m²) Renta de películas y/o videojuegos Equipo agrícola Aparatos electrodomésticos y de oficina, equipos de cómputo Afiladuría, cerrajería y reparación de calzado Balconería, tapicería de muebles, de bicicletas, reparación Calzado, carpintería y taller de torno y fresadora

H C1,5,7 H H H

Es aquel el cual no presenta inconveniente para su autorización en una determinada zona. PERMITIDO Es aquel que por sus características se prohíbe su localización en la zona, en caso de solicitud extraordinaria mandar a evaluar a el IMPLAN, presentando estudios de factibilidad e impacto urbano. PROHIBIDO CONDICIONADO Son los que por sus características de funcionamiento presentan algún grado de incompatibilidad el cual puede evitarse cumpliendo con una correcta ubicación y previendo el número de cajones de estacionamiento necesarios, contando con el espacio suficiente para su actividad, no ocupando ni realizando maniobras en la vía pública, que no contravenga con la imagen urbana del lugar y en caso de ser necesario contar con dictamen técnico del IMPLAN, de impacto ambiental y las medidas de seguridad que se requieran. 1 En este caso se requerirá la anuencia de los vecinos. 2 No se permiten en una distancia menor a 200 metros de escuelas y centros religiosos. 3 Requiere dictamen de impacto vial y urbano del Subcomité de Tránsito y Análisis Vial, y del Comite Municipal Desarrollo Urbano y Rural. 4 Las estaciones de servicio deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Los centros de carburación deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona Urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Para el caso donde se suspende el esta Avenida y deberán ubicarse a 2,000 metros de la AV. Aguascalientes y sobre vialidades primarias únicamente. Previo estudio de impacto urbano y de autorización de los vecinos. Las plantas de almacenamiento de gas L.P. deberán ubicarse fuera del Polígono de Contención Urbana y sobre carreteras interestatales. Para distancias mínimas entre estaciones de servicio, estaciones de carburación y plantas de almacenamiento de Gas L.P. con cualquier otro uso de suelo, consultar Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes con fecha del 27 de Julio de 2009, TOMO LXXII, Núm. 30. 5 No se permite sobre calles locales 6 Se podrá autorizar el uso de suelo hasta ZURMIX-6, siempre y cuando se presente un proyecto integral del polígono completo ante el IMPLAN. 7 Conforme a lo establecido en el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES (7 de octubre de 2013). Artículo 300.-Contempla la categoría de usos complementarios o compatibles. Por eso y para poder cumplir con la estrategia del PDUA 2040 de consolidar los núcleos de equipamiento propuestos se condicionaran los usos permitidos en los fraccionamientos y colonias habitacionales, a dar prioridad de uso a los predios adyacentes a los polígonos destinados a núcleos de equipamiento. Cuando se trate de cambios de uso de suelo sobre vialidades locales, se deberán considerar los criterio establecidos por el tipo de desarrollo o fraccionamiento expuestos en esta tabla. Principalmente los marcados por el código municipal, para usos de primera necesidad Para el caso de ladrilleras en zonas INDUSTRIALES mencionadas en esta tabla solo se permitirán las que utilicen gas natural, gas L.P. o cualquier químico para la elaboración quema del producto y no se permitieran materiales de deshecho para la elaboración de este producto.

POPULAR

INTERES SOCIAL

INDUSTRIAL

PRIMARIA

SUBCENTRO URBANO

CENTRO DE BARRIO

CENTRO VECINAL

JARDIN VECINAL

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H

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P7

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Bares y cantinas, discotecas, centros nocturnos, salones de fiestas, eventos y banquetes (500m²)

H

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C2,3

H

C

C

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C2,3

ENTRETENIMIENTO

Billares, boliches, juegos de mesa sin apuestas Salones de fiestas infantiles (lote mínimo 400 m²)

H H

H H

H H

H C1,7

H C1,7

H C1,7

P2 C1,7

H H

P C

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H C

H C

H C

P C

Centro de apuestas, palenque, plaza de toros, lienzo charro, sala de conciertos

H

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P3

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P1,3

H

H

P1,3

P1,3

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H

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C2,3

Centro de convenciones, teatro, auditorio, museo Salas de cine Zonas de tolerancia, table dance

Albergues, casa de huéspedes, hostales

H H H H H H

H H H H H H

H H H H H H

H H H C1,7 H C7

H H H C1,7 H C7

H H H C1,7 H C7

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C3 P P1,3 P P1,3 P

ALOJAMIENTO

Protección y custodia de valores, servicio de seguridad de propiedades inmuebles, rastreo vía satélite, guardaespaldas

SEGURIDAD

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C7

C7

C7

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Reparación y venta de acumuladores, reparación de sistemas eléctrico automotrices, instalación y reparación de parabrisas, laminado y pintura, mecánico, tapicería, reparación e instalación de radiadores y mofles, recarga e instalación de aire acondicionado, alineación y balanceo, reparación y mantenimiento de tráilers, servicio de grúas y vehículos pesados, afinación, lubricación, verificación vehicular, cambio de aceite(lote mínimo 200m²) Vulcanizadora y autolavado(lote mínimo 200m²) Accesorios automotrices, venta e instalación de autoestéreos (lote mínimo 200m²) Estacionamientos, pensión de automóviles(lote mínimo 400m²) Cafetería, fonda, cocina económica, nevería, taquería, cenaduría, lonchería Restaurante, rosticerías, pizzerías, restaurante con venta de bebidas alcohólicas y merenderos (lote mínimo 200m²). Consultorio médico general, consultorio de especialistas Centro de salud, centro médico sin hospitalización, dispensario médico, puesto de socorro (cruz verde, cruz roja), centro médico, hospital, clínica (público o privado) Laboratorio clínico, dental y radiográfico, laboratorio químico, banco de sangre, banco de ojos.

Hotel Motel

Bomberos, estación de policía, protección civil Módulo de vigilancia

RELIGIÓN

ESPECIALIZADOS

Conventos y seminarios Agencia de noticias, publicidad, viajes, colocación de personal y modelos Imprenta, serigrafía, estudio fotográfico, estudio de grabación Oficinas públicas y privadas Distribuidora de medicamentos, distribuidora de publicidad, laboratorio de pruebas constructivas

H H C1,5,7 H

H H C1,5,7 H

SUBCOLECTORA

MEDIO

SERVICIOS

SALUD

UBICACIÓN CON RESPECTO A LOS NÚCLEOS DE EQUIPAMIENTO

RESIDENCIAL

ALIMENTOS

UBICACIÓN CON RESPECTO A LA VIALIDAD

H

GIRO Limpieza de oficinas, hogares e industria Impermeabilización, plomería

AUTOMOTRICES

LA ZONA

CAMPESTRE

PARTICULAR

FRACCIONAMIENTO

CORREDORES VERDES

UBICACIÓN

TABLA DE COMPATIBILIDAD Y USO DEL SUELO

H

H

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C7

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C7

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Es aquel el cual no presenta inconveniente para su autorización en una determinada zona. PERMITIDO Es aquel que por sus características se prohíbe su localización en la zona, en caso de solicitud extraordinaria mandar a evaluar a el IMPLAN, presentando estudios de factibilidad e impacto urbano. PROHIBIDO CONDICIONADO Son los que por sus características de funcionamiento presentan algún grado de incompatibilidad el cual puede evitarse cumpliendo con una correcta ubicación y previendo el número de cajones de estacionamiento necesarios, contando con el espacio suficiente para su actividad, no ocupando ni realizando maniobras en la vía pública, que no contravenga con la imagen urbana del lugar y en caso de ser necesario contar con dictamen técnico del IMPLAN, de impacto ambiental y las medidas de seguridad que se requieran. 1 En este caso se requerirá la anuencia de los vecinos. 2 No se permiten en una distancia menor a 200 metros de escuelas y centros religiosos. 3 Requiere dictamen de impacto vial y urbano del Subcomité de Tránsito y Análisis Vial, y del Comite Municipal Desarrollo Urbano y Rural. 4 Las estaciones de servicio deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Los centros de carburación deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona Urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Para el caso donde se suspende el esta Avenida y deberán ubicarse a 2,000 metros de la AV. Aguascalientes y sobre vialidades primarias únicamente. Previo estudio de impacto urbano y de autorización de los vecinos. Las plantas de almacenamiento de gas L.P. deberán ubicarse fuera del Polígono de Contención Urbana y sobre carreteras interestatales. Para distancias mínimas entre estaciones de servicio, estaciones de carburación y plantas de almacenamiento de Gas L.P. con cualquier otro uso de suelo, consultar Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes con fecha del 27 de Julio de 2009, TOMO LXXII, Núm. 30. 5 No se permite sobre calles locales 6 Se podrá autorizar el uso de suelo hasta ZURMIX-6, siempre y cuando se presente un proyecto integral del polígono completo ante el IMPLAN. 7 Conforme a lo establecido en el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES (7 de octubre de 2013). Artículo 300.-Contempla la categoría de usos complementarios o compatibles. Por eso y para poder cumplir con la estrategia del PDUA 2040 de consolidar los núcleos de equipamiento propuestos se condicionaran los usos permitidos en los fraccionamientos y colonias habitacionales, a dar prioridad de uso a los predios adyacentes a los polígonos destinados a núcleos de equipamiento. Cuando se trate de cambios de uso de suelo sobre vialidades locales, se deberán considerar los criterio establecidos por el tipo de desarrollo o fraccionamiento expuestos en esta tabla. Principalmente los marcados por el código municipal, para usos de primera necesidad Para el caso de ladrilleras en zonas INDUSTRIALES mencionadas en esta tabla solo se permitirán las que utilicen gas natural, gas L.P. o cualquier químico para la elaboración quema del producto y no se permitieran materiales de deshecho para la elaboración de este producto.

CENTRO VECINAL

JARDIN VECINAL

H

H

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C

H H

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C C

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P H C P P

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H

H

P

H C H H P P P P3 P3 P3 P3 P3 P3

P P P H P P P C H P H H P

P P P C P P P P H C H H P

H C H P H C C H H C H H H

P P P P H H H H H H H H H

P P P P H C C H H H H H H

C C C P P P P H H H H H H

H H H P C P P H H H H H H

H H H H H H H H H H H H H

P P P P P P P C H C H H H

CENTRO DE BARRIO

SUBCOLECTORA

P H

SUBCENTRO URBANO

ALMACENAMIENTO Y BODEGA

P

H H

PRIMARIA

MANUFACTURAS DOMÉSTICAS

P

H H

INDUSTRIAL

CULTURA

P

INTERES SOCIAL

SERVICIOS URBANOS

EDUCACIÓN (condicionando a contar con cajones de estacionamiento y a tener un área de ascenso y descenso)

P

H

P7

C7

C7

C7

P

P

P

C

H

P

P

P

H

H

C7

P7

P7

P7

P

P

P

P

H

P

P

P

H H

H H

H H

P7 H

P7 H

P7 H

P H

P H

P H

P H

H H

P H

P H

P H

H

H

H

H

H

H

P3

H

P3

H

H

H

H

H H

H H

H H

H H

H H

H H

P3 P

P3 P

P3 P

H H

H H

H C

H H

C1,7

C1,7

C1,7

C7

C7

C7

C

H

P

P

H

P

H H H H H

H H H H H

H H H H H

C7 H C1,3 H H

C7 H C1,3 H H

C7 H C1,3 H H

C H P H P

H H H P H

P H C3 P P

P H H H C

H H H H H

P P P H H

H

H

H

P7

P7

P7

P

H

P

C

H

C1

C1

C7

C7

C7

C7

C

H

P

P

Estética y consultorio veterinarios

H

H

H

C1,7

C1,7

C1,7

P

H

P

Centro antirrábico, perrera municipal, clínicas y hospitales veterinarios, pensión de mascotas, escuelas de entrenamiento, crematorio de animales

H

H

H

H

H

H

P

H

H C1,7

H C1,7

H C7

C7 P7

P7 P7

P7 P

P H

H H

H

H

C7

C7

P7

P7

H

H H H H H H H H H H H H H

H H H H H H H H H H H H H

C7 H H P7 H H H H H H H H H

C7 C7 H P7 H H H H H H H H H

C7 P7 H P7 C7 C7 C7 H H H H H H

C7 P7 H P7 C7 C7 C7 H H H H H H

P P P H H P P P H C H H H

casa de cambio, casa de empeño Oficinas de servicio de taxi, paquetería y mensajería, agencia y central de correos, telégrafos, casetas telefónicas llamadas locales e internacionales Estaciones de televisión y radio Helipuerto

Gimnasios, albercas (clases de natación), spinning, yoga y ejercicios de meditación, reiki, taichi Canchas de fútbol rápido, club deportivo, pistas para patinar Carril ecuestre, gotcha, pista de go kart, pista para bicicletas de montaña Estadio deportivo, velódromo, balnearios Panteones y crematorios Agencias de inhumación, funerarias Orientación y trabajo social, alcohólicos anónimos, centro de integración juvenil y familiar Asilo de ancianos y centros geriátricos, casa de asistencia, casa hogar y orfanatos

ASISTENCIA ANIMAL

C

POPULAR

SERVICIOS

ASISTENCIA SOCIAL

C

H

GIRO

Terminales de autobuses forárneos, transporte público urbano y suburbano

SERVICIOS FUNERARIOS

UBICACIÓN CON RESPECTO A LOS NÚCLEOS DE EQUIPAMIENTO

MEDIO

COMUNICACIÓN Y TRANSPORTE

UBICACIÓN CON RESPECTO A LA VIALIDAD

RESIDENCIAL

ADMINISTRATIVOS

LA ZONA

CAMPESTRE

PARTICULAR

FRACCIONAMIENTO

CORREDORES VERDES

UBICACIÓN

TABLA DE COMPATIBILIDAD Y USO DEL SUELO

CENDI, estancia infantil, guardería Jardín de niños, primaria Secundaria, preparatoria, bachillerato, educación artística, idiomas, educación superior e investigación Escuelas deportivas Escuelas de artes y oficios Espacios culturales (nivel de servicio ciudad) Espacios culturales (nivel barrio) Alimentaria (menor a 10 empleados) Artesanales (menor a 10 empleados) Elaboración de tortillas y pan en forma manual Productos alimentarios(lote mínimo 400 m²) Productos tóxicos y químicos(lote mínimo 1000 m²) Línea blanca y muebles(lote mínimo 400 m²) Recicladoras, chatarreras y yonkes(lote mínimo 500 m²) Productos de alta inflamabilidad(lote mínimo 1000 m²) Bodegas de productos terminados (no contaminantes(lote mínimo 400 m²))

Es aquel el cual no presenta inconveniente para su autorización en una determinada zona. PERMITIDO Es aquel que por sus características se prohíbe su localización en la zona, en caso de solicitud extraordinaria mandar a evaluar a el IMPLAN, presentando estudios de factibilidad e impacto urbano. PROHIBIDO CONDICIONADO Son los que por sus características de funcionamiento presentan algún grado de incompatibilidad el cual puede evitarse cumpliendo con una correcta ubicación y previendo el número de cajones de estacionamiento necesarios, contando con el espacio suficiente para su actividad, no ocupando ni realizando maniobras en la vía pública, que no contravenga con la imagen urbana del lugar y en caso de ser necesario contar con dictamen técnico del IMPLAN, de impacto ambiental y las medidas de seguridad que se requieran. 1 En este caso se requerirá la anuencia de los vecinos. 2 No se permiten en una distancia menor a 200 metros de escuelas y centros religiosos. 3 Requiere dictamen de impacto vial y urbano del Subcomité de Tránsito y Análisis Vial, y del Comite Municipal Desarrollo Urbano y Rural. 4 Las estaciones de servicio deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Los centros de carburación deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona Urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Para el caso donde se suspende el esta Avenida y deberán ubicarse a 2,000 metros de la AV. Aguascalientes y sobre vialidades primarias únicamente. Previo estudio de impacto urbano y de autorización de los vecinos. Las plantas de almacenamiento de gas L.P. deberán ubicarse fuera del Polígono de Contención Urbana y sobre carreteras interestatales. Para distancias mínimas entre estaciones de servicio, estaciones de carburación y plantas de almacenamiento de Gas L.P. con cualquier otro uso de suelo, consultar Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes con fecha del 27 de Julio de 2009, TOMO LXXII, Núm. 30. 5 No se permite sobre calles locales 6 Se podrá autorizar el uso de suelo hasta ZURMIX-6, siempre y cuando se presente un proyecto integral del polígono completo ante el IMPLAN. 7 Conforme a lo establecido en el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES (7 de octubre de 2013). Artículo 300.-Contempla la categoría de usos complementarios o compatibles. Por eso y para poder cumplir con la estrategia del PDUA 2040 de consolidar los núcleos de equipamiento propuestos se condicionaran los usos permitidos en los fraccionamientos y colonias habitacionales, a dar prioridad de uso a los predios adyacentes a los polígonos destinados a núcleos de equipamiento. Cuando se trate de cambios de uso de suelo sobre vialidades locales, se deberán considerar los criterio establecidos por el tipo de desarrollo o fraccionamiento expuestos en esta tabla. Principalmente los marcados por el código municipal, para usos de primera necesidad Para el caso de ladrilleras en zonas INDUSTRIALES mencionadas en esta tabla solo se permitirán las que utilicen gas natural, gas L.P. o cualquier químico para la elaboración quema del producto y no se permitieran materiales de deshecho para la elaboración de este producto.

INDUSTRIA DE LA MADERA

INDUSTRIA DEL PAPEL IMPRESIÓN

INDUSTRIA

INDUSTRIA QUÍMICA

BASE DE MINERALES NO METÁLICOS

OTRAS

MANUFACTURERAS OTRAS INDUSTRIAS

CENTRO DE BARRIO

CENTRO VECINAL

JARDIN VECINAL

H

P

C

H

H

H

H H H

H H P

H H C

H H H

H H H

H H H

PRIMARIA

H H H

INDUSTRIAL

H H H

INTERES SOCIAL

H H H

POPULAR

C C C

MEDIO

SUBCENTRO URBANO

CORREDORES VERDES

UBICACIÓN CON RESPECTO A LOS NÚCLEOS DE EQUIPAMIENTO

P P H

RESIDENCIAL

(MENOS DE 10 EMPLEADOS)

Fertilizante orgánico en polvo no contaminante Conservación de frutas, verduras y guisos, elaboración de productos lácteos, elaboración de azúcar, chocolates, dulces y similares

UBICACIÓN CON RESPECTO A LA VIALIDAD

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

H H P7

P3,7 P3,7 P3,7

C P P

H C C

H H H

H H H

P7

P7

P

C

H

P7 P7 P7

H H P

H H P

H H C

GIRO

Elaboración de alimentos para animales Molino de granos y de semillas

LA ZONA

CAMPESTRE

PARTICULAR

FRACCIONAMIENTO

SUBCOLECTORA

UBICACIÓN

TABLA DE COMPATIBILIDAD Y USO DEL SUELO

H

H

H

H

C7

C7

Matanza, empacado y procesamiento de carne de ganado y aves Preparación y envasado de pescados y mariscos Elaboración de productos de panadería y tortillas con maquinaria Otras industrias, alimentarias (botanas, café, te, productos en polvo, condimento, aderezos, etc.)

H H H

H H H

H H H

H H H

H H P1,7

H H H C1,2,5 P1,7 P7

H

H

H

H

C7

C7

P7

C

C

H

H

P

C

H

H

H

Industria de bebidas, industria de tabaco Fabricación y confección de insumos textiles y de vestir

H H

H H

H H

H H

C1,3,7 C1,3,7 P3,7 P1,3,7 P1,3,7 P3,7

P3,7 P3,7

C P

H P

H H

H H

C P

H C

H H

H H

H P1,3

Fabricación de productos y accesorios de cuero, piel y materiales sucedaneos (nota: no deberá existir procesamiento de teñido de cuero) Aserrado y conservación de la madera Fabricación de laminados y aglutinados de madera Fabricación de otros productos de madera (utensilios para el hogar) Fabricación de celulosa, papel y cartón Fabricación de productos de papel y cartón Impresión de libros, periódicos y revistas, impresión de formas continuas y otros impresos

H

H

H

H

C1,3,7 C1,3,7 P3,7

P3,7

P

C

H

H

P

C

H

H

P1,3

H H H H H

H H H H H

H H H H H

H H H H H

H H P3,7 P1,3,7 P1,3,7 P3,7 P1,3,7 P1,3,7 P3,7 H H P3,7 C1,3,7 C1,3,7 P3,7

P3,7 P3,7 P3,7 P3,7 P3,7

P P P C C

C C C H H

H H H H H

H H H H H

P P P P P

C C C H C

H H H H H

H H H H H

H H H H H

H

H

H

H

C1,3,7 C1,3,7 P3,7

P3,7

P

P

H

H

P

P

H

H

C

Fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón Fabricación de productos químicos (juegos pirotécnicos) Industria de la fabricación de productos plásticos y hule Fabricación de productos a base de arcillas y minerales refractarios y productos de vidrio

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

P1,3,5 H P1,3,5

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

H H H

P7

H

H

H

H

H

H

H

P1,3,5

C

H

H

H

H

H

H

H

H

Fabricación de producto de cemento y productos de concreto, de cal, de yeso y otros productos

H

H

H

H

H

H

P1,3,5

P1,3,5

P

C

H

H

H

H

H

H

H

Fabricación de producto laminado de mármol, pulido de piedras de cantera, etc. Ladrillera Fundición de acero y metal Fabricación de productos metálicos

H H H H

H H H H

H H H H

H H H H

H H H H

H H H H

P1 H H

P1 H C H C P1,3,5,7

P H H P

H H H H

H H H H

H H H H

H H H P

H H H C

H H H H

H H H H

H H H H

Fabricación de equipo de computación, comunicación, medición y de otros equipos y componentes y accesorios electrónicos Fabricación de equipo de generación eléctrica y aparatos y accesorios eléctricos productores relacionados Otras industrias manufactureras (metalística, joyería, etc.)

H

H

H

H

P1,3,7 P1,3,7 P3,7

P3,7

P

P

H

H

P

C

H

H

H

H H H H H

H H H H H

H H H H H

H H H H H

P1,3,7 P1,3,7 P3,7 C1,7 C1,7 P7 P1,7 P1,7 P7 C1,7 C1,7 P7 P1,7 P1,7 P7

P3,7 P7 P7 P7 P7

P P P P P

P C P P C

H H H H H

H H H H H

P P P P P

C C C C C

H H H H H

H H H H H

H C C C C

H

H

H

H

P1,7

P1,7

P7

P7

P

C

H

H

P

C

H

H

C

H

H

H

H

H

H

P3,5,7

P

C

H

H

P

C

H

H

C

Fabricación de artículos deportivos Fabricación de juguetes Fabricación de artículos y accesorios para escritura, pintura, dibujo y actividades de oficina Fabricación de anuncios

P1,3,5,7

P3,5,7

Es aquel el cual no presenta inconveniente para su autorización en una determinada zona. PERMITIDO Es aquel que por sus características se prohíbe su localización en la zona, en caso de solicitud extraordinaria mandar a evaluar a el IMPLAN, presentando estudios de factibilidad e impacto urbano. PROHIBIDO CONDICIONADO Son los que por sus características de funcionamiento presentan algún grado de incompatibilidad el cual puede evitarse cumpliendo con una correcta ubicación y previendo el número de cajones de estacionamiento necesarios, contando con el espacio suficiente para su actividad, no ocupando ni realizando maniobras en la vía pública, que no contravenga con la imagen urbana del lugar y en caso de ser necesario contar con dictamen técnico del IMPLAN, de impacto ambiental y las medidas de seguridad que se requieran. 1 En este caso se requerirá la anuencia de los vecinos. 2 No se permiten en una distancia menor a 200 metros de escuelas y centros religiosos. 3 Requiere dictamen de impacto vial y urbano del Subcomité de Tránsito y Análisis Vial, y del Comite Municipal Desarrollo Urbano y Rural. 4 Las estaciones de servicio deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Los centros de carburación deberán ubicarse a partir de la Av. Siglo XXI hacia fuera de la Zona Urbana Consolidada y sobre vialidades primarias. Para el caso donde se suspende el esta Avenida y deberán ubicarse a 2,000 metros de la AV. Aguascalientes y sobre vialidades primarias únicamente. Previo estudio de impacto urbano y de autorización de los vecinos. Las plantas de almacenamiento de gas L.P. deberán ubicarse fuera del Polígono de Contención Urbana y sobre carreteras interestatales. Para distancias mínimas entre estaciones de servicio, estaciones de carburación y plantas de almacenamiento de Gas L.P. con cualquier otro uso de suelo, consultar Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes con fecha del 27 de Julio de 2009, TOMO LXXII, Núm. 30. 5 No se permite sobre calles locales 6 Se podrá autorizar el uso de suelo hasta ZURMIX-6, siempre y cuando se presente un proyecto integral del polígono completo ante el IMPLAN. 7 Conforme a lo establecido en el CÓDIGO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES (7 de octubre de 2013). Artículo 300.-Contempla la categoría de usos complementarios o compatibles. Por eso y para poder cumplir con la estrategia del PDUA 2040 de consolidar los núcleos de equipamiento propuestos se condicionaran los usos permitidos en los fraccionamientos y colonias habitacionales, a dar prioridad de uso a los predios adyacentes a los polígonos destinados a núcleos de equipamiento. Cuando se trate de cambios de uso de suelo sobre vialidades locales, se deberán considerar los criterio establecidos por el tipo de desarrollo o fraccionamiento expuestos en esta tabla. Principalmente los marcados por el código municipal, para usos de primera necesidad Para el caso de ladrilleras en zonas INDUSTRIALES mencionadas en esta tabla solo se permitirán las que utilicen gas natural, gas L.P. o cualquier químico para la elaboración quema del producto y no se permitieran materiales de deshecho para la elaboración de este producto.