SERVICIOS. Procedimiento abierto “DESARROLLO DE UNA APLICACIÓN INFORMÁTICA PARA LA GESTIÓN DE LAS AYUDAS PARA OBRAS EN CAMINOS RURALES DE ÁLAVA.” Pág. .- OBJETO Y CUESTIONES GENERALES DEL CONTRATO....................................................................2 1.- OBJETO DEL CONTRATO, NORMAS APLICABLES Y FORMA DE ADJUDICACIÓN ....................2 2.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO .....3 3.- REVISIÓN DE PRECIOS ....................................................................................................................3 4.- PLIEGOS, DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA .........................................4 II.- EMPRESAS LICITADORAS Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA ..............................................................4 5.- EMPRESAS LICITADORAS ...............................................................................................................4 6.- DOCUMENTACIÓN ............................................................................................................................6 7.- CALIFICACION DE LA DOCUMENTACION ................................................................................... 11 III.- ADJUDICACIÓN ................................................................................................................................. 12 8.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS .............................................................................................. 12 9.- GARANTÍA DEFINITIVA .................................................................................................................. 13 10.- ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN ............................................................................................. 14 IV.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ................................................................................................ 15 11.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN .................................................................... 15 12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ............................................................................................ 15 V.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO .......................................................................................................... 16 13.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................................... 16 VI.- ARBITRAJE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE ................................................................................ 25 14.- ARBITRAJE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE ........................................................................... 25 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS ................................................................................................. 26

1/ 80

“PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO CONTRACTUALES Y TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DESARROLLO DE UNA APLICACIÓN INFORMÁTICA PARA LA GESTIÓN DE LAS AYUDAS PARA OBRAS EN CAMINOS RURALES DE ÁLAVA.”

I.- OBJETO Y CUESTIONES GENERALES DEL CONTRATO 1.- OBJETO DEL CONTRATO, NORMAS APLICABLES Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 1.1- El objeto del presente contrato lo constituye la prestación del servicio descrito en el apartado A) del Cuadro de Características que figura al comienzo del presente Pliego. 1.2.- La prestación se ajustará a las condiciones que figuran en este pliego y en el de Prescripciones y/o Condiciones Técnicas. A todos los efectos, el presente pliego, el de prescripciones y/o condiciones técnicas, el Cuadro de Características y sus anexos tendrán el carácter de documentos contractuales, y como tales regularán los derechos y obligaciones de las partes y deberán ser firmados en prueba de conformidad por la empresa adjudicataria en el acto de formalización del contrato. 1.3.- De acuerdo con lo establecido en el art. 20.1 del TRLCSP, este contrato tiene la consideración de contrato privado y se regirá: 1.3.1.- Por el presente pliego de condiciones contractuales y el de prescripciones contractuales y/o técnicas, el Cuadro de Características y sus anexos. 1.3.2.- Por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). 1.3.3.- Por el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), en lo que le sea de aplicación, de acuerdo con lo establecido en este pliego. Así como por la Orden de 8 de marzo de 1972, por la que sea aprueba el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de estudios y servicios (PCAG), en aquello que no se oponga a lo dispuesto en la Ley y Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, y por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables en el ámbito de la misma. 1.3.4.- Las normas de derecho privado que sean aplicables para resolver las cuestiones relativas a la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.

2/ 80

1.4.- La presentación de proposición, por cualquier entidad licitadora, implica, por su parte, la plena y total aceptación del contenido íntegro del presente pliego y del de prescripciones y/o condiciones técnicas, el Cuadro de Características y sus anexos, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de las prestaciones objeto de licitación. 1.5.- Un ejemplar del presente pliego, y del de prescripciones y/o condiciones técnicas y sus anexos, será unido, debidamente firmado por las partes, al documento contractual en que se formalice este contrato. 1.6.- El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, previsto en los artículos 157 a 161 del TRLCSP, y por los artículos correspondientes del RGLCAP (hasta la aprobación de reglamento que desarrolle el TRLCSP). 2.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO 2.1.- El importe del presupuesto formulado por CCASA es el que figura en el apartado E) del Cuadro de Características del presente Pliego. La aplicación presupuestaria de las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento del contrato figura en el apartado F) del Cuadro de Características. 2.2.- Existe el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven para CCASA del cumplimiento de este contrato. En el caso de que en el apartado D) del Cuadro de Características se indique que se trata de la tramitación anticipada de un expediente de gastos, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria vigente en el ejercicio al que corresponda. 2.3.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no podrá superar el presupuesto formulado por CCASA. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado por CCASA, comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución de la prestación contratada, y cualesquiera otras tasas que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, y toda clase de impuestos y licencias tanto municipales, provinciales y estatales. 3.- REVISIÓN DE PRECIOS 3.1.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura de la empresa contratista. 3.2.- Para la procedencia inicial o para la improcedencia de la revisión de precios, se estará a lo indicado en el apartado K) del Cuadro de Características. Cuando la revisión no proceda, se hará constar así en el expresado apartado. Cuando la revisión de precios inicialmente proceda, se indicará en el citado apartado el índice o los índices o fórmulas polinómicas que se aplicarán, en su caso, para la citada revisión. El régimen jurídico de la revisión de precios será el establecido en los artículos 89 a 94 del TRLCSP y en los artículos 104, 105 y 106 del RGLCAP. Hasta tanto se aprueben las fórmulas tipo para la revisión de precios, seguirán aplicándose las aprobadas por el Decreto 3650/1970, de 19 de diciembre, complementado por el Real Decreto 2167/1981, de 20 de agosto.

3/ 80

3.3.- En el supuesto de que el Cuadro de Características no contemple la revisión de precios dicha circunstancia no se modificará por la prórroga del plazo de ejecución siempre que ésta no esté motivada por causa imputable a CCASA o por casos de fuerza mayor entendiendo por tal los establecidos en el artículo 231 del TRLCSP. 3.4.- En el supuesto de que el Cuadro de Características contemple la revisión de precios, ésta únicamente procederá cuando el contrato se hubiese ejecutado en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, de tal modo que ni el porcentaje del 20 por 100 ni el primer año de ejecución, contado desde la adjudicación pueden ser objeto de revisión, tal y como establece el artículo 89 del TRLCSP. 4.- PLIEGOS, DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Los Pliegos de Condiciones Técnicas, Económico-Contractuales, y demás documentación, estarán disponibles en el perfil de contratante o en las Oficinas del Servicio de Administración de CCASA, citado en el apartado AD) del Cuadro de Características, durante las horas de oficina al público, hasta la terminación del plazo para la presentación de proposiciones. Las entidades licitadoras con anterioridad a la presentación de proposiciones, podrán tomar contacto con dicho Servicio al objeto de tratar sobre las circunstancias específicas que concurren en la presente licitación. En caso de que una empresa solicite, en tiempo hábil, informaciones complementarias sobre los pliegos, se estará a lo dispuesto en el artículo 158 del TRLCSP y artículo 78 del RGLCAP. La información adicional que se solicite sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria deberá facilitarse, al menos, seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas (tres en el caso de tramitación urgente, excepto en los contratos sujetos a regulación armonizada, que no se verá reducido), siempre que la petición se haya presentado con la antelación que el órgano de contratación, atendidas las circunstancias del contrato y del procedimiento, haya señalado en los pliegos, tal y como se establece en el apartado AD) del Cuadro de Características. En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la adjudicación y la formalización del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP. El acceso público al perfil del contratante se realizará a través del portal institucional de CCASA, indicado en el citado apartado del Cuadro de Características.

II.– EMPRESAS LICITADORAS Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA 5.– EMPRESAS LICITADORAS. Podrán presentar ofertas en la licitación objeto del contrato y en la forma que se especifica más adelante, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible por el TRLCSP, siempre que no se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP.

4/ 80

Las personas jurídicas sólo podrán licitar a contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, la empresa podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. Las empresas deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Podrán, igualmente, presentar proposiciones las uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP. Cada una de las empresas que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ellas frente a CCASA y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por los y las representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. La presentación de la solicitud de participación y, en su caso, de la proposición presume la aceptación incondicionada de las cláusulas de este pliego con las especificaciones del Cuadro de Características, del de Prescripciones y/o Condiciones Técnicas y del resto de los documentos contractuales, en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de las prestaciones objeto de la contratación. No podrán concurrir en este procedimiento las empresas que hayan participado en la elaboración, en su caso, de las especificaciones técnicas de la presente contratación, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Asimismo, los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, en su caso, ni a las empresas a éstas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cada interesado no podrá presentar más de una proposición cualquiera que sea el número de dependencias donde pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras empresas, si lo ha hecho individualmente. La contravención de

5/ 80

estas normas dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las proposiciones por él presentadas. No obstante, cuando se haya previsto en el apartado L) del Cuadro de Características las entidades licitadoras podrán presentar más de una variante, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el mismo. En ese caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición económica. 6.- DOCUMENTACIÓN La documentación que a continuación se establece deberá presentarse en el Servicio de Administración de CCASA, hasta las 13 horas del último día del plazo señalado en el apartado M) del Cuadro de Características. Si el último día del plazo fuera inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. La entidad licitadora deberá presentar tres sobres cerrados (A, B y C) con la documentación que luego se especifica, indicando en cada uno de ellos: a) la licitación a la que se concurre b) denominación de la empresa o candidato c) nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible Los sobres deberán estar, necesariamente, firmados por la entidad licitadora o persona que le represente y deberán ser entregados en el lugar que se indica en el apartado N) del Cuadro de Características, o enviados por correo dentro del plazo señalado en el apartado M). Si la solicitud la realizan varias empresas con el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas, la solicitud deberá estar firmada por el representante de cada una de ellas. En el caso de que la solicitud y documentación aneja sea enviada por correo postal, deberá justificarse la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Servicio de Administración de CCASA, la remisión de la solicitud mediante fax o telegrama en el mismo día. Ambas actuaciones, envío de la solicitud y documentación aneja y anuncio del envío al órgano de contratación, deberán realizarse con anterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo de presentación. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación, si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo de presentación. Transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto, salvo causa justificada. 6.1.- SOBRE A: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS. La proposición económica expresará el valor ofertado como precio del contrato para la realización del trabajo objeto de licitación, indicándose, como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido, según el modelo que figura en el Anexo I. 6/ 80

Se aportarán, además, los documentos que permitan valorar las ofertas de acuerdo con los criterios de adjudicación indicados en el apartado U) del Cuadro de Características como evaluables mediante fórmulas. Una relación de los documentos incluidos en este sobre. 6.2.- SOBRE B: CAPACIDAD PARA CONTRATAR. Deberán incluirse en este sobre los siguientes documentos, debiendo figurar en hoja independiente una relación numerada del contenido del sobre: En el caso de empresas extranjeras, se estará a lo dispuesto en el Anexo III. a)

Documento Nacional de Identidad de la persona que presente la solicitud en nombre propio o como apoderado.

b)

La capacidad de obrar de las empresas que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

c)

Declaración responsable de no estar incursa la entidad licitadora en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. (Anexo II)

d) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si la entidad licitadora fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. e) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y que se señalan en el apartado O) del Cuadro de Características. Este requisito será sustituido por la clasificación que se indica en el apartado P) del Cuadro de Características en los casos previstos en el artículo 65 del TRLCSP. De acuerdo con el artículo 74.2 del TRLCSP, la presentación por la entidad licitadora del certificado de clasificación, sea o no preceptivo, o copia auténtica del mismo expedido por el órgano competente, le eximirá de presentar los documentos acreditativos de su solvencia económica y financiera y técnica (artículos 75 a 79 del TRLCSP), siempre que se trate de un contrato del mismo tipo que aquéllos para los que la haya obtenido. f)

Aquellas entidades licitadoras que se encuentren inscritas en el Registro de Contratistas del Estado o de la Comunidad Autónoma de Euskadi, deberán presentar, únicamente, Certificado vigente expedido por el letrado responsable del Registro. De tal manera estarán eximidas de presentar la documentación señalada en los apartados b), c), d), y e) (siempre que el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas contenga esa clasificación y

7/ 80

se encuentre vigente). Esta exención se entiende únicamente respecto a aquellos documentos acreditativos de las circunstancias de capacidad y solvencia cuya acreditación pueda efectuarse mediante el propio certificado. g)

Aquellas entidades licitadoras que se encuentren inscritas en un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, deberán acompañar al certificado de inscripción, una declaración responsable en la que manifiesten que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. (Anexo II). Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda, si lo estima conveniente, efectuar una consulta al Registro correspondiente.

h) Declaración expresa de formar parte de un grupo empresarial, en su caso. (Anexo II) i) Resguardo acreditativo de haber constituido, según se establece en el artículo 61 del RGLCAP, una garantía provisional por el importe señalado en el apartado H) del Cuadro de Características, y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 103 del TRLCSP y en su desarrollo en los artículos 55, 56, 57 y 58 RGLCAP, siempre y cuando, considerando las circunstancias concurrentes en el contrato, el órgano de contratación así lo exija para responder del mantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación del contrato, y así conste en el citado apartado del Cuadro de Características. En caso de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o por varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida por el órgano de contratación y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal (artículo 61.1 del RGLCAP). La ejecución y cancelación de la citada garantía provisional se regularán por lo previsto en los artículos 63, 64 y 65.1 del RGLCAP, respectivamente. j) Las empresas que deseen concurrir integradas en una unión temporal presentarán individualmente la documentación exigida en los apartados precedentes. Asimismo, deberán indicar los nombres y circunstancias de las que la constituyan, la participación de cada una y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato. k) Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, en el marco de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. l) Además de los anteriores requisitos (apartados a) a k), los requisitos técnicos específicos mínimos para este proyecto serán los siguientes:

8/ 80

• Presentar el plan de proyecto especificando la planificación del trabajo y los componentes del equipo de trabajo propuesto.



Equipo de trabajo: El equipo para el desarrollo del proyecto deberá estar formado por un mínimo de 11 personas y un máximo de 15, con perfil de programación. •

Certificaciones requeridas: De las personas presentadas con perfil de programación Java, al menos el 40% deberán estar certificadas en: - J2EE (Oracle Certified Expert, Java EE 5 Web Component Developer o superior) Las certificaciones deben estar emitidas por empresas o entidades contrastadas mediante documento con sello y firma.



Acreditaciones requeridas: Relacionadas con Conocimientos técnicos en: 1. J2EE, servicios web, hibernate y base de datos DB2. Al menos 9 personas del equipo deberán presentar estas acreditaciones, con una dedicación mínima de 3 años en el uso de estos conocimientos en los últimos 5 años. 2. C# .NET Web y Cliente/Servidor y Servicios web (WCF). Al menos 1 persona del equipo deberá presentar estas acreditaciones, con una dedicación mínima de 3 años en el uso de estos conocimientos en los últimos 5 años 3. Gnsis, Cobol y DB2. Al menos 1 persona del equipo deberá presentar estas acreditaciones, con una dedicación mínima de 3 años en el uso de estos conocimientos en los últimos 5 años

En un intervalo de tiempo concreto, la dedicación de cada persona no puede superar dicho intervalo, no es acumulable en proyectos solapados. En el supuesto de participar en un mismo periodo de tiempo en varios proyectos de tecnologías diferentes, únicamente se tendrá en cuenta el proyecto en el que tenga la mayor dedicación. Las acreditaciones se deberán reflejar en los diferentes currículos. Además, por cada persona y grupo de conocimientos se rellenará el Anexo-XI en el cual se indicará: aplicación / proyecto / año, dedicación y cliente. Por las personas propuestas que no formen parte de la plantilla de la empresa que presenta la oferta en el momento de su entrega, se deberá acompañar un documento escrito en el que los mencionados recursos expresen su conocimiento y compromiso de prestar el servicio objeto del contrato, en caso de resultar dicha empresa adjudicataria. El CCASA se reserva el derecho a examinar la veracidad de todas las acreditaciones con posterioridad a la presentación de la oferta y para ello podrá solicitar cuantos informes y reuniones considere oportunos.

9/ 80

El número de recursos del equipo deberá ser aumentado o disminuido a petición de los gestores de CCASA con suficiente agilidad como para responder a la curva de demanda del proyecto.

6.3.- SOBRE C: REQUISITOS TÉCNICOS. Deberán incluirse en este sobre aquellos documentos que se especifican en el apartado Q) del Cuadro de Características, los documentos que permitan valorar los criterios de adjudicación establecidos en el apartado U) del Cuadro de Características, no evaluables mediante fórmulas así como aquéllos que se establezcan en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En hoja independiente, figurará una relación enumerada del contenido del sobre. Los órganos de contratación podrán exigir a las entidades licitadoras, haciéndolo constar en el apartado Q) del cuadro de Características, que además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, asuman el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, y que detallarán en su oferta. 6.4.- CCASA podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres B y C, así como de los que, en su caso, se consignen en el Cuadro de Características como criterios especiales de adjudicación, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida o, en su caso, indemnización por valor de aquella si no se ha constituido o si no se exige su constitución, debiendo indemnizar, además, a CCASA por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. 7.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN 7.1.- MESA DE CONTRATACIÓN. Al efecto de examinar las proposiciones recibidas se constituirá la Mesa de Contratación que estará integrada del modo que se establece en el apartado S) del Cuadro de Características. 7.2.- EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES. La Mesa de Contratación examinará con carácter previo el contenido del sobre B y calificará los documentos presentados en tiempo y forma. A los efectos de la expresada calificación, el presidente ordenará la apertura de los sobres. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a los interesados; y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que la entidad licitadora subsane el error. A los efectos establecidos en los artículos 54 a 64 y 82 del TRLCSP, el órgano y la Mesa de contratación podrán recabar de la empresa aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP. La Mesa, una vez calificada la documentación acreditativa de las circunstancias citadas en los artículos 54 y siguientes TRLCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la

10/ 80

documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el artículo 11 del RGLCAP, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. En su caso, el acto público de apertura del Sobre C (documentación relativa a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor) se celebrará en el lugar, fecha y hora señalados en el apartado T) del Cuadro de Características y en él se comunicará los admitidos y excluidos. Una vez realizada la apertura se entregará al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en este sobre. En el lugar, fecha y hora señalados en el apartado T) del Cuadro de Características, la Mesa procederá a la apertura de las proposiciones admitidas que contiene la propuesta económica y otros criterios evaluables mediante fórmulas incluidos en el sobre A. Cuando en la adjudicación deban tenerse en cuenta varios criterios de valoración de las ofertas, antes de la apertura de las ofertas económicas se dará lectura a la valoración de los aspectos técnicos de las proposiciones a que se refiere la documentación contenida en el sobre C. La Mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación en el apartado U) del Cuadro de Características del presente Pliego, y formulará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación con el objeto del contrato. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de valoración de las ofertas, resultará adjudicataria, en el caso de pluralidad de criterios como forma de adjudicación, aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Si continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. En el caso de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, se resolverá por sorteo. 7.3.- CALIFICACION DE LAS PROPOSICIONES.- Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del tipo de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte de la entidad licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada (artículo 84 RGLCAP). En particular, será causa de exclusión de la oferta el incumplimiento de la previsión contemplada en el artículo 26 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

11/ 80

III. ADJUDICACIÓN 8.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS 8.1.- La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 320 del TRLCSP elevará al órgano de contratación, clasificadas por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido excluidas o declaradas desproporcionadas o anormales junto con el acta y la propuesta de adjudicación. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. 8.2.- El órgano de contratación requerirá a la entidad licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles (cinco en el caso de tramitación urgente), a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme exigidos en el apartado Q) del Cuadro de Características, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. 8.3.- La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se realizará mediante la aportación de los siguientes documentos: -

Certificación expedida por la Administración Tributaria en que la entidad licitadora tenga su domicilio fiscal, así como por las Administraciones Tributarias en que se hayan realizado o se realicen actividades sujetas a tributación, acreditativas de que aquél se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Tratándose de sociedades no mercantiles o entidades carentes de personalidad jurídica, la(s) certificación(es) se referirán al titular o titulares de la sociedad, entidad o establecimiento.

- Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, o el alta en la matrícula de dicho Impuesto en el caso de inicio de la actividad durante el presente ejercicio, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato. Asimismo, se completará con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En el caso de estar exentos de abonar las tasas de este impuesto, deberán presentar el correspondiente certificado acreditativo. - Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social en el que se acredite hallarse al corriente en el pago de las cuotas de dicha entidad. Quienes acrediten o hayan acreditado disponer de certificación vigente de inscripción en el Registro de Contratistas del Estado o de la Comunidad Autónoma de Euskadi, están exentos de presentar estas certificaciones en tanto se mantenga dicha vigencia y las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no hayan experimentado variación, extremos que la empresa deberá manifestar expresamente en el documento en que se formalice el contrato con las siguientes excepciones:

12/ 80

-

Declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del Impuesto de Actividades Económicas.

-

Certificado expedido por la Administración Tributaria acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda, en caso de no figurar en el Certificado del Registro de Contratistas. Cuando no exista obligación de presentar la justificación a que se refieren los apartados anteriores se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. 8.4.- En cuanto a bajas temerarias se estará a lo dispuesto en los artículos 152 del TRLCSP y 85 del RGLCAP. Podrán ser consideradas bajas temerarias aquéllas que se especifican en el apartado I) del Cuadro de Características. 8.5.- De no cumplirse el requerimiento señalado en el punto 8.2 anterior en el plazo señalado, se entenderá que e la entidad licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la entidad licitadora siguiente, por el orden en que hayan clasificado las ofertas (151.2 del TRLCSP). 9.- GARANTÍA DEFINITIVA 9.1.- La entidad licitadora que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía máxima de un 5 por 100 del importe de adjudicación o presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, según se recoge en el apartado H) del Cuadro de Características. Cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, el importe de la garantía a constituir se fijará atendiendo al presupuesto base de licitación. En el caso de contratos con precios provisionales, el porcentaje se calculará con referencia al precio máximo fijado. En casos especiales, si así consta en el apartado H) del Cuadro de Características, se podrá exigir garantía complementaria. 9.2.- El órgano de contratación requerirá a la citada entidad licitadora para que, dentro del plazo de diez días hábiles (cinco en el caso de tramitación urgente) a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, se entenderá que la entidad licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan clasificado las ofertas (artículo 151.2 del TRLCSP). 9.3.- La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP, con los requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del RGLCAP o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el artículo 98 del TRLCSP. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP. La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de TRLCSP y el artículo 65 del RGLCAP.

13/ 80

10.- ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN 10.1.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación (tres en el caso de tramitación urgente). 10.2.- CCASA tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la oferta económicamente más ventajosa, de conformidad con los criterios de adjudicación sin atender necesariamente al valor económico de la misma o declarar desierta la licitación, cuando no exista oferta o proposición alguna que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en los pliegos. No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, CCASA, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo indemnizar a las entidades licitadoras, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado. 10.3.- La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o entidades licitadoras y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita a la entidad licitadora excluida o el candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular, expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto a las entidades licitadoras excluidas del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre de la empresa adjudicataria, las características y ventajas de la proposición de la empresa adjudicataria determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de ésta con preferencia a las que hayan presentado las restantes entidades licitadoras cuyas ofertas hayan sido admitidas. En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización, conforme al punto 12 de estos Pliegos. 10.4.- Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de las perdonas interesadas.

14/ 80

IV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 11.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 11.1.- Acusado recibo de la notificación de adjudicación, la empresa adjudicataria, antes de la formalización del contrato, deberá aportar copia de la póliza y justificante de pago de la prima de contratación de los contratos de seguro indicados en el apartado AB) del Cuadro de Características, que la empresa adjudicataria contratará y mantendrá a su costa durante el plazo del contrato y el plazo de la garantía. Los límites asegurados de las garantías descritas en el Cuadro de Características serán aquellas que CCASA determine en función de las peculiaridades del servicio objeto de contratación. 11.2.- Durante la vigencia del contrato, el órgano contratante podrá pedir al contratista que le exhiba la documentación correspondiente a dichos seguros, o que se le entregue copia de las pólizas o certificado de los mismos, así como que se le acredite estar al corriente en el pago de las primas, con la obligación, por parte de éste, de cumplimentar dicho requerimiento, pudiendo en caso contrario el órgano contratante suspender el pago de certificaciones, y en su caso suspender el inicio del cómputo del plazo de garantía, sin que dicho periodo de suspensión sea computable a efectos de indemnizaciones, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar por causa de incumplimiento. 12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 12.1.- Los contratos que celebre CCASA deberán formalizarse en documento que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, éstas deberán acreditar dentro del plazo previsto en el apartado 12.2 siguiente la constitución de la misma en escritura pública, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción, y presentar el NIF asignado a la Unión Temporal de Empresas. 12.2. – Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a las entidades licitadoras. El órgano de contratación requerirá a la empresa adjudicataria para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días (tres en el caso de tramitación urgente) a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. 12.3. – En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes (ocho en el caso de tramitación urgente) a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a las entidades licitadoras y candidatas. 12.4.- Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.

15/ 80

12.5.- Cuando por causas imputables a la entidad adjudicataria no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, CCASA podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso se hubiese exigido. Si las causas de la no formalización fueran imputables a CCASA, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. 12.6.- No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos para los expedientes que sean objeto de tramitación de emergencia.

V. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 13.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO 13.1.- DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA EJECUCIÓN. La dirección del contrato será la persona, con titulación adecuada y suficiente, directamente responsable de la comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta realización de la prestación pactada. Para el desempeño de su función podrá contar con colaboradores a sus órdenes, que desarrollarán sus actividades en función de las atribuciones derivadas de sus títulos profesionales o de sus conocimientos específicos y que integrarán la dirección del contrato. La dirección designada por el órgano de contratación será comunicada a la empresa contratista por CCASA en el plazo de quince días naturales a contar desde la formalización del contrato y dicha dirección procederá en igual forma respecto de su personal colaborador. Las variaciones serán puestas en conocimiento del contratista por escrito. 13.2.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el presente Pliego y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista CCASA. La ejecución del contrato se realizará por el contratista con las responsabilidades establecidas en el artículo 305 del TRLCSP. Cuando el contrato de servicios consista en la elaboración íntegra de un proyecto de obra y se compruebe la existencia de defectos, insuficiencias técnicas, errores o desviaciones procederá la incoación de expediente de subsanación establecidas en los artículos 310, 311 y 312 del TRLCSP. Durante el desarrollo del contrato y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que puedan advertirse. 13.3.- RESPONSABILIDAD POR LOS TRABAJOS Y DAÑOS. La empresa adjudicataria será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para CCASA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Será por su cuenta la indemnización de los daños que se originen a terceros. 13.4.- PLAZOS DE EJECUCIÓN. La fecha de comienzo de los trabajos será la del día siguiente al de la firma del documento de formalización del contrato. El plazo de ejecución y los

16/ 80

plazos parciales que, en su caso se establezcan, estarán referidos a la fecha de comienzo de los trabajos. En el supuesto de que la tramitación se haya declarado de urgencia, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a quince días hábiles contados desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a CCASA y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada. El plazo general de ejecución del contrato, los plazos parciales, en su caso, así como las posibles prórrogas, serán los que se fijen en el apartado V) del Cuadro de Características. El plazo contractual sólo será prorrogable cuando concurran las circunstancias y requisitos exigidos por la legislación vigente. 13.5.- FUERZA MAYOR. En casos de fuerza mayor, y siempre que no exista actuación imprudente por parte del contratista, éste tendrá derecho a una indemnización por los daños y perjuicios que se le hubiesen causado. Tendrán la consideración de casos de fuerza mayor los establecidos en el artículo 231 del TRLCSP que se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del RGLCAP. 13.6.- CUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y PENALIDADES: En caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido, así como cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incumpla la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, se podrá establecer penalidades, si así se recoge en el apartado X) del Cuadro de Características. La empresa adjudicataria queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por CCASA. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, CCASA podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a las cuantías establecidas en el apartado X) del Cuadro de Características. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho CCASA, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP. En todo caso, la constitución en mora del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de CCASA.

13.7.- NORMAS GENERALES RELATIVAS AL TRABAJO CONTRATADO

17/ 80

13.7.1.- La empresa queda obligada a aportar, para la realización del servicio o prestación, el equipo y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquél en los plazos convenidos en el contrato. CCASA podrá rechazar cualquier elemento que considere inadecuado, con el derecho de la empresa a reclamar frente a tal resolución ante CCASA en el plazo de diez días naturales, contados a partir de la notificación que le haga por escrito la Dirección. 13.7.2.- La empresa adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente de la empresa contratista, por cuanto ésta tendrá los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patronal y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, y que se especifican más adelante. 13.7.3.- Propiedad de los trabajos. Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases serán propiedad de CCASA y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos. 13.7.4.- Propiedad industrial e intelectual. Salvo previsión expresa en contrario, en los trabajos susceptibles de generar o afectar a derechos de propiedad industrial o intelectual, la empresa adjudicataria será plena responsable de la originalidad de la idea propuesta respecto a cualquier tercero. Igualmente garantizará y asumirá los costes por la disponibilidad de todos los elementos sujetos a propiedad industrial o intelectual utilizados. Con la presente contratación, CCASA adquiere todos los derechos de propiedad industrial e intelectual susceptibles de aplicación industrial o explotación económica sobre la obra creada. Estos derechos se entienden adquiridos para CCASA por el plazo más amplio previsto en la legislación actual hasta su incorporación al dominio público. Tales derechos se adquieren en régimen de exclusiva, sobre cualquier modalidad de explotación y/o soporte existente a la fecha, y con un ámbito territorial que se extiende a todos los países del mundo sin excepción. En consecuencia, se reserva el formato original de producción y la facultad de llevar a cabo cuantas reproducciones considere conveniente para su difusión, exhibición o cualquier otra forma de divulgación o explotación. En particular, los derechos de propiedad intelectual cuya titularidad corresponde a CCASA son los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, transformación de la obra creada y demás que puedan ser susceptibles de explotación económica. La empresa contratista o cualquiera de las personas que hayan intervenido en la elaboración no podrán utilizar el trabajo para sí, ni proporcionar a terceros fragmentos del mismo, de la filiación, textos, dibujos, o fotografías del trabajo contratado, ni podrán publicar total o parcialmente el contenido del mismo sin consentimiento expreso y escrito de CCASA. En todo caso, la empresa contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de estas obligaciones. La totalidad de los materiales que resulten de la realización de los trabajos objeto del contrato serán igualmente propiedad de CCASA. La empresa adjudicataria se compromete a suscribir cuantos documentos le requiera CCASA para hacer efectiva la adquisición por ésta de todos los derechos de propiedad industrial e intelectual. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de

18/ 80

dirección inherente a toda empresa. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de bajas o ausencias, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. El C.C.A.S.A. se reserva expresamente el derecho de exigir cuanta documentación y justificantes estime precisos para acreditar el cumplimiento por la entidad adjudicataria de las obligaciones anteriores.

13.8.- TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS 13.8.1.- Hasta que transcurra el plazo de garantía establecido en el apartado AC) del Cuadro de Características, la empresa contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que la representación de CCASA los haya examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. 13.8.2.- Quedará exenta de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de CCASA. 13.8.3.- En el caso de que CCASA estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, se estará a lo dispuesto en el artículo 203 RGLCAP y en el supuesto de que la prestación no reúna las condiciones necesarias para su recepción, se estará a lo dispuesto en el artículo 204 RGLCAP y cláusulas 13.13 y 13.14 del presente pliego. 13.8.4.- En especial, cuando el contrato de servicios consista en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, habrá de tenerse en cuenta que: a)

Con carácter general, la empresa contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución o explotación de las obras se causen tanto a CCASA como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas del proyecto o por errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo haya incurrido, imputables a aquél, con imposición de la indemnización que se especifica en el artículo 312.2 del TRLCSP.

b)

Será de aplicación lo establecido en el artículo 310 del TRLCSP para la subsanación de los defectos, insuficiencias técnicas y corrección de errores materiales, omisiones o infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables.

b)

Para los casos en que el presupuesto de ejecución de la obra prevista en el proyecto se desviare en más de un 20%, tanto por exceso como por defecto, del coste real de la misma, como consecuencia de errores u omisiones imputables a la empresa contratista se impondrán, en su caso, las indemnizaciones recogidas en el artículo 311.2 del TRLCSP previa tramitación del oportuno expediente en el que se requerirá la audiencia del interesado.

13.9.- ABONOS AL CONTRATISTA.

19/ 80

13.9.1.- El contratista tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado y a sus modificaciones, si las hubiere. El pago del precio de la prestación objeto de este contrato se realizará de acuerdo con la forma establecida en el apartado G) del Cuadro de Características y previo visto bueno dado a la factura correspondiente por la Dirección del contrato. 13.9.2.- La valoración de los trabajos se ajustará a lo dispuesto en los artículos 199 y 200 del RGLCAP. 13.9.3.- CCASA tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los plazos recogidos en la Disposición transitoria sexta TRLCSP contados desde el día siguiente a la fecha de la expedición de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, y, si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, según dispone el artículo 216.4 del TRLCSP. Cuando no proceda la expedición de certificación y la fecha de recibo de la factura o solicitud de pago equivalente se preste a duda o sea anterior a la prestación de los servicios, el plazo se contará desde dicha fecha de prestación. 13.9.4.- CCASA podrá realizar abonos a cuenta por operaciones preparatorias, instalaciones o adquisiciones de equipo y medios auxiliares en la forma y con las garantías que a tal efecto determinan los artículos 216.3 del TRLCSP y 201 del RGLCAP. 13.9.5.- Cuando así se establezca en el apartado AE) del Cuadro de Características, quien hubiese resultado adjudicatario tendrá derecho a percibir hasta un 20% del importe del contrato, como abono a cuenta para la financiación de las operaciones preparatorias y conforme a los criterios y formas de valoración que figuran en el mismo, si bien se deberá asegurar el referido pago mediante la prestación de la garantía.

13.10.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DE CARÁCTER ESPECÍFICO Y GASTOS EXIGIBLES. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, existirán específicamente las siguientes obligaciones: a) EN MATERIA LABORAL, SEGURIDAD SOCIAL Y DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad y salud en el trabajo, y en particular: 1. Cuando las prestaciones a desarrollar estén sujetas a ordenanza laboral o convenio colectivo vendrá obligado a cumplir con las disposiciones de la ordenanza laboral y convenio colectivo correspondiente. 2. La empresa adoptará cuantas medidas en el trabajo fueren de pertinente obligación o necesarias en orden a la prevención de los riesgos laborales. Cumplirá así mismo las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales establecidas por la normativa vigente y antes del inicio de la actividad contratada deberá acreditar el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

20/ 80

- La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - La formación e información en materia preventiva a los trabajadores que va a emplear en la ejecución del contrato. - Justificante de la entrega de equipos de protección individual, que en su caso, fueran necesarios. 3. Si la empresa subcontrata parte de los trabajos deberá exigir a las subcontratas los justificantes de las obligaciones anteriores y entregarlos a CCASA. Las empresas deberán, así mismo, poner en conocimiento del coordinador de seguridad y salud las subcontrataciones realizadas con carácter previo al inicio de los trabajos. 4. En el caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los/las operarios/as con ocasión del ejercicio de los trabajos, cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno a CCASA. b) PROGRAMA DE TRABAJO. En los contratos de servicios que sean de tracto sucesivo, siempre que se haga constar expresamente esta obligación en el apartado R) del Cuadro de Características, el contratista está obligado a presentar un programa de trabajo que desarrolle el presentado con su proposición, en el plazo de quince días a contar desde la notificación de la adjudicación del contrato, que será aprobado por el órgano de contratación. El plan presentado por la empresa adjudicataria será documento contractual a todos los efectos. El órgano de contratación resolverá sobre el plan de trabajo en los quince días posteriores a su presentación o impondrá, en su caso, la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. Mientras no se apruebe el programa de trabajo presentado por el contratista, regirá el que conste en el Proyecto o, en su caso, el presentado por la entidad licitadora en la fase de licitación. CCASA podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que el contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo, sin que ello pueda originar derecho al cobro de intereses de demora por retraso en el pago de dichas certificaciones. c) GASTOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN. Son de cuenta del contratista los gastos derivados de los anuncios oficiales de la licitación (por una sola vez y un único anuncio) y de formalización del contrato, así como los que se requieran para la obtención de licencias, documentos o cualquier información de organismos oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. A la empresa adjudicataria le corresponde la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización de la prestación.

21/ 80

d) COLABORACION CON CCASA. Habrá de facilitarse a CCASA, sin ningún coste adicional cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público, etc. e) CRITERIOS LINGÜÍSTICOS. La empresa adjudicataria del contrato y los posibles subcontratistas deberán observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a los criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas, de acuerdo con las disposiciones recogidas en la Ley 10/1982 Básica de Normalización del Uso del Euskera, el Estatuto de Autonomía del País Vasco, el Decreto 86/1997 que regula los procesos de normalización de la Administración Pública de Euskadi y el Plan de Normalización del Uso del Euskera de la Diputación Foral de Álava de 2008-2012. 13.11.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. La empresa adjudicataria aplicará en la ejecución del contrato las condiciones especiales que, con el fin de promover el empleo de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral, eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en dicho mercado, combatir el paro, favorecer la formación en el lugar de trabajo, u otras de tipo social o medioambiental, se encuentren especificadas en el apartado Y) del Cuadro de Características. Se considerarán, asimismo, condiciones especiales de ejecución del contrato, si así viniera recogido en el citado apartado, el compromiso de adscripción de medios personales o materiales suficientes exigido en el apartado Q), y la obligación de subcontratar a que hace referencia el artículo 227.7 del TRLCSP recogida, en su caso, en el apartado Z). 13.12.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. En materia de cesión del contrato se estará a lo previsto en el artículo 226 del TRLCSP. En cuanto a la contratación por la empresa adjudicataria de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 227 del TRLCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 228 del TRLCSP. El porcentaje máximo de subcontratación será el establecido en el apartado Z) del Cuadro de Características. 13.13.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. Podrán ser modificados por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en los artículos 105 a 108 del TRLCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP. En estos casos, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas. También serán aplicables en los artículos 219 y 306 del TRLCSP y artículo 202 RGLCAP. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo.

13.14.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en los artículos 220 del TRLCSP y normas de desarrollo. En los supuestos de suspensión temporal, parcial o total, o definitiva, se levantará la correspondiente Acta de Suspensión, en la que se hará constar el acuerdo de CCASA

22/ 80

que originó la suspensión, las circunstancias que la han ocasionado y la situación de hecho en la ejecución de los trabajos, definiéndose concretamente la parte o partes o la totalidad de los mismos afectadas por aquélla. Acordada la suspensión, CCASA abonará a la empresa contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por ésta.

13.15.- RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La recepción se realizará conforme a lo dispuesto en los artículos 222 del TRLCSP y 204 del RGLCAP. 13.15.1.- El contrato se entenderá cumplido por la empresa contratista cuando ésta haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de CCASA, la totalidad de su objeto. Su constatación exigirá por parte de CCASA un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, o en el plazo que se determina en el apartado AA) del Cuadro de Características. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, disponiendo para tal fin de las prerrogativas establecidas en el artículo 307 del TRLCSP. La empresa contratista deberá entregar los trabajos realizados dentro del plazo estipulado, efectuándose por la representación del órgano de contratación, en su caso, un examen de la documentación presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción, levantándose entonces el acta correspondiente. Si la prestación de la empresa contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo que se hubiese concedido a la empresa contratista para la subsanación sin que fuesen subsanados los defectos señalados, se podrá resolver el contrato con pérdida de la garantía definitiva y con la obligación de la misma de indemnizar a CCASA por los daños ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables a la empresa contratista, podrá rechazar la misma CCASA a través del órgano de contratación, quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.

13.15.2.- Dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción, deberá, en su caso, acordarse y ser notificada a la empresa contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele el saldo resultante. 13.16.- PLAZO DE GARANTÍA. A partir de la fecha del acta de recepción, comenzará a contar el plazo de garantía que figura en el apartado AC), del Cuadro de Características, transcurrido el cual sin objeciones por parte de CCASA, quedará extinguida la responsabilidad de la empresa contratista, salvo la responsabilidad por

23/ 80

vicios ocultos, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar a la empresa contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que CCASA haya formalizado algún reparo o denuncia, la empresa contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 310, 311 y 312 del TRLCSP. Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables a la empresa contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. 13.17.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos señalados en los artículos 223 y 308 del TRLCSP con los efectos previstos en los artículos 224, 225 y 309 del TRLCSP y 109 a 113 del RGLCAP. Igualmente, el CCASA podrá resolver el contrato: • • •

Si se comprueba en cualquier momento por el CCASA, la falsedad de cualquier dato o documento aportado por la empresa adjudicataria. En caso de que la empresa adjudicataria ceda o subcontrate el mismo, sin que medie autorización expresa por del CCASA. Por la entrega a terceros o filtración comprobada de información por la empresa adjudicataria o cualquiera que por cualquier título colabore con él, sobre el contenido de los trabajos contratados, o sobre los datos a que tenga acceso en virtud de su desarrollo. En este caso la resolución del contrato sería independiente de las reclamaciones por responsabilidad civil que el C.C.A.S.A. y/o los terceros afectados pudieran plantear a la entidad adjudicataria.

13.18.- CONFIDENCIALIDAD. Para los casos en que la empresa adjudicataria del contrato necesita acceder a datos de carácter personal contenidos en ficheros titularidad de CCASA o de la Administración entre ambas entidades deberá firmarse el contrato de confidencialidad al que se hace referencia en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Estas cláusulas varían dependiendo de la tipología de datos personales objeto de tratamiento. Por ello, en la estipulación CUARTA del contrato de confidencialidad (Anexo X) se especificará, en cada caso, si la entidad que resulta adjudicataria va a tratar datos personales que requieren la adopción de medidas de seguridad de nivel: BÁSICO, MEDIO o ALTO. Dependiendo del nivel de seguridad exigido se adjuntará al clausulado la tabla de medidas de seguridad correspondiente al nivel de seguridad de que se trate en cada caso. Asimismo, sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que deba darse a las entidades candidatas y a las entidades licitadoras, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por las empresas que estas hayan designado como confidencial en el Anexo IX por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales, exponiendo las razones que justifican dicha vinculación.

24/ 80

VI. ARBITRAJE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE 14.- ARBITRAJE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE 14.1.-

Los posibles litigios derivados de la interpretación, ejecución, cumplimiento y extinción de los contratos, serán sometidos, en defecto de acuerdo amistoso, al Servicio de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio e Industria de Álava, que actuará conforme a las disposiciones de la ley 60/2003, de 23 de diciembre.

14.2.- El orden jurisdiccional competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de los contratos que celebre C.C.A.S.A. será el contenciosoadministrativo, en el caso de contratos sujetos a regulación armonizada, y el civil, en el caso de contratos no sujetos a regulación armonizada. 14.3.- El orden jurisdiccional civil será el competente, en todo caso, para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de todos los contratos que celebre C.C.A.S.A., ya sean armonizados o no, sometiéndose ambas partes, voluntariamente, al fuero de los Juzgados y Tribunales de Vitoria, con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles.

25/ 80

CENTRO DE CÁLCULO ÁLAVA, S.A. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS OBJETO: DESARROLLO DE UNA APLICACIÓN INFORMÁTICA PARA LA GESTIÓN DE LAS AYUDAS PARA OBRAS EN CAMINOS RURALES DE ÁLAVA.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Servicio de Desarrollo Agrario de la Diputación Foral de Alava (DFA) es el encargado de convocar y gestionar las ayudas que concede la DFA a las entidades locales de Alava, para las obras de infraestructuras que se realizan en los caminos rurales de Alava. Estas ayudas están cofinanciadas con Fondos Europeos dentro del Plan de Desarrollo Rural y en concreto están englobadas en la medida 125 Ayudas a la Infraestructura relacionada con la evolución y adaptación de la Agricultura y de la Silvicultura. Se precisa construir una aplicación informática para poder llevar acabo la gestión de estas ayudas. Los requisitos que debe cumplir la aplicación están descritos en el Anexo XIII.

TRABAJOS A CONTRATAR Los trabajos incluidos en el alcance de este pliego son los siguientes: •

Diseño gráfico: Dotar a los sistemas de información a desarrollar de un diseño gráfico profesional de las interfaces, así como un alto nivel de usabilidad cuidando, de manera especial, tanto la navegación entre pantallas como la distribución de las posibles funcionalidades en las mismas. Se han de considerar las iniciativas de accesibilidad a la web (Web Accesibility Initiative, WAI), cumpliéndose las pautas establecidas para el nivel de adecuación 2(AA).



Construcción de la aplicación: Construcción de los módulos software que componen la aplicación a partir de la documentación de análisis y diseño.



Pruebas: Las pruebas unitarias y de integración son responsabilidad exclusiva de la empresa adjudicataria y deberán asegurar la calidad del producto entregado.



Implantación y demostración: La empresa adjudicataria realizará la instalación del producto resultante en los sistemas de la DFA verificando el buen funcionamiento de todo el sistema.



Formación:

26/ 80

La empresa adjudicataria proporcionará una manual y guía de utilización PRODUCTOS A ENTREGAR Los productos a entregar son los siguientes: •

Plan de Proyecto detallado, especificando los diferentes módulos con sus correspondientes hitos intermedios y entregas parciales. o El incumplimiento de este Plan, será objeto de un análisis pormenorizado y establecimiento de posibles acciones correctoras o en su defecto de la cancelación del contrato. Informe semanal de situación del proyecto (no requerirá aceptación). Módulos software que compongan el sistema descrito. Calendario de Entregas de módulos software



• • •

Entrega-1. 30-11-2015 Compuesta de los siguientes módulos: - M2 – Acceso a la aplicación - M3 – Tablas auxiliares. Se realizarán 14 tablas de este módulo - M4 – Definición de convocatorias - M5 – Solicitudes y expedientes. De este módulo se realizarán los puntos: o 5.1 Información de la solicitud o 5.2 Registro de solicitudes y creación de expedientes



Entrega-2.18-4-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M3 – Tablas auxiliares. Resto de tablas del módulo - M5 – Solicitudes y expedientes. Resto de puntos del módulo



Entrega-3. 31-5-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M6 – Presupuestos - M7 – Resolución de expedientes - M8 – Notificación y recursos - M9 – Plan financiero



Entrega-4. 4-7-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M10 – Contratación



Entrega-5. 4-8-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M11-Realización proyecto o documento técnico



Entrega-6. 23-9-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M12 – Certificaciones técnicas - M13 – Certificaciones administrativas

27/ 80

-

M14 – Documentos contables M15 – Controles M16 – Explotaciones de datos M17 – Impacto en otras aplicaciones

Se considerará cumplido el hito de entrega si el software entregado contiene la funcionalidad completa, dispone de un diseño visual profesional y unos interfaces de usuario amigables, está libre de errores y es operable desde el mismo momento de la entrega. Las entregas que no cumplan estos requisitos de calidad serán rechazadas y podrán ser motivo de disolución del contrato.

• • •

Documentación de control de realización de las pruebas unitarias y de integración. Manual de utilización y de instalación. Documentación técnica, acorde a la metodología utilizada por CCASA, resultante de las actividades contratadas. - documentación correspondiente a la fase de construcción - documentación correspondiente a la fase de pruebas y plan de implantación

MODO DE EJECUCIÓN •

Arquitectura: Nueva aplicación para la gestión de ayudas de caminos. Se construirá en Java J2EE sobre el framework existente en CCASA(jADE), servicios Web, base de Datos DB2 y acceso a la misma vía hibernate Además tendrá interacción con: o Gestor documental Filenet para el almacenamiento de documentos o Notificación Telemática (SNTS Correos) o Componentes corporativos propios de la DFA (Nomenclátor, SCEF, …)

Adecuación de la aplicación de Organismo Pagador (SPOP) Desarrollada en C# .Net Web, base de datos DB2 y acceso a la misma mediante procedimientos almacenados COBOL desarrollados con Gnsis Adecuación de la aplicación Plan de Desarrollo Rural Sostenible (SPPD) Desarrollada en C# .Net Cliente/Servidor, base de datos DB2 y acceso a la misma mediante procedimientos almacenados COBOL desarrollados con Gnsis

Solo se utilizarán productos vigentes en la plataforma tecnológica de CCASA. La aplicación integrará los componentes corporativos ya existentes en CCASA que fueran necesarios. El CCASA entregará una guía de arquitectura y una guía de estandarización de interfaces de las aplicaciones, así como toda la información técnica disponible para facilitar y normalizar los trabajos a contratar.

28/ 80

Además CCASA entregará la documentación técnica de la metodología de referencia que debe seguirse para construcción de la aplicación.



Perfil del equipo de trabajo: El equipo para el desarrollo del proyecto estará compuesto por un mínimo de 11 personas y un máximo de 15: − − −

Al menos 9 recursos de programación con conocimiento y dominio de J2EE, servicios web, hibernate y base de datos DB2 Al menos 1 recurso de programación con conocimiento y dominio en C# .NET Web y Cliente/Servidor y Servicios web(WCF) Al menos 1 recurso de programación con conocimiento y dominio en Gnsis, Cobol y DB2

Respecto a los 9 recursos de programación J2EE hay que indicar que no va a ser necesario disponer de los mismos durante todo el proyecto. Su disponibilidad será la siguiente: - Para la entrega-1 serán necesarios al menos 4 recursos. - Para el resto de las entregas, a partir de Marzo de 2016 se necesitará la disponibilidad de los 9 recursos



Lugar de trabajo: Los trabajos de construcción, pruebas unitarias y de integración se desarrollarán en los locales de la empresa contratada. La implantación y las pruebas de sistema se llevarán a cabo en los locales de CCASA. En el caso de que durante el seguimiento se detecten desviaciones importantes, el equipo de trabajo se desplazará a las oficinas de CCASA para continuar el desarrollo del proyecto.



Equipos y licencias: La empresa adjudicataria aportará todo el equipamiento informático y las licencias de software necesarios durante el desarrollo del proyecto.



Seguimiento del proyecto: El proyecto estará jalonado por una serie de puntos de control que serán establecidos por el CCASA antes del inicio de los trabajos. Dichos puntos de control llevarán asociados la fecha de control y el grado de avance previsto, de manera que en los días señalados se comprobará el ajuste del avance real al previsto, detectando así las posibles desviaciones. Dicha comprobación se llevará a cabo en los locales de CCASA y participarán los responsables de CCASA y la empresa adjudicataria. El incumplimiento de estos puntos de control, será objeto de un análisis pormenorizado y establecimiento de posibles acciones correctoras o en su defecto de la cancelación del contrato. Las actas de las reuniones de inicio y seguimiento serán firmadas mediante firma electrónica o manuscrita, por la persona responsable del proyecto de CCASA y por la persona responsable del contrato de la empresa adjudicataria antes de que hayan transcurrido cinco días desde la fecha de celebración de la reunión.



Realización de pruebas: CCASA validará las pruebas unitarias y de integración que debe realizar la empresa contratada. El producto resultante de la construcción recibido por CCASA, incluidas las entregas parciales, estará libre de errores y tendrá unos tiempos de respuesta aceptables. Se entregará la documentación garante de la realización de las pruebas junto con cada entrega parcial.

29/ 80

Se rechazará cualquier versión no sometida a una exhaustiva depuración por parte de la empresa adjudicataria.



Implantación y Pruebas de sistema: La empresa contratada, una vez finalizadas las tareas de construcción y pruebas unitarias y de integración en sus propios sistemas, realizará la implantación de la aplicación en los sistemas de CCASA. La empresa contratada llevará a cabo las labores necesarias de integración, verificando que en ellos se refrenda el buen funcionamiento de la aplicación y su perfecta integración en la plataforma de CCASA.



Protocolo de recepción de entregables: Antes de realizar la entrega de cada módulo desarrollado, la empresa adjudicataria deberá obtener el ejecutable en un ordenador habilitado al efecto en las instalaciones de CCASA, donde están instalados los productos y licencias oficiales. Solo se considerará recibido un producto entregable cuando este cuente con el visto bueno explícito del responsable del proyecto por parte de CCASA. Se considerará como fecha de recepción la fecha en que se produce la aprobación del entregable por parte del responsable de proyecto de CCASA. La entrega de módulos software se llevará a cabo, de manera presencial por parte de la empresa contratada y en los locales de CCASA, mediante una demostración de funcionamiento de la que podría resultar un rechazo en el caso de detectarse errores de funcionamiento, desajustes con las prescripciones de construcción o incumplimientos del manual de estilo de CCASA.

PLAZO DE ENTREGA Y GARANTÍA •

Se deberán cumplir los siguientes hitos:

• •

Inicio del trabajo: Desde la formalización del contrato

Entrega-1. 30-11-2015 Compuesta de los siguientes módulos: - M2 – Acceso a la aplicación - M3 – Tablas auxiliares. Se realizarán 14 tablas de este módulo - M4 – Definición de convocatorias - M5 – Solicitudes y expedientes. De este módulo se realizarán los puntos: o 5.1 Información de la solicitud o 5.2 Registro de solicitudes y creación de expedientes



Entrega-2.18-4-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M3 – Tablas auxiliares. Resto de tablas del módulo - M5 – Solicitudes y expedientes. Resto de puntos del módulo



Entrega-3. 31-5-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M6 – Presupuestos - M7 – Resolución de expedientes - M8 – Notificación y recursos

30/ 80

-



M9 – Plan financiero

Entrega-4. 4-7-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M10 – Contratación



Entrega-5. 4-8-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M11- Realización proyecto o documento técnico



Entrega-6. 23-9-2016 Compuesta de los siguientes módulos: - M12 – Certificaciones técnicas - M13 – Certificaciones administrativas - M14 – Documentos contables - M15 – controles - M16 – Explotaciones de datos - M17 – Impacto en otras aplicaciones

El incumplimiento del plazo de cualquiera de estos hitos podrá ser motivo de disolución del contrato o en su defecto de aplicación de la correspondiente penalización. El hito se considerará cumplido si el software entregado contiene la funcionalidad completa, dispone de un diseño visual profesional y unos interfaces de usuario amigables, está libre de errores y es operable desde el mismo momento de la entrega. •

Se establece un periodo de garantía de tres meses, a contar desde la aceptación de los trabajos por el responsable del Área correspondiente.

CONDICIONES ECONOMICAS



Precio máximo de la oferta: Importe neto: 242.820,66 € Importe total: 293.813,00 €

IVA: 50.992,34 €

En este importe están incluidos impuestos, tributos, tasas y cuantos gastos se produzcan hasta la finalización de la realización de los trabajos objeto de este contrato, como los de desplazamientos, dietas, material, etc.



Facturación: El importe corresponde al período comprendido entre 2015 y 2016. o Para el cálculo de la facturación se aplica la siguiente fórmula: X = Importe adjudicado / Importe total o

La facturación se realizará de la siguiente manera: - Antes del 31-12-2015 : 38.000,00 * X (Sujeta a la aceptación de la entrega 1) - Final de proyecto : 191.859,00 * X

31/ 80

-

(Sujeta a la aceptación de las entregas 1, 2, 3, 4, 5 y 6) Fin de garantía : 63.954,00 * X

CLAUSULAS DE PENALIZACION



Será potestad del CCASA, aplicar la penalización por incumplimiento del plazo de entrega. La penalización por este motivo, caso que se aplique, será del 10% del importe adjudicado, por cada mes de retraso en cada uno de los hitos especificados.



Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá CCASA rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del importe satisfecho.

CONDICIONES PARTICULARES



El montante del contrato podrá ser ampliado, de mutuo acuerdo entre CCASA y el proveedor, en el caso de que se presenten necesidades adicionales a las contempladas inicialmente. La ampliación podrá alcanzar hasta el 10% del contrato inicial.



El CCASA tendrá la prerrogativa de cancelar el contrato de manera unilateral en el caso de que el servicio no se ajustara a los niveles de calidad esperados o si alguna de las condiciones del contrato fuese incumplida.



Obligaciones de la empresa adjudicataria en cuanto a seguridad y confidencialidad: − El tratamiento de los datos de carácter personal, y por lo tanto sujetos a la LOPD, en caso de que los hubiere, se realizará según las directrices marcadas por el CCASA. − La empresa adjudicataria y su personal se comprometen a no acceder a datos para los que no cuenten con la autorización expresa de CCASA. − Los datos, personales o no, a los que se tuviera acceso no se utilizarán para ningún fin distinto al establecido en el presente contrato, ni se comunicarán a terceros. − Cualquier fichero, impreso, etc. contenedor de datos que se encuentre en poder de la empresa adjudicataria será destruido a la finalización del trabajo para el que fue cedido, previa notificación a CCASA. − La empresa adjudicataria y su personal se comprometen a mantener la más estricta confidencialidad sobre cualquier información relativa a CCASA y DFA a la cual tuviera acceso.



Los derechos de explotación de los productos resultantes del servicio serán propiedad exclusiva de CCASA.

ANEXOS

• Anexo-XI Resúmenes de cualificación profesional. Se rellenará un formulario por cada una de las personas y grupo de conocimientos. • Anexo-XII Prestaciones Superiores/Complementarias a las exigidas Se rellenará un único formulario con las Prestaciones Superiores y/o Complementarias. • Anexo XIII: Requisitos de la aplicación. 32/ 80

Anexo-XI. RESUMEN DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL Conocimiento técnico 1: J2EE, servicios web, hibernate y base de datos DB2

Referencia (Nombre y apellidos): Trabajos realizados: Aplicación/Proyecto/Año

Dedicación (meses)

TOTAL…

33/ 80

Cliente

Anexo-XI. RESUMEN DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL Conocimiento técnico 2: C# .NET Web y Cliente/Servidor y Servicios web (WCF)

Referencia (Nombre y apellidos): Trabajos realizados: Aplicación/Proyecto/Año

Dedicación (meses)

TOTAL…

34/ 80

Cliente

Anexo-XI. RESUMEN DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL Conocimiento técnico 3: Gnsis, Cobol y DB2

Referencia (Nombre y apellidos): Trabajos realizados: Aplicación/Proyecto/Año

Dedicación (meses)

TOTAL…

35/ 80

Cliente

Anexo-XII Prestaciones Superiores/Complementarias

Prestación Superior/Complementaria:

Descripción de la prestación:

Valoración técnica:

36/ 80

ANEXO XIII REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN INFORMÁTICA DE GESTIÓN DE LAS AYUDAS PARA OBRAS EN CAMINOS RURALES DE ALAVA

Indice

M1 – Introducción .............................................................................................................. 38 M2 - Acceso a la aplicación ............................................................................................... 38 M3 – Tablas auxiliares ....................................................................................................... 39 M4 – Definición de convocatorias. ..................................................................................... 41 M5 – Solicitudes y expedientes ......................................................................................... 44 M6 – Presupuestos ............................................................................................................ 51 M7 – Resolución de expedientes ....................................................................................... 56 M8 – Notificaciones y Recursos ........................................................................................ 58 M9 – Plan financiero .......................................................................................................... 60 M10 – Contratación............................................................................................................ 61 M11 – Realización de proyectos o documentos técnicos.................................................. 67 M12 – Certificaciones Técnicas ......................................................................................... 70 M13 – Certificaciones administrativas. .............................................................................. 74 M14 – Documentos contables ........................................................................................... 76 M15 – Controles ................................................................................................................. 78 M16 – Explotaciones de datos ........................................................................................... 80 M17 – Impacto en otras aplicaciones ................................................................................ 80 M18 – Otras funcionalidades ............................................................................................. 80

37/ 80

M1 – Introducción Desde el Servicio de Desarrollo Agrario, en el marco del Plan de Desarrollo Rural (PDRS), se gestionan dos tipos de ayudas: Infraestructuras: Corresponden las ayudas para obras en caminos, otras obras de infraestructuras y obras en regadíos. Técnicamente la ayuda se denomina “Ayuda para el desarrollo y mejora de infraestructuras agrarias”. Estas ayudas llevan una gestión similar (realización de presupuesto, proyectos, contrataciones, certificaciones, etc). Los beneficiarios de estas ayudas son Ayuntamientos, Juntas Administrativas, Comunidades de Regantes, Parzonerias, Comunidades. Estructuras: Corresponden a las ayudas del tipo joven agricultor, compra maquinaria, modernización de instalaciones, etc. Estas ayudas necesitan otro tipo de información técnica que las anteriores También llevan todas ellas una gestión similar. Los beneficiarios de estas ayudas son explotaciones agrarias–ganaderas, cuyo titular son personas físicas, Sociedades Civiles, CUMAs, etc En este proyecto nos centraremos en las ayudas de Infraestructuras y en concreto en las que afectan a caminos rurales. Los caminos objeto de subvención son propiedad de las Entidades locales. A pesar de que este proyecto solo se ocupará de construir una aplicación para la gestión de las obras en caminos, hay que pensar que en el futuro se pretende incorporar a la aplicación las obras en regadíos y otras obras de infraestructura, por lo tanto la aplicación se intentará parametrizar para que el flujo de toda la gestión de estas ayudas sirva para todo tipo de obras. Evidentemente, cuando se incorporen estas nuevas obras será necesario definir datos que serán específicos de dichas obras, por ejemplo el código de camino tiene un formato específico que seguro que en regadíos no existe, o si existe es diferente.

M2 - Acceso a la aplicación Existirá un módulo de gestión de accesos para controlar las personas autorizadas a entrar en la aplicación. Se permitirá crear perfiles indicando para cada perfil los puntos de menú autorizados y si la autorización a los datos es en modo consulta o actualización. Se permitirá dar de alta usuarios y asignarles un perfil. Desarrollo Agrario y Secretaría Técnica son los dos servicios que serán usuarios de esta aplicación. Hay datos cuya responsabilidad de meterlos y mantenerlos es Desarrollo Agrario y otros datos cuya responsabilidad de meterlos y mantenerlos es de Secretaría Técnica. La gestión de autorizaciones a los usuarios y puntos de menú recaerá en Desarrollo Agrario. Las pantallas donde sea necesario introducir datos, se prepararán de tal manera que todos los datos que se deban meter, deben ser responsabilidad de meterlos en el mismo servicio.

38/ 80

Posteriormente desde la autorización de los puntos de menú se indicará quién accede y si accede en consulta o en modificación. Para saber cuando un servicio deja una tarea a otro servicio para realizar un trabajo se hará de manera externa a la aplicación. Puesto que las personas que hacen los trabajos son las mismas en ambos servicios, solo se van a definir dos roles, el rol de Secretaría técnica y el rol de Desarrollo Agrario. Para cada uno de estos roles se indicarán los direcciones de correo que lo componen para que les lleguen los e-mails. Se decide que no se monta un sistema de tareas pendientes para saber el trabajo que le corresponde realizar a cada uno.

M3 – Tablas auxiliares Existirá un módulo para gestionar las tablas donde se codificaran los códigos y textos castellano-euskera o donde se definirán parámetros necesarios para la aplicación. Algunas de las tablas necesarias son: 1- Parámetros generales (% beneficio industrial y gastos generales, % IVA,…) 2- Medidas 3- Submedidas. Se recogen las submedidas de una Medida 4- Finalidades. Recoge las finalidades de una submedida. Se indicará si es Obra, servicios u otros. 5- Convocatoria. Documentación a adjuntar en la solicitud 6- Convocatoria. Declaraciones responsables en la solicitud 7- Convocatoria. Compromisos 8- Solicitud. Documentación a presentar 9- Solicitud. Relación de entidades locales con la OCA a la que pertenecen y comarca a la que pertenecen 10- Solicitud. Destinos de los caminos 11- Solicitud. Tipos de inversiones de Otras finalidades (máquinas a comprar) 12- Solicitud. Servicios a prestar 13- Expediente. Estados de un expediente 14- Expediente. Motivos de cambios de expedientes 15- Expediente. Motivos de no subvención 16- Presupuesto. Capítulos de unidad de Obra 17- Presupuesto. Partidas o unidades de obra 18- Presupuesto. Unidades de medida 19- Presupuesto. Conceptos de partidas de obras. Contendrá los campos: -

Código concepto

-

Descripción corta

-

Precio

39/ 80

-

Unidad de medida

20- Presupuesto. Maestro de partidas de obra de la DFA. Contendrá los datos de: -

Código de unidad de obra (6 posiciones). Dividido en Capítulo (2 pos.) resto (4 pos.)

-

Descripción corta y ampliada

-

Precio

-

Unidad medida (Km, Tn, etc)

-

Precios descompuestos de cada partida. Contiene el desglose de conceptos que componen la partida de obra. No todas las partidas tienen que tener desglose. Los conceptos se cogen de la tabla de Conceptos. Cada concepto consta de: o

Código concepto

o

Descripción corta

o

Precio

o

Rendimiento

o

Total (Precio x Rendimiento)

o

Unidad de medida

El precio de la unidad de obra será el sumatorio del Total de los conceptos desglosados. En caso de que se teclee el precio de la unidad de obra, se calculará el campo Precio y Total de cada uno de los conceptos, prorrateándolos (el valor de rendimiento es fijo). 21- Presupuesto. Partidas de Obra propias de un expediente: -

Código expediente

-

Código de unidad de obra (6 posiciones). Dividido en Capítulo (2 pos.) resto (4 pos.)

-

Descripción corta y ampliada

-

Precio

-

Unidad medida (Km, Tn, etc)

22- Proyecto. Parámetros para elaboración proyecto 23- Proyecto. Plantillas Word del proyecto. 24- Proyecto. Plantillas Word de pliegos técnicos, capítulo-3, del proyecto (Pdocus) 25- Proyecto. Plantillas Word de otros documentos del expediente 26- Controles. Tipos de controles (administrativos, terreno, etc) 27- Controles. Tipos de documentos a presentar 28- Controles. Asignación de Tipos de documentos a presentar en cada tipo de control 29- Controles. Plantillas Word a generar 30- Certificaciones. Personas certificadoras 31- Contrato. Calificación del contrato (o tipo de contrato) 32- Contrato. Procedimiento de tramitación 33- Contrato. Procedimiento de adjudicación 34- Contrato. Empresas contratistas

40/ 80

35- Expedientes. Contadores de nuevos caminos 36- Expedientes. Contador de números de expediente

M4 – Definición de convocatorias. Definiciones de términos que usaremos en este documento: Medida. En este proyecto será siempre la 125 correspondiente a ayuda de infraestructuras. Submedida. Dentro de la medida 125 existen 3 submedidas: Caminos, Regadíos y Otras obras de infraestructura. En este proyecto nos ocuparemos de la submedida de Caminos Finalidad. Es cada una de las actuaciones que pueden ser objeto en una submedida. Dentro de la submedida de caminos, actualmente existen 5 finalidades: 1. Obras de construcción de nuevos caminos 2. Obras de mejoras en caminos ya existentes 3. Obras de acondicionamiento de caminos ya existentes 4. Otras finalidades (Compra de maquinaria especial para caminos, etc) 5. Servicios La aplicación estará parametrizada para que se puedan definir nuevas finalidades, además de las indicadas, y para cada finalidad se indicará si corresponde a Obras, servicios u otros (maquinaria). Esta tipificación de cada una de las finalidades servirá para determinar el tipo de información que se debe recoger para esa finalidad. Por ejemplo, para todas las finalidades que se indique que son obras se recogerá la misma información: si son caminos o regadíos (caminos o regadío, importes, presupuestos, etc).

Línea de ayuda. Es la conjunción de medida, submedida y finalidad. Inversión. Es cada actuación dentro de cada finalidad 1.- Obras: Cada uno de los caminos o regadíos que se solicitan 3.- Otras finalidades. Compra de maquinaria especial para caminos: Desbrozadora, Cuchilla 4.- Servicios: Redacción del proyecto, Dirección de obra, Asistencia en tarea de seguridad y salud, Estudio geotécnico y Otros En la redacción del documento, aunque hablemos de caminos o maquinaria, habrá que tener en cuenta que también se hace extensible a regadíos y otras obras, y a otro tipo de finalidades. 4.1 Legislación que define las bases reguladoras de las ayudas •

Bases reguladoras de las ayudas. Son las normas que rigen una submedida. Unas mismas bases reguladoras sirven para gestionar varias convocatorias a lo largo de los años (hasta que se aprueban otras bases). Los datos asociados a las bases reguladoras son:

41/ 80

- Identificación de la base reguladora (número) - Resolución que establece la base reguladora. Compuesto de los campos tipo resolución (Decreto, Acuerdo, etc.), número resolución. Además se podrá anexar el PDF de la resolución con las bases reguladoras - Publicación de las bases reguladoras. Compuesto de los campos tipo boletín, número boletín, fecha de boletín - Descripción de la base reguladora (campo texto pequeño) •

Modificaciones a las bases reguladoras. Puede haber varias modificaciones a las bases reguladoras. De cada modificación se recogen los siguientes datos: - Resolución que establece la modificación. Compuesto de los campos tipo resolución (decreto, acuerdo, etc.), número resolución, fecha resolución. Además se podrá anexar el PDF de la resolución con las bases reguladoras - Publicación de la modificación. Compuesto de los campos tipo boletín, número boletín y fecha de boletín - Descripción de la modificación (campo pequeño) - Posibilidad de anexar PDF del documento consolidado de la base reguladora - Fecha del documento consolidado

4.2 Definición de una convocatoria Este apartado sirve para definir la convocatoria a la que van asociados todos los expedientes de Entidades que hayan realizado la solicitud correspondiente. Una convocatoria queda definida del siguiente modo: - Nº Convocatoria: Número/Año (puede haber más de una convocatoria en el mismo año) -

-

-

Líneas de ayuda que se abren en la convocatoria. Puede haber una o varias líneas de ayuda. Para cada línea de ayuda se define: o

Medida. Estará tabulada. En este caso será la 125 (Infraestructuras)

o

Submedida. Estará tabulada.

o

Finalidad. Estará tabulada.

o

% subvención

Texto descriptivo de la convocatoria Fecha de inicio y fin de presentación de solicitudes PDRS al que atiende: Anexar PDF y denominación Ley de Contratos de las Administraciones Públicas: Nombre, Año, etc. Legislación que le afecta. Se podrá anexar todo tipo de legislación que afecta a la convocatoria. Cada legislación se identificará con los campos: o Descripción de la legislación o Anexar PDF de la legislación Información referida a la resolución que aprueba la convocatoria o Compuesto de los campos tipo resolución (decreto, acuerdo, etc.), número resolución, fecha resolución. Además se podrá anexar el PDF de la resolución

42/ 80

Nota. La aplicación no gestiona la elaboración de las bases reguladoras ni la gestión y firmas necesarias para el establecimiento de la convocatoria. Solo recoge la definición de las bases reguladoras y las convocatorias. 4.3 Resolución que resuelve una convocatoria: Para resolver una convocatoria se deben recoger los siguientes campos: -

Resolución que resuelve la convocatoria. Compuesto de los campos tipo resolución, número resolución, fecha resolución, PDF.

-

Publicación de la resolución de la convocatoria. Compuesto de: o

Los campos tipo boletín, número boletín y fecha de boletín

o

Posibilidad de anexar PDF con la relación de beneficiarios de la ayuda

4.4 Documentos contables de la convocatoria En este apartado se podrán crear los documentos contables “A” de los que se van a partir para realizar los pagos de la convocatoria. Hay tres posibilidades de crear estos documentos contables: 1.- Que haya un único documento contable para toda la convocatoria (para la medida) 2.- Que haya un documento contable por cada medida-submedida 3.- Que haya un documento contable por cada línea de ayuda (medida-submedidafinalidad) Los documentos contables deben recoger el importe de cada anualidad que abarca la convocatoria. 4.5 Controles a la convocatoria En este apartado se podrán consultar todos los controles que se han realizado a los expedientes de una convocatoria. Existen 4 tipos de controles: -

Controles administrativos.

-

Controles sobre el terreno

-

Controles de calidad

-

Controles a posteriori

Desde esta consulta se podrá acceder a los expedientes. Los controles administrativos se deben realizar a todos los expedientes, mientras que los otros 3 solo se realizan a una parte de los expedientes y será el usuario quien determine a que expedientes se les debe realizar este control. También se podrá consultar los expedientes que están marcados para realizar controles, se haya realizado o no el control. Desde este apartado se podrá recoger cierta información relativa a los tres controles: sobre el terreno, calidad y a posteriori. La información a recoger de cada uno es:

43/ 80

-

Informe de selección de expedientes: Anexar PDF del informe y fecha del informe

-

Informe sobre el resultado de controles. Anexar PDF del informe y fecha del informe

Se bloquearán los expedientes que tienen control sobre el terreno antes de realizar el pago de cada certificación y alerta de aviso.

M5 – Solicitudes y expedientes Existen varios tipos de solicitudes de ayudas de caminos: 1.- Solicitudes que van asociadas a una convocatoria. A su vez se distinguen dos tipos de solicitudes: -

Convocatoria del Departamento de Agricultura de la DFA. Se trata de la convocatoria que saca la DFA.

-

Convocatorias ajenas al Departamento de Agricultura de la DFA. A veces existen otras convocatorias de otras instituciones (Gobierno Vasco, Plan Foral de Obras y Servicios, del Ministerio, de otros organismos) las cuales incluyen que los beneficiarios de las mismas pueden solicitar ayuda en el Departamento de Agricultura de la DFA. Esta ayuda es de tipo técnico, normalmente para la ejecución del proyecto.

2.- Solicitudes que no van asociadas a una convocatoria. Son solicitudes o expedientes creados de oficio por la DFA, o por solicitud de una Entidad, que no siguen el régimen de concurrencia competitiva y son atendidas todas. Estas solicitudes no tienen definido un periodo para poder solicitarlas y pueden llegar a lo largo del año. En este proyecto nos ocuparemos únicamente de gestionar las solicitudes provenientes de una convocatoria del Departamento de Agricultura de la DFA. Bajo esta convocatoria se gestionan solicitudes de ayudas previstas en el plan de ayudas del Departamento de Agricultura. Esta convocatoria se rige bajo el régimen de concurrencia competitiva y existe un periodo para poder solicitarlas. Estas solicitudes corresponden a la medida 125 del actual Plan de Desarrollo Rural (PDRS) y están cofinanciadas por la UE. Las Entidades Locales son las encargadas de contratar las obras y la DFA realiza el pago de la subvención correspondiente a las entidades locales (salvo que se realice un endoso, y haya que pagárselo a la contrata adjudicataria del contrato). Hay que indicar que con en este proyecto no se va a desarrollar ninguna funcionalidad dentro de la Sede electrónica, se dejará para una fase posterior. No obstante, durante el diseño de la nueva aplicación se tendrá en cuenta, en la medida de lo posible, el hecho de que en el futuro se incorporará la funcionalidad de poder solicitar la ayuda desde la Sede electrónica, para que el desarrollo de la segunda fase tenga un mejor encaje.

44/ 80

5.1 Información de una solicitud Dentro de una solicitud hay un grupo de datos que serán comunes a todas las ayudas (caminos, regadíos, otras obras de infraestructuras) y otro grupo de datos que es específico de la submedida. Estos datos son: -

-

Grupo de datos comunes a todas las ayudas o

Fecha y nº de solicitud

o

Datos del solicitante. Algunos de estos datos son NIF, nombre y apellidos, domicilio, tfno., móvil, fax, e-mail, etc

o

Domicilio a efecto de notificación postal

o

Datos del representante legal. Algunos de estos datos son DNI, nombre y apellidos, sexo, nº protocolo, fecha, notario, tfno., móvil, fax, e-mail

o

Observaciones

o

Declaración responsable. Es un texto fijo que va en la solicitud.

o

Compromisos. Es un texto fijo que va en la solicitud.

o

Autorizaciones a datos de Hacienda y Seguridad social. Es un texto fijo que va en la solicitud para pedir autorización para solicitar datos a Hacienda y a la Seguridad Social (en caminos no es necesario).

o

Documentación que se adjunta. Se creará una tabla para definir los tipos de documentos necesarios en una convocatoria. Se permite anexar varios documentos a una solicitud indicando cada documento de que tipo es.

Grupo de datos específicos de la submedida. Serán los siguientes en función de la finalidad 1.- Finalidades de obras (nuevos, acondicionamiento y mejoras) La información que se recoge es la misma para todas estas finalidades. La solicitud podrá recoger varias inversiones. De cada inversión se recoge la siguiente información: o

Finalidad

o

Código (del camino)

o

Nombre (del camino)

o

Longitud total (del camino)

o

Actuación (sobre el camino). Texto libre

o

Presenta presupuesto (s/n)

o

Presupuesto (importe): Base, % IVA, Importe de IVA , Total

o

Presenta proyecto (s/n)

o

Otros datos que se ajustarán a las obligaciones del PDRS: •

Superficie a la que da servicio

45/ 80

• o

Número de explotaciones o usuarios a los que da servicio.

Destino del camino. Estará tabulado

Se podrá dar alta un camino seleccionando los caminos definidos en la aplicación de registro de caminos (atendiendo a los caminos que la Entidad tiene en el Registro de caminos) y marcando los que solicita. Si se da de alta de esta manera, nos traeremos el código, nombre y longitud del camino También se da la posibilidad de que partiendo de un código de camino, poder visualizar el mapa de dicho camino en un visor GIS. Nota. El formato del código de camino es MMM-CCC-XXXXXX (MMM-Código municipio, CCC-Concejo y XXXXXX número del camino). En el caso de caminos de nueva construcción no existirá un código de camino y tecleando el MMM-CCC la aplicación asignará un número 9000 (el siguiente que corresponda).

2.- Finalidades de Otras finalidades (Compra de maquinaria, …) La información que se recoge es la misma para todas estas finalidades. La solicitud podrá recoger varias inversiones. De cada inversión se recoge la siguiente información: o

Finalidad

o

Tipo de inversión. Estará tabulado (tipos de máquinas)

o

Descripción de la inversión (maquinaria). Texto libre

o

Presenta presupuesto (s/n)

o

Presupuesto (importe): Base, % IVA, Importe de IVA , Total

3.- Finalidades de Servicios (Servicios). La información que se recoge es la misma para todas estas finalidades. La solicitud podrá recoger varias inversiones. De cada inversión se recoge la siguiente información: o

Finalidad

o

Tipo de inversión. Estará tabulado (tipos de servicios)

o

Presenta presupuesto (s/n)

o

Presupuesto (importe): Base, % IVA, Importe de IVA , Total

46/ 80

5.2 – Registro de solicitudes y creación de expedientes Dependiendo de las finalidades por las que quiera solicitar ayuda la entidad local, deberá presentar una o dos solicitudes. En una solicitud irán las finalidades de obras y las de servicios y en otra solicitud irán las otras finalidades. Por lo tanto existirán dos impresos de solicitud diferentes. Ambos impresos serán idénticos en todos los apartados, y se diferenciarán en que uno llevará el apartado para solicitar las finalidades de obras y de servicios y el otro llevará el apartado de otras finalidades. Si una convocatoria no se abre para la finalidad de Otras finalidades, la entidad local solo deberá presentar una solicitud. Las solicitudes se presentarán, en papel, en la oficina de Registro General y desde allí serán remitidas al Servicio de Desarrollo Agrario con un número de registro de entrada asignado. A la hora de registrar las solicitudes en la aplicación hay que tener en cuenta que una solicitud puede dar lugar a uno o varios expedientes. Es decisión del Servicio de Desarrollo Agrario decidir el número de expedientes que abre por cada solicitud. Todas las inversiones solicitadas de la misma finalidad deben ir al mismo expediente, por lo tanto como máximo se pueden crear tantos expedientes como finalidades. Los expedientes de una misma solicitud, tendrán todos ellos el mismo número y algún identificativo, como puede ser la secuencia, que los diferencie. De esta manera tenemos identificados los expedientes que provienen de la misma solicitud. Por lo tanto hay una serie de información que, a lo largo de la vida de la solicitud, irá asociada a la solicitud y otra información que irá asociada al expediente. A modo de resumen, la información asociada a la solicitud será: -

Datos comunes de la solicitud

-

Los controles administrativos a la solicitud

-

Notificación a la entidad local de la resolución de su solicitud

El resto de información irá asociada al expediente. Para dar de alta una solicitud se dará de alta primero los datos comunes asociados a la solicitud y luego se crearán los expedientes necesarios asociados a la solicitud. Una vez dada de alta la solicitud y sus expedientes, a lo largo de la vida de un expediente se irá alimentando con la información que le corresponda. Además de recoger los datos de la solicitud, también se va a permitir anexar a la solicitud la documentación presentada en papel, previa conversión a fichero electrónico (pdf). Hay que indicar que los NIF’s de las Entidades que vienen en la solicitud deben existir en el maestro de titulares de agricultura. Si no existieran se deben dar de alta previamente en dicho maestro. En el caso de los DNI de los representantes legales de las Entidades no se va a exigir que estén en el maestro de titulares. El formato del expediente será OO-AA-NNNN-SSS (Oca-Año-Número-Secuencia) y se dará automáticamente. -

El año se cogerá de tabla de parámetros

-

La Oca se calcula automáticamente en función del NIF de la entidad local a la que pertenece la solicitud.

-

El número se le asigna automáticamente desde un contador.

47/ 80

-

La secuencia se usará para indicar cada uno de los expedientes de una solicitud. Se puede considerar que la solicitud tendrá el orden cero y los expedientes un orden mayor que cero.

Hay un único contador por año que sirve para todas las solicitudes. Desaparecen los códigos de OCA 40, 41 y 42 (se usaban antaño para los expedientes provenientes de convenios y especiales) y se les asigna un número de OCA real. 5.3. Control de la solicitud. Subsanación de deficiencias Una vez grabada la solicitud se someterá a valoración para comprobar si la solicitud y la documentación aportada es correcta o no. El resultado se reflejará en el control administrativo a la solicitud, el cual se hará desde el módulo de controles, que se explica más adelante, en el cual se marcarán en un check-list los documentos que se consideren indispensables en la solicitud para así chequearlos y controlarlos. En el apartado de la solicitud se indicará si la solicitud es correcta o no y la fecha en que se da por correcta. Control correcto. Si como resultado del control todo es correcto, se debe generar un acta/documento que así lo indique, basándose en una plantilla Word, el cual se imprime y firma. En la aplicación se podrá anexar el documento firmado convertido en PDF asociado a dicho control. Control incorrecto. Si como resultado del control se detecta que la solicitud no es correcta o no está completa se debe comunicar a la entidad las deficiencias detectadas. La entidad tendrá un plazo (normalmente de 10 días desde la notificación) para presentar la subsanación de dichas deficiencias, según establece la Ley de Procedimiento Administrativo. Cuando el control es incorrecto, la aplicación recogerá la siguiente información relativa al procedimiento de subsanación: - Se generará un documento Word, basado en plantilla, en el cual se indican las deficiencias y la documentación que debe presentar. Dicho documento se imprime y se firma y se podrá anexar el documento firmado convertido en PDF asociado a dicho control. Este documento es el que se notifica a la entidad local. La notificación puede ser telemática o en papel. En la aplicación se debe recoger la fecha de elaboración del documento. - Fecha del requerimiento (fecha del papel rosa de correos), Plazo en días (son días hábiles) y Fecha fin de plazo - Documentación entregada: fecha de la entrega y poder anexar los PDF’s entregados. También se indicará si la entrega es en plazo (si/no). - Realizar acta de si la documentación entregada es correcta o no. Para ello genera un documento Word, basado en plantilla, donde se indique si es correcto o no. En caso de que no sea correcto se repite el procedimiento de subsanación. Una vez que se ha dado por correcta las solicitudes se bloquearán informáticamente para que no puedan ser modificadas. Se dejará una forma de poder modificarlas por un responsable, con claves, especificando motivo y quedando grabado este acto.

48/ 80

5.4. Impresión de la solicitud Desde Desarrollo Agrario suelen ayudar a las entidades locales a completar la solicitud. Para evitar a los técnicos que tengan que rellenar a mano la solicitud y luego el día que la presenten, tener que teclearla en la aplicación, los técnicos darán de alta la solicitud en la aplicación y luego la imprimirán para que la entidad local la pueda presentar. Estas solicitudes las marcará el usuario como incompletas. Hay que tener en cuenta que para imprimir la solicitud se tendrán en cuanta la información común de la solicitud y todos los expedientes que se han creado. También se puede usar la marca de incompleta para aquellas solicitudes registradas que no se puede seguir con el control de la solicitud porque no ha llegado toda la documentación o porque la solicitud no ha pasado por Registro y le falta el nº de registro. 5.5 Búsqueda de expedientes en el programa. Se da la opción de buscar los expedientes por diferentes criterios como convocatoria, nº de registro, nº expediente, Entidad, estado del expediente, etc. Una vez localizado un expediente se puede acceder a él para consultar sus datos, borrarlo o modificarlo. 5.6. Completar información del expediente Una vez creada la solicitud y los expedientes, chequeada la solicitud y dado el visto bueno, se trabaja el expediente. Este trabajo implica que se debe rellenar cierta información asociada al expediente. Hay información del expediente que se rellenará antes de que se resuelva la convocatoria y otra información que se rellenará después de resuelta la convocatoria Los datos que se deben completar (algunos los calcula la aplicación) son: -

Código de explotación. No obligatorio (para la finalidad de caminos no es necesario) Si pertenece a zona montaña, zona desfavorecida o zona normal (Se calcula) Comarca. (Se calcula) Cuadrilla. (Se calcula) Identificación de la convocatoria a la que pertenece Número de registro de entrada en la DFA Solicitud presentada en plazo (s/n). (Se calcula) Objeto de la solicitud. Texto libre Nexo con otros expedientes: Si es un exped. reformado o modificado se indica el nº expediente asociado Si es un exped. complementario se indica el nº expediente asociado Estado del expediente. Estará tabulado Expediente reembolsable (s/n). En principio todos los expedientes son reembolsables, pero se puede indicar que alguno en concreto no lo sea Se debe realizar control sobre el terreno (s/n) Se debe realizar control de calidad (s/n) Se debe realizar control a posteriori (s/n)

49/ 80

Datos que afectan a las finalidades. Se pueden dar de alta y borrar las diferentes inversiones en obras, otras finalidades y servicios. Obras. Una línea por cada inversión - Finalidad - Código - Nombre - Localidad - Presupuesto presentado - Presupuesto calculado. Se descompone en: Importe ejecución material %BI y GG BI y GG BASE % IVA IVA Total presupuesto calculado. - Presupuesto Subvencionable - Marca de si el presupuesto subvencionable es el presentado o el calculado - Desglose de las 5 anualidades del Presupuesto subvencionable - Subvencionado (s/n) - Motivo de no subvención - % Subvención - Importe Subvencionado - Desglose de las 5 anualidades del importe subvencionado - Marcado si se subvenciona o no Líneas de totales. Se darán varias líneas de totales que serán: -

Una línea de totales con las no subvencionadas

-

Tantas líneas de totales, de las subvencionadas, como % de subvención distinto haya.

-

Una línea de totales con las subvencionadas

Otras finalidades (maquinaria). Una línea por cada inversión - Finalidad - Tipo de inversión. Estará tabulado (tipos de máquina) - Nombre de la inversión (máquina) - Presupuesto presentado - Presupuesto subvencionable - Subvencionado (s/n) - Motivo de no subvención - % Subvención - Importe Subvencionado - Marca de si se subvenciona o no - Año de ejecución (ej. Se puede aprobar en un año pero se imputa a ejercicio presupuestario del año que viene) Se sacarán líneas de totales con el mismo criterio que en obras. Servicios. Una línea por cada inversión - Finalidad - Tipo de inversión. Estará tabulado (tipos de servicios)

50/ 80

-

Nombre de la inversión (servicio) Presupuesto presentado Presupuesto subvencionable Subvencionado (s/n) Motivo de no subvención % Subvención Importe Subvencionado Marca de si se subvenciona o no Si el servicio lo presta la DFA o se subcontrata

Se sacarán líneas de totales con el mismo criterio que en obras.

5.7 Histórico de cambios de expedientes. Cuando se crea un expediente se queda en el estado de “provisional”, mientras está en este estado se permiten hacer todos los cambios que se estimen oportunos. Cuando se considera que ya está correcto, se pasa a “Definitivo”. En este estado también se permiten realizar cambios del expediente pero es necesario indicar el motivo por el que se hace el cambio, guardándose fecha, usuario y motivo del cambio. Un expediente en estado Definitivo se puede pasar al estado de “Cerrado”, en el cual ya no se podrá realizar ningún cambio. Se permite el cambio de estados de un expediente, por ejemplo de Cerrado a Definitivo y viceversa. Se permite consultar el histórico de modificaciones que se han hecho a un expediente. No se permite consultar los datos concretos que se han cambiado, solo el usuario, fecha y motivo del cambio.

M6 – Presupuestos Los presupuestos se realizan en las submedidas de caminos, regadíos y otras obras de infraestructura. Es necesario determinar un presupuesto para cada una de las finalidades y esta tarea corresponde a Desarrollo Agrario. Para las finalidades de obras. En la solicitud se indica, por cada inversión, si se ha presentado presupuesto o no y si se ha presentado proyecto o no. Si se presenta proyecto, implica que también se ha presentado presupuesto. Los técnicos deben determinar el presupuesto subvencionable, bien sea validando el presupuesto presentado en la solicitud o bien sea calculándolo. Este cálculo es complejo y lo deben hacer los técnicos a través de la aplicación, desde un apartado específico. Al presupuesto subvencionable también se le suele llamar presupuesto validado. Para las finalidades de servicios y otras finalidades.

51/ 80

También será necesario determinar el presupuesto subvencionable pero su cálculo es muy sencillo y se hará desde el apartado administrativo. 6.1 Realización del presupuesto de un expediente para las finalidades de obras Se parte de los datos presentados en la solicitud Se realiza desde el apartado técnico, donde se ubicara el apartado de presupuestos. En el apartado técnico de presupuestos debe aparecer la relación de las inversiones solicitadas apareciendo los siguientes datos: Código, nombre de la inversión, longitud total del camino, Presupuesto presentado, Presupuesto Calculado, desglose de presupuesto calculado en ejecución material, si tiene BI y GG (Porcentaje e importe), suma de los anteriores (Base), IVA (Importe y %) y ejecución por contrata. Si el presupuesto, no se presenta con la solicitud, los técnicos tendrán que calcularlo o elaborarlo. Además tendrán que completar la siguiente información: Validación de importe del presupuesto subvencionable, Porcentaje de subvención, Importe de la subvención, Presupuesto elegido para subvención. Definición de presupuesto El presupuesto se calcula inversión por inversión. La forma de calcular el presupuesto es indicar cada una de las unidades de obra que intervienen en cada inversión, determinar su medición y precio. Realizando el sumatorio de todas las partidas por su precio se llega a la ejecución material de la inversión. A la ejecución material de le aplica el % Beneficio Industrial y Gastos Generales (BI y GG), obteniendo el importe de BI y GG. Se suma la ejecución material y el importe del BI y GG nos da la Base. Posteriormente a dicha Base se aplica el IVA La suma de la base más el importe de IVA se denomina ejecución por contrata. Hay cuatro formas de determinar el presupuesto de una inversión. 6.1.1 Cálculo del presupuesto desde la aplicación Maestro de partidas de obra de la DFA. El maestro de partidas de obra de la DFA está definido en el apartado de Tablas. Este maestro recoge las diferentes unidades de obra o partidas que se pueden definir para la ejecución de una obra. El maestro de partidas está dividido en capítulos. Cada capítulo agrupa partidas semejantes o destinadas al mismo fin. Cada capítulo tiene un título y le corresponde un código de 2 posiciones. Las 2 primeras posiciones del código de las partidas que pertenecen a un capítulo llevan el mismo código. Para cada inversión se muestra la relación de partidas existentes en el maestro de partidas oficial de la DFA (pudiendo ver los capítulos y cada capítulo con su desglose de partidas) y se deben seleccionar las partidas que intervine en dicha inversión.

52/ 80

Las unidades de obra se definen del siguiente modo: -

Código partida. No se puede modificar, viene de tabla

-

Descripción corta. No se puede modificar, viene de tabla

-

Unidad de medida. No se puede modificar, viene de tabla

-

Descripción larga. No se puede modificar, viene de tabla (se puede ver si se desea).

-

Precio de la partida. Es un campo calculado del desglose. Se puede modificar y teclearlo directamente. Si se modifica, se repercute los cambios en el desglose de la partida, prorrateándolos.

-

Cantidad. Campo tecleable

-

Complementario. Este campo puede estar vacÍo o tener los valores precio contradictorio, o ampliación. Este campo se rellenará cuando se realicen las certificaciones

-

Importe de la partida: Campo calculado (Precio x Cantidad)

-

Desglose de la partida o precios descompuestos de una partida. Algunas partidas están desglosadas en los diferentes conceptos que intervienen en la misma. A cada concepto se le asocia un precio y un rendimiento. La suma del valor de todos ellos determina el precio de la partida. En el maestro de partidas del apartado de tablas viene ya establecido las partidas que tienen desglose en conceptos, con su consiguiente desglose de conceptos Los datos de precio y cantidad de una partida también se pueden meter indicando su desglose en conceptos, para ello se muestran los conceptos de la partida que marca la tabla maestro, pudiendo cambiarlos. Por cada concepto se muestra: -Código concepto -Descripción corta -Precio. Campo tecleable -Rendimiento. Campo tecleable -Total (precio * rendimiento). Campo calculado. Se puede teclear. Si se teclea se calcula el nuevo rendimiento en función del precio, que es fijo. -Unidad de medida. Campo Tecleable. Se permite dar de alta un nuevo código de concepto pero este código de concepto debe existir en la tabla maestro de conceptos. También se pueden eliminar conceptos.

Según se van rellenando los datos, automáticamente se irá calculando el importe de ejecución material de cada partida. El presupuesto de la inversión será el sumatorio de todos los importe de las partidas. Además de los campos antes mencionados, también se calcularán automáticamente los campos de BI y GG, Base, IVA y total presupuesto calculado, ya que se aplicarán los % de BI y GG y % IVA definidos en tablas previamente. Se dará la posibilidad de cambiar estos % en cada inversión Esto se realizará para todas las inversiones del expediente

53/ 80

Cuando se está realizando un presupuesto no se pueden dar de alta partidas de obra, para poder introducir nuevas partidas primero hay que darlas de alta en el maestro. Se puede consultar la descripción larga de una partida en cualquier momento. Se da la opción de ver todas las partidas o solo las que se han seleccionado para el presupuesto. También se podrá imprimir las partidas que intervienen en el presupuesto de cada inversión. 6.1.2 Cálculo del presupuesto desde un Excel Puesto que los técnicos del Servicio de Desarrollo Agrario están acostumbrados a realizar el cálculo del presupuesto desde un Excel, ya que es más cómodo y rápido, y puesto que tratamos de evitar que la información del presupuesto se teclee dos veces, se da la opción de sacar a un Excel la información de todas las inversiones del expediente con el siguiente formato. En cabecera irá código partida, medida, descripción corta, inversión-1, inversión -2, … y precio de la unidad y cantidad total. Los técnicos trabajarán este Excel tecleando la información de cantidad de cada partida (en la celda correspondiente a inversión y unidad de obra) y podrán modificar el precio. Como resultado se obtendrá el presupuesto desglosado de cada inversión. Una vez completado el presupuesto en la hoja Excel, se da la opción de cargar esta información del presupuesto en la aplicación, calculándose automáticamente los importes de ejecución material, BI y GG, Base, IVA y TOTAL ejecución por Contrata El documento Excell también se guardará en el programa unido al expediente en el apartado de presupuestos. 6.1.3 Incorporación desde un Excell con los presupuestos realizados por las entidades En el caso de que la entidad local confeccione el presupuesto, la DFA le dará la opción de confeccionarlo en un Excel conforme a un formato prefijado de antemano. En el caso de que la entidad presente el presupuesto en este formato, se podrá incorporar el presupuesto en la aplicación. Una vez creado el presupuesto de esta manera el expediente sigue el mismo curso que un expediente normal. Del mismo modo que existe un maestro de partidas de la DFA, se creará un maestro de partidas propio por cada expediente presentado de esta manera. En este Excel vendrá la información básica como el código de la inversión, código de partida, descripción corta, descripción ampliada, unidad de medida, precio y cantidad. El código de partida vendrá ajustado al formato de 6 posiciones numéricas, indicando las 2 primeras el capítulo. Hay que indicar que las partidas cargadas de esta manera serán partidas propias del expediente y no tienen nada que ver con el maestro de partidas usado para confeccionar el resto de presupuestos. La consulta resumen del presupuesto será idéntica se haya realizado el presupuesto de esta manera o lo haya calculado la DFA. Se puede dar el caso de que la DFA necesite modificar las partidas una vez cargadas (descripciones, unidades de medida, precio) o incluso crear partidas nuevas. Para ello

54/ 80

previamente se deberá ir al maestro de partidas de dicho expediente y realizar dichos cambios. Una vez actualizado dicho maestro se podrán dar de alta/baja partidas en el expediente igual que en los dos casos anteriores. En esta modalidad no existe la posibilidad de tener precios descompuestos de cada partida 6.1.4 Cálculo del presupuesto tecleando directamente el presupuesto presentado Hay ocasiones en que a la vista del presupuesto presentado por la entidad local el técnico considera que es correcto y el presupuesto aceptado no se calcula sino que se teclea directamente. La aplicación permitirá teclear el importe de ejecución material, BI y GG importe y %, Base, IVA (importe y %) ejecución por contrata. Nota. Cuando el presupuesto se haya realizado de esta manera no habrá certificaciones técnicas (solo certificaciones administrativas) ya que para hacer dichas certificaciones se necesita el desglose de partidas de obra. Normalmente serán obras menores. Se recogerá en un campo si el presupuesto aceptado se ha metido desglosado o se ha tecleado 6.2 Consulta desglosada del presupuesto de un expediente Según se vaya haciendo el presupuesto de un expediente se puede ver en una consulta resumen como va quedando. La información que debe aparecer por inversión es: -

Código de la inversión (camino), nombre de la inversión, localidad, longitud y Presupuesto presentado

-

Presupuesto calculado y su desglose en Importe de ejecución material, % e importe de BI y GG, importe base, % e importe de IVA

-

Presupuesto subvencionable

-

Porcentaje de subvención

-

Importes de la subvención. Campo calculado (Presupuesto subvencionable subvención)

x %

También se darán líneas de totales, una por cada % de subvención diferente y una línea de totales final 6.3 Elaboración de presupuestos para las finalidades de servicios y otras finalidades Estos presupuestos se calculan y se anotan en el apartado administrativo, por lo que no es necesario un apartado específico de cálculo de presupuesto para estas finalidades. Los presupuestos de otras finalidades (maquinaria) vienen en la solicitud (desglosados en importe, % IVA, importe de IVA y total) y deben ser validados por los técnicos. Los presupuestos de servicios o bien vienen en la solicitud (desglosados en importe, % IVA, importe de IVA y total) y es necesario validarlos, o bien se calculan desde Desarrollo Agrario y deben ser introducidos en la aplicación.

55/ 80

M7 – Resolución de expedientes Este módulo debe servir para resolver los expedientes de las ayudas de todas las submedidas del plan general de ayudas que se implementen en la aplicación. La convocatoria se resuelve de forma conjunta para todas las finalidades y en ella se resuelven todos los expedientes presentados en dicha convocatoria. Para hacer la resolución de la convocatoria es necesario realizar 4 pasos: Paso-1. Estudio de las solicitudes según criterios establecidos en las Bases. Una vez realizados los presupuestos de todas las finalidades e inversiones de cada expediente, se traslada a un documento Excell la información necesaria para realizar su estudio según las Bases de la convocatoria. Se dará la opción de seleccionar que finalidades se quiere exportar (construcción, mejora o acondicionamiento de caminos, otras finalidades y servicios) y los datos necesarios. Entre estos datos están: -

Datos generales (Nº Expediente, Fecha solicitud, NIF, Entidad)

-

Datos de la finalidad e inversión (código, denominación, importes del presupuesto)

Una vez se hayan analizado todos los criterios a tener en cuenta para cada inversión y expediente se elaboraran varios anexos. Se permite anexar estos anexos (Word, pdf, Excel), introduciendo un texto identificativo para cada anexo. Asimismo, existe un documento Word que es el estudio de valoración de solicitudes que se genera por la aplicación, se guarda y se puede consultar y modificar. Este documento se genera desde una plantilla vacía, ya que es un texto libre en el cual se hace mención a los anexos antes generados. Paso-2. Acta de comisión de valoración y proyecto de resolución. El Órgano Colegiado se reúne y, partiendo del estudio de valoración de solicitudes, elabora un documento llamado “Acta de la comisión de valoración” donde se indican los expedientes que van a ser subvencionados y para cada expediente que inversión por finalidad, caminos, máquinas y servicios. Este acta no lo genera la aplicación. El Servicio de Secretaría Técnica es quien debe anexar este acta en la aplicación, una vez firmado, como un PDF. Además del acta, la aplicación debe permitir adjuntar otros documentos, anexos del acta, que como mínimo son: - Anexo-1. Relación de solicitudes-expedientes presentadas - Anexo-2. Relación de solicitudes-expedientes e inversión concesión

con propuesta de

- Anexo-3. Relación de solicitudes-expedientes con inversiones aprobadas y denegadas

56/ 80

- Anexo 4.- Relación de expedientes con propuesta de desestimación Estos documentos se crean desde la aplicación a partir de plantillas Word, una vez introducido los datos del paso siguiente nº 3. Una vez creados estos anexos la aplicación enviará un mail a Secretaría Técnica para que sepa que debe realizar el proyecto de resolución Paso 3.- Marcado en cada expediente de las inversiones subvencionadas y no subvencionadas, control “administrativo previo a la concesión” y proyecto de resolución de la convocatoria. Marcado de expedientes Como resultado de lo que ha dictaminado el órgano colegiado deberá introducirse en la aplicación el marcado de aquellas inversiones que están subvencionadas y las que no, para cada expediente. Cuando se realice el marcado de las inversiones subvencionadas en cada expediente, se tendrá que revisar el porcentaje de subvención y calcular el importe de la subvención. Además habrá que grabar las anualidades de cada inversión. En caso del marcado de las no subvencionadas se debe indicar el motivo especificando el Artículo. Generación del control administrativo previo a la concesión: Se debe generar el control y además el documento asociado al mismo. Se generará el documento Word basándose en una plantilla que se autocumplimentará con los datos necesarios que se tomen del expediente. El control y la plantilla también se podrán hacer desde el apartado de controles. Proyecto de resolución de la convocatoria (Secretaria Técnica) Después de realizar el acta de comisión y sus anexos, es necesario que Secretaría Técnica genere el proyecto de resolución de la convocatoria con sus anexos. Los anexos son 3 y se crean por la aplicación y se guardan en la misma. Los anexos son: - Anexo-1. Relación de solicitudes presentadas - Anexo-2. Relación de expedientes subvencionados detallando inversión, % de subvención e importe de subvención. - Anexo-3. Relación de expedientes desestimados El proyecto de resolución no se crea por la aplicación, pero se permite anexarlo en la aplicación. Estos documentos, junto con los documentos contables en fase ‘D’ provisional de los expedientes, son los que se necesitan para resolver la convocatoria. Paso-4. Generación de documentos contables en el SCEF. Secretaría Técnica debe generar los documentos contables en fase ‘D’ de los expedientes concedidos.

57/ 80

Es necesario realizar documentos contables D diferentes por cada finalidad, y dentro de cada finalidad agrupando las inversiones con el mismo porcentaje de subvención. Por tanto, cada documento contable debe contener el sumatorio de todos los importes de las inversiones de la misma finalidad y el mismo porcentaje de subvención; así para una misma finalidad puede haber tantos documentos contable como diferentes porcentajes de subvención haya en la finalidad. No hay que olvidar la distribución por anualidades de cada grupo y finalidad.

M8 – Notificaciones y Recursos En este apartado veremos la notificación de la concesión o denegación de las solicitudes, así como la presentación de recursos. Se hará una notificación a la entidad local por cada solicitud, es decir si una solicitud se desdobló en varios expedientes, a la entidad local se le realizará una única notificación. 8.1 Notificación de concesión y denegación. Habrá una notificación para las solicitudes con resolución positiva a la totalidad, otra notificación para las solicitudes denegadas totalmente y otra para las solicitudes con resolución positiva y negativa en parte de sus inversiones. Después de que el Consejo de Diputados haya aprobado las solicitudes provenientes de convocatoria se debe realizar la notificación a las entidades locales: -

Entidades Locales con todas sus inversiones subvencionadas. En cada notificación van los siguientes documentos:

-

-

Relación de inversiones subvencionadas por finalidades, indicando para cada una de las inversiones su importe subvencionable, % de subvención e importe de subvención. Acompañada de los sumatorios y en la finalidad de caminos diferenciando o haciendo grupos por los diferentes porcentajes de subvención. Se crea a partir de una plantilla

-

Documento con la concesión. Se crea a partir de una plantilla

-

Tipos de contratación. Es un documento con un texto fijo con los distintos tipos de contratación que puede hacer la entidad local

-

Plan financiero. Es un documento plantilla para que la Entidad lo cumplimente y posteriormente, en el plazo establecido, lo remita a la DFA.

-

Documento que contiene la publicidad que exige la UE al ser caminos cofinanciados. Es un texto fijo.

Entidades con parte de las inversiones subvencionadas y parte no subvencionadas -

Relación de inversiones subvencionadas por finalidades, indicando para cada una de las inversiones su importe subvencionable, % de subvención e importe de subvención. Acompañada de los

58/ 80

sumatorios y en la finalidad de obras haciendo grupos por los diferentes porcentajes de subvención. Se crea a partir de una plantilla

-

-

Relación de inversiones no subvencionadas por finalidades, indicando motivo de la denegación. Se crea a partir de una plantilla

-

Documento con la concesión. Se crea a partir de una plantilla

-

Tipos de contratación. Es un documento con un texto fijo con los distintos tipos de contratación que puede hacer la entidad local

-

Plan financiero. Es un documento plantilla para que la Entidad lo cumplimente y posteriormente, en el plazo establecido, lo remita a la DFA.

-

Documento que contiene la publicidad que exige la UE al ser caminos cofinanciados. Es un texto fijo.

Entidades locales con todas sus inversiones no subvencionadas. Se les manda solo el documento con el motivo de la denegación, basado en plantilla Word.

Desde la aplicación se generarán estos documentos basados en plantillas Word, antes de realizar la notificación. Se habilita un campo para recoger la fecha del acuse de recibo y que la aplicación calcule el plazo concedido para interponer recurso. Se usará la plataforma de notificación existente en la DFA para realizar estas notificaciones. Esta plataforma incluye las siguientes funcionalidades: -

Las notificaciones quedan registradas en Registro General

-

Las entidades que hayan expresado en la plataforma de correos que quieren recibir la notificación telemáticamente recibirán dicha notificación telemáticamente

-

El resto de entidades recibirán la notificación haciendo uso de Gupost, quien se encarga de gestionar el envío de las cartas

8.2 Presentación de recursos. Tanto a las entidades que se les ha concedido como a las que se les ha denegado la ayuda pueden presentar un recurso. Estos recursos se presentarán presencialmente en la oficina de registro de la DFA. En la aplicación se dará la opción de escanear dicho recurso y anexarlo asociado a la solicitud En la aplicación se habilitan los siguientes campos para recoger los datos del recurso (se asocian a nivel de solicitud, no de expediente): -

Fecha de acuse de recibo de la notificación (será de consulta)

-

Fecha en la que ha presentado el recurso (disponen de un plazo para presentar este recurso)

-

Número de registro de entrada

-

Motivo del recurso (un campo texto libre)

59/ 80

-

Informe al recurso

-

Resolución del recurso. Compuesto de Tipo, fecha y número de resolución

-

Recurso estimado (s/n)

-

Importe reconocido del recurso (en caso de que se haya estimado el recurso)

-

Fecha de acuse de recibo de la notificación de resolución del recurso

A la vista del recurso presentado, Desarrollo Agrario elabora un informe propuesta de estimación o desestimación del recurso. Este informe se crea a través de la aplicación mediante una plantilla Word (hay una para estimar y otra diferente para desestimar) y se guarda en la aplicación. Este informe se pasa a Secretaría Técnica. En Secretaría Técnica pueden decidir lo siguiente: - Desestimar el recurso. En este caso a través de la aplicación se debe hacer: o Documento de proyecto de resolución. Se crea a partir de una plantilla Word y se guarda en la aplicación o Documento de notificación al interesado. Se crea a partir de una plantilla Word y se guarda en la aplicación - Estimar el recurso. En este caso a través de la aplicación se debe hacer: o Documento de proyecto de resolución. Se crea a partir de una plantilla Word y se guarda en la aplicación o Un documento contable. En el caso de que se le hubiera denegado la ayuda se debe hacer un AD. En el caso de que se le hubiera concedido la ayuda y tras el recuso sea necesario aumentar la cuantía a subvencionar (por ejemplo se le concedió ayuda para una inversión y tras el recurso se le da ayuda para 3 inversiones) se debe hace una D ampliación de la D original o Documento de notificación al interesado. Se crea a partir de una plantilla Word y se guarda en la aplicación A través de la aplicación se podrá hacer la notificación a la entidad local de la respuesta al recurso presentado (estimación o desestimación), con las mismas consideraciones que las notificaciones antes mencionadas. Puesto que a lo largo de la vida de un expediente puede que sea necesario realizar más de una notificación se dispondrá de una consulta donde se puedan ver todas las notificaciones realizadas al expediente o a la solictud.

M9 – Plan financiero Todas las Entidades Locales que se les ha concedido la ayuda deben presentar un plan financiero en un plazo de ‘n’ días a partir de la fecha del acuse de recibo de la notificación de la concesión de la ayuda, en el cual expliquen cómo van a financiar las obras, los servicios o las otras finalidades.

60/ 80

Se da la posibilidad de escanear dicho plan financiero y anexarlo a nivel de solicitud (no a nivel de expediente). En la aplicación se habilitan los siguientes campos asociados al plan financiero: -

Fecha de acuse de recibo de la notificación (será de consulta)

-

Fecha en la que ha presentado el plan financiero

-

Número de registro de entrada

-

Plan financiero viable (s/n).

-

Resolución de anulación de la ayuda (en el caso de que no sea viable). Compuesto de tipo, fecha y número de resolución

-

Fecha de acuse de recibo de la notificación de anulación de la ayuda

En el Servicio de Desarrollo Agrario deben estudiar el plan financiero y realizar un informe para determinar su viabilidad. Este informe se crea desde la aplicación a partir de una plantilla Word. Si tras su estudio se considera que es viable no se realizan más acciones. Este control que hace Desarrollo Agrario dará origen al “control administrativo al plan financiero”. Si no es viable (no tienen dinero para ejecutar la obra u otras causas) Desarrollo Agrario envía el informe desfavorable antes creado a Secretaría Técnica, quienes deben hacer lo siguiente: -

Documento de proyecto de resolución. Se crea a partir de una plantilla Word

-

Documentos contables D/ y A/

-

Documento de notificación al interesado. Se crea a partir de una plantilla Word.

También hay que contemplar que para que Desarrollo Agrario pueda determinar la viabilidad del plan financiero, puede ser necesario hacer requerimientos a la Entidad Local solicitando más información o aclaraciones. Por lo tanto, la aplicación contemplará la posibilidad de realizar requerimientos. Por la aplicación se hará la notificación a la Entidad Local de la retirada de la ayuda con las mismas consideraciones que las notificaciones antes mencionada Una vez realizada la notificación estos expedientes se archivan y se bloquean para que no puedan ser modificados.

M10 – Contratación Aclaración de Conceptos: •

Lote. Agrupación de varias inversiones dentro de un expediente. Pueden definirse varios lotes dentro de un mismo expediente.



Proyecto o Documento Técnico. Documento donde se explican las características técnicas para llevar a cabo las obras. Este documento se crea desde el apartado técnico. Se hará un proyecto o documento técnico por cada lote. No se realiza este documento cuando las finalidades sean de servicios y otras finalidades

61/ 80



Contrato. Documento donde se recogen las inversiones a realizar y el modo en que se van a contratar dichas inversiones. Este documento se crea en el apartado administrativo. Se hará un contrato por cada lote.

Desde este apartado se podrá gestionar los siguientes procesos •

Determinar los lotes de cada expediente



Control de la contratación de los lotes establecidos



Documentos contables de ajuste de la subvención

Además desde este apartado se tendrá acceso a los apartados de: Certificaciones: (Técnicas, Administrativas y ordenes de abono) Controles Documentos contables Recepción de la obra Hay que indicar que tanto Secretaría Técnica como Desarrollo Agrario tendrán acceso a este módulo y ambos tendrán acceso a la misma información. 10.1 Determinación de los lotes por finalidad Existirá un apartado desde el cual se podrá indicar los lotes que es necesario realizar para cada expediente y las finalidades e inversiones que van en cada lote. Este trabajo de determinación de los lotes lo harán los técnicos de Desarrollo Agrario. Los lotes de las finalidades de obras se harán desde el apartado técnico y los lotes de finalidades de servicios y otras finalidades se harán desde el apartado administrativo. Si en una misma finalidad se realiza más de un lote, se redactará un informe de justificación, asociado al contrato, en el que se justifique porqué se han hecho los diferentes grupos o lotes. Este informe se crea fuera de la aplicación y se anexa en la aplicación asociado al expediente y al contrato. No es obligatoria su existencia 10.1.1 Determinación de lotes para finalidad de obras La selección se realizara de tal manera que se pueda indicar los lotes que se quieren hacer de un expediente y para cada lote se marcaran las inversiones que lo componen. Hay que tener en cuenta que en un mismo lote se pueden mezclar inversiones con diferente porcentaje de subvención y que una inversión solo puede estar en un lote. Todas las anualidades deben ir en el mismo lote. Para cada lote se indicará si se va a realizar proyecto, o documento técnico, o solo con el presupuesto es suficiente. El proyecto o documento técnico se usará como base para la contratación de las obras Una vez realizado un lote se dará una consulta de dicho lote con la siguiente información: - finalidad - Código (camino) - Nombre - Localidad

62/ 80

-

Presupuesto subvencionable Importe ejecución material % BI y GG BI y GG Base % IVA IVA Importe Subvencionado total Desglose de las 5 anualidades del Presupuesto subvencionable % Subvención Importe subvencionable anual Subvención anual

Además se dará una línea de totales agrupando inversiones con el mismo porcentaje de subvención y una línea de totales por el total de la agrupación 10.1.2 Determinación de lotes para las finalidades de otras finalidades El modo de proceder en la selección es igual que para la finalidad de obras. Se determinarán los lotes a realizar y se marcarán las inversiones que van en cada lote. Cada inversión solo puede estar en un lote. Todas las anualidades de una inversión irán en el mismo lote. Una vez realizado un lote se dará una consulta de dicho lote con la siguiente información: - Finalidad - Código de inversión - Nombre de la inversión - Presupuesto presentado - Presupuesto Subvencionable desglosado: base, % IVA, importe del IVA total. - % subvención - Desglose de las anualidades (hasta un máximo de 5) que hay del Presupuesto subvencionable y subvención desglosado. Además se dará una línea de totales por cada % de subvención distinto y una línea de totales por el total de la agrupación. Hay que tener en cuenta que las máquinas también pueden tener distinto % subvención. 10.1.3 Determinación de lotes para las finalidades de servicios El modo de proceder es igual que para las otras finalidades indicadas anteriormente. Si el servicio lo presta la DFA no se realiza contratación En cada contrato se indica el servicio o servicios que se van a incluir y las anualidades de los mismos. -

Es posible que un mismo servicio se incluya en varios contratos, por ejemplo se aprobó una cantidad para el servicio de dirección de obra y como las obras se han dividido en dos contratos, el servicio de dirección de obra también se divide en dos contratos.

63/ 80

-

También es posible que unas anualidades de un servicio vayan en un contrato y otras anualidades vayan en otro contrato.

Teniendo en cuenta estas premisas, se habilitará una pantalla donde se puedan teclear los contratos a realizar y por cada contrato los servicios que lo integran, importes subvencionados y las anualidades que van en cada contrato. Veamos un ejemplo de una agrupación compleja. Supongamos subvención:

que en el acta de comisión de valoración se aprobó la siguiente

Servicio

Imp. subvencionado

Imp Anualidad-1

Imp. An-2

Imp An-3

S-1

100

10

30

60

S-2

70

10

20

40

Se deciden realizar los siguientes contratos: Contrato

Servicio

Imp. Subven.

Imp. An-1

Imp. An-2

Imp. An-3

10

S-1

60

3

10

40

S-2

30

5

15

30

Total contrato-10 90

8

25

70

20

S-1

40

7

20

20

S-2

40

5

5

10

12

25

30

Total contrato-20 80

Todo contrato de servicios va ligado a un contrato de obras. Por lo tanto, a nivel informativo se debe recoger cada contrato de servicios a que contrato o contratos de obras va ligado. Hay que tener en cuenta que los servicios suelen tener distinto % subvención. Finalmente, de cada contrato de servicios se debe tener un resumen igual que el de las finalidades de otras finalidades, donde se vean los importes de Presupuesto Subvencionable con IVA y sin IVA, Importe IVA, desglose de las 5 anualidades del Presupuesto subvencionable, %subvención, Importe Subvencionado y desglose de las 5 anualidades del importe subvencionado. Además también tendrá sus líneas de totales. 10.2 Contratación de lotes. Desde Secretaría Técnica se debe realizar un control de la contratación que ha realizado la entidad local. Para ello desde Secretaría Técnica elaboran por cada contrato un documento Word de control de la contratación en el cual marcan los controles que han realizado en función del procedimiento que se haya seguido para la contratación. Este documento no se elabora desde la aplicación. Una vez realizado este informe en la aplicación podrán indicar, para cada lote, la siguiente información: -

Fecha de realización del control de la contratación

64/ 80

-

Posibilidad de anexar el documento Word de control creado anteriormente

-

Resultado del control (positivo/negativo)

-

Fecha de envío del informe de control de contratación a la entidad local

También se podrá recoger la siguiente información asociada a un lote: -

Calificación del contrato (o tipo de contrato). Estará tabulado (Contrato de obras, suministro, servicios o mixto.

-

Procedimiento de tramitación. Estará tabulado (ordinario, urgente, emergencia)

-

Posibilidad de anexar PDF o generar documento desde plantilla donde se justifique porqué se ha seguido dicho procedimiento, en el caso de que la tramitación no sea ordinaria.

-

Procedimiento de adjudicación. Estará tabulado (Contrato menor, procedimiento negociado sin publicidad, procedimiento abierto, negociado con publicidad, restringido y dialogo competitivo)

-

En contratos de obras habrá que definir si se sustenta en un proyecto o documento técnico o presupuesto

-

Información asociada a un Proyecto - Autor del proyecto - Fecha - Contenido. Posibilidad de anexar PDF - Informe de la oficina de supervisión de proyectos. Si/No y Posibilidad de anexar PDF - Seguridad y Salud. o Si/No o Autor o Seleccionar el tipo de Seguridad y salud: o Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de Seguridad y Salud o Posibilidad de anexar PDF o posibilidad de generar dicho informe en base a una plantilla (cada tipo de seguridad y salud tendrá una plantilla diferente) - Estudio de Impacto Ambiental. o Si/No o Autor o Posibilidad de anexar PDF - Informe preceptivo de supervisión de proyecto. o Si/No o Fecha

65/ 80

o Autor o Posibilidad de anexar PDF - Informe facultativo de supervisión de proyecto ( menores de 350.000€). o Si/No o Fecha o Autor o Posibilidad de anexar PDF -

Información asociada a un Documento técnico: o Autor o Fecha o Contenido. Posibilidad de anexar PDF

-

Información asociada a un Presupuesto: o Autor o Fecha o Contenido. Posibilidad de anexar PDF

-

Empresas que presentan ofertas: Aunque en los contratos menores el trabajo se adjudica directamente a una empresa, a veces se suele pedir ofertas a varias empresas antes de determinar a quien se adjudica la obra. De cada empresa se recoge lo siguiente: o Nombre de la empresa o NIF o Dirección o Oferta económica: Sin IVA / IVA/ total o % Baja

-

Empresa adjudicataria. o Nombre de la empresa, NIF y Dirección (se selecciona de entre las invitadas) o Importe de adjudicación o % Baja o Importe de la Baja o Plazo de garantía o Mejoras ofertadas. Texto Libre

66/ 80

10.3 Documentos contables de reajuste de la subvención Secretaría Técnica es la encargada de hacer los documentos contables de reajuste de la subvención una vez realizada la adjudicación. Por la aplicación se harán documentos contable D/ y en su caso A/ Para poder calcular el importe de estos documentos es necesario recoger la siguiente información: -

Importe licitación. Ya viene dado (solo consulta)

-

Importe adjudicación. Se teclea

-

% e importe de baja. Se calculará en función de los 2 importes anteriores

-

Importe de reserva. Se teclea (suele ser un 10%)

-

Importe adjudicación + Importe reserva. Se calcula.

-

Importe subvención. Ya viene dado (solo consulta)

-

% subvención. Calculado (imp. subvención sobre imp. licitación)

-

Imp. Subvención ajustada. Calculado ((Imp. adjudicación + Imp. reserva) * % subvención)

-

Importe del documento a barrar. Calculado (Importe subvención - Imp. Subvención ajustada)

En el caso de que estemos realizando la contratación de un expediente modificado o complementario existirá un documento AD con el importe del expediente. Para reajustar la subvención se hará un AD/.

M11 – Realización de proyectos o documentos técnicos Es labor de los técnicos de Desarrollo Agrario realizar las labores que se indican en este apartado. Se parte de una pantalla de consulta donde figuran los lotes que se han realizado para dicho expediente. En dicha consulta ya vendrá indicado si dicho lote se sustenta en un proyecto, documento técnico o no es necesario realizar nada (se considera que con el presupuesto es suficiente) A continuación se debe elaborar lo que es propiamente el Tomo del proyecto o documento técnico, el cual está compuesto por informes obtenidos desde la aplicación. Los informes se crean basándonos en plantillas Word. Existirá una tabla donde se indique para cada informe que plantilla tiene asociada y las plantillas estarán guardadas en la aplicación. Todo documento Word generado se guarda en la aplicación. Una vez generado un documento se podrá consultar o modificar Así mismo se da la opción de convertir estos documentos a PDF, los cuales no se guardan en la aplicación.

67/ 80

11.1 Documentos necesarios para realizar un proyecto Los documentos necesarios para poder realizar un proyecto son: 11.1.1 Carátulas Hay 10 carátulas, que se usarán en los diferentes apartados del proyecto 11.1.2 Memoria Se crea basándose en una plantilla Word. 11.1.3 Pavimento Se deben poder recoger en una pantalla una serie de datos necesarios para poder elaborar el documento Word de Pavimentación. Entre estos datos están: - Datos para el cálculo de la R - Datos como el nivel de tráfico y periodo proyectos años - Datos relativos al tipo de pavimento. Hay una relación de capas que se pueden aplicar al pavimento y se indica que capas se van a usar y la cantidad de cada una. Una vez metidos estos datos se puede calcular automáticamente el espesor y los coeficientes del pavimento Una vez metidos los datos y hecho el cálculo se puede confeccionar el informe de pavimentación. 11.1.4 Pliegos técnicos Los pliegos técnicos constan de 3 capítulos. El capítulo 1 y 2 se obtienen con una única plantilla El capítulo 3 consta de varios documentos. Estos documentos tienen la particularidad de que no tienen variables y son siempre un texto fijo. Hay 21 documentos definidos Se da la posibilidad de que el usuario decida los documentos que tienen que salir. Posteriormente se generan todos los documentos seleccionados en un único documento Word. En la aplicación se quedará guardado como un dato más los documentos que se han seleccionado para confeccionar el capítulo 3 El usuario podrá definir nuevas plantillas o eliminar plantillas existentes para el capítulo 3. 11.1.5 Planos Basada en 1 plantilla Word. Sobre esta plantilla el usuario pegará las imágenes que previamente habrá sacado del GIS o de otros orígenes 11.1.6 Informes de presupuestos Sirve para sacar el informe de presupuesto de una inversión. En este informe se da información de las partidas que intervienen en una inversión, dando totales por capítulo y una hoja de totales donde se indica el total de presupuesto de ejecución material, beneficio industrial y gastos generales, IVA y Total presupuesto contrata Este informe tiene la particularidad de que sale directamente sin pasar por pantalla previa donde figuran las variables que intervienen en la plantilla. Se da la opción de indicar la inversión del que quieren sacar el informe de presupuesto.

68/ 80

11.1.7 Otros documentos usados para confeccionar el proyecto Existen otros documentos que se obtienen a partir de plantillas Word y tienen la particularidad de que estas plantillas Word no tienen variables. Estos informes se pueden crear, guardar y consultar un informe creado previamente. Dentro de estos documentos tenemos: 11.1.7.1 – Cuadro de precios en letra. Informe que saca las partidas que intervienen en el expediente junto con su descripción resumida y ampliada, precio expresado en números y en letras. 11.1.7.2 – Programación del trabajo (diagramas de cifras y de barras) Previo a la obtención de estos 2 informes es necesario realizar una programación del trabajo en meses de cada una de las partidas de obra que interviene en el expediente, no hay desglose de inversiones. Para ello se solicitan los años en los que se va a realizar el trabajo (puede que la ejecución de una obra dure más de un año) y nos presenta una pantalla con todas las unidades de obra, el presupuesto y todos los meses de los años seleccionados. Cada mes está dividido en 4 semanas. En esta pantalla se debe seleccionar para cada partidas las semanas en las que se va a llevar a cabo. Esta planificación se guarda para poder ser consultada en cualquier momento. Una vez realizada la planificación, la aplicación da la opción de calcular el presupuesto que corresponde a cada mes, prorrateándolo del total Una vez realizada la planificación se pueden obtener: o El informe de programación en cifras. Sacando las unidades de obra y los precios que corresponde a cada mes o El informe de programación gráfico. Saca en un gráfico de barras (Gant) las partidas y las semanas en las que se ejecuta 11.1.7.3 – Resumen de inversiones. Informe que saca las inversiones del expediente y para cada uno da su importe de ejecución material, beneficio industrial y gastos generales, Iva y Total 11.1.7.4 – Unidad de obra global del presupuesto. Informe que saca las partidas del expediente y de cada una da las unidades, el precio y el total (precio x unidades) 11.1.7.5 – Unidad de obra inversiones del presupuesto. Antes de sacar este informe se puede seleccionar las inversiones que se desea que aparezcan en el informe. El informe que saca las partidas del expediente y de cada una de ellas se indica el precio, las unidades en cada inversión donde se usa, el total de unidades en todas las inversiones y el importe total (precio x unidades) 11.2 Documentos necesarios para realizar un documento técnico El documento técnico es mucho más sencillo y consta de los siguientes documentos: 11.2.1 Carátulas Solo hay 3 carátulas (General, memoria y presupuesto) 11.2.2 Memoria Basada en una plantilla Word, distinta a la del presupuesto

69/ 80

11.2.3 Informes de presupuestos Se obtiene de la misma manera que se obtiene para el proyecto 11.3 Documentos necesarios para realizar un proyecto reformado/complementario En el caso de que estemos en un expediente reformado o complementario también es necesario realizar el proyecto o documento técnico. Los documentos a realizar son menos y no se va a crear un apartado específico que indique los documentos a realizar, sino que se usarán los apartados anteriores y los técnicos decidirán los documentos que tienen que realizar. El diseño de las plantillas para los proyectos reformados no varía respecto a las que se usan en los proyectos normales. 11.4 Confección automática del proyecto o documento técnico Se da la posibilidad de que para confeccionar el proyecto o el documento técnico los técnicos no estén imprimiendo uno a uno los documentos y luego componiéndolo, sino que la aplicación lo componga automáticamente. Para ello se necesita lo siguiente: -

Una tabla maestro donde se definan los informes que intervienen en un proyecto o documento técnico y el orden en que deben salir

-

Que se hayan creado previamente los informes

Para ello se saca una pantalla donde se visualizan los informes necesarios y si están creados o no. Además puede seleccionar si alguno decide no sacarlo. Como resultado se crea un único documento Word con el compendio de todos los informes individuales. Este documento se guardará en la aplicación y el usuario puede modificarlo después de creado, en cualquier momento, para hacer los ajustes que necesite.

M12 – Certificaciones Técnicas Para los contratos cuya finalidad sea obras es necesario realizar una certificación técnica en la cual se indique el importe a pagar. Se deben hacer tantas certificaciones técnicas como pagos se vayan a realizar a la entidad local. Puesto que la DFA suele llevar la dirección de obra, son los técnicos de Desarrollo Agrario los encargados de realizar estas certificaciones técnicas. Si el día de mañana se decide que es otra empresa la encargada de llevar la dirección de obra sería esta empresa quien debiera hacer las certificaciones técnicas. 12.1 Consulta resumen certificaciones y elaboración de documentos Word de una certificación Una vez dentro de un expediente, en cabecera, se seleccionará el contrato del cual queremos ver las certificaciones técnicas. Sobre este contrato podremos ver las inversiones que hemos contratado y queremos certificar. También se verá un resumen de las certificaciones realizadas en las que se indicará para cada certificación:

70/ 80

-

Nº certificación si es final se representa el nº correlativo y se añade “y Final”

-

Fecha de la certificación. Se puede teclear y una vez tecleada, no se puede tocar ningún dato de la certificación. Desde esta casilla borrando la fecha se podrá actuar en la certificación ya emitida ( Con fecha y sin fecha)

-

Ejecución material

-

Deducción de certificaciones anteriores

-

Baja

-

Diferencia

-

BI y GG

-

Total

-

IVA

-

Importe certificación

-

Total realizado del proyecto (Sumatorio de las certificaciones anteriores)

-

Falta por certificar (Diferencia de lo certificado y lo adjudicado)

-

Total realizado de subvención

-

Diferencia entre subvención y certificado.

De una certificación se pueden obtener los siguientes documentos Word. Documento de carátula de certificación técnica.- Saca un informe de la certificación. Documento de relación valorada técnica (para el listado de certificación técnica). Sacar un informe de las unidades de obra que hemos certificado inversión por inversión. Se indicarán las partidas, con su definición corta, descripción reducida, nº unidades, certificadas, precio de cada unidad e importe total de la unidad, dando totales por capítulo y una hoja de totales donde venga el total de cada capítulo y el total de lo certificado por cada inversión con el valor de la ejecución material. Documento resumen de certificaciones. Es un informe que saca la relación de certificaciones que he realizado para ese contrato, indicando y comparando para cada certificación, la cantidad total certificada, importe total y subvención, lo que falta por certificar, importe total y subvención, diferencias de importes totales y subvención entre el importe adjudicado y certificado y diferencia entre la subvención abonada y concedida. Unidad de obra global certificado. Informe que saca las partidas del expediente y de cada una se indica las unidades certificadas, el precio y el total (precio x unidades) Unidad de obra inversiones certificado. Antes de sacar este informe se puede seleccionar las inversiones que se desea que aparezcan en el informe. El informe que saca las partidas del expediente y de cada una de ellas se indica el precio, las unidades certificadas, el total de unidades en todas las inversiones y el importe total (precio x unidades) Unidad de obra global diferencia presupuesto y certificado. Es un informe similar al de Unidad de obra global certificado, pero sacando las unidades presupuestadas, las certificadas y la diferencia

71/ 80

Unidad de obra inversiones diferencia presupuesto y certificado. Es un informe similar al de Unidad de obra inversión certificado, pero sacando las unidades presupuestadas, las certificadas y la diferencia. Interno Unidad de Obra clasificado. Es un informe similar al de Unidad de obra global certificado, pero incluyendo el % que supone el importe de cada partida respecto al total del presupuesto. 12.2 Generación de una certificación técnica Para poder generar una certificación nos situaremos en una pantalla donde en cabecera figure el expediente y contrato del cual queremos hacer la certificación. La cantidad de la que partiremos, para analizar el estado del expediente según las certificaciones, será la de adjudicación y la reserva realizada; tanto en su importe total como el de subvención. Sobre este contrato veremos las inversiones que componen dicho contrato y que queremos certificar. Será necesario seleccionar una de las inversiones. Una vez seleccionada nos aparece la relación de las partidas de obra que lo componen. De cada partida se indica lo siguiente: -

Código de la partida

-

Texto corto de la partida

-

Precio unidad. Es el indicado en el presupuesto

-

Total de unidades de cada partida por inversión. Son las indicadas en el presupuesto

-

Saldrán tantas columnas como certificaciones se hayan realizado y en cabecera de estas columnas se indicará el nº certificación y la marca de si es final. Para cada columna se mostrarán las unidades certificadas. Si la certificación no tiene indicada una fecha, se pueden modificar estas unidades. Nota. En una certificación, para una partida, se pueden certificar menos unidades que en la certificación anterior

-

Columna para marcar precio contradictorio o ampliación

-

Resto unidades. Campo calculado. Diferencia entre Total unidades del presupuesto y las unidades de la última certificación.

-

Ejecución material. Campo calculado. Es el resultado de multiplicar las unidades de la última certificación x Precio unidad

Además, se dan cuatro filas de totales: Total inversión: ejecución material Total certificación de todas las inversiones. Ejecución material Total inversión: importe por contrata Total certificación de todas las inversiones. Importe por contrata Se dará la opción de generar una nueva certificación, lo cual implica que se incluirá una nueva columna en la consulta anterior.

72/ 80

El importe de una certificación viene definido como sumatorio de las cantidades a certificar de cada inversión (unidades de obra por el precio de la unidad), aplicación de BI Y GG , total, deducción de las certificaciones anteriores y de la baja habida en la adjudicación, para aplicarle a este resultado el IVA y con la suma alcanzar el total líquido que se acredita. Hay que tener en cuenta que no se puede modificar el precio de una partida que ya esté incluida en el proyecto en alguno de los presupuestos de alguna inversión. Si para certificar añado una partida que no está en el proyecto (en ninguna inversión), puedo poner a la partida el precio que quiera y la marco como precio contradictorio en el campo de “ampliación o contradictorio” anexo a la partida; quedando marcada con un asterisco o similar en las certificaciones. En el caso que se añadan partidas marcadas como precio contradictorio se debe indicar el desglose de conceptos de la partida. También es necesario crear un documento Word basado en una plantilla donde se justificarán estos precios contradictorios. Este documento también se guarda en la aplicación y se puede consultar. Si para certificar añado una partida que está en el proyecto (en alguna inversión), esta partida debe ir con el mismo precio que ya tenga en el proyecto; además cuando la añado a la certificación de una inversión la marco como ampliación en el campo de “ampliación o contradictorio” anexo a la partida. Si quisiera añadir esa misma partida con otro precio, es necesario crear una nueva partida en el maestro de partidas. En una partida que ya existen desde proyecto, se puede añadir texto en la descripción para determinar algo de forma más concreta, sin salir del apartado de certificaciones técnicas y sin ir la maestro de partidas. En este caso este texto ampliado solo afecta a esa partida de esa inversión y aparecerá en todas las certificaciones siguientes a no ser que la borremos por cualquier causa. Suele ocurrir que el contratista realiza algunas mejoras en las obras las cuales es necesario certificar que están hechas. Para reflejar una mejora se dará de alta dicha mejora indicando el nombre de la misma. Una vez dada de alta se podrá seleccionar como una inversión más para poder llevar a cabo las certificaciones. Estas mejoras es algo propio de las certificaciones y no es realmente una inversión ni deben aparecer en la solicitud Cuando se está realizando una certificación, si es superior al precio de adjudicación debe saltar un aviso. NOTA aclaratoria. Si el importe de la certificación no supera el 10% del precio de adjudicación, el técnico de DA debe analizar el porcentaje que se ha desviado en cada inversión y el desvió de cada unidad de obra con respecto al presupuesto de adjudicación. En caso de que supere el 10%, por encontrarse dificultades que no se habían previsto ni presupuestado, el técnico de DA debe crear un nuevo expediente con un nuevo presupuesto y proyecto. Al crear el expediente se indicará el expediente original con el que va relacionado Las certificaciones técnicas deben ser enviadas a: -

La Entidad Contratante para su aprobación

-

A la contrata para su aprobación y emisión de la factura correspondiente.

73/ 80

Secretaría técnica también necesita las certificaciones técnicas, para anexarlo al expediente administrativo, pero las obtendrá desde la aplicación. 12.3 Elaboración de la certificación final El técnico de DA decide cuando se realiza la certificación final la cual lleva una marca para identificarla. Esta certificación se realiza igual que las anteriores. Con la certificación final se debe realizar una memoria. Esta memoria se basa en una plantilla Word y el documento creado se guarda y se puede consultar 12.4 Recepción de obra Previo a la certificación final hay que realizar la recepción de la obra, para ello se permitirá crear el documento de recepción de obra, basándose en plantilla Word, guardándose dicho documento para poder consultarlo.

M13 – Certificaciones administrativas. Las certificaciones es algo común a todas las ayudas por lo que se debe implementar para que sirva para todo tipo de ayudas En este apartado se recogen todas las certificaciones realizadas en un expediente. Siempre que se realiza una contratación, sea de la finalidad que sea, se debe realizar una certificación administrativa para poder realizar el pago. Se puede acceder a certificar desde el apartado de contratación y desde el propio apartado de certificaciones administrativas Desde este apartado se podrá acceder al apartado de controles administrativos Los datos necesarios para poder dar de alta una certificación dentro de un expediente son los siguientes: -

Número de certificación del expediente ( Correlativo )

-

Número de contrato

-

Número de certificación del contrato (Correlativo)

-

Anualidad a la que pertenece la certificación

-

Solicitud por parte de la Entidad Local de abono de la subvención que corresponde a esa certificación. Desde este punto se podrá acceder a realizar el Control administrativo previo al pago.

-

o

Fecha de solicitud

o

Posibilidad de anexar documento PDF

Si existe certificación técnica. Poder anexar y consultar: o

Carátula de la certificación técnica.

o

Relación valorada de la certificación técnica.

74/ 80

-

Facturas. Puede haber varias facturas para una certificación (por ejemplo en la compra de maquinaria pueden comprar una máquina a una empresa y otra máquina a otra empresa). Desde este punto se podrá acceder a realizar el Control administrativo de facturas. Para cada factura se recoge: o

Número de factura

o

Fecha factura

o

NIF Proveedor o Contrata

o

Nombre Proveedor o Contrata

o

Posibilidad de anexar la factura (PDF)

o

Importe de la factura (desglosado en base imponible, IVA y Total)

o

Aceptada para el gasto (s/n) y cantidad aceptada para el gasto (desglosado en base imponible, IVA y Total)

-

Fecha de la certificación administrativa

-

Persona certificadora (persona de la DFA)

-

Importe de la certificación (Teclearlo o viene desde la técnica)

-

Importe de la subvención. Calculado pero se puede modificar (importe de la certificación x % subvención)

-

Carátula de la certificación administrativa. Posibilidad de generar documento, basado en plantilla Word y poder consultarla. Desde este punto se podrá acceder a realizar el Control administrativo in situ previo al pago.

-

Orden de abono. Posibilidad de generar documento, basado en plantilla Word y poder consultarlo. Este documento es el que se manda al Servicio de Secretaría Técnica de Agricultura para generar el documento contable. Se avisará si el importe subvención a pagar es superior al importe subvención concedido.

-

Campo que indique si se puede modificar o no una certificación. Una vez marcado no se podrá tocar una certificación. Siempre se podrá desmarcar ese campo para abrir una certificación para su modificación.

-

La información que se indica a continuación la rellena Secretaría Técnica, aunque también podría rellenar parte de ella desde Desarrollo Agrario (en el caso de que la entidad local presente la factura y el justificante del pago a la empresa): o

Generación del documento contable de pago OK u OK-J

o

Fecha de pago de DFA a la Entidad local

o

Fecha vencimiento de presentación de justificante de pago de la entidad local a la empresa. Existe un plazo en el cual la entidad local debe presentar dicho justificante.

o

Presentación de la justificación del pago de la entidad local a la empresa. Puede haber más de un pago de la entidad local a la empresa. Por cada pago se recoge la siguiente información: Presenta acreditación del pago factura S/N Forma de pago (transferencia o metálico) Fecha del pago de la entidad a la empresa que presta el servicio o la obra

75/ 80

Importe Justificante de acreditación del pago. Poder anexar PDF Fecha de presentación de la justificación. Se avisará si no se ha hecho en plazo Posibilidad de anexar varios documentos. Se habilita este apartado para poder anexar varios documentos como la justificación que pueda entregar la entidad local de porqué ha pagado fuera de plazo, y otro tipo de documentos. Por cada documento se indicará: •

Texto que lo identifique



Anexar documento

En caso de que no presente la justificación en fecha se deberá hacer un requerimiento a la entidad local. Se podrá generar el documento del requerimiento a partir de una plantilla Word o

Generación del documento contable de justificación J

Se podrá consultar, dar de alta, de baja o modificar las certificaciones. Se dará una consulta de todas las certificaciones realizadas a un expediente con los datos más importantes de la certificación (Nº certificación del expediente, nº certificación del contrato, nº contrato, finalidad del contrato, anualidad, empresa, importe, certificador, nº orden de abono, fecha, importe) También se dará una consulta resumida de las certificaciones donde se pueda ver para cada contrato del expediente el importe del contrato, las certificaciones realizadas y el importe que falta por certificar. Esta consulta también se podrá realizar desde el apartado de contratos Se dará una consulta de todas las facturas de un expediente o un contrato, en la que salga la información de cada factura y una línea de totales. A nivel general de la convocatoria se podrá consultar las certificaciones que les falta por entregar los justificantes de abono. Para ello, antes de realizar la consulta, se tecleará el número de días de antelación. Esta consulta servirá de aviso o alarma. Si hay varias certificaciones, antes del abono de la subvención de la segunda la 1ª deberá estar pagada y justificado su pago íntegro por la Entidad.

M14 – Documentos contables Desde este apartado se podrán consultar los documentos contables del SCEF realizados para un expediente o contrato. En esta relación, de cada documento se indicará la información más importante como: -

Contrato al que pertenece

-

Nº documento contable

-

Importe

-

Orden de abono, del apartado de certificaciones, a la que pertenece

76/ 80

Este apartado también servirá para poder realizar los diferentes documentos contables que se necesitan a la hora de a lo largo de la vida de un expediente. Será Secretaría Técnica la encargada de realizar estos documentos. Veamos un resumen de los diferentes documentos contables que se usarán en la aplicación Cada convocatoria tendrá convocatoria

la referencia del documento contable “A”

que identifica la

Cada finalidad, dentro de cada expediente, tendrá su documento contable “D” Cada orden de abono tendrá su documento contable “OK” u “OK-J”, un documento “P” que lo genera Finanzas y puede tener documento “D/” y “A/” Cada documento “OK-J” tendrá su documento contable “J” Creación de los documentos contables Documento A y A/ Se generarán documentos contables “A” y su importe por cada anualidad que abarca la convocatoria. Puede haber documentos contables “A” por medida o por medida-submedida o por medida-submedida-finalidad. También se podrán generar documentos “A” de incremento que tirarán de la referencia del primer documento “A”. Documento A/ puede generarse en alguna de las fases de los expedientes o al finalizar los mismos. No tiene por qué haber siempre. Documentos D y D/ Se hará el documento “D” en el momento de resolver la convocatoria. Habrá un documento “D” por cada finalidad y dentro de cada finalidad habrá tantos como diferentes porcentajes de subvención y por anualidades. El documento ”D/” se genera en el caso de que el importe pagado con los documentos OK u OK/J sea inferior al importe concedido. Este documento puede generarse en alguna de las fases del expediente o al finalizar el mismo. Documentos OK y OK-J La obra la contrata la Entidad Local y la DFA realiza el pago a la entidad local. Se genera un documento OK si la Entidad presenta el justificante de pago a la contrata de la certificación. Se genera un documento OK-J si la Entidad no presenta el justificante de pago a la contrata de la certificación. En este caso la Entidad Local tiene un plazo de 3 meses para justificar que ha pagado a la contrata, contado desde que se le realiza el pago a ella (desde el documento “P” que lo genera directamente Finanzas) Cuando la Entidad Local presenta el justificante de abono a la contrata, se genera el documento contable J (Justificación del OK-J)

77/ 80

Hay que tener en cuenta la posibilidad de endosos de los pagos a favor de terceros, en cuyo caso en los documento Ok y OK/J puede haber un tercero A (el adjudicatario o beneficiario de la ayuda) y un tercero B (el que realmente cobra). El endoso se puede contemplar desde el documento D

M15 – Controles Se define un módulo de controles que será común para todas las ayudas. 15.1.- Parametrización del módulo de controles. Antes de empezar a dar de alta controles es necesario parametrizar (definir) una serie de datos relacionados con los controles como son: -

Tipos de controles que se pueden realizar (control administrativo previo a la resolución, etc.)

-

Preguntas/hitos a controlar

-

Asignación de tipos de controles que se pueden realizar en cada medida

-

Asignación de preguntas/hitos a realizar en cada tipo control de cada medida

-

Documentos Word a generar como resultado de cada control (actas, Informes, etc). Se asocia un único documento a cada tipo de control de cada medida.

15.2.- Gestión de los controles. En cualquier momento se puede ir al módulo de controles para consultar los controles realizados y para dar de alta controles. Existen varios tipos de controles y todos ellos van asociados al expediente, excepto el control administrativo a la solicitud, que como su nombre indica, es un control que va asociado a la solicitud (recordar que de una solicitud se pueden generar varios expedientes). Para un expediente/solicitud, se saca la relación de controles que se han realizado a dicho expediente. Cada control lleva la siguiente información: -

Medida

-

Fecha del control

-

Tipo de control

-

Resultado (positivo o negativo)

-

Importe de minoración

-

Estatus de recuperación

-

Importe cofinanciado

-

DNI y nombre y apellidos de la persona que realiza el control

Se puede dar de alta nuevos controles, modificar controles existentes y dar de baja controles ya realizados. Se pueden generar varios controles para un mismo tipo de control en fechas diferentes. 78/ 80

De un control en concreto se puede acceder a completar las preguntas/hitos que es necesario revisar en dicho control. Para cada pregunta/hito se indica si se ha realizado o no la comprobación y la fecha de realización. Como resultado de un control se puede generar un acta o informe Word, basado en una plantilla, el cual se debe imprimir y firmar. Se da la posibilidad de anexar al control dicho documento firmado y convertido en PDF Serán necesarias 20 plantillas Word asociadas a los controles, 10 para controles positivos y otras 10 para controles negativos (7 plantillas para los controles administrativos, 1 para control de campo, 1 para control de calidad y 1 para control a posteriori). Existen los siguientes controles: Controles administrativos Los controles administrativos se deben realizar a todos los expedientes 1.- Control administrativo a la solicitud 2.- Control administrativo previo a la concesión 3.- Control administrativo al plan financiero 4.- Control administrativo previo a la contratación 5.- Control administrativo in situ previo al pago. Se hace un control por cada certificación 6.- Control administrativo previo al pago. Se hace un control por cada certificación 7.- Control administrativo de facturas. Se hace un control por cada certificación Controles de campo o sobre el terreno Los controles de campo no se realizan a todos los expedientes. Existe un proceso para determinar, de manera aleatoria, a que expedientes se debe inspeccionar. Este proceso no se implementa en la aplicación. Lo que se debe implementar es un campo en los expedientes para indicar que se le debe realizar control de campo Existe un único tipo de control de campo que es el Control sobre el terreno previo al pago. Se hará un control por cada pago del expediente. Controles de calidad Este control se debe realizar al 1% de los expedientes que se les ha realizado control de campo. Existe un proceso para determinar, de manera aleatoria, a que expedientes se debe inspeccionar. Este proceso no se implementa en la aplicación. Lo que se debe implementar es un campo en los expedientes para indicar que se le debe realizar control de calidad. Existe un único tipo de control de calidad es el Control de calidad. Se hará un control por cada pago. Controles a posteriori Este control se debe realizar a un porcentaje de expedientes que se les ha realizado control de campo en los últimos 5 años. Existe un proceso para determinar, de manera aleatoria, a que expedientes se debe inspeccionar. Este proceso no se implementa en la aplicación. Lo que se debe implementar es un campo en los expedientes para indicar que se le debe realizar control a posteriori. Existe un único tipo de control a posteriori que es el Control de a posteriori.

79/ 80

Todos los controles que se generan en este módulo se dan manualmente. Existirán ciertas operaciones que implicarán que se dé de alta automáticamente un control en este módulo. Se podrá consultar la relación de expedientes que han sido marcados para realizar control de campo, de calidad o posteriori

M16 – Explotaciones de datos Desde este apartado se podrá realizar las explotaciones de la información recogida en la aplicación. Aunque pudieran existir múltiples explotaciones de la información, se ha determinado que inicialmente solo se van a realizar estas dos explotaciones de datos: -

Relación de expedientes denegados de una convocatoria

-

Relación de expedientes aprobados de una convocatoria. Nos mostrará las inversiones en las que se ha actuado, inversión inicial, inversión aprobada e inversión realizada.

M17 – Impacto en otras aplicaciones Debido a que se va a crear una nueva aplicación para llevar las ayudas de caminos, dejará de usarse la aplicación de ayudas (AAPG) para gestionar estas ayudas. Existen varias aplicaciones que acceden a la AAPG para recoger información de estas ayudas y son las siguientes: - Plan de desarrollo rural sostenible (aplicación SPPD) - Reembolsos del Organismo Pagador (Aplicación SPOP) Será necesario adaptar estas aplicaciones para que vayan a buscar la información que necesitan a la nueva aplicación.

M18 – Otras funcionalidades Idioma. -

Las pantallas de la aplicación serán solo en castellano

-

Serán bilingües todos documentos y listados que se estimen necesarios.

80/ 80