RESUMEN: TITULO: CERTIFICACION ORGANICA DE CULTIVOS PARA LA EXPORTACION

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RESUMEN: TITULO: “CERTIFICACION ORGANICA DE CULTIVOS PARA LA EXPORTACION” Desde hace varios años en el Ecuador se están desarrollando cultivos orgánicos incrementándose considerablemente, se estima que existen 15000 hectáreas en producción entre certificadas y las que están en este proceso se un las normas internacionales, la mayoría de la producción certificada esta destinada para la exportación a Estados Unidos, Europa y Japón debido a los mejores precios y el reducido mercado interno y regional para los productos orgánicos, en el Ecuador los primeros proyecto de certificación orgánica inician a principios de los años 90 y lograron la certificación en el año 1994, en la actualidad existe producción orgánica certificada en banano, orito, cacao, cítricos, caña de azúcar y quinua así como en hortalizas provenientes de pequeños productores asociados; en la actualidad solo existen certificadoras internacionales haciendo que los costos por la certificación sean altos a pesar de que en el país exista una ley de producción orgánica no existe una certificadora nacional en cuanto a los mercados internacionales la demanda de productos orgánicos es mayor a la producción que estos pueden realizar por lo que se convierte en atractivos mercados para los productos nacionales dando así una oportunidad para los pequeños productores orgánicos de poder exportar sus productos hacia estos países mejorando así sus ingresos y su calidad de vida. PALABRAS CLAVE: Acreditación, Certificación, Inspección, Licencia, Normas, Operador, Etiqueta de Certificación, Certificadora. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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INDICE:

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1. INTRODUCCION 1 2. CERTIFICACION ORGANICA 6 3. SERVICIO DE CERTIFICACION ORGANICA EN EL ECUADOR 28 4. INSPECCION, CONTROL Y CERTIFICACION 43 5. EXPORTACION DE PRODUCTOS ORGANICOS CERTIFICADOS ECUATORIANOS 59 6. MERCADOS INTERNACIONALES 61 7. PROMOCION DE PRODUCTOS ORGANICOS CERTIFICADOS 79 8. CONCLUSIONES 81 9. PROPUESTA 93 BIBLIOGRAFIA ANEXOS

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FACULTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS ESCUELA DE INGENIERIA AGRONOMICA

Monografía previa la obtención del Titulo de Ingeniero Agrónomo

“CERTIFICACION ORGANICA DE CULTIVOS PARA LA EXPORTACION”

AUTOR: Javier Ordóñez Sempértegui

TUTOR: Ing. Agro. Enrique González Garzón M. Sc.

Cuenca – Ecuador 2008 AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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1. Introduccion En el Ecuador se están desarrollando desde varios años cultivos orgánicos, en tierras y plantaciones libres del uso de químicos sintéticos o a partir de la transición de cultivos, instrumentos convencionales, usándose técnicas como cultivos asociados y la rotación de cultivos (de ciclo corto), entre otras. Desde hace dos a tres años la producción orgánica en el país se ha incrementado considerablemente, al punto que se estima que existen unas 15.000 hectáreas certificadas orgánicas según estándares internacionales (incl. las certificadas en transición y de recolección silvestre), pertenecientes a unos 6.000 productores individuales, entre empresas y pequeños productores asociados. La mayoría de la producción certificada es destinada para la exportación a Europa, Estados Unidos y Japón, debido a los mejores precios y/o el reducido mercado interno y regional para los productos orgánicos. Ante un acentuado interés del sector productor agrícola y agroindustrial en la producción orgánica para suplir un mercado con cifras altas de crecimiento en los países industrializados por un lado y varias deficiencias de información sobre estos temas por otro lado, vale la pena aclarar los conceptos de la certificación orgánica, aproximarnos al estatus actual de la certificación en el Ecuador y echar un vistazo al mercado internacional y sus tendencias. La CORPEI desde principios del año 2001 cuenta con una unidad sectorial para promocionar este tipo de exportaciones. (1)

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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AGRICULTURA ORGANICA Y CERTIFICACION: Es indispensable partir de una definición clara, de que es un producto orgánico certificado, ya que muchas veces se confunde a la certificación orgánica con otras certificaciones ambientales o "sellos verdes". Entre los diferentes estándares o requerimientos del mercado aplicables para productos agrícolas y agroindustriales de calidad, salud e inocuidad, ambiente o comercio justo (p.e. ISO 14.000, GAP, HACCP, FLO ), se puede constatar que la Certificación Orgánica es la más exigente en términos de la producción agrícola, ya que se basa en una filosofía holística de agricultura muy diferente a la agricultura convencional. La Agricultura ecológica orgánica “es un sistema holístico de gestión de la producción que fomenta y mejora la salud del agro-ecosistema, y en particular la biodiversidad, los ciclos biológicos y la actividad biológica del suelo. Los sistemas de producción orgánica se basan en normas de producción especificas y precisas cuya finalidad es lograr agroecosistemas que sean sostenibles desde el punto de vista social, ecológico y económico” (2) y se caracteriza por: • Un nivel bajo del uso de insumos externos (a la unidad productora), los mismos que básicamente deben provenir de orígenes naturales. • El no uso de Agro-químicos como fertilizantes y plaguicidas. •

La no modificación genética de las plantas.

Asesor sectorial en el marco del programa de la cooperación alemana CIM-GTZ. Estos datos son preliminares todavía en el País, debido a que AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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no existe una entidad que registre estas actividades en el Ecuador. La CORPEI está preparando un diagnostico al respecto. Es importante recalcar que el Reglamento de la Unión Europea (UE) sobre la producción orgánica del año 1991 (CEE 2092/91), que determina el marco legal de la producción, el procesamiento, etiquetaje y el control/certificación de un producto orgánico, define que son sinónimos los términos “orgánico”, “biológico” y “ecológico”, en el caso de productos alimenticios comercializados en la Unión Europea, por lo que estos quedan protegidos en toda la UE. En otras palabras, cualquier producto final que lleve el término "eco" o "bio" en su etiqueta, tiene que estar certificado según sus normas. Mientras, otros países como EE.UU. (2000) y Japón (2001) han establecido sus propias normativas parecidas al Reglamento Europeo y se espera un reconocimiento mutuo en un futuro cercano. (1) Esta investigación monográfica permitirá conocer una amplia información sobre la Certificación Orgánica de Cultivos para la exportación, que servirá de un marco referencial para las personas naturales y jurídicas que se dedican o a las que van a emprender esta actividad.

2. CERTIFICACION ORGANICA HITOS DE LA CERTIFICACION ECUADOR

ORGANICA EN EL

Los primeros proyectos de producción orgánica datan de principios de los años 90 (FUNDAGRO con el Ing. Manuel

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Zuquilanda) y lograron la certificación en 1994 (hortalizas en la provincia de Pichincha). (1) En el 1995 se inicia la certificación de banano, orito, cacao, cítricos, caña de azúcar y quinua provenientes de pequeños productores asociados (El Oro, Guayas y Chimborazo). Esta primera oferta de productos certificados se presentó en la feria BIOFAIR, en San José de Costa Rica, en el mismo año y los dos años consecutivos. La primera Asociación de Productores Biológicos – PROBIO, cuyos miembros se dedican a la agricultura orgánica según normas propias y controladas por un sistema de certificación interno, fue fundada en el año 1995. En marzo 2002 se realiza la primera feria agro-orgánica Bio Ecuador en Riobamba, organizado por ERPE y BCSEcuador, en la que resaltó el resultado de uno de los foros de crear el Movimiento Nacional de Productores Orgánicos con 65 firmas entre productores, exportadores, organizaciones de soporte y demás asistentes. (1) NORMAS INTERNACIONALES. El beneficio económico superior en los sistemas agropecuarios y unidades de producción donde se obtienen alimentos orgánicos, depende esencialmente de la inversión para optimizar la calidad en la producción, y de la capacidad para aprobar las normas que se establecen en las inspecciones y certificaciones de acuerdo con normas internacionales que deben aplicarse en la producción, procesamiento y exportación de alimentos orgánicos. (1) En países miembros de la Unión Europea, así como en Estados Unidos de Norteamérica y Japón, la demanda de AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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productos orgánicos en los mercados es cada día mayor. Existen reglas que definen los requerimientos en la producción, procesamiento y comercialización de productos orgánicos, las cuales deberán cumplirse cuando se desea obtener la certificación que permite la exportación e importación de alimentos orgánicos. (1) La certificación e inspección de la producción orgánica de alimentos, así como de la industria procesadora y empacadora de alimentos orgánicos para exportación, es por lo general efectuada por organismos independientes a los que se ha otorgado autorización para certificar el cumplimiento de las normas internacionales aplicables a los alimentos orgánicos. Organismos Internacionales Las normas internacionales que se aplican a la producción, procesamiento, empaque, comercialización, importación y exportación de alimentos orgánicos, han sido establecidas por organismos en países como la Unión Europea, Estados Unidos y Japón. En Estados Unidos el reglamento para los sistemas de producción orgánica quedó establecido en el Programa Nacional de Orgánicos (NOP) (National Organic Program) del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) (United States Department of Agriculture), en Japón a través de los Estándares Agrícolas Japoneses (JAS) (Japan Agriculture Standards) del Ministerio de Agricultura Bosques y Pesca (MAFF) (Ministry of Agriculture Forests and Fisheries), y en la Unión Europea mediante los estándares de la Comunidad Económica Europea (EEC) (European Economic Community).(1) AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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La mayor parte de las normas internacionales NOP, JAS y EEC son similares y equivalentes entre sí, y se rigen por los sistemas de calidad ISO 65 y EN45011. Ambos sistemas ISO 65 y EN45011 son similares y equivalentes entre sí. Las certificación e inspección de los sistemas de producción orgánica en países en desarrollo, han sido efectuadas principalmente de manera directa a través del personal de organismos internacionales, lo cual genera altos costos que resultan onerosos para los pequeños productores que desean exportar productos orgánicos a la Unión Europea, Japón y Estados Unidos. Por otra parte, la inspección y certificación mediante agentes extranjeros, crea nuevas dependencias en los países en desarrollo, lo cual resulta indeseable en las políticas locales para el desarrollo. Sin embargo, ahora es posible la inspección y certificación a través de entidades locales en algunos de los países en desarrollo, dentro un marco de cooperación internacional donde se describen las condiciones de operación para organismos locales que desean efectuar certificación e inspección de los sistemas de producción orgánica, de acuerdo con la autorización de los organismos internacionales respectivos (NOP, JAS, EEC). En algunos casos es posible solicitar los requisitos para la exportación de alimentos orgánicos directamente en las entidades gubernamentales nacionales encargadas del desarrollo agropecuario. Reglamento EEC 2092/91

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El reglamento EEC 2092/91 sobre agricultura orgánica en Europa, y sus indicaciones para el etiquetado de productos agrícolas orgánicos, tiene efecto a partir de Enero 1993, y se define como ley directamente aplicable que muestra los requisitos mínimos para sistemas de producción de alimentos orgánicos que circulan en los Estados miembros de la Unión Europea. Este reglamento incluye normas para la producción, procesamiento, importación, exportación y etiquetado de productos orgánicos agrícolas. (3) En Septiembre 25 del año 2000 el reglamento fue modificado añadiendo 31 reglas adicionales, se incluyó la producción pecuaria entre los productos orgánicos permitidos, y se prohibió la ingeniería genética en todos los alimentos orgánicos. En el mismo reglamento se indica que la producción orgánica debe tener lugar en unidades de producción totalmente separadas en espacio y organización de las unidades de producción convencionales. Si embargo, en los países en desarrollo, la cercanía entre los sistemas de producción orgánica y convencional es a veces frecuente e inevitable, sobre todo en comunidades rurales donde pequeñas áreas de producción forman parte de un mismo terreno cultivado por varias personas. De éste modo se presenta un riesgo inadmisible que limita la aplicación de las reglas internacionales para los sistemas de producción de alimentos orgánicos y su exportación. El reglamento es extenso y detallado, por lo que aquí se muestran sólo las características fundamentales del mismo, y AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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algunos datos de artículos y capítulos del reglamento para consulta sobre información específica. Períodos de Conversión en la Producción de Vegetales En la producción de vegetales cuando la forma de cultivo cambia de convencional a orgánica, el período de conversión es de gran importancia. En cultivos anuales se requiere un período de conversión de dos años para que la primera cosecha después de dos años sea considerada orgánica. En cultivos perennes se requiere un período de tres años para que la primera cosecha después tres años sea considerada orgánica. Sin embargo, en algunos casos, las cosechas anuales y perennes podrían comercializarse después de un período de doce meses, informando sobre el período de conversión, que normalmente comienza al finalizar el contrato de inspección establecido entre productor y entidad inspectora. La inspección debe ser permanente. El período de conversión permite a los productores satisfacer una parte de los requerimientos en la producción agrícola de productos orgánicos. En el mismo reglamento se establece la necesidad de respetar y aplicar las medidas reglamentarias para mantener y mejorar la fertilidad de los suelos en la producción de alimentos orgánicos. En regiones tropicales y subtropicales, la productividad de los suelos puede ser mejorada evitando la erosión; efectuando rotación de cultivos; sembrando leguminosas, e incorporando AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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estiércol y material vegetal en los suelos. En el anexo II A del reglamento se indican los requisitos relacionados con la fertilización y acondicionamiento de suelos en sistemas de producción orgánica. En agricultura orgánica, los agentes patógenos en los cultivos, se evitan principalmente mediante la prevención y control biológico y físico. El período de conversión puede ser más corto, pero esto depende del cultivo existente previamente y de la decisión de la entidad inspectora. En éste sentido, previamente a la exportación debe informarse a la autoridad competente en Unión Europea sobre la reducción del período de conversión. Procesamiento de Alimentos Orgánicos Todos los ingredientes que sean utilizados en el procesamiento de alimentos orgánicos, deberán provenir de sistemas de producción orgánica. Sólo cuando algún ingrediente orgánico no estuviera disponible, sería posible usar un ingrediente convencional durante el proceso, pero de acuerdo con los límites máximos que se indican en el reglamento. (9) Lo decisivo para obtener la certificación orgánica, es la proporción entre ingredientes orgánicos y convencionales durante el procesamiento. En éste sentido, cabe destacar que en las etiquetas para productos orgánicos certificados, se menciona el porcentaje de productos convencionales utilizados en el proceso, los cuales pueden utilizarse en cantidad desde 5% hasta 30%. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Durante el procesamiento de alimentos orgánicos, sólo un número muy limitado de sustancias no agrícolas es permitido en los ingredientes que se usan en los procesos, entre los cuales se encuentran algunos aditivos alimenticios, extractos de colores y sabores naturales, agua purificada, sal y preparaciones con microorganismos. En la preparación de alimentos orgánicos queda prohibido el uso de organismos genéticamente modificados. La aplicación de radiación con iones (ionización) queda prohibida en los alimentos orgánicos y sus ingredientes, pero en éste sentido existe excepción para la preparación de vino orgánico. Ingeniería Genética El uso de ingeniería genética está prohibido en los sistemas de producción orgánica. El término "organismos genéticamente modificados", se define como una entidad biológica capaz de reproducirse y de transferir material genético. Un organismo genéticamente modificado es aquel que ha sido alterado de forma que no ocurre naturalmente, ya sea mediante cruzamiento o recombinación. Algunos ejemplos de organismos genéticamente modificados son: las variedades de soya resistentes a herbicidas, y el maíz BT resistente a insectos. Así mismo, los derivados de organismos genéticamente modificados quedan prohibidos en la producción orgánica. Esto se refiere a cualquier substancia, ya sea producida u obtenida a través de organismos genéticamente modificados, aún cuando el producto orgánico no la contenga. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Por ejemplo, la lecitina obtenida de la soya genéticamente modificada, se considera derivado de un organismo genéticamente modificado. Control En la Unión Europea, los Estados miembros son responsables de la implementación del reglamento para productos orgánicos. Representantes de los Estados miembros de la Unión Europea se reúnen regularmente en Bruselas para tratar acerca de las dificultades en la implementación de las regulaciones para los sistemas de producción orgánica. Así mismo para definir cuando las inspecciones de productos orgánicos deben ser efectuadas por organismos públicos o privados. En España y Dinamarca las inspecciones de productos orgánicos son efectuadas principalmente por entidades gubernamentales, mientras que en la mayor parte de los Estados miembros de la Unión Europea se ha optado por un sistema de inspección donde los gobiernos influyen sólo de manera parcial, lo cual significa que se aprueba la inspección por parte de entidades privadas que son supervisadas por autoridades competentes. Una entidad de inspección privada residente en Europa, puede solicitar su admisión ante autoridades competentes en la Unión Europea para poder efectuar inspección de sistemas de producción orgánica, siempre y cuando la entidad privada tenga un sistema de control aprobado que cumpla con los requerimientos de calidad que se expresan en la norma EN45011. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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La admisión oficial de entidades privadas para inspección de productos orgánicos, es únicamente válida para los Estados miembros de la Unión Europea donde se solicita dicha admisión. Por ejemplo, una entidad inspectora de orgánicos en Alemania, podría operar en Austria sólo cuando sea aprobada su admisión en ambos países. Estas admisiones no son válidas para certificación de orgánicos en países que no sean miembros de la Comunidad Europea. Países No Miembros de la Unión Europea El artículo 11 del reglamento (CR EEC 94/92) contiene instrucciones en relación con la importación de productos orgánicos provenientes de países que no son miembros de la Unión Europea, y expone un panorama sobre el registro de países en desarrollo. (7) En éste sentido, los países que no son miembros de la Unión Europea, pero que evidentemente han demostrado que sus métodos de producción, y medidas de inspección son equivalentes a las que se indican en el reglamento, podrían ser incluidos en la lista de exportadores de alimentos orgánicos. Pero cuando un país no ha sido admitido en la lista, se requiere que el procedimiento de importación-exportación. En Enero 14 de 1992 las posibilidades de registro para países en desarrollo quedaron insertadas en el reglamento EEC 94/92. Actualmente sólo seis países no miembros de la Unión Europea están en la lista: 1. Argentina (entidades inspectoras: ARGENCERT y OIA). AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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2. Australia (entidades inspectoras: AQUIS, BDRI, BFA, OVAA, OHGA, NASAA). 3. Israel (entidades inspectoras: PLANT PROTECTION AND INSPECTION SERVICES). 4. República Checa (entidades inspectoras: MINISTRY OF AGRICULTURE, KEZ OPS). 5. Hungría (entidades HUNGARIA, SKAL).

inspectoras:

BIOKONTROLL

6. Suiza (entidades inspectoras: BIO INSPECTA AG, IMO, SQS). La inclusión de éstos países se ha catalogado como temporal. El pre-requisito para registro de un país no miembro de la Unión Europea en relación con la producción de alimentos orgánicos, es que el país en cuestión tenga una legislación equivalente a la del Consejo Regulador de Agricultura Orgánica. Es decir, la legislación deberá incluir los estándares internacionales para alimentos orgánicos. Entonces el país no miembro de la Unión Europea podrá solicitar su registro ante la representación diplomática en Bruselas. Dentro de los seis meses posteriores a la presentación de la solicitud de ingreso y registro, se entregará la documentación técnica requerida que se someterá ante la Comisión Europea, siempre y cuando esté escrita en alguno de los idiomas oficiales de la Unión Europea

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Los requisitos en relación con la documentación, se indican en el artículo 2, párrafo 2 del reglamento EEC 94/92, entre los cuales se incluyen los siguientes: - Tipo y cantidad estimada de productos agropecuarios y alimentos que se desea exportar a la Comunidad Europea bajo el artículo 11 del reglamento. - Información específica acerca de los métodos de producción aplicados. Es decir, los principios expresados en el reglamento EEC 2091/91. - Las formas de inspección que se realizan, y los tipos de organización e implementación en los sistemas, los datos de la autoridad responsable de la inspección, y la lista con información de los sistemas de producción orgánica, exportadores y áreas de cultivo, así como reportes elaborados por expertos internacionales en alimentos orgánicos (EEC94/92). Posteriormente a la revisión de la documentación, una inspección del sitio es efectuada por expertos de la Unión Europea. Esta inspección se repite después de haber sido aceptado el país no miembro de la Comunidad Europea. Es importante que en terceros países los sistemas de certificación sean similares a los que existen en la Comunidad Europea. Establecer inspectores en países en desarrollo, que hayan obtenido el reconocimiento respectivo proveniente de la Comunidad Europea, en relación con los requisitos de importación, sería una acción conveniente para el registro de terceros países en la lista de exportadores.

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Cuando el registro sea expedido, de acuerdo con el reglamento EEC345/92, y después de haber sido realizada la inspección y respetado el período de conversión, entonces los productos orgánicos podrán ser exportados a la Unión Europea. El importador en la Unión Europea deberá tomar parte en los procedimientos de control dentro del Estado miembro de la Comunidad Europea al que pertenezca. Permisos de Importación De acuerdo con el artículo 11, inciso 6 del reglamento EEC2092/91 los importadores de alimentos orgánicos en la Unión Europea solicitan autorización para la importación de productos orgánicos de países no registrados. Esto debe efectuarse antes que los alimentos orgánicos sean comercializados en la Comunidad Europea haciendo referencia a su origen orgánico. (4) Deberá demostrarse que los productos alimenticios orgánicos que se importan, fueron producidos conforme a dicho reglamento, o mediante normas equivalentes aceptadas en la Unión Europea, y las medidas de inspección y registro equivalentes, deberán ser igualmente efectivas y permanentes a las que se indican en el reglamento EEC2092/91. Una vez que la entidad inspectora ha decidido que los productos orgánicos cubren todos los requisitos para su importación, entonces el importador podrá solicitar el permiso de importación a la autoridad competente en la Unión Europea.

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Incluso la misma empresa importadora deberá someter sus sistemas a una inspección, en caso no haya sido inspeccionada anteriormente. Además, la empresa Europea importadora deberá demostrar que los productos orgánicos han sido producidos, procesados y exportados respetando el reglamento EEC2092/91 ó sus equivalentes (NOP, JAS), y justificar cualquier desviación que pudiera existir en éste sentido, proveniente del país exportador. (4) La entidad inspectora deberá confirmar su visto bueno con relación a dichos productos, y garantizar la aplicación continua del reglamento en el país exportador. Adicionalmente a la solicitud de importación, deberán añadirse copias de documentos como son los contratos entre la entidad inspectora en el país exportador y los productores ó cooperativas, o entre la empresa procesadora y el exportador. También copia de los registros de inspección son frecuentemente solicitadas para otorgar el permiso de importación a productos orgánicos provenientes de países que no son miembros de la Comunidad Europea. A partir de Julio 01 de 1999, se requiere que las entidades inspectoras en países no miembros de la Comunidad Europea certifiquen sus conocimientos en relación con las normas de calidad EN45011 e ISO GUIDE 65 respectivamente. Las normas de calidad EN45011 e ISO GUIDE 65 son los estándares internacionalmente reconocidos que definen la manera en la cual deberán realizarse las inspecciones. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Deberá demostrase que las entidades inspectoras y certificadoras tienen conocimientos certificados sobre dichas normas de calidad. (7) La autoridad responsable de la importación, podrá decidir sobre el otorgamiento o negación del permiso de importación, y en caso existan dudas al respecto, podrá recurrirse al comité de representantes en la Comunidad Europea para que éste decida. Generalmente los permisos de importación quedan vigentes por un año. Durante ese año el importador podrá adquirir la cantidad de productos orgánicos que se indica en el permiso de importación. El permiso de importación deberá ir acompañado del certificado que se expide para los alimentos orgánicos. Estados Unidos El reglamento para productos orgánicos en Estados Unidos establece que las importaciones de alimentos orgánicos en ese país, pueden comercializarse bajo el nombre de "Cultivos Orgánicos", siempre y cuando exista un acuerdo gubernamental a nivel nacional previo, entre el país exportador y los Estados Unidos, o que exista reconocimiento de equivalencia entre los sistemas de certificación e inspección de orgánicos entre ambos países. (9) En éste caso, las autoridades de inspección y certificación de orgánicos en Estados Unidos examinarán sobre posibles diferencias en las equivalencias. Para la importación de orgánicos en Estados Unidos, no son necesarias las reglas contenidas en el reglamento en la Unión Europea, sino las norma ISO GUIDE 65 y NOP.

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Código Alimentario El código Alimentario (Codex Alimentarius) es la colección de normas internacionalmente reconocidas (ALINORM) en relación con la alimentación, presentadas de manera uniforme para todos los países. La Comisión del Código Alimentario prepara los diferentes capítulos del Código, y a nivel mundial, los gobiernos votan sobre el contenido de dichos capítulos. La Comisión del Código Alimentario trabaja bajo el mandato de la FAO y el WHO. (2) El Código Alimentario no es un reglamento obligatorio, pero internacionalmente debe ser consultado como guía y referencia en la elaboración de reglamentos nacionales que puedan coincidir y armonizar internacionalmente. El Código no sólo tiende a garantizar la protección de los consumidores contra fraude y engaño, sino también facilita el comercio internacional. En el año 1999 la Comisión del Código Alimentario publicó la guía para producción, procesamiento, etiquetado y comercio de alimentos orgánicos (CAC/GL 32-1999). Esta guía del Código Alimentario permite evaluar las equivalencias requeridas para orgánicos, por esto la guía resulta ser instrumento indispensable para la preparación y evaluación de las entidades locales que certifican alimentos orgánicos, así como para establecer legislación y reglamentos al respecto en los países en desarrollo. La estructura y contenido del Código alimentario, es similar al Reglamento del Consejo Regulador de Producción Orgánica.

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Este Código Alimentario define que los alimentos orgánicos deben contener al menos 95% de ingredientes orgánicos, y que sólo ciertos ingredientes no agrícolas y de ayuda durante el proceso. Inspección y Certificación Directa La certificación directa a pequeños productores, cooperativas, procesadores y exportadores de alimentos orgánicos, se efectúa directamente mediante entidades acreditadas en la Unión Europea, Estados Unidos ó Japón. Estas entidades internacionales podrían también contratar personal local para certificación directa. (10) En el permiso de importación deberán mencionarse los datos de la agencia certificadora. El cuerpo de inspectoras confirmará sobre las equivalencias para certificación de acuerdo con el reglamento CR EEC 3457/92. Co-Certificación En caso de Co-Certificación, inspectores que no son reconocidos en el país importador, pueden operar en cocertificación, ya sea nacional ó internacional, conjuntamente y bajo supervisión de agencia certificadora para alimentos orgánicos. Certificación Local La inspección y certificación local puede ser efectuada a través de agencias residentes en el país exportador, operando sin capital de organismos internacionales, ó con una participación de capital internacional por debajo del 50%. Toman decisiones independientemente y son reconocidas en los países importadores. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Inspección A partir del año 1998 las autoridades inspectoras en la Unión Europea establecieron la supervisión obligatoria a todos los cuerpos de inspección activos en terceros países. La supervisión internacional por autoridades competentes en la Comunidad Europea, Estados Unidos y Japón, deberá ser aprobada y comprobada por los cuerpos de inspección en terceros países, lo cuales deberán someterse a las auditorias necesarias. (10) Las entidades certificadoras deberán formar parte del Foro Internacional de Acreditación (IAF) (International Accreditation Forum), y del European Cooperation of Accreditation (ECA) respectivamente. Los expertos que trabajan independientemente en representación de las agencias certificadoras, deberán reunir los siguientes requisitos: - Experiencia teórica y práctica en la aplicación del reglamento del Consejo Regulador. - Aprobar el curso de entrenamiento sobre normas de calidad ISO Guide 65 y EN 45011 en institución reconocida por el International Accreditation Forum ó el European Cooperation of Accreditation respectivamente. - Presentar declaración indicando independencia absoluta sobre los sistemas de producción orgánica sujetos a inspección. Certificaciones e Inspecciones en Terceros Países Se efectuarán inspecciones en toda la cadena productiva, desde la producción y procesamiento de los alimentos orgánicos, hasta su exportación, lo cual deberá quedar AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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demostrado mediante los reportes de inspección y la documentación de certificación apropiada. La inspección comienza con la descripción de la Unidad de Producción Orgánica que está sometida a la auscultación de sus sistemas de producción, los cuales deberán funcionar totalmente independientes y separados en espacio, tecnología y organización, de las Unidades de Producción Convencionales. En la primera inspección se establecen los antecedentes de la Unidad de Producción Orgánica que sirven de guía para conocer en caso algunas partes del sistema de la Unidad de Producción no reúnan los requisitos. El reporte de inspección es firmado por el inspector y por la persona responsable de la inspección en la Unidad de Producción. Este reporte sirve de base para la decisión sobre la certificación. En los años siguientes durante los períodos de conversión, las inspecciones son conducidas anualmente, para otorgar ó renovar los Certificados de Producción Orgánica. Certificados pueden expedirse también a unidades de producción agropecuaria que se encuentren en proceso de conversión para obtener la certificación orgánica. En el caso de empresas procesadoras y exportadoras no se requiere período de conversión, sino que manejen productos orgánicos aprobados y certificados. Productores en pequeña escala en cooperativas deben someterse a un control interno anual. Dicho control interno deberá ser introducido y ejecutado en la cooperativa. La AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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documentación típica en los sistemas de control interno, consiste en: 1. Los contratos entre cada productor y la cooperativa. 2. La descripción de todas y cada una de las Unidades de Producción que producen alimentos orgánicos en la cooperativa. 3. Reportes internos de inspección. 4. Documentación de la cooperativa que muestre las sanciones que serían aplicadas a los productores que no cumplan con las normas establecidas. La entidad de inspección externa, revisa la documentación y analiza la efectividad en la aplicación de las reglas internas y externas. Los procesos de inspección en las Unidades de Producción Orgánica, depende entre otros factores, de la calidad en los sistemas internos de control. Los resultados de las inspecciones internas que regularmente se realizan sobre la base del reglamento de producción, deben ser cuidadosamente documentados. (10) Control de Calidad ISO 65 y EN 45011 En el mes de Mayo del año 1985, el Consejo Europeo aprobó el New Approach to Technical Harmonization and Standardization, o sea el nuevo acuerdo de acercamiento a los estándares técnicos de calidad, con la finalidad de ampliar las áreas de comercio en la Comunidad Europea, e incrementar la confiabilidad en la calidad de los alimentos orgánicos, y en los servicios relacionados. Dicho acuerdo permitió un nuevo tipo de legislación basada en los AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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estándares internacionales de calidad elaborados por la International Organization of Standardization (ISO), los cuales fueron transferidos a la Unión Europea en organismos como el CEN y el CENLEC. En el año 1995, el Consejo Europeo Regulador de la Agricultura Orgánica establece que a partir de Enero 01, 1998, los cuerpos de inspección autorizados para certificar productos orgánicos deberán comprobar que tienen conocimiento absoluto del Standard de Calidad Europeo EN 45011. (11) La norma EN 45011 corresponde a la norma ISO Guide 65 del año 1996 que se usa en Estados Unidos. Ambas normas de calidad, ISO Guide 65 y EN 45011 describen los requisitos, estructura y procedimientos para las entidades de certificación de alimentos orgánicos, a fin de asegurar su operación de manera constante y eficiente. Mientras que el Consejo Regulador usa el término "entidad inspectora", en la norma ISO Guide 65 y en la EN 45011 se usa el término "entidad certificadora", ambos términos son sinónimos. En las normas ISO Guide 65 y EN 45011, el término "producto" se usa en su más extenso sentido, y comprende también procedimientos. Esto es importante porque la certificación de los sistemas de producción orgánica, está basada en la evaluación de los procedimientos de producción. En éste sentido, cabe señalar que no sólo los sistemas de producción deberán ser certificados, sino también las AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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entidades inspectoras y certificadoras de productos orgánicos, las cuales estarán sujetas a las normas ISO Guide 65 y EN 45011. Las normas ISO Guide 65 y EN 45011 indican que las decisiones de las entidades certificadoras deberán ser imparciales y no discriminatorias, lo cual significa que las condiciones deben ser claras para cada entidad que solicita inspección y certificación orgánica, y la solicitud de certificación debe hacerse también de manera transparente. Es decir, la estructura organizacional por sí misma deberá ofrecer imparcialidad en todos casos. Sistemas de Control de Calidad Un buen control de calidad debe constantemente evitar errores que incrementan los costos. Es decir, el control de calidad debe ser un proceso dinámico. Un sistema de control de calidad es un modelo estructurado que muestra la organización y los procesos de producción a la entidad certificadora de productos orgánicos. Es muy importante que todas las personas que participan en la organización y la producción, entiendan cabalmente las políticas de calidad y las implementen. Para fines de coordinación e implementación se requiere nombrar un responsable del control de calidad que reportará directamente al responsable de la certificación en la Unidad de Producción. La política de calidad debe ser transparente y compresible. La política de calidad indicará entre otras cosas, los procedimientos específicos de inspección en comparación con los de otros proveedores, su finalidad (ej. protección al AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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consumidor, eficiencia en los procesos, evitar errores.), la forma como la política de calidad define los objetivos a lograr (ej. optimización de los procesos, capacitación.). Es conveniente formular los objetivos de tal manera que puedan ser medidos. La política de calidad deberá ser revisada con regularidad y actualizada en caso necesario. Evaluación de la Calidad En las normas de calidad ISO Guide 65 y EN 45011 se establece la realización de revisiones y auditorias internas en los sistemas de calidad. Las autorías internas son para comprobar la funcionalidad y eficiencia de los sistemas de calidad implantados por entidades certificadoras y puestos en práctica, a fin de solucionar errores y descubrir puntos débiles en la Unidad de Producción. Los requerimientos para la realización de auditorias internas en los sistemas de calidad, se describen detalladamente en la norma ISO Guide 10011 del año 1990. Y las medidas correctivas se describen en el Manual de Estándares Internacionales SOP. Inspectores Locales A través del tiempo, las actividades de inspección y certificación en los sistemas de producción orgánica, podrán irse efectuando mediante entidades locales en los países en desarrollo. De éste modo se garantizaría un menor costo de las certificaciones para pequeños productores y cooperativas que

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desean exportar a la Unión Europea, Estados Unidos y Japón. De éste modo se evitaría la indeseable dependencia (BioColonialismo) que va en contra del desarrollo. Los requisitos para inspectores y certificadores locales serán en éste mismo sentido: independencia y objetividad, personal calificado internacionalmente y establecimiento de un buen sistema de inspección. A las entidades inspectoras no se les permite llevar a cabo actividades que pudieran causar conflicto de intereses, y que por ésta razón la inspección y certificación no pudieran operar de forma neutral y objetiva como lo marca la Federación Internacional de Agricultura Orgánica (International Federation of Organic Agriclture Movements (IFOAM) que también considera las normas existentes en la Unión Europea, Estados Unidos y Japón, coincidentes con las del Código Alimentario. Legislación en Países en Desarrollo Algunos gobiernos de los países en desarrollo, están tratando de facilitar al los productores el acceso a los mercados de alimentos orgánicos en los países desarrollados, esto es mediante legislación que comprende reglamentos para la agricultura orgánica. Sin embargo, los procesos para formular la legislación tardan por lo general demasiado tiempo, aún cuando la parte esencial de la legislación está ya descrita en el Código Alimentario de la FAO, y el los reglamentos existentes en la Unión Europea, Estados Unidos y Japón.

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En éste sentido, lo más importante sería la aceptación general entre las partes que integran el proceso nacional, ya sean representantes gubernamentales, productores, procesadores, exportadores, importadores e instituciones de protección al consumidor en los países en desarrollo. Se afirma que los involucrados deberán considerar que el objetivo es tener una mayor transparencia en los mercados, y protección al consumidor, pero particularmente mayor posibilidad para acceder a los mercados internacionales.

3. SERVICIO DE CERTIFICACION ORGANICA EN EL ECUADOR El servicio de certificación en el Ecuador es actualmente ofrecido por agencias certificadoras europeas, norteamericanas y latinoamericanas, que en parte tienen representación. Uno que otro cuenta con inspectores locales capacitados. Las primeras certificaciones de productos orgánicos datan de 1994. Las certificadoras activas en el país son BCS (alemana, 70 - 80% del mercado de certificación en el Ecuador), OCIA (EE.UU.), Biolatina (5 países sur y centroamericanos), Ecocert (francesa) y Naturland (alemana). (7) No existe un ente certificador nacional. La Corporación de Productores Biológicos PROBIO, que certificaba hasta hace poco según normas propias no reconocidas internacionalmente - para sus miembros, ha dejado de hacerlo y optó para buscar alianzas en el país para promover un ente certificador nacional independiente. Este proyecto se AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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justificaría especialmente si el mercado interno sea lo suficientemente interesante para establecer un sistema de certificación con precios locales y más accesibles para el pequeño productor. Mientras, las experiencias con certificadoras propias en países como Argentina, México o Bolivia muestran que es difícil ofertar este servicio a precios más bajos que las internacionales, también porque la acreditación ante los organismos reguladores en los mercados de destino es costosa. Para el funcionamiento de un sello orgánico para el mercado nacional, seria indispensable contar con un marco legal de normas/leyes sobre la producción orgánica, certificación y acreditación; un proyecto que esta llevando adelante el Ministerio de Agricultura (SESA, DITTE). Esto tendría la ventaja de evitar la competencia desleal y fraudes con productos falsamente denominados orgánicos, entre otras. La funcionalidad del sistema de control depende de la capacidad presupuestaria del estado en mantenerlo, como muestra el ejemplo de Colombia. Asimismo el tema es de alta prioridad, puesto que la Unión Europea ha anunciado que no aceptará productos orgánicos de países que no hayan logrado hasta esa fecha la aprobación como país tercero con legislación equivalente. Los costos de la certificación dependen - aparte del número de hectáreas o parcelas del sistema de cobro: mientras hay agencias que cobran tarifas fijas y por días empleados, otros incluyen un porcentaje sobre las ventas. Para el caso de pequeños productores organizados también se usa sistemas internos de control más económicos. En general, el costo suele estar entre el 0,1 al 1% del valor FOB del producto exportado. Un costo aproximado promedio puede estar entre 1.500 y 3.000 USD para el primer año, pero mínimo en unos AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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500 USD. La renovación del certificado es anual y requiere inspecciones de control. En cuanto a la selección de la certificadora, entre los criterios decisivos debería estar: 1. La preferencia del cliente y/o la aceptación en el mercado de destino, 2. El costo y la calidad e integridad del servicio. 3. La producción orgánica en el Ecuador Aunque es menos costosa si se cuenta con una alianza estratégica con un certificador establecido internacionalmente. Esta iniciativa deberá coordinarse con el sistema nacional de Metrología, Normalización y Acreditación Comprende actualmente el banano y sus derivados (puré, flakes, polvo) y una variedad de otras frutas tropicales como el banano, orito, morado, mango, piña, arazá. Rubros importantes son el café y el cacao, la caña de azúcar y derivados, vegetales y hortalizas frescas y congeladas (brócoli, lechugas, aguacate, otros), hierbas y especias (pimienta); cultivos andinos como la quínoa, el amaranto y el chocho, productos provenientes de la recolección silvestre (hongos de bosques de pino, achiote, otros) y productos acuícolas (camarones). Las exportaciones más importantes actualmente son el banano, brócoli congelado, café, la quínoa y, en menor escala, cacao, camarón, mango, panela molida de caña y hongos secos. Los productos ecológicos se destinan a Europa, Estados Unidos y Japón. Se espera que en dos a tres años Ecuador ocupara el primer lugar de las exportaciones mundiales de banano orgánico certificado. Ecuador es el primer país que ha desarrollado la producción AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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de camarones orgánicos, con primeras exportaciones en el 2001. Existe un gran interés en la agricultura orgánica por parte de varios productores; desde grupos de pequeños productores asociados hasta grupos empresariales grandes y se espera que un crecimiento significativo del área certificada en los próximos años.

* = certificadas y en transición, estimados estimadas Fuente: Diagnóstico preliminar CORPEI, 2001 Pronto se contarán con nuevos productos como la piña, purés y concentrados de frutas y se registra a varios proyectos para otros productos horti-frutícolas, incluido espárragos, hierbas aromáticas, plantas medicinales y azúcar.

CERTIFICADORAS ACENTADAS EN EL ECUADOR

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BCS Ecuador le brinda un servicio profesional y personalizado en la Certificación Orgánica y GLOBALGAP (originalmente EurepGap) de sus productos. (23) A través de la casa matriz en Alemania y sus 20 oficinas en diferentes partes del mundo, se ha logrado construir una red de servicio total. Certificación Orgánica * Productos agrícolas y pecuarios * Las organizaciones de pequeños productores, mediante un Sistema Interno de Control * Plantas de procesamiento * Recolección Silvestre * Exportadoras e Importadoras * Evaluación de Insumos Agrícolas aptos para la Agricultura Orgánica Certificación GLOBALGAP * Frutas Frescas y Hortalizas * Flores y Ornamentales * Café Verde Certificación Nacional BCS ÖKO GARANTIE Cía. Ltda. como instituto independiente de control, y en cumplimiento de la Resolución Nº 16, publicada en el Registro Oficial Nº 152, de Jueves 24 de Noviembre del 2005, procede a obtener ante el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria SESA, el Certificado AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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de Registro Nº P.O.A. SESA – 0000001, como parte de los requisitos previos para la Acreditación Nacional por parte del Organismo de Acreditación Ecuatoriano OAE. Motivo por el cual BCS ÖKO GARANTIE Cía. Ltda. pone a disposición del mercado nacional, llevar a cabo la ejecución del Decreto Presidencial 3609, Acuerdo Ministerial 177, para la producción agrícola, pecuaria, apícola, etc. de alimentos orgánicos. (Anexo 7) Durante años de servicio BCS ÖKO GARANTIE Cía. Ltda. adquirió un fundamento sólido de una empresa totalmente independiente, imparcial y profesional, a través de la acreditación según norma internacional ISO 65; BCS asegura que se sigan manteniendo estos logros, con la acreditación Nacional ante el OAE (Organismo de Acreditación Ecuatoriano). Como ente de control independiente, BCS ÖKO Garantie Cía. Ltda. es una empresa privada cuyos recursos provienen de los servicios de certificación que oferta. BCS como empresa que maneja una imagen internacional, mantiene los mismos requisitos para los programas de inspección en el campo Agrícola, Pecuario, Apícola, etc. catalogo de sanciones que se encuentran descritos para la certificación CEE 2092/91, considerando siempre que se enmarque dentro del Decreto Presidencial 3609, que expide el Acuerdo Ministerial Nº 177, Reglamento de la normativa de la producción orgánica agropecuaria en el Ecuador.(Anexo 7) Como Certificar sus productos

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Co esta certificación se le abrirá el mercado a nivel mundial: Comunidad Económica Europea, EEUU, Japón, Canadá, Suiza entre otros. El sistema alcanza desde la siembra de la materia prima hasta la percha en los supermercados.

OCIA La Asociación para el Mejoramiento de Cultivos Orgánicos, Inc. (OCIA, por sus siglas en inglés) es un líder acreditado mundialmente en el movimiento orgánico. OCIA certifica a miles de productores y procesadores en 19 países de América del Norte, Central y del Sur y el Borde Pacífico. (23) Como una agencia de certificación sin fines de lucro y la cual es propiedad de sus miembros, OCIA está comprometida a mantener el alto nivel de integridad orgánica de sus servicios y productos certificados. También está comprometida a asegurar que sus miembros puedan tener acceso al mercado global. Para cumplir con este cometido, OCIA: • Es un miembro acreditado de la Federación Internacional de Movimientos Agrícolas Orgánicos (IFOAM, por sus siglas en inglés) AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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• Está acreditado por ISO-65 • Acreditado bajo el Programa Orgánico Nacional (NOP, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos. Adicionalmente, OCIA Japón está autorizada para certificar productos orgánicos de acuerdo a los Estándares de Agricultura de Japón (JAS, por sus iniciales en inglés). OCIA certifica lo siguiente: ♦ Productor ♦ Procesador/Fabricante ♦ Intermediario/Comerciante ♦ Almacén ♦ Grupo Comunitario de Productores La certificación orgánica bajo OCIA es un proceso riguroso, imparcial y transparente, el cual asegura que los requisitos en el Manual de Estándares de OCIA. Para el consumidor, este estricto procedimiento representa una garantía de pureza e integridad orgánicas. La certificación bajo OCIA incluye: Adherencia al Manual de Estándares de OCIA, el cual detalla los métodos y materiales autorizados a ser usados durante el cultivo y procesamiento. Mantenimiento de documentación precisa y extensa que apoye a la integridad orgánica de su operación. Consentimiento a inspecciones anuales, incluyendo inspecciones no anunciadas de verificación realizadas por inspectores orgánicos independientes aprobados por OCIA Internacional. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Los miembros de OCIA tienen la opción de escoger entre dos programas de certificación: El Programa NOP Este programa certificará bajo los estándares del Programa Orgánico Nacional de los Estados Unidos. El programa del NOP, el cual es obligatorio para productos que serán vendidos en los Estados Unidos, será acreditado por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés). El Programa de OCIA Internacional Este programa incluirá certificación bajo el programa del NOP, más los Estándares Internacionales de OCIA. Éste continuará siendo acreditado por IFOAM e ISO 65. El programa de OCIA Internacional es opcional, pero es importante para aquéllos que desean ganar acceso mercantil a mercados internacionales particulares, especialmente mercados europeos. ECOCERT: Producir y comprar productos ecológicos con toda confianza: con la ayuda de ECOCERT. Hoy en día, los productos ecológicos cubren una línea completa de alimentos: frutas frescas, verduras, productos lácteos, carne, cereales, bebidas y toda clase de alimentos elaborados. El mercado de los alimentos ecológicos es un sector creciente que necesita controles y garantías de confianza. Proteger tanto el consumidor como el operador ecológico (incluyendo agricultores, transformadores, AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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importadores, exportadores y negociantes) es imprescindible para el desarrollo futuro del sector. La legislación orgánica debe establecer el marco legal que debe ser implementado por una certificación orgánica fiable. (23) Compañías en Europa ECOCERT es una compañía de inspección y certificación que verifica la conformidad de los productos ecológicos basándose en las regulaciones orgánicas europeas y los estándares nacionales e internacionales. ECOCERT está representada en Francia, Bélgica, Italia, Portugal, Alemania y España a través de compañías aprobadas por las respectivas autoridades nacionales competentes para realizar actividades de inspección y certificación de acuerdo con el Reglamento 2092/91 modificado. Operaciones internacionales ECOCERT SA, con su oficina en Alemania, realiza inspecciones y certificaciones de acuerdo con las regulaciones europeas y los estándares nacionales aplicables, como NOP para los Estados Unidos y como JAS para el Japón, en países que no son miembros de la Comunidad Europea. Actualmente, ECOCERT ofrece sus servicios en unos 70 países en Asia, Oceanía, África, América Latina y Europa del Este. Si es posible, ECOCERT asigna las inspecciones a inspectores locales disponibles, desarrollando las capacidades locales asistiendo un programa riguroso de capacitación y de visitas de inspección supervisadas. ECOCERT ha establecido oficinas en varios países para ayudar a organizar las inspecciones a nivel local y brindar sus servicios más de manera más eficaz al cliente. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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El número y la variedad de operadores certificados están creciendo rápidamente e incluye fincas agrícolas así como unidades de transformación, importación, exportación y comercio. Garantía ECOCERT SA ha sido acreditada de acuerdo con la norma ISO Guía 65 (EN45011) para sus actividades internacionales por el COFRAC, agencia pública francesa de acreditación. Por ser miembro de la AE y de la IAF, el COFRAC es un organismo de acreditación reconocido internacionalmente. El proceso de acreditación incluye auditorias en nuestras oficinas y auditorias de clientes escogidos de unidades agrícolas, de transformación o de comercio. Así aseguramos que nuestra competencia, eficiencia, independencia e imparcialidad sean continuamente supervisadas y mantenidas. Si es requerido en países con legislación orgánica nacional, ECOCERT procede a obtener la acreditación de acuerdo a los requisitos nacionales respectivos para permitir a sus clientes de mantener sus negocios a pesar del número creciente de barreras legislativas nacionales. Aunque la acreditación ISO Guía 65 es suficiente para acceder a los mercados europeos, a veces son necesarias acreditaciones nacionales adicionales. ECOCERT ha sido acreditada en los Estados Unidos de acuerdo a la norma NOP y en Japón de acuerdo a la norma JAS para productos ecológicos. La inspección y certificación son la contribución de ECOCERT para crear la confianza necesaria para el desarrollo del mercado ecológico y asegurar la credibilidad en los intercambios comerciales. Nuestro método riguroso de inspección crea confianza y respeta la seguridad de todos. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Nuestra garantía se manifiesta a través de nuestro nombre y logotipo registrados que pueden aparecer en las etiquetas de productos debidamente certificados. ECOCERT tiene sus raíces en la agricultura orgánica; fue creada en el año 1991 por un grupo de agrónomos llenos de entusiasmo cuando el Reglamento de la Unión Europea sobre productos ecológicos estaba a punto de publicarse. El grupo de inspectores internacionales y locales está constituido por técnicos formados en agricultura y tecnología de los alimentos. Especializados en inspección, ellos controlan diariamente si las normas de manejo de la calidad orgánica (Regulación CE 2092/91, norma europea EN 45011, normas nacionales) son respetadas. Con el tiempo, ECOCERT ha llegado a ser considerada un soporte fiable de las líneas alimentarías ecológicas y un enlace eficiente con las autoridades competentes. Los inspectores y el personal de certificación de ECOCERT tienen muchos años de experiencia. Nuestros numerosos contactos y la experiencia adquirida a lo largo de los años en las inspecciones y el servicio de certificación han conllevado a nuestra credibilidad internacional en el mercado. Nosotros somos completamente independientes e imparciales. Simplemente aplicamos las regulaciones orgánicas y no ofrecemos ninguna consultoría o soporte de comercialización. Si las normas no son enteramente respetadas, los productos no obtendrán la certificación orgánica. Somos aceptados como un intermediario sincero que fomenta el desarrollo del mercado ecológico. El equipo de ECOCERT está constituido por profesionales comprometidos a la agricultura orgánica y la conservación del AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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medio ambiente. Integridad, servicialidad y eficiencia son requeridos de todo el personal. Los certificados de ECOCERT son aceptados en todos los mercados principales debido a sus múltiples acreditaciones. La marca de certificación de ECOCERT es una de las marcas líderes de certificación orgánica al nivel internacional, disfrutando de una gran reputación y confianza entre los consumidores y la industria orgánica. ECOCERT ayuda sus clientes a superar los obstáculos del mercadeo relativos a las regulaciones orgánicas. Con respecto la Unión Europea esto incluye apoyar a los importadores a obtener los permisos de importación. Los procedimientos de ECOCERT son claros y fáciles a entender. Los procedimientos son llevados a cabo por inspectores y personal altamente calificados y comprometidos. ECOCERT tiene como objetivo un sistema de inspección rentable y por consiguiente, combina las inspecciones aplicando diferentes sistemas de certificación o comparte las inspecciones con otras agencias de certificación. El calculo de costos de ECOCERT es transparente y establecido previo al compromiso del cliente. Los honorarios están calculados de acuerdo al tiempo requerido para un servicio dado y los gastos correspondientes. No se cobran derechos para el certificado o el uso de la marca (label). Los inspectores y el personal de ECOCERT son generalmente capaces de comunicarse con Usted en su AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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propio idioma. Intercambio fácil y entendimiento claro son principios de nuestra política de comunicación. ECOCERT informa constantemente a sus clientes sobre las actualizaciones regulatorias necesarias y los cambios en el sistema de certificación aplicado.

Una empresa joven con mucha experiencia enfoca en los siguientes principios para la certificación orgánica y de buenas prácticas: (26) Transparencia •

Nuestros criterios, principios y la interpretación de las normas son claros, y accesibles para el público. No tema encontrarse de pronto con nuevas exigencias desconocidas.

Eficiencia •

Tramitamos su solicitud de certificación en el menor tiempo posible



Normalmente contestamos sus preguntas en máximo tres días

Una relación justa •

Ponemos a su disposición la herramienta para que Ud. auto-evalúe la conformidad del manejo de su finca o empresa con las respectivas normas, y define sus acciones correctivas. Nosotros le apoyamos en este proceso, y realizamos la auditoria externa necesaria.

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  •

Creemos en la responsabilidad propia de la empresa.

Basado en una experiencia larga. Los socios y gerentes de CERES, Martin WeinschenkFoerster, Dr. Bernhard Schulz y Albrecht Benzing •

Tenemos entre 10 y 25 años de experiencia en agricultura orgánica



Todos trabajamos en América Latina, Asia y África entre 4 y 10 años



Fuimos responsables del departamento internacional de la certificadora BCS Öko-Garantie hasta Julio 2004.

Acreditación CERES es acreditada/registrado para la certificación de acuerdo a las siguientes normas: Reglamento (CEE) 2092/91, USDA/NOP), JAS Orgánico, EurepGAP, Utz Kapeh, Starbucks C.A.F.E. Practices, Bird Friendly Coffee BRC y IFS. Pruebas respectivas se encuentran bajo certificados de acreditación y de registro. Procedimientos y principios claramente definidos para •

Agricultores y grupos de agricultores



Apicultores



Empresas de recolección silvestre



Procesadoras



Comerciantes



Certificación de insumos para la agricultura orgánica

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Una sola inspección cubriendo todas las normas solicitadas, incluyendo aquellas de organizaciones privadas, como Naturland, Demeter, BIO SUISSE y Soil Association Certification, con quienes cooperamos. Nuestro nombre hace referencia a la romana, en la cual "Ceres" era la diosa equivalente a la diosa griega Demeter. plenitud de las cosechas y era un símbolo suelo.

antigua mitología de la agricultura, Representaba la de la fertilidad del

Control de calidad: •

Reduciendo los procedimientos burocráticos al mínimo necesario



Asegurando un trato consecuente, imparcial e igual para todos los clientes



Abierto para todo tipo de críticas y propuestas de mejoramiento



Con procedimientos claros para evitar conflictos de interés y corrupción

4. Inspección, control y certificación La certificación es - en general - un procedimiento voluntario, mediante el cual una tercera instancia independiente (la certificadora) ofrece una garantía por escrito como resultado de un proceso de seguimiento realizado mediante inspecciones y relevamientos in situ, de que un producto, proceso o servicio cumple con una normativa. (10) AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Previo a la certificación, extendida por el ente certificador, se realiza la inspección de la unidad de producción (incl. de elaboración, empaque, de importación o exportación, si fuese el caso). Los métodos empleados van desde controles físicos de campos, almacenamiento y unidades de transformación, una encuesta sistemática según un programa obligatorio de control (aprobado por la autoridad de supervisión/acreditación) y el chequeo de la contabilidad. El resultado es el informe de inspección. El control es el proceso continuo de supervisión del cumplimiento de las normas a una unidad sometida al sistema obligatorio de control, y como tal puede incluir medidas como el muestreo en el mercado, obtención de muestras para análisis de laboratorio, verificación del etiquetado y el contra chequeo permanente de las cantidades comercializadas, entre otros. La certificación como resultado del proceso de calificación de los procedimientos y/o productos, se basa en la verificación del cumplimiento de las normas definidas. Usualmente un comité de certificación toma las decisiones y determina recomendaciones, obligaciones y sanciones. Se distinguen básicamente dos tipos de certificaciones: 1. Certificación del uso de un sello privado (OCIA, NATURLAND; DEMETER, QAI), en base a normas obligatorias para los miembros de una organización dueña del sello. 2. Certificación según normas legales en base de reglamentos/leyes, realizada por agencias certificadoras independientes (acreditadas por autoridades gubernamentales de control). AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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La diferencia entre ambos ha perdido de importancia últimamente, debido a la tendencia de unificación de estándares nacionales/supranacionales, por lo que los organismos de certificación de sellos privados también se acreditan ante autoridades gubernamentales. Muchos certificadores también son miembros de la Federación Internacional de Movimientos de la Agricultura Orgánica - IFOAM, con sede en Alemania. Desde pocos años también es un deber para las certificadoras, cumplir con las normas ISO 65 (normas de calidad para entes certificadores). El aumento de las exigencias de acreditación y 3. Vale destacar aquí, que el sello "ECO OK" concedido por la Rainforrest Alliance de EEUU no es por lo tanto aceptada como certificación orgánica, ya que no prohíbe del todo el uso de químicos de síntesis, sino trata de reducir su uso sistemáticamente, entre otras condiciones. Definición de la International Standard Organization - ISO con sus respectivos costos, han llevado a que el numero de certificadores se reduzca Internacionalmente. INSPECCIÓN DE FINCAS ORGÁNICAS Se entiende por orgánico, a todo sistema de producción sustentable en el tiempo, mediante el manejo racional de los recursos naturales, sin la utilización de productos de síntesis química, que brinde alimentos sanos y abundantes, y mantenga o incremente la fertilidad del suelo y la diversidad biológica. Para que un producto sea considerado orgánico, y por lo tanto para que sea comercializado como tal, es necesario que AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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el mismo tenga un certificado que lo avale. Este es entregado, luego de una serie de etapas que se deben cumplir exhaustivamente, por una Agencia Certificadora. Uno de esos pasos es la Inspección. El objetivo de la inspección de una finca donde se realiza producción orgánica, es establecer, a través de un inventario completo, cual es la forma de producción, procesamiento, almacenado, etiquetado y transporte de los productos. Existe la figura de un inspector calificado y capacitado que recolecta la información que encuentra en el campo y revisa toda la documentación adjuntada por el productor, para que un equipo acreditado que forma parte de la agencia certificadora llamado Comité de Certificación, dé el veredicto final acerca del tipo de producción que se realiza en la finca. El inspector no hace recomendaciones al productor de cómo llevar adelante la producción orgánica, se remite a observar y documentar la operatoria que se realiza en la misma. Es decir que su actividad es la de auditar lo que ocurre en todas las etapas de la cadena productiva dentro de la finca. Posteriormente realiza la verificación de la información recabada para poder informar. Todo lo que se realiza en la finca es tenido en cuenta a la hora de definir si la producción orgánica se ejecuta en forma correcta y será o no certificada. Es por eso que, el control debe ser exhaustivo, tanto en la producción como en la contabilidad (pagos, compras, cantidades producidas, cantidades vendidas, etc.). El productor todo lo tiene que demostrar, para que la inspección resulte un éxito. Cuando una finca solicita una certificación, es importante tener en cuenta la evaluación de los posibles riesgos que puedan encontrarse en la misma, como ser, la mezcla de AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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productos, la contaminación con otros productos, las zonas de amortiguamiento que hay entre un cultivo convencional y uno orgánico, entre otros. En los Estados Unidos, el 20 de octubre de 2002, fue aprobado un nuevo reglamento de producción orgánica, del Programa Nacional de Orgánicos (NOP). Los inspectores tienen que estar permanentemente actualizados, ya que se producen cambios a los que ellos mismos tienen que ajustarse en el momento de una inspección. Además existen diferencias entre las normas de USA y las de la UE, que deben ser conocidas por los inspectores de las Agencias Certificadoras. Un ejemplo, válido de destacar es el caso de las producciones paralelas, que son permitidas por las legislación norteamericana y prohibidas por la legislación de la UE. Vale aclarar que una producción paralela se produce cuando hay en una finca un mismo cultivo con la misma variedad, en forma orgánica y convencional en forma simultánea. Mientras que las normas americanas permiten la producción mixta tanto como las europeas, pero estas últimas presentan algún tipo de restricciones, mientras que Suiza, no la permite. Aclaramos que una producción mixta se da cuando en una finca hay distintos cultivos producidos orgánicamente y en forma convencional. En aquellos proyectos con producciones mixtas, el inspector DEBE inspeccionar tanto la producción orgánica como la convencional. El inspector tiene por función, observar todo lo que ocurre en la finca, registrarlo, anotar todo lo extraño que observe y buscar evidencias, pudiendo encontrar “posibles no conformidades” que serán analizadas y evaluadas finalmente por el Comité Certificador de la Agencia Certificadora a la AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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cual el productor se solicito la inspección. Los registros hacen certificables los procesos. La responsabilidad del inspector es cruzar información, de la que obtiene en el campo con la administrativa, es decir todas las planillas que el productor debe llevar relativas a compras, ventas, transporte, almacenamiento, manejo operativo y productivo, etc. El productor debería contar como mínimo con la siguiente documentación: • Historial de la finca, con la información de cómo mínimo 3 años antes del inicio de la actividad orgánica • Mapa de la finca, con nombres de los vecinos, norte geográfico, accidentes geográficos, referencias, lotes, nombre de los cultivos indicando se son orgánicos y/o convencionales • Tipo de semillas utilizadas (si son orgánicas o convencionales) • Registros de actividades en la finca: siembra, manejo del cultivo, información de compostaje, cosecha, producción y venta, limpieza y mantenimiento. • Registros de insumos utilizados • Registro de productos almacenados • Etiquetas acreditadas por la Agencia Certificadora para productos orgánicos Las normas son diferentes para cada país y es importante ajustarse a ellas. A su vez, los inspectores tienen que conocer muy bien las normas de las agencias con las cuales trabajan. Es importante que el productor inspeccionado tenga AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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claro que un inspector no es un certificador, si rol es el de recolectar la información para que posteriormente, la Agencia Certificadora, otorgue o no el correspondiente certificado. La inspección es un paso muy importante previo a la entrega de una certificación y por lo tanto es indispensable la inspección de cada una de las partes que conforma la cadena del producto orgánico. La inspección de la finca se realiza cada año. Que haya sido inspeccionada no significa que su producción se encuentre certificada. Al inicio de una actividad productiva que solicita ser certificada, transcurren entre dos y tres años, dependiendo del cultivo, antes de que la misma pueda comercializar su producción con etiquetado que indique que es Certificada. En ese período la producción se encuentra “En transición”. La nueva normativa de USA, hace mención a varios ítems relativos a la inspección en el terreno, indicando la posibilidad de revisitas dentro año anunciado o no y la solicitud por parte de un organismo gubernamental de inspecciones adicionales para verificar el cumplimiento de la ley (NOP 205.403) El inspector da por terminado su trabajo de inspección, cuando entrega su informe al Comité de Certificación, quien es el único en tomar la decisión en cuanto a si la producción que solicita ser certificada cumple con todos los requisitos. INSPECCION DE PROCESAMIENTO EN FINCAS Es la inspección de los procesos que se realizan dentro de la finca, como ser la extracción de miel, el secado de especies aromáticas, limpieza de granos, elaboración de jugos, mermeladas, jaleas, lavado y empaque de frutas y hortalizas, AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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procesado de la caña en el trapiche, chancado del café, etc. No se encuentra en las NOP precisamente como procesamiento “en finca”. No se incluyen operaciones de carácter industrial. Según NOP 205.2, procesamiento consiste en “cocina, hornear, curar, calentar, secar, mezclar, moler, batir, separar, extraer, sacrificar animales, cortar, fermentar, destilar, destripar, preservar, deshidratar, congelar, enfriar o de otra manera procesar. Incluye el empaque, enlatado, envasado o de otra manera encerrar alimentos en un envase.” Para la inspección de un proceso, hay que conocer las etapas del mismo, desde el producto inicial al final, es decir todo el flujo de producción, identificando los puntos de control orgánico (PCO), ya que es allí donde, el producto orgánico puede perder su integridad, por ocurrencia de mezclas o contaminación. A la hora de inspeccionar el procesamiento en finca, el inspector debe tener en cuenta toda la operatoria, los materiales, las instalaciones, equipos y maquinarias donde se realiza el procesamiento, el sistema sanitario que tenga el establecimiento y el proceso, la capacitación permanente del personal, los registros (de limpieza, de temperatura, controles de plagas, de empaque, bodega, etc.) que se llevan para todas las etapas del proceso y las etiquetas que se usan para la identificación del producto elaborado. ETIQUETADO DE PRODUCTOS ORGÁNICOS Para que un producto pueda comercializarse como orgánico, el mismo debe contar con una certificación otorgada por una Agencia Certificadora acreditada y con reconocimiento internacional. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Según el Programa Nacional de Orgánicos (NOP) del USDA, los requisitos de etiquetado del nuevo programa, aprobado el 20 de octubre de 2002, se aplican a los productos crudos, frescos y a los alimentos procesados que contienen ingredientes orgánicos. Los productos orgánicos pueden contener distintos porcentajes de ingredientes de origen orgánico y por ese motivo, existen distintas formas de presentar las etiquetas de los mismos, siendo éstas las siguientes: En el frente de la etiqueta se puede utilizar la mención “100% ORGANICO, solo cuando el 100% de los ingredientes sean orgánicos. El sello tiene que tener la identificación de la Agencia Certificadora. En el frente de la etiqueta se puede utilizar la palabra ORGANICO, cuando el 95 al 99% de los ingredientes son orgánicos y 1-5% de los ingredientes no orgánicos sean permitidos. En el sello debe figurar la identificación de la Agencia Certificadora. Producto producido con un ingrediente orgánico: 70-94% de la materia prima es orgánica, siendo el resto, un producto permitido no orgánico. Esta mención puede hacerse en el frente del envase y el sello tiene que tener la identificación de la Agencia Certificadora. Si el porcentaje de ingrediente orgánico es menor del 70% la palabra orgánico debe ir solamente en la lista de ingredientes, identificando los que sean orgánicos. No puede indicarse en la etiqueta como producto orgánico. Se restringe también el tamaño de las letras que deben ser más pequeñas. Siempre debe decir “hecho con ingredientes orgánicos” y enumerando hasta tres ingredientes orgánicos. Por ejemplo una sopa está AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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hecha con hortalizas orgánicas y también pueden indicarse hasta tres de sus componentes ingredientes, ejemplo zanahoria, papa, perejil orgánicas. El sello no tiene que tener la identificación de la Agencia Certificadora. El sello o la marca de las Agencias Certificadoras de los productos pueden aparecer en el envase y también en los anuncios comerciales o publicidad que se haga de estos productos. Pero es importante cumplir con las reglas que indican donde se pondrá o exhibirá la palabra Orgánico. La identificación de la Agencia Certificadora, así como también de los procesadores, empacadores, embotelladores, distribuidores, importadores, manufacturadores, etc., debe ir con nombre y dirección.

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PASOS PARA LA OBTENCION DE LA CERTIFICACION ORGANICA según el Reglamento (CEE) 2092/91, el Programa Nacional Orgánico (NOP) de Estados Unidos y/o el Japanese Agricultural Standard of Organic Agricultural Products (JAS) Pasos marcados en rojo son necesarios solo en los casos señalados Paso 1

Postulante interesado cliente

/ / CERES

Primer con- Generalmente, la tacto persona interesada en la certificación se acerca con ciertas preguntas generales, referente a requerimientos de las normas, procedimientos, costo de la certificación

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La persona interesada recibe de CERES un primer paquete de informaciones, vía email, correo o fax. Muchas veces, por teléfono o en conversación personal se provee información adicional. El paquete incluye: • el presente documento, • una presentación de la empresa, • breves informaciones referentes a las exigencias en el área correspondiente Página 55 

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(por ejemplo producción vegetal, apicultura, recolección silvestre, procesamiento). • un formulario de aplicación. Se solicita a la persona o empresa interesada llenar el formulario de aplicación, con ciertos datos básicos de la unidad a certificarse. Esta solicitud escrita se revisa por CERES si el proceso es realizable. 2

Oferta

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Sobre la base de nuestras tarifas diarias y el tamaño de la unidad, calculamos el costo de la certificación. Enviamos una oferta escrita a la persona o empresa. Normalmente se trata de una cantidad fija, es decir que el cliente sabe de antemano lo que le va a costar la certificación – independientemente del tiempo que el inspector permanece en la finca o empresa. Solo los gastos de viaje y hospePágina 56 

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daje del inspector no están incluidos. Conjuntamente con la oferta, enviamos un contrato de certificación.

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Contrato

Una vez que el CERES devuelve una postulante y copia firmada del conCERES se ponen trato. de acuerdo en el precio, el postulante firma el contrato. Con eso se compromete a cumplir las normas orgánicas.

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Adelanto

El cliente paga el CERES envía al cliente 50% del precio un segundo paquete de acordado. informaciones, incluyendo, entre otros: • documentos, en los cuales CERES ex-plica con mayor detalle sus principios relacionados con ciertas interpretaciones de las normas, • las respectivas normas, • programa estándar de inspección • el plan de

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manejo orgánico.

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Elaboración del plan de manejo orgánico

El cliente llena el plan de manejo orgánico. El formulario invita al cliente a realizar al mismo tiempo una auditoria interna de su unidad, la cual le ayudará a identificar eventuales deficiencias, es decir aspectos, en los cuales la unidad (todavía) no cumple con la norma

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Acciones correctivas

En caso de que el CERES revisa el plan de cliente encuentra manejo considerables noconformidades, es prudente resolver estos problemas antes de que se realice la

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Si es que el cliente lo pide, un inspector de CERES puede ayudarle a elaborar el plan de manejo orgánico, en el transcurso de una pre inspección.

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inspección. Ejemplo: establecimiento de una separación clara entre orgánico y convencional en plantas de procesamiento. 7

Acordar in- El inspector y el cliente se ponen de acuerdo spección en una fecha para la inspección

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Inspección

La persona responsable debe estar presente, la documentación debería estar preparada. El informe de inspección es firmado por el cliente o una persona responsable.

El inspector verifica, si el plan de manejo corresponde a la realidad, y define eventuales acciones correctivas.

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Informe de Muchas veces, el inspección cliente tiene que entregar documentos adicionales.

Inmediatamente después de la inspección, el inspector termina de redactar su informe. Tan pronto tiene toda la documentación necesaria, envía todo a

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la central de CERES. 10 Evaluación

El informe es evaluado por el certificador responsable. A veces, se tienen que aclarar preguntas pendientes con el inspector.

11 Acciones correctivas

En algunos casos, como resultado de la inspección, ciertas acciones correctivas tienen que implementarse antes de emitir el certificado.

12 Factura final

Pago del 50% Emite la factura restante, más los gastos de viaje.

13 Certificado

Emite el certificado, lo envía por fax, después el original.

Fuente CERES Este proceso es aparentemente muy largo y complicado. Sin embargo, muchos de los pasos que aquí se presentan uno tras otro, en realidad se realizan en forma paralela. Los clientes pueden contribuir a acelerar el proceso: AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Pagando a tiempo

• Llenando inmediatamente y con información detallada los formularios, contratos etc. • Implementando inmediatamente eventuales acciones correctivas. Respecto a requisitos específicos de JAS (para el mercado orgánico japonés) o USDA-NOP (para el mercado orgánico estadounidense) por favor vea nuestros documentos "Introducción a la certificación JAS" (3.2.11) y la „Breve información sobre NOP“(3.2.10). Por favor tenga en cuenta, que empresas fuera de la Unión Europea, después de haber recibido su certificado, tienen que pasar por dos formalidades adicionales, antes de que el producto se pueda exportar a la UE: . • El importador en la UE tiene que solicitar una autorización de importación a la autoridad competente en su respectivo país. • Para cada envío, la certificadora responsable (en este caso CERES) tiene que emitir un certificado de transacción.

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5. EXPORTACION DE PRODUCTOS CERTIFICADOS ECUATORIANOS

ORGANICOS

TENDENCIAS Y MITOS DEL MERCADO Según el ITC, el comercio mundial de productos alimenticios ecológicos creció a una tasa anual promedio de entre 20 y 30% en los años noventa. Se estima que las ventas llegarán a 26 mil millones de USD, registrándose un crecimiento excepcionalmente alto sobre todo en Europa, de más de un tercio.

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Fuentes: ITC 1999, SIPPO 2001 Las cifras de crecimiento del mercado de alimentos orgánicos en los países desarrollados son notables, sobre todo si se toma en cuanta el crecimiento del mercado de alimentos convencionales que oscila entre 3 a 5 % anuales. Aparte de las preferencias del consumidor, entre los factores claves para este crecimiento constan: . • La disponibilidad cada vez mayor en las cadenas de supermercados, . • La aparición de sellos o marcas nacionales para productos orgánicos . (menos confusión y más confianza para el consumidor), .



La unificación de estándares nacionales.

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El mercado se ha caracterizado por tener una demanda que supera ampliamente la oferta y en consecuencia, por una participación significativa de las importaciones, generando oportunidades de mercado particularmente atractivas para los países de desarrollo que tienen la posibilidad de desarrollar cultivos ecológicos. Se espera que el mayor crecimiento en cultivos orgánicos se dé en estos países. Una clara tendencia es la demanda creciente por ingredientes orgánicos para la industria alimenticia (p.e. café, te, cacao, hierbas y especias, miel, nueces, cereales, semillas y semiprocesados, como purés y concentrados de frutas, fruta secas, aceites esenciales, aceites vegetales y grasas) y los así llamados productos "convinience" (p.e. mezclas de vegetales congelados). Contrario a fuentes periodísticas nacionales, el mercado de la Unión Europea no exige a partir del 2005 el certificado orgánico para banano. Esto tampoco es una tendencia para el futuro.

Tendencia de Precios: Dependiendo del producto, los precios en el mercado suelen tener un "premio" de entre un 20 a 40%, hasta un 100% y más frente al producto convencional. Analistas del mercado estiman que hay la tendencia a mediano y largo plazo de que el sobreprecio disminuirá, hasta reflejar la compensación por el menor rendimiento por hectárea frente a la producción convencional (siempre puesto que la oferta crezca hasta alcanzar los niveles de demanda). Ejemplos de estas AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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tendencias se dan recientemente en el caso del café orgánico, donde por la crisis actual de precios, muchos productores han ingresado a la producción orgánica, con efectos de un ajuste del precio hacia abajo.

6. MERCADOS INTERNACIONALES

ACTIVIDADES DEL CCI EN EL SECTOR DE LOS PRODUCTOS ORGÁNICOS En 1997, EL Centro de Comercio Internacional UNCTAD/OMC (CCI) inició un proyecto de investigación y desarrollo del mercado de los alimentos y bebidas orgánicos de países en desarrollo. El objetivo del proyecto, financiado con una donación del Gobierno de Dinamarca, es ayudar a los países en desarrollo, en especial, a los menos adelantados y a los países en desarrollo con bajos ingresos, a mejorar sus exportaciones de productos agrarios. (24) La primera fase del proyecto consiste en un estudio del mercado, que abarcará los siguientes mercados: Reino Unido, Suecia, Suiza, Alemania, Dinamarca, Francia y Países Bajos. Se espera publicarlo aproximadamente a finales del presente año. Hasta el momento de escribir esta nota se habían completado sólo cuatro estudios nacionales.

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El objetivo inmediato del estudio de mercado es conocer mejor los requisitos y las posibilidades que ofrece el mercado para determinados productos cultivados orgánicamente, y las actuales posibilidades y obstáculos de la oferta que permitan a los productores/exportadores iniciar actividades de desarrollo de las exportaciones, esperándose también que se pueda ayudar a los exportadores a encontrar nuevos abastecedores.

SITUACIÓN DE LA DEMANDA No existen estadísticas oficiales del comercio mundial de productos orgánicos, por lo cual es imposible dar una visión completa del comercio mundial de este grupo de productos. Sin embargo, es evidente que Europa (sobre todo la UE), los Estados Unidos y el Japón son, con creces, los mercados más importantes, aunque existen mercados pequeños pero interesantes en muchos otros países, incluidos varios países en desarrollo. Alemania es el mercado más importante de Europa, y probablemente representa una tercera parte del total del mercado europeo, seguida de Francia, el Reino Unido, los Países Bajos y un cierto número de mercados más pequeños. Otros países, por ejemplo Italia y España, son productores importantes (especialmente de frutos, incluidos los cítricos, y cereales) y son también mercados interesantes para los alimentos orgánicos. En la mayoría de los mercados, los productos orgánicos representan menos del 1 por ciento del mercado de AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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alimentos. Sin embargo, en algunos países, por ejemplo, Alemania, Austria, Dinamarca, Suecia y Suiza, la proporción parece ser del dos al tres por ciento. Las investigaciones iniciales muestran que la demanda de productos orgánicos por los consumidores está aumentando rápidamente en la mayoría de los grandes mercados. Las estimaciones comerciales indican que, hacia finales del siglo, los productos orgánicos podrían representar en algunos países entre el cinco y el diez por ciento del mercado total de alimentos. A continuación se describe brevemente algunos mercados. E.E.U.U. Los Estados Unidos son el importador mundial más importante de frutas y verduras. Normalmente, estas importaciones se realizan en temporadas opuestas a las de las cosechas de los Estados Unidos y representan una guía para la selección de los productos frescos orgánicos para exportar a los Estados Unidos. El consumo global per cápita de frutas y verduras está creciendo en los Estados Unidos. Desde 1989 a 1998, el consumo de frutas frescas ha aumentado en un 7,2 por ciento y el de verduras frescas en un 8,3 por ciento. (9) La promulgación de las Normas Orgánicas Nacionales y su promoción durante el período que precede a su plena aplicación en octubre de 2002 servirán para que el consumidor de los Estados Unidos se sensibilice más a los productos orgánicos. Desde 1999, las principales marcas de productos alimentarios de los Estados Unidos se han ido orientando cada vez más a los alimentos orgánicos. Las empresas más importantes han comprado las empresas de alimentos orgánicos que existían y han ampliado el surtido de las marcas nacionales existentes con una orientación AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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orgánica. Las fusiones realizadas dentro de la industria también han unificado las marcas de alimentos orgánicos y naturales para crear fuerzas de mercado más poderosas. Las entrevistas realizadas a industriales han indicado que otras empresas importantes de productos alimentarios de consumo de los Estados Unidos están preparando productos orgánicos para introducir en el mercado de los Estados Unidos. Como estos productos entran en el mercado de los Estados Unidos acompañados de sus presupuestos de publicidad, se prevé que el consumidor recibirá una nueva promoción de los productos orgánicos y, como consecuencia, se sensibilizará más a ellos. El sector minorista de los Estados Unidos responderá a esta demanda pública ofreciendo una gama más amplia de productos frescos orgánicos. Lo cual aumentará también las importaciones de dichos productos para asegurar su disponibilidad durante todo el año. Los recientes anuncios comerciales muestran esta tendencia. Pavich, el mayor productor de uvas frescas orgánicas de los Estados Unidos, ha anunciado un arreglo comercial destinado a llevar uvas orgánicas de Sudáfrica a los Estados Unidos para complementar su programa de comercialización cuando no se dispone de la producción local. Uno de los distribuidores entrevistados indicó que estaba interesado en productos tropicales. Otro señaló: “Yo podría comprar pimientos colorados orgánicos durante nueve meses en el año si pudiera encontrar una fuente”.

Cómo proceder AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Los exportadores de productos frescos orgánicos interesados en el mercado de los Estados Unidos deberían tratar de enviar sus productos durante el período invernal de ese país. Al examinar las distintas opciones de productos frescos, sería útil analizar las importaciones de productos semejantes que ya se efectúan en los Estados Unidos para determinar los meses del año en los que los Estados Unidos están importando determinados productos. La publicación comercial destinada a la industria de los Estados Unidos, The Pacher, publica una guía anual sobre la disponibilidad y comercialización de productos frescos (“Fresh Produce Availability & Merchandising Guide”) que ofrece informes sobre la disponibilidad en el mercado de más de 70 frutas y verduras diferentes, y muestra los promedios de producción de los Estados Unidos por estado así como las principales fuentes de importación y los meses en que se exportan a los Estados Unidos. Con muy pocas excepciones, el mercado de los Estados Unidos importa la mayor parte de las variedades de productos frescos que se venden en los Estados Unidos durante algunas temporadas. El programa debe embalar productos conforme a las especificaciones, o encontrar un importador clave en tres o cuatro zonas que los puedan re embalar de conformidad con las especificaciones comerciales de los Estados Unidos. Los Estados Unidos ofrecen oportunidades de mercado para las frutas y verduras comunes y exóticas. La nueces, los tomates, las uvas, los pimientos y las papas representan cada una más de 400 millones de dólares EE.UU. de importaciones cada año. Nueve verduras y seis frutas diferentes representan cada una un mercado de importación de más de 100 millones de dólares EE.UU. La creciente conciencia pública y el deseo de tener productos frescos orgánicos AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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durante todo el año hacen de los Estados Unidos una importante oportunidad de mercado. A medida que aumenta la demanda de mercado, los minoristas que venden también productos orgánicos tratarán de conseguir durante todo el año productos frescos orgánicos.

Entre las verduras orgánicas que cuentan con mayores perspectivas figuran las siguientes: Espárrago, congelado

fresco

Palta Frijoles, frescos congelados

o Berenjena

Calabacines

Escarola, fresca

Tomates

o Lechuga

Coles

Zanahorias, frescas o

Mostaza

congeladas

Okra, fresca congelada

Coliflor y brécol,

Cebollas

frescos/congelados

Pimientos

Apio, fresco

Papas, frescas o congeladas

Pepinos

Rábanos, frescos

FUENTE

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Ajo o Guisantes, incluidos los Garbanzos

USDA-NOP

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Entre las frutas y nueces orgánicas que cuentan con mejores perspectivas figuran las siguientes: Nueces y preparados Manzanas, frescas

Nueces de Macadamia

Uvas, frescas

Kiwi, fresco

Castañas de agua

Nueces de anacardo Avellanas

Nueces Brasil

Melones

Fresas, frescas congeladas

Cítricos, frescos

Peras

Castañas

Mangos

Pecanes

Pistacho

Piñas, frescas congeladas

del

o Ciruelas

o Otras nueces

Bayas, excluidas las Duraznos fresas FUENTE USDA-NOP Además de los productos convencionales, el consumidor de los Estados Unidos está experimentando una amplia gama de cultivos de especialidad. (9)

Sugerencias para entrar en el mercado de los Estados Unidos

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  •

Realizar análisis de algunos artículos para determinar el volumen actual de las importaciones convencionales de los Estados Unidos y los meses mejores para importar en dicho país, lo cual vale también para los productos frescos orgánicos.



Tomar contacto con la Embajada de los Estados Unidos o las oficinas gubernamentales para determinar las normativas y los requisitos fitosanitarios para la expedición de los productos frescos que se quieren enviar a los Estados Unidos.



Asegurarse de que la certificación orgánica será reconocida y aceptada en el marco de las Normas Orgánicas Nacionales de los Estados Unidos.



Investigar el mercado de los Estados Unidos y elegir algunos mercados para iniciar el mercadeo.



Identificar algunos posibles importadores para iniciar conversaciones sobre la importación de los productos en cuestión aunque probablemente habría que quedarse con uno o dos, al menos al principio hasta tener grandes cantidades para exportar.



Determinar los requisitos de expedición y manipulación para entregar un producto de calidad a los Estados Unidos.



Determinar la existencia de capacidad de expedición para transportar el producto a los Estados Unidos durante los períodos previstos.



Identificar, en colaboración con el importador, los requisitos en materia de calidad y las mejores

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condiciones de embalaje para el mercado de los Estados Unidos de los productos que se quieran exportar.

Japon Muchos comerciantes orgánicos (potenciales) ven en el Japón un mercado orgánico interesante para sus exportaciones. Su población de más de 126 millones de habitantes tiene un ingreso medio alto, y un porcentaje significativo de ese ingreso (20 por ciento) se invierte en alimentos. La población está envejeciendo rápidamente, y las preocupaciones por la salud han impulsado la demanda de productos “inocuos” y “limpios”. Además, la producción orgánica interna es escasa debido a la dificultad de producir alimentos sin productos químicos en el período productivo cálido y húmedo. Aunque se prevé que la producción interna aumentará en los próximos años, la demanda de productos orgánicos será siempre muy superior a la oferta interna, lo que abre la posibilidad de volúmenes considerables de importaciones. (13) En el presente informe se ha mostrado, sin embargo, que existen problemas importantes que limitan el crecimiento del mercado orgánico e impiden las importaciones de frutas y verduras orgánicas frescas. La limitación más importante consiste en ciertos requisitos fitosanitarios exigentes, que obligan a fumigar los productos orgánicos importados con la consiguiente pérdida de su etiqueta orgánica. Además, AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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debido a la confusión que existió durante el último decenio sobre la definición de “alimento orgánico”, en el Japón ha crecido la demanda de productos “verdes”. Sin embargo, con la nueva ley orgánica de JAS de abril de 2001, dichos productos verdes no pueden seguir comercializándose como orgánicos. Por lo tanto, aunque el mercado de productos “verdes” está bien desarrollado (con un valor de ventas estimado en 2.5 mil millones de dólares EE.UU.), el valor de las ventas de productos orgánicos certificados se estima en sólo 350 millones de dólares EE.UU. Además, es menester llevar a cabo una cuidadosa investigación de mercado antes de que un nuevo producto o marca entre en el mercado japonés. El acceso al mercado puede lograrse mejor a través de un importador o distribuidor japonés, pero hay que estar conscientes de las dificultades que pueden surgir a raíz del idioma y de las diferencias culturales. Para los productos orgánicos certificados por organismos certificadores extranjeros, la nueva ley de JAS no añade dificultades de carácter técnico, aunque los mecanismos para la entrada en Japón varían según la situación de dichos organismos. En la sección 3 de este capítulo se ofrecen detalles sobre las normas de importación. Los periódicos japoneses han señalado que el impacto de las nuevas normativas de JAS puede reducir las ventas internas de productos orgánicos a causa de que muchos productores orgánicos japoneses pueden no estar en condiciones de cumplir ciertas normas estrictas, lo cual aumentaría la demanda de importaciones (FAS 2000). AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Pese a estos factores limitantes, las entrevistas a distribuidores y minoristas han suministrado informaciones útiles sobre las oportunidades de mercado. La siguiente lista tiene por objeto suministrar un panorama general de las oportunidades que presenta el mercado japonés pero de ninguna manera pretende ser exhaustiva en cuanto a las oportunidades que se presentan en el Japón para productos nuevos:

• Frutas y zumos de fruta orgánicos frescos: los zumos de fruta frescos vendidos en los bares se han hecho populares en los últimos años. A pesar de que algunas fuentes de mercado sugirieron que dicha popularidad está decayendo debido a la problemática surgida en el sector alimentario, la dimensión del mercado de zumos frescos todavía es significativa;



Paltas: en los últimos años la palta se ha hecho más conocida y popular en el Japón, y la palta fresca (y productos, como el aceite) tienen potencial;



Pulpas de frutas elaboradas: (particularmente tropicales), para diversos productos alimenticios, incluidos los alimentos para niños. Las pulpas populares son el banano y el mango que se usan para productos alimenticios, y la guayaba para zumos frescos;



Verduras congeladas: continúa aumentando la demanda de verduras congeladas, especialmente las mezclas de verduras;

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  •

Alimentos de fácil preparación: ensaladas y otras verduras pre envasadas vendidas como alimentos de fácil preparación; y



Otros de los productos que cuentan con un significativo potencial de mercado son la miel y la yerba mate, entre otros.

La ventaja mayor que tienen los productos congelados y elaborados es que no se fumigan al llegar al Japón y pueden venderse sin ningún problema como orgánicos certificados. Si se pudieran resolver los problemas relativos a la fumigación, habría muchas oportunidades para las frutas y verduras orgánicas frescas. El tratamiento con calor (como se hace por ejemplo en Australia, Hawaii, Fiji, Tonga, Islas de Cook y otros países), que utiliza el aire caliente para tratar la cáscara de diversas frutas y verduras con el fin de eliminar las plagas y los gérmenes patógenos, podría reemplazar a la fumigación.

ALEMANIA

Principales oportunidades y limitaciones Como ya se mencionó, la fruta tropical más importante que se comercializa es el banano. En este momento, la República Dominicana es el proveedor principal pero los importadores siempre están buscando fuentes nuevas. Para la producción de bananos orgánicos, es importante encontrar un lugar donde no exista la sigatoka negra, una enfermedad que no puede combatirse en la agricultura orgánica. (25) AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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También es muy importante contar con una buena logística, y con el acceso a un puerto que tenga servicios regulares a Europa en contenedores congelados, etc. El tiempo de expedición no debería ser demasiado largo debido a que los bananos orgánicos son más perecederos que los convencionales. Actualmente la oferta de mangos y paltas no satisface la demanda. Las piñas sólo pueden ser vendidas como orgánicas si no se utiliza carburo para la inducción floral. Las manzanas y peras son productos interesantes durante el período fuera de estación en Europa (válido sólo para los países del hemisferio sur). También es interesante suministrar tomates y verduras de especialidad durante el invierno alemán, siempre y cuando se disponga de una logística y sistemas de refrigeración eficaces. Algunas frutas exóticas pueden encontrar un nicho de mercado. Con todo, podría resultar difícil y costoso entrar en el mercado si el consumidor alemán todavía no conoce los productos. En general, los consumidores alemanes no están abiertos a nuevos productos, como lo están los consumidores de los Países Bajos o del Reino Unido, por ejemplo. Cuesta mucho introducir productos desconocidos. Además, es muy importante cumplir con los requisitos de calidad, y producir las variedades requeridas cuando son necesarias.

Dinamarca Con una población apenas superior a 5 millones de habitantes, Dinamarca es un mercado más bien pequeño AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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para la mayoría de los alimentos y bebidas. Sin embargo, las ventas de alimentos y bebidas orgánicos se calcularon aproximadamente en 300 millones de dólares EE.UU. en 1997, lo que representa del 2 al 2,5 por ciento del total del mercado minorista de productos alimenticios. De esta manera, en lo que se refiere al consumo por habitante de alimentos orgánicos, Dinamarca ocupa uno de los primeros lugares en los mercados mundiales. Además, debe observarse que el consumo ha aumentado muy rápidamente en los últimos años. Se prevé que en 1998, el valor de los productos orgánicos llegaría al tres por ciento del total de las ventas de alimentos y bebidas. Hay claras indicaciones de que el mercado danés de productos alimenticios orgánicos seguirá aumentando durante un buen número de años. En primer lugar, sigue aumentando el interés del consumidor por los alimentos sanos y los productos que no dañan el medio ambiente, y un número cada vez mayor de personas está comprando productos orgánicos. En segundo lugar, los principales minoristas están fomentando activamente la venta de alimentos orgánicos, entre otras cosas mediante grandes campañas de publicidad y precios competitivos. Por ejemplo, Coop. Dinamarca ha fijado objetivos de ventas muy ambiciosos para determinados productos orgánicos (como porcentaje del total de las ventas de un determinado producto), objetivos que deberían alcanzarse en un determinando año. En tercer lugar, los agricultores y los fabricantes de alimentos de Dinamarca, conocen cada vez más las oportunidades que ofrece el mercado si se satisfacen las necesidades de los consumidores en materia de productos orgánicos. Por último, la actual política del Gobierno consiste en fomentar la producción y el consumo de alimentos orgánicos. Fuentes AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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comerciales y expertos industriales estiman que el valor de las ventas de productos orgánicos puede llegar al 10 por ciento del total de las ventas de alimentos en el año 2000, o poco tiempo después.

Francia Según fuentes profesionales, el mercado minorista de productos orgánicos fue de 650 millones de dólares EE.UU. en 1996, lo que representa aproximadamente el 0,5 por ciento del total del mercado de alimentos. En 1997 el valor se calculó en unos 770 millones de EE.UU. Se estima que el crecimiento actual es aproximadamente del 20 por ciento. Francia es un gran productor de la mayoría de los productos alimenticios y un exportador muy importante de alimentos y bebidas, pero su agricultura orgánica está relativamente menos desarrolladas, pues representa sólo el 0,4 por ciento del total de las sierras agrícolas en 1995, en comparación, por ejemplo, con el 1,9 por ciento, en Alemania y el 3,8 por ciento en Suiza. Sin embargo, existe ahora una política oficial encaminada a apoyar y promover un rápido desarrollo en esta esfera. Por ejemplo, se ha proyectado aumentar el número de agricultores que practican esta agricultura orgánica de unos 4 500 en la actualidad a aproximadamente 25 000 en el año 2005. Asimismo, algunos de los grandes fabricantes de alimentos de Francia, y las principales organizaciones de minoristas, están entrando en el negocio de los alimentos orgánicos, lo que probablemente tendrá un efecto muy positivo en las ventas generales. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Debido a su producción relativamente pequeña, Francia importa una cantidad considerable de alimentos y bebidas orgánicos, incluidos muchos que podrían producirse localmente. Es poco probable que el aumento proyectado de la producción interna pueda satisfacer una demanda que crece rápidamente. Por consiguiente, Francia seguirá siendo un importante mercado de exportación, en particular para los países en desarrollo.

Países Bajos El consumo de alimentos orgánicos representa una proporción muy pequeña del total de los gastos en alimentos en los Países Bajos. No existen estadísticas oficiales, pero se ha estimado que en 1997 este sector representa aproximadamente un valor de 350-400 millones de dólares al nivel minorista, lo que equivale a 1 por ciento del total del mercado de productos alimenticios, que es relativamente pequeño en comparación con la mayoría de los mercados vecinos. Los factores principales que limitan el crecimiento son: a) precios relativamente altos; los consumidores holandeses gastan un menor porcentaje de sus ingresos en alimentos en comparación con sus vecinos de la UE, y el precio es un factor fundamental que influye en el gasto en productos alimenticios, y b) el nivel marginal de participación de la mayor parte del comercio de alimentos en la distribución de productos orgánicos. Hasta hace poco tiempo la mayor parte de los supermercados ofrecían sólo una gama muy limitada de hortalizas.

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Sin embargo, 1996 fue un año decisivo para el comercio de productos orgánicos en el país: las ventas al por menor aumentaron en un 3-5 por ciento ese año, y la mayoría de las estimaciones coincides en que la tasa de aumento se aceleró a 10- 1 5 por ciento en 1997. El crecimiento de este mercado dependerá en gran parte de que los supermercados amplíen su gama de productos así como de la capacidad de los proveedores para ofrecer productos orgánicos a los consumidores a precios interesantes. A pesar de su consumo relativamente pequeño de alimentos orgánicos, los Países Bajos son un gran importador puesto, que desempeña en Europa un papel principal como re elaborador, envasador y re exportador de alimentos y bebidas orgánicos. Una proporción muy grande del volumen de alimentos orgánicos importados de los países en desarrollo pasa a través de las empresas comerciales holandesas. Reino Unido En 1997 el mercado de alimentos orgánicos del Reino Unido se calculó en 400-450 millones de dólares, lo que significa que prácticamente se habla duplicado durante los dos años anteriores. De esta cantidad, un 60-70 por ciento se importa, aunque los porcentajes varían mucho según el grupo de productos. La elevada proporción de las exportaciones se explica sobre todo por el hecho de que la producción orgánica en el Reino Unido es todavía bastante pequeña, probablemente menos de 1 000 explotaciones agrícolas de un total aproximado de 1 00 000. El principal grupo de los productos vendidos es el do las frutas y hortalizas, que representa aproximadamente un 45 por ciento del total, AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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seguido de los cereales (1 5 por ciento), carne (1 por ciento) y productos lácteos (8 por ciento). En términos generales, el futuro parece muy prometedor, puesto que las estimaciones comerciales calculan el valor Minorista del mercado aproximadamente en 1 0 000 millones de dólares EE.UU. en un plazo de 10 años, lo que significa un aumento del actual 0,3-0,4.por ciento del total del mercado de productos orgánicos del Reino Unido a más del 10 por ciento. Estas estimaciones parecen algo optimistas y dependerán de la disponibilidad de un suministro constante y de una política de apoyo más activa del Gobierno, así como de una disminución gradual de la diferencia de precios frente a los productos convencionales. No debe subestimarse la importancia de los canales de distribución, en especial los supermercados, en el futuro desarrollo. La mayoría de las grandes organizaciones de minoristas se preocupan cada vez más por aumentar su gama de productos y sus ventas de alimentos orgánicos.

SITUACIÓN DE LA OFERTA EN LOS PAÍSES EN DESARROLLO Todos los principales mercados estudiados ofrecen buenas perspectivas para los abastecedores de productos orgánicos que no se producen en el país, por ejemplo, café, te, cacao, AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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especias, frutos tropicales y hortalizas, frutos cítricos, etc. Sin embargo, también tienen buenas perspectivas varios productos que se producen en los propios mercados principales. Esas oportunidades existen no sólo para los productos de fuera de temporada, es decir, frutas y hortalizas, sino también para muchos otros productos, por ejemplo, granos, cereales, leguminosas y semillas, por la simple razón de que en muchos mercados la demanda en rápido crecimiento no puede ser satisfecha por la oferta local, por lo menos a plazo breve o medio. Las investigaciones del CCI muestran que por lo menos 100 países producen alimentos y bebidas orgánicos en cantidades comerciales, entre ellos 27 países en desarrollo de África, 15 países, incluidos 12 países en desarrollo, de Asia; aproximadamente 25 países en desarrollo de América Latina y el Caribe; tres países (incluido un país en desarrollo) en Australia y el Pacifico; aproximadamente 20 países en Europa y siete economías en transición, y finalmente los Estados Unidos y el Canadá. Los principales productos orgánicos, que son objeto del comercio internacional, son: Frutas y hortalizas Frutas secas y Frutas y hortalizas Café, te y Especias y Leguminosas - Alimentos elaborados/alimentos preparados

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frescas nueces elaboradas cacao hierbas Cereales secas

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Además, algunos productos distintos de los alimentos, por ejemplo, piensos, granos de semillas y algodón deberían también mencionarse. El estudio del CCI tratará de ofrecer una información detallada sobre cada uno de estos grupos de productos en lo que respecta a determinados productos y países de suministro. Los países en desarrollo son exportadores muy importantes de muchos de estos grupos de productos, por ejemplo, frutas y legumbres frescas, especias y hierbas, café, TE y cacao. Por otra parte, son pequeños abastecedores de carne y productos lácteos, bebidas alcohó1icas y alimentos preparados, aunque con algunas excepciones importantes.

7. PROMOCIÓN DE CERTIFICADOS

PRODUCTOS

ORGÁNICOS

La promoción de productos orgánicos certificados (y de procesos productivos ecológicos) se ha incorporado en el plan nacional de exportaciones. En este marco la Corporación de Promoción de Exportaciones e Inversiones – CORPEI, brinda los siguientes servicios: • la elaboración de un diagnóstico sectorial, • desarrollo de una estrategia comercial, • información de mercado y proveedores • asesoría en la promoción y exportación • participación en ferias. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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La CORPEI busca apoyar y fortalecer a grupos de exportadores, la formación de alianzas estratégicas y la gestión gremial (incluyendo el apoyo a la formación de asociaciones sectoriales). A través de los programas FOCEX y PME y con recursos del Banco Mundial, se cofinancia certificaciones de todo tipo, incluyendo la certificación orgánica. Además, la CORPEI mantiene programas con organizaciones donantes, entre ellos el CBI de Holanda (programa sectorial para ingredientes orgánicos para la industria alimenticia), la Cooperación Alemana GTZ (que evalúa actualmente la factibilidad de un proyecto para la asesoría en la comercialización de productos certificados) y ejecutará el programa Biocomercio Sostenible, en el marco de la iniciativa BIOTRADE de la UNCTAD, en el transcurso del 2002.

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8. CONCLUSIONES

Crecen los orgánicas...

volúmenes

y

valores

de

las

ventas

Los valores más altos de las ventas totales de alimentos orgánicos en 2000 se observaron en los Estados Unidos (8 000 millones de dólares EE.UU.), seguidos de Alemania (2 100 millones de dólares EE.UU.), el Reino Unido (1 000 millones de dólares EE.UU.) e Italia (1 000 millones de dólares EE.UU.). Otros valores altos de ventas se registraron en Francia (850 millones de dólares EE.UU.) y Suiza (450 millones de dólares EE.UU.). Los mercados de los Estados Unidos y Europa tienen aproximadamente la misma dimensión. Las ventas de productos orgánicos certificados del Japón en 2000 se estimaron en sólo 350 millones de dólares EE.UU.), pero las ventas totales de productos “verdes” (producidos con menos productos químicos pero no necesariamente sin ellos) se estiman en 2,5 mil millones de dólares EE.UU... El cuadro 1 presenta los valores estimados de las ventas de todos los mercados examinados para el presente estudio. ... pero todavía constituyen una cuota pequeña del mercado total de alimentos Ello no obstante, el sector orgánico sigue siendo todavía un mercado especializado dentro del sector alimentario. Las cuotas de mercado de los alimentos orgánicos de la mayoría de los países se situaban en torno al 1 por ciento del total de las ventas de alimentos. Cifras algo más altas se encontraron AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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en Austria y Suiza, con cuotas orgánicas estimadas en 1,8 y 2 por ciento, respectivamente. La cuota de mercado orgánico de Dinamarca se estima en casi un 3 por ciento del total de las ventas de alimentos, probablemente la mayor en el mundo (Cuadro 1).

Cuadro 1: Valor y cuotas de los mercados orgánicos (2000) (cifras redondeadas) Mercados orgánicos en 2000 Cuota Cuota Valor de las estimada estimada ventas de de Valor del total de las frutas y orgánicos de las ventas ventas en el total verduras orgánicas (en orgánicas las orgánicas (en de millones de en el total millones de ventas de dólares de las frutas (F) dólares EE.UU.)(*) ventas de & EE.UU.)(*) (estimaciones) alimentos (estimaciones) verduras (en%) (V) (en %) Reino Unido

986

1

300

5 – 10

Alemania 2 128

1.25-1.5 (**)

378

2.6

Francia

846

1

169

-

Países Bajos

210

1.2

-

-

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Suiza

457

2

-

5 F y 10 V

Dinamarca 372

2.5 - 3

-

-

Suecia

175

0.9

31

1.7

Estados Unidos

8 000

1.5 (**)

1 450

-

Japón

350 (***)

-

-

(*) Basado en el tipo de cambio medio de 2000. (**) Fuente: CCI (2001) (***) 2,5 mil millones de dólares EE.UU. por productos etiquetados como “verdes”. Tasas altas de crecimiento de las ventas de frutas y verduras orgánicas durante los últimos años... Las encuestas de mercado realizadas para el presente estudio indican un crecimiento rápido de las ventas de frutas y verduras orgánicas en la mayoría de los países desarrollados. Los valores de las ventas aumentaron en la mayoría de los mercados a tasas anuales que por lo general oscilaron entre 20 y 30 por ciento durante los últimos años del decenio del noventa. Últimamente se han observado tasas de crecimiento particularmente altas en el Reino Unido y en Italia. En Italia, por ejemplo, durante el período de 1998-2000 las ventas minoristas de frutas y verduras orgánicas han crecido a una tasa anual de alrededor de 85 por ciento, mientras que en los primeros meses de 2001, después que se detectó el primer caso de EEB en Italia, las tasas de crecimiento fueron aún mayores, dadas las preocupaciones acerca de la inocuidad de los alimentos convencionales (principalmente productos cárnicos) que dieron lugar a una AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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fuerte demanda de frutas y verduras en general y de productos orgánicos en particular. Aunque no es probable que persistan estas tasas altas de crecimiento, el estudio de mercado de Italia registra un crecimiento de la sensibilidad de la población y de la demanda de productos frescos orgánicos. Las ventas de frutas y verduras orgánicas están aumentando tanto en los Estados Unidos como en el Japón, pero no se pudieron obtener los coeficientes precisos. El crecimiento anual de las ventas de frutas orgánicas en Alemania se estima en un 8 por ciento y el de las verduras orgánicas en un 15 por ciento.

La cuota orgánica de las ventas de frutas y verduras es más alta que la del total de las ventas de alimentos La cuota de las ventas orgánicas en el sector de las frutas y verduras es algo mayor que la de las ventas orgánicas en el total de las ventas de alimentos. En la mayoría de los países, las cuotas orgánicas de las ventas de frutas frescas se estiman en alrededor de 3-5 por ciento, mientras que las de las ventas de verduras alcanzan hasta un 10 por ciento en el Reino Unido y Suiza, por ejemplo, debido en parte a las cuantiosas ventas de verduras orgánicas nacionales realizadas directamente y a domicilio.

El mercado europeo de frutas y verduras orgánicas no es uniforme

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Por las diferencias observadas entre los diversos países, se puede llegar a la conclusión de que pese a la actual integración del mercado en la Comunidad Europea (CE) y de la existencia del Reglamento 2092/91 de la CE para la agricultura orgánica, no parece que hubiera en la CE un mercado uniforme para los productos hortícolas frescos orgánicos. Aunque las frutas y verduras certificadas como orgánicas pueden circular libremente en todos los países de la CE, los potenciales exportadores a esos mercados deberían estar siempre conscientes de las diferencias y estudiar en detalle las características propias del mercado del país que se tiene en vista: tendencias, perfil de los consumidores, sistemas de distribución, etc.

Significativo comercio de frutas y verduras orgánicas dentro de la CE Los estudios de mercado han indicado la existencia de un importante comercio de frutas y verduras frescas orgánicas dentro de la CE. Por ejemplo, los Países Bajos, Francia e Italia exportan grandes cantidades de productos frescos a países de la CE importadores netos de productos orgánicos, como el Reino Unido, Dinamarca y Bélgica.

La producción orgánica está aumentando en los países desarrollados AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Los líderes entre los productores orgánicos certificados de los países desarrollados objeto del presente estudio son Italia, con una superficie estimada en alrededor de 1 millón de hectáreas en el año 2000, seguida de lejos por los Estados Unidos (544 000 hectáreas en 1997), Alemania (546 000 hectáreas) y el Reino Unido (472 000 hectáreas). Ahora bien, como lo demuestran los estudios, la Argentina es el país que tiene la superficie mayor dedicada a la producción orgánica, estimada en alrededor de 3 millones de hectáreas (incluidos los pastizales del sur, certificados como orgánicos pero no cultivados, véase el cuadro 2).

Cuadro 2: Superficie orgánica en producción en 2000 Producción orgánica en 2000 Superficie (hectárea)

Superficie % del total de la frutas superficie en verduras producción orgánicas

Reino Unido

472 500

2.5

3 000

Alemania

546 023

3.2

7 118

Francia

371 000

1.3

27 945

Países Bajos

27 820

1.4

2 100

Suiza

95 000

9.0

1 238

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

de y

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Dinamarca 165 258

6.2

1 912

Suecia

139 000

5.1

2 300

Estados Unidos

544 000

0.2

41 266

Japón

1 000

0.02

-

Fuente:

CCI

(2001)

Política y ayuda del gobierno En la mayoría de los países de Europa occidental los gobiernos cuentan con políticas y ayuda financiera para alentar a los agricultores a pasar a métodos de producción orgánica. En algunos países se han establecido objetivos específicos para la agricultura orgánica como, por ejemplo, llegar en el año 2010 al 10 por ciento de la superficie agrícola con producción orgánica. La mayoría de las fuentes de mercado declararon que no era muy probable que se alcanzaran en el calendario previsto los objetivos establecidos. Pero se prevé que la producción de frutas y verduras frescas orgánicas certificadas continuará creciendo.

La demanda continúa siendo mayor que la oferta interna Como se prevé que la demanda de productos frescos orgánicos continuará excediendo de la producción en los países desarrollados, para satisfacer la demanda de los AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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consumidores será necesario importar. En qué medida los países en desarrollo podrán colmar el déficit dependerá principalmente de los factores que se describen más adelante.

Algunas excepciones El Reino Unido y Bélgica son dos ejemplos en los que, desde el punto de vista de la confianza del consumidor, es relativamente menor la diferencia entre los productos orgánicos producidos en el país y los importados. Esto se explica probablemente por el hecho de que la producción orgánica interna no puede mantener el ritmo de la demanda y, por lo tanto, se recurre habitualmente a las importaciones.

Máxima cautela en las conclusiones A la hora de sacar conclusiones de los datos se debe proceder con extrema cautela. La falta de una serie completa de precios hace difícil llegar a conclusiones seguras. Los productores/exportadores potenciales deberían observar de cerca cuáles serán los probables precios al productor en el futuro, ya que son fundamentales a la hora de decidir la conversión a la agricultura orgánica, especialmente si se tiene en cuenta que el período de transición puede ser de hasta AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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tres años. Sin embargo, es muy difícil hacer proyecciones sobre la evolución de los precios a partir de una serie de datos no coincidentes. Se aconseja a los exportadores que quieren exportar a un mercado determinado que tomen contacto con diversos importadores y comerciantes con objeto de hacerse una idea de los precios que pueden obtenerse, teniendo presente que éstos fluctúan.

Sobreprecio de los productos comportamiento de los consumidores

orgánicos

y

Se considera que los grupos de consumidores están dispuestos a pagar un cierto sobreprecio por los alimentos orgánicos. En muchos países, la mayoría de los consumidores está dispuesta a pagar un 20 por ciento más que por los productos convencionales, pero no se pudieron obtener cifras exactas. Las ventas orgánicas a través de supermercados constituyen el sistema de distribución más rápido en la mayoría de los mercados. Algunas fuentes afirmaron que los consumidores que compran productos orgánicos en los sistemas minoristas convencionales (por ejemplo los supermercados) difieren algo de otros consumidores orgánicos en el sentido de que las consideraciones ambientales influyen menos a la hora de comprar productos orgánicos. Las compras efectuadas por consumidores con menor conciencia ambiental dan pábulo a la expectativa de que en los próximos años bajen los sobreprecios. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Algunas tendencias de la comercialización orgánica Durante los estudios de mercado se han observado diversas tendencias comerciales, a saber: •

Supermercados orgánicos. Muchas encuestas señalan la existencia de pequeños supermercados que venden exclusivamente productos totalmente orgánicos;



Envasado biodegradable, con objeto de ofrecer a los consumidores productos orgánicos envasados en una forma ecológicamente inocua;



Alimentos orgánicos de fácil preparación. Estos alimentos figuran entre los artículos alimentarios que han acusado el crecimiento más rápido en los mercados convencionales, y en los últimos años se los ha ido encontrando cada vez más (por ejemplo, ensaladas frescas pre-envasadas);



Las ventas por Internet están creciendo en importancia, combinadas a menudo con las ventas a domicilio. Muchos de los informes de los países ofrecen datos pormenorizados sobre empresas que comercializan productos orgánicos a través de Internet;



Ventas de alimentos orgánicos a través de comedores públicos y servicios de alimentación (catering). El sector del servicio de alimentación y otros sectores se están interesando cada vez más en alimentos orgánicos.

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Oportunidades para los países en desarrollo Se prevé que en los próximos años aumentará en los países desarrollados la producción interna de productos orgánicos (entre la transición y la producción de productos orgánicos certificados suele transcurrir un período de tres años), pero es improbable que satisfaga la demanda de la mayoría de los productos. La preferencia de los consumidores por frutas y verduras orgánicas nacionales o regionales indica que las mejores oportunidades la tienen los productos frescos orgánicos de zonas templadas y no templadas que tienen las estaciones en sentido contrario. Para los productos que no pueden producirse en los climas más fríos de los países desarrollados del norte (por ejemplo naranjas, kiwi, etc.), la mayor parte de la oferta orgánica proviene de países productores cercanos a esos mercados, como los países de la zona mediterránea en el caso de la CE (por ejemplo Italia, España, Israel, Marruecos y Egipto). Es importante señalar que los países miembros de la CE o los terceros países de la lista de equivalencia tienen mucha ventaja. Con respecto a otros países, el potencial mayor se presenta cuando no hay oferta interna o es insuficiente. También puede haber algunas oportunidades para los productos estacionales que escasean y para las frutas y verduras elaboradas.

Condiciones básicas para el éxito

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Entre los requisitos básicos para el éxito pueden indicarse los siguientes: precios al productor y precios fob más competitivos, cumplimiento de las normas orgánicas y fitosanitarias, por lo menos, y ofrecimiento de una calidad idéntica a la de los productos convencionales. Además, pueden hacer falta iniciativas comerciales enérgicas destinadas a educar al consumidor orgánico a mitigar la desconfianza que nutre actualmente hacia los productos orgánicos importados. Algunos países ya han conseguido una imagen de exportación “verde” o de “productos frescos” (por ejemplo, Costa Rica, Chile) lo cual les permitirá gozar de ventajas comerciales en el sector orgánico.

Planificación necesaria A la hora de decidir si cambiar o no a la producción orgánica, se deberían tener en cuenta los diferentes métodos (muchas veces difíciles) de producción y de gestión, necesarios para obtener resultados satisfactorios. El período de tres años que suele transcurrir para la transición hace indispensable una planificación a largo plazo, para la cual se impone un análisis atento de la relación costos-beneficios. No se conoce bien la dimensión de la reducción prevista en el sobreprecio orgánico; ni la magnitud de la merma de los rendimientos que puede producirse durante la transición y también después, posiblemente. Por lo tanto, se aconseja a los productores y exportadores que calculen atentamente el potencial de su producto en el mercado previsto, e identifiquen a los proveedores que constituirán la competencia. Con la reciente introducción de normas orgánicas en dos de los principales mercados orgánicos, los Estados Unidos y el Japón, se AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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dispone de un marco legislativo útil para suministrar informaciones y orientaciones sobre las normas de importación, y reducir, de esa manera, la posibilidad de sorpresas desagradables para los potenciales exportadores orgánicos a esos mercados.

9. PROPUESTA Estrategias a seguir Antes de que se logren exportar frutas y verduras frescas orgánicas certificadas a los países desarrollados, hay que AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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cumplir con muchos requerimientos. Aquí se presentan algunas de las propuestas y enseñanzas principales adquiridas en los estudios de casos en países analizados para la presente investigación monográfica.



Un paso importante consiste en establecer normas y reglamentos orgánicos nacionales o regionales y un sistema independiente y seguro de acreditación y control para su aplicación. Cuando las normas orgánicas internas se reconocen como equivalentes a las normas orgánicas del país al que se envían las exportaciones, se evitan innecesarios costos adicionales de certificación. El estudio sobre Argentina muestra el impulso que recibió el sector orgánico cuando la CE aprobó como equivalente la legislación orgánica nacional. Aunque la mayoría de los países en desarrollo todavía no tiene sus propias normas orgánicas, con frecuencia tienen la posibilidad de exportar productos orgánicos certificados cooperando estrechamente con organismos de certificación acreditados y con algún importador especializado.



Otro requisito fundamental es la disponibilidad de conocimientos técnicos sobre agricultura orgánica e insumos orgánicos. La agricultura orgánica requiere por lo general un coeficiente más alto de mano de obra y una gestión muy atenta para evitar contaminaciones y plagas. Algunos de los productores orgánicos entrevistados afirmaron que los costos iniciales más elevados que supone la transición hacia la agricultura orgánica no eran tanto los costos de certificación y

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control cuanto las enormes pérdidas sufridas durante las primeras cosechas, derivadas de un conocimiento y capacidad insuficientes para proteger los cultivos contra las plagas y enfermedades. Se dice que la agricultura orgánica procede a través de experimentos y errores hasta que se logren las técnicas apropiadas a través de continuos ajustes. Además, durante la transición hacia la agricultura orgánica, los rendimientos podrían disminuir significativamente (y pueden seguir siendo más bajos incluso después del período de transición), y hay riesgos mayores de graves infestaciones de plagas y enfermedades.



Una buena manipulación post-cosecha (por ejemplo, almacenamiento frigorífico), una buena infraestructura y logística (con inclusión de puertos o aeropuertos) permitirá que los productos frescos lleguen en buen estado al país de destino. El estudio de casos de Papua Nueva Guinea muestra que las escasas posibilidades de transporte constituyen una limitación para las exportaciones orgánicas, mientras que el de Madagascar muestra la dificultad con que tropezó el sector de las exportaciones orgánicas por la merma de la calidad de las manzanas orgánicas exportadas cuando llegaron a Alemania, lo que determinó una interrupción de las exportaciones orgánicas.



Con objeto de lograr exportaciones satisfactorias, son importantes unas relaciones buenas y seguras con algún importador, comerciante o mayorista del mercado previsto. El importador dispone de

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información actualizada sobre las últimas novedades de mercado.



Los supermercados, que son los puestos de venta de productos orgánicos que han registrado el crecimiento más rápido, prefieren vender productos frescos orgánicos durante todo el año, con una calidad constante y una oferta regular. El comercio internacional de frutas y verduras frescas convencionales se caracterizan cada vez más como cadenas mundiales de productos impulsadas por los compradores. En estas cadenas de productos, los supermercados más grandes de los países desarrollados establecen los requisitos en materia de precios, calidad, entrega e inocuidad de los alimentos frescos producidos en los países en desarrollo (sin poseer explotaciones ni industrias transformadoras en esos países), con objeto de garantizar la oferta durante todo el año.



Dada su creciente importancia como puntos de venta de frutas y verduras orgánicas en los países desarrollados, los supermercados irán estableciendo cada vez más esas cadenas de productos también en el comercio orgánico internacional. Los requisitos generalmente exigentes para los productos comprados por las cadenas de supermercados extranjeros puede llegar a ser un obstáculo para algunos productores orgánicos que no pueden satisfacer dicho nivel de exigencia. Pero puede ofrecer considerables estímulos y garantías de ingresos a los productores orgánicos que cumplen con las normas y pueden operar del lado de la oferta de dichas cadenas.

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Los que deseen involucrarse directa o indirectamente a las actividades de Exportación de Cultivos Orgánicos, para obtener el certificado de Acreditación, se proporciona una amplia información desde el anexo N°1 al anexo N°7, que de acuerdo a sus intereses deben dar cumplimiento a esos requerimientos.

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10.

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AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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IFOAM

con

20. www.naturkost.de (Página web para consumidores de Verlag Gesund Essen GmbH in Schaafheim) 21. www.green-tradenet.de (Comercio plataforma b2b - e información)

en

Internet,

22. www.zmp.de (página web de ZMP - Zentrale Marktund Preisberichtsstelle GmbH, Rochusstrasse 2, D 53123 Bonn, Tel.: +49 - 228 - 977 7173, Fax: +49 - 228 - 977 7179, E-mail: [email protected] 23. www.eco-world.de (informaciones de mercado y directorio orgánico) 24. www.biopress.de (Sitio web y revistas sobre el mercado orgánico) bioPress Fachmagazin für Naturprodukte, bioPress Verlag, Schulstr. 10, D 74927 Eschelbronn, Tel.: +49 - 6226 - 4351, Fax: 40047, E-mail: [email protected] 25.

www.gtz.de

26. http://www.cerescert.com/sp_document_counter.html

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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ANEXOS

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ANEXO N° 1 Conceptos básicos de la Agricultura Orgánica Acreditación. Procedimiento por el cual un organismo autorizado evalúa y reconoce oficialmente que un programa de certificación se ajusta a las normas de dicho organismo. Certificado. Documento que indica que existen pruebas suficientes de que el producto, proceso o servicio se ajusta a una determinada norma. Certificación. Procedimiento por el cual una tercera parte garantiza por escrito que un producto, proceso o servicio se ajusta a determinadas normas. Los productos alimentarios orgánicos certificados son productos cuya producción conforme a determinadas normas de producción y elaboración orgánicas ha sido verificada. Organismo de certificación. Una organización que realiza la certificación. Algunas veces se le llama certificador o agencia de certificación. Etiqueta de certificación. Una etiqueta o símbolo que indica la verificación del cumplimiento de las normas. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Programa de certificación. Un sistema de normas, procedimientos y gestiones para la realización de la certificación. Un organismo de certificación puede ejecutar varios programas de certificación diferentes. Algunas veces se llama sistema de certificación. Autoridad competente. El organismo oficial que goza de jurisdicción. Control, organismo de control. Términos usado comúnmente por el comercio para referirse a la inspección y al organismo correspondiente. Inspección. Una visita in-situ para verificar que una operación se ajusta a determinadas normas de un programa de certificación. Organismo de inspección. El organismo que realiza la parte de la certificación correspondiente a la inspección. Cuando un organismo de certificación realiza sus propias inspecciones, el organismo de inspección es idéntico al organismo de certificación. Algunas veces se le designa con el nombre de agencia de inspección u órgano de control. Inspector. Una persona designada para realizar la parte de un programa de certificación correspondiente a la inspección. Licencia. Un documento emitido conforme a las normas de un programa de certificación, por el cual el organismo de certificación concede a una persona u organismo el derecho de utilizar certificados o etiquetas de certificación para sus productos, procesos o servicios de conformidad con las normas del programa de certificación pertinente.

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Operador. Todo el que realiza actividades incluidas en un programa de certificación, por ejemplo agricultores, industrias transformadoras, distribuidores. Normas. Acuerdos documentados que contienen especificaciones técnicas u otros criterios precisos que deben utilizarse como normas, directrices o definiciones, para garantizar que los materiales, productos, procesos y servicios son idóneos para su finalidad. Las normas relativas a los productos alimentarios orgánicos son normas de producción y/o elaboración que describen, prescriben, permiten o prohíben procedimientos y materiales, así como normas sobre la certificación y el etiquetado. Subcontratista. Todo el que realiza, en nombre de un operador actividades incluidas en un programa de certificación, por ejemplo, agricultores, industrias transformadoras, distribuidores. EN 45010. Norma europea sobre la acreditación elaborada por el CEN y el CENELEC. EN 45011. Una norma europea sobre la certificación elaborada por el CEN y el CENELEC. Directriz 61 de la ISO/CEI. Una directriz internacional sobre la acreditación elaborada por las organizaciones internacionales de normalización ISO y CEI. Directriz 65 de la ISO/CEI. Una directriz internacional sobre la certificación elaborada por ISO y CEI.

ANEXO N° 2

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Para poder presentarle una oferta para el costo de la inspección y certificación, le pedimos atentamente de llenar este formulario de una forma detallada. Simplemente deje sin contestar aquellas preguntas que no aplican para su situación.

1

Nombre empresa:

de

la

2

Persona responsable:

3

Dirección Calle y N°: Código Postal:        

Ciudad        

Departamento/Provincia:

País:

Teléfono:         4

P.O. Box:        

Fax:

   Email:    

Tipo de actividad a ser certificada: Finca (Producción vegetal) Grupo de agricultores Recolección silvestre Apicultura Grupo de apicultores Crianza de animales Procesamiento de alimentos Exportación

4.1 En caso de producción vegetal: Número de fincas: Ubicación           Total hectáreas: distancia entre finca y la dirección dada arriba (3) Cultivo

Hectáreas

Cantidad aproximada cosechada por año

           

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4.2 Producción animal: localidad: No. de productores tipo de animales:   No. de animales:         producción anual aprox.:           No. de unidades de procesamiento (incl. empaque, etc.):       Distancia entre finca(s) y dirección dada arriba (3):         km 4.3 Recolección silvestre: sitio de recolección:           Área total aproximada de recolección (km2): No. de recolectores           No. de puntos locales de acopio:   No. de unidades de procesamiento (p.ej. congelado, secado):           Producto

Cantidad aproximada cosechada por año

            4.4 Apicultura: Ubicación de apiarios: apicultores:          

Número total de

No. de apiarios:           No. de colmenas:           Cosecha total aproximada por año:           Número de unidades de procesamiento (empaque etc.): Distancia entre apiarios y dirección dada arriba (3): km 4.5 Procesamiento: Número de unidades:   Distancia entre unidad de procesamiento y dirección dada arriba (3):   km Tipo de procesado: Materia prima

Producto final

Capacidad anual de la parte orgánica

     

  

     

  

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4.6 Exportación: oficina de exportación esta en la misma Otra dirección:           Exportador dirección como arriba (3): Exportador solo almacena, empaca y etiqueta productos: maneja documentos: 5

Reglamentos, de acuerdo a los cuales Ud. desea ser certificado: Reglamento (CEE) 2092/91 sobre la agricultura orgánica (para el mercado orgánico de la Unión Europea) (internet link: http://www.defra.gov.uk/farm/organic/legislationstandards/index.htm) NOP Final Rule (para el mercado orgánico de los EEUU) http://www.ams.usda.gov/nop/NOP/standards.html JAS (para el mercado orgánico japonés) www.maff.go.jp/soshiki/syokuhin/hinshitu/e_label/index.htm

6

¿UD. tiene copia del(os) reglamento(s) respectivo(s) a su aplicación de certificación? Copia en papel:

Fecha:          

Acceso por internet:

No tengo copia:

Firma y sello de la compañía:          

Esta parte tiene que llenarse por CERES! Revisión de la aplicación

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1 ¿Los requisitos de la certificación fueron definidas claramente? Si No 2 ¿Se aclararon posibles dudas sobre el procedimiento de No certificación entre el solicitante y CERES? Si 3 ¿CERES esta en capacidad de prestar el servicio de certificación que solicita el aplicante (incl. aspectos como domicilio, idioma y otros) y se acepta la solicitud? Si No 5 Comentarios:           Fecha:          

Firma:          

ANEXO N° 3 Catálogo de sanciones para el área orgánica 1 Alcance El objetivo del catálogo de sanciones es comprometer al productor certificado con el cumplimiento con la respectiva norma. Las sanciones pueden ser aplicadas en forma individual o combinadas. El orden no representa una priorización. 2 Incumplimiento de las normas y sanciones La siguiente matriz establece una relación entre el incumplimiento de la respectiva norma y la sanción a ser AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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aplicada (llamada de atención, suspensión o cancelación del certificado). Las letras en las células se refieren directamente a los ejemplos de diferentes tipos de deficiencias que se enumeran al pie de la tabla. Llamada de Atención Exigencia de document ación adicional Deficien Vea (a) cias menores

Suspensión

Inspec muestr Parcia Total ción eo l adicion al Vea (a+b)

Cancelación del contrato

Vea (a+b)

Deficien cias menores repetida s Deficien cias serias Infraccio nes serias

Vea (c)*

Vea (c+d) * Vea (d)*

* = Requiere comunicación inmediata a los compradores del operador (y al administrador de USDA-NOP en el caso de la certificación NOP) AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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a) Deficiencias menores (ejemplos): Deficiencias en la documentación Deficiencias en la contabilidad Certificados de proveedores faltantes o caducados Entrega atrasada del plan de manejo orgánico b) Las mismas deficiencias menores repetidamente (= deficiencia más severa) (Vea c)

ocurren

c) Deficiencias severas (ejemplos): Cualquier acontecimiento que podría poner en riesgo la "integridad orgánica" de los productos certificados Falta de separación entre productos certificados y no certificados Manejo del mismo cultivo en lotes convencionales y orgánicos (solo cultivos anuales bajo UE y JAS) Aplicación no intencional o inconsciente de insumos prohibidos Intransparencia o discrepancia sustancial en el flujo de cantidades Acceso negado a documentos, terrenos, instalaciones de producción o almacenamiento Rechazo a la toma de muestras Rechazo al pago del precio de la certificación establecido d) Infracciones seria (ejemplos): Repetida ocurrencia de deficiencias severas (Vea c) Uso intencional de insumos prohibidos Etiquetado fraudulento intencional

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Anexo N°4

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ANEXO N°5 LISTADO DE PRODUCTORES ORGÁNICOS Y ORGANISMOS PRIVADOS RELACIONADOS Quito, julio 2002 PARTICIPAN TES /SECTOR PRIVADO

REPRES ENTANT CIUD TELE E AD FONO FAX

ACTIVIDA D e- PRINCIPA mail L

A. Guay 04AGROEXPOR José 04TADORA Santos aquil 23508 23508 MAQUITA 24 24 CUSHUNCHI C

josa ntos @te lcon et.n Productor et de cacao

AGROINDUS Ing. José Quito 0202TRIAL DEL María 31438 31438 ECUADOR Trueba 3 09- 1 SA. I.Q.F. Ch. 70646 5

agra nde s@ hoy. net

AGROVICOL Mercedes Bala 0404agro Productor S.A. Molina o 23884 24761 vicol de 57 35 sa bananos @h otm ail.c om AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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ANECACAO - Carlos NATIONAL Elizalde ASSOCIATIO N OF COCOA EXPORTERS

ARSAICO

Guay 0404ane Represent aquil 22927 22927 cac ante de 82 70 ao miembros @g que ye.i producen mps cacao at.n orgánico et.e c

Alex Riob 0303Sancho amb 96124 96124 Herdoiza a 8 8

Productor de tomate y hortalizas

ASOCIACION Joseph DE Brown PEQUEÑOS PRODUCTOR ES ORGANICOS RIO CHIMBO -APPOBO -

Buca 0404app Productor y 27274 27274 obor de: orito y iochi plátano 70 70 mbo morado @la tinm ail.c om

ASOCIACION Manuel DE Paucar TRABAJADO RES AUTONOMO S "LA NUEVA UNIDAD"

Guay 04aquil 27274 14

Productor de orito orgánico

CADO

Quito 0225259 55

crac Productor yp de alcohol @ra orgánico nt.c om

Ing. Carlos Cabrera Noboa

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CAMARI Gonzalo Quito 0202COMERCIALI Merchán 25494 22306 ZACIÓN 07 34 SOLIDARIA

cam ari @ui o.sa tnet. net

Azúcar de caña cruda, granulada

CEDEIN Betty Riob 0339620 ced Productor ein de Hierbas CENTRO DE Alvarado amb 96201 15 DESARROLL a 5 @a medicinale O INDIGENA ndin s secas anet .net CHANGECO Gloria RP S.A. Sanders

Quito 0202ges Pimientos 27732 27632 and verdes er@ frescos y 39 39 bells aceites outh esenciales .net

COMPAÑIA Rodolfo AGRICOLA Chacón INDUSTRIAL ECUAPLANT ATION S.A.

Guay 0404roan Productor aquil 28144 28144 cha de: piñas 46 34 con en cubos y @h rodajas(IQ otm F), ail.c concentrad om o de jugos (piña, maracuyá, mango), purés (banano, piña, maracuya,

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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mango)

CONFOCO S.A.

Francisco Guay 0404logis Chifles, Larrea aquil 25665 25615 tics polvo, @c escencia, 27 41 onfo puré, pulpa co.c de banano, om mango, maracuyá, camote, papaya, guaba.

Juan CONSEJO CAFETALER Alberto O NACIONAL Vera -COFENAC-

Mant 0505cofe Represent de a 62398 62398 nac ante @ui miembros 3 2 o.sa que tnet. producen net café orgánico

CONSORCIO Ing. CAMAREN Antonio Gaibor

Quito 0256341 9 0256348 5

CORECAF - José CORPORACI Cueva

Quito 0202core Asistencia 22342 25506 cafq y

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

adm inist raci on @c ama ren. org

Asistencia y asesorami ento

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ON ECUATORIA NA DE CAFETALER OS

24 0225473 84

71 @h asesorami 02oy.n ento 22342 et 24

06CORPORACI Sr. Ibarr 06ON DE Christoph a 64010 64294 HORTICULT er 0 -6 ORES DE LA Vercouter 06SIERRA e 64294 NORTE 6

alve Productor r@i de m.pr hortalizas o.ec orgánicas. crist ver @i m.pr o.ec

CORPORACI Ing. Latac 0303ON DE Fernando unga 81280 80049 HORTICULT Escudero 8 -7 ORES DEL 03CENTRO DE 80049 LA SIERRA 7 ECUATORIA NA

coh Productore de ces s e@i hortalizas nmo sat. net. ec

02CORPORACI Srita. Quito 0254113 50617 ON Carmen ECUATORIA Barrera 7 02- 6 NA DE Dr. 52490 7 02AGRICULTO Francisco RES Gangoten 80049 BIOLOGICOS a 2 - PROBIO

prob Productore de io@ s uio. hortalizas satn et.n et

CORPORACI Wilson Guay 0404spe Productore ON ESPIGO González aquil 26704 28039 cialt s de café AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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S.A. PROCAFE

-

84

07

y@ Borbón expi arábigo go.c om

y

CORPORACI Ing. Quito 0202ON Marco 24487 46254 PROEXANT Peñaherr 3 5 era 0244164 9

vha mby @p orta. net

CORPROCO Ldo. Juan Quito 02468 N - Carlos 782 AGROFRIO Araujo 02468 456

agro Productor frio de brócoli @a (IQF) ndin anet .net. ec

0243354 4 0231437 3

Ing. Juan Quito 0202CULTIVOS ORGANICOS Enrique 28934 28934 DEL Espinosa 75 76 ECUADOR S.A. ANDEAN ORGANICS

eenr Productor ique de @ui hortalizas o.sa orgánicas. tnet. net

EXPOAROM Verónica Quito 0202exp Hierbas CIA. LTDA. Vallejo 28983 28987 oaro medicinale m@ s y 85 40 andi especerías nan (secos). et.n et

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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EXPORTADO Pedro Mach 0779299 pgar Productor RA Pablo ala 92996 75 aico y AGRICOLA Garaicoa 1 @e exportador o.pr de banano LA ISLA C.A. o.ec EXPORTADO Simón RA DUSAL Cañarte

Guay 0404foliu Productor aquil 24507 24507 m@ y spe exportador 92 91 ed.n de banano. et.e c

FUNDACION Adriana CHANKUAP Sosa

Maca 0707cha Achiote, s 70117 70176 nku maní 6 3 ap @m o.pr o.ec

FUNDACION ECODESARROLL O

Quito 0222902 8

Dra. Martha Cecilia Burgos

02FUNDACION Ing. Mario Quito 02ECUATORIA Brito 23401 55488 4 02- 2 NA DE Flores 52650 TECNOLOGI A 1 APROPIADA FEDETAFUNDACION Patricio ERPE - Juelas ESCUELAS

Asistencia y asesorami ento fede ta@ telc onet .net

Asistencia y asesorami ento

Riob 0303ferp Productore amb 96160 90162 e@ s de erpe quinua a 8 5

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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RADIOFONIC AS POPULARES DEL ECUADOR

.org. lavada y ec desaponific ada, amaranto, y chocho.

FUNDACION Lenin Guar 0303GRUPO Vásconez anda 98126 98126 JUVENIL 6 6 SALINAS FUGJS

leni Hongos nva disecados sco nez @h otm ail.c om

FUNDACION Paulina Quito 0202MCCH - Rodríguez 26709 26239 MAQUITA 27 27 CUSHUNCHI C

fund @m cch. ecu ane x.ne t.ec

Azúcar de caña cruda y granulada.

FUTURCORP Andrea S.A. Córdova

Guay 0404futur Productor aquil 22069 22050 cor de: puré, @fu chifles y 67 54 turc harina de orp. banano com

GILBERT Gilbert ESTRADA - Estrada EL CAÑAVERAL

Quito 0202elca Azúcar de 25429 25657 nav caña cruda eral y 25 31 @h granulada. otm ail.c

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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om GRUPO Pablo AGRICOLA Prieto PRIETO AGROVITAL

Mach 0707ppri Productor ala 93975 93975 eto de banano, @e cacao 4 4 o.pr o.ec

HACIENDA Ing. Daul 04BELLAVISTA Estuardo e 23521 Ledesma 57

Productor de banano, arroz, humus, foliares, fertilizantes

HACIENDA Ing. Jorge Guay 0404hceli Productor CELIA MARIA Encalada aquil 28315 28315 ama de banano ria y cacao 30 96 @h otm ail.c om HACIENDA Srita. Quito 0202LA MARÍA Martha 24307 24392 (MARIANEXA Camacho 77 49 S)

lam aria @m oris aen z.co m

Productor de: hortalizas, hierbas medicinale s y frutas andinas.

HORTANA.- Ing. Eli Quito 0202eza Productore de HORTALIZAS Zambrano 39020 54649 mbr s ano hortalizas NATURALES 9 4 @pr ona AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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ca.c om INAGROFA S.C.C.

Rodrigo Arroyo

INDUSTRIAS Marta BORJA Borja INBORJA S.A.

Quito 0202inag Productore 29202 24648 rofa s de 31 34 @in quinua tera ctive .net. ec de Mach 0707inbo Puré ala 93537 93537 rja banano 2 2 @in borj a.co m.e c

INVERSIONE Giovanni Guay 0404ginn Productor S MASIBOL Ginatta aquil 23048 25633 atta de mango, @e limón tahiti, 19 57 cua. uvas y net. melón. ec KAVE CAFÉ Francisco Guay 0404kav Productore ECUATORIA Hall Mitre aquil 22045 22003 ecaf s de café NA 20 51 e@i mps at.n et.e c LEGWORK

Werner Forster

Quito 0202quin Productor 29865 29865 taor de banano

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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42

ORGANIZACI Jimmy ON DE Quinde EXPORTACI Guale ON DE CAFÉ ORGANICO ORGCAFEX S.A.

43

gáni orgánico ca cabendish @h otm ail.c om

Jipija 0505coo Productore pa 60201 60201 ppf s y 9 9 m@ exportador mnb es de café .sat arábigo net. net

PILOT S.A.

Enrique Guay 0404rchir Mangos y Weisson aquil 22925 22843 ibog bananos a@ en fresco y 00 02 ecu en trozos a.ne (IQF), t.ec cebollas.

PUCARA

Jorge Andrade Gómez

PROCAP - Roberto ASOCIACION Jiménez DE

Milag 0404jorg Productor ro 27111 29716 e- de banano andr 89 36 adegom ez @h otm ail.c om Alam 0707puy Productore or - 68035 68035 ang s de café o@ arábigo Loja 1 1

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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PRODUCTOR ES CAFÉ PUYANGO ROMERO KOTRE S.A.

cue. lavado satn et.n et Marcelo Romero Kotre

UNION DE Iván BANANEROS Wong ECUATORIA NOS S.A. UBESA

Quito 0202rom Arazá, en 23317 23317 erop jugo, puré 1@ y 80 80 asm concentrad e.or o g Guay 0404iwon Productore aquil 22048 22048 g@ s de dla. banano 50 38 com .ec

UNION Pedro Mach 0707REGIONAL Vásquez ala 96167 96167 DE 2 2 ORGANIZACI ONES CAMPECINA S DEL LITORAL UROCAL -

uroc al@ eo.p ro.e c

Productore s de banano y cacao

ANEXO N°6

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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ANEXO N°7 LEGISLACION DE LA PRODUCCION ORGANICA EN EL ECUADOR ACUERDO MINISTERIAL N-º 177 EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CONSIDERANDO: Que, el Ecuador es un país agrícola que sustenta gran parte de su economía en la producción agropecuaria y agroindustrial y que de este sector depende alrededor del 40% de la población ecuatoriana. Que, la agricultura orgánica como forma de vida y del desarrollo sustentable del agro ecuatoriano, debe merecer el apoyo del Estado para fomentar su producción, como alternativa viable para contribuir a la competitividad del sector agropecuario; Que, con Decreto Ejecutivo Nº 3609 del 14 de enero del 2003, publicado en el Registro Oficial del 20 de marzo del 2003, Edición Especial No. 1, se expidió el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería, en cuyo Libro II, Título XV consta la normativa general para promover y regular la producción orgánica en el país; Que, el Art. 14 de la referida normativa dispone que la Secretaría Técnica Permanente con la colaboración del Comité Nacional para la Agricultura Orgánica, elabore el respectivo reglamento de aplicación del Decreto Ejecutivo Nº 3609;

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Que, el presente Reglamento ha sido debidamente analizado y consensuado por los diferentes actores de la producción y certificación productos orgánicos, del sector público y el sector privado, a través de talleres de trabajo y reuniones tanto de la Secretaría Técnica Permanente como del Comité Nacional para la Agricultura Orgánica; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 79 numeral 6 de la Constitución Política del Estado, ACUERDA: Expedir el siguiente: REGLAMENTO DE LA NORMATIVA DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA AGROPECUARIA EN EL ECUADOR CAPITULO I OBJETIVO Y FINES Art.1.- Objetivos.-El siguientes objetivos:

presente

reglamento

tiene

los

a. Establecer las normas y procedimientos para la producción, transformación, empaque, etiquetado, almacenamiento, transporte, comercialización, la exportación e importación de los productos agropecuarios orgánicos. b. Asegurar que todas las fases, desde la producción hasta llegar al consumidor final, estén sujetas al sistema de control establecido en el presente reglamento. Art. 2.-Para efectos del presente reglamento se denominan orgánicos, aquellos productos agroecológicos, ecológicos y AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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biológicos que se ajusten a la definición de agricultura orgánica de este Reglamento. Art. 3.- Fines.-La presente reglamentación tiene como finalidad garantizar la calidad del producto, normar el funcionamiento de las certificadoras que operan en el país y señalar las competencias institucionales que tienen que ver con la actividad agropecuaria orgánica. CAPÍTULO II AMBITO DE APLICACIÓN Art. 4.- Ámbito: Este reglamento será aplicado en todo el territorio ecuatoriano y su observancia comprenderá a las personas naturales o jurídicas que intervengan en cualquiera de las fases, desde la producción hasta la comercialización del producto destinado a la alimentación humana, así como cualquier producto que se identifique bajo el concepto de producción orgánica, definido en este reglamento. CAPÍTULO III DEFINICIONES Art. 5.-Para la correcta interpretación de este reglamento y los efectos del mismo, se entenderán así las siguientes definiciones: 1. Abonos verdes: Todo cultivo de especies vegetales perennes o anuales utilizados en rotación y asociación y su posterior incorporación al terreno para enriquecerlo, con la finalidad de proteger, recuperar, aportar y mejorar las condiciones biológicas, físicas y nutricionales del suelo. 2. Acreditación: Procedimiento mediante el cual la autoridad nacional de aplicación reconoce formalmente la AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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competencia de una agencia certificadora para prestar servicios de inspección y certificación. 3. Actividad pecuaria: Se entiende por actividad pecuaria a la producción animal de bovinos, ovinos, porcinos, camélidos, animales de granja o aves de corral, para uso alimenticio o en la producción de alimentos, así mismo como animales de caza, salvajes o domesticados, criados en forma comercial. 4. Aditivo alimentario: Es toda sustancia o mezcla de sustancia, dotadas o no de valor nutritivo y que agregadas a un alimento, modifican directa o indirectamente las características sensoriales, físicas, químicas o biológicas del mismo, o ejercen en él cualquier acción de mejoramiento, prevención, estabilización o conservación. 5. Agencia Certificadora: Persona jurídica encargada de verificar que los productos vendidos o etiquetados como “orgánicos” se hayan producido, elaborado, preparado, manipulado de conformidad con el presente reglamento. 6. Agricultura convencional: Sistema de producción agropecuario caracterizado por la utilización de insumos, generalmente de síntesis química, externos a la finca, granja o unidad productiva. 7. Agricultura orgánica: Sistema holístico de gestión y producción que fomenta y mejora la salud del agro ecosistema y en particular la biodiversidad, los ciclos biológicos y la actividad biológica del suelo. Los sistemas de producción orgánica se basan en normas de producción específica y precisa cuya finalidad es lograr agro ecosistemas óptimos que sean sostenibles desde el punto de vista social, ecológico y económico.

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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8. Agricultura tradicional: Sistema de producción agropecuario de subsistencia, con conocimientos ancestrales. Se caracteriza por lo regular, en no depender de la tecnología convencional y aprovecha los recursos que dispone en la finca. 9. Apiario Cuarentenario Certificable: Lugar físico de asentamiento de un grupo determinado de colmenas y/o núcleos, que comprenden un radio no inferior a 1,5 km. Representa la unidad de manejo del establecimiento apícola. 10. Autoridad de Control: Es la autoridad competente, encargada de acreditar, supervisar y auditar técnicamente a los entes de certificación orgánica. Controla el comercio, importación y exportación, recibe denuncias, da seguimiento e interviene en casos de fraude. 11. Biodegradable: Producto compuesto de uno o varios componentes, que pueden ser transformados por organismos vivos, a sustancias más simples que se incorporan a la naturaleza sin dañarla. 12. Biodiversidad: Riqueza o abundancia de organismos vivos de los ecosistemas terrestres, acuáticos y los complejos ecológicos. 13. Cadena de producción orgánica: Procesos de producción, transformación, empaque, etiquetado, almacenamiento, transporte, comercialización, exportación e importación de productos orgánicos. 14. Certificación: Procedimiento mediante el cual se da garantía escrita sobre una producción orgánica o procesamiento identificado, metódicamente evaluado y conforme a los requerimientos específicos.

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15. Certificado orgánico: Documento otorgado por la agencia certificadora al operador, donde se declara que se ha inspeccionado, indicando que cumple con los aspectos normativos en materia de producción orgánica, contenidos en el presente reglamento. Se indica año de transición o certificada. 16. Coadyuvante de elaboración: Toda sustancia o mezcla de sustancias aceptadas por las normas vigentes, que ejercen una acción en cualquier fase de elaboración de los alimentos. 17. Colmena: Es la suma de material inerte identificado individualmente (cámara de cría), más el material vivo (abejas), más las alzas melarias. 18. Colonia: Es el conjunto de material vivo (obreras, zánganos, crías y reina fecundada) que componen una colmena o núcleo. 19. Comercialización: Proceso general de promoción del producto, incluyendo la publicidad, las relaciones públicas del producto y los servicios de información, como también la distribución y venta en los mercados nacionales e internacionales. 20. Comité de Certificación: Grupo de técnicos o personas encargadas de la agencia certificadora, a quienes les llega el informe que redacta el inspector acreditado por la misma y son quienes deciden si se da la certificación a la producción orgánica, año de transición y las obligaciones y sanciones en casos necesarios. 21. Compost o Composta: Producto resultante de la descomposición biológica controlada de materiales orgánicos. Puede tener carácter comercial.

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22. Cultivos de cobertura: Son los cultivos utilizados para cubrir la superficie del suelo, evitando la erosión; algunos tienen la capacidad de aumentar la fijación de nitrógeno y conservar la humedad. 23. Detergente: Sustancias y preparados destinados a la limpieza de determinados productos transformados y no transformados. 24. Elaboración: Proceso de transformación del producto de campo en materia prima y de ésta, en producto intermedio o final. 25. Embalaje: Es el material utilizado para la protección del envase y/o el producto, de daños físicos y agentes exteriores durante su almacenamiento y transporte. Es también todo recipiente destinado a contener envases individuales, con el fin de protegerlos y facilitar su manejo. 26. Envase: Recipiente o material destinado a contener alimentos cuya característica principal es resguardar la calidad, inocuidad y originalidad del alimento. 27. Etiquetado: Se refiere a cualquier material impreso o gráfico presente en la etiqueta, que acompaña al alimento o que se exhibe en proximidad de éste, incluso el que tiene por objeto fomentar su venta o colocación. 28. Industrialización: Proceso de transformación de la materia prima en producto final, a mediana y gran escala, en base a recursos tecnológicos, humanos y financieros. 29. Ingredientes: Cualquier sustancia, incluidos los aditivos alimentarios, utilizados en la fabricación o preparación de un alimento y que está presente en el producto final, incluso de una forma modificada

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30. Informe de inspección: Documento elaborado por el inspector que contiene la información relevante sobre los procesos de la producción y/o describe el manejo del operador, de las visitas planificadas o sin previo aviso a las unidades productivas, que sirve de base para la toma de decisiones del Comité de Certificación. 31. Ingredientes de origen agropecuario: Materia prima de origen orgánico a procesar para la obtención de un producto orgánico. 32. Ingredientes de origen no agropecuario: Son determinados aditivos alimentarios que se utilizan para la elaboración y transformación de alimentos orgánicos. 33. Inspección: Es el examen de los alimentos o sistemas alimentarios de control de los mismos, de las materias primas, de la elaboración y la distribución, incluyendo ensayos en alimentos en curso de producción y en productos finales, con el objeto de verificar que sea conformes a los requisitos del presente reglamento. En el caso de los alimentos orgánicos la inspección incluye el examen del sistema de producción y elaboración. 34. Inspector: Persona acreditada por la agencia certificadora, y registrada ante la autoridad nacional de aplicación para la conducción de inspecciones. 35. Mulch: Capa de desechos vegetales o de otros materiales con que se cubre la superficie del suelo, para lograr diferentes efectos positivos. 36. Núcleo: Es la unidad de producción de miel, que contiene material vivo y material inerte; su origen puede ser de la multiplicación de una colmena propia por la compra a terceros.

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37. Operador: Persona natural o jurídica que se dedica a la actividad de producción, transformación, empaque, etiquetado, almacenamiento, transporte, comercialización de productos orgánicos. 38. Organismos Genéticamente Modificados (OGM) o transgénicos: Organismos que han sufrido modificación en el material genético (ADN), usando métodos de ingeniería genética, incluyendo productos derivados de ellos. 39. Paquete de abejas: Material solamente por obreras y una reina.

vivo

compuesto

40. Plagas: Organismos vivientes, que puedan directa o indirectamente competir o dañar económicamente en forma significativa a vegetales, animales o productos procesados. 41. Plan de Manejo Orgánico: Planificación y descripción de las actividades a desarrollar en una unidad de producción agropecuaria, que permite la utilización de los recursos naturales de forma integrada y sostenible, con el objetivo de transformar y mantener la unidad productiva como orgánica. Incluye todas las actividades, personas o entes, tiempos, sitios e insumos dentro de cualquier fase del proceso orgánico. 42. Plántula: Planta entera en etapa juvenil, proveniente de propagación sexual, destinada para la producción orgánica. 43. Procesamiento: Operaciones de transformación, conservación, envasado y etiquetado de productos agropecuarios. 44. Productos Orgánicos: Productos que se han obtenido siguiendo lo establecido en el presente reglamento, con certificación válida. Se consideran AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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sinónimos del término “orgánico” a los siguientes términos: “agroecológico”, “ecológico” y “biológico”. 45. Productos Silvestres: Son los que se obtienen de ambientes naturales en los que la intervención del hombre es solamente durante la cosecha. 46. Producción mixta: La producción de forma convencional y de forma orgánica de diferentes productos dentro de una misma unidad de producción. 47. Producción paralela: La producción de forma convencional y de forma orgánica de una misma especie o variedad, dentro de una misma unidad de producción. 48. Tierras vírgenes o nuevas: Tierras que anteriormente nunca habían sido cultivados bajo un sistema de producción agropecuaria. 49. Transición: Es el proceso programado en que una unidad de producción convencional, se transforma en un sistema de producción orgánica.

CAPITULO IV PRODUCCIÓN ORGÁNICA Art. 6.-La unidad productiva. La producción orgánica deberá llevarse a cabo en una unidad cuyas parcelas, lotes, o zonas de producción estén claramente separadas de cualquier otra unidad que no cumpla con las normas del presente reglamento; las instalaciones de transformación y/o envasado podrán formar parte de dicha unidad cuando ésta se limite a la transformación y/o envasado de su propia producción.

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Art. 7.-La contaminación en el proceso de producción orgánica, por aplicación de insumos no permitidos, se debe evitar. En aquellos casos en que las áreas a ser certificadas estén expuestas a eventuales contaminaciones con sustancias externas al proceso productivo, se deberá disponer de barreras físicas o zonas de amortiguamiento adecuadas u otros medios que protejan y garanticen la no contaminación del área. En todos los casos, si se produce una contaminación, la misma debe quedar documentada en los registros de la finca y el productor comunicará a la agencia certificadora inmediatamente. Los productos contaminados deberán ser identificados y separados del resto. Art. 8.-Se prohíbe la producción paralela dentro de la misma unidad productiva. Art. 9.-Se admitirá la producción mixta, con la condicionante de que el productor sea capaz de demostrar física y documentadamente a la agencia certificadora la separación de las actividades orgánicas y convencionales. Art. 10.-En las fincas donde se de la producción mixta (orgánica y convencional), es obligatorio que se cumpla con las siguientes condiciones: a. Ubicar, definir y delimitar las unidades de producción en un mapa así como, identificar las mismas por rótulos en el campo; b. Mantener los registros separados de la producción por cada área; c. Demostrar (a través de un cronograma de actividades) los procedimientos, métodos y habilidad de manejo para prevenir el riesgo de la mezcla de productos orgánicos con AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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los convencionales o la contaminación por insumos químicos del área convencional al área orgánica; d. No rotar las parcelas de cultivo orgánico a convencional; e. No utilizar las mismas variedades bajo cultivo en la finca o parcela de forma convencional y orgánica (producción paralela).

Art. 11.-Periodo de transición de la unidad productiva. La fase de transición de la agricultura convencional a orgánica será de mínimo dos años para los cultivos de ciclo corto y de mínimo tres años hasta la cosecha en cultivos perennes. No obstante, cualquiera sea su duración, el periodo de transición sólo podrá empezar una vez que la unidad productiva se haya puesto bajo un sistema de inspección por parte de una agencia certificadora y una vez que la unidad haya empezado a poner en práctica las normas de producción orgánica. Art. 12.-En el caso de parcelas con cultivos orgánicos que posean condiciones de origen natural, regeneración, descanso, abandono, repasto o potrero quedan exentos de las restricciones del artículo anterior, siempre y cuando se demuestre en forma conjunta entre el operador y la agencia certificadora la ausencia de aplicación de productos prohibidos en el presente reglamento por no menos de tres años antes de la cosecha, siendo necesario en estos casos un análisis de residuos en el suelo y en la primera cosecha. El tiempo mínimo de transición no será menor de doce meses antes de la cosecha. 4.1 AGRICOLA Art. 13.- Uso de semilla, plántulas y material de propagación: AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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1. Las semillas, plántulas y material de propagación vegetativa destinadas a la producción orgánica deben haber sido producidas en forma orgánica desde la siembra conforme a lo establecido en el presente reglamento. 2. Se permite el tratamiento de semillas con las sustancias permitidas en el anexo 01 de este reglamento y en caso de insumos comercializados en el país, si éstos están registrados en el SESA. 3. De no contarse con la semilla orgánica, como excepción se puede utilizar semilla convencional sin tratamiento químico y el operador obtendrá de su agencia certificadora la autorización para el uso de semillas no certificadas, después de haber mostrado suficientemente en cada ciclo productivo el esfuerzo en la búsqueda de semilla orgánica. 4. Si no se puede encontrar semilla convencional sin tratamiento químico, como excepción se puede utilizar semilla convencional tratada químicamente y el operador obtendrá de su agencia certificadora la autorización para el uso de semillas no certificadas, después de haber mostrado en cada ciclo productivo suficientemente el esfuerzo en la búsqueda de semilla orgánica. 5. Queda prohibida la utilización de semilla y material de propagación procedentes de organismos genéticamente modificados (OGM). Art. 14.-El Ministerio de Agricultura y Ganadería proveerá información actualizada referente a los lugares de disponibilidad de semillas, plántulas y de material de propagación orgánica.

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Art. 15.- Fertilidad del suelo y nutrición de las plantas: Tanto la actividad biológica como la fertilidad natural del suelo, deberán ser mantenidas e incrementadas por medio de: a. Cultivo de leguminosas y otras plantas fijadoras de nitrógeno, abonos verdes, cultivos de cobertura, y/o plantas de enraizamiento profundo, con arreglo a un programa de rotación adecuado. b. La incorporación al terreno de abonos orgánicos, obtenidos de residuos procedentes de la propia finca o de explotaciones agropecuarias sujetas a lo normado en este reglamento. c. La aplicación de humus proveniente de residuos vegetales en descomposición y humus provenientes de deyecciones de lombrices e insectos. d. Prácticas de conservación de suelos como: curvas a nivel, cultivos en contorno, terrazas, acequias de ladera y barreras vivas y, cortinas rompevientos y otras que ayuden a conservar el suelo. e. Rotación de cultivos, sobre todo de leguminosas, para que sean optimizadas en forma adecuada a las condiciones de las fincas, granjas ó unidades de producción. f. Aplicaciones de otros productos nutritivos incluidos en las listas oficiales de sustancias permitidas en la agricultura orgánica, cuando el nivel de nutrientes o las características físicas del suelo no sean del todo satisfactorias para un adecuado crecimiento de los cultivos y también para mantener e incrementar la productividad de los suelos. g. La utilización de los subproductos de la ganadería, como el estiércol, si procede de explotaciones que se ajusten a las prácticas reconocidas en materia de AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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producción animal orgánica. Se permite la utilización de estiércoles o subproductos de sistemas de producción animal no orgánica únicamente cuando la necesidad es autorizada por la agencia certificadora y deberá emplearse después de un proceso de fermentación controlada o compostaje y no debe ser empleado para suplir más del 50 % del requerimiento máximo del cultivo, y, a su vez, nunca superar los 80 Kg./ha./cultivo. h. La fertilización debe realizarse con materiales permitidos en este reglamento, y debe aplicarse de tal manera que no provoque desbalances fisiológicos, que predispongan el ataque de enfermedades, plagas y contaminación de agua. Art. 16.-Manejo de plagas. El combate de plagas debe realizarse de manera integrada, de acuerdo al sistema de ciclos orgánicos y manteniendo el equilibrio ecológico. En el manejo integrado deben considerarse los siguientes aspectos: a. Creación de condiciones que favorezcan el desarrollo de un equilibrio ecológico, donde el combate de los enemigos naturales de los parásitos pueda funcionar; b.

Método cultural: • Mejoramiento de la fertilidad del suelo • Siembra de cultivos asociados; • Adecuado programa de rotación de cultivos; • Implementación de prácticas culturales que favorezcan la reducción de poblaciones de insectos;

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• Implementación de espacios para antagonistas c.

Método genético: • Selección de especies y variedades adecuadas;

d.

Control biológico de plagas: • Preparaciones en base a estiércoles, fermentos, infusiones y preparados de plantas u otros elementos biológicos;

e.

Método etológico: • Uso de trampas para el combate de insectos y siembra de cultivos como trampas repelentes;

f.

Implementación de métodos mecánicos;

g. Desinfestación del suelo con insumos aceptados por la agricultura orgánica. Sólo en casos de amenaza inmediata al cultivo y donde las medidas anteriormente recomendadas no resulten efectivas o suficientes para combatir plagas o enfermedades, se podrán, usar las sustancias que aparecen en la lista del anexo 01, con la autorización de la certificadora. Art. 17.-Cuando no se puedan producir en la finca, granja o unidad de producción, los insumos orgánicos, se podrán utilizar aquellos que se comercialicen en el país, siempre que estén registrados en el SESA y en caso de restricciones, con la autorización de la certificadora. Art. 18.- Manejo del agua. El agua para la transformación y procesamiento debe tener la calidad de agua potable. En caso de usarse agua de riego, se debe tener un plan dirigido a la conservación del agua. La fuente, así como AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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posibles causas de contaminación, deben ser evaluadas, bajo la responsabilidad de la agencia certificadora. No está permitido el uso de aguas sépticas y residuales, o con exceso de nitratos, plomo u otros metales pesados o substancias toxicas. Art. 19.-Plan de manejo orgánico. En toda unidad productiva agropecuaria se deberá elaborar un plan de manejo orgánico, en el cual se tome en cuenta la conservación, el mejoramiento y el uso adecuado del suelo, el agua, la biodiversidad y el ambiente, así como, medidas adecuadas de mitigación ante fuentes potenciales de contaminación. Este plan debe ser entregado con anterioridad a la aplicación a la agencia certificadora. Art. 20.-Plan de rotación. El plan de manejo debe incluir las rotaciones de cultivos en la granja. Los productores de cultivos perennes, representan una posible excepción, aunque es conveniente efectuar cultivos intercalados, cultivos en callejones y otras medidas que aumenten la biodiversidad y estabilidad de un sistema agrícola perenne. Art. 21.-De la cosecha y post cosecha. Estas operaciones deben realizarse bajo condiciones adecuadas que permitan preservar la integridad orgánica y la calidad de los productos. Se permite solo el uso de insumos según el anexo correspondiente del presente reglamento, y en el caso de insumos comerciales, los registrados en el SESA. Art. 22.-Productos silvestres. Los productos de origen silvestre – que crecen espontáneamente en zonas naturales, bosques y zonas agrícolas - deben provenir de un manejo sostenible del recurso vegetal. La agencia certificadora solamente certificará extracciones de especies permitidas, no así, de las especies en vías de extinción, en AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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conformidad con las leyes y reglamentos vigentes y tomando en consideración que las áreas de recolección deben estar libres de aplicaciones de químicos y sustancias afines por lo menos un período de tres años. Se pueden certificar como productos orgánicos, siempre que cumplan con lo siguiente: •

La única intervención directa humana, será la cosecha o recolección;



La entidad comercializadora, identificará las áreas de recolección por sitio, zona, región y periodos de recolección, y tomará en cuenta los criterios de la conservación y protección del medio; deberá asegurar la capacidad de auto regeneración de las especies y presentará su localización geográfica a la agencia certificadora, el cual realizará la inspección física según el programa definido en este reglamento;



La actividad deberá someterse al sistema de control establecido en este reglamento;



Los productos que provengan de una zona de recolección claramente delimitada y sujeta a las medidas de inspección y certificación requeridas;



La recolección no perturbará la estabilidad del ambiente o la preservación de las especies en la zona de recolección;



Que los productos procedan de un operador que administre la cosecha o recolección de los mismos, que esté claramente identificado y conozca bien la zona de recolección;

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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No existan posibles contaminación.

agentes

y

vías

de

Art. 23.-Insumos. Los insumos utilizados en el proceso de agricultura orgánica deberán corresponder a los indicados en el anexo 01 de la presente reglamentación. En el caso de los insumos comerciales deberán estar registrados en el SESA. El SESA publicará periódicamente las listas de insumos para conocimiento de los usuarios.

CAPITULO V PROCESAMIENTO Art. 59.- Del procesamiento. La integridad del producto orgánico debe mantenerse durante toda la fase de transformación: desde la recepción de la materia prima hasta el procesamiento y elaboración. Esto se logra empleando técnicas apropiadas en el uso de los ingredientes específicos, con métodos de elaboración cuidadosos que limitan la refinación y, el empleo de aditivos y coadyuvantes de elaboración. Art. 60.- Métodos de procesamiento y elaboración. Los métodos de procesamiento y elaboración deben ser mecánicos, físicos o biológicos (por ejemplo, fermentación o ahumado), y reducirse al mínimo el empleo de ingredientes no agrícolas y aditivos como los enumerados en las listas oficiales de substancias permitidas en la agricultura orgánica. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Se permitirán las siguientes prácticas: 1. Almacenamiento bajo atmósferas controladas (dióxido de carbono o nitrógeno), con las medidas de seguridad apropiadas; 2. Tratamientos con agua caliente, aire caliente o tratamientos por vapor para retardar la descomposición por microorganismos; 3.

Secado natural o con aire forzado;

4.

Uso de ceras o recubrimientos comestibles;

5.

Enfriamiento;

6.

Lavado en agua potable.

Art. 61.-En caso de que también se transformaran, envasaran o almacenaran en la misma unidad productos provenientes de la agricultura convencional: 1. La unidad deberá disponer de locales separados para el almacenamiento, antes y después de las operaciones de los productos; 2. Deberán adoptarse todas las medidas necesarias para garantizar la identificación de los lotes y para evitar que puedan mezclarse con productos no obtenidos con arreglo a las normas de producción establecidas en el presente reglamento; 3. Los productos no empacados deberán estar claramente identificados como orgánicos y ubicados aparte de los no orgánicos;

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4. Un producto elaborado bajo las normas del presente reglamento no puede tener un mismo ingrediente obtenido orgánicamente y de forma convencional; 5. En caso de alquilarse servicios para el procesamiento de un producto, la inspección puede ser solicitada por el operador quien debe demostrar, en coordinación con los encargados de la planta alquilada, la separación física y temporal en planta durante todo el flujo del producto; así como también la señalización adecuada y registros del flujo identificando a los productos orgánicos. Además, deberán tener un contrato que demuestre que el dueño de la planta conoce que la producción procesada es orgánica; 6. Garantizar el libre acceso al personal de la agencia certificadora. Art. 62.-Procesamiento paralelo. Se permite el procesamiento paralelo únicamente cuando el operador sea capaz de demostrar física y documentadamente a la agencia certificadora mediante un registro, la separación del producto convencional y orgánico conforme a lo establecido en la presente reglamentación. Art. 63.-Todo producto elaborado que se comercialice como orgánico, deberá contener todos los ingredientes de origen agrario, producidos, importados u obtenidos de acuerdo al presente reglamento. No obstante lo dispuesto podrán utilizarse dentro del límite máximo del 5 % en peso de los ingredientes, productos de origen agrario que no cumplan con los requisitos del presente reglamento, a condición de que sea indispensable su uso y que no sean organismos genéticamente modificados (OGM) o derivados, y no existan los mismos producidos por sistemas orgánicos. Para calcular el porcentaje de un AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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ingrediente orgánico o del total de ingredientes orgánicos debe dividirse el peso total neto (excluyendo agua y sal) del o los ingredientes orgánicos combinados entre el peso total (excluyendo agua y sal) del producto final. Para ingredientes líquidos se debe dividir el volumen fluido del ingrediente o los ingredientes orgánicos combinados (excluyendo agua y sal) entre el volumen fluido del producto final. Para productos conteniendo ingredientes orgánicos en forma líquida y sólida se divide el peso combinado de ingredientes sólidos y el peso de los líquidos (excluyendo agua y sal) entre el peso total (excluyendo agua y sal) del producto final. CAPITULO VI ETIQUETADO Art. 64.-Los términos “orgánico”, “ecológico” o “biológico” se podrán utilizar únicamente en el etiquetado de productos agrícolas crudos o procesados, incluyendo los ingredientes que hayan sido producidos y manejados de acuerdo al presente reglamento. Art. 65.-Los productos para exportación se podrán etiquetar de acuerdo con los requisitos de etiquetado exigidos por el país receptor o del comprador del contrato y de la autoridad de control del país, avalizados por el certificado otorgado por la agencia certificadora que certificó la operación de producción o de manejo orgánico, que produjo o manejó el producto terminado.

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Art. 66.-Los productos que solamente consistan de ingredientes silvestres certificados deben ser claramente etiquetados como “silvestre” o “natural”. Art. 67.-Etiquetado de productos en transición hacia la agricultura orgánica. Los productos podrán llevar etiquetas que se refieran a la “transición a la agricultura orgánica”, siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones: a. Cumplir con lo estipulado en lo que se refiere al periodo de transición; b. El producto estará compuesto de un solo ingrediente de origen agropecuario; c. Identificación clara en la etiqueta de la agencia de certificación que certificó el producto final; d. En el etiquetado de estos productos aparecerá la indicación "Producido en Transición hacia la Agricultura Orgánica" y deberá presentarse en formato, color y caracteres no distintos de la demás información que destaque tal indicación; Art. 68.-El primer año de transición, el producto debe venderse siempre como convencional. Art. 69.-Lista de ingredientes. Las etiquetas deberán contener la lista de ingredientes del producto, según las normas legales de etiquetado de productos alimenticios en el país, en orden decreciente según el porcentaje en peso total del producto. Cada uno de los componentes de la lista, tendrá el mismo color, dimensiones y caracteres, así como los aditivos y coadyuvantes que contiene.

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Art 70.- Contenido de ingredientes orgánicos. Los productos orgánicos pueden contener distintos porcentajes de ingredientes de origen orgánico y por ese motivo, existen distintas formas de presentar las etiquetas de los mismos, siendo éstas las siguientes:  n el frente de la etiqueta se puede utilizar la mención E “100 % orgánico”, solo cuando el 100 % de los ingredientes sean orgánicos. La etiqueta debe contener la identificación de la agencia certificadora.  n el frente de la etiqueta se puede utilizar la palabra E “orgánico”, cuando el 95 al 99 % de los ingredientes sean orgánicos y el restante 1 – 5 % sean ingredientes no orgánicos permitidos conforme al anexo correspondiente. La etiqueta debe contener la identificación de la agencia certificadora.  i el porcentaje de ingredientes orgánicos es menor del S 94 %, la palabra “orgánico” debe ir solamente en la lista de ingredientes del producto, identificando los que sean orgánicos. No puede utilizarse el término “orgánico” en el frente de la etiqueta. La etiqueta no debe contener la identificación de la agencia certificadora. El agua y la sal incluida como ingredientes no se deben identificar como orgánicas. Art. 71.-Las etiquetas de los productos “100 % orgánicos” y “orgánicos” deberán contener la identificación de la agencia certificadora de la cual depende el operador que haya efectuado la última operación de transformación del producto, con el código de registro otorgado por la agencia certificadora.

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Art. 72.- Cuando un producto orgánico no contenga la totalidad de sus ingredientes producidos orgánicamente, deberá explicitarse en la lista de los ingredientes, aquellos que lo son, utilizando la palabra “orgánico”. Art. 73.-Los productos procesados que vayan a etiquetarse o identificarse como producto orgánico o en transición no podrán incluir productos contaminados con metales pesados y o plaguicidas, así como con sulfitos, nitratos o nitritos. Los colorantes, preservantes y saborizantes sintéticos quedan también excluidos. El agua que se utilice en el sistema deberá ser potable y preferiblemente sin tratamiento químico. CAPITULO VII ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y EMPAQUE Art. 74.-El almacenamiento y transporte de los productos orgánicos sujetos a este reglamento deberán cumplir con las siguientes condiciones: a. Cuando en forma conjunta se almacenen o transporten productos orgánicos y convencionales, deberán adoptarse las medidas necesarias para evitar que éstos se mezclen; b. Para impedir cualquier tipo de contaminación por agentes externos o internos inherentes al medio de transporte o al espacio de almacenamiento, se adoptarán las medidas necesarias que garanticen su preservación y eviten su contaminación; c. Se deben evitar tratamientos con pesticidas en almacenes y medios de transporte destinados a los productos orgánicos;

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d. Para transportar productos orgánicos éstos deberán acompañarse de la documentación respectiva, de acuerdo a las disposiciones de la autoridad nacional de aplicación (SESA). Art. 75.-El empaque de todo producto orgánico, a más de lo prescrito en las leyes afines del país, deberá utilizar materiales preferiblemente biodegradables o reciclables. En ningún caso se podrá usar los que hayan contenido productos de agricultura convencional o hayan sido destinados a otros usos. CAPÍTULO VIII DE LA COMERCIALIZACIÓN Art. 76.- Los productos que se comercialicen bajo la denominación de “orgánico” o”en transición” deberán estar respaldados por un certificado extendido por una agencia certificadora acreditada en el Ecuador. Art. 77.- La empresa que se dedique a la comercialización de productos orgánicos y que deba realizar las operaciones de lavado, clasificación, empaque, embalaje y almacenamiento, deberá hacer esto de manera completamente aparte de los productos de origen convencional.

8.1. EXPORTACIONES Art. 78.-Las empresas exportadoras de productos orgánicos, transformados o no, además de cumplir con las normas establecidas en las legislaciones correspondientes, deberán contar con un certificado vigente, otorgado por una agencia certificadora acreditada en el país. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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8.2. IMPORTACIONES Art. 79.-Los productos orgánicos importados sólo podrán comercializarse en caso de que una certificadora acreditada en el país de origen, la autoridad competente u otro organismo designado en el país exportador haya emitido un certificado de transacción indicando que el lote designado en el certificado se ha obtenido en el marco de un sistema de producción, elaboración, etiquetado e inspección para el que se aplican, como mínimo, las reglas establecidas en este reglamento y otra legislación pertinente. Art. 80.-El original del certificado de transacción deberá acompañar a la mercancía hasta la explotación del primer destinatario; el importador deberá conservar el certificado a disposición del organismo o de la autoridad de control durante al menos dos años; y deberá haber sido redactado de conformidad con un formato determinado por el SESA. Art. 81.-La autenticidad del producto deberá mantenerse desde la importación hasta que llegue al consumidor. El importador y comerciante de productos orgánicos debe ser certificado por una agencia certificadora acreditada en el país. Art. 82.-La autoridad nacional de aplicación puede. a. Exigir información detallada sobre las medidas aplicadas en el país de origen del producto, que permitan evaluar y decidir sobre la equivalencia de sus normas con los requisitos del presente reglamento; b. Requerir que el producto se etiquete de acuerdo con los requisitos de etiquetado del presente reglamento, en caso que las exigencias fueran diferentes. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Art. 83.-Los productos orgánicos se importarán en envases o recipientes adecuados cuyo cierre impida la sustitución de su contenido y que vayan provistos de una identificación del exportador y otras marcas y números que permitan identificar el lote con su certificado de transacción y que facilite la aplicación del Sistema Nacional de Control. Art. 84.-Cuando los productos orgánicos importados se depositen en instalaciones de almacenamiento donde también se transformen, envasen o almacenen otros productos agropecuarios no orgánicos, deberán cumplirse los siguientes requisitos: a. Cuando en forma conjunta se almacenen o transporten productos orgánicos y convencionales, deberán adoptarse las siguientes medidas para evitar que éstos se mezclen; • Evitar que éstos se mezclen • Garantizar la preservación y evitar su contaminación por agentes externos e internos inherentes al medio de transporte o al espacio de almacenamiento b. Se deben evitar tratamientos con pesticidas en almacenes y medios de transporte destinados a los productos orgánicos; c. Para transportar productos orgánicos éstos deberán acompañarse de la documentación respectiva, de acuerdo a las disposiciones de la autoridad nacional de aplicación (SESA).

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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CAPÍTULO IX ACREDITACION Y CONTROL Art. 85.- El Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA) es la autoridad nacional de aplicación, competente para las actividades de control del proceso de la producción orgánica, comercialización, recepción de denuncias y seguimiento en caso de fraude. 9.1 ACREDITACION Art. 86.-El Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE), en coordinación con el SESA, acreditará a las agencias de certificación nacionales e internacionales de productos orgánicos y laboratorios de ensayos, que efectúen sus actividades en el país con la finalidad de evaluar su competencia técnica bajo principios y prácticas internacionales. En el caso de que las agencias de certificación extranjeras cuenten con una acreditación por parte de un organismo de acreditación extranjero reconocido internacionalmente, el OAE efectuará el respectivo reconocimiento, para de esta forma facilitar la actuación de dichos organismos en territorio nacional. Las entidades de certificación y laboratorios deberán cumplir con las guías y normas ISO respectivas o normas internacionales equivalentes, de la siguiente manera: a. Organismos de Certificación de Productos: Guía ISO 65 AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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b. Laboratorios de ensayo: ISO/IEC 17025 c. Inspectores: Art. 87.-Los inspectores, en forma independiente, podrán acreditarse directamente ante el OAE, o a través de la agencia certificadora que contrate sus servicios. Art. 88.-La tasa de acreditación será fijada por el OAE, de conformidad con sus propias políticas y parámetros en materia de acreditación, que a su vez están amparadas en los criterios del Sistema Ecuatoriano de la Calidad (MNAC), pero siempre considerando las particularidades del mercado de servicios de certificación orgánica en el Ecuador, a fin de que dichas tasas no se conviertan en barreras a la entrada ni perjudiquen de manera colateral a los operadores. Art. 89.-La acreditación será indefinida y sujeta a las políticas de auditoría y evaluación establecidos por el OAE. 9.2 CONTROL Art. 90.-Todo operador que produzca, elabore o importe de otro país algún producto orgánico, con vistas a su comercialización deberá: a. Inscribirse en los registros del SESA; b. Obtener la certificación orgánica. Art. 91.-El SESA será la autoridad nacional competente responsable del control de la inspección y certificación, importación y exportación, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente reglamento, y tendrá las siguientes funciones: AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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a. Implementar el Sistema Nacional de Control (SNC); b. Llevar el Registro Nacional de agencias certificadoras e inspectores orgánicos acreditados, fincas orgánicas y en transición, establecimientos de procesamiento y comercialización de productos orgánicos; c. Establecer un sistema de supervisión periódico a todas aquellas personas naturales o jurídicas que intervengan en el proceso de producción, elaboración, mercadeo y certificación de productos agrícolas de origen orgánico; d. Evaluar la equivalencia técnica de la reglamentación utilizada en los países de los cuales se pretenda importar productos e insumos orgánicos; e. Poner a disposición de los interesados un directorio con los nombres y direcciones de los operadores que estén registrados por el órgano de control, así como fecha de certificación y ente que lo certifica; f. Emitir informes técnicos o de auditoria; g. Mantener informado al Comité Nacional de Agricultura Orgánica de todas las acciones tomadas. h. Controlar que no se genere conflicto de intereses entre las actividades de certificación y asesoramiento por parte de las agencias certificadoras. i. Controlar que todas las agencias certificadoras que operan en el país, estén debidamente acreditadas. Art. 92.-Todo proceso productivo, o de elaboración en instalaciones dedicadas a la producción o comercialización de productos orgánicos en el país, para ser reconocido como tal, debe ser certificado por una agencia certificadora AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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debidamente registrada y acreditada de conformidad con lo dispuesto en este reglamento. Art. 93.-La agencia certificadora debe mantenerse independiente y sus actividades no estarán relacionadas con las de producción, asesoramiento, exportación y mercadeo o comercialización de productos orgánicos. La agencia certificadora no puede ser considerada como tal, si se comprueba su participación en empresas que persigan los fines descritos. Art. 94.-De los requisitos comunes para el registro: a. Nombre completo de la persona jurídica o natural que solicita el registro; b. Descripción de la actividad a la que se dedica: producción, industrialización, comercialización, certificación o inspección; c. Fotocopia de la cédula de identidad o personería jurídica; d. Dirección exacta de la persona jurídica o natural, o de su representante legal, dirección postal, número de teléfono y facsímil; e. Lugar para recibir notificaciones: nombre, dirección, dirección postal, número de teléfono y facsímil; f. En el caso de persona jurídica: dirección domiciliaria y postal, número de teléfono y facsímil, del representante legal de la empresa; g. Copia del pago al SESA del registro; h. En el caso de agencias certificadoras, la acreditación previa ante el OAE.

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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Art. 95.- En el caso de los inspectores, el registro se hace a través de las certificadoras, las mismas que deberán reportar al SESA; o, a través de la inscripción directa en el registro del SESA. Art. 96.-Para efectos de control, el SESA tomará las medidas necesarias para: a. Supervisar y evaluar que las inspecciones realizadas por el inspector sean objetivas; b. Auditar a las certificadoras con personal técnico y calificado. c. Suspender o retirar el registro del operador, y solicitar al OAE el retiro de la acreditación, a la agencia certificadora cuando no cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento y la legislación vigente; d. Dar seguimiento a las denuncias de toda persona natural o jurídica; e. Remitir a la justicia ecuatoriana los casos que ameriten ser juzgados por ella; y f. Fijar las sanciones para los actores que incumplan con lo establecido en el presente reglamento y legislaciones conexas. Art. 97.-Las personas naturales o jurídicas registradas en el SESA quedan obligadas al cumplimiento de las disposiciones de este reglamento y demás disposiciones legales pertinentes. Art. 98.-El SESA realizará auditorias técnicas a las diferentes agencias certificadoras aplicando el procedimiento y formato oficial para el efecto. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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El informe de auditoria debe tener el siguiente contenido mínimo, siempre orientándose a los manuales existentes: 1. Nombres del personal encargado de las auditorias; 2. Datos generales auditadas;

de

las

agencias

certificadoras

3. Nombres del personal contactado; 4. Agenda de trabajo; 5. Documentos de referencia; 6. Identificación clara del cumplimiento o incumplimiento de los requisitos y sus respectivas conclusiones; 7. Presentación de las acciones correctivas a las partes auditadas a los 30 días calendarios; 8. A los 60 días calendario, concluir con las acciones correctivas. De no satisfacerse en este plazo, tendrán que reiniciar el trámite; 9. Toda esta información deberá ser remitida al CNAO en un plazo no mayor de 10 días. 10. Documento firmado información obtenida.

de

confidencialidad

de

la

Art. 99.-Las agencias certificadoras tienen que presentar sus procedimientos de inspección para los diferentes niveles. Tienen que disponer, además, de procedimientos de certificación claramente detallados, documentados en su Manual de Garantía de Calidad, el mismo que debe estar a disposición de la autoridad nacional de aplicación, el SESA, par efectos de comprobación y seguimiento. AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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CAPÍTULO X INFRACCIONES Y SANCIONES Art. 100.-El SESA, en su calidad de autoridad nacional de aplicación, es el organismo competente para determinar las infracciones y establecer las sanciones correspondientes, conforme al Decreto Ejecutivo 3609, publicado en el Registro Oficial del 20 de marzo del 2003, Edición Especial Nr 1, el presente reglamento y otras legislaciones pertinentes. Las infracciones y sanciones quedarán tipificadas en el Sistema Nacional de Control. CAPÍTULO XI DEL COMITÉ ORGÁNICA Y PERMANENTE

NACIONAL DE AGRICULTURA LA SECRETARIA TÉCNICA

Art. 101.-El Comité Nacional y la Secretaría Técnica Permanente de Agricultura Orgánica, de conformidad con el Decreto Ejecutivo, Artículos 7, 8 y 9, se regulan de acuerdo con sus funciones establecidas y sus reglamentos internos. Art. 102.-El Comité Nacional de Agricultura Orgánica es un organismo independiente con carácter de órgano asesor y proponente de la formulación de políticas inherentes a esta actividad, coadyuvando al desarrollo de la agricultura orgánica en el país. Art. 103.-Dicho comité deberá establecer su reglamento interno de funcionamiento, acorde con las funciones descritas en el Decreto Ejecutivo No. 3609. Art. 104.-La Secretaría Técnica Permanente, igualmente establecerá su reglamento interno de funcionamiento en AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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concordancia con las funciones a ella encomendada. La sede de esta Secretaría estará ubicada en el Ministerio de Agricultura y Ganadería – Dirección de Investigación, Transferencia de Tecnología y Extensión – DITTE, quien ejerce la dirección. Dado en Quito, a 25 de julio de 2003 (Firmado Dr. MINISTRO

en el Luis Macas DE AGRICULTURA Y

original) A. GANADERÍA

Este texto es un extracto del acuerdo ministerial # 177 publicado en el registro oficial en donde se expide dicha ley, se obio la parte de producción pecuaria ya que el acuerdo es muy extenso, además se centrarnos en lo que es la producción agrícola. Esta ley tiene como base las normas internacionales sobre producción de cultivos orgánicos tanto de la NOP (National Organic Program), EEC (European Economic Community); JAS (Japan Agriculture Standards). Se tuvo la colaboración de asociaciones de productores orgánicos, así como de empresas exportadoras de estos productos, además de organizaciones campesinas.

AUTOR: JAVIER ORDOÑEZ SEMPERTEGUI   

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