REQUISITOS DE ACCESO EMPRESAS

EMPRESAS CHEQUE EMPLEO El Cheque Empleo es una subvención del Ayuntamiento de Gandia para la contratación de personas desempleadas de la ciudad. De m...
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EMPRESAS

CHEQUE EMPLEO El Cheque Empleo es una subvención del Ayuntamiento de Gandia para la contratación de personas desempleadas de la ciudad. De manera concreta, consiste en una serie de subvenciones para las empresas que contraten a personas titulares del Cheque Empleo. El titular de un cheque empleo es toda persona desempleada de Gandia que, reuniendo los requisitos para ser portador de un Cheque Empleo, inicia un proceso de búsqueda activa de empleo que puede culminar en un contrato de trabajo. Deben reunir los requisitos siguientes: a. Estar inscrito/a como desempleado en el Centro SERVEF de Gandia, como mínimo desde antes del 31 de diciembre de 2011, y de forma ininterrumpida hasta el momento del contrato objeto de subvención. b. Estar empadronado/a en el municipio de Gandia como mínimo desde antes de la fecha de 31 de diciembre de 2007, y de forma ininterrumpida hasta el momento de la contratación. El empadronamiento deberá mantenerse durante el periodo subvencionado.

El beneficiario de la ayuda Cheque Empleo es toda empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro que concierten contratos de trabajo con titulares del Cheque Empleo. La empresa puede tener cualquier ubicación geográfica, pero el puesto de trabajo debe desarrollarse en el ámbito de la Comunidad Valenciana. En el caso de empresas que se acojan a la ayuda Cheque Estival, los puestos de trabajo deberán desarrollarse en Gandia. Las empresas pueden beneficiarse de las ayuda cheque empleo sin necesidad de esperar la llegada de un titular del cheque. Para ello podrán acudir a la Agencia de colocación del Ayuntamiento de Gandia y presentar la correspondiente oferta de empleo. Desde ese momento se iniciará un proceso de búsqueda del candidato/a más idóneo al puesto de trabajo para el que se ha presentado la oferta.

REQUISITOS DE ACCESO Se contempla 4 tipos de ayudas Cheque Empleo, conforme lo dispuesto en las bases reguladoras de esta convocatoria de ayudas Cheque Empleo.

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TIPO DE CHEQUE

REQUISITOS

SUBVENCIÓN

EMPLEO

Duración del contrato: mínimo 6 meses. Fecha del contrato: a partir de 1 de junio de 2012. Fecha límite: 1 de diciembre de 2012. Sector de actividad: todos. Ámbito geográfico del centro de trabajo: Comunidad Valenciana.

Periodo subvencionable: 6 meses. Cuantía: 2400€ por cada contrato a jornada completa.

CHEQUE ESTIVAL 2+2 GANDIA

Duración del contrato: mínimo 4 meses. Fecha del contrato: entre el 1 de junio de 2012. Fecha límite: 1 de julio de 2012. Sector de actividad: turismo o i afectados por su estacionalidad . Ámbito geográfico del centro de trabajo: Gandia

Periodo subvencionable: 2 meses del periodo excepto julio y agosto. Pueden ser: junio y septiembre, o septiembre y octubre, en función de la fecha de contratación. Cuantía: 800 € (400€/ mes por cada contrato a jornada completa).

CHEQUE ESTIVAL 2+3 GANDIA

Duración del contrato: mínimo 5 meses. Fecha del contrato: entre el 1 de junio de 2012. Fecha límite: 1 de julio de 2012. Sector de actividad: turismo o afectados por su estacionalidad. Ámbito geográfico del centro de trabajo: Gandia

Periodo subvencionable: 3 meses del contrato excepto julio y agosto. Cuantía: 1200 € (400€/ mes por cada contrato a jornada completa).

CHEQUE NARANJA

Duración del contrato: mínimo 3 meses. Fecha del contrato: a partir del 1 de septiembre. Fecha límite: 1 de diciembre de 2012. Sector de actividad: agrario de la ii naranja . Ámbito geográfico del centro de trabajo: Comunidad Valenciana.

Periodo subvencionable: de 3 a 6 meses, siendo el último mes subvencionable abril de 2013. Cuantía: desde 1200 € hasta 2400€ (400€/ mes por cada contrato a jornada completa).

CHEQUE GENÉRICO

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Las cantidades hacen referencia a contratos de jornada completa y para contratos realizados a personas titulares del Cheque Empleo. Dicha cantidad se verá reducida proporcionalmente en los contratos por tiempo parcial que, en todo caso, deberán ser superior a las 20 horas semanales. Las empresas se podrán beneficiar de las ayudas hasta un máximo de 10 contrataciones por empresa. Las empresas del sector del turismo podrán acogerse a la modalidad de Cheque Empleo Genérico siempre que el contrato de trabajo que formalicen con el trabajador/a sea por una duración mínima de 6 meses. Las contrataciones deberán efectuarse en fecha posterior a lo establecido en cada una de las ayudas cheque empleo y siempre en fecha máxima de 1 de diciembre de 2012.

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Se consideran empresas del sector turístico, o influenciadas por la estacionalidad del turismo, las empresas que operen en Gandia y estén incluidas en los siguientes CNAE: 47. 55, 56, 68, 771, 7734, 79, 90, 93, 96. Otros CNAE podrán ser aceptados previa justificación por parte de la empresa. ii

Se considera empresas potenciales beneficiarias del Cheque Empleo Naranja, aquellas que se encuentran dentro del

sector de la naranja, incluidas en los siguientes CNAE: 0123, 103, 4631. Otros CNAE podrán ser aceptados previa justificación por parte de la empresa.

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO Además de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, son obligaciones de la empresa o entidad beneficiaria:

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Reunir los requisitos descritos en las modalidades de Cheque Empleo para las que solicita la ayuda. Estar al corriente en el pago con la Seguridad Social y Hacienda. Mantener el puesto de trabajo objeto de subvención durante todo el periodo subvencionado Que la contratación/es suponga/n un incremento del empleo neto durante todo el período subvencionado (ver fórmula para el cálculo del empleo neto en las bases reguladoras de estas ayudas). Facilitar cuantos datos e información le sean requeridos por el Ayuntamiento de Gandia en cuestiones relacionadas con la concesión de la subvención En caso de causar baja el trabajador/a éste deberá ser sustituido por otra persona portadora del Cheque Empleo en un plazo inferior a 15 días. No alterar las condiciones laborales y retribuciones salariales de acuerdo con la categoría profesional del trabajador/a en el convenio sectorial o de empresa de aplicación.

SOLICITUD Y TRÁMITE DEL CHEQUE EMPLEO Las solicitudes deberán presentarse preferentemente en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Gandia , o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el modelo adjunto. Las solicitudes deberán presentarse debidamente cumplimentada y acompañarse de original y copia de la siguiente documentación: Documentación relativa a la entidad empleadora beneficiaria de la ayuda: a) Documento Nacional de Identidad o NIE del solicitante o del representante legal de la entidad en su caso. b) En caso de representación legal, acreditación de la misma. c) Certificado de la entidad solicitante de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social. d) Declaración censal según modelo 036. e) Documentación relativa para el cálculo del incremento del empleo neto: TC1 y TC2 correspondientes a los meses anteriores referidos en la modalidad de cheque empleo a la que se acoge el trabajador/a. f) Hoja de Mantenimiento de Terceros.

Documentación relativa al/ a la titular del Cheque Empleo:

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g) Documento Nacional de Identidad de la persona contratada. h) Copia del Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado. i) Informe actualizado de vida laboral emitido por la Seguridad Social. j) Copia compulsada del contrato de trabajo que da lugar a la ayuda, debidamente comunicado al centro SERVEF, o copia del contrato firmado por las partes junto con el justificante de la comunicación telemática al SERVEF, y alta del trabajador/a en la Seguridad Social.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos, o falte algún documento que resulte exigible, se requerirá a la/s persona/s interesada/s para que en el plazo de 10 días subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, trascurrido este plazo sin que lo hubiere hecho, se le tendrá por desistido de su solicitud. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias relativas a las obligaciones con el Ayuntamiento de Gandia y con la Agencia Tributaria. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados correspondientes de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Gandia y con la Agencia Tributaria. El plazo de solicitud de ayudas estará abierto desde el día siguiente de su publicación y finalizará el 1 de diciembre de 2012. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de 20 días desde la fecha de la contratación. ¿Qué hacer? Contratación del trabajador/a

¿Cuándo? A partir del 1 de junio y en fecha límite hasta el 1 de diciembre de 2012.

Solicitud de la ayuda

Durante los primeros 20 días a contar desde el día de inicio del contrato.

Resolución

En un plazo máximo de 3 meses una vez solicitada la ayuda.

Primer pago de la ayuda

Se percibirá 1/3 de la ayuda en el momento de la resolución aprobatoria

Justificación

Pasado el periodo mínimo de subvención para cada una de las modalidades de Cheque Empleo, y en el plazo de un mes.

Pago final

Pago del resto de la ayuda, tras la comprobación de la justificación final.

FAQs (FREQUENTLY ASKED QUESTIONS) ¿Qué tipo de ayuda es un Cheque Empleo? El Cheque Empleo es una subvención a la contratación de personas desempleadas de Gandia, que certifica que sus portadores reúnen los requisitos de residencia y antigüedad en la demanda de empleo requeridos.

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¿Quién es el titular y el beneficiario del Cheque Empleo? Titular de un cheque empleo es toda persona desempleada de Gandia que, reuniendo los requisitos para ser portador de un Cheque Empleo, inicia un proceso de búsqueda activa de empleo que puede culminar en un contrato de trabajo. Beneficiario de la ayuda Cheque Empleo es toda empresa que concierte un contrato de trabajo con una persona titulares de un Cheques Empleo. ¿Qué tipo de empresas se pueden beneficiar de la ayuda Cheque Empleo? Toda empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro que contraten a un portador/a del Cheque Empleo. En ningún caso podrán acogerse a estas ayudas las administraciones públicas y las empresas de trabajo temporal. ¿Dónde debe estar ubicada la empresa que solicita la ayuda Cheque Empleo? La empresa puede tener cualquier ubicación geográfica, pero el puesto de trabajo debe desarrollarse en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Sólo existe la excepción de los contratos que se desarrollen mediante el cheque estival; en este caso sólo podrán optar a las ayudas de este cheque las empresas con domicilio fiscal en Gandia y que desarrollan la actividad objeto del contrato en la propia ciudad. ¿Qué requisitos debe reunir el titular de un Cheque Empleo? Dos requisitos básicos: -

Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Centro SERVEF de Gandia, de forma ininterrumpida desde antes del 31/12/11 hasta el momento en que se efectúa el contrato objeto de subvención.

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Estar empadronado en la ciudad de Gandia de forma ininterrumpida desde antes del 31/12/2007 y hasta el momento de la contratación; el empadronamiento deberá mantenerse por todo el periodo del contrato.

¿He de esperar a que un titular del Cheque Empleo acuda a mi empresa para beneficiarme de la ayuda? No. Las empresas que necesiten efectuar una nueva contratación y quieran ser beneficiarias de la ayuda Cheque empleo podrán acudir a la Agencia de colocación del Ayuntamiento de Gandia y presentar la correspondiente oferta de empleo. Desde ese momento se iniciará un proceso de búsqueda del candidato/a más idóneo al puesto de trabajo para el que se ha presentado la oferta.

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¿De cuántos Cheques Empleo se puede beneficiar mi empresa? Esta ayuda se puede solicitar hasta un máximo de 10 trabajadores/as por empresa que cumplan los requisitos descritos. ¿Cuándo se pueden realizar las contrataciones sujetas a la ayuda Cheque Empleo? Las contrataciones deberán efectuarse en fecha posterior a la publicación de la convocatoria de ayudas de los Cheques Empleo y en fecha máxima de 1 de diciembre de 2012. ¿Cómo se realiza el cálculo del empleo neto de la plantilla? Las nuevas contrataciones deberán suponer un incremento neto de la plantilla media de trabajadores durante el periodo subvencionado. La plantilla media de trabajadores se calculará como la media aritmética del número de trabajadores en los meses de referencia, con las siguientes acepciones: a. En el caso del Cheque Empleo Genérico, se tomará como periodo de referencia los tres meses inmediatamente anteriores a la contratación. En el caso de empresas de reciente creación se tomará como referencia el periodo que lleven ejerciendo la actividad. a. Para el Cheque Estival 2+2 ó 2+3, el cálculo se efectuará sobre la situación de la plantilla en los mismos meses para los que se efectúa el contrato pero en el año anterior. b. En el Cheque Naranja, el cálculo medio de la plantilla es el número medio de trabajadores de alta en la empresa en los meses de septiembre a abril del año anterior.

¿Qué tipo de empresas pueden beneficiarse del Cheque Empleo Estival por pertenecer al sector turístico o estar influenciadas por la estacionalidad del turismo? Las empresas que operen en Gandia y estén incluidas en los siguientes CNAE: 47. 55, 56, 68, 771, 7734, 79, 90, 93, 96. Otros CNAE podrán ser aceptados previa justificación por parte de la empresa. ¿Qué empresas son potenciales beneficiarias del Cheque empleo Naranja? Aquellas que se encuentran dentro del sector de la naranja, incluidas en los siguientes CNAE: 0123, 103, 4631. Otros CNAE podrán ser aceptados previa justificación por parte de la empresa. ¿Puede acogerse una empresa al Cheque Empleo Genérico si pertenece al sector del turismo? Si, siempre que el contrato de trabajo que se formalice con el trabajador/a sea por una duración mínima de 6 meses.

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¿Qué obligaciones, como contratante, comporta ser beneficiario de la ayuda Cheque Empleo? Además de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, son obligaciones de la empresa o entidad beneficiaria:

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Reunir los requisitos descritos en las modalidades de Cheque Empleo para las que solicita la ayuda.

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Estar al corriente en el pago con la Seguridad Social y Hacienda.

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Mantener el puesto de trabajo objeto de subvención durante todo el periodo subvencionado

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Que la contratación/es suponga/n un incremento del empleo neto durante todo el período subvencionado

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Facilitar cuantos datos e información le sean requeridos por el Ayuntamiento de Gandia en cuestiones relacionadas con la concesión de la subvención

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En caso de causar baja el trabajador/a éste deberá ser sustituido por otra persona portadora del Cheque Empleo en un plazo inferior a 15 días.

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No alterar las condiciones laborales y retribuciones salariales de acuerdo con la categoría profesional del trabajador/a en el convenio sectorial o de empresa de aplicación.

En caso de incumplimiento se requerirá la devolución íntegra de la subvención. ¿Cómo puede conocer una empresa que un portador/a de Cheque Empleo reúne los requisitos exigidos? -

La información sobre la antigüedad en el desempleo consta en la tarjeta DARDE de la persona con la que se va a iniciar la relación laboral. El DARDE- Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo- es el documento que acredita que la persona desempleada está inscrito como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo- SERVEF.

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La información sobre el requisito de empadronamiento de la persona que va a contratar podrá obtenerla solicitando al trabajador el certificado de empadronamiento correspondiente, o mediante consulta a la Oficina de Gestión del Plan de Empleo

¿Existen excepciones para recibir las ayudas? Si, son las siguientes: 1. Haber incurrido en despido improcedente en los tres meses anteriores a la publicación de la convocatoria de ayuda. 2. Contrataciones en que el empleador o los cargos directivos o miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad de las

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entidades privadas sin ánimo de lucro, mantengan con el participante contratado una relación

de

cónyuge,

ascendiente,

descendiente

o

demás

parientes,

por

consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, y sus análogas en el caso de las parejas de hecho. 3. Contrataciones realizadas por las empresas de trabajo temporal para la puesta a disposición del trabajador/a contratado/a para prestar servicios en empresas usuarias (ETT’s). 4. Contrataciones que se produzcan en el marco de ofertas públicas de empleo o de programas de empleo público de interés general o social, incluidos las ETCOTE y los Centros Especiales de Empleo.

¿Qué tipo de contratos se recogen en la ayuda del Cheque Empleo? Todas las modalidades de contratación, de jornada laboral completa o parcial (no inferior a las 20 horas semanales), en cuyo caso la subvención se verá reducida de manera proporcional. La duración de los contratos habrá de ser al menos de 6 meses para el Cheque Genérico, de un mínimo 4 meses para el Cheque Estival y de un mínimo de 3 meses para el Cheque Naranja. ¿De cuánto es el importe de la ayuda? Las ayudas a la contratación varían en función de cada cheque empleo y oscilan entre los 800€ mínimos del Cheque Estival Gandia 2+2, hasta los 2400€ del Cheque Empleo Genérico. ¿Cuándo tengo que presentar la solicitud de la ayuda? Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de 20 días desde la fecha de inicio del contrato. El plazo límite de solicitud es el 1 de diciembre de 2012. ¿Dónde puede una empresa recoger el impreso de solicitud? El impreso de solicitud podrá recogerse en los servicios de información del Ayuntamiento de Gandia o descargarse a través de la página www.gandia.org. ¿Dónde puedo presentar la solicitud de la ayuda? Las ayudas podrán solicitarse en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Gandia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

¿Qué documentación se debe aportar para solicitar la ayuda? Debe presentarse una copia de la Solicitud impresa, debidamente cumplimentada, junto con la documentación siguiente:

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Documentación relativa a la entidad empleadora beneficiaria de la ayuda: k) Documento Nacional de Identidad o NIE del solicitante o del representante legal de la entidad en su caso. l)

En caso de representación legal, acreditación de la misma.

m) Certificado de la entidad solicitante de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social. n) Declaración censal modelo 036. o) TC1 y TC2 correspondientes a los meses anteriores referidos en la modalidad de cheque empleo a la que se acoge el trabajador/a. (Documentación para el cálculo del incremento del empleo neto) p) Hoja de Mantenimiento de Terceros.

Documentación relativa al/ a la titular del Cheque empleo: q) Documento Nacional de Identidad de la persona contratada. r)

Copia del Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado.

s) Informe actualizado de vida laboral emitido por la Seguridad Social. t)

Copia compulsada del contrato de trabajo que da lugar a la ayuda, debidamente comunicado al centro SERVEF, o copia del contrato firmado por las partes junto con el justificante de la comunicación telemática al SERVEF, y del alta del trabajador/a en la Seguridad Social.

¿Cuándo y cómo se justifica la subvención? Finalizado el periodo mínimo de subvención, con independencia que el contrato se haya formalizado por un periodo superior, el beneficiario estará obligado a presentar, en el plazo de un mes, los correspondientes recibos de salarios y boletines de contratación a la Seguridad Social (TC1 y TC2) correspondientes al periodo que abarca desde el momento de la contratación hasta el cumplimiento del mínimo exigido, así como las certificaciones de estar al corriente de los pagos con la Seguridad social y la Agencia Tributaria.

¿Cuándo se cobra la subvención? Se abonará 1/3 de la ayuda en el momento de la resolución y el resto tras la justificación de la misma.

¿Hasta cuándo puede solicitarse la subvención?

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Hasta el 1 de diciembre de 2012. El número de ayudas aprobadas estará sujeto a disponibilidad presupuestaria hasta agotar el crédito disponible.

¿Son compatibles estas ayudas con otras ayudas concedidas por la Administración? Estas subvenciones serán compatibles con las establecidas por otras líneas de subvenciones y/o bonificaciones, siempre y cuando la acumulación de las mismas no supere el importe de la actuación objeto de subvención, sin prejuicio de lo establecido en la normativa vigente o en las disposiciones establecidas por otras ayudas para el mismo objeto.

Cuadro resumen del circuito de la ayuda Cheque Empleo. ¿Qué hacer? Contratación del trabajador/a

¿Cuándo? A partir del 1 de junio y en fecha límite hasta el 1 de diciembre de 2012.

Solicitud de la ayuda

Durante los primeros 20 días a contar desde el día de inicio del contrato.

Resolución

En un plazo máximo de 3 meses una vez solicitada la ayuda.

Primer pago de la ayuda

Se percibirá 1/3 de la ayuda en el momento de la resolución aprobatoria

Justificación

Pasado el periodo mínimo de subvención para cada una de las modalidades de Cheque Empleo, y en el plazo de un mes.

Pago final

Pago del resto de la ayuda, tras la comprobación de la justificación final.

¿Existirán actividades de formación o información de apoyo para los desempleados y para las empresas? Sí. El Plan contempla la realización de acciones de Información, Orientación y Formación para la búsqueda de empleo, con una especial atención a los colectivos más desfavorecidos, y donde se incluirá: -

Sesiones de formación sobre el uso de los cheques empleo Talleres de formación para la búsqueda de empleo Orientación individualizada para colectivos con especiales dificultades Sesiones de información y difusión a empresas sobre los cheques empleo. Servicio de atención telefónica

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ACCIONES COMPLEMENTARIAS La Agencia de Colocación del Ayuntamiento de Gandia ofrecerá servicios específicos de atención a las empresas: -

Servicio de intermediación laboral, para las empresas que deseen incorporar nuevos trabajadores en sus plantillas de personal, ayudándoles en el proceso de captación y selección de estos profesionales.

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Punto de información de las ayudas a la contratación Cheque Empleo: atención de dudas puntuales y asesoramiento en la tramitación de la solicitud y justificación de las ayudas.

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Charlas informativas dirigidas a empresas, asesorías y gestorías laborales de Gandia, en las que se facilitará información detallada sobre las ayudas Cheque Empleo. Solicitud de cita previa a través del Punto de Información Específica.

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Visitas de prospección a las empresas de Gandia, para facilitar toda la información relativa a estas ayudas.

PUNTO DE INFORMACIÓN ESPECÍFICA Punto de Información específica del Cheque Empleo Agencia de Colocación del Ayuntamiento de Gandia Edificio CSI-COM Plaza de la Llum, 6.- Pol. Alcodar 46702.- Gandia Tfn: 96 287 47 11

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