REFLEXION 3. FILOSOFIA - MISION - VISION - PERFIL DEL ESTUDIANTE 5. FINES INSTITUCIONALES - DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE

REFLEXION Pertenecer a la Institución Educativa Retiro de los Indios, es sentirse orgulloso de ella; el sentido de pertenencia es un dar y un recibir,...
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REFLEXION Pertenecer a la Institución Educativa Retiro de los Indios, es sentirse orgulloso de ella; el sentido de pertenencia es un dar y un recibir, damos lo mejor de nosotros y recibimos la satisfacción de crecer como personas y la dicha de haber cumplidos con nuestro deber.

TABLA DE CONTENIDO 1. GENERALIDADES - RESEÑA HISTORICA 2. JUSTIFICACION 3. FILOSOFIA - MISION - VISION - PERFIL DEL ESTUDIANTE 4. SIMBOLOS INSTITUCIONALES 5. FINES INSTITUCIONALES - DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE 8. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES

10. DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES 12. ESTIMULOS, CORRECTIVOS Y SANCIONES 14. FALTAS QUE AFECTAN L CONVIVENCIA 16. GOBIERNO ESCOLAR 17. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION

GENERALIDADES RESEÑA HISTORICA La escuela nace para el año 1923 con la llegada de la primera maestra Feliciana Payares y funcionó en la casa del señor Antonio Jiménez. Las clases se inician con diez niños. El Colegio crece de manera tal que se completan los cinco grados de primaria, un total de ocho aulas, donde reciben clases 230 estudiantes y funcionan dos jornadas mañana y tarde. Esto en el año 1971. Por iniciativa del Señor Rector Jorge Puche Mendoza y la colaboración y aceptación de la planta de docentes, se organizó un Proyecto para la ampliación y apertura de los grados 6°, 7°, 8° y 9°, ejecutándose para esa época, año 1998 con el grado 6°. El Colegio cuenta con 16 Docentes, 468 estudiantes, 8 aulas, un restaurante escolar con capacidad para 230 niños y 51 estudiantes en el grado 6°. En la administración de Alberto Saibis el Colegio obtiene un lote donde funcionaría el bachillerato. En el año 2000 se abre el grado 8° y se crea un comité Pro-Colegio de Bachillerato, que consigue recursos para construir la Planta Física que hoy tenemos, luego la misma necesidad de ampliar cobertura, trae como resultado la apertura de grado 9°, 10° y 11°. Por Resolución No: 0001154 de Septiembre de 2002 nace la Institución Educativa Retiro de los Indios, donde se le articula las Escuelas: EL PROGRESO y BUENAVISTA. En 2004 salió la segunda promoción de bachilleres; actualmente la Institución cuenta con cuatro sedes, 40 docente, dos coordinadores, Rector, Secretaria, auxiliares, dos sicoorientadores y un total 1.200 estudiantes repartidos en dos jornadas. JUSTIFICACION Es indispensable establecer normas de comportamiento para que los diferentes estamentos de la Institución tengan una Guía en la valoración de las interrelaciones escolares.

Es necesario reconocer los derechos y deberes que les corresponden a todos los integrantes de la comunidad educativa para velar por el cumplimiento de estos. Dar aplicación a las normas establecidas por la Constitución Nacional el código del menor, la ley general de educación, Decreto 1860/94 el desarrollo de la Educación ético-moral, sexual, ambiental, para la convivencia pacífica, respetuosa, justa y democrática. Es justo estimular a quienes en sus relaciones practiquen los valores y conductas deseables en nuestra sociedad y planear todo tipo de actividades que conduzcan a la educación integral y el buen funcionamiento del plantel. El manual de convivencia es un instrumento educativo que contiene en forma clara y detallada los principios y criterios, que orientan el proceso de formación en el educando, permitiéndole concientizarse de su compromiso como miembro de una comunidad, conociendo su contenido, los cuales incluyen el respeto a la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, a igualdad, el conocimiento, la libertad y a paz, dentro de un marco jurídico democrático y participativo que garantice un orden político, económico, social, justo y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana. (Preámbulo, Constitución Política nacional 1.991). Al elaborar el presente manual, la directiva de la Institución Educativa Retiro de los Indios, ha sido cuidadosa al convocar los diferentes estamentos de dicha comunidad: profesores, alumnos, padres de familia, personal de la administración, con el objetivo de que todos asumamos responsablemente el compromiso para su elaboración y cumplimiento. 2 FILOSOFIA DE LA INSTITUCION La Institución es de naturaleza Mixta y de carácter oficial, con una orientación cristiana católica y una posición democrática, que pretende formar estudiantes donde la moral, la eficiencia, la disciplina y el trabajo sean los parámetros bajo las cuales se proporcionen los conocimientos y experiencias para una óptima preparación académica y crecimiento personal. MISION: Formar integralmente al educando desde el nivel preescolar hasta la media académica con calidad humana, científica y cultural capaz de proyectarse en su interactuar cotidiano. VISION: La Institución se propone; brindar educación de calidad a través de una labor comunitaria de los diferentes estamentos y así formar ciudadanos íntegros en valores, útiles a la sociedad. PERFIL DEL ESTUDIANTE IERISTA La Institución, se fundamenta en la democracia educativa, recibe en su seno, estudiantes sin distinción de raza, creencias e ideologías. Los estudiantes de nuestra Institución deben ser personas disciplinadas, respetuosas, responsables, reflexivas, críticas, analíticas, estudiosas e investigadoras que le permitan vincularse

a las exigencias laborales con capacidad creativa y visionarios con proyección hacia el futuro que propicie su crecimiento personal, familiar y social, perseverante frente a las actividades que inicie e inquieto por las ciencias, tecnología y con amor hacia su desempeño, donde permita y practique una sana convivencia. SIMBOLOS ESCUDO:

HIMNO CORO Todos unidos nuestro himno cantando El sentimiento IERISTA se vive y se siente Jubilosos en coro sigamos gritando Que viva el IERI que viva por siempre Que viva el IERI que viva por siempre Viva por siempre mi querida Institución Que transforma y cultiva nuestro gran talento Por siempre te llevaré unida a mi corazón Portando tu bandera con amor y sentimiento Al IERI nuestro himno cantemos Con energía entusiasmo y amor Porque forma los fututos ciudadanos Para orgullo de nuestra región

(CORO) Disciplina, esfuerzo y trabajo constante Es el lema que todos debemos seguir La formación integral nos a cada instante Forjando con gran éxito un seguro porvenir IV La paz que todos anhelamos Educándonos la podemos lograr Con esmero y trabajo la buscamos Patria nueva volver a soñar (CORO) Autor: Letra: Esp: JORGE BARIO PUCHE MENDOZA Música: ESP: FRANCISCO GIR.ALDO ALZATE

CAPITULO 1 FINES INSTITUCIONALES Además de los fines propuestos en la Ley General de Educación en su Artículo 15, la Institución Educativa Retiro de los Indios se propone: a. Generar desarrollo comunitario a través de las distintas actividades que se orientan en la Institución, tendientes al mejoramiento de la calidad educativa. b. Formar hombres con visión innovadora capaces de enfrentar las nuevas exigencias del mundo actual. e. Orientar el proceso educativo acorde con la filosofía, misión y visión del tipo de ciudadano que la sociedad exige. d. Vincular activamente al padre de familia y al estudiante al proceso de formación humana, científica y cristiana por medio de actividades curriculares y extracurriculares que le permita hacer parte activa de esa formación y de la comunidad.

e. Concientizar a los integrantes de la comunidad educativa, que la Educación es un proceso de formación permanente, personalizada e integral CAPITULO I DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 2.1 DERECHOS: Son derechos de los estudiantes matriculados en la Institución: a. Recibir una Educación Integral según las disposiciones del MEN, código del menor y la filosofía del plantel. b. Disfrutar de un ambiente sano, confortable, agradable y respetuoso por parte de todos los estamentos educativa. c. Participar en el proceso de formación integral, organizado de acuerdo con los fines de la educación (articulo 5° Ley General 115 de 1994). d. Conocer oportunamente los resultados de sus evaluaciones. e. Recibir orientación y correctivos pedagógicos complementarios que requiera para que responda con eficiencia y eficacia. f. Recibir un diploma de grado y certificado, cuando lo necesite con el lleno de los requisitos. g. Ser respetado y atendido como persona. h. Ser escuchado en sus solicitudes e inquietudes, siguiendo el conducto regular (profesor, asesor, coordinadores, rector, consejo directivo). i. Usar adecuadamente los recursos que el colegio aporta a sus servicios. j. Recibir asesoría formativa y académica en el momento en que lo necesite dentro de los espacios establecidos. h. Ser atendido adecuadamente en la tienda escolar. Participar en la construcción de los procesos que lo llevan a la apropiación de los conocimientos científicos, tecnológicos, culturales, literarios y deportivos. q, Recibir buen ejemplo de los compañeros de grado superior y demás miembros de la comunidad Educativa. h. Conocer las competencias que debe adquirir en cada una de las áreas. i. Recibir estímulos o reconocimientos en los aspectos que se destaquen en su proceso cognitivoformativo.

j. Recibir excelente formación integral fundamentada en la idoneidad del maestro. k. Conservar sus creencias religiosas, es decir que se respete su libertad de culto. i. Conformar y participar en el ejercicio del Gobierno Escolar. Ser evaluado oportunamente y de acuerdo con los objetivos y logros establecidos en el Plan de Estudios. n. Contar con un director de grupo, maestro de área, consejo académico, consejo directivo que atienda sus necesidades en forma oportuna y eficaz. o. Aportar sugerencias en las decisiones que se toman en la Institución para beneficio propio y de la comunidad. p. Permitir el libre pensamiento y expresión de su opinión, sin lesionar los derechos de los demás. q. Realizar evaluaciones y actividades académicas en fechas posteriores a las establecidas, cuando presente excusas justificadas. 6 2.2 DEBERES: Son deberes de los estudiantes matriculados en la Institución: a. Asistir y participar puntual y diariamente a clases y/o actividades programadas en el horario establecido por la Institución. b. Respetar y acatar normas contempladas en el reglamento o manual de convivencia de la Institución. c. Cuidar las Instalaciones f y velar por su orden y aseo (rayar paredes, tirar basuras otros). d. Presentar excusas justificadas cuando falte a clases y/o cualquier actividad programada por la institución, firmada por padres o acudientes, el día inmediatamente anterior y/o posterior a la ausencia. e. Responder económicamente por los daños ocasionados a bienes, mobiliarios, material didáctico de la Institución, compañeros educandos, docentes y demás funcionarios. f. Respetar los símbolos patrios o Institucionales. g. Respetar a las personas con quienes comparte su vida estudiantil, tratándose con cortesía. h. Presentar oportunamente las evaluaciones, trabajos o actividades que se le asignen en el tiempo y la fecha fijada. i. Presentar cuadernos y trabajos limpios y ordenados.

j. Guardar disciplina y buen comportamiento durante el desarrollo de las clases y actividades dentro y fuera de la Institución. k. Realizar el descanso dentro de los patios de la Institución. 1. No permanecer en el salón de clases en horas de descanso. m. Evitar el porte de armas de fuego o corto punzantes y porte y consumo de sustancias alucinógenas dentro de la Institución. n. Respetar el turno en la tiende escolar y/o restaurante escolar. o. Brindar trato cordial y respetuoso a sus compañeros, evitando el uso de apodos o sobre nombres. p. Respetar la propiedad ajena y evitar apropiarse de los bienes de sus compañeros, profesores o la Institución. q. Permanecer en estado civil de soltería y evitar comportamientos sexuales que tengan como consecuencia el embarazo. Conservar el medio ambiente escolar, aplicando reglas de higiene personal y de salud pública, colaborar con él aseo y orden de la Institución. 5. Llevar diariamente el uniforme completo, según modelo establecido por la Institución. t. Usar únicamente el uniforme en actividades académicas o en representación de la Institución. u. Mostrar sentido de pertenencia en la Institución. y. Evitar actos inmorales en todas sus manifestaciones. w. Cumplir con las normas establecidas en el manual de convivencia. x. No traer a la Institución personas ajenas a ella, durante las jornadas escolares. y. Evitar agresiones verbales y físicas a compañeros educandos, docentes, directivos y demás personal al servicio de la Institución dentro y fuera de ella. CAPITULO II DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 3.1 DERECHOS: Son derechos de los padres de familia o acudiente del plantel. a. Ser atendidos con respeto por el rector o coordinadores, personal docente, administrativos y de bienestar en los horarios establecidos. b. Ser informados periódicamente de los logros académicos y disciplinarios de sus hijos.

c, Presentar sus sugerencias en forma respetuosa, acordes con las normas vigentes y que contribuyan al mejor funcionamiento del p d. Conocer en forma amplia, clara y oportuna las diversas estrategias metodológicas y disciplinarias relacionadas con la formación integral de sus hijos. e. Solicitar en forma cortes al docente, el cumplimiento de su deber para que imparta una educación de calidad. Participar en las actividades que programe a Institución en pro de ella y de los estudiantes. g. Obtener información oportuna acerca de la filosofía, objetivos, PEI, manual de convivencias y programas de la Institución. h. Ser aceptados sin discriminación por razón de creencias políticas, religiosa o social. i. Recibir un tratamiento humano, cortés y respetuoso de parte de cada uno de los miembros de la comunidad Educativa. i Elegir y ser elegidos en la conformación del Consejo Directivo y 8 Asociación de Padres de Familia. k. Solicitar a los directivos y administrativos el cumplimiento de sus funciones. 3.2 DEBERES: a. Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos en concordancia con los Lineamientos establecidos por la Constitución política, del Artículo 17 y 76 de la ley General de Educación 115, artículo 6 del Código del Menor, Declaración Universal de los Derechos de los Niños y del presente manual de convivencia. b. Sentirse que son los primeros educadores de sus hijos. C. Dar buen ejemplo a sus hijos, en la práctica de los valores humanos. d. Interesarse para que sus hijos cumplan conscientemente con los deberes que se establecen en el manual de convivencia. e. Informar oportunamente, por escrito al colegio, cualquier calamidad o quebrantos de salud del niño(a), que impliquen ausencia a ciases y/o actividades programadas por la Institución (Artículo 313 y 314 Código del Menor). f. Responder por los daños que sus hijos causen en la Institución.

y. Velar por la buena presentación, higiene y salud de sus hijos, tener en cuenta las normas establecidas por la comunidad educativa sobre el uniforme. h. Interesarse por el progreso, dificultades y faltas disciplinarias de sus hijos. i. Cumplir oportunamente con las citaciones que le haga a Institución, el Director de Grupo ó Docente. j. Dirigirse en forma cortés y respetuosa a los miembros de la comunidad educativa. k. Participar en las actividades que programe la Institución en pro de la Educación de los alumnos. 1. Procurar dentro del hogar un ambiente de comprensión y ayuda que garantice una buena educación para sus hijos. m. No recargar a su hijo con trabajos que impidan el cumplimiento de sus deberes escolares. n. Proporcionar los implementos y útiles escolares necesarios que permitan el progreso tanto académicos como formativos (Art.! ley 115 Feb 8/94). o. Apoyar las campañas que contribuyan al mejoramiento de la Institución en su planta Física, de material didáctico y de bienestar estudiantil. 9 p. Colaborar con la asistencia puntual de su hijo(a) a clases y demás actos programados. q. Fomentar en su hijo(a) el respeto a la autoridad, a los ancianos, enfermos y demás personas. Solicitar con anticipación y por escrito a la coordinación los permisos para la ausencia del alumno de la Institución, o enviar la excusa por escrito, que justifique el retraso o ausencia. 5. No permitir en sus hijos comportamientos que atenten Contra la moral y las sanas costumbres. t. Tener presente que una de las causas por la que se reprueba el año escolar es la inasistencia a las actividades pedagógicas por períodos que acumulados, resulte superior a la cuarta parte del tiempo prevista en el plan de estudios del grado correspondiente(Decreto 1860, Artículo 53). u. Velar por el cumplimiento del Pa y. Al matricular a su hijo, tener la documentación completa, solicitada por la Institución. w. Matricular a sus hijos en la fecha indicada por la Institución y traer la documentación con el lleno de los requisitos legales. x. Orientar diariamente a sus hijos en la realización de sus actividades escolares. y. Demostrar un sentido de pertenencia única con su Institución.

z. Presentarse a la Institución vestido en forma adecuada y decente, para ser atendido. CAPITULO IV DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES 4.1 DERECHOS: Son Derechos de los educadores de la Institución: a. Participar en los diferentes cursos de capacitación programados por la Institución, que le permita cualificar su desempeño. b. Participar en los concursos que organice el Ministerio de Educación Nacional, para estímulos de carácter profesional o económico, que se establezcan. c. Gozar de las vacaciones de acuerdo con la legislación y calendario vigente. d. Solicitar y obtener permiso y licencias de acuerdo con las normas l actuales. 4.2 DEBERES: Sçn deberes de los educadores de la Institución: e a. Cumplir con su jornada laboral y dedicar su tiempo a las funciones de su cargo. b. Participar puntualmente en las diferentes actividades planeadas. c. Desempeñar con entusiasmo y eficiencia las funciones de Su trabajo. d. Dar a todos sus compañeros un trato amable y cortés. e. Compartir con sus compañeros, s tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito. f. Cultivar a los educandos el amor a los valores y el respeto a los símbolos patrios e institucionales. g. Observar una conducta pública, acorde con el decoro y la dignidad del cargo. h. Entregar oportunamente los libros reglamentarios: Preparador, planes de aula, planilla, juicios valorativos, etc., de acuerdo a cronograma establecido.

i. Ser puntual en las actividades programadas por la Institución (reunión padres de familia, convivencia y otros que cite la directiva del plantel). j. Escuchar las quejas de los niños y orientarlos adecuadamente. k. Informar oportunamente a los padres de familia, el desarrollo de los logros y/o dificultades. 1. Solicitar permiso para ausentarse de la Institución y esperar su respuesta. m. Dar buen ejemplo a los estudiantes evitando fumar dentro de la Institución o comer dentro del salón de clases. n. Capacitarse o actualizarse en los avances educativos. ñ. Colaborar en la vigilancia del descanso. o. Mantener el diálogo con sus alumnos para propiciar un ambiente de fraternidad y amistad con los mismos. p. Vivenciar la filosofía del plantel en su actuar cotidiano. q. Al asignar Trabajos y tareas, considerar las situaciones análogas de sus colegas y el tiempo de que dispones sus alumnos. Frente a dificultad para asistir a la Institución, debe avisar oportunamente y preparar taller para sus estudiantes. s. Fomentar con los alumnos la buena presentación y decoración del salón. t. Mostrar sincero interés por el bienestar de sus alumnos como profesional deja educación. u. Proporcionar a sus alumnos espacios de aprendizaje, creatividad y motivación en el desarrollo de sus actividades. y. Colaborar con actividades programadas por las distintas áreas,. Aunque no haga parte de ella. w. Dar a conocer a los padres de familia el horario, día y hora en que puedan ser atendidos. x. Proporcionar a la secretaría del plantel la documentación requerida para organizar su hoja de vida. y. Controlar diariamente la asistencia de los alumnos y el buen uso del uniforme. z. No llegar en estado de embriaguez, enguayabado o mal oliente a tabaco y/o ron. aa. Asistir puntualmente a sus clases para recibir a los estudiantes. CAPITULO V ESTIMUL CORRECTIVOS Y SANCIONES

5.1 ESTIMULOS Siendo el estimulo un elemento fundamental en el proceso integral del educando; el cual puede ser diario, semanal por períodos, y anual La Institución estimulará a sus alumnos así: a. Matrícula de honor: para tos estudiantes de cada grado que se hayan distinguido por su excelente rendimiento académico (responsabilidad en tareas, estudios y proyectos, participando en clases y demostrando un comportamiento ejemplar). b. Mención de Honor: Para tos estudiantes que se hayan distinguido por su aprovechamiento académico y disciplinario. c. Medallas o diplomas para los alumnos que se destaquen en actividades: Deportivas, artísticas, culturales, científicas y que se destaquen por su puntualidad, espíritu colaborador y esfuerzo personal. d. Reconocimiento verbal o por escrito a cada estudiante, resaltando sus aptitudes y valores personales. e. Ser eximido de las evaluaciones finales, si los logros alcanzados han sido del 90 f. Ser nombrado monitor de la asignatura en la cual sobresalga. g. Representa a la Institución en eventos científicos, culturales, artísticos, deportivos y religiosos. 5.2 CORRECTIVOS Y SANCIONES Para aplicación de correctivos y sanciones, se tendrá en cuenta un trámite ordenado y organizado que aportará soluciones para cada caso, así: a. Por primera vez el estudiante será amonestado en privado, mediante un diálogo con el educador, en el cual se identificará la falta y se buscarán cambios positivos para su comportamiento. b. En caso de reincidencias (segunda vez) se hará un llamado de atención por parte del coordinador o director de grupo; firmando un acta de seguimiento y el observador del alumno. c. Si la falta se comete por tercera vez, él estudiante será remitido a consejería y coordinación, quién enviará un informe al padre de familia con citación al colegio, cuyo propósito es identificar causas y plantear correctivos en conjunto, de estos acuerdos quedará copia en el observador del estudiante, carpeta de hoja de vida, archivo del Orientador Escolar y Coordinador. d. En caso de continuar la falta, el siguiente paso será el retiro temporal de la Institución por los días establecidos en el acuerdo de las partes e iniciar un estudio de casos Escuela-Familia. e. Si el estudiante reincide con su inadecuada actitud, se le firmará contrato pedagógico o perma nencia condicionada en la Institución, previo acuerdo e las partes.

• f. Después de las anteriores sanciones, si el estudiante sigue reincidiendo en dificultades, será el consejo directivo quien tomará decisiones relacionadas con la cancelación del contrato pedagógico. g. Si el estudiante comete una falta grave que afecte la convivencia dentro o fuera de la Institución (hurto comprobado, lesiones personales, prácticas sexuales aberrantes comprobadas, consumo comprobado de drogas, amenazas a docentes); se omitirán los pasos anteriores, es decir, el conducto regular y se procederá a la suspensión temporal, firma de contrato pedagógico ó cancelación de la matrícula, según el caso y con base en los acuerdos del Consejo Directivo. h. Al incumplimiento del horario de las diferentes actividades establecidas por la Institución, se procederá: i. Orientación verbal por la Coordinación, como primera instancia. j. Firma del control de asistencia si reincide. k Por tercera vez, se le notificara por escrito al padre de familia para su conocimiento, con la devolución posterior del comunicado. l Si reincide en esta falta, se citará al padre de familia o acudiente para identificar la causa de los retrasos y concertar alternativas de solución, en beneficio de las partes. 5.3 COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA 5.3.1 FALTAS LEVES: Para efectos de este manual, son consideradas faltas leves: a. Llegadas tardes a clases b. Incumplimiento en los horarios de clases y demás actividades programadas por la Institución. c. Interrupciones esporádicas de las labores académicas. d. Mal comportamiento en la formación y actos cívicos. e. Irrespeto a los símbolos patrios e institucionales. f. Usar la mentira para evadir responsabilidades. g. Ingerir alimentos o masticar dentro del aula de clases. h. Rechazo agresivo a las órdenes dadas por los superiores. i. Utilizar palabras soeces o actitudes obscenas que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

j. Uso y difusión de revistas o material pornográfico dentro de la Institución. k. Mal uso del uniforme. 1. Asistir a la Institución con maquillaje o accesorios diferentes a las autorizadas, las uñas deben conservarse limpias, cortas, con esmalte natural o brillo. m. El cabello debe permanecer, para las damas, limpio y bien organizado y para los hombres corto y con motilada normal, sin utilizar de gel ni tinturas ( para niñas y jóvenes). n. Ausentarse del plantel sin el debido permiso o. Mala presentación personal o uniforme incompleto p. da los materiales didácticos, decorativos y mobiliario de la Institución. q. Noviazgo mal llevado (exageración de afecto) Mantener una aptitud constante de apatía frente a los procesos de formación s. Mal comportamiento durante el descanso. t. Utilizar palabras y gestos desagradables hacia los superiores, cuando se le hacen llamados de atención u. Entorpecer la disciplina con rechiflas, gritos, ruidos, atropellos u otra actividad diferente a las indicadas. 5.3.2 FALTAS GRAVES: para efectos de este manual, son consideradas faltas graves: a. Sustraer, alterar o falsificar cualquier tipo de documento o incurrir en fraudes de evaluaciones. b. Consumir bebidas alcohólicas, fumar, usar estimulantes o participar en juegos de azar con apuestas económicas, dentro del colegio (Art.323 Código del menor). c. Portar armas de cualquier clase en la Institución o en actos programados por la misma. d. La práctica de las relaciones genito — sexuales dentro de la Institución. e. Apropiarse de objetos y dinero del colegio, compañeros y/o miembros de la Institución. f. En caso de embarazo de una estudiante, será objeto de estudio particular por parte del consejo directivo de la Institución. g. Uso y porte de sustancias psicoactivas. h. Prácticas del aborto.

i. Amenazas y agresiones verbal y física a superiores, compañeros y personal administrativo. j. Saboteo permanente de las actividades económicas. CAPITULO VI GOBIERNO ESCOLAR 6.1 EL PERSONERO Según el Artículo 28, decreto 1860/94 en todos los establecimientos Educativos se elegirá un personero estudiantil del último año que ofrezca la Institución, quién será elegido por todos los estudiantes del plantel. El personero es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, Ley General de Educación 115, el Código del menor y el manual de convivencias. 6.2 Funciones del personero: Decretol86O/94, Art.28 • Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento y de los docentes. • Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos a y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. • Presentar ante el rector las solicitudes de oficio para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes. El personero de los estudiantes debe ser elegido dentro de los treinta días calendario, siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. 6.3 REQUISITOS PARA SER PERSONERO a. Debe ser un estudiante de conducta intachable, académicamente responsable y que demuestre aptitudes de liderazgo. b. Debe ser elegido por votación secreta de los estudiantes. c. Deberá inscribirse previamente ante el consejo directivo. 16 CAPITULO VII CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION Con el propósito de dar cumplimiento a los Artículos 51, 52 y 53 del

Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994 y el Decreto 0230 de febrero del 2002, se aprobaron los siguientes criterios para la evaluación y promoción. Considerando el compromiso que tiene la Institución en el proceso de formación integral de sus educandos y en la cualificación de los procesos de crecimiento humano y académico, es prudente y necesario fijar los siguientes criterios de promoción, no promoción y reprobación. a. Si después de realizadas las actividades de nivelación necesarias y especiales, según lo establecen los Artículos 50, 51 del Decreto 1860/94 y el Decreto 0230 de febrero del 2002 y los estudiantes continúan presentando insuficiencia en la mayoría de los logros tratados en tres o más áreas al finalizar el año lectivo, el estudiante no será promovido y deberá matricularse para el próximo año lectivo en el mismo grado cursado. b. Para todos los grados se dará la reprobación a aquellos estudiantes que hayan acumulado una inasistencia superior al 25% del total de horas correspondientes al plan de estudios, actividades curriculares y proyecto pedagógico. c. Educandos que hayan obtenido valoración final Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica. RETIRO DE LOS INDIOS — CERETE, ENERO DE 2005 JORGE DARIO PUCHE MENDOZA RECTOR MARIA ELIZABETH PALLARES MANGONES SECRETARIA 17 ORIENTACIONES: La comunidad Educativa debe estudiar permanente el manual de convivencias para tenerlo en cuenta y cumplir a cabalidad lo dispuesto en él. Anualmente será evaluado y ajustado a las necesidades que se presenten. Al iniciar y en el transcurso del año lectivo, los docentes realizarán charlas inductivas con el fin de que estudiantes y padres de familia conozcan el MANUAL DE CONVIVENCIAS y lo pongan en práctica, familiarizándose con él.

7.1. De excelentes relaciones humanas, comprensivas, tolerantes, atentas y colaboradoras. 7.2. Honestas, honradas y leales a la institución. 7.3. Alto nivel de prudencia y discreción. 7.4. Organizadas y con gran capacidad de eficiencia en el manejo de los recursos. 7.5. Con sentido de responsabilidad y compromiso. 7.6. Dinámicas y oportunas.

7.7. Con gran sentido de pertenencia a la institución. 8. De los celadores. 8.1. Ser honestos, honrados y leales con la institución. 8.2. Observadores, discretos y oportunos. 8.3. De muy buenas relaciones humanas. 8.4. Buena presentación personal. 8.5. Atentos y colaboradores en los requerimientos de la institución. 8.6. Responsables, puntuales y comprometidos con sus funciones. 8.7. Con alto sentido de pertenencia hacia la institución. X. MATRÍCULA Y COSTOS EDUCATIVOS. -La matricula es el acto por el cual se oficializa el ingreso del alumno a la Institución Educativa.Retiro de los Indios, para hacer ejercicio del derecho a la educación pública ofrecida por el Estado a través de establecimientos oficiales. -La matrícula será suscrita por el alumno, su acudiente, el rector y la secretaria. La firma del rector le compromete a él personalmente y a todos los servidores públicos adscritos a la institución con la prestación del servicio en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional (PEI), y la firma del alumno y su acudiente constituye la aceptación, por su parte, de la oferta educativa completa contenida en el PEI, por lo tanto, no podrá entenderse como aceptación parcial ni se podrá admitir interpretación de carácter personal a los compromisos adquiridos, ya que el PEI es una construcción comunitaria tendiente al cumplimiento de los objetivos y fines de la educación. -La Institución Educativa Retiro de los Indios adopta el libro de matricula única que permite entender el derecho a permanecer durante todo el tiempo que dure su educación preescolar, Básica y Media y que salvo el retiro voluntario, no podrá aplicarse exclusión sino por faltas establecidas en el Manual de Convivencia y con cumplimiento del debido proceso, contemplado en la misma norma. -No obstante lo anterior, la matricula se entenderá renovada cada año definiendo la situación de promoción o retención a la que hubiere lugar y refrendando con las fumas respectivas el folio correspondiente. 1. Requisitos. 1.1. Registro civil de nacimiento. 1.2. Certificado de haber cursado los años anteriores de escolaridad.

1.3. Ficha observador del alumno 1.4. Cuatro fotos Tamaño cédula”. 1.5. Documento del Sisben. 1.6. Traslado de matricula cuando sea del caso. 1.7. Constancia de estratificación Social o ingresos familiares 1.8. Recibo de pago de derechos académicos o de servicios complementarios, según liquidación privada hecha por el Consejo Directivo. 1.9. Autorización de ingreso suscrita por el rector. 1.10. Carnet de vacunas. 1.11. Grupo Sanguíneo y tipo de Sangre 1.12. Los requisitos serán acreditados por los alumnos nuevos. Son alumnos nuevos los que ingresan por primera vez al sistema educativo en la Institución o vienen trasladados de otros planteles para cualquier grado. 1.13. Los alumnos nuevos, que se matriculen parsi cursar el grado 10 o 11 deberán traer constancia por escrito firmada por el rector de la institución de procedencia del cumplimiento del servicio social obligatorio y vigías de salud, de lo contrario deberán inscribirse en los proyectos de la institución y cumplir la totalidad del tiempo estipulado en el P.E.I. 2. Requisitos para Renovación de Matrícula. 2.1. Una foto tamaño cédula para los grados 10, 2°, 3°, 4°, 5°, 70, 80, 9° y 11°. Tres fotos para el grado Preescolar, 6° y 10°. 2.2. Fotocopia del documento de identidad para el grado 110. 2.3. Carnet de estudiante del año anterior. 2.4. Boletín de calificaciones del grado anterior. 2.5. Recibo de pago de derechos académicos o servicios complementarios, según liquidación privada hecha por el Consejo Directivo, o acorde con las tarifas establecidas por el mismo. 2.6. Paz y salvo de uso de silletería. 2.7. Documento del Sisben 3. Cupos.

3.1. El cupo máximo por grupo será de 45 alumnos Para otorgar los cupos disponibles se dará prioridad a los alumnos provenientes de las otras sedes de la Institución Educativa Retiro de los Indios. 3.2. La atención de alumnos trasladados será por orden de llegada. 3.3. Cuando la demanda sea superior a los cupos disponibles se procederá por sorteo entre los alumnos nuevos del retiro de los Indios. 3.4. Los alumnos que se hayan retirado del plantel sin cancelar matrícula y que nue soliciten ingreso. se someterán a las mismas condiciones para los alumnos provenientes de otras partes y si nuevamente incurrieren en lo mismo, perderán el cupo. 3.5. Los alumnos que no se matriculen por falta de cupo se relacionarán y remitirán ante el despacho del Señor Alcalde para que conjuntamente con la Dirección de Núcleo se atienda la necesidad de cobertura. 3.6. Para lo la rectoría informará a más tardar en el mes de octubre de cada ano sobre el posible potencial de matrícula del ano siguiente, así como el inventarío de sillas y las necesidades de reparación, para que se adopten las medidas necesarias. 4. Acudientes 4.1. La Institución educativa Retiro de los Indios sólo aceptara como acudiente del alumno al padre o a la madre, salvo casos de fuerza mayor comprobada, en los cuales otro familiar o particular mayor de edad podrá actuar previa presentación de autorización escrita concedida por los padres o por autoridad de familia. 4.2. Es obligación de todo acudiente cancelar la matrícula cuando su acudido se retire del plantel. Tanto el ingreso como el retiro deberán ser solicitados en rectoría. Se debe presentar el carnet de estudiante o denuncia de pérdida del mismo. 5. Clases de Matricula 5.1. Ordinaria: La que se realiza o se renueva al inicio del año y hasta los primeros 15 días hábiles de clase. 5.2. Extraordinaria: La que por causas de fuerza mayor comprobada se realiza después de los primeros 15 días hábiles, siempre y cuando no haya transcurrido el 25% de las actividades programadas para el año lectivo. En este caso el alumno tiene el deber de nivelar las actividades cursadas por el grupo al cual ingresa y las ausencias que registre a partir de su ingreso se sumarán a las que ya tiene. 5.3. Extemporánea: Es la matrícula que se realiza en cualquier época del año, siempre que al alumno se le haya concedido permiso de asistencia mientras acredita la totalidad de requisitos si se justificare el permiso. El permiso se concederá por un mes y podrá prorrogarse mensualmente,

quedando el alumno en la obligación de acreditar lodos los requisitos antes de iniciar el segundo semestre académico. A estos alumnos se les evaluara y se llevará sus informes en borrador. Por carecer de matrícula no podrá certificárseles estudio, salvo, constancias de asistencia, pero deberán cancelar los derechos académicos o servicios compleméntanos normalmente. ó. Costos educativos. 6.1. El artículo 67 de la Constitución Nacional, establece el principio de gratuidad del servicio público educativo estatal sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes pueden sufragarlos. 6.2. El articulo 183 de la ley 115 de 1994. Facultó al gobierno nacional para regular los cobros que puedan hacerse por concepto de derechos académicos en los establecimientos educativos del Estado, definiendo escalas que tengan en cuenta el nivel socio-económico de los educandos, las variaciones en el costo de la vida, la composición familiar y los servicios complementarios de la institución educativa. 6.3. Por decreto 0135 de 1996, el gobierno asignó a las secretarías de Educación Departamentales y Distritales la función de fijar el reglamento para los derechos académicos que puedan cobrar los establecimientos educativos estatales a sus alumnos y las condiciones para que los planteles determinen la capacidad de pago de los educandos, preservando la gratuidad para quienes no puedan hacerlo. 6.4. De acuerdo con el artículo 67 de la Constitución Política, el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación. 6.5. De acuerdo con lo anterior, la Secretaría de Educación de Córdoba, cada año, por resolución establece el reglamento para el cobro de derechos académicos para la respectiva vigencia y de acuerdo con ella el Consejo Directivo de la Institución, mediante resolución, establecerá los derechos académicos y servicios complementarios que deba cobrársele a los alumnos y tendrá en cuenta para ello la estratificación social o los ingresos mensuales de la familia debidamente certificados. Tal resolución se difundirá ampliamente antes de iniciarse el proceso de matrícula. 6.6. Ser más flexibles con los padres de familia de escasos recursos económicos que no puedan cancelar los derechos académicos o los servicios complementarios en el plazo estipulado. XI. DERECHOS Y DEBERES. 1. Derechos de los alumnos. La Institución Educativa Retiro de los Indios reconoce a sus alumnos, a nivel institucional: 1.1. El derecho a recibir una educación integral, democrática y renovada: acorde con las necesidades de su comunidad y basada en los principios filosóficos de la institución y en los programas curriculares.

1.2. El derecho a ser orientados vocacionalmente para optar por la media técnica, en el momento en que ésta sea implementada, en forma libre y responsable. 1.3. El derecho a establecer comunicación en forma apropiada con sus compañeros, padres, profesores y el medio social al que pertenecen. 1.4. El derecho a recibir en todo momento un trato digno de la persona, como seres humanos. 1.5. El derecho a ser orientados ante las dificultades académicas y disciplinarias que se le presenten. 1.6. El derecho a ser evaluados académica y disciplinariamente según las normas establecidas oficialmente. Los alumnos deberán conocer los resultados de cada evento evaluativo, antes de ser anotados en las actas oficiales de la institución. 1.7. El derecho a disfrutar de un ambiente sano, agradable y de relaciones cordiales y amistosas. 1.8. El derecho a ser corregidos respetando su dignidad personal. 1.9. El derecho a ser respetados en su integridad física, moral e ideológica. 1.10. El derecho a utilizar los bienes y servicios de la institución, para el logro de sus objetivos educacionales. 1.11. El derecho a opinar sobre los problemas, divulgando críticas positivas, siguiendo los conductos regulares de comunicación. Manifestar su reclamo en forma cortés y justa. 1.12. El derecho a participar en la toma de decisiones y en la ejecución de planes y programas curriculares y extracurriculares. 1.13. El derecho a que se respeten las organizaciones que luchen por las ideas y derechos de los estudiantes, dentro de los parámetros de la democracia y bienestar de los asociados. 1.14. El derecho a ser formados por profesores responsables, capacitados e idóneos académica y moralmente. 1.15. El derecho a ser tenidos en cuenta, valorados y promovidos cumpliendo con el debido proceso. 1.16. El derecho a integrar grupos cívicos, culturales, juveniles, artísticos y formativos en general. 1.17. Todo estudiante tiene derecho a que se proteja su integridad personal, por lo tanto no podrá ser sometido a torturas o tratos crueles por maestros y demás personas. 1.18. Participar en la elección para personero del establecimiento y en las elecciones que para bien de ellos se programen.

1.19. Proponer metas en el campo cultural, disciplinario, académico, religioso y deportivo de acuerdo con las necesidades del grupo, sin transgredir las políticas de la Institución. 1.20. Ser informado oportunamente acerca de los cambios y decisiones que en el desarrollo de las actividades comprometan el bienestar e integridad del grupo. 1.21. Tener un profesor, líder que los asesore y oriente en todo el proceso de formación y en la organización de actividades de integración y convivencia. PARAGRAFO: La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función de su naturaleza de servicio público se deduce que está orientada al servicio de la comunidad, a la búsqueda de bienestar general y a la elevación de calidad de vida de la población.(C.P. art. 67). 2. Deberes de los alumnos. Se acuerdan con la comunidad educativa los siguientes deberes en el ámbito institucional. Todo derecho implicá el cumplimiento de un deber. 2.1. El deber de conocer y cumplir el Manual de Convivencia de la Institución Educativa Retiro de los Indios. 2.2. El deber de asistir con regularidad y puntualidad a las clases, prestar la debida atención a las explicaciones y observaciones que se hacen. 2.3. El deber de cumplir sus tareas y obligaciones académicas en forma oportuna, completa y responsable. 2.4. El deber de cuidar los muebles, enseres, no rayar las paredes del plantel y responder por los danos causados. 2.5. El deber de ser responsable con las actividades auriculares y extracurriculares que asigne la institución. 2.6. El deber de ser leal consigo mismo, con los compañeros, con los educadores y demás empleados de la institución. 2.7. El deber de dar un trato cortés y respetuoso a todas las personas de la comunidad educativa. 2.8. El deber de no arrojar basuras al piso, a las quebradas, no contaminar el aire con malos olores. 2.9. El deber de llevar adecuadamente el uniforme diario de la institución, lo que implica no vestirlo para actos ajenos a los objetos del plantel.

2.10. El deber de portar el uniforme de educaci fisica en los días que corresponda, responsabilizándose por los implementos utilizados durante dichas clases y en todas las actividades culturales y deportivas. 2.11. El deber de promover una sana comunicación entre alumnos, profesores y demás miembros de la Institución basados en valores como la compresión, el respeto y el cariño. 2.12. El deber de velar para que en el aula de clase se respire un ambiente tranquilo que favorezca el desarrollo del proceso de aprendizaje. 2.13. El deber de manifestar cortésmente quejas, inquietudes y solicitudes a los educadores y directivos de la institución educativa. 2.14. El deber de asistir a todas las actividades comunitarias programadas por la institución educativa, tales como: Convivencias, retiros espirituales, programas culturales, sociales y deportivos. 2.15. El deber de portar el uniforme como lo indica este manual. Se aplica para todas las jornadas de la Institución. 2.16. El deber de asistir puntualmente a todas las actividades académicas y complementarias programadas por la Institución. 2.17. El deber de cumplir con las tareas, trabajos de consulta y demás labores asignadas por 1 profesores. 2.18. El deber de mantener el orden y compostura en las formaciones, clases, laboratorios, demás espacios de la institución y actos comunitarios, de acuerdo con las normas que establece el presente manual de Convivencia. 2.19. El deber de dar el máximo rendimiento de acuerdo con las capacidades académicas, artísticas, culturales, etc. 2.20. El deber de emplear un vocabulario decente y adecuado, tratando con cortesía y respeto a los compañeros, profesores, empleados y demás personas. 2.21. El deber de presentar excusa por ausencia de las clases y hacerla firmar por la coordinación, 2.22. El deber de Prestar el servicio social obligatorio cuando estén cursando 10 y 11. 2.23. El deber de prestar el servicios de vigías de la salud cuando estén cursando 8° y 9°. 2.24. El deber de no portar armas, ni objetos que puedan atentar contra la integridad fisica de los integrantes de la comunidad educativa.

2.25. El deber de no usar pulseras, manillas, gargantillas, collares, pearcing o aretes dentro de la Institución o cuando se esté en su representación. Sólo se autoriza en las damas el uso de to o aretes pequeños. 2.26. El deber de traer todos los implementos para poder cumplir con las actividades académicas, deportivas y complementarias. 2.27. El deber de no traer a la Institución marcadores y correctores. 2.28. El deber de cumplir todas aquellas otras normas que permitan la sana convivencia, y la práctica de la urbanidad y buenas maneras. 2.29. El deber de no fumar ni traficar con sustancias psicoactivas, ni presentarse bajo el efecto de estas a la institución. 2.30. El deber de presentarse en compañía de su acudiente a diligenciar el proceso de matriculas en la fecha estipulada por la institución. 2.31. El deber de cuidar y dar buen uso a la silla que se le asignara al comienzo del año. 2.32. El deber de respetar la libertad de cultos y creencias religiosas. 2.33. El respeto por la identidad sexual. 2.34. El deber de respetar los derechos propios sin transgredir los de la comunidad. 2.3 5. El deber de respetar los símbolos patrios. 2.36. El deber de apagar los teléfonos móviles durante las clases y actos de comunidad. 3. Comportamiento fuera de la institución. Los deberes de todo miembro de la comunidad estudiantil de la Institución Educativa Retiro de los indios, no se limitan solamente al interior de la institución: la formación integral tiene que estar representada en los comportamientos que cada uno de los integrantes de esta comunidad manifiesta cuando actúa en otros medios, como el familiar y el social: significai la continuidad del proceso formativo y educativo. Fuera de la institución el alumno debe 1. Adoptar buenas normas de disciplina y excelente comportamiento. 2. El comportamiento individual en la calle, en los medios de transporte y en los sitios públicos debe ser ejemplar. 3. Portar siempre el carnet de la institución. 4. Evitar la asistencia a eventos y sitios públicos con el uniforme de gala o de educación física (bares. cantinas, tabernas, entre otros).

5. Respetar las zonas verdes, árboles y jardines, murales y monumentos históricos o cualquier elemento de uso público (teléfonos, lámparas, basureros, etc.). 6. No portar armas, ni elementos explosivos. 7. Tener sentido de vecindad y solidaridad en las actividades y/o calamidades presentadas en su barrio. 4. Derechos, deberes, prohibiciones y sanciones de los servidores públicos. Los directivos docentes: rector y coordinador, los docentes, la secretaria académica y los celadores están sujetos al régimen disciplinario único aplicable a todos los servidores públicos, según lev 734 de 2002. 5. Derechos de los Padres de Familia y acudientes. Los derechos y deberes de los padres de familia se encuentran contemplados en el decreto 1286 de 2002, emanado del Ministerio de Educación Nacional. 5.1. Formar parte de la Asamblea de Padres con derecho a voz y voto, a elegir y ser elegido para la Asociación de Padres, Consejo de Padres y Consejo Directivo. 5.2. Participar en la Escuela de Padres, actos culturales y recreativos, conferencia y demás actividades que la Institución Educativa programe en procura y formación de Padres de Familia. 5.3. Controlar y sugerir actividades que mejoren la calidad de educación de sus hijos. 5.4. Ser atendido en diálogo cortés y respetuoso con sus sugerencias, planteamientos, rendimiento y dificultades de sus hijos. 5.6. A ser estimulados por su acción participativa en el desarrollo del P.E.L, por la colaboración, logros y aciertos en el proceso formativo de sus hijos. 5.7. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines, en donde se informa sobre compromisos con la institución. 5.8. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I. de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen. 5.9. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento y comportamiento de sus hijos. 5.10. Derecho a ser atendido dentro de un horario de trabajo establecido por la institución. 5.11. Derecho a solicitar ante las autoridades competentes la gratuidad para la educación de sus hijos en la educación básica. 5.12. Ser informados oportunamente acerca de la filosofia, objetivos, manual de convivencia, programas y decisiones de la institución.

5.13. Ser atendidos en forma eficaz previa cita por directivos y profesores, de la institución en un diálogo que favorezca la educación de los hijos. 5.14. Beneficiarse de todas las actividades de proyección a la comunidad que programe la institución. 5.15. Utilizar los diferentes servicios que ofrece la institución. 6. Deberes de los padres de familia y acudientes 6.1. Ser representantes de sus hijos en la Institución. 6.2. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares de los hijos después del horario de clase. 6.3. Mantenerse en contacto con la institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y disciplinario de los hijos. 6.4. Asistir a la entrega oficial de evaluaciones, reuniones y asambleas programadas. 6.5. Dialogar frecuentemente con los hijos para reforzar la labor de la institución en la formación y fortalecimiento del desarrollo afectivo. 6.6. Cumplir dentro de los plazos fijados con los compromisos económicos, adquiridos en el momento de la matricula de sus hijos. 6.7. Enviar puntualmente a sus hijos, velar por su asistencia y mandar excusa firmada por padres o acudientes, cuando el problema amerite ausencia o retardo. 6.8. Prestar a sus hijos apoyo moral y económico para el buen desarrollo de la labor educativa. 6.9. Acudir oportunamente al establecimiento cuando sea requerido, acatando y observando las recomendaciones que se hacen sobre sus hijos. 6.10. Informar veraz objetiva y oportunamente a la autoridad competente cualquier hecho qúe desdiga o impida la buena marcha de la institución. 6.11. Ser leal con la institución y defender sus intereses y colaborar con la formación moral y académica de sus hijos. 6.12. En caso de dificultades o problemas seguir el conducto regular para su solución, así: hablar con el director de grupo o de área, con el Coordinador, con el rector. Consejo Académico o Directivo, según el caso. Observando los buenos modales.

6.13. Velar porque sus hijos reciban una educación tendiente a lograr en ellos un adecuado desarrollo, moral, intelectual, fisico y social, que le pueda permitir al egresado integrarse al sistema laboraídel país. 6.14. Responder por los daños que los hijos ocasionen en el establecimiento o fuera e la institución cuando se encuentren en tiempo de clase, en convenio con la autoridad competente (Rector). 6.15. Cancelar la matrícula y reclamar documentación cuando el alumno se retire del plantel. 6.16. Velar que los hijos tengan todos los profesores requeridos, para que no pierdan clases y si falta algún docente, que sea reemplazado rápidamente o se coloquen talleres que sean coordinados por alumnos sobresalientes o de otras jornadas. 6.17. Velar porque su hijo o acudido cumpla las normas de presentación personal estipuladas en este manual. 6.18. Conocer y poner en practica el manual de convivencia. 6.19. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias nue programe la institución. La inasistencia sin causa justa a dos de ellas darán píe para la devolución del hijo hasta que se haga presente e! padre o acudiente. 6.20. Comprometerse con la formación integral de sus hijos, colaborando en la realización y cumplimiento de todo tipo de actividades asignadas a éstos mediante un acompañamiento permanente. 6.2 1. Asistir a los programas de asesoría que ofrece y/o exige la institución. 6.22. Colaborar en las actividades, tanto curriculares como complementarias. 6.23. Revisar con regularidad los implementos de estudio de sus hijos y velar porque siempre estén completos. 6.24. Reclamar oportunamente los informes y boletines descriptivos explicativos de sus hijos. 6.25. Devolver oportunamente los informes académicos de normalización, circulares y demás notificaciones solicitadas por la información. 6.26. No ingresar a la institución o a las aulas de clase sin la autorización correspondiente. 6.27. Informar oportunamente de las dificultades y/o limitaciones que tengan sus hijos. 6.28. Hacerse cargo del comportamiento de sus hijos fuera del plantel. 6.29. Fomentar en sus hijos el trato cortés y’ hacia compañeros, profesores y empleados de la institución.

6.30. Colaborar con la asistencia de sus hijos a clase y actos programados por la institución y justificar oportunamente las ausencias. 6.31. Cancelar oportunamente las matricula, en caso de retiro e informar la causa. 6.32. Dirigirse siempre con respeto y buenos modales a los profesores y demás integrantes de la comunidad educativa. 6.33. Estar pendientes de la hora de ingreso y salida de sus hijos, en horario habitual o una vez sean informados del cambio y ser muy puntuales. 7. Deberes y responsabilidades de los encargados de la tienda escolar. 7.1. Licitar ante el consejo directivo la prestación del servido. 7.2. Abrir la tienda antes de iniciar la jornada de estudio y cerrarla después de terminada. 7.3. Fijar la lista de precios en lugar visible y en forma permanente. 7.4. Usar delantal y gorro que posibiliten mantener el cabello recogido. 7.5. Atender con solicitud y oportunamente al personal de la institución. 7.6. Tratar con respeto, amabilidad y cortesía a niños, jóvenes, padres de familia, profesores y demás usuarios de la tienda. 7.7. Tener personal suficiente para la atención sobre todo en los descansos. 7.8. No permitir personas extrañas ni niños en las instalaciones. 7.9. No atender a los alumnos en horas de clase. 7.10. Mantener un recipiente de basura propio cerca a cada una de las tiendas. 7.11. Cancelar el arriendo durante los primeros diez días de cada mes en el Banco Agrario y presentar oportunamente a tesorería el recibo de consignación. 7.12. Utilizar pinzas para manipular los alimentos. 7.13. Mantener surtido suficiente y variado procurando que sea de alto valor nutritivo y a precios módicos. 7.14. Mantener los alimentos en perfectas condiciones higiénicas sobre todo las inst’alaciones, alrededores de la tienda, congeladores y vitrinas procurando cubrir los recipientes que contengan alimentos. 7.15. Colaborar con la organización y marcha general del plantel cuando las circunstancias lo requieran.

7.16. Acatar las sugerencias que para el mejoramiento del servicio le haga la administración del plantel. Parágrafo: Los créditos quedan bajo la responsabilidad de los encargados de la tienda escolar. XII. ESTÍMULOS. 1. Los servidores públicos adscritos a la Institución Educativa Retiro de los Indios, los alumnos matriculados en la misma y los padres de familia o acudientes que sobresalgan por su buen comportamiento podrán ser seleccionados para representar su grupo o estamento en los homenajes a la bandera y para representar al plantel en actos sociales o culturales, en eventos artísticos, deportivos, científicos y otros de interés educativo. 4 2. Las personas pertenecientes a la institución que sobresalgan en los actos y eventos indicados en el numeral anterior, se harán acreedores a los siguientes estímulos: 2.1. Reconocimiento público en actos de comunidad, uno como mínimo en cada semestre. 2.2. Constancia de participación con criterios de excelencia suscrito por el rector y con copia a la hoja de vida Para el caso de los alumnos y profesores - y registro en el historial de la institución para el caso de los padres o acudientes. 2.3. Postulación por parte del gobierno escolar de la institución para condecoraciones o premios otorgados por entes oficiales o privados del orden local, departamental, nacional o internacional. 2.4. El primer puesto en eventos de carácter competitivo organizados por la institución sera premiado con trofeo o medalla de campeón y el segundo con trofeo o medalla de subcampeón. 2.5. Para los eventos con carácter de participación o de encuentro se otorgará mención escrita. 3. Cada año se concederá exención de derechos académicos o de servicios complementarios a los dos alumnos más destacados en cada grado en comportamiento y rendimiento académico, si continúan sus estudios en la Institución Educativa Retiro de los Indios. 4. Reconocimiento académico para los alumnos con concepto E en las áreas afines con los actos o eventos de su participación y según los indicadores de logro previamente concertados. 5. Los alumnos más destacados del grado 110 serán postulados ante las universidades que ofrezcan cupos para realizar estudios superiores, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por dichos planteles de educación superior. 6. La Institución Educativa Retiro de los indios otorgará la condecoración “ de la Institución Educativa” por Servicios Distinguidos a las personas que de manera extraordinaria contribuyan al desarrollo institucional. Las personas distinguidas podrán ser del ámbito escolar o extraescolar, local o extra local. La condecoración se crea por resolución del Consejo Directivo y se otorga por

Resolución Rectoral, previa consulta con los órganos del Gobierno Escolar. La misma condecoración será otorgada a los dos mejores alumnos de cada grado y a los bachilleres que durante toda su permanencia en la institución se hayan destacado por los valores definidos en la resolución que crea la condecoración. 7. Los estímulos mencionados podrán ser otorgados a grupos como: órganos de Gobierno, Áreas Académicas y Grupos Juveniles si hubiere méritos para ello. 8. Al grupo académico más distinguido en cada jornada por su comportamiento, rendimiento académico, organización, integración y colaboración se le concederá un día para recreación y esparcimiento en la localidad o fuera de ella previo plan aceptado por padres y acudientes y aprobad6 por el Consejo Directivo. El día puede ser elegido a partir del mes de octubre. El grupo será acpmpañado por su director y por los padres y acudientes que deseen. La elección de tales grupos se hará en la primera semana de septiembre de cada año. XIII. Funciones y Reglamento. 1. Consejo Directivo. Las funciones del Consejo Directivo de la institución son las estipuladas en el Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, articulo 23. ye! Decreto 0992 de 2002, reglamentario de la Ley 715 de 2001. 2. Consejo académico. Sus funciones están dadas en el Decreto 1860, del 3 de agosto de 1994, articulo 24. 3. Funciones del rector. Le corresponde a! Rector de la institución educativa según decreto 1860, agosto 3 de 1994, artículo 25: 3.1. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar. 3.2. Velar por el cumplimiento de las fundones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 3.3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento. 3.4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. 3.5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

3.6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 3.7. Ejercer las funciones disciplinarias que Je atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia. 3.8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional. 3.9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. 3.10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo. La Ley 715 de 2001 asignó las siguientes funciones: 3.11. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa. 3.12. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. 3.13. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. 3.14. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución. 3.15. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinsütucionales para el logro de las metas educativas. 3.16. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la secretaría de educación distrital, municipal, departamental o quien haga sus veces. 3.17. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos. 3.18. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva. 3.19. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. 3.20. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. 3.21. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.

3.22. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación. 3.23. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos. 3.24. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución. 3.25. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses. 3.26. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley. 3.27. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos. El Decreto 0992, Reglamentario de la Ley 715, le asignó las siguientes funciones: 3.28. Elaborar el proyecto anual del presupuesto del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva Institución, según el nivel de desagregación señalado en el articulo cuarto del presente decreto, y presentarlo para aprobación al Consejo Directivo; 3.29. Elaborar el Flujo de Caja del Fondo estimado mes a mes, hacerle los ajustes correspondientes y presentar los informes de ejecución por lo menos cada tres meses al Consejo Directivo; 3.30. Elaborar los proyectos de adición presupuesta! debidamente justificados y presentarlos, para aprobación, al Consejo Directivo, así como también los proyectos relacionados con los traslados presupuéstales; 3.31. Celebrar los contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, con cargo a los recursos del Fondo, de acuerdo con el Flujo de Caja y el plan operativo de la respectiva vigencia riscal, previa disponibilidad presupuestal, y de tesorería; 3.32. Firmar los estados contables y la información financiera requerida y entregarla en los formatos y fechas fijadas para tal fui; 3.33. Efectuar la rendición de cuentas en los formatos y fechas establecidos por los entes de control; 3.34. Publicar en un lugar de la Institución, visible y de fácil acceso, el informe de ejecución de los recursos del Fondo de Servicios Educativos, con la periodicidad que indique el Consejo Directivo 3.35. Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal a las autoridades educativas de la entidad territorial que tiene a su cargo el establecimiento educativo estatal, incluyendo el excedente de recursos no comprometidos si los hubiere. 4. Coordinador.

Según la resolución 13342 de 1982. artículo 4° son sus funciones;: 4.1. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional. 4.2. Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios de ley vigentes. 4.3. Organizar a los profesores por áreas de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos. 4.4. Coordinar la acción académica con la de administración de alumnos y profesores. 4.5. Establecer canales y mecanismos de comunicación. 4.6. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas. 4.7. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar. 4.8. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases del plantel, en colaboración con los Jefes de áreas y presentarlos al rector para su aprobación. 4.9. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos. 4.10. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes. 4.11. Rendir periódicamente informe al rector del plantel sobre el resultado de las actividades académicas. 4.12. Present al rector las necesidades de material didáctico de las áreas. 4.13. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. 4.14. Participar en el Consejo Académico y en los demás en que sea requerido. 4.15. Organizar las direcciones de grupo para que sean las ejecutoras inmediatas de la administración de alumnos. 4.16. Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la coordinación académica, servicios de bienestar. padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa. 4.17. Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia, tanto académicas como disciplinarias. 4.18. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y alumnos. 4.19. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

Nota: El Coordinador, asumirá las funciones de coordinador académico y de disciplina. 5. Profesores. Son funciones de los profesores según resolución 13342 de 1982: 5.1. Participar en la elaboración del planteamie y programación de actividades del área respectiva. 5.2. Programar y organizar las actividades de aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área. 5.3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formaüvo. 5.4. Participar en la realización de las actividades complementarias. 5.5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de aprendizaje. 5.6. Aplicar oportunamente en coordinación con el Jefe del área o el coordinador las estrategias metodológicas a que de lugar el análisis de resultados de la evaluación. 5.7. Presentar al jefe del área o al coordinador informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando las calificaciones con su firma. 5.8. Participar en la administración de alumnos conforme lo determine el Reglamento de la institución y presentar los casos especiales al coordinador, al Director de grupo y/o a los consejos para su tratamiento. 5.9. Presentar periódicamente informe al jefe de área o en su defecto al coordinador sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo. 5.10. Ejercer la orientación de grupo cuando le sea asignada. 5.11. Participar en los consejos y comisiones en que sea requerido. 5.12. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. 5.13. Cumplir los turnos de acompañamiento disciplinario que le sean asignados. 5.14. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las directivas del plantel. 5.15. Atender a los Padres de Familia, de acuerdo con el horario establecido en la institución. 5.16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. 5.17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

6. El orientador de grupo. 6.1. Participar en el planeamiento y programación de la administración de alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características personales. 6.2. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiados a su dirección. 6.3. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. 6.4. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y apro\ echamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar. 6.5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas. 6.6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa. 6.7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos del grupo a su cargo, en coordinación con los sen icios de bienestar. 6.8. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo. 6.9. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados ante el coordinador. 7. Funciones de la Asociación de Padres de Familia. Las funciones del Consejo de padres están contempladas en el decreto 1286 de 2002, emanado del Ministerio de Educación Nacional 8. Funciones de Consejo de Padres de Familia. Las funciones del Consejo de padres están contempladas en el decreto 1286 de 2002, emanado del Ministerio de Educación Nacional 9. Consejo de estudiantes. Son sus funciones: 9.1. Darse su propia organización interna. 9.2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 9.3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativa sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

9.4. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia (Art. 29 del Decreto Nacional 1860 de 1994). 10. El personero de los estudiantes. Perfil del personero institucional: Un alumno que curse el grado decimoprimero y que lleve como mínimo dos anos en la institución; se distinga por su excelente comportamiento y rendimiento académico, vivencie el sentido de pertenencia y los valores institucionales, se fundamente en la madurez y criterio acertado para la solución de los problemas cotidianos. Tendrá las siguientes funciones: 10.1. Impulsar la formación en valores que promueve la Institución Educativa Retiro de los Indios. 10.2 Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación internos de la Institución Educativa, pedir la colaboración al consejo de estudiantes y organizar foros u otras formas de deliberación. 10.3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los alumnos. 10.4. Presentar ante el rector según sus competencias, las solicitudes de oficio o la petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 10.5. Apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del rector respecto a las petic presentadas por su intermedio. 10.6. Presentar ante la comunidad educativa un informe periódico, una vez por semestre de las actividades realizadas. 10.7. Las demás funciones afines a su cargo (Art. 28 del decreto 1860 de 1994. REQUISITOS: * Haber cursado como mínimo dos años en la institución. *• Haber asistido a la inducción planeada por la institución. No haber perdido más de un área por período académico en el año anterior. . No tener llamados de atención en su observador del estudiante. Las decisiones respecto de las solicitudes del personero de los estudiantes serán resueltas, en última instancia, por el consejo directivo de la institución educativa.

El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendarios siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de Representante de los estudiantes ante el consejo directivo.(Art.28 del decreto 1860). Parágrafo 1 Los candidatos a la personería deben asistir a una inducción y capacitación sobre sus funciones y planes, las cuales serán realizadas por un comité asesor del gobierno escolar, presidido por el rector y un docente designado por aquel para tal función. El Consejo Directivo informará a la comunidad educativa si los candidatos cumplen con el perfil establecido en el presente Manual. Parágrafo 2 Cuando el personen) de los estudiantes no cumpla con sus funciones, la asamblea, mediante el consejo de estudiantes, promoverá la revocatoria del mandato, la cual se determinará con un número de ffrmas superior al 25% del potencial electoral existente a la fecha de elección Se revoca por votación y se nombra un nuevo personero. 11. Del Delegado de Grupo. Es el estudiante escogido y elegido democráticamente por sus companeros de clase, para ser el vocero y líder en la participación institucional que pide la ley de Educación. De acuerdo con lo anterior, es necesario analizar cuáles son las condiciones que un estudiante debe cumplir para ser representante, como también las funciones que debe llevar a cabo. REQUISITOS: Buen nivel académico. Buen comportamiento. Excelentes relaciones humanas y liderazgo positivo. Identidad con la institución, sentido de pertenencia. Aceptación de sus compañeros. • Disponibilidad y colaboración. • Deseo de ser un buen representante. No podrá perder más de 2 áreas por período.

Funciones: 11 .1. Asistir en representación de su grupo a las reuniones convocadas por el Consejo de Estudiantes, por las directivas de la institución educativa o por el estamento que lo requiera. 11.2. Promover el análisis de los problemas propios del grupo en cuanto a aspectos disciplinarios, académicos o de relaciones y generar en sus compañeros, soluciones apropiadas 11.3. Coordinar, de acuerdo con las indicaciones del educador, las actividades académicas a realizar en ausencia de este. 11.4. Propiciar las buenas relaciones y la integración entre los compañeros. 11.5. Velar porque los comités cumplan debidamente sus funciones. 11.6. Presentar al Orientador de Grupo, quejas reclamos y sugerencias de carácter grupa!. 11.7. Llevar el control de asistencia por horas en coordinación con los profesores y entregarlo oportunamente al director del grupo. 11.8. Hacer firmar ante el coordinador las excusas enviadas durante la ausencia de sus compañeros. 11.9. Asistir a las reuniones convocadas por el Gobierno Escolar o por las Directivas de la institución educativa e informarle al grupo. 11.10. Servir de Canal de comunicación e instancia de diálogo entre el grupo, las directivas y otros estamentos. 11.11. Promover el análisis de los problemas propios del grupo en los aspectos disciplinarios, académicos o de relaciones y generar con sus compañeros correctivos apropiados. Pará2rafo Cuando el delegado de grupo no cumpla con sus funciones o su perfil no corresponda al estipulado en el presente manual, el Consejo Directivo solicitará al Consejo de Estudiantes que lo releve del cargo el cual será asumido por el suplente (el candidato que haya obtenido la segunda votación más alta en las elecciones). XIV. NORMAS PARA LA ELECCIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR. 1. Consejo Directivo.

Según el artículo 21 del decreto 1860 de 1994 estará integrado por: 1.1. El rector, quien lo presidirá y convocara ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 1.2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. 1.3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. 1.4. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución. 1.5. Un repfesentante de los egresados elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediato anterior el cargo de representante de los estudiantes. 1.6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspician o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. Parágrafo 1°: Los administradores escolares podrán participar en las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto, cuando éste les formule invitación, a solicitud de cualquiera de sus miembros. Parágrafo 2°: Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. De acuerdo con el numeral 5 del articulo 21 del Decreto 1860 de 1994 el Consejo Directivo motivará la conformación de la Asociación de Ex alumnos y solicitará una terna de la cual escogerá el representante de dicha asociación. 7. El representante del sector productivo. De acuerdo con el numeral 6, del artículo 2.1 del decreto 1860 de 1994, el Consejo Directivo, solicitara candidatos a las organizaciones productivas y escogerá el representante de dicho sector. XV. ASPECTOS DISCIPLINARIOS GENERALES. 1. Funcionamiento de excusas. 1.1. Las excusas deben ser remitidas y firmadas por los acudientes, guardando las formalidades de una carta y especificando la causa de la ausencia.

1.2. La inasistencia al plantel, debe justificarse ante la Coordinación quien con su firma autoriza la presentación de talleres y evaluaciones dejados de presentar durante la ausencia. El delegado debe hacerla firmar de los profesores. La institución debe adoptar un formato oficial para autorizar el retiro del estudiante del plantel, por causa justificada. El retiro del establecimiento de un alumno, debe ser informado inmediatamente al acudiente por el coordinador o orientador de grupo. Cada delegado de grupo entregara semanalmente, los días viernes, las excusas y permisos al coordinador quien las conservará durante el año lectivo. Cuando un alumno este debidamente autorizado por la institución para su representación o la del municipio en diversas actividades se exime de las faltas de asistencia. 2. Funcionamiento del timbre: El toque de la campana será ejecutado por quien cumplirá instrucciones al respecto, así: 2.1 Un 10 toque preventivo. 2.2. Un 2° toque para iniciar las clases. 2.3. Un toque para terminar cada clase. 2.4. Dos toques para descanso y tres toques para finalización de la jornada de estudio. 2.5. Cuatro toques para reunión general de alumnos en el patio (filas).. 2.6. El funcionamiento de la campana se aplicará en forma general todas las jornadas. 3. Del descanso. El tiempo dedicado a los descansos es el lapso en el cual los alumnos deben cumplir lo siguiente: 3.1. No permanecer dentro del salón de clases ni en los corredores. 3.2. Al finalizar el descanso se tocan do timbres: la primera indica que debe suspender toda actividad propia del descanso y disponerse para subir al salón de clase; el segundo y definitivo, 3 minutos después, indica que los alumnos y profesores deben estar dentro del salón de clase. 3.3. Durante los descansos los alumnos no saldrán a la calle y permanecerán en los patios, evitando subirse a los muros y pasamanos. 3.4. Si algún alumno llega al salón de clase después de sonar el segundo timbre, correrá con los riesgos de ausencia no justificada.

3.5. Si algún alumno está en un sitio no permitido o realizando acciones prohibidas en el plantel, asumirá las consecuencias disciplinarias del caso. 3.6. Durante el descanso, los profesores comisionados por semanas y para diferentes zonas, velarán por el buen aprovechamiento del descanso. 3.7. En el descanso, los alumnos no deben permanecer en la zona de la puerta de entrada. 3.8. Se prohíbe el exceso de volumen en el equipo de sonido en los descansos, así mismo los mensajes o dedicatorias. 3.9. Se prohíbe permanecer en el descanso y en horas de clase en los corredores de la institución, incluido el del segundo piso. 3.10. La música que se coloque en el descanso debe ser adecuada al carácter educativo de la institución. 4. De la tienda escolar. 4.1. Sólo se atenderá a los alumnos durante el descanso y a la hora de la salida. No se les venderá después de sonar el primer timbre. 4.2. Los alumnos harán las filas y respetarán el turno. 4.3. Todos los usuarios observarán buen trato y vocabulario para con los compañeros, profesores y empleados de la tienda. 4.4. Todos los usuarios depositarán los materiales desechables o sobrantes en los respectivos reçipientes. 4.5. Se podrá vender a los alumnos que terminen la clase de educación fisica bajo la supervisión del docente encargado de la clase, una vez termine ésta. 4.6. Cada alumno que quiera comprar gaseosa, debe presentar su carnet de estudiante vigente, el personal de la tienda lo retiene hasta que el alumno regrese el envase de la gaseosa, en caso de no regresar el envase deberá cancelar el valor de éste para que su carnet le sea entregado nuevamente. 5. De la formación en el patio. 5.1. Los alumnos formarán en el patio-salón cada vez que se programe alguna actividad que requiera de dicha formación, ubicándose en el lugar que les fue asignado por su profesor de Educación Física. 5.2. Para la formación suenan cuatro campanadas indicando que el alumnado debe desplazarse a formación general.

5.3. Cada director, de grupo estará con sus alumnos mientras dure la formación. 5.4. Cada sección y jornada determinarán el día y la hora para realizar las formaciones del personal. 6. Normas de Comportamiento que garantizan el mutuo respeto. En concordancia con los artículos 91, 92 y 104 de la ley 115. los alumnos de la Institución Educativa Retiro de los Indios en sus relaciones con los profesores y empleados se acogerán a las siguientes normas: 6.1. Comunicar con confianza, cortesía y oportunidad sus inquietudes, sugerencias, inconformidades, quejas y problemas discrecionalmente, siendo concretos y veraces. 6.2. Aceptar equivocaciones y asumir responsabilidades sin recurrir a disculpas y comprometiéndose a cambiar. 6.3. Reconocer en el educador a una persona comprometida como orientador, fiel a los acuerdos y un confidente que por ética se reservará lo que voluntariamente comunique el alumno respecto de si mismo y su ambiente cercano. 6.4. Tratar todos sus asuntos en el plantel. N solicitar s de problemas en la calle o en la residencia de los educadores. 6.5. En ningún momento ofrecer dádivas y prebendas a cambio de servicios a los que están obligados el educador y menos por actuaciones indebidas. 6.6. No invocar tratamiento diferenciado fundamentándose en razones de parentesco, amistad ni rehusarlos por razón de empatía o desafecto, 6.7. Reconocer que el educador es otro ser humano con debilidades y virtudes lo cual le permite tolerar, comprender y le hace acreedor de las mismas garantías: ser comprendido, tolerado y respetado. 6.8. Para formular quejas o reclamos, los alumnos agotarán el siguiente conducto regular 6.8.1. Diálogo directo con el profesor o empleado con quien se inició el problema, con serenidad y respeto, formulando los correctivos necesarios. 6.8.2. Si no logran un acuerdo favorable indicarán el motivo de la diferencia y cada uno informará al director de grupo para que proponga una fórmula de acuerdo. 6.8.3. Si tampoco se logra el acuerdo, el director de grupo pasara los informes recibidos y el suyo propio al coordinador quien apreciará si hay incumplimiento del deber, violación de derechos o extralimnación en el ejercicio de funciones, violación del debido proceso o negligencia para resolver el problema. Exhortará al responsable para que reconozca y rectifique su error,

emprenderá acciones de compromiso o proceso disciplinario, ordenando revocar decisiones tomadas en perjuicio de la otra parte. 6.8.4. Se creará un Comité disciplinario asesor conformado por estudiantes y padres de familia, que permita dirimir conflictos escolares que garantice el debido proceso y todas las garantías que permiten la Constitución y la ley. 6.8.5. Si hubiere desacato el coordinador remitirá los informes recibidos y el suyo propio al rector, quien convocará al consejo directivo para resolver el asunto, si el responsable es el alumno. El Rector iniciará el proceso pertinente, si el responsable es el educador o empleado. En cualquiera de las etapas del conducto regular, pueden auxiliarse las partes de representantes tanto del alumno como del educador: Personero de los estudiantes, representantes del Consejo Directivo, a elección de los interesados. Son procedentes el acuerdo verbal o escrito, el contrato pedagógico escrito o 1o procedimientos disciplinarios si son necesarios. 6.8.6. Para problemas académicos, el consejo académico se considera última instancia y contra sus decisiones procede el recurso de reposición. 6.8.7. Para problemas de comportamiento, el consejo directivo se considera instancia decisoria y contra sus decisiones procede el recurso de reposición y en subsidio de éste, el de apelación ante el Rector. 6.8.8. Los procedimientos aplicables a los educadores están definidos, en la ley 734 de 2002 aplicable también a los empleados administrativos, sin perjuicio de los acuerdos a los que pueda llegarse por asuntos no previstos en las normas citadas. 6.8.9. El artículo 13 de la Constitución Nacional será el principio rector en el manejo del conducto regular. Se tendrán en cuenta además los artículos 15, 20, 21, 22, 23, 29, 33, 42, 43, 44 y 45. de la Ley 115 de 1994. Los educadores, por su parte, deben propiciar a los alumnos: 6.9. Buen ejemplo moral, ético, laboral y social; trato digno y cortés, corrección oportuna y con el más estricto sentido pedagógico. 6.10. Se esforzarán por ser justos y equitativos en sus decisiones, dar razones de sus determinaciones y rectificar oportunamente en caso de error. 6.11. Para procedimientos evaluativos académicos y de comportamiento, se acogerán al debido proceso.

6.12. Para el manejo de observaciones reconocerán las virtudes así como los desaciertos o faltas de los alumnos. 6.13. Los directores de grupo se interesarán por su grupo tanto para estimular como para corregir o provenir errores. 7 SEGURIDAD DE LAS AULAS: Las directivas del plantel responsabilizarán a orientadores de grupo y delegados de alumnos del uso de llaves en cada jornada. Los daños causados a las cerraduras y demás mobiliarios de aulas serán faltas y se procederá de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia, sin perjuicio del cobro por daños a los acudientes. 8. REGALAS DE HIGIENE PERSONAL Y SALUD PÚBLICA 8.1. Aseo diario y cuantas veces sea necesario de cuerpo, de manos y pies. Cabello corto en los hombres y limpio Aseo de las manos al levantarse, antes y después de la mesa y después de las necesidades fisiológicas. 8.2. Ropa limpia y cuidando que no esté ajada ni rota. Cambio frecuente de ropa interior. 8.3. Correcto uso del pañuelo. No usar los dedos para limpiar los ojos, dientes o nariz. 8.4. No escupir en el suelo y no humedecer los dedos con la boca para volver las hojas d los libros o cuadernos. 8.5. Lavar la boca y dentadura escrupulosamente después de cada comida, al levantarse y al acostarse. 8.6. Propiciar y mantener el aseo en la casa, en la Institución Educativa y en la población, no arrojando basuras y practicando la cultura del reciclaje. 8.’ Respetar el aseo y buena presentación de la institución en sus pisos, paredes, unidades sanitarias y mobiliarios. No rayar ni escribir en paredes o muebles. Usar correctamente los recipientes de basura y utilizar con pulcritud el papel y las toallas higiénicas. 8.8. No tomar agua cruda por ningún motivo. El agua de Cereté se clasifica como no apta.para el consumo humano. 8.9. No exponerse al peligro sentándose en pasamanos, ventanas o muros y evitar rnovilizarse atropellando, corriendo por las escaleras o jugando bruscamente. 8.10. No incurrir en juegos con las instalaciones eléctricas, ventiladores, agua, envases, herramientas y materiales de laboratorio 8.11. Practicar el diálogo sereno y cortés aún en caso de reclamo o queja y evitar apodos, chismes, burlas y ofensas que puedan generar molestias y reacciones imprevistas en las demás personas.

8.12. Acatar las recomendaciones o instrucciones para el manejo de equipos, reactivos, deportes, gimnasia y emergencias. 8.13. En ningún momento y bajo ningún pretexto será permitido el consumo de cigarrillos, bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas, portando el uniforme. El porte o trafico de las mismas dentro o fuera del plantel; se consideran faltas graves de comportamiento. 8.14. Conocer, practicar y respetar los derechos humanos y aceptar la diversidad de pensamientos y posiciones, la naturaleza y la vida en todas sus manifestaciones. 8.15. Las incapacidades deben hacerse constar por escrito. En caso de sufrir enfermedad epidémica o contagiosa no se debe asistir a la Institución Educativa hasta que pase el peligro de contagio. 8.16. Todos debemos acogemos y apoyar a las campañas de salud y prevención organizadas y ejecutadas por las autoridades respectivas.

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procede como tercera sanción y consiste en informar al acudiente o en su defecto a uno de los padres del alumno, sobre las faltas del estudiante y en dar recomendaciones para el alumno y su acudiente de las cuales se dejarán constancia en la ficha suscrita por las partes. Todos los educadores que hayan intervenido en los procedimientos anteriores deberán participar en el análisis de la situación. Igualmente corresponde al Coordinador de la sección sancionar hasta con un dia de suspensión de actividades curriculares. 6.2.4 El coordinador, el orientador, serán autoridad competente para la privación temporal de actividades extracurriculares. Esta sanción no afectará el derecho a la capacitación o entrenamiento y se limitara a la no actuación en eventos o presentaciones en representación de la institución, se debe definir por cuántas fechas queda inhabilitado el alumno, de acuerdo con la falta cometida. Si el alumno no participa en ninguna actividad, se aplicara en su reemplazo suspensión de clases por un día. 6.2.5 El Rector: Corresponde a la Rectoría la Sanción con privación de actividades curriculares por dos días. Cuando el proceso corresponda a reiteración previamente comprobada de faltas leves. 6.2.6. El Consejo Directivo y el Rector son autoridades competentes para la suspensión temporal o retiro del establecimiento. Para investigar las faltas graves y gravísimas, se delega al Coordinador del plantel para que en un término de cinco días hábiles aporte pruebas y remita el proceso realizado al Consejo Directivo para que tome la decisión o sanción.

Se delega a cada Coordinador del plantel la responsabilidad para disponer y determinar, en forma preliminar, la legalidad de la falta disciplinaria concreta y solicitar la sanción correspondiente. Para esto podrá asesorarse de un grupo de docentes que ayude a recoger las pruebas respectivas, la diligencia de descargos debe estar asistida por el acudiente o en su defecto por el personero de los estudiantes. Recibida la actuación del comisionado, el Consejo Directivo adoptará la decisión pertinente y el rector dictará la resolución respectiva. Para las faltas leves se establece el proceso verbal con constancia escrita y para las faltas graves y gravísimas, deberá establecerse el proceso escrito. Para sancionar las faltas lev es se comisiona al Rector del plantel o directamente al educador que haya encontrado en flagrancia al estudiante, una vez haya realizado el proceso correspondiente El educador no podrá sancionar con retiro del establecimiento al alumno. Toda suspensión superior a dos días, deberá llevar el Visto Bueno de un representante del Consejo de Padres. 6.3. DERECHO A LA DEFENSA Se garantiza el derecho a la defensa. • Se debe presumir la inocencia. (La carga de la prueba se encuentra en cabeza del acusador). • La duda debe resolverse a favor del investigado. • El investigado debe ser tratado con el respeto y la dignidad inherente al ser humano. • Nadie podrá ser investigado más de una vez por una misma acción u omisión. • La finalidad del proceso debe ser el logro de los fines de la educación y la garantía de la buena marcha de la institución. • La ley favorable o permisiva se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable. • La falta debe estar preestablecida y clasificada en el manual de convivencia. • Todos los alumnos gozan de igualdad ante la ley. • Publicidad. Se le deben notificar al posible implicado los cargos que existen contra él, con las pruebas recogidas, determinando en forma clara y precisa las conductas y las faltas disciplinarias a que esta conducta dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) y la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias (leves, graves o gravísimas), la indicación de cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados; la indicación de la fecha en la cual se escuchará su versión (Si es que aún no se ha hecho) y el término de que dispone(dos o tres días) para formular sus descargos (oral o escrito), controvertir

las pruebas y allegar o pedir las que considere necesarias para sustentar sus descargos. Si el alumno implicado no firma la notificación, lo deberá hacer un testigo, preferiblemente el delegado de grupo. • Se debe comunicar del proceso al personero estudiantil (Art. 94 Ley 115/94 y Art. 28 Decreto 1860/94, a los representantes del Consejo de Padres y a los padres de familia del alumno, informando también al Consejo Directivo, Al Consejo Académico y al Consejo de Profesores. • La decisión debe tomarse con base en las pruebas existentes, mediante resolución motivada y congruente, que pueda terminar en absolución o en sanción; esta debe ser proporcional a los hechos que la motivaron. Deben tenerse en cuenta las circunstancias atenuantes o agravantes encontradas, lo mismo que los antecedentes del infractor. 6.4. SE CONSIDERAN CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES DE LAS FALTAS. • El reconocimiento de la falta cometida antes de ser vencido en proceso. • El resarcimiento de los daños, si hubiere lugar a ello. • No tener antecedentes disciplinarios. • Haber sido condecorado por el plantel. • Tener un buen rendimiento académico hasta la fecha. 6.5. SE CONSIDERAN CIRCUNSTANCAS AGRAVANTES DE LAS FALTAS. • El grado de perturbación para la prestación del servicio educativo. • La reincidencia en la comisión de la misma falta. • Haber sido sancionado por faltas graves. • Reacción descomedida o grosera ante los llamados de atención. 7. NOT1F1ACIÓN Y RECURSOS QUE PROCEDEN CONTRA UNA SANCIÓN. Al momento de la notificación de una sanción debe advertirse al alumno de los recursos que proceden contra la misma y el término para hacer uso de ellos. Los recursos se conceden con efecto suspensivo. 7.1. El alumno y su acudiente serán notificados personalmente del contenido de la resolución dentro de los dos días hábiles siguientes a su expedición. 7.2. De las sanciones que se apliquen se dejará constancia en la ficha observador del alumno debidamente firmada por las partes, indicando número y fecha de la resolución.

7.3. Cuando el alumno o su acudiente se negare a firmar la notificación, se solicitará al delegado del gripo para que lo haga en calidad de testigo. 7.4. Contra las resoluciones que se dicten suspendiendo o retirando alumnos del plantel proceden los recursos de reposición ante la instancia que profirió la sanción y apelación ante el Consejo Directivo. Los recursos deberán interponerse por escrito, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación personal y podrá hacerlo el acudiente en representación de su acudido o el alumno personalmente si fuere mayor de edad o el personero de los estudiantes. 7.5. La instancia competente para resolver sobre cualquiera de los recursos dispondrá de cinco días hábiles. peí o en caso de ausencia del presidente del consejo o causa de fuerza mayor se prolongarán los términos hasta cuando pueda sesionar el Consejo Directivo. 7.6. Contra el llamado de atención o amonestación con anotación en la ficha observador de grupo, no procederá recurso alguno, salvo que se demuestre plenamente la inocencia del estudiante sobre el comportamiento que se le imputa. 7.7. Toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia y a que, en caso de sindicaciones en su contra, no se deduzcan sus responsabilidades sin haberla oído y vencido en el curso de un proceso dentro del cual haya podido, al menos, esgrimir las pruebas que le favorezcan y controvertir aquellas 10.4.5. Los permisos serán concedidos por el Rector sólo en casos de fuerza mayor. Se considera falta leve asistir a clases sin el uniforme sin haber solicitado permiso previamente 10.4.6. Los alumnos que ingresen por primera vez a la institución deberán asistir a clase con su uniforme, por lo menos al mes siguiente a su matricula si provienen de otra localidad y a los quince días siguientes a su matricula si proviene de la misma localidad. 10.4.7. Los permisos concedidos serán por escrito y el alumno lo deberá portar en todo momento para evitarse inconvenientes cuando se lo soliciten. 10.4.8. Todos los profesores, directivos y padres de familia son responsables del control del uso diario del uniforme. XVI. PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER CONFLICTOS E INSTANCIAS DE DIÁLOGO Y CONCILIACIÓN. 1. GENERALIDADES. La Institución Educativa Retiro de los Indios se acoge al método de solución negociada de conflictos desalTollado por la universidad de Harvard y asimilado al programa Pedagogía de la Tolerancia” que & impulsa el Ministerio de Educación Nacional, por lo tanto se dará aplicabilidad a los siguientes elementos de la tolerancia:

1.1. Comunicarse siempre en dos vías y sin condiciones 1.2. Construir una relación en la que se trabaje conjuntamente y se manejen las diferencias 1.2. Clasificar los intereses de las partes. 1.4. Generar opciones que satisfagan los intereses de las partes. 1.5. Encontrar criterios objetivos. 1 .6. Pensar en las mejores alternativas si no se logra un acuerdo. 1.7. Establecer compromisos claros que estén basados en acuerdos que las partes puedan cumplir. 1.8. Se tendrá en cuenta que el buen resultado de una negociación supone: 1.8.1. Superar nuestra mejor alternativa. 1.8.2. Lograr compromisos realizables y duraderos.

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1.8.3. Considerar todas las opciones planteadas en la mesa. 1.8.4. Satisfacer en gran medida los intereses. 1.8.5. Encontrar criterios objetivos, válidos y aceptables por ambas partes. 1.8.6. Construir una relación de trabajo donde haya comprensión. confianza, aceptación y respeto mutuo. 1 .8.7 Mantener siempre una comunicación activa. 2. Instancias de diálogo y conciliación. 2.1. El diálogo es un derecho y una responsabilidad ineludible de toda persona vinculada a la Institución Educativa Retiro de los Indios. Si no se da espontáneamente es necesario que sea propiciado por la persona de mayor jerarquía antes de que los problemas sean mayores (Todas las instancias del conducto regular son responsables de propiciar el diálogo). 2.2. Se considera conducto regular: el profesor, el director de grupo, el coordinador y el rector. 2.3. Son instancias de diálogo: El padre de familia, el personero de los estudiantes, el consejo de estudiantes, el consejo de padres, los representantes de los distintos estamentos ante el consejo directivo, los empleados administrativos y de servicio. 2.4. Son instancias de carácter decisorio y por lo tanto serán obligatorias sus determinaciones: El consejo académico, el consejo directivo y la rectoría. 2.5. Son instancias de asesoría y orientación: la dirección de grupo, los profesores en sus respectivas áreas, los proyectos de desarrollo humano, la coordinación y la rectoría.

2.6. A nivel de docentes, son instancias: Las reuniones de áreas académicas, los representantes de los educadores ante el consejo académico o directivo, la coordinación, la rectoria, las reuniones de profesores, los conciliadores en equidad. 2.7. La solución de conflictos tendrá prioridad sobre cualquier otra actuación. Será responsabilidad del director de grupo y del coordinador actuar de manera inmediata, evitando que un problema avance y se realicen sanciones innecesarias. 2.8. Durante el proceso de agotamiento de los conductos regulares, se deben evitar las sanciones. Debe buscarse la concertación a través de compromisos o contratos pedagógicos escritos, de obligatorio cumplimiento para las partes en conflicto, no sólo para el alumno. 2.9. Quienes participen como instancias de diálogo y conciliación deberán analizar el problema, sus causas, su historia, intereses involucrados y posibles alternativas de solución para poder establecer compromisos, no sanciones. 2.10. El conflicto se entiende como malestar, inconformidad, desacuerdo, colisión de intereses, deberes, pretensiones, relaciones deficientes por decisiones tomadas. El conflicto no debe confundirse con faltas de disciplina o de conducta, aunque el conflicto puede conducir a la comisión de f Si éstas son cometidas, entran a actuar las instancias decisorias, dentro del debido proceso. XVII. CORRECTIVOS PARA EL LOGRO DE CONDUCTAS NORMALES. 1. Generalidades. 1.1. El sistema disciplinario debe garantizar la formación integral del alumno, fomentar el sentido de la responsabilidad y asegurar el bienestar general y buena marcha de la institución, de acuerdo con los principios morales, éticos y sociales que sirvan de base para formar, orientar, evaluar y corregir o estimular los comportamientos de los alumnos. 1.2. Son más formativos los estímulos que las sanciones, las esperanzas o promesas compensatorias que las amenazas. 1.3. El comportamiento adecuado del alumno es el resultado de la organización interna de la institución, de la preparación pedagógica y profesional de los educadores de la atmósfera cordial y humana que se vive en el aula y del grado de satisfacción de las necesidades básicas de los educandos. 1.4. Si a pesar de estas consideraciones se hace necesario emplear la sanción debe tenerse en cuenta que su objetivo es provocar un proceso de rectificación, la creación de hábitos o actitudes deseables, la riqueza de reflexión y diálogo educativo. 1.5. Aquellos comportamientos positivos que merecen ser reconocidos por la comunidad educativa así como los hechos negativos, deberán ser fruto de análisis participativo y consenso de

los educadores, padres de familia y alumnos De este consenso deberá levantarse el acta correspondiente. 1.6. Los procedimientos establecidos en el manual para orientar, evaluar, estimular, corregir o sancionar el comportamiento de los alumnos, deben ir desde la auto evaluación del alumno hasta la concesión de máximos estímulos o sanciones, y su definición se hará igualmente por consenso. 1.7. De los procesos, procedimientos y correctivos establecidos para estimular o sancionar a los alumnos se dejara constancia en la fichA observador del alumno Para proceder a aplicar una sanción es necesario partir de un análisis del hecho o situación que se aduce o señala como motivo Sólo se justifica la sanción cuando el acto o hecho traumatiza la labor del grupo o cuando se crean hábitos indeseables o negativos en la persona, cuando se convierte en problema. 1.8. Un problema es siempre una desviación de alguna norma o patrón deseado de comportamiento. 1.9. Cuando se presenta “El problema”, se debe buscar la causa, es decir, los hechos, comportamientos, circunstancias o situaciones que dieron origen al mismo. 1.10. Una vez detectada la causa se debe entrar a la toma de decisiones. Si en la decisión se 0pta por imponer una sanción, esta debe corresponder en similitud e intensidad a la falta cometida. 1.11. El medio que se emplee debe usarse con mucha discreción y sólo en casos inevitables Una vez logrado el objetivo de rectificación, debe suprimirse. Debe tenerse en cuenta que la evaluación académica no debe ser contaminada con la evaluación del comportamiento. 1.12. Se hace necesario establecer el debido proceso, clasificando las faltas como leves, graves y gravísimas (a esto se le denomina legalidad de la falta); así mismo, deben estar establecidas las sanciones aplicables en cada caso de acción u omisión de deberes o prohibiciones, especificando los causales o circunstancias de agravación o atenuación. Deben contemplarse los casos de reincidencia. Es lo que se llama legalidad de la sanción. Teniendo en cuenta lo que se ha enunciado en el presente manual acerca de las sanciones y o correctivos, pero con la imperiosa necesidad de preservar el orden institucional, buscando que de cada momento de interrelación quede una enseñanza, se asumen los siguientes pasos en aras de respetar el derecho al debido proceso: Las/altas serán consignadas en el observador general del grupo, si hay mérito para ello, después de haber hablado con el alumno y hacerle ver las fallas que está cometiendo. (Después de hacerle un llamado de atención oral, a manera de diálogo conciliatorio). De cada anotación debe quedar la constancia de que el alumno la conoce, o se negó a conocerla, bien sea mediante su firma o la del delegado o subdelegado de grupo.

Cuando la reiteración en la comisión de faltas leves ocasione la notificación a los padres o acudientes o cuando el alumno incurra en un comportamiento valorable como falta grave o gravísima, se dará apertura al proceso disciplinario, el cual constará de los siguientes pasos: 1. Comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario (debe quedar Acta firmada por las partes) dando a conocer los motivos (conductas posibles de sanción). 2. formulación de los cargos imputados, donde consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas conductas dan lugar, indicando las normas re que consagran las faltas y la calificación provisional de las conductas como faltas leves, graves o gravísimas 3. Se trasladan al imputado y su representante legal todas las pruebas que fundamentan los cargos formulados. 4. Se le aclara que dispone de cinco días hábiles para que pueda formular sus descargos, por escrito. controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos. 5. Acto administrativo de la Coordinación, la Rectoría o el Consejo Directivo (Resolución o Acuerdo), motivado y congruente, donde se establezca veracidad de la comisión de los hechos imputados y se imponga una sanción proporcional a los actos que la motivaron. 6. Brindar al alumno comprometido la posibilidad de controvertir mediante los recursos de reposición ante la Rectoría y de apelación ante el Consejo Directivo de la Institución, las sanciones impuestas. Para ello dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir del momento de la notificación. PARÁGRAFO: cuando al finalizar el año lectivo se hallen procesos disciplinarios abiertos, estos se suspenderán por el tiempo de vacaciones, reabriéndose nuevamente con el reinicio del año escolar. 1. La Institución Educativa Retiro de los Indios, establece los contratos pedagógicos escritos que pretenden lograr cambios de comportamiento de los alumnos sin acudir a la aplicación de sanciones. En caso de no lograr los resultados esperados, los alumnos quedaran sometidos a las siguientes sanciones que se consignaran con el debido proceso en la ficha observador del alumno: 2. Acciones pedagógicas. 2.1. Llamado de atención. 2.2. Amonestación. 2.3. Notificación a los padres de familia. 2.4. Privación temporal de actividades extracurriculares.

2.5. Suspensión de actividades curriculares de uno a tres días hábiles. 2.6. Suspensión de actividades curriculares de 4 a 7 días hábiles. 2.7. Suspensión de actividades curriculares por ocho días hábiles. 2.8. Suspensión de actividades curriculares entre 8 y 15 días hábiles. 2.9. Suspensión de actividades curriculares entre 15 y 30 días hábiles. 2.10. Cancelación de matrícula por el ano lectivo. 2.11. Retiro del establecimiento de 1 a 3 años. 2.12. A partir de la falta que de origen al llamado de acudiente se procederá a aplicar rebajas en la valoración del comportamiento. 2.13. Todo comportamiento sancionado como conducta dañina e indeseable para el individuo o la comunidad ocasionara además rebaja en la valoración del comportamiento. 2.14. Por faltas leves, incumplimiento del deber o violación de las prohibiciones y reglas, no podrá aplicarse sanciones sin que se haya recurrido al procedimiento anterior, es decir, se respetará el orden de sanciones establecido. Pero cuando se trate de sancionar comportamientos o conductas dañinas, la sanción será aquella que se considere proporcionada a la falta cometida, a las características personales del alumno y las circunstancias en las que se produjo el hecho, respetando las garantías constitucionales. 2.15. Las sanciones que aplique el plantel no eximen de las responsabilidad penal o civil y cuando se sancionen faltas graves calificadas, como tales por la ley, se daiá aviso a las autoridades competentes 2.16. Las sanciones de suspensión y de retiro del plantel, se adoptarán por mayoría de votos del consejo dir y se aplicarán por Resolución Rectoral. Parágrafo : El alumno que sea sancionado nuevamente por faltas leves o graves, cumplirá una sanción igual o superior a la anterior. 3. Faltas gravísimas. Se consideran faltas gravísimas las siguientes: 3.1. Traficar, vender, consumir o portar estupefacientes o substancias psicoactivas dentro y fuera del establecimiento. 3.2. Amenazar de muerte a docentes, administrativos o a cualquier miembro de la comunidad educativa. 3.3. Acceso camal violento.

3.4. Práctica de relaciones sexuales dentro del plantel. 3.5. Atraco a mano armada. 3.6. El secuestro osicariato. 3.7. Atentar contra la propiedad ajena 3.8. Consumir dentro establecimiento marihuana, bazuca. cocaína, LSD. o cualquiera otra sustancia dañina para la vida humana, incluyendo el porte de la dosis personal. 3.9. Todo acto que ponga en riesgo o inminente peligro la vida de cualquier integrante de la comunidad educativa. 3.10. Conformación de bandas o pandillas con intenciones delictivas. 3.11. Alterar documentos, libros de calificaciones, registros de asistencia, certificados de asistencia, certificados de estudio, firmas legales u otros. 3.12. Presentarse al establecimiento en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas. 3.13. La comisión de actos contra la moral cristiana y las buenas costumbres, reconocidas como tales socialmente. 3.14. Reiteración por tercera vez en la comisión de la misma falta grave. 4. Faltas graves. Se consideran faltas graves, o actos que merecen ser censurados y sancionados por la comunidad educativa de la institución: 4.1. Riñas y peleas que generen desorden y escándalos dentro o fuera del plantel. 4.2. Presentar las excusas con firma diferente a la registrada, sin justa causa. 4.3. Agredir de hecho o palabra a un superior, docente, administrativo o empleado de la institución. 4.4. Agredir de hecho o palabra a un compañero. 4.5. Atentar contra equipos, muebles o enseres del establecimiento. 4.6. La comisión de hechos graves calificados como tales por las leyes, entre otros: 4.6.1. Cualquier acto que en una u otra forma atenten contra el derecho a la vida. 4.6.2. Traer o consumir licor dentro del plantel.

4.6.3. La corrupción de menores. 4.6.4. Atentar contra el patrimonio cultural y ecológico. 4.6.5. Portar o guardar armas. 4.6.6. Juegos de suerte o azar en el establecimiento. 4.6.7. Difundir entre la comunidad cualquier clase de material pornográfico o que comprometa la seguridad de la institución. 4.6.8. Tocar la campana a destiempo o sin autorización, generando confusión. caos e incertidumbre. 4.6.9. Reiteración en la comisión por tercera vez de la misma falta leve. 4.6.10. Ingresar y permanecer en establecimientos de expendio de licor portando el uniforme del plantel. 5. Faltas Leves. Se consideran como faltas leves las siguientes. 4 5.1. Impuntualidad a las clases ya los demás actos realizados en la institución. 5.2. Conversaciones o gritos extemporáneos que interrumpan las clases y estudios, y desórdenes en formaciones y actos generales de la comunidad. 5.3. Falta de cuidado en la higiene personal y en el aseo y limpieza de la institución. 5.4. Falta de comedimiento para atender las observaciones. 5.5. Vocabulario descomedido y trato descortés para los compañeros, los educadores y superiores o cualquier miembro de la comunidad. 5.6. Ausentarse del establecimiento o del salón de clase sin previa autorización de los superiores. 5.7. Realizar durante las clases y demás actos culturales, recreativos y académicos, asuntos diferentes a los que corresponden para cada caso. 5.8. Chismes y chistes de mal gusto. 5.9. Comer o masticar chicle en clase, en formaciones y actos cívicos y culturales. 5.10. Perder el tiempo o hacerlo perder a sus compañeros. 5.11. Llevar el uniforme diferente a lo estipulado en las normas de presentación personal.

5.12. Emitir conceptos que denigren de la personalidad humana (Calumnias). 5.13. Se considera, además como faltas leves, e! incurrir en las siguientes prohibiciones: 5.13.1 Fumar dentro del plantel. 5.13.2 Atender visitas de particulares dentro del plantel sin autorización previa. 5.13.3 Presentar en calidad de acudiente a quien no lo sea oficialmente. Acudiente oficial es quien firmó el libro de matrícula comprometiéndose con la normatividad del colegio. 5.13.4 Usar inadecuadamente correctores y marcadores, dentro de la institución. 6. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE CORRECTIVOS. Las faltas leves se sancionarán siguiendo los siguientes pasos: • Llamado de atención, (debe dejarse constancia escrita en el observador del grupo). • Amonestación con anotación en observador general del grupo. • Notificación a los padres o acudientes. • Privación temporal de actividades extra curriculares. • Suspensiones consecutivas de actividades curriculares desde uno hasta tres días hábiles. Las faltas graves se sancionarán así: • Suspensión de actividades curriculares de 4 a 7 días hábiles. • Suspensión de actividades curriculares por 8 días hábiles. • Suspensión de actividades curriculares entre 8 y 15 días hábiles. Para corregir las faltas gravísimas, se podrán aplicar las siguientes sanciones. • Suspensión de actividades curriculares entre 16 y 30 días hábiles. • Cancelación de matrícula por el año lectivo. • Retiro del establecimiento de uno a tres anos. Parágrafo: Las actividades curriculares realizadás fuera del plantel, son actividades de la institución y como tal el comportamiento en ellas debe ajustarse a lo dispuesto en el presente manual. 6.1. Registro, análisis y sanción de faltas. 6.1.1 Es responsable del registro el docente o el directivo docente que se entere de la falta, el educador refrendara la anotación con su firma.

6.1.2 El educador que registre la falta tendrá en cuenta: si se trata de la comisión dé presuntas faltas lev es o graves e informara oportunamente para el desarrollo de la investigación respectiva. 6.1.3. La anotación de la falta se hará guardando estricta fidelidad con los hechos de tal manera que nada pueda quedar implícito ni sujeto a varias interpretaciones. 6.2 Competencia. 6.2.1 Loa profesores: Las faltas leves serán reportadas y consignadas en la ficha observador por el educador responsable de la clase o quien se haya informado oportunamente del hecho y el mismo educador será competente para realizar el llamado de atención, el cual consiste en un diálogo con el educando para hacerle reflexionar sobre su conducta errónea y para fijar metas de rectificación. Debe dejarse constancia escrita. 6.2.2 Orientadores de grupo: será competente para la amonestación, con anotación en la hoja de vida; este procede por nueva falta o reincidencia en la anterior, debidamente registrada y firmada. El director del grupo reprenderá al alumno, le hará recomendaciones y dejará constancia en la ficha. La amonestación procede por una sola vez durante el ano lectivo, por una misma falta. Cuando tenga tres amonestaciones por faltas diferentes, se considera falta grave por reincidencia. 6.2.3 El coordinador de la sección : Corresponde al Coordinador de disciplina establecer convenios y compromisos y velar por su estricto cumplimiento; la notificación a los padres o acudientes, este 2. Elección de representantes de los docentes. El rector, dentro de los términos establecidos en el parágrafo 2° del artículo 21 del Decreto 1860 de 1994, convocara a los docentes para que por voto seçreto elijan dos representantes al Consejo Directivo, así: 2.1. Los docentes nombraran de entre ellos mismos un presidente para la asamblea, además un secretario y un jurado para la votación: este último recibirá y contará los votos. El secretario levantará el acta de reunión la cual será suscrita por el presidente, el secretario y el jurado. 2.2. Anexo al acta irán las firmas y cédulas de los votantes. Se considera quorum para la asamblea, la mitad más uno de los docentes vinculados al plantel. 2.3. En la misma asamblea se postularan los candidatos sin limitación alguna. Dicha postulación puede presentarse por si mismo o por otro docente. 2.4. En caso de empate para el primer lugar, estos docentes serán los elegidos y en caso de resultar empate para el segundo lugar, se efectuara una nueva votación para definir el segundo puesto entre ellos. 2.5. El período es por un año.

2.6. En caso de no resultar elegido ningún docente de acuerdo con lo establecido anteriormente, el presidente de la asamblea presentará terna al Consejo Directivo y este definirá los cargos necesarios. 2.7. El docente tendrá un espacio para socializar con los compañeros docentes las decisiones tomadas en el Consejo Directivo. 3. Elección de representantes de los alumnos. 3.1. El Consejo Directivo convocará a asamblea por grupos para que elijan sus delegados por voto secreto. Posteriormente se efectuara asamblea por grados para que entre los delegados se elija por votación secreta un representante de cada grado al Consejo de Estudiantes. Este nombrará un alumno del grado once para el Consejo Directivo Este nombramiento puede recaer en el alumno del grado once que haya sido elegido para el Consejo de Estudiantes o en cualquier otro del grado once. De cada actuación se levantará el acta correspondiente. 3.2. Cada grupo o asamblea actuara sin la intervención directa de docentes o padres de familia. 4. £1 Consejo de Padres de Familia. Se conformara de acuerdo con lo establecido en el decreto 1286 de 2002. 5. Elección del Personero. 5.1. Se hará de acuerdo con el articulo 28 del Decreto 1860 de 1994: los aspirantes postularán sus nombres en un acto de comunidad para el cual se concederá el espacio necesario y además podrán exponer sus puntos de vista en cada uno de los grupos de la Institución Educativa y hacer su respectiva campana. 5.2. Posteriormente el rector convocará a elecciones las cuales se realizarán en mesas y urnas de \ -elación, con tarjetones. Jurados de votación, registros y demás. de acuerdo con las normas establecidas para las elecciones por la Registraduría Nacional del Estado Civil. En horario continuo, no inferior a seis horas. El personero asumirá sus funciones el dia de la posesión del Gobierno Escolar. 6. Elección del representante de los ex alumnos. que la condenan. La presunción de inocencia tiene que ser desvirtuada como requisito indispensable para que se haga posible la imposición de sanciones. 7.8. Nadie está obligado a declarar contra si mismo o contra sus parientes. 8. EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO. El comportamiento se evaluará de acuerdo con las observaciones que presente el educando en su observador

individual así: 8.1 .El comportamiento tendrá como valoración excelente, cuando el educando no presente observaciones en su observador o por presentar hasta dos observaciones por faltas leves. 8.2.E1 comportamiento tendrá como valoración aceptable cunado al educando se le haya hecho llamado de acudiente por haber cometido faltas leves, cuando haya cometido faltas gravas y se la haya suspendido de actividades curriculares y / o extra curriculares. 8.3.El comportamiento será valorado como insuficiente cuando el educando haya sido suspendido por cometer faltas leves reiterativamente, cuando tenga llamado de acudientes y el educando siga cometiendo faltas leves o graves, cuando haya firmado convenios pedagógicos comportamentales y no mejore su comportamiento. Parágrafo 1. Todo educando puede mejorar su valoración de comportamiento de un período al otro, si en el observador aparecen observaciones que dejen ver su mejoría en el comportamiento. Parágrafo 2. La finalización del año escolar no determina la finalización de la valoración del comportamiento por lo que la valoración de un año lleva incluida la de los años anteriores (proceso valorativo). XVIII. DISPOSICIONES ESPECIALES. 1. La firma de matricula y / o la asistencia a clases comprometen al educando y al acudiente a cumplir y acatar con las disposiciones que en aparecen en el manual de convivencia. 2. Una joven educanda que se encuentre en estado de gestación, puede ser desescolarizada para que cumpla su proceso de aprendizaje, en el sistema desescolarizado, mediante una reso1ución rectoral, o solicitársele su transferencia a una institución, que tenga convenio firmado con la Institución Educativa Retiro de los Indios, que preste el servicio educativo sabatino dom de tal forma que la joven pueda seguir con su proceso de enseñanza aprendizaje dentro de condiciones de bienestar para ella, el feto y la comunidad educativa a la cual pertenece. 3. La institución se puede reservar el derecho a recibir un educando, nuevo en la institución, de acuerdo al comportamiento que éste tenga reflejado en su observador. Sin que esto se constituya en una violación al derecho a la educación ya que en el mismo sector se encuentran otras dos instituciones que lo pueden recibir. 4. La Institución se puede reservar el derecho a conservar el cupo a un educando que haya violentado continuamente las disposiciones establecidas en el presente manual de convivencia. Sin que lo anterior se constituya en una violación al derecho a la educación debido a que en el sector existen otras dos instituciones que poseen manuales de convivencias a los cuales el educando se pueda adaptar mejor, sin afectar la convivencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa. 5.

XIX. JORNADAS DE ESTUDIO. 9. CRITERIOS DE RESPETO Y VALORACIÓN DE BIENES 9.1. El daño o sustracción de útiles o bienes ajenos se tratara como falta grave y será sancionado siguiendo el debido proceso. Siempre se exigirá la reposición del bien sustraído o la reposición de el bien dañado. 9.2. Los bienes y equipos, muebles y edificio de la institución con sus servicios son patrimonio público al servicio de la educación, serán usados y respetados por todos. El sentido de pertenencia y amor por la institución será uno de los valores que debemos propiciar y practicar. El criterio de exigibilidad será el siguiente: Quién daña paga! Los daños corren por cuenta del acudiente, pero el alumno será sometido a procedimiento disciplinario por falta grave si se comprueba intencionalidad, desobediencia o descuido. Se estimulará y resaltara el amor por la Institución Educativa materializado en hechos concretos de cuidado, conservación, mejoramiento y embellecimiento del local y su inventario de bienes. 9. PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL. La comunidad educativa de la Institución Educativa de los Indios establece el uso de dos uniformes: él de diario y el de Educación Física. Los uniformes preservarán a los alumnos y alumnas de la discriminación por razones de apariencia. Además contribuirán a la economía familiar. 10.1. El uniforme de diario será: 10.1.1. Para las damas: 10.1.2. Para los varones: 10.2. El de educación fisica damas y varones: 10.3. Forma de llevar los uniformes. 10.3.1. Damas: Falda hasta media rodilla, medias hasta la mitad de la pierna, blusa por dentro de la falda y correctamente abotonada. El cabello bien peinado, no llevará hebillas, diademas ni aretes grandes. No usar maquillaje fuerte. Todos los accesorios mencionados deberán guardar armonía con el uniforme. 10.3.2. Varones: Llevarán su camisa por dentro del pantalón bien abotonada, el cabello bien peinado, sin gomina y sin peinados o cortes extravagantes. Preferiblemente corte ejecutivo. El uso de aretes es incompátible con el uniforme. Usar correa negra sin ningún adorno. 10.4. Generalidades.

10.4.1. En general, es obligación llevar bien el uniforme desde la casa hasta el plantel y viceversa. No es permitido portar el uniforme por fuera de la jornada de estudio o de las celebraciones organizadas por el plantel. 10.4.2. Está prohibido entrar a tabernas, discotecas, cantinas y consumir licor o demás sustancias embriagantes portando los uniformes de la Institución. 10.4.3. Serán agravantes las riñas, escándalos o comportamientos indecorosos portando el uniforme, dentro y fuera del plantel. 10.4.4. Los permisos para asistir a clases sin el uniforme serán solicitados por el acudiente, definiendo con exactitud la causa y el tiempo del permiso. 10. Pautas de presentación personal. 10.1 .El uniforme de diario. 10.1.1. Para los varones. 10.1.2. Para las damas. 10.2.El uniforme de Educación Física para damas y varones. 10.3 .Forma de portar el uniforme. 10.3.1. Varones. 10.3.2. Damas. 10.4. Generalidades. XV. Procedimientos para resolver conflictos e instancias de dialogo y conciliación. 1. Generalidades. 2. Instancias de dialogo y conciliación. XVI. Correctivos para el logro de conductas normales. 1. Generalidades. 2. Correcciones pedagógicas. 3. Faltas gravísimas. 4. Faltas graves. 5. Faltas leves.

6. Procedimiento para la aplicación de correcciones pedagógicas. 6.1. Registro, análisis y corrección de la falta. 6.2. Competencia. 6.3. Derecho a la defensa — debido proceso. 6.4. Circunstancias atenuantes. 6.5. Circunstancias agravantes. 7. Notificaciones y recursos. 8. Evaluación del comportamiento. XVII. Dispociones especiales. XVIII. Jornadas de estudio. 1. Presentación. El contenido del presente Manual de Convivencia, es el fruto del análisis, la reflexión y discusión de toda la comunidad educativa enriquecido con el estudio y aportes de la nueva Constitución Nacional, la Ley General de Educación, la Ley de Infancia, el Estatuto Docente, el nuevo Estatuto Docente, los Derechos Humanos, fallos de la Corte Constitucional Colombiana. El Manual contiene lineamientos que orientan la vida institucional, los derechos y deberes, funciones de la comunidad educativa, los perfiles, los estímulos, correcciones pedagógicas y procedimientos para su aplicación. El Manual de Convivencia es una propuesta que orienta el ejercicio de la libertad y la práctica de derechos, deberes y responsabilidades del personal docente, discente, administrativo, operativo y de los padres de familia o acudientes, con miras a generar procesos que posibiliten la formación de alumnos y alumnas con actitudes y valores, creencias y convicciones que contribuyan a lograr una convivencia democrática, pacífica y gratificante que garantice el respeto por la persona humana, la sociedad y el entrono. Se espera que este Manual fortalezca las relaciones interpersonales, los ambientes de aprendizaje y contribuya a la paz interior y comunitaria. La presente versión contiene lineamientos necesarios que reflejan el consenso de la comunidad educativa en cuanto a temas importantes como el respeto al debido proceso, la clasificación de las faltas y la legalidad de las mismas.

Esta versión fue aprobada por unanimidad en reunión ordinaria del Consejo Directivo el y adoptada como Manual de Convivencia Institucional mediante Acuerdo ____________ de la misma fecha. Modifica y complementa las versiones anteriores en todas sus falencias y en lo que le sean contrarias. II. Símbolos de la Institución. 1.

Bandera.

2.

Escudo.

3.

Himno.

III. Objetivos. 1.

Generales.

2.

Específicos.

IV. Marco Teórico. El manual de Convivencia es el conjunto de normas que determina las conductas normales y las conductas prohibidas presentadas por personas de la comunidad educativa dentro y fuera del establecimiento. Tiene como fin ayudar al debido cumplimiento del deber y a la consolidación de la personalidad. Está basado en principios axi6lógicos, criterios y orientaciones de disciplina pedagógica con arreglo a la legislación. El manual permite pensar analítica y críticamente, tener iniciativa y responsabilidad, enfrentar con madurez las dificultades de la vida y actuar positivamente en la comunidad, en un ambiente de libertad, que requiere sin embargo, de un ordenamiento acertado, en el cual se establecen directrices de comportamiento que conducen a actuar acertadamente. La observación de este ordenamiento se denomina conducta normal. El fundamento para ello es el respeto por los derechos individuales y colectivos y las relaciones de ayuda antes que la represión y el castigo. Cuando las personas tienen comportamientos fuera de ese ordenamiento, decimos que se presentan conductas desviadas y, por lo tanto, se hace necesario la relación de ayuda, con el objetivo de buscar el mejoramiento de su actuación. Se utilizará la estrategia de los compromisos o contratos pedagógicos como práctica de concertación y consolidación para el afianzamiento de la conducta normal y del crecimiento de su personalidad. El Doctor Alberto Toro Lopera, en su obra: “Principios Fundamentales de la Constitución Política de 1991” sobre el de tema de la convivencia dice: “Convivir es estar en compañía de otro u otros,

con origen y presentes diversos, destino común y el mismo espacio, territorio; individuos que al convivir presentan diferencias de pensamiento filosófico, político y de creencias religiosas, que se manifiestan con expresiones culturales, psicológicas y espirituales, disímiles y que se unen, no obstante, bajo las condiciones de Colombianos integrados como nación. La convivencia presupone la práctica y aceptación de comportamientos sociales que la hagan posible. El fundamento de la Convivencia pacífica son los comportamientos solidarios y el respeto a los derechos humanos”. En el articulo 95 de nuestra Constitución se lee: “Son deberes de la persona y el ciudadano: Defender y difundir los derechos humanos como fundamentos de la convivencia pacifica De otra parte, el Doctor José Bernardo Toro propone siete aprendizajes básicos para la convivencia pacífica, a saber: 1. Aprender a no agredir. 2. Aprender a comunicarse. 3. Aprender a interactuar. Esto supone varios aprendizajes: aprender a acercarse a los otros... Saludo y cortesía, aprender a comunicarse con los otros, aprender a estar con los otros y aprender a vivir la intimidad. 4. Aprender a decidir en grupo. 5. Aprender a cuidarse, lo cual supone: proteger la salud propia y la de los demás, aprender a valorar las normas de seguridad y tener una percepción positiva del cuerpo, dándole importancia al departe, la danza, el teatro y la gimnasia. 6. Aprender a cuidar el entorno. 7. Aprender a valorar el saber social. Existen dos tipos de saberes: el saber cultural y el saber académico. V. Marco Legal. VI. Filosofía Institucional. VII. Principios Institucionales. VIII. Políticas Institucionales. IX. Perfiles. 1. Perfil del ser humano que se quiere formar:

Un ciudadano que se respete y valore a sí mismo y a los demás, que sea solidario, que participe activamente en el desarrollo de su comunidad, académica y técnicamente con un alto nivel de competencia, que sea una persona autónoma: respetuoso de los derechos humanos, de nuestros valores y costumbres, con espíritu de paz, tolerancia, trabajo y con sentido de pertenencia. 2. Perfil del docente 2.1. Aspecto personal: Honesto, amable, responsable, tolerante, respetuoso, capacitado, leal, justo, discreto; con sentido de la ética, la superación personal, con sentido de pertenencia, comprometido, que genere relaciones empalicas, sereno, emocionalmente maduro, con espíritu alegre, deportivo, recreativo y amante de su trabajo. 2.2. Aspecto profesional: Con título de normalista superior, licenciado, profesional y ¡o con título de postgrado. Que sepa lo que enseña y que su conocimiento sea integral con conocimiento de la historia de su disciplina y su fundamentación epistemológica y su relación con otras ciencias, y que sea capaz de crear las circunstancias y plantear los problemas y ejercicios académicos pertinentes para lograr que el estudiante relacione lo que estudia con la vida cotidiana mera del colegio. Un educador que asuma su disciplina como un conocimiento en construcción y por lo tanto se preocupe por actualizarse y capacitarse cada día más. Un educador que sea idóneo, pedagogo, que despierte el interés por el estudio, la investigación y la adquisición de conocimientos para que los relacione, tanto en la vida cotidiana como en el campo laboral. Un educador que permita la participación del alumno en el proceso de aprendizaje. 3. De los orientadores de grupos. 3.1. Tener empatía con sus alumnos para facilitar una atmósfera positiva de aprendizaje. 3.2. Conocer a los alumnos para diseñar y desarrollar el plan de aula. 3.3. Capacidad de ser percibido “que deje huella en sus alumnos”. 3.4. Además de ser maestro, ser un orientador de los procesos de formación del alumno. 3.5. De alta calidad humana y profesional que lo haga solidario, comprometido con sus alumnos y que considere las diferencias individuales, entendiendo sus debilidades y fortalezas. 3.6. Que promueva los valores de integración, respeto, tolerancia, responsabilidad, autonomía y sexualidad. 3.7. Que integra al padre de familia o acudiente en los procesos de aprendizaje.

3.8. Que recurra al diálogo y al compromiso de cambio, antes que a la sanción. 3.9. Que sea dinámico, creativo, motivador, responsable de su deber y con dotes de liderazgo, para la creación de ambientes de aprendizaje y para una sana convivencia. 3.10. Que esté informado sobre los aciertos y dificultades de los alumnos en las diferentes áreas del aprendizaje. 3.11. Que descubra y promueva las actitudes de sus educandos. 4. De los padres de familia y acudientes. Como primeros responsables en la educación de sus lujos y partícipes de la comunidad educativa, deben: 4.1. Ser generadores de un ambiente familiar educativo que sirva de base a la formación integral de sus hijos o acudidos. 4.2. Que conozcan y se comprometan con la filosofia y principios de la institución, sus proyectos y actividades. 4.3. Enseñar con el ejemplo valores de: identificación, responsabilidad, respeto, buen trato y cumplir con sus deberes de padres. 4.4. Asumir actividades de liderazgo en la solución de los problemas que se presenten con sus hijos en la institución. 4.5. Ser constantes en los compromisos adquiridos y velar porque sus hijos también lo sean. 4.6. Ser orientadores y promotores del cambio de sus hijos a través del diálogo, la concertación y el consenso. 4.7. Propiciar la conversación, transformación y/o construcción de valores que posibiliten la calidad de vida. 4.8. Que sean imparciales y discretos ante las dificultades de sus hijos en la institución. 4.9. Que fomente relaciones empalicas entre educandos y profesores. 5. De los directivos docentes. 5.1. Rector. 5.1.1. Poseer excelentes relaciones humanas con toda la comunidad educativa. 5.1.2. Tener una clara concepción ética del valor de su tarea, del éxito y el fracaso.

5.1.3. Capacidad de liderazgo que promueva y jalone procesos por el bien de la comunidad educativa, que la proyecte e integre a nivel sectorial e interinstitucional. 5.1.4. Orgulloso de su profesión, que se comprometa con el servicio que ello requiere. 5.1.5. Capacidad de diagnosticar para percibir la realidad, interpretarla y establecer prioridades. 5.1.6. Calidad humana que respalde su labor, que tenga en cuenta las diferencias individuales y fortalezas de los educadores y los canalice en bien de ellos y de la Institución Educativa. 5.1.7. Capacidad de comunicación que le posibilite la organización institucional. 5.1.8. Capacidad de cambio, de perfeccionamiento profesional y humano, de capacitación y actualización permanente. 5.1.9. Poseer alto grado de madurez que le posibilite asumir los problemas y resolverlos adecuadamente. 5.1.10. Capacidad para delegar funciones teniendo en cuenta que no delega la responsabilidad que le compete como administrador. 5.1.11. Capacidad para tomar decisiones responsables. 5.1.12. Buen nivel de eficiencia, compromiso, responsabilidad y sentido de pertenencia. 5.1.13. Ser visionario, esto es, administrar con prospectiva 5.2. Coordinador. 5.2.1. Ser competente, lo que le permite ser autoridad por reconocimiento. 5.2.2. Poseer capacidad de liderazgo en ja orientación de los procesos curriculares, proyectos y actividades culturales, científicas y deportivas. 5 2.3. Ser oportuno en la planeación, organización, ejecución y control de las actividades de su competencia. 5.2.4. La certeza y claridad en la orientación de procesos evaluativos determinados por el Consejo Académico y las Comisiones de Evaluación y Promoción. 5.2.5. Su creatividad y compromiso en el mejoramiento de la calidad académica. 5.2.6. Sus buenas relaciones con la comunidad educativa, su capacidad de comunicación clara y oportuna. 5.2.7. Su eficiencia en el manejo de recursos y compromisos de la institución. 5.2.8. Su lealtad a la filosofia y principios institucionales.

5.2.9. Su capacidad de actualización, perfeccionamiento y aprendizaje permanente. 5.2.10. Su capacidad para establecer prioridades. 5.2.11. Ser visionario y establecer interrelaciones con otras instituciones y sectores. 5.2.12. Ser responsable y tener sentido de pertenencia. 5.2.13. Su capacidad para dirigir grupos. 5.2.14. Personalidad sana que le posibilite el establecimiento de relaciones equitativas mediadas por el respeto y la comprensión. 5.2.15. Prudencia y objetividad en el manejo del conflicto. 5.2.16. Buen Criterio para establecer, delegar y verificar el cumplimiento de funciones. 5.2.17. Puntualidad en el ejercicio de sus funciones. 6. Secretaria. 6.1. Poseer excelentes relaciones humanas que faciliten el servicio a la comunidad educativa. 6.2. Tener capacidad de organización, orden y pulcritud en su lugar de trabajo. 6.3. Ser muy puntuales, responsables y comprometidos con sus funciones. 6.4. Buena presentación personal. 6.5. Alto nivel de eficiencia y maximizar la utilización de los recursos. 6.6. Ser leales a la institución, honrados, honestos y serviciales. 6.7. Poseer discreción, tolerancia y prudencia en la solución de problemas que se le presenten. 6.8. Ser oportunos en la atención al público. 6.9. Respetuosos, comprensivos y con capacidad de integración con todos los miembros de la comunidad educativa 6.10. Poseer sentido de pertenencia a la institución. 7. Las encargadas de los servicios generales.