PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y PROTECCION DE ANIMALES Y RESIDENCIA DE PERROS

Nº Expediente: 2014/001119 Servicio de recogida y protección de animales y de refugio de perros PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIO...
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Nº Expediente: 2014/001119 Servicio de recogida y protección de animales y de refugio de perros

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y PROTECCION DE ANIMALES Y RESIDENCIA DE PERROS

Capítulo I.- Objeto y ámbito del concurso. Artículo 1.- Objeto. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas, es establecer las condiciones que regirán para la contratación del servicio de recogida y protección de animales en el término municipal de Sevilla y albergue de perros entregados por el Centro Municipal Zoosanitario para su custodia temporal. Artículo 2.- Ámbito. Los servicios a realizar incluyen todas las operaciones que en orden lógico y práctica de buen oficio, sea necesario ejecutar o disponer, considerándose todas incluidas en el precio aunque no estén taxativamente señaladas:

 Durante todo el año 2015: ü

Recogida y alojamiento en refugio hasta su entrega al Centro Zoosanitario Municipal de los animales abandonados en la vía pública (perros, gatos, aves, reptiles y équidos) o de fauna silvestre errante o que accidentalmente haya podido introducirse en viviendas o locales públicos, así como aquellos que estén originando situaciones de peligro para las personas o estén sufriendo maltrato, fuera de la jornada normal de trabajo, es decir, en el horario comprendido entre las 14:30 a 07:30 del día siguiente de lunes a viernes, así como sábados, domingos y festivos según calendario laboral del Ayuntamiento de Sevilla durante las 24 horas del día. La recogida de animales se realizará a petición y bajo la coordinación del CECOP.

 Del 1 de enero de 2015 hasta 30 de junio de 2015: ü

Recogida en el Centro Zoosanitario y alojamiento en refugio de perros entregados por el Centro Zoosanitario del Laboratorio Municipal.

ü

Se podrán albergar hasta 30 perros que reúnan los siguientes requisitos:

 No estar identificados  Si están identificados, que se encuentren disponibles para ser adoptados  En cualquier caso, que se trate de un perro que no se halle en situación de perdido o pueda ser reclamado por su propietario. ü

Podrán estar depositados hasta el tiempo necesario para su entrega en adopción, expirando el 30 de junio la obligación de la empresa.

Artículo 3.- Cumplimiento de requisitos legales. En lo referente al servicio de recogida, transporte y, en su caso, refugio para los animales, la empresa adjudicataria deberá cumplir con la Ley 11/2003 de Protección Animal, y en concreto con lo establecido en su art. 28:

 El servicio de recogida y transporte de animales dispondrá de personal debidamente capacitado, así como de vehículos adecuados, a fin de no causar daños, sufrimientos o estrés innecesarios a los animales.

 Los vehículos, deberán reunir las debidas condiciones higiénico-sanitarias.  El establecimiento para el refugio de los animales recogidos, deberá cumplir los requisitos exigidos en el art. 20.3 de la Ley de Protección Animal, y no encontrare a más de 30 Km del término municipal de Sevilla.

 Los animales que en el momento de la recogida, estén heridos o con síntomas de enfermedad, se les prestará las atenciones veterinarias necesarias. Artículo 4.- Tiempo de respuesta para la retirada de animales. Para garantizar la prontitud en el servicio de recogida, dada la urgencia con que necesario atender avisos de CECOP ante los riesgos que se derivan de la presencia animales en la vía pública, el adjudicatario deberá garantizar un tiempo máximo respuesta y llegada al lugar de la incidencia de 30 minutos desde el momento en que avisado.

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En caso de incumplimiento de dicho plazo por causa imputable al contratista, se aplicarán las penalidades previstas en el artículo 212 del TRLCAP en los términos que establece, a tal fin, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Artículo 5.- Lugar de entrega de animales retirados. Todos los animales recogidos deberán ser entregados en el Centro Zoosanitario Municipal sito en Ctra. Sevilla-Málaga km 1,5 el día laborable siguiente al de su recogida y antes de las 12:00 horas. Artículo 6.- Procedimiento de entrega de perros y emplazamiento del refugio. Para el caso del servicio de residencia de perros que sean entregados por el Centro Zoosanitario Municipal, sito en Ctra. Sevilla-Málaga km 1,5, para ser albergados: a)

Se recogerán en día laborable, avisando a la empresa contratista con al menos un día de antelación

b)

El albergue, deberá estar a una distancia no mayor de 30 Km. del Municipio de Sevilla.

c)

Por cada retirada de perro para su alojamiento se entregará un documento quedando una copia firmada y sellada para cada una de las partes; en dicho documento se recogerán las condiciones bajo las cuales se envían los perros al albergue contratado (cesión temporal hasta adopción del animal). En dicho documento se describirá cada uno de los animales retirado haciéndose constar: -

Especie

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Raza

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Sexo

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Edad

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Color

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Tamaño

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Identificación: SI / NO

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Nº microchip (en caso de estar identificado)

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Nombre

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Fotos (tres fotos preferentemente de perfil).

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Numero de entrada en base datos bitacora

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Fecha y firmas del representante del Zoosanitario y de la empresa

Artículo 7.- Partes de trabajo. Por cada animal retirado a petición de CECOP que sea entregado en el Centro Zoosanitario Municipal, la empresa adjudicataria entregará a los Servicios Municipales un documento (ANEXO II) en el que conste descripción detallada del servicio, hora de aviso por CECOP y de llegada al lugar, dirección del lugar, incidencias ocurridas y todos los datos concretos del animal (especie, raza, sexo, tamaño, color e identificación) así como cualquier otra incidencia. Asimismo la entidad adjudicataria entregará mensualmente al Laboratorio Municipal resumen estadístico de los servicios realizados, firmado por un técnico veterinario competente cualificado como identificador, donde consten (ordenados por fechas) los servicios que se hayan realizado especificando para cada uno de ellos, al menos, la hora en que se realizó, lugar, distrito municipal, especie y raza del animal, si está o no identificado y si es o no recogido y trasladado al Centro Zoosanitario (ANEXO III) Artículo 8.- Informes de seguimiento Para el servicio de residencia de perros, con una periodicidad quincenal, la empresa contratada deberá remitir informe - resumen de las incidencias de los animales cedidos por el Centro Zoosanitario para su albergue, donde se hagan constar, al menos. -

Identificación del animal o referencia asignada

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Fecha de entrega / ingreso en el refugio

-

Estado sanitario

-

Otras incidencias

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En su caso, fecha de salida

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En su caso motivo de salida del animal

En caso de muerte del animal, se deberá trasladar y depositar en el Centro Zoosanitario con informe veterinario de las posibles causas de la muerte, para proceder a su incineración. La salida de los perros sólo será por baja certificada por el veterinario responsable técnico del refugio objeto de contratación o por retornar al Centro Zoosanitario para su adopción. En ningún momento los perros podrán ser entregados a asociaciones o particulares en el refugio contratado. Artículo 9.- Prohibición de repercutir el servicio. En ningún caso, la empresa adjudicataria podrá cobrar a terceros ninguna cantidad económica o en especie, por actividades estipuladas en el presente contrato.

Capítulo II.- Medios materiales Artículo 10.- Relación de Medios Materiales. El material mínimo que se deberá dedicar para el servicio objeto del contrato será: •

1 vehículo para el transporte de animales menores con jaulas individuales.



1 vehículo para el transporte de animales mayores (equinos, vacunos).



Material de captura y contención homologados.



Material de sedación a distancia.



Instalaciones debidamente autorizadas para el alojamiento de animales mayores y menores en espacios individuales, y que aseguren el cumplimiento de las condiciones legales de tenencia y protección animal. •

Instalación para prácticas de curas de urgencia para animales capturados.



Instrumental y medicaciones apropiadas para tal desempeño.

Artículo 11.- Condiciones del Material. Los licitadores harán constar detalladamente en su oferta el material móvil y características que decidan adscribir al servicio, así como los productos y materiales que piensan emplear en estos trabajos. Todo el material, vehículos y maquinaria que oferten las empresas licitadoras deberán estar en perfecto estado de conservación y utilización, pudiendo ser desechado por los técnicos del Laboratorio Municipal, cuando no reúnan estas condiciones, debiendo entonces el adjudicatario sustituirlos por otro adecuado. Artículo 12.- Gastos por uso del Material. Autorizaciones. La aplicación, uso y adquisición de todo tipo de maquinaria y productos necesarios para la prestación del servicio será de cuenta y cargo del adjudicatario, así como los gastos de conservación y mantenimiento para un perfecto funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato. Todos los transportes que motiven los trabajos y servicios contratados son por cuenta del adjudicatario y se entienden comprendidos en la oferta. Los productos y equipos que el adjudicatario vaya a emplear en el cumplimiento de su cometido deberán ser autorizados previamente por el Departamento Técnico correspondiente del Laboratorio Municipal. Todos los productos y equipos empleados han de contar con la correspondiente homologación, autorización de la Dirección General de Sanidad o, en cualquier caso, del órgano competente, lo que deberá acreditar siempre que los técnicos del Laboratorio Municipal lo requieran.

Capitulo III.- Medios Personales Artículo 13.- Relación de Medios Personales.

El personal mínimo que se deberá dedicar para el servicio objeto del contrato será: •

1 veterinario autorizado para la identificación animal, acreditado como clínico y autorizado para sedación a distancia, en todo momento actuará como responsable técnico de todas las actuaciones de la empresa del presente contrato. •

1 conductor



2 trabajadores con experiencia para la captura (que puede coincidir con el conductor) y manejo de animales vivos. •

Todos ellos con una experiencia mínima de 3 meses.

Artículo 14.- Condiciones del Personal. El adjudicatario dispondrá de personal necesario para la buena ejecución de los trabajos contratados, que serán operarios especialistas, los cuales reunirán las condiciones de aptitud y prácticas requeridas y las habilitaciones legales vigentes que se justificarán por parte del adjudicatario. Al frente de este personal deberá existir una persona responsable en servicios de este tipo con la titulación de veterinario y autorizaciones referidas en el artículo anterior. Todo el personal actuará perfectamente uniformado e identificado. El Ayuntamiento de Sevilla otorgará las credenciales necesarias para el personal de la empresa adjudicataria para su acreditación ante los agentes de la autoridad cuando sea necesario. Artículo 15.- Obligaciones legales. La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales y contractuales respecto del mismo. El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto tendrá relación laboral, contractual funcional o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento de Sevilla Artículo 16.- Normas sobre Seguridad e Higiene. El adjudicatario deberá tener en cuenta y hacer cumplir a su personal las normas vigentes de Prevención de Riesgos laborales, Seguridad e Higiene en el Trabajo y Coordinación de Actividades siendo responsable de su debido cumplimiento y facilitarles la formación, información y los equipos de protección personal adecuados.

Capitulo IV. Inspección y nivel de servicio. Artículo 17.- Facultades de Inspección. El Laboratorio Municipal podrá inspeccionar en todo momento la forma de prestación de los diferentes servicios en relación con las especificaciones del presente Pliego, conforme a los artículos 210 y 305 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El Departamento Técnico asignado mantendrá un servicio de inspección con la organización que estime oportuna, si bien se dará cuenta al adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con él. Las facultades de los técnicos designados por el Laboratorio Municipal para desempeñar el Servicio de Inspección, serán, entre otras, las siguientes: a) Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en la forma estipulada. b) Controlar que se cumple tanto lo estipulado en este Pliego de Condiciones como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario en cuanto al número, cualificación del

personal y operarios en las distintas zonas. c) Determinar si los equipos, maquinarias y productos que hayan de utilizarse en la realización de las labores, satisfacen las condiciones exigidas en el presente Pliego. d) Controlar que las diferentes tareas objeto de este contrato se realizan con las debidas garantías sanitarias y de seguridad. El Servicio de Inspección, en el ejercicio de sus funciones, podrá proponer al órgano de contratación la imposición de penalidades y, en su caso, la resolución del contrato por incumplimientos culpables del contratista en los términos previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas. A efectos de lo prevenido en el artículo 52 del TRLCSP el órgano de contratación designará una persona responsable de la ejecución del contrato. Capítulo V.- Resumen de las prestaciones y cuantía del contrato

1. SERVICIO DE RECOGIDA Y PROTECCIÓN DE ANIMALES -

Objeto: retirada, control sanitario y protección de los animales en aquellos días y franjas horarias en las que dicho servicio no se presta por medios propios del Centro Municipal Zoosanitario

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Duración: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015

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Cuantía: 75.500 € (I.V.A. incluido)

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Justificación de la determinación del gasto: a efectos de cálculo del importe estimado del contrato, han sido utilizadas las estadísticas de recogida de los ejercicios anteriores 2010-2013 y la parte proporcional de la presente anualidad. Asimismo se ha tenido en cuenta el importe ofertado por las empresas licitadoras en el contrato vigente. El Servicio que se va a contratar en el presente expediente, abarcaría los meses de enero a diciembre de 2015 habiéndose fijado un importe de licitación a tanto alzado de 75.000 € (más I.V.A.) con lo que resultaría que, por mensualidad, inicialmente la Administración abonaría 6.250 €; presumiblemente se presentará por los licitadores un precio menor puesto que el único criterio de adjudicación es el precio.

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Otras observaciones: el hecho de que se abone mensualmente, a la empresa adjudicataria, una factura de importe lineal (resultante de dividir el precio de adjudicación por el número de meses de duración del contrato) y que se licite por precio a tanto alzado y no por precio unitario de actuación, tiene su justificación en que las empresas tienen que soportar todos los meses unos gastos fijos de personal y material (con independencia del número de actuaciones, aunque no haya) para la prestación del Servicio, de modo que de esta forma saben cuales van a ser los ingresos máximos que van a tener a la hora de planificar sus gastos.

2. SERVICIO DE REFUGIO DE PERROS -

Objeto: solucionar el problema de hacinamiento de perros, actualmente existente en el Centro Zoosanitario Municipal Zoosanitario por la escasez de perreras, mediante la contratación de una empresa que los albergue temporalmente hasta la conclusión de las obras de ampliación de las instalaciones previstas para finales de junio de 2015

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Duración: del 1 de enero al 30 de junio de 2015

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Cuantía: 40.000 € (I.V.A. incluido)

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Justificación de la determinación del gasto: se ha tenido en cuenta el precio ofertado, para este tipo concreto de contrato, para los meses de octubre a diciembre de 2014, una vez consultadas empresas especializadas, que establecen –como precio orientativo- unos 7 € por chenil (perrera) alquilada y día.

ANEXO I. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA QUE SE HABRÁ DE ENTREGAR 1. En cuanto al material e instalaciones: A) Relación de los vehículos, instrumental y equipos destinados al servicio con indicación expresa de las características de cada uno. B) Autorización administrativa de apertura y ejercicio de actividad objeto del contrato, garantizando el cumplimiento de las condiciones legales de tenencia y protección animal, debiendo de contar, asimismo, con una instalación adecuada para prácticas de curas de los animales capturados con instrumental y medicaciones apropiadas para tal desempeño. Asimismo deberá presentar plano de situación de las instalaciones con respecto al término municipal de Sevilla y plano o descripción gráfica de las instalaciones, con especificación de zonas por especies, área de cuarentena y compartimentos individuales, acreditándose la capacidad de la instalación para albergar 30 perros (poseer 30 cheniles). C) Registro como Núcleo Zoológico. D) Descripción de cada uno de los productos que se emplearán en los servicios, así como, según proceda, categoría, toxicidad, registro sanitario, forma de aplicación, plazo de seguridad, etc. 2. En cuanto al personal: Currículum del personal que, al menos, va a destinar a la prestación del Servicio, con experiencia demostrada de al menos tres meses en el ámbito objeto del contrato: -

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1 veterinario autorizado para la identificación animal, acreditado como clínico y autorizado para sedación a distancia, en todo momento actuará como responsable técnico de todas las actuaciones de la empresa del presente contrato. 1 conductor 2 trabajadores con experiencia para la captura (que puede coincidir con el conductor) y manejo de animales vivos.

3. Programa de trabajo: El adjudicatario deberá presentarlo en el Servicio del Laboratorio Municipal en el plazo máximo de 7 días hábiles contados desde la formalización del contrato, debiendo de contar con el visto bueno del responsable del contrato. A) Memoria del programa sanitario de trabajo, detallado y explicativo de la realización de cada una de las labores indicadas en el artículo 2 del Pliego de Condiciones Técnicas. B) Descripción detallada de cada una de las labores indicadas en el art. 2

ANEXO II. DOCUMENTO DE ENTREGA DEL ANIMAL

PERSONA QUE HACE LA ENTREGA… NOMBRE Y APELLIDOS DNI RELACION CON LA EMPRESA

PERSONA PROPIETARIA DEL ANIMAL NOMBRE Y APELLIDOS DNI DIRECCION TELEFONO AUTORIDADES INTERVINIENTES

DATOS DEL ANIMAL HORA Y FECHA DE CAPTURA LUGAR ESPECIE RAZA SEXO IDENTIFICACION MICROCHIP CARTILLA VACUNACION MOTIVO DE INGRESO

VAGABUNDO MALTRATO ANIMAL CAUSANTE DE LESIONESLESIONES

OBSERVACIONES

ANEXO III. MODELO DE RESUMEN MENSUAL DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE ANIMALES MES…….. HOJA……….

Fecha

Hora Aviso

Lugar

Animal Identificació Retirado n Distrito (Especie/Ra SI NO za)

Retirad o SI NO

Hora Fin

Fecha:............................................. Firma del Técnico Responsable:

Sevilla a 20 de agosto de 2014 EL JEFE DEL SERVICIO DEL LABORATORIO MUNICIPAL

Fdo. Narciso Cordero Garcia

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