PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS Y PARTICULARES

LICITACIÓN DEL SUMINISTRO ELECTRICO PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS Y PARTICULARES AYUNTAMIENTO DE MONTILLA Agencia Provincial de la Energía de Có...
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LICITACIÓN DEL SUMINISTRO ELECTRICO

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS Y PARTICULARES AYUNTAMIENTO DE MONTILLA

Agencia Provincial de la Energía de Córdoba Negociado de Servicios e Instalaciones

Revisión agosto del 2017

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES SUMINISTRO ELÉCTRICO

ÍNDICE 1 NATURALEZA DEL CONTRATO 2 OBJETO Y CARACTERISITICAS DEL CONTRATO 2.1

Información Técnica que se adjunta

2.2

Importe máximo y revisión de precios

2.3

Duración del contrato

2.4

Contenido de las ofertas

2.5

Valoración de ofertas

2.6

Régimen de Facturación 2.6.1 Término de energía activa (kWh) 2.6.1.1

Cuota mensual o bimestral en ausencia de lectura real

2.6.1.2

Periodos horarios

2.6.2 Término de Potencia (kW) 2.6.3 Energía reactiva (kVArh) 2.6.4 Contadores 2.6.5 Periodicidad de la facturación 2.6.6 Contenido de la Factura 3 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 3.1

Desglose de precios

3.2

Adaptación de las potencias de los suministros

3.3

Gestión de servicios 3.3.1 Designación de un interlocutor 3.3.2 Ampliaciones, reducciones y modificaciones 3.3.3 Asesoramiento 3.3.4 Suministros provisionales

3.4

Justificación de la procedencia de la energía suministrada

4 CONTROL DE CALIDAD ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3

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1

NATURALEZA DEL CONTRATO

Se trata de un contrato de suministro de los contemplados en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). 2

OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

El objeto de este pliego de prescripciones técnicas es determinar las condiciones de contratación de los suministros de energía eléctrica en Baja y Alta tensión que se relacionan en el Anexo 1 del presente pliego y cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento de Montilla (CIF: P-1404200-F). Las especificaciones técnicas del objeto del contrato, se describen en el presente pliego de prescripciones técnicas particulares. Asimismo, se establecen las condiciones técnicas que deben incluir en sus ofertas las comercializadoras que deseen optar al contrato de suministro de energía eléctrica y que se encuentren inscritas y autorizadas por el Ministerio con competencias en materia de energía, en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Autorizados. Los suministros objeto del contrato se recogen en el anexo 1 según la potencia de contrato y el histórico de consumo, y son los denominados 2.xA y 3.xA. Asimismo se incluye en el anexo 2 un histórico de lectura de maxímetros con carácter orientativo. Se incluyen sólamente las lecturas correspondientes a los suministros de 3 periodos, es decir, los 3.0A y los 3.1A. La solución que se implante, deberá cubrir las necesidades actuales del Ayuntamiento de Montilla, así como prever una cierta capacidad de crecimiento para responder a las futuras necesidades debido a la incorporación de nuevos suministros si así se requiere. 2.1. Información Técnica que se adjunta La información técnica a facilitar a los concursantes queda recogida en los Anexos del presente Pliego. En dichos Anexos se recoge la información sobre consumos de energía eléctrica de las instalaciones durante un año completo. Estos datos servirán de base para que el comercializador oferente pueda calcular su mejor oferta, dado que se estima que los consumos serán similares en el periodo de vigencia del contrato, sin que ello vincule a la administración a consumir la totalidad de esos kWh en ninguno de los puntos de suministro relacionados, por lo que cualquier posible desvío en el volumen de consumo no podrá ser en ningún caso motivo de reclamación. En el Anexo 1 se recogen las especificaciones técnicas actuales para los suministros sobre el que están obligadas a ofertar las empresas comercializadoras que deseen participar en la licitación: tarifa, potencia contratada, discriminación horaria, etc. En el Anexo 2 se incluye el histórico de lectura de maxímetros para los suministros 3.0A y los 3.1A. En el Anexo 3 se incluye el modelo de oferta económica que han de rellenar los licitadores.

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2.2. Importe máximo y revisión de precios El importe que se determine a partir de los precios unitarios facilitados por la comercializadora, conforme al modelo del Anexo 3, no podrá superar el precio base establecido, para los consumos de referencia indicados en el apartado 2.6, siendo su cuantía la siguiente: Base: 523.094,60 € (sin IVA)

21 % IVA: 109.849,87 €

El licitador cuyos importes unitarios facilitados conforme al modelo de presentación de ofertas haga que se supere este importe, quedará automáticamente excluido. Y ello, sin perjuicio de la posibilidad de modificación del contrato en los términos establecidos en el art. 219 TRLCSP en función del consumo real y de las eventuales modificaciones de los componentes regulados. Los importes unitarios facilitados serán válidos durante toda la duración del contrato, salvo que hayan de modificarse por imperativo legal. 2.3. Duración del contrato Un (1) año prorrogable a otro más. 2.4. Contenido de las ofertas Sin perjuicio de la documentación administrativa que haya de incluirse en el sobre de documentación administrativa (SOBRE A), el licitador presentará en un sobre cerrado “SOBRE B”, de forma clara e inequívoca, el modelo de presentación de ofertas incluido en el Anexo 3 debidamente cumplimentado, para cada uno de los periodos horarios ofertados, teniendo en cuenta que: ▪

Término de energía: Es el importe unitario, expresado en €/kWh (sin IVA) para cada uno de los períodos o tramos horarios, sin incluir impuesto de electricidad.



Término de potencia: Es el importe anual por kilovatio de potencia en función de la tarifa de acceso, expresado en €/kW al año (sin IVA) y sin impuesto de electricidad. Será obligatorio establecer la diferenciación por tramos horarios en los contratos de suministros 3.xA.

Será causa de exclusión -de la presente licitación- la presentación de ofertas en un modelo diferente al establecido en el Anexo 3. En el Anexo 1 se recoge la información sobre consumos de energía eléctrica en el período 2016. Esta información tiene carácter orientativo y servirá de base para la evaluación económica de las ofertas y de la eventual facturación por ausencia de lecturas reales. 2.5. Valoración de ofertas El contrato se adjudicará al licitador que obtenga la puntuación más alta, de acuerdo al sumatorio de productos de precios unitarios presentados (conforme al modelo de oferta económica del Anexo 3, y los consumos de referencia de las tablas de histórico de consumos y de potencias, que se indican a continuación.

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“Tabla de histórico de consumos (en Kwh) durante año 2016” Peaje Punta (E1) Llano (E2) Valle (E3) 2.0A 98.077 2.0DHA 262.979 665.211 2.1A 57.885 2.1DHA 124.872 301.618 3.0A 232.953 616.819 474.811 3.1A 54.042 477.191 77.964 “Tabla de potencias (en Kw) ” Peaje 2.0A 2.0DHA 2.1A 2.1DHA 3.0A 3.1A

Potencia 137 261 61 151 1139 310

Para ello se aplicará la siguiente expresión:

Donde: Ωi es el valor de la oferta del licitador “i”. importeik es el importe unitario k ofertado por el licitador i. valork es cada uno de los valores k indicados en las tablas de histórico de consumos y de potencias. Así, de la aplicación de la expresión anterior, se obtendrá un valor de Ω para cada licitador, que llamaremos oferta. De esta manera, la oferta de cada licitador será tanto menor cuanto más económicos sean los importes unitarios (importeik) facilitados en el sobre B por los licitadores. Con dichas valores omega (“ofertas”), se asignarán 100 puntos al licitador cuya oferta resulte más baja y cero puntos a la base (sin IVA) indicada en el apartado 2.2. Al resto de ofertas se le asignará la puntuación mediante interpolación lineal inversa. 2.6. Régimen de Facturación Con carácter general, no se admitirá ningún tipo de factor de corrección a los precios ofertados, ya sea por consumo de energía, periodos de tarifa, factor de utilización, etc. Tampoco descuentos, por lo que en el modelo de presentación de ofertas - Anexo 3 - deberán encontrarse ya incluidos. 2.6.1. Término de energía activa (kWh) Es la energía consumida medida en kilovatios por hora.

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2.6.1.1. Cuota mensual o bimestral en ausencia de lectura real De conformidad con lo dispuesto en el art. 3.3 del RD 1718/2012, de 28 de diciembre, previo acuerdo expreso entre las partes, podrá establecerse una cuota fija mensual proporcional a los consumos históricos. En este sentido y cuando la comercializadora no disponga de la lectura real de contador facilitada por la distribuidora de zona, se tomará como cuota fija mensual a facturar, la doceava (1/12) parte del consumo histórico anual de cada tramo horario que se recoge en el anexo del presente documento. En los casos en que la facturación haya de de realizarse bimestralmente, en defecto de lectura real de contador facilitada por la distribuidora de zona, se tomará como cuota fija bimestral a facturar, la sexta (1/6) parte del consumo histórico anual de cada tramo horario que se recoge en el anexo del presente documento. En todo caso, esta cuota se regularizará como mínimo una vez cada 12 meses, basándose en las lecturas reales. 2.6.1.2. Periodos horarios Se aplicarán los periodos horarios según la definición de tramos horarios aplicables a tarifas de acceso definidas en el artículo 8 del RD 1164/2001 de 26 de octubre, establecidos en el el Anexo II de la Orden ITC/2794/2007 para los suministros 2.0A, 2.0DHA, 2.1A, 2.1DHA y 3.0A; y la Disp. Adicional III de la Orden ITC/3801/2008 para el suministro 3.1A, cuando proceda. 2.6.2. Término de Potencia (kW) En los suministros que dispongan de maxímetro, la Comercializadora aplicará en la facturación de la potencia, el mismo régimen de facturación que el indicado en el punto 1 del artículo 9, punto 1.2.b.2 del RD 1164/2001, de 26 de Octubre para las tarifas de acceso donde se especifica la forma de facturar los excesos o defectos de potencia, que correrían a cargo del titular del suministro, por la diferencia entre la potencia a facturar y la potencia contratada. Este régimen se concreta en los siguientes supuestos: Si Pmaxímetro < 0,85·Pcontratada → Pfacturada = 0,85·Pcontratada Si Pmaxímetro > 1,05·Pcontratada → Pfacturada = Pmaxímetro +2·( Pmaxímetro -1,05· Pcontratada) Si 0,85·Pcontratada ≤ Pmaxímetro ≤ 1,05·Pcontratada → Pfacturada=Pmaxímetro Siendo: Pmaxímetro la potencia registrada por el maxímetro. Pcontratada, la potencia contratada en el periodo que se trate. Pfacturada, la potencia que resulte aplicar en el periodo que se trate, las expresiones anteriores. 2.6.3. Energía reactiva (kVArh) La Comercializadora aplicará en la facturación lo indicado en el punto 3 del artículo 9 del RD1164/2001 de 26 de octubre, donde se especifica la forma de facturar los excesos o bonificaciones de energía reactiva, que correrían a cargo del titular de las instalaciones, por la energía reactiva que exceda del 33% del consumo de activa en los periodos horarios de aplicación, sin considerar el tercer período. Los precios unitarios, que se indicarán en la factura, se facturarán conforme a la legislación vigente. Página 6 de 10

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2.6.4. Contadores Los precios de alquiler medios a aplicar serán los establecidos y en los mismos términos y condiciones allí previstas, del Anexo II de la Orden ITC/3860/2007 o en la norma que la complemente o sustituya, en cuyo caso se hará referencia expresa a dicha norma. En los suministros que dispongan de contadores en régimen de alquiler, se harán constar el importe diario de alquiler en €/día conforme al prorrateo establecido en la Resolución de 14 de mayo de 2009, de la DG de Política Energética y Minas. El licitador habrá de considerar la existencia de equipos propiedad del Ayuntamiento de Montilla que podrán ser utilizados por el operador adjudicatario para prestar los servicios requeridos durante el periodo de vigencia del contrato, debiendo ser tratados como cualquier otro equipo para su puesta a punto y servicios. Si la comercializadora optase por instalar equipamiento propio, correrá por su cuenta el desmontaje y retirada del equipamiento sustituido, destrucción del mismo si así es decidido por el Ayuntamiento de Montilla en base a criterios de obsolescencia tecnológica, o envío a almacén designado al efecto o nuevo destino siendo todos los costes derivados de la retirada, traslado y/o destrucción de estos equipamientos por cuenta del adjudicatario. El Ayuntamiento de Montilla se reserva el derecho de poder adquirir el equipo de medida en propiedad, quedando el mismo en este caso exento del pago del alquiler en la facturación de dicho suministro. 2.6.5. Periodicidad de facturación La Comercializadora emitirá mensualmente (bimestralmente para los 2.1A y 2.1DHA, si procede) una única factura del suministro, correspondiente al 100% del consumo producido en el período de facturación del periodo correspondiente y deberá emitirse antes del décimo día del mes siguiente. Todas las facturas generadas en un mismo mes, se enviarán a la vez en una sola remesa. 2.6.6. Contenido de la Factura Las facturas emitidas deberán contener los elementos necesarios para su correcta interpretación, disponiendo además de los elementos reglamentariamente establecidos1, lo siguiente: ▪

Término de energía o Consumos de energía en kWh por tramos horarios. Punta, Llano o Valle, según corresponda. o Importe en €/kWh a aplicar a cada tramo horario, que deberá incluir el concepto de energía de acceso a redes. o Resultado de aplicar los importes anteriores a los consumos, expresado en euros.



Término de potencia

1 1 Resolución de 23 de mayo de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el contenido mínimo y el modelo de factura de electricidad. 2 Q1, Q2 y Q3, hacen referencia, aquí y en lo sucesivo, al consumo de energía reactiva en kVArh durante los tramos horarios “punta, llano y valle” conforme al Anexo II de la Orden ITC/2794/2007, en los suministros en los que proceda. E1, E2 y E3, son los consumos de energía activa en los mismos términos indicados anteriormente.

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o o o

▪ ▪

Potencia a facturar en el tramo horario correspondiente. Importe expresado en €/kW por día a aplicar a cada tramo horario de los anteriores. Resultado de aplicar los importes anteriores a la potencia a facturar, expresado en euros.

Energía reactiva: Exceso de energía reactiva e importe unitario a aplicar. Importe correspondiente al alquiler de los equipos de medida, expresado en €/día.

Cualesquiera otros que vengan obligados a reflejar en la factura por la legislación vigente. No se admiten otros conceptos de facturación que los expresados en el presente apartado salvo aquellos que resultaran de aplicación de la normativa vigente, en cuyo caso se hará constar la referencia a dicha normativa. En caso de que persistan los recargos continuos en los conceptos de potencia, energía reactiva, etc. deberán ser comunicados por escrito al Ayuntamiento de Montilla. Adicionalmente, la Comercializadora remitirá al menos bimestralmente por correo electrónico, un fichero en formato editable de hoja de cálculo, conteniendo información desglosada de cada suministro en los términos siguientes: Peaje Acceso

CUPS

Potencia contratada (kW)

Potencia maxímetro (kW)

E1 kWh

E2 kWh

E3 kWh

Q1 kVArh

Q2 kVArh

Q3 kVArh

Importe

Siendo, ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪

CUPS, Código Universal del punto de suministro Peaje de acceso que corresponda a cada suministro (2.0A, 2.0DHA, 2.1A, 2.1DHA, 3.0A ó 3.1A) Potencia contratada en kW. En los suministros donde exista maxímetro, la lectura de este en el periodo de facturación. Lectura del contador de activa del suministro en cada tramo horario. Los subíndices 1, 2 y 3, se refieren a los tramos horarios Punta, Llano y Valle, conforme a la legislación vigente. Cuando proceda, lectura del contador de reactiva del suministro en cada tramo horario. Importe total facturado, impuestos incluidos.

3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 3.1. Desglose de precios Con carácter previo a la firma del contrato, el adjudicatario presentará un desglose de los precios unitarios ofertados, distinguiendo para cada tramo horario y peaje de acceso, qué parte se encuentra regulada y qué parte no regulada. 3.2. Adaptación de las potencias de los suministros En el Anexo 2 se recoge el histórico de la potencia máxima demandada por los suministros 3.0A y 3.1A –mensualmente-, para que la comercializadora ajuste para cada uno de los suministros existentes, la nueva potencia a contratar, previa propuesta y aceptación del Ayuntamiento de dichos cambios. Página 8 de 10

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El comercializador adjudicatario se ocupará de tramitar dicho cambio, en cada suministro, para que se facture desde el inicio del contrato con la nueva potencia contratada. 3.3. Gestión de servicios 3.3.1. Designación de un interlocutor Será obligación de la comercializadora, la designación de una persona como interlocutor con el Ayuntamiento de Montilla. Dicha designación será comunicada por el escrito al Ayuntamiento. La Comercializadora adjudicataria se encargará de gestionar y tramitar, en nombre del Ayuntamiento de Montilla todas las actuaciones frente a la distribuidora. Dicha Comercializadora será el canal de comunicación con la Distribuidora, estableciendo con la misma los trámites precisos para contratar el acceso a redes, realizando cuantas gestiones sean necesarias para la resolución de los conflictos que pudieran plantearse y no pudiendo el oferente reclamar cantidad alguna por estas gestiones, ni por otro concepto fuera de la propia facturación. 3.3.2 Ampliaciones, reducciones y modificaciones Durante la vigencia del contrato se pueden producir puestas en marcha de nuevas instalaciones del Ayuntamiento de Montilla. En este caso, será obligación del adjudicatario llevar a cabo cualquier tramitación oportuna con la Distribuidora para dar suministro eléctrico a las mismas en idénticas condiciones que el resto de instalaciones. De igual forma se pueden dar de baja suministros del Ayuntamiento de Montilla. En este sentido la Comercializadora tramitará en el menor plazo posible la solicitud de baja ante la distribuidora. En el caso de modificaciones de potencia en un punto de suministro, se aplicarán los importes de acuerdo a los precios ofertados y al peaje de acceso correspondiente. 3.3.3.

Asesoramiento

La Comercializadora asesorará al Ayuntamiento de Montilla durante la totalidad del periodo contractual, sobre las potencias a contratar más convenientes a las necesidades de la entidad en cada punto de suministro, así como sobre posibles proyectos de mejora que impacten positivamente en la calidad o en el coste, energía reactiva, etc. La empresa adjudicataria prestará asesoramiento técnico en cualquier tema relacionado con el suministro, distribución y medida de energía, con el fin de detectar y poder solucionar los problemas que existan, poniéndose a disposición del Ayuntamiento de Montilla para la realización de esta actividad. 3.3.4.

Suministros provisionales

En cuanto a los suministros eventuales o provisionales de obra, el adjudicatario se compromete, sin coste adicional para el Ayuntamiento de Montilla, a llevar a cabo la tramitación que implique la solicitud de un alta nueva, baja y/o modificación en los parámetros de contratación de estos tipos de suministros ante el distribuidor, correspondiendo al Ayuntamiento los gastos derivados del enganche, y de la propia facturación del suministro (que serán conformes a lo establecido en este Pliego de Condiciones).

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3.4. Justificación de la procedencia de la energía suministrada De conformidad con lo establecido en el Pliego de Cláusulas administrativas, la empresa comercializadora adjudicataria del suministro eléctrico deberá garantizar que el 100% de la energía suministrada con cargo a la presente licitación proviene de fuentes de energía renovable. Este aspecto se considera condición esencial de resolución del contrato, conforme a lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público. La justificación de la procedencia del 100% de la energía suministrada de fuentes de energía renovables, se realizará de alguna de las siguientes formas: - Justificación de que la compresa comercializadora como tal cumple con los porcentajes establecidos según la información procedente del etiquetado de la electricidad (sistema de garantías de origen). - Justificación de la redención de garantías de origen de la electricidad a través de un informe que incluya los puntos de suministro concretos. En ambos casos obtenidas a partir de la información publicada en la página web de la CNMC, www.cnmc.es , según se define en la Circular 1/2008, de 7 de febrero y en la Orden TC/1522/2007 de 24 de mayo. Dicha justificación deberá presentarse en el plazo máximo de 30 días, en el Registro del Ayuntamiento de Montilla, a contar desde la publicación en la página web de la CNMC.

4. CONTROL DE CALIDAD El Ayuntamiento de Montilla podrá realizar controles de calidad adicionales sobre una muestra aleatoria de elementos, al objeto de verificar la adecuación de los mismos a las condiciones estipuladas en la oferta.

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id

CUPS 93 ES0031101460520001QW0F 126 ES0031101405204001JZ0F 68 ES0031101409765001BE0F 78 ES0031105156565001MH0F 58 ES0031101460521002JZ0F 69 ES0031101408467001LG0F 102 ES0031101471784007QB0F 109 ES0031101407458001XZ0F 94 ES0031101405318001WA0F 106 ES0031101407527001CZ0F 120 ES0031101460542001YZ0F 54 ES0031104880287001JL0F 60 ES0031101460523001PN0F 95 ES0031101406685001GK0F 118 ES0031101405073002ET0F 124 ES0031101406264001PJ0F 127 ES0031105154183001DJ0F 51 ES0031105213042001RN0F 55 ES0031105257978001MS0F 108 ES0031104259535001PX0F 61 ES0031101407175001BY0F 82 ES0031101300067003CH0F 92 ES0031101300067004CL0F 81 ES0031101409323001EJ0F 114 ES0031101498841001AN0F 123 ES0031101468604001PP0F 64 ES0031101480451002XP0F 74 ES0031104251571001NJ0F 88 ES0031101469498007PG0F 111 ES0031104855961001QS0F 112 ES0031104502117001XK0F 119 ES0031101408463001YY0F 66 ES0031101496034001KR0F

Centro de consumo OBISPO_PEREZ_MUÑOZ_P_CIVIL MARQUES_VEGA DEPOSITOS_BERNARDINA ANTONIO_GOMEZ ASEO_MERCEDES SEDE_AAVV_GRAN_CAPITAN AAVV_PEDRO_XIMENEZ CEMENTERIO SANTA_MARIA ANDALUZA_AYUDA_DOMICILIO PºMERCEDES SOCORRO_POLICIA REYES_MAGOS PARVULARIO_ERNESTO_OLIVARES EMILIO_CANALEJO_ANTIGUO MERCADO SANTA_CLARA_TURISMO PI_LLANOS_JARATA5 PLZA_MERCED CIE_PALOMAR CAIT AYUNTAMIENTO AYUNTAMIENTO SANTA_CATALINA AAVV_LA_VEREDA SS_ENFERMERIA EMERG_TEATRO ALM_LIMPIEZA LLANO_PALACIO SAN_FCO.BORJA SEMAFORO.BOUCAU DEPOSITO_AGUA_PLZA AURORA JULIO_ROMERO_TORRES

ANEXO 1 Peaje 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0A 2.0DHA Página 1 de 4

Pc (kW) 1 1 2 2 3 3 3 3 4 4 4 5 5 5 5 5 6 7 7 7 8 8 9 10 10 10 DESCONOCIDA DESCONOCIDA DESCONOCIDA DESCONOCIDA DESCONOCIDA DESCONOCIDA 2

E1 (kWh)

3.485

E2 (kWh) 2 455 0 0 508 613 990 2.792 725 606 2.573 49 1.954 1.811 5.862 732 358 2.164 128 5.146 14.044 7.895 37.386 0 2.766 1.330 6.846 1 233 28 80 0

E3 (kWh)

10.079

Total (kWh) 2 455 0 0 508 613 990 2.792 725 606 2.573 49 1.954 1.811 5.862 732 358 2.164 128 5.146 14.044 7.895 37.386 0 2.766 1.330 6.846 1 233 28 80 0 13.564

id

CUPS 71 ES0031104004247001PG0F 103 ES0031104376216001PD0F 89 ES0031104855957001AV0F 96 ES0031101404678001YR0F 99 ES0031101498840001YR0F 100 ES0031101409241001EP0F 125 ES0031101405935001XM0F 63 ES0031101404847001QC0F 84 ES0031101404745001KW0F 86 ES0031101406682001NB0F 97 ES0031101405189001MX0F 98 ES0031101408607001BA0F 101 ES0031101505756001EQ0F 53 ES0031101404949001NS0F 57 ES0031105202333001GL0F 67 ES0031104000663026PG0F 70 ES0031101465186001WS0F 73 ES0031101404934001GB0F 76 ES0031104587938001EV0F 77 ES0031104747515001LG0F 52 ES0031101405310001EF0F 59 ES0031101502481001RD0F 80 ES0031101408412001LC0F 83 ES0031101405374001KK0F 117 ES0031101404904002BG0F 56 ES0031101501807003EA0F 72 ES0031101407523002FV0F 87 ES0031101471779001ML0F 104 ES0031104940437001QM0F 110 ES0031104759232001AE0F 62 ES0031101406994001FQ0F 65 ES0031101478188002JR0F 75 ES0031101471574005QE0F

Centro de consumo PABLO_PICASSO RONDA_CURTIDORES SAN_FCO.BORJA ALMODOVAR_CAMPO VEREDA_CERRO_MACHO STA.BRIGIDA AVDA.ANDALUCIA ANTONIO_MIGUEL_NAVARRO ALTILLOS ERNESTO_OLIVARES MARQUES_VEGA PTA_AGUILAR ALTILLOS AVDA_ANDALUCIA CAMINO_BELEN CLARA_CAMPOAMOR PERU ANDALUCIA BOUCAU CANTAREROS SANTA_MARIA DONANTES_SANGRE CASETA_CERVANTES BARRERUELA ASUNCION_ALVEAR MANOLETE SAN_FERNANDO ALBERTI ANTONIO_MIGUEL_NAVARRO TOBA GAVIA ANDALUCIA SAN_RAFAEL

ANEXO 1 Peaje 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA Página 2 de 4

Pc (kW) 2 2 3 3 3 3 3 4 4 4 4 4 4 5 5 5 5 5 5 5 6 6 6 6 6 7 7 7 7 7 8 8 8

E1 (kWh) 809 948 2.215 6.536 5.063 1.537 65 1.138 8.668 1.912 4.458 7.417 3.848 465 1.056 4.213 5.095 5.747 3.016 5.200 14.880 20.541 6.849 13.442 3.028 5.878 4.035 3.610 1.403 10.746 2.463 4.345 5.397

E2 (kWh)

E3 (kWh) 1.123 3.233 7.607 18.937 19.633 1.979 89 3.283 21.207 7.028 19.449 11.693 13.223 756 4.283 14.625 16.939 20.550 10.842 15.539 20.956 45.236 5.183 40.021 10.231 20.372 12.894 12.267 5.743 39.435 6.649 2.130 21.849

Total (kWh) 1.932 4.181 9.822 25.473 24.696 3.516 154 4.421 29.875 8.940 23.907 19.110 17.071 1.221 5.339 18.838 22.034 26.297 13.858 20.739 35.836 65.777 12.032 53.463 13.259 26.250 16.929 15.877 7.146 50.181 9.112 6.475 27.246

id

CUPS 79 ES0031101408740001CV0F 85 ES0031101406626001SQ0F 90 ES0031101406681001ST0F 105 ES0031101471573004LX0F 107 ES0031101408411001ED0F 113 ES0031101406739001YV0F 115 ES0031101406683001DE0F 121 ES0031101407523001FQ0F 122 ES0031101404850001DF0F 91 ES0031101408410001RK0F 116 ES0031101404845001KK0F 8 ES0031104778006002VC0F 43 ES0031101405606001BC0F 42 ES0031101407792001LP0F 6 ES0031101407971003MR0F 7 ES0031104814030001RQ0F 10 ES0031104693756001TP0F 11 ES0031105010385001NZ0F 12 ES0031101405273001TZ0F 16 ES0031104898976001NR0F 45 ES0031101405030001SD0F 9 ES0031104864136001DX0F 13 ES0031104864137001YK0F 18 ES0031104350536001KS0F 44 ES0031101407172003HK0F 46 ES0031101404791001CW0F 49 ES0031105130128001LT0F 47 ES0031101408414001ZL0F 32 ES0031104001394001AQ0F 34 ES0031104046013001WM0F 40 ES0031104116626001TS0F 48 ES0031101505790001ME0F 14 ES0031101460525002AN0F

Centro de consumo RONDA_CURTIDORES ENFERMERIA ERNESTO_OLIVARES2 ALBERO PºCERVANTES ESCUELAS ERNESTO_OLIVARES SAN_FERNANDO ANTONIO_MIGUEL_NAVARRO PºCERVANTES ANTONIO_MIGUEL_NAVARRO PI_llanos_jarata CTRA.CORDOBA_MALAGA CENTRO_ADULTOS pabellon_almacen pabellon_molinillo mariana_pineda PI_llanos_jarata2 murillo CTRA_NVA_CARTEYA AVDA_ITALIA Camachas_parador Camachas_parador2 SENPA IGLESIA_CASTILLO JUAN_COLIN JULIO_CESAR LORCA PISCINA_CUBIERTA PI_LLANOS_JARATA3 UNIDAD_DIA_AVDA.TRABAJO MUSEO gran_capitan

ANEXO 1 Peaje 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.0DHA 2.1A 2.1A 2.1A 2.1A 2.1A 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 2.1DHA 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A Página 3 de 4

Pc (kW) 8 8 8 8 8 8 8 8 8 10 10 10,392 11 13 13,15 13,392 10 10 10 10 12 14 14 14 14 14 14 15 107;107;107 15;15;15 15;15;15 15;15;15 16;16;16

E1 (kWh) 4.334 3.776 7.861 5.420 5.969 5.846 8.807 25.896 8.002 13.886 3.674

E2 (kWh)

E3 (kWh) 5.350 6.233 21.079 17.074 20.600 21.260 15.854 10.741 27.528 43.329 11.100

12.723 2.341 11.973 25.801 5.047 6.054 4.299 7.664 3.838 13.861 3.731 2.791 6.873 -88 19.170 8.371 48.308 54.019 4.464 1.836 992 782

146.555 12.759 3.682 2.797 2.011

18.115 10.235 16.704 14.683 46.677 29.150 21.269 14.423 6.174 30.014 34.826 59.348 80.690 34.192 997 322 571

Total (kWh) 9.684 10.009 28.940 22.494 26.569 27.106 24.661 36.637 35.530 57.215 14.774 12.723 2.341 11.973 25.801 5.047 24.169 14.534 24.368 18.521 60.538 32.881 24.060 21.296 6.086 49.184 43.197 107.656 281.264 51.415 6.515 4.111 3.364

id

CUPS 15 ES0031101404904001BA0F 20 ES0031101408481001YC0F 38 ES0031101409936001VV0F 26 ES0031101407801002LQ0F 37 ES0031101502157004JJ0F 41 ES0031104046004001RK0F 17 ES0031101480451003XD0F 22 ES0031101406264002PZ0F 21 ES0031101480046002LS0F 23 ES0031101408513001HG0F 29 ES0031104880283001TK0F 35 ES0031101408320001KC0F 39 ES0031101406900001ZV0F 50 ES0031101406196001LR0F 33 ES0031101407971001GE0F 24 ES0031101460525001AB0F 30 ES0031101406046007YJ0F 28 ES0031101408415001NF0F 31 ES0031104408420001BF0F 36 ES0031104473201001LN0F 27 ES0031101460536003KL0F 25 ES0031101408805002VC0F 19 ES0031104297465001SC0F 3 ES0031101460534002AL0F 4 ES0031101407661004GL0F 2 ES0031101482140002YA0F 1 ES0031105129628001ZC0F 5 ES0031105079877001PK0F

Centro de consumo asucion_alvear PLZA_ROSA VIRGEN_VIÑAS CEIP_VICENTE RONDA_CANILLO PI_LLANOS_JARATA4 PLaza_Rosa_Teatro MERCADO_ABASTOS PTA.AGUILAR SILERA POLICIA ANTIGUA_CASA_CULTURA CONSERVATORIO CONDE_CORTINA PABELLON GRAN_CAPITAN2 CASA_INCA CEIP_BEATO SSTT SERVICIOS_SOCIALES CEIP.SAN_FRANCISCO CEIP_SAN_JOSE CASA_AGUAS Camachas polideportivo Ciatesa Magdalena_perdices CASA_JUVENTUD Castillo

ANEXO 1 Peaje 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.1A 3.1A 3.1A 3.1A 3.1A

Página 4 de 4

Pc (kW) 16;16;16 16;16;16 16;16;16 17;17;17 17;17;17 17;17;17 222;222;222 23;23;23 24;24;24 24;24;24 24;24;24 24;24;24 24;24;24 25;25;25 33;33;33 39;39;39 39;39;39 43;43;43 51;51;51 55;55;55 69;69;69 70;70;70 83;83;83 150;130;130 30;30;30 32;32;32 49;49;49 49;49;49

E1 (kWh) 662 5.419 2.574 7.961 3.695 10.240 8.391 8.051 8.761 2.266 10.431 595 3.052 4.506 13.926 12.381 1.621 7.665 7.759 6.221 14.288 11.616 18.779 11.195 1.433 35.272 6.142

E2 (kWh) 4.560 20.102 6.893 19.463 7.249 21.624 16.106 22.162 20.607 5.374 32.046 1.291 7.962 12.047 28.494 36.758 16.741 21.430 14.619 18.597 45.730 34.455 34.705 361.842 36.773 3.293 62.889 12.394

E3 (kWh) 12.281 39.997 19.241 10.782 20.721 64.588 3.549 7.452 6.511 1.226 20.834 713 1.356 33.161 4.791 9.411 20.909 5.039 4.621 4.144 34.150 18.255 14.307 0 21.792 4.129 31.635 20.408

Total (kWh) 17.503 65.518 28.708 38.206 31.665 96.452 28.046 37.665 35.879 8.866 63.311 2.599 12.370 49.714 47.211 58.550 39.271 34.134 26.999 28.962 94.168 64.326 67.791 361.842 69.760 8.855 129.796 38.944

SUMINISTRO ELECTRICO

id CUPS Pc 1 ES0031105129628001ZC0F 49 2 ES0031101482140002YA0F 32 4 ES0031101407661004GL0F 30 5 ES0031105079877001PK0F 49 14 ES0031101460525002AN0F 16 15 ES0031101404904001BA0F 16 17 ES0031101480451003XD0F 222 19 ES0031104297465001SC0F 83 20 ES0031101408481001YC0F 16 21 ES0031101480046002LS0F 24 22 ES0031101406264002PZ0F 23 23 ES0031101408513001HG0F 24 24 ES0031101460525001AB0F 39 25 ES0031101408805002VC0F 70 26 ES0031101407801002LQ0F 17 27 ES0031101460536003KL0F 69 28 ES0031101408415001NF0F 43 29 ES0031104880283001TK0F 24 30 ES0031101406046007YJ0F 39 31 ES0031104408420001BF0F 51 32 ES0031104001394001AQ0F 107 33 ES0031101407971001GE0F 33 34 ES0031104046013001WM0F 15 35 ES0031101408320001KC0F 24 36 ES0031104473201001LN0F 55 37 ES0031101502157004JJ0F 17 38 ES0031101409936001VV0F 16 39 ES0031101406900001ZV0F 24 40 ES0031104116626001TS0F 15

ANEXO 2

AYUNTAMIENTO DE MONTILLA

Peaje Pmax1 Pmax2 Pmax3 Pmax4 Pmax5 Pmax6 Pmax7 Pmax8 Pmax9 Pmax10 Pmax11 Pmax12 3.1A 58 77 78 63 50 58 58 73 68 51 78 73 3.1A 0 6 0 8 9 27 27 27 27 4 4 4 3.1A 36 38 36 32 23 29 34 41 33 34 34 33 3.1A 45 43 14 16 39 12 14 9 17 11 10 12 3.0A 16 15 15 15 0 16 15 15 13 13 13 16 3.0A 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 16 3.0A 64 65 80 42 46 80 74 9 43 50 38 56 3.0A 52 49 48 32 37 50 53 55 48 35 50 46 3.0A 26 26 27 19 19 20 20 20 20 19 19 19 3.0A 15 20 18 12 10 17 22 20 23 10 18 20 3.0A 11 11 11 10 11 15 16 16 15 15 11 12 3.0A 18 7 15 18 16 12 10 2 1 9 8 15 3.0A 56 50 59 34 35 31 15 13 32 33 49 41 3.0A 28 29 27 25 24 23 15 10 20 19 24 26 3.0A 17 17 20 18 17 19 15 7 8 15 16 18 3.0A 45 57 41 32 20 15 7 7 14 17 58 60 3.0A 21 28 29 33 25 23 16 5 9 15 19 24 3.0A 15 18 20 15 11 18 18 13 19 17 11 17 3.0A 37 37 27 26 5 4 3 3 3 3 37 38 3.0A 18 19 20 10 14 22 27 24 24 18 9 15 3.0A 67 71 71 67 66 65 58 12 65 68 66 67 3.0A 35 32 33 30 33 34 37 35 37 31 32 33 3.0A 15 16 15 15 15 15 13 13 15 15 0 15 3.0A 4 4 5 4 1 3 4 5 3 1 2 24 3.0A 40 41 40 26 15 17 37 26 25 13 38 34 3.0A 7 7 7 7 7 7 7 7 7 7 7 8 3.0A 7 7 7 7 7 7 7 7 7 7 7 7 3.0A 18 18 16 15 12 18 18 8 14 12 15 19 3.0A 12 13 12 12 11 2 12 13 12 13 2 14 Página 1 de 2

SUMINISTRO ELECTRICO

id CUPS 41 ES0031104046004001RK0F 48 ES0031101505790001ME0F 50 ES0031101406196001LR0F

Pc 17 15 25

ANEXO 2

AYUNTAMIENTO DE MONTILLA

Peaje Pmax1 Pmax2 Pmax3 Pmax4 Pmax5 Pmax6 Pmax7 Pmax8 Pmax9 Pmax10 Pmax11 Pmax12 3.0A 24 24 24 24 23 23 23 23 23 23 23 23 3.0A 6 8 8 7 8 11 13 12 10 7 6 7 3.0A 12 12 14 12 12 12 12 12 12 12 13 13

Página 2 de 2

SUMINISTRO ELÉCTRICO

ANEXO 3

AYUNTAMIENTO DE MONTILLA

MODELO DE PRESENTACIÓN OFERTAS ECONÓMICAS D./Dª ……………………………………………………………………………………………………………

,

mayor de edad, con domicilio en ……………………………………………………………………, de …………………………… provincia de ………………………

, titular del D.N.I. núm.

…………………………expedido con fecha ………………………, en nombre propio (o en representación

de

……………………………………………………………………………,

con

domicilio en ………………………………………………………, conforme acredito con Poder Bastanteado), CIF…………………………………, enterado de la licitación que se tramita mediante expediente referencia ……………… del Ayuntamiento de ………………………… “Contratación del suministro eléctrico titularidad del Ayuntamiento de Montilla (Córdoba)”, hago constar que conozco los pliegos que sirven de base al contrato y los acepto íntegramente, comprometiéndose a llevar a cabo el objeto del contrato a los precios siguientes: Importes unitarios, sin IVA

ACCESO

POTENCIA (€/kW-año)

E1 - Punta (€/kWh)

E2 - Llano (€/kWh)

E3 - Valle (€/kWh)

2.0A 2.0DHA 2.1A 2.1DHA 3.0A 3.1A

Se expresan los importes unitarios sin IVA, incluido el acceso a redes, descuentos incluidos, con cifras de 6 decimales. …………………………, …… de……………………de 2018 (Lugar, fecha, firma del licitador y sello de la Empresa)

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