MANUAL DE FUNCIONES, ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE PUESTOS DEL PERSONAL MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA MANUAL DE FUNCIONES, ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE PUESTOS DEL PERSONAL MUNICIPAL. MUNICIPALIDAD DE LA V...
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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

MANUAL DE FUNCIONES, ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE PUESTOS DEL PERSONAL MUNICIPAL.

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA, DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

Chimaltenango, marzo 2015 i

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

ÍNDICE Pagina

PRESENTACIÓN

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ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y DELEGACIÓN DE AUTORIDAD

Organigrama de la Municipalidad de la Villa de Patzicia

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MARCO LEGAL Y NORMATIVO

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PUESTOS DE TRABAJO Alcalde municipal Concejal Sindico Auditor interno Asesor legal Secretario municipal Oficial I de secretaria Oficial II de secretaria Oficial III de secretaria Director de la unidad de administración financiera integrada municipal – AFIM Receptor I Receptor ambulante Jefe de presupuestos Jefe de contabilidad Jefe planillas y compras Jefe almacén e inventario Encargado IUSI Tesorería Director de la dirección municipal de planificación Técnico Jefe de servicios públicos Peón municipal Albañil Guardián municipal Conserje Encargado de rastro municipal Encargado de cementerio municipal Encargado de los Desechos Sólidos y Extracción de Basura

9 10 12 14 16 18 20 23 25 27 29 33 35 37 40 43 45 47 49 51 54 56 58 59 60 62 63 65 67 ii

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ÍNDICE Pagina

Encargado de alumbrado publico Fontanero Administrador del mercado Jefe de policía municipal Agente policía municipal Encargado de la oficina de acceso a la información publica Encargado de la oficina de relaciones publicas Encargado de la biblioteca e internet Encargada de la oficina municipal de la mujer Encargada de la oficina municipal del medio ambiente

69 70 72 75 76 78 80 83 86 88

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PRESENTACIÓN El presente documento constituye el Manual de Funciones, Atribuciones y Responsabilidades del Puesto del Personal Municipal de la Municipalidad de Patzicia del departamento de Chimaltenango, elaborado por encargo del Alcalde Municipal, como un importante instrumento técnico para el fortalecimiento y mejora de la gestión de la Institución. El Manual se elabora en cumplimiento a lo establecido por la Contraloría General de Cuentas de la Nación, referente a la obligatoriedad de las entidades públicas del Estado de contar con Manuales Administrativos actualizados para una eficiente gestión pública. El propósito del presente Manual es contar con un documento práctico de apoyo y consulta para el desempeño de las labores diarias del personal dentro de la Institución. El Manual incluye una descripción general, usuarios, funciones, atribuciones y responsabilidades. Explica los grados de autoridad y responsabilidad, las jerarquías y las funciones en general, así mismo define un perfil de las personas que deben ocupar los diferentes cargos y especifica las áreas de trabajo dentro de las cuales se han de realizar las actividades y coadyuva a la inducción y adiestramiento del personal de nuevo ingreso, facilitándole una ubicación rápida dentro de su área de trabajo. A partir de su aprobación se establece un compromiso de proceder a su presentación oficial a todo el personal de la Institución para dar inicio a su utilización y aplicación diaria, debiendo asumir el compromiso de aportar los conocimientos y experiencias necesarias para su actualización anual con la cual se garantizará obtener un documento cada vez más completo, así como mantener su vigencia y aplicabilidad a través de las revisiones periódicas y sistemáticas por parte de la Dirección Administrativa, dando cumplimiento a la política de mejora continua en los resultados de la gestión pública de ésta Institución.

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ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y DELEGACIÓN DE AUTORIDAD La delegación de autoridad se define en los niveles jerárquicos establecidos en la clasificación y agrupación de actividades. La Municipalidad de la Villa de Patzicia, está estructurada por cuatro niveles jerárquicos, así: La Municipalidad de la Villa de Patzicia, está estructurada por cuatro niveles jerárquicos, así: NIVEL 1: GOBIERNO MUNICIPAL O NIVEL SUPERIOR Le compete al gobierno del Municipio como ente colegiado y con exclusividad el ejercicio de la autoridad, se conforma por las unidades ejecutoras en la toma de decisiones y administración municipal. Concejo Municipal Alcaldía Municipal Alcaldías Comunitarias o Auxiliares Auditoría Interna NIVEL 2: NIVEL DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y ASESORÍA: A los funcionarios municipales les compete ejercer la autoridad de segundo nivel delegada por el gobierno del Municipio y es la encargada de velar por el fiel cumplimiento de las políticas de desarrollo; y la administración de la municipalidad. Adicionalmente se integran por las unidades o entidades asesoras, que sirven en la orientación de acciones encaminadas al mejoramiento y modernización. NIVEL 3: DIRECCIONES O UNIDADES Los departamentos o unidades, son el tercer nivel de autoridad, están encargados dirigir las actividades relacionadas con su departamento o unidad y son responsables de operativizar las políticas que impulsa la municipalidad. NIVEL 4: SECCIONES O PUESTOS Las sección o puestos realizan las actividades operativos; tanto administrativas como del campo. De acuerdo con los niveles jerárquicos descritos se puede establecer la estructura organizacional según el organigrama siguiente:

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ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL

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MARCO LEGAL Y NORMATIVO LEGISLACIÓN DE CARÁCTER GENERAL Constitución Política de la República de Guatemala Ley Electoral y de Partidos Políticos y su Reglamento Código Municipal LEGISLACIÓN RELACIONADA CON EL ORGANISMO EJECUTIVO MODERNIZACIÓN DEL ESTADO Ley General de Descentralización y su Reglamento Ley del Organismo Ejecutivo Estatuto de la Asociación Nacional de Municipalidades ANAM

Y

LEGISLACIÓN EN MATERIA DE CONTROL DE LA LEGALIDAD DE LAS RESOLUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Ley de lo Contencioso Administrativo LEGISLACIÓN EN MATERIA LABORAL Ley de Servicio Municipal Ley Orgánica del Plan de Prestaciones del Empleado Municipal y su Reglamento Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos y su Reglamento Ley del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social Ley de Dignificación de la Mujer Ley de Colegiación Profesional Obligatoria Código de Trabajo Código de Salud LEGISLACIÓN EN MATERIA DE REGISTRO CIVIL Y REGISTRO DE VECINDAD Ley de Registro Nacional de las Personas Ley de Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo Ley de Accesibilidad a los Medicamentos y su Reglamento Ley de Servicio Civil Código Civil Código Procesal Civil y Mercantil Código de Notariado 4

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Reglamento para la aprobación de los Estatutos, reconocimiento de la Personalidad Jurídica y funcionamiento de los Comités Educativos Reglamento de Inscripción de Asociaciones Civiles LEGISLACIÓN EN MATERIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DESARROLLO URBANO Ley de Parcelamientos Urbanos Ley Preliminar de Urbanismo Ley Preliminar de Regionalización Ley de Vivienda y Asentamientos Urbanos y su Reglamento Ley de Tránsito y su Reglamento Ley de Anuncios en Vías urbanas, Vías extraurbanas y similares Ley de Titulación Supletoria Ley de inscripción de bienes inmuebles Ley del Registro de Información Catastral Manual de Valuación Inmobiliaria

Y

EL ESTADO Y SUS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS O AUTÓNOMAS Ley de Establecimientos abiertos al Público Ley de Fomento Turístico Nacional Ley de Expropiación Forzosa Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable Ley General de Electricidad y su Reglamento Ley General de Telecomunicaciones Ley de Minería y su Reglamento

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LEGISLACIÓN EN MATERIA DE PLANIFICACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural y su Reglamento Ley de Desarrollo Social LEGISLACIÓN EN MATERIA DE EDUCACIÓN E INTERCULTURALIDAD Programa Nacional de Autogestión para el Desarrollo Educativo - PRONADELey Nacional de Educación Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación Ley del Deporte, la Educación Física y la Recreación LEGISLACIÓN FISCAL Y TRANSFERENCIAS GUBERNAMENTALES Código Tributario Ley del Impuesto al Valor Agregado , IVA y su reglamento Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos Ley del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles derivados del Petróleo Ley del Impuesto Único sobre Inmuebles IUSI Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos Ley del Impuesto sobre la Renta, ISR y su Reglamento Ley del Arbitrio de Ornato Municipal Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y Papel Sellado Especial para Protocolos y su reglamento Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT Código de Comercio LEGISLACIÓN EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA MUNICIPAL Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento Ley Orgánica del Instituto de Fomento Municipal INFOM Ley del Fondo de Inversión Social y su Reglamento Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental SICOIN Reglamento de Inventarios de Bienes Muebles de la Administración Pública Manual de Clasificación Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala Manual de Administración Financiera MAFIM 6

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LEGISLACIÓN EN MATERIA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN Ley Orgánica de la Contraloría de Cuentas y su Reglamento Ley del Tribunal de Cuentas Ley Orgánica del Ministerio Público Código Procesal Penal Normas de Carácter Técnico y de Aplicación obligatoria de la Contraloría General de Cuentas Normas de Auditoría del Sector Gubernamental Normas para el uso del Sistema de Información de control y auditoría del Estado, GUATECOMPRAS LEGISLACIÓN AMBIENTAL Ley de Áreas Protegidas y su Reglamento Ley de Protección y mejoramiento del Medio Ambiente Ley Forestal y su Reglamento Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala Reglamento sobre Estudios de Impacto Ambiental OTRA DIVERSIDAD DE NORMAS Ley de Protección para las Personas de la Tercera Edad Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor Ley del Café Ley de Arbitraje Ley del Mercado de Valores y Mercancías Ley de Tabacos y sus productos Ley Orgánica del Organismo Legislativo Reglamento para la Obtención de Licencia para ejercer las funciones de Comisionista Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Quetzal Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomas de Castilla Ley Orgánica de la "Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomas de Castilla" Ley Orgánica del Instituto Nacional de Electrificación - INDE Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Fermentadas Ley de Contribución al funcionamiento de la Contraloría General de Cuentas Ley General de Pesca y Acuicultura 7

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Ley de Armas y Municiones y su Reglamento Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado y su Reglamento Ley de Fomento Industrial Ley de Defensa del Idioma Ley de Subsidio Estatal para el Pago de Incremento, Bonificación y Reajuste al Salario mínimo de los Trabajadores municipales del País Ley de Derechos de Autor y Derechos conexos Consolidación de salarios de los servidores públicos ACUERDOS DE PAZ Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas Acuerdo sobre Aspectos Económicos y situación agraria Acuerdo para el Reasentamiento de las Poblaciones desarraigadas por el Enfrentamiento Armado Interno Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y función del Ejército en una Sociedad Democrática

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PUESTOS DE TRABAJO A continuación se presentan los diferentes puestos de trabajo de las áreas organizativas que integran la Municipalidad de la Villa de Patzicia:

CONCEJO MUNICIPAL:

El Concejo Municipal es el órgano superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidarios y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tienen su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. El gobierno municipal corresponde al Concejo Municipal. Es un órgano en el cual todos sus miembros tienen la misma calidad y el mismo poder de decisión. Dada su categoría le corresponden las características siguientes: Autónoma, Superior, Deliberante y Decisoria. El gobierno municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable de ejercer la autonomía del municipio. Se integra por el Alcalde, los Síndicos y los Concejales, todos electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de la materia. El Concejo Municipal emitirá su propio reglamento interno de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, así como el reglamento de personal y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración. Del número de habitantes del municipio, depende el número de Síndicos y Concejales, conforme la Ley Electoral y de Partidos Políticos. El alcalde es el encargo de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Alcalde Municipal Alcaldía municipal Concejo Municipal Secretario, Director AFIM, Dirección Municipal de Planificación, Policía Municipal y demás, Unidades subalternas de los mismos.

NATURALEZA DEL PUESTO: Puesto ejecutivo, a cargo de un funcionario electo en forma popular, a través del voto mayoritario de los vecinos de su municipio y que de conformidad con artículo 52 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 preside y representa a la Municipalidad, es el personero legal de la misma, miembro del Consejo Departamental de Desarrollo y Presidente del Consejo Municipal de Desarrollo, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones y resoluciones tomadas por el Concejo Municipal y de propiciar una efectiva administración de la Municipalidad. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Cumplir sin excusa alguna, con todas las funciones, atribuciones y deberes que señala el artículo 53 del decreto 12-2002 Código Municipal, y además las siguientes:

2.

Hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo Municipal.

3.

Deberá presidir todas las sesiones del Concejo y convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias, de conformidad con el Código Municipal.

4.

Presentar al Concejo Municipal, el presupuesto anual inversión municipal.

5.

Promover y apoyar conforme a lo que establece el Código Municipal y demás leyes aplicables, la participación y trabajo de los consejos comunitarios de desarrollo que operen en el municipio.

6.

Todas aquellas atribuciones que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del estado le asigne al municipio y no atribuya a otros órganos municipales.

7.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

de funcionamiento e

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RELACIONES DE TRABAJO: Con el Concejo Municipal, para presentar la documentación e información pertinente de conformidad con la ley. Con el personal subalterno, para proporcionar lineamientos de trabajo, supervisar las actividades desarrolladas y conocer el avance de trabajo. Con personeros de otras entidades, nacionales e internacionales, para gestionar recursos técnicos y financieros para beneficio del Municipio. Con los vecinos del municipio. AUTORIDAD: Para actuar como personero legal de la Municipalidad. Para hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo Municipal. Para ejercer la potestad de acción directa y resolver asuntos del municipio que no estén atribuidos a otra autoridad. RESPONSABILIDAD: Actuar de conformidad con la ley, en lo referente a firma de convenios, acuerdos, contratos y cualquier documento legal en donde el municipio adquiere un derecho o una obligación. De ejecutar el Gobierno Municipal conforme las disposiciones del Concejo Municipal. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal. Saber leer y escribir. Estar en el goce de sus derechos políticos los cuales se suspenden, de conformidad con la Ley Electoral y de Partidos Políticos por: Sentencia condenatoria firme, dictada en proceso penal y Declaratoria judicial de interdicción.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Concejal Concejo Municipal Ninguno Empleados Municipales bajo su supervisión

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto directivo, que se encarga de velar por los intereses del Concejo, puede sustituir al Alcalde en su ausencia, previa autorización y nombramiento del Concejo Municipal y atender actividades cuya facultad le otorga la ley, forma parte del máximo órgano de deliberación y decisión municipal. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Cumplir sin excusa alguna, con todas las funciones, atribuciones y deberes que señala el artículo 54 del decreto 12-2002 Código Municipal, y además las siguientes:

2.

Dentro de su participación en los trabajos de las Comisiones del Concejo deberán rendir informes y dictámenes.

3.

Estar informado del funcionamiento de la administración municipal, para poder sugerir soluciones y mejoras.

4.

Ser vigilante de que se cumplan todas las disposiciones, resoluciones, reglamentos y demás ordenanzas que emita el Concejo.

5.

Observar y cuidar que los empleados de la Municipalidad cumplan con sus responsabilidades, tanto en el trabajo como en la atención al público, debiendo informar de inmediato al Alcalde de cualquier irregularidad.

6.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con los demás miembros del Concejo Municipal, para tratar asuntos de su competencia. Con personal de la Municipalidad, cuando actúe por delegación del Concejo Municipal, para resolver problemas tendientes a la mejora en la prestación de servicios a los usuarios o en sustitución del Alcalde. Con personeros de otras entidades, para tratar asuntos propios de la Municipalidad. 12

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RESPONSABILIDAD: Para recomendar medidas correctivas en la administración municipal, de manera que se mejoren los servicios a los usuarios. Para emitir su voto en cualquier asunto que trate el Concejo. Para dictaminar sobre los asuntos que se le asignen, dentro de la Comisión que le corresponde desempeñar, como miembro del Concejo Municipal. Para sustituir al Alcalde, en caso de ausencia. AUTORIDAD: Para proponer medidas correctivas en la aplicación de procedimientos anómalos o deficientes, en la administración municipal. El Concejo Municipal es un cuerpo colegiado, a la vez está integrado por personas que tienen la misma jerarquía o categoría, por cuanto en el seno del Concejo, tiene el mismo poder el Alcalde, los Síndicos y Concejales, para emitir su voto en cualquier asunto que trate el Concejo. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal. Saber leer y escribir; Estar en el goce de sus derechos políticos los cuales se suspenden, de conformidad con la Ley Electoral y de Partidos Políticos por: Sentencia condenatoria firme, dictada en proceso penal y Declaratoria judicial de interdicción. Sus servicios son gratuitos, salvo causa justificada para no aceptarlos o desempeñarlos, sin embargo, podrá ser remunerado cuando los ingresos municipales lo permitan, siempre que sea por el sistema de dietas por cada sesión a la que asistan o dictamen que emitan.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Síndico Concejo Municipal Ninguno Empleados Municipales bajo su supervisión

NATURALEZA DEL PUESTO: Puesto directivo que se encarga de velar por la integridad del patrimonio municipal (Bienes muebles e inmuebles), del manejo de la hacienda municipal (Producto de arbitrios, tasas, contribuciones, multas etc.), administración de los fondos que el Estado traslada a la municipalidad (provenientes del Situado Constitucional, IVAPAZ, Impuesto al Petróleo y sus derivados y sobre Circulación de Vehículos, entre otros. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1. Cumplir sin excusa alguna, con todas las funciones, atribuciones y deberes que señala el artículo 54 del decreto 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal, y además las siguientes: 2.

Asistir a las sesiones del Concejo Municipal y tomar parte activa en las discusiones y toma de decisiones, con el fin de dar cumplimiento a cada una de las atribuciones señaladas en el artículo 35 del decreto 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal.

3.

Dentro de su participación en los trabajos de las Comisiones del Concejo Municipal, deberán rendir informes y dictámenes.

4.

Representar a la Municipalidad, ante los tribunales de justicia y oficinas administrativas, cuando así lo disponga el Concejo Municipal. Esta representación deberá realizarla preferentemente a través de un mandato que debe ser conferido en Escritura Pública.

5.

El Concejo Municipal deberá extender una autorización al Síndico en casos de un mandato en el cual se requiera un reconocimiento de firmas, en situación de delitos, prestar confesión, desistir de juicios o recursos, celebrar convenios o transacciones con relación a litigios, y/o condonar obligaciones.

6.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

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RELACIONES DE TRABAJO: Con los demás miembros del Concejo Municipal, para tratar asuntos de su competencia. Con personal de la Municipalidad, cuando actúe por delegación del Concejo Municipal, para resolver problemas tendientes a la mejora de la prestación de servicios. Con personeros del Ministerio Público, cuando soliciten su participación. AUTORIDAD: Para proponer medidas correctivas en la aplicación de procedimientos anómalos o deficientes, en la administración municipal. El Concejo Municipal es un cuerpo colegiado, como tal está integrado por personas que tienen la misma jerarquía o categoría, por cuanto en el seno del Concejo, tiene el mismo poder el Alcalde, los Síndicos y Concejales, para emitir su voto en cualquier asunto que trate el Concejo. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal. Saber leer y escribir. Estar en el goce de sus derechos políticos los se suspenden de conformidad con la Ley Electoral y de Partidos Políticos por: Sentencia condenatoria firme, dictada en proceso penal y por declaratoria judicial de interdicción. Sus servicios son gratuitos, salvo causa justificada para no aceptarlos o desempeñarlos, sin embargo, podrá ser remunerado cuando los ingresos municipales lo permitan, siempre que sea por el sistema de dietas por cada sesión a la que asistan o dictamen que emitan, debiendo autorizarse las remuneraciones con el voto de las dos terceras partes del total de miembros del Concejo Municipal.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR:

Auditor Interno Unidad de Auditoría Interna Concejo Municipal

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo nombrado por el Concejo Municipal, persona que en cumplimiento del artículo 88 del decreto 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal, deberá velar por la correcta ejecución del presupuesto y deberá implantar un sistema eficiente y ágil de seguimiento y ejecución presupuestaria. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Velar por la correcta ejecución presupuestaria.

2.

Implantar un sistema eficiente y ágil de seguimiento y ejecución presupuestaria.

3.

Efectuar Arqueos de Valores.

4.

Revisar expedientes tales como: del personal, como de procesos de ejecución de proyectos y emitir opinión cuando el caso lo amerite.

5.

Reportar mediante informes al concejo sobre la buena marcha de la gestión de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal, así como reportar cualquier anomalía detectada en cuanto a procedimientos de ejecución presupuestaria.

6.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Concejo Municipal, cuando sea requerida su participación en sesiones con funciones de informar sobre comisiones asignadas. Con el Alcalde, para presentar informes proyectos y demás gestiones. Con el Director de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal, y demás personal de la unidad mencionada. RESPONSABILIDAD: Por toda alteración, omisión, falsificación o suplantación cometida en los informes que presente ante el Concejo Municipal.

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ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Ser guatemalteco de origen. Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos. Contador Público y Auditor colegiado activo. Contar con la certificación de auditor interno gubernamental emitido por la Contraloría General de Cuentas.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Asesor legal Asesoría legal Concejo municipal Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Asesorar al Concejo municipal sobre asuntos de carácter legal, técnico, administrativo y financiero de conformidad con la rama o especialización obtenida. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: Ante el Concejo Municipal: 1.

Asesorar al Concejo municipal, en los asuntos que solicite.

2.

Elaborar proyectos de instrumentos notariales según requerimiento (actas de declaración jurada, carencia de bienes, etc.).

3.

Brindar la asesoría jurídica requerida.

4.

Otras inherentes al cargo

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Concejo Municipal, mediante su participación en sesiones con funciones de Secretario y en el seguimiento de comisiones asignadas. Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y unidades subalternas en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas. Con el Concejo Municipal, en cuanto a la aplicación de normas y ejecución de reglamentos emitidos. AUTORIDAD: Sobre las unidades responsabilidad.

ejecutoras

y

subalternas

jerárquicamente

bajo

su

Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda. RESPONSABILIDAD: Es responsable por los insumos cargados en su tarjeta de responsabilidad y el inventario, ya sea por su pérdida o deterioro. En cuanto a los insumos y materiales diversos proveídos, debe velar porque los mismos se utilicen adecuadamente. 18

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ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Ser guatemalteco de origen. Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos. Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su Profesión o en su lugar tener certificado de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Secretario municipal Secretaria municipal Alcaldía Municipal Oficiales de secretaria

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad la atención de las gestiones administrativas presentadas por los vecinos; y que deben ser resueltas por el Concejo o bien por el Alcalde. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal: 1.

Cumplir sin excusa alguna, con todas las funciones, atribuciones y deberes que señala el artículo 84 del decreto 12-2002 Código Municipal, y además las siguientes:

2.

Proporcionar información y orientación a los miembros del Concejo Municipal, en lo relativo a aspectos administrativos legales, los cuales debe conocer con el objeto de que las decisiones del Concejo Municipal se fundamenten en la ley.

3.

Tomar nota de la parte principal de las intervenciones de los miembros del Concejo, debiendo transcribir tanto los argumentos a favor como los en contra.

4.

Distribuir a las diferentes comisiones del Concejo los expedientes sobre los que deben rendir dictamen.

5.

Redactar los Acuerdos y Resoluciones.

6.

Velar porque todos los Acuerdos y disposiciones que deban ser publicadas en el Diario Oficial, se envíen con prontitud a la Tipografía Nacional y que posteriormente cumplido ese requisito adquiera plena vigencia.

7.

Dirigir y ejecutar la Administración y funcionamiento de la secretaría municipal.

8.

Organizar y distribuir el trabajo de acuerdo a su volumen y personal disponible, designando dentro del o los oficiales, las diferentes funciones, recepción y registro de documentos dentro de la Municipalidad, así como actas y acuerdos del Concejo.

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9.

Mantener el control permanente de los libros que se llevan en la Administración Municipal, entre ellos los de actas de la alcaldía, y demás expedientes.

10. Llevar un adecuado registro de los expedientes que ingresen a la Municipalidad, ya que es de suma importancia para la Administración Municipal como para los vecinos, el cual deberá estar siempre actualizado para que en cualquier momento se pueda localizar o saber en poder de quién está un expediente, para lo cual deberá existir el mobiliario adecuado para formar o establecer el archivador correspondiente. 11. Providenciar expedientes por instrucciones del Alcalde. 12. Redactar proyectos de resolución de expedientes y someterlos a la consideración del alcalde o trasladarlos a la comisión correspondiente del concejo dependiendo del caso. 13. Archivar el Diario Oficial y recopilar los reglamentos, acuerdos y resoluciones de la municipalidad. 14. Redactar la memoria de labores para lo cual elaborará un proyecto de las labores realizadas el año anterior, lo cual se hará solicitándolo a las distintas dependencias municipales un informe sobre los logros y realizaciones alcanzadas, durante el transcurso del año. 15. Desempeñar cualquier función que le sea atribuida por la Ley o a través del nombramiento o asignación por parte del Alcalde. 16. Someter a consideración del Alcalde para su autorización, la documentación respectiva para la aplicación de políticas disciplinarias dentro de la Municipalidad. 17. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO: Con el Concejo Municipal, mediante su participación en sesiones con funciones de Secretario y en el seguimiento de comisiones asignadas. Con el Alcalde, para recibir instrucciones, presentar informes proyectos y demás gestiones, así como hacer consultas con personal de secretaría y público en general.

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Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y unidades subalternas en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas. Con el Concejo Municipal y el Alcalde, en cuanto a la aplicación de normas y ejecución de reglamentos emitidos. Con los vecinos del municipio, para el rendimiento de informes y/o dictámenes emitidos de acuerdo a su resolución de sus solicitudes o requerimientos. AUTORIDAD: Sobre el personal de la Secretaría Municipal. Sobre las unidades responsabilidad.

ejecutoras

y

subalternas

jerárquicamente

bajo

su

Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda. Para distribuir el trabajo de Secretaría entre los oficiales. RESPONSABILIDAD: Por toda alteración, omisión, falsificación o suplantación cometida en las actas certificadas que extienda por los libros asignados y autorizados por el Alcalde, siempre que se pruebe fehacientemente la falta. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Ser guatemalteco de origen. Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos. Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su Profesión o en su lugar tener certificado de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Oficial I de secretaria Secretaria municipal Secretario municipal ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo que le corresponde atender principalmente a los interesados en gestionar solicitudes relacionadas con servicios públicos municipales. Dentro de sus actividades, le corresponde elaborar contratos administrativos, según corresponda a la gestión. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Redactar correspondencia de la Secretaría, para la gestión de expedientes a otras oficinas de la Municipalidad o bien a otras Instituciones, entre las que se encuentran, ventas y traspasos de terrenos, exhumaciones y construcciones en el cementerio, expedientes del mercado.

2.

Elaborar contratos varios.

3.

Gestionar la autorización y registro de matrículas de fierro.

4.

Elaborar actas y citaciones varias.

5.

Sustituir al Secretario Municipal, en su ausencia.

6.

Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.

7.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello. Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados. AUTORIDAD: Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal. RESPONSABILIDAD: Del mobiliario y equipo de oficina asignado. Del control de los contratos, expedientes y archivo de las actas. 23

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ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Educación: Título a nivel medio. Habilidades y destrezas: Recibir, interpretar y redactar instrucciones de trabajo, manejo de máquinas de oficina (calculadora, computadora, máquina de escribir, etc.) Otros Conocimientos Sobre el Código Civil, Código Municipal, leyes y acuerdos relacionados con la extensión de cartas de venta, registro de matrículas de fierro, en lo relacionado al trabajo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Oficial II de secretaria Secretaria municipal Secretario municipal ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo, que le corresponde atender principalmente a los interesados en gestionar asuntos relacionados con la extensión de supervivencias del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, desmembraciones, particiones y mediciones, así como extender licencias varias. FUNCIONES Y/O ATRIBUCIONES DEL PUESTO: 1.

Atender las solicitudes de requeridas por los interesados.

desmembraciones,

particiones,

mediciones

2.

Completar los formularios del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social IGSS- presentados por los interesados, a efecto de hacer constar la supervivencia.

3.

Revisar y ordenar la correspondencia inherente a las gestiones que realiza, tales como certificaciones y constancias.

4.

Extender licencias para actividades bailables, fiestas titulares, cantonales y de la jurisdicción.

5.

Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello. Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados. Con el público interesado. Con notarios públicos. AUTORIDAD: Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal y del Oficial primero.

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RESPONSABILIDAD Del mobiliario y equipo de oficina asignado. De la documentación recibida para su gestión. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Educación: Título a nivel medio. Habilidades y destrezas: Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de escribir. Para redactar correspondencia. Otros Conocimientos: Sobre el Código Civil, Código Municipal y demás leyes relacionadas al trabajo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Oficial III de secretaria Secretaria municipal Secretario municipal ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo, que le corresponde atender las actividades secretariales de apoyo al Concejo Municipal. FUNCIONES Y/O ATRIBUCIONES DEL PUESTO: 1.

Ordenar la documentación relacionada con el Concejo Municipal.

2.

Transcribir los acuerdos del Concejo.

3.

Elaborar las nóminas de dietas, por cada sesión celebrada.

4.

Elaborar las convocatorias para las sesiones del Concejo Municipal y distribuirlas oportunamente, conforme le sea indicado.

5.

Elaborar y remitir notificaciones y citaciones.

6.

Elaborar otro tipo de correspondencia, conforme las necesidades secretariales del Concejo Municipal.

7.

Llevar el control de las audiencias para las sesiones del Concejo Municipal.

8.

Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.

9.

Custodiar y conservar en forma eficiente, los libros y documentación relacionada.

10. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO: Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello. Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados. AUTORIDAD Ninguna RESPONSABILIDAD 27

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

Por el cuidado y buen estado de libros y documentación del Concejo Municipal. Del mobiliario y equipo de oficina asignado. Del envío oportuno de las notificaciones, citaciones y convocatorias a sus destinos respectivos. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Educación: Título a nivel medio. Preferentemente Secretaria Habilidades y destrezas: Recibir e interpretar instrucciones de trabajo y capacitación para el manejo de máquinas de escribir y uso de computadoras. Para redactar correspondencia. Otros Conocimientos: Sobre el Código Municipal en lo relacionado al trabajo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Director de la unidad de administración financiera integrada municipal - AFIM Dirección de administración financiera integrada municipal Concejo municipal y Alcalde municipal Jefe de presupuestos, contabilidad, planillas y adquisiciones, Almacén e inventario y Encargado del IUSI

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo cuya responsabilidad es de planificar, organizar, supervisar, evaluar y dirigir el funcionamiento eficiente de las unidades o puestos administrativos financieros de la municipalidad. Nota: Para los efectos del presente manual en todos los textos que aparezca las siglas AFIM, deberá entenderse que se refiere a la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Cumplir sin excusa alguna, con todas las funciones, atribuciones y deberes que señala el artículo 98 del decreto 12-2002 Código Municipal, y además las siguientes:

2.

Supervisar al personal que tiene bajo su responsabilidad y a quién le ha asignado una función específica.

3.

Analizar y enviar para consideración del Alcalde los estados financieros que permitan conocer y evaluar la política financiera. Así como los resultados de la gestión presupuestaria, de caja y patrimonial.

4.

Velar por que el proyecto de presupuesto este congruente con las políticas públicas vigentes, y en la primera semana del mes de octubre de cada año, lo someta a consideración del Concejo Municipal, de conformidad a lo establecido en el artículo 131 del Código Municipal.

5.

Proponer las modificaciones presupuestarias, que conforme el Código Municipal le corresponde aprobar al Concejo Municipal.

6.

Presentar al Alcalde Municipal las solicitudes de endeudamiento y financiamiento así como las donaciones, que deben ser conocidas por el Concejo Municipal. 29

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

7.

Presentar la información mensual sobre el detalle de los préstamos vigentes y el saldo de la deuda contratada que establece el Artículo 115 del Código Municipal, que el Concejo Municipal debe presentar mensualmente a la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Finanzas Públicas, con copia al INFOM.

8.

Diseñar y proponer al Concejo Municipal lo procedimientos y formas de transparentar el uso y resultados del gasto público municipal.

9.

Revisar los expedientes administrativos con el fin de verificar que contenga la papelería completa y necesaria para poder realizar el pago. Así como verificar si existe disponibilidad presupuestaria, previo a realizar un pago.

10. Firmar de autorizado los cheques mancomunadamente con autoridad superior, así como los documentos de legitimo abono para la aprobación de pago y registros contables. 11. Realizar todos los pagos de obligaciones financieras que haya contraído la Municipalidad tales como: sueldos y salarios, honorarios profesionales, materiales y suministros, pago de obras, amortización de deudas y rentas consignadas (PPEM, IGSS, etc.); siempre que estén fundadas en las asignaciones del presupuesto, verificando previamente su legalidad. 12. Controlar en forma efectiva la ejecución del Presupuesto, evitando gastos innecesarios, que redunden en menoscabo del erario municipal, cumpliendo con las normas contenidas en la Ley Orgánica del Presupuesto. 13. Ordenar y preparar toda la documentación que deberá ser rendida a la Contraloría de Cuentas para su examen de conformidad con la Ley. 14. Elaborar el “Plan Anual de Recaudación y Recuperación de la Deuda Morosa” y remitirlo a su Jefe inmediato para su aprobación y ejecución. 15. Certificar los saldos de los contribuyentes morosos y trasladarlos al Juzgado de Asuntos Municipales, para iniciar el proceso de cobro por la vía legal. 16. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo, y que le sean asignadas por el Alcalde Municipal y/o el Concejo Municipal.

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OTRAS FUNCIONES DEL DIRECTOR DE LA AFIM DIRECTA O DELEGABLE: 1.

Control de recibos por ingresos procedentes de la prestación de servicios.

2.

Recepción del pago por arbitrios, tasas municipales, impuestos, contribuciones y donaciones.

3.

Elaborar los recibos de ingresos de los aportes del gobierno central.

4.

Realizar diariamente el corte de caja.

5.

Llevar el control de tarjetas auxiliares de arbitrios.

6.

Control de kárdex de los servicios municipales.

7.

Mantener actualizado el registro de todas las operaciones realizadas.

8.

Realizar informe de ingresos según el origen.

9.

Regularizar los intereses generados por las cuentas bancarias.

10. Cualquier otra actividad que le asigne su jefe inmediato. RELACIONES DE TRABAJO Con el Alcalde Municipal. Con el Jefe de Presupuesto. Con el Jefe de Contabilidad. Con el Jefe Almacén. Con el Jefe de Planillas y Compras. AUTORIDAD Es quien tiene la autoridad en el cumplimiento de atribuciones y funciones de la unidad de administración financiera integrada municipal. RESPONSABILIDAD Ante el Concejo Municipal y con el Alcalde Municipal del cumplimiento de atribuciones y funciones de la unidad de administración financiera integrada municipal. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Ser guatemalteco de origen y ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos.

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Poseer título de Perito Contador o de Contador Público y Auditor. 2 años de experiencia desempeñando un puesto similar. Conocimientos de la metodología del presupuesto por programas. Conocimiento de Windows y Office, valores y ética profesional.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Receptor I Dirección de administración integrada municipal Director AFIM Ninguno

financiera

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto operativo, que realiza actividades de recepción de los impuestos, arbitrios, tasas de los contribuyentes así como otros ingresos. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Extender a los contribuyentes y usuarios de servicios, los recibos y/o facturas correspondientes autorizados por la Contraloría General de Cuentas y demás entidades, por las sumas que de ellos se perciba.

2.

Percibir los diferentes ingresos de la municipalidad en concepto de arbitrios, tasas, contribuciones por mejoras, aportes y otros.

3.

Trasladar a la dirección de la AFIM, para que por su medio se remita al área de contabilidad, la documentación de soporte de los ingresos percibidos.

4.

Llevar el control de los recibos y/o facturas legalizadas que se le han entregado para fines de recaudación.

5.

Proveer información en tiempo real del movimiento efectivo de fondos.

6.

Proporcionar información sobre los saldos diarios de caja.

7.

Presentar a su jefe inmediato superior una planificación semanal, mensual y anual, de las actividades.

8.

Y todas aquellas que por su naturaleza son inherentes a la persona.

RELACIONES DE TRABAJO: Con su jefe inmediato. Con los colaboradores ambulantes y contribuyentes. AUTORIDAD Para requerir el cobro de tasas, arbitrios y contribuciones a los usuarios de los servicios públicos. 33

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

RESPONSABILIDAD: Por el manejo de documentación relacionada con los ingresos de fondos. ESPECIFICACIONES: Educación: Preferentemente Perito Contador.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Receptor ambulante Dirección de administración integrada municipal Receptor I Ninguno

financiera

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto operativo que realiza actividades relacionadas con el cobro de las tasas municipales y otros ingresos que fueran indicados así como apoyo a la recaudación en cuanto a la entrega de notas de cobro. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Realizar Cobros a los usuarios del servicio de la municipalidad y entregar sus respectivos recibos por cada pago realizado.

2.

Realizar el corte de los ingresos y hacer el reporte respectivo a su autoridad superior, adjuntando para le efecto la boleta de depósito bancaria respectiva.

3.

Informar al receptor I, sobre los usuarios de servicios u otros ingresos que se niegan constantemente a realizar los pagos al día y que son recurrentes el atraso en sus pagos.

4.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con su jefe inmediato superior, con el personal de la Unidad Administrativa Integrada Financiera y población usuaria de servicios municipales. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD: Con el manejo de documentación relacionada con los ingresos percibidos en nombre de la municipalidad. ESPECIFICACIONES: Educación: Preferentemente Perito Contador Habilidades y Destrezas:

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

Para mantener relaciones interpersonales con compañeros de trabajo y beneficiarios de servicios públicos municipales.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Jefe de Presupuesto Dirección de administración integrada municipal Director AFIM Ninguno

financiera

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo que se encuentra ubicado dentro de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM), bajo la coordinación y supervisión del Director de la AFIM. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Diseñar, mantener y actualizar los reglamentos, instructivos y procedimientos internos, que permitan mejorar la técnica presupuestaria, en las fases de formulación, programación, ejecución, evaluación y liquidación del presupuesto municipal.

2.

Evaluar el grado de aplicación de las normas, sistemas y procedimientos para la elaboración del anteproyecto de presupuesto, la programación de la ejecución, el procesamiento contable de la ejecución de los pagos y las coherencias de la calidad y reportes del sistema integrado de administración financiera municipal.

3.

Participar en la elaboración de la política presupuestaria, así como en la formulación de la política financiera, que proponga la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM) a las autoridades municipales.

4.

Elaborar las propuestas de niveles de gastos de acuerdo a la política presupuestaria específica aprobada por la municipalidad.

5.

Elaborar la política presupuestaria previa, con las diferentes opciones de ingresos, a fin de someterlas a consideración del director de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM).

6.

Asesorar a las dependencias municipales en la elaboración de sus anteproyectos de presupuesto.

7.

Analizar y ajustar en conjunto con el Director de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM), acuerdo a la política presupuestaria 37

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

previa, los anteproyectos de presupuesto enviados por las dependencias municipales. 8.

Realizar la apertura del presupuesto aprobado por el Concejo Municipal.

9.

Proponer las normas técnicas complementarias a las establecidas en el Código Municipal para la formulación, programación de la ejecución, transferencias presupuestarias, evaluación y liquidación del presupuesto de las municipalidades.

10. Analizar y someter a consideración del Director de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM), las solicitudes de modificaciones presupuestarias presentadas por las dependencias. 11. Incorporar al sistema las modificaciones presupuestarias aprobadas por el Concejo Municipal. 12. Supervisar, controlar y apoyar la gestión presupuestaria de las dependencias de la municipalidad. 13. Evaluar la ejecución del presupuesto aplicando las normas y criterios establecidos en el código municipal, la ley orgánica de presupuesto y las normas internas de la municipalidad. 14. Analizar periódicamente y someter a consideración del director de la Unidad de Administración Integrada Municipal (AFIM) los informes sobre la ejecución del presupuesto de gastos. 15. Previo al registro del avance de obra física en el sistema, evaluar los reportes de avance remitimos por la Dirección Municipal de Planificación (DMP), así como verificar si los programas se están cumpliendo como fueron formulados, las causas de las desviaciones, si las hubiera, y proponer las medidas correctivas necesarias. 16. Analizar y elaborar a consideración del Director de la Unidad de Administración Integrada Municipal (AFIM), para someter a las autoridades municipales la información periódica sobre la ejecución de ingresos. 17. Llevar estadísticas de los proyectos, en coordinación con la Dirección Municipal de Planificación (DMP), y la Oficina de Servicios Municipales, que se ejecutan

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

en más de un período presupuestario, a fin de asegurar su financiamiento en los respectivos presupuestos. 18. Las demás funciones inherentes a la naturaleza del puesto de trabajo y de las actividades que le sean asignados por el director de la Unidad de Administración Integrada Municipal (AFIM), Alcalde Municipal o el Concejo Municipal. 19. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO: Con el Director de la AFIM. Con el jefe de Contabilidad. Con el jefe de planillas y compras. AUTORIDAD: Ninguna RESPONSABILIDAD Ante el Director de la AFIM, por el cumplimiento de las actividades relacionadas con la formulación presupuestaria y la evaluación de la ejecución del presupuesto de acuerdo a normas y leyes vigentes. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. Educación: Perito Contador de Preferencia. Habilidades y Destrezas: Conocimientos de la Metodología de Presupuesto de Programas. Conocimientos de Windows y Office.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Jefe de contabilidad Dirección de administración integrada municipal Director AFIM Ninguno

financiera

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo que se encuentra ubicado dentro de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal, bajo la coordinación y supervisión del Director de la Unidad de Administración Integrada Municipal (AFIM). ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Encargado de operación el Software aprobado por las entidades rectoras de la administración financiera municipal (Siafito-muni, Siaf muni, Sicoin Web, etc.).

2.

Elaboración de Estados Financieros Municipales.

3.

Operación y Control de los libros de los aportes del gobierno central.

4.

Llevar el control de egresos por renglón, manual (tarjetas) o electrónicamente (Excel, Siafito-muni, Siaf-muni, etc.)

5.

Administrar la gestión financiera del registro de la ejecución, de conformidad al Sistema Financiero y a los lineamientos emitidos por la Dirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas como órgano rector de la Contabilidad Integrada Gubernamental.

6.

Aplicar la metodología contable, la periodicidad, estructura y características de los estados financieros a producir, de acuerdo a las normas de contabilidad integrada gubernamental, dictadas por el Ministerio de Finanzas Públicas a través de la Dirección de Contabilidad del Estado, como ente rector de la Contabilidad Integrada Gubernamental.

7.

Analizar y verificar la documentación de respaldo para el registro de las diferentes etapas del gasto y el ingreso en el sistema contable.

8.

Registrar y validar en el sistema la ejecución presupuestaria de gastos e ingresos.

9.

Mantener actualizado el registro del endeudamiento municipal y donaciones. 40

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

10. Administrar el sistema contable que permita conocer en tiempo real la gestión presupuestaria, de caja y patrimonial, activos pasivos así como los resultados operativo, económico y financiero de la municipalidad. 11. Mantener actualizado el registro integrado de los bienes durables de la municipalidad. 12. Elaborar la caja fiscal mensualmente, o en su defecto los reportes generados a través del SIAF-MUNI, que la Contraloría General de Cuentas autorice en sustitución de la misma. 13. Participar en las operaciones de cierre presupuestario y contable. 14. Adoptar el Plan de Cuentas y los clasificadores contables establecidos por la Dirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, adecuados a la naturaleza jurídica, características operativas y requerimientos de información de la municipalidad. 15. Realizar mensualmente en el sistema la conciliación bancaria, observando para el efecto, los procedimientos establecidos en el mismo. 16. Analizar los ajustes a realizar a la información ingresada al sistema cuando sea necesario, a fin de lograr un adecuado registro de las operaciones que afectan la situación económica- financiera de la municipalidad. 17. Emitir opinión previa sobre las inversiones temporales de fondos que realice la municipalidad. 18. Realizar análisis e interpretación de los reportes y estados financieros para brindar información a nivel gerencial para la toma de decisiones. 19. Velar por la integridad de la información financiera registrada en el sistema, oportunidad de los registros y la razonabilidad de las cifras presentadas. 20. Resguardar el archivo de documentación financiera y de soporte de las operaciones de la municipalidad. 21. Las demás funciones inherentes a la naturaleza del puesto de trabajo y de las actividades que le sean asignadas por el Director de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal, el Alcalde Municipal y/o el Concejo Municipal. 41

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Director de la AFIM Con el jefe de Presupuesto. Con el jefe de Almacén e inventarios. Con el jefe de planillas y compras. AUTORIDAD: Ninguna RESPONSABILIDAD Ante el Director de la AFIM, dirigir, coordinar, controlar y aprobar las labores de registro de la ejecución del presupuesto en las etapas del compromiso, devengado y pagado en la ejecución de los gastos. Así como del devengado y percibido en la ejecución de los ingresos, de acuerdo a lo establecido en las normas y procedimientos vigentes. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. Educación: Perito Contador. Habilidades y Destrezas: Conocimiento de la Metodología del presupuesto por programas. Manejo del Sistema Integrado de Administración Financiera. Conocimiento de Windows y Office.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Jefe planillas y compras Dirección de administración integrada municipal Director AFIM Ninguno

financiera

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo que se encuentra ubicado dentro de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal, bajo la coordinación y supervisión del Director de la Unidad de Administración Integrada Municipal (AFIM). ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Efectuar la compra de todos los bienes, materiales, suministros y servicios que requiera la municipalidad.

2.

Solicitar al encargado de presupuestos la certificación de las disponibilidades presupuestarias para cualquier compra que se realice.

3.

Elaboración de la orden de compra, se procederá a llenarlo conforme a las solicitudes de compra y datos del proveedor seleccionando.

4.

Elaboración en forma mensual de las planillas del IGSS y su pago correspondiente.

5.

Elaborar las planillas y nominas de quincena y de fin de mes.

6.

Participar en las operaciones de cierre presupuestario y contable.

7.

Resguardar el archivo de documentación financiera y de soporte de las operaciones de la municipalidad.

8.

Las demás funciones inherentes a la naturaleza del puesto de trabajo y de las actividades que le sean asignadas por el Director de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal, el Alcalde Municipal y/o el Concejo Municipal.

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Director de la AFIM Con el jefe de Presupuesto. Con el jefe de Almacén e inventarios. 43

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

AUTORIDAD: Ninguna RESPONSABILIDAD Ante el Director de la AFIM, la adquisición de bienes materiales, suministros y servicios que requiera la municipalidad. Así como de la elaboración de las nominas y planillas, de acuerdo a lo establecido en las normas y procedimientos vigentes. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. Educación: Perito Contador. Habilidades y Destrezas: Conocimiento de la Metodología del presupuesto por programas. Manejo del Sistema Integrado de Administración Financiera. Conocimiento de Windows y Office.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Jefe almacén e inventario Dirección de administración integrada municipal Director AFIM Ninguno

financiera

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo que se encuentra ubicado dentro de la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal, bajo la coordinación y supervisión del Director de la AFIM. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Recepción de bienes y/o artículos de consumo que sean adquiridos por parte de la Municipalidad.

2.

Entregar los bienes y/o artículos de consumo que le sean requeridos, con base a la Solicitud/Entrega de Bienes, la cual solo debe contener los bienes, materiales o suministros que hayan en existencia.

3.

Elabora requisiciones de recepción y entrega de bienes y/o suministros.

4.

Trasladar a presupuesto la copia de la Recepción de Bienes y Servicios, para que se registre la etapa de devengado.

5.

Colocar a la Solicitud/Entrega de Bienes un sello que diga “no hay existencia” y la entregará al interesado para que, éste su vez, lo entregue a compras.

6.

Archivar adecuadamente la copia de la Recepción de Bienes y Servicios y el original de la Solicitud / Entrega de Bienes, cuando físicamente haya hecho entrega de los mismos.

7.

Identificar y ubicar adecuadamente todos aquellos bienes que se encomienden para su custodia y control, de manera que se facilite su localización.

8.

Controlar por medio de tarjetas numeradas y autorizadas, el ingreso, salida y existencia de los bienes y/o artículos, bajo su responsabilidad, tanto en unidades como en valores.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

9.

Enviar mensualmente a la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM), por medio de conocimiento, las copias de Recepción de Bienes y Servicios.

10. Enviar mensualmente a la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM), por medio de conocimiento, las copias de las Solicitudes / entrega de Bienes. 11. Archivar adecuadamente toda aquella documentación que tenga relación con los registros de almacén. 12. Elaboración y custodia de las tarjetas de responsabilidad de los empleados. 13. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO: Con el Director de la AFIM Con el Jefe de Presupuesto. Con el Jefe de Contabilidad. Con el jefe de planillas y compras. AUTORIDAD: Ninguna RESPONSABILIDAD Ante el Director de la AFIM, por el cumplimiento de las actividades relacionadas con la organización, recepción y entrega de bienes y/o artículos de consumo a unidades o áreas de la municipalidad. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. Educación: Perito Contador de Preferencia. Habilidades y Destrezas: Conocimiento de la Metodología del presupuesto por programas. Conocimiento de Windows y Office.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargado IUSI Dirección de administración integrada municipal Director AFIM Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo, donde se lleva el control Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI).

financiera

de la recaudación del

ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1. Organizar el catastro, su funcionamiento y control de la información existente, que incluye la información catastral del área urbana y rural del municipio. 2.

Elaborar una planificación para la actualización de la información registral y la sistematización de los archivos correspondientes.

3.

Ser responsable del traslado de la información básica para fortalecer el sistema de cobro y registro del IUSI.

4.

Enviar notas de cobro a los contribuyentes.

5.

Encargado directo de la recepción de los avisos notariales.

6.

Llevar el control de los ingresos mensualmente.

7.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Director de la AFIM Con el Jefe de Presupuesto. Con el Jefe de Contabilidad. Con el jefe de planillas y compras. AUTORIDAD: Ninguna RESPONSABILIDAD: De tener actualizados los registros.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Educación: Título de Perito Contador o Perito en Administración Pública. Habilidades y Destrezas: Para efectuar cálculos matemáticos. Otros Conocimientos: De Computación. De la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles Decreto Número 15-98 del Congreso de la República de Guatemala.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Tesorería Dirección de administración integrada municipal Director AFIM Ninguno

financiera

NATURALEZA DEL PUESTO: Dentro de la administración municipal es un puesto administrativo, encargado de la custodia y resguardo de los fondos y valores municipales, así mismo de la programación de los pagos que de conformidad con la ley procede efectuar.. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1. Cumplir sin excusa alguna, con todas las funciones, atribuciones y deberes que señala El Manual de Administración Financiera Integrada Municipal – (MAFIN), y además las siguientes: 2.

Programar el flujo de fondos de la municipalidad

3.

Custodiar los documentos de propiedad de la municipalidad o de terceros, que se pongan a su cargo.

4.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Director de la AFIM Con el Jefe de Presupuesto. Con el Jefe de Contabilidad. Con el jefe de planillas y compras. AUTORIDAD: Ninguna RESPONSABILIDAD: De tener actualizados los registros y de efectuar todo pago, observando los requisitos legales. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Educación: Título de Perito Contador Habilidades y Destrezas: Para efectuar cálculos matemáticos. 49

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

Otros Conocimientos: De Computación. Del Manual de Administración Financiera Integrada Municipal – (MAFIN).

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Director de la dirección municipal planificación Dirección municipal de planificación Alcalde Municipal Ninguno

de

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto técnico, cuya responsabilidad será ejecutar las funciones de planificación Municipal, mediante la elaboración, ejecución y control de planes de desarrollo urbano y rural, programas y proyectos, tomando en cuenta los planes y programas de Gobierno. Nota: Para los efectos del presente manual en todos los textos que aparezca las siglas DMP, deberá entenderse que se refiere a la Dirección Municipal de Planificación. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Cumplir sin excusa alguna, con todas las funciones, atribuciones y deberes que señala el artículo 96 del decreto 12-2002 Código Municipal, y además las siguientes:

2.

Realizar investigaciones periódicas de tipo administrativo, financiero, económico-social u otras áreas que sean necesarias a nivel municipal, que permitan obtener información para formular planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral de corto y mediano plazo, programas y proyectos y proporcionarles el seguimiento correspondiente. La investigación deberá realizarse con sentido participativo y contener una identificación, inventario y priorización de las necesidades del Municipio para determinar las soluciones correspondientes.

3.

Conformar y mantener actualizado un banco de datos del municipio, así como de perfiles de proyectos con base en las necesidades priorizadas.

4.

Identificar fuentes de financiamiento para los proyectos a ejecutar, recabar la información técnica respecto a procedimientos y condiciones.

5.

Establecer indicadores de gestión que permitan controlar el avance de los planes, programas y proyectos y a la vez tomar las medidas correctivas pertinentes.

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MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

6.

Proporcionar asesoría y asistencia técnica en materia de planificación al personal municipal, representantes legales de organizaciones comunales y Alcaldes Auxiliares u otras personas y entidades. Para el efecto deberá coordinar las acciones correspondientes.

7.

Someter a consideración del Concejo Municipal, por intermedio del Alcalde, la información relacionada con planes, programas y proyectos para que se tomen las decisiones correspondientes.

8.

Coordinar los asuntos de la Dirección Municipal de Planificación, con representantes del sector público, privado u otras organizaciones existentes en el municipio, departamento, región o a nivel nacional cuando sea procedente.

9.

Elaborar informes trimestrales de las actividades realizadas a nivel institucional y un informe anual que contenga la evaluación relacionada con el cumplimiento de objetivos y metas establecidas en el Plan de Desarrollo Urbano y Rural.

10. Preparar informes sobre resultados obtenidos en la gestión municipal, a efecto que sean divulgados por los medios correspondientes. 11. Proporcionar el apoyo técnico al Director de la AFIM en la formulación del anteproyecto de Presupuesto de la Municipalidad. 12. Realizar las demás actividades de su competencia cuando sea necesario o lo indique el Alcalde. 13. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO: Con el Alcalde Municipal, para recibir lineamientos de trabajo, proponer soluciones y presentarle los informes que sean necesarios. Con el Director de la AFIM y Secretario Municipal para proporcionar y obtener información relacionada con las actividades de la Oficina. Con los representantes de organizaciones comunales, Alcaldes Auxiliares y vecinos del municipio, para la obtención de información para formar los bancos de datos y perfiles de proyectos y proporcionarles información sobre sus gestiones. Con representantes de entidades públicas, privadas y otros organismos relacionadas con su trabajo. 52

MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE PATZICIA

Con el Concejo Municipal, cuando sea procedente. AUTORIDAD: Para requerir información ante las comunidades del Municipio y otras entidades públicas y privadas, por parte de la Municipalidad. Para gestionar en nombre de la Municipalidad, recursos financieros ante otras entidades. RESPONSABILIDAD: Porque los planes, programas y proyectos sean elaborados y presentados en su oportunidad, para su aprobación. De presentar los informes indicados en sus atribuciones. De la conformación y actualización del banco de datos y la elaboración de perfiles. De la custodia, conservación y uso de los documentos e información Oficina de Planificación.

a cargo de la

ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Poseer título de nivel medio, preferentemente en las carreras de Perito en Administración Pública o Bachiller en Administración Municipal u otras de igual naturaleza o con estudios en Arquitectura u otra equivalente. Experiencia: Preferentemente contar con un año en actividades similares en otras entidades. Habilidades y Destrezas: Para el manejo de grupos, especialmente adultos. Para establecer y mantener relaciones interpersonales. Para analizar e interpretar documentos e información. Para desenvolverse en grupos o equipos de trabajo. Para redactar. Para desarrollar con eficiencia la actividad de investigación.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Técnico Dirección municipal de planificación Director de la dirección municipal planificación Ninguno

de

NATURALEZA DEL PUESTO Trabajo técnico que consiste en facilitar y dirigir la promoción y gestión social a las diferentes comunidades, líderes de comités y alcaldes auxiliares, con el fin de promover la organización comunitaria y distribución efectiva de los servicios por todos los usuarios y contribuyentes. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Apoyar y planificar en forma participativa las actividades de promoción y gestión social, aplicando procedimientos técnicos en la recopilación de información relacionadas con las actividades del área.

2.

Implementar metodología, técnicas y procesos de Investigación Social, así como realizar censos de servicios públicos.

3.

Generar ideas y propuestas para mejorar las acciones de Promoción Social y Educación Sanitaria y Ambiental.

4.

Promover el uso racional y adecuado de los servicios públicos municipales y promover la aceptación y pago oportuno de tarifas.

5.

Proporcionar Educación Sanitaria dirigida al sector educativo y población en general.

6.

Elaborar materiales para educar y concientizar a las comunidades del buen uso de los servicios públicos municipales.

7.

Evaluar y medir el impacto de los servicios públicos municipales.

8.

Realizar otras actividades que le asigne su inmediato superior y autoridades municipales.

9.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

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RELACIONES DE TRABAJO Relación interna con el Director Municipal de Planificación y con los demás miembros de la unidad. Con demás personal municipal que tengan relación con la Unidad. Con representantes de comités y/o alcaldes auxiliares, con el fin de coordinar las acciones de promoción y gestión social. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD Realizar trabajos de campo, en cuanto a investigación participativa, levantamiento de censos, recopilación de información socioeconómica y perfiles de proyectos. De mantener actualizados los registros de formularios y/o formas elaboradas para la recopilación de información socioeconómica y de proyectos. Mantener reproducciones de los trabajos realizadas en cada comunidad atendida, para efectos de seguimiento o actualización. Ante el Director de la Dirección Municipal de Planificación, en cuanto a rendir informe de las actividades que realice. Actualizar y revisar la información recopilada por aldea, cantón, caserío, centros poblados, etc.; por tipo de proyecto; y por sector, entre otros. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Título a nivel medio o carrera afín al puesto. Dos años de experiencia en actividades de campo municipal, preferentemente en docencia para adultos. Habilidades: Para planear y ejecutar las acciones de gestión y promoción social. En la aplicación de técnicas participativas en el campo municipal y comunal.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Jefe de servicios públicos Oficina Municipal de servicios públicos Alcalde Guardianes, conserjes, peones municipales, albañiles, etc.

NATURALEZA DEL PUESTO Unidad administrativa cuyas funciones son: Planificar, organizar, dirigir y controlar la prestación de los servicios públicos municipales, bajo los principios de eficiencia, eficacia, equidad, desconcentración, descentralización y participación comunitaria, con el propósito de satisfacer las necesidades y expectativas de la población. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Planificar y dirigir las actividades relacionadas con la seguridad y vigilancia de las instalaciones municipales y sus bienes. Asimismo, de coordinar la limpieza del edificio municipal, mercado, polideportivo y calles principales.

2.

Presentar informes de mantenimiento, mejoras y ampliación de los servicios.

3.

Verificar el cumplimiento de los reglamentos municipales aplicables a los servicios públicos y proponer las reformas pertinentes.

4.

Supervisar periódicamente el estado de las instalaciones y el funcionamiento de los servicios, como base para aplicar y/o proponer al Concejo Municipal, por intermedio del Alcalde, las medidas correctivas.

5.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO Con el Alcalde Municipal, para coordinar actividades y recibir instrucciones. AUTORIDAD Sobre el personal a su cargo. RESPONSABILIDAD Sobre las funciones que tiene asignadas y mobiliario y equipo a su cargo. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Título a nivel medio. 56

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Habilidades y Destrezas: Manejo de personal y coordinación de actividades. Conocimientos: Sobre Reglamentos de Servicios y Leyes Municipales.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Peón Municipal Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto operativo, responsable del mantenimiento de calles y avenidas, mantenimiento de drenajes, recolección de basura y otras actividades que le sean asignadas por instrucciones superiores. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Mantenimiento de drenajes, de aguas negras y pluviales.

2.

Limpieza de calles.

3.

Mantenimiento y recolección de basura.

4.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con sus compañeros de trabajo. RESPONSABILIDAD: Cumplir con sus tareas diariamente. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. Educación: No es necesaria. Habilidades y Destrezas: Saber utilizar la herramienta que se le entrega para realizar sus labores.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Albañil Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto operativo, donde la actividad principal consiste en reparación de drenajes, tragantes, zanjeo y otros trabajos de reparación que sean necesarios. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Realizar reparaciones en las zonas donde surjan problemas con el servicio de agua potable, drenajes y tragantes.

2.

Reparaciones a todo trabajo que tenga que ver con los Edificios Municipales cuando sea necesario.

3.

Y todas aquellas que le sean delegadas y que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con todo el personal del departamento de mantenimiento. AUTORIDAD: Ninguna RESPONSABILIDAD: De realizar su trabajo de la forma más eficiente. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. Educación: No necesariamente. Habilidades y Destrezas: De manejar bien la herramienta que se utiliza en el trabajo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Guardián municipal Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo, al cual le corresponde velar por la seguridad de las instalaciones de la Municipalidad y los bienes dentro de la misma. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Velar por la seguridad dentro de la Municipalidad, dando aviso inmediato superior al encargado de cualquier anomalía que observe.

2.

Cumplir las órdenes .o instrucciones que emanen del jefe de servicios públicos y el Alcalde Municipal, y que estén fundadas en la ley.

3.

Informar al jefe de servicios públicos de cualquier problema relacionado con las instalaciones de la Municipalidad.

4.

Atender a las personas que utilizan los servicios de la Municipalidad con la cortesía y responsabilidad debidas.

5.

Cumplir las leyes y disposiciones vigentes relacionadas con el servicio, incluyendo ordenanzas, reglamentos u otras que emanen del jefe de servicios públicos o del Alcalde Municipal.

6.

Dar parte a las autoridades policíacas en los casos de un flagrante delito, siendo responsable de conformidad con la ley.

7.

Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean requeridas por parte del jefe de servicios públicos o el Alcalde Municipal.

8.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con el jefe de servicios públicos y el Alcalde Municipal en el cumplimiento de su trabajo. Con los usuarios de la Municipalidad. Con otras personas o entidades que por la naturaleza del servicio. 60

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AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD: Por la seguridad de las instalaciones y bienes dentro de las mismas. ESPECIFICACIONES: Educación: Tener certificado de sexto primaria. Habilidades y Destrezas: Para identificar oportunamente situaciones que pudieran poner en riesgo a las personas y sus bienes así como a las instalaciones de la Municipalidad.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Conserje Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Es un puesto operativo al que le corresponden actividades rutinarias, y su principal obligación es mantener limpio el mercado municipal. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Participar en la limpieza diaria que se realiza, ya sea barriendo o lavando el piso.

2.

Encender y apagar las luces y cambiar las que no funcionen.

3.

Revisar que todo lo existente que dejen bien cerradas las puertas.

4.

Abrir y cerrar todos los días.

5.

Supervisar para que depositen la basura en los lugares asignados.

6.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO Con su jefe inmediato superior y con sus compañeros de trabajo. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD Porque se mantenga limpio. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Ninguna Habilidades: Efectuar labores de limpieza. Otros Conocimientos: Saber leer y escribir.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargado de rastro municipal Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Es un puesto dependiente de la oficina de Servicios Públicos encargado de velar por las instalaciones destinadas al sacrificio y destace de ganado mayor y menor para consumo humano, cumpliendo con normas higiénicas y sanitarias del código de Salud, Reglamento de mataderos, al Reglamento de Control de Alimentos, y los que en su orden deben ser observados. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Cumplir y velar porque se cumpla lo establecido en el Reglamento Interno del Rastro Municipal.

2.

Es el responsable de la recepción de ganado, y que las instalaciones se abran y se cierren a la hora establecida.

3.

Revisar las instalaciones y el equipo del rastro, reportar cualquier desperfecto, hacer las gestiones necesarias ante el Coordinador de la Oficina de Servicios Públicos Municipales para su reparación.

4.

Llevar registro de los animales que ingresan para el destace, verificando que se cumplan los requisitos correspondientes, con énfasis en lo relacionado con la posesión legal del ganado por parte de los abastecedores y carniceros.

5.

Llevar el control del cobro de las tasas y precios por servicio de destace y otros que preste el rastro, y presentar los informes correspondientes.

6.

Realizar la limpieza de las instalaciones, cuidando que después de cada jornada se haga un lavado completo de la playa de matanza.

7.

Verificar que los animales sean sometidos a inspección sanitaria, antes y durante el sacrificio, de tal forma que se proceda a sellar la carne calificada para consumo humano y se extiendan constancias de decomisos si proceden.

8.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. 63

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RELACIONES DE TRABAJO Con los encargados de las áreas de trabajo. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD Las que le sean asignadas que sean inherentes al cargo. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Nivel primario como mínimo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargado de cementerio municipal Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Puesto dependiente de la oficina de Servicios Públicos encargado del espacio físico adecuado para inhumaciones y velar porque las instalaciones permanezcan en condiciones de higiene y ornato. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Establecer con el apoyo de la Dirección Municipal de Planificación, un registro y mapa del espacio utilizado y disponible en el área destinada a cementerio.

2.

Asignar los predios y nichos del cementerio que otorgue en venta la Municipalidad.

3.

Llevar un libro de las inhumaciones que se verifiquen en el mes, separando los que han fallecido en hospitales y establecimientos públicos.

4.

Presentar mensualmente al Secretario Municipal, una copia de las partidas del libro de inhumaciones.

5.

Supervisar que las construcciones llevadas a cabo en el cementerio, estén autorizadas por la Municipalidad.

6.

Supervisar el mantenimiento de la limpieza y ornato en el cementerio.

7.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO Con los encargados de las áreas de trabajo. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD Las que le sean asignadas que sean inherentes al cargo. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: 65

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Nivel primario como mínimo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargado de los Desechos Sólidos Extracción de Basura Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

y

NATURALEZA DEL PUESTO Puesto dependiente de la oficina de Servicios Públicos encargado del servicio de aseo, barrido de calles, recolección, disposición final de basuras y tratamiento de desechos sólidos. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Por las características de este servicio, puede prestarse en forma directa por la municipalidad o bien por concesión del servicio, con lo cual varían sus funciones.

2.

Establecer estudios en coordinación con la Dirección Municipal de Planificación, para determinar el volumen y manejo de desechos sólidos que se producen en el municipio, tanto a nivel domiciliar como industrial.

3.

Establecer estudios en coordinación con la Dirección Municipal de Planificación, para determinar la disponibilidad de áreas para el manejo y disposición final de los desechos sólidos en el municipio o en otro u otros municipios cercanos.

4.

Identificar las áreas que la población utiliza como botaderos de basura clandestinos, para promover su limpieza y saneamiento y contribuir así, a la no contaminación del medio ambiente.

5.

Formular e impulsar campañas de sensibilización y educativas para que la población maneje adecuadamente los desechos sólidos.

En cuanto al sistema de administración del servicio de manejo de los desechos sólidos, se tienen las funciones específicas siguientes: 1.

Por Administración Municipal individual o mancomunadamente.

2.

Llevar un registro de los usuarios del servicio de recolección de basura. 67

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3.

Establecer la ruta para la recolección periódica de basura a nivel domiciliar como de los edificios e instalaciones municipales.

4.

Elaborar un programa de limpieza y recolección de basura en mercados y áreas públicas.

5.

Definir un programa para el manejo de los desechos sólidos recolectados en el municipio.

Por concesión. 6.

Regular y supervisar el funcionamiento del servicio y evaluar el desempeño de las empresas responsables de la recolección, traslado y disposición de la basura, tomando en cuenta condiciones contractuales. De conformidad con los artículos 76 y 77 del Código Municipal, las municipalidades pueden intervenir temporalmente los servicios municipales por deficiencias en la prestación de los mismos o por la contravención de las regulaciones establecidas.

RELACIONES DE TRABAJO Con los encargados de las áreas de trabajo. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD Las que le sean asignadas que sean inherentes al cargo. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Nivel primario como mínimo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargado del Alumbrado Público Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Puesto dependiente de la oficina de Servicios Públicos consiste en establecer un sistema de iluminación por medio de de la energía eléctrica en los sitios públicos, tales como calles, avenidas, parques, jardines, plazas de uso común que permita a los habitantes de una localidad la visibilidad nocturna. Implica, además iluminar las dependencias y áreas públicas. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Realizar revisiones periódicas a las luminarias del alumbrado público.

2.

Efectuar la limpieza de las lámparas y cambio de las luminarias.

3.

Reportar al Coordinar de la Oficina de Servicios Públicos Municipales, cualquier anomalía en el alumbrado.

4.

Llevar registro de los vecinos beneficiados con el servicio Alumbrado Público.

5.

Velar porque el servicio esté en buen estado.

6.

Realizar otras funciones asignadas por el Coordinador de la Oficina Municipal de Servicios Públicos.

7.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO Con los encargados de las áreas de trabajo. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD Las que le sean asignadas que sean inherentes al cargo. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Nivel primario como mínimo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Fontanero Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Le corresponde realizar las tareas relativas a la operación del sistema y mantenerlo en condiciones óptimas. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Supervisar las tareas de los ayudantes.

2.

Efectuar la conexión, corte y reconexión de los servicios.

3.

Revisar y reparar la línea de conducción y la red de distribución.

4.

Instalación de los servicios.

5.

Chequear la turbidez del agua a la entrada y salida de la planta.

6.

Tratamiento del agua, dosificando los químicos de acuerdo al caudal y turbidez.

7.

Llevar un registro del caudal de entrada a la planta cada cuatro horas.

8.

Controlar la pérdida de carga en los filtros de la planta de tratamiento y proceder a lavarlos.

9.

Chequear el voltaje previo al encendido a los equipos de bombeo.

10. Encender y apagar los equipos de bombeo, conforme al horario de distribución establecido. 11. Tomar diariamente la lectura del medidor de energía eléctrica, al encender y apagar los equipos y reportarlo al encargado del área financiera, para que sea comparado con el reporte de consumo recibido por parte de la empresa eléctrica. 12. Tomar lectura de los medidores de consumo de agua y trasladarla al encargado de facturación y cobranza. 13. Controlar las llaves de distribución e ingreso al sistema de conducción de agua. 70

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14. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO Con su inmediato superior para recibir instrucciones y con los peones municipales para estandarizar las tareas. AUTORIDAD Para asignar tareas a los peones. Para evaluar el desempeño de los ayudantes. RESPONSABILIDAD De contribuir al mantenimiento de las instalaciones del sistema de agua potable. De la herramienta que le sea asignada para el cumplimiento de sus atribuciones. De que sus subalternos cumplan con sus atribuciones ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Poseer Diploma de Educación Primaria. Habilidades: Para recibir, asimilar y trasmitir instrucciones. Para detectar desperfectos en las instalaciones y equipo.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Administrador del mercado Oficina Municipal de servicios públicos Jefe de servicios públicos Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Es un puesto administrativo que comprende la coordinación y dirección de las actividades del mercado municipal. Le corresponde dirigir y controlar el mantenimiento de las instalaciones, el cobro de los arbitrios del mercado y resolver los problemas que surjan entre los vendedores. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Realizar las actividades conforme el Reglamento vigente.

2.

Organizar a los arrendatarios de acuerdo a la clase de negocio.

3.

Llevar un registro ordenado y actualizado de arrendatarios permanentes de los locales del mercado, que incluya datos de la persona que pueda hacerse cargo del local, en caso de faltar el arrendatario.

4.

Realizar y controlar el cobro diario del piso de plaza y controlar que se efectúe el pago mensual por los arrendatarios de locales.

5.

Atender el horario de apertura y cierre de las instalaciones que apruebe la Municipalidad.

6.

Entregar en la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM), el dinero recaudado diariamente en concepto de piso de plaza.

7.

Asignar y dirigir las labores de vigilancia y aseo del mercado.

8.

Distribuir el espacio de piso de plaza a los vendedores.

9.

Verificar que se efectúe la limpieza del mercado.

10. Atender y resolver querellas de los inquilinos. 11. Llevar un registro estadístico diario de los ingresos, en un libro autorizado por el Alcalde, con fines de estudio y estimación del presupuesto anual, así como

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para determinar la factibilidad de mejorar las condiciones de funcionamiento del mercado con los ingresos que genere el servicio. 12. Redactar y tramitar correspondencia relacionada con el mercado a su cargo. 13. Atender a las personas interesadas en obtener la autorización de locales. 14. Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas. 15. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO Con su jefe inmediato superior, para recibir instrucciones, hacer consultas, la supervisión de sus actividades y proporcionar información que le sea requerida. Con sus compañeros de trabajo, para apoyarlos en el desarrollo de las actividades asignadas. Con personal de la AFIM para la recepción de comprobantes de cobro y entrega de las sumas recaudadas. Con los arrendatarios y usuarios del mercado. AUTORIDAD Para recaudar lo relacionado con piso de plaza del mercado. Para asignar el espacio de piso de plaza a vendedores ambulantes. Para aplicar el reglamento de mercado municipal. RESPONSABILIDAD Por el manejo de los comprobantes de pago que se le entreguen en la Unidad de Administración Financiera Municipal (AFIM) Por la custodia y entrega de los valores recaudados. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Haber aprobado el tercer grado de Educación Básica. Habilidades: Para dirigir el trabajo de un grupo de subalternos dedicados a ejecutar tareas administrativas en un mercado. 73

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Para tomar decisiones de trabajo de acuerdo a los reglamentos y procedimientos. Para establecer y mantener relaciones efectivas de trabajo con sus compañeros, arrendatarios de los mercados y con el público. Otros Conocimientos: Conocimiento de los reglamentos y procedimientos de mercados municipales. Conocimiento de procedimientos de oficina y elaboración de informes.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Jefe policía municipal Policía municipal de seguridad Alcalde municipal Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Mantener el orden y vigilancia de las instalaciones municipales. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1. Inspeccionar la presentación, conducta y cumplimiento de la policía municipal, de acuerdo a sus atribuciones 2.

Dar instrucciones a sus subalternos, para que se mantenga el orden y disciplina fuera y dentro de las instalaciones municipales

3.

Gestionar capacitación para el personal de la policía municipal, para servir con más eficiencia al Gobierno Municipal

4.

Velar por el mantenimiento y conservación del equipo de trabajo

5.

Vigilar todos los bienes municipales

6.

Dar seguridad y protección a las autoridades municipales, cuando desarrollan actividades públicas.

7.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO Con el Alcalde Municipal, para coordinar actividades y recibir instrucciones. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD Sobre las funciones que tiene asignadas y mobiliario y equipo a su cargo. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Educación Media Preparación militar Conocimiento del Reglamento de la Policía Municipal

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Agente policía municipal Policía municipal de seguridad Jefe policía municipal Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Mantener el orden y vigilancia de las instalaciones municipales. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1. Velar porque se mantenga orden y disciplina dentro y fuera de las instalaciones del edificio municipal, mercado y otros. 2.

Mantenerse uniformado durante el horario establecido.

3.

Conducirse decorosamente, para que la autoridad que representa sea reconocida y respetada por los vecinos.

4.

Elaborar informe diario de sus actividades al superior inmediato.

5.

Auxiliar a sus compañeros en el fiel cumplimiento de las atribuciones que correspondan.

6.

Desempeñar los servicios que se le asignen de conformidad con el Reglamento.

7.

Realizar actividades que le sean requeridas por instrucciones superiores.

8.

Llevar y traer mensajería cuando el caso lo amerite dentro y fuera de la jurisdicción municipal.

9.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO Con el Alcalde Municipal, para coordinar actividades y recibir instrucciones. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD Sobre las funciones que tiene asignadas y mobiliario y equipo a su cargo.

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ESPECIFICACIONES DEL PUESTO Educación: Educación Primaria.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargado de la oficina de acceso a la información publica Oficina de acceso a la información publica Alcalde municipal Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo, que a su vez atenderá los requerimientos de toda persona individual o jurídica, pública o privada sin discriminación alguna, el derecho a solicitar y a tener acceso a la información pública, que tenga que ver con la gestión administrativa de la Municipalidad. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Mantener formularios modelos de solicitud de información, que tenga como propósito facilitar el acceso a la información pública, cuando la solicitud fuere por escrito.

2.

La obligación del encargado de la Unidad de Información Pública Municipal, de advertir a l o los interesados sobre la responsabilidad penal y civil por el uso, manejo y difusión de la información pública a la que tenga acceso, de conformidad con lo que establece la ley específica.

3.

Mantener actualizada y disponible, en todo momento la información a la que se refiere el artículo 10 del decreto 57-2008 del Congreso de la República Ley de Acceso a la Información Pública, con las limitaciones que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, la que por disposición expresa de una ley sea considerada confidencial, y lo que se establezca de igual manera por los tratados o convenios internacionales ratificados por el Estado de Guatemala que tengan cláusula de reserva.

4.

Respetar y velar por que se cumplan con la información confidencial y reservada que señalan los artículos 22 y 23 del decreto 57-2008 del Congreso de la República Ley de Acceso a la Información Pública.

5.

Actualizar la información en un plazo no mayor de treinta días, después de producirse cualquier cambio, respecto a la información que haya que proporcionar.

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6.

Verificar que la solicitud de información pública a petición de interesado llene o consigne los datos que señala el artículo 41 del decreto 57-2008 del Congreso de la República Ley de Acceso a la Información Pública.

7.

Brindar la información requerida que llene los requisitos establecidos en la ley, en base a los plazos que señalan los artículos 42,43 y 44 del decreto 57-2008 del Congreso de la República Ley de Acceso a la Información Pública.

8.

Y todas aquellas que por su naturaleza o por mandato legal sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con el Concejo Municipal, mediante su participación en sesiones con funciones de lo que el concejo estime necesario en cuanto a sus funciones. Con el Alcalde, para recibir instrucciones, presentar informes proyectos y demás gestiones, así como hacer consultas con personal de las diferentes áreas sobre la información que se deba tener actualizada. Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y unidades subalternas en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas. Con los vecinos del municipio y/o cualquier persona que requiera información sobre la gestión administrativa de la Municipalidad. RESPONSABILIDAD: Por toda alteración, omisión, falsificación o suplantación cometida en las los documentos o informes que extienda a las personas que soliciten información. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO: Ser guatemalteco de origen. Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos. Título de nivel medio como mínimo. Habilidades y Destrezas Tener buenas relaciones personales, para atender a la población. Otros Conocimientos Sobre el Código Municipal, Ley de Servicio Municipal y Código de Trabajo, y de manera obligatoria el manejo del decreto 57-2008 del Congreso de la República Ley de Acceso a la Información Pública. 79

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargado de la oficina de relaciones publicas Oficina de relaciones publicas Alcalde municipal Encargado de la biblioteca e internet

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto técnico cuya responsabilidad será de divulgación de los planes, programas, proyectos y logros municipales, mediante la elaboración y distribución de boletines informativos u otros materiales divulgativos, a través de los medios de comunicación adecuados. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1. Dirigir y supervisar las campañas publicitarias que la Municipalidad promueve por los diferentes medios de comunicación. 2.

Atender y orientar al público que desee entrevistarse con funcionarios y autoridades de la Municipalidad.

3.

Coordinar con el comité las festividades que realice la Municipalidad.

4.

Asistir a los eventos técnico-culturales, deportivos y sociales de la Municipalidad, dando a conocer en boletines especiales los resultados obtenidos.

5.

Promover ciclos de conferencias, actos sociales y culturales para el personal de la Municipalidad.

6.

Coordinar con entidades del sector público y privado, actividades de acercamiento en los campos sociales, culturales y deportivos.

7.

Resolver consultas y proporcionar información que le sea solicitada por los educandos y público en general, que desea enterarse del funcionamiento de la Municipalidad.

8.

Preparar informes sobre resultados obtenidos en la gestión municipal a efecto que sean divulgados por los medios correspondientes.

9.

Cubrir los actos protocolarios durante la participación de las autoridades municipales en eventos informativos, inauguración de obras o de otra índole.

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10. Realizar las demás actividades de su competencia cuando sea necesario o lo indique el Alcalde. 11. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO: Con el Alcalde Municipal, para recibir lineamientos de trabajo, proponer soluciones y presentarle los boletines e informes que sean necesarios. Con el Director de la AFIM para coordinar la asignación de recursos para las diferentes publicaciones. Con los representantes de organizaciones comunales, Alcaldes Auxiliares y vecinos del municipio, para la obtención de información que servirá para la emisión de boletines informativos. Con representantes de entidades públicas, relacionadas con su trabajo.

privadas u

otros organismos,

Con el Concejo Municipal, cuando sea procedente. AUTORIDAD: Para solicitar información ante las comunidades del Municipio y otras entidades públicas y privadas, por parte de la Municipalidad. RESPONSABILIDAD: De presentar los informes indicados en sus atribuciones. Por la divulgación de información oportuna y veraz, de las acciones realizadas por la Municipalidad. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. Educación: Poseer título a nivel medio, preferentemente en las carreras de Perito en Administración Pública o Bachiller en Administración Municipal u otras de igual naturaleza o con estudios en Periodismo u otra equivalente. Experiencia: Preferentemente contar con un año en actividades similares en otras entidades. Habilidades y Destrezas:

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Para tratar con educación y cortesía a funcionarios, empleados públicos, periodistas y público en general. Para expresarse en forma clara y concisa, verbalmente y por escrito. Para establecer y mantener relaciones interpersonales. Para analizar e interpretar documentos e información. Para desenvolverse en grupos o equipos de trabajo. Para desarrollar con eficiencia la actividad de investigación.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargado de la biblioteca e internet Oficina de relaciones publicas Encargado de la oficina de relaciones publicas Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo, cuya responsabilidad es atender a los usuarios que hacen uso de los servicios de la biblioteca municipal y de gestionar ante diferentes instalaciones la donación de libros y material didáctico que contribuya a promover la educación y la cultura. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Clasificar el material existente por tema, materia y tipo de publicación (ciencia, arte, investigación, novelas, periódicos, etc.).

2.

Elaborar fichas bibliográficas para consulta de usuarios y usuarias.

3.

Atender cortésmente al público y orientar a los usuarios sobre los libros a utilizar según área de interés.

4.

Registrar diariamente a las personas que hagan uso de la biblioteca y la bibliografía utilizada y hacer los reportes que correspondan.

5.

Elaborar listados de libros que solicitan las personas y no se encuentran en la Biblioteca para futuras gestiones de donación.

6.

Velar por el orden y disciplina en el área de estudio de la biblioteca y el uso adecuado de los libros.

7.

Enviar semestralmente al Instituto Nacional de Estadística –INE- un informe de asistencia de usuarios y la existencia de libros.

8.

Velar por el resguardo de libros y artesanías.

9.

Mantener limpias las instalaciones y mobiliario de la biblioteca y sala de Internet.

10. Mantener un inventario actualizado de los libros en existencia. 11. gestionar ante el Alcalde, Banco de Guatemala y otras entidades públicas y privadas, donaciones de libros y otro material didáctico. 83

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12.

Elaborar boletines que promuevan el uso del material existente por parte de la población, especialmente los estudiantes.

13. Atender y apoyar a las personas que hagan uso del servicio de Internet. 14. Velar por el buen uso del equipo de computación. 15. Llevar control de tiempo de uso de Internet, para el cobro correspondiente. 16. Gestionar la adquisición e instalación de dispositivos de seguridad para la protección de los equipos de computación existentes. 17. Llevar control de los servicios de mantenimiento del equipo de computación y gestionar ante su jefe superior, las reparaciones que sean necesarias. 18. Llevar registro y control del número de copias impresas, quemado de CD´s, hojas escaneadas y otros servicios y reportar diariamente a la Unidad de Administración Financiera Integrada Municipal (AFIM), los ingresos por este concepto. 19. Establecer horarios para el uso de Internet que faciliten el acceso al servicio a mayor número de personas, especialmente estudiantes. 20. Informar a su jefe inmediato superior de cualquier problema que se presente en su área de trabajo. 21. Realizar otras actividades inherentes al cargo, que le sean asignadas por su jefe inmediato superior. 22. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIONES DE TRABAJO: Con su jefe inmediato superior, para recibir lineamientos de trabajo y proponer acciones para la mejora del servicio. AUTORIDAD Ninguna. RESPONSABILIDAD: Por el mobiliario y equipo asignado. ESPECIFICACIONES: 84

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Educación Poseer Título a nivel diversificado. Habilidades y Destrezas Para tratar con cortesía a los usuarios del servicio. Para establecer y mantener buenas relaciones interpersonales. Para el manejo del equipo de oficina y de computación asignado a su labor.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargada de la oficina municipal de la mujer Oficina municipal de la mujer Alcalde municipal Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO: Es un puesto administrativo nombrado por el Concejo Municipal, donde se planifica, organiza, evalúa, capacita y se le da seguimiento a las actividades de la mujer, buscando con ello satisfacer sus necesidades, fomento de su liderazgo comunitario, participación económica, social y política, pudiendo ser extensivo el trabajo a la niñez, juventud, adulto mayor. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Cumplir sin excusa alguna, con todas las funciones, atribuciones y deberes que señala el artículo 96 Ter, del decreto 12-2002 Código Municipal, y además las siguientes:

2.

Visitar las diferentes comunidades del municipio para formar grupos de mujeres con el fin de fomentar el valor de las mujeres y realizar actividades que estimule su desarrollo.

3.

Gestionar ante el Instituto Nacional Técnico de Capacitación (INTECAP) u otro similar, capacitaciones con el fin que las mujeres, aprendan oficios que estimulen su desarrollo intelectual y económico, para coadyuvar en el desarrollo social y económico de la familia.

4.

Ofrecer apoyo a instituciones que brinden jornadas sociales o de beneficencia, en beneficio de las comunidades cuando así lo requieran, como jornadas médico dentales, oftalmológicas, medicina general, entrega de víveres, entre otras.

5.

Planificación de capacitaciones que fomenten los principios morales y métodos de superación personal en la niñez y la juventud.

6.

Visitar comunidades con el fin de conocer necesidades de personas de la tercera edad y proponer a la dependencia encargada que sean incluidos en el programa adulto mayor, con hechos fehacientes de la necesidad.

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7.

Visitar a las comunidades, para conocer sus necesidades, de manera especial de las mujeres, niños y ancianos, con el fin de presentar propuestas de solución al Concejo Municipal.

8.

Cumplir con los requerimientos que le solicite su jefe inmediato.

9.

Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo.

RELACIONES DE TRABAJO: Con su jefe inmediato y trabajadores por jubilarse. AUTORIDAD: Ninguna RESPONSABILIDAD: De realizar su trabajo de la forma más eficiente. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO. Educación Universitaria. Habilidades y Destrezas Coordinar, planificar y ejecutar Otros Conocimientos De computación, de lenguas y dialectos.

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TITULO DEL PUESTO: ÓRGANO: AUTORIDAD SUPERIOR: SUBALTERNOS:

Encargada de la oficina municipal del medio ambiente Oficina medio ambiente Alcalde municipal Ninguno

NATURALEZA DEL PUESTO Es un puesto técnico, que le corresponde proporcionar asistencia en el uso y conservación de los recursos naturales, así como mantenimiento como inspecciones de viveros, reforestaciones, plantaciones y rozas, para prevención de desastres que puedan afectar al sector forestal. ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES DEL PUESTO: 1.

Participar en las reuniones del equipo de trabajo

2.

Elaboración de planificación mensual y anual conforme a los formatos determinados por el Coordinador de la Instituto Nacional de Bosques.

3.

Elaboración de informes mensuales y anuales de avances en base a las planificaciones, presentarlas al Alcalde municipal.

4.

Elaboración y actualización del diagnóstico forestal de la situación actual del municipio, considerando las organizaciones que trabajan en el área (COCODES y COMUDES), cobertura, proyectos que ejecutan, proyectos planificados, fuentes financieras, problemas y necesidades.

5.

Planificar y proponer las acciones municipales en las líneas ambiental y forestal.

6.

Formular y gestionar proyectos agroforestales y ambientales

7.

Mantener actualizada una base de datos de productores organizados y ONG`s que trabajen en el municipio en el campo agrícola forestal.

8.

Elaborar y actualizar un croquis del municipio que incluya las comunidades atendidas por ONG`s e instituciones gubernamentales indicando el tipo de proyecto que ejecutan en el tema ambiental.

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9.

Identificar ideas o proyectos generados por ONG`s, organizaciones de productores, DMP y otras instancias del municipio, ubicando los documentos base y la situación en que se encuentran.

10. Impulsar proyectos de impacto rápido de desarrollo económico local priorizados por una comisión adoc integrada por representantes de la Municipalidad. 11. Promover la integración de comisiones de trabajo para el seguimiento de los proyectos priorizados. 12. Promover la coordinación entre las organizaciones del municipio, conformando una red de cooperación técnica y financiera. 13. Realización de talleres de capacitación, sobre Educación Ambiental. 14. Realizar por requerimiento del Alcalde Municipal otras actividades afines a su puesto. 15. Y todas aquellas que por su naturaleza sean inherentes al cargo. RELACIÓN DE TRABAJO: Con el Alcalde Municipal. Con el personal municipal de la Dirección Municipal de Planificación. Con representantes de consejos comunitarios de desarrollo (COCODES), con el fin de coordinar las acciones de promoción y gestión social. RESPONSABILIDAD: Realizar trabajos de campo, sobre investigación participativa, levantamiento de censos, recopilación de información socioeconómica y perfiles de proyectos Mantener reproducciones de los trabajos realizadas en cada comunidad atendida, para efectos de seguimiento o actualización Rendir informes del trabajo ante el Alcalde Municipal. Actualizar y revisar la información recopilada por aldea, cantón, caserío, centros poblados, etc.; por tipo de proyecto; y por sector entre otros REQUISITOS DEL PUESTO: Educación 89

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Título a nivel medio o carrera afín al puesto (Perito Agrónomo de preferencia) Experiencia Dos años de experiencia en actividades de campo municipal, preferentemente en docencia para adultos. HABILIDADES Y DESTREZAS: Para comunicarse con sus vecinos e identificarse con sus necesidades. Buena redacción y ortografía, licencia de conducir motocicleta y carro. Conocimiento de promoción social, metodologías participativas y leyes relacionadas al trabajo. Para planear y ejecutar las acciones de gestión y promoción social. En la aplicación de técnicas participativas en el campo municipal y comunal.

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