Informe sobre la situacion real del racismo y la xenofobia en el Estado espanol

Informe sobre la situacion real del racismo y la xenofobia en el Estado espanol Mayo 2002 1 INDICE INTRODUCCIO N Coordinacio n Red ENAR Espana 1- ...
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Informe sobre la situacion real del racismo y la xenofobia en el Estado espanol

Mayo 2002

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INDICE INTRODUCCIO N Coordinacio n Red ENAR Espana 1- RACISMO Y GENERO Federacio n de Mujeres Progresistas 2- RACISMO SOCIAL Y CULTURAL: EDUCACIO N Asamblea de Cooperacio n por la Paz (ACPP) 3- PUEBLO GITANO Asociacio n Nacional Presencia Gitana 4- EXTRANJERIA Federacio n de Asociaciones de SOS Racismo del Estado espanol 5- ASILO Y REFUGIO Comisio n Espanola de Ayuda al Refugiado (CEAR) 6- MENORES EXTRANJEROS Federacio n de Asociaciones de SOS Racismo del Estado espanol

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Informe ENAR sobre la situacion real del racismo en el Estado espanol

INTRODUCCIO N Con este informe, las organizaciones sociales que componemos la Red ENAR en el estado espan ol queremos exponer la realidad que vive el racismo y la xenofobia en un estado como Espan a, donde creemos no se conoce por la sociedad la verdadera situacion de temas como la extranjerıa o la realidad del pueblo gitano. Siendo e ste el principal objetivo del Informe, dar a conocer la situacion real, de ahıel adjetivo an adido en el encabezamiento, es nuestro intere s mostrar a las organizaciones europeas y con ello a la sociedad de la Union Europea cuales son las bases sobre las que se mueve el gobierno espan ol en estos temas, ante su practica habitual de esconder esta realidad ante las Instituciones europeas No se abordan en los apartados de los que se compone este informe todas las realidades acontecidas, por la imposibilidad material y de espacio para recogerlas todas, pero si las que hemos considerado mas significativas. Ocurren, ademas, en un Estado donde, por ejemplo, el porcentaje de inmigracion es de los menores en Europa y en cambio el balance del proceso de integracion y de recepcion de esta poblacion por la sociedad es bastante negativo, o por lo menos, las bases en las que se esta asentando este proceso de obtencion de la ciudadanıa europea, muy preocupantes si hablamos de racismo y xenofobia. Destacar que, por no hacer un informe demasiado voluminoso y falto de atraccion para sus lectores, hemos realizado un resumen de la informacion que queremos transmitir, sen alando al final de cada parte toda una serie de informes y documentos que reflejan de manera mas extensa y concreta la situacion que denunciamos. A esta documentacion complementaria, que recomendamos a todos aquellos que quieran profundizar en esta realidad, an adimos contactos de asociaciones que a diario conviven con una situacion, la espan ola, marcada por la actitud preocupante de unas autoridades y por una imposibilidad de denunciar hechos ante los intereses polıticos que hay en juego, la manipulacion y sensacionalismo de determinados medios de comunicacion y la falta de recursos y de acceso a lo que se mueve en Europa. Es por esta circunstancia por la que queremos dar un impulso a la Red ENAR y por lo que presentamos este informe, esperando que en breve tiempo podamos realizar una nueva edicion mas completa y detallada, y que la podamos trasladar a todos los miembros de la Red en Europa. Con ello, con este informe y con este nuevo impulso, si que nos veremos con legitimidad para solicitar de las organizaciones sociales europeas una difusion de esta realidad, que desmonte las medias verdades en que basa el Gobierno espan ol su polıtica. Coordinacion ENAR ESPAN A

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Informe ENAR sobre la situacion real del racismo en el Estado espanol

2- RACISMO SOCIAL Y CULTURAL: EDUCACION Asamblea de Cooperacion por la Paz

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Distorsio n del feno meno migratorio.

Hasta mediados de los an os 70 Espan a era aun una sociedad de emigrantes. Sin apelar a la antigu edad mas o menos remota (La Conquista de Ame rica por ejemplo), la historia reciente de Espan a registra importantes procesos migratorios. En comunidades como Galicia por ejemplo, es com“ n encontrar lujosas mansiones, escuelas y monumentos, construidas con el dinero de aventureros afortunados que se enriquecieron en tierras Americanas. Los llamados Indianos fueron inmigrantes, algunos incluso calificables como refugiados economicos. Esa realidad de un pasado relativamente reciente, salvando diferencias importantes, sobrevive aun en nuestros dıas. Actualmente, el n“ mero de espan oles residentes en el extranjero es significativo, incluso comparable con el n“ mero de inmigrantes acogidos por el Estado Espan ol. Las directivas de armonizacion legislativa impuestas por la Comunidad Economica Europea (”CEE„) a sus potenciales socios, exigıa ciertos parametros de control a la inmigracion extracomunitaria, resultando en la aprobacion de la Ley de Extranjerıa en 1985, justo antes de la incorporacion de Espan a a la CE. A raız de los debates que resultaron en la aprobacion de la referida legislacion, el fenomeno migratorio (relativamente desapercibido anteriormente) empieza a ser concebido como un problema en Espan a. La inmigracion a partir de entonces, surge como chivo expiatorio de los problemas nacionales. Los medios de comunicacion junto a otros agentes creadores de opinion p“ blica, incitan el dan ino y potencialmente peligroso paralelismo entre inmigracion y delincuencia. Como resultado de este proceso, se percibe cierta distorsion que afecta a sectores importantes de la poblacion Espan ola en su vision de los inmigrantes en particular y de la inmigracion en sentido general, fenomeno que ha pasado a ser entendido como un ”problema„. En sentido general, el llamado ”Problema de la Inmigracion„ puede ser descompuesto en una serie de factores de ındole social, economico, historico, religioso, cultural, polıtico y mediatico. Desde la optica socio cultural, consideramos razonable aislar como factores preponderantes los siguientes: -

Sobrevaloracio n de la relacio n entre inseguridad e inmigracio n.

Tradicionalmente y en particular a partir de los acontecimientos del 11 de Septiembre, el debate polıtico relativo a la inseguridad y la delincuencia en muchas urbes europeas a ha sido deliberadamente vinculada al fenomeno migratorio. Claramente se trata de una

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preocupacion de importante validez para los ciudadanos de cualquier paıs, y si se factoriza la imposibilidad jurıdica de la poblacion inmigrante (tanto regular como irregular) de influir de forma directa por medio del sufragio, en los diferentes estamentos de poder p“ blico, es facil entender por lo menos, una cierta tendencia demagogica en el sentido indicado.

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”La delincuencia sube exactamente un 10.52% en 2001 respecto al an o anterior. El ministro de interior, el Partido Popular, Convergencia y Union y el Sindicato Unificado de Policıas considera que las claves esta n en el crecimiento de la inmigracion irregular y sin trabajo, el descenso de las plantillas de los cuerpos de seguridad, una justicia lenta y banal con el pequen o delito y una cierta sensacion de impunidad con el reincidente de poca monta. 11-2-02„ Informe Intolerancia en Espan a, Marzo 20002. Movimiento Contra la Intolerancia.

§

”Rajoy revela que nueve de cada diez nuevos reclusos preventivos este an o son extranjeros„ El Paıs, jueves 7 de marzo de 2002.

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”El Gobierno niega ahora que culpe de la subida de delitos a la inmigracionú El Paıs, jueves 9 de mayo de 20002.1

§

”Ansuategui sostiene que el 75% de los delitos tiene detra s a extranjerosú El Paıs, martes 21 de mayo de 2002.

§

”El alcalde de Palos de la Frontera, Carmelo Romero (PP), atribuyo varios delitos cometidos en los ultimos dıas a la presencia masiva de extranjero “ unos 15.000 segun los sindicatos... 14-3-02„ Informe Intolerancia en Espan a, Marzo 20002. Movimiento Contra la Intolerancia. Visio n distorsionada por el desconocimiento cultural y religioso.

Otro de los factores que dificulta la integracion armoniosa de los inmigrantes es el desconocimiento cultural, que de forma bidireccional crea una barrera al deseado objetivo de la integracion, amen de otras barreras de suma importancia (diferencias lingu ısticas y economicas, carencia de un estatus legal definido etc...). Los conflictos derivados de este desconocimiento cultural reciproco tienden a escenificarse fundamentalmente a proposito de la convivencia en proximidad entre culturas con rivalidades historicas en la mayorıa de los casos de tipo religioso. En el caso de los inmigrantes procedentes de Ibero Ame rica con una tradicion religiosa generalmente compartida con los Espan oles, el matiz religioso no es un factor importante. No obstante en el caso de los inmigrantes procedentes del Africa y el Medio Oriente la tradicion religiosa islamica que trasciende a numerosos aspectos de la vida, suele entrar en conflicto con la tradicion religiosa preponderantemente catolica de Espan a, esto a pesar del importante sincretismo cultural existente sobretodo en el sur de Espan a, que asimilo 1

Esta sucinta seleccion de titulares y res“ menes de noticias, muestran ademas de una clara tendencia de vinculacion delincuencia Ó inmigracion, contradicciones claramente resultantes de conflictos internos en el partido de gobiernos, derivados de una clara exageracion de los vınculos entre el complejısimo problema de la delincuencia y el fenomeno de la inmigracion.

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importantes elementos de la cultura arabe. Otro factor que recientemente se ha sumado a delicada coexistencia cultural y religiosa, es la existencia de grupos de inmigrantes protestantes, resultando en casos graves de agresion como los suscitados en Arganda del Rey, en la iglesia Evange lica Emmanuel, frecuentada por inmigrantes Rumanos. §

”Fa tima: Quiero llevar el pan uelo a clase; nadie me obliga a hacerlo. La Comunidad de Madrid acepta escolarizar a la nin a sin condiciones„ El Paıs, 17 de febrero de 2002.

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”La nin a marroquısigue sin acudir al colegio Catolico de San Lorenzo. El Padre dice que la muchacha se niega a vestir el uniforme con falda.„ El Paıs, viernes 8 de marzo de 2001.

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é La Mezquita de la Discordia. La construccion de un oratorio enfrenta a los inmigrantes musulmanes de Premia de Mar con los vecinos.„ El Paıs, domingo 5 de mayo de 2002.

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é El padre de la nin a marroquıaccede a que su hija vista falda en el colegio.ú El Paıs, 9 de marzo de 2002.

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é Un incendio intencionado calcina la iglesia evange lica rumana de Arganda del Rey. La Guardia Civil investiga si los autores del ataque pertenecen a algun grupo neonazi loca.ú El Paıs, lunes 6 de mayo de 2002.

A fin de superar las barreras culturales y religiosas que inciden en el desenvolvimiento armonioso de las relaciones entre algunos autoctonos y algunos inmigrantes, es imperativo fomentar un debate abierto y desapasionado que trascienda las minucias, este ticas y que se cimente sobre la real y necesaria presencia en la sociedad Espan ola de un numeroso y diverso grupo de inmigrantes a los cuales no es necesario cambiar ni asimilar e incluso ni siquiera tolerar. Este debate debe reconocer la interculturalidad como un hecho, dentro de una sociedad de por sı multie tnica, religiosamente diversa y plurilcultural.

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Intolerancia

Las manifestaciones cada vez mas visibles de la intolerancia, racial e tnica y religiosa, constituyen un fenomeno que necesita un analisis independiente ya que en la mayorıa de los casos, por tratarse de movimientos de corte ideologico adoctrinado, trasciende mas aya de los problemas de choque cultural y religioso e incluso economico que dinamiza la gran mayorıa de las relaciones discordantes entre autoctonos e inmigrantes. Este elemento dinamizador podrıa ser apropiadamente definir con dos palabra: odio y moda. La ideologıa de superioridad racial, odio e intolerancia heredada por los grupos Neo Nazis, Fascistas, Ultras, Skeen Head y otros, se extrapola al presente en parte como resultado de las distorsiones en la percepcion del fenomeno migratorio que hemos manifestado anteriormente. Sin embargo no puede ocultarse la existencia de otro elemento mucho menos racional. Se trata de una especie de nostalgia o moda retro que aprovecha la escasa sensacion de vinculacion de una minorıa de la juventud en su mayorıa urbana, de bajos recursos economicos y golpeado por la escasez de trabajo y les ofrece lazos de pertenencia y proteccion relacionados con la idea del poder, la fuerza

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y el odio canalizado en direccion a un colectivo de bil y diferente que ademas tiende sistematica e injustamente a ser responsabilizado a trave s de los medios de comunicacion con problemas como la delincuencia y la escasees de trabajo y la alteracion de la identidad nacional.

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”La policıa detiene al cabecilla de una web racista vinculada a grupos violentos que actuan en Madrid. La pa gina de Internet con numerosos contenidos xenofobos permanecıa activa desde 2000.„ El Paıs, sabado de marzo de 2002.

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”Un Grupo neonazi actua desde hace meses e Arganda, segun su alcalde.„ El Paıs, martes 7 de mayo d 2002.

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”La policıa de Zaragoza detuvo a varias personas relacionadas con el grupusculo Kripo, de ideologıa neonazi, que amenazaba a vecinos de la ciudad a trave s de una pa gina de Iinternet, en la que tambie n ofrecıan diversas recompensas por agredir a personas cuyas identidades y direcciones se facilitaban en la pagina web„ 08-2-02 Informe Intolerancia en Espan a, Marzo 20002. Movimiento Contra la Intolerancia.

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”El apun alamiento de un joven de origen magrebıen los prolegomenos de una manifestacion vecinal contra la construccion de una mezquita y el trafico de drogas encendieron la mecha de un conflicto racial en el barrio de Sales Viladecans.„ 01-3-01 Informe Intolerancia en Espan a, Marzo 20002. Movimiento Contra la Intolerancia.

§

”Un grupo mandado por un ex Guardia Civil hostiga a inmigrantes en Coslada. Apoyado por vecinos, les cachea y expulsa de los bancos de los parques„ ABC, 8 de Noviembre.

Situacio n laboral. Visio n de la comunidad auto ctona

Sin lugar a dudas, la vision de la poblacion autoctona acerca de la llegada de personas inmigrantes a nuestro paıs, tiene detras un inquietante miedo a la pe rdida de oportunidades laborales para los y las ”nacionales„ frente a la apuesta de los empresarios por contratar a e stos. No se tiene en cuenta por la opinion p“ blica las necesidades del mercado laboral en algunos sectores economicos, sobre todo en la ”mano de obra„ necesaria para cubrir e sta. La falta de memoria historica es evidente en el contenido de los discursos sociales que se utilizan, etc. Realmente existe racismo en la sociedad espan ola, en tanto en cuanto la situacion socioeconomica de la persona extranjera en nuestro paıs, y no tanto por su raza y/o color de piel. (Casos de jugadores de futbol, jeques arabes en la Costa del Sol, etc.) Pero otra parte importante son los numerosos casos que se dan diariamente de extorsiones a estas personas que lo “ nico que buscan en un puesto de trabajo

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remunerado y que lapidan sus vidas o bien porque se endeudan con mafias para llegar hasta aquı, o son engan ados economicamente para conseguir una documentacion falsa para poder llevar a cabo su objetivo TRABAJAR. Sin olvidar tambie n, a los potenciales contratadores y el importante papel que juegan en la regularizacion de la situacion administrativa de estas personas y los delitos que se cometen en contra de la propia salubridad del mercado laboral. ”Detenido un empresario por estafar a 322 inmigrantes con la promesa de darles papeles„ (Diario 16, 6 de Octubre) ”Detenido en Almerıa un alto cargo del INEM por vender permisos a inmigrantes.„ (ABC, 6 de diciembre).

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Supuesto efecto de la migracio n sobre la oferta laboral.

é Ma s de la mitad e los inmigrantes tienen estudios y son de clase media en su paıs. El 55 % de los inmigrantes que llegan a Espan a tienen estudios medios o universitarios, sin embargo, terminan haciendo trabajos precarios. El an o pasado fueron devueltos solo a Marruecos 12.415 personasú. (Levante, 6 de Julio 2001) é Marruecos cree que el acuerdo dara trabajo a cerca de 20.000 inmigrantes. El Convenio hispano-marroquıregulara la entrada de trabajadoresú (ABC, 26 de julio) é Un empresario valenciano contrata a 20 peruanos ante la falta de mano de obraú. (Levante EMV, 31 de Julio).

- Supuesto beneficios no justificados de los recursos de la seguridad social por parte de los inmigrantes é El numero de extranjeros afiliados al sistema de pensiones ha crecido un 136 % en dos an os. (Diario 16, 6 de Agosto). é La inmigracion mejora la Seguridad Social. La Presidenta del Instituto Nacional de Estadıstica afirma que el supera vit de la Seguridad Social de 2000 fue posible gracias a las cotizaciones de inmigrantes.ú (El Correo de Andalucıa, 31 de Octubre) é La mitad de los nuevos afiliados a la Seguridad Social son inmigrantes. El numero de extranjeros inscritos ascendio a 33.355 en noviembre pasado.ú (La Verdad, 19 de diciembre) - Demanda nacional de mano de obra extranjera.

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é Seis mil temporeros recogen la fruta. Esta n llegando ma s solicitudes de empleo que el an o pasado, pero la oferta es mucho menor. Caspe, Fraga, La Almunia y Los Monegros reciben un contingente de personas superior al previsto.ú (Heraldo de Aragon, 11 de Agosto) é Catalun a buscara mano de obra a trave s de su INEM en Francia, Marruecos y Polonia. La Generalitat suministrara trabajadores a empresas como Inditex (Zara) y Frape Behr. (Expansion, 24 de Septiembre). é Europa necesita 40 millones de inmigrantes para cubrir las necesidades de mano de obra. (La Verdad, 31 de Octubre). é El cupo de permisos de trabajo para extranjeros en el an o 2002 se fija en 32.100 plazas. El delegado de Gobierno para la Inmigracion, E. Ferna ndez-Miranda, sen alo que la cifra no esta cerrada y depende de la evolucion economica de los proximos meses. (El Paıs, 28 de Noviembre). é Aznar ofrece en Varsovia las ma ximas facilidades a la inmigracion polaca. Espan a esta dispuesta a admitir sin restricciones a trabajadores de ese paıs desde el ingreso de Polonia en la UE...ú (El Paıs, 4 de diciembre)

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Cobertura mediatica a partir del 11 de Septiembre. -

Efectos de los acontecimientos del 11 de septiembre en la cobertura mediatica del feno meno migratorio en Espana.

Seg“ n diferentes estudios realizados por instituciones de analisis mediatico, a partir del 11 de Septiembre se produce una nueva situacion de incertidumbre internacional en relacion a la seguridad y su vinculacion directa con el terrorismo y el Islamismo. Dicho fenomeno se refleja contradictoriamente en una baja de noticias relacionadas directamente con la migracion para trasladarse a noticias ligadas mas directamente a la guerra en Afganistan y al denominado ”choque de civilizaciones„ lo que se traduce en el anuncio de medidas muy contundentes frente a todo extranjero sospechoso afectando de otro modo a la poblacion inmigrante y se dedica un amplio espacio a reportajes y artıculos de opinion sobre convivencia e integracion de culturas diferentes. Concretamente, en Espan a, las Fuerzas de Seguridad investigan a todas las personas en transito procedentes de paıses de ”alto riesgo„. Un episodio de amplia repercusion en Noviembre pasado se produce en nuestro paıs con la detencion de 11 miembros de una organizacion vinculada a Al Qaeda. Otro episodio de polıtica exterior y parcialmente ligado con la inmigracion lo constituye la crisis diplomatica desencadenada por Marruecos a finales de Octubre. -

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Las Fuerzas de Seguridad localizan a mas supuestos terroristas arabes. Interior cree que no se preparan atentados en Espan a y opta por vigilar en vez de detener. (El Paıs, 7 de Octubre) ”Cuando la guerra de Bin Laden pasa por Espan a„ (ABC, 20 de Noviembre) ”El gobierno intensifica la colaboracion con los servicios de inteligencia de paıses del Magreb„. (Levante, 30 de Octubre).

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El 11-S trunca los suen os de muchos inmigrantes. (ABC, 31 de Octubre)

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Melilla se fortifica contra la inmigracion irregular. Tarjetas magne ticas, escaner para la identificacion de huellas dactilares y pasaportes con visado son algunos de los requisitos que impondran las autoridades espan olas a los marroquıes que deseen entrar en la ciudad. (El Paıs, 12 de Noviembre)

Por otra parte se vincula cada vez mas el incremento de la inseguridad p“ blica al fenomeno migratorio por parte de los poderes polıticos lo que esta ampliamente reflejado en los medios de comunicacion. Se puede decir que se inicia una etapa de opinion (incluso desde el humor) prestando una especial atencion a la psicosis antiinmigracion desatada por los atentados del 11-S. Parece tambie n, que como consecuencia de este acontecimiento, existe una gran oleada de ISLAMOFO BIA, donde se demoniza el mundo islamico y musulman, y queda totalmente vinculado y/o asociado con el Terrorismo Internacional. Seg“ n un informe hecho p“ blico el 23 de Mayo de 2002 en Bruselas por el Observatorio Europeo Contra el Racismo y la Xenofobia, los sucesos del 11 de Septiembre han aumentado el n“ mero de agresiones en paıses como Suecia, Dinamarca, Holanda y Reino Unido. En el caso de Espan a, tambie n aumentan las agresiones xenofobas debido a la presion migratoria, la comunidad musulmana ha sufrido mas problemas en relacion con su residencia, viajes y en “ ltima instancia en su integracion social. (”El Paıs„, 24/05/02). El informe tambie n anuncia que la extrema derecha europea ha aprovechado tantos los atentados como el conflicto de Oriente Proximo para fomentar la islamofobia y el antisemitismo. Discurso que esta haciendo mas dan o a los inmigrantes, en detrimento de su integracion social. La expresion poco clara de medios de comunicacion y de algunos representantes polıticos, al no hacer una distincion entre delincuente extranjero e inmigrante, hace identificar erroneamente inmigracion con delincuencia. De esta manera se esta alimentando peligrosamente el desarrollo de prejuicios xenofobos que seran la mecha perfecta para encender a los grupos racistas. La inmigracion se convierte en el chivo expiatorio de una profunda crisis del Estado de Bienestar. -

Vinculacio n del incremento de la inseguridad publica al feno meno migratorio, por parte de los medios de comunicacio n.

La delincuencia ha subido en un 10%. Esta no es la discusion, sino en lo injusto que resulta encontrar el origen de esta subida en buena parte de la inmigracion irregular y al efecto llamada. Y es que negamos lo mas importante, los delincuentes, sean regulares o no, son delincuentes (posiblemente, ya lo eran en su paıs de origen). No son turistas, ni han venido a trabajar, pero no son INMIGRANTES. Ademas, se estan engordando las cifras catalogando como delito una simple infraccion administrativa (no tener papeles). Discurso suficientemente explotado por Lepen en Francia, el de la delincuencia, mediante la tactica de extender la responsabilidad de cualquier delito cometido por un extranjero al conjunto de los inmigrantes, expande la xenofobia

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4. Desigualdad social, diversidad cultural y educacio n. - Educacio n de actitudes y condiciones para no utilizar la diversidad cultural como forma de legitimacio n de la exclusio n social. Seres iguales en dignidad y derechos.

Temas tales como Educar por la Paz, los Derechos Humanos, la Educacion moral y cıvica exigen una metodologıa apropiada. Muy lejos de cualquier formacion dogmatica, el alumnado debe aprender a juzgar por sımismo; por eso la metodologıa tiene que ser abierta, dejando mucha iniciativa y libertad de accion al alumnado. Creemos que la clave consiste en introducir al alumnado en situaciones donde e l o ella deben ejercer y desarrollar una capacidad crıtica y el habito de realizar sus propios juicios morales y adoptar su propio sistema e tico. El futuro ciudadano y ciudadana de este siglo tendra que desarrollar habilidades especıficas que le hagan capaz de comprender una sociedad cada vez mas compleja y de analizar la gran cantidad de informacion que le va a llegar a trave s de los medios de comunicacion, intensificado por la informatica. Obviamente, para ayudar al alumnado en el proceso de desarrollar unas actividades tolerantes y comprensivas, habra que empezar con la identidad propia. Saber de donde es uno, en que consiste su propia cultura, de donde vienen muchas de sus actitudes. …En que medida son estereotipos? Y luego proceder al analisis de los mismos aspectos en ”el otro„, sea gitano, sea inmigrante del sur. Este es el camino a seguir. La recuperacion de la memoria historica es un elemento fundamental y esto incluye la necesidad e profundizar en la cultura o las varias culturas que forman parte de la sociedad en que uno vive. Entender lo que ocurre en su entorno es el primer paso hacia la formacion de unos criterios propios y el desarrollo de una capacidad de emitir juicios sobre los acontecimientos de la vida cotidiana.

- Implicacio n de la comunidad educativa y de la administracio n para que los centros educativos puedan llevar a cabo esta educacio n intercultural. La necesidad de abordar seriamente el concepto de interculturalidad y aplicarlo a la sociedad espan ola actual y a al realidad de la escuela, plantea unos retos difıciles. Es necesario que la escuela como institucion tome en cuenta la relativamente nueva realidad de la inmigracion desde varios paıses del Sur hacia Espan a. Dicha inmigracion abre la perspectiva de una sociedad multicultural y multie tnica, todavıa no extendida por todo el paıs, pero evidentemente inminente y algo que ya existe en muchas partes de Europa. Por desgracia, el hecho de esta inmigracion suele ir acompan ado por brotes de racismo y xenofobia en las sociedades de acogida y nuestra sociedad no es ninguna excepcion. Es mas, comparando las estadısticas de inmigrantes en Espan a con otros paıses europeos, se ve que las respuestas racistas han surgido de forma exagerada, tomando en cuenta el reducido n“ mero de inmigrantes. Y lo realmente triste es pensar que hace relativamente pocos an os, hemos dejado de ser un paıs de emigrantes. La memoria

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historica de la dura experiencia de los padres, tıos, abuelos y tıo abuelos emigrados, muchos de ellos con un bagaje cultural muy escaso, desde la Espan a franquista al norte de Europa, se ha perdido, repitie ndose en nuestra sociedad los topicos y los rechazos racistas y xenofobos, de los que los abuelos fueron vıctimas, en su dıa. La presencia de los inmigrantes tambie n va cambiando la composicion en determinadas zonas. Donde anteriormente la comunidad gitana aportaba la “ nica diversidad e tnica, ya va sumandose la segunda generacion de los inmigrantes del sur. Esta realidad exige una toma de postura de la escuela, que no puede seguir impartiendo una vision euroce ntrica del mundo y de la cultura y que necesita profundizar en los valores de tolerancia y comprension. Habra que tratar la necesidad de aceptar la cultura y la manera de ser del ”otro„ y desarrollar una sensibilizacion acerca de los orıgenes de la intolerancia, el racismo y xenofobia.

Este tipo de entrenamiento intelectual y moral corresponde a todo el profesorado, aunque obviamente algunas materias y actividades se prestan mas facilmente a ello. Pero tambie n tomando en cuenta que estamos hablando de una educacion por la democracia, para la formacion de adultos capaces de asimilar la pluralidad y diversidad cultural, corresponde a todos e impone la necesidad de investigar e innovar desde el angulo de cada asignatura, materia y edad, para encontrar la forma mas dinamica de introducir estos elementos en el aula. Insistimos en que hay que huir de los dogmatismos e introducir me todos abiertos y activos que conduzcan a la auto experimentacion y al auto descubrimiento del alumnado. Se deben buscar formulas que permitan que el alumnado act“ e sobre su propia realidad e intente introducir cambios y erradicar los aspectos que rechaza.

De esta manera, la Asamblea de Cooperacion por la Paz, esta llevando a cabo un proyecto denominado, ”Escuela sin Racismo„. Es un movimiento europeo cuyos socios son las organizaciones nacionales que promueven ”Escuelas sin Racismo„ en sus propios paıses formando red. El proyecto se inicio en Amberes en 1998 y ha tenido mucho e xito en Be lgica, con mas de 250 escuelas declaradas ”Escuela sin Racismo„ hoy. La iniciativa surgio espontaneamente en torno a un incidente racista que indigno y llevo a un grupo de alumnos y alumnas a movilizarse y organizar una protesta. De allıempezo una organizacion y mas centros escolares empezaron a participar con lo que el movimiento se extendio por todo el paıs. El objetivo de Escuelas sin Racismo es ayudar a que los jovenes tengan todas las oportunidades posibles para una educacion de desarrollo personal. Es esencial que lleguen a comprender la historia de su propio paıs y de Europa. Todo aquel que tenga que ver con la educacion de los jovenes debe preguntarse sobre que imagen de dicha historia hay que impartir. Hay una Europa de los grandes descubrimientos, del progreso cientıfico rapido, de la resistencia al fascismo, de la unificacion ª Pero ademas existe la Europa del trafico de esclavos, del colonialismo y del fascismo. El conocimiento pleno y objetivo de nuestra historia es un medio importante de oponerse al e tno y eurocentrismo.

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Reforma de la Ley de calidad de la educacio n.

Como propuesta de resolucion de la diversidad cultural en las aulas de nuestro paıs, el Ministerio de Educacion ha elaborado propuestas no exentas de pole mica. En el caso concreto del alumnado inmigrante que se incorpore a la ESO y que tenga dificultades de adaptacion a este nivel, (presuponiendo que todo el alumnado inmigrante, tiene necesidades educativas especiales y seran tratados de forma diferenciada y segregacionista en el ambito escolar), se estableceran una serie de itinerarios profesionales, FUERA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS, que llevaran tambie n a una cualificacion de ”2º clase„, (ya que no estaran al mismo nivel que el Tıtulo de Secundaria, sino a una mera Certificacion), que tendra validez en el ambito laboral. Lo que no se dice si esta formacion fortalecera los nichos laborales en los que los adultos inmigrantes se ven abocados a trabajar, (imposibilidad de homologacion de tıtulos acade micos en otros paıses no pertenecientes a la UE, tipo de trabajos que los ”nacionales„ no quieren realizar, ª ). En este mismo apartado, (alumnado extranjero), el contenido del documento hace referencia constate a los deberes y de los inmigrantes y nunca a los derechos, con un contenido semantico impositivo (deberan acatar, normas establecidas, ª ) En ning“ n momento se hace referencia a la potenciacion de la Educacion Compensatoria, ni al n“ mero de aulas para e sta, ni al presupuesto para mayor n“ mero de recursos materiales ni humanos, plazas para garantıa social, etc. Resaltar a los grandes olvidados en la Ley de Calidad de Educacion (minorıas e tnicas, y sobre todo gitanos).

DOCUMENTOS E INFORMES COMPLEMENTARIOS -

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Informe anual 2001 sobre el Racismo en el Estado Espan ol de SOS RACISMO Informe, Intolerancia en Espan a. Racismo, Xenofobia, Discriminacion y Violencia a trave s de los hechos. Movimiento contra la Intolerancia. (NÁ13, Marzo 2002) Inmigracion y Racismo. Analisis de radio, television y prensa espan ola. Fundacion CIPIE. (Julio-Agosto-Septiembre 2001 y OctubreNoviembre-Diciembre 2001) Espan a ante la Inmigracion. ( Victor Pe rez-Dıaz, Berta A lvarez-Miranda y Carmen Gonzalez-Enrıquez. Fundacion La Caixa) La Inmigracion extranjera en Espan a. Los retos educativos. (Eliseo Aja y Francesa Carbonell. C.Peneda, W. Actis y M.A. de Prada, del Colectivo IOE. Jaume Funes, Ignasi Vila. Fundacion La Caixa). La Inmigracion necesaria para las necesidades de crecimiento de la economıa. (Informe de la Fundacion de la BBVA). Noticias aparecidas en los periodicos espan oles: ”El Paıs„, ”ABC„, ”Levante„, ”La Vanguardia„, ”El Correo de Andalucıa„, ”La Verdad„, ”Diario 16„ y ”Heraldo de Aragon„. Informe del Observatorio Europeo Contra el Racismo y la Xenofobia.

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Informe ENAR sobre la situacion real del racismo en el Estado espanol

3- PUEBLO GITANO Asociacion Nacional Presencia Gitana La Comunidad gitana espanola en los albores del siglo XXI é Quie nes son los Gitanos espanoles. Breve revisio n de su pasado No es preciso remontarse al e xodo desde la India ni enredarse en el misterio de sus malconocidas causas para avanzar algunas reflexiones sobre el peso de la historia en la problematica de los ciudadanos espan oles gitanos del presente. Basta con tomar como punto de partida una fecha facil de retener, el an o 1000, en un lugar igualmente sencillo de recordar: el Bosforo. Aunque los testimonios escritos que nos han llegado de esta peripecia son algo posteriores, se puede, en efecto, considerar que los primeros grupos de Roma/Gitanos inician la travesıa del Bosforo hacia la Europa central al comienzo del segundo milenio, implantandose en el eje Balcanes-Carpatos-Baltico, desde donde se desarrollan exploratoriamente las migraciones posteriores hacia el resto del viejo continente. Finalmente asentados de manera dispersa y trascendiendo las fronteras de su puzle de Estados, no obstante acogerse y naturalizarse en sus territorios, han sobrevivido hasta nuestros dıas en Europa como europeos natos, constituyendo empero una diversidad de comunidades humanas cuya identidad diferenciada no deja de remitir al tronco com“ n de su ancestral origen, en el que se reconocen. Con relacion a otras minorıas nacionales o inmigradas, que pueden reclamar una ”madre patria„, alg“ n Estado que reconocer como suyo, unas instituciones que les gobiernan, administran y protegen, los Gitanos son la parte espan ola de la rama ibe rica ÓCiganos en PortugalÓ de ese tronco com“ n al que acabamos de referirnos: el Them Rromano/Pueblo Gitano, un pueblo transnacional paneuropeo de base multiestatal, sin Estado y sin territorio, procedente de la India, presente en Espan a desde su llegada entre 1417 y 1425, inicialmente acogido de manera generalizadamente hospitalaria en su pretextado afan de peregrinar a Iria Flavia (lugar cercano a Compostela donde, seg“ n la tradicion cristiana, se conserva la tumba del apostol Santiago), presentandose en los distintos reinos peninsulares no como minorıa e tnica ni religiosa sino como grupo de cristianos. Carentes de un estatuto jurıdico definidor de su no reconocida condicion, han permanecido, durante casi seis siglos de coexistencia espacial sin apenas convivencia social con el resto de los grupos humanos mayoritarios que conforman el paıs, al arbitrio de los poderes de los lugares en que se asentaban. Espan oles con los espan oles antes de que Espan a fuera un Estado, por su cultura milenaria, biofılica, empatica, no violenta y creativa (”un pueblo de todo el mundo, un pueblo sin guerras, un pueblo de toda la Tierra, un pueblo sin fronteras„ sintetiza Johan Galtung), de rituales y tradiciones singulares, transmitidas agrafamente durante generaciones, los Gitanos constituyen una sociedad peculiar, desindividualizada, estructurada en unidades pequen as o clanes familiares muy densos, con familias nucleares muy numerosas interactivamente tramadas por vınculos de parentesco. Su historia es la remembranza de unas conflictivas relaciones entre la sociedad mayoritaria, y sobre todo entre los poderes p“ blicos, y la Comunidad gitana, que no 14

difieren cualitativamente de las mantenidas entre potencias colonizadoras y pueblos colonizados. Homoge neos dentro de su diversidad, en buena parte diferenciados y, por ello, segregados de la sociedad mayoritaria, los Gitanos se diseminaran por todo el paıs como respuesta adaptativa a las circunstancias de tiempo y lugar. Pero su legıtimo empen o en mantener su identidad y su inalienable derecho a existir como comunidad les acarrearıa en adelante la persecucion sistematica, la infamia legal, el rechazo de los demas vecinos de los pueblos y la exclusion del conjunto nacional hasta niveles de esquizofrenia colectiva; sıntomas de la crueldad de la e poca que en ellos se cebara, desde la que han trascendido al presente buena parte de las asperas e irracionales pulsiones antigitanas de entonces que en buena parte laten, perseveran y se reproducen cada dıa en alguna parte del inconsciente colectivo de la sociedad mayoritaria. Dirigida a enfrentar lo que secularmente se llamo el problema gitano, la difusa y dilatada legislacion punitiva, Ócuadro restrictivo, plagado de penas eliminativasÓ promulgada desde entonces para doblegar o anular su irreductible identidad, produjo en menos de tres siglos mas de 250 providencias formales de todo rango. Obstinada e invariablemente encauzadas en el reino de Castilla a aniquilar su otredad e incluirles en el magma ”normalizador„ de los demas vasallos, los archivos de los reinos de Aragon y Navarra, de las Juntas Generales de Gip“ zkoa y de otros territorios con potestad legisladora tambie n conservan memoria documental de reiteradas normas antigitanas, generalmente expulsoras, a las que acompan ara una polıtica invariablemente inspirada en la reclusion o inclusion de los no expulsados. Siendo, como eran, un grupo cuantitativamente pequen o, con una incidencia demografica que, al finalizar el siglo XV, no alcanzaba el millar de personas en el reino de Castilla Óaunque su crecimiento vegetativo le situarıa en el 1/1.000 del monto nacional en el “ ltimo tercio del siglo XVIIIÓ, sorprende el suscitado temor hacia aquellos ”raros„ o ”disidentes„ que refleja gran parte de la documentacion custodiada en los archivos historicos, por mucho que su itinerancia multiplicase su presencia en el imaginario social. Resulta inexplicable, ni aun procurando trasponer el diagnostico a los parametros sociomentales situacionales de tiempo y lugar, que la sociedad y las autoridades vieran en los Gitanos una amenaza socialmente peligrosa, y mas a“ n la perseverancia en el rechazo y la fobia generalizada casi seis siglos despue s de su asentamiento definitivo en la Penınsula Ibe rica . No reconocidos en puridad como espan oles de pleno derecho, los ocho lustros de la dictadura franquista convirtieron a los Gitanos en blanco predilecto del despotismo estrabico del poder y de la arbitrariedad de sus servidores. De otra parte, los servicios secretos policiales fichaban a polıticos republicanos y a disidentes del re gimen (democratas, liberales, socialistas, comunistas, masones, cristianos de base...), a ciudadanos homosexuales y a Gitanos. Ni anuladas ni destruidas, aquellas fichas abiertas por el franquismo se han mantenido vivas y actualizadas hasta la fecha sobre los ya ciudadanos gitanos de teorico pleno derecho en la Espan a democratica del presente, sin que las protestas, gestiones o denuncias llevadas a cabo por la asociacion nacional Presencia Gitana para que se destruyan o anulen hayan sido atendidas hasta ahora por los distintos ministerios del Interior del Estado en los an os transcurridos desde la muerte de Franco. Desaparecido el dictador, con la transicion y la consolidacion de la democracia se ha producido un avance legal espectacular y esperanzador en no pocos aspectos de la vida

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colectiva espan ola. Tras la abrogacion de las disposiciones que caracterizaban la legislacion autocratica del re gimen anterior, contrarias por muchos motivos a la Declaracion Universal de los Derechos Humanos y a los Pactos Internacionales Ó signados por el Estado espan ol, aunque frecuentemente incumplidosÓ, la proscripcion constitucional de la iniquidad y de los abusos de poder contrarios a los derechos y libertades fundamentales que proclama la vigente Carta Magna de la democracia espan ola, protege, teoricamente, a todos los espan oles ÓGitanos incluidosÓ y pueblos de Espan a Ótambie n al gitano, como PuebloÓ en el ejercicio de sus derechos, sus culturas y tradiciones, sus lenguas e instituciones. La nueva Constitucion sujeta a los poderes p“ blicos al ordenamiento jurıdico, como a la totalidad de la ciudadanıa, al tiempo que les obliga a promover la libertad y la igualdad de todos los ciudadanos, sin discriminaciones, y a remover los obstaculos que impidan o dificulten su plenitud, garantizando el principio de legalidad, la jerarquıa normativa, la seguridad jurıdica, la responsabilidad jurıdica y la no arbitrariedad de los administradores de la soberanıa que reside en el pueblo. Finalmente, el Estado de Derecho sit“ a el fundamento del orden polıtico y de la paz social en la dignidad de las personas y los diversos grupos humanos que constituyen la plural sociedad espan ola, en sus derechos inviolables, en el libre desarrollo de su personalidad, en el respeto a la ley y a los derechos de los demas, aunque sean diferentes. Del catalogo de derechos y libertades proclamadas por la Ley de leyes, que sobreentiende al menos la plena ciudadanıa de los Gitanos espan oles, ha faltado, en cambio, el reconocimiento de su condicion de pueblo, de su autonomıa cultural y especialmente de la lengua romanı, milenario vehıculo comunicativo y de autoidentificacion de los Roma/Gitanos en todo el mundo, que ha sido marginada del patrimonio lingu ıstico de Espan a esta vez ”democratica y constitucionalmente„, con el implıcito pretexto de que sus propietarios carecen de territorio y no constituyen una Comunidad autonoma. Pese a los esfuerzos realizados en la buena direccion, no fue tenida en cuenta por el poder legislativo de la incipiente democracia la propuesta, razonada y sostenida, que Óen tanto que organizacion aconfesional, plurirracial, intercultural y apartidista, a la que solo guiaba la defensa de la dignidad de todo un pueblo y de los valores de su singular civilizacion, entre ellos su lenguaÓ remitiera la asociacion nacional Presencia Gitana a los grupos polıticos parlamentarios con representacion en las Cortes que elaboraron la Constitucion, para que se aceptara la excepcion al principio de territorialidad de las lenguas en el caso del idioma gitano, el romano-calo, en te rminos de cooficialidad o, al menos, de ecuanime reconocimiento de su validez y legitimidad. Fracasado aquel proposito, la asociacion trato de promover ese reconocimiento desde entonces ante una multiplicidad de foros internacionales, con aportaciones y propuestas que sintonizaron en coincidencia de afanes y objetivos con los trabajos llevados a cabo a partir de 1994 por especialistas y expertos de todo el mundo. El largo proceso de reflexion y debate culmino en la ”Carta de Barcelona„, solemne Declaracion Universal de Derechos Lingu ısticos de Naciones Unidas, cuya proclamacion tuvo lugar en la Ciudad Condal el 6 de junio de 1996 con la adhesion de un centenar de Estados y mas de cien ONGs e instituciones diversas de Oriente y Occidente, preludio de una Convencion Internacional, que devendra derecho sustantivo de obligado cumplimiento para los Estados miembros (recue rdese lo que en tal sentido prescribe el artıculo 10, apartado 2 de nuestra Constitucion), y que establece la igualdad fundamental de todas

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las lenguas, mas alla de las clasificaciones poco objetivas, irrelevantes y arbitrarias entre lenguas oficiales/no oficiales, nacionales/regionales/locales, mayoritarias/minoritarias o modernas/arcaicas, y de las imposiciones excluyentes o colonizadoras de los grupos portadores de lenguas dominantes en cada sociedad concreta. El reconocimiento del respeto, la promocion y defensa que necesita y merece el ejercicio de los derechos de comunidades, grupos lingu ısticos y locutores/receptores de las lenguas minoritarias Óequitativos y no subordinados, colectivos e individuales, inseparables e interdependientesÓ, en interrelacion con otros derechos fundamentales, se completa en esta Convencion con la impulsion de un compromiso internacional de solidaridad compensatoria de los de ficits que hacen inviables los derechos de los mas desfavorecidos, y acent“ a la ineludible responsabilidad que a los poderes p“ blicos compete en la b“ squeda de soluciones adaptadas a cada caso y en su especıfica financiacion. Al igual que en el ambito de lo lingu ıstico como identitario cultural, se viene desarrollando esfuerzos desde diversos ambitos de la sociedad civil encaminados a procurar la participacion parigual de los ciudadanos gitanos en la convivencia societaria del Estado espan ol. Ası, se promovıa en el perıodo de transicion predemocratica desde el primero de enero de 1976, una iniciativa dirigida a obtener de los poderes p“ blicos el compromiso de la puesta en marcha de un ”Plan Estatal de Urgencia para el Desarrollo del Pueblo Gitano„, que propiciara su equiparacion en veinte an os con los estandares medios de la poblacion espan ola mediante una polıtica global de intervencion interinstitucional, sistematica, acumulativa y sostenida, en todo el territorio del Estado. La Constitucion estrenarıa, para la ciudadanıa gitana como para el resto del paıs, la instauracion de un Estado configurado por 17 Comunidades Autonomas. Este marco de posibilidades, ine dito en la historia de Espan a, ha servido a la Comunidad gitana para perfeccionar y profundizar en sus reivindicaciones, apostando por el reconocimiento de su condicion de pueblo, por el ejercicio de su autonomıa cultural como simbolica ”Comunidad 18„ (la ”Suetıotordeque „: ni obviamente posible ni logicamente querida una imposible adscripcion territorial, una institucionalizacion de estructuras societarias o de gobierno ajenas a su idiosincrasia o un ”estatuto„ inviable), por la reparacion historica de su situacion heredada y por su nivelacion con los estandares medios de la sociedad mayoritaria. Casi un cuarto de siglo despue s, la sostenida reivindicacion de este ”paquete de exigencias„, solo ha sido escuchada por los poderes p“ blicos tardıa, escasa y parcialmente. En 1986 Ótranscurridos diez an os de la presentacion a las autoridades de aquellos primeros planteamientosÓ, los Presupuestos Generales del Estado incorporaban, por mandato de las Camaras legislativas, una partida ”para financiar Programas estatales e internacionales de accion social (...), y para la puesta en marcha del Plan Nacional de Desarrollo Gitano„. Y debieron pasar otros diez an os para que el ”Plan„ (reducido para mas inri en su jerarquıa jurıdico-administrativa a ”Programa„ y apeada su dimension ”nacional„, por mor de las competencias transferidas en materia social a la totalidad de las Comunidades autonomas y por no haberlo encauzado en tiempo y forma como marco de desarrollo constitucional), incorporase esperanzadoramente, en cambio, el concepto genitivo ”del Pueblo„ como hiato definitorio y decisivo entre el sustantivo ”Desarrollo„ y el adjetivo ”Gitano„. Esperanza de reconocimiento parece que otra vez relegada, en ritornello a situaciones que creıamos superadas, puesto que el Gobierno nacido de las elecciones de 1996 (renovado

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su mandato, todavıa vigente, en las urnas el 12 de marzo de 2000), ocluye, excluye, disimula, olvida o ningunea en el dıa a dıa del hacer y del acontecer administrativoburocratico hasta la fecha, ese sustantivo fundante, colocandonos, a la manera de Sısifo, en la necesidad de un nuevo volver a empezar para recuperar lo que llegamos a considerar definitivamente alcanzado y proyectivamente aplicable a futuros aute nticos desarrollos comunitarios. En resumen, y salvando honrosas excepciones de cierta voluntad en los propositos y tino en los planteamientos, la eficacia y la eficiencia de las polıticas gitanas de las sucesivas administraciones democraticas del Estado espan ol, han sido hasta el momento en que nos encontramos lamentablemente inanes por alicortas, miopes, insuficientes e inaprensibles. Pero e sta es ya, en parte, la historia del presente en que nos encontramos, y debemos, por razones expositivas, concluir aquıla revision del pasado que en este primer apartado nos hemos propuesto. El breve esquema hasta aquıdesarrollado sintetiza el proceso estigmatizante de diarias inclemencias que han padecido en el pasado, y que alimenta en buena parte la discriminacion que a“ n padecen los Gitanos espan oles. Sin embargo, su dispersion territorial, su existencia simbiotica en los territorios recipendiarios, la flexibilidad de su organizacion social, su movilidad y su capacidad de adaptacion al margen o contra la sociedad no gitana, han impedido hasta el presente su sometimiento total, su asimilacion completa o su exterminio. Pese a todo, colectividad humana casi siempre distante y disgregada, recelada y extran a, el Pueblo gitano ha sobrevivido a todas las conspiraciones que para aniquilarle o disolverle se inventaron durante siglos. Exiliado en su propia patria, siempre ”en tierra extran a„, ha opuesto a la situacion que se le imponıa, en la praxis, la autonomıa de su voluntad, sin recursos ni competencias, estableciendo de manera iletrada regulaciones, pactos y condiciones de desenvolvimiento de su cotidiana, difıcil existencia, como manadero de derechos subjetivos que han guiado a quienes carecieron de los mas elementales que para los demas, nunca para ellos, otorgaban los poderes p“ blicos. Y, pese a ello, entre la persecucion, el abandono excluyente, el intento de integracion represiva, de inclusion impuesta o de asimilacion neocolonialista, los Gitanos han aportado a las culturas espan olas parte del hermoso patrimonio de su orbe expresivo diferente, de sus originales especıficos oficios y saberes, y de la estructura comunicativa de su lengua, en un proceso sincretista interactivo, entre cuyos frutos mas interesantes debe sen alarse uno de los escasos modelos de grandeza humana universal que ha producido Europa: el flamenco. Para la Comunidad gitana la historia ha sido, antes que nada, historia sufrida. Historia que ha solido ocultarse en los anales de la sociedad mayoritaria. La profusa documentacion que sobre los Gitanos conservan los archivos espan oles permite conocer, no propiamente su historia, sino la historia de sus relaciones con los poderes p“ blicos, secularmente decididos a lograr su disolucion social en el mosaico humano espan ol. Tras su victimacion, he aquıotra cara de la injusticia secular cometida con este pueblo singular: a la inercia inconsciente de la ignorancia se an adıan el silencio interesado o el olvido programado para que no se desvelase ni se conociera lo sucedido. Al cabo de un proceso de aculturacion singularmente doloroso, los Gitanos fueron despojados de su lengua y de su memoria. Habra que despertar las enormes masas de

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documentos que dormıan en los archivos su suen o de pesadilla, pero lo que ası aparece no es sino el espectro multiforme de la persecucion, y la historia que fluye de esa montan a de papeles no es mas que la de los verdugos. Asıresumıa en 1985 Bernard Leblon el estado de la cuestion gitana en su libro Les Gitans dºEspagne. Doce an os despue s de aquella reflexion, la identidad gitana aparece como un yo frustrado por un c“ mulo de aciagas circunstancias que se han concitado sin descanso en su desfavor durante siglos y por el proposito sistematico de los poderes p“ blicos de lograr su disolucion social como grupo humano diferenciado. Mas que de la historia de una opresion, se trata de la opresion como historia. é La cuestio n gitana en los albores del siglo XXI. Diagnosis y prognosis: aproximacio n de su realidad presente en el Estado espanol

En el doloroso recorrido que, en permanente estado de emergencia, han consumado los Gitanos en los casi seis siglos de su peripecia existencial en la Penınsula, el equilibrio dinamico de su hasta hoy inagotada capacidad de adaptacion ha hecho de la estrategia de la supervivencia un valor acumulativo, recibido y mantenido durante generaciones, al aguardo de la germinacion y maduracion de un clima de condiciones objetivas que les permitiera consolidarse como comunidad singular y desarrollarse como pueblo entre los pueblos de Hispania. De todos los errores y crımenes del pasado perpetrados contra ellos, probablemente sea lo mas grave Ócomo ha quedado expuestoÓ el habe rseles negado de facto su condicion nacional, tras haber sido infamados de iure por las normas de todo rango dictadas para someterlos, asimilarlos o aniquilarlos. Entre la reduccion devastadora de su identidad, la asimilacion forzosa de sus costumbres y formas de vida, la inclusion coactiva pero imposible de su otredad Óporque se pretende su disolucion en el magma mayoritario y su definitiva invisivilidadÓ, o la exclusion del cuerpo social mayoritario que, en medio de las actitudes de rechazo y recelo de la opinion p“ blica hacia ellos en todo tiempo y lugar, ha caracterizado la polıtica gitana de los poderes p“ blicos espan oles, siempre se contemplo la cuestion gitana como un grave problema polıtico en el sonrojante discurso social del pasado que conservan los archivos historicos, cuyas pautas y procedimientos, teorıas y razones, apenas difieren de lo que hoy podrıamos denominar racismo institucional. La llamada cuestion gitana no es, pues Óangelismos aparteÓ, una suma de problemas imputables a las vıctimas, al Pueblo gitano, sino un aciago producto historico, una excrecencia de la historia del desprecio, resultado de los comportamientos mantenidos por los victimarios: la sociedad dominante y sus poderes. Del proceso historico, del analisis de la situacion heredada y del examen de la realidad presente se desprende que la discriminacion y la persecucion del pasado no han cesado del todo y que sus coordenadas presentes son todavıa insostenibles, injustas e inhumanas. Es igualmente deducible la reaccion de los rechazados, su recelo y resquemor ante la sociedad mayoritaria. Ambos ingredientes definen el marco indeseable de privacion y estancamiento que a“ n padece la inmensa mayorıa de la poblacion gitana espan ola, y explican su distancia social: esa divergencia abismal con los estandares meliorativos de desarrollo, progreso y bienestar de la sociedad que los rechaza, acumulando

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sufrimientos y miserias que, hoy mas que nunca, es necesario superar, abolir, por humanidad y por justicia reparadora. La Comunidad gitana Ódesconocida o malconocida, y no reconocidaÓ sigue siendo virtualmente extranjera en la Espan a de nuestros dıas para el com“ n de sus compatriotas, no obstante la proclamada plena ciudadanıa de todos los espan oles, Gitanos incluidos. La falta de un prete rito en el que fuera posible su participacion en el poder polıtico y economico de la sociedad mayoritaria no debe ocultar la importancia de la presencia gitana en Espan a, va para seis siglos. Pero el ”memoricidio„ a que ha sido sometido el pasado de la Comunidad gitana impide la catarsis que su conocimiento puede, y debe, obrar para enfrentar su problematica, superar las inclemencias presentes y proyectar un futuro con rostro humano de convivencia mayorıa-minorıas que lleve a la reconstitucion de la esperanza, la solidaridad y la responsabilidad compartida. He aquıuna tarea que, como ha escrito Egdar Morin, ”apela a la vez a la reconquista del presente, a la regeneracion del pasado y a la reconstruccion del porvenir„. Cuando el insigne pensador y polıtico espan ol regeneracionista Joaquın Costa, ministro de Instruccion P“ blica, planteaba Ó—en el an o 1901!Ó la necesidad de nivelar a Espan a con Europa, proponıa como programa maximo de mınimos imprescindibles que desaparecieran el hambre de pan, el hambre de instruccion y el hambre de justicia: tres ingredientes basicos, interrelacionados, complementarios y sine rgicos de la libertad. A estas tres lacras habrıa que an adir hoy el hambre de respeto y el hambre de reconocimiento de las minorıas, que gritan desde el silencio el pesimismo de la razon que de su intolerable situacion se desprende, ya que con urgencia necesitan, y merecen, frente a la libertad son ada la libertad cumplida: la consideracion y dignidad que se les debe. La Comunidad gitana es a“ n hoy en Espan a el blanco preferente del resquemor, la prevencion y la discriminacion excluyente de la opinion p“ blica. Lejos de enfriarse y reducirse con la democracia, en el Estado de Derecho que siguio a la dictadura, el caldo de cultivo del prejuicio antigitano ha ido desinhibie ndose de disimulos impostados y aumentando en los veinte “ ltimos an os en grado de creciente coccion, hasta bullir como racismo militante, paradojicamente cuando las leyes vigentes han venido a corregir un vacıo legal, fruto de la pereza de los poderes p“ blicos y el desintere s por la aplicacion de normas a las que estaba supeditado nuestro derecho sustantivo y que embargaba todo el pasado anterior. Desde la especiosa abominacion gene rica de los extran os, con la clara y masiva animadversion hacia los distintos de antan o, se ha dado paso a la hostilidad racista pura y dura, e incluso a la violencia heterofobica del presente. Un presente pren ado de situaciones conflictivas, siempre latentes y prestas a estallar en sentimientos y actitudes que propugnan, ensayan o practican la exclusion, el confinamiento degradante en guetos espontaneos o institucionalizados, la diseminacion artificial o la segregacion, la negacion de su legıtimo derecho a ser y a estar, la reduccion o anulacion de sus derechos y libertades fundamentales, incluso la expulsion del cuerpo social de esos ”extran os diferentes„ en las esferas polıtica, social o cultural, y hasta el pogromo antigitano, no pocas veces ensayado en estos an os de post-dictadura. De cuanto queda dicho se desprende que los Gitanos ocupan en Espan a el primer lugar de esa franja difusa y peligrosa que transita de los sentimientos de repudio y aptitudes

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discriminatorias a la intolerancia agresiva que esta asolando Europa. En los an os ha crecido la heterofobia racista generalizada hacia los diferentes y los ”ajenos„ Óesos ”no ciudadanos„ de nuevo cun o que son, sobre todos, los inmigrantesÓ, hasta alcanzar un invisible lımite o punto de inflexion a partir del cual parece que descienden y decaen los niveles de rechazo; pero el racismo dirigido concretamente contra los Gitanos Ó espan oles naturalizados hace cinco siglosÓ se ha triplicado. El 71 por cien de los espan oles declaran no tolerar la vecindad o la convivencia con los Gitanos. Parafraseando a ”Der Spiegel„ (seg“ n un informe sobre los Roma en los paıses del Este de Europa, publicado en su n“ mero 36, en septiembre de 1990), tambie n en Espan a casi ”todos odian a los Gitanos„. A este proceso bochornoso y degradante contribuye la frecuencia con que no pocos poderes p“ blicos Ósobre todo localesÓ ejercen en ocasiones el racismo institucional contra la ciudadanıa gitana, a cuya tutela, servicio y promocion se deben sin embargo por prescripcion legal. Entre 900 mil y un millon de Gitanos espan oles son de hecho una minorıa discriminada y marginada, cuya poblacion sufre en proporciones intolerables graves problemas de vivienda, educacion, asistencia sanitaria, trabajo, cultura, respeto a su identidad y convivencia ciudadana, con todas las secuelas de incesante arrasamiento de valores y potencialidades, de cruento e irracional desperdicio humano que de tal panorama se deriva. Y la respuesta de los poderes p“ blicos para con estos ciudadanos es demasiadas veces Óy cuando se produceÓ escasa, meramente asistencial y miserable, al no atacar la raız de la problematica que todavıa padecen. Asılo reconocıa literalmente el primer acto jurıdico positivo para la ciudadanıa gitana promulgado en toda su historia: un Real Decreto, de 11 de enero de 1979, por el que se creaba una Comision interministerial para el estudio de los problemas que afectan a la Comunidad gitana. Publicado unos dıas despue s de la entrada en vigor de la Constitucion, este esclarecedor reconocimiento del Estado espan ol acerca de la actitud antigitana, mantenida por los poderes p“ blicos durante mas de cinco siglos y medio, no se ha correspondido paradojica y lamentablemente con el necesario proposito de enmienda ni con la correccion de los desatinos cometidos. Reducidos aquıy alla los mandatos constitucionales a meros enunciados de bellas palabras, los programas y las acciones polıticas apenas son otra cosa que tımidos, miserables intentos de mantener el statu quo del discurso del ”orden„ y la ”eficacia„ en el area social, mas preocupados sus administradores a lo que se ve por el control ”social„ que por el desarrollo comunitario integral y la redencion definitiva de los relegados, abandonados, sempiternos desfavorecidos. é Situacio n social y cultural de la poblacio n gitana espanola He aquı, en un inventario apresurado, las coordenadas que definen la realidad presente de la poblacion gitana espan ola: ’ Sin datos fehacientes, cientıficamente elaborados, actualizados y fiables, puede estimarse que la poblacion gitana espan ola se acerca, si no es que lo ha rebasado, al millon de personas en este segundo an o del siglo XXI. En Espan a vive probablemente la tercera parte de la poblacion gitana de la Comunidad Europea. Y en la Paneuropa habitan en torno a 12 o 14 millones de ciudadanos roma/gitanos.

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’ La poblacion gitana espan ola es muy joven: casi la mitad tiene menos de 16 an os; mas de dos tercios, menos de 25 an os, y apenas cinco de cada cien alcanzan los 65 an os. ’ Con un alto crecimiento demografico (en torno al 5 por cien sostenido anual), frente al crecimiento mınimo Ócasi nulo e incluso recesivoÓ de la poblacion mayoritaria, la ciudadanıa gitana espan ola se duplica cada tres lustros y resulta ser, curiosamente, el grupo humano mas prolıfico del mundo en el seno del paıs con el mas alto ındice de decrecimiento poblacional del planeta. ’ El taman o medio de la familia gitana es de 5 4 miembros, frente a los 3 7 de la familia media espan ola (porcentaje en descenso). ’ Alrededor del 95 por cien de la poblacion gitana espan ola es sedentaria. Su nomadismo residual es practicamente funcional, de itinerancia laboral o temporera. ’ Con el crecimiento de la inmigracion hacia Espan a procedente de Portugal y sus excolonias, del Magreb y de algunos paıses del A frica negra y de Latinoame rica, se ha incrementado en los dos “ ltimos lustros la presencia de otras minorıas e tnicas en Espan a. Al odio com“ n y casi osmotico, del que los Gitanos ocupan el primer puesto del ranking racista, se an ade la explosion generalizada de xenofobia contra magrebıes, negros, mestizos, latinoamericanos y europeos del Este que nos ”visitan„ como inmigrantes o refugiados. Inmigrantes y etnias malfamadas Óen Espan a, la Comunidad gitana por antonomasiaÓ vuelven a pagar los platos rotos de la irracionalidad. Abierto el abanico gentilicio, el inventario de los discriminados, se reproducen aquılas pulsiones de rechazo, los gestos y las agresiones que los emigrantes espan oles, no Gitanos, sufrıan en Europa en la de cada de los 60. Suele decirse ahora, cuando se estudian prospectivamente las posibles consecuencias de este inmundo renascimento, que ”la cosa no ha hecho mas que comenzar„. En realidad, ”la cosa no ha hecho mas que continuar„. ’ El Pueblo gitano espan ol constituye una minorıa e tnica con una cultura propia, pero no es un grupo monolıtico con una estructura polıtica especıfica, ni tiene lıderes y organos de gobierno, representacion y decision que puedan definir acciones conjuntas para toda su comunidad encaminadas a vertebrar o conquistar su lugar digno y parigual en la sociedad espan ola. ’ Sociedad marginada racialmente y relegada social, polıtica y culturalmente, un tercio de las familias gitanas carece de autosuficiencia economica, engrosando el eje rcito de dependientes de la beneficencia del Estado o de lo que ya se denomina en Occidente ”ciudadanıa superflua„. ’ La mayorıa de los Gitanos desempen a actividades laborales de bajo nivel profesional y productivo. La limitada gama de sus oficios tradicionales apenas si tienen reconocimiento legal o, como es el caso de la venta ambulante, son inconstitucionalmente perseguidos en miles de municipios espan oles sin opcion alternativa, contraviniendo los poderes perseguidores la legislacion espan ola y las directrices comunitarias. ’ Gran proporcion de los Gitanos habita todavıa en viviendas ınfimas: escasos metros cuadrados, mala ventilacion, falta de servicios basicos, nula calidad constructiva,

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contextos patogenos. Ocupan el 95 por cien de las chabolas, barracas o infraviviendas existentes en las periferias de los grandes n“ cleos urbanos. El 80 por cien de esas infraviviendas tienen menos de 50 metros cuadrados, y en ellas se albergan familias cuyo promedio de miembros es de 5 4; a menudo, dada la coercion de los poderes locales frente al chabolismo, se producen hacinamientos de varias familias en un habitaculo, al impedirles ampliar el habitaculo o construir otro para las nuevas parejas. En no pocas ocasiones, el barraquismo es inducido, promovido o estabulado por los poderes locales. ’ La carencia de infraestructuras y servicios basicos en los asentamientos chabolistas y la frecuencia de las noxas ambientales forman un marco indeseable de imposible habitabilidad, insalubre y antihigie nico, para un segmento numeroso de la poblacion gitana. A la falta de condiciones higie nicas debe an adirse la extendida desidia, el abandonismo, la desatencion administrativa que les relega y disemina artificialmente en guetos estabulados ajenos a la mas elemental prestacion de los servicios mınimos que los poderes p“ blicos estan obligados a proporcionar a su ciudadanıa desfavorecida en un Estado de derecho. ’ La realidad escolar y educativa corre pareja con la situacion que en otros ambitos hemos enunciado: 70 por cien de los adultos gitanos carecen de la instruccion basica o viven inmersos en el analfabetismo funcional; 60 por cien de los nin os en edad escolar no acuden a la escuela; la mayorıa de la poblacion gitana no alcanza el primer nivel de cualificacion profesional; es muy escaso el n“ mero de jovenes presentes en centros de ensen anza media y universitaria (poco mas de 300 universitarios para una poblacion que seguramente sobrepasa el millon de ciudadanos gitanos); su lengua, historia, cultura, costumbres y tradiciones estan practicamente ausentes en los curricula escolares, y las escuelas no se adaptan a sus necesidades educativas especıficas; la inmensa mayor parte de los profesores no esta preparada para impartir una educacion intercultural, respetuosa de la diferencia, y practica el colonialismo cultural, pseudointegrador, asimilacionista o disuasorio; uno de cada cinco profesores se manifiesta racista y uno de cada cuatro estudiantes considera que deberıa expulsarse de Espan a a los Gitanos. ’ El incumplimiento por los poderes p“ blicos de sus obligaciones tutelares hacia los derechos de la ciudadanıa gitana es todo un sıntoma de lo que le sucede a la sociedad espan ola con respecto al Pueblo gitano. Veintise is largos an os despue s de finiquitada la dictadura del general Franco con su desaparicion fısica, los tibios intentos de disen ar o ejecutar planes de atencion desde las administraciones, adolecen machaconamente de los mismos defectos basicos: carencia de voluntad polıtica para resolver este contencioso historico, para reparar la deuda que Espan a tiene contraıda con la Comunidad gitana, para promover y fomentar, a nivel local, comarcal o regional, autonomico y estatal, la igualdad de condicion entre todos los ciudadanos espan oles Ó Gitanos incluidosÓ; perseverancia en el mantenimiento de las discriminaciones institucionalizadas, en lugar de su eliminacion, desde el no reconocimiento jurıdico expreso de su condicion de pueblo dentro del Estado espan ol, la no compensacion social de sus carencias y la no reduccion de su distancia con los estandares medios de la sociedad mayoritaria. Y ello, con las derivas miserables, las vergonzantes poquiteces, las ane micas chapucerıas, los cınicos disimulos discriminadores y la feroz indiferencia ante la diferencia (la tolerancia de lo intolerable) con que, en tantas ocasiones, se sigue apartando, repudiando, sacrificando, ultrajando, degradando, acorralando, reduciendo, controlando, excluyendo, exudando, expulsando de la vida colectiva, digna y humana, a

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los Gitanos, tanto por accion como por omision, en la Espan a constitucional y democratica del segundo an o que ha iniciado su andadura en el siglo XXI. ’ A sensu contrario: las instituciones debieran haber emprendido con determinacion y eficacia un proceso de tratamiento no diferenciado pero equitativo de los problemas gitanos generalizables, semejantes a los de otros ciudadanos desfavorecidos, y un tratamiento diferencial, compensador o de discriminacion positiva, de su especıfica problematica, coordinados ambos simultanea, global, interrelacionada e interinstitucionalmente en los niveles de instruccion, de formacion y promocion socioprofesional, de alojamiento y salud, de respeto, participacion societaria y convivencia. He ahılos lineamientos indispensables de un verdadero plan de desarrollo del Pueblo gitano. Para llegar a e l es necesario que se produzcan cambios fundamentales en la polıtica gitana: un verdadero Plan estatal de urgencia y no revocos de fachada mas o menos duraderos, coyunturales, precarios, urdidos para cubrir el expediente o salir del paso, que estan acabando por desgastar, desengan ar y desanimar los dinamismos adaptativos y las esperanzas de la poblacion gitana. Es imprescindible y urgente que el derecho a la igualdad formal ante la ley se perfeccione con el derecho a la igualdad de respeto, de oportunidades, de recursos y de bienestar, y con la igualdad de derechos polıticos que aseguren la representacion y el sentido cıvico en el pleno ejercicio de la ciudadanıa a los Gitanos espan oles. ’ A iniciativa de Presencia Gitana, promotora de su recordatorio y celebracion redentora, el Defensor del Pueblo de Espan a y los Comisionados Parlamentarios Autonomicos suscribıan el 4 de marzo de 1999, un ”Manifiesto„ en apoyo de los derechos del Pueblo gitano y de los inmigrantes recientes. Se trataba de conmemorar los 500 an os de la Pragmatica firmada en Madrid en igual fecha calendaria de 1499, por la que se iniciaba la persecucion contra los Gitanos por los poderes p“ blicos espan oles (proceso mantenido sin solucion de continuidad hasta la entrada en vigor de la Constitucion Espan ola de 27 de diciembre de 1978). Como desideratum de sus deseos de que ”la comunidad gitana, y todas aquellas que a lo largo de los siglos han compartido la historia de Espan a, deben verse libres definitivamente de toda forma de rechazo, ası como de cualquier intento de asimilacion impuesta„, el Colegio de Defensores del Pueblo recomendaba ”que la reparacion de injusticias historicas cometidas contra determinados pueblos y etnias supere las formulaciones retoricas y se concrete en realidades tangibles„, para que ”la sociedad espan ola se asome al nuevo milenio con la satisfaccion de haber reparado las injusticias cometidas contra las minorıas„. é Coda final Ni los poderes p“ blicos ni la sociedad mayoritaria Óa cuya conciencia llamaban los autores del ”Manifiesto„ desde su objetiva autoridad moralÓ se sintieron aludidos, ni reaccionaron a sus recomendaciones. El an o conmemorativo paso practicamente inadvertido, con dukas y sin mas gloria que el impulso de sensibilidad y compromiso que hizo posible el proposito; pero la semilla permanece potencialmente fructıfera como idea-fuerza dinamizadora. La ”universalizacion„ paneuropea de sus planteamientos constituye la urdimbre sobre la que sera posible articular nuevas afanes, renovadas esperanzas frente a toda forma de exclusion, discriminacion, rechazo o asimilacion impuesta como razon convocante a la perseverancia, conscientes de que, en te rminos de

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proceso historico y de humanidad sucesiva, ”no tenemos prisa„, mas no podemos desmayar en el empen o por situar a la Comunidad gitana en el camino de las nuevas metas que demanda el siglo recie n estrenado. Quiza la mas ambiciosa, a fuer de necesaria, consista en promover el desarrollo comunitario integral de la ciudadanıa gitana, desde la conciencia de situacion hacia la plenitud, de tal suerte que sus capacidades potenciales encuentren cauces de realizacion equitativos y que lleguen a compartir la plena corresponsabilidad en derechos y deberes con la sociedad mayoritaria. En el ”Informe del Departamento de Estado de los EE.UU. sobre los Derechos Humanos, 2000„, puede leerse que La comunidad gitana sigue sufriendo discriminacion en el trabajo, en los colegios y en el acceso a la vivienda. Del millon de gitanos que vive en Espan a un tercio no puede mantenerse economicamente. Activistas gitanos atribuyen la alta tasa de empleo noformal en la agricultura y en la venta ambulante (75-80 por cien) a la discriminacion y marginacion historica. A pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid derogo una ordenanza de 1999 en la que se prohibıa la venta ambulante, las autoridades locales siguen encontrando formas de mantenerla. Otras ciudades han promulgado ordenanzas similares, lo que ha ido en detrimento del bienestar economico de muchos gitanos. Las mujeres son las que sufren mas dificultades a la hora de buscar trabajo, puesto que muchos de los patronos no son proclives a contratar mujeres de grupos e tnicos con una alta tasa de nacimientos. Un estudio de 1998 indica que tan solo el 35 por cien de los nin os gitanos estan integrados en el sistema educativo. Aproximadamente un 60 por cien de los nin os no terminan la educacion primaria, y muy pocos llegan a la ensen anza media o mas alla. Una quinta parte de los profesores se describen como anti-gitanos y un 25 por cien de los estudiantes confiesa que les gustarıa ver a los gitanos expulsados de la escuela y del paıs. Las tasas de absentismo y de abandono escolar son muy altas, y los padres, de los cuales mas del 80 por cien son analfabetos, no comprenden el valor de la educacion o no son conscientes de las oportunidades educativas que la escuela significa para sus hijos.

Manuel Martın Ramırez ASOCIACION NACIONAL PRESENCIA GITANA Madrid, mayo de 2002

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Informe ENAR sobre la situacio n real del racismo en el Estado espanol 4- EXTRANJERIA Federacio n de Asociaciones de SOS Racismo del Estado espanol

1- INTRODUCION De todos los apartados que contiene este informe, el dedicado a la situacion legal y social en que se encuentran los extranjeros, en su gran mayorıa extracomunitarios, en el estado espan ol, aparte de ser el mas extenso por la cantidad de acontecimientos y modificaciones legales ocurridas en estos “ ltimos an os, es donde las perspectivas futuras estan mas ensombrecidas y donde la realidad esta mas encubierta por el gobierno espan ol y su falta de habitos democraticos, en especial en su relacion con las asociaciones de inmigrantes y de defensa de sus derecho. Asimismo, esta cantidad de hechos, en su mayorıa negativos, hace del todo insuficiente este informe y a“ n mas necesario recurrir a documentacion e informes complementarios y al conocimiento diario de la situacion por las asociaciones involucradas en la red espan ola de ENAR. De todas las maneras, hemos intentado en este apartado, en primer lugar, describir de manera general el marco jurıdico y social en que se mueven los extranjeros, para en segundo lugar enunciar los ejemplos mas ilustrativos y graves acontecidos en este tema recientemente, como paradigma de lo que se quiere expresar. Dentro de cada uno de los hechos que se significan, hemos realizado a su vez una distincion entre lo que es la problematica legal en si y lo que es la situacion social, la situacion en la practica que se produce por la conjuncion de toda una serie da factores tanto legales como de arbitrariedad administrativa y falta de medios. Finalmente, como en el resto de apartados, se destaca una relacion de documentos e informes que tanto asociaciones y grupos de entidades del estado, como organizaciones internacionales han elaborado sobre el tema, y que pueden ayudar a comprender la situacion resumida en estas lıneas.

2- MARCO GENERAL Antes de relatar los hechos mas destacados acontecidos en la realidad de la extranjerıa, conviene hacer una referencia a la legalidad vigente, cuya aplicacion en la practica es causa de muchos de ellos, y a la aplicacion por las diversas Administraciones existentes en el estado espan ol de esta normativa, es decir, a la practica cotidiana, cuyas consecuencias y situacion es quiza lo mas preocupante para el extranjero que pretende ejercer en igualdad sus derechos como ciudadano.

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Situacio n legal

A finales de 1999, debido a los numerosos problemas e injusticias generadas por la primera Ley de Extranjerıa espan ola de 1985, se aprobo una nueva ley, que todavıa contenıa numerosos recortes de derechos para los extranjeros, pero que suponıa un avance en garantıas jurıdicas. Sin embargo, esta Ley, llamada 4/2000, que entro en vigor en Febrero del 2000, se topo con unas elecciones en Marzo en las que el Partido Popular obtuvo mayorıa absoluta, partido que tenıa en su programa electoral como una de sus prioridades cambiar esta Ley, al ser el “ nico partido que voto en contra, a pesar de haber participado en la elaboracion de la Ley del 2000 y haberse posicionado en contra “ nicamente dıas antes de su aprobacion. Este cambio de posicion, que supuso la victoria del sector mas conservador del Partido Popular y la derrota y retirada de la vida polıtica del Ministro de Trabajo y de varios de sus colaboradores, se vio reforzado por esta victoria electoral absoluta, iniciandose los pasos para la elaboracion de una nueva Ley de Extranjerıa Para este cambio, se produjo toda una campan a en los medios de comunicacion de criminalizacion de la inmigracion y de alegacion de causas ficticias, como el tan traıdo ”efecto llamada„ de la Ley anterior, buscando una justificacion inexistente de la nueva Ley. Meses mas tarde, en concreto, en Enero del 2001, se consuma el cambio y la aprobacion de una de las Leyes mas restrictivas de Europa, a pesar de ser el volumen de inmigracion en el estado espan ol muy inferior a otros paıses con leyes similares (Francia, Alemania, etc...), pasando al ostracismo absoluto tanto los miembros del Partido Popular que habıan abogado por una Ley mas social y no policial como los pequen os e insuficientes avances que habıa supuesto la Ley anterior. Desde ese momento, se encuentra vigente la Ley 8/2000 de extranjerıa, a la que ni siquiera el gobierno espan ol ha querido denominar como una nueva ley sino como modificacion de la anterior, por miedo a ser tildado de ”racista„ o ”discriminador„, con las connotaciones polıticamente incorrectas que tienen estos te rminos. Sin embargo, la modificacion ha afectado a 60 de los 70 artıculos que contenıa la Ley 4/2000 y a lo que es mas importante, al espıritu de la anterior. Como las organizaciones sociales habıamos pronosticado, esta nueva Ley ha sido un fracaso absoluto en el an o y medio escaso que lleva vigente, al haber demostrado la realidad la falsedad de las excusas en las que se baso la modificacion legislativa y al no servir ni para los fines con que la vendio el gobierno. Hoy en dıa, no se aplica en casi ninguno de sus apartados, no se aplica cuando niega los derechos de reunion, asociacion, sindicacion y manifestacion a los inmigrantes ”irregulares„, como no podıa ser menos, no se aplica su re gimen de regularizacion, que ha sido sustituido por una simple Orden Ministerial que lo ha suprimido temporalmente, no se aplica su re gimen sancionador con nacionales de muchos paıses, al no existir acuerdos con estos paıses, etc... Esta “ ltima caracterıstica, su no cumplimiento, que en muchos casos es de agradecer desde el punto de vista de los derechos de los extranjeros, sin embargo, si que sirve para demostrar el talante del gobierno espan ol, que incluso ha hablado recientemente de modificar de nuevo la Ley de extranjerıa, lo que nos hace temblar a las organizaciones de defensa de derechos.

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A la Ley aprobada a principios del 2001 se le ha unido, en Agosto del 2001, la aprobacion de un Reglamento de desarrollo, que como no podıa ser de otra manera cae en los mismos errores y vulneraciones, aunque ha servido para aclarar aspectos confusos de la Ley.

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Situacio n administrativa

A la situacion legal tan restrictiva que viven los extranjeros en Espan a, hay que unir la situacion y comportamiento de las Administraciones competentes en la tramitacion de cuestiones relativas a extranjeros. Este comportamiento se caracteriza por una arbitrariedad y discrecionalidad fomentada por una Ley de Extranjerıa ambigua, por una falta absoluta de recursos humanos y materiales, que genera un sinfın de casos de racismo institucional, y por una desinformacion general de los funcionarios de la Administracion espan ola cuando se enfrentan a una tramitacion en la que se ve inmerso un extranjero. Debido a estos factores, se producen habituales negaciones de los pocos derechos que le corresponden a un extranjero por este motivo, como el acceso al Padron municipal o a la asistencia sanitaria. Este hecho, que se agrava en el caso de las provincias de mayor poblacion del Estado, como Madrid o Barcelona, tiene tambie n su relacion con la complicada distribucion territorial y administrativa espan ola, con competencias por parte del propio Estado central, de Comunidades Autonomas, de Municipios, Provincias, etc..., que vuelven un poco loco al extranjero que desconoce esta realidad Provincias que cuentan con el mismo personal en extranjerıa desde hace an os a pesar de haberse quintuplicado la poblacion inmigrante (Madrid), colas insufribles ante las oficinas p“ blicas para acceder a una informacion que luego es negada o dada con malas formas o de manera arbitraria, en el caso de Madrid mas de 4 meses de espera para una cita que permita presentar la solicitud de regularizacion, personal laboral en la Administracion en precarias condiciones laborales que se ve sobrepasado por la realidad que vive el extranjero, y asınumerosas situaciones que hacen de este tema la clave para comprender porque las organizaciones de inmigrantes y de defensa de sus derechos somos tan crıticos con la actitud del gobierno espan ol. Este caos y arbitrariedad administrativa, a tener siempre muy presente cuando se repasa la normativa de extranjerıa en Espan a y los derechos que reconoce, supone un obstaculo mas a un ejercicio del derecho ya de por sırestrictivo, y se ve culminado por la mala administracion, podrıa decirse hasta ineptitud, de quienes estan al mando de esta Administracion. Estos responsables, que deberıan ser quienes le pusieran remedio, nos ”sorprenden„ a diario con una nueva solucion cada vez mas desastrosa (retorno voluntario, proceso de regularizacion extraordinaria del 2001, etc...), como se puede ver por los documentos adjuntos a este informe. Por ello, si vamos a hablar de acceso a la ciudadanıa europea, tengamos muy presente esta realidad si queremos formarnos una opinion cierta en la practica.

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3- HECHOS ACONTECIDOS En este punto, de manera resumida, sen alamos los hechos mas importantes y graves que en el tema de la extranjerıa han venido aconteciendo en Espan a en estos “ ltimos meses y muchos de los cuales siguen ocurriendo en la actualidad. No estan todos las situaciones vividas pero si las mas paradigmaticas de lo que es la situacion real de la xenofobia y del racismo en el Estado.

1- Expulsiones / Centros de Internamiento A) PROBLEMA TICA Con la entrada en vigor de la nueva ley de extranjerıa en Enero del 2001, uno de los beneficios de la ley anterior, como era la supresion de la expulsion de un inmigrante por no tener papeles, se modifico de nuevo, volvie ndose a establecer esta posibilidad. Con la vuelta de esta posibilidad, se reabren situaciones anteriores que claro caracter ilegal, como la situacion y condiciones de los Centros de Internamiento y los expedientes de expulsion que se abren a nacionales de paıses que no tienen convenios en este sentido con Espan a, lo que hace imposible su repatriacion. A este recrudecimiento legal del re gimen sancionador de la ley, el gobierno espan ol ha unido un discurso en los medios sobre el endurecimiento de las sanciones a aplicar a los empleadores que contraten ”sin papeles„, por lo que casi nadie, salvo el empresario explotador y sin escr“ pulos, se atreve a contratar a un sin papeles, ante la gran cantidad de obstaculos, documentos y torpezas administrativas que se producen cuando se solicita la autorizacion de trabajo para un extranjero Igualmente, con la vuelta de la posibilidad de expulsar a personas por simple estancia irregular, se han vuelto a llenar los Centros de Internamiento, donde nos encontramos con personas que son internadas por una infraccion administrativa, a causa casi siempre de la propia torpeza de la Administracion en dar respuesta a su solicitud de papeles. Estas personas, ademas, se encuentran con centros que en muchos casos ni siquiera cumplen las condiciones legales de estancia y que son perores que carceles, ya que al no tener caracter penitenciario, seg“ n la Ley de Extranjerıa, no tienen ni los derechos que les corresponden a los presos.

B) SITUACION SOCIAL La expulsion por carencia de papeles ha generado en el inmigrante un efecto intimidatorio en el extranjero, que acalla en muchos casos sus reivindicaciones de derechos y su participacion social. El hecho citado de que la Policıa esta incoando expedientes de expulsion a inmigrantes procedente de paıses a los que no van a poder ser retornados es el de la mayorıa de las personas originarias del subsahara, a quienes, al cruzar el estrecho o posteriormente ya 29

en Espan a se les abre un expediente de expulsion por estancia irregular, dejandoseles, tras 40 dıas de internamiento, maximo previsto legalmente, en las calles sin posibilidad de ser regularizados y de encontrar trabajo. Estos expedientes de expulsion estan generando problemas tambie n en los procesos especiales de regularizacion, ya que las personas afectadas estan viendo denegadas sus solicitudes. Los casos mas patentes vienen ocurriendo en lugares fronterizos, como Ceuta y Melilla y en las Islas Canarias, con todo lo que esta dura realidad tiene como generadora de xenofobia en la sociedad autoctona. Respecto a las condiciones de los Centros de Internamiento, prosigue la denuncia de las organizaciones sociales de la penosa situacion de la mayorıa de ellos, en especial en Ceuta, Melilla y Las Palmas (en Canarias), al no contar con los servicios mınimos establecidos legalmente, restringirse el re gimen de visitas y ser muy precaria la asistencia jurıdica que se presta por los Colegios de Abogados implicados. Mencion aparte merece el ”supuesto„ Centro de Internamiento de Fuerteventura, ubicado en la vieja terminal del Aeropuerto, donde se agolpan en unas condiciones infrahumanas y sin los mas mınimos servicios mas de 400 personas, como muy bien se relata en los informes referenciados al final de este apartado y cuya situacion ha sido denunciada en todos los ambitos, sin respuesta por el momento del Gobierno espan ol.

2- Explotacio n laboral: El Ejido A) PROBLEMA TICA Las grandes dificultades legales y administrativas, la imposibilidad a fecha de este informe, para acceder a una situacion regularizada, inciden de manera especial en la efectividad de los derechos de los trabajadores extranjeros en situacion irregular, al buscarse gracias a ello una mano de obra docil y barata. Debido a esta combinacion de factores, se provoca una constante explotacion laboral y precariedad en el trabajo de los ”irregulares„, y que adquiere una especial relevancia en el campo espan ol, donde los trabajos son esporadicos y en malas condiciones. Estas circunstancias impiden, por los requisitos de estabilidad en el empleo que exige la Ley de extranjerıa espan ola para conseguir un permiso de trabajo, acceder a una situacion regular. Esta explotacion laboral y la rebaja de las condiciones laborales no solo afecta a los derechos laborales del inmigrante ”irregular„ sino tambie n a los del espan ol que trata de conseguir trabajo. Este panorama, basado en la desinformacion de quien no reflexiona sobre el verdadero culpable de esta situacion, sin embargo, fomenta prejuicios y alienta la xenofobia dentro de la sociedad autoctona respecto de la venida de inmigrantes. El hecho mas destacado que denota la explotacion laboral del inmigrante y su exclusiva vision desde las autoridades como mano de obra y barata, la encontramos en los Contingentes anuales de trabajadores extranjeros que establece el Gobierno, llamados Cupos, donde, como ocurre el de este an o, las 2 terceras partes de los puestos ofrecidos son temporales. Esto quiere decir que permiso que se atribuye con los Cupos permite

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trabajar en Espan a “ nicamente unos meses, los que dura el trabajo a realizar, y cuando termina su contrato, el extranjero esta obligado a regresar, sin prestacion ni concesion alguna a pesar de la riqueza generada. Destacar, por “ ltimo, otra circunstancia que favorece la explotacion laboral y reduce la reivindicacion de sus derechos al inmigrante, en este caso de trabajadores ya regularizados con un primer permiso, es el hecho de que, de acuerdo con la Ley de extranjerıa, este permiso inicial solo autoriza a trabajar en la provincia donde se concede y en el sector de empleo en el que se ha solicitado trabajo. A esta realidad legal, hay que unir la existencia de convenios de la Administracion con grandes empresas, que hace que el trabajador extranjero este en manos de estas empresas, al depender la validez de su permiso de su continuidad laboral, acallando con ello un posible abuso en sus condiciones laborales

B) SITUACION SOCIAL Como se ha recalcado, el fenomeno de la explotacion laboral de la inmigracion adquiere especial relevancia en sectores laborales como la agricultura. Asıocurre en toda la costa mediterranea espan ola, en provincias como Murcia y Almerıa, en las que existen grandes cultivos y huertas, y donde la explotacion laboral es a diario y donde se acalla, con el efecto intimidatorio de la ley de extranjerıa, la posibilidad de reivindicacion del extranjero. El caso mas conocido es el de la poblacion de El Ejido y de toda la comarca almeriense, donde en Febrero del 2000 ocurrieron los hechos mas vergonzosos ocurridos en Espan a en cuanto al racismo y donde 2 an os mas tarde, la situacion de explotacion y de negacion de derechos de los extranjeros, en su mayorıa magrebıes, sigue exactamente igual o peor, por ejemplo impidie ndoseles en muchos casos el acceso a bares de la localidad o con una segregacion espacial de la poblacion inmigrante con respecto a la autoctona. Esta situacion de xenofobia alcanza tambie n a las asociaciones de solidaridad con los trabajadores inmigrantes, que reciben amenazas constantes y desprecios por parte de las autoridades. Junto con la comarca almeriense, se viven situaciones similares en otras zonas del campo espan ol, en las que la precariedad del trabajo fomenta este fenomeno, como el caso mas reciente de Huelva, donde se han vivido situaciones surrealistas al haberse contratado a trave s del Contingente a trabajadores del este de Europa para recoger la fresa, cuando habıa miles de inmigrantes magrebıes que anualmente se desplazan a realizar el mismo cometido. Quiza, lo mas preocupante de esta situacion desde la perspectiva del racismo no haya sido el empecinamiento de las autoridades en la aplicacion de una polıtica migratoria sin sentido, sino que esta polıtica ha estado motivada, y no solo en Huelva sino tambie n en otras zonas del campo espan ol, por el prejuicio existente entre el empresariado de la zona de que los magrebıes son demasiado reivindicativos. Otro caso patente de explotacion ocurrio a la par de aprobarse la nueva y vigente Ley de extranjerıa, cuando 12 ecuatorianos murieron al ser arrollada por un tren la furgoneta que les trasladaba de manera ilegal a su trabajo, suceso que provoco las protestas y encierros de inmigrantes en todo el Estado.

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Esta irregularidad e inestabilidad tambie n es visible en otros lugares que no son el campo espan ol, como en las grandes ciudades y en general, con horarios de trabajo abusivos y salarios mas bajos de los previstos en los convenios colectivos de cada sector de empleo, lo que motiva el conflicto citado con los trabajadores espan oles. Este prejuicio hacia el trabajador extranjero motiva, en determinados Sindicatos de trabajadores, en especial, en los mayoritarios, una menor intensidad en la defensa de sus derechos, por la conflictividad interna del tema.

3- Procesos especiales de regularizacio n A) PROBLEMA TICA En los 2 “ ltimos an os, 2000 y 2001, coincidiendo con la aprobacion y derogacion sucesiva de 2 leyes de extranjerıa, se han llevado a cabo 2 procesos especiales de regularizacion, es decir, se ha abierto la posibilidad de ser regularizado cumpliendo determinados requisitos, sin cumplirse el re gimen normal de regularizacion previsto en la Legislacion de extranjerıa. En el an o 2000, con la aprobacion de la Ley 4/2000, se dicto un Real Decreto que permitıa la regularizacion a aquellas personas que se encontraran en Espan a antes del 1 de Junio de 1999. Este proceso fue llevado a cabo con los mismos recursos humanos y materiales existentes en ese momento, lo que ha sido su principal inconveniente. En cuanto al proceso especial del an o 2001, finalizado en Julio de ese an o, fue fruto de las protestas de inmigrantes tras la aprobacion de la nueva ley de extranjerıa, y de la situacion insostenible para los ”irregulares„ que genero, en tan solo 6 meses de vigencia, la modificacion legal aprobada. Esta derrota social para el gobierno motivo que no se aumentara el personal y que ni siquiera fuera aprobado el proceso mediante una norma escrita, sino que se baso en unas instrucciones internas (en el caso de Madrid, dictadas de viva voz por las autoridades a las organizaciones sociales). Los requisitos para acceder a este proceso han sido que el extranjero se encontrase en Espan a antes del 23 de Enero del 2001 y que cumpliera una de estas 3 condiciones, tener una oferta de empleo, haber tenido un permiso y haberlo perdido o tener familiares directos regularizados en Espan a.

B) SITUACION SOCIAL La inseguridad jurıdica generada por ambos procesos se puede expresar en numerosos ejemplos, si bien hay que hacer un remarque especial, al hablar de arbitrariedad administrativa y casos de racismo institucional, en el proceso del an o 2001, por la falta de una norma que lo este regulando. En el proceso del an o 2000, el principal problema es que todavıa existen solicitudes de permiso de residencia sin resolver, por ejemplo en Madrid el proceso a“ n no se ha cerrado en su totalidad. A esta lentitud y sus consecuencias en los interesados se le unen miles de personas a las que se concedio un permiso de trabajo en este proceso especial, 32

con fecha de caducidad de un an o, como establece la Ley, pero a las que, o todavıa no se les ha dicho si se les ha concedido el permiso de residencia o, si se les ha contestado, no tienen la tarjeta de residencia al tener la cita para poner la huella para dentro de unos meses. Esta circunstancia hace que estas personas, al no tener la tarjeta de residencia y tener “ nicamente un permiso de trabajo en apariencia caducado, este n perdiendo sus puestos de trabajo o no puedan obtener nuevos trabajos, por la falta de informacion oficial y coordinacion de las autoridades en este sentido. Respecto del proceso del an o 2001, las irregularidades se inician por ser un proceso sin norma que lo regule. Esto hace que no sea posible para el extranjero ejercer su derecho de defensa si se le ha denegado su solicitud. A fecha de este informe, quedan mas del 30 por ciento de las solicitudes sin resolver, a pesar de haber finalizado el plazo de entrega en Julio del an o pasado, sin que se sepa, tras varias promesas incumplidas por el Gobierno sobre cuando se iban a resolver todas, cuando va a terminar este proceso. Con esta lentitud, muchos extranjeros han perdido la posibilidad de trabajo con la que optaron a la regularizacion y las colas ante las oficinas de extranjeros se inician en la noche del dıa anterior, en busca de una respuesta que nunca llega. Esta desesperacion se junta con otras irregularidades, como la resolucion del proceso por personal contratado a trave s de una empresa de trabajo temporal o el veto a la presencia de los asesores jurıdicos de las asociaciones y particulares en las Comisarıas que estan tramitando este proceso especial, sin que puedan informarse de solicitudes que presentaron en un intento por colaborar con la Administracion en beneficio de los extranjeros.

4- Menores extranjeros no acompanados En este apartado, se quiere hacer referencia a la situacion en la que se encuentran los menores extranjeros que sin la compan ıa de sus padres llegan a territorio espan ol, y que tienen como principal problema la intransigencia del Gobierno espan ol a la hora de darles un permiso de residencia, con todas las consecuencias sociales y desproteccion que ello genera. Para una mejor comprension de esta problematica y sus consecuencias sociales y por su importancia y actualidad, hemos considerado conveniente dedicar en este informe general un apartado especıfico, a donde nos remitimos para su explicacion.

5- Re gimen General de Regularizacio n de Extranjeros / Cupo 2002 A) PROBLEMA TICA El re gimen habitual que establece la Ley y el Reglamento de Extranjerıa se encuentra en estos momentos y desde Enero de este an o, suspendido y negado por las autoridades, desde que a principios de Enero, el Gobierno, mediante un Acuerdo de su Consejo de Ministros, decidiera, al aprobar el Contingente de trabajadores extranjeros para el an o 2002, que ello suponıa el cierre del re gimen general

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Esta denegacion adoptada de manera general es un paso mas en el cierre de las posibilidades de regularizacion, que tiene como principal bastion la aplicacion indiscriminada del criterio de situacion nacional de empleo (denegacion de la solicitud si hay trabajadores inscritos en el paro para el mismo puesto de trabajo), con el que desde hace an os se vienen denegando la mayorıa de solicitudes de permiso de trabajo, para desesperacion de trabajadores y empleadores que desean formalizar su relacion laboral El Contingente, denominado coloquialmente Cupo, origen de este cierre del re gimen general de regularizacion, tiene como principales caracterısticas ser un Cupo en origen, es decir, no pueden acceder a este mecanismo de regularizacion mas que las personas que se encuentren en sus paıses de origen. Las ofertas de trabajo a realizar han de ser gene ricas, nunca nominativas y los procesos de seleccion los realizan las embajadas espan olas en el extranjero en coordinacion con los servicios de empleo de estos paıses. Ademas, de los poco mas de 32.000 puestos de trabajo que se ofrecen, mas de dos terceras partes estan destinados para permisos de temporada, con las caracterısticas que re“ ne este tipo de permiso ya comentadas

B) SITUACION SOCIAL Esta imposibilidad actual de acceder a la regularizacion mediante la solicitud de un permiso de trabajo es muestra de la demagogia de un gobierno que dice en los medios fomentar la regularidad de la inmigracion. Supone, al mismo tiempo, que mas de 400.000 inmigrantes en toda Espan a no puedan regularizarse hasta por lo menos Octubre de este an o, cayendo en la explotacion laboral y el trabajo irregular. Se trata, ademas, de una decision manifiestamente ilegal, al haberse suprimido un re gimen establecido en una Ley Organica mediante un simple acuerdo del Consejo de Ministros, con rango de Resolucion. Ello ha hecho que tanto alg“ n partido polıtico (Izquierda Unida) como Sindicatos y organizaciones sociales hayamos interpuesto en Marzo un recurso ante el Tribunal Supremo espan ol en busca de una eliminacion de esta barbaridad legal y social. En este recurso, las organizaciones sociales hemos solicitado que se adopte como medida cautelar por el Alto Tribunal la apertura del re gimen general, como “ nica forma de dar respuesta a los miles de extranjeros que se agolpan ante nuestros locales y a quienes no podemos darles respuesta positiva a sus intentos de regularizacion. Poco de cambio supone esta vuelta de tuerca del Gobierno porque, como ya se ha citado, el criterio de situacion nacional de empleo ya era muchas veces un obstaculo insalvable para la regularizacion y lo que ha hecho que durante 2 an os seguidos se hayan tenido que abrir procesos especiales de regularizacion, Con ello se muestra patente la irresponsabilidad y desorientacion de un Gobierno que cree que con estas medidas va a fomentar la llegada por vıas regulares de los extranjeros, olvidandose de los que estan ya en territorio espan ol y de la situacion de exclusion social y explotacion en que se les coloca, y de lo que es mas importante, de la realidad migratoria. Por ultimo, destacar del re gimen general de regularizacion que dispone la Ley de Extranjerıa, que aun en el caso de que permitiera la regularizacion del extranjero que ya se encuentra en Espan a, le obliga a viajar a su paıs a por el visado, una vez le ha sido

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concedido el permiso de trabajo, con el coste economico y para el sentido com“ n de este viaje. Sin olvidar que la arbitrariedad y negacion de los derechos administrativos de los ciudadanos extranjeros en el acceso a este re gimen general es tremenda, en especial en las ciudades de mayor poblacion, como Madrid o Barcelona. Baste recordar que, por ejemplo, en Madrid se ha suprimido desde hace meses la informacion presencial a extranjeros en el A rea de Trabajo de la Delegacion del Gobierno, sin mas alternativa que unos tele fonos de informacion que siempre comunican. Sobre el desarrollo practico de los Cupos, ya hemos resen ado la situacion en la que se ha dejado a la inmigracion magrebıen Huelva y en otras zonas del campo espan ol. No se ha cubierto, por lo demas y a falta de cifras oficiales que lo constaten, en bastantes provincias del Estado. Una muestra mas de quien lleva una polıtica sin sentido. Estos hechos, sin embargo, que podrıan parecer positivos por el desgaste polıtico que suponen, nos preocupan por la imagen ante la sociedad espan ola que generan los inmigrantes que se encuentran desesperados ante las oficinas de extranjeros, y por su ocultamiento ante Europa y ante los ciudadanos por la mayorıa de los medios principales de comunicacion.

6- Participacio n de ONGs y Sindicatos A) PROBLEMA TICA No hay dato mas expresivo para expresar la problematica en que se mueven las asociaciones de inmigrantes y de defensa de sus derechos en sus relaciones con la Administracion, que recordar que todos los organos y autoridades competentes en extranjerıa se encuentran hoy en dıa en la orbita del Ministerio del Interior, que cada dıa asume mas competencias en este sentido y que manifiesta cual es la perspectiva desde la que se contempla la inmigracion. En cuanto a los intentos de colaboracion con las autoridades realizados con las asociaciones a sabiendas del caos administrativo existente en Extranjerıa, son contestados, como en el ultimo proceso especial de regularizacion, con la negativa a dar informaciones y datos, con un recorte de las subvenciones general y, en especial, a aquellas asociaciones con tono mas reivindicativo. Se denuncia habitualmente esta situacion en el poco espacio que dejan los medios, pero la respuesta es tensar cada dıa mas la relacion con las organizaciones. A pesar de la existencia de varias normas y de varias resoluciones de origen europeo que fomentan y legitiman la participacion de las asociaciones en ambitos de decision polıticos y administrativos, son desoıdas e incumplidas por las autoridades. Lo mismo acontece con las propuestas realizadas desde las organizaciones sociales, que rara vez son tomadas en consideracion B) SITUACION SOCIAL La ubicacion de los principales organismos que tratan el tema de la extranjerıa en el Ministerio del Interior tiene su principal referente en el que deberıa ser el mecanismo de participacion y propuesta de las organizaciones, el Foro de la inmigracion.

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Este foro, que ya nacio con mal pie al ser simplemente consultivo y no vinculante para la Administracion, ha sido reformado recientemente por el Gobierno, en un paso mas por acallar las voces criticas de la sociedad ante una polıtica y legalidad vulneradora de derechos fundamentales. Con esta reforma, se han eliminado las ya de por sıpocas competencias que tenia este organo, las asociaciones incluidas en e l han sido elegidas a dedo por el Gobierno y para finalizar su remodelacion, se ha puesto al frente del organismo a un personaje que se atreve a decir p“ blicamente que lo que sucedio en El Ejido no fue un fenomeno de racismo y que el multiculturalismo es la gangrena de la sociedad. Con este panorama, las organizaciones sociales estamos promoviendo foros alternativos que nos permitan denunciar y promover lo que entendemos es mas conveniente para el fomento de la interculturalidad y la convivencia, gracias al conocimiento y experiencia que nos da el trabajo diario en este ambito. Hay otros ejemplos muy expresivos de lo que piensa el gobierno espan ol sobre el trabajo realizado por las ONGs, como cuando recientemente ha rechazado la comparecencia en el Parlamento de las mismas para hablar de temas como la situacion de la vieja terminal del Aeropuerto de Fuerteventura, al considerar que poco tenemos que aportar. Otro ejemplo se observa en el ultimo proceso especial de regularizacion del an o 2001, en su tramitacion en la provincia de Madrid. Tras colaborar y tramitar las asociaciones miles de solicitudes de regularizacion, e informar del proceso a miles de personas en un ambiente de inseguridad jurıdica, al no saber ni siquiera cual era la fecha final de recepcion de documentos, la Delegacion del Gobierno en Madrid ha ido incumpliendo sistematicamente las fechas previstas para reunirse con las asociaciones y para la finalizacion del proceso y ha terminado vetando nuestra presencia en las Comisarıas de Policıa.

7- Inconstitucionalidad de la Ley de Extranjerıa A) PROBLEMA TICA Ante la entrada en vigor de la nueva Ley de Extranjerıa, el 23 de Enero del 2001, e incluso antes, cuando se empezaron a conocer los distintos borradores de la nueva Ley, se detectaron por organizaciones y expertos numerosos apartados de la nueva ley que chocan con la legislacion estatal e internacional. En especial, se destaco en los medios la negacion que supone la Ley para los derechos de asociacion, indicacion, reunion y manifestacion de los extranjeros en situacion irregular, manifestandose enseguida de conocerse esta limitacion por expertos legales, asociaciones de juristas y organismos estatales de consulta sus dudas sobre la viabilidad legal de estos aspectos. Pero no solo contiene la nueva norma abusos legales como los comentados, sino que en otros apartados de la ley encontramos aspectos de dudosa constitucionalidad, como en el caso del re gimen sancionador o de las sanciones a adoptar contra los transportistas.

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La problematica de las asociaciones para impugnar ante el maximo Tribunal espan ol, el Tribunal Constitucional, fue la ausencia de una legitimacion directa al poder interponer el recurso, de acuerdo con las espan olas, “ nicamente 50 diputados o senadores o el Defensor del Pueblo, aparte de las Comunidades Autonomas en puntos de la ley que pudieran afectarles.

B) SITUACION SOCIAL Esta imposibilidad de interposicion directa del recurso de inconstitucionalidad ha condicionado, en primer lugar, el hecho de interponerlo y, en segundo lugar, su contenido y fundamentos jurıdicos Las asociaciones de todo tipo intentamos que fuera el supuesto organo que ha de defender nuestros intereses ante la Administracion, como es el Defensor del Pueblo, ante el que se presentaron mas de 700 peticiones en este sentido. Sin embargo, el siniestro personaje que ocupa por motivos y contrapartidas polıticas en la actualidad el puesto de Defensor del Pueblo, y que cada dıa que transcurre en su cargo deja en pero lugar a institucion que representa, no llevo a cabo el recurso. La posibilidad de recurrir quedo con ello en manos de los partidos polıticos con representacion parlamentaria. Las asociaciones, sindicatos y plataformas de organizaciones que se constituyeron en defensa de los derechos de los inmigrantes presentaron p“ blicamente modelos de recursos, con diferentes contenidos, y solicitaron la presentacion del recurso. Finalmente, el Partido Socialista, “ nico partido del Parlamento espan ol con diputados suficientes para interponerlo, presento un recurso que aludıa simplemente a la inconstitucionalidad de los artıculos de la Ley de Extranjerıa que negaban derechos fundamentales a los inmigrantes ”sin papeles„, cuando en la Ley, a juicio de las asociaciones, existıan otros puntos igual de inconstitucionales, puntos de mayor importancia en la practica de extranjerıa diaria que los referentes a derechos, que las asociaciones sabıamos, como asıesta ocurriendo, no se iban a aplicar. Junto al Partido Socialista, tambie n varias Comunidades Autonomas, gobernadas por partidos distintos al que gobierna en la actualidad en el estado, como la andaluza o la vasca, presentaron sendos recursos de inconstitucionalidad en los mismos te rminos que el anterior, referidos solo a derechos, y aunque estan admitidos a tramite, existen serias dudas de que puedan prosperar por ser una materia, la de extranjerıa, de caracter estatal y no autonomica. Sin embargo, ahıqueda el rechazo de varias Comunidades, que se sumo al de gran cantidad de asociaciones de todos los ambitos. El recurso se encuentra sin resolver por el momento, si bien las asociaciones tenemos grandes esperanzas de que prospere. Mientras, se han realizado iniciativas de desobediencia civil para incumplir estos artıculos que niegan entre otros el derecho de asociacion, sin que se conozca ninguna asociacion que este negando este derecho.

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8- º Delincuencia = Inmigracio n ? A) PROBLEMA TICA Especialmente en estos “ ltimos meses estamos asistiendo en Espan a a un constante goteo de declaraciones de responsables polıticos del gobierno, asociando de forma solapada, y en ocasiones de una manera directa, el hecho migratorio con un aumento de la delincuencia Este debate se suele adornar de toda una serie de cifras que son utilizadas seg“ n interesa y de forma manipulada por estas autoridades, que quieren convertir al inmigrante en el chivo expiatorio de sus fracasos de polıtica social y de seguridad. Cifras, ademas, que han sido contestadas desde las propias fuerzas de seguridad del estado, que las niegan, y que son engordadas seg“ n conviene, sin que parezca que ninguno de stos responsables polıticos se haya parado a pensar el dan o que hacen a la convivencia social. Todo sea por ganar unos cuantos votos o, mejor dicho, no perderlos. Este discurso, que recuerda mucho al de un ultraderechista france s que todos y todas sabemos que ha dado un buen susto en las elecciones en Francia, es reiterado a diario en los medios, a pesar de este aviso france s. Para explorar este hecho, que alienta como ninguno la xenofobia en la sociedad, exponemos a continuacion, en el apartado dedicado a la situacion social generada, un extracto del artıculo publicado por el sociologo Daniel Wagman en el Informe Anual sobre la situacion del racismo en el Estado espan ol 2002, en el que expone cual son las cifras reales, como se manipulan estos datos y el impacto que puede suponer asentar en la sociedad una asociacion entre inmigrante y delincuente. Finalmente, destacamos algunos ejemplos de avances dados por el Gobierno espan ol para rubricar p“ blicamente su discurso anti-inmigracion. Este extracto de informe que reproducimos, independientemente de que nos sirva para desmontar cifras y discursos falsos, nos debe permitir hacer un llamamiento a la sociedad para que reflexione sobre las causas de un posible aumento de los delitos menores en inmigrantes, de la influencia que en este posible fenomeno puede tener una polıtica que fomenta la irregularidad y la exclusion social.

B) SITUACION SOCIAL En primer lugar, cuando se trata de analizar esta relacion que en los medios se sen ala entre inmigracion y delincuencia, hay que matizar, y mucho, el supuesto ”aumento alarmante„ de la delincuencia en 2001, ya que los me todos estadısticos utilizados en su calculo son muy cuestionables. Baste con decir que las cifras del Ministerio del Interior sobre el aumento de 900.000 a un millon de ”delitos„ se refieren, en realidad, a los delitos ”conocidos„, es decir, los que son denunciados por los ciudadanos mas los que detecta la policıa. Pero la relacion entre delitos ”conocidos„ y el verdadero nivel de delito es mucho mas que tenue, ya que el aumento de los delitos conocidos no necesariamente se debe a un aumento de delitos, sino a otros factores, como pueden ser una mayor eficacia policial o mayores facilidades para denunciarlos por parte de los ciudadanos.

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Tambie n pueden influir los intereses polıticos, que dan lugar a manipulaciones en las cifras por parte del Gobierno, de la Policıa o del Ministerio del Interior, un hecho denunciado por los propios sindicatos policiales. Uno de los ejemplos mas escandalosos en este sentido fue el ”Plan Policıa 2000„, lanzado en 1999 por la Direccion General de la Policıa. Este plan preve pluses de productividad de hasta 30.000 pesetas al mes para aquellos agentes en cuya circunscripcion descienda el n“ mero de delitos, un obvio caldo de cultivo para que las cifras indiquen tal cosa. Asi, el aumento en el ano de 2001 con relacion a 1998 apenas a llegado al 5%, las aguas habıan vuelta a su cauce. Pero, ademas, la fiabilidad del dato de un millon de delitos conocidos que ofrece el Ministerio del Interior queda mas que en entredicho si consideramos que solo las causas que la Fiscalıa sobreseıa el an o pasado por no ser conocido su autor sumaban mas de dos millones. O si lo comparamos con los casi cinco millones de diligencias previas penales que se abrieron en ese an o, seg“ n datos del Consejo General del Poder Judicial. Sea como fuere, ninguna de estas tres instituciones es capaz de explicar tanta discrepancia entre sus datos. La consideracion de que el n“ mero de personas detenidas es un buen indicador del nivel de delito que existe en la sociedad, asıcomo afirmar que las personas detenidas son un fiel reflejo de las personas que delinquen, es mas que problematica y ha supuesto uno de los factores que han permitido dar por cierta una desproporcionada participacion de inmigrantes en la comision de delitos. Para entender este fenomeno analizaremos paso a paso la afirmacion ampliamente reiterada que adjudica el 50% de los delitos a los inmigrantes. Esta afirmacion se debe a un dato del Ministerio del Interior que indica que en 2001 se realizaron 232.146 detenciones por delitos y faltas. A la vez, el ministerio deja caer la cifra de 116.139 extranjeros detenidos, justo la mitad2. Lo que no se aclara en ning“ n momento es que, de estos 116.000 detenidos, solo 58.199 lo fueron como sospechosos de haber cometido un delito y 7.192 por faltas, mientras que el resto de los extranjeros detenidos lo fueron por estancia ilegal, lo cual no es un delito sino un problema administrativo. De repente, el porcentaje se reduce a casi la mitad: algo mas de 65.000 extranjeros detenidos por delitos o faltas, es decir, el 28% del total. Pero analicemos este 28% con mas detalle. El dato, en primer lugar, se refiere al conjunto de extranjeros, no solo a los inmigrantes, y esta diferencia es importante. Una buena parte de los extranjeros detenidos no son inmigrantes, con o sin permiso de 2

Esta cifra ma gica del 50% aparece tambie n en la intervencion en el Senado, el 6 de marzo de 2001, del ministro del Interior, quien sostiene: ” En cuanto a robos con fuerza en las cosas y robos con violencia e intimidacion, supone que el 50% de los detenidos son extranjerosá. Una afirmacion completamente falsa, que contradice los datos del propio ministerio: Detenidos por robos con violencia: 20.632 Detenidos por robos con fuerza en las cosas: 44.759 TOTAL: 65.391 detenidos. Extranjeros detenidos por robos con violencia: 5.283 Extranjeros detenidos por robos con fuerza en las cosas: 9.966 TOTAL: 15.249 detenidos extranjeros, o 22% La declaracion del ministro constituye un ejemplo de grave incompetencia, si no de prevaricacion delictiva.

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residencia, sino personas en transito, bien como turistas o bien aque llas cuyo viaje a Espan a constituye la propia comision del delito, como sucede casi siempre con los correos de la droga.3 Descontados ambos grupos, se calcula que alrededor del 60% de los extranjeros detenidos se pueden considerar inmigrantes, es decir, que viven en Espan a con o sin permiso. Con ello no queremos minimizar el problema de que la gente que viene de paso cometa delitos, sino puntualizar que no se puede achacar a los inmigrantes los delitos cometidos por estos miles de personas que no residen en Espan a. Pues bien, descontados e stos, la cifra de inmigrantes detenidos por delitos y faltas serıa de aproximadamente 40.000, lo que supone el 17% del total. Si se calcula que los inmigrantes, tanto con permiso como sin e l, constituyen el 5% de la poblacion, esta cifra indicarıa una sobrerrepresentacion entre los detenidos de tres veces. Sin embargo, hay otros factores que explican que esta desproporcion entre detenidos no refleja tal desproporcion de inmigrantes en la comision de delitos. Por un lado, algunos delitos cometidos por inmigrantes se originan precisamente por no tener legalizada su estancia, como sucede con una gran parte de los mas de 5.000 extranjeros detenidos por el delito de falsedad documental. Tampoco en este caso se trata de justificar su delito, sino de ver que el problema surge de su irregular situacion administrativa. Pero hay otro factor importante a tener en cuenta cuando se examina el porcentaje de inmigrantes entre las personas detenidas. En casi todas las sociedades el grupo de mayor actividad delictiva es el de hombres jovenes. Y es notorio que las personas de este grupo estan muy sobrerrepresentadas entre la poblacion inmigrante en Espan a. Es decir, si existe un nivel delictivo entre los inmigrantes mas alto que la media nacional, en alguna medida se debera no al hecho de ser inmigrantes, sino hombres jovenes. Esto se ve claramente tambie n en los detenidos de nacionalidad espan ola: si comparamos el n“ mero de detenidos con la poblacion total y luego solo con la poblacion activa, en el segundo caso el porcentaje se multiplica por dos veces y media. Pues bien, lo mismo sucede entre la poblacion inmigrante, o mas a“ n, pues ofrece un porcentaje mucho mas alto de poblacion activa. No existen datos fidedignos para medir la importancia de esta variable, pero es innegable su existencia, que modifica sustancialmente a la baja el supuesto mayor nivel delictivo entre los inmigrantes. En un principio se podrıa argumentar, de la misma manera, que la sobrerrepresentacion de inmigrantes en la comision de delitos no se debe a su caracter de inmigrantes, sino a que son pobres. De hecho, es uno de los argumentos que se emplea para explicar el supuesto alto nivel de delincuencia entre inmigrantes, incluso entre gentes bienintencionadas. Sin embargo, e ste es un terreno muy confuso, ya que no queda nada claro que haya una relacion necesaria entre pobreza y delito. Obviamente, en algunos tipos de delito sıse da esta relacion, ya que, por ejemplo, pocos ricos sustraen objetos de coches, pero, al mismo tiempo, los pobres no tienen muchas oportunidades para cometer delitos como el de Gescartera.4 Hay datos y argumentos muy solidos que ponen Los turistas tambie n cometen delitos, y con 50.000.000 entradas anuales no hacen falta niveles muy altos para que lleguen a ser algunos miles de detenidos. Hay un problema aquı : apenas se recogen ya datos sobre personas detenidas, lo que hace muy difı cil llegar a cualquier conclusion sobre ellas, conclusiones que serı an muy u tiles a la hora de proponer medidas de prevencion, entre otras cosas. 4 Estas diferencias apenas existen en el caso de menores, donde se dan ba sicamente los mismos tipos de delito en todas las clases sociales. 3

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en duda la creencia generalizada de que la gente pobre comete mas delitos que los que pertenecen a otras clases sociales. El hecho de que los pobres este n sobrerrepresentados en las carceles se debe a dinamicas discriminatorias, no a que cometan mas delitos, un tema que trataremos a continuacion. Al llegar aquı, ya hemos reducido muchısimo la supuesta sobrerrepresentacion de las personas inmigrantes entre los que cometen delitos. Pero queda por analizar otro factor de enorme importancia, y es la existencia de una amplia discrecionalidad en la actuacion de las distintas instancias relacionadas con la represion de la delincuencia, que determina en buena medida quie n acaba atrapado dentro del sistema penal. Esta discrecionalidad se manifiesta a muchos niveles, pero uno de los mas determinantes son las estrategias, practicas y prejuicios de la policıa, que pueden hacer que ciertos colectivos este n mucho mas expuestos a ser detenidos que otros. Esto es logico: si ciertos tipos de personas estan etiquetados como mas proclives al delito, sufriran mas vigilancia, seran ma s sospechosos y tendran mas posibilidades de ser parados y registrados por la policıa, lo que resultara en mas posibilidades de ser detenidos que otras personas. Pero tambie n sucedera que las detenciones se basaran en pruebas mas dudosas. Este fenomeno de discriminacion se manifiesta igualmente en los distintos estamentos de la administracion de Justicia. Ası, a la hora de que los fiscales decidan o no encausar a alguien, o al determinar que cargos le imputan. Pero tambie n en el distinto rasero que emplean los jueces en relacion con la presuncion de inocencia, en la concesion de la libertad provisional, al emitir sentencias de culpabilidad, al fijar la condena o a la hora de considerar alternativas punitivas a la carcel. Asimismo se extiende al personal de instituciones penitenciarias en cuanto a la concesion de permisos, del tercer grado o de la libertad condicional. Y estas practicas discriminatorias se ven favorecidas por el hecho de que, muy a menudo, la capacidad de defensa de los inmigrantes y otros extranjeros esta mermada, bien por mayor desconocimiento de sus derechos, o bien por un menor acceso a una defensa de calidad. La existencia de estos procesos de discrecionalidad hace que los datos sobre quie nes estan encarcelados, como sobre quie nes son detenidos, sean muy pocos fiables a la hora de concluir que reflejan realmente quie nes cometen delitos en nuestra sociedad. Esta discriminacion puede afecta a los sectores mas pobres de la poblacion, y grupos minoritarios como el de los inmigrantes, o grupos e tnicos autoctonos, como los gitanos en el caso de Espan a. Es normal. Los mismos prejuicios que existen en el conjunto de la sociedad se dan entre la policıa, fiscales y jueces, incluso serıa raro que no fuera ası. Pero se trata de que tales prejuicios influyen en las decisiones de estos agentes, lo que se ve, ademas, favorecido por la gran discrecionalidad de que gozan sus actuaciones. En todos los paıses donde se han llevado a cabo investigaciones comparativas del trato Ópolicial, judicial y penitenciarioÓ que reciben los inmigrantes y las minorıas e tnicas autoctonas en relacion con el que se da a los miembros de la sociedad mayoritaria, se ha encontrado alg“ n grado de trato desfavorable para los primeros, y en algunos casos muy acentuado. En Espan a apenas se han estudiado estos fenomenos, y a priori hay un profundo convencimiento entre los agentes del sistema penal de que es imposible que se produzcan tratos discriminatorios. Sin embargo, aunque complejas, existen metodologıas que permiten detectar y cuantificar donde y a que nivel funcionan estos

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mecanismos discriminatorios, pero para llevarlas a cabo se requiere voluntad y dedicar los recursos necesarios.5 Lo mas problematico de la propagacion de la idea de que los inmigrantes cometen mas delitos es que se llega a convertir en una profecıa que se autocumple. Al justificarse una mayor vigilancia por la mayor sospecha que recae sobre ellos, aumentan sus niveles de detencion y encarcelamiento, lo que, a su vez, se presenta como una nueva prueba de su mayor nivel de criminalidad, que justifica, de nuevo, una mayor vigilancia. El cırculo perfecto. Aunque no se dispone de datos que permitan determinar la importancia de la discriminacion y las diferencias en la realidad demografica para explicar la sobrerrepresentacion de los inmigrantes entre los detenidos, se puede suponer significativa. En este sentido, si se aplicaran estos factores correctores, serıa mas que imprudente afirmar que los inmigrantes cometen proporcionalmente mas delitos que los ciudadanos espan oles. Pero aun suponiendo que se den mas delitos entre los inmigrantes que entre los espan oles, es fundamental reconocer varias cosas. En primer lugar, que tal variacion sera ligera si se tienen en cuenta los factores antes citados. Segundo, que una abrumadora mayorıa de inmigrantes mantiene los mismos comportamientos en relacion con el respeto a la ley, a los derechos de los demas y a la convivencia que el resto de la poblacion. En tercer lugar, no tiene sentido hablar, en este contexto, de los inmigrantes como si fueran un colectivo “ nico con un rasgo com“ n que se manifiesta en una diferente manera de relacionarse con las normas, las leyes y el delito. ”Los inmigrantes„ representan una tremenda heterogeneidad de culturas, de procedencia, de motivaciones y oportunidades para emigrar, de rasgos demograficos, de tiempo de residencia y de situaciones legales, y carece de todo sentido hacer generalizaciones sobre sus comportamientos como grupo en relacion con la ley. Por ultimo, si existiera mas actividad delictiva entre los inmigrantes, habrıa que preguntarse si e sta se debe a rasgos propios de sus culturas, menos respetuosas con los derechos de los demas, o en realidad la causa mas importante estarıa en el hecho de que ellos mismos ven atropellados sus derechos y su dignidad. Cabe preguntarse que pasa con las personas que no pueden regularizar su situacion, que viven en la ilegalidad por no tener o no poder conseguir los permisos necesarios, que son vıctimas de relaciones laborales ilegales y de un sinfın de practicas discriminatorias y prejuicios, como denegarles el acceso a una vivienda, la entrada en un local o ser acosadas sistematicamente por la policıa. Y, por si esto fuera poco, son presentados en los medios de comunicacion, y vistos por la mitologıa social, como gentes peligrosas y conflictivas. Es logico pensar que entre las personas que se enfrentan a estas realidades, la confianza en la legitimidad de la justicia, en el mutuo respeto como base de la convivencia y el deseo de cumplir con las leyes son puestos a pruebas mucho mas duras que las que cualquier otro ciudadano tiene que afrontar.

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Ver Mujeres gitanas y sistema penal, Ed. Meytel, para profundizar ma s en este tema.

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De todas las maneras, este fenomeno no es nuevo, historicamente los movimientos inmigratorios, al igual que las minorıas e tnicas, han sido vıctimas del mismo estereotipo criminalizador, que ha competido con otros, como considerarlos fuente de problemas de higiene, salud y contagio, cuando no de contaminacion cultural. La creciente tendencia de relacionar la inmigracion con la criminalidad es una de las mas peligrosas y destructivas que enfrentamos. Por eso es de suma gravedad e irresponsabilidad que los representantes polıticos y los medios de comunicacion contribuyan a fomentar a“ n mas estos estereotipos. Aunque la explicacion parece clara: se trata de que vengan inmigrantes que trabajen barato y duro, pero hay que tenerlos achantados y temerosos. Y para que no se les vea como vıctimas de la explotacion, los prejuicios y la discriminacion, y como buenas vecinos y compan eros, que mejor que crear la percepcion social de que son conflictivos, irrespetuosos y peligrosos, indignos de nuestra solidaridad. Como ejemplos acontecidos de este intento de relacionar inmigracion y delincuencia, tenemos como hecho mas grave la llamada Operacion LUDECO, extension a nivel estatal de la ”Operacion Cafe „, desarrollada en Madrid para erradicar la violencia de redes de trafico de drogas colombianas en la ciudad. Con esta excusa, y amparandose los responsables policiales en un supuesto apoyo de la opinion p“ blica a estas medidas, previamente sensibilizada a conciencia por los medios de comunicacion, se llevo a cabo un dispositivo policial que ponıa bajo sospecha y estigmatizaba a todo el colectivo de colombianos y ecuatorianos residentes en Espan a, con una intensificacion de los controles de identidad y un llamamiento injustificable a denegar las solicitudes de residencia ”sospechosas„. Con ello, se pretendıa, seg“ n declaraciones de la Policıa, que a pesar de ser filtrado a la prensa el operativo no rectifico, erradicar la violencia de quienes cometıan asesinatos de ciudadanos colombianos, quienes a pesar de ser las vıctimas acabaron siendo los culpables. Este dispositivo, una vez se conocio por la prensa, fue denunciado por varias asociaciones de inmigrantes y de defensa de sus derechos, ante la Fiscalıa general del Estado, denuncia que nos ha sido archivada ante la falta de pruebas concretas. Esta operacion, aparte de fomentar estereotipos hacia la poblacion latinoamericana, en una muestra mas de como utiliza polıticamente la inmigracion el gobierno actual espan ol, coincidio ”casualmente„ en el tiempo con la implantacion del visado para venir al Estado por parte de ciudadanos colombianos, medida impopular que trato de justificarse con la necesidad de atajar esta violencia, cuando se conoce que son precisamente estos sicarios de la droga quienes tienen mayor facilidad para venir legalmente a Espan a.

4- DOCUMENTOS E INFORMES COMPLEMENTARIOS Aparte de las referencias contenidas en cada uno de los apartados, mencionamos a continuacion direcciones e informes elaborados por diferentes entidades, que pueden ayudar a una mejor y mas completa comprension de la problematica expuesta en este Informe dedicado a la extranjerıa.

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- Informes Anuales sobre la situacion del racismo en el estado espan ol (SOS RACISMO, editados desde 1995 hasta el actual del an o 2002, de proxima publicacion) - Informe de Asociaciones de la Comunidad de Madrid sobre la situacion de las tramitaciones de extranjeros en esta Comunidad (disponible en la pagina web de SOS Racismo Madrid: www.sosracismo-madrid.org) - www.reicaz.es: pagina web del Colegio de Abogados de Zaragoza, que tiene un area especıfica dedicada a la Extranjerıa, contiene informes, jurisprudencia y normativa imprescindible para el conocimiento de la realidad de la extranjerıa en Espan a - Informes anuales elaborados por Amnistıa Internacional sobre la situacion de los extranjeros en Espan a - Libro blanco sobre los permisos de residencia (de reciente publicacion, editado por la Plataforma Papeles para Todos, elaborado por las organizaciones AESCO, ARI-Peru y la Asociacion Pro Derechos Humanos) - Para la obtencion de datos oficiales sobre extranjerıa en Espan a, pueden obtenerse en las paginas web oficiales de la Delegacion del Gobierno para la extranjerıa, a trave s de su servicio de prensa

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Informe ENAR sobre la situacion real del racismo en el Estado espanol

5- ASILO Y REFUGIO Comisio n Espanola de Ayuda al Refugiado

I.- Problematica del Asilo en Espana: Conceptos previos y Marco legal La legislacion espan ola en materia de asilo asume la definicion de refugiado recogida en la propia Convencion sobre el Estatuto de los Refugiados al remitir el artıculo 3 de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, Reguladora del Derecho de Asilo y de la Condicion de Refugiado, modificada por Ley 9/1994. Por tanto, de acuerdo con el artıculo 1 A) de Convencion de Ginebra y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, el te rmino "refugiado" se aplica a toda persona é Que, como resultado de acontecimientos ocurridos antes del 1. de enero de 1951 y debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religion, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones polıticas, se encuentre fuera del paıs de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la proteccion de tal paıs; o que, careciendo de nacionalidad y halla ndose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del paıs donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a e l.ú 6 De acuerdo con las obligaciones derivadas de la ratificacion por Espan a de la Convencion de Ginebra, a los refugiados reconocidos quedan protegidos de la devolucion o expulsion a su paıs de origen, en los te rminos del artıculo 33 de la Convencion de Ginebra7, y se les aplica un status jurıdico ”privilegiado„ que se concreta en la autorizacion de residencia en Espan a, la autorizacion para desarrollar actividades laborales, profesionales o mercantiles, la expedicion de los documentos de viaje e identidad necesarios y la asistencia social y economica establecida reglamentariamente.

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De acuerdo con el propio artıculo mencionado áEn los casos de personas que tengan mas de una nacionalidad, se entendera que la expresion `del paıs de su nacionalidad“ se refiere a cualquiera de los paıses cuya nacionalidad posean; y no se considerara carente de la proteccion del paıs de su nacionalidad a la persona que, sin razon valida derivada de un fundado temor, no se haya acogido a la proteccion de uno de los paıses cuya nacionalidad posea.ñ Ademas, sen alar que el Protocolo de Nueva York amplıa la proteccion de la Convencion a situaciones originadas por acontecimientos ocurridos con posterioridad al 1.ú de enero de 1951, 7 Artıculo 33. Convencion de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados Prohibicion de expulsion y de devolucion ("refoulement") 1. Ningu n Estado Contratante podra, por expulsion o devolucion, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de los territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religion, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones polıticas. 2. Sin embargo, no podra invocar los beneficios de la presente disposicion el refugiado que sea considerado, por razones fundadas, como un peligro para la seguridad del paıs donde se encuentra, o que, habiendo sido objeto de una condena definitiva por un delito particularmente grave, constituya una amenaza para la comunidad de tal paıs.

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Por tanto, la Convencion de Ginebra de 1951 y su posterior ratificacion de la misma por los diferentes Estados supone el reconocimiento legal y la proteccion jurıdica de las personas que se han visto obligadas a salir de sus paıses de origen en razon de la persecucion a la que se han visto sometidas o temen ser sometidas por sus opiniones polıticas, su raza, religion, nacionalidad, o por su pertenencia a un grupo social determinado. Por ello, la calificacion de un extranjero como refugiado y el reconocimiento de dicha condicion por parte de las autoridades de un Estado supone la aplicacion de un re gimen jurıdico comparativamente muy favorable respecto al re gimen general de extranjerıa. Mas a“ n, la propia solicitud de la condicion de refugiado supone la inmediata aplicacion de la legislacion de asilo y de las garantıas establecidas en la misma. Ası, de manera sucinta, podemos sen alar que una vez solicitado el asilo por un extranjero e ste no podra ser rechazado en frontera o expulsado hasta la resolucion de la solicitud, se suspendera cualquier procedimiento de extradicion del interesado que se halle pendiente y se comunicara la solicitud al Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados, que ademas debera emitir informe sobre la misma. Tambie n se les prestara atencion me dica en caso de necesidad, tendran derecho a inte rprete y asistencia letrada y se les informara de los servicios sociales existentes para la cobertura de sus necesidades humanas inmediatas. Se recoge asimismo la posibilidad de que reciban asistencia social en caso de estar incluidos en alguno de los colectivos o grupos vulnerables establecidos en la legislacion vigente.8 La Declaracion Universal de Derechos Humanos establece de manera expresa en el artıculo 14 que é En caso de persecucion, toda persona tiene derecho a buscar asilo y disfrutar de e l, en cualquier paısé . La legislacion espan ola, en su artıculo 1 de la Ley de Asilo, contempla el derecho de los extranjeros a solicitar asilo y el artıculo 4 del RD 203/1995 establece los lugares en los que los extranjeros pueden solicitar asilo en Espan a, refirie ndose a las Misiones Diplomaticas y Oficinas Consulares espan olas en el extranjero, a los Puestos fronterizos de entrada al territorio espan ol y a diversas dependencias policiales situadas en el interior del territorio espan ol. La reforma de la Ley de Asilo introducida por la Ley 9/1994, supuso la introduccion de una fase previa en el procedimiento de asilo. Dicha fase previa fue introducida con el objeto de permitir la denegacion rapida de aquellas peticiones que sean manifiestamente abusivas o infundadas, asıcomo aquellas cuyo examen no corresponda a Espan a o cuando exista otro Estado en condiciones de prestar la proteccion. La reforma responde tanto a las consideraciones recogidas tanto en la Proposicion no de Ley de 9 de abril de 1991, que constataba como el sistema de proteccion a los refugiados polıticos se veıa desvirtuado en la practica por un n“ mero creciente de solicitudes de inmigrantes economicos, como en la conclusion n“ mero 30 del Comite Ejecutivo del programa del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, que resaltaba la utilidad de disposiciones especiales para tratar con celeridad las solicitudes manifiestamente infundadas. Ası, toda solicitud de asilo en Espan a tiene una fase previa de admision a tramite, con el objeto de enjuiciar la concurrencia de alguna de las circunstancias de inadmision previstas legalmente, para evitar la utilizacion fraudulenta de las garantıas previstas en la legislacion de asilo.

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Artıculo 15 RD 203/1995, de de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Aplicacion de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condicion de refugiado, modifiada por la Ley 9/1994, de 19 de mayo

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Ademas, a efectos del presente informe es preciso conocer la existencia de diferencias procedimentales de caracter fundamental entre las solicitudes de asilo formuladas en territorio y las formuladas en frontera. La inadmision a tramite de una solicitud de asilo en frontera producira el rechazo en frontera del solicitante. Por ello, se acelera el procedimiento de manera que, en tanto la autoridad competente resuelve sobre la admision o inadmision a tramite, el solicitante permanecera retenido en las dependencias fronterizas. En caso de inadmision, que debe producirse en el plazo de tres dıas desde la solicitud, existe la posibilidad de formular un reexamen en el plazo de 24 horas, que debera ser resuelto nuevamente en el plazo de dos dıas. La admision a tramite de la solicitud supone la autorizacion de entrada a Espan a como solicitante de asilo del interesado.

Antes de hacer referencia a las deficiencias practicas, hay que iniciar este informe haciendo referencia a las dificultades que la propia Ley de Extranjerıa introduce para que los extranjeros lleguen a Espan a y realicen su solicitud de asilo: 1ú Sanciones Econo micas a los transportistas que trasladen a extranjeros indocumentados: A pesar de que la Convencion de Ginebra en su artıculo 31 establece en relacion con los refugiados que los Estados contratantes la no imposicion de sanciones a refugiados a causa de su entrada o presencia ilegales y de que la legislacion espan ola de Extranjerıa reconozca la posibilidad de entrar en territorio espan ol sin documentacion alguna a aquellos extranjeros que soliciten el derecho de asilo, en la practica existe una barrera jurıdica fundamental en la propia ley de Extranjerıa, de enorme infranqueabilidad, y que consiste en la tipificacion de cuantiosas sanciones economicas para los transportistas que trasladen a extranjeros indocumentados. El apartado 3Á del artıculo 54 de la Ley se encarga de establecer la improcedencia de sanciones en caso de solicitud de asilo, siempre y cuando dicha solicitud de asilo sea admitida a tramite. Esto hace que los diferentes transportistas, compan ıas ae reas, de autobuses, ferrocarriles o navieras, se nieguen a transportar a extranjeros con documentacion defectuosa o inexistente, por miedo a las sanciones ya que, logicamente, ni estan ni tienen porque estar en condiciones de valorar si las alegaciones del potencial solicitante son susceptibles de admision a tramite en el supuesto de formalizacion de la solicitud.

2ú Generalizacio n del visado de turista para viajar a Espana: En este sentido hay que denunciar la necesidad de visado para extranjeros provenientes de paıses en los que existen graves violaciones de derechos humanos asıcomo disturbios polıticos y guerras civiles, paıses susceptibles de emitir flujos considerables de refugiados fuera de sus fronteras interiores. Como crudo ejemplo, sen alar la reciente instauracion del visado a partir del 1 de enero de 2002 para los ciudadanos colombianos como ejemplo de ene sima vulneracion del derecho a pedir asilo consagrado en el artıculo 14 de la Declaracion Universal de Derechos Humanos.

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La combinacion de la necesidad de visado para viajar a Espan a y las sanciones a los transportistas producen en la mayor parte de casos la absoluta imposibilidad de acceso legal de los potenciales refugiados al procedimiento de asilo tanto en puestos fronterizos como en territorio espan ol al imposibilitarse su acercamiento a los mismos con la utilizacion de transportes ”regulares„, vie ndose obligados a acceder a los puestos fronterizos o a territorio espan ol ”de forma irregular„, ya sea mediante pateras, escondidos en bajos de camiones o autobuses o en el interior de las camaras de refrigeracion …??? de los aviones, y siempre en manos de mafias de trafico de seres humanos.

II.- Problematica Practica detectada en Espana A) EN EL ACCESO AL PROCEDIMIENTO DE ASILO De acuerdo con lo comentado en la introduccion previa, desde el momento de la solicitud de asilo, el extranjero va a ser considerado ”solicitante de asilo„ y beneficiado por todas las garantıas previstas legalmente. Es obligatorio, por tanto, denunciar en este informe las innumerables y muchas veces infranqueables trabas de acceso al procedimiento de asilo, que han sido denunciadas durante mucho tiempo por las organizaciones no gubernamentales presentes en Espan a y recientemente, con gran dureza y mayor repercusion mediatica, por organizaciones internacionales de la talla de Amnistıa Internacional en su informe ”El Asilo en Espan a: Una carrera de obstaculos„ de Septiembre de 2001 y por Human Rights Watch en su informe de febrero de 2002 ”Espan a: La otra cara de las Islas Canarias. Violacion de los derechos de los inmigrantes y los solicitantes de asilo„. Por ello, todas las practicas que limitan el acceso efectivo a la proteccion del asilo suponen sin duda alguna una dejacion de las autoridades espan olas en las responsabilidades adquiridas que emanan tanto de la ratificacion de la Convencion de Ginebra como del resto de instrumentos internacionales de proteccion. En este sentido, Amnistıa internacional advierte en su informe que é el Gobierno espan ol debe garantizar que las medidas que se adopten para controlar los flujos migratorios no impiden a los solicitantes de asilo llegar a Espan a y acceder al procedimiento de asilo, lo que inculcarıa las obligaciones que Espan a ha contraıdo en virtud de las leyes internacionales derechos humanos y refugiados.ú

1ú Dificultad de acceso al procedimiento de asilo en las Embajadas Esta posibilidad supondrıa el acceso a una efectiva proteccion de las personas que salieron de sus paıses de origen por la problematica protegida por la Convencion de Ginebra y otros instrumentos internacionales, pero la grave problematica detectada pone en clara cuestion la efectividad de las Embajadas espan olas como lugares de acceso al procedimiento de asilo:

1ú Dificultad de acceso a las dependencias consulares espanolas en el extranjero 2ú Carencia de medios personales y materiales en las dependencias consulares 3ú Deficiencias en el asesoramiento prestado por los funcionarios de las dependencias consulares

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4ú Ausencia de abogados que puedan asesorar al extranjero que desea solicitar asilo en Espana 5ú Falta de entrega del folleto de informacio n u til y basica a los solicitantes de asilo en dependencias consulares 6ú Excesiva duracio n de los procedimientos de asilo iniciados en representaciones consulares 7ú Falta de aplicacio n de la posibilidad legal de traslado a Espana durante el procedimiento a solicitantes de asilo que se encuentren en situaciones de riesgo

La posibilidad legal de formalizar la solicitud de asilo en las dependencias consulares deberıa ir acompan ada de la correspondiente partida presupuestaria que dotara a dichas dependencias de los medios personales y materiales adecuados a las funciones asignadas. De acuerdo con la informacion diaria a que tiene acceso la Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado, la dificultad de acceso es general aunque es especialmente notoria en las representaciones consulares en Dakar, Bogota y Nueva Delhi. El informe de Amnistıa Internacional denuncia igualmente en su informe ”El Asilo en Espan a: una carrera de obstaculos„ las deficiencias en el asesoramiento en los consulados, la falta de entrega de documentacion informativa, la excesiva duracion de los procedimientos de asilo iniciados en consulados y el escaso uso de la posibilidad legal de traslado a Espan a, por la situacion de riesgo. (Ver Informe Amnistıa Internacional pag 22 a 28) En este sentido, se puede afirmar con rotundidad que el escaso n“ mero de solicitudes de asilo presentadas en los consulados espan oles en los “ ltimos an os (nunca superior al 2.2% del total) es consecuencia directa de las deficiencias manifestadas anteriormente en el presente informe.

2ú Puestos fronterizos: -

Vıa ae rea:

Las barreras legales mencionadas en el primer apartado Ó las sanciones a transportistas y la necesidad de visado Ó hacen que se reduzca enormemente el n“ mero de solicitantes de asilo que consiguen llegar a los aeropuertos espan oles. En Espan a, desde la obligatoriedad de visado para los ciudadanos de Colombia y la necesidad de visado de transito para los ciudadanos cubanos, la llegada de solicitantes de asilo ha quedado drasticamente disminuida. Sin embargo, en las solicitudes de asilo formalizadas en los aeropuertos espan oles se evidencian deficiencias que ponemos de manifiesto en el presente informe y que obstaculizan todavıa mas el acceso al procedimiento de asilo:

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8ú Existencia de controles de documentacio n a pie de escalerilla en los aeropuertos de origen y destino Dichos controles previos suponen verdaderas ”devoluciones encubiertas„ , y se trata de una practica frecuente que supone una grave violacion de la legislacion vigente, al privar al extranjero de derechos basicos como la asistencia letrada. Para mas informacion consultar el Informe de Amnistıa Internacional en la pagina 31 sobre ”La problematica de los controles de documentacion„. Ver tambie n informe de la Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado ”Los procedimientos de expulsion en Espan a: analisis crıtico y medidas urgentes„ en las paginas 4 y 5.

9ú Barreras de acceso al procedimiento de asilo de los extranjeros retenidos en los aeropuertos espanoles La CEAR tiene conocimiento de casos en los que los interesados han tenido que vencer la resistencia de las autoridades policiales para poder formalizar su solicitud de asilo. Ejemplo reciente es el anteriormente comentado motın del Aeropuerto de Barajas, en el que, tras varios dıas de retencion, La Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado tiene conocimiento por informaciones aparecidas en prensa que el grupo va a ser devuelto inmediatamente y de que no se les ha permitido el acceso a asistencia letrada ni al procedimiento de asilo. Seg“ n la policıa, se habıa producido un rechazo en frontera y los interesados en ning“ n momento manifestaron su intencion de solicitar asilo. En todo caso, de lo que no cabe la menor duda, es que despue s de que su situacion se conociera en los medios de comunicacion, el viernes 3 de mayo todos ellos optaron por solicitar asilo, paralizandose la amenaza de una expulsion inminente. Por ello, serıa importante interrogar al Colegio de Abogados porque , al asistir el rechazo de estas personas, no se les informo y asistio de su derecho a solicitar asilo en Espan a.

10ú Trabas de acceso de solicitantes de asilo retenidos en aeropuertos al apoyo y asesoramiento de las Organizaciones de Apoyo a Refugiados y al ACNUR y a la asistencia letrada prestada por Organizaciones de Apoyo a Refugiados En las solicitudes de asilo en los aeropuertos espan oles se infringe igualmente la obligacion de entrega a los interesados del folleto “ til con la informacion basica del procedimiento de asilo y con los datos de las ONGí s de apoyo a refugiados y ACNUR, con lo que se impide eficazmente el acceso de los extranjeros al apoyo y asesoramiento de tales organizaciones. Es preciso recordar que seg“ n el artıculo 5 de la Ley de Asilo las organizaciones de apoyo pueden informar favorablemente al Ministerio del Interior sobre tales solicitudes de asilo, como ejemplo de la necesidad y conveniencia del asesoramiento de las organizaciones especializadas.

11ú Prohibicio n de Acceso de las Organizaciones No gubernamentales a las dependencias fronterizas aeroportuarias Las Organizaciones especializadas en asesoramiento y apoyo a refugiados tienen igualmente negado el acceso a las dependencias fronterizas de los aeropuertos, incluso

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en sucesos singulares como el reciente motın acontecido en el Aeropuerto de Madrid Barajas el pasado 7 de mayo de 2002 protagonizado por unos ciento cincuenta ciudadanos subsaharianos, en su mayorıa nacionales de R.D. Congo y Angola, retenidos en Barajas desde su llegada en los dıas 28, 29 y 30 de abril. Ası, a pesar que el funcionario a cargo se comprometio con Delia Blanco, Presidenta de la Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado, a permitir el contacto de la CEAR con el grupo de subsaharianos, lo cierto es que una vez en Barajas el dıa 2 de mayo se prohibio todo contacto. Hay que recordar que la transparencia y la asistencia de las organizaciones especializadas en este tipo de situaciones, ha sido recogida en numerosas recomendaciones del ACNUR y del Consejo de Europa, por lo que es sospechosa la actitud oscurantista y desconfiada por parte del Ministerio del Interior.

12ú Dilacio n temporal de la formalizacio n de las solicitudes de asilo desde el momento del rechazo en frontera con retenciones prolongadas En ocasiones han quedado evidenciados retrasos en la formalizacion de las solicitudes de asilo, con retenciones prolongadas de los solicitantes de asilo durante varios dıas. Igualmente, Amnistıa Internacional recoge en su informe casos reales en los que los extranjeros estuvieron retenidos por espacio de 25 dıas en las dependencias del aeropuerto de Barajas. (pag 31 bajo el epıgrafe ”Problematica de las detenciones de los solicitantes de asilo en los Aeropuertos„ El Asilo en Espan a: Una carrera de obstaculos)

13ú Existencia de solicitudes de asilo de caracter colectivo, fundamentalmente de ciudadanos cubanos El n“ mero de solicitudes de asilo de ciudadanos cubanos en el Aeropuerto madrilen o Madrid Barajas durante el an o 2001 fue especialmente numeroso. La Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado ha tenido conocimiento que la asistencia letrada en estos supuestos ha sido en ocasiones prestada por en solicitudes de asilo colectivas. Es obvio que la asistencia letrada no puede limitarse a una formalidad ni a una firma en una diligencia, ni tampoco realizarse en grupo, sean cuales fueran las limitaciones de inte rprete, falta de espacio o escasez de funcionarios, problema de fondo en este tipo de situaciones.

14ú Deficientes e insuficientes dependencias para rechazados en frontera y solicitantes de asilo en los aeropuertos espanoles Las dependencias del aeropuerto de Barajas, a pesar de las sucesivas ampliaciones y reformas, se han visto frecuentemente desbordadas. Por ello, es preciso realizar una seria reflexion sobre las caracterısticas y potenciales necesidades de este tipo de instalaciones, no solo en Barajas sino el conjunto de aeropuertos espan oles.

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15ú Preocupacio n por el posible exceso de fuerza en las devoluciones de extranjeros Amnistıa Internacional recoge en su informe su preocupacion ante la constatacion del uso en Espan a de me todos peligrosos de inmovilizacion como los sedantes o la cinta adhesiva. (Ver pagina 34 del Informe de Amnistıa bajo el epıgrafe ”La problematica del uso excesivo de fuerza en la conduccion de los extranjeros a los aviones en los procesos de devolucion o expulsion„

Vıa marıtima: En este apartado recogemos la grave y especial problematica de las solicitudes de asilo realizadas por polizones a bordo de buques. Todas las deficiencias sen aladas a continuacion se hallan convenientemente ejemplificadas en el apartado del Informe de Amnistıa Internacional denominado ”Barreras de Acceso al asilo en las costas y puertos marıtimos espan oles„ (pag 8 Informe AI El Asilo en Espan a ”Una carrera de Obstaculos„). Asimismo, recomendamos la lectura del informe ”Los procedimientos de expulsio n en Espana: analisis crıtico y medidas urgentes„ de la Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado en sus paginas 12 y 13.

16ú Claros impedimentos para realizar la solicitud de asilo por parte de las autoridades competentes y Falta de remisio n de solicitudes de asilo realizadas a la Oficina de Asilo y Refugio 17ú Prohibicio n de acceso de las organizaciones de refugiados a los barcos en que se encuentran polizones 18ú Falta de informacio n y de indagacio n por parte de las fuerzas de seguridad del Estado que suben a los buques de las causas de abandono del paıs de origen 19ú Falta de formacio n especıfica en la materia de los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado que realizan las entrevistas iniciales de solicitud de asilo en los buques 20ú Ausencia de abogado o de personal de organizaciones de apoyo a refugiados en solicitudes de asilo en buques 21ú Falta de formacio n especıfica en asilo de los letrados de turno de oficio que asisten solicitudes de asilo de polizones 22ú Impedimentos a la solicitud de asilo y maltrato a los polizones por parte del personal del buque por miedo a las sanciones a las companıas navieras que la legislacio n de extranjerıa establece en el supuesto de que no se admita a tramite la solicitud de asilo que formule el polizo n Es preciso insistir en la necesaria preocupacion ante este tema, con la urgente articulacion de las medidas oportunas, habida cuenta de que Amnistıa Internacional recoge en su informe las denuncias de algunas organizaciones de casos en los que los polizones han sido arrojados al mar. Recoge como algunas fuentes citan el caso del

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buque RUBY, en el que, tras varios casos de polizonaje en los que la compan ıa habıa descontado del sueldo de los tripulantes las multas impuestas, se asesino a ocho de los polizones que se descubrieron a bordo y se les arrojo al mar. Otro de los polizones pudo huir y denunciar posteriormente lo ocurrido.

3ú Solicitudes de asilo presentadas en territorio espanol Vamos a comenzar haciendo referencia al supuesto de extranjeros detenidos cuando tratan de entrar ilegalmente en pateras a las costas espan olas y que son detenidos en puntos como Fuerteventura, Tarifa o Algeciras. La primera irregularidad es que, en ciertas ocasiones, de aplica en estos supuestos el procedimiento de solicitud en frontera. Sin embargo, con independencia de que en aplicacion del artıculo 58.2 de la Ley de Extranjerıa, no sea necesario procedimiento de expulsion para su devolucion, es obvio que los extranjeros sıse encuentran en territorio espan ol y no en un puesto fronterizo, por lo que debe en todo caso aplicarse el procedimiento ordinario de solicitud en territorio espan ol, no siendo procedente la privacion de libertad en dependencias policiales.

El proceso de detencion practicada en Fuerteventura respecto de extranjeros que tratan de entrar en Espan a de manera irregular a trave s de las embarcaciones denominadas ”pateras„ ha sido recientemente investigado por Human Rights Watch. Resultado de dicha investigacion es un informe en el que denuncia gravısimas deficiencias. Es preciso advertir que estas mismas deficiencias han sido detectadas igualmente por organizaciones como la Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado a trave s de nuestras Delegaciones en Canarias y Andalucıa. Es preciso, por tanto, cuestionar la compatibilidad de la actuacion administrativa con las obligaciones derivadas de la ratificacion de la Convencion de Ginebra, en el modo de proceder respecto a los extranjeros interceptados en nuestras costas:

23ú Ausencia de inte rprete que asista en la detencio n 24ú Falta de informacio n escrita en lenguas distintas al castellano disponible en las dependencias de la detencio n o facilitadas por las autoridades a los interesados 25ú Graves carencias en la asistencia letrada prestada por los letrados del Colegio de Abogados del Turno de Oficio, con lagunas evidentes en la informacio n sobre el asilo y su re gimen jurıdico 26ú Incomunicacio n de los detenidos e inaccesibilidad de las Organizaciones de apoyo a refugiados 27ú Impedimentos a la realizacio n de solicitudes de asilo por parte de las autoridades competentes

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28ú Malas condiciones de habitabilidad de las dependencias y hacinamiento de los extranjeros

Para mayor informacion, detalles y ejemplos reales de tales practicas es necesario consultar el informe de Human Rights Watch ”Espan a: La otra cara de las Islas Canarias. Violacion de los derechos de los inmigrantes y de los solicitantes de asilo en sus paginas 17 y siguientes bajo el epıgrafe ”Acceso a abogados, inte rpretes e informacion„. Para detalle de las condiciones de habitabilidad, consultar el mismo informe en las paginas 7 y siguientes, bajo el epıgrafe ”Condiciones de detencion de las instalaciones del antiguo aeropuerto„. En relacion con la situacion en la costa de Cadiz, nos referimos al informe de CEAR ”Los procedimientos de expulsio n en Espana: analisis crıtico y medidas urgentes„en su pagina nÁ6 que recoge las deficiencias relatadas por subsharianos que afirman no haber sido conscientes de la presencia de un abogado que les asista o, al menos, nadie se les presento como tal; todo ello a pesar que, en la propia resolucion, aparece la firma del letrado y el inte rprete que les ha sido designado.

En relacion con las solicitudes de asilo formuladas en territorio espan ol es preciso asimismo recoger en este informe la especial problematica que rodea las solicitudes realizadas en Ceuta y Melilla, y que ha sido denunciada por Amnistıa Internacional:

30ú Practicas de disuasio n por parte de las autoridades a los extranjeros para que se abstengan de realizar solicitudes de asilo en Ceuta y Melilla , 31ú Dilacio n en el acceso al procedimiento de asilo en las ciudades de Ceuta y Melilla , 32ú Expulsiones de extranjeros que manifestaron su deseo de solicitar asilo en Ceuta y Melilla sin que las autoridades competentes dieran tramitacio n a la misma (Paginas 38 y ss Informe Amnisıa Internacional ”El Asilo en Espan a: una carrera de obstaculos)

Ademas de las problematicas especıficas de las costas andaluzas y Canarias y de Ceuta y Melilla, es preciso senalar deficiencias comunes a todo el territorio espanol: 33ú Dificultad para disponer de inte rpretes de determinadas lenguas (vietnamita, amarico, urdu ) 34ú Deficiencias en las entrevistas a los solicitantes de asilo

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Es frecuente que ante los Servicios Jurıdicos de las diversas Delegaciones Territoriales de la Comision Espan ola de Ayuda al Refugiados, los solicitantes refieran entrevistas muy breves, en las que no pueden exponer de manera detallada las alegaciones pertinentes asıcomo actitudes por parte de los entrevistadores secas, cortantes y poco comprensivas con la difıcil situacion personal que atraviesan los solicitantes de asilo. De hecho, una de las practicas de mayor habitualidad es la recomendacion de realizar un escrito de alegaciones que recoja las alegaciones del solicitante y que supla las deficiencias de las entrevistas iniciales.

B) EN LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE INADMISION A TRA MITE DE LAS SOLICITUDES DE ASILO EN ESPAN A

35ú Abuso en la apreciacio n de las causas de inadmisio n a tramite de las solicitudes de asilo por parte de las autoridades espanolas incluso en paıses con graves problemas en la violacio n de derechos humanos 36ú Elaboracio n de listas de paıses seguros por parte de las autoridades espanolas en las que se presume infundadamente tal seguridad olvidando el necesario examen individual 37ú Absoluta ausencia de motivacio n individual de las resoluciones de asilo de inadmisio n a tramite 38ú Resoluciones de inadmisio n a tramite sin pronunciamiento ni consideracio n alguna acerca de la procedencia de la apreciacio n de razones humanitarias que aconsejen la residencia del interesado en Espana o su calificacio n como ”desplazadoÓ por procedencia de paıs en el que existe un grave conflicto o disturbio polıtico 39ú Retraso en las notificaciones de admisio n a tramite e inadmisio n a tramite de solicitudes formuladas en provincias distintas a Madrid

Anteriormente sen alabamos como la fase de admision a tramite fue introducida en 1994 con una motivacion muy concreta. Sin embargo, Amnistıa Internacional en su informe coincide con las organizaciones espan olas al denunciar el abuso en la apreciacion de las causas de inadmision previstas legalmente, asıcomo en el enjuiciamiento ”a priori„ de conceptos como ”paıses seguros„. Para profundizar en las denuncias consultar las paginas 38 y siguientes del Informe de referencia.

C) EN LAS SOLICITUDES DE ASILO FORMULADAS POR MENORES

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40ú Impedimentos por parte de las autoridades competentes a la formalizacio n de solicitudes de asilo por parte de menores de edad no acompanados La CEAR, a la vista de la normativa aplicable, de las Directrices de ACNUR de febrero de 1997 y de la Resolucion del Consejo de Europa de 26/6/1997, sobre menores no acompan ados no nacionales de la Union Europea, entiende que no hay obstaculo legal alguno que impida a un menor no acompan ado presentar su solicitud de asilo, bien por si solo o acompan ado por un familiar adulto que se este responsabilizando de e l, aunque no tenga la tutela legalmente formalizada. Por ello, denuncia la actitud de la Oficina de Asilo y Refugio, que requiere la tutela previa de la Comunidad de Madrid, como requisito previo a la formalizacion de la solicitud de asilo por el menor, en contra del intere s del menor.

41ú Consentimiento por parte de la Oficina de Asilo y Refugio en la formalizacio n de solicitudes de asilo por parte de mujeres subsaharianas ”supuestamenteÓ mayores de edad, sin que la autoridad proceda a la confirmacio n de la misma La Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado ha observado la presencia de chicas de procedencia subsahariana en la Oficina de Asilo y Refugio realizando los tramites relativos a su solicitud de asilo. A pesar de parecer muy jovenes formulan su solicitud de asilo afirmando ser mayores de edad, ya que de lo contrario serıan conducidas a un Centro de Acogida de Menores, sin que en la mayorıa de los casos la propia Administracion haga nada al respecto. La certeza de que existen en Madrid redes organizadas de prostitucion de mujeres subsaharianas, los indicios de que algunas de estas chicas sean objeto de explotacion en la prostitucion y los testimonios de diversos colectivos y ONGs que sospechan de la posible minorıa de edad de muchas de estas jovenes, la defensa del intere s de estas menores y la lucha contra las mafias como repetido objetivo fundamental de la polıtica migratoria obligan a las autoridades competentes a modificar sus practicas en estos supuestos.

D) EN LA INSTRUCCIO N Y RESOLUCIO N DE LAS SOLICITUDES DE ASILO 40ú Excesiva duracio n de los procedimientos Es preciso sen alar asimismo la excesiva duracion del procedimiento de asilo siendo frecuente que la resolucion de solicitudes de asilo superen el an o para su tramitacion y existiendo casos en los que se superan incluso los dos an os para su tramitacion. Hay que recordar la importancia que una rapida resolucion tiene para aspectos tan importantes como la unidad familiar, dado que no se podra instar la extension familiar del asilo hasta la resolucion del expediente principal.

41ú Pretendida incompatibilidad de la condicio n de solicitante de asilo con los procedimientos extraordinarios de regularizacio n y documentacio n

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Desde CEAR sen alamos como las autoridades competentes han mantenido una actitud contraria a la simultaneidad de los procedimientos mencionados (asilo y regularizaciones). A pesar de que la normativa de asilo no se refiere al problema y que regularizaciones como la del an o 2000 permitıan expresamente el acceso a extranjeros con solicitudes de asilo en tramite, tanto en dicha Regularizacion 2000 como en el reciente proceso de documentacion por arraigo al amparo del artıculo 34.1 de la Ley de Extranjerıa, son muchos los solicitantes de asilo que se han visto presionados o inducidos por las autoridades a renunciar a su tramite de asilo, olvidando otras opciones mucho mas respetuosas con los derechos de los interesados.

E) FALTA GENERAL DE RECURSOS

Es preciso subrayar como deficiencia general la escasez de recursos personales y materiales en los temas tratados y la necesidad de aumentar los recursos personales en la Oficina de Asilo y Refugio, en el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados, en las Organizaciones no gubernamentales de apoyo a refugiados, en los Aeropuertos y otras dependencias de detencion. Tambie n es preciso aumentar la dotacion presupuestaria para garantizar los servicios de inte rpretes y para aumentar la formacion de todas las personas que intervienen en la institucion del asilo. En este sentido, Amnistıa Internacional y Human Rights Watch en sus respectivos informes coinciden en pedir al Gobierno espan ol que se facilite una formacion especifica y permanentemente actualizada en materia de asilo al personal que trabaja con extranjeros y esta destinado en puestos fronterizos, en las oficinas de extranjeros dentro del territorio y al personal de las embajadas y misiones consulares espan olas en el extranjero y consideran que se debe hacer un esfuerzo especial en la formacion sobre los derechos de los refugiados, el asilo y sobre te cnicas de entrevista y recogida de datos para los profesionales afectados.

III.- Documentos e informes complementarios Amnistıa Internacional ”El Asilo en Espana: Una carrera de obstaculosÓ de Septiembre de 2001 Human Rights Watch ”Espana: La otra cara de las Islas Canarias. Violacio n de los derechos de los inmigrantes y los solicitantes de asiloÓ. Febrero de 2002. Comision Espan ola de Ayuda al Refugiado ”Los procedimientos de expulsio n en Espana: analisis crıtico y medidas urgentes„ Septiembre de 2001

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Informe ENAR sobre la situacion real del racismo en el estado espanol

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MENORES

Federacio n de Asociaciones de SOS Racismo del Estado espanol 1- INTRODUCCION En este apartado es imprescindible referirse a la situacion de los menores extranjeros no acompan ados, es decir, sin la compan ıa de sus padres, y que se encuentran en una situacion de desamparo. En esta situacion, que afecta especialmente a los menores originarios de Marruecos que vienen a Espan a a salir de su falta de horizontes en su paıs, hay diferencias notables entre determinados lugares del estado, como el caso mas patente de Ceuta y Melilla, al ser ciudades fronterizas con Marruecos, y de Madrid y Barcelona, donde tanto la grandes dimensiones de las mismas como la descoordinacion entre Administraciones, su deshumanizacion y la falta de recursos humanos y materiales hacen agravarse a“ n mas el problema de la desproteccion de los menores. A continuacion, se expone de manera resumida la principal problematica y sus consecuencias sociales, que podrıa resumirse brevemente en la proyeccion polıtica que el gobierno espan ol esta dando al tratamiento de los menores, pensando “ nicamente en no darles papeles por miedo a un injustificado ”efecto llamada„, olvidando la proteccion especial que merecen los menores, de acuerdo con el sentido com“ n y la legislacion internacional. Igualmente, se hace referencia a la situacion que padecen menores subsaharianas que son obligadas a prostituirse en las grandes ciudades del estado espan ol y a no declarar su minorıa de edad. Finalmente, como en la mayorıa del resto de apartados, se destaca una relacion de documentos e informes que tanto asociaciones y grupos de entidades de las diversas Comunidades Autonomas afectadas como organizaciones internacionales han elaborado sobre el tema, y que pueden ayudar a comprender la situacion resumida en estas lıneas, en especial, la normativa y los conceptos legales vigentes y el origen y papel que juegan en este tema cada una de las autoridades mencionadas. Incluimos en las referencias de estos informes los contactos de las asociaciones que en el estado, en las zonas donde mas se deja sentir este problema, estan analizando y denunciando la problematica.

2- PROBLEMA TICA Lo primero que puede decirse es que la situacion de los menores extranjeros que se encuentran en Espan a sin la compan ıa de sus padres, en su gran mayorıa de origen marroquıpor la proximidad entre ambos paıses, es en general lamentable desde el punto de vista del respeto a sus derechos, y principalmente en cuanto a su regularizacion y las consecuencias sociales que genera su no documentacion con un permiso de residencia.

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En este “ ltimo an o y medio ha habido una reforma de la legislacion de extranjerıa, que en el caso de los menores extranjeros no acompan ados pasa a primar la reagrupacion con sus familias, o en su defecto, la repatriacion del menor a su paıs de origen (a sus Servicios de Proteccion del Menor), y solo 9 meses despue s de estar desamparado y por tanto tutelado por las autoridades (entidad correspondiente de cada Comunidad Autonoma, que es la autoridad competente legalmente), si no se ha encontrado a su familia ha de darsele un permiso de residencia (art.62, Reglamento de la Ley de Extranjerıa). Sin embargo, a pesar de estas previsiones legales, la practica es mucho mas dura para los menores tutelados, y esta realidad en lugares ya citados como Madrid, Barcelona, Ceuta o Melilla es especialmente grave, en concreto por el comportamiento de sus autoridades competentes, tanto la Institucion competente para la proteccion de los menores de cada Comunidad Autonoma como la Delegacion o Subdelegacion del Gobierno en la provincia, como organismo competente para atribuir los permisos de residencia. No hay que olvidar, como precedente importante que explica en parte la situacion actual, que antes de la entrada en vigor de la nueva ley de extranjerıa (Enero 2001), existıan enormes trabas y retrasos para documentar con un permiso a los menores tutelados, a pesar de ser obligatorio de acuerdo con la anterior ley sin necesidad de plazo alguno, y que durante el tiempo que transcurrio entre la entrada en vigor de la nueva ley y su Reglamento de desarrollo (Agosto 2001), que establecio el plazo de 9 meses, no se hizo nada para dar un permiso de residencia a los chicos, con la excusa de que se estaba buscando a sus familias Podrıamos resumir en los siguientes puntos las problematicas por las que pasan los menores extranjeros no acompan ados: - Sufren, en primer lugar, la tardanza, descoordinacion y caos administrativo que impera en general en las oficinas de extranjeros en provincias como Madrid o Barcelona, lo que hace que una vez transcurridos los 9 meses que establece la norma para su regularizacion, tarden las autoridades meses y meses en resolver sus peticiones de permiso de residencia, cumpliendo para entonces muchos menores los 18 an os - Falta o retraso injustificado (Madrid) en la formalizacion de la tutela de menores en desamparo, dejandoles sin proteccion (Ceuta y Melilla) o utlizando formulas no ajustadas a la ley (Barcelona) - Falta de emision de informes necesarios para la resolucion de las solicitudes de regularizacion de los menores, y de tramitacion competente y seguimiento de estas solicitudes por parte de la Institucion de Proteccion, en especial cuando se trata de menores que consideran conflictivos - Negativa o importantes trabas de las autoridades a permitir que los menores pudieran acceder al “ ltimo proceso de regularizacion especial acontecido en Espan a en Junio y Julio del 2001 - En general, falta de voluntad de cumplir la normativa con los menores para no regularizarlos y que cumplan la mayorıa de edad y puedan ser dados de baja y expulsados - Falta de condiciones mınimas adecuadas de los centros de acogida, en especial Ceuta y Melilla donde los centros son lugares readaptados para esta funcion

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Falta de condiciones laborales dignas y de preparacion del personal de los centros de acogida de menores, con una total desinformacion por su parte de los derechos y deberes del menor Denuncias por menores acogidos de expulsiones de varios dıas fuera de sus centros de acogida. Realizacion de repatriaciones de menores marroquıes a familias desestructuradas y sin las debidas condiciones, con entrega de estos chicos a la policıa marroquı, que los golpea y exige dinero a cambio de su devolucion a la familia y sin que tenga el Fiscal de Menores conocimiento con la debida antelacion de las mismas y del proceso de b“ squeda de la familia, tal como exige la ley. En el caso de Ceuta y Melilla, existen reiteradas denuncias de devoluciones de menores marroquıes por la Policıa espan ola a la frontera marroquı, sin conocimiento del Fiscal de Menores y sin seguir los tramites legales

Junto con esta realidad expuesta que viven los menores marroquıes en desamparo, se encuentra la situacion que viven en Espan a mujeres subsaharianas que son explotadas por redes de prostitucion, en sitios tan visibles como la Casa de Campo de Madrid, y en muchas de las cuales es evidente su minorıa de edad y su desproteccion total. Sin embargo, la mayorıa de ellas dicen tener mas de 18 an os por miedo a estas redes, ya que sea amenazando a sus familias en su paıs de origen o a trave s de rituales les conminan a no decir su verdadera edad, impidiendo asısu acogida por las autoridades. Este hecho, sin embargo, no ha merecido la atencion de la Administracion espan ola, que no ha dispuesto ning“ n mecanismo de proteccion para las chicas que les permita denunciar su explotacion y salir de estas redes.

3- SITUACIO N SOCIAL: El hecho de que por lentitud administrativa y por la falta de voluntad de las Administraciones competentes no se quiera dar papeles a los menores extranjeros, incumplie ndose con ello la legalidad internacional y espan ola en materia de proteccion de menores y extranjerıa, al no cumplir las autoridades los plazos establecidos, ello trae consigo toda una serie de consecuencias sociales, las mas importantes de las cuales podemos resumirlas de la siguiente forma: -

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Nerviosismo y desproteccion del menor que ve como pasa el tiempo, va a cumplir los 18 an os y no tiene papeles, con la imposibilidad por ello de realizar un trabajo adecuado con e l, ya que el menor sabe que si cumple 18 an os, se convierte en irregular y va a sufrir todas limitaciones e impedimentos de la ley de extranjerıa Muchas solicitudes de regularizacion de los menores son resueltas de manera negativa cuando ya alcanzan los 18 an os, a pesar de haberse iniciado o haberse tenido que iniciar hace meses o an os, al no cumplir ya los chicos, con esa edad, los beneficios legales establecidos para los menores Abandono y despreocupacion total con los menores extranjeros ya mayores de edad, a pesar de todo el trabajo realizado con ellos Abandono y desproteccion de los menores no tutelados, a pesar de su situacion de desamparo

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Utilizacion de esta lentitud administrativa y del tema de los papeles para ejercer una polıtica de escarmiento hacia los menores considerados mas problematicos Se echa por tierra todo el trabajo de insercion social y laboral realizado con el menor durante en ocasiones an os, al no darsele los papeles y caer en la irregularidad, y por tanto, no poder conseguir trabajo legal Denuncias de abusos cometidos por personal educador y por otros menores de mayor edad en los centros de acogida Fugas masivas de los centros de acogida de los menores cuando repatrıan a alguno de ellos, viviendo desde entonces los chicos en la calle, generandose entonces problemas de delincuencia, drogadiccion y abandono Las repatriaciones realizadas son un fracaso absoluto, ya que los menores vuelven a Espan a unos dıas despue s, iniciandose de nuevo la misma dinamica con ellos. Vision negativa por la sociedad de la poblacion joven marroquıque se encuentra en esta situacion, por su abandono total y falta de perspectivas, al estar vagando por las calles Es el personal educador de cada menor, comprometido con su situacion, el que debe interesarse y tramitar su solicitud de regularizacion, a espaldas de la direccion de los centros, asesorandose en ONGs, Sindicatos o Abogados particulares

Respecto a la situacion de las menores subsharianas dedicadas a la prostitucion, se generan las siguientes consecuencias sociales debido a su desproteccion (?)

4- DOCUMENTOS E INFORMES COMPLEMENTARIOS -

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Informes elaborados por la Plataforma de defensa de Menores Desamparados de Barcelona (pueden obtenerse ponie ndose en contacto con la plataforma a trave s del siguiente e-mail: [email protected]) Informes Anuales sobre la situacion del racismo en el Estado espan ol (elaborados por SOS RACISMO desde 1995, y en los que se contienen apartados especıficos dedicados a la problematica de los menores) Informes elaborados por la Mesa de Entidades de proteccion de menores y de defensa de sus derechos existente en la Comunidad de Madrid (disponibles en la pagina web de SOS Racismo Madrid: www.sosracismo-madrid.org) Propuesta al Reglamento de la Ley de Extranjerıa elaborada en Junio-2001 porlas organizaciones Me dicos sin Fronteras y SOS Racismo Madrid (disponible en la web de SOS Racismo Madrid: www.sosracismo-madrid.org) Informes y denuncias de la Asociacion Pro Derechos de la Infancia de Melilla, PRODEIN (es posible obtener esta informacion ponie ndose en contacto con la asociacion a trave s del siguiente correo electronico: [email protected]) Informe elaborado por Human Rigths Watch sobre la situacion de los menores acompan ados en las ciudades de Ceuta y Melilla (disponible en la pagina web oficial de Human Rigths Watch: www.hrw.org)

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Suggest Documents