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Cash Management Trade Service and Finance Securities Services Fund Services

UCP 600 Comprensión y aplicación Parte I Victor Pena Vicepresidente Asesor Técnico Regional de Comercio Internacional

"Este material se entrega exclusivamente con fines educativos e ilustrativos y no constituye una promoción de ningún producto ni servicio en particular de parte de Citigroup. Asimismo, aunque la información aquí contenida se considera confiable, lo siguiente no constituye una asesoría jurídica y Citigroup no hace declaración ni garantía alguna en relación con la exactitud o integridad de cualquier información aquí contenida o que entregue de otro modo.”

1

UCP 600 Comprensión y aplicación Sesión I:  Revisión de los antecedentes y el proceso  Comparación con las reglas UCP 500  Resumen de los Artículos de las reglas UCP 600 (1 al 16) Sesión II (se ofrecerá en una fecha futura):

 Resumen de los Artículos de las reglas UCP 600 (17 al 39)  Otros documentos relacionados con las reglas UCP  Lo que se debe hacer para prepararse 2

Revisión de los antecedentes y el proceso 

Las reglas UCP son el trabajo de la CCI, una organización privada internacional fundada en 1919. Elaboradas en su totalidad por expertos del sector privado. Hasta la fecha, continúa siendo el conjunto más exitoso de reglas comerciales privadas que se haya desarrollado.



UCP 600: Sexta (6ª) revisión desde su inicio por parte de la Cámara de Comercio Internacional en 1933 1933

Primera UCP

1951

UCP modificada - Nº 151

1962

UCP modificada - Nº 222

1974

UCP modificada - Nº 290

1983

UCP modificada - Nº 400

1993

UCP modificada - Nº 500

2007

UCP modificada - Nº 600

- Nº 82

3

Revisión de los antecedentes y el proceso  El Grupo de redacción y el Grupo consultivo se establecieron después de la aprobación otorgada por la Comisión Bancaria de la CCI en mayo de 2003.  Se les dio la tarea de revisar completamente las UCP500 desde una perspectiva técnica (no línea por línea), para ver qué se podía cambiar, si era posible, para disminuir las consultas y eliminar la necesidad de repeticiones y controversias  Se incluyeron en la revisión: opiniones CCI, decisiones CCI, casos del DOCDEX, decisiones legales, URR525, ISP98 y eUCP de la CCI – Aproximadamente el 60% de todos las opiniones de la CCI se relacionaban con 7 Artículos de las UCP 500* – Diecisiete Artículos tienen una o dos opiniones o ninguna – Más de 60 casos de DOCDEX

Página 5 4

Revisión de los antecedentes y el proceso

 *Los siete Artículos que condujeron a aproximadamente el 60% de las opiniones de la CCI son: - Artículo 9

- Artículo 13 - Artículo 14 - Artículo 21 - Artículo 23 - Artículo 37 - Artículo 48

Obligaciones de los Bancos Emisor y Confirmador Reglas para el Examen de los Documentos Documentos con Discrepancias y su Notificación Inconcreción sobre el Emisor o el de Contenidos de los Documentos Conocimiento de Embarque Marítimo Facturas Comerciales Crédito Transferible

Página 5 5

Revisión de los antecedentes y el proceso  Más de 5000 comentarios revisados  El Grupo de redacción (9 miembros) se reunió en 15 ocasiones  Grupo consultivo (41 miembros de 26 países)  45/50 países participaron activamente en 4 borradores o más  Se solicitó a los Comités nacionales de la CCI que votaran con respecto a aspectos como: – – – –

“Aparente”, “Plazo razonable”, “Negociación”, excluir o mantener Introducción de Artículos nuevos, división de otros, "partes" o "bancos" Descuento de compromisos de pago diferido Grado de revisión en busca de “inconsistencia" o "ausencia de conflicto"

 7 revisiones de la Comisión Bancaria de la CCI  La CCI aprobó de forma unánime la Revisión 2007 el 25 de octubre de 2006

Página 5 6

Comparación con las reglas UCP 500 

Introducción de nueva terminología, conceptos y redacción



Reorganización de las reglas



Cambios sustanciales y superficiales



Mayor claridad, aunque surgieron otras ambigüedades

Lo que no cambió:

Irrevocable Irrevocable

Independiente Independiente

7

Documentaria Documentaria

Comparación con las reglas UCP 500

UCP 600 (39 Artículos)

UCP 500 (49 Artículos)

 Nuevos:

 No se incluyen en la nueva revisión:

– Artículo 2 – Artículo 3 – Artículo 9

Definiciones Interpretaciones Aviso de los Créditos y Modificaciones – Artículo 12 Nominación – Artículo 15 Presentación en Conformidad – Artículo 17 Documentos originales y copias

– Artículo 5 Instrucciones sobre la Emisión/Modificación de Créditos – Artículo 6 (parte) Revocable – Artículo 8 Revocación – Artículo 12 Instrucciones Incompletas o Imprecisas – Artículo 38 Otros documentos – Artículos 2,6,9,10,20,21,22, 30,31,33,35,36,46,47 contenido fusionado o amalgamado

8

Comparación con las reglas UCP 500

Ninguna variación en la situación jurídica de las reglas UCP 500

 Las reglas se aplican a las cartas de crédito mediante la incorporación a éstas, no por voluntad de la ley  Las reglas pueden alterarse mediante términos explícitos en la carta de crédito  Las reglas están sujetas a la interpretación de las cortes nacionales

9

Resumen de los Artículos de las reglas UCP 600 Disposiciones y Definiciones Generales 1 - 5 Obligaciones y Responsabilidades

6 - 13

Examen de Documentos

14 - 17

Documentos

18 - 28

Disposiciones Varias

29 - 33

Exoneraciones de Responsabilidad

34 - 37

Créditos Transferibles y Cesión

38 - 39

UCP 600

39

En comparació comparación a

UCP 500

10

49

Resumen del Artículo 1 de las reglas UCP 600 Aplicación de las UCP

   

Todavía se aplican a las cartas de crédito contingente No se hace referencia a “a menos que en el crédito se estipule de otro modo” ni aquí ni en otra parte de la revisión 2007 Se aplica cuando el crédito indica expresamente que está sujeto a estas "reglas" (se hicieron cambios en los códigos SWIFT para equipararlos) “Obligatorio para todas las partes a menos que en los términos de la carta de crédito se modifiquen o excluyan”

11

Resumen del Artículo 1 de las reglas UCP 600 Ejemplo de indicaciones expresas: Uso del código SWIFT: 40E:

reglas aplicables ÚLTIMA VERSIÓN DE LA UCP

Uso de un télex o una carta: Este crédito está sujeto a las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios, Revisión 2007, Publicación Nº 600 de la CCI. Este crédito está sujeto a las reglas UCP 600.

12

Resumen del Artículo 1 de las reglas UCP 600 Ejemplos de una exclusión o modificación a una regla: Contrario al Artículo 32 de las reglas UCP, este crédito sigue siendo válido para las posteriores utilizaciones /embarques fraccionados a pesar de que no se realice ningún embarque o presentación de documento en el período permitido. El subartículo 28(c) no se aplica.

Los documentos no deben tener una fecha anterior a la fecha de emisión de este crédito.

13

Resumen del Artículo 2 de las reglas UCP 600 NUEVO

Artículo 2: Definiciones (UCP 500, parte de los Artículos 2, 7, 9, y 10) Algunos términos están definidos, de modo que proporcionen referencias cuando se usan tales términos en los Artículos A

Banco Avisador Ordenante

B

Día hábil Hábil bancario Bancario Beneficiario

C

H

Pagar

I

Banco Emisor

N

Negociación Banco designado Nominado

Presentación conforme Conforme

P

Confirmación

Presentación Presentador

Banco Confirmador Crédito 14

Resumen del Artículo 2 de las reglas UCP 600 Día hábil bancario 

Día en el cual un banco está normalmente abierto para el desempeño de un procedimiento sujeto a estas reglas

Depto Comercial

SÁBADO

Sala del banco

15

Resumen del Artículo 2 de las reglas UCP 600 Presentación conforme 

Presentación conforme a – Términos y condiciones del crédito – Disposiciones de las UCP pertinentes – Prácticas bancarias internacionales estándares

¿Qué son las prácticas bancarias internacionales estándares? ¿Se refiere a “ISBP” ?

16

Resumen del Artículo 2 de las reglas UCP 600 

Honrar Para crédito disponible por...





Pago a la vista

Pagar a la vista



Pago diferido

Se compromete a un pago diferido Pagar en el vencimiento



Aceptación

Aceptar la letra de cambio Pagar en el vencimiento

Negociación – La compra de letras de cambio (giradas a cargo de otro banco) y/o documentos presentados en conformidad, – Mediante adelanto o acordando adelantar fondos al beneficiario, en el día hábil bancario o antes que se debe reembolsar al banco nominado.

17

Resumen del Artículo 2 de las reglas UCP 600 Banco Nominado 

El banco con el que está disponible el crédito o cualquier banco en el caso de un crédito de libre disponibilidad

Banco Emisor

Emision

Banco Nominado

Banco Avisador

Banco Nominado

Carta de crédito disponible con cualquier banco Cualquier banco es un banco nominado 18

Aviso

Beneficiario

Banco Nominado

Carta de crédito restringida Banco nombrado en la carta de crédito

Resumen del Artículo 2 de las reglas UCP 600 

Presentación – Entrega de los documentos al Banco Emisor o al Banco Nominado; – Los documentos entregados



Presentador – La parte que hace la presentación

Beneficiario Beneficiario

Presentación Presentador

Banco Banco Nominado Nominado

Presentador

19

Presentación

Banco Banco Emisor Emisor

Resumen del Artículo 3 de las reglas UCP 600 NUEVO

Artículo: Interpretaciones NUEVO

(UCP 500, Artículo 47 y parte de los Artículos 2, 20, 46)

 Según corresponda, las palabras en singular incluyen al plural y viceversa.  No más “(s)” , “Documento” en lugar de “Documento(s)”

NUEVO

NUEVO

 Un Crédito es irrevocable aunque no se haga ninguna indicación en ese sentido.  Para determinar la fecha de vencimiento, las palabras “desde” y “después” excluyen la fecha mencionada (ISBP-45,d)

30 días desde la fecha de embarque

30 días después de la fecha de embarque

Fecha de embarque: 1 DE AGOSTO DE 2007

Fecha de vencimiento: 31 DE AGOSTO DE 2007

20

Resumen del Artículo 3 de las reglas UCP 600 

Para determinar un período de embarque, las palabras "desde" y "después" tienen distintos significados – “Desde” incluye la fecha mencionada – “Después” excluye la fecha mencionada

El embarque se debe efectuar desde el 10 de agosto

Fecha de embarque más temprana es el 10 de agosto

El embarque se debe efectuar después del 10 de agosto

La fecha de embarque más temprana es el 11 de agosto

21

Resumen del Artículo 4 de las reglas UCP 600 Artículo 4: Documentos V. Contratos 

NUEVO 

(UCP 500, Artículo 3)

Principio de independencia: La carta de crédito es una transacción distinta del contrato subyacente Los bancos deben desalentar todo intento de incluir al contrato como parte integral de la carta de crédito ¿desalentar?

Carta de Crédito

Los detalles según el Contrato Nº 123, que se anexa y forma parte integral del crédito.

22

Contrato Nº 123

Resumen del Artículo 5 de las reglas UCP 600 Artículo 5: Documentos V. Mercancías/Servicios/Prestaciones (UCP 500, Artículo 4)



Los Bancos trabajan con documentos y no con las mercancías, los servicios o cumplimientos con los que los documentos puedan estar relacionados.

23



Todas las partes intervinientes en un Crédito negocian con documentos y no con mercancía, servicios y/u otras prestaciones, a que tales documentos puedan referirse

Resumen del Artículo 6 de las reglas UCP 600 Artículo 6: Disponibilidad, Fecha de Vencimiento y Lugar de Presentación (UCP 500, Art. 42 y parte de los Art. 9, a, b, 10) 

La carta de crédito debe … – Indicar el banco con el cual está disponible o que está disponible con cualquier banco (disponible con un Banco Nominado también disponible con el Banco Emisor) – Indicar que está disponible para pago a la vista, para pago diferido, por aceptación o por negociación – No debe estar disponible mediante una letra de cambio girada a cargo del ordenante

Ejemplos: Disponible con el banco emisor por pago diferido Disponible con el banco XYZ por pago Disponible con cualquier banco por negociación 24

Resumen del Artículo 6 de las reglas UCP 600 

Fecha de vencimiento  Último día para la presentación de documentos



Lugar de presentación – Banco con el cual está disponible la carta de crédito, o – Cualquier banco, si la carta de crédito está disponible con cualquier banco, y – Banco emisor

Carta de crédito disponible con cualquier banco

Carta de crédito disponible con el banco XYZ

Lugar de presentación 1.

Cualquier banco

1.

Banco XYZ

2.

Banco emisor

2.

Banco emisor

25

Resumen del Artículo 7 de las reglas UCP 600 Artículo 7: Compromiso del Banco Emisor

(UCP500, parte del Artículo 9,a)



Honrar la presentación conforme que se realizó al banco nominado o al mismo banco emisor



Reembolsar al banco nominado que honro/negoció y envió los documentos en conformidad al banco emisor 

Obligación irrevocable al momento de la emisión de la carta de crédito

NUEVO 

Para una carta de crédito a plazo, el reembolso es pagadero al vencimiento del compromiso de pago diferido o con la aceptación sea que el banco designado haya hecho o no pagos por adelantado o comprado antes del vencimiento

NUEVO 

El compromiso del banco emisor de reembolsar al banco nominado es independiente de su compromiso con el beneficiario 26

Resumen del Artículo 8 de las reglas UCP 600 Artículo 8: Compromiso del Banco Confirmador (UCP500 , 9, c y parte del Artículo 9, b) 

Honrar una presentación conforme o negociar sin recurso



Reembolsar al banco nominado que honró/negoció y envió los documentos en conformidad al banco confirmador

NUEVO



Obligación irrevocable a partir del momento de la confirmación



Para una carta de crédito a plazo, el reembolso es pagadero al vencimiento del compromiso de pago diferido o de la aceptación sea que el banco nominado haya hecho pagos por adelantado o comprado antes del vencimiento

NUEVO 

El compromiso del Banco Confirmador de reembolsar al banco nominado es independiente de su compromiso con el beneficiario 27

Resumen del Artículo 9 de las reglas UCP 600 Artículo 9: Notificación de Créditos y Modificaciones 

NUEVO

Al avisar una carta de crédito, el banco avisador expresa:

– Que no tiene ningún compromiso de honrar o negociar – Su satisfacción en cuanto a la autenticidad aparente de la carta de crédito o modificación – El aviso refleja con exactitud los términos y condiciones de la carta de crédito Carta de crédito

Aviso

Disponible con: Cualquier banco

Disponible con: El banco avisador

Por: Negociación

Por: Negociación

Reembolso: Solicitud de pago a la vista al banco XYZ, sucursal de Nueva York

NUEVO



(UCP500, Artículos 7, 11, b)

Reembolso: El banco avisador tiene instrucciones de reembolso especiales

Un banco avisador puede usar los servicios de otro banco para avisar crédito: segundo banco avisador 28

Resumen del Artículo 10 de las reglas UCP 600 Articulo 10: Modificaciones (UCP500, Artículo 9,d) 

El banco emisor, el banco confirmador, si lo hubiera, y el beneficiario deben estar acuerdo con las modificaciones



El banco emisor/banco confirmador queda obligado irrevocablemente en el momento en que se emite y avisa la modificación.



El banco confirmador debe informar al banco emisor de su decisión de no ampliar la confirmación a una modificación y puede informarle al beneficiario de la modificación sin la confirmación de ésta.

NUEVO 



La notificación de la aceptación o rechazo recibido debe entregarla el segundo banco avisador al banco avisador y el banco avisador al banco emisor Aceptación parcial = Notificación de rechazo

29

Resumen del Artículo 10 de las reglas UCP 600

NUEVO



No tomar en cuenta cualquier disposición respecto a que la modificación esté vigente a menos que sea rechazada por el beneficiario en un cierto plazo

Silencio = Consentimiento Modificación Nº 1 - Monto reducido en USD100,000.00

No tomar en cuenta

Esta modificación entrará en vigencia a menos que sea rechazada por el beneficiario el 30 de noviembre de 2007 o antes.

30

Resumen del Artículo 10 de las reglas UCP 600 

La presentación que está en conformidad con el crédito y la modificación que aún no se ha aceptado, se considera como la aceptación del beneficiario de la modificación CC original

Fecha: 1 DE JULIO DE 2007

US$150,000 Embarcar antes del 20 DE AGOSTO DE 2007 Se permiten embarques parciales

Conforme

Modificación Fecha: 4 DE JULIO DE 2007 Monto reducido a US$100,000 Embarcar antes del 20 DE JULIO DE 2007

Conforme

31

¿Se considera aceptada? Documento US$100,000 Embarcado el 20 de JULIO de 2007

Resumen del Artículo 11 de las reglas UCP 600 Artículo 11: Créditos y Modificaciones Transmitidos por Teletransmisión y Preavisados (UCP 500, Artículo 11, a, c) 

La teletransmisión autenticada del crédito y la modificación se considera operativa, a menos que se establezca algo distinto.



Si la teletransmisión especifica “sigue detalles completos ” (o expresión similar), el banco emisor debe entonces emitir el crédito o la modificación operativa en términos consistentes con la teletransmisión.



El aviso preliminar de la emisión de un crédito o modificación obliga al banco emisor a emitir el crédito o modificación operativo.

32

Resumen del Artículo 12 de las reglas UCP 600 Artículo 12: Nominación

NUEVO

(UCP500, Artículo 10, c)



La nominación no obliga al banco nominado a honrar



Al nominar a un banco para que acepte una letra de cambio o se comprometa a un pago diferido, un banco emisor autoriza a ese banco nominado para que haga un pago por adelantado o compre una letra de cambio aceptada o un compromiso de pago diferido de ese banco nominado Carta de Crédito Disponible con Citibank N.A. por pago diferido a 90 días después de la fecha de embarque

Citibank N.A. está autorizado para : 1.

Asumir un compromiso de pago diferido (“CPD") y

2.

“Hacer pagos por adelantado” de su CPD (es decir, pago adelantado antes del vencimiento)

33

Resumen del Artículo 13 de las reglas UCP 600 Artículo 13: Acuerdos de Reembolso entre Bancos

(UCP500, Artículo 19)

Si un crédito establece que se obtendrá el reembolso de un banco reembolsador, debe indicar si el reembolso está sujeto a las reglas de la CCI para reembolsos entre bancos vigentes en la fecha de emisión del crédito.

34

Resumen del Artículo 14 de las reglas UCP 600 Artículo 14: Estándar para el Examen de Documentos (UCP 500, Artículos 13, 21, 22)

 Deben examinarse los documentos en apariencia para determinar la conformidad  Además de la factura comercial, la descripción de las mercancías, los servicios o lo prestación, se pueden indicar en términos generales  No tomar en cuenta los documentos que no se exijan en la carta de crédito, los que pueden devolverse  No tomar en cuenta las condiciones no documentarias  Los documentos pueden tener una fecha anterior a la emisión de la carta de crédito, pero no una posterior a la fecha de presentación

35

Resumen del Artículo 14 de las reglas UCP 600 UCP 500: Plazo razonable que no debe exceder los SIETE días hábiles bancarios después del día de recepción de los documentos  UCP 600: Máximo de CINCO días hábiles bancarios después del día de la presentación. No es reducido ni afectado por otros eventos.



Lu

Ma

Mi

Ju

Vi

Sa

Do

Lu

UCP 600

0

1

2

3

4

X

X

5

UCP 500

0

1

2

3

4

X

X

5

¿Qué es razonable ? 36

Ma

Mi

6

7

Resumen del Artículo 14 de las reglas UCP 600 Plazo de presentación 

Debe realizarse una presentación que incluya un documento original de transporte en o antes de 21 días calendario después de la fecha del embarque



Documento de transporte: Sujeto a los Artículos 19 al 25 UCP 500 

… todo Crédito que exigirá la presentación de uno o mas documentos de transporte deberá también establecer un plazo especifico a partir de fecha de embarque dentro del cual debe efectuarse la presentación de documentos …



De no especificar tal plazo, los bancos rechazaran los documentos que se les presenten con posterioridad a los 21 días de la fecha de embarque



Documento de transporte: Según se definen en los Artículos 23 al 29

37

Resumen del Artículo 14 de las reglas UCP 600 Datos sin discrepancias 

Los datos en un documento no deben estar en conflicto con los datos en ese documento, otros documentos estipulados o la carta de crédito

UCP 500 

Los documentos que, en apariencia, no concuerden entre sí serán considerados como que no están, aparentemente, de acuerdo con los términos y condiciones del crédito.

38

Resumen del Artículo 14 de las reglas UCP 600 Emisor o Contenido no Especificado 

Aparte de la factura, documento de transporte o documento de seguro, los bancos aceptarán el documento si (1) su contenido aparentemente cumple la función y (2) está en conformidad con 14(d) Ejemplo: La carta de crédito requiere un Certificado de Inspección Certificado de Inspección

Certificado de Inspección Las mercancías se han inspeccionado y se certifica que están en orden.

Se certifica que el origen de las mercancías es Singapur.

Firmado

Firmado

1 DE AGOSTO

Fechado DE 2007



1 DE AGOSTO

Fechado DE 2007

39

Las mercancías se han inspeccionado y se certifica que están en orden. Firmado



1 DE AGOSTO

Fechado DE 2007



Resumen del Artículo 14 de las reglas UCP 600 Domicilios del Beneficiario y el Ordenante

NUEVO



No es obligatorio que sean los mismos en los documentos estipulados y el crédito, pero



Deben estar dentro del mismo país según el crédito



No tomar en cuenta los detalles de contacto del beneficiario y el ordenante (fax, teléfono, correo electrónico) que se indican en el crédito (ISBP 61)



Sin embargo, si forman parte de los detalles del consignatario y la parte para notificar en el documento de transporte, los detalles de contacto del solicitante deben aparecer como se precisa en el crédito

40

Resumen del Artículo 14 de las reglas UCP 600 Factura

Carta de Crédito

Facturar a: ABC Inc.

Solicitante: ABC Inc.

10 Coleman Street Singapore 179809

3 Temasek Avenue 16-00 Centennial Tower Singapore 039190 Nº de fax 6328 5201

Nº de fax 6328 5464

Conocimiento de embarque para notificar al ordenante

Conocimiento de embarque

Conocimiento de embarque

Notificar a: ABC Inc. 3 Temasek Avenue 16-00 Centennial Tower Singapore 039190 Nº de fax 6328 5201

Notificar a: ABC Inc. 10 Coleman Street Singapore 179809 Nº de fax 6328 5464

41

Resumen del Artículo 14 de las reglas UCP 600 Embarcador, Cargador, Emisor del Documento de Transporte 

El embarcador o cargador de mercancías que se indiquen en cualquier documento no tendrá que ser el beneficiario de la carta de crédito, pero debe haber coherencia entre los documentos

Carta de Crédito Beneficiario: ABC Co. Ltd.

Conocimiento de Embarque

Embarcador: XYZ Co. Ltd.

NUEVO



Certificado de Origen

Embarcador: XYZ Co. Ltd.

Certificado de Origen

Embarcador: ABC Co. Ltd.

El documento de transporte lo podera ser emitido una parte que no sea el transportista/ propietario/ capitán/ fletador, siempre que cumpla con los requisitos de los Artículos 19, 20, 21, 22, 23 ó 24 42

Resumen del Artículo 15 de las reglas UCP 600 Artículo 15: Presentación conforme

NUEVO

Cuando … El Elbanco bancoemisor emisordetermina determina que queuna unapresentación presentaciónestá está en conformidad en conformidad El Elbanco bancoconfirmador confirmador determina determinaque queuna una presentación presentación está estáen enconformidad conformidad El Elbanco banconominado nominado determina determinaque queuna una presentación está presentación estáen en conformidad, y honra conformidad, y honra oonegocia negocia

Sin demora

Debe Debehonrar honraryyentregar entregarlos los documentos documentosalalordenante ordenante

Debe Debehonrar honraroonegociar negociar yyenviar enviarlos losdocumentos documentos alalbanco bancoemisor emisor Debe Debeenviar enviarlos losdocumentos documentos alalbanco bancoconfirmador confirmadorooalal banco bancoemisor emisor

43

Resumen del Artículo 16 de las reglas UCP 600 Artículo 16: Documentos Discrepantes, Conformidad y Notificación (UCP 500, Artículo 14, b, c, d, e) 

El banco nominado/confirmador/emisor puede negarse a honrar o a negociar documentos con discrepancias



El banco emisor, por propia iniciativa, se pone en contacto con el solicitante para obtener su conformidad La notificación de rechazo debe entregarse antes del cierre del quinto día hábil bancario después del día de la presentación



El incumplimiento de este Artículo impide al banco reclamar que la presentación no está en conformidad  Después de proporcionar una notificación de rechazo – El banco puede devolver los documentos al presentador en NUEVO cualquier momento – El banco emisor o confirmador puede reclamar la devolución de cualquier reembolso que se haya realizado, con intereses 

44

Resumen del Artículo 16 de las reglas UCP 600 

La notificación de rechazo única debe indicar: – el banco se niega a honrar o a negociar; – cada discrepancia con respecto al rechazo, y – uno de los siguientes:

El banco retiene los documentos a la espera de más instrucciones del presentador NUEVO

El banco emisor retiene los documentos hasta que reciba la conformidad del ordenante y acuerde aceptarla o reciba más instrucciones del presentador antes de aceptar la conformidad El banco devuelve los documentos

NUEVO

El banco actúa conforme a las instrucciones entregadas con anterioridad por el presentador

45

Resumen del Artículo 16 de las reglas UCP 600 

Notificación de rechazo: "El banco emisor retiene los documentos hasta que reciba la conformidad del ordenante y acuerde aceptarla o reciba más instrucciones del presentador antes de aceptar la conformidad."

Banco Emisor 3

Conformidad

1 Notificación de rechazo

2

Solicitud de devolución de documentos

X Acepta la

conformidad

Ordenante

46

Beneficiario

Resumen del Artículo 16 de las reglas UCP 600 

Notificación de rechazo: "El banco emisor retiene los documentos hasta que reciba la conformidad del ordenante y acuerde aceptarla o reciba más instrucciones del presentador antes de aceptar la conformidad."

Banco

1 Notificación de rechazo Notificación de aceptación

Emisor

4 Solicitud de devolución de 2 Conformidad

3 Acepta la

documentos

conformidad

Ordenante

47

Beneficiario

Resumen del Artículo 16 de las reglas UCP 600 Plazos importantes (UCP 600 14, 15 y 16) 

Examen de documentos: – Máximo de 5 días hábiles bancarios después del día de la presentación



Presentación conforme: – Cuando un banco emisor determina que una presentación está conforme, debe honrar



Rechazo: – Notificación de rechazo antes del cierre del quinto día hábil bancario después del día de presentación

Tiempo máximo permitido para examinar

Honrar, si se determina que cumple con los requisitos 48

Plazo para notificación de rechazo

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