FIRMA DIGITAL. Marco Legal. Ley : Sancionada : Noviembre 14 de Promulgada de Hecho : Diciembre 11 de 2001

FIRMA DIGITAL Marco Legal. Ley Sancionada Promulgada de Hecho : 25.506 : Noviembre 14 de 2001. : Diciembre 11 de 2001. ARTICULO 1º — Objeto. Se reco...
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FIRMA DIGITAL Marco Legal. Ley Sancionada Promulgada de Hecho

: 25.506 : Noviembre 14 de 2001. : Diciembre 11 de 2001.

ARTICULO 1º — Objeto. Se reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones que establece la presente ley. ARTÍCULO 2º — Firma Digital. Se entiende por firma digital al resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control. La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma. Los procedimientos de firma y verificación a ser utilizados para tales fines serán los determinados por la Autoridad de Aplicación en consonancia con estándares tecnológicos internacionales vigentes. ARTICULO 3º — Del requerimiento de firma. Cuando la ley requiera una firma manuscrita, esa exigencia también queda satisfecha por una firma digital. Este principio es aplicable a los casos en que la ley establece la obligación de firmar o prescribe consecuencias para su ausencia.

FIRMA DIGITAL PARTES NECESARIAS PARA LA IMPLEMENTACION La ley contempla la necesaria existencia de las siguientes partes para poder llevar adelante el proceso de firma digital: - Autoridad Certificante: Es la entidad que se encarga de administrar los certificados digitales (las claves públicas), las almacena y las pone a disposición de quién la requiera para poder verificar un documento firmado. - Autoridad Registrante: Es la entidad que actúa conjuntamente con la entidad Certificante y garantiza que la persona que deja en custodia su certificado digital (clave pública) es quién dice ser. - Proceso de firmar: o Con su clave privada una persona encripta un documento. o La persona que recibe el documento, acude a la entidad certificante para obtener el certificado digital del emisor (clave pública del emisor). o Mediante un programa desencripta el documento, de esa forma lo obtiene y además tiene la certeza que el emisor es quien dice ser.

FIRMA DIGITAL BREVE RESEÑA SOBRE EL FUNCIONAMIENTO El firmar digitalmente un documento (PDF, WORD, EXCEL, MAIL, ETC.), es el resultado de aplicar al mencionado documento un procedimiento matemático, esto garantiza la autenticidad. Para llevar adelante este procedimiento es necesario: Clave privada  que únicamente él propietario conoce. Clave pública  que es conocida por las demás personas. Estas claves actúan de forma complementaria: Lo que cifro con la clave pública  Solo lo puedo descifrar con la clave privada. Lo que cifro con la clave privada  Solo lo puedo descifrar con la clave pública.

Para nuestro caso práctico: La clave privada esta almacenada en el token (certificado nivel 4). La clave pública esta almacenada en los servidores de AFIP, que es la autoridad certificante autorizada por la ley de firma digital.

FIRMA DIGITAL TOKEN: ALMACENAMIENTO CLAVE PRIVADA La clave privada y la clave pública tienen las siguientes características: -----BEGIN PRIVATE KEY----MIICXQIBAAKBgQCstkZBx51IgpSfqvynx5tvYD4wbnxHwVAan433wA08XwFHUgE0 DsfaHG9K3tDBDTA6HvPsm3DKErokkkhj/LHJAO435WeWK7ZQXSb53+Y9l9ykKubP df3jSAJVVwl0noZoh5UehBordJ832lUdLSO6EKd11E7GxGQ8WGfZghBq+wIDAQAB AoGACUQOKOFIsucuihJmU6oF0MfdDkQfLspUPdlpiG0pSJ/gNa9UmTJhznXQErg5 guHuQHAAriT4vB6dFfEzKQoZj5SHn4nLeR9nx7OcixobpoT/SCqtEnkAObNHJgRL Wj0B8IgLDYQLgsiIXU2a51f/kfC+BmUN9b/b+2EBd27l42ECQQDXY/GtmDMMwesq FYR4a9cJi+Fi/hQM0nfbIGo9IbV2jriIQb5nO++/b0I5kF71cXiYAa+i9VZBASSo Tulc8FVXAkEAzUZpEEYALlMdBCkkiaTgP0IdNsgHkJTxbpFxHLfMhuYZ3UfnUFfE AUNWwj7+qVvoVD688KsS5IkCWv5nPFQM/QJADjbdSyyBKfVeNJ/I5z2OqmWd0S+d WR9Go6JnAHPKCvHuQae9DgkJkGOiRjQ94ArF/5oU4jc4ov+VULoscmK17wJBAIlO aKZ+/E4AQC9xScRcKbeGhL4I7K50Qk4gMRXxh3hQX8qY9wvRuQTTQywpMPSdynjX glBFThzZ3F57PximbA0CQQCDFtiHLdyzuEswVOuIcs5eTj8jXuismpZzKwt5gZ8f VTdiSXS4vHoPhVI3DtwnuSfJYwe/tcUaWkbSP5pvWR3L -----END RSA PRIVATE KEY-----

En conclusión, el memorizar las mismas para luego ingresarlas al momento del uso, no sería una actividad recomendable, por ello se puede utilizar de dos maneras: -

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Teniendo el certificado almacenado en la PC, en formato archivo, lo que se conoce como certificado nivel 3. Teniendo un token, dentro del mismo se almacena la mencionada clave, haciendo mucho más seguro el proceso de firma digital, se conoce como certificado nivel 4.

FIRMA DIGITAL OBTENER CERTIFICADO EN AFIP En la página de AFIP, existen instructivos que detallan los procedimientos necesarios: Obtener certificado digital: http://www.afip.gov.ar/genericos/guiaDeTramites/guia/documentos/PasoaPasoCertificadoFirmaDigital.pdf

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Pasos para habilitar a una persona para firmar documentos por un ENTE: http://www.afip.gob.ar/firmaDigital/documentos/GuiaPasoaPasoGestionAutorizacionesElectronicas.pdf

En resumen de los instructivos se menciona: En la página del AFIP, con clave fiscal se solicita el certificado digital, esto es solo el comienzo del trámite, se termina el mismo presentándose en la delegación de AFIP correspondiente con fotocopia del documento y el token autorizado para que se almacene el certificado digital (clave privada). Para poder hacer este trámite debe tener habilitado el servicio AC de la AFIP. Luego es necesario que el ENTE autorice a un representante del mismo a firmar digitalmente los documentos correspondientes al mismo. Para ello se debe hacer por el servicio “Gestión de autorizaciones electrónicas para firma digital”, esto lo encontrará dentro del menú “Mis facilidades”, en esta opción se da de alta mediante el CUIL/CUIT del firmante a aquellas personas autorizadas a firmar y que tipo de documentos la mencionada puede firmar.

FIRMA DIGITAL FORMULARIO PRECIO DE TRANSFERENCIA: 4501 El formulario se debe descargar de la página de AFIP, www.afip.gob.ar/formularios.

FIRMA DIGITAL PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO DIGITAL -

Bajar el formulario de la página de AFIP.

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Completar los datos del ENTE y del Contador.

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Adjuntar los informes en formato PDF: o El archivo a adjuntar por el ENTE en formato PDF no tiene indicaciones sobre el nombre que debe tener. o El informe del Contador que se debe adjuntar en formato PDF si debe respetar un nombre establecido que es PRTN_xxxxxxxxxxx_AAAA (PRNT + CUIT + PERIODO).

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Insertar las firmas en el formulario: o Primero la del ENTE. o Luego la del Contador.

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Subir el formulario al SSP del Consejo: o En el menú “Cámara – Aranceles”, la opción “Seguimiento Trámites”. o Presionar el botón “Agregar Trámite Electrónico”. o En la opción mencionada solicitará:  Número de la boleta de depósito, la cual deberá existir, deberá pertenecer al profesional que esta haciendo la presentación, y deberá ser una boleta de depósito que indique un trabajo que requiera firma digital, en este caso solo esta en esta condición “Precio de Transferencia”.

FIRMA DIGITAL  Adjuntar el archivo utilizando el botón “Examinar”, el archivo que es el formulario PDF firmado por el ENTE y el contador con el archivo del ENTE y el informe del contador adjuntos, no deberá superar el tamaño de 4 MB.  Presionar el botón “Controlar Formulario”, de estar todo correcto, es decir que se cumpla todas las condiciones antes citada, aparecerá el botón “Presentar Formulario”, se presiona el mismo y termina el proceso.

FIRMA DIGITAL

FIRMA DIGITAL RECUPERAR EL TRABAJO FIRMADO POR EL CONSEJO Para recupera el formulario firmado por el Consejo, debe ir a la misma opción por donde la presentó “Seguimiento de Trámite”, y en el reporte del trámite dirá si el formulario esta disponible para ser descargada.