ESTUDIO DEL RUIDO EN PUERTO LUMBRERAS

Excelentísimo Ayuntamiento de Puerto Lumbreras ESTUDIO DEL RUIDO EN PUERTO LUMBRERAS ANEXO I DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PLAN GENERAL MUNICI...
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Excelentísimo Ayuntamiento de Puerto Lumbreras

ESTUDIO DEL RUIDO EN PUERTO LUMBRERAS ANEXO I DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACIÓN DE PUERTO LUMBRERAS

ESTUDIO DEL RUIDO EN PUERTO LUMBRERAS ANEXO I DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACIÓN DE PUERTO LUMBRERAS

Por el equipo redactor,

Fdo.: Ginés Sánchez Carrasco (Dirección) Ldo. Ciencias Biológicas Colegiado nº. 8987-MU

Promotor: Excmo. Ayuntamiento de Puerto Lumbreras

Diciembre 2.005

Estudio del Ruido en Puerto Lumbreras

ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN ...................................................................................... 2 2. METODOLOGÍA ....................................................................................... 4 3. ESTACIONES DE MUESTREO ..................................................................... 6 4. NIVEL SONORO PREOPERACIONAL............................................................. 8 5. NIVEL SONORO PREVISIBLE ................................................................... 22 6. CRITERIOS DE ZONIFICACIÓN ADOPTADOS DERIVADOS DE LA LUCHA CONTRA EL RUIDO ...................................................................... 26 7. MEDIDAS PREVISTAS PARA MINIMIZAR EL IMPACTO PROVOCADO POR EL RUIDO ...................................................................................... 28 8. LIMITACIONES A LA EDIFICACIÓN Y A LA LOCALIZACIÓN DE NUEVOS FOCOS DE EMISIÓN SONORA CONCRETADOS EN LAS ORDENANZAS URBANÍSTICAS................................................................. 29 9. NECESIDADES DE AISLAMIENTO ACÚSTICO EN FUNCIÓN DEL NIVEL DE RUIDO EXTERIOR EN CADA ZONA.............................................. 30 10. ZONAS PARA LAS QUE ES NECESARIO REDACTAR PLANES DE REHABILITACIÓN SONORA................................................................. 31

ANEXO 1. INFORME DE CONTROL DE RUIDO. PLAN GENERAL ORDENACIÓN. PUERTO LUMBRERAS. JUNIO 2005. LQM.

MUNICIPAL

DE

ANEXO CARTOGRÁFICO MAPA R-1

LOCALIZACIÓN DE LAS ESTACIONES DE MUESTREO.

MAPA R-2.1 / R-2.2

NIVEL SONORO ACTUAL.

MAPA R-3

NIVEL SONORO PREVISIBLE.

MAPA R-4

ZONAS NECESITADAS DE REHABILITACIÓN SONORA.

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1.

INTRODUCCIÓN

La lucha contra el ruido ambiental en la Región de Murcia está regulada por el Decreto 48/1998, de 30 de julio, de protección del medio ambiente frente al ruido. Un amplio porcentaje de la población de la Región de Murcia se encuentra expuesta a niveles de ruido ambiental superiores a los recomendados como límite aconsejable por la O.C.D.E. y la Comisión de las Comunidades Europeas. La fuente sonora más importante y extendida en la Región es el tráfico rodado, junto a otras como puede ser el ocio. La integración de los criterios de lucha contra el ruido en los procedimientos de Evaluación y Calificación Ambiental es un mecanismo imprescindible pero, junto a éste, es la integración de los criterios de control de la contaminación acústica en la planificación urbana el método más adecuado para su prevención. Una adecuada planificación urbana y territorial es imprescindible a la hora de reducir tanto la exposición al ruido de la comunidad, como la superficie expuesta. Todo proyecto de actividades e infraestructuras sometidas a evaluación de impacto ambiental o al procedimiento de calificación ambiental, susceptibles de producir impacto por ruido, adaptará y diseñará las medidas correctoras, en su caso, que garanticen que el nivel de ruido recibido por los receptores y usos del suelo afectados no supere los límites especificados en el Anexo I, en cuanto a medio ambiente exterior, y los especificados en el Anexo II en cuanto al interior de los edificios (D. 48/1998, art.3). Decreto 48/1998 (Anexo I) : Valores límite de Ruido en el Medio Ambiente Exterior

Uso del suelo Sanitario, docente, cultura (teatros, museos, centro de cultura, etc.), espacios naturales protegidos, parques públicos y jardines locales Viviendas, residencias temporales (hoteles, etc.), áreas recreativas y deportivas no masivas Oficinas, locales y centros comerciales, restaurantes, bares y similares, áreas deportivas de asistencia masiva Industria, estaciones de viajeros

Nivel de Ruido permitido Leq dB(A) Día

Noche

60

50

65

55

70 75

60 65

Decreto 48/1998 (Anexo II): Valores límite de Ruido en el Interior de los Edificios

Tipo de receptor Sanitario, docente, cultural Viviendas yHoteles Oficinas, locales y centros comerciales, restaurantes, bares y similares, áreas deportivas de asistencia masiva Industria, estaciones de viajeros

Nivel de Ruido permitido Leq dB(A) Día

Noche

45 50 70 75

35 40 60 65

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Las figuras de planeamiento general y sus revisiones incluirán entre sus documentos y determinaciones lo siguiente (D.48/1998, art.15): • • • • • •

Planos de información del nivel sonoro actual y previsible. Criterios de zonificación adoptados derivados de la lucha contra el ruido. Medidas previstas para minimizar el impacto provocado por el ruido. Limitaciones a la edificación y a la localización de nuevos focos de emisión sonora concretados en las Ordenanzas Urbanísticas. Necesidades de aislamiento acústico en función del nivel de ruido exterior de cada zona. Zonas para las que es necesario redactar Planes de Rehabilitación sonora.

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2.

METODOLOGÍA

Un Plan General Municipal de Ordenación (PGMO), como su propio nombre indica, es un proyecto de carácter general, que prevé usos globales del territorio. Posteriormente, cuando se desarrollen los distintos sectores, estos usos se pormenorizarán convenientemente y será entonces cuando será posible realizar un análisis más detallado. De modo que una calificación inicial como residencial, industrial, etc., puede incluir otros usos más concretos como pueden ser el comercial, educativo, sanitario, zonas verdes, etc., cada uno de ellos con diferentes exigencias en cuanto al nivel sonoro admisible. Como consecuencia de ello, se ha realizado un estudio de ruido con carácter también global, donde se analiza el nivel sonoro procedente de diversos puntos del municipio, aquellos considerados como más conflictivos o representativos de los diferentes usos del suelo en la actualidad (Mapa nº. R-1). Teniendo en cuenta que el tráfico es la principal fuente de ruido, los distintos tipos de vías de comunicación (calles, carreteras, autovías) han tenido un papel predominante en el análisis realizado, para determinar el modo en que afectarán a la ordenación propuesta. Con los datos obtenidos se ha elaborado una cartografía de ruido, que permite apreciar el nivel sonoro actual registrado en diferentes puntos del municipio de Puerto Lumbreras, a partir de los cuales es posible predecir el nivel de ruido existente en el término municipal de forma global. Al mismo tiempo que nos indica el nivel sonoro que deberán soportar las diferentes zonas o usos propuestos en el PGMO. Para aquellas estaciones cuyo nivel medio de ruido obtenido rebasa el máximo permitido por la legislación para alguno de los usos del suelo previstos, se han elaborado unos planos con las principales isófonas, referidas tanto al periodo diurno como nocturno. El impacto ambiental derivado del incremento respecto a los niveles de ruido anteriores a la implantación del proyecto, se valorará de acuerdo con la Recomendación ISO 1996 o UNE 74-022-81 cuyos niveles se reflejan en el Anexo III del mencionado Decreto. Para la realización de la cartografía de ruido se han tenido en cuenta las especificaciones recogidas en el Capítulo IV del Decreto 48/1998. El parámetro utilizado es el nivel sonoro continuo equivalente, Leq dB (A). El sonómetro se ha situado a 1,2 m. del suelo y a más de 1,5 m. de cualquier fachada. Las medidas han sido realizadas en condiciones atmosféricas favorables, que no alteran la calidad de la medición, previa calibración acústica en cada una de ellas. Las mediciones se han realizado en días laborables, considerado como periodo diurno el comprendido entre las 8’00 y las 22’00 horas, y como periodo nocturno el resto de la jornada. Teniendo en cuenta los ritmos de actividad diaria de la población, en cada uno de los puntos seleccionados se realizaron tres medidas en periodo diurno, coincidiendo con las etapas de mañana, mediodía y tarde, cada una de ellas con una duración de 5 minutos. Durante el periodo nocturno se realizaron tres medidas en cada punto, con una duración de 10 minutos cada una de ellas. Estudio de Impacto Ambiental del Plan General Municipal de Ordenación de Puerto Lumbreras

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El resto de aspectos del estudio de ruido, tanto técnicos como humanos, pueden consultarse en la documentación que se adjunta, “Informe de Control de Ruido Plan General de Ordenación Urbana de Puerto Lumbreras, Junio 2005”, elaborado por Laboratorio Químico-Microbiológico, S.A.

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3.

ESTACIONES DE MUESTREO •

Estación A: Situada en la entrada al polígono industrial, cerca de la Autovía de Andalucía A-7 y del acceso norte al casco urbano de Puerto Lumbreras. Justo en el límite del suelo urbano industrial (U) con el suelo propuesto por el PGMO como urbano especial (UE), a una distancia de 10,9 m. del eje de la carretera de acceso al polígono. Las mediciones realizadas en esta estación son representativas del nivel sonoro proveniente de la zona con mayor actividad industrial del municipio, además del ruido que procede del tráfico asociado, junto al de la cercana autovía (Mapa nº. R-1).



Estación B: Situada en las inmediaciones de la Autovía de Andalucía A-7, a 26,6 m. del eje. En el límite de un sector de suelo propuesto por el PGMO como urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-BD) y el suelo urbanizable sin sectorizar baja densidad (URSS-BD). Los niveles sonoros obtenidos en esta estación son representativos de los existentes en los márgenes de la autovía, con la particularidad de la pendiente ascendente que presenta esta vía de comunicación en este punto (Mapa nº. R-1).



Estación C: Situada en el paraje Llano Terrer, en una zona de cultivos de regadío, a una distancia importante de la carretera local que une el casco urbano de Puerto Lumbreras con las pedanías de El Esparragal y La Estación. En el límite de otro sector propuesto como urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-.BD) y el suelo urbanizable sin sectorizar baja densidad (URSS-BD). El nivel sonoro obtenido puede considerarse como el ruido de fondo presente en la llanura central, pese a tener cierta influencia de la mencionada carretera (Mapa nº. R-1).



Estación D: Situada en la pedanía de La Ermita del Esparragal (cerca de la Ermita), en el margen de la carretera que comunica con la pedanía de La Estación, a una distancia de 5,5 m. del eje. En el límite de los suelos propuestos como urbano núcleo rural (UNR) y urbanizable sin sectorizar baja densidad (URSS-BD). El nivel sonoro obtenido tendrá influencia en la futura expansión residencial de esta pedanía (Mapa nº. R-1).



Estación E: Situada en la pedanía de la Estación, cerca de la carretera comarcal D-11 que la une con Lorca y próxima a la vía de ferrocarril (LorcaÁguilas). En el límite del suelo previsto para la expansión residencial de esta pedanía, clasificado como urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-BD.) y el suelo urbanizable sin sectorizar baja densidad (URSS-BD) (Mapa nº. R-1).



Estación F: Situada en una de las principales vías urbanas, en pleno centro de Puerto Lumbreras, en La Avda. Rey Juan Carlos I, a una distancia de 16,3 m. del eje de la vía. El nivel sonoro en este punto es representativo del existente en las travesías del casco urbano y sirve como modelo para predecir el nivel de ruido que podría encontrarse en los futuros desarrollos residenciales con similares características (Mapa nº. R-1).



Estación G: Situada a 3,3 m. del margen de la Calle de La Esperanza, en el exterior del Colegio Público Asunción Jordán, en pleno casco urbano de Puerto Lumbreras. Dentro de un barrio típicamente residencial, con edificaciones de poca altura (una o dos plantas) y escasa actividad comercial, pero con importante tráfico rodado. Sirve como modelo para predecir el nivel de ruido que podría encontrarse en las futuras zonas eminentemente residenciales, con usos del suelo bastante exigentes en Estudio de Impacto Ambiental del Plan General Municipal de Ordenación de Puerto Lumbreras

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cuanto al nivel sonoro ambiental, como el educativo, cultural, etc. (Mapa nº. R-1). •

Estación H: Situada en una zona montañosa, junto a la carretera local del Cabezo de la Jara. En el límite del suelo propuesto como urbanizable sin sectorizar mínima densidad (URSS-MD) y el suelo no urbanizable protegido por el planeamiento (NUPP-2). Los resultados obtenidos en este punto pueden considerarse el ruido de fondo de la mayor parte de las zonas montañosas del término municipal, entre las que se encuentran las zonas de suelo no urbanizable protegido por el planeamiento y de protección específica (Mapa nº. R-1).



Estación I: Situada en el paraje de Puerto Adentro, en el margen de la Autovía de Andalucía A-7 (dirección Almería), a una distancia aproximada de 28,6 m. del eje. En el límite del suelo propuesto como urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-BD) y el urbanizable sin sectorizar baja densidad (URSS-BD) (Mapa nº. R-1).



Estación J: Situada en el margen de una camino rural en el paraje de Puerto Adentro, frente a la estación I, pero al otro lado de la Autovía de Andalucía A-7 (dirección Almería) y más alejada de esta. En el límite de otro sector de suelo propuesto como urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-BD) y el urbanizable sin sectorizar baja densidad (URSSBD). En la zona de influencia de dos canteras de áridos, aunque la más cercana no tenía actividad cuando se realizaron las mediciones (Mapa nº. R1).



Estación K: Situada a 2,3 m. del margen de la carretera de Almendrícos D17, en un punto donde confluyen tres propuestas de uso del suelo diferentes, urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-BD), urbanizable sectorizado actividad económica (URSAE) y urbanizable sin sectorizar baja densidad (URSS-BD). Cercana a una cantera de áridos y a su planta de machaqueo (Mapa nº. R-1).

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4.

NIVEL SONORO PREOPERACIONAL

Los resultados de las mediciones realizadas hay que compararlos con los especificados en el Anexo I del Decreto 48/1998, de 30 de julio, de Protección del Medio Ambiente frente al Ruido de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Para cada estación de muestreo se determina como valor máximo permisible el establecido por el mencionado Decreto para la clase de uso del suelo propuesto por el nuevo PGMO. En caso de confluencia de dos o más tipos de usos, entonces se tendrá en cuenta el más restrictivo. Niveles de ruido en situación preoperacional - dB(A). Estaciones de medida

Estación A Estación B Estación C Estación D Estación E Estación F Estación G Estación H Estación I Estación J Estación K

Usos propuestos por el PGMO

Periodo diurno

Valores Legales día

Valores legales noche

Noche 1ª

Noche 2ª

Noche 3ª

65

61,4

47,9

47,7

55

69,3

65

66,9

56,3

53,9

55

56,8

58,9

65

47,4

39,2

34,6

55

65,8

67,9

60,5

65

58,9

38,5

51,0

55

42,2

38,5

40,9

65

35,3

32,5

34,2

55

65,2

67,5

64,9

65

60,9

53,1

56,8

55

55,3

50,3

52,1

60

48,0

39,9

57,7

50

38,4

36,9

34,0

60

37,3

35,7

30,1

50

58,4

66,0

63,7

65

49,6

50,8

64,1

55

43,5

42,2

40,7

65

38,6

31,3

42,0

55

57,9

59,8

53,6

65

45,8

35,5

61,2

55

Mañana

Mediodía

Tarde

63,4

61,9

60,2

UR.S.R.BD UR.S.R.BD / UR.S.S.-BD

72,0

70,9

40,7

U.N.R. UR.S.R.BD / UR.S.S.-BD U. U.(Uso docente) UR.S.S.MD/ N.U.PP-2 UR.S.R.BD / UR.S.S.-BD UR.S.R.BD / UR.S.S.-BD UR.S.R.BD / UR.S.A.E.

U. Industrial /U. Especial

Periodo nocturno

Mediciones de ruido que superan los límites permitidos legalmente (Decreto 48/1998, de 30 de julio, de Protección del Medio Ambiente frente al Ruido de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia): Menos de 5 dB(A).

Entre 5 y 10 dB (A)

Más de 10 dB (A)

Los valores más elevados de ruido se han obtenido en aquellas estaciones situadas en las cercanías de las vías de comunicación (autovía, principales carreteras y calles urbanas), como cabría esperar si consideramos el tráfico rodado la principal fuente de ruido. Y por el contrario, los valores de ruido más bajos se obtienen cuanto más distantes a ellas. Es destacable la diferencia en el nivel sonoro obtenido entre las dos estaciones situadas en el margen de la autovía. Explicable porque la estación B está situada en las inmediaciones de la Autovía de Andalucía A-7 previamente a su bifurcación en dirección a Almería y a Granada, mientras que la segunda, la estación I, soporta sólo el tráfico con dirección a Almería.

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En general, en todas las estaciones las diferencias entre ruido diurno y nocturno son evidentes, pero aquellas medidas nocturnas y diurnas coincidentes con horas punta de la actividad laboral diaria (ida y vuelta del trabajo, etc.), tienen cierta similitud. Quizás la excepción es la estación H, situada en plena zona montañosa, al margen de la influencia del tráfico y la actividad comercial, por lo que las medidas diurnas y nocturnas se asemejan bastante. En muchas estaciones, el nivel de ruido obtenido en la primera medida nocturna es bastante más parecido a los niveles de ruido obtenidos durante el día que a los restantes de la noche. Sin duda debido a que el periodo de actividad diaria se alarga bastante, característico del tipo de vida mediterránea. En algún caso la última medida nocturna se parece a la primera diurna. Se han representado las principales isófonas, para los valores diurnos y nocturnos, en aquellas estaciones donde se rebasa el nivel de ruido máximo permitido por la legislación, incluso con referencia a los usos del suelo con mayores exigencias. Estación A: Tratándose de una zona de marcado carácter industrial, los valores obtenidos no superan en ningún caso los establecidos legalmente. El ruido medio de día es de 62 dB(A) y de noche 52 dB(A). Destaca el elevado valor de ruido registrado en la primera medida nocturna, similar a las diurnas, debido al intenso tráfico rodado existente aún a primera hora de la noche (22:02). El uso residencial es el más exigente en cuanto a limitación del nivel de ruido en las zonas limítrofes (urbano especial, donde se permite cierta actividad industrial y comercial, compatible con el uso residencial, y urbanizable sin sectorizar baja densidad), siendo la primera medida nocturna la única que excede los límites legales, circunstancia esta que habrá de tenerse en cuenta a la hora de desarrollar los sectores más próximos.

Imagen nº 1.- Estación A: Ruido preoperacional periodo diurno

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Imagen nº 2.- Estación A: Ruido preoperacional periodo nocturno

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Estación B: El uso del suelo más exigente respecto al nivel de ruido en el margen de esta Autovía de Andalucía A-7 es el residencial. Los valores medios de ruido obtenidos son 71 dB(A) de día y 59 dB(A) de noche, los más elevados de todas las estaciones, sobrepasando notablemente los valores permitidos legalmente, excepto la última medición nocturna coincidiendo con la menor intensidad de tráfico. Será necesario aplicar medidas preventivas a la hora de desarrollar los sectores adyacentes.

Imagen nº 3.- Estación B: Ruido preoperacional periodo diurno

Imagen nº 4.- Estación B: Ruido preoperacional periodo nocturno

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Estación C: Los valores medios obtenidos en esta estación, situada en plena zona agrícola y a distancia considerable de las principales vías de comunicación son 52 dB(A) de día y 40 dB(A) de noche, pudiendo considerarse como el ruido de fondo existente en todo el valle central del término municipal de Puerto Lumbreras. Estos valores son superiores a los obtenidos en la estación H (zona montañosa), debido sin duda, a la influencia de la mayor actividad que se desarrolla en la llanura. Todas las medidas de ruido están muy por debajo de los límites máximos exigidos legalmente, aún teniendo en cuenta que se encuentra en una zona propuesta por el PGMO como urbanizable residencial.

Imagen nº 5.- Estación C: Ruido preoperacional periodos diurno y nocturno

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Estación D: Situada en el margen de una vía de comunicación bastante transitada, la carretera que une el casco urbano de Puerto Lumbreras con las pedanías de El Esparragal y La Estación, en plena zona residencial. Los valores medios de ruido obtenidos son 65 dB(A) durante el día y 49 dB(A) durante la noche. Los límites legales se sobrepasan en dos medidas de la mañana y la primera de la noche, cuando el tráfico es más intenso; por lo tanto deberán arbitrarse medias preventivas o correctoras, según el caso.

Imagen nº 6.- Estación D: Ruido preoperacional periodo diurno

Imagen nº 7.- Estación D: Ruido preoperacional periodo nocturno

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Estación E: Los valores medios de ruido obtenidos en esta estación son 41 dB(A) durante el día y 34 dB(A) durante la noche, muy por debajo de los máximos legales, pese a su cercanía a la carretera comarcal D-11 (une la pedanía con Lorca) y a la vía del tren. Por tanto constituye ningún tipo de problema para el desarrollo del nuevo suelo urbanizable sectorizado. Suponiendo que el ruido procede básicamente de la citada carretera, en los márgenes de esta, el ruido diurno se estima en 57 dB(A) y el nocturno en 50 dB(A), ambos aceptables para el uso residencial.

Imagen nº 8.- Estación E: Ruido preoperacional periodo diurno

Imagen nº 9.- Estación E: Ruido preoperacional periodo nocturno

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Estación F: Los valores medios de ruido obtenidos son 66 dB(A) durante el día y 57 dB(A) durante la noche, ligeramente superiores al máximo recomendado legalmente, aunque las mediciones se realizaron a una prudencial distancia de la calzada, 12,3 m. La altura de los edificios y la intensidad del tráfico, a pesar de la amplitud de la avenida, hacen que se sobrepasen ligeramente los niveles de ruido permitidos legalmente en dos de las medidas diurnas y otras dos nocturnas. En otras zonas donde la distancia a la calzada es menor, el ruido es sustancialmente superior, tal como muestran las isófonas que se representan en los planos adjuntos.

Imagen nº 10.- Estación F: Ruido preoperacional periodo diurno

Imagen nº 11.- Estación F: Ruido preoperacional periodo nocturno

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Estación G: Los valores medios de ruido obtenidos son 53 dB(A) durante el día y 49 dB(A) durante la noche. Teniendo como referencia que el uso del suelo afectado más restrictivo al respecto es el docente, en ningún caso se superan los límites legales de ruido, excepto en la última medida nocturna, debido a la puntual puesta en marcha de un vehículo. Estas medidas son representativas de gran parte del casco urbano, que es eminentemente residencial, con escasa actividad comercial.

Imagen nº 12.- Estación G: Ruido preoperacional periodos diurno y nocturno

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Estación H: Situada en la carretera de acceso al Cabezo de la Jara, en plena zona montañosa, en el límite del suelo urbanizable sin sectorizar mínima densidad y el suelo no urbanizable protegido por el planeamiento. Los niveles medios de ruido obtenidos son 36 dB(A) durante el día y 34 dB(A) durante la noche, ambos muy similares debido a la escasa actividad (tráfico) que se desarrolla durante todo el día, con poca diferencia entre el día y la noche. En ningún caso superan los niveles legales, aunque tengamos como referencia las exigencias para los espacios naturales protegidos, representando el ruido existente en las zonas montañosas del municipio.

Imagen nº 13.- Estación H: Ruido preoperacional periodos diurno y nocturno

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Estación I: Los niveles medios de ruido obtenidos son 63dB(A) durante el día y 55 dB(A) durante la noche. Superando los límites legales en 1 dB(A) en una de las medidas diurnas y algo más de 9 dB(A) en otra nocturna, debido sin duda a la variación del tráfico rodado de la autovía. Habrán de establecerse algunas medidas correctoras y preventivas en función de los futuros usos del suelo que se establezcan, aunque una vez fuera de la zona de influencia de la autovía (50 m.) el nivel de ruido es aceptable para el uso residencial.

Imagen nº 14.- Estación I: Ruido preoperacional periodo diurno

Imagen nº 15.- Estación I: Ruido preoperacional periodo nocturno

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Estación J: Los valores medios de ruido obtenidos son 42dB(A) durante el día y 37 dB(A) durante la noche. Encontrándose muy por debajo de los niveles máximos marcados por la legislación, pese a su situación en zona de influencia de la Autovía de Andalucía A-7 (Dirección Almería) y en el margen de una vía de comunicación local, actualmente poco transitada.

Imagen nº 16.- Estación J: Ruido preoperacional periodos diurno y nocturno

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Estación K: A pesar de estar situada en el margen de la carretera D-17, que une Puerto Lumbreras con Almendrícos (pedanía de Lorca), y pese a la proximidad de una cantera de áridos y de su planta de machaqueo, solo se sobrepasaron los niveles legales de ruido en la última medida nocturna, debido al aumento del tráfico rodado coincidiendo con la actividad previa al inicio de la jornada laboral. Los valores medios de ruido obtenidos son de 57 dB(A) durante el día y 48 dB(A) durante la noche.

Imagen nº 17.- Estación K: Ruido preoperacional periodo diurno

Imagen nº 18.- Estación K: Ruido preoperacional periodo nocturno

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Para conseguir una visión integrada del nivel de ruido de la situación previa al desarrollo del PGMO de Puerto Lumbreras, se ha elaborado el Mapa del Nivel Sonoro Actual (Mapas nº R-2.1 y R-2.2). En él se diferencian aquellas zonas donde se superan los niveles de ruido admitidos legalmente, para los diferentes usos del suelo que se proponen en cada caso. Para ello se utilizan las isófonas correspondientes a los valores medios de ruido diurno obtenidos durante las diferentes medidas, por ser los que rebasan más ampliamente los niveles establecidos; con la excepción de las zonas representadas en función de los valores obtenidos en la estación F, cuyo nivel de ruido medio nocturno supera esos límites con más claridad. Igualmente se considera que en fuentes lineales, como es el caso de las vías de comunicación, el ruido se reduce 3 decibelios cada vez que se duplica la distancia con respecto a la fuente emisora; Mientras que en fuentes puntuales, la reducción es de 6 decibelios.

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5.

NIVEL SONORO PREVISIBLE

Las estaciones para realizar las mediciones del ruido actual (situación preoperacional) se eligieron de tal forma que con ellas se abarcaran todos los usos del suelo existentes en la actualidad, incluyendo las zonas más problemáticas a priori. Y además se situaron en zonas donde el PGMO proyecta el desarrollo de nuevos usos urbanísticos. A la vista de los resultados obtenidos es posible predecir los niveles de ruido que soportarán aquellas zonas cuyo desarrollo futuro se asemeje a alguna de las existentes actualmente, de modo que su ejecución final tenga en cuenta las medidas oportunas de lucha contra el ruido. Para tener una visión global de los niveles de ruido que se alcanzarán con el desarrollo del PGMO de Puerto Lumbreras se ha elaborado el Mapa del Nivel Sonoro Previsible (Mapas nº. R-3.1 y R-3.2). En él se diferencian aquellas zonas donde se superan los niveles de ruido admitidos legalmente para los diferentes usos del suelo propuestos en cada caso. Para ello se utilizan las isófonas correspondientes a los valores medios de ruido diurno obtenidos durante las diferentes medidas, por ser los que rebasan más ampliamente los niveles establecidos; con la excepción de las zonas representadas en función de los valores obtenidos en la estación F, cuyo nivel de ruido medio nocturno supera esos límites con más claridad. También, para las estaciones de medida donde se prevé un incremento de ruido, se ha elaborado un plano con las isófonas correspondientes al ruido previsto, tanto diurno como nocturno. De la nueva propuesta urbanística se desprende un importante aumento poblacional en el futuro, con el desarrollo de nuevos sectores residenciales y un aumento de los actuales núcleos urbanos, a la vez que se han diseñado nuevos vías de acceso. Igualmente se han proyectado nuevas zonas dedicadas a la actividad empresarial y se han reservado otras por sus valores ambientales. En general, en las principales avenidas del núcleo urbano de Puerto Lumbreras se mantendrán los niveles de ruido actuales o sufrirán un ligero incremento (Imágenes 10 y 11), ya que el crecimiento previsto en la periferia, que irá unido al desarrollo de los correspondientes servicios, lleva consigo la construcción de un nuevo vial por el sureste, que cruza todo el casco urbano, absorbiendo el aumento de tráfico que se produzca. Se estima que este vial generará un nivel sonoro inferior al de la actual travesía principal, debido a que se encuentra en el extrarradio, pero similar al medido actualmente en la carretera de La Estación, 65 dB(A) durante el día y 49 dB(A) durante la noche, excesivo para algunos usos del suelo (usos sanitarios, docentes, culturales, etc.), aunque aceptable para el residencial. La prolongación del anterior vial, que cruza el núcleo urbano de Puerto Lumbreras y continúa hacia el suroeste, para comunicar con nuevos sectores de suelo urbanizable sectorizado actividad económica (URSAE) y suelo urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-BD), sufrirá con el desarrollo de estos un incremento sonoro similar al otro tramo, es decir 65 dB(A) durante el día y 49 dB(A) durante la noche (Imágenes 17, 18, 19 y 20).

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Imagen nº 19.- Estación K: Ruido previsible periodo diurno

Imagen nº 20.- Estación K: Ruido previsible periodo nocturno

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A partir de su paso junto al suelo urbanizable sectorizado actividad económica (URSAE), hacia el límite con la provincia de Almería y hacia Almendrícos por la D-17, atraviesa una amplia zona con vocación residencial, que soportará un nivel de ruido inferior al de los otros tramos, no presentando ningún problema destacable para el desarrollo del uso característico (Imagen 16). Las zonas urbanas típicamente residenciales presentarán pocas variaciones con el desarrollo del PGMO, estimándose un nivel de ruido previsible similar al actual (Imagen 12). Igual ocurre con las zonas colindantes a la Autovía de Andalucía A-7, donde el nivel de ruido procede básicamente de un tráfico automovilístico cuya intensidad no depende sustancialmente del crecimiento poblacional de Puerto Lumbreras (Imágenes 3, 4, 14 y 15). El polígono Industrial se encuentra actualmente con un nivel de ocupación y actividad muy elevado, por lo que el ruido previsible cuando se complete su desarrollo será también similar al preoperacional (Imágenes 1 y 2). El crecimiento de los núcleos urbanos de las pedanías de La Ermita del Esparragal y sobre todo de La Estación, además del desarrollo del suelo urbanizable sectorizado actividad económica (URSAE) junto al cementerio y un sector enfrente de suelo urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-BD), llevará consigo un notable incremento del nivel de ruido generado por el tráfico de la carretera local que las comunica con el núcleo urbano de Puerto Lumbreras. Este incremento se estima en 2 dB(A), alcanzando 67 dB(A) durante el día y 51 durante la noche (Imágenes 6, 7, 21 y 22).

Imagen nº 21.- Estación D: Ruido previsible periodo diurno.

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Imagen nº 22.- Estación D: Ruido previsible periodo nocturno.

En el resto del suelo urbanizable que ocupa la llanura central se producirán ligeros incrementos del ruido, debido al desarrollo de determinados sectores residenciales próximos, pero sin alcanzar niveles sonoros cercanos al umbral establecido por la legislación (Imagen 5). Con el incremento poblacional del núcleo rural de La Estación se potenciará la comunicación de este núcleo con la vecina ciudad de Lorca, a través de la actual carretera comarcal D-11, previéndose en los alrededores de esta vía uno de los mayores incrementos de ruido de todos los que se derivan del desarrollo del PGMO. Se estima un valor máximo de 60 dB(A) para el periodo diurno y 53 dB(A) para el nocturno, ambos aptos para el uso residencial (Imágenes 8 y 9). Actualmente el núcleo rural de la pedanía de Góñar tiene menos población que la pedanía de La Estación y menores previsiones de desarrollo, por lo que no soporta niveles de ruido superiores a los exigidos legalmente y no se prevé que ocurra con el desarrollo del PGMO. Igualmente, los niveles de ruido previsibles en las zonas montañosas de suelo no urbanizable protegido (NUPE, NUPP-1, NUPP-2) e incluso de suelo catalogado como residencial sin sectorizar mínima densidad (URSS-MD) no sufrirán apenas cambios, al no estar previsto un importante incremento del tráfico (Imagen 13).

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6.

CRITERIOS DE ZONIFICACIÓN ADOPTADOS DERIVADOS DE LA LUCHA CONTRA EL RUIDO

Los resultados de las mediciones efectuadas en las distintas estaciones confirman al tráfico rodado como la principal fuente de ruido. En el apartado anterior se hace una estimación del nivel sonoro previsible, siendo las inmediaciones de las vías de comunicación las zonas donde se prevé, que en algunos casos se superen los umbrales de ruido permitido para los distintos usos del suelo. Para evitar la afección del uso residencial por estas fuentes de ruido, el PGMO sitúa el suelo destinado a la actividad económica (URSAE) y a la actividad económica terciaria (URSAET) usos del suelo menos exigentes al respecto, en las inmediaciones de la Autovía de Andalucía A-7 y de la carretera local que une el casco urbano de Puerto Lumbreras con la pedanía de La Estación; reduciendo en la medida de lo posible la ubicación del suelo urbanizable sectorizado residencial (URSR, (URSR-MD y URSR-BD) en las cercanías de estas vías. Uso residencial: Ocupa por completo la llanura central, donde se encuentra la práctica totalidad de suelo urbanizable sectorizado, tanto residencial (URSR) como residencial baja densidad (URSR-BD). El resto está ocupado por el suelo urbanizable sin sectorizar baja densidad (URSS-BD). También hay una importante zona montañosa con suelo catalogado como urbanizable sin sectorizar mínima densidad (URSS-MD). La mayoría de las zonas de suelo urbanizable sectorizado se encuentran alejadas de las principal vía de comunicación (Autovía de Andalucía A-7) y en aquellas que se encuentran en sus inmediaciones, solo una pequeña superficie limita con esta. Igual criterio se ha seguido con las otras vías de comunicación. Fuera del núcleo urbano de Puerto Lumbreras no hay ninguna zona de suelo urbanizable sectorizado residencial en contacto con la carretera local que lo une con la pedanía de La Estación. Y una sola zona de suelo urbanizable sectorizado residencial en limitando con la carretera de Almendrícos D-17, aunque la media diaria (tanto de día como nocturna) de los niveles de ruido actuales no superan los límites legales, pudiéndose prever un incremento de la intensidad de tráfico en un futuro no muy lejano y por consiguiente un ligero incremento del nivel de ruido (Imágenes 17, 18, 19 y 20). También hay que tener en cuenta el posible desarrollo residencial en las cercanías del polígono industrial aunque las medias de los niveles de ruido obtenidos, tanto durante el día como durante la noche no superan los límites legales. En las nuevas zonas urbanizables sectorizadas previstas en las inmediaciones de los núcleos poblacionales, se han diseñado amplios viales, en los que el efecto del ruido procedente del tráfico rodado es menos acusado. Además contribuyen a descongestionar las principales avenidas del centro de la población. Siendo necesario arbitrar medidas correctoras en los núcleos actuales y preventivas en los futuros sectores urbanizables, teniendo como modelo los valores de ruido obtenidos en este estudio. Uso industrial – actividad económica: El PGMO sitúa los usos dedicados a la actividad económica (URSAE) y a la actividad económica terciaria (URSAET), en las inmediaciones de las principales vías de comunicación. Primeramente por Estudio de Impacto Ambiental del Plan General Municipal de Ordenación de Puerto Lumbreras

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motivos estratégicos, y en segundo lugar por ser menos exigentes en cuanto a la limitación de ruido impuesta por la legislación. El actual polígono industrial está situado en una de las salidas de la Autovía de Andalucía A-7 a Puerto Lumbreras, la distancia que lo separa de la autovía y la barrera arbórea que hay entre ambos hace que no se superen los niveles de ruido permitidos, siendo aceptable la ampliación que propone el PGMO. Igualmente, las otras zonas industriales propuestas, situadas a ambos márgenes de la autovía, deben desarrollarse de modo similar al polígono industrial actual. Espacios naturales protegidos: En el término municipal de Puerto Lumbreras hay dos Lugares de Interés Comunitario (LIC), Sierra de Enmedio y Cabezo de la Jara, catalogados por el PGMO como suelo no urbanizable de protección específica (NUPE). Además hay otras zonas con interés ambiental, a las cuales el PGMO cataloga como suelo no urbanizable protegido por el planeamiento (NUPP-1 y NUPP-2). Todos estos espacios están situados bastante alejados de las principales fuentes de ruido, por lo que actualmente no se encuentran amenazados desde este punto de vista. Sin embargo, el PGMO propone el desarrollo de un sector de suelo urbanizable sectorizado residencial mínima densidad (URSR-MD) junto al LIC Cabezo de la Jara; y un sector de suelo urbanizable sectorizado residencial baja densidad (URSR-BD) y otro sector de suelo urbanizable sin sectorizar residencial mínima densidad (URSS-MD) junto al LIC Sierra de Enmedio, siendo necesario la adopción de medidas preventivas para minimizar el posible impacto por el ruido, tal como ubicar en la zona limítrofe los equipamientos y servicios generales, zonas ajardinadas, etc.

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7.

MEDIDAS PREVISTAS PARA PROVOCADO POR EL RUIDO

MINIMIZAR

EL

IMPACTO

Con carácter general, en el término municipal de Puerto Lumbreras es de obligado cumplimiento el Decreto 48/1.998, de 30 de julio, de Protección del Medio ambiente frente al ruido, que regula los niveles de ruido ambiental. Sin perjuicio del desarrollo reglamentario del propio Ayuntamiento. En las nuevas edificaciones los cerramientos deberán poseer el aislamiento acústico mínimo exigido por la Norma Básica de la Edificación NBE-CA-88 EN o la norma que lo sustituya, y por el PGMO. En cualquier caso, el aislamiento acústico exigido será aquel que permita que no se sobrepasen los niveles máximos permitidos para el interior de las viviendas. Tomando como referencia el mapa de ruidos de Puerto Lumbreras. Se considera periodo diurno el comprendido entre las 8 horas y las 22 horas, y periodo nocturno entre las 22 horas y las 8 horas. Corresponde al Ayuntamiento la potestad sancionadora y la vigilancia y control de todo tipo de actividades e industrias susceptibles de generar ruido ambiental. Teniendo en cuenta que en el término municipal de Puerto Lumbreras el tráfico es la principal fuente de ruido, el PGMO diseña una nueva vía de circunvalación que rodea el casco urbano de Puerto Lumbreras por el este, el cual absorberá el incremento de tráfico procedente del crecimiento urbanístico, contribuyendo de esta forma a minimizar el posible incremento de ruido en las calles más céntricas. Para las calles en las que se sobrepasen los 70 dB(A) durante el periodo diurno y los 60 dB(A) durante el nocturno, se elaborarán Planes de Rehabilitación Sonora. De acuerdo con los valores que se obtengan en el Mapa de Ruidos. Medidas propuestas en el apartado de medidas correctoras del Estudio de Impacto Ambiental. El desarrollo de los sectores residenciales previstos en el PGMO debe incluir entre sus estudios previos uno referente al ruido. A partir del cual se establecerán las medidas preventivas necesarias para minimizar el impacto producido por el ruido hasta niveles admisibles. Especialmente, los nuevos sectores residenciales que se desarrollen junto a las vías de comunicación deberán contemplar en su diseño medidas de atenuación frente al ruido, bien en forma de retranqueos bien en forma de pantallas verdes o ambas, suficientes para alcanzar niveles sonoros aceptables. En la zona donde limiten nuevos sectores dedicados a la actividad económica (zonas industriales) con sectores residenciales, se deberá disponer un cordón verde, que atenúe los niveles de ruido producidos por el desarrollo de las diferentes actividades. Se adoptarán medidas concretas que afectan al tráfico automovilístico, como el desvío de la circulación de los vehículos pesados, limitar la circulación a un único sentido, etc.

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8. LIMITACIONES A LA EDIFICACIÓN Y A LA LOCALIZACIÓN DE NUEVOS FOCOS DE EMISIÓN SONORA, CONCRETADOS EN LAS ORDENANZAS URBANÍSTICAS En suelo urbano y urbanizable, donde el uso característico es el residencial, el PGMO limita el establecimiento de ciertas actividades económicas (Talleres de automóviles, mecánicos, carpintería metálica y madera, etc.) donde el uso característico es el residencial. Así mismo, el nuevo planeamiento prevé una importante superficie de suelo industrial, urbanizable sectorizado actividad económica (URSAE) y urbanizable sin sectorizar actividad económica (URSSAE), destinado a la ubicación de las actividades industriales características, así como aquellas actividades económicas que no pueden hacerlo en suelo residencial.

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9.

NECESIDADES DE AISLAMIENTO ACÚSTICO EN FUNCIÓN DEL NIVEL DE RUIDO EXTERIOR EN CADA ZONA

En las nuevas edificaciones los cerramientos deberán poseer el aislamiento acústico mínimo exigido por la Norma Básica de Edificación NBE-CA-88 EN o la norma que la sustituya, y por el PGMO. En cualquier caso, el aislamiento acústico exigido será aquel que permita que no se sobrepasen los niveles máximos establecidos por la legislación para el interior de las viviendas, tomando como referencia los valores obtenidos en este estudio. El aislamiento acústico más exigente debe proyectarse sobre las nuevas edificaciones que se desarrollen en los márgenes de aquellas vías del casco urbano de Puerto Lumbreras, propuestas para ser objeto de Planes de Rehabilitación Sonora (Mapa nº. R-4). En el resto de zonas urbanizables, si se respetan los retranqueos propuestos en este estudio de ruido, no es necesario establecer medidas de aislamiento acústico excepcionales. Aunque siempre hay que estar alerta sobre la evolución particular del ruido en las zonas cercanas a las principales vías de comunicación.

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10. ZONAS PARA LAS QUE ES NECESARIO REDACTAR PLANES DE REHABILITACIÓN SONORA A la vista de los resultados obtenidos en las diferentes mediciones de ruido, se puede concluir que en las inmediaciones de las principales vías de comunicación se superan o se está al límite del ruido permitido por el Decreto 48/1998 para zonas residenciales. En los sectores residenciales cuyo desarrollo aún no se ha iniciado, el PGMO prevé una serie de medidas para prevenir la contaminación acústica. Pero en aquellas zonas que ya se han desarrollado, como es el caso de los actuales cascos urbanos, existen determinadas vías que soportan un nivel de ruido muy elevado; para estas zonas es conveniente redactar Planes de Rehabilitación Sonora, especialmente en las que se superan los 70 dB(A) durante el periodo diurno y 60 dB(A) durante el nocturno. Los resultados de las mediciones realizadas en la Estación de muestreo F, quizás la vía que soporta más tráfico rodado del casco urbano de Puerto Lumbreras, y donde a 1,5 m. de la calzada se alcanzan 68 dB(A) en periodo diurno y 59 dB(A) en periodo nocturno, sirven para predecir el nivel de ruido existente en otras vías céntricas del casco urbano de Puerto Lumbreras. Todas ellas posiblemente merecedoras de ser incluidas en Planes de Rehabilitación Sonora. La elaboración de estos Planes de Rehabilitación Sonora debe tener una base más sólida que los resultados de una estación de muestreo (Estación F), situada en las inmediaciones de la principal vía urbana del casco de Puerto Lumbreras, a partir de la cual se establece el nivel de ruido teórico de otras. Debiendo responder sin embargo a las necesidades puestas de manifiesto a través de la elaboración del Mapa del Ruido Urbano de Puerto Lumbreras, que mediante una completa red de estaciones de muestreo deberá poner en evidencia las necesidades reales de rehabilitación sonora de cada zona, dando prioridad a las que soportan mayor contaminación acústica sobre las que soportan menos. Sin embargo, el ruido preoperacional estimado en este estudio para el término municipal de Puerto Lumbreras y más concretamente para el casco urbano de Puerto Lumbreras sirve para poner de manifiesto aquellas zonas con mayores problemas de contaminación acústica. Entre estas se encuentran las zonas residenciales situadas en las inmediaciones de las vías de comunicación que se mencionan a continuación (Mapa nº. R-4). Posibles zonas con necesidades Rehabilitación Sonora: • • • • • • • • • • • •

de

ser

incluidas

en

Planes

de

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Ada. Rey Juan Carlos I. C./ Pedro García Rubio. C./ Mayor. C./ Dr. Salvador Caballero García. C./ Nuestra Sra. del Rosario. C./ Mably. C./ Pintor J. Pérez. C./ Barranco de la Venta. C./ José Delgado Montiel. Avda. Región Murciana. C./ San Francisco. Avda. de Almería.

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