BOLETIN OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA Año CLXXII

Jueves, 23 de junio de 2005

Núm. 141

SUMARIO

SECCION QUINTA Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza Anuncio sobre aprobación definitiva del Reglamento de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas ................................................................................................. Anuncios (2) de la Oficina de Tráfico de la Policía Local sobre comunicación de retirada de vehículos por el Servicio Municipal de Grúas y de requerimientos por abandono de vehículos en la vía pública ............................................................... Confederación Hidrográfica del Ebro Anuncio relativo a obra de Riegos del Bajo Aragón. Proyecto de ampliación y gran reparación del canal de Caspe. Expediente núm. 1 (2.ª adicional). Término municipal de Caspe ........................... Anuncios (2) sobre solicitudes diversas en distintos términos municipales .......................................................................................... Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social Anuncios (3) de la URE núm. 1 sobre notificaciones de diligencias de embargo y otros actos administrativos a interesados ....................... Anuncios (3) de la URE núm. 6 sobre notificaciones de diligencias de embargo a deudores ......................................................................... Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Huesca Anuncio de la Administración núm. 22/01 sobre notificación de resolución a interesado .................................................................... Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra Anuncio de la URE núm. 31/01 sobre notificación de diligencia de embargo de bienes inmuebles a deudor ...........................................

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2 SECCION SEXTA

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Corporaciones locales Calatayud ............................................................................................. Caspe .................................................................................................... Cuarte de Huerva (3) ............................................................................ Ejea de los Caballeros (2) ..................................................................... Gelsa (6) ............................................................................................... La Puebla de Alfindén .......................................................................... María de Huerva ................................................................................... Pinseque ............................................................................................... San Mateo de Gállego .......................................................................... Utebo (2) .............................................................................................. Zuera ....................................................................................................

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SECCION SEPTIMA Administración de Justicia Juzgados de Primera Instancia Juzgado núm. 13 (2) ............................................................................. Juzgados de Instrucción Juzgado núm. 6 ..................................................................................... Juzgados de lo Social Juzgado núm. 2 .....................................................................................

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SECCION QUINTA Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza

Núm. 6.961

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de marzo de 2005, acordó aprobar inicialmente el Reglamento de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, con el objeto de crear dicha especialidad en el Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil. El acuerdo referido resultó objeto de publicación en el BOPZ núm. 90, de fecha 22 de abril de 2005, para información pública y audiencia de los interesados, no habiéndose formulado reclamación, reparo u observación alguna durante el plazo normativamente establecido a dichos efectos. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, párrafo d), de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y 212.1 del Reglamento Orgánico Municipal, producida la aprobación inicial y transcurrido el plazo de información pública, si no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Al haber concurrido dicha previsión legal, queda definitivamente aprobado el Reglamento según el texto adjunto. En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 141 del precitado texto legal, procederá la publicación en el BOPZ de su texto íntegro, entrando en vigor, produciendo efectos jurídicos una vez transcurridos quince días desde aquélla. Podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio). Lo que se hace público para su general conocimiento. Zaragoza, 6 de junio de 2005 — El secretario general, Luis Cuesta Villalonga. ANEXO Reglamento de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas Preámbulo El transporte sanitario constituye un eslabón imprescindible dentro del dispositivo de la atención sanitaria de urgencias. Esta atención sanitaria urgente requiere realizar, en situaciones de emergencia, maniobras imprescindibles para el mantenimiento de la vida, que no sólo eviten el empeoramiento de la situación, sino que la mejoren y que tras una estabilización, con los medios y asistencia necesarios, sea posible el traslado al hospital adecuado para su tratamiento definitivo. Todo ello en un período de tiempo compatible con la eficacia y asumible por la organización. El paciente en situación de emergencia es un lesionado/enfermo grave, que se encuentra en peligro vital, debiendo temer un empeoramiento progresivo en un espacio corto de tiempo si no se le presta ayuda médica urgente. La estructura del transporte sanitario y salvamento se considera consolidada con la existencia en su ámbito de actuación, además del Centro de Coordinación y Centros Operativos, de los medios de transporte y personal cualificado: médicos, enfermeros y auxiliar de ambulancia en emergencias médicas. Recogiendo la experiencia acumulada durante más de veinte años, se redacta el presente Reglamento que pretende ser un instrumento que optimice la capacidad del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil en Emergencias Médicas, haciéndolas efectivas, regulando la actividad y reconociendo la especial dedicación. Capítulo primero Disposiciones generales Artículo 1.º Ambito de aplicación. — El presente Reglamento regula la organización, funciones y actividad de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas del Cuerpo de Bomberos, así como los derechos y deberes de los bomberos conductores en cuanto miembros de la especialidad y su régimen de incorporación, separación y formación. Art. 2.º Especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas. La Sección de Asistencia Médica es la dependencia del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil responsable de la asistencia médica en la atención a las emergencias de la población, bien acompañando a los bomberos o cuando son requeridos sus servicios aisladamente. Como consecuencia de las funciones asignadas a dicha Sección de Asistencia Médica surge la necesidad de que los acompañantes de los médicos y enfermeros (dos bomberos conductores) tengan el mayor grado de especialización, de forma que la asistencia sanitaria se optimice. Por tal motivo surge la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas. Art. 3.º Definición. — El auxiliar de ambulancia en emergencias médicas es aquel bombero conductor que tras superar las pruebas selectivas correspondientes accede a la especialidad, que consiste fundamentalmente en apoyar y ayudar a las labores del médico y enfermero en la ambulancia asistencial (UVI móvil).

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Art. 4.º Finalidad. — La finalidad de la creación y puesta en funcionamiento de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas es reconocer la labor especializada de determinados profesionales que ayudan a prestar una mejor atención al accidentado o enfermo crítico, disminuyendo su morbi-mortalidad, contribuyendo junto con el resto del Servicio a dar una atención más integral al ciudadano mejorando las expectativas vitales de éste, allá donde se produce el suceso o siniestro. Consecuentemente con lo anterior, la regulación de esta especialidad supone un aumento en la calidad de la resolución de emergencias que realiza el Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil Art. 5.º La organización y funcionamiento de los bomberos conductores de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas será similar a otras especialidades existentes en el Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil. Capítulo II Régimen de incorporación y cese de los bomberos conductores a la especialidad SECCIÓN 1.ª — INCORPORACIÓN Art. 6.º Incorporación. — La incorporación voluntaria por tiempo determinado de los bomberos conductores a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas se llevará a cabo en los términos previstos en el presente Reglamento. Art. 7.º Requisitos. 1. Podrán incorporarse a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas aquellos bomberos conductores que cumplan las condiciones siguientes: a) Ser bombero conductor del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil. b) No pertenecer a la escala auxiliar. c) No pertenecer a otra de las especialidades existentes en el Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, ni estar percibiendo remuneración por el concepto de especialidad. d) Cumplir con carácter general con el perfil y las cualidades deseables del auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, que constan en el anexo número 3 de este Reglamento. e) Una vez admitido al curso básico de acceso a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, asistir al mismo fuera del horario laboral normal y superar las pruebas que se determinen. Dicho curso será impartido por integrantes de la Sección de Asistencia Médica del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, o por profesionales debidamente acreditados. El contenido de dicho curso figura en el anexo número 1 del presente Reglamento. 2. Las vacantes existentes en la especialidad se cubrirán por riguroso orden de puntuación. El Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil remitirá, para su aprobación por el órgano municipal competente, la relación de nuevos especialistas a los efectos administrativos y económicos que procedan. Los bomberos conductores aprobados y que no dispongan de plaza de especialista podrán incorporarse a la especialidad por riguroso orden de puntuación en el momento en que se produzcan vacantes o bajas de larga duración, de acuerdo con lo estipulado en el vigente pacto-convenio. 3. Una vez superado el período de formación incluido en el curso básico de acceso a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas y en el plazo máximo de tres años, cada especialista deberá realizar y superar fuera del horario laboral normal el curso avanzado de la especialidad, que consta en el anexo número 2. 4. A partir del cuarto año en la especialidad, deberá realizarse obligatoriamente un curso anual de reciclaje de diez horas de duración, de actualización de conocimientos y perfeccionamiento de técnicas de transporte sanitario. Art. 8.º Solicitud. — La incorporación a la especialidad se hará siempre por solicitud previa del interesado a la Jefatura del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, en el modelo que se confeccione a tal efecto, debidamente cumplimentada en el momento que se convoquen los cursos de formación para la especialidad, manifestando el solicitante su voluntad de incorporarse a la misma, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo séptimo. Asimismo, se acompañará una declaración de conocer y aceptar el contenido de este Reglamento, así como lo dispuesto en la normativa vigente sobre transporte sanitario y de ejecutar las tareas que se le encomienden por los médicos y enfermeros en el momento de la atención médica extrahospitalaria. SECCIÓN 2.ª — CESE Art. 9.º Se producirá el cese en la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas por alguna de las siguientes razones: —Por razones personales comunicadas por escrito por el interesado. —Por pasar el especialista a la escala auxiliar, por cualquier motivo. —Por concurrir desfavorablemente alguna de las circunstancias establecidas en el artículo séptimo. —Por ascenso en el empleo del bombero conductor. —Por acceder a otra especialidad.

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—Por no superar el curso avanzado de la especialidad, cuyo contenido consta en el anexo número 2. —Por no realizar los cursos de reciclaje que se establezcan, de acuerdo con las determinaciones del artículo séptimo. Cuando sea voluntario el cese en la especialidad, el interesado lo solicitará por escrito, expresando las causas, así como las circunstancias que considere oportunas y que justifiquen su baja en la especialidad. Dicha propuesta será aprobada por resolución de la Excma. Alcaldía-Presidencia, previo informe del inspector-jefe del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil. Capítulo III Derechos y deberes de los especialistas Art. 10. Derechos. — Son derechos de los bomberos conductores pertenecientes a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, los siguientes: —Recibir la formación adecuada para realizar las funciones propias de la especialidad. —Recibir la información de los riesgos específicos y los medios adecuados de protección personal para realizar con seguridad su trabajo. —Recibir la gratificación económica que estipule el Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza por realizar la especialidad, en igualdad de condiciones que otras especialidades del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil. —A realizar al inspector-jefe del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, a través del jefe de la Sección de Asistencia Médica, cuantas peticiones y sugerencias se estimen oportunas, tendentes a mejorar el trabajo que se realiza en beneficio del ciudadano. Art. 11. Deberes. — Son deberes de los bomberos conductores pertenecientes a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, los siguientes: —Realizar el servicio de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, en la ambulancia, una vez que ha sido notificada su admisión a la especialidad. —Cumplimiento de todas las funciones del presente Reglamento, y de todas aquellas que por evolución de la profesión y especialidad se consideren adecuadas. —Cumplimiento de los principios ético-profesionales del auxiliar de ambulancia de emergencias médicas, que constan en el anexo número 4 de este Reglamento. —Obligación de formarse constante y adecuadamente para realizar su función. —Obligación de emplear los medios adecuados de protección personal para realizar el trabajo con seguridad. —Obligación de mantenerse en la adecuada forma física para prestar el mejor servicio posible. —Guardar confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su trabajo. Art. 12. Incompatibilidades. — La condición de especialista en auxiliar de ambulancia en emergencias médicas es incompatible con la pertenencia a cualquier otra especialidad que exista en el Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil y con el hecho de estar percibiendo remuneración por el concepto de especialidad. Capítulo IV Organización y funciones SECCIÓN 1.ª — ORGANIZACIÓN Art. 13. La actividad de los especialistas de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas queda regulada por el presente Reglamento. Dicha actividad queda supeditada a lo que se disponga en cualquier norma de rango superior, bien sea local, autonómica o nacional. Art. 14. Para el dimensionamiento actual de la asistencia médica del Cuerpo de Bomberos (dos ambulancias) se establece un mínimo de seis auxiliares de ambulancia por turno (tres conductores más tres ayudantes de cabina asistencial). Los turnos de trabajo de estos especialistas serán los que determine el Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, de tal forma que se garantice la polivalencia de funciones de los especialistas. El número de especialistas podrá ser modificado en función de las necesidades, previo acuerdo del órgano municipal competente. Art. 15. Relación jerárquica durante la atención médica. — La relación jerárquica que se establecerá durante la atención médica en las emergencias será, de menor a mayor, la siguiente: auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, enfermero, médico, jefe de la Sección de Asistencia Médica. Art. 16. Cuando el auxiliar de ambulancia en emergencias médicas esté asignado a la ambulancia, en las emergencias estará exclusivamente dedicado a su función sin poder ser llamado para otras labores por cualquier otro mando, salvo por el inspector jefe del Servicio, para no suponer una merma del servicio, sobre todo en un siniestro. Art. 17. El relevo del auxiliar de ambulancia en emergencias médicas se realizará en igualdad de condiciones que el resto de los integrantes del Servicio. Art. 18. El auxiliar de ambulancia en emergencias médicas no realizará su trabajo en el botiquín o consultorio médico.

3 SECCIÓN 2.ª — FUNCIONES

Art. 19. Antes de acudir a una emergencia. — Las funciones del auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, en colaboración con el personal sanitario antes de acudir a una emergencia, son las siguientes: —Conocer el material, los aparatos y la medicación que dispone la ambulancia, sus características principales, funcionamiento y ubicación. —Revisar la ambulancia al comienzo de cada turno de trabajo. —Comprobación del perfecto funcionamiento del material sanitario y del propio vehículo (luces, pilotos, sirenas, radioteléfono, emisora, teléfono móvil, etc.). Mantenimiento. —Comprobación de existencias del material de la ambulancia y reposición del mismo, si fuera necesario. Especial mención a las botellas de oxígeno, con la consignación por escrito de los movimientos para carga de las mismas. —Vaciar y almacenar el material de la ambulancia cuando se envía a una limpieza especial y posterior colocación del material, acabada la limpieza. —Enchufar y desenchufar el cable externo de carga eléctrica cuando haya cualquier movimiento de la ambulancia. —Tener conocimiento del lugar en que se encuentran los repuestos de material. Art. 20. En el desarrollo de la emergencia y antes de volver al Parque de Bomberos. — Las funciones del auxiliar de ambulancia en emergencias médicas en el desarrollo de la emergencia y antes de volver al Parque de Bomberos, en colaboración con el personal sanitario, son las siguientes: —Colocación adecuada de la ambulancia en el lugar del siniestro, cumpliendo las medidas generales de “hacer seguro el lugar del accidente”, y con fácil salida para la evacuación de los lesionados. —Ayudar al médico y al enfermero en las maniobras de “soporte vital básico” (SVB) y “soporte vital avanzado” (SVA) que se aplique al enfermo o accidentado crítico. Es una de las funciones fundamentales del auxiliar de ambulancia en emergencias médicas, y está compuesta por las siguientes acciones: a) Acercar el material adecuado. b) Preparar para su administración todo tipo de fármacos y sueros. c) Realizar todas las maniobras de “soporte vital básico”, que debe conocer y que se describen a continuación en el artículo 22. —Ayudar en la recopilación de datos del paciente y pormenores de la intervención —Ayudar en la transferencia del paciente al hospital. —Reponer, sujetar el material y dejarlo en la mejor disposición posible antes del regreso al Parque de Bomberos, por si surge otra emergencia. Art. 21. Terminada la emergencia y en el Parque de Bomberos. — Terminada la emergencia, las funciones del auxiliar de ambulancia en emergencias médicas en el Parque de Bomberos, en colaboración con el personal sanitario, son las siguientes: —Reposición del material estropeado y sucio y de la medicación empleada. —Limpieza de la cabina asistencial y material si fuese necesario. —Comprobar que la ambulancia está dispuesta para un nuevo servicio. Comprobar que las botellas de oxígeno están cerradas y enchufar a la red general eléctrica los aparatos. Art. 22. Otras funciones. — Las funciones que el auxiliar de ambulancia en emergencias médicas puede realizar como apoyo a los sanitarios son las siguientes: —Reconocer someramente la naturaleza de la lesión o enfermedad. Evaluar su gravedad y responder ante la emergencia vital realizando maniobras de soporte vital básico. —En estados de inconsciencia y cuando está indicado, colocar al enfermo en la posición lateral de seguridad. —En emergencias respiratorias, realizar las siguientes acciones: apertura y mantenimiento manual de la permeabilidad de la vía aérea, procurar una adecuada ventilación y oxigenación, ventilación boca-boca, mascarilla, bolsa de ventilación y maniobra de Heimlich. —En asistencia cardiocirculatoria, realizar la reanimación cardiopulmonar básica con y sin instrumental y control de hemorragias externas. —Movilizar e inmovilizar al paciente con seguridad y rapidez. En problemas traumatológicos, realizar cuando proceda: inmovilización de raquis cervical con collarines; inmovilización de raquis y cadera con férulas espinales; inmovilización de miembros superiores e inferiores con férulas de vacío y de tracción; inmovilización general con colchón de vacío; movilización adecuada de los heridos y manejo de todo tipo de sillas y camillas de traslado. Capítulo V Formación Art. 23. Objetivo. — La formación tiene por objeto iniciar en materias básicas, mantener y mejorar la aptitud de los miembros de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas para realizar de una forma eficaz las tareas encomendadas. Esta formación tiene diversos niveles: básico, perfeccionamiento y reciclaje. La formación tendrá unos programas obligatorios y otros de libre asistencia. Art. 24. Actividades. — La actividad formativa se articulará del siguiente modo: a) Cursos de selección y formación básica de aspirantes para incorporarse a la especialidad, denominado “curso básico de acceso a la especialidad de

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auxiliar de ambulancia en emergencias médicas”, cuyo contenido figura en el anexo número 1. b) Cursos de perfeccionamiento para los especialistas, denominado “curso avanzado de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas”, cuyo contenido figura en el anexo número 2. Este curso deberá realizarse en las condiciones fijadas en el artículo 7.º-3 de este Reglamento. c) Cursos de reciclaje de actualización de conocimientos y perfeccionamiento de técnicas de transporte sanitario en las condiciones fijadas en el artículo 7.º-4 de este Reglamento. Los cursos tendrán un contenido teórico-práctico de acuerdo con las características de la especialidad. Además de cuanto antecede, la actividad formativa se complementará con todas cuantas acciones resulten adecuadas para la mejor preparación de los miembros de la especialidad. Los especialistas de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas podrán formular sugerencias de realización de los cursos de formación que consideren oportunos y necesarios para el desarrollo de su actividad en la especialidad. Las sugerencias se dirigirán al inspector-jefe del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil, a través del jefe de la Sección de Asistencia Médica, y no serán vinculantes. Art. 25. Otras actividades. — Los bomberos conductores pertenecientes a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas deberán realizar todos aquellos cursos de formación que se establezcan de forma obligatoria en la legislación de transporte sanitario vigente en cada momento. Art. 26. Convocatorias. — El curso básico de acceso a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas será ofertado siempre que se considere necesario para preparar nuevos especialistas, para el cumplimiento del objetivo perseguido. Art. 27. Podrán acceder a los cursos de formación aquellos miembros del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil que, no pudiendo acceder a la especialidad, estén interesados en dicha función y se dispongan de plazas específicas para ellos. Disposiciones finales 1.ª Por el alcalde o concejal delegado del Servicio contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil se dictarán las instrucciones y directrices que sean necesarias para el desarrollo, aplicación y modificación de este Reglamento. 2.ª Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Ayuntamiento de Zaragoza. 3.ª Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor, se impartirá el curso básico de acceso a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas que consta en el anexo número 1, al que asistirán de forma automática y voluntaria aquellos bomberos conductores que superaron en su día el curso de “acceso a la especialidad de auxiliar de ambulancia”, impartido en los años 1987 y 1988. ANEXO NÚMERO 1 Curso básico de acceso a la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas • Duración total: Sesenta y siete horas. • Programa teórico: Treinta y cinco horas (siete jornadas de cinco horas). 1. Organización de los sistemas de emergencia en la ciudad de Zaragoza y la Comunidad Autónoma de Aragón. El transporte sanitario. Generalidades. Cuidados y mantenimiento del vehículo y equipamiento. Comunicaciones: equipos y mantenimiento. (Cinco horas). 2. Conducta en accidentes de tráfico, siniestros y catástrofes. Evaluación del paciente. Transporte y movilización del paciente. Relaciones con otras entidades. (Cinco horas). 3. Resucitación cardiopulmonar y soporte vital básico. (Diez horas). 4. Etica profesional. Comunicación y relación con el paciente y los familiares. Responsabilidad y marco legal. El transporte de niños, ancianos, embarazadas y enfermos psiquiátricos. (Diez horas). 5. Conocimientos básicos de primeros auxilios en traumatismos, heridas, hemorragias, quemaduras, etc. (Cinco horas). • Programa práctico: Treinta y dos horas. a) En aula: Veinte horas teórico-prácticas (cinco jornadas de cuatro horas). Simulación de situaciones: Entrenamiento para responder a situaciones de urgencia, con descripción al menos de los siguientes procedimientos: utilización del equipamiento, técnica de conducción y mantenimiento de la ambulancia. Actitud ante traumatizados y politraumatizados. b) En ambulancia: Doce horas (dos jornadas de seis horas). Período de prácticas en ambulancia asistencial. ANEXO NÚMERO 2 Curso avanzado de la especialidad de auxiliar de ambulancia en emergencias médicas • Duración total: Ciento veinte horas. • Programa teórico: Cuarenta horas (ocho jornadas de cinco horas).

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1. El transporte asistencial. Equipamiento: utilización y mantenimiento. Trabajo en equipo. Fundamentos y características de la colaboración con otros profesionales. Enfermedades profesionales. (Diez horas). 2. Concepto de urgencias, emergencias, catástrofes, siniestros. Protocolos de actuación. Manejo y resolución de situaciones de emergencia. Funcionamiento de los centros de coordinación de urgencias. Recursos de la Comunidad Autónoma de Aragón. (Diez horas). 3. El cuerpo humano. Anatomía y fisiología. Generalidades. Resucitación cardiopulmonar instrumental. Técnicas de apoyo al soporte vital avanzado (Diez horas). 4. Urgencias cardiorrespiratorias, médico-quirúrgicas, traumatológicas y otras. (Diez horas). • Programa práctico: Ochenta horas. a) En aula: Veinte horas (cinco jornadas de cuatro horas). Resucitación cardiopulmonar instrumental. Técnicas de inmovilización y movilización de pacientes en función de los diferentes tipos de patología. b) En ambulancia: Sesenta horas (en jornadas de 7, 8 10 ó 24 horas). Período de prácticas en ambulancia asistencial. Manejo de equipos. ANEXO NÚMERO 3 Perfil y cualidades deseables del auxiliar de ambulancia en emergencias médicas (AAEM) 1. Ser una persona agradable, educada y que inspire confianza. 2. Actuar con calma, pero de forma firme, segura y decidida. 3. Tener capacidad de trabajo en equipo. 4. Conservar un aspecto pulcro y limpio que potencie la imagen del Cuerpo de Bomberos y dé confianza y seguridad al ciudadano. 5. Ser generoso, cordial, afable, discreto, tener capacidad de sufrimiento y estar en disposición permanente de prestar ayuda. ANEXO NÚMERO 4 Principios ético-profesionales del auxiliar de ambulancia en emergencias médicas (AAEM) 1. No discriminar jamás a las víctimas por razón de ideología, raza, religión, estado o sexo. 2. Ofrecer seguridad y tranquilidad al accidentado, familiares y personas afectadas. 3. No dejar de vigilar nunca al paciente que está a su cargo hasta que lo indique el personal sanitario. 4. Nunca dará por fallecido al paciente hasta que un facultativo verifique la muerte. Este principio puede tener su excepción en situaciones de catástrofe con múltiples víctimas. 5. El auxiliar de ambulancia en emergencias médicas es responsable junto con el personal sanitario de los efectos personales que lleva la víctima en el momento de la atención de emergencia. 6. Obligación de guardar secreto profesional. 7. No extralimitarse más allá de sus funciones, y no realizará aquellas maniobras, gestos o acciones que sean determinadas por la legislación vigente como exclusivas del médico y/o enfermero, al estar penadas dichas acciones, tanto por el Código Civil como por el Penal, siendo responsable el auxiliar de ambulancia en emergencias médicas que lo realice y el personal sanitario que permita, incite o dirija al mismo. 8. El AAEM, además de respetar a las personas y bienes, tendrá la suficiente sensibilidad para dar al paciente un trato humanitario, solidario y compasivo. 9. El AAEM evitará daños innecesarios. 10. El AAEM promoverá la salud, aliviará el dolor y protegerá la vida de todas las personas. POLICIA LOCAL Comunicación de retirada de vehículos por el Servicio Municipal de Grúas Núm. 6.966 Habiendo resultado fallidos los intentos de notificación personal a los interesados que se relacionan en anexo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les notifica lo siguiente: Los vehículos relacionados se encuentran en el Depósito Municipal de Vehículos, constando como titulares los interesados reseñados. Dichos vehículos devengarán las tasas por arrastre y estancia establecidas en la Ordenanza fiscal núm. 21 de este Excmo. Ayuntamiento. Asimismo se les requiere para que retiren el vehículo del Depósito Municipal, advirtiéndoles de que si transcurren quince días a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOPZ sin haberlos retirado se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, de acuerdo con lo regulado en el artículo 71.1.a.a) del Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial; y artículo 3.b) y concordantes de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y Ordenanza municipal de limpieza pública, recogida y tratamiento de residuos sólidos.

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Si desean renunciar a los vehículos deberán personarse en el Depósito Municipal de Vehículos (sito en carretera de Castellón, sin número; teléfonos 976 421 889 y 976 498 631), aportando documento nacional de identidad y documentación del vehículo, tramitándose por este Ayuntamiento la baja ante la Jefatura Provincial de Tráfico a los efectos del impuesto municipal sobre vehículos. Zaragoza, 25 de mayo de 2005. — El secretario general. ANEXO Relación que se cita Núm. exped.

Matrícula

1443923 1450601 1457023 1458556 1461934 1462289 1463801 1464001 1464945 1466312 1471712 1473001 1474190 1475645 1471690 1451801 1454878 1455956 1457412 1471167 1455312 1462790 1468189 1461289 1447801 1449701 1435389 1473312 1480567 1446801 1449934 1468590 1453978 1465790 1450823 1453856 1460389 1468123 1473545 1453167 1454856 1474445 1451712 1460378 1456501 1465256 1481201 1458189 1462889 1422667 1459278 1454112 1474556 1437956 1471067 1453467 1454645 1457290 1444956 1452401 1466867 1461134 1454490 1461312 1454945 1458689 1428590 1465367 1470756 1456812 1467601 1448234 1446990 1388656 1473689 1478612 1469801 1449834 1457445 1451567 1476056 1461123 1465789 1453934 1456178 1474601 1469523 1459901 1461390 1451656 1448201 1475167 1459467 1478134 1445767 1405923 1483101 1476089

1443923 1450601 1457023 1458556 1461934 1462289 1463801 1464001 1464945 1466312 1471712 1473001 1474190 1475645 2126BNZ 2966XG17 4928AP 49541AND 5662CNN 7001XC68 7911XA02 A7217AX B2385KL B8705MT B9603KY C1202BRC C2466BNL C4458BGC C5408BNX C6582BHB C6642BHB C7882BNN C9409BGC CARECE10576 GC5225BB GU7276E HU3844J HU9654F J8117L LO9992J M0090LH M0208OV M0614XT M4233TZ M4877HM M5487SN M7110IM M7444LZ NA0946BD TE3317E UD9643 Z0419AV Z0671T Z0771AT Z0864AD Z0974U Z1003AD Z1372J Z1497AN Z1501BH Z1502AB Z1994AM Z2048Z Z2232AG Z2285S Z2500AL Z2688AC Z2884AN Z3234AK Z3362AB Z3399AT Z3425Y Z3768AS Z3838AZ Z3853AD Z3985T Z4082AY Z4767AD Z4947AH Z5001AL Z5003X Z5761AD Z5790AD Z5803N Z5820T Z6034BP Z6313AN Z7321BG Z7401AK Z7729AF Z7831AK Z8069AV Z8336P Z8570AD Z8609AG Z9512AG Z9730K Z9878AV

Titular

LONGAS GRAU MARIA JESUS

HERNANDEZ FRANCIN FRANCISCO JAVIER

CROGNALE MICHELANGELO SANCHEZ GRACIA, MANUEL ANGEL GOMEZ GONZALEZ FERMIN FRANCISCO DIAZ ROMERO SOTO SANCHEZ, PEDRO YABBA JAMATI DHAHRI BILAL FRANCISCO NUÑEZ GUERRA ZAPATA OREA, JOSE MARIA NAVARRETE DIAZ HERMENEGILDO AZNAR MEDINA DAVID RIVERA BONA ANA MARIA LUIS GONZALEZ MARTINEZ GARCIA LOPEZ CARMEN ROSA JIMENEZ MUÑOZ JUAN ANTONIO A G M SERVING G SIETE S.L. RUIZ FABREGAT MIGUEL LOBIT PEREZ EMILIO GABARRE HERNANDEZ, DIEGO LAMINE KANTE MALI CARLOS PEREZ HERNANDEZ CELYCE ARAGON S.L BUENO SAIZ MIGUEL ANGEL MARIN ACOSTA, MARIA SARA ANDRES CAYETANO, LEON ROLDAN. VERONICA RISTA COCHES Y COCHES S.L. DURANGO FLOREZ HERMAN ALBERTO PANCHI NARVAEZ LILIANA DEL ROCIO JORGE ANTAS MOURA DE VICENTE LORENZO, JUAN ANTONIO SORO SORO JACINTO MARCO ABEL PALACIOS FLORES PEÑA LOPEZ JUAN MATIAS ORRADRE MARTINEZ RUBEN BAQUEDANO BELTRAN, JESUS SORIANO YUSTE SERGIO MIGUEL CABALLERO SANCHEZ CLAUDIO TEJERO IBAÑEZ PASCUAL DUAL DUAL ALFREDO HELADOS RICO S.L. MUKENGUE TSHISUNGU ANDRE IVAN HUMBERTO VARGAS VILLACRES LIMPIEZAS LAYMAR S.L. GUERRERO GUIRADO JOSE MA FERNANDO ALBIAL JIMENEZ RUBEN ASUMU NVO GIMENEZ GIMENEZ MANUEL GIMENEZ GABARRE MARIA PILAR GARCIA CARRILLO, JOAQUIN GAYAN GARRIDO ANGEL CHTIQUI ADIL JOSEFA MACARRO BERMEJO PUYAL LALANA ANTONIO MOHAMED MOHAMED, SEDDIK GUILLERMO Y JAIME COCINAS S L ENRIQUE CLOS VERGARA ARENALES RAFAEL, LUIS ALBERTO CIA DE EXPLOTACION INTERMEDIACION Y MARTIN ALVAREZ JOSE MARIA LLOVERIA ACEBES EDUARDO LA CADIERA MUEBLES Y COCINAS S.L. ANTONIO GIMENEZ GIMENEZ FERNANDEZ MARCIANIS, LUIS MIGUEL DAROCA MOLINOS FERNANDO LUIS ISMAEL ARNAIZ GOMEZ DAROCA MOLINOS FERNANDO LUIS ESTEVES FLORES BRUNO ANTONIO TOLEDO GARCIA, JOSE JESUS GUERRERO ESTEBAN, MIGUEL ANGEL JUAN JOSE JIMENEZ HERMOSO LADIANE, THIERNO NIEVES SOLEDAD BUENO PEREZ AIRCONSULT S.A. CESAR ANJOS ANTONIO DIAZ SANCHEZ JESUS JAVIER BADIA MONTILLA MONICA

Fecha de retirada

13/01/05 18/01/05 24/01/05 07/02/05 03/03/05 03/03/05 28/02/05 09/03/05 12/03/05 11/03/05 21/03/05 24/04/05 21/03/05 15/03/05 17/03/05 27/01/05 03/02/05 09/02/05 16/02/05 18/03/05 28/01/05 27/02/05 28/02/05 24/02/05 11/01/05 22/01/05 26/01/05 31/03/05 31/03/05 28/01/05 14/02/05 24/02/05 06/02/05 03/03/05 02/02/05 01/02/05 16/02/05 26/02/05 08/03/05 15/01/05 30/01/05 10/05/05 21/01/05 16/02/05 21/02/05 25/02/05 22/04/05 04/02/05 02/03/05 18/11/04 18/02/05 19/01/05 10/03/05 09/01/05 07/03/05 31/01/05 23/01/05 13/02/05 09/01/05 03/02/05 04/03/05 11/02/05 04/02/05 25/02/05 08/02/05 19/02/05 24/11/04 03/03/05 24/03/05 29/01/05 28/02/05 24/01/05 15/02/05 16/09/04 13/03/05 21/03/05 09/03/05 07/02/05 16/02/05 11/01/05 15/03/05 11/02/05 03/03/05 05/02/05 21/01/05 13/03/05 24/02/05 13/03/05 04/03/05 19/01/05 23/01/05 06/04/05 07/03/05 28/03/05 26/01/05 26/10/04 22/04/05 18/03/05

5

Comunicación de requerimientos por abandono de vehículos en la vía pública

Núm. 6.973

Habiendo resultado fallidos los intentos de notificación personal a los interesados que se relacionan en anexo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les notifica lo siguiente: Habiéndose observado por los servicios de Policía Local los vehículos relacionados, cuyos titulares también se expresan, estacionados por un período superior a un mes en el mismo lugar, presentando desperfectos que hacen imposible su desplazamiento por sus propios medios y/o falta de las placas de matriculación, por la presente se les requiere para que en el plazo de quince días, a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOPZ, retiren el vehículo del lugar en que se encuentra; caso contrario se procederá a retirarlos por esta Policía Local y a su tratamiento como residuo sólido urbano, de acuerdo con lo regulado en el artículo 71.1.a.b) del Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial; artículo 3.b) y concordantes de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y Ordenanza municipal de limpieza pública, recogida y tratamiento de residuos sólidos. Si la retirada de los vehículos se efectúa por los servicios municipales de grúa, devengarán las tasas establecidas en la Ordenanza fiscal núm. 21 de este Excmo. Ayuntamiento. Si desean renunciar a los vehículos deberán personarse en el Depósito Municipal de Vehículos (sito en carretera de Castellón, sin número; teléfonos 976 421 889 y 976 498 631), aportando DNI y documentación del vehículo, tramitándose por este Ayuntamiento la baja del mismo ante la Jefatura Provincial de Tráfico y en el impuesto municipal sobre vehículos. Zaragoza, 25 de mayo de 2005. — El secretario general. ANEXO Relación que se cita Núm. exped.

Matrícula

Titular

Lugar de estacionamiento

10680 10593 10718 10670 10529 10653 10612 10613 10590 10608 10737 10724 10704 10650 10525 10634 10705 10435 10642 10697 10691 10194 10635 10739 10703 10587 10663 10657 10591 10675 10638 10616 10647 10626 10763 10682 10683 10641 10729 10607 10667 10621 10432 10573 10550 10541 10546 10654 10600 10643 10678 10662 10624 10633 10644 10611 10677 10751 10698 10598 10625 10565 10689 10628 10743 10731

8264BYY AB1112F B1444IV B7010OY BI4672BM C1766BJV CARECE10612 CARECE10613 CU2653D GI0842AJ HU1700J HU6661D HU7444E HU7794G L3499J LO7886F M4978DD M5912HB M8522KX M9705ES M9928JT NA3699Y NA6611AC NA9144S P7071G PM1545AV TE7851G UN905V V4413CW VA6090I Z0128U Z0312X Z0319AG Z0940O Z1114W Z1129O Z1147AP Z1181O Z1319Y Z1425AC Z1545AT Z1703AG Z2132S Z2149V Z2236AH Z2282AF Z2339AH Z2653AT Z2734AF Z2780AL Z3202M Z3305AD Z3378Z Z3391AG Z3892Z Z4158AF Z4224AL Z4236L Z4398Z Z4783BD Z4873W Z5054AK Z5389AN Z5408AV Z5436Y Z5635BJ

GABRIELA BUHNILA MINGUEZ DOMINGUEZ ANTONIO VICENTE MANUEL GIL SORIA ISABEL ARELLANO NAVARRO VASILE BUDURASCU RAFAEL JAIME PARAMO VADO, TRAVESIA DEL MIRAFLORES MARZO DE LA YESA EMILIO ROMERO PALLARES MIGUEL ANGEL DAVID MEDIANO AGUILAR LOPE GRACIA, ANGEL ARAGONESA DE ARCENES S.L. SENNOUNI SOUAD JEUS A. LOPEZ CLAVERIA FERNANDO LONGAS GARCIA DOS SANTOS MARIA ALICIA MARIA PILAR CLUA LECINA SURUIANU VIOREL ANTONIO MANUEL RODRIGUEZ DE LOS BOUTALBI MOURAD JESUS, TALAYERO PEREZ. MELCHOR SIERRA ARRIGAS DOMINGO MORENO BENEDI JIMENEZ MENDOZA, JESUS GIMENEZ GIMENEZ, MIGUEL ANGEL PRODUCCIONES AGROALIMENTARIAS TOMAS GABASA JOSE BENAQUE GARCIA ABARDIA MONTALBAN , FELIPE LADIANE MANDAW LUIS GIMENEZ NIETO MIGUEL ANGEL GOMEZ LAVILLA SOW MAMADOU JESUS MURCIA LOREN N DAW KHALIFA ABABACAR SHEYLA MARIA FRANCO MARINA SILVER POST S.L. DIOP MAGATTE TROMET TROFEOS S L LUIS GABRIEL CLAVERIA GABARRE JESUS CAUDEVILLA CARDESA CARLOS DOS SANTOS LANAU PONS SERGIO M.ª PILAR HERREIZ SAIZ GARCIA MOYANO , FRANCISCO VENTICUATRO HORAS ZARA ELEC. S.L. POPA ADRIAN CONSTANTIN SEBASTIAN DAVID GIMENEZ GIMENEZ AURORA ONDIVIELA MORES EPIFANIO ARTIGA ALVAREZ MIGUEL ANGEL SANCHO ESCOLANO JONATAN FERNANDEZ GABARRE OSCAR HIGUERA HERNANDO JULIAN PALLAS PEREZ BAUTISTA DIAZ GARCIA IVAN JOSE LOPEZ ROZAS INDUSTRIAS ARAGONESAS MAJA S.A. RAMOS REDONDO OMAR SENCHENKO VALENTYN SANZ CANELA ENRIQUE MAURICIO MEZA MUÑOZ ASENSIO LOREN ANGEL JOSE MARIA LUZ APARICIO VALENTIN SOLARINO FRANCESCO WILSON SHARON ELLEN

LOGROÑO, AUTOVIA CST MAYOR MERCAZARAGOZA RUIZ LASALA, I. SIS MUNIESA XIRGU, MARGARITA

MARIA MOLINER TOMAS PELAYO URBANIZACION VADORREY MERCAZARAGOZA SAN RAMON MVR ASSO, MIGUEL PAZ, OCTAVIO PIEDRA, RIO SOTO DOÑA SANCHA GASOLINERA EUROPA N-232 MARCELLAN MAYAYO (P.) C.ª CASCAJERA SANTA ISABEL PEDRO ALFONSO MARTIN, RIO UNIVERSITAS, VIA LECERA ISLA CONEJERA (F.ª EMPRESA) SAVIRON, PAULINO EXPLANADA STADIUM LAS DUCE, ALBERTO JUSLIBOL GALLEGO, RIO MVR PALENCIA PARDO BAZAN, EMILIA CASTELLAR ALF JUAN CARLOS I BORBON JUAN CARLOS I BORBON FERRAN, JAIME AZORIN SANTA INES JIMENEZ, JUAN RAMON ISLAS BALEARES ALIERTA, AV. CESAREO RIO MATARRAÑAS MIGUEL LABORDETA PERDIGUERA LIRIA, AUGUSTO EDISON, TOMAS A. CASTELAR, EMILIO MARCELLAN MAYAYO (P.) MARTINEZ RUIZ, JOSE GARATE, JUAN JOSE PARDO BAZAN, EMILIA LAGUNA AZORIN, EMILIO XIRGU, MARGARITA ALMOTILLA, CAMINO URBANIZACION ALAMEDA VIA HISPANIDAD TERRANOVA RAMON PIGNATELLI PARDO BAZAN, EMILIA ORENSANZ, BALBINO ARGUALAS SAN BENITO AVDA SAN JUAN DE LA PEÑA CASTELAR, EMILIO

6

23 junio 2005

Núm. exped.

Matrícula

Titular

Lugar de estacionamiento

10253 10726 10605 10630 10651 10636 10685 10748 10762 10609 10629 10753 10631 10660 9997 10533 10567 10744

Z5773BF Z5981T Z6470AG Z6548Y Z6641AT Z6748X Z6754AF Z6788AT Z6860O Z7124X Z7173AX Z7339X Z8212AF Z8498AB Z8989E Z9071I Z9129AB Z9779AJ

CALIXTO CASAS POLA JESUS GENZOR GONZALEZ BENOUAKLIL MOHAMED ADELA DIAZ DUAL OSCAR AZNAR CALVO EL HOURMI ABDERRAHIM MIGUEL INFANTE S.L. FRANCISCO JAVIER BENIDI MARTINEZ MARIA NOELIA SANTOLAYA CALBUIG PABLO GARCIA LOPEZ JOSE VILLARROYA MORALES OLGA TORRIJO USE JESUS PERALTA NAVARRO LIMPIEZAS LAIMAR S.L. BERNAL MARCOS JUAN MIGUEL FRANCISCO CODINA ALMANSA GARCIA BRAVO, JOSE MARIA URBANO PINTO S.L.

PERERA LARROSA,F GRP DUCE, ALBERTO MONTERREGADO LIBRANA (OBISPO) VALVANERA, MTRIO.N.S. LOPEZ, EDUARDO BELCHITE MUNIESA SALITRERIA ALF EXPLANADA AZORIN(JUNTO VALENCIA, CARRETERA PACAREO, ORENCIO SAN ADRIAN DE SASABE HIGUERA, TOMAS CIUDAD DEL TRNASPORTE CONCORDIA, DE LA SIS ORENSANZ, BALBINO AVDA SAN JUAN DE LA PEÑA

Confederación Hidrográfica del Ebro

Núm. 7.308

OBRA: Riegos del Bajo Aragón. Proyecto de ampliación y gran reparación del canal de Caspe. Expediente núm. 1 (2.º adicional). Término municipal de Caspe (Zaragoza). Examinado el expediente de referencia, y una vez practicada la información pública prevista por los artículos 18 y siguientes de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. Vistos los documentos que presenta el perito de la Administración en el expediente, en los que se ha tenido en cuenta el resultado de la referida información pública. Habida cuenta del informe favorable de la Asesoría Jurídica del Estado, emitido con fecha 10 de mayo de 2005, y a propuesta de la Secretaría General de este organismo, la Presidencia de esta Confederación, en fecha 8 de junio de 2005, en uso de las atribuciones que le confiere la vigente legislación, ha resuelto: Declarar la necesidad de la ocupación de los bienes a que se refiere el indicado expediente y de los cuales son propietarios los sujetos y entidades que se relacionan en los anuncios publicados en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 28, BOPZ núm. 29, ambos de febrero de 2005, y en el diario “Heraldo de Aragón” de Zaragoza de fecha 31 de enero de 2005. No se ha presentado reclamación alguna contra el expediente, según certifica el Ayuntamiento de Caspe (Zaragoza) en fecha 15 de marzo de 2005. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, a quienes se entregará por mediación de la Alcaldía una cédula-inventario con la exacta descripción del bien que se expropia, advirtiendo de que contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe imponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, o bien puede optar por la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma competente por razón del territorio, en el plazo de dos meses desde la fecha de la notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, y en los artículos 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 20.2 de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas. Zaragoza, 8 de junio de 2005. — La secretaria general, María Teresa Santos Ruiz de Eguílaz. COMISARIA DE AGUAS

Núm. 6.378

Carlos Serrano Cuartero ha solicitado la concesión cuyos datos y circunstancias se indican a continuación: Circunstancias: Solicitante: Carlos Serrano Cuartero. Objeto: Obras en zona de servidumbre. Cauce: Río Jalón. Municipio: Morata de Jalón (Zaragoza). Caudal medio equivalente en el mes de máximo consumo: 0,01 litros por segundo. Según la documentación presentada, la captación se hará mediante una cuba de 10 metros cúbicos de capacidad, que se llenará dos veces al mes, destinando el agua a obras y trabajos esporádicos en la zona. Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados con esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el BOPZ, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro (paseo de Sagasta, 26-28, Zaragoza), en horas hábiles de oficina. Zaragoza, 27 de abril de 2005. — El comisario de Aguas, Rafael Romeo García.

BOP Zaragoza.—Núm. 141 Núm. 6.621

Se ha presentado en este organismo la siguiente solicitud: Peticionario: José Antonio Iranzo Martínez. Caudal de agua solicitado: 20,26 litros/segundo (caudal medio equivalente en el mes de máximo consumo). Corriente de donde se han de derivar las aguas: Pozo ubicado en el paraje “La Sarda” (finca núm. 1 del polígono 25), ubicado en la margen izquierda del río Jalón. Término municipal donde radican las obras: Ricla (Zaragoza). Durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOPZ, se admitirán en esta Confederación Hidrográfica del Ebro (paseo de Sagasta, 24-28, de Zaragoza), en horas hábiles de oficina, además del proyecto que pueda presentar el peticionario, otros que tengan el mismo objeto de la solicitud o sean incompatibles con ella. Las peticiones que se formulen con caudal superior al doble de la presente no serán admitidas a trámite, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105.2 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, sin perjuicio de que los interesados puedan acogerse a la tramitación indicada para estos casos en el apartado 3 del mismo artículo. La apertura de proyectos se verificará a las 10.00 horas del séptimo día hábil, contado desde la terminación del plazo de presentación de peticiones antes indicado, o del primer día laborable siguiente si aquél fuera sábado. A ella podrán asistir todos los peticionarios, levantándose acta suscrita por los mismos y la representación de la Administración. Zaragoza, 16 de mayo de 2005. — El comisario de Aguas, Rafael Romeo García.

Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social UNIDAD DE RECAUDACION NUM. 1 Embargo de bienes

Núm. 6.787

Doña Concepción Barrado Rodrigo, recaudadora ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en la Unidad de Recaudación Ejecutiva núm. 1 de Zaragoza; Hace saber: Que se tramitan en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva expedientes administrativos de apremio contra los deudores que se relacionan, en los que se han practicado diligencias de embargo de bienes inmuebles. Transcurrido el plazo señalado en el apartado 2 f) del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social sin que se hayan satisfecho los débitos que se indican, notificados legalmente y en cumplimiento de las providencias dictadas, en las que se ordena el embargo de los bienes de los deudores, y teniendo conocimiento de la existencia de bienes inmuebles, se ha procedido al embargo de los mismos en las fechas que se indican: * Deudor: GIL LLOMBART, ENRIQUE. Número de expediente: 50 0105 00035918. Descubierto (concepto y período): Cuotas autónomos, 04/04 a 06/04. Importe total (costas e intereses, en su caso): 922,29 euros. Inmuebles: Local en calle Calanda, 11, bajo, de Zaragoza. Superficie: 43 metros cuadrados. Derecho del deudor: 100% del usufructo. Fecha diligencia de embargo: 30 de marzo de 2005. * Deudor: RODRIGUEZ RODRIGUEZ, MANUEL. Número de expediente: 50 0104 00222009. Descubierto (concepto y período): Cuotas autónomos, 03/04 a 06/04, y cuotas régimen general, 03/04 a 05/04. Importe total (costas e intereses, en su caso): 1.341,21 euros. Inmuebles: Vivienda unifamiliar en calle Francisco de Ruesta, 18, de Zaragoza. Derecho del deudor: Pleno dominio. Fecha diligencia ampliación de embargo: 14 de abril de 2005. * Deudor: REDONDO RIVERO, MANUEL. Número de expediente: 50 0105 000465 27. Descubierto (concepto y período): Cuotas autónomos, 02 a 07/04. Importe total (costas e intereses, en su caso): 1.722,82 euros. Inmuebles: 50% del pleno dominio del cuarto trastero número 37 de la calle Garcilaso de la Vega, 4, de Zaragoza. 50% de una participación indivisa del aparcamiento núm. 61 de la calle Julián Sanz Ibáñez, 15, de Zaragoza. Derecho del deudor: 50% del pleno dominio. Fecha de la diligencia: 29/04/05. Condóminos: M. Gloria Rivero Manzano y Segundo Redondo Lobato. * Deudor: GRACIA MARTIN, ANTONIO MIGUEL. Número de expediente: 50 0104 001042-92. Descubierto (concepto y período): Cuotas autónomos, 02/04 a 07/04. Importe total (costas e intereses, en su caso): 2.001,35 euros.

BOP Zaragoza.—Núm. 141

23 junio 2005

Inmuebles: Vivienda, garaje y trastero en calle Poeta Miguel Labordeta, 27, 7.º D. Derecho del deudor: Pleno dominio. Fecha de la diligencia de ampliación 03/05/2005. Cónyuge: M.ª Teresa Ondiviela Leal. * Deudor: LABARTA PEREZ, FRANCISCO J. Número de expediente: 50 0105 00010454. Descubierto (concepto y período): RETA, 02/2004, 04/2004, 06/2004, 05/2004 y 07/2004. Régimen general, 06/2004. Importe total (costas e intereses, en su caso): 1.974,45 euros. Inmuebles: Piso con anejos, de 73,0300 metros cuadrados de superficie, en la calle Berna, 5, 7.º 4, de Zaragoza. Derecho del deudor: Pleno dominio. Fecha de la diligencia: 12 de mayo de 2005. Cónyuge: Marta Guillorme Burrial. De los citados embargos se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Lo que se hace público conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social (BOE núm. 153, de 25 de junio), a efectos de que sirva de notificación al deudor, a quien se le advierte de que comparezca por sí o por medio de representante. Recursos. — Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema la Seguridad Social. Lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Zaragoza a 6 de junio de 2005. — La recaudadora ejecutiva, Concepción Barrado Rodrigo. Embargo de bienes muebles

Núm. 6.845

Doña Concepción Barrado Rodrigo, recaudadora ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en la Unidad de Recaudación Ejecutiva núm. 1 de Zaragoza; Hace saber: Que se tramitan en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva expedientes administrativos de apremio contra los deudores que se relacionan, en los que se han practicado diligencias de embargo de vehículos. «Transcurrido el plazo señalado en el apartado 2 f) del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social sin que se hayan satisfecho los débitos que se indican, notificados legalmente, y en cumplimiento de las providencias dictadas, en las que se ordena el embargo de los bienes de los deudores, y teniendo conocimiento de la existencia de bienes inmuebles, se ha procedido al embargo de los mismos en las fechas que se indican: * Deudor: COLLADOS GIMENEZ, MIGUEL ANGEL. Número de expediente: 50 0105 000358-17. Descubiertos: R.E. autónomos. Período: 04-05 y 07/2004. Vehículo, modelo y matrícula: “CHRYSLER VOYAGER”, 3044CSK. Fecha de la diligencia de embargo: 13 de abril de 2005. * Deudor: DOMINGUEZ CRISTOBAL, MIGUEL. Número de expediente: 50 0105 000092-42. Descubiertos: R.E. autónomos. Período: 04-06-07-08-09/2004.

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Vehículos, modelo y matrícula: “VOLKSWAGEN TRANSP. 2”, 9634BTD. Fecha de la diligencia de embargo: 7 de abril de 2005. * Deudor: GREGORACI-IVANO. Número de expediente: 50 0105 000378-37. Descubiertos: R.E. autónomos. Período: 04-05-06-07/2004. Vehículo, modelo y matrícula: “SEAT IBIZA 1.9”, 6455DGR. Fecha de la diligencia de embargo: 13 de abril de 2005. * Deudor: PARDILLO BELDAD, JOSE LUIS. Número de expediente: 50 0104 001643-14. Descubiertos: R.E. autónomos. Período: 01-02-04-05-06-07/2004. Vehículos: “RENAULT R. KANGOO”, Z-3585-BG. Fecha de la diligencia de embargo: 21 de marzo de 2005. * Deudor: PEREZ SANTAMARIA, CARLOS. Número de expediente: 50 0104 00185835. Descubiertos: Régimen general 11-2003/05-2004. RETA 10-2003/072004. Vehículos: NISSAN PRIMASTAR 2743CWG. Fecha de la diligencia de embargo: 11 de abril de 2005. * Deudor: PEREZ DOMINGO, ENRIQUE. Número de expediente: 50 0105 00087347. Descubiertos: Régimen general 06-2004. Vehículos: “RENAULT LAGUNA 2.0”, M3668TT. Fecha de la diligencia de embargo: 20 de abril de 2005. * Deudor: CREACIONES ENTANTO, S.L. Número de expediente: 50 0105 00089771. Descubiertos: Régimen general 01-2003/07-2004. Vehículos: “RENAULT KANGOO 1.9”, 7348BDD. Fecha de la diligencia de embargo: 16 de mayo de 2005. * Deudor: TUDELA ROCHE, JUAN. Número de expediente: 50 0105 00048547. Descubiertos: R.E. autónomos Período: 05-07-08-09-10/2004. Vehículos: “ZHONGYU ZY125T 2”, 3961DFF. Fecha de la diligencia de embargo: 17 de mayo de 2005. Se requiere a los deudores para que pongan a disposición de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva los vehículos en el plazo máximo de cinco días, con su llave de contacto y documentación, bajo apercibimiento de que de no efectuarse se ordenará su captura, depósito y precinto en el lugar en que fueren hallados. Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de Bienes Muebles, sección de automóviles y otros vehículos de motor, a cuyo efecto se expedirá el oportuno mandamiento. Notifíquese a continuación la presente a los deudores y a los demás interesados, si los hubiere». Recursos. — Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema la Seguridad Social. Lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Lo que se hace público conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social (BOE núm. 153, de 25 de junio), a efectos de que sirva de notificación al deudor, a quien se le advierte de que comparezca por sí o por medio de representante. Zaragoza a 8 de junio de 2005. — La recaudadora ejecutiva, Concepción Barrado Rodrigo.

Núm. 6.846 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), que modifica la anterior, y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente edicto que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOPZ, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9.00 a 14.00, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el anexo se detallan el número de expediente, nombre del apremiado y acto administrativo notificado.

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Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Zaragoza, 7 de junio de 2005. — La recaudadora ejecutiva, Concepción Barrado Rodrigo. ANEXO Relación que se cita Importe embargado en entidades financieras EXPEDIENTE

DNI/NIF

N.º DOCUMENTO

APREMIADO

ACTO NOTIFICADO

50 01 05 00038140 50 01 05 00027026 50 01 04 00057715 50 01 97 00092359 50 01 04 00258280 50 01 04 00258280 50 01 04 00258280 50 01 04 00258280 50 01 03 00062738 50 01 04 00081660 50 01 05 00055318 50 01 05 00055318 50 01 05 00047133 50 01 05 00053294 50 01 04 00239082 50 01 05 00025814 50 01 03 00048085 50 01 05 00046931 50 01 05 00014393 50 01 04 90000458 50 01 01 00197773 50 01 04 00264546 50 01 04 00255957 50 01 04 00264849 50 01 04 00242823 50 01 05 00037736 50 01 04 00269701 50 01 04 00258078 50 01 04 00258078 50 01 01 00164027 50 01 05 00037837 50 01 05 00023083 50 01 05 00023083 50 01 04 00023258 50 01 05 00017932 50 01 04 00120157 50 01 04 00120157 50 01 04 00120157 50 01 04 00120157 50 01 04 00264142 50 01 04 00172596 50 01 04 00253634 50 01 03 00072741 50 01 05 00084216 50 01 05 00077748 50 01 05 00016619 50 01 04 00265051 50 01 04 00130564 50 01 01 00097743 50 01 02 00055536 50 01 05 00036120 50 01 04 00263637 50 01 01 00122500 50 01 04 90005613 50 01 05 00022881 50 01 04 00257775 50 01 04 00063371 50 01 04 00212410 50 01 89 00883188 50 01 05 00074415 50 01 03 00197528 50 01 03 0024501 50 01 05 00024501 50 01 04 00169162 50 01 05 00036625 50 01 05 00036625 50 01 05 00033389 50 01 05 00033389 50 01 02 00163549 50 01 05 00033692 50 01 05 00033692 50 01 05 00027228 50 01 04 00224433 50 01 03 00224911 50 01 01 00130580 50 01 05 00075324 50 01 04 00143395 50 01 04 00256260 50 01 00 00052852 50 01 04 00224332

25433493R 17751146E 0B50558295 17205738J 17689412C 17689412C 17689412C 17689412C 17688783N 0X3018465Z 25476774L 25476774L 25151386N 25177113W 25187002R 17218966Q 25437719H 17210910X 0X2402294J 17192542L 0X1497130Z 25141305M 17128041X 25449528M 25178948C 17736325J 25133231G 17209963Y 17209963Y 29117336A 0X2935783V 25474577F 25474577F 0B50897388 0B50834837 0X2574450Z 0X2574450Z 0X2574450Z 0X2574450Z 17128996E 17178464V 0X2500130F 25473361X 29120309D 37303265W 17748353N 17865554M 17206286D 25163470K 0X1348079A 17148966M 25445393X 25148428K 0X2420477A 0X3679621N 0X4381097B 0X2525133D 0X2287054A 17195929W 17146555D 29119165S 46823266G 46823266G 0X0726958C 29088996E 29088996E 73196082P 73196082P 00401709Z 25470079V 25470079V 0X0709433K 17840745J 0X3755376M 25483929K 25178891D 17847480D 25475018B 12182812B 17809010H

50 01 313 05 002141521 50 01 313 05 002071500 50 01 313 05 002130407 50 01 313 05 001174147 50 01 313 05 001189507 50 01 313 05 001320354 50 01 313 05 001468379 50 01 313 05 001189406 50 01 313 05 001316415 50 01 313 05 001179504 50 01 313 05 002072813 50 01 313 05 002250645 50 01 313 05 001201833 50 01 313 05 002143238 50 01 313 05 002069678 50 01 313 05 001322879 50 01 313 05 001176167 50 01 313 05 001468783 50 01 313 05 001193648 50 01 313 05 001191729 50 01 313 05 002126262 50 01 313 05 001596806 50 01 313 05 001189204 50 01 313 05 001190315 50 01 313 05 001188190 50 01 313 05 001324701 50 01 313 05 002070284 50 01 313 05 002136265 50 01 313 05 002292879 50 01 313 05 001174652 50 01 313 05 002141319 50 01 313 05 001597311 50 01 313 05 002407259 50 01 313 05 002129902 50 01 313 05 001193951 50 01 313 05 001181019 50 01 313 05 001181120 50 01 313 05 002131922 50 01 313 05 002131821 50 01 313 05 001596705 50 01 313 05 002133437 50 01 313 05 001320253 50 01 313 05 001595590 50 01 313 05 002150918 50 01 313 05 002479405 50 01 313 05 001193850 50 01 313 05 001190719 50 01 313 05 001181524 50 01 313 05 002125959 50 01 313 05 002126464 50 01 313 05 001324293 50 01 313 05 001189810 50 01 313 05 002243672 50 01 313 05 001191830 50 01 313 05 002373917 50 01 313 05 001189305 50 01 313 05 001178894 50 01 313 05 001186271 50 01 313 05 001173945 50 01 313 05 002147783 50 01 313 05 002406249 50 01 313 05 002139396 50 01 313 05 002071496 50 01 313 05 002133235 50 01 313 05 002141016 50 01 313 05 002140915 50 01 313 05 001198496 50 01 313 05 002140713 50 01 313 05 001595287 50 01 313 05 001198702 50 01 313 05 001597816 50 01 313 05 002071601 50 01 313 05 001319344 50 01 313 05 002129090 50 01 313 05 002065537 50 01 313 05 002147884 50 01 313 05 001318637 50 01 313 05 001596604 50 01 313 05 002125757 50 01 313 05 001319243

ALMENA SANCHEZ CARLOS ALVAREZ CEREZO JOSE MIGUEL ARAGONESA DE FONTANEROS S.L. ARANDA ROMANOS ANTONIO ASIAIN BERNUES JOSE ANTONIO ASIAIN BERNUES JOSE ANTONIO ASIAIN BERNUES JOSE ANTONIO ASIAIN BERNUES JOSE ANTONIO BATOR GARCIA MILAGROS BOKHALKHAL-DRISS BORJA BORJA DARIO BORJA BORJA DARIO BUENO LABORDA MIGUEL ANGEL CAPAPEY FERNANDEZ RAQUEL CARMONA SANCHEZ MARIA JESSICA CASTELLO GORGUES JUAN TOMAS DE ESTEBAN ROYO TOMAS DELGADO CEAMANOS JOSE DIOUF-MAKHTAR ESPARCIA CARRATO MARIA CLOTILDE FALL-MACOR FANLO ARILLA ISIDORO FERNANDEZ FUENTES BIENVENIDO FILERA PUEYO INES FORCEN CANO MARIA PILAR GIL MARCO YOLANDA GIL MONCLUS ANTONIO GIMENEZ LOPEZ JOSE ANTONIO GIMENEZ LOPEZ JOSE ANTONIO GONZALEZ LOPEZ VICTOR GREGORACI-IVANO HERRERA GARCIA LORENZO HERRERA GARCIA LORENZO HOSTZUERA S.L. IBERSOMIER S.L. IDAHOSA-DANIEL IDAHOSA-DANIEL IDAHOSA-DANIEL IDAHOSA-DANIEL IGLESIA GODES JOSE MARIA LEBRERO BAYONA JESUS ALFREDO LEYE-LAMINE LOSADA SAINZ MARIA CRISTINA LOZANO CUBERO JUAN JOSE MANE VAQUE JORGE MARQUINA DUESCA DANIEL MARTINEZ ALGAS MARIA JOSE MARTINEZ CONTERO JUAN MEDINA ABELLAN ALFONSO MEGIA GARCIA ANTONIA GRISELDA MIGUEL AZNAR JOSE MARIA MIGUEL RIO JOSE LUIS MIRANDA GARCIA ALBERTO NASRI-CHEIKH NASTUL HUERTAS MARIA CONSUELO NDIAYE-DAOUDA NDOM-LAMINE NIANG-MBAYE PABLO GONZALEZ ROSA MARIA PALACIAN GARCIA ANGELES PALMERO HERRERA FRANCISCO PAREDES ARENAS NURIA PAREDES ARENAS NURIA PARVU-PETRE PASTOR GRACIA ANGEL LUIS PASTOR GRACIA ANGEL LUIS PEREZ BARRERO JUAN CARLOS PEREZ BARRERO JUAN CARLOS PEREZ MINNOCCI MARGARITA PINILLA MONJE FELIX ALBERTO PINILLA MONJE FELIX ALBERTO RAFIQUE-MUHAMMAD RAMOS BURILLO MILAGROS RIASCOS ABADIA GLORIA CECILIA RODRIGO LLORENTE LAURA RODRIGUEZ GINEZ SARA ROMANCE DIEZ FRANCISCO JAVIER RUBINAT BARRIENDOS SERGIO RUBIO CALLEJA ANDRES SARASA DOMINGO JOSE SANTIAGO

Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. E mbargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c.

EMBARGADO

81,46 582,49 46,10 21,51 128,81 18,79 59,27 39,56 8,82 3,19 826,05 204,24 63,16 768,37 4,90 17,82 100,00 44,31 15,48 31,96 85,86 8,11 46,26 540,26 8,13 12,57 3,95 10,25 40,31 16,69 16,11 16,15 8,08 26,12 3,03 7,90 4,75 2,38 15,32 22,59 13,59 5,81 7,79 277,43 204,02 316,96 911,70 10,63 27,41 18,42 510,99 133,83 3,03 7,34 31,72 27,90 6,47 5,02 28,82 136,35 2,85 26,81 2,95 5,00 45,99 15,09 50,77 45,13 40,21 10,21 19,99 4,36 10,36 429,67 50,05 60,79 75,28 62,16 6,50 14,01

BOP Zaragoza.—Núm. 141

23 junio 2005

9

EXPEDIENTE

DNI/NIF

N.º DOCUMENTO

APREMIADO

ACTO NOTIFICADO

50 01 04 00027096 50 01 04 00199878 50 01 04 00199878 50 01 05 00034807 50 01 99 00015625 50 01 04 00258785 50 01 05 00022780 50 01 05 00022780 50 01 05 00045315 50 01 05 00045315 50 01 04 00148954 50 01 04 00148954 50 01 04 00195030 50 01 04 00113992 50 01 05 00048143 50 01 05 00048143 50 01 04 00055893 50 01 05 00021770 50 01 05 00029955 50 01 02 00010470 50 01 04 00096212

72966496P 25462542R 25462542R 72981271V 0X1333914Y 0X3300842C 0B50736727 0B50736727 29086115Q 29086115Q 17190635K 17190635K 08682809X 25456540W 25154271E 25154271E 17692864E 46556795B 11966921K 25392568Q 17150925D

50 01 313 05 002067052 50 01 313 05 002134447 50 01 313 05 002134548 50 01 313 05 001199308 50 01 313 05 002065335 50 01 313 05 002247514 50 01 313 05 001194658 50 01 313 05 001389264 50 01 313 05 002293384 50 01 313 05 002478896 50 01 313 05 001182938 50 01 313 05 001183039 50 01 313 05 001185160 50 01 313 05 001180413 50 01 313 05 001202035 50 01 313 05 001325206 50 01 313 05 001178389 50 01 313 05 002138992 50 01 313 05 001196779 50 01 366 05 001259427 50 01 366 05 001077046

SEBASTIAN GONZALO MARIA DOLORES SEGURA PRADA JOSE ANTONIO SEGURA PRADA JOSE ANTONIO SEGURA RUIZ MARIA JOSE SILLAH-KALILU SLIMANE-KADI TELE-ENCHILADA S.L. TELE-ENCHILADA S.L. TURON CAVERO MARIA PILAR TURON CAVERO MARIA PILAR VALLE VIEJO MARIA ISABEL VALLE VIEJO MARIA ISABEL VARGAS SILVA MIGUEL VELILLA VILLAFRANCA CARLOS VIGO VAZQUEZ ANA ISABEL VIGO VAZQUEZ ANA ISABEL VILLANOVA LOP FRANCISCO LOREN YUBANO VAZQUEZ FRANCISCO ZAMORA MARTIN PABLO MONFORT NIN MARIO JOSE RUIZ PERALES JUAN CARLOS

Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Embargo c/c. Devoluciones tributarias Devoluciones tributarias

UNIDAD DE RECAUDACION NUM. 6

Núm. 6.788

Doña Blanca Planas Giral, recaudadora ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social en la Unidad de Recaudación Ejecutivo número 6, sita en calle Monasterio de Samos, 27-29, de Zaragoza. Hace saber: Que se tramitan en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva expedientes administrativos de apremio contra los deudores que se relacionan en anexo, en los que se han practicado las siguientes diligencias de embargo de bienes y/o derechos. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zaragoza en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social. Lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Zaragoza a 1 de junio de 2005. — La recaudadora ejecutiva, Blanca Planas Giral. ANEXO Relación que se cita * Nombre/Razón social: NAVARRO LOPEZ, JESUS MANUEL. Identificador expediente: 221001746116. Importe diligencia: 502,15 EUROS. Bien embargado: 529,05 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: NDAO-ADAMA. Identificador expediente: 501022792224. Importe diligencia: 10,85 EUROS. Bien embargado: 51,25 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: NUÑEZ MORENO, DAVID. Identificador expediente: 501003344936. Importe diligencia: 408,60 EUROS. Bien embargado: 1050,95 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: NUÑEZ MORENO, DAVID. Identificador expediente: 501003344936. Importe diligencia: 297,04 EUROS. Bien embargado: 1050,95 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: ONDO VALCARCEL, ELISA. Identificador expediente: 501008632648. Importe diligencia: 71,47 EUROS. Bien embargado: 129,87 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: ONDO VALCARCEL, ELISA. Identificador expediente: 501008632648. Importe diligencia: 294,60 EUROS. Bien embargado: VEHICULO C1199BNX DERBI ATLANTIS. * Nombre/Razón social: OREJUELA SALAZAR, ALEXANDRA LUISA. Identificador expediente: 501020721575. Importe diligencia: 7,60 EUROS. Bien embargado: 490,20 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: ORTE GARCIA, JOSE CARLOS. Identificador expediente: 500070348053. Importe diligencia: 8,64 EUROS. Importe diligencia: 233,11 EUROS. Bien embargado: 545,65 EUROS CUENTA BANCARIA.

EMBARGADO

300,75 17,08 8,50 2,85 27,08 73,82 80,17 19,25 8,63 18,12 1,29 5,72 3,84 1,20 132,13 14,56 15,42 23,23 131,23 1.082,27 1.261,76

* Nombre/Razón social: PAREDES GARCIA, JOSE. Identificador expediente: 080415230148. Importe diligencia: 262,19 EUROS. Bien embargado: 1408,10 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: PAREDES GARCIA, JOSE. Identificador expediente: 080415230148. Importe diligencia: 254,58 EUROS. Bien embargado: 1408,10 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: PEREZ SANTAMARIA, CARLOS. Identificador expediente: 500065830681. Importe diligencia: 21 EUROS. Bien embargado: 8172,37 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: PRADES PLOU, ROCIO. Identificador expediente: 500075799453. Importe diligencia: 0,03 EUROS. Importe diligencia: 7,02 EUROS. Bien embargado: 2631,14 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: PRADES PLOU, ROCIO. Identificador expediente: 500075799453. Importe diligencia: 5,68 EUROS. Bien embargado: 2631,14 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: PROFIN ASESORE, S.L. Identificador expediente: 50105723044. Importe diligencia: 166,66 EUROS. Bien embargado: VEHICULO MATRICULA 0342CBG, “APRILIA SCARABEO 2”. * Nombre/Razón social: PUYAL GARCIA, PILAR. Identificador expediente: 500068231736. Importe diligencia: 26,50 EUROS. Bien embargado: 1212,09 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: PUYAL GARCIA, PILAR. Identificador expediente: 500068231736. Importe diligencia: 30,53 EUROS. Bien embargado: 1212,99 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: PUYO BONDIA, INMACULADA. Identificador expediente: 501016888661. Importe diligencia: 38,05 EUROS. Bien embargado: 1206,15 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: REVUELTO TIRADO, QUITERIO. Identificador expediente: 500039556415. Importe diligencia: 224,19 EUROS. Bien embargado: 529,76 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: RODRIGUEZ ARMIJO, RAMON. Identificador expediente: 070052787750. Importe diligencia: 4,72 EUROS. Bien embargado: 117,38 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: RODRIGUEZ DE YBERN, NIURKA. Identificador expediente: 280455287880. Importe diligencia: 354,55 EUROS. Bien embargado: 354,55 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: ROJO PECINA, MELCHOR. Identificador expediente: 260011612754. Importe diligencia: 194,26 EUROS. Bien embargado: 5,07 EUROS EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: RUIZ FERNANDEZ, M.ª NIEVES. Identificador expediente: 500068591949. Importe diligencia: 5950,49 EUROS. Bien embargado: 187,80 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: RUIZ FERNANDEZ, M.ª NIEVES. Identificador expediente: 500068591949. Importe diligencia: 5950,49 EUROS. Bien embargado: 29,87 EUROS CUENTA BANCARIA. * Nombre/Razón social: RUIZ GIRALDO, MARTHA LUCELY. Identificador expediente: 501021622463. Importe diligencia: 2263,57 EUROS. Bien embargado: 225,26 EUROS CUENTA BANCARIA.

10

23 junio 2005 Núm. 6.847

Doña Blanca Planas Giral, recaudadora ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social en la Unidad de Recaudación Ejecutivo número 6, sita en calle Monasterio de Samos, 27, de Zaragoza. Hace saber: Que se tramitan en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva expedientes administrativos de apremio contra los deudores que se relacionan en anexo, en los que se han practicado las siguientes diligencias de embargo de bienes y/o derechos. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zaragoza en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el articulo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social. Lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Zaragoza a 1 de junio de 2005. — La recaudadora ejecutiva, Blanca Planas Giral. ANEXO Relación que se cita Nombre/razón social, identificador expediente, importe diligencia y bien embargado MARIA PILAR GIMENEZ CALVO. 50.060.500.010.370. 101,30 EUROS. VEHICULO MATRICULA Z-5520-BB. MARIA CARMEN GRANADOS GALLEGO. 50.060.500.028.861. 540,26 EUROS. VEHICULO MATRICULA Z-0035-BC.

Notificación de embargo de bienes inmuebles (TVA-502)

Núm. 6.848

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 6 de Zaragoza; Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Juan Carlos Escó González, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en calle Arzobispo Apaolaza, 23, 2.º derecha, de Zaragoza, se procedió con fecha 16 de mayo de 2005 al embargo del bien inmueble cuya diligencia se publica como anexo al presente edicto. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. Zaragoza, 1 de junio de 2005. — La recaudadora ejecutiva, Blanca Planas Giral. ANEXO Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501) Diligencia. — En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social contra el deudor Juan Carlos Escó González, con NIF 17.856.686-S, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Número de providencia de apremio, período y régimen 50-04-000068873. 02-2003/12-2003. 0521. 50-04-000068974. 01-2004/03-2004. 0521. Importe de la deuda: Principal: 2.759,68 euros. Recargo: 965,89 euros.

BOP Zaragoza.—Núm. 141

Costas devengadas: 10,46 euros. Costas e intereses presupuestados: 400 euros. Total: 4.136,03 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda, y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE del día 25), declaro embargado el inmueble perteneciente al deudor que se describe a continuación: Casa y aparcamiento núm. 16, sitos en calle San Fausto, 41 bis, de La Marlofa-La Joyosa, que consta de planta baja, de 58,69 metros cuadrados construidos; planta primera, de 59,14 metros cuadrados, y entrecubierta, de 30,20 metros cuadrados construidos, con jardín de 25,50 metros cuadrados. Linda: frente, calle San Fausto; derecha, departamento núm. 5, que es la casa núm. 15; izquierda, departamento núm. 7, que es la casa núm. 17, y fondo, espacio libre de acceso a la zona de aparcamiento. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 12, tomo 2.387, libro 14, folio 143, finca número 809. Derecho del deudor sobre el inmueble embargado: La totalidad del pleno dominio con carácter privativo, según la inscripción tercera, al folio 174, tomo 2.387, libro 14. El citado bien queda afecto, en virtud de este embargo, a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total anteriormente reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que el bien será tasado con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta del mismo, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria del bien que le ha sido trabado en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento. Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad del bien inmueble embargado en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así serán suplidos tales títulos a su costa. Zaragoza, 16 de mayo de 2005. — La recaudadora ejecutiva, Blanca Planas Giral.

Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Huesca ADMINISTRACION NUM. 22/01 Notificación de resolución

Núm. 6.849

Pongo en conocimiento de Obras y Servicios Dumitru Trasca, S.L., que hay una resolución de fecha 28 de abril de 2005 por la que el director de la Administración número 22/01 de la Tesorería General de la Seguridad Social resuelve tramitar la baja de los trabajadores Acacio Couto Pereira, José M.ª da Silva Pinto, José M.ª da Rocha Ramos, Afonso José da Conceiçao Barbosa, Afonso Rui Augusto, Filipe Andre Neves Tavares, Ricardo A. Correia Pereira y José María Soares Dias en la empresa Obras y Construcciones Dumitru Trasca, S.L. con fecha real 6 de octubre de 2004 y fecha de efectos 21 de abril de 2005 (fecha en la que la Tesorería General de la Seguridad Social ha tenido conocimiento del cese en el trabajo por cuenta ajena). El interesado o quien le represente puede comparecer ante la Administración número 22/01 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Huesca (calle San Jorge, número 34) para conocer el texto íntegro de la resolución y para que conste tal conocimiento.

BOP Zaragoza.—Núm. 141

23 junio 2005

Contra la citada resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, salvo que se comparezca en el expediente dentro de los ocho días siguientes al de tal publicación, en cuyo caso se contará desde el día siguiente al de la comparecencia, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del día 27). Siguiendo lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, doy así la noticia, porque ha resultado fallido el intento de hacerse personalmente. Huesca a 23 de mayo de 2005. — El director de la Administración, Antonio Arruga Pascual.

Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra UNIDAD DE RECAUDACION NUM. 31/01

Núm. 6.789

En la Unidad de Recaudación Ejecutiva 31/01 se instruye expediente administrativo de apremio número 31 01 97/95-46 contra el deudor Juan José Elizondo Barberena, habiéndose dictado en fecha 7 de abril de 2005 por el recaudador ejecutivo de dicha Unidad la diligencia de embargo que a continuación se transcribe: «Diligencia de embargo de bienes inmuebles. — En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con NIF 72.613.384-S, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: Número providencia apremio

Período

Régimen

31 01 010672689 07 2000/10 2000 0521 31 01 012271270 01 2001/01 2001 0521 31 01 011728373 11 2000/12 2000 0521 31 01 013026658 05 2001/05 2001 0521 31 01 013264815 04 2001/04 2001 0521 31 01 013461845 06 2001/06 2001 0521 Importe de la deuda: Principal: 2.095,75 euros. Recargo: 421,57 euros. Costas devengadas: 10,46 euros. Costas e intereses presupuestados: 100 euros. Total: 2.627,78 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda, y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE del día 25), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen más adelante. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mimos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento. Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figure sobre cada finca y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bie-

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nes inmuebles embargados en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así serán suplidos tales títulos a su costa. Datos de finca no urbana: Rústica. — Una octava parte indivisa con carácter privativo de prado en Erraunciloa, en jurisdicción de Garralda, de 8 áreas y 98,5 centiáreas, lindante por todos los vientos con terreno común. Dentro de él se halla construida una casa destinada a vivienda, que consta de dos plantas y sabayado, con una superficie de 120 metros cuadrados. Cercana a ella hay una borda destinada a cubilar ganado, de unos 80 metros cuadrados. Las edificaciones, por hallarse construidas dentro de la superficie indicada al principio, lindan por todos lados con finca propia. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Aoiz, finca 75, libro 29, tomo 2.490, folio 171». Al resultar infructuosas las gestiones realizadas para notificar a don Juan José Elizondo Barberena, en calidad de deudor; a doña María Jesús Elizondo Barberena, don Ricardo Elizondo Barberena, don Valentín Elizondo Barberena, doña Josefina Elizondo Barberena y a don Alfredo Elizondo Barberena, en calidad de copropietarios, la citada diligencia, y al ser devueltas las cartas por el Servicio de Correos, después de varios intentos, por "ausente", y de conformidad con el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE del día 25), y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio y se advierte al destinatario para que comparezca por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue. Transcurridos ocho días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el “Boletín Oficial de Navarra” sin personarse el interesado, se tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer. Pamplona a 1 de junio de 2005. — La recaudadora ejecutiva, Ana María Casas Carretero.

SECCION SEXTA CORPORACIONES LOCALES CALATAYUD

Núm. 7.068

Por la Alcaldía-Presidencia, con fecha 3 de mayo de 2005, se dictó decreto aceptando la renuncia de la concejala doña María del Prado López Gómez, por motivos personales, a la dedicación exclusiva, que tenía reconocida por decreto de Alcaldía de fecha 28 de octubre de 2004. Calatayud, 7 de junio de 2005. — El alcalde, Fernando Martín Minguijón. CASPE

Núm. 7.079

Manuel Francín Piquer solicita licencia municipal para el ejercicio de la actividad de regularización jurídico-administrativa de una explotación porcina de cebo en situación especial, sita en polígono 53, parcela 367, paraje “Fajuelas”, del término municipal de Caspe. Lo que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961, se hace público para que los que resultasen afectados puedan formular las observaciones pertinentes durante el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente en el BOPZ. Caspe, 13 de junio de 2005. — La alcaldesa. CUARTE DE HUERVA

Núm. 7.064

Excavaciones Aitor y José, S.L., ha solicitado licencia para establecer la actividad de almacén de materiales para la construcción, con emplazamiento en calle Monte Perdido, 14A y B1, nave 8. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia puedan formular por escrito, que presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes durante el plazo de diez días hábiles. Cuarte de Huerva, 9 de junio de 2005. — El alcalde, Jesús Pérez Pérez. CUARTE DE HUERVA

Núm. 7.065

Iberbombas, S.L., ha solicitado licencia para establecer la actividad de mecanización y torneado de piezas metálicas, con emplazamiento en avenida de Santa Ana, 38. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia puedan formular por escrito, que presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes durante el plazo de diez días hábiles. Cuarte de Huerva, 9 de junio de 2005. — El alcalde, Jesús Pérez Pérez.

12 CUARTE DE HUERVA

23 junio 2005 Núm. 7.066

Industrias de la Madera Alloza, S.L., ha solicitado licencia para establecer la actividad de fabricación de muebles y almacenamiento, manipulación y depósito de mercancías, con emplazamiento en carretera de Valencia, 104, nave 19. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia puedan formular por escrito, que presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes durante el plazo de diez días hábiles. Cuarte de Huerva, 9 de junio de 2005. — El alcalde, Jesús Pérez Pérez. EJEA DE LOS CABALLEROS

Núm. 7.062

BASES que regirán en el año 2005 la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, destinadas a proyectos o programas de cooperación al desarrollo en los países del Tercer Mundo. El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros destina el 0,7% de su presupuesto ordinario a financiar proyectos o programas de cooperación al desarrollo en los países del Tercer Mundo. A través de esta convocatoria, se pretende realizar pública difusión de las siguiente bases que regularán la concesión de las ayudas en el ejercicio 2005: 1.ª Objeto. — El M.I. Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, con arreglo a las presentes bases, subvencionará proyectos o programas de cooperación al desarrollo en los países del Tercer Mundo. 2.ª Finalidad. — Las subvenciones tendrán como finalidad ayudar al desarrollo de proyectos de intervención social que, sustentados en el principio de solidaridad, contribuyan al desarrollo y atención de las necesidades básicas de la población de los países del llamado “Tercer Mundo”. A los efectos de esta convocatoria se entienden como necesidades básicas de la población las relacionadas prioritariamente con la alimentación, la vivienda, la salud, la educación y pequeñas infraestructuras. 3.ª Beneficiarios. — Las subvenciones se concederán prioritariamente a organizaciones no gubernamentales, legalmente reconocidas, en las que concurran las siguientes condiciones: a) Estar constituidas e inscritas formalmente con anterioridad al año 2004. b) Disponer de sede o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que realicen jornadas, actividades, conferencias, etc., en el ámbito provincial referidas a temas del Tercer Mundo, al objeto de concienciar y promover los fines que se citan en el siguiente apartado. c) Tener como una de sus finalidades la realización de actividades y proyectos orientados a la cooperación, solidaridad y desarrollo de los países empobrecidos. d) No perseguir fines lucrativos, ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas. e) Acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto. f) Acreditar la realización de las actividades citadas en el apartado b) durante el año en curso (recortes prensa, folletos y/o carteles informativos, etc.). Asimismo, las subvenciones podrán concederse a entidades representadas por personas con vinculación con el municipio y que desarrollen su actividad en un país del denominado “Tercer Mundo”, presentando un proyecto cuyo contenido sea objeto de esta convocatoria. 4.ª Crédito presupuestario. — El crédito presupuestario destinado a la presente convocatoria asciende 33.803,82 euros, con cargo a la partida 313/78900 del presupuesto municipal para 2005. 5.ª Proyectos subvencionables. — Las subvenciones se concederán a proyectos que contemplen alguno o algunos de los siguientes puntos: • Desarrollo integral local. • El autoabastecimiento y las pequeñas infraestructuras. • La educación. • El desarrollo e implantación de proyectos relativos a servicios sociales. • La promoción y mejora de los niveles de salud. Las actividades previstas en los proyectos responderán fundamentalmente a acciones de carácter permanente y/o estable, no siendo preferente, a efectos de esta convocatoria, los proyectos cuyo contenido sea coyuntural y/o transitorio. Los proyectos no podrán contener en su formulación ningún tipo de discriminación o exclusión, pudiendo ser sus destinatarios la población en general o bien grupos específicos de la misma con especiales carencias y necesidades. 6.ª Ejecución de los proyectos. — Las subvenciones podrán otorgarse tanto a proyectos ya iniciados como a pendientes de realización. En este último caso, la ejecución de los mismos deberá comenzar en un plazo máximo de cuatro meses, a partir de la recepción de la correspondiente subvención. 7.ª Criterios de valoración. — Los criterios preferentes para valorar la concesión de subvenciones, atendiendo a los proyectos presentados, serán fundamentalmente, sin que ello tenga un carácter limitativo, sino enunciativo, los siguientes: 1. Adecuación de medios y recursos a los objetivos previstos. 2. Planificación, objetivos y actividades claramente especificados. 3. Duración y continuidad de las actividades.

BOP Zaragoza.—Núm. 141

8.ª Otorgamiento de las subvenciones. — Las subvenciones se entenderán destinadas a cubrir parte de los gastos de los programas. El otorgamiento de las mismas tendrá carácter discrecional, voluntario y eventual. Su concesión con arreglo a las presentes bases en ningún momento será invocable como precedente respecto a ejercicios futuros. No será exigible el aumento o revisión de la subvención. 9.ª Presentación de solicitudes. — Las solicitudes de subvención deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, o por cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante instancia dirigida al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, acompañadas del proyecto, en el que figurarán, al menos, los siguientes datos: denominación del proyecto, objetivos y resultados previstos; duración del mismo, con indicación de fecha de inicio y fecha finalización; presupuesto y desglose de ingresos y gastos; plan de financiación; localización del lugar donde se desarrolla el proyecto; beneficios del proyecto; estudios técnicos y sociales que sustenten el proyecto, y otros datos que se estimen convenientes para valorar la viabilidad técnica, sociocultural y económica. 10.ª Documentación a aportar. — Se podrá presentar un único proyecto por cada ONG, acompañando la documentación complementaria siguiente: • Documento acreditativo de la inscripción de la entidad solicitante en el Registro de Asociaciones. • Certificado del acuerdo del órgano de gobierno sobre la formulación de la solicitud y aprobación del proyecto. • Copia de los estatutos. • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal. • Memoria de actividades. • Certificado bancario acreditativo del número de cuenta y su titular. 11.ª Plazo de solicitud. — El plazo para presentar solicitudes será de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el BOPZ. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, si el solicitante no ha aportado toda la documentación complementaria de carácter administrativo exigida, se le requerirá, concediéndole un plazo de diez días para que aporte los documentos preceptivos, con apercibimiento de que de no hacerlo se procederá al archivo del expediente. 12.ª Procedimiento de concesión. — Las propuestas de otorgamiento de subvenciones serán realizadas por la Comisión de Cultura, Deportes y Bienestar Social del Ayuntamiento y la resolución final corresponderá al alcalde. El plazo máximo de resolución de solicitudes será de cuatro meses, a contar de la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ. Transcurrido el mismo sin que se haya dictado resolución se entenderá desestimada la solicitud. La resolución de las solicitudes, que será comunicada a los interesados con la advertencia de las acciones legales oportunas, pondrá fin a la vía administrativa. 13.ª Obligaciones de los beneficiarios. — Las organizaciones que perciban subvención quedan obligadas al cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Hacer constar en la documentación, información y publicidad que emita que el proyecto o actividad está subvencionado por el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros. 2. Deberá informar al Ayuntamiento de cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente al desarrollo previsto del proyecto y sobre sus modificaciones, cuya realización deberá justificarse. 3. Deberá presentar la documentación que le sea requerida sobre la ejecución del proyecto y el grado de cumplimiento de objetivos. 4. Efectuado el pago de la subvención, la organización subvencionada emitirá certificado de haber registrado en su contabilidad la subvención percibida. 14.ª Justificación de la subvención. — Las organizaciones que perciban subvención, una vez finalizado el proyecto, deberán comunicarlo al Ayuntamiento de Ejea, y justificarán documentalmente la inversión realizada, para lo que deberán atenerse a lo siguiente: • Presentarán justificante, suscrito por la persona responsable del proyecto en el país en que se realiza, de haber recibido el importe de la subvención, así como de la ejecución del proyecto. • Aportarán facturas originales o compulsadas de todos los gastos realizados, o en su defecto certificado del técnico competente en el que se determine el importe de la inversión efectuada que no pueda justificarse documentalmente. 15.ª Verificación del proyecto. — La realización y ejecución de los proyectos subvencionados por la presente convocatoria podrá ser verificada en cualquier momento por el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros o por personas que éste designe. A tal efecto por la entidad subvencionada se facilitará la documentación e informes que se requieran. Se procederá al reintegro del importe de la subvención concedida en su totalidad o en parte, más los intereses de demora, en su caso, en los siguientes supuestos: 1. Cuando el proyecto no se llevase a cabo. 2. Cuando el proyecto se modificase sustancialmente sin haber justificado la necesidad y oportunidad de esa modificación.

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23 junio 2005

3. Cuando se incurra en cualquier incumplimiento de los consignados en las presentes bases. Además, el incumplimiento de lo estipulado en las presentes bases determinará la inhabilitación de la entidad para poder acceder a nuevas convocatorias de subvenciones. El Ayuntamiento de Ejea se reserva en dichos supuestos el ejercicio de las oportunas acciones legales y judiciales que correspondan. Ejea de los Caballeros, 1 de junio de 2005. — El alcalde, Eduardo Alonso Lizondo. EJEA DE LOS CABALLEROS

Núm. 7.063

Angel Laborda Forcén, en representación de Lacihostel, S.L., ha solicitado a este Ayuntamiento licencia de actividad para la instalación de un bar en la calle María Moliner, esquina con paseo de la Constitución, de Ejea de los Caballeros. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende realizar puedan formular por escrito, que presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones pertinentes durante el plazo de diez días hábiles. Ejea de los Caballeros, 6 de junio de 2005. — El alcalde, Eduardo Alonso Lizondo. GELSA

Núm. 7.056

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesto al público, por el plazo de quince días hábiles, el presupuesto general de esta Corporación para el ejercicio económico del año 2005, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno el día 10 de junio de 2005, a fin de que los interesados puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado período no se hubieran presentado reclamaciones. Gelsa, 13 de junio de 2005. — La alcaldesa, Francisca de la Torre Giménez. GELSA

Núm. 7.057

No habiéndose producido reclamaciones contra el expediente de modificación de créditos número 1 del ejercicio de 2004, queda el mismo definitivamente aprobado en base al acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento de Gelsa en sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2004, con el siguiente resumen por capítulos: Estado de gastos A) Aumentos (suplementos, créditos extraordinarios y transferencias): 1. Gastos de personal, 2.700. 2. Gastos en bienes corrientes y servicios, 81.985. 4. Transferencias corrientes, 5.110. 6. Inversiones reales, 54.300. Total aumentos, 144.095 euros. B) Disminuciones (transferencias y bajas por anulación): 2. Gastos en bienes corrientes y servicios, 17.095. Total disminuciones, 17.095 euros. Total gastos, 127.000 euros. Estado de ingresos A) Aumentos: 8. Activos financieros, 127.000. Total aumentos, 127.000 euros. Total ingresos, 127.000 euros. Aplicación del remanente de tesorería del ejercicio anterior: 127.000 euros. Suma disminuciones, mayores ingresos y aplicación remanente: 127.000 euros. Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ. Gelsa, 13 de junio de 2005. — La alcaldesa, Francisca de la Torre Giménez. GELSA

Núm. 7.058

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 193.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, se somete a información pública la cuenta general del ejercicio económico de 2004, con sus justificantes y el informe de la Comisión de Cuentas, por término de quince días hábiles. Durante este plazo y ocho días más los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones. Gelsa, 13 de junio de 2005. — La alcaldesa, Francisca de la Torre Giménez.

GELSA

13 Núm. 7.059

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 10 de junio de 2005, aprobó inicialmente el proyecto técnico de urbanización y renovación de pavimentos en calle Cubiertos, redactado por el ingeniero de caminos don José A. Fustero Jaso. De conformidad con lo establecido en los artículos 98.2 y 97.4 (dado que dicho proyecto contiene obras de urbanización) y concordantes de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, del expresado proyecto permanecerá expuesto en la Secretaría del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días hábiles, a efectos de examen y formulación, en su caso, de reclamaciones. De no presentarse reclamaciones se considerará aprobado definitivamente. Gelsa, 13 de junio de 2005. — La alcaldesa, Francisca de la Torre Giménez. GELSA

Núm. 7.060

RESOLUCION del Ayuntamiento de Gelsa de 10 de junio de 2005 por la que se anuncia licitación para la adjudicación mediante procedimiento abierto, por concurso, de las obras de urbanización y renovación de pavimentos en calle Cubiertos. 1. Entidad adjudicadora: a) Organo de contratación: Pleno del Ayuntamiento de Gelsa. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. 2. Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Son dos obras las incluidas conjuntamente en esta licitación, a saber: la de urbanización y renovación de pavimentos en calle Cubiertos. b) Lugar de ejecución: En la calle Cubiertos. c) Plazo de ejecución: Cuatro meses desde la firma del acta de comprobación del replanteo. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 116.627,86 euros, IVA incluido. En dicho precio se entiende incluido el IVA y el 1% para ensayos y control de calidad que figura en el pliego de prescripciones técnicas particulares. 5. Garantía provisional: 2.332,56 euros. 6. Lugar de obtención de fotocopias de documentación y lugar de consulta e información de ésta: a) Lugar donde pueden obtenerse fotocopias del proyecto y pliego de condiciones: Fotocopistería Arrondo (sita en Centro Independencia, local 78. Teléfono 976 219 257). b) Lugar donde pueden consultarse dichos documentos y obtener información, sin obtener fotocopias: Oficinas del Ayuntamiento de Gelsa. c) Domicilio del Ayuntamiento: Plaza Mayor, 1. c) Código postal y localidad: 50786 Gelsa. d) Teléfono y fax del Ayuntamiento: 976 179 170. e) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta el día y hora de finalización del plazo para presentación de ofertas. 7. Presentación de ofertas y documentación complementaria: a) Fecha límite de presentación: En horario de 9.00 a 14.00, durante el plazo de veintiséis días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, de acuerdo con el pliego de condiciones. b) Documentación a presentar: La establecida en los pliegos de condiciones económico-administrativas y técnicas. c) Lugar de presentación: Ayuntamiento de Gelsa (sito en plaza Mayor, 1, 50786 Gelsa, Zaragoza). 8. Apertura de ofertas: a) Entidad: Ayuntamiento de Gelsa. b) Domicilio: Plaza Mayor, 1. c) Localidad: Gelsa. d) Fecha: El segundo día hábil a aquel en que hubiere finalizado el plazo de presentación de proposiciones, o el inmediato hábil siguiente para el caso de que el mismo coincidiera en sábado. e) Hora: A las 21.00. 9. Gastos de anuncios: Por cuenta del adjudicatario, de acuerdo con el pliego de condiciones económico-administrativas. Asimismo se somete a información pública el pliego de cláusulas económico-administrativas y técnicas que ha de regir este concurso durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la aparición del presente anuncio en el BOPZ, al efecto de que durante el mencionado plazo los interesados presenten las reclamaciones que estimen pertinentes. Para el caso de que se presentaran reclamaciones al mismo, quedaría suspendida la licitación anteriormente anunciada. Gelsa, 13 de junio de 2005. — La alcaldesa, Francisca de la Torre Giménez. GELSA

Núm. 7.061

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, y en el artículo 63 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón, se somete a información pública por el

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plazo de un mes el expediente de modificación número 1 del Plan General de Ordenación Urbana de este municipio, en fase de aprobación inicial, a los efectos de que durante dicho plazo pueda ser examinado y presentarse alegaciones. Gelsa, 13 de junio de 2005. — La alcaldesa, Francisca de la Torre Giménez. LA PUEBLA DE ALFINDEN

Núm. 7.074

ANUNCIO relativo a notificación del Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén, a los interesados relacionados en el anexo, del acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador por presunta infracción a la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. No habiendo sido posible practicar la consiguiente notificación a las personas relacionadas en el anexo, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se procede a notificarles que por el señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén se acordó iniciar procedimiento sancionador por presunta infracción tipificada como grave según el artículo 34.3 b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, nombrando a Bernardo Palomo Clavero como instructor del expediente, y que los interesados tienen a su disposición en las oficinas de este Ayuntamiento (sitas en plaza de España, 1, entrada por calle Iglesia), haciendo constar que de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, pueden formular las alegaciones que estimen convenientes y aportar los documentos y proponer pruebas, concretando los medios de que pretendan valerse y que estimes convenientes en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia; sin embargo, no efectuadas estas alegaciones en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación, que se practica mediante la inserción de anuncio en el BOPZ, la resolución que inicia el procedimiento y que se les notifica en este acto podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento mencionado. La Puebla de Alfindén, 8 de junio de 2005. — El alcalde-presidente, Fernando Salvador Tolosana. ANEXO Relación que se cita Nombre y apellidos: Trans. Bombeos Bedmar, S.A. Número de expediente: EXM/2005/159. Fecha y lugar de los hechos: 9 de marzo de 2005, calle Planillo. Precepto infringido: Artículo 34.4, apartado c), de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE VILLAFELICHE Y MONTON

MARIA DE HUERVA

BOP Zaragoza.—Núm. 141 Núm. 7.256

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesto al público durante el plazo de quince días el expediente de la cuenta general del presupuesto (con toda la documentación exigida) correspondiente al ejercicio de 2004. Durante este plazo y ocho días más se admitirán reclamaciones referentes a dichos documentos. María de Huerva, 16 de junio de 2005. — El alcalde, José Luis Jaime Gil. PINSEQUE

Núm. 7.268

Teniendo previsto ausentarme del municipio durante los días 13 al 15 de junio de 2005, ambos incluidos, por el presente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo lo siguiente: Primero. — Delegar durante los días 13 al 15 de junio de 2005, ambos incluidos, la totalidad de las funciones que me corresponden como alcaldesa de este municipio en el primer teniente de alcalde don Juan Luis Melús MarquésJuste. Segundo. — Ordenar su publicación en el BOPZ y dar cuenta al Pleno de la presente resolución en el primer Pleno ordinario que se celebre. Pinseque, 9 de junio de 2005. — La alcaldesa-presidenta, María Pilar Sánchez Tajahuerce. SAN MATEO DE GALLEGO

Núm. 7.282

El Ayuntamiento de San Mateo de Gállego, en sesión plenaria celebrada el día 27 de mayo de 2005, en virtud de lo que establece el artículo 72.6 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, adoptó el siguiente acuerdo: Aprobar provisionalmente la modificación de la siguiente Ordenanza fiscal para el año 2006: —Ordenanza fiscal núm. 5, apartado a), impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana. Los citados acuerdos estarán expuestos al público por el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, a los efectos de poder ser consultados por los interesados y presentar cuantas alegaciones o reclamaciones consideren oportunas. De no producirse éstas, los acuerdos quedarán definitivamente aprobados y surtirán efectos a partir de su publicación definitiva, rigiendo mientras no se apruebe su modificación o derogación expresa. San Mateo de Gállego, 10 de junio de 2005. — El alcalde, J. Villagrasa Letosa.

Núm. 7.338

Transcurrido el período de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, se considera aprobado definitivamente el presupuesto de la Mancomunidad Intermunicipal de Villafeliche y Montón para el ejercicio de 2005, cuyo texto resumido por capítulos es el siguiente: Estado de gastos A) Operaciones corrientes: 1. Gastos de personal, 3.800. 2. Gastos en bienes corrientes y servicios, 24.186. 3. Gastos financieros, 29. Total operaciones corrientes, 28.015 euros. Total del estado de gastos, 28.015 euros. Estado de ingresos A) Operaciones corrientes: 3. Tasas y otros ingresos, 6.522. 4. Transferencias corrientes, 19.389. 5. Ingresos patrimoniales, 2.104. Total operaciones corrientes, 28.015 euros. Total del estado de ingresos, 28.015 euros. Igualmente se aprobó la plantilla de personal correspondiente al ejercicio 2005: —Una plaza de Secretaría-Intervención, grupo B (acumulación). —Una plaza de personal laboral con contrato de naturaleza eventual: Operario personal de instalaciones. Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 171.1 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Montón, 14 de junio de 2005. — El presidente por turno, Ignacio Muñoz Algás.

UTEBO

Núm. 7.261

RESOLUCION del Ayuntamiento de Utebo de 16 de junio de 2005 por la que se anuncia licitación para la adjudicación del contrato administrativo especial de organización y ejecución de actividades acuáticas, control de entradas, información a usuarios y gestión básica de las piscinas municipales. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Utebo. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c) Número de expediente: AE-1/05. 2. Objeto del contrato. a) Descripción del objeto: La organización y ejecución de actividades acuáticas, control de entradas, información a usuarios y gestión básica de las piscinas municipales. b) División por lotes y número: No. c) Lugar de ejecución: Utebo (piscinas municipales). d) Plazo de ejecución: Cuatro años. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación: Importe máximo, 1.166.817,50 euros. 5. Garantía provisional: 23.336,35 euros. 6. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Ayuntamiento de Utebo. b) Domicilio: Avenida de Zaragoza, 2. c) Localidad y código postal: Utebo 50180. d) Teléfono: 976 770 111. e) Telefax: 976 785 247. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta los diez días siguientes a la publicación de este anuncio en el BOPZ. 7. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica y financiera: Informe de institución financiera que declare la capacidad económico-financiera y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos empresariales frente a terceros por importe mínimo de 35.000 euros.

BOP Zaragoza.—Núm. 141

23 junio 2005

b) Solvencia técnica y profesional: Cláusula 6 del pliego de cláusulas administrativas. 8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: En horario de 9.00 a 14.00, de lunes a viernes, dentro del plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la aparición de este anuncio en el BOPZ. b) Documentación a presentar: La establecida en la cláusula 6 del pliego de cláusulas administrativas. c) Lugar de presentación: 1.º Entidad: Ayuntamiento de Utebo-Tesorería (Registro de Licitaciones). 2.º Domicilio: Avenida de Zaragoza, 2. 3.º Localidad y código postal: Utebo 50180. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta (concurso): Tres meses. e) Admisión de variantes (concurso): No. 9. Apertura de las ofertas: a) Entidad: Ayuntamiento de Utebo. b) Domicilio: Avenida de Zaragoza, 2. c) Localidad: Utebo. d) Fecha: —Sobre núm. 1: El día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas (acto cerrado). —Sobre núm. 2: El tercer día siguiente al anterior. —Sobre núm. 3: El décimoquinto día hábil siguiente al anterior. Para el caso de que los días indicados coincidiesen en sábado, la apertura se pospondrá al inmediato hábil siguiente. e) Hora: A las 14.00 horas para los sobres núms. 2 y 3. 10. Otras informaciones: Página web www.ayto-utebo.es. 11. Gastos de anuncios: Por cuenta del contratista, hasta un máximo de 1.200 euros. Asimismo se somete a información pública el pliego de cláusulas administrativas que ha de regir este concurso durante el plazo de quince días hábiles, al efecto de que durante el mencionado plazo los interesados presenten las reclamaciones que estimen pertinentes al mismo. Para el caso de que se presentaran reclamaciones quedaría suspendida la licitación anteriormente anunciada. Utebo, 17 de junio de 2005. — El alcalde. UTEBO Núm. 7.339 Habiendo sido aprobada provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios en la Escuela de Educación Infantil, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que en el mismo se haya presentado reclamación o alegación alguna, se considera aprobada definitivamente, siendo el texto íntegro de la misma el que a continuación se detalla: Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios en la Escuela de Educación Infantil Artículo 1.º De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19, en relación con el artículo 20, del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece la tasa por prestación de servicios en la Escuela de Educación Infantil. Hecho imponible Art. 2.º Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de servicios en la Escuela de Educación Infantil Municipal. Sujetos pasivos Art. 3.º Son sujetos pasivos el padre, la madre o el representante legal de quienes acudan a la Escuela Municipal Infantil, propiedad del Ayuntamiento de Utebo. Gestión Art. 4.º La prestación del servicio abarca desde el 1 de septiembre hasta el 31 de julio (once mensualidades), de 9.00 a 17.00 horas, con entrada y salida flexible. Cuantía de la cuota tributaria Art. 5.º 1. La cuantía de la tasa vendrá determina en función de la capacidad económica acreditada mediante la renta familiar declarada en el ejercicio anterior al curso de que se trate, conforme a las siguientes tarifas: Renta familiar anual

GRUPO 1: Renta familiar superior a 21.001 euros GRUPO 2: Renta familiar de 18.001 a 21.000 euros GRUPO 3: Renta familiar de 15.001 a 18.000 euros GRUPO 4: Renta familiar de 12.001 a 15.000 euros

Servicio mensual sin comedor

Servicio mensual con comedor

159,00

254,00

143,00

238,00

127,00

225,50

95,50

190,50

15 Servicio mensual sin comedor

Renta familiar anual

Servicio mensual con comedor

GRUPO 5: Renta familiar inferior a 12.000 euros 63,50 101,50 Las cuotas tributarias de las familias numerosas monoparentales o con más de un hermano matriculado en el centro se determinarán según el grupo de renta inmediatamente inferior. Dicha bonificación no afecta a los servicios extraordinarios descritos en el punto siguiente. 2. La cuota mensual por ampliación en una hora del horario de apertura normal (por la mañana o por la tarde) se establece en 21 euros/mes por cada hora o fracción hora. La cuota por hora extra ocasional fuera del horario de apertura normal sería de 2 euros/hora o fracción hora/día. La cuota por utilización ocasional de comedor es de 6 euros/día. 3. A efectos del sistema se considerará renta familiar los ingresos brutos anuales de la unidad familiar, entendiéndose por renta neta familiar la “parte general de la base imponible del IRPF previa a la aplicación del mínimo personal y familiar” considerándose unidad familiar la establecida para el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Las cuotas se determinarán tras la acreditación correspondiente de los ingresos mediante la presentación de: —Declaración de IRPF del año anterior al de la convocatoria de todos los miembros de la unidad familiar con obligación de presentarla o certificación de la Agencia Tributaria que avale su no presentación y nómina de fecha reciente, o certificado de retenciones del IRPF, o, si hay situación de paro, certificado del INAEM. La ocultación de fuentes de ingresos de cualquier naturaleza dará lugar, previa audiencia del interesado, a la revisión de la correspondiente cuota con efectos retroactivos. La posible variación de las circunstancias económicas o familiares del usuario, una vez determinada la cuota, deberá ser comunicada al Ayuntamiento de Utebo, no teniendo efecto hasta el curso escolar siguiente. Excepcionalmente, en el caso de que documentalmente se justificara de forma suficiente un cambio sustancial de las circunstancias económicas, dicha variación, previa valoración por los servicios municipales, tendrá efecto al mes siguiente de la decisión favorable del órgano municipal competente. Devengo y forma de pago Art. 6.º El devengo de la tasa se producirá el día 1 de cada mes. El pago se realizará mediante recibo mensual domiciliado en entidad bancaria por mensualidad anticipada durante la primera semana del mes. La falta de pago de dos mensualidades consecutivas conlleva la pérdida del derecho a la prestación del servicio. En el momento de la reserva de plaza se cobrará 90 euros en concepto de anticipo a cuenta de la última mensualidad del curso. En el caso de darse de baja antes del comienzo del curso, en septiembre u octubre, se le devolverá el 50%, y si la baja se solicita con fecha posterior a octubre, no se devolverá cantidad alguna. En el caso de que un usuario se diera de baja a lo largo del curso y solicitase el alta en el mismo curso, obteniendo de nuevo una plaza, deberá satisfacer la cantidad de 90 euros en concepto de anticipo a cuenta de la última mensualidad del curso. Infracciones Art. 7.º En todo lo relativo a las infracciones tributarias y su calificación, así como a las sanciones que a las mismas correspondan, se aplicará el régimen regulado en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la completan y desarrollan. Disposiciones finales Primera. — En lo no previsto específicamente en esta Ordenanza serán de aplicación las normas contenidas en la Ordenanza fiscal general. Segunda. — La presente Ordenanza fiscal y, en su caso, sus modificaciones entrará en vigor el 1 de septiembre de 2005 y afectará a todos los usuarios que soliciten matrícula para el curso escolar 2005/2006, permaneciendo vigente, sin interrupción, en tanto no se acuerde su modificación o derogación. Aprobación La presente Ordenanza fue aprobada con carácter definitivo el día 14 de junio de 2005. Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la aparición de este edicto en el BOPZ. Utebo, 16 de junio de 2005. — El alcalde. ZUERA Núm. 7.281 De conformidad con el artículo 93.2 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se hace pública la adjudicación del contrato, por procedimiento abierto, tramitación urgente, mediante concurso, para la ejecución de

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las obras de urbanización y electrificación de la unidad de ejecución núm. 3 del polígono industrial “El Campillo”, del PGOU de Zuera, en sesión extraordinaria del Pleno celebrada el 9 de junio de 2005, siendo la adjudicataria Construcciones de Obras Públicas J.A. López Giménez, por el importe 921.368,53 euros, IVA incluido. Zuera, 13 de junio de 2005. — El alcalde, Francisco Gracia Marcuello.

ADMINISTRACION DE JUSTICIA Juzgados de Primera Instancia Núm. 6.442

Don Angel Iribas Genúa, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Zaragoza; Hace saber: Que en el expediente de declaración de herederos abintestato seguido en este Juzgado al número 506/2005-MT, por el fallecimiento sin testar de Manuel Grao Aznar, nacido en Zaragoza el día 24 de febrero de 1926 y falleció en Zaragoza el día 21 de marzo de 2005 en estado de soltero y sin descendencia, siendo reclamada su herencia por sus hermanos de doble vínculo Joaquín y Ramona Pilar Grao Aznar y su sobrina María José Grao Luque, hija de su hermano premuerto José Miguel, se ha acordado por resolución de esta fecha llamar a los que se crean con derecho a su herencia para que comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de treinta días, a contar desde la publicación de este edicto, acreditando su grado de parentesco con el causante, bajo apercibimiento de que de no verificarlo les parará el perjuicio a que haya lugar en derecho. Dado en Zaragoza a dieciocho de mayo de dos mil cinco. — El magistradojuez, Angel Iribas Genúa. — La secretaria judicial. JUZGADO NUM. 13

Núm. 7.287

Don Angel Iribas Genúa, juez del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Zaragoza; Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de expediente de dominio núm. 10/2004-A, a instancia de la procuradora doña María Isabel Martín Gaspar, en nombre y representación de Santiago Izquierdo Asta, para la reanudación del tracto de la siguiente finca: Finca rústica. — Campo en término de Rabal de esta ciudad, partida de “Ranillas”, lindante; por el norte, con campo de José Palomar; por el este, con senda de herradura; por el sur, con campo de Fermina Zamora, y por el Oeste, con riego de herederos. Consta su cabida de doce cuartales un almud, medida de país, equivalente a 29 áreas 20 centiáreas. Tiene la entrada por senda de herradura y riegos del brazal de Puyol. Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Zaragoza, finca 8.176, al tomo 771, libro 219, folio 92. La finca se encuentra catastrada a nombre de Tomás Oros Lurbez. Por el presente, y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a Francisca, Venancio y Joaquina Oros Lerín, a Julia, Joaquín y Agustín Abad Oros, a Manuel y Francisca Oros Pérez, así como a los legales herederos desconocidos del fallecido Eugenio Oros Pérez, a Manuel, Juana, María y Miguel Oros Galilea, en calidad todos ellos de titulares registrales de la finca de autos, cuyo domicilio se desconoce; a José María Puyuelo, en calidad de vendedor de la finca objeto de autos, cuyo domicilio también se desconoce; igualmente cítese a Tomás Oros Lurbez, a cuyo nombre está catastrada la finca, así como a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publi-

BOLETIN OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA CIF: P-5.000.000-I Depósito legal: Z. número 1 (1958) Administración: Palacio de la Diputación de Zaragoza (Admón. del BOPZ) Plaza de España, número 2 - Teléfonos * 976 288 800 - Directo: 976 288 823 Talleres: Imprenta Provincial - Carretera de Madrid, s/n - Teléfono 976 317 836 Envío de originales para su publicación: Excma. Diputación Provincial de Zaragoza (Registro General) - Plaza de España, número 2, 50071 Zaragoza Correos electrónicos: [email protected] / [email protected]

cación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. Dado en Zaragoza a diez de junio de dos mil cinco. — El magistrado-juez, Angel Iribas Genúa. — El/la secretario/a judicial.

Juzgados de Instrucción JUZGADO NUM. 6

SECCION SEPTIMA

JUZGADO NUM. 13

BOP Zaragoza.—Núm. 141

Núm. 7.288

Doña María Jesús Sánchez Cano, secretaria del Juzgado de Instrucción núm. 6 de Zaragoza; Da fe y testimonio: Que en el juicio de faltas núm. 389/2005, por daños, siendo denunciantes José Luis Manero Gil, Manuel Martín Sánchez, Miguel Plaza Palazón, José Luis Muñoz Gascón, Pedro Angel Hernández Ibáñez, Fernando Alberto Hita Lasheras, David Muñoz Miguel, José Anglada Colomina y Sau Equipos Móviles de Campaña Arpa, se les ha acordado citar para la celebración del juicio de faltas indicado, que tendrá lugar el día 8 de julio de 2005, a las 12.20 horas, en la sala de vistas número 6. Se les hace saber que deberán comparecer con todos los medios de prueba de que intenten valerse en el acto del juicio (testigos, documentos, peritos...) y que podrán acudir asistidos de letrado, si bien éste no es preceptivo, apercibiéndoles que de residir en este término municipal y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérseles una multa, parándoles el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Y para que conste y sirva de citación a José Luis Muñoz Gascón, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOPZ, expido la presente en Zaragoza a trece de junio de dos mil cinco. — La secretaria judicial, María Jesús Sánchez Cano.

Juzgados de lo Social JUZGADO NUM. 2 Cédula de notificación

Núm. 7.290

Doña Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza; Hace saber: Que en el procedimiento de demanda núm. 296/2005 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Luis Ansó Tenías, contra Fondo de Garantía Salarial y la empresa Grupo Proviarsa Mantenimiento y Servicios Auxiliares, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: «Propuesta de providencia. — Secretaria judicial doña Pilar Zapata Camacho. — En Zaragoza a 8 de junio de 2005. — A la vista de la petición formulada, y habiendo sido acreditado el motivo alegado, se acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio señalados para el día 21 de junio de 2005, a las 11.30 horas, efectuándose un nuevo señalamiento el 5 de julio de 2005, a las 11.55 horas. Notifíquese la presente resolución a las partes. Y a la demandada notifíquese por medio de edictos, que se publicarán en el BOPZ. Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (art. 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo que propongo a su señoría para su conformidad. — La secretaria judicial. — Conforme: El ilustrísimo señor magistrado-juez». Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Grupo Proviarsa Mantenimiento y Servicios Auxiliares, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a diez de junio de dos mil cinco. La secretaria judicial, Pilar Zapata Camacho.

TARIFAS Y CUOTAS (Art. 7.º Ordenanza fiscal núm. 3 vigente) 1. Anuncios: 1.1. Cuando se remitan por correo electrónico o en soporte informático y cumplan las prescripciones técnicas establecidas en el Reglamento de gestión del BOPZ, de forma que permita su recuperación sin necesidad de realizar ningún trabajo de composición y montaje: —Anuncios ordinarios: Por cada carácter que integre el texto del anuncio, 0,025 euros. —Anuncios urgentes: Idem ídem, 0,050 euros. 1.2. Cuando se remitan en soporte papel y sea necesario transcribir el texto del anuncio: —Anuncios ordinarios: Por cada carácter que integre el texto del anuncio, 0,0300 euros. —Anuncios urgentes: Idem ídem, 0,0600 euros. 2. Información en soporte electrónico: 2.1. Cada página de texto de una disposición o anuncio: 0,05 euros. 2.2. Si se facilita en disquete, además: 1 euro. 2.3. Si se facilita en CD-ROM, además: 3 euros. 3. Suscripción al BOPZ para su recepción por correo electrónico: 10 euros/mes. 4. Suscripción al BOPZ en formato papel: 50 euros/mes.

El BOP de Zaragoza puede consultarse en las siguientes páginas web: http://bop.dpz.es o www.dpz.es