CONDICIONES TECNICAS PARA

PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL REPARTO E INSTALACION DE CARTELES CORRESPONDIENTE A LOS PERIODOS DE COBRO VOLUNTARIO 2015 DE S...
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PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL REPARTO E INSTALACION DE CARTELES CORRESPONDIENTE A LOS PERIODOS DE COBRO VOLUNTARIO 2015 DE SUMA GESTION TRIBUTARIA

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es la prestación de un servicio para la distribución e instalación de cartelería correspondiente a las campañas publicitarias de los periodos de cobro voluntario del ejercicio 2015, en los distintos municipios de la provincia de Alicante, en los que Suma tiene delegada la gestión y recaudación de tributos locales. Para ello se han establecido un total de 3 lotes. En cada uno de estos lotes se encajan las distintas varias Áreas de la organización territorial de Suma, que a continuación se detallan: LOTE 1. Áreas Vega Baja, Bajo Vinalopó y Torrevieja LOTE 2. Áreas del Vinalopó, L´Alacantí, Alicante ciudad y la Montaña LOTE 3. Áreas de Marina Alta, Marina Baja y Calpe.

CLÁUSULA SEGUNDA: CARACTERISTICAS Y SINGULARIDADES DE LOS LOTES El lote 1, comprende el pegado de carteles en las siguientes áreas y municipios.

AREA 1 .- ORIHUELA OF. ORIHUELA Y OF. PLAYA FLAMENCA 099 - Orihuela 025 - Benferri 044 - Bigastro 080 - Jacarilla OF. CALLOSA SEGURA 049 - Callosa de Segura 058 - Cox 074 - Granja de Rocamora 109 - Rafal 111 - Redován OF. PILAR HORADADA 151 - Pilar de la Horadada

AREA 2 .- BAIX VINALOPÓ OF. ELX CENTRO Y OF. ELX CARRÚS 065 - Elx OF. CREVILLENT 059 - Crevillent 055 - Catral 152 - San Isidro 005 - Albatera Of. Albatera OF. SANTA POLA 121 - Santa Pola OF. ASPE 019 - Aspe 077 - El Fondó de les Neus 078 - Hondón de los Frailes 1

AREA 9 .- TORREVIEJA OF. TORREVIEJA Y OF. LA MATA 133 - Torrevieja 120 - S. Miguel de Salinas 154 - Los Montesinos Of. Torrevieja Catastral OF. ALMORADÍ 012 - Algorfa 015 - Almoradí 024 - Benejúzar 034 - Benijófar 061 - Daya Nueva 062 - Daya Vieja 064 - Dolores 070 - Formentera del Segura OF. GUARDAMAR DEL SEGURA 076 - Guardamar del Segura 118 - San Fulgencio Of. Rojales 113 - Rojales

El lote 2, comprende el pegado de carteles en las siguientes áreas y municipios.

AREA 3 .- VINALOPÓ OF. ELDA 066 - Elda 105 - Pinoso 116 - Salinas Of. Monóver 089 - Monóver OF. NOVELDA 093 - Novelda 114 - La Romana 088 - Monforte del Cid 013 - Algueña OF. VILLENA 140 - Villena 043 - Biar 023 - Beneixama 051 - El Camp de Mirra 052 - Cañada Of. Sax 123 - Sax OF. PETRER 104 - Petrer

AREA 4 .- L'ALACANTÍ OF. EL CAMPELLO 004 - Aigües 046 - Busot 050 - El Campello 250 -Manc. L'Alacantí OF. SANT JOAN D'ALACANT 119 - Sant Joan d'Alacant 090 - Mutxamel 132 - La Torre de les Maçanes Of. Xixona 083 - Xixona OF. SANT VICENT DEL RASPEIG 002 - Agost 122 - S. Vicent del Raspeig AREA 8 .- ALICANTE OF. ALICANTE Poeta Vila y Blanco OF. ALICANTE Gran Vía OF. ALICANTE Pza. Ayuntamiento OF. ALICANTE Pza. La Viña 014 - Alicante

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AREA 7 .- MONTAÑA OF. ALCOI 009 - Alcoi 003 - Agres 007 - Alcocer de Planes 008 - Alcoleja 010 - Alfafara 016 - Almudaina 017 - L'Alquería d'Asnar 020 - Balones 021 - Banyeres de Mariola 022 - Benasau 028 - Beniarrés 032 - Benifallim 035 - Benilloba 036 - Benillup 038 - Benimarfull 039 - Benimassot 056 - Cocentaina

060 - Quatretondeta 067 - Facheca 068 - Famorca 072 - Gaianes 073 - Gorga 084 - L'Orxa 086 - Millena 092 - Muro de Alcoy 103 - Penàguila 106 - Planes 130 - Tollos 251 - Manc. El Xarpolar OF. IBI 079 - Ibi 129 - Tibi OF. ONIL 096 - Onil OF. CASTALLA 053 - Castalla

El lote 3, comprende el pegado de carteles en las siguientes áreas y municipios.

AREA 6 .- MARINA ALTA OF. DÉNIA 063 - Dénia 082 - Xàbia OF. PEDREGUER 026 - Beniarbeig 030 - Benidoleig 138 - El Verger 153 - Els Poblets 071 - Gata de Gorgos 095 - Ondara 101 - Pedreguer OF. PEGO 001 - Adsubia 029 - Benigembla 040 - Benimeli 054 - Castell de Castells 110 - El Ràfol d'Almúnia 134 - La Vall d'Alcalà 137 - La Vall de Laguart 091 - Murla 097 - Orba

100 - Parcent 102 - Pego 115 - Sagra 117 - Sanet y Negrals 131 - Tormos 135 - Vall d'Ebo 136 - Vall de Gallinera

AREA 5 .- MARINA BAIXA OF. BENIDORM 031 - Benidorm OF. LA VILA JOIOSA 139 - La Vila Joiosa 069 - Finestrat 098 - Orxeta 112 - Relleu 124 - Sella OF. L'ALFAS DEL PI 011 - L'Alfàs del Pi

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AREA 10 .- CALPE OF. CALPE 047 - Calp OF. TEULADA 128 - Teulada 042 - El Poble Nou de Benitatxell OF. BENISSA 006 - Alcalalí 41 - Benissa 085 - Llíber 125 - Senija 081 - Xaló OF. LA NUCIA 094 - La Nucia 107 - Polop

OF. ALTEA 018 - Altea OF. CALLOSA D'EN SARRIÀ 048 - Callosa d'en Sarrià 027 - Beniardá 033 - Benifato 037 - Benimantell 045 - Bolulla 057 - Confrides 075 - El Castell de Guadalest 127 - Tàrbena

CLÁUSULA TERCERA. REGULACIÓN DE LA PRESTACION DEL SERVICIO. Al inicio de cada uno de los periodos de cobro voluntario, el Departamento de Organización de Suma, editará y remitirá al contratante un documento con instrucciones específicas con las particularidades normativas que han de regir la prestación del servicio en dicho periodo. No obstante las normas generales que regularan la prestación de este servicio serán las que siguen:

1.- REPARTO Y PEGADO DE CARTELES. El reparto y pegado de la cartelería se desarrollará de acuerdo con las normas que seguidamente se detallan: 1.1- Los carteles se pegarán en las zonas que previamente se hayan indicado en cada municipio, según las indicaciones recibidas de los responsables de cada una de las Oficinas de Suma. Se realizará un reparto proporcional del número de ejemplares entre todas las zonas indicadas, de forma que ninguna de ellas quede sin cubrir. Si la empresa apreciara que alguna zona queda insuficientemente repartida lo comunicará al Departamento de Organización. 1.2.- De forma general, el pegado de carteles, se realizara en dos oleadas. En el primer plazo de pegado de carteles se cubrirá el total de las zonas especificadas en el anexo, que se entregará al adjudicatario en cada periodo de cobro voluntario, con el número de carteles que se aprecia en el mismo.

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Según se observen los resultados obtenidos en esta primera fase, cabe la posibilidad de modificar, limitar o especificar alguna de las zonas establecidas para la segunda fase de pegado, avisando de las modificaciones con un mínimo de diez días de antelación al comienzo de este segundo periodo de pegado. La empresa entregará una relación con los nombres de las calles y números de porterías o nombres de comercio o urbanizaciones donde pegar los carteles, que deben coincidir con que se indiquen en el apartado “LUGARES DE REPARTO” en el documento con instrucciones específicas, que se entregará al adjudicatario en cada una de las campañas voluntarias. Adicionalmente, y de forma particular, en algunos municipios podrá instarse una tercera oleada de pegado orientada a reforzar la comunicación en ciertas zonas, en función de circunstancias específicas e intereses concretos. En aquellos municipios cuyo número de carteles a pegar sea inferior a 50, el pegado de la cartelería se realizará en una única fase. En el resto de municipios se realizará en dos fases. 1.3.- La empresa deberá informar diariamente del desarrollo de sus actuaciones en orden a conocer los municipios en los que se han realizado los trabajos en el día anterior y la previsión para esa jornada. 1.4.- A la finalización del trabajo deberán entregarse informes acerca de los trabajos realizados en los municipios. 1.5.- Si fuera preciso la empresa contactará con los jefes de las oficinas de Suma para que ellos expliquen las calles o zonas donde se realizará del pegado y se les facilitara un plano del municipio señalando la ubicación de dichos lugares. En este caso la empresa remarcará en el plano efectivamente dónde realiza el pegado. 1.6.- Los carteles se pegaran a una altura mínima de un metro y medio desde el suelo, ubicándose en los siguientes espacios: *Inmuebles. En las porterías, cerca de los buzones de correos o centros sociales de las urbanizaciones. *Comercios, preferiblemente en el escaparate o en el interior del comercio. *Entidades bancarias colaboradoras *Organismos Públicos excepto Ayuntamientos. 1.7.- La empresa adjudicataria deberá estar al tanto de la regulación específica de esta actividad en aquellos municipios en los que se realice. En cualquier caso no se pegarán Carteles en los siguientes espacios:

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Mobiliario Urbano (farolas, papeleras, mupis, opis, marquesinas, paredes, etc.. ) Cabinas de Teléfonos Ayuntamientos Lugares donde expresamente se indique la prohibición de pegar carteles.

CLÁUSULA CUARTA: MEDIOS La empresa deberá disponer de los medios suficientes para prestar el servicio que se pretende y su objeto social ser el de “distribución de publicidad y pegado de carteles. Deberá disponer de un local en Alicante, para su logística así como de medios de transporte adecuados para la prestación del servicio. En cuanto al personal, deberá indicar el número de trabajadores que utilizará para prestar el servicio.

CLÁUSULA QUINTA: GARANTIAS La empresa adjudicataria será responsable de los daños, desperfectos y posibles infracciones que se produzcan en el proceso de prestación de este servicio. A tal objeto, la empresa deberá contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra las reparaciones de los daños que pueda causar en cualquier tipo de bienes o personas, garantizando con ello la reparación de tales daños y las posibles indemnizaciones a los afectados.

CLÁUSULA SEXTA: EJECUCION Y DURACION DEL CONTRATO El pegado de carteles se realizará en todas las áreas establecidas en la cláusula segunda, en las fechas determinadas por el Departamento de Organización estructurándose en dos periodos, dentro de cada uno de los plazos de cobro voluntario. En la segunda voluntaria, se mantendrá el mismo criterio de distribución en dos periodos, excepto en el Área del Interior y la Montaña, en las que únicamente se realizará un pegado, efectuándose en el segundo de los periodos establecidos. Estos plazos podrán ser ampliados o modificados cuando medien circunstancias que lo justifiquen, repercutiéndose penalizaciones en el supuesto de incumplimiento de los mismos.

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En este sentido, y de forma adicional, podrá proponerse un tercer pegado en algún municipio (por tanto en cualquiera de los tres lotes) que se desarrollará en los últimos días del periodo voluntario, cuando se considere necesario reforzar la presencia publicitaria para tratar de obtener mejores resultados. Los trabajos deberán desarrollarse en los plazos establecidos y según las condiciones que se han determinado en el presente Pliego de Condiciones Técnicas. Las relaciones correspondientes a la finalización de dichos periodos de ejecución de los trabajos se entregarán de forma inmediata, una vez acabados los mismos. En el mismo día que se finalice el pegado de un municipio y en cada uno de los dos periodos de cobro voluntario, la empresa informará mediante fax o correo electrónico dirigido a las Oficinas Centrales (Departamento Organización [email protected]) de la fecha concreta de finalización del municipio realizado. Igualmente comunicará a Suma Gestión Tributaria cualquier incidencia que se haya presentado en la ejecución del mismo. El periodo de ejecución del contrato se extenderá entre los meses de marzo y noviembre de 2015.

CLÁUSULA SEPTIMA: CONTROL Y DIRECCION DE LOS TRABAJOS Los trabajos que desarrolle la empresa que se contrate serán dirigidos por un técnico competente de la misma, que será el responsable de los tales trabajos, responsabilizándose de la correcta ejecución de los mismos con arreglo a las normas aquí establecidas. Corresponderá al Departamento de Organización de Suma, y en particular a la Coordinadora Jefa de Voluntarias, en nombre de Suma, la supervisión, control y aprobación de los trabajos, así como determinar las correcciones que se estimen oportunas, con el apoyo de los responsables de la estructura territorial de oficinas de Suma.

CLÁUSULA OCTAVA: PENALIZACIONES El incumplimiento de las condiciones expuestas en el presente contrato podrá dar lugar a penalizaciones en la factura. Las penalizaciones aplicables serán las siguientes: a. Se penalizará con un 10% del importe facturado por el municipio en que no se cumplan cada una de las condiciones expuestas en la cláusula segunda.

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b. Se penalizará con un 5% del importe facturado por el municipio en que no se cumpla cualquier otra de las condiciones expuestas.

La responsabilidad en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas no será asumida por Suma sino por la empresa adjudicataria. El personal de Suma realizará las comprobaciones de que la prestación del servicio se realiza en los lugares indicados y en caso de incumplimiento, se realizará el trabajo según los lugares que constan en el Anexo a cargo de la empresa en el plazo máximo de una semana desde la comunicación de la incidencia.

CLÁUSULA NOVENA: PRESUPUESTO Y PRECIOS UNITARIOS POR LOTES Teniendo en cuenta la estimación en el número de carteles a repartir, el importe máximo que se fija (licitación) para la adjudicación es de 84.700 euros, impuestos, seguros y gastos incluidos de los cuales 14.700 euros corresponden al IVA. Este presupuesto se reparte entre los tres lotes detallados al inicio, con arreglo a la siguiente distribución: LOTE 1. Áreas Vega Baja, Bajo Vinalopó y Torrevieja. Presupuesto máximo de 23.500,00.- euros, más el 21% de IVA. Se establece como precio máximo unitario, los 0,748 € por cartel más el correspondiente al IVA, con una previsión inicial de 31.000 carteles entre los dos periodos de cobro voluntario. LOTE 2. Áreas del Vinalopó, L´Alacantí, Alicante ciudad y La Montaña, con un presupuesto máximo de 26.500,00.- euros, más el 21% de IVA. Se establece como precio máximo unitario, los 0,706 € por cartel más el correspondiente al IVA, con una previsión inicial de 37.000 carteles entre los dos periodos de cobro voluntario.

LOTE 3. Áreas de Marina Alta y Marina Baja., con un importe máximo de 20.000,00.- euros, más el 21% de IVA. Se establece como precio máximo unitario, los 0.789 € por cartel más el correspondiente al IVA, con una previsión inicial máxima de 25.300 carteles entre los dos periodos de cobro voluntario. 8

El precio de adjudicación se viene establecido sin IVA, lo que se detalla en cada cantidad, no obstante, más allá del IVA, han de entenderse incluidos todo tipo de impuestos, seguros y cualquier otro gasto. Se trata asimismo, de un presupuesto máximo que está condicionado por las necesidades reales de SUMA, sin necesidad que ello implique agotar el presupuesto asignado a cada lote, ni llevar una cantidad determinada de ejemplares. En el caso de que el un mismo licitador resulte adjudicatario de varios lotes podrá trasvasar los presupuestos asignados a cada lote adjudicados.

CLÁUSULA DÉCIMA: FACTURACION El adjudicatario emitirá una factura con objeto del presente contrato que deberá describir de forma detallada todas las actuaciones llevadas a cabo, haciendo distinción entre los diferentes Lotes objeto de este contrato. Dicha factura se emitirá una vez finalizado cada uno de los plazos del periodo voluntario. Alicante, 16 de Enero de 2015 EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMAGEN Y COMUNICACIÓN

Manuel E. Fernández Roselló

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