PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES QUE REGIRÁ LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE RECOGIDA, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS URBANOS, LIMPIEZA VIARIA Y LIMPIEZA DE PLAYAS DE OROPESA DEL MAR (CASTELLÓN) BAJO LA MODALIDAD DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA.

CAPITULO I - OBJETO DEL CONTRATO

Artículo 1.El presente contrato tiene por objeto la gestión del servicio público municipal de recogida de residuos urbanos, voluminosos, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos, limpieza de playas y limpieza viaria, del municipio de Oropesa del Mar, conforme a las condiciones y características indicadas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas.

Artículo 2.Una vez estudiadas las ofertas y a la vista de los informes técnicos, el Ayuntamiento procederá a la adjudicación definitiva de los servicios o declararlo desierto si quedara patente la inexistencia de garantías suficientes por parte de las ofertas presentadas, con arreglo a este Pliego, o hubiese una incapacidad económica en el Presupuesto Municipal para poder acometer el pago de dichos servicios.

Artículo 3.Cada uno de los servicios se realizará en los términos que se indican en los artículos sucesivos, definiéndose asimismo, su ámbito territorial y funcional.

Artículo 4.Todos los servicios se efectuarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Prescripciones, al Pliego de Cláusulas Administrativas y a lo que se determine a través del contrato de adjudicación de los servicios objeto del contrato.

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La prestación de los servicios se regirá por: • • • • • • • •

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas. El Pliego de Cláusulas Administrativas. El documento contractual que se establezca entre el Ayuntamiento y el Concesionario. La Ley de las Bases del Régimen Local 7/1985 Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986 Ley de Contratos del Sector Público Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Cualquier otra legislación que resulte de aplicación.

CAPITULO II - ÁMBITO TERRITORIAL DEL CONTRATO

Artículo 5.El ámbito territorial del contrato será todo el termino municipal de Oropesa del mar. A efectos de redacción del proyecto de gestión del servicio, el ámbito territorial del contrato se divide en las siguientes zonas: 5.1.- Zona Casco Urbano 5.2.- Zona Playa 5.3.- Zona de Urbanizaciones. 5.4.- Zona de Polígonos Industriales

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CAPITULO III .- SERVICIOS OBLIGATORIOS A REALIZAR Y SU PRESTACIÓN Artículo 6.Los Servicios comprendidos en el presente contrato son los siguientes:

6.1.- Limpieza Viaria.A los efectos de lo previsto en este pliego de Prescripciones se entenderá por limpieza de vía pública los siguientes servicios: 6.1.1.- Limpieza de calzadas, zonas peatonales, aceras y bordillos en la totalidad de las vías públicas. 6.1.2.- Limpieza de manchas, aceites, grasas, excrementos de animales (proponiendo el adjudicatario un sistema operativo y eficaz para la eliminación de excrementos caninos), etc. 6.1.3.- Limpieza de restos materiales como consecuencia de los accidentes de tráfico. 6.1.4.- Riego y baldeo de las vías públicas. 6.1.5.- Vaciado de las papeleras instaladas en la vía pública y en los jardines públicos abiertos. 6.1.6.- Limpieza de alcorques y elementos protectores de los árboles de alineación, entendiendo como tal la recogida de residuos y desperdicios acumulados en los mismos. 6.1.7.- En época de caída de las hojas la empresa adjudicataria dispondrá la retirada de hojas y residuos depositados en las vías públicas. 6.1.8.- Se procederá a la limpieza de los residuos depositados al aire libre, consecuencia del mercado/os que se realicen; dicha recogida se efectuará al finalizar el mercado, a partir de las 14 h. con una duración máxima de tres (3) horas. 6.1.9.- Limpieza de los mercadillos que esporádicamente se celebran en distintas zonas urbanas, asimismo se incluye la limpieza en fiestas patronales (festejos y grandes concentraciones que se celebren en la ciudad habitualmente.)

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6.1.10.- Limpieza de sumideros e imbornales. 6.1.11.- Limpieza de los sumideros de los colectores de pluviales visitables, en el caso que los hubiera.

6.1.12.- Limpieza de viales, tras situaciones climatológicas excepcionales (lluvias torrenciales, etc.). 6.1.13.- Limpieza de las zonas peatonales y estanciales en parques y jardines públicos. 6.1.14.- Inspección ocular periódica, con filmación, de los colectores de pluviales visitables, en el caso que los hubiera. Fechas de inspección anuales previstas: a mediados de verano (agosto) y otoño (noviembre). 6.1.15.- Cualquier otro servicio relacionado con el objeto del contrato, además de los señalados en los apartados anteriores, que el Ayuntamiento estime oportuno. 6.1.16.- El Ayuntamiento, siempre que lo estime oportuno, se reserva la facultad de poder ordenar a la empresa contratista, sin estar su precio en la cuantía del contrato, sino que abonará a parte según resulte de los precios unitarios ofertados, los siguientes trabajos: 6.1.16.1.- Limpieza de carteles y pintadas en espacios no autorizados. 6.1.16.2.- Limpieza de residuos próximos a vías de comunicación dentro del término municipal y fuera de las zonas que en artículos siguientes se establecen como de limpieza obligatoria dentro del presente contrato. 6.1.16.3.- Cualquier otro servicio relacionado con el objeto del contrato, además de los señalados en los apartados anteriores, que el Ayuntamiento estime oportuno.

6.2- Mantenimiento de papeleras. A efectos de lo previsto en este Pliego de Prescripciones se entenderá por mantenimiento de papeleras, los siguientes servicios: 6.2.1.- Limpieza y lavado de las papeleras, dos veces por año, en las fechas que considere más conveniente el Ayuntamiento. En principio se establece un lavado antes del verano y otro después. 6.2.2.- Reposición de papeleras, entendiendo por tal la sustitución o reparación de las Página 4 de 28

papeleras que se hayan deteriorado por cualquier causa. Las empresas licitadoras presentarán en su oferta, el número, modelo y ubicación de las papeleras existentes en el municipio. Se adjunta cuadro a modo de ejemplo.

MODELO PAPELERA Nº UNIDADES MODELO PAPELERA Nº UNIDADES Modelo 1

Modelo 7

Modelo 2

Modelo 8

Modelo 3

Modelo 9

Modelo 4

Modelo 10

Modelo 5

Modelo 11

Modelo 6

Modelo 12

6.2.3.- Todos los modelos de papeleras de fundición de hierro o estructura metálica, en el caso que las hubiera, deberán pintarse anualmente. 6.2.4.- Los "graffities" que puedan aparecer en las papeleras se limpiarán con productos adecuados y no abrasivos. 6.2.5.- Se establecerá un plan especial de ubicación de nuevas papeleras para excrementos de animales a lo largo de plazas públicas, parques y jardines urbanos.

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6.3.- Otros Servicios Complementarios.6.3.1.- Se realizarán, al menos, dos inspecciones anuales de los colectores subterráneos de aguas de pluviales visitables, en el caso que los hubiera. Se propondrá un plan de trabajo e inspección. Además, se suministrará a los servicios técnicos municipales una filmación en vídeo de la totalidad de cada inspección del colector, en formato, calidad y resolución estándar DVD. Se procederá a la limpieza y retirada de impropios y cualesquiera otros residuos u obstáculos que puedan retirarse con el contrato de dos operarios y útiles manuales de limpieza viaria. Queda excluido el uso de maquinaria automotor, robotizada u obra civil. 6.4 El Servicio de recogida de RU comprende las prestaciones siguientes. 6.4.1.-

Recogida

y

transporte

de

RU

y

procedentes

de

la

normal actividad doméstica y comercial. 6.4.2.- Recogida y transporte de basuras y residuos de establecimientos comerciales, hostelería, entidades profesionales, etc.. y aquellos residuos asimilables a las basuras domiciliarias, procedentes de clínicas, ambulatorios, etc.... 6.4.3.- Recogida y transporte de residuos procedentes del mercado, mercadillo, y rastro municipal . 6.4.4.- Recogida y transporte de los residuos procedentes de la limpieza viaria. 6.4.5.-Recogida

de

RU

que

aparezcan

vertidos

o

abandonados en las vías públicas. 6.4.6- Recogida y transporte de muebles y enseres domésticos desechables. 6.4.7.- Recogida selectiva. El licitador propondrá un plan de recogida selectiva de vidrio, papel, cartón, plásticos y latas, debiendo justificar los sistemas empleados para cada material, los equipos a utilizar y los horarios y periodicidad de las recogidas. La recogida selectiva se efectuará en tres fases diferenciadas: ·

Recogida selectiva de vidrio, para lo que se usarán contenedores verdes.

·

Recogida selectiva de papel, para lo que se utilizarán los contenedores azules.

·

Recogida selectiva de envases ligeros, para los que se destinarán contenedores Página 6 de 28

amarillos. Los contenedores dedicados a la recogida selectiva tendrán una capacidad mínima de 2500 litros. El plan de recogida selectiva se diseñará de modo que en circunstancias normales no pueda producirse colmatación de la capacidad de los contenedores y los subproductos deberán transportarse y depositarse en las instalaciones de un gestor autorizado. En todo caso, correrán a cuenta del adjudicatario todos los costes del mencionado plan.

6.4.8.- Limpieza,

mantenimiento, conservación y reposición de recipientes normalizados

de recogida de basuras.

Se entiende por transporte el traslado de los residuos desde la población de Oropesa del Mar, hasta la planta de tratamiento o transferencia designada en el Plan Zonal I.

Dentro del ámbito de la Recogida de RU, no son objeto de la prestación los servicios siguientes: - Recogida de residuos de carácter marcadamente industrial. - Los que puedan considerarse como residuos tóxicos o peligrosos. - Retirada de vehículos abandonados en la vía pública. - Recogida de escombros procedentes de obras ya sean de carácter público o privado, incluso los residuos originados en reparaciones domiciliarias. - Recogida de productos decomisados.

6.5.- Limpieza de Playas.-

A los efectos de los previsto en este Pliego de Condiciones se entenderá por limpieza de Playas los siguientes servicios: 6.5.1.- Vaciado de las papeleras instaladas en las playas. 6.5.2.- Limpieza manual de las zonas donde se requiera esta operación.

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6.5.3.- Retirada de algas que aparecen en las orillas de las playas. 6.5.4.- Aireación de la arena. Se realizará para evitar el apelmazamiento de la arena, a la vez que sirve para desenterrar suciedad oculta. 6.5.5.- Cribado de la arena para proceder a la eliminación de residuos y cuerpos extraños que hayan sido depositados en la arena de playa. 6.5.6.- Desinfección de la arena, operación para la aplicación de bactericidas, funguicidas e insecticidas. 6.5.7.- Acondicionamiento de todas las zonas de desagües y zonas de salida de aguas naturales. 6.5.8.- Desbroces de los límites de las playas, estos serán mecánicos o manuales.

CAPITULO IV.- INSTALACIÓN DE CONTENEDORES

Artículo 7.El adjudicatario propondrá, de acuerdo con su plan de trabajo, la ubicación de contenedores (cuyas características definirá) de RSU, selectiva y aquellos destinados para depositar diariamente los restos de la limpieza viaria. Quedando terminantemente prohibido depositar residuos de limpieza en los contenedores de R.S.U. ubicados en la vía pública por parte de los operarios de la empresa contratista. También se hará cargo del transporte hasta la Planta de Transferencia o eliminación de R.S.U. que se disponga en el Plan Zonal I. Será obligación del contratista la limpieza y perfecto estado de policía de los contenedores ubicados en la vía pública.

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CAPÍTULO V.- DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS

Artículo 8.El ámbito territorial del conjunto de los Servicios que constituyen la prestación de los servicios es el término municipal de Oropesa del Mar Artículo 9.El adjudicatario pondrá en los casos de emergencias o situaciones excepcionales a disposición municipal la totalidad de los medios que el Ayuntamiento considere oportunos dentro de los que figuren en la oferta. Artículo 10.Corresponde a las empresas licitadoras proponer para cada uno de los servicios definidos en el Artículo 6 los sistemas más eficaces de limpiezas; ateniéndose en todo momento al tipo de servicio demandado por el Ayuntamiento; y cuyas características se definen a continuación:

10.1.- Servicio de Limpieza Viaria Se planteará la organización del servicio de Limpieza Viaria del Término Municipal de Oropesa del Mar, para ello se procederá a la confección de un plan de trabajo que dé como resultado el conseguir la completa limpieza de las calles, plazas, parques y jardines, vías, avenidas, comprendidas en los viales urbanos, y en general, todos los lugares públicos urbanizados del Término Municipal. El alcance de estos servicios comprenderá todos los descritos en el Artículo 6.1. y se programarán de forma que, salvo causas de fuerza mayor, se presten con la eficacia y periodicidad que se determinen en este Pliego. Descripción de los servicios.10.1.1.- Las operaciones de limpieza a partir de las cuales los licitadores deberán definir dentro del ámbito del contrato, el conjunto de la oferta propuesta, son las siguientes: - Limpieza viaria de las aceras, calzadas, plazas, paseos, parques y jardines, etc. en base a la realización de las siguientes modalidades de servicios:

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* Barrido manual de aceras y/o calzadas. * Barrido mecánico. * Barrido de mantenimiento. * Barrido-baldeo manual de aceras y/o calzadas. * Baldeo mecánico de las calzadas. * Limpieza de escaleras y túneles. * Limpieza de excrementos de animales. * Limpieza de sumideros e imbornales. * Servicios de limpieza de acción inmediata * Servicios de limpieza en domingos y festivos. * Servicios de Fiestas Patronales (Vaquilla del Ángel) y Eventos. * Servicios de limpieza de caminos.

Consistiendo cada uno de lo/servicios en: Barrido manual: consistirá este servicio en limpiar debidamente las calzadas y aceras de las calles y muy especialmente las proximidades de los bordillos y por debajo de los vehículos aparcados. También incluye esta operación la limpieza de los alcorques de los árboles y vaciado de todas las papeleras, en donde las hubiese. Este tipo de barrido responsabilizará a cada operario o brigadilla a realizar la limpieza del sector que se le asigne. Realizando el barrido, siguiendo un itinerario prefijado, de las aceras, áreas peatonales y franjas de calzadas colindantes con los bordillos de las avenidas, calles y plazas de su sector. La limpieza se realizará siempre con posterioridad a la recogida de R.S.U.. Cualquier excepción a lo anterior deberá ser aprobada por los Servicios Técnicos Municipales.

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Barrido mecánico: consiste en la recogida mediante una máquina barredora autopropulsada, con recogida por aspiración de los pequeños residuos situados a una distancia inferior a unos dos metros de la línea de bordillo de los viales que cumplen estas condiciones. Esta operación de limpieza mecanizada se realizará en todas las calles que sea posible la utilización de máquinas barredoras. Estos Servicios estarán coordinados con los de barrido manual, baldeo mecánico y recogida de papeleras, de tal manera que no se interfieran unos con otros, sino que se complementen. Baldeo: como superación de las técnicas de riego más avanzadas, podrá combinar los medios mecánicos (cuba o baldeadora) con los manuales. Limpieza de excrementos de animales: este servicio consistirá en la recogida y eliminación de los excrementos de animales domésticos, vertidos incontroladamente en aceras, alcorques de árboles, etc. Se propondrá por el licitador un sistema eficaz y con alto rendimiento de recogida de los mismos. Limpieza de sumideros e imbornales: consistirá este servicio en la limpieza e higienización de cada uno de los registros situados en las calzadas, aceras, plazas, paseos, parques y jardines de todo el municipio. 10.1.2.- A partir de las 14 horas, se realizará una limpieza del mercado semanal, en caso que lo hubiera, seguida, si es necesario, del correspondiente baldeo. En caso de ser suprimido por festivo o causa de fuerza mayor, esta limpieza será realizada a continuación de la finalización del mercadillo, el día que se celebre. 10.1.3.- La limpieza de las calles y plazas que recorren las cabalgatas, procesiones, u otros actos de carácter lúdico-festivo o que presenten aglomeraciones de público, deberá realizarse a continuación del fin de la concentración. 10.1.4.- Toda el agua que haya de emplearse en los servicios de Riego y Baldeo, será tomada de la red general de agua potable de la población o bien en su caso de la procedente de la Estación Depuradora de Aguas Residuales. Sin embargo, estará absolutamente prohibido tomarla sin que exista interpuesto un contador fijo o portátil para proceder a la facturación del agua consumida por parte del contratista de la gestión de Página 11 de 28

la red de agua potable del municipio. Se realizará, por parte del adjudicatario, un plano con las bocas de riego y tomas de agua existentes. 10.1.5.- El licitador presentará el estudio técnico correspondiente de organización y de dotación para llevar a cabo el servicio con el máximo rendimiento.

10.2.- Servicio de Mantenimiento de Papeleras La empresa adjudicataria deberá mantener y reponer, si es necesario, todas las papeleras existentes en zonas públicas, de propiedad municipal. Tanto si se detecta el desperfecto por el adjudicatario como por el Ayuntamiento, la empresa procederá a su reparación. En el precio de mantenimiento a ofertar se deberá separar el coste unitario del lavado de papelera, por si se decidiese aumentar el número de lavados. La empresa contratista confeccionará un plano con la ubicación de las distintas papeleras. El Ayuntamiento, tras la correspondiente verificación, resolverá en un documento firmado por ambas partes el total de unidades de cuya conservación se va a encargar el contratista. Durante los 5 días siguientes al de la firma del contrato, se revisarán todas las papeleras existentes para comprobar que se encuentran en buen estado, firmándose el plano indicado anteriormente. A partir de la fecha de conformidad con el citado plano comenzará la prestación del servicio. Dicho plano, que será actualizado en función de la posible ubicación de nuevas papeleras, servirá para pasar revista tanto de la limpieza como de los deterioros que se produzcan.

10.3.- Servicios complementarios 10.3.1.- Dos veces al año se efectuarán inspecciones-limpiezas de los colectores subterráneos de aguas de pluviales visitables, en el caso que los hubiera.. Siendo las fechas previstas de inspección: a mediados de verano (agosto) y otoño (noviembre). El servicio se realizará con las debidas condiciones de seguridad, y tendrá como objeto final los siguientes extremos:

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Comprobación del estado de canalización.



Retirada de la suciedad e impropios que se pudieran haber acumulado, de acuerdo con lo especificado en el artículo 6.3.1.



Filmación del estado final de la conducción, con calidades y soportes de imagen mencionados anteriormente.

obtención

de

las

10.3.2.- La frecuencia de limpieza de sumideros e imbornales se realizará, como mínimo, dos veces al año, mediante recogida de los residuos acumulados, limpieza de los registros con agua a presión y productos desinfectantes y desodorizantes.

10.4.- Servicio de recogida y transporte de RU Corresponde a las empresas licitadores proponer para cada uno de los servicios definidos en el Art. 6, los sistemas más eficaces de recogida de los R.U. en sus etapas: -

Recogida

-

Recogida selectiva

-

Transporte a la instalación de tratamiento o transferencia marcada en el Plan Zonal I

-

Ubicación, tipo y número de contenedores instalados.

-

Lavado y mantenimiento de contenedores.

-

Recogida de muebles, enseres y Objetos Voluminosos

Definirán con todo detalle proyecto de organización para cada uno de los servicios contemplados, con sujeción estricta a las condiciones establecidas en este capítulo, de tal forma que se cumpla el objetivo fundamental de recoger los residuos adecuadamente. Los estudios técnicos redactados por el licitador adjudicatario formarán parte como anexo al contrato administrativo. El recorrido será tal que queden recogidos todos los contenedores distribuidos a lo largo del término municipal.

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Los licitadores en sus ofertas, a título orientativo, propondrán los horarios que mejor se adapten a las condiciones de la ciudad y a los sistemas de recogida propuestos. Sin que ello no menoscabe la fijación de los horarios por los Servicios Técnicos Municipales. Se prestará el servicio de Recogida de Basuras con una frecuencia diaria, incluidos domingos y festivos. El horario de recogida deberá ser preferentemente nocturno salvo en casos que se determine otro horario de acuerdo con los responsables de Ayuntamiento. El adjudicatario deberá tener el máximo cuidado en la ejecución de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder inmediatamente a la limpieza de los productos que eventualmente se puedan verter en la maniobra y quedando totalmente prohibido el rebusco, selección o cualquier otra manipulación con las basuras. Los objetos de valor que el contratista encuentre en la basura o productos de los diferentes servicios que se contraten, deberán ser puestos en conocimiento del Excmo. Ayuntamiento. Las basuras serán transportadas inmediatamente después de su recogida a la planta de tratamiento o vertedero controlado de residuos sólidos, sin que pueda quedarse en ningún otro lugar, ni siquiera en los propios vehículos de transporte. Queda totalmente prohibido al concesionario el almacenamiento de basura (incluso temporalmente), tanto de procedente de la recogida domiciliaria como de cualquier otro origen.

Queda prohibida la descarga de basuras en cualquier otro punto que no sea el mencionado.

10.5.- Servicio de Limpieza de Playas Se planteará la organización del Servicio de Limpieza playas del Término Municipal de Oropesa del Mar., para ello se procederá a la confección de un plan de trabajo que dé como resultado el conseguir la completa limpieza de las playas

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Descripción de los servicios.-

10.5.1.- Las operaciones de limpieza de playas a partir de las cuales los licitadores deberán definir dentro del ámbito del contrato, el conjunto de la oferta propuesta, son las siguientes:

- Limpieza y mantenimiento de las playas y calas en base a la realización de las siguientes modalidades de servicios:

* Recogida de papeleras. * Limpieza manual. * Retirada de algas. * Aireación y batido de la arena. * Cribado de la arena. * Acondicionamiento de desagües y superficie. * Desbroce de los límites de playa y accesos. * Mantenimiento y limpieza de las pasarelas * Limpieza y baldeo de los emplazamientos en la vía pública de los contenedores de recogida de residuos.

La empresa adjudicataria deberá mantener y reponer, si es necesario, todas las papeleras existentes en las playas, de propiedad municipal.

Las empresas licitadoras confeccionarán un plano con la ubicación

de las distintas

papeleras. El Contratista aceptará con su firma el total de unidades de cuya conservación se va a encargar. Durante los 10 días siguientes al de la firma del contrato, se revisaran todas las papeleras existentes para comprobar que se encuentran en buen estado, firmándose el plano indicado anteriormente.

Dicho plano servirá para pasar revista tanto de la limpieza como de los deterioros que se Página 15 de 28

produzcan.

10.5.2.- El licitador presentará el estudio técnico correspondiente de organización y de dotación para llevar a cabo el servicio con el máximo rendimiento.

10.5.3.- Los horarios de trabajo que se realicen con medios mecánicos se realizarán a partir de las 22 horas, para tener a primera hora un perfecto estado de las playas; serán matutinos o vespertinos aquellos que correspondan a tareas de limpieza manual y o de repaso. 10.6.- Plan de realización de los servicios Las empresas licitadoras deberán presentar en sus proposiciones, los planes detallados de las características de todos y cada uno de los servicios mencionados en este artículo en cuanto a horarios, personal y vehículos fijos, para cada uno de los itinerarios, los cuales deberán presentarse minuciosamente especificados por calles y direcciones contiguas. En estos planos, las empresas adjudicatarias, se obligarán a cubrir las posibles emergencias que puedan surgir en cada uno de los servicios.

Artículo 11.Los licitadores explicarán en sus ofertas los medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados en el artículo 10. Presentando en sus ofertas un proyecto detallado en el que se recojan como mínimo los siguientes aspectos: a) Medios técnicos y materiales para prestar cada uno de los diferentes servicios. Composición de los equipos a utilizar, número, etc. que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona. b) Medios personales para prestar cada uno de los diferentes servicios. Composición de los equipos a utilizar, número, etc. que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona. c) Plan de ejecución de los servicios que incluirá la relación de recorridos debidamente justificados, con indicación de horarios de comienzo y terminación de los mismos, y frecuencia de prestación de los distintos servicios . d)

Plan de mantenimiento preventivo de todo el material destinado a los servicios.

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e) Disponibilidad de medios de apoyo adicionales ante situaciones excepcionales o contingencias relacionadas con el servicio. f) Cualquier otra documentación que estime oportuno el concursante para el mejor conocimiento de la proposición.

Artículo 12.Servicios no periódicos La característica especial de estos servicios es que su realización obedece a problemas estacionales, accidentales y locales, lo que hace difícil su programación anual dentro del plan de limpieza, debiéndose contemplar su ejecución en función de las necesidades del servicio en cada momento. La prestación de estos servicios no periódicos no llevará consigo la reducción o eliminación de ningún otro servicio que se contraten. Entre estos servicios destacan las limpiezas especiales que se deberán realizar en las semanas festivas de la población. El licitador describirá los planes adecuados y los medios que incorporará.

Artículo 13.Los trabajos en la vía pública que así lo requieran deberán estar correctamente señalizados según las normas vigentes, estando el adjudicatario obligado a nombrar un responsable en el tajo de la señalización dispuesta.

CAPÍTULO VI.- PERSONAL, MATERIALES E INSTALACIONES FIJAS Artículo 14.El licitador deberá presentar relación detallada de todo el personal asignado a los servicios con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos y dentro del siguiente desglose: * Personal directo. * Dirección, personal técnico y vigilancia de los servicios. * Administración. * Talleres. * Almacén. Página 17 de 28

Artículo 15.Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad de los servicios, proponiendo los licitadores el sistema de identificación más eficaz.

Artículo 16.El personal adscrito a todos los servicios deberá guardar con el público, las mayores consideraciones y corrección, solicitando el auxilio de la Policía Municipal cuando sea necesario, tramitándose, si procediese, las denuncias que formulen sobre infracción de las ordenanzas o reglamentos municipales en materia de limpieza pública.

Artículo 17.Tanto el personal como los vehículos, maquinaria y en general todos los medios ofertados por el adjudicatario, deberán estar disponibles durante el horario a cumplir por la contrata.

Artículo 18.El contratista deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo y cumplir con la legislación vigente en materia de prevención.

Artículo 19.El adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario y de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al vecindario, así como de producir ruidos excesivos durante la prestación de los servicios.

Artículo 20.El adjudicatario deberá disponer al comienzo del contrato, de todos los vehículos necesarios, para la prestación de los distintos servicios, los cuales serán de nueva adquisición, de tipo y características adecuados para los servicios a realizar, y en número suficiente. En las ofertas se harán constar, expresamente, cada una de las unidades con descripción de las características de todo el material afecto al' servicio Dicho material móvil deberá ser suficientemente moderno y eficaz, a criterio/de los Servicios Técnicos Municipales. En las puertas o puntos de mayor visibilidad, todos los vehículos llevarán la siguiente inscripción:

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"AYUNTAMIENTO DE OROPESA DEL MAR SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA " y el escudo de la ciudad.

Artículo 21.Todo el material necesario para la prestación de los servicios objeto de este contrato, así como para su control, será facilitado por el adjudicatario , quien está obligado a mantenerlo en perfecto estado de uso. El contratista llevará a cabo todas las labores de conservación, reparaciones y mantenimiento en general para que la flota de vehículos se encuentre en perfecto estado de funcionamiento, renovándose en caso de necesidad.

Artículo 22.El adjudicatario estará obligado a presentar un plan de mantenimiento preventivo de todo el material destinado a estos servicios, indicando las operaciones relativas a engrases, revisiones, operaciones periódicas, etc., dimensionando adecuadamente las estructuras y organigramas del personal del taller. Después de la jornada de trabajo se procederá al lavado de los vehículos de limpieza.

Artículo 23.Todo el material deberá ser minuciosamente descrito por los licitadores, con aportación de planos, croquis, fotografías, esquemas y cuántos datos crean necesario aportar, a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos. Presentará asimismo, listado de matrículas o identificación de los vehículos y la maquinaria una vez adjudicada la contrata.

Artículo 24.El material móvil a utilizar será el más adecuado a las características del servicio y a las necesidades de la localidad. Para su elección se tendrá en cuenta lo siguiente: •

Los equipos a utilizar en la limpieza viaria y en la recogida de RU serán silenciosos y, en ningún caso, sobrepasarán los niveles sonoros establecidos en la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica, del municipio. Asimismo, serán adecuados a las características de fuertes pendientes, anchura de calles, etc.



El diseño del material será tal que permita su fácil lavado, tanto interior corno exteriormente. Esta operación del lavado deberá realizarse diariamente en el interior y exterior del vehículo.

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Artículo 25.El contratista se comprometerá igualmente, a disponer de los vehículos de reserva necesarios para hacer frente a cualquier avería, sin entorpecer la buena marcha del servicio.

Artículo 26.Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios que trabajen en conexión con el conductor. Aquellos que realicen trabajos en la vía pública estarán dotados de los equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitar riesgos para los peatones y el tráfico rodado.

Artículo 27.Para cuidar ante el ciudadano la imagen de los servicios, todos los vehículos deberán ofrecer: o o o o

Limpieza y desinfección. Imagen homogénea mediante la pintura uniforme según diseño a determinar. Niveles de ruido y contaminación acordes con la normativa vigente. Reparaciones estéticas cuando se requiera.

Artículo 28.Se considerarán instalaciones fijas los garajes, talleres, oficinas, centros de concentración de personal, etc. que sirvan para la estancia y mantenimiento del material y para la concentración y distribución del personal, incluidas las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios, etc.) según lo dispuesto en la Reglamentación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo. El contratista tendrá la obligación de abrir una oficina de atención al público.

Artículo 29.Como guardería de vehículos y taller, con sus correspondientes servicios de reparación, mantenimiento y conservación de los vehículos a utilizar en los diferentes servicios, así como para el personal que para dichos trabajos se asigne, se utilizarán las instalaciones apropiadas para tal fin, por lo que el adjudicatario presentará titularidad de estas.

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Artículo 30.Los gastos de luz, agua, teléfono, gas, etc. que se produzcan por la utilización de las instalaciones fijas a lo largo de todo el contrato serán a cargo de la empresa adjudicataria.

Artículo 31.Es obligación del adjudicatario mantener la totalidad de los elementos que componen las instalaciones fijas en perfecto estado de conservación y limpieza, para lo cual presentarán los licitadores un programa de mantenimiento y conservación de las instalaciones.

CAPITULO VII. - SERVICIOS GENERALES

Artículo 32.Este capítulo comprende lo relativo a los servicios técnicos, administrativos, almacenes, control y vigilancia, talleres, etc. que son comunes a la totalidad de los servicios. Los licitadores deberán ajustarse en sus ofertas a todas las condiciones establecidas en este capítulo relativas a estos servicios.

Artículo 33.Al frente de los servicios y como máximo responsable de los mismos deberá figurar una persona suficientemente cualificada con experiencia contrastada en puesto similar que mantendrá contactos periódicos con la dirección técnica municipal. Asimismo los licitadores indicarán en sus propuestas toda la relación de puestos de mando previstos y funciones a realizar, así como los medios mecánicos adscritos a estos servicios.

Artículo 34.Será obligación del contratista la organización y ejecución de los trabajos de conservación, entretenimiento y reparaciones necesarias para que toda la flota de vehículos adscritos a los diferentes servicios se encuentren siempre en condiciones óptimas de servicio. Artículo 35.El contratista será responsable ante el Ayuntamiento, de las faltas que cometan sus operarios y estará obligado a la reparación de los daños causados con motivo de la defectuosa prestación como consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios. Página 21 de 28

Artículo 36.El contratista tendrá en cuenta la variación estacional de la población u otros eventos que se puedan desarrollar en el municipio..

Artículo 37.Todos los trabajos relativos a cualquiera de los servicios incluidos en este Pliego, deberán realizarse tratando de minimizar los peligros y molestias de cualquier tipo. Las actuaciones que se lleven a cabo deberán ir acompañadas de una correcta señalización, según las normas vigentes, para evitar en lo posible cualquier tipo de accidente.

Artículo 38.El adjudicatario estará obligado a la realización anual de al menos 2 campañas de sensibilización pública y concienciación ciudadana sobre los Servicios de este Pliego, que deberán ir encaminadas a: •

El completo conocimiento por parte de los ciudadanos del funcionamiento de los distintos servicios (frecuencia y horario de la limpieza viaria y recogida de RU, posibles incidencias en el tráfico rodado de los vehículos del servicio, etc.).



Aumentar la colaboración ciudadana en la separación de los RU, para aumentar la recogida selectiva.



La educación ciudadana sobre el medio ambiente urbano, con especial atención hacia los jóvenes y niños.

Conjuntamente con la Delegación del Servicio se estudiará la programación anual de dichas campañas.

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CAPÍTULO VIII.- SISTEMA DE CONTROL E INSPECCIÓN.Artículo 39.Dentro de la organización propuesta, los licitadores deberán prever unos dispositivos muy ágiles que permitan facilitar en todo momento y a tiempo todos los datos requeridos por el Ayuntamiento para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crean convenientes sobre los servicios propuestos. Estos dispositivos y sistemas serán compatibles con los que actualmente estén disponibles en el Ayuntamiento, sean informáticos o de otra naturaleza.

Artículo 40.Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección, control y vigilancia de la administración municipal a través del Inspector Técnico de Servicios o personal del Ayuntamiento en que se delegue, quien podrá realizar las revisiones de personal, materiales e instalaciones de los servicios objeto de este contrato, para lo que tendrá acceso a los locales y dependencias de la empresa adjudicataria y le serán facilitados cuantos datos precise respecto a la organización y funcionamiento de los mismos. El adjudicatario deberá confeccionar partes diarios de los trabajos realizados y de cuantas circunstancias ocurran en el servicio, así como recibir las instrucciones de la administración municipal, quedando obligado el contratista a exhibir cuantos documentos sean precisos para el cumplimiento de esta obligación, y en general, permitir todas aquellas actuaciones que vayan encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria de este Ayuntamiento. Estos partes diarios se realizaran para cada uno de los servicios contratados y reflejaran: • •

La distribución de medios humanos y materiales, desglosado por turnos, categorías y tipo de trabajo, así como sus incidencias. Las incidencias ocurridas durante la jornada de trabajo.

Artículo 41.El contratista vendrá obligado a la realización y entrega al Ayuntamiento de un informe mensual sobre el desarrollo de los servicios, en el cual se reflejarán todas las incidencias acaecidas en ese mes, tanto de personal, medios materiales y desarrollo de los trabajos. Este informe será entregado en el Registro General del Ayuntamiento.

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Artículo 42.El adjudicatario habilitará un libro de órdenes, foliado y numerado dónde se anotarán las directrices y órdenes que establezca la persona responsable designada por el Ayuntamiento, en aras de la calidad del servicio; además de las órdenes que figuren en el citado libro, y que sean suscritas por el responsable del Ayuntamiento, en el momento de comunicárselas al contratista, el cual firmará su enterado, se reconocerán aquellas otras órdenes que provengan del Ayuntamiento por otros medios o canales, y que por su urgencia requieran ser ejecutadas a la mayor brevedad posible.

CAPITULO IX. - SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.Artículo 43.El adjudicatario es responsable de los daños o perjuicios ocasionados a bienes o a terceras personas, con motivo de los trabajos en vía pública, que deberán señalizarse adecuadamente y cuidar su realización, con el respeto debido al público. Para garantizar los posibles daños dispondrá, el adjudicatario de un seguro de responsabilidad civil, por un mínimo de 600.000.- € por cada siniestro. Este seguro cubrirá la responsabilidad civil del contratista, de los técnicos y personal que esté a su cargo y los que le puedan reclamar al Ayuntamiento (personal político, funcionario y laboral) y los facultativos que se encargan de la Dirección Técnica de los trabajos, por daños a terceros o cualquier eventualidad que suceda por los trabajos contemplados en el presente Pliego.

CAPITULO X.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Artículo 44.Documentación Técnica a presentar Con el objeto de valorar debidamente las distintas ofertas, los licitadores presentarán una memoria técnica del servicio a prestar, con la siguiente documentación: A) Proyecto de explotación de los Servicios del municipio de Oropesa del Mar, que contendrá, como mínimo, los siguientes apartados: •

Diseño del Plan estratégico, con sus características técnicas, que Página 24 de 28

mejoren la calidad del servicio gestionado, incluyendo el programa y calendario de prestaciones, con expresa referencia al material y equipos a emplear, que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona, personal y demás condiciones señaladas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. •

Relación de recorridos debidamente justificados, con indicación de horarios de comienzo y terminación de los mismos.



Plan de mantenimiento e instalación de papeleras en el municipio; presentando para tal fin los planos correspondientes.



Puesta en servicio de elementos nuevos, como nuevos métodos de trabajo, tecnologías, maquinaria, vehículos, materiales, etc. que mejoren las prestaciones del presente Pliego de Prescripciones.



Plan de ejecución de los servicios, presentando para tal fin los planos correspondientes.



Medios técnicos, materiales y personales para prestar cada uno de los diferentes servicios.



Plan de mantenimiento preventivo de todo el material destinado a los servicios.



Programa de sensibilización pública y concienciación ciudadana.



Cualquier otra documentación que estime oportuno el concursante para el mejor conocimiento de la proposición.

CAPÍTULO XI - OFERTA ECONÓMICA. -Artículo 45.Del estudio económico.Los licitadores deberán hacer constar en sus proposiciones el coste anual de todos y cada uno de los servicios establecidos en los artículos precedentes del presente Pliego de Prescripciones. Con objeto de sistematizar el contenido económico de las propuestas, los costes anuales Página 25 de 28

deberán establecerse de acuerdo con la siguiente clasificación: •

Servicios de limpieza Viaria y de Playas.

• Servicio de Recogida y Transporte de RU a los centros de transferencia del adjudicatario, o de los gestores autorizados, o del plan zonal cuando este aprobado. •

Carga, transporte, tratamiento y eliminación a vertedero autorizado

En el establecimiento de los costes totales correspondientes a los servicios anteriores, deberán especificarse al menos y con todo detalle los siguientes conceptos por servicio: I.

II.

III

Gastos de Personal, obtenido por aplicación de los precios unitarios establecidos en el actual Convenio Colectivo de la plantilla total propuesta por el licitador. Amortización — financiación de la inversión total, en maquinaria y locales, a realizar en las condiciones indicadas en el presente Pliego de Prescripciones. Otros gastos de funcionamiento y mantenimiento, a justificar por los licitadores en su propuesta, correspondientes a los costes de material en los que se incluirán aquellos costes relativos a combustibles y lubricantes, repuestos, reparaciones, cubiertas, seguros, vestuario, herramientas, gastos de conservación y cualquier otro concepto que se considere.

La suma de estos capítulos constituye los costes de Ejecución Material sobre los que se aplicarán los porcentajes de Gastos Generales (13 %) y Beneficio Industrial (6 %) y aplicando sobre el total el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) se obtendrá el precio final anual de cada uno de los servicios objeto del contrato. De forma independiente, a los capítulos económicos anteriormente establecidos los licitadores se comprometen al transporte, eliminación y tratamiento de los residuos en vertedero autorizado. El Ayuntamiento de Oropesa del Mar abonará al adjudicatario los costes de transporte, tratamiento y eliminación de forma mensual, en función de las toneladas tratadas en el vertedero, no obstante, el Ayuntamiento se reserva el derecho de asumir el pago directo de los mencionados costes.

Artículo 46.De los precios unitarios.Se explicitarán, al menos, los precios unitarios antes de I.V.A., de:

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• • •





La mano de obra ofertada en todas las categorías (en euros/hora) El mantenimiento de la maquinaria ofertada (en euros/hora). La amortización de la maquinaria ofertada, pero que por su eventualidad no se incluye como concepto específico, y por tanto, no se asigna a la contrata (en euros/hora). Los consumibles ofertados, en su caso, (en euros/unidad, euros/kg., etc.) Y en general, de todos los conceptos que se incluyan en la memoria económica y sean de aplicación en la misma como coste directo (en euros/unidad, euros/kg., etc.).

En el precio de mantenimiento a ofertar se deberá separar el coste unitario del lavado de papelera. Se explicitarán los precios unitarios de todos aquellos conceptos, que aún sin haber sido ofertados en la plica, el licitador considere oportuno. Se ofertarán en una de las siguientes unidades (euros/hora, euros/kg., euros/unidad). Los precios unitarios se actualizarán a través de la revisión anual que es de aplicación al precio de la contrata, sin que en ningún momento la valoración de los trabajos programados a través de los precios unitarios actualizados entre en contradicción con el precio del contrato actualizado en la misma proporción.

CAPÍTULO XII. - REVISIÓN DE PRECIOS.Artículo 47.El precio del contrato se verá incrementado anualmente por la siguiente fórmula de revisión de precios:

Precio Revisado = Precio año anterior revisión x 0.85 x IPC Siendo: IPC: Variación índice precios al consumo.

No se revisará el precio hasta transcurridos doce meses de la prestación del servicio.

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La variación del precio tendrá validez desde el primer día transcurridos los doce meses anteriores, aunque la petición y la aprobación de la misma tenga lugar con posterioridad.

CAPÍTULO XIII. - MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.Artículo 48.Si durante el período de la contrata apareciesen nuevos procedimientos o servicios que a la Corporación Municipal le interesase adoptar e implicase variación de precios en más o en menos, se establecerán los aludidos cambios del sistema, adoptándose a iniciativa del Ayuntamiento.

CAPÍTULO XIV. - RETRIBUCIÓN ANUAL DEL SERVICIO. FORMA DE PAGO.Artículo 49.El adjudicatario percibirá una retribución anual por la realización de los servicios ofrecidos, que se abonará a mes vencido previa presentación de factura mensual correctamente conformada, de la doceava parte del precio del contrato adjudicado. El Ayuntamiento de Oropesa del Mar abonará al adjudicatario los costes de transporte, tratamiento y eliminación de forma mensual, en función de las toneladas producidas, no obstante, el Ayuntamiento se reserva el derecho de asumir el pago directo de los mencionados costes.

Oropesa del Mar, a 27 de Octubre de 2008.

EL INGENIERO MUNICIPAL

Fdo.: José Luis Navarro García.

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