Buenos Aires, Lo analizado por la Direccion de Presupuesto en su informe No Lo aconsejado por la Cornision de Convenios

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VlSTO las presentes actuaciones vinculadas con el Consorcio Asociativo Pljblico - Privado suscripto y su Addenda a suscribir entre esta Universidad, la Pontificia Universidad Catolica Argentina, la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad Nacional de San Martin y UBATEC S.A. y lo dispuesto por la reglamentacion vigente, y en particular por las Resoluciones (CS) Nros. 338182, 1048187 y 1655187, y

Que se eleva para su aprobacion el Consorcio Asociativo Publico - Privado suscripto entre esta Universidad, la Pontificia Universidad Catolica Argentina, la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad Nacional de San Martin y UBATEC S.A. cuyo objeto constituir el Consorcio Asociativo Publico - Privado denominado "CAPP MOVILIDAD" cuyos objetivos son recolectar, recopilar y sistematizar informacion referente al funcionamiento y utilization del sistema de transporte, generar nueva informacion referida a1 mismo, garantizar la disponibilidad de informacion al pljblico en general y a diferentes interesados e identificar necesidades y llevar a cab0 proyectos de investigacion y desarrollo. Que la Addenda a suscribir establece el domicilio legal de la Universidad en la calle Viamonte 430, Planta Baja (Direccion de Mesa de Entradas, salidas y Archivo de Rectorado y Consejo Superior), incorpora el inciso i) del Articulo Tercero: "i) Realizar consultorias o Asistencias Tecnicas", modifica el Articulo Septimo e incorpora las Clausulas Decimocuarta y Decimoquinta. Que la Subsecretaria Tecnica y las Direcciones Generales de Asuntos Juridicos y de Presupuesto y Finanzas han elaborado 10s informes tecnicos de su competencia, 10s que obran agregados a las presentes actuaciones. Lo analizado por la Direccion de Presupuesto en su informe No 8012015. Lo aconsejado por la Cornision de Convenios. Por ello, y en uso de sus atribuciones EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES RESUELVE:

A R T ~ U L Olo.Ratificar el Consorcio Asociativo Pljblico - Privado suscripto entre esta Universidad, la Pontificia Universidad Catolica Argentina, la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad Nacional de San Martin y UBATEC S.A., cuya copia obra agregada a la presente Resolucion como Anexo I.

EXP-UBA: 12.42812015

A R T ~ U L O2O.- Aprobar el texto de la Addenda a suscribirse entre esta Universidad, la Pontificia Universidad Catolica Argentina, la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad Nacional de San Martin y UBATEC S.A., cuya copia obra agregada a la presente Resolucion como Anexo II. ART~CULO3O.- Autorizar al seiior Rector a suscribir la Addenda cuyo texto fue aprobado por el articulo 2O de la presente. ART~CULO4O.- En el caso en que hubiera asistencia tecnica, esta debera ser adecuadamente retribuida. ART~CULO5O.- Registrese, comuniquese, notifiquese a la Pontificia Universidad Catolica Argentina, la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad Nacional de San Martin y UBATEC S.A. y a la Direccion General de Presupuesto y Finanzas. Pase a la Subsecretaria Tecnica para la confeccion del original de la Addenda. Cumplido, remitase 10s originales debidamente firrnados a la Direccion de Gestion de Consejo Superior y previo desglose y resguardo de 10s originales, archivese.

6L

Graciela A. Morgade

Hector J. A~varezCantoni

Gabriel lllescas

Rodolfo A. Golluscio

Juan Carlos Elverdin

Federico L. Schuster

Leandro Guerschberg

Javier Brancoli

Jonathan M. Gueler

UNlVERSlDAD DE BUENOS AIRES PONTlFlClA UNIVERSIDAD CATOLICA ARGENTINA UNlVERSlDAD NACIONAL DE LA PLATA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN UBATEC S.A.

En la Ciudad de Buenos Aires, a 10s

2 dias del mes de fiacro

'2045,se

del aAo

reunen la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES (en adelante UBA) representada en este act0 por su Rector, Dr. Alberto E. BARBIERI, D.N.I. No 11.528.615! con domicilio ......

..

. . . . . . . . -

. .

-

.

.

en la calle Viamonte No 4301444 de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires; PONTlFlClA

UNlVERSlDAD

CATOLICA

ARGENTINA

(en

adelante

la

U.C.A.)

representada en este act0 por su Rector, Dr. Victor Manuel Fernandez, D.N.I. No 16.024.248, con domicilio en calle Av. Alicia Moreau de Justo 1300 de la Ciudad Autonoma

de

Buenos Aires,

FISICOMATEMATICAS E

a

traves

de

la

INGENIERIA (en adelante

FACULTAD

DE

ClENClAS

F.C.F.I.), prestando conformidad

su Decano, Ing. Roberto AGOSTA, D.N.I. No 11.231.146; la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA (en adelante la U.N.L.P.) representada en este act0 por su Presidente, Lic. Raul Anibal PERDOMO, D.N.I. N" 10.286.281, con domicilio en calle 7 no 776 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, a travks de la

1

FACULTAD DE INGENIER~A(en adelante F.I. U.N.L.P.), prestando conformidad su Decano, Dr. Marcos D. ACTIS, D.N.I. No 16.210.421; y la UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN MARTIN (en adelante U.N.S.A.M.) representada en este

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su Rector,

,

Dr. Carlos Rafael RUTA, D.N.I. No 12.000.772, con domicilio en calle Av. 2 de Mayo y ,

Francia de General San Martin, a traves del INSTITUTO DEL TRANS adelante I T . ) prestando conformidad su Decano,

R~d9P; b, D.N.I.

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No 8.406.433 y UBATEC S.A. (en adelante UBATEC), representada por su Presidente, Dr. Lorenzo Basso, D.N.I. 10.650.546, todas denominadas en forma conjk~nta"LAS PARTES", y considerando

li

a) Que es notorio el volumen creciente de infcrmacion en materia de transporte de pasajeros y movilidad en 10s ultimos aiios en nuestro pais, product0 de la inversibn pliblica y profundizacion del desarrollo en politicas de transporte.

b) Que es necesario contar con information integrada en tematicas claves-----"del ---., _*--

sector tales como logistica, carga y movilidad.

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c) Que la incorporacion de nuevas tecnologias de la inforn~acionpermitira un

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substancial fortalecimiento en el diseAo de politicas p6blicas.

d) Que la vision estrategica del transporte como motor del desarrollo sustentable y socialmente justo y eje de la recuperation y posicionamiento logistic~del pais, propicia necesariamente la investigacion y desarrollo de proyectos vinculados a la infraestructura y sistemas de transporte, movilidad, carga y logistics como asi tambien la formacion y capacitacion con un enfoque tecnologico y de sustentabilidad de 10s sistemas.

e) Que el abordaje de la tematica de la movilidad requiere un enfoque multidisciplinario, que pueda combinar las diversas perspectivas necesarias para comprenderlo y para interpretar 10s mljltiples impactos que generan, no solo por tratarse de un sector complejo, integrado por diversos rnodos que tienden a ser vistos en forrna independiente, subestimando la relacion que existe entre ellos, sino que atraviesa la vida economica y social afectando la competitividad de la economia, la inclusion social, el ordenamiento territorial y la integracidrn regional. f)

Que en el caso de un pais en desarrollo con las caracteristicas economicas y geograficas del nuestro, es imprescindible contar con un sistema de transporte eficiente y moderno.

g) Que el prestigio de las instituciones firmantes del presente como asi tambien el de 10s profesionales y docentes calif~cadoscon amplia experiencia en las areas pertinentes, resulta un context0 inmejorable para aunar esfuerzos en pos de consolidar una rslacion estrategica que habilite utilizar la? capacidades especificas

instaladas

conformando

una

nueva

I

entidad

sinhrgicarnente estas capacidades con una mirada integral

que

trabaje

n materia de

\~*dAl

movilidad que contemple las necesidades actuales y se f ~ @ b @ R @ s futuros.

ESC

h) Que LAS PARTES firmantes del present? han suscripto Actas

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e lntencion el

10 de julio y el 8 de agosto del presente atio que dan cuenta deSu voluntad de

trabajar en conjunto en todo lo relativo a sistemas y politicas de movilidad,

Se resuelve:

PRIMERO: Objeto. A traves del presente instrumento LAS PARTES deciden de

comljn acuerdo constituir el Consorcio Asociativo Pljblico - Privado denominado,.---'-..

d

SEGUNDO: Plazo: El plazo de duracion del "CAPP MOVILIDAD" es de 10 (diez) afios, contados desde la fecha de su suscripcion. Al termino del plazo de duracion LAS

+-

PARTES podran optar por prorrogar su plazo siempre y cuando dicha prorroga se

instrumente por escrito y de comlin acuerdo por todas LAS PARTES.

TERCERO: Objetivos: Los objetivos del CAPP MOVlLlDAD son:

a) Recolectar, recopilar y sistematizar informacion referente al funcionamiento y utilizacion del sistema de transporte, ya sea la producida por 10s propios actores del sistema (proveedores del s e ~ i c i o de , infraestructura, operadores, usuarios etc) como asi tambien la producida por terceros pljblicos o privados. b) Generar nueva informacion acerca del sistema, identificando las brechas que pudieran existir dentro de las tematicas especificas y claves del sector tales como logistica, carga y movilidad tanto a nivel nacional como del area

metropolitans de Buenos Aires y de las ciudades intermedias del interior del pais que tienen relacion directa con la competitividad de la economia, la inclusion social, el ordenamiento territorial y la integration regional. c) Garantizar la disponibilidad de la informacibn al publico en general y a 10s diferentes interesados especificos. d) ldentificar las necesidades y llevar a cab0 proyectos de investigation y desarrollo, tanto tecnologicos (mediante la utilizacibn de tecnologias de informacion y comunicacion, TICS) como de apoyo al analisis de politicas pliblicas y contribucion al conocimiento con un fuerte enfasis en la sustentabilidad de 10s sistemas, en base al volumen de informacion precisa y

!'

oportuna.

e) Constituirse en un efectivo vehiculo capaz de canaliz r financiamiento I

multilateral y bilateral en el Prea de la investigacibn y d e s a h o ~ ~ o

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problematica de la movilidad. f)

Realizar tareas de formation profesional y capaci$ci6cqFJA

P+

g) Constituir un espacio de reflexion abiertc!@i;tkisectoria~

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I

de diPlogo y consulta

que permita apoyar el proceso de toma de decisiones y ase oria en materia de politicas de movilidad.

h) lntercambiar y socializar experiencias entre paises y universidades de la ".\

region, a fin de retroalimentar la informacion y garantizar la permanente,, '>.',.

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actualization.

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CUARTO:

Organization:

La

organizacion

y

administracion

del

"CAPP

MOVILIDAD" estara a cargo de una Coniisi6n Directiva (en adelante CD) integrada por 1 (un) representante de cada parte, designado por la autoridad competente de

9

cada una de ellas. La parte que design6 un representante podra reemplazarlo en cualquier

rnomento

mediante

notification

fehaciente

al

Representante

Administrativo Legal Las funciones de la Comision Directiva seran:

I)Llevar adelante las acciones conducentes a1 logro de 10s objetivos del Consorcio.

2) Decidir sobre las politicas y estrategias de las actividades del CAPPMOVILIDAD.

3) Gestionar el financiamiento para 10s proyectos, consultorias, programas y para toda otra actividad en que participe o pudiera participar el CAPP MOVILIDAD. 4) Aprobar 10s proyectos de investigation, previo a su inicio, asi como tambien su

presupuesto, conformidad, plazo, actividades, entre otros.

5) Aprobar 10s contenidos de las capacitaciones, cronogramas, programas, entre otros. 6) Asegurar la vinculacion y coherencia entre las actividades en general del CAPP MOVlLlDAD y el Plan Nacional Estrategico de Transporte. 7 ) Promover las relaciones con 10s actores del sector pljblico y privado en pos del

cumplimiento de 10s objetivos a fin de entablar un dialog0 inclusivo. 8) Mantener reuniones periodicas 9) Elaborar un plan sernestral de actividades y supervisar el desarrollo del mismo. 10)Aprobar 10s informes tecnicos y financieros que sean elevados por 10s responsables de 10s proyectos, consultorias, programas y actividades. 11)Supervisar la funcion del representante MOVILIDAD.

12) Autorizar la celebracidrn de convenios. 13) Elaborar

las

reglarnentaciones

I

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internas

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funcionamienio de la organizac~bn.que establecer5.n entre otras!: periodicidad y

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lugar donde se Ilevaran a cab0 las reuniones, toma f e

dec~siones,

rtmuneracioneo, plazo de duracion de 10s representantes integncihn de aportes.

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.. .

P11

QUINTO: Representacion Adrninistrativa Legal. La represeniacion adrninistrativa legal del "CAPP MOVILIDAD" estara a cargo de UBATEC, quien Ilevara a cab0 todos actos que le sean encomendados por la Comision Directiva.

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SEXTO: Funciones. Son funciones del representante legal:

a) Llevar adelante la administsacion, articulation y coordinacion del consorcio. b) Convocar a reuniones periodicas y a pedido de la Comisi6n Directiva c) Suscribir 10s acuerdos necesarios en nombre del CAPP MOVILIDAD. d) Llevar actas de las decisiones tomadas por la Cornision Directiva. e) lnforrnar a la Comision Directiva 10s acuerdos suscriptos y las acciones realizadas. f)

ldentificar fuentes de financiamiento promoviendo, gestionando y coordinando 10s esfuerzos para obtener recursos financieros.

g) lndividualizar 10s ingresos y 10s egresos que pudiere obtener el CAPP MOVlLlDAD mediante subsidios u otros aportes, en sus registros contables para que puedan ser matpria de verificacibn por parte de la Comision Directiva

h) Conservar la docurnentacion de respaldo de mod0 tal que pueda ser materia de verificacion por la Comision Directiva o por quien estos indiquen. i)

Llevar a cab0 las contrataciones de bienes y servicios necesarias para el cumplimiento de 10s objetivos del consorcio en el rnarco del presupuesio aprobado por la CD.

j)

Confeccionar estados de situacion econornica y financiers del CAPP MOVILIDAD.

k) Presentar a solo requerimiento de la Cornision Directiva, en toda la informacion tecnica, adrninistrativa y contable actividades. I) '

Poner en conocimiento de la Comision Directiva toda sitbacion. hecho o circunstancia actividades.

susceptible de compr-ometer o difc

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F_ .. E , c ~ ~ ~ A * ~

A

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SEPTIMO: Aportes. LAS PARTES se cornprometen expresam nte a trabajar en forrna conjunta aportando todo lo que sea conducente para que el CAPP MOVlLlDAD pueda llevarse a cab0 de la mejor manera. Los medios con que

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contara el CAPP MOVILIDAD consistjran en los subsidios obtenidos, aportes, , , , . -

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provenientes de financiamiento nacional (donaciones y/o aportes) o international (prestamos, creditos o donaciones externos, incluyendo 10s otorgados en el marco s cooperacijn tecnica de la banca multilateral y bilateral), fondos de a c ~ ~ e r d ode provenientes de

consultorias

o

asistencias tecnicas

presupuestarios de LAS PARTES, aportes

realizadas,

recursos

consistentes en profesionales y

tecnicos y equipos.

OCTAVO: En toda circunstancia que tenga relacion con el presente convenio LAS

PARTES mantendran la individualidad y autonomia de sus respectivas estructuras tecnicas y administratwas y asumiran particularmente las responsabllidades legales consiguientes.

NOVENO: Sede Administrativa. La sede del Consorcio sera la que determine el

representante adn~inistrativolegal.

DECIMO: Disolucion. El CAPP MOVlLlDAD sera disuelto en caso de producirse

alguna de las siguientes circunstancias: 1) Cuando el objeto del consorcio se Encuentre completamente ejecutado y no haya asuntos o controversias pendientes con terceros, 2) Cuando haya imposibilidad de curnplimiento del objeto y asi haya sido declarado en forma unanime por la Comisibn Directiva, 3)

Cuando haya

decision unanime de 10s consorcistas.4) Por reduccion a uno del nljmero de integrantes. Asimismo, cualquiera de LAS PARTES podra abandonar el consorcio mediante notificacibn fehaciente al representante legal con al menos seis (6) nieses de antelacion. Dicha decision no generara ningljn tipo de responsabilidad para la parte saliente.

DECIMO PRIMERO: Confidencialidad. LAS PARTES acuerdan que trataran en

forma confidential toda la inforrnacion tkcnica, comercial y econornica! asi como todos 10s docurnentos, datos e informacion intercambiados

que hayan

sido expresamente designados en ese caracter por algunas

DECIMO SEGUNDO: Propiedad

c a m de investigaciones o comercial: tanto su

T

seran discutidos en

- 6/

reglamentaciones a las que tengan que sujetarse cada una de LAS PARTES, requiriendose su acuerdo unaninie.

DECIMO TERCERO: Resoluci6n de conflictos. LAS PARTES const~tuyen

4-omicilio /

en 10s ut supra declarados y declaran que cualquier disputa relativa al

cumplimiento del presente surgida entre LAS PARTES, se dirimira en primera instancia ante las maximas autoridades de cada una de LAS PARTES intervinientes. Si la cuestion no pudiera ser resuelta en esa instancia, LAS PARTES acuerdan someterse a la jurisdiction de 10s Tribunales Federales en lo Contencioso Adrninistrativo Federal con asiento en la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires.

En la Ciudad de Buenos Aires se firman cinco ejernplares de igual tenor y

contenido.

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1 7 .

M mDr. Victor Maneel Femindez -.-.---~$OBlSPO

/ ' -

RECTOR

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RECTOR

Unlv. Nac. de Sail Martin

Dr. PAMiEL E. Dl GREGGRI VICERRECTOH UNlVERSlDAD ?JACIONAL DE 5AA hfAPi

d

Firma por ausenci, del ,' Recto: ::anforme lo estadleciido en !a 2esoluciln Rect ra!hO

[ ES coP\A FIE

...?

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3EL O~!GINA'-

I

Dr. Lorenzo Basso Presidente UEATEC S.A

ADDENDA AL COMSORClO ASBCIATIVO P~BLICO- PRIVADO UNIVERSIDAD DE BUEMOS AIRES PONTlFlClA UNlVERSlDAD CATOLICA ARGENTINA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN UBATEC S.A.

Entre la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES (en adelante UBA) representada en este act0 por su Rector, Dr. Alberto E. BARBIERI, D.N.I. No 11.526.615, con domicilio en la calle Viamonte No430, Planta Baja (Direccion de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, de Rectorado y Consejo Superior) de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires; la PONTlFlClA UNlVERSlDAD CATOLICA ARGENTINA (en adelante U.C.A.) representada en este act0 por su Rector, Dr. Victor Manuel Fernandez, D.N.I. No 16.024.248, con domicilio en calle Av. Alicia Moreau de Justo 1300 de la Ciudad Aut6noma de Buenos Aires, a traves de la FACULTAD DE ClENClAS FISICOMATEMATICAS E INGENIERIA (en adelante F.C.F.I.), prestando conformidad su Decano, Ing. Roberto AGOSTA, D.N.I. No 11.231.146; la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA (en adelante la U.N.L.P.) representada en este act0 por su Presidente, Lic. Ralll Anibal PERDOMO, D.N.I. No 10.286.291, con domicilio en calle 7 no 776 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, a traves de la FACULTAD DE INGENIER~A(en adelante F.1. U.N.L.P.), prestando conformidad su Decano, Dr. Marcos D. ACTIS, D.N.I. No 16.210.421 ; y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MART~N(en adelante U.N.S.A.M.)

representada en este act0 por su Rector, Dr.

Carlos Rafael RUTA, D.N.I. No 12.000.772, con domicilio en calle Av. 25 de Mayo y Francia de General San Martin, a traves del INSTITUTO DEL TRANSPORTE

(en

adelante I.T.), prestando conformidad su Decano, Lic. Jose BARBERO, D.N.I. No 8.406.433 y UBATEC S.A. (en adelante UBATEC), representada por su Presidente, Dr. Lorenzo Basso, DNI 10.650.546, (todas denominadas en forma conjunta "LAS PARTES"); se celebra la presente Addenda al Convenio suscripto entre las partes en fecha de 2014.

de

ANTECEDENTES.

Que en la fecha antes indicada se celebro entre las partes un convenio mediante el que acordaron constituir un Consorcio Asociativo ~ l j b l i c o- Privado denominado "CAPP MOVILIDAD"

Que LAS PARTES de comljn acuerdo resuelven modificar lo siguiente:

1. El domicilio legal de la UBA es en la calle Viamonte 430, Planta Baja (Direccion de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de Rectorado y Consejo Superior). 2. lncorporar como inc. i, del ART~CULO TERCERO, el siguiente: " i ) Realizar consultorias o Asistencias Tecnicas."

2. El A R T ~ U L O SEPTIMOquedara redactado de la siguiente manera: "LAS PARTES se comprometen expresamente a trabajar en forma conjunta aportando todo lo que sea conducente para que el CAPP MOVILIDAD pueda llevarse a cab0 de la mejor manera. Los medios con que contara el CAPP MOVILIDAD consistiran en 10s subsidios obtenidos, aportes provenientes de financiamiento nacional (donaciones y/o aportes) o international (prestamos, creditos o donaciones externos, incluyendo los otorgados en el marco de acuerdos de cooperacibn tecnica de la banca multilateral y bilaferal), fondos provenientes de consultorias y/o asistencias tecnicas realizadas. En el caso de acordarse aportes de recursos presupuesfarios de LAS PARTES, o de profesionales, tecnicos ylo equipos, 10s mismos deberan ser definidos por unanimidad de LAS PARTES mediante la suscripci6n de Actas Complementarias. "

3. Se incorpora como CLAUSULA DECIMOCUARTA: "La suscripcion del presente no limita a LAS PARTES la posibilidad de suscribir convenios sirnilares con otras instituciones". 4. Se incorpora como CLAUSULA DECIMOQUINTA: "LAS PARTES declaran conocer

la Resolucion (CS) No 3404199 en referencia a las pautas de utilization de logotipo, isotipo y nombre de la UBA. 5. Asimismo, LAS PARTES declaran que el CAAP MOVILIDAD conserva su plena

vigencia en todos sus terminos que no hayan sido objeto de modificacion expresa por parte de la presente ADDENDA.

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