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Viernes 27 de mayo de 2016

Núm. 61 NúM. 1667

serviCiO de PersOnal ANUNCIO

El Sr. Diputado del Área de Personal de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca, en uso de las atribuciones conferidas por delegación del Sr. Presidente mediante decreto SECRE-00003-2016, de 21 de Enero, que fue dictado al amparo de lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, por Decreto PERSO00303-2016, de fecha 24 de Mayo, ha dispuesto lo siguiente: Previa negociación con la Representación Sindical en la Mesa de Negociación celebrada con fecha 25 de abril de 2016 y en uso de las atribuciones que como Presidente, PD el Diputado Delegado de Personal (DecretoSECRE-00003-2016) me están conferidas por el artículo 34.h de la Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, a tenor de lo establecido en el Art. 61 la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el artículo 48 de la LEPCLM (Ley 4/2011, de 10 de marzo) y las disposiciones de aplicación del Reglamento General de Ingreso de Personal de la Administración, Provisión de Puestos y Promoción (Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo), VENGO EN DISPONER: -La aprobación de la presente Convocatoria y Bases, para constituir la Bolsa de Trabajo que se indica, cuyo proceso selectivo se regirá en su desarrollo por las Bases siguientes: BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE TRABAJADOR/A SOCIAL, OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Constitución de una Bolsa de Trabajo, de TRABAJADOR/A SOCIAL, Administración Especial, Subescala Técnica, Técnico Medio, Grupo A2, artículo 54.2 del Convenio Colectivo y Acuerdo Marco, para atender las necesidades de cobertura con carácter temporal de vacantes y suplencias que, sea necesario, mediante contratos laborales temporales o nombramiento de personal funcionario interino de Servicios Sociales de esta Administración. 1ª.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES. Para tomar parte en la Oposición, será necesario: a) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar el/la cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Así mismo podrán hacerlo las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se haya definido en los mismos. b) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación (65 años) c) Hallarse en posesión del título universitario de Trabajador Social, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. d) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones por sentencia firme. Todos los requisitos los debe poseer el aspirante a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. 2ª.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia oficial, según modelo del Anexo II de esta convocatoria, que será facilitada, gratuitamente, en el Servicio de Personal de la Excma. Diputación. En las solicitudes se hará constar necesariamente el nombre y apellidos de la persona interesada, fecha y lugar de nacimiento, número del D.N.I. o documento acreditativo de nacionalidad de uno de los estado comunitarios, dirección para notificaciones y declaración expresa de que reúne todas las condiciones exigidas en estas Bases, que deberá poseer en la fecha de expiración del plazo de presentación de las mismas. Las personas con minusvalías no inhabilitantes para las funciones del puesto, para las que se aspira a formar parte de la bolsa, podrán pedir las adaptaciones posibles de tiempo y medios para realización de las pruebas.

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La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de Entrada de la Excma. Diputación o en la forma establecida en el art.38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación. El horario de presentación en el Registro de la Excma. Diputación será de nueve a catorce horas, de lunes a viernes. En el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o festivo, el plazo finalizará el siguiente día hábil. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. 3ª.- ADMISIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Diputado Delegado de Personal, en el plazo de 15 días, dictará resolución (que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios) aprobando la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, indicándose en la de excluidos/as la causa de exclusión y confiriéndoles un plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia para subsanar los defectos que motivaron la exclusión. Finalizado el plazo y subsanados los defectos, si los hubiere, se procederá a la publicación, previa resolución de la Presidencia, de la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en cuyo texto se indicará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios. 4ª.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN. El Tribunal será designado por resolución de la Presidencia, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia El Tribunal estará integrado por los siguientes miembros: PRESIDENTE/A: Un funcionario/a de carrera de esta Administración, del Área de Servicios Sociales. VOCALES: Tres funcionarios/as de carrera de esta Administración y un/a funcionario/a de carrera a propuesta por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha. SECRETARIO/A: Un Funcionario de carrera nombrado por la Presidencia, que actuará con voz pero sin voto. El Tribunal quedará integrado, además, por los/as suplentes respectivos, que simultáneamente a los/as titulares habrán de designarse para la Secretaría del Tribunal y vocalías del mismo. Todos/as los/as vocales del Tribunal, deben hallarse en posesión de titulación de igual o superior nivel académico que la plaza objeto de la convocatoria. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, previa convocatoria de su Presidente/a y con asistencia del/de la Secretario/a del mismo. En la sesión constitutiva el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas, y eliminar circunstancias que generen desiguales oportunidades en la práctica de las pruebas para los aspirantes con discapacidades. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especiales para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinentes. Y adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios escritos de la Oposición, que no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. La abstención y recusación de los/as miembros del Tribunal se regirá por lo establecido en los arts.28 y 29, respectivamente, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. 5ª.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. Primer Ejercicio.- Consistirá en contestar en tiempo máximo de 30 minutos un cuestionario de 55 preguntas con cuatro opciones de respuesta, de las que el tribunal solo corregirá las 50 primeras, quedando como reserva las cinco finales por si fueran invalidadas, hasta el citado número. El ejercicio, que tiene carácter eliminatorio, será calificado por el Tribunal, asignando 1 punto por acierto; el error será penalizado con 0,25 puntos; y será necesario obtener un mínimo de 25 puntos para alcanzar la calificación de apto. La calificación se expresará en base 10. Las preguntas versarán sobre las materias del programa. Segundo ejercicio.- De carácter práctico, consistirá en el desarrollo de un caso práctico, relacionado con los temas incluidos en el temario, a fijar por el Tribunal de Selección, durante un tiempo máximo de sesenta minutos.

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La calificación será de 0 a 10 puntos, con arreglo a un baremo que previamente y de manera expresa determine el Tribunal, teniendo carácter eliminatorio para todos aquellos aspirantes que no superen los 5 puntos. Aquellas puntuaciones que se desvíen en más de dos puntos respecto de la media, serán desestimadas. De existir empates en la puntuación de los aspirantes el orden de prelación en la bolsa vendrá determinado por el criterio de su mayor edad. 6ª.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. Los/as aspirantes serán convocados para el ejercicio de la fase oposición, en llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los/as aspirantes para que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán ir provistos del D.N.I. o documento acreditativo de nacionalidad de país comunitario. La fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio se dará a conocer con la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos. Una vez comenzadas las pruebas, los posteriores anuncios se harán públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Excma. Diputación Provincial. Se respetará la unidad de acto en el proceso de confección del ejercicio y la posterior celebración del examen, redactándose las preguntas en el mismo acto, por sorteo entre los miembros del Tribunal de Selección. Durante la celebración del proceso selectivo estarán presentes dos representantes de la Junta de Personal en calidad de observadores, con voz y sin voto. El programa que ha de regir la Oposición es el que figura como Anexo I de esta convocatoria. 7ª.- CONSTITUCIÓN Y PUBLICACIÓN. Finalizado el proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones que pudieran presentar los aspirantes, el Sr. Diputado Delegado de Personal, dictará Decreto para la constitución de la bolsa de inscripción con arreglo a los siguientes criterios: - El orden de prelación en bolsa vendrá determinado por la mayor puntuación obtenida con la calificación de la oposición. En caso de empate, se da prioridad al/a la aspirante de mayor edad. - Los llamamientos de ellas derivados se regirán por lo establecido en el artículo 54 del vigente Convenio Colectivo y Acuerdo Marco. 8ª.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. La acreditación por los/as interesados/as de los requisitos exigidos en esta convocatoria deberá efectuarse en el momento del llamamiento con la aportación de la documentación pertinente. Decaerán todos sus derechos el/la aspirante que no cumpla la citada obligación con independencia de la responsabilidad en que pueda incurrir por falsedad en la declaración de los mismos en la instancia de admisión al proceso selectivo. 9ª.- IMPUGNACIÓN. Contra las presentes Bases, los/as interesados/as podrán interponer Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes ante el Sr. Diputado Delegado de Personal o directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca. Lo que, en cumplimiento de lo decretado, se hace público para general conocimiento. Cuenca, a 25 Mayo de 2016 EL DIPUTADO DELEGADO DE PERSONAL Fdo.: David Cuesta Soler

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ANEXO I. TEMARIO TEMA 1.- Evolución histórica del Trabajo Social. Etapas: Antecedentes o etapa precientífica, origen, profesionalización y etapa científica. Etapas de evolución en España. TEMA 2.- Relación del Trabajo Social con otras disciplinas y teorías de las ciencias sociales. Disciplinas y teorías en la base conceptual y en el marco de referencia del Trabajo Social. TEMA 3.- Naturaleza y conceptualización del Trabajo Social: Concepto, definición y posturas. El objeto del Trabajo Social. TEMA 4.- La ética en la práctica del Trabajo Social: principios, código deontológico, secreto profesional. La bioética y el trabajo social. TEMA 5.- El método científico. Evolución metodológica en Trabajo Social. El método en Trabajo Social. Los métodos tradicionales. El Trabajo Social con casos, grupos y comunidades. TEMA 6.- Los modelos de intervención en Trabajo Social. Concepto, definición y características en los modelos en Trabajo Social. TEMA 7.-La investigación social. El estudio-investigación en Trabajo Social. El diagnóstico en Trabajo Social. TEMA 8.- La planificación social. El proceso de planificación en Trabajo Social. Tipologías de planificación. Niveles e instrumentos de la planificación. TEMA 9.- La evaluación en Trabajo Social. La evaluación como fase del método. Tipologías y técnicas de evaluación: Los indicadores sociales. TEMA 10.- Las técnicas en Trabajo Social. Concepto y definición dentro del proceso metodológico. Tipologías. Utilidad y finalidad en el proceso metodológico. Las técnicas documentales en Trabajo Social. TEMA 11.- Los ámbitos profesionales del Trabajo Social. La interdisciplinariedad. La supervisión en Trabajo Social. TEMA 12.-Instrumentos básicos para el trabajo social. Informe, entrevista, ficha, contrato social e historia social. TEMA 13.- El equipo de trabajo social: tipos, especial referencia al multidisciplinar. El trabajo social con grupos. TEMA 14.- La prevención. Ámbito y fases de actuación desde el trabajo social. TEMA 15.- Formas históricas de protección social: caridad, beneficencia, seguros sociales y asistencia social. Marco ideológico y político de los Servicios Sociales: El estado de bienestar y la política social. TEMA 16.- El Estado social de derecho: concepto. Criterios que rigen una adecuada política de bienestar social. TEMA 17.- Bienestar social en la Constitución Española. TEMA 18.- Política social en la Unión Europea. El Fondo Social Europeo y programación de sus recursos. La Carta Social Europea. Los/as trabajadores sociales y el Consejo de Europa. Resolución 67/6. TEMA 19.- Concepto y definición de los Servicios Sociales. El sistema público de Servicios Sociales de Castilla La Mancha. La Estructura Territorial. La Estructura Funcional. Programas, servicios y equipamientos. Financiación. TEMA 20.- Programa de promoción de la solidaridad y la cooperación social. La Intervención Comunitaria y la participación social en el marco de los servicios sociales generales. Asociacionismo y participación ciudadana. Las ONG y su papel en la acción social. TEMA 21.- El voluntariado. Concepto. Principios básicos de actuación. Áreas de intervención del voluntariado. Promoción del voluntariado en el marco de la planificación Regional. TEMA 22.- Legislación actual en materia de Servicios Sociales. El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. TEMA 23.- La Ley de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha. TEMA 24.- Las prestaciones y ayudas individuales de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. TEMA 25.- La protección de los usuarios de servicios sociales en Castilla-La Mancha. La calidad en los Servicios Sociales. Condiciones mínimas establecidas en centros de Servicios Sociales. El concepto de accesibilidad. La protección de datos personales. TEMA 26.- Autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información

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y documentación clínica: el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad, el respeto a la autonomía del paciente, el consentimiento informado. Tarjeta sanitaria. TEMA 27- Proceso de atención sanitaria en cuidados paliativos. Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte. TEMA 28.- Declaración de voluntad vital anticipada. Acompañamiento del paciente y su familia. Papel del trabajador social. TEMA 29.- Ley de Solidaridad de Castilla-La Mancha. TEMA 30.- La Calidad en Servicios Sociales. Estrategia de calidad. La autorización y la acreditación. Los profesionales y la calidad. Principales corrientes teóricas sobre calidad. Servicios sociales especializados TEMA 31.- Los servicios sociales especializados. Concepto, tipología y régimen jurídico. Especial referencia a Castilla la Mancha. TEMA 32.- Tutela de adultos. Procesos de incapacitación. Ejercicio de la tutela en la Comunidad de Castilla la Mancha. TEMA 33.- Los servicios sociales especializados para discapacitados. Niveles de intervención. Recursos y medidas de integración. TEMA 34.- Los servicios sociales especializados para personas mayores. Niveles de intervención. Recursos y medidas de actuación. TEMA 35.- Coordinación socio-sanitaria ante la dependencia. Planteamiento. Experiencias y perspectivas. TEMA 36.- Valoración de la dependencia. Instrumento y plan individual de atención. TEMA 37.- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia. La Dependencia y su valoración. Prestaciones y catálogo de servicios. Reconocimiento del derecho. Financiación. Consejo Territorial. Órganos consultivos. TEMA 38.- Los servicios sociales en la Diputación Provincial de Cuenca. TEMA 39.- El proceso de envejecimiento saludable. Derechos de las personas mayores y atención al maltrato. Papel del trabajador social en este proceso. TEMA 40.- Orden de 04/06/2013, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden de 21/05/2001, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regulan las condiciones mínimas de los centros destinados a las personas mayores en Castilla La Mancha (DOCM de 12 de junio de 2013). TEMA 41.- Servicios y prestaciones en las residencias de mayores de Castilla-La Mancha. TEMA 42.- Programa de acogida al residente y su familia. Incluyendo aspectos relacionados con el preingreso, de bienvenida, adaptación al centro, información. TEMA 43.- Organización y funcionamiento de los centros. La gestión de la calidad en las residencias de mayores. Manual de funcionamiento y calidad. TEMA 44.-Trabajo social y duelo. Intervenciones del trabajador social en las situaciones de crisis. TEMA 45.- Cartas de servicios de Residencias para Personas Mayores. TEMA 46.- Diagnóstico social en residencias para personas mayores. Instrumentos de valoración y diagnóstico social.

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EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL CUENCA

ANEXO II SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE TRABAJADOR/A SOCIAL,

EN LA EXCMA.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA I.

Convocatoria

Forma de acceso

Fecha B.O.P.: II.

OPOSICIÓN

Datos personales Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

Fecha de nacimiento

Lugar de Nacimiento: Municipio

Idem: Provincia.

Domicilio

Lugar de domicilio: Municipio

Idem: Provincia.

Sexo

Documento Nacional de Identidad

Teléfono

Varón

Grado de Minusvalía

Mujer

Adaptación que solicita:

………% III.

Títulos académicos oficiales

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EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL CUENCA

EL ABAJO FIRMANTE SOLICITA:

Ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia, comprometiéndose, caso de superarlas, a cumplir, como requisito previo, a la toma de posesión, lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

DECLARA:

Que son ciertos todos y cada uno de los datos consignados en esta solicitud y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la Administración de las Corporaciones Locales y las especialmente señaladas en la convocatoria anteriormente referida. En Cuenca, a …… de ……………………de 2016 (FIRMA)

Fdo.:

SR.

DIPUTADO

DELEGADO

DE

PERSONAL

DE

LA EXCMA.

DIPUTACIÓN

PROVINCIAL DE CUENCA (El modelo de instancia podrá descargarse de la página Web www.dipucuenca.es : anuncios Recursos Humanos).

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