REGLAMENTO INTERNO DEL SALON COMUNAL BARRIO CARVAJAL OSORIO

REGLAMENTO INTERNO DEL SALON COMUNAL BARRIO CARVAJAL OSORIO CARRERA 68L 37D 38 SUR PERSONERIA JURIDICA No 000241 de febrero 05 de 1980 N.I.T 860.404.5...
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REGLAMENTO INTERNO DEL SALON COMUNAL BARRIO CARVAJAL OSORIO CARRERA 68L 37D 38 SUR PERSONERIA JURIDICA No 000241 de febrero 05 de 1980 N.I.T 860.404.587-6

El vecino interesado en el préstamo del salón debe seguir el siguiente procedimiento: 1.- SOLICITUD DEL SALON 1.1 llenar formato de solicitud. 1.2 entregar al administrador dicho formato con un tiempo no inferior a ochos días (8) días hábiles. 1.3 el administrador dará respuesta con la debida anticipación donde le especificara el valor del aporte y el deposito que deben dejar en caso de daños, el Banco estipulado para hacer la respectiva consignación, numero de cuenta donde se recaudan estos dineros y procedimiento a seguir. 2.- confirmada la consignación la persona natural o jurídica cumplirá los siguientes requerimientos:

2.1 girar cheque o acreditar recibo de tesorería oficial de la Junta pagando el deposito que será la suma de (ciento cincuenta mil pesos)$ 150.000.oo reembolsables tan pronto se haga entrega del salón en las condiciones que se haya recibido por la persona que lo toma en alquiler. el valor del aporte por alquiler del salón comunal las siguientes sumas: 3. HORARIO PARA LOS EVENTOS 3.1 los eventos tendrán un horario máximo hasta las dos (2:00 a.m.) este horario se autoriza solo los viernes y sábados, entre semana hasta las doce de la noche (12 de la noche). 4. DECORACION DELSALON 4.1 no se debe pegar objetos en las paredes ni utilizar cintas adhesivas, ni puntillas u otros artículos pegantes, ni clavos ni chazos etc tec 5. PROCESO DE RECIBO Y ENTREGA DEL SALON 5.1 el vecino recibirá el salón con su respectivo inventario 5.2 el vecino convendrá la hora de entrega del recinto con el administrador.

5.3 una vez terminada la reunión el vecino retirara menajes y equipos de forma inmediata 6 VOLUMEN DE LA MUSICA 6.1el volumen de los equipos no debe incomodar a los vecinos aledaños al salón 6.2 las orquestas y conjuntos deben ser advertidos sobre el volumen moderado por parte de la persona responsable del salón es decir quien lo toma en alquiler. 6.3 en todo los casos el volumen debe se bajo a partir de las 11 30 de la noche (once y treinta de la noche). 7 DISPOCISIONES VARIAS 7.1 Hace parte de este reglamento la solicitud, hoja de inventario, contrato. 7.2 los asistentes o invitados al evento deben permanecer dentro del salón contratado. 7.3 no es permitido sacar las mesas y/o sillas del salón 7.4 el vecino solicitante debe encontrarse a paz y salvo por todo concepto con la administración y la junta comunal 7.5 el uso del salón por menores de edad debe ser autorizado por los padres y deberá estar un adulto responsable del evento con ellos. 7.6 el vecino que haga mal uso del salón o contrarié las disposiciones del presente reglamento se sancionara por un termino de un año con la suspensión del derecho a utilizar el salón.

7.7. los precios establecidos para los dignatarios en ejercicio es una vez por año, si lo necesitare mas de una vez por el año cancelara la cuota correspondiente al afiliado de la categoría que se encuentre sea de afiliado propietario o afiliado sin propiedad de vivienda. 7.8 los precios establecidos en el numeral dos va incluido el aseo del salón las sillas y mesas necesarias para el evento teniendo en cuenta que la capacidad del salón es para cien personas. 7.9 el administrador del salón comunal será elegido dentro de la junta directiva , deberá tener cargo de dignatario con voz y voto.y podrá ser removido en cualquier momento por decisión de la directiva o de la Asamblea. Este servicio es voluntario, y no podrá cobrar salarios, bonificaciones etc. por el servicio prestado. 7.10- en caso que de haber alquilado el recinto del Salón Comunal no se llevara a cabo el evento en la fecha y hora pactada, por motivos de fuerza mayor se reembolsara la totalidad del dinero cancelado para tal fin. A la mayor brevedad posible por parte del administrador elaborando el respectivo comprobante de Egreso, y anexando una breve explicación del motivo de la devolución.

7.11- si por el contrario el evento no se realiza en la fecha y hora indicada sin dar una justificación que se considere de fuerza mayor el contratante para tal fin pagara una multa en dinero por el cincuenta por ciento dejado como arras del negocio.

8.-CAPACIDAD DEL SALON 8.1 el salón tiene una capacidad exclusiva para cien personas (100) Este reglamento será vigente por el termino de cinco años, las cuotas serán modificadas anualmente de acuerdo al I.P.C. cuando se considere necesario cambiar, reformar, parcialmente se convocara asamblea de afiliados. 8.2 la caseta aledaña al salón comunal prestara el servicio de bodega, para los enseres que se encuentren inscritos en el libro de inventarios de la Junta, enseres, muebles, electrodomésticos, herramientas, elementos recibidos en comodatos, donaciones, archivo muerto, muebles en mal estado es decir únicamente lo pertinente a la Junta. 8.3 el presente documento debe permanecer expuesto al publico en la cartelera de la Junta hasta que la Asamblea determine lo contrario, a su vez debe facilitarse copia de este, al afiliado que lo requiera las veces que este mismo lo solicite. El presente documento es aprobado hoy nueve de septiembre del 2012 con la aprobación de afiliados de los inscritos en el libro. Este documento se debe radicar en el IDPAC junto con el acta de Asamblea.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE A PARTIR DE HOY NUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012