Realidad social latinoamericana y derecho

Realidad social latinoamericana y derecho Cátedra Dr. Galderisi Unidad III • Los orígenes del constitucionalismo latinoamericano Lic. Flavio C. A. Col...
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Realidad social latinoamericana y derecho Cátedra Dr. Galderisi Unidad III • Los orígenes del constitucionalismo latinoamericano Lic. Flavio C. A. Colina. Alcanzada la independencia, y tras el fracaso de los proyectos de unidad continental, los distintos espacios latinoamericanos procuraron organizarse legalmente como estados nacionales. La necesidad de dictar una constitución resultó entonces, una prioridad que, lejos de aglutinar a las distintas fuerzas políticas, volvió a generar conflictos y luchas. El nuevo orden jurídico y político. La ruptura del pacto colonial significó para Latinoamérica el inicio de un largo y turbulento período histórico, que estuvo signado por la búsqueda de un orden jurídico y político que reestableciera la paz, la seguridad y la ley en el territorio. La independencia había borrado la estructura legal y política impuesta por España y sostenida por la presencia rectora del monarca a través de sus representantes en América. La necesidad de reconstruir el sistema jurídico y político exigía establecer una estructura gubernamental que rigiera a los nuevos estados y un corpus legal que ordenara la vida social. Era menester entonces, definir a las distintas instituciones de gobierno, especificar sus atribuciones y sus derechos y precisar sus obligaciones. Junto a esto, debían puntualizarse las normas legales que precisaran los derechos individuales de los ciudadanos del estado. Este proceso debía surgir de la misma dinámica del proceso independentista, a partir de lo cual, contaría con la legitimidad necesaria para gestar un orden jurídico y político acorde a las expectativas de la sociedad. El predominio de ciertos grupos dirigentes latinoamericanos determinó la orientación del movimiento hacia algunas soluciones jurídicas y políticas que no siempre respondían a las intenciones del conjunto de la sociedad. De tal forma, en la conformación del nuevo estado latinoamericano, primaron las fuerzas políticas y sociales de tendencia local. Frente a los proyectos continentales, los intereses de ciertos sectores latinoamericanos y extranjeros, fundamentalmente ingleses, determinaron la formación de pequeñas unidades estatales que se estructuraban a partir de un eje definido por los grandes centros productivos y por los puertos ultramarinos de entrada y salida del territorio. Eso motivó que, en la construcción jurídica y política del nuevo estado, se buscara el reconocimiento de la primacía de esos espacios económicos y el reparto del poder entre los distintos grupos sociales locales. 1

En esa búsqueda de un nuevo orden jurídico y político se transitó por distintas vertientes ideológicas. La preeminencia de ciertos grupos dirigentes locales, la política europea y los intereses extranjeros favorecieron la aparición de modelos estatales opuestos. En los primeros años del proceso independentista se definió un paradigma monárquico tradicional, que luego fue reemplazado por otro de tendencia liberal constitucional. El modelo monárquico. El proyecto jurídico y político de preservar el gobierno monárquico, similar al existente hasta 1810 en Latinoamérica pero bajo un aspecto reformado, tuvo una vida efímera. Inspirado en la doctrina pactista, el movimiento independentista procuró en sus primeros años resguardar el gobierno de Fernando VII, preso de Napoleón. En esas circunstancias históricas, la aristocracia local defendió el modelo monárquico de tradición hispánica para que, sin romper abiertamente los lazos con España, se lograra obtener una mayor autonomía política y una mayor apertura económica para el continente. Pero, con la preservación reformada del viejo modelo institucional, no se daba completa satisfacción a las exigencias políticas, sociales y económicas que pretendían otros sectores de la sociedad latinoamericana en el marco del proceso independentista. La vuelta de Fernando VII al trono español en 1813 y la derrota de Napoleón en 1814 aceleraron la salida del modelo monárquico y le dio mayor velocidad al movimiento independentista. El reestablecimiento del absolutismo monárquico y el envío de expediciones militares para sofocar a los revolucionarios latinoamericanos les quitaron toda legitimidad a los gobiernos que aún, decían actuar en nombre de Fernando VII. En cambio, los sectores independentistas ganaron la aceptación popular y pasaron a tomar control del movimiento, reorientándolo hacia nuevas metas. El proceso político latinoamericano encontrará a partir de entonces, en las ideas del Liberalismo una nueva fuente ideológica de la cual abrevar y sostenerse doctrinariamente. Esas nuevas ideas parecían tener una plena correspondencia con el proyecto independentista que propugnaba la sociedad latinoamericana en las primeras décadas del siglo XIX. El modelo liberal. El Liberalismo surgió en la Europa post revolucionaria teniendo como fundamento a los ideales de la Ilustración dieciochesca. Esta filosofía política, nacida en el siglo XIX, se oponía a toda forma de despotismo y en cambio, defendía la conformación de gobiernos representativos de la voluntad popular que preserven y protejan la libertad individual de cada uno de los miembros de la sociedad. El pensamiento liberal sostiene como principios fundamentales: ™ El Individualismo, porque considera al Hombre en tanto ser individual como primordial y por ello, por encima de todo aspecto social o colectivo.

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™ La Libertad, porque es el derecho inviolable de la persona para satisfacer sus propias necesidades, cuya única limitación es el respeto hacia la libertad de los demás. ™ La Igualdad entre los hombres, entendida no desde un aspecto socio – económicos, sino más bien, desde lo jurídico y político. ™ El Respeto a la propiedad privada, como origen del desarrollo individual y derecho indiscutido que debe ser protegido por las leyes y el estado. En virtud de estos principios, cuyos fundamentos se remontan al pensamiento de Locke, Montesquieu y Rousseau, el Liberalismo decimonónico defendía el establecimiento de una nueva estructura jurídica y política para el estado. El gobierno debía originarse en la voluntad mayoritaria de los ciudadanos expresada a través del sufragio. Esa estructura política debía ordenarse a través de un sistema de poderes de gobierno iguales entre sí y que mutuamente se controlen, a fin de asegurar la libertad y la igualdad de los ciudadanos. Para el pensamiento liberal del siglo XIX, la organización del poder político se podía expresar de dos formas. Para ciertos grupos, era necesario asegurar la existencia de un orden y eso hacia necesario el establecimiento de monarquías parlamentarias de voto censatario. La permanencia del monarca aseguraba la vigencia de la ley pero, con la existencia de un parlamento a cargo del gobierno efectivo, se garantizaba el respeto de la libertad y de los derechos ciudadanos. En cambio, otros grupos más radicalizados proponían la conformación de repúblicas apoyadas sobre el sufragio universal. Para el ideario liberal resultaba entonces menester, la elaboración de cartas constitucionales que, al modo de un gran contrato entre todos los integrantes de la sociedad, dispusiera las normas fundamentales para el funcionamiento del estado, los derechos ciudadanos y las limitaciones para el ejercicio gubernamental. Esta corriente ideológica reflejaba las expectativas sociales latinoamericanas despiertas en el proceso independentista. Los grupos que tomaron control del proceso a partir de 1814, favorecieron la declaración de independencia de los distintos territorios continentales y procuraron hallar una salida constitucional que estableciera el nuevo orden jurídico y político en Latinoamérica. La elaboración de una constitución para los estados latinoamericanos fue influenciada por distintos documentos legales de origen europeo. La Constitución española de 1812 tuvo, en este sentido, una fundamental importancia como ejemplo de organización jurídica y política de principio liberal. Elaborada por el Consejo de Regencia reunido en Cádiz y en el marco de la guerra de independencia contra la invasión napoleónica, la Constitución liberal de 1812, conocida popularmente como “la Pepa” por haber sido dictada en el mes de marzo durante la festividad de San José, proponía la instauración de una monarquía parlamentaria de inspiración inglesa y francesa, pero dentro de una estructura política fuertemente centralizada. La Constitución española de 1812 fue utilizada por los grupos dirigentes latinoamericanos como fuente de inspiración para la elaboración de las primeras cartas 3

constitucionales del territorio. En esos primeros documentos se procuró además, satisfacer las exigencias que llegaban desde el Congreso de Viena1 para reconocer como legítimos a los gobiernos europeos. Las constituciones latinoamericanas establecían entonces, un sistema político de características pro monárquica, centralista y aristocrática. Esto significaba que, aunque no se lo expresaba explícitamente, existía una figura presidencial de amplias atribuciones y un poder concentrado en su persona, pero limitado por la presencia de un Parlamento también fuerte. El centralismo de estas constituciones se expresaba en estructuras provinciales sin autonomía y dependientes política y legalmente del poder central. Su carácter aristocrático estaba determinado por el exclusivo reconocimiento de la ciudadanía restringido a los dueños de propiedades y con una cierta renta anual dentro de la sociedad. Pero, la extensión de las guerras de independencia favoreció la consolidación del poder político y social de jefes militares devenidos en consecuencia, en caudillos regionales. El poderío adquirido entonces, por los espacios provinciales y las autoridades militares fortaleció las opiniones opositoras al modelo constitucional liberal vigente. Frente a aquel, se definió un proyecto inspirado en las Constituciones napoleónicas de 1799 y de 1802. En ese orden político, los caudillos militares mantuvieron una forma pro monárquica. El presidente gozaba de amplias atribuciones dentro de la estructura política del Estado y de largos períodos de gobierno, casi vitalicios. El parlamento, devenido en un cuerpo fuertemente conservador, estaba sujeto a las decisiones presidenciales. Las entidades provinciales aunque no estaban plenamente contempladas como entidades autónomas, eran reconocidas en lo concerniente a su capacidad y voluntad pero bajo la suprema autoridad presidencial. El centralismo de este modelo se apoyaba en el paternalismo que lo distinguía. El caudillo era el único responsable del gobierno y por lo tanto, con la misión inextinguible de atender a todas las necesidades de la sociedad. El modelo constitucional conservador que representaron los caudillos fue rechazado por los grupos liberales nacionales. El éxito de las revoluciones burguesas en Europa en la década del ’30 y del ’40, las guerras civiles y el agotamiento del conservadurismo latinoamericano, contribuyeron decisivamente a la reaparición del modelo constitucional liberal. Inspirados en pensadores como Montesquieu, Constant, Bentham, Guizot, Tocqueville, Chateaubriand y Burke y en la Constitución de los Estados Unidos, los dirigentes locales favorecieron la redacción de textos con características plenamente liberales. Se organizaron entonces, gobiernos republicanos, centralizados o federales moderados y democráticos. Esto implicaba la existencia una estructura política surgida de la voluntad mayoritaria de la ciudadanía, donde los funcionarios elegidos por un período 1

Con la caída de Napoleón Bonaparte, los monarcas absolutistas europeos retornaron a sus respectivos tronos y procuraron reordenar el mapa continental borrando todo vestigio revolucionario. A tal fin, y bajo la dirección del canciller austriaco Metternich, se organizó un congreso en la ciudad de Viena donde se establecieron los lineamientos fundamentales de la política europea. La restauración de las monarquías absolutistas y legítimas y el equilibrio político – territorial entre ellas fueron los principios reconocidos en la capital austriaca.

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determinado, debían poseer la idoneidad necesaria para ocupar esos cargos y dar cuenta pública de sus acciones. El gobierno se hallaba repartido entre tres poderes distintos que se controlaban mutuamente y así, aseguraban la plena vigencia de los derechos ciudadanos. Esta estructura institucional diferenciaba el ámbito estrictamente político del religioso. Las provincias, como entes políticos reconocidos dentro de la estructura del Estado, poseían en ciertos casos, una autonomía limitada, y en otros, estaban totalmente sujetos al poder nacional. Estas constituciones reconocían la plenitud de los derechos individuales y la extensión de la ciudadanía a la mayoría de la población. Pero, las minorías ilustradas se aseguraban su preeminencia política en esa democratización de la sociedad. A través de la elección indirecta de las autoridades políticas, a cargo de un colegio electoral, se evitaba el avance de ciertas corrientes opositoras al modelo liberal. El constitucionalismo liberal logró finalmente, en la segunda mitad del siglo XIX, organizar legalmente a los nacientes estados latinoamericanos. Recién en el siglo XX se lograrían ciertos cambios en la organización política y jurídica de fundamento liberal. Bajo las corrientes populistas latinoamericanas, de mediados de siglo, se ampliaría la condición de ciudadanía al pleno conjunto de la sociedad. Los analfabetos, los indígenas, las mujeres, los negros y ciertos núcleos rurales adquirirán entonces, sus derechos políticos y civiles. En esta misma línea política, y con el antecedente de la Constitución mexicana de 1917, se procuró modificar el espíritu liberal de los textos constitucionales. Se incorporaron los derechos sociales de los trabajadores y de sus familias, y se otorgó un nuevo rol al Estado como protagonista de la vida económica de la sociedad. El constitucionalismo latinoamericano intentaba entonces, ajustar la letra de sus cartas constitucionales a la realidad política y jurídica cotidiana.

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López – Alves, Fernando, La formación del Estado y la democracia en América Latina, Bogotá, Norma, 2003. Ravina, Aurora (Dir.), Historia de América Latina, Buenos Aires, Colegio Nacional de Buenos Aires y Página 12, 2002 – 2003. Touchard, Jean, Historia de las ideas políticas, Madrid, Tecnos, 1981.

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