Objetivo de la empresa en el sistema socialista: Cumplir con el Plan de Gobierno

RESUMEN DE ECONOMIA SEGUNDA PARTE FORMAS JURIDICAS DE LA EMPRESA La empresa es una unidad de producción, se considera una actividad organizada, planif...
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RESUMEN DE ECONOMIA SEGUNDA PARTE FORMAS JURIDICAS DE LA EMPRESA La empresa es una unidad de producción, se considera una actividad organizada, planificada y finalmente profesional. El productor paga por adquirir unos factores, y los consumidores se valen de unos salarios. La empresa es el conjunto de factores dirigidos por un empresario de forma física o jurídica. Sus funciones son: • La creación de utilidad y de beneficios. • La creación de bienes y/o servicios. Consiste en una organización o conjunto de los factores de producción (recursos naturales, capital y trabajo), para producir o comercializar bienes y/o servicios, con el fin de obtener un beneficio económico. Se pueden distinguir: Los elementos que la integran, su organización, la actividad a la que se dedica y el fin que persigue. El objetivo viene determinado por el sistema económico (planificada o libre) y depende de su tamaño. Capitalismo−Competencia, Socialismo−Plan de Gobierno. Características comunes independientes al sistema: • Economicidad: Se quiere buscar los costes más bajos y a la vez generar mayores rendimientos. • Equilibrio financiero: La empresa según lo que pretenda, necesitará un capital mínimo. Elementos comunes: • Actividades productivas, de tipo intelectual o esfuerzo físico. Es el factor que se le añade a la materia prima para producir un bien que pocas veces se parece a esa materia prima inicial. Le da una aptitud para ser comercializada y consumida. • Recursos financieros. • Factor Humano. Los elementos de la empresa son heterogéneos: actividad laboral (y de muchas clases), dinero, máquinas, locales, instalaciones, mobiliario, vehículos, créditos, materias primas, mercancías, etc Según el tipo y tamaño de empresa varían los elementos. En el cumplimiento de sus objetivos, la empresa genera ofertas. Función de Descuento del producto social Se le paga al trabajador anticipadamente sin que se haya vendido el producto. Objetivo de la empresa en el sistema socialista: Cumplir con el Plan de Gobierno. Objetivo de la empresa en el sistema capitalista: Obtener beneficios. En general la obtención de unas ganancias que compensen el riesgo de lo que se ha invertido y el esfuerzo realizado. De esas ganancias salen los sueldos de los trabajadores, los impuestos, los intereses de los créditos recibidos, el pago a los proveedores y el beneficio del empresario ( sea persona física o una sociedad ). La intención de obtener un beneficio es común a todas las empresas y las hace diferentes a las asociaciones culturales o recreativas, un club o una institución benéfica. 1

Objetivos Internos: Referentes a su financiación, costes. Objetivos Externos: Relación con los clientes, marketing, poder, imagen. Hay empresa extractivas, minería; Manufactureras, transformación de un producto; Transporte, Construcción, de Servicios, etc EL EMPRESARIO INDIVIDUAL O SOCIAL El individual es una persona física o natural, un autónomo, responsable de las actividades aunque tenga gente a cargo. Responde por deudas con su patrimonio empresarial y personal aunque haya cierta autonomía entre ambos a nivel contable. El riesgo es muy grave aunque a nivel fiscal tengan un mejor tratamiento que las sociedades, por eso la gente hace pequeñas sociedades anónimas con la familia para mantener al margen su patrimonio personal. Según el Código de Comercio(1885)(con sus desactualizaciones) cuando habla de Capacidad se refiere a la capacidad legal, dice quienes pueden ser partícipes de equis actividad: la mayoría de edad y un hábito para comerciar (su actividad empresarial representa su medio de vida, su profesión, ejercida de forma reiterada y constante ). No Capacidad Hay impedimentos a través de la ley, p.ej. el Ministro de Economía no puede tener empresas, no podrá ejercer comercio por su cargo influenciable. Los jueces, por su actuación pública no deben tener empresas. Los que tienen incapacidad mental. El código habla también del concepto de pródigo (antes) el muy gastador no puede tener empresa, ahora se la gastan como quieren; Intericción Civil: El comerciante que debía dinero debía tener un plazo de buen comportamiento para entrar al comercio nuevamente. Funciona actualmente sólo en el caso de un gerente o administrador que ha llevado a la quiebra una empresa y se demuestra su ineptitud, se le inhabilita por un tiempo para dirigir otras empresas; Si un juez dictamina inhabilitar a alguien en comercio. El empresario social, es uno o varios que forman una sola persona jurídica. La sociedad es la titular o propietaria de la empresa y esta nace de un contrato de Sociedad. Dos o más personas se comprometen a aportar dinero, bienes, derechos y/o dedicación personal para crear un capital social, explotar alguna actividad lucrativa y repartirse luego las ganancias. • SOCIEDADES CIVILES No tienen una regulación específica , sino que se rigen con el código civil que nos rige a todos. Hay sociedades sin ánimo de lucro que no pretenden ofrecer beneficios, sino ganancias para revertirlas nuevamente en pro de sus actividades (fundaciones−objetivos mas grandes, asociaciones−objetivos mas locales). Tienen privilegios fiscales. Hay sociedades con ánimo de lucro contrato privado sin registrar. Su ámbito se reduce a las actividades agropecuarias, la artesanía y los gabinetes de profesionales liberales. Su responsabilidad es ilimitada ( 4 o 5 arquitectos que montan su despacho ) Responden con el patrimonio de la sociedad y luego con sus pertenencias y de manera solidaria, cada uno de los 4 es responsable de la deuda en proporción a su participación. En los profesionales es mas controlable el endeudamiento. (YA CASI NO SE USAN) • SOCIEDADES MERCANTILES Lo que se quiere abiertamente es obtener beneficios. La ley las protege porque favorecen la economía. Se necesita: Constitución por medio de escritura pública ante notario e inscripción en el Registro mercantil.

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Sociedad Colectiva Obliga a un nombre colectivo, un registro. Igualdad de derechos y obligaciones de los socios. Es de tipo personalista (Se valora la personalidad de los socios, su solvencia, experiencia, prestigio ). Con esta sociedad se intentó limitar la responsabilidad, por lo menos se aclaró que el endeudamiento puede ser producido por el riesgo comercial y no necesariamente por malas gestiones. Sociedades Comanditarias Socios con responsabilidad colectiva ilimitada y Socios con responsabilidad comanditaria limitada. El segundo pone el dinero y se mantiene al margen de la gestión. Utilizan acciones que se pueden vender, constituyen una Junta Gral. Para controlar el Balance y las cuentas anuales. No pueden nombrar ni destituir a los administradores, eso le toca a los socios colectivos. RESPONSABILIDAD LIMITADA − las que se usan ahora Sociedades Limitadas y Sociedades Anónimas S.A. Su capital está distribuido en acciones transmisibles por su sistema democrático, por la regulación de sus funciones administrativas y por la ausencia de responsabilidad personal de sus socios. Su nombre no debe ser igual ni parecido a otro y se sigue de S.A. Su objeto social va en los estatutos y se crea mediante escritura pública inscrita en el Registro Mercantil. Así adquiere su personalidad jurídica. Si no se registra en un año automáticamente queda como Civil o Colectiva. Sus órganos de gobierno son La Junta general de accionistas (órgano supremo, sus decisiones obligan a administradores y a los que no hayan ido a la junta) Hay Juntas de un solo accionista − Unipersonalidad de la S.A y de S.L. ; y Los Administradores o Consejo Administrativo encargados de ejecutar y representar a la sociedad en sus relaciones jurídicas con terceros llevan a cabo la gestión cotidiana de la sociedad. La Junta General de Accionistas es muy grande y pueden no ir a las reuniones. Se pueden reunir para enviar un solo representante por aquellos que tienen pocas acciones. Las Juntas pueden ser: Junta General Ordinaria (Cumpliendo requisitos de convocatoria) 1 en los 6 primeros meses del año. Hay que llevar como mínimo el Balance del año anterior, lo planeado para el año siguiente Junta General Extraordinaria (Cuando se necesite) Convocada por accionistas o administradores. Juntas Universales Pueden ser ordinarias o extraordinarias, acuden el 100% del capital(personas). Van todos. QUÓRUM el mínimo de capital (personas) para tomar decisiones. La convocatoria hecha por un juez, en caso de no hacerla el administrador, se llama Junta Judicial y puede ser ordinaria o extraordinaria. También puede llegar a ser universal. Las acciones y participaciones confieren votos. C/u vale un voto. En las sociedades cooperativistas cada voto va por persona. Es la diferencia entre los votos de la empresa capitalista y las cooperativas. Postulado básico de la vigente ley: carácter híbrido o mixto convivencia en armonía elementos personalistas y elementos capitalistas. sociedad cerrada en materia de transmisión o circulación de las participaciones sociales y en la prohibición de que el socio pueda hacerse representar por persona extraña a la sociedad en las reuniones de junta, flexibilidad la autonomía de la voluntad de los socios prevalece sobre el mandato legal. Sociedades anónimas laborales S.A.L. Sociedades con acciones de las cuales el 51% pertenecen a trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma directa por tiempo indefinido y en jornada completa. Estas acciones son nominativas y serán de dos tipos: las pertenecientes a los trabajadores y las ordinarias. Los trabajadores que cesen en la 3

empresa deberán dejar las acciones. No hay socios que tengan mas del 25% del capital social a no ser que sea una entidad pública o de capital del estado. Estas pueden tener hasta el 49%. Son acreditadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y luego registradas en el Registro administrativo de sociedades anónimas y por último en el Registro Mercantil. El número de trabajadores, no socios, no puede ser de mas del 15%. Tiene algunos beneficios fiscales. Sociedad de Garantía Recíproca S.G.R. Es de creación mas o menos reciente, el capital y la responsabilidad se rigen como en las sociedades anónimas, y los derechos de los socios son de carácter mutualista. Son como entidades financieras sometidas al registro, control e inspección del Banco de España. Es una sociedad de empresarios que necesitan una autorización del Ministerio de Hacienda, otorgan garantías personales para sus socios en sus respectivas empresas, las puede asistir y asesorar en temas financieros tanto a éstas como a otras empresas pequeñas y medianas externas. Son participaciones indivisibles, acumulables y no se pueden negociar. Su constitución se hace mediante escritura pública, autorización de Hacienda, Registro mercantil e inscripción en el Registro especial del Banco de España, y sus administradores y directivos se han de inscribir en el Registro de altos cargos del Banco de España. Multinacionales Es una sociedad con su personería jurídica que se porta como socio fundador de otras sociedades, junto a otras personas físicas o jurídicas. Se usan para: Adquirir el control de otras empresas del mismo sector, posición monopolística. Fusionarse para unificar costes de producción, o para repartirse las fases de producción. Todo ello da lugar a una serie de participaciones de unas sociedades en los capitales de otras. Las sociedades que ejercen el control son las matrices y las otras, las filiales. Un holding es una sociedad que controla a varias de diferentes sectores. Las grandes empresas abre filiales en otros países donde se facilita su mano de obra, extracción de materia prima, ventajas fiscales, nuevos nichos de mercado. Deben cumplir: Cifra de negocios superior a los 100 millones de dólares anuales. Presencia en seis países, mínimo un 20% de sus negocios en el extranjero. Sirven porque aportan trabajo y avances tecnológicos a través de una transferencia de tecnología, pero en realidad son un lastre político para los países mas pobres. Sociedades Cooperativas − Es un empresario no un sindicato ni una asociación benéfica. Son de origen muy antiguo. Pretende que los socios se beneficien directamente de su propio esfuerzo, no solo a nivel económico sino también a través de relaciones mas justas y equitativas promoviendo el desarrollo humanístico y cultural. Se sustituye la competencia por el cooperativismo, manteniendo la iniciativa de la empresa privada. Se crean en cualquier país y en cualquier sistema. La ley catalana es más antigua que la estatal y se remonta a 1934, rigiéndose como todas a los principios de la Alianza Cooperativa Internacional ACI que engloba confederaciones y cooperativas de todo el mundo. Estos principios son: • Puertas abiertas− Sus socios tienen libertad de adherirse y darse de baja cuando quieran. El capital social y el número de socios es variable. • Democracia Interna − Un socio, un voto. Igualdad en organización, administración y control de la sociedad. • Estricta limitación a los intereses de capital − porque no tiene ánimo de lucro. 4

• Retorno cooperativo − los excedentes netos (no ganancias) se reparten en función de su actividad en las operaciones sociales. • Educación cooperativa − promueve educación al cooperativismo. • Colaboración − lazos de cooperación, creación de confederaciones. Los estatutos definen el tipo de responsabilidad (limitada o ilimitada) Tienen Asamblea General y Consejo rector. Asistir a las asambleas generales no es solo un derecho sino un deber. La asamblea nombra el Consejo rector durante el tiempo que diga en los estatutos, éstos deben ser socios y debe haberse acordado en los estatutos también una cuantía por dedicar tiempo y esfuerzo en la sociedad. Ellos representan la cooperativa ante terceros y gestionan las actividades poniéndose de acuerdo. Clases de Cooperativas: Cooperativas de......trabajo asociado, de consumidores y usuarios, agrarias, de servicios, de seguro, sanitarias, de enseñanza y escolares, de crédito, mixtas, de vivienda.... Una cooperativa de vivienda está integrada por quienes serán los futuros usuarios de las viviendas que se proponen construir − a veces ellos construyen directamente o encargan la obra a una empresa constructora. Tiene limitación de socios (solo personas físicas) según los pisos que construyan, pero también hay una lista de expectantes por si alguno se va y se le retendrán ciertos porcentajes según su justificación. Porque quiere, se le retiene el 20% y se le da el dinero en un plazo de 5 años, para que no perjudique la construcción. Por causa justificada, cambio de trabajo, etc le devuelven el 100% entre 1 y 5 años según lo decida la junta. Porque son expulsados, les retienen el 30% y les dan el dinero si quieren en el último plazo (5 años). Estos pisos se construyen a precio de coste por medio del capital aportado por todos los socios, evitándose intermediarios, y según los estatutos serán de propiedad, usufructo, arrendamiento, etc. Solo puede ser una vivienda por socio a no ser que sea una familia muy numerosa. No son Cooperativas de la construcción (que son cooperativas de trabajo asociado que no solo hacen vivienda sino edificios, naves, etc y no para ellos sino para terceros). El tanteo es la preferencia que tiene la sociedad de comprarle a un socio dentro del plazo de cinco años desde su adjudicación para dársela a un socio expectante y es igual al valor que el socio aportó mas el índice de vida ( cero especulaciones ). El derecho de retracto es la posibilidad que tiene la sociedad durante un año para pedirle a un juez que anule la venta si se ha hecho a un tercero sin habérsele dado preferencia. Si la cesión de la vivienda se ha hecho a ascendientes o descendientes ya no vale. Los derechos y obligaciones según se va construyendo con varias exigencias porque reciben subvenciones del estado. Hay que respetar los turnos con obligatoriedad. Se lleva una contabilidad general de la cooperativa y una por cada fase (p.ej. un edificio). Es prohibido pasar dinero de un edificio a otro o de una fase a otra. LA EMPRESA Desde hace muchos años se ha estudiado como una organización de personas que comercian o se dedican a producir algo y que hacen aportaciones a nivel social y económico. Desde diferentes disciplinas /economía, sicología, derecho, etc En Economía es la Unidad económica de producción combinando diferentes factores productivos para la producción de bienes y/o servicios, con la finalidad de conseguir objetivos determinados (beneficios). No necesariamente lucrarse pero por lo menos limitar las pérdidas en el caso de empresas de tipo ambiental, social, etc La empresa tiene en su ámbito interno, diferentes grupos de personas con diferentes creencias, edades, aptitudes, ...que deben organizarse y encontrar el equilibrio organizativo indispensable para que actúe como 5

un todo....un sistema.(unión de partes que además se interrelacionan) Las características de un sistema son: • Globalidad: Cualquier estímulo que afecte a uno afecta todo el sistema • Homeostasis: Carácter adaptativo, autorregulación o autocontrol que le equilibra. • Finalidad: Todo sistema está para algo. • Sinergia: El todo es distinto a la suma de las partes, mejores resultados−sinergia positiva, o peores resultados−sinergia negativa. • Equifinalidad: Mismos fines, diferentes caminos. Características de este sistema que es la empresa: • Sistema abierto: Intercambia información con el entorno • Sistema artificial: De creación humana • Sistema natural: Hay varias condicionantes que no permite que sea completamente controlado. • Sistema socio−técnico: relación de varias personas con diversos recursos materiales y tecnológicos. La tecnología no solo es técnica también organiza y da un vuelco a la forma de la empresa. Sociedad Mercantil es la unidad jurídica que regula el conjunto de relaciones que produce el patrimonio del que son titulares dos o mas personas. Toda empresa ha de tener personalidad jurídica como empresario individual o como sociedad mercantil. La empresa puede integrar mas de una sociedad. Explotación Unidad técnica, es el proceso tecnológico que se le aplica a los factores para producir resultados. Se puede descentralizar. Empresa Unidad económica y de decisión dividida a la vez en varias unidades encabezadas por una dirección formando una estructura interna organizativa y coordinada entre sí. Tendrá unos objetivos y supondrá un Riesgo que viene del compromiso de unos recursos hoy que no se sabe si se recuperarán porque se depende también de circunstancias externas o ajenas (imprevistas). Funciones de la empresa Se encuentra en un entorno de donde obtiene los INPUTS − Factores de producción, recursos e información; ingresan a la empresa produciendo OUTPUTS productos, servicios que cumplen con ciertos objetivos. Estos productos son comprados (consumidos) por las familias que han ganado un salario vendiendo su trabajo como factor de producción. Específicas: • Aprovisionamiento: adquisición de equipos, gente, todo lo que necesita • Producción: salir al mercado con algo • Función comercial: responder a una demanda del mercado • Función de ahorro: acumulación de recursos Generales: • Función de renta: Corriente monetaria, salario de los trabajadores, accionistas, prestamistas, mediante sueldos, intereses, alquileres, dividendos, etc • Función de capitalización: Corriente monetaria de las ventas para recuperar lo invertido y ganar un beneficio en compensación del riesgo técnico y económico. • Función de adaptación al entorno: aprovechar las oportunidades y resguardarse de las amenazas del 6

mundo exterior. • Función de administración interna: planificación y control internos Para ello necesita Eficiencia, ingresos máximos para un determinado coste, o mínimo coste para un ingreso dado y Eficacia, que los objetivos de verdad se cumplan. El empresario En un principio era quien compraba los medios de producción, los convierte en producto para consumir y los vende a un precio en relación a sus costes. Según los clásicos, esto se hacía solo y el empresario solo chupaba.