Licencia Ambiental No

REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE ENERGIA, RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Licencia Ambiental No. Proyecto: Categoría: Propietario: Ubicacióil: Vigen...
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REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE ENERGIA, RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

Licencia Ambiental No. Proyecto: Categoría: Propietario: Ubicacióil: Vigencia:

017-2014

"CONSTRUCCION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO SAN MARCOS DE LA SIERRA

"UNO (1)" ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN MARCOS DE LA SIERRA, DEPARTAMENTO DE INTIBUCA MUNICIPIO DE SAN MARCOS DE LA SIERRA, DEPARTAMENTO DE INTIBUCA CINCO (5) AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU OTORGAMIENTO (EXP. 2013-LA-00213)

Tegucigalpa, M.D.C.,

CONSIDERANDO: Que la Direccion General de Evaluacion y Control (DECA) una vez revisada la documenlacion requerida se pronuncio mediante informe tecnico N.2318-2013 de fecha 19 de diciembre del dos mil trece CONCLUYENDO: 1)Segiin conslancia emitida por la Unidad Municipal Ambiental

de la Municipalidad de San Marcos de La Sierra, el proyecto Construccion de

Alcantarillado Sanitario San Marcos de la Sierra no ha iniciado actividades de construccion, el proyecto no se encuentra denlro de los limiles de ningun area prolegida y el proyecto a realizarse no afectara el enlorno ambiental del area donde se realizara el mismo (Folio No 05). 2) El Proyeclo 'CONSTRUCCION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO SAN MARCOS DE LA SIERRA" se encuenlran fuera de cualquier area prolegida integrada al Sistema Nacional de Areas Protegidas de Honduras (SINAPH). 3) El iiioiito de inversion del proyecto es de ocho millones setecientos dieciocho mil ochocientos cuarciita y nueve Lempiras con 201100 (8,718,849.20) (Folio No. 194) 4) ~ e v k a d a la documenlacioii presenlada por el Proponente del proyecto 'CONSTRUCCION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO SAN MARCOS DE LA SIERRA", se delermina que el misnio es Ambientalmente Viable debiendo cumplir obligatoriamente con las Mzdidas de Control kinbienlal establecidas por esta Secretaria de Estado. Asimismo, c o n f o r ~ e con la Tabla de Caiegorizacion Ambienlal, se define como Actividad "Acueductos y Alcantarillados y Lagunas de Oxidación" del Sector "Infraestructura y Gestión de Residuos" utilizando como crilerio tecnico de selecci5n por "usuarios y tamaño" ubicandose en la Cateqoria l .

C O N S I D E R A N D O : Q u e los proyectos q u e s e u b i c a n e n l a C a t e g o r í a 1, n o requieren d e u n a Evaluacion d e Iinpacto Ambiental (EIA), Únicamente deberán reportar s u s actividades; c o n e l objeto fundamental d e conocer s u ubicacion y e l giro d e s u s operaciones. p u d i e n d o ser e n cualquier m o m e n t o objeto d e control y seguimiento.

CONSIDERANDO: Que el otorgamiento de la correspondiente Licencia Ambiental, a parte de los requisilos legales del caso. viene precedida del Dictaman Técnico que emitió la Direccion General de Evaluacion y Control Ambiental (DECA). por ser esle el órgano que por mandalo de la Ley es el facullalivo responsable del eslablecimienlo de las eslralagias, obras, acciones, que se realicen a fin de atenuar el impacto negativo que liene una actividad especifica como la del presenle caso de ziitnr

CONSIDERANDO: Que de acuerdo a Decreto No.181-2007; publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 16 de Julio del año 2010, reforma el Articulo S de la Ley General del Ambiente, el cual establece literalmente lo siguieiile: "Los Proyectos pijblicos que pretendan ejecutar los organos y entidades de la Administracion Pública, estarán exentos del pago de las tarifas por Licencias y Auditorias Ambientales. sin embargo. se debera pagar al Estado a través de la Tesoreria General de la Republica, los gastos que esta aclividad ocasione a la Secretaria de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. quien delinirá el monto de los mismos.

CONSIDERANDO: Que la Licencia Ambiental es el permiso extendido por esta Secretaria de Estado, en el cual se hace constar que el Pelicionario ha cumplido en forma satisfacbria todos los pasos y requisitos exigidos por la ley para iniciar un proyecto; sin perjuicio que si duranle el proceso de control y seguimiento, se detectan nuevos impactos no considerados en su momento, el Peticionario deberá proceder a realizar las medidas o aclividades necesarias que le dicte esta Secretaria.

CONSIDERANDO: Que corresponde a esla Secrelaria la funcion de dictar las medidas pertinentes para preservar y conservar los recursos naturales y el manejo soslenible del ambiente, asi como la protección de las condiciones ambientales en la comunidad.

CONSIDERANDO: Que segun el articulo 5 del Decreto No. 181-2007 de fecha dieciseis de julio de dos mil diez establece que: la vigencia de la Licencia Ambiental y del Certificado de Audibria Ambiental de oficio sera de cinco (S) años contando a partir de la fecha de su otorgamiento, debiendo solicitar la respectiva renovación con cuatro meses de anticipación.

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POR TANTO Esta Secretaria de Estado en nombre del Estado de Honduras y en aplicacion a los Articulas: 80 de la Constitución de la República; 1, 7, 36 numeral a), 116, 120 y 122 de la Ley General dee&z+I1,3IaI ,.s.

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dministracibn Pública; 1, 19, 23, 26. 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 5, ll~., . . .. ... . .. m) y I I d e la Ley General del An~biente; Decreto No.181-2007 4 numeral 29) 24. 7. .,~ 2 ~ : : : Reglamento del Sistema Nacional de Evaluaci6n de Impacto Ambiental (Acuerdo ~0.189-20~09;'~~:.;, , .. .

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RESUELVE PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicilud presenlada ante esta Secretaria de Estado, por el abogado SELVIN EBERTO CASTELLANOS.. quien aclúa en su condición de apoderado legal de la MUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS DE LA SIERRA, concerniente a viabilizar ambientalmente el proyeclo denominado "ALCANTARILLADO SANITARIO DE SAN MARCOS DE LA SIERRA" ubicado en el Municipio de Lucerna. Deparlamenlo de Inlibuca, con coordenadas UTM: X 364369 Y: 1560965; Planta de Tratamiento: X 364652 Y: 156137.-

SEGUNDO: Que de acuerdo al Decreto No. 781-2007 de fecha dieciseis de julio de dos mil diez, la MUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS DE LA SIERRA, queda exenta del pago de la tarifa por Licencia Ambiental correspondienle al proyecto "ALCANTARILLADO SANITARIO DE SAN MARCOS DE LA SIE'RRA" ubicado en el muiiicipio de San Marcos de la Sierra, deparlamenlo de Inlibuca, sin embargo se debera de pagar al Estado a traves de la Tesorerla General de la Republica, los gastos que esla aclividad crasione a la Secretaria de Estado en los despachos de Recursos Naturales y Ambienle, quien definira el monto de los mismos.

TERCERO: El Proponenle del proyecto, dari eslricto cumplimienlo a las siguienles medidas de Conlrol Ambienlal que se delallan a conlinuacion: MEDIDAS DE CONTROL AMBIENTAL El Proponenle del proyeclo 'CONSTRUCCION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO SAN MARCOS DE LA SIERRA" debera de cumplir con las siguientes Medidas de Control Ambiental que se delallan a continuacion : l. ETAPA DE CONSTRUCCION l. La Unidad Municipal Ambienlal de San lvlarcos de la Sierra, solicitara la inspeccion del

represenlanle de la Secrelaria de Salud a lin de verificar el cumplimiento de lo siguiente: Manejo y disposicion filial adecuada dcl iiialenal de desecho de construcción. Ubicacion e instalacion de las unidades sanilarias para los obreros. con sus respeclivas obras de dispcsición final. Para lo anlenor, se requerira de una conslancia que acredite su cumplimiento, la cual se presentara al momenlo de elecluarse la inspeccion de Control y Seguimiento por parle de la SERNA y UMA respecliva. II. SUELO 2.

Se debera asegurar que la capa de suelo en las areas de construccion sea relirada y

evitar la erosión. la mezcla con otros maleriales. compactacion y perdida de nutrientes. Las areas afectivas del proyeclo durante la etapa de conslruccion que generen suspension de parliculas, se deberan Iiumedecer a fin de evitar molestias a vecinos y poca visibilidad a Iranseúntes y al lransito vehicular. No se permitirá la utilizacion de aceite quemado para prevenir este impacto. 4. La constructora contratada por el Proponente debera ejercer las actividades correspondientes a la etapa de construcción de manera tal, que garantice no alterar la salud de las personas, dañar infraestructuras exislentes y no ocasionar daños a los recursos naturales en forma parcial o lotal mas alla de los limites eslablecidos en los reglamentos y normas técnicas ambientales. Caso contrario, se procederá conforme a lo establecido en las leyes. 3.

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5.

6. 7. B.

a. b.

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d.

e. f.

Todos los ramales y acometidas domiciliarias deberán proyectarse de tal forma que pasen por encima de la tuberla de Alcanlarillado Sanitario, procurando una separación vertical mínima de lreinta centimetros. No debera permitirse que una luberia de la red de agua potable cruce a Iravés de cualquier instalacion o estructura del alcantarillado sanitario (conexión cruzada). Se debera habilitar pasos temporales o alternos adecuados. cuando la obst~cciondel paso sobre la via sea inevitable. Con la linalidad de evitar el deslave del suelo y poslerior afeclacion a las corrientes de agua en la zona de influencia del proyeclo, cuando se realice la aperlura de zanjas se debera cumplir con las siguientes medidas: El material extraido de las zanjas sera colocado denlro del derecho de servidumbre y debera permanecer apilado hasta que se utilice nuevamente para el relleno de las mismas o se traslade a sitios de relleno previamente establecidos por el Municipio de San Marcos de la Sierra. El material de excavación no deberá permanecer al descubierto por mas de treinta (30) dias y debera protegeise perimetralmente con barreras de madera verlicales y lonas para evitar el arrastre del mismo por accion de aguas lluvias. hacia cauces de rios y quebradas en el area de influencia del proyecto. Los deposilos temporales para nialerial de relleno y otros usos, deberan ser colocados a distancias minimas de cien (100) inelros con respecto a los margenes de los cauces de los cuerpos de agua existentes en el area de inlluencia del proyecto y alejados de calles o accesos para asegurar el libre Irincito de vehiculos y personas. Se deberan construir obras de drenaje para evitar que las zanjas excavadas se inunden debido a precipitaciones pluviales. De ser necesario. se emplearan bombas achicadoras para remover. las aguas lluvias estancadas o alloramiento de aguas sublerraneas en zonas donde el nivel frealico esta alto. evitando de esla manera la formacion de focos de vectores. Dichas aguas podrán drenar a traves de cunelas, canales. canaletas o luberias a los drenajes naturales exislentes en el area dcl proyecto. Las cunetas y canales de drenaje deberan mantenerse limpios de cualquier tipo de basura: Cuando las lluvias sean persislenies, se debera pmceder a cubrir las zanjas y agujeros con lonas impermeables hasta que la tormenta cese y el terreno ya no se encuentre sobresaturado. No se deberán dejar promonlorios de lierra que impidan el drenaje de las aguas y propicie la

g. La capa de vegetación removida en las áreas de excavación debera

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relleno deberan humedecerse periodicamenle con agua. Esto se hara especialmente cuando la zona esté expuesta a vientos que reniuevan el polvo, especialmente en las cercanias de areas habitadas. IV. AIRE 10.

Las volquetas cargadas de material de desechos y otros materiales sujetos a ser dispersados por el vienlo, deberan utilizar lonas que cubran totalmente el área expuesta. En caso de malerial esparcido sobre pavimenlos existentes u otras supeficies de acceso, se debera remover inmediatamente dicho material.

V. DESECHOS SOLIDOS 11. Debera evitarse el abandono de desperdicios de mezcla de concreto, para lo cual los sitios usados para esta actividad, deberan sar complelamente saneados, una vez concluida la actividad. 12. A fin de evitar apilamienlo de desechos en forma desordenada, se establecerán sitios fijos de depósitos de desechos en las áreas de trabajo, con el uso de recipientes recolectores. La disposicion final. debera hacerse en el siiio aulorizado por la Municipalidad de San Marcos de la Sierra. 13. La remocion de la cubierla vegetal y orgánica (+ 30 cm) existente sobre el alineamiento de las tuberias deberan realizarse de la1 fomia, que pueda ser restiluida y recolocada en su sitio, al finalizar el relleno de la zanja. Para los casos en que haya pavimento: (concreto hidraulico, asfaltico o empedrado o cualquier lipo) deberá ser restituido a su estado original. 14. Colocar el numero necesario de seíiales viales preventivas y cualquier otra señal con el objeto de evitar accidenles personales o de transilo, motivados por los trabajos de construccion. 15. Proteger a ios peatones y a la propiedad privada de riesgos o peligros generados por la consl~ccionde las obras por lo que se asegurara el acceso facil y seguro de peatones y el transito de vehiculos. El contratista debera supervisar que los cambios de aceite, lubricantes del equipo pesado 16. se realicen en sitics preestablecidos y fuera de los silios donde se construyan las obras.

VI. EQUIPO Y MAQUINARIA 17.

A fin de asegurar el buen funcionaniiciito del equipo y maquinaria, la Municipalidad de San Marcos de la Sierra, a Iraves del conlralisla debera mantener un programa de manteniniiento preventivo.

VII. MATERIAL SELECTO 18.

El contralisia no deberá proceder a la exlraccion de material seleclo, sin el permiso de la entidad a la que le corresponde su otorganiienlo (Mlinicipalidad. INHGEOMIN).

VIII. AGUA 19.

El contratista no debera depositar sus aguas de lavado y de desecho a los cursos naturales de agua. ni en predios que puedan aleclar la vegelacibn existente y la salud humana. La seleccion de los silios de uso y de descarga debera ser aprobados por el supervisor de la obra.

IX. FLORA

21.

Municipalidad para ese fin. Prohibición de extracción o alleración de especies de flora por parte del personal del proyecto.

X. FAUNA Prohibición del uso de luego y la quema de cualquier lipo de desechos dentro o fuera de los limites del proyecto. 23. Prohibicion de cazar. retener o recoleclar huevos y crias. 22.

XI. SALUD Y SEGURIDAD LABORAL El proyecto garanlizara el cumplirnienlo de la Normativa del Codigo de Salud y reglamentos en lo que compele. especificamenle en los siguientes componentes: a. Dotación de agua para consumo humano con la calidad eslablecida por la Norma Técnica Nacional para la Calidad del Agua Polable (Decrelo No. 084, publicado en La Gaceta, el 14 de octubre de 1995). b. Manejo o Gestión adecuada de los desechos sólidos en la etapa de instalacion de las tuberias. 24.

XII. ETAPA DE OPERACION MANTENIMIENTO La municipalidad de San Marcos de la Sierra , sera las responsables del mantenimienlo (como ser ruptura de luberia, cambio de luberias deterioradas y olros problemas que se susciten) de la red de alcantarillado; lo que conlleva a que si la misma presenta averia. fuga de agua la misma debera de ser reparada de forma inmediata con ello evilando el derrame del agua negras, evilando iocos de conlaminación. 26. Se debera capacitar al personal de la municipalidad (2 personas como minimo) para la limpieza de los pozos de registro y el nianlenimiento del sistema. una vez que el proyecto sea entregado al Beneficiario: Casco Urbano de San Marcos de la Sierra. 27. Conslruir un cerco perimelral alrededor del sislema de tratamiento de aguas residuales para evilar la entrada de personas parliculares y en especial niños. 28. Impartir una capacil~cióncoiilinua a las personas encargadas del mantenimiento y operación del sislema de Traiamienio. 29. Respeclo al sislema de lralaniiento de Aguas Residuales para la Municipalidad de San Marcos de la Sierra. deberá cumplir y garantizar lo eslablecido en la Norma Técnica Nacional de Descarga de Aguas Residuales al Alcanlarillado Sanitario y Cuerpos Receptores, para lo, anterior se deberá monitorezr las descargas y hacer los respeclivos analisis del efluente, mismos que deberan ser presenlados al moniento de realizar el Control y Seguimiento de la Medidas de Control Ambiental por parle de la SERNA y la UMA de San Marcos de la Sierra. 25.

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