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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTION DE SERVICIO PUBLICO EN REGIMEN DE CONCIERTO: “ 8 PLAZAS EN RECURSO CONVIVENCIAL TERAPEUTICO PARA JÓVENES Y ADOLESCENTES DROGODEPENDIENTES EN TRATAMIENTO EN EL INSTITUTO DE ADICCIONES DE MADRID SALUD

1.- OBJETO El objeto del presente contrato es el concierto de 8 plazas en recurso convivencial terapéutico para jóvenes y adolescentes drogodependientes de ambos sexos derivados por la red pública asistencial del Instituto de Adicciones de Madrid Salud, de forma que se de cobertura a distintos programas terapéuticos. La red asistencial dependiente del Instituto de Adicciones se basa en un modelo rehabilitador de carácter ambulatorio, si bien, respondiendo a la necesidad de realizar una atención integral, precisa de la utilización temporal de recursos residenciales para aquellos pacientes que presenten una mayor afectación en su situación personal y social. Estos recursos facilitan que se pueda proporcionar una respuesta más acorde a sus necesidades terapéuticas y de inserción sociolaboral. Los recursos de apoyo se conciben globalmente como dispositivos convivenciales, en los que los usuarios comparten instalaciones y actividades con otros pacientes drogodependientes que se encuentran en el mismo proceso rehabilitador, bajo la supervisión de personal especializado, desarrollando actividades que resulten adecuadas con el momento del proceso en el que se encuentren, siempre de acuerdo con el equipo técnico responsable de los centros de atención a las drogodependencias (CAD y CCAD). Se trata de la gestión de recursos convivenciales destinados a drogodependientes carentes de un adecuado soporte familiar, que se encuentran en tratamiento en el Instituto de Adicciones.

Los objetivos generales que deben perseguir estos recursos se describen a continuación: • Garantizar un espacio físico de convivencia a la población drogodependiente que carece de un adecuado soporte familiar o social, que favorezca la estabilización, la adherencia del paciente al tratamiento, y el proceso de rehabilitación. • Facilitar, mediante un conjunto de actuaciones de carácter socioeducativo, la adquisición y mantenimiento de conductas adecuadas para su progresiva normalización. Los licitadores podrán presentar su oferta , con las siguientes limitaciones: • •



Su oferta deberá referirse a la totalidad de las plazas, en un mismo recurso convivencial y no es compatible dentro de la misma estructura física, con otras plazas de adultos. El recurso que se oferte deberá estar ubicado en el municipio de Madrid, de modo que se garantice además una buena accesibilidad, especialmente al sistema público de transporte, que facilite la correcta movilidad de los usuarios. Todas las entidades licitadoras deberán estar en condiciones de garantizar el ingreso de los pacientes derivados desde el Instituto de Adicciones de Madrid Salud independientemente de su género.

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1.1. LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS QUE PERSIGUE ESTE RECURSO SON LOS SIGUIENTES: • • • • • •

Llevar a cabo la desintoxicación de aquellos pacientes que lo precisen en colaboración con los CAD y CCAD. Llevar a cabo un programa personalizado de deshabituación con cada paciente. Posibilitar la adquisición de hábitos higiénicos y de autocuidado. Establecer pautas adecuadas de relación con los miembros del recurso. Establecer pautas para una ocupación racional del tiempo libre. Reestructurar las relaciones familiares (a través de la intervención conjunta del CAD o CCAD de referencia y el recurso terapéutico).

Para la consecución de estos objetivos deberán establecerse una serie de actividades destinadas a incidir fundamentalmente en las áreas educativa y terapéutica, entre las que figurarán, en todo caso, las terapias grupales y ocupacionales, psicoterapias individuales, grupos de salud y autocuidado, talleres y actividades deportivas, culturales, lúdicas y de mantenimiento del recurso (limpieza, lavandería, pequeñas reparaciones, etc.) El objeto del contrato: •

8 plazas en recurso convivencial terapéutico con especificidad en tratamiento para menores de 25 años.

2.-DEFINICIÓN DEL SERVICIO 2.1 INTERVENCIONES 2.1.1.Desintoxicación A través de este proceso, delimitado en el tiempo, la persona drogodependiente pasa de la situación de consumo de una o varias sustancias a la de abstinencia de las mismas. Durante el mismo se ponen en juego una serie de medidas de diferente tipo (farmacológicas, psicológicas, de contención, etc.), que permiten abordar las manifestaciones clínicas, que se producen al dejar de consumir la sustancia o sustancias que han generado la dependencia. Se trata, en definitiva, de atenuar y/o eliminar los síntomas y signos del síndrome de abstinencia, los cuales van a depender de la sustancia o sustancias consumidas, dosis y frecuencia de consumo, vía de administración, características físicas y psicológicas del sujeto y patologías, tanto orgánicas como mentales, asociadas. Por todo ello será necesario adaptar el proceso, a la situación de cada persona y utilizar las herramientas farmacológicas o de otro tipo, apropiadas, así como los recursos necesarios. La desintoxicación se deberá realizar de acuerdo con los protocolos y la guías clínicas vigentes para ese fin. Se entregarán a las entidades adjudicatarias, al inicio del contrato, los protocolos establecidos para ese fin por el Instituto de Adicciones de Madrid Salud .El médico del equipo terapéutico del CAD y CCAD de referencia será el responsable de la prescripción y de las pautas farmacológicas de desintoxicación. Tratamiento con agonistas opiáceos 2

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El tratamiento con agonistas opiáceos (metadona, buprenorfina-naloxona, etc.), se contemplará en el proceso de desintoxicación, o en la continuidad del tratamiento, de acuerdo con el médico de referencia del CAD o CCAD y en los perfiles establecidos en los protocolos sanitarios. 2.1.2.Deshabituación Objetivos: • • • • • • •

Favorecer la toma de conciencia del problema y la percepción del riesgo asociado al consumo. Prevenir las recaídas. Dotar a los usuarios de habilidades personales, favoreciendo la autonomía y capacidad para la resolución de conflictos. Aumento de la capacidad de autocontrol. Reestructuración y maduración de la personalidad. Adquisición y consolidación de pautas adecuadas de conducta. Favorecer la integración social de los pacientes.

Para la consecución de estos objetivos se realizarán las siguientes actuaciones: •

• •

Diseño de un programa personalizado de intervención terapéutica (PPI) incluyendo los objetivos que se pretenden con la derivación, que figurarán en el informe enviado por el centro de referencia (CAD CCAD). Valoración individualizada y detección de problemáticas específicas en relación al género. Valoración de las necesidades individuales teniendo en cuenta una perspectiva transcultural, cuando sea preciso (idioma, claves culturales, etc.).

El programa se revisará periódicamente con el paciente y el equipo del centro de referencia realizando si fuera preciso las modificaciones necesarias. El programa constará de las siguientes intervenciones mínimas: Sesiones individuales de psicoterapia (nº de sesiones mínimo será de una quincenal). Sesiones grupales de psicoterapia (nº de sesiones mínimo será de una semanal). En estas sesiones se trabajarán los siguientes aspectos: • Tolerancia a la frustración. • Autopercepción y manejo de las propias emociones. • Cambio actitudinal. • Estrategias para la prevención de recaídas. • Estrategias para la resolución de problemas. • Habilidades sociales y de comunicación. • Motivación al cambio. • Técnicas de relajación. Talleres: 3

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Formativos: Deberán realizarse actividades como las siguientes u otras similares: • • • • •

Graduado escolar. Conocimientos básicos de informática-Windows; Word, Internet; correo electrónico. Carné de conducir: preparación del examen teórico. Expresión y comprensión escrita-textos, cartas, libros, prensa, “sms” y “e-mail”, etc. Estrategias de búsqueda de empleo y entrevistas personales etc.

La actividad de estos talleres tendrá como objetivo específico una mayor capacitación para continuar estudios académicos reglados y/o el acceso al mundo laboral. Existirá al menos un taller formativo con dos niveles: básico y medio. Terapéuticos: La actividad de estos talleres tendrá como objetivo específico reforzar el proceso rehabilitador a través del desarrollo de los llamados factores de protección resiliente :el autoconocimiento e introspección, la autoestima, la expresión emocional, el desarrollo de habilidades sociales, capacidades de comunicación, cooperación y compromiso con el otro -trabajo en equipo-, creatividad, sentido del humor y proyección de futuro. Deberán realizarse actividades como las siguientes u otras similares: expresión corporal, expresión artística (plástica, música, etc), expresión dramática; refuerzo y/o rehabilitación de capacidades cognitivas, etc.).autoobservaciones, diálogos , coloquios, ludoterapia, etc. Se incluirá la programación y distribución de responsabilidades en la realización de las tareas cotidianas . 2.1.3. Promoción de la Salud. Objetivos específicos: • • •

Conocer el estado de salud de todos los residentes. Integrar los aspectos biomédicos de todas las actividades. Realizar Educación Sanitaria.

Para alcanzar estos objetivos se llevarán a cabo las siguientes actuaciones: • • • • •

Evaluación protocolizada del estado de salud de los residentes a su ingreso. Talleres de higiene y autocuidados. Taller de nutrición. Cursos de educación para la salud. Actuaciones de medicina preventiva dirigidas a mantener y mejorar la salud de los usuarios así como las de medicina asistencial necesarias, sin perjuicio de la utilización de

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los servicios sanitarios del Sistema Nacional de Salud, al que puede estar acogido el usuario. 2.1.4. Intervención Familiar Objetivos específicos: •

• •

Apoyar en el proceso de ajuste de las relaciones familiares, adecuando y clarificando el papel y la posición respecto de ella (proceso de autonomía, superar conflictos existentes, asunción de responsabilidades, etc.). Incentivar la búsqueda e inclusión en nuevos ambientes, estableciendo y/o ampliando relaciones sociales ajenas al consumo de drogas. Orientar y reforzar otro tipo de relaciones (de pareja, jerárquicas, etc.).

Las intervenciones directas con la familia de los residentes, en caso de producirse, deberán ser consensuadas entre los técnicos de los centros de referencia de los usuarios y del recurso., al objeto de evitar duplicidades o actuaciones que pudieran resultar contraproducentes. 2.1.5. Intervención en Ocio y Tiempo Libre Se llevaran a cabo actividades de ocio y tiempo libre para los usuarios, con arreglo a principios de integración y normalización. Todos los residentes participarán en este programa que, con diferentes metodologías, abordará las distintas alternativas saludables de ocio y tiempo libre. Este programa es básico en un centro de estas características ya que la integridad de la salud y el bienestar biopsicosocial en régimen de convivencia, debe contar con los espacios y tiempo dedicado a las relaciones humanas distendidas y estabilizar los procesos de socialización y equilibrio psicológico. Incluirá: talleres y actividades deportivas, culturales, lúdicas y de mantenimiento del recurso. (limpieza, lavandería, jardinería, pequeñas reparaciones, etc.). Objetivos específicos: • Identificar el ocio y tiempo libre con alternativas incompatibles con el uso de sustancias tóxicas. • Mantener un ritmo adecuado y saludable diario de ocupación del tiempo, con finalidad reparadora de la desestructuración producida por el consumo. • Favorecer la socialización de los residentes y las relaciones con los profesionales para la eficacia en la aplicación de otros programas. • Aprovechar este programa para realizar educación sanitaria inespecífica. 2.1.6. Tabaquismo •

Facilitar la extinción o reducción del consumo crónico de tabaco, dirigido a pacientes, ingresados en el recurso, que así lo requieran y lo demanden, tras su oferta por el equipo terapéutico.

2.1.7. Extranjeros 5

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Valorar las necesidades individuales teniendo en cuenta una perspectiva transcultural (idioma, claves culturales, etc.).

2.2. DESCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN ESPECÍFICA en adolescentes y jóvenes (menores de 25 años)

Características de la población: Adolescentes y jóvenes menores de 25 años, que presentan abuso o dependencia de alcohol y/o de otras drogas. Objetivo: Ofrecer un recurso de tratamiento y rehabilitación específico para menores drogodependientes que tenga en cuenta sus especiales circunstancias de menor edad y que inculque valores positivos para su educación y desarrollo integral, contemplando: •

• •

La valoración continua de la adecuada protección sobre el menor teniendo en cuenta la asunción de tutela por el ente publico o su situación de guarda en sus progenitores o familiares, cuando proceda. Un seguimiento mas exhaustivo y aplicación de otras medidas de apoyo (psicológico o psiquiátrico) que se consideren necesarias como acompañamiento de dicho tratamiento. El desarrollo específico de las actividades de ocio y educativas según las circunstancias de menor edad de estos usuarios.

Necesidades especiales: • •



Intervención educativa y terapéutica, adaptadas a las características psicoevolutivas de esta etapa de edad (trabajo desde sus intereses y fortalezas). Intervenciones destinadas a al desarrollo de factores de protección, determinantes para la confirmación de su identidad (autoestima, autoconocimiento, presión de grupo, gestión de conflictos). Mejorar la funcionalidad familiar y su implicación en el tratamiento del adolescente o joven.

Especificidades necesarias: • • • • •

Mantenimiento de la abstinencia. Afianzar los procesos psicológicos de esta etapa evolutiva. Asunción de responsabilidades en el mantenimiento. Interiorización y/o recuperación de normas básicas de conducta y valores de convivencia. Prioridad de la intervención grupal: o La intervención grupal se entiende como la actuación básica con esta población ya que a través del sentido de pertenencia y la identificación con sus pares se consigue que el joven aumente su motivación y adhesión al tratamiento así como su capacidad de escucha y aprendizaje entre iguales. o Las sesiones de terapia grupal deben trabajar al menos estos aspectos:

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Información sobre efectos y consecuencias de las sustancias de consumo, corrigiendo falsas creencias y mitos existentes en este grupo de población. Autoestima. Autonomía. Comportamiento y comunicación asertivos (presión de grupo y toma de decisiones). Competencia social-relaciones interpersonales con los pares y figuras normativas: padres, profesores, etc. Manejo de la impulsividad (la norma y el límite como formas externa e interna de contención). Sexualidad: concepto amplio, riesgos de las practicas sexuales y sexo seguro. Formación y ocupación: fomento de hábitos saludables, estilo de vida, ocupación del ocio y tiempo libre. Motivación y apoyo para la incorporación posterior a actividades de carácter educativo, cultural y/o de capacitación laboral.

2.3. OTROS SERVICIOS En este apartado se incluyen: 2.3.1. Estancia • • •

Ocupación por el usuario de una habitación individual o compartida. Las habitaciones se limpiarán diariamente o con mayor frecuencia si las circunstancias lo requieren. Las camas se harán diariamente por los propios residentes. Utilización del comedor y demás espacios comunes.

2.3.2. Manutención • • • •

A los residentes se les servirán cuatro comidas (desayuno, comida, merienda y cena). Junto con el menú ordinario existirá un menú alternativo para aquellos pacientes que en razón de su salud o creencias no pueden ingerir un alimento determinado. Los menús serán de conocimiento público de los usuarios. Los menús deberán ser variados y cubrir el aporte calórico y dietético necesario, así como las condiciones adecuadas de conservación, manipulación y utilización.

2.3.3. Vestuario e higiene personal •

El usuario aporta un equipamiento mínimo personal. El adjudicatario velará porque se renueven, con cargo al usuario, las prendas deterioradas por el uso. Cuando el paciente no pueda hacer frente a un mínimo de equipamiento, a criterio del Servicio de Asistencia del Instituto de Adicciones, los mismos correrán por cuenta de Madrid Salud. El equipamiento básico se establece en: 2 mudas completas, 6 pares de calcetines, 2 chándal, 4 camisetas de deporte, 1 par de zapatillas de deporte, 1 jersey o anorak (dependiendo de la época y localización del dispositivo)

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• • •

La ropa deberá estar marcada a fin de garantizar en todo caso su uso exclusivo por el propietario. El lavado, planchado y repasado de la ropa se realizará por los usuarios en el ámbito del recurso. La entidad adjudicataria deberá garantizar el aseo personal diario de los residentes aportando los productos de aseo de uso común (jabones, champú). Serán, no obstante, a cargo de los usuarios aquellos productos de marcas o tipos específicos por ellos preferidos.

2.3.4. Ropa de cama, mesa y aseo. •



El servicio incluye para los usuarios la utilización de la ropa de cama, mesa y aseo con que estará dotado el centro y que se renovará con la frecuencia necesaria para que se mantenga en las condiciones de uso adecuadas. La muda de ropa de cama deberá efectuarse siempre que lo requieran las circunstancias y, en todo caso, semanalmente, así como cada vez que se produzca un nuevo ingreso. Se cambiarán con la misma periodicidad las toallas, servilletas, manteles y demás ajuar.

2.3.5. Seguridad de la medicación Existirán en las dependencias : • • •

Un armario, botiquín, dotado de medidas de seguridad, destinado a guardar la medicación para actuaciones sanitarias básicas de primera necesidad. Frigorífico destinado a la conservación de los medicamentos que así lo precisen (metadona, colirios, vacunas, etc.). El botiquín estará ubicado en un lugar protegido sin acceso para los pacientes.

2.3.7. Gastos personales:







La entidad adjudicataria no podrá solicitar depósito económico inicial a los pacientes. La entidad adjudicataria mantendrá actualizado con carácter mensual el estado de los gastos personales efectuados por el usuario. Serán el equipo técnico de la entidad adjudicataria, de acuerdo con el Servicio de Asistencia del Instituto de Adicciones, los que decidirán las marcas y calidades de los productos suministrados a los pacientes en el marco de los gastos personales, referidos en el epígrafe 2.3.3 del presente pliego. Cuando el paciente no pueda hacer frente a un mínimo de gastos personales, a criterio del Servicio de Asistencia del Instituto de Adicciones, los mismos correrán por cuenta de Madrid Salud.

2.4. HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO. El Centro residencial permanecerá en actividad todos los días del año y las 24 horas del día. 8

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2.5. RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN DE LAS PLAZAS Las normas que regularán la utilización de las plazas disponibles por parte de los Centros de Atención a las Drogodependencias (CAD) y Centros Concertados de Atención a las Drogodependencias (CCAD)., son las siguientes: 2.5.1. Perfil de los usuarios: • •



Pacientes drogodependientes, menores de 25 años, atendidos en los CAD y CCAD de la red del Instituto de Adicciones. Pacientes sin un adecuado soporte familiar y/o con importantes deterioros y dificultades en su capacidad de organización de la vida diaria y/o que presentan circunstancias de especial vulnerabilidad. Pacientes que se encuentren en las primeras fases del proceso rehabilitador o, que tras la valoración del equipo terapéutico del CAD o CCAD, se contemple la posibilidad del ingreso.

Criterios de exclusión: Existen una serie de criterios que pueden, según valoración del equipo profesional del CAD y CCAD de referencia, impedir la incorporación de determinados pacientes a este tipo de dispositivos. Entre los criterios generales de exclusión están los siguientes: 1. La existencia de patologías orgánicas asociadas graves que requieran una atención sanitaria continuada que no pueda ser brindada en el recurso. 2. La existencia de enfermedades infectocontagiosas en fase activa (hepatitis, tuberculosis, cutáneas, etc.), que requieran una atención sanitaria continuada, que no pueda ser brindada en el recurso. o que supongan un riesgo incontrolable, en las condiciones en las que se prestará el servicio, para el resto de convivientes o profesionales del centro. 3. La existencia de trastornos de conducta agudos o graves que por sus especiales características, alteren significativamente la convivencia y/o el normal funcionamiento del recurso incidiendo negativamente en el beneficio terapéutico de los demás internos. 2.5.2. Normas de utilización de las plazas: El adjudicatario cubrirá el número de plazas contratadas con los drogodependientes derivados por Madrid Salud, sin que pueda negarse la admisión por la entidad, siempre que los pacientes reúnan los requisitos establecidos y existan plazas vacantes. •

El Servicio de Asistencia informará de los pacientes que deben ingresar, de acuerdo con el registro automatizado de solicitudes de ingreso que realicen los centros ambulatorios de la red. • El equipo técnico de los CAD y CCAD deberá facilitar un informe de derivación de cada caso, en el que se recogerán los aspectos más relevantes del diagnóstico y la propuesta de objetivos que a su juicio deberán cubrirse durante la permanencia del sujeto en el recurso, así como el tiempo de estancia que precisa. El informe de derivación deberá incluir al menos: primera valoración diagnóstica del paciente, situación en relación a la adicción, 9

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desintoxicación a sustancias, si procede, dosis, si está en tratamiento con agonistas opiáceos, objetivos para la estancia en el centro. Si alguna de las personas derivadas no cumpliese los requisitos de ingreso, o bien una vez ingresado cometiese actos que alterasen gravemente la dinámica cotidiana de la comunidad (sustracciones, consumo de sustancias prohibidas, agresiones, etc.), podrá contemplarse su no admisión y/o derivación a otro programa de tratamiento. En todo caso, la entidad adjudicataria deberá comunicar al centro de referencia (CAD o CCAD) las incidencias registradas antes de proceder a la no admisión y/o derivación del usuario. En este último supuesto se remitirá informe escrito al centro de referencia, con copia al Servicio de Asistencia del Instituto de Adicciones de Madrid Salud. La entidad adjudicataria deberá informar igualmente, de forma inmediata, tanto al centro de referencia (CAD o CCAD) como al Servicio de Asistencia del Instituto de Adicciones, de todas las incidencias que alteren gravemente el orden y la dinámica del recurso. A su ingreso en el recurso, el paciente debe ser informado por un profesional del equipo terapéutico sobre el programa de tratamiento que va a seguir, especificando la periodicidad de los grupos y actividades a los que deberá asistir. Todos los pacientes deberán tener durante su permanencia en el centro citas de seguimiento individual. Se proporcionará tratamiento específico en función de la naturaleza y tipología de la adicción, así como de su capacidad funcional personal y cognitiva, a los drogodependientes que ingresen en estos recursos. Para ello se efectuará un diseño de intervención individualizado de acuerdo con la información del CAD o CCAD y la evaluación inicial interdisciplinar. El período de permanencia en el recurso, podrá variar en función de los objetivos propuestos en cada programa y de las características individuales de cada caso. Se establece un periodo de referencia de nueve meses que podrá ampliarse previo acuerdo del centro de referencia. Asimismo se podrán contemplar estancias inferiores cuando los objetivos del programa individualizado así lo aconsejen. El programa de tratamiento debe incluir la previsión de salidas al medio habitual de los residentes. La entidad adjudicataria deberá comunicar de forma automática al centro de referencia (CAD o CCAD) cualquier baja que se produzca entre los sujetos derivados por éste, para permitir la ocupación inmediata de las vacantes registradas. En los supuestos de alta terapéutica, el centro de referencia acogerá de forma inmediata al sujeto, estableciendo la modalidad de intervención más adecuada para continuar el tratamiento iniciado.

2.5.3. Derechos y deberes del paciente: La entidad adjudicataria deberá aportar, el régimen de funcionamiento y la relación de derechos y deberes de los usuarios, que en todo caso deberán comprender los siguientes criterios: Derechos: • • •

Derecho a que se preserve su dignidad y su intimidad. Derecho al ejercicio de derechos civiles, políticos, sociales, religiosos, y culturales. Derecho a la información verbal y/o escrita en relación a su tratamiento.

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• •

Derecho a un programa de tratamiento individualizado y a participar en las actividades del centro, educativas, recreativas, deportivas y culturales. Derecho a la confidencialidad de toda la información relativa a su proceso de drogodependencia.

Deberes: • •

• • •

Respetar y cumplir las normas de funcionamiento interno del centro y las directrices o instrucciones que reciban del personal de aquél, en el ejercicio legítimo de sus funciones. Colaborar en la consecución de una actividad ordenada en el interior del centro y mantener una actitud de respeto y consideración hacia todos, dentro y fuera del centro, en especial hacia las autoridades, los trabajadores del centro y los demás residentes. Utilizar adecuadamente las instalaciones del centro y los medios materiales que se pongan a su disposición. Observar las normas higiénicas y sanitarias, y sobre vestuario y aseo personal establecidas en el centro. Realizar las prestaciones personales obligatorias previstas en las normas de funcionamiento interno del centro para mantener el buen orden y la limpieza del mismo

2.6. PERSONAL El contratista deberá aportar el personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. El adjudicatario queda obligado a destinar a la ejecución del contrato a los mismos profesionales que aportó en su propuesta técnica al licitar el contrato. Cualquier variación a lo largo de la duración del contrato deberá notificarse al Departamento de Asistencia del Instituto de Adicciones de Madrid Salud, al menos con 15 días de antelación. La entidad adjudicataria deberán garantizar como mínimo la existencia de una dirección técnica del recurso, así como un equipo técnico multiprofesional que atienda las áreas sanitaria, psicológica, social y educativa/ocupacional. Respetando los periodos de descanso necesarios determinados por la normativa laboral, el servicio se prestará a través de los siguientes puestos de trabajo para el objeto de concierto (plantilla mínima exigida para el desarrollo del servicio): • •

Un licenciado en psicología, especialista en psicología clínica, a media jornada en turno de mañana o tarde, de lunes a viernes. Dos educadores en jornada completa en turno de mañana, tarde, de lunes a viernes (o en fin de semana). 11

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• • •

Un ayudante de cocina siete horas semanales. Dos cuidadores en jornada completa de lunes a domingo en turno de noche. Enfermero a media jornada en turno de mañana o tarde, de lunes a viernes

El personal asistencial aportado por el adjudicatario deberá acreditar formación y/o experiencia en atención a drogodependientes menores de 25 años. La entidad adjudicataria será responsable de la coordinación del equipo encargado de desarrollar el proyecto, así como de la propia organización interna del mismo.

3.OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

3.1. COORDINACIÓN La entidad adjudicataria se obliga a: • • •

Coordinarse con los centros ambulatorios de la red en los que se trate a los pacientes. Coordinarse con el Instituto de Adicciones de Madrid Salud, siguiendo las líneas de intervención que desde el mismo se marquen. La entidad adjudicataria colaborará con Madrid Salud en todos aquellos aspectos en los que ésta pida su colaboración, siempre y cuando estén relacionados con el objeto del presente concierto.

3.2. INFORMES El equipo técnico de los centros de derivación facilitará al recurso terapéutico un informe homologado de derivación de cada caso, en el que se recogerán los aspectos más relevantes de la valoración y la propuesta de objetivos que a su juicio, deberían cubrirse durante la permanencia del sujeto en la misma, así como el tiempo de estancia que se estima para ello. Este informe deberá enviarse con anterioridad (mínimo de 48 h.) al ingreso del paciente. El recurso terapéutico deberá remitir al centro de referencia correspondiente un informe de evaluación con carácter bimensual de cada caso. En dicho informe, además de señalar la evolución seguida por cada residente, se propondrán aquellas actuaciones que, a juicio del equipo técnico del recurso terapéutico, debería realizar el centro de referencia correspondiente para coadyuvar al cumplimiento de los objetivos programados. Al objeto de facilitar tanto la comprobación de la facturación por los servicios prestados, como la evaluación continuada de las actuaciones promovidas desde el Instituto de Adicciones, la entidad adjudicataria facilitará al Servicio de Asistencia del Instituto de Adicciones, un informe mensual de seguimiento, donde se harán constar los datos recogidos en el Anexo I. Con periodicidad semestral, la entidad adjudicataria presentará junto con la factura correspondiente al último mes del semestre transcurrido, una memoria justificativa del desarrollo del servicio en ese período, quedando supeditada la tramitación de la factura, así como de las consecutivas, a su presentación. 12

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Con carácter anual, se enviará una memoria que recogerá información sobre las características más significativas del perfil de los drogodependientes atendidos y datos de atención, junto con la factura del mes de diciembre del año en curso quedando igualmente supeditada la tramitación de la factura, así como de las consecutivas, a su presentación. Una vez completada la estancia en el recurso, los técnicos de la misma remitirán el caso a su centro de referencia. En estos supuestos se remitirá un informe final en el que se especificarán los avances registrados, las deficiencias observadas en cada sujeto y aquellas sugerencias que se estimen de interés para consolidar el proceso rehabilitador iniciado. El informe final deberá remitirse al centro de referencia correspondiente en el plazo máximo de una semana después de efectuarse la salida del sujeto.

3.3. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta de Madrid Salud al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. Asimismo se cumplirán las exigencias de la Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 1º). Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. 2º). Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de

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seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. 3º). Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. 4º). Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que Madrid Salud le pueda especificar. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 5º). A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD). Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos. 6º). Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información. 7º). El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. 8º). Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid. 9º). En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro 14

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medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados. 10º). De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD). 11º). Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar a Madrid Salud antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación definitiva, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

3.4 RELACIONES INSTITUCIONALES La entidad adjudicataria no podrá mantener relación institucional, hacer declaraciones a medios de comunicación o entregar documentación o datos, sobre temas concernientes al presente contrato, sin la autorización de Madrid Salud. Ni la entidad ni sus trabajadores afectos a la ejecución del servicio podrán en ningún caso mantener relación alguna con instancias oficiales publicas o privadas o medios de comunicación, publicaciones, ni asistir a cursos, conferencias, seminarios o similares en calidad de ponentes, sin permiso expreso y previo de Madrid Salud, sobre materias relacionadas con la prestación del servicio. Esta prohibición persistirá aun cuando haya finalizado la ejecución del contrato. 3.5 MEDIOS QUE APORTA EL ADJUDICATARIO La entidad adjudicataria deberá contar con la infraestructura y los equipamientos suficientes para asegurar la calidad de la prestación del servicio con adecuación a la normativa vigente. El adjudicatario deberá mantener sus instalaciones en las condiciones necesarias de habitabilidad, higiene y seguridad, conforme a las disposiciones legales aplicables, corriendo a su cargo los gastos que de ello se deriven. Correrán igualmente a cargo del adjudicatario los gastos de alquileres, manutención, mantenimiento y suministros para hacer frente a las obligaciones enunciadas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, así como cualquier otro gasto derivado de la estancia de los residentes en el recurso en los términos previstos en el mismo. 3.6 PRESUPUESTO DE CONTRATACIÓN El precio plaza ocupada/día se establece en: 15

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plazas con especificidad en tratamiento para menores de 25 años: 79,245 €, IVA del 10% incluido. Cuando una plaza no sea ocupada, se abonará un 80% del precio fijado, siempre y cuando la responsabilidad en la no ocupación de la plaza sea imputable exclusivamente a Madrid Salud. Por tanto en ningún caso podrán incluirse en la facturación aquellas plazas reservadas a Madrid Salud que permanezcan vacantes por motivos atribuibles a la entidad adjudicataria. El presupuesto máximo total del contrato asciende a 289.719,94 € (IVA 10% incluido, para el periodo comprendido entre el 1 de Octubre de 2013 y el 31 de diciembre de 2014. La duración del contrato es de un año y tres meses, con posibilidad de concertar prórrogas anuales. El desglose del presupuesto de licitación es el siguiente: SIN IVA 53.022,15 210.359,61 263.381,76

Coste año 2013 (1/10/13 al 31/12/13) Coste año 2014 (1/1/14 al 31/12/14) TOTALES

CON IVA 58.324,37 231.395,57 289.719,94

No obstante lo anterior, el Decreto de 28 de febrero de 2011 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública así como lo dispuesto en el articulo 27 apartado 8 de las bases de ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2013, establece que en aquellos contratos que lleven aparejadas prestaciones cuya realización sea continuada a lo largo de todo el período de ejecución y cuyo régimen de pago sea periódico (mensual, trimestral, etc.), la exigibilidad del pago podrá producirse desde el primer día del mes siguiente a la finalización del período de prestación, previa presentación de la correspondiente factura; por lo que corresponde imputar presupuestariamente al ejercicio 2014 el último pago periódico de 2013 y el último pago periódico de 2014 al ejercicio de 2015 de acuerdo al siguiente detalle:

PLAZAS

PRECIO PLAZA /DÍA

AÑO 2013 61 días

AÑO 2014 365 días

AÑO 2015 31 días

TOTAL

8

79,245€

38.671,59€

231.395,57€

19.652,78€

289.719,94€

El plazo de ejecución se adecuará en función del momento en que resulte efectivamente adjudicado sin perjuicio de la duración de las prórrogas previstas para el mismo.

4. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Los licitadores deberán incluir, en su proyecto técnico: •

• •

Una descripción de todos y cada uno de los tratamiento ofertados, detallando la organización de los mismos, los profesionales asignados, las titulaciones y la acreditación de la experiencia profesional del personal destinado a la ejecución del servicio en las condiciones determinadas en los presentes pliegos. Las estrategias terapéuticas. Los tiempos medios de estancia previstos. 16

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• •

Las actividades, los grupos terapéuticos o cualquier otra aportación que facilite la valoración técnica de las ofertas. Se incorporará además, una descripción detallada de la infraestructura y de los recursos con los que cuenta la entidad para el desarrollo del servicio (instalaciones, inmuebles, equipamiento).

La oferta técnica deberá incluir además, el sistema de registro y evaluación (informes de evaluación, alta, notificaciones de salidas, entradas, etc.). En la oferta técnica deberá especificarse la distribución de plazas para hombres y mujeres respectivamente, así como el grado de flexibilidad para su ocupación por sexos. Igualmente se aportará toda la documentación requerida, referida a la Protección de Datos de Carácter Personal según lo especificado en el epígrafe 3.3. del presente Pliego. Asimismo, se aportarán las mejoras técnicas ofrecidas según lo determinado en los criterios de adjudicación no valorables en cifras o porcentajes fijados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares 5. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO El supervisor del servicio será el Jefe del Servicio de Asistencia del Instituto de Adicciones de Madrid Salud. Madrid, 9 de mayo de 2013 LA JEFA DEL SERVICIO DE ASISTENCIA, Fdo.: Beatriz Mesías Pérez

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ANEXO I Todos los indicadores contenidos en el presente anexo, se enviarán al Servicio de Asistencia del Instituto de Adicciones de Madrid Salud, con la periodicidad que en cada uno de ellos se determina: Con periodicidad mensual se enviarán al Servicio de Asistencia los siguientes indicadores: • • • •

Nº pacientes ingresados Nº Salidas Motivo de salida Índice de ocupación

De los nuevos ingresos, con periodicidad mensual y anual , se enviarán los siguientes indicadores: • Sexo • Edad media • Nº de pacientes con trastorno psicopatológico asociado incluyendo la descripción de dichos trastornos. • Nº de pacientes que presentan deterioro cognitivo. • Droga principal* *Descripción: Droga problema en el momento del ingreso del paciente, especificando para cada una de esas drogas los pacientes que están en tratamiento con agonistas opiáceos (metadona, buprenorfina-naloxona). Ej.: 30 pacientes consumidores de alcohol de los que 10 están en tratamiento con agonistas opiáceos

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INFORME MENSUAL DE SEGUIMIENTO ENTIDAD:

AÑO:

MES:

1.- RELACIÓN DE INGRESOS Clave RAD

C.A.D. Fecha de Ingreso

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2. RELACIÓN DE USUARIOS ( último día del mes ) Clave RAD

C.A.D.

Fecha de ingreso

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3. DATOS DE OCUPACIÓN.

CAD

Plazas Asignadas

Estancias Potenciales

Días ocupados

Días no ocupados

Importe Facturación Índice de Por días Por días no ocupación* ocupados Ocupados (80%) * (100%)

1 2 3 4 5 6 7 TOTAL

(**) Índice de ocupación=número de plazas-día ocupadas en el mes / número total de plazas-día disponibles en el mes x 100. Mide el índice de plazas-día ocupadas en el periodo respecto al total de plazas-día disponibles en el mismo. Se consideran plazas-día en el periodo: número de plazas x número de días del periodo. Se considera plaza-día ocupada cuando alguna hora del día está ocupada.

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4. RELACIÓN DE SALIDAS

Clave RAD

CAD

Fecha

Fecha

Ingreso

Salida

(***)Motivos de Salida: • • • •

Fin de tratamiento. Salida Voluntaria. Derivación al Centro de referencia. Otras derivaciones

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Motivo salida (***)