COMPENDIO RESPUESTAS A CONSULTAS TRIBUTARIAS

COMPENDIO RESPUESTAS A CONSULTAS TRIBUTARIAS Listado de oficios Períodos: 2010, 2009, 2008. AGRUPADOS POR IMPUESTOS y TEMAS. Elaborado: funcionario...
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COMPENDIO RESPUESTAS A CONSULTAS TRIBUTARIAS

Listado de oficios Períodos: 2010, 2009, 2008.

AGRUPADOS POR IMPUESTOS y TEMAS.

Elaborado: funcionarios Subdirección del Digesto Tributario Dirección Normativa

Agosto 2011

OFICIOS 2010, QUE SE FUNDAMENTARON EN CONSULTAS ART. 119 CNPT

Numero/ Fecha

Tema

Descriptores y restrictores

Descripción

IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1

895 21/12/10

IMPUESTO AL SALARIO (PENSIONES COMPLEMENTARI AS).

2

894 21/12/10

IMPUESTO AL SALARIO (PENSIONES COMPLEMENTARI AS).

3

811 16/11/10

IMPUESTO AL SALARIO (propinas).

Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales; Pensión complementaria. Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación, pensión u otras remuneraciones por servicios personales; Pensión complementaria. Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación, pensión u otras remuneraciones por servicios personales; Propina.

Pensiones o jubilaciones en pagos mensuales, retiro parcial o total están afectas al impuesto.

Pensiones o jubilaciones en pagos mensuales, retiro parcial o total están sujetas al impuesto.

Las propinas no constituyen parte del precio neto de venta, debido a que tienen naturaleza salarial.

4

758 25/11/10

5

182 01/03/10

6

592 03/08/10

7

303 13/04/10

IMPUESTO AL SALARIO (propinas).

Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación, pensión u otras remuneraciones por servicios personales; Propina. IMPUESTO AL Exclusiones de SALARIO la renta bruta, (compra de acciones). Ganancias de Capital; EXCLUSIONES DE Impuesto único LA RENTA BRUTA sobre las rentas (ganancias de capital, percibidas por el obtenidas por venta de trabajo personal acciones). dependiente o por concepto de jubilación, pensión u otras remuneraciones por servicios personales, gratificaciones. IMPUESTO AL Impuesto único SALARIO sobre las rentas (no afectación al percibidas por el impuesto). trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación, pensión u otras remuneraciones por servicios personales. IMPUESTO AL Impuesto único SALARIO sobre las rentas (no afectación al percibidas por el impuesto). trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación, pensión u otras remuneraciones por servicios personales,

Las propinas no constituyen parte del precio neto de venta, debido a que tienen naturaleza salarial.

Patrono debe hacer retención cuando el trabajador obtiene ventaja por compra acciones.

Empleados transferidos en asignaciones internacionales, sin vínculo laboral en CR no pagan impuesto único. No constituye una renta de fuente costarricense.

Salarios pagados extraterritorialmente por prestación servicios fuera C R no afectos a impuesto.

8

225 08/03/10

IMPUESTO AL SALARIO (no afectación al impuesto).

9

859 03/12/10

IMP. RENTA

10

11

858 03/12/10

857 03/12/10

DIFERENCIAS CAMBIARIAS. IMP. RENTA DIFERENCIAS CAMBIARIAS. IMP. RENTA DIFERENCIAS CAMBIARIAS. IMP. RENTA. DIFERENCIAS CAMBIARIAS.

12

754 22/10/10

13

753 22/10/10

IMP. RENTA. DIFERENCIAS CAMBIARIAS.

14

9 06/01/10

DIFERENCIAS CAMBIARIAS.

15

8 06/01/10

DIFERENCIAS CAMBIARIAS).

Prestación servicios fuera de Costa Rica. Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación, pensión u otras remuneraciones por servicios personales, Prestación servicios fuera de Costa Rica. Diferencias cambiarias, Moneda extranjera. Diferencias cambiarias, Moneda extranjera Diferencias cambiarias, Moneda extranjera Diferencias cambiarias, Moneda extranjera. Diferencias cambiarias, Moneda extranjera. Diferencias cambiarias, Fuente costarricense; Gastos deducibles del impuesto sobre la renta. Diferencias cambiarias, Fuente costarricense; Gastos

Salarios pagados extraterritorialmente por prestación servicios fuera C R no afectos a impuesto.

El diferencial cambiario se encuentra sujeto al impuesto sobre las utilidades.

El diferencial cambiario, se encuentra sujeto al impuesto sobre las utilidades.

El diferencial cambiario se encuentra sujeto al impuesto sobre las utilidades.

Diferencial cambiario, se encuentra sujeto al impuesto sobre las utilidades.

El diferencial cambiario, se encuentra sujeto al impuesto sobre las utilidades.

Diferencial cambiario gravado con impuesto a las utilidades.

Diferencial cambiario gravado con impuesto a las utilidades.

16

827 22/11/10

IMPUESTO REMESAS AL EXTERIOR. GASTOS DEDUCIBLES DEL IMP. SOBRE LA RENTA. (comprobantes). IMPUESTO REMESAS AL EXTERIOR (honorarios profesionales y asesoramiento).

17

142 17/02/10

18

686 20/09/10

IMPUESTO REMESAS AL EXTERIOR (Honorarios)

19

574 26/07/10

REMESAS AL EXTERIOR (transporte internacional)

20

516 30/06/10

21

313 16/04/10

IMPUESTO SOBRE REMESAS AL EXTERIOR (espectáculos públicos). IMPUESTO SOBRE REMESAS AL EXTERIOR (servicios profesionales y otros).

22

64 26/01/10

IMPUESTO REMESAS AL

deducibles del impuesto sobre la renta. Impuesto remesas al exterior, asesoría. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta.

Los gastos deducibles deben estar respaldados en comprobantes fehacientes y ser necesarios para generar ingresos.

Honorarios profesionales; Impuesto sobre remesas al exterior, Asesoramiento técnico o financiero. Impuesto sobre remesas al exterior, Servicios profesionales. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta. Impuesto remesas al exterior. Renta de Fuente costarricense; Transporte marítimo. Impuesto sobre remesas al exterior.

Servicios de Consultoría en Ingeniería para la elaboración de los diseños finales de la ampliación del sistema de alcantarillado sanitario del Área Metropolitana y para la supervisión, en la fase constructiva.

Convenio entre particulares para efectos tributarios; Impuesto sobre remesas al exterior, Servicios. Impuesto sobre remesas al

Empresa adjudicataria es no domiciliada en CR.

Los pagos de honorarios a la casa matriz, están afectos a la retención de remesas al exterior.

Contrato se firma fuera del país, pero en CR la representante realiza labores para dar el servicio, es fuente costarricense.

Espectáculos públicos de personas no domiciliadas están afectos a remesas al exterior.

En factura por Servicios profesionales al exterior, procede retención de

23

24

25

EXTERIOR (servicios profesionales). 797 PRINCIPIO DE 10/11/10 TERRITORIALIDAD (servicios prestados fuera de C.R) 885 DEVOLUCIÓN DE 16-10-10 IMPUESTOS (no procede retención por remesas al exterior). 759 GASTOS 25/11/10 DEDUCIBLES DEL IMP. SOBRE LA RENTA. (Pérdidas operativas)

26

704 28/09/10

GASTOS DEDUCIBLES DEL IMP. SOBRE LA RENTA (pérdidas operativas).

27

541 09/07/10

GASTOS DEDUCIBLES IMPUESTO SOBRE LA RENTA (depreciación).

28

517 30/06/10

GASTOS DEDUCIBLES DEL IMP. SOBRE LA RENTA (pérdidas diferidas).

29

174 25/02/10

30

75 28/01/10

31

747

GASTOS DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (improcedencia para aplicar por pérdidas diferidas). GASTOS DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (pérdidas operativas). Improcedencia. ZONAS FRANCAS.

exterior, servicios profesionales. Principio de territorialidad.

Devolución impuestos.

remesas.

Empresa no está obligada a realizar retención por prestación servicios fuera del territorio nacional (host country). No procede retención remesas al exterior, no es de fuente costarricense.

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Pérdidas diferidas. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Pérdidas diferidas. Depreciación en materia tributaria; Gastos deducibles del impuesto sobre la renta. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Pérdidas diferidas. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Pérdidas diferidas.

Pérdidas operativas de actividad de construcción, pueden deducirse en los 3 períodos fiscales siguientes.

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, pérdidas operativas. Incentivos

Mantenimiento de redes de telecomunicaciones, no es actividad industrial.

Pérdidas operativas de actividad de construcción, pueden deducirse en los 3 períodos fiscales siguientes.

Procede depreciación en equipo de cómputo ubicado en otro país y usado en actividad en CR.

Pérdidas operativas de actividad de construcción, pueden deducirse en los 3 períodos fiscales siguientes.

Al no ser la actividad desarrollada: Actividad Hotelera Turística, no puede ser considerada como industrial, no corresponde la deducción por pérdidas diferidas.

El disfrute del beneficio fiscal aplica si

19/10/10

(incentivos fiscales)

32

611 09/08/10

ZONAS FRANCAS.

33

432 31/05/10

ZONA FRANCA.

34

341 23/04/10

35

15 11/01/10

IMPUESTO DE RENTA INCENTIVOS FISCALES (Contrato forestal). IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

36

848 30/11/10

37

535 08/07/10

38

640 23/08/10

39

443 28/05/10

40

874 10/12/10

INCENTIVOS FISCALES (contrato forestal). RENTA DISPONIBLE DE LAS SOCIEDADES DE CAPITAL (retención sobre dividendos). RENTA DISPONIBLE SOCIEDADES DE CAPITAL. (Dividendos) ENTIDADES NO SUJETAS AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. ENTIDADES NO SUJETAS AL IMP. RENTA. IMP. RENTA RENTA NETA PRESUNTIVA (empresas transportes en general no domiciliadas).

fiscales, Zona franca. Incentivos fiscales; Régimen aduanero de Zonas Francas. Diferencias cambiarias; Dividendos; Impuesto sobre remesas al exterior; Intereses. Incentivos fiscales, Contrato forestal.

la empresa contrata el servicio de alimentación en forma completa. Plazo para gozar beneficio de exoneraciones, es a partir inicio de operaciones productivas.

Incentivos fiscales, Contrato forestal.

Para disfrute exención impuesto renta, debió suscribir contrato forestal.

Dividendos al amparo del régimen Zona Franca. Intereses y diferencial de inversiones en el exterior.

Incentivos forestales.

Renta disponible Retención del 15% sobre dividendos. de las sociedades de capital, Dividendos. Renta disponible de las sociedades de capital, Dividendos. Entidades no sujetas al impuesto sobre la renta. Entidades no sujetas al imp. sobre la renta. Renta neta presuntiva, Empresas de transporte en general.

Dividendos recibidos se adicionan a renta disponible para distribuir entre accionistas.

Al ser Organismo internac. no está sujeta a leyes impositivas de C. R.

Las inversiones financieras o superávits que pudiera generar la SUTEL, no se encuentran sujetas al pago del Impuesto sobre la Renta. Empresa transporte internacional puede utilizar un sistema de prorrateo de gastos, mediante suscripción convenio con AT.

41

404 19/05/10

RENTA NETA PRESUNTIVA (transportes).

42

560 20/07/10

43

42 19/01/10

RENTA BRUTA (ingresos no gravables). IMPUESTO A LA UTILIDADES.

44

824 16/11/10

45

332 21/04/10

INGRESOS GRAVABLES DEL IMPUESTO DE RENTA.

46

613 09/08/10

47

464 09/06/10

48

463 09/06/10

IMP. RENTA. VENTA DE TERRENOS EN LOTES URBANIZADOS. IMP. SOBRE LA RENTA, FIDEICOMISO GARANTÍA. IMP. SOBRE LA RENTA

RENTA BRUTA. IMP. A LAS UTILIDADES. ACTIVIDAD LUCRATIVA.

Renta neta presuntiva, Retención en la fuente. Renta bruta, Ingresos no gravables. Renta bruta.

Impuesto sobre la renta, Actividad lucrativa.

Impuesto sobre la renta, Ingresos gravables. Renta Bruta. Renta neta, lotes urbanizados, Sistema contable percibido. Impuesto sobre la renta, Fideicomiso de garantía. Inventario tributario, método UEPS.

Retenciones en la fuente servicio de transporte.

Contribuciones que recibe para llevar a cabo su actividad sin fines de lucro, no afecta renta bruta. Pérdidas en periodos consecutivos sin que se presuman ingresos... Utilidades están afectas al impuesto renta. Sociedad que participa en Licitación Pública que está promoviendo Banco no procede la retención de remesas al exterior, relación jurídica tributaria entre Estado y empresa domiciliada en país. Ingresos gravables de las diferentes actividades desarrolladas en una agencia de viajes. Base imponible.

Tratamiento fiscal costos y gastos empresa constructora. Ganancia obtenida en vta lotes urbanizados.

Fideicomiso de garantía sin actividad lucrativa no debe inscribirse como contribuyente. Utilización del método UEPS para valuación inventarios.

INVENTARIO TRIBUTARIO. IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS 49

875 10/12/10

IMP. VENTAS. (Reajuste al precio de venta).

50

847 30/11/10

IMP. GENERAL SOBRE LAS VENTAS.

Impuesto general sobre las ventas, Facturas. Hecho generador de la obligación tributaria. Crédito fiscal.

Factura por reajuste de precio, está afecta al impuesto general sobre las de ventas.

La etiqueta es un requisito legal del envase del producto. No procede el crédito fiscal por compra de etiquetas

o envases.

51

52

53

621 13/08/10

221 05/03/10

557 19/07/10

CRÉDITO FISCAL (improcedencia). IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS. CRÉDITO FISCAL (improcedencia). IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS. CRÉDITO FISCAL (improcedencia del crédito fiscal y órdenes especiales de compra). IMP. GENERAL SOBRE LAS VENTAS CRÉDITO FISCAL. SERVICIOS AFECTOS AL IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS (primas de seguros).

54

452 01/06/10

55

846 30/11/10

SERVICIOS EXENTOS IMP. VENTAS.

56

304 13/04/10

57

762 25/11/10

58

88 01/02/10

SERVICIOS NO GRAVADOS EN IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS (Servicios transporte). MERCANCÍAS AFECTAS AL IMP. VENTAS (repostería). MERCANCÍAS AFECTAS AL IMPUESTO SOBRE LA VENTA. (pastelería y

Crédito fiscal.

Créditos de ventas pagados en empaques plásticos no corresponde a créditos fiscales.

Crédito fiscal; Impuesto general sobre las ventas, Ordenes especiales de compra, Primas de seguros.

No procede crédito fiscal por pago primas seguro para protección productos almacenados. Al no existe un crédito fiscal, no se pueden otorgar órdenes especiales de compra.

Crédito fiscal.

Crédito fiscal. Servicio telefonía celular.

Comercializador a de seguros; Servicios afectos al impuesto general sobre las ventas, primas de seguros. Impuesto general sobre las ventas, Servicios no gravados. Impuesto general sobre las ventas, Servicios no gravados.

Obligación tributaria nace con la facturación o la prestación del servicio, el acto que se realice primero.

Mercancías afectas al impuesto sobre la venta. Mercancías afectas al impuesto sobre la venta.

Productos considerados como repostería están gravados con Imp. Ventas.

Servicio publicitario impresión anual de guía telefónica, no se encuentra gravado con Impuesto de Ventas. Servicios de transporte que presta con ocasión de las ventas de concreto premezclado servicio de transporte.

La repostería y pastelería están gravadas con el impuesto general sobre las ventas.

repostería). MERCANCÍAS AFECTAS AL IMP. GENERAL SOBRE LAS VENTAS (quesos). MERCANCÍAS AFECTAS AL IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS (quesos). MERCANCÍAS GRAVADAS Y NO AFECTAS IMP. VENTAS (promociones 2x1 y garantía adicional). MERCANCÍAS EXENTAS IMP. GENERAL SOBRE LAS VENTAS (canasta básica).

59

513 29/06/10

60

399 19/05/10

61

386 12/05/10

62

356 29/04/10

63

728 07/10/10

MERCANCÍAS NO SUJETAS AL IMP. DE VENTAS.

64

242 16/03/10

IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS (faltantes de mercancías).

65

235 11/03/10

IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS (faltantes de mercancías).

Mercancías afectas al impuesto sobre la venta.

Queso blanco tipo cremoso y queso blanco tipo tierno, ambos no envasados ni enlatados, están afectos I.Vta.

Mercancías afectas al impuesto sobre la venta.

Queso tipo cremoso, el tierno y el queso blanco crema tipo mozzarella, afectos Impuesto Ventas.

Mercancías gravadas y no gravadas Impuesto General sobre las ventas. Mercancías exentas del impuesto general sobre las ventas, canasta básica alimentaria. Impuesto general sobre las ventas, no sujeción al impuesto. Hecho generador de la obligación tributaria. Impuesto general sobre las ventas, faltantes de mercancías. Hecho generador de la obligación tributaria. Impuesto general sobre las ventas, faltantes de mercancías. Hecho generador de la obligación

Garantía adicional no está gravada. Promociones 2x1 está gravado con el impuesto.

Productos exentos del Impuesto de ventas. Canasta básica alimentaria.

Las mercancías al no estar nacionalizadas no están sujetas al imp ventas.

Faltante o mermas de mercancías, están gravados con el impuesto general sobre las ventas, salvo prueba en contrario.

Faltante de mercancías está gravado con el impuesto de ventas, salvo prueba en contrario.

tributaria. CÓDIGO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS 66

888 20/12/10

CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia)

Consulta tributaria

La consulta no reúne los requisitos art. 119 del CNPT (no es concreta y actual).

67

878 10/12/10

Consulta tributaria.

68

877 10/12/10

69

868 09/12/10

CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia).

70

825 22/11/10

CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia).

Consulta tributaria.

71

781 03/11/10

CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia).

Consulta tributaria.

No procede evacuar las consultas que se configuren sobre situaciones de períodos anteriores,.... La consulta se rechaza ad portas, ya que no reúne los requisitos del art. 119 del CNPT. Omisión en la presentación de varios documentos solicitados, para resolver consulta Se archiva consulta. Se rechaza ad portas la consulta planteada con fundamento art. 119 CNPT. consulta no reúne requisitos del art. 119. Se rechaza ad portas la consulta no reúne los requisitos del art. 119 del CNPT.

72

774 01/11/10

Consulta tributaria.

Rechazo ad portas. No reúne los requisitos del artículo 119 del CNPT.

73

735 14/10/10

Consulta tributaria

74

624 13/08/10

Se rechaza ad portas la consulta planteada art.119 CNPT, la situación no es actual ni concreta. No reúne los requisitos de una consulta 119 del CNPT.

75

600 06/08/10

76

414 25/05/10

77

377 07/05/10

78

376 07/05/10

79

373 06/05/10

CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia).

Consulta tributaria Consulta tributaria.

Consulta tributaria. Consulta tributaria Consulta tributaria.

Consulta no reúne los requisitos del art. 119 del CNPT, no es actual ni concreta. Consulta no reúne requisitos del artículo 119 CNPT.

Consulta tributaria.

Consulta no reúne los requisitos del artículo 119 del CNPT, legitimación.

Consulta tributaria.

Consulta no reúne requisitos del art. 119 del CNPT, legitimación.

Consulta tributaria

No reúne los requisitos de una consulta 119 del CNPT.

80

307 14/04/10

81

276 26/03/10

82

117 10/02/10

83

100 05/02/10

84

655 31/08/10

85

485 17/06/10 459 04/06/10 474 14/06/10

86 87

CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia).

Consulta tributaria

No reúne los requisitos de la consulta 119 del CNPT, falta legitimación.

Consulta tributaria

CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia). CONSULTA TRIBUTARIA (improcedencia).

Consulta tributaria.

PLAZOS PARA EL PAGO DE OBLIGACIÓN TRIBUTARIA (cómputo del plazo). EXENCIÓN DE IMPUESTOS. EXENCIÓN DE IMPUESTOS. RESPONSABILIDA D DEL AGENTE DE RETENCIÓN O PERCEPCIÓN. (devolución impuestos).

Plazos en materia tributaria Pago obligación tributaria. Exención de impuesto. Exención de impuestos. Devolución de impuestos. Responsabilidad en materia tributaria.

La consulta no reúne los requisitos del art. 119 del CNPT. Remisión de solicitud para su resolución. No reúne requisitos del art. 119 CNPT Remisión de solicitud para su resolución. No reúne requisitos artículo 119 CNPT. Remisión de solicitud para su resolución. Plazo 15 días para pago es a partir firmeza de la resolución que liquida la obligación.

Consulta tributaria.

Solo la ley puede otorgar exenciones, reducciones o beneficios. Solo la ley puede otorgar exenciones, reducciones o beneficios. Responsabilidad del agente de retención debe proceder a efectuar la devolución de la retención practicada.

CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL 88

630 17/08/10

89

438 28/05/10

90

437 28/05/10

CONTRIBUCIÓN Administración PARAFISCAL tributaria; (timbre odontológico). Contribución parafiscal, Timbre Odontológico. CONTRIBUCIÓN Contribución ESPECIAL especial PARAFISCAL EN parafiscal en MATERIA DE materia de TELECOMUNICACI telecomunicacio ONES. nes. Sujeto pasivo de la obligación tributaria. CONTRIBUCIÓN Contribución ESPECIAL especial PARAFISCAL EN parafiscal en

Si le asiste derecho al Colegio de Cirujanos Dentistas, de realizar auditorías o actividades de fiscalización, como Adm. Tributaria.

Explotación de las frecuencias del espectro radioeléctrico, que se requieren para la operación y explotación de redes de telecomunicaciones.

Explotación de las frecuencias del espectro radioeléctrico, que se requieren para la operación y

MATERIA DE TELECOMUNICACI ONES.

91

436 28/05/10

CONTRIBUCIÓN ESPECIAL PARAFISCAL EN MATERIA DE TELECOMUNICACI ONES.

92

416 25/05/10

CONTRIBUCIÓN ESPECIAL PARAFISCAL EN MATERIA DE TELECOMUNICACI ONES.

materia de telecomunicacio nes. Sujeto pasivo de la obligación tributaria. Contribución especial parafiscal en materia de telecomunicacio nes. Sujeto pasivo de la obligación tributaria. Contribución especial parafiscal en materia de telecomunicacio nes; Sujeto pasivo de la obligación tributaria

explotación de redes de telecomunicaciones.

Explotación de las frecuencias del espectro radioeléctrico, que se requieren para la operación y explotación de redes de telecomunicaciones.

Consulta no reúne requisitos art .119 CNPT. Explotación de las frecuencias del espectro radioeléctrico, que se requieren para la operación y explotación de redes de telecomunicaciones.

IMPUESTO SOLIDARIO 93

401 19/05/10

IMPUESTO SOLIDARIO.

94

310 14/04/10

95

238 12/03/10

96

222 05/03/10

IMPUESTO SOLIDARIO (suites). IMPUESTO SOLIDARIO (inmueble desocupado o en remodelación). IMPUESTO SOLIDARIO (inventarios).

97

210 04/03/10

IMPUESTO SOLIDARIO (inmueble desocupado

Impuesto solidario, valor fiscal del inmueble. Impuesto solidario, Hotelería. Impuesto solidario.

Valor fiscal de la construcción y otras generalidades del Imp. solidario.

Impuesto solidario, Inventarios.

La ausencia de una disposición expresa que considere el carácter de “inmuebles en inventario” como causal para considerar exentos del impuesto, a los inmuebles de uso habitacional, constituye otra razón, para fundamentar el criterio de esta Dirección, de considerar gravados con el impuesto solidario. Las condiciones del inmueble -de desocupado y en proceso de remodelación- son irrelevantes, por

Impuesto solidario.

Suites de uso habitacional están sujetas al impuesto solidario. Inmueble desocupado o en remodelación si cumple requisitos, está sujeta al impuesto.

o en remodelación). 98

176 25/02/10

IMPUESTO SOLIDARIO.

99

166 24/02/10

IMPUESTO SOLIDARIO (inmuebles en inventario).

100

110 10/02/10

IMPUESTO SOLIDARIO (suites, villas, cabañas).

Albacea; Impuesto solidario. Impuesto solidario, Inventarios; Sanción administrativa tributaria. Impuesto solidario, Hotelería, Suites, villas, cabañas.

consiguiente están afectos al Impuesto Solidario. Albacea nombrado en proceso sucesorio, debe inscribir, declarar y pagar el impuesto Solidario. Inmuebles en inventario están afectos al impuesto.

Aplicabilidad del Impuesto solidario a hoteles que cuenten con suites, villas y cabañas.

IMPUESTO SOBRE ESTÁCULOS PÚBLICOS 101

615 10/08/10

IMP. SOBRE ESTÁCULOS PÚBLICOS. SERVICIOS NO GRAVADOS IMP. VENTAS. (conciertos).

Impuesto general sobre las ventas, Servicios no gravados; Impuesto sobre espectáculos públicos.

Procede cobro impuesto espectáculos públicos en conciertos programados por el S. N.E.M. en el Teatro Popular Melico Salazar.

IMPUESTO TIMBRE FISCAL 102

608 06/08/10

IMPUESTO TIMBRE FISCAL.

Impuesto timbre fiscal.

Procedencia del pago.

IMPUESTO ESPECÍFICO POR UNIDAD DE CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS 103

103

890 20/12/10

IMPUESTO ESPECÍFICO POR UNIDAD DE CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS (proceso productivo).

Impuesto específico por unidad de consumo de bebidas alcohólicas.

Sobre el método para calcular la base imponible de los impuestos sobre las ventas, selectivo de consumo, y específico sobre licores, no reúne requisitos del art.119 CNPT. La actividad de Envasado y diluido de licor tiene carácter de proceso productivo.

OFICIOS 2009, QUE SE FUNDAMENTARON EN CONSULTAS ART. 119 CNPT

Tema

Número

Fecha

Descriptores y restrictores

Descripción

IMPUESTO SOLIDARIO 1

785

18/12/09

Impuesto solidario, Suites, villas, cabañas.

782

17/12/09

780

16/12/09

Impuesto solidario, Suites, villas, cabañas. Impuesto solidario, Manual de valores Tipología Constructiva, Valor fiscal.

777

11/12/09

Impuesto solidario, Manual de valores Tipología Constructiva.

Las suites, ranchos o villas de los hoteles están gravadas con el Impuesto Solidario. Cabañas y suites de un hotel, están gravadas con el Impuesto Solidario. El valor fiscal se determina conforme con los criterios técnicos de valoración establecidos por DGT. Una hipoteca es una causa para actualizar el valor fiscal. Valorar construcción del inmueble, utilizando el criterio técnico de valoración.

739

27/11/09

Impuesto solidario, Suites, villas, cabañas.

Las suites de los hoteles afectas al impuesto.

IMP. SOLIDARIO. 2 IMP. SOLIDARIO. 3 IMP. SOLIDARIO.

4 IMP. SOLIDARIO. 5 IMP. SOLIDARIO.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA 6

783

18/12/09

768

09/12/09

699

11/11/09

REMESAS AL EXTERIOR RETENCIÓN LA FUENTE (23.inc.g)

EN

7 REMESAS AL EXTERIOR (servicios profesionales). 8 IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES

Cesión tributaria; Impuesto sobre remesas al exterior, Servicios profesionales. Retención en la fuente. Impuesto sobre remesas al exterior, Servicios profesionales.

Empresa brasileña domiciliada en el exterior, se le adjudicó la Licitación Pública Internacional. Luego ésta subcontrata a empresa domiciliada en CR, para que le preste servicios profesionales de consultoría. Retención del 15%. Servicios contables prestados en el exterior.

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta; Impuesto sobre remesas al exterior, Servicios

Empresa realizará pagos a empresas domiciliadas en diferentes países de C,A. por concepto de servicios profesionales correspondientes a la

REMESAS AL EXTERIOR (servicios profesionales). 9

profesionales, marcas de fábrica.

administración del personal de un cliente costarricense. Pagos relativos a marcas de fábrica.

491

18/08/09

Impuesto sobre remesas al exterior, Servicios gravados; Principio de territorialidad tributaria, Renta fuente costarricense;

Servicios prestados en el territorio nacional y por lo tanto es gravable con el impuesto sobre las remesas al exterior y debe hacerse la retención por parte del pagador.

440

28/07/09

Impuesto sobre remesas al exterior, Gastos deducibles del impuesto sobre la renta.

Honorarios por los servicios de Arquitectura e Ingeniería.

412

22/07/09

Impuesto sobre remesas al exterior.

Remesas al exterior por servicios personales o asesoramiento técnico.

343

24/06/09

Impuesto sobre remesas al exterior.

Servicios de publicidad.

236

08/05/09

Impuesto sobre remesas al exterior.

Servicios de publicidad.

134

17/03/09

Impuesto sobre remesas al exterior: Renta fuente costarricense. Ganancia de capital.

Domiciliado en el exterior que adquiere títulos valores emitidos por un emisor costarricense el impuesto aplicable es el de remesas al exterior. Ganancias de capital en venta de bonos. Rentas de interés, tarifa del impuesto.

IMP. RENTA REMESAS Al EXTERIOR. SERVICIOS GRAVADOS. 10 IMP. RENTA REMESAS AL EXTERIOR (honorarios por servicios) GASTOS DEDUCIBLES. 11 IMP. RENTA REMESAS AL EXTERIOR (servicios personales o asesoramiento). 12 IMP. RENTA. REMESAS AL EXTERIOR (servicios publicidad).

13 IMP. RENTA. REMESAS AL EXTERIOR (servicios publicidad). 14 IMP. RENTA. REMESAS AL EXTERIOR. GANANCIAS DE CAPITAL (rentas de interés y las obtenidas venta de bonos).

15

99

26/02/09

745

02/12/09

580

06/10/09

Principio de territorialidad tributaria.

462

05/08/09

Principio de territorialidad tributaria. Renta fuente extraterritorial.

460

05/08/09

Principio de Territorialidad tributaria. Renta fuente extraterritorial.

211

29/04/09

Principio de territorialidad tributaria. Renta extraterritoriales.

Las ventas entre la consultante y el Distribuidor son realizadas en los Estados Unidos, corresponden a rentas de fuente extraterritorial.

198

22/04/09

Principio de territorialidad tributaria.

184

17/04/09

Principio de territorialidad tributaria.

La actividad de promoción y mercadeo, diseño publicitario y demás servicios asociados necesarios para la publicidad del proyecto, con el fin de atraer, identificar y contactar clientes potenciales, se efectuará fuera del territorio nacional. Consultante presta sus servicios en relación de dependencia en el exterior, para una empresa domiciliada también en el exterior,

IMP. RENTA.

REMESAS AL EXTERIOR (comisiones). 16

Impuesto sobre remesas al exterior, Comisiones, Gastos financieros; Exención de impuestos. Intereses derivados de la obligación tributaria. Principio de territorialidad tributaria.

PRINCIPIO TERRITORIALIDAD 17 PRINCIPIO TERRITORIALIDAD

18 PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD 19 PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD

20 PRINCIPIO TERRITORIALIDAD 21 PRINCIPIO DE TERRITORIALIDA.

22 PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD

Intereses moratorios cancelados a proveedores relacionados, domiciliados en el exterior. La consultante debe demostrar la necesidad de incurrir en el pago de intereses moratorios a proveedores sean vinculados o no vinculados. Venta de libros electrónicos, dirigidas exclusivamente a extranjeros, cuyos servidores están programados para no permitir la venta a residentes en Costa Rica. Los trabajadores prestan sus servicios sólo para empresas en el exterior y no tienen ninguna vinculación con la infraestructura económica de Costa Rica. Rentas de fuente extraterritorial. Por los servicios de ventas que prestan los representantes extranjeros en el exterior, la consultante les remesa el pago de una comisión. Los servicios prestados se efectuarán en su totalidad en Guatemala y no tienen relación con los proyectos en Costa Rica, ni con la infraestructura económica de Costa Rica.

23

101

26/02/09

Impuesto sobre remesas al exterior Principio de territorialidad en materia tributaria. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

100

26/02/09

Principio de territorialidad tributaria. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

54

04/02/09

Principio de territorialidad tributaria.

746

02/12/09

Exención de impuestos. Régimen aduanero de Zonas Francas.

177

15/04/09

Régimen aduanero de Zonas Francas. Incentivos fiscales. Exención de impuestos.

125

13/03/09

560

25/09/09

Régimen aduanero de Zonas Francas. Establecimiento permanente como sujeto pasivo de la obligación tributaria. Renta bruta. Donación. Gastos deducibles del

PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD GASTOS DEDUCIBLES IMPUESTO SOBRE LA RENTA. 24 PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD GASTOS DEDUCIBLES IMPUESTO SOBRE LA RENTA. 25 PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD

26 IMP. RENTA ZONA FRANCA. 27 ZONA FRANCA.

28 ZONA FRANCA. ESTABLECIMIENTO PERMANENTE. 29 IMP. RENTA

los ingresos obtenidos no se consideran renta de fuente costarricense. El servicio no se lleva a cabo en territorio nacional, el pago por esos servicios no genera la obligación de practicar una retención. Cuando un mismo gasto haya servido para generar tanto rentas gravables como no sujetas, será deducible sólo en la proporción que se relacione con las rentas gravables. Los servicios profesionales se efectuarán, completarán y perfeccionarán fuera del territorio nacional. Cuando un mismo gasto haya servido para generar tanto rentas gravables como no sujetas, será deducible sólo en la proporción que se relacione con las rentas gravables. Actividad de promoción y mercadeo, estudios propios de mercadeo, diseño publicitario y demás servicios asociados para la publicidad del proyecto, para atraer, identificar y contactar clientes potenciales fuera de Costa Rica, se efectuará fuera del territorio nacional. Régimen de Zonas Francas: cambio en el incentivo fiscal al pasar de una exención del 50% a una exención del 100%, para período fiscal del año 2009. Independientemente de quienes sean los accionistas, mientras esté vigente la declaratoria, la empresa tendrá derecho a los incentivos fiscales otorgados y siempre que mantenga la actividad autorizada. Régimen de zonas francas. Inclusión al Régimen de Zona Franca de la nueva entidad legal, efectos en las subsidiarias.

Deducir como gasto, las donaciones que le efectúen.

impuesto sobre la renta.

GASTOS DEDUCIBLES DONACIONES. 30

516

28/08/09

Diferencias cambiarias; Gastos deducibles del impuesto sobre la renta; Principio de territorialidad tributaria.

Diferencial cambiario. Intereses derivados títulos valores en moneda extranjera, emitidos por Estado.

456

04/08/09

Diferencial cambiario. Gastos deducibles del impuesto sobre la renta.

Diferencias cambiarias, proveniente de rentas habituales o del giro normal de la actividad.

278

25/05/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, incobrabilidad de la obligación tributaria.

Cuentas incobrables.

160

02/04/09

Depreciación en materia tributaria, gastos deducibles del impuesto sobre la renta.

Depreciación de activos. Vida útil de la planta hidroeléctrica en 35 años.

105

03/03/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

97

26/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no

Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los

IMP. RENTA DIFERENCIAL CAMBIARIO. GASTOS DEDUCIBLES. 31 IMP. RENTA DIFERENCIAL CAMBIARIO. GASTOS DEDUCIBLES. 32 IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES (incobrables). 33 IMP. RENTA. GASTOS DEDUCIBLES (depreciación). 34 IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

35 IMP. RENTA

deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

36

83

18/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

82

18/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

81

18/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

37 IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

38 IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES

distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de

(ingresos gravables y no gravables).

39

80

18/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

79

18/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

78

18/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

40 IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

41 IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No

42

77

18/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

70

13/02/09

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta. Renta neta.

11

13/01/09

Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación, pensión u otras remuneraciones por servicios personales; Gastos deducibles del impuesto sobre la renta.

IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

43 IMP. RENTA GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES (ingresos gravables y no gravables).

44 IMP. RENTA. IMPUESTO AL SALARIO. GASTOS DEDUCIBLES

existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Sistema de estimación y asignación objetiva de la utilización de los gastos para la generación de los distintos tipos de ingresos – gravables y no gravables. La Adm. Trib. no tiene la facultad de aprobar o desaprobar los sistemas particulares o específicos que adopten los contribuyentes. No existe en la ley una obligación expresa de llevar cuentas separadas, el sistema contable que se utilice debe permitir identificar la proporción de gastos que corresponde a cada tipo de ingresos. Incluir como gasto el salario del dueño de cualquier empresa, presidente o socio de una sociedad que labore para la misma, en relación de subordinación.

45

41

28/01/09

Renta neta.

BNCR debe hacer un aporte parafiscal de las uilidades anuales, a CONAPE. Es una deducción a la renta neta no es un crédito al impuesto.

394

15/07/09

Impuesto sobre las utilidades, Ingresos gravables; Comisiones.

385

10/07/09

Impuesto sobre las utilidades, ingresos no afectos al impuesto.

Los ingresos obtenidos a título de comisión se encuentran gravados con el impuesto sobre las utilidades. Cuando el servicio prestado es por una única vez, no cumple con el requisito de habitualidad que establece la Ley del impuesto sobre las ventas, para ser considerada contribuyente. Pólizas de Riesgo de Trabajo y Seguro Obligatorio de Automóviles.

679

04/11/09

Impuesto sobre la renta, Diferencias cambiarias, Moneda extranjera; Habitualidad.

Ingresos por diferencial cambiario. Moneda extranjera

720

23/11/09

Exclusiones de la renta bruta, Ganancias de Capital.

698

11/11/09

697

11/11/09

Impuesto a las utilidades, fuente costarricense, Ganancias de Capital, Habitualidad, Inversiones en Títulos Valores. Impuesto sobre la renta, Fuente costarricense, Ganancias de Capital, Habitualidad, Inversiones en Títulos

Ganancia de capital producida, al realizarse la venta del intangible, adquirido mediante la compra por concesión. Empresa dedicada a la construcción y que la actividad habitual de la misma no corresponde a la venta de concesiones. Ganancias de capital, renta que deriva de venta de determinados activos monetarios. T. Val.

IMP. RENTA. DEDUCCIÓN RENTA NETA. 46 IMP. RENTA INGRESOS GRAVABLES (comisiones).

47 IMP. RENTA. INGRESOS NO GRAVABLES. (pólizas de riesgo de trabajo). 48 IMP. RENTA DIFERENCIAL CAMBIARIO. 49 IMP. RENTA GANANCIAS DE CAPITAL.

50 IMP. RENTA GANANCIAS DE CAPITAL

51 IMP. RENTA GANANCIAS DE CAPITAL.

Ganancias de capital, renta que deriva de venta de determinados activos monetarios. T. Val.

52

Valores. Ganancias de capital.

554

23/09/09

Actividad habitual en venta de títulos valores.

525

03/09/09

Impuesto sobre la renta, Ganancias de Capital, Inversiones en Títulos Valores; Habitualidad; Principio de territorialidad tributaria; Retención en la fuente.

496

20/08/09

Exclusiones de la renta bruta, Ganancias de Capital; Principio de territorialidad tributaria; Habitualidad, Retención en la fuente, Fuente costarricense.

455

04/08/09

Exclusiones de la renta bruta, Ganancias de Capita, Ingresos gravables; Retención en la fuente, Renta fuente costarricense.

Las ganancias de capital que surjan de la compra y venta de títulos valores, pero de fuente costarricense, están gravadas en el impuesto sobre la renta.

150

27/03/09

Impuesto sobre fondos de inversión provenientes de títulos valores u otros activos, Ganancias de Capital.

Las utilidades por concepto de ganancias de capital generadas por las ventas de inmuebles del fondo de desarrollo inmobiliario es el señalado en el párrafo cuarto del artículo 100 de la Ley Reguladora del mercado de Valores.

IMP. RENTA GANANCIAS DE CAPITAL. 53 IMP. RENTA GANANCIAS DE CAPITAL. RETENCIÓN EN LA FUENTE (art. 23 inc c), I.)

54 IMPUESTO RENTA GANANCIAS DE CAPITAL. RETENCIÓN EN LA FUENTE (art. 23. inc c) 55 IMP. RENTA GANANCIAS DE CAPITAL. RETENCIÓN EN LA FUENTE (art. 23.inc c 1)

56

IMP. FONDOS DE INVERSIÓN. GANANCIAS DE CAPITAL (desarrollo inmobiliario). (Ley Reguladora Mercado de Valores).

Las ganancias de capital generadas en virtud de la venta habitual de bienes muebles, específicamente en el caso de los títulos valores, de fuente costarricense, así como las que se derivan de la venta de determinados activos monetariosinversiones en títulos valores en moneda extranjera emitidos por el Estado y sus bancos-, están gravados con el impuesto sobre la renta. Las ganancias de capital que surjan de la compra y venta de títulos valores, pero de fuente costarricense, es decir que se encuentren directamente relacionadas con la estructura económica costarricense, están afectas al impuesto sobre la renta.

57

56

04/02/09

Impuesto sobre fondos de inversión provenientes de títulos valores u otros activos, Ganancias de capital.

Ganancias de capital obtenidas por los fondos de inversión de desarrollo inmobiliario, para su explotación en arrendamiento y complementariamente para su venta.

50

02/02/09

Impuesto sobre fondos de inversión provenientes de títulos valores u otros activos, Ganancias de capital.

Ganancias de capital generadas por la enajenación de cualquier título de activos del fondo de inversión de desarrollo inmobiliario, sean habituales o eventuales, deben tributar de conformidad con lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 100 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores.

709

16/11/09

Retención en la fuente, Servicios profesionales.

Colegio de Contadores Privados de Costa Rica un Ente Privado de interés público, practica retención del 2% art.23 g) LISR por pago por servicios profesionales.

508

27/08/09

Retención en la fuente, Agente de retención.

Obligación de aplicar la retención del 2% al realizar el pago a proveedores de repuestos.

489

18/08/09

Retención en la fuente, instrumentos o recursos financieros. Títulos valores, formas de transmisión – electrónica-.

453

04/08/09

Retención en la fuente, instrumentos o recursos financieros. Títulos valores, formas de transmisión – electrónica-.

Intereses y descuentos otorgados en virtud de captación de recursos en mercado financiero afectos a retención, mediante cualquier clase de documentos o activos financieros, y no exclusivamente mediante títulos valores. Captación de recursos en el mercado financiero sobre títulos valores emitidos en físico y transmitidos por endoso y en formato electrónico. Intereses pagados y descuentos otorgados en virtud de la captación de recursos en el mercado financiero vía instrumentos

IMP. FONDOS DE INVERSIÓN. GANANCIAS DE CAPITAL (desarrollo inmobiliario). (Ley Reguladora Mercado de Valores). 58 IMP. FONDOS DE INVERSIÓN. GANANCIAS DE CAPITAL (desarrollo inmobiliario). (Ley Reguladora Mercado de Valores). 59 IMP. RENTA RETENCIÓN EN LA FUENTE (art. 23. Inc g) 60 IMP. RENTA RETENCIÓN EN LA FUENTE (art. 23. inc.g) 61 IMP. RENTA RETENCIÓN EN LA FUENTE (art. 23 inc.c.1) 62 IMP. RENTA RETENCIÓN EN LA FUENTE (art. 23 inc. c 1)

63

471

07/08/09

383

10/07/09

443

29/07/09

Salario escolar, Ingresos devengados.

320

12/06/09

Impuesto sobre la renta, Salario escolar.

63

09/02/09

Impuesto sobre la renta; Salario escolar.

La naturaleza jurídica del salario escolar promovido para el sector privado.

395

15/07/09

Exención de impuestos, Ley de Protección al Trabajador.

373

07/07/09

Exención de impuestos, Ley de protección al trabajador.

372

07/07/09

Exención de impuestos, Ley de Protección al Trabajador.

Exención establecida por el artículo 72 de la Ley de Protección al Trabajador con respecto a los intereses, dividendos, ganancias de capital y cualquier otro beneficio que produzcan los valores en moneda nacional o en moneda extranjera, en donde la Operadora invierta los recursos de los fondos que administra. La reforma del art. 23 de Ley 7092, no afecta la exención establecida. Los valores utilizados por los Fondos de Pensiones para realizar sus inversiones, representadas por macrotítulos. Art. 72 Ley Protección al Trabajador. Exención establecida por el artículo 72 de la Ley de Protección al Trabajador con respecto a los intereses, dividendos, ganancias de capital y cualquier otro beneficio que produzcan los valores en moneda nacional o en moneda extranjera, en donde la Operadora invierta los recursos de los fondos que administra. La reforma del art. 23 de Ley 7092, no

IMP. AL SALARIO INTERESES. 64 IMPUESTO AL SALARIO (retenciones). 65

Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o… Intereses no gravables. Impuesto único sobre las rentas percibidas por el trabajo personal dependiente…

SALARIO ESCOLAR. 66

financieros que no constituyen títulos valores. Aplicación del impuesto sobre el salario, a los intereses producto del juicio ordinario laboral.

El derecho para efectuar las retenciones del impuesto al salario en virtud del pago retroactivo de la diferencia salarial indicada, no se encuentra prescrito. Salario escolar, devolución de sumas rebajas no afectas al impuesto. Salario escolar, en el sector privado.

SALARIO ESCOLAR. 67 SALARIO ESCOLAR 68 LEY PROTECCIÓN AL TRABAJADOR EXENCIÓN (inversiones del fondo).

69 LEY PROTECCIÓN AL TRABAJADOR EXENCIÓN (inversiones del fondo). 70

LEY PROTECCIÓN AL TRABAJADOR EXENCIÓN (inversiones del fondo).

71

afecta la exención establecida. Sociedad anónima que realice una devolución del capital social original aportado por su único accionista.

348

24/06/09

Exclusiones de la renta bruta, aportes de capital social.

339

23/06/09

Impuesto sobre la renta, No sujeción al impuesto, Centros Agrícolas Cantonales;

Centros agrícolas Cantonales no están afectos al imp. sobre utilidades.

296

02/06/09

Exención de impuestos.

773

10/12/09

Depreciación en materia tributaria,

760

08/12/09

Impuesto a las utilidades, Ingresos afectos, Fuente costarricense. Hecho generador. Dividendos. Actividad lucrativa.

Tres elementos que condicionan y deben ser cumplidos por las asociaciones, para obtener exención. El método de depreciación acelerada, deberá ser aplicado para aquellas construcciones de inmuebles iniciadas y concluidas durante del 01-01al 31-12-09, y sólo para aquellos inmuebles totalmente nuevos, propiedad del consultante. Mercancías que son almacenados transitoriamente en almacenes fiscales de depósito costarricenses hasta el momento su venta en el exterior o en el país. Distribución de dividendos producto de las utilidades recibidas.

IMP. RENTA. EXCLUSIONES RENTA BRUTA (aportes capital social). 72 IMP. RENTA NO SUJECIÓN AL IMPUESTO 73 EXENCIÓN IMPUESTOS (asociaciones) 74 IMP. RENTA. DEPRECIACIÓN

75 IMP. RENTA ACT. LUCRATIVA ALMACENES FISCALES.

IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS 76

568

30/09/09

Mercancías afectas al impuesto sobre la venta.

El agua de pipa.

446

29/07/09

Mercancías exentas del impuesto sobre la venta.

442

28/07/09

183

17/04/09

Servicios afectos al impuesto sobre las ventas. Responsabilidad en materia tributaria. Servicios afectos al

Textos educativos reconocidos como tales por el MEP, están exentos el impuesto de ventas, independientemente del formato CD y DVD. Servicios de alquiler turístico de condominios y casas.

MERCANCIAS GRAVADAS AL IMP. VENTAS. 77 MERCANCÍAS EXENTAS IMP. VENTAS. 78 SERVICIOS GRAVADOS AL IMP. VENTAS. 79

El show denominado "Pit Party",

Impuesto general sobre las ventas.

actividad que brinda la oportunidad al público de tomar fotografías, obtener autógrafos de los pilotos y observar los Monster Trucks.

SERVICIOS GRAVADOS AL IMP. VENTAS.

80

176

14/04/09

Impuesto general sobre las ventas, servicio exento al impuesto.

Competición internacional de vehículos Monster Trucks. Es un espectáculo público deportivo.

536

09/09/09

Impuesto general sobre las ventas, Crédito fiscal,

Improcedencia de la aplicación del Crédito fiscal en planta de tratamiento de aguas residuales.

411

22/07/09

Impuesto general sobre las ventas, Servicios afectos. Crédito fiscal.

336

22/06/09

Impuesto general sobre las ventas, hurto o robo de mercancías.

Servicio de SPA, cuyo objetivo es el relajamiento y el equilibrio del cuerpo y la mente, está afecto al impuesto sobre las ventas. En la prestación de tales servicios, la empresa tiene derecho a aplicar como créditos fiscales. Improcedencia del crédito fiscal respecto a mercancías hurtadas.

146

25/03/09

Impuesto general sobre las ventas.

Destrucción o robo de inventarios..

772

10/12/09

597

14/10/09

La energía eléctrica no se incorpora directamente en el proceso productivo, (proceso para transformar la yuca hasta obtener la yuca congelada). Legitimación para solicitar devolución del imp. Ventas.

542

14/09/09

Impuesto general sobre las ventas, Ordenes especiales de compra, Energía Eléctrica. Agente de percepción; Agente de retención; Devolución de impuestos, Repetición de pago; Legitimación activa. Impuesto general sobre las ventas, Base imponible.

531

08/09/09

Deberes formales y materiales del

Obligación de emitir facturas o documentos equivalentes,

SERVICIOS EXENTOS AL IMP. VENTAS. 81 IMP. VENTAS CRÉDITO FISCAL. 82 IMP. VENTAS. SERVICIOS AFECTOS AL IMPUESTO. CRÉDITO FISCAL. 83 IMP. VENTAS MERCANCÍAS HURTADAS. 84 IMP. VENTAS DESTRUCCIÓN O ROBO INVENTARIOS. 85

IMP. VENTAS ENERGÍA ELÉCTRICA. 86 IMP. VENTAS DEVOLUCIÓN IMPUESTOS. 87 IMP. VENTAS

Procedimiento para determinar la base imponible del impuesto sobre las ventas para el Rompope con licor.

BASE IMPONIBLE. 88 IMP. VENTAS

contribuyente, Emisión de facturas. Libros contables. Impuesto General sobre las ventas.

FACTURAS. COMPROBANTES AUTORIZADOS.

89

505

25/08/09

Impuesto general sobre las ventas; venta de Mercancía.

504

25/08/09

Base imponible; Impuesto general sobre las ventas, Margen de Utilidad

IMP. VENTAS TRANSFERENCIA DE DOMINIO 90 IMP. VENTAS MARGEN UTILIDAD.

debidamente autorizados por la Adm. Trib., por transacciones, operaciones o trabajos realizados. En cuanto al Imp. Gral sobre las ventas, la consultante debe repercutir el impuesto, en la transferencia de dominio de mercancías, en el momento de la facturación o entrega de ellas, el acto que se realice primero; … Al existir una venta de llantas, por transferencia de dominio vía exportación definitiva, sí se considera que existe una renta devengada, existiendo un derecho al cobro por una suma de dinero. Ventas sucesivas efectuadas a empresas de renta car que gozan de exención parcial de imp. aduaneros.

IMPUESTO TIMBRE FISCAL. 91

396

16/07/09

Exención de impuestos, timbres fiscales.

Exención del impuesto al timbre fiscal.

221

05/05/09

Impuesto timbre fiscal.

La actividad ordinaria que un ente desarrolla o realiza - en este caso RECOPE S.A.- no está gravada con el impuesto al timbre fiscal.

IMPUESTO TIMBRE FISCAL. (exención). 92 IMPUESTO TIMBRE FISCAL.

IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS 93

175

15/04/09

Impuesto sobre espectáculos públicos. Exención de impuestos.

Exoneración del impuesto del 6% a favor del Teatro Nacional, para Evento Deportivo Internacional.

49

02/02/09

Impuesto sobre espectáculos públicos. Exención de impuestos.

Exoneración del impuesto del 6% al Teatro Nacional, para Evento Deportivo Internacional.

IMPUESTO ESPECTÁCULOS PÚBLICOS (exención). 94 IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS (exoneración).

CÓDIGO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS 95

CONSULTA TRIBUTARIA.

616

20/10/09

Consulta tributaria,

La consulta no reúne los requisitos para ser evacuada, no es actual.

96

CONSULTA TRIBUTARIA.

614

20/10/09

Consulta tributaria.

La situación que se plantea en la consulta, no reúne todos los requisitos para ser evacuada.

97

CONSULTA TRIBUTARIA.

328

16/06/09

Consulta tributaria.

No reúne requisitos del art. 119 CNPT, no es actual.

98

CONSUTA TRIBUTARIA.

286

28/05/09

Consulta tributaria.

99

CONSULTA TRIBUTARIA.

156

30/03/09

Consulta tributaria.

No reúne requisitos del art. 119 CNPT, perdió actualidad. Consulta no reúne requisitos de actualidad. Existe un proceso pendiente sobre la situación consultada por denuncia.

100

CONSULTA TRIBUTARIA.

51

02/02/09

Consulta tributaria.

La situación descrita, no reúne los requisitos establecidos en art. 119 CNPT.

101

DEBERES FORMALES DEL CONTRIBUYENTE.

490

18/08/09

Deberes formales y materiales del contribuyente, Inscripción como contribuyente, Emisión de facturas

Compra y venta de chatarra. Proveedores sean personas físicas de muy escasos recursos económicos, no deben inscribirse en RUC.

IMPUESTO ÚNICO A LOS COMBUSTIBLES 102

IMPUESTO ÚNICO A LOS COMBUSTIBLES.

62

09/02/09

DEVOLUCIÓN IMPUESTO.

Impuesto único a los combustibles. Repetición de pago. Legitimación activa.

Sujeto legitimado para devolver impuesto.

IMP. ÚNICO SOBRE LAS UTILIDADES LOTERÍAS NACIONALES 103

IMP. ÚNICO SOBRE LAS UTILIDADES LOTERÍAS NACIONALES.

349

24/06/09

Impuesto sobre las utilidades.

Un impuesto único de renta de un diez por ciento (10%), el cual se establecerá sobre las utilidades de las loterías nacionales, creado mediante Ley Nº 8718.

OFICIOS 2008, QUE SE FUNDAMENTARON EN CONSULTAS ART. 119 CNPT

NÚMERO/ FECHA

Tema

Descriptores y restrictores

Descripción

IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1

2

3

4

5

569 GASTOS 06/10/08 DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (agotamiento bienes explotables, explotación minera). 513 GASTOS 08/09/08 DEDUCIBLES DE LA RENTA BRUTA, donaciones.

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, agotamiento bienes explotables.

Gastos relacionados en cumplimiento de compromisos ambientales.

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta, Asociaciones, Donación.

Donaciones a fundaciones y asociaciones autorizadas por Dirección General Tributación.

349 GASTOS 16/06/08 DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (gasto por daños, deterioros u obsolescencia de inventarios) 285 GASTOS 05/05/08 DEDUCIBLES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. ACTIVIDAD INDUSTRIAL, (-pérdidas-, improcedencia de la deducción). 272 GASTOS 29/04/08 DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, (no procede como gasto deducible la transferencia del 3% a Comisión de Emergencia).

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta (inventarios).

Los gastos deducibles por daños, deterioros u obsolescencia de inventarios, no se aceptan por porcentaje fijo sino los que se demuestren fehacientemente. Empresa consultante recurre a la subcontratación de obras, actividad que a juicio de esta Dirección General no constituye una actividad industrial, por consiguiente no es un gasto deducible. Monto que se le transfiere a la Comisión Nacional de Emergencias, no es una donación, por lo que no constituye un gasto deducible.

Gastos deducibles en el impuesto sobre la renta Actividad industrial, Actividad de la construcción.

Gastos deducibles del impuesto sobre la renta.

6

7

8

9

389 GASTOS NO 02/07/08 DEDUCIBLES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA. (Régimen Obligatorio de Pensiones). 254 GASTOS NO 21/04/08 DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, (mecanismo para calcular gastos no deducibles, para producir indistintamente ingresos gravado y exentos). 721 IMPUESTO DE 18/11/08 REMESAS AL EXTERIOR, (tarifas correspondientes a servicios profesionales y por contingencias) 139 IMPUESTO DE 20/02/08 REMESAS AL EXTERIOR, (transmisión de imágenes o sonidos).

Gastos no deducibles de impuesto sobre la renta.

Gastos no deducibles del impuesto sobre la renta.

Patronos no están autorizados para realizar aportes extraordinarios al Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP). Metodología formulada por la consultante, para la determinación de gastos no deducibles asociados a ingresos gravables y exentos.

Impuesto sobre remesas al exterior, Servicios profesionales.

Tarifas a retener sobre remesas al exterior en servicios profesionales y por concepto de contingencias.

Impuesto de remesas al exterior.

Comunicaciones por medios tecnológicos, sea satélites geoestacionarios de comunicaciones y sistemas de enlaces de microondas, de eventos en vivo, gravadas con 20%. No procede retención cuando se remese el pago, por tratarse de una compra-venta simple de la versión de un disco compacto de la base datos. Pagos por servicio de custodia de títulos y comisiones por la administración de inversiones, realizados fuera del territorio nacional, no afectos a remesas al exterior. Juntas de Educación y Administrativas deben

10 457 IMPUESTO SOBRE 04/08/08 REMESAS AL EXTERIOR, (improcedencia)

Impuesto sobre remesas al exterior

11 194 IMPUESTO SOBRE 12/03/08 REMESAS AL EXTERIOR, ( pagos por servicio de custodia de valores, no afectos al impuesto).

Impuesto sobre remesas al exterior, pagos no gravables.

12 424 RETENCIÓN EN LA 23/07/08 FUENTE

Retención en la fuente.

(art. 23 inc g).

13 393 RETENCIÓN EN LA 07/07/08 FUENTE (art. 23 inc g).

Retención en la fuente.

14 310 RETENCIÓN EN LA 22/05/08 FUENTE (recompras o reportos, art. 23 c bis, 8% sobre rendimientos). 15 737 RETENCIÓN EN LA 19/12/08 FUENTE, art. 23 inc. g. (improcedencia).

Retención en la fuente.

16 143 RETENCIÓN EN LA 21/02/08 FUENTE (improcedencia de retención).

Retención en la fuente. Renta producto.

Retención en la fuente.

17 496 INCENTIVOS Incentivos fiscales, 28/08/08 FISCALES (pensiones Pensión complementarias). complementaria. LEY PROTECCIÓN AL TRABAJADOR. 18 451 INCENTIVOS 01/08/08 FISCALES, (pensiones complementarias). LEY PROTECCIÓN AL TRABAJADOR. 19 469 INCENTIVO 14/08/08 FISCAL A LA INDUSTRIA TURÍSTICA.

20 600 IMPUESTOS SOBRE 21/10/08 FONDOS DE INVERSIÓN. GANANCIAS DE CAPITAL

Incentivos fiscales, Pensión complementaria.

Incentivo fiscal a la industria turística. Exención de impuestos.

Impuestos sobre fondos de inversión, Ganancias de capital.

retener el 2% sobre sumas pagadas o acreditadas. Las Juntas de Educación y Administrativas tienen el deber de retener el 2% . En los rendimientos por las operaciones de recompras o reportos, la Bolsa de Valores debe retener el 8%. No procede retención 2% renta, del pago a favor terceros domiciliados C R. en virtud de naturaleza privada de los fondos. El teatro no debe retener el impuesto a los “premios” que otorga a los distintos proyectos de Proarte. No procede la devolución del incentivo por retiro anticipado por encontrarse en estado de invalidez. Cuando los clientes hagan retiros anticipados del fondo se procederá a calcular el 6% sobre el retiro.

Beneficiaria del contrato turístico tiene derecho a exoneraciones existentes al momento en que se firmó contrato. Ganancias de capital generadas por la enajenación de activos del fondo, estarán sujetas a una tarifa del 5% impuesto único y

definitivo Ley Reguladora Mercado Valores.

(desarrollo inmobiliario). Ley Reguladora del Mercado de Valores. 21 80 IMPUESTO SOBRE 04/02/08 FONDOS DE INVERSIÓN PROVENIENTES DE TÍTULOS VALORES U OTROS ACTIVOS.

22 603 IMPUESTO AL 22/10/08 SALARIO, (gratificaciones, compra acciones). EXCLUSIONES DE LA RENTA BRUTA; ganancias de capital. (improcedencia).

23 55 IMPUESTO AL 30/01/08 SALARIO, (no afectación al impuesto).

Impuesto sobre fondos de inversión provenientes de títulos valores u otros activos. Nota del Digesto: este oficio fue derogado por oficio DGT 150 del 27/03/09.

Los beneficios que perciba el fondo de inversión de desarrollo inmobiliario, no corresponden a ganancias de capital, debido a que, no se está ante ganancias de capital en sentido estricto, es decir, ganancias que provienen de la venta de bienes inmuebles no originadas de una actividad empresarial. Impuesto único Cuando el empleado sobre las rentas adquiere las acciones a percibidas por el precio inferior al de trabajo personal mercado, se asimila a dependiente o por gratificaciones está concepto de afecto al impuesto jubilación, pensión único. Cuando vende u otras acciones, la ganancia remuneraciones por de capital no está servicios gravada, no se personales, considera beneficio Gratificaciones. laboral por lo que no Exclusiones de la está afecta a retención. renta bruta; ganancias de capital. Impuesto único Los ingresos que sobre las rentas perciben los percibidas por el empleados, por los trabajo personal servicios que prestan, dependiente o por fuera del territorio concepto de nacional, en las jubilación, pensión subsidiarias (host u otras country) no están remuneraciones por gravados con el servicios impuesto al salario, por personales. no ser de fuente Costarricenses que costarricense. prestan servicios en el extranjero;

24 383 RENTA BRUTA, 30/06/08 (costos y gastos).

Renta bruta Costos y gastos.

25 360 RENTA BRUTA, 18/06/08 (totalidad de ingresos de actividades desarrolladas).

Impuesto a las utilidades. Renta bruta.

26 755 ACTIVIDAD NO 21/11/08 SUJETA AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, (honorarios por servicios profesionales). 27 197 IMPUESTO A LAS 13/03/08 UTILIDADES, (ingresos gravables y no gravables).

Actividades no sujetas al impuesto sobre la renta; Honorarios por servicios profesionales

28 196 IMPUESTO SOBRE 13/03/08 LA RENTA.

Renta neta, facturas, comprobantes.

Impuesto a las utilidades, Ingresos no gravables, Ingresos gravables.

EMPRESAS DE CONSTRUCCIÓN, (método para determinar renta neta). 29 173 IMPUESTO SOBRE Impuesto sobre la 29/02/08 LA RENTA. renta; Revaluación de activos en REVALUACIÓN DE materia tributaria. ACTIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA. 30 56 TRATAMIENTO DE Tratamiento de la 31/01/08 LA RENTA renta disponible de DISPONIBLE DE las sociedades de LAS SOCIEDADES capital.

Los distribuidores de combustible están obligados a incluir en su declaración la totalidad de los costos e ingresos brutos. Las estaciones de servicio deben declarar la totalidad de los ingresos que provengan de su actividad. Honorarios por servicios profesionales, realizados fuera de C R, no sujetos a remesas al exterior.

Los ingresos que recibe la empresa para la construcción de infraestructura, no se consideran gravables. Los aportes realizados por los inversionistas, al incorporarse al costo del proyecto que desarrolla, están destinados a la producción de utilidades que serían gravables. Al ser empresa constructora tiene derecho de aplicar uno de los métodos del art. 28 RLIR, para determinar la renta neta. Método de revaluación porcentual de activos, para efectos fiscales, inconstitucionalidad.

Al no ser adquiridas las acciones por medio de la Bolsa Nacional de Valores, a los

DE CAPITAL, (dividendos).

dividendos se les debe retener el 15%

IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS 31 719 SERVICIOS 13/11/08 AFECTOS AL IMPUESTO GENERAL SOBRE LAS VENTAS. IMPUESTO REMESAS AL EXTERIOR. 32 346 SERVICIOS 13/06/08 AFECTOS AL IMPUESTO DE VENTAS (servicio restaurante).

33 643 MERCANCÍAS 30/10/08 AFECTAS AL IMPUESTO DE VENTAS. 34 526 IMPUESTO 22/09/08 GENERAL SOBRE LAS VENTAS. AGENTE DE RETENCIÓN, (pagos a cuenta). 35 446 IMPUESTO 30/07/08 GENERAL SOBRE LAS VENTAS. MERCANCÍAS USADAS. 36 395 IMPUESTO 08/07/08 GENERAL SOBRE LAS VENTAS. NO SUJECIÓN AL IMPUESTO, (ventas sucesivas de mercancías en depósitos fiscales).

Servicios afectos al Impuesto General sobre las Ventas. Impuesto sobre remesas al exterior.

Conciertos realizados en el país por artistas del exterior están gravados con remesas al exterior e impuesto ventas.

Servicios afectos al En el servicio de impuesto de ventas. restaurante debe cobrarse el impuesto ventas por la totalidad de la compra, aunque una parte corresponda a subsidio. Mercancías afectas Si utiliza carbonato de al impuesto de calcio en actividad ventas. construcción, procede cobro del imp. Ventas por el proveedor. Agente de Sistema de operar es retención; similar a tarjetas crédito Impuesto general o débito, debe actuar sobre las ventas. como agente retención.

Impuesto general sobre las ventas, mercancías usadas.

Impuesto general sobre las ventas, No sujeción al impuesto.

Mercancías usadas adquiridas de no contribuyentes no están sujetas a impuesto ventas.

Las mercancías aún no han sido nacionalizadas o ingresadas de forma definitiva al territorio nacional, por encontrarse en un depósito fiscal no procede el cobro de dicho impuesto de ventas.

37 326 CRÉDITO FISCAL 03/06/08 (improcedencia).

Crédito fiscal

No procede crédito fiscal en la compra de maquinaria, equipo y, empaque que no estén destinados directamente a producir los bienes.

38 129 IMPUESTO 19/02/08 GENERAL SOBRE LAS VENTAS.

Crédito fiscal; Impuesto general sobre las ventas

Es improcedente incluir las adiciones, ampliaciones, remodelaciones, dentro de los bienes que dan lugar al reconocimiento por parte de la Administración Tributaria de un “Crédito de Impuesto”.

CRÉDITO FISCAL (es improcedente incluir las adiciones, ampliaciones, remodelaciones, para tener derecho al crédito fiscal).

39 93 IMPUESTO 08/02/08 GENERAL SOBRE LAS VENTAS. INVENTARIO TRIBUTARIO, (devolución de inventarios).

Nota del Digesto: Dejado sin efecto por sentencia Nº 1261-2008, de la Sección VI del Tribunal Contencioso Administrativo, se anuló este oficio. La citada resolución se encuentra firme por medio de la Sentencia de la Sala Primera de la CSJ, Nº 366-S1-F2010. Inventario Devolución de tributario. inventarios en empresas Convenios entre relacionadas. particulares para efectos tributarios.

IMPUESTO TIMBRE FISCAL 40 423 IMPUESTO TIMBRE 23/07/08 FISCAL.

Impuesto timbre fiscal, Consulta 119.

Contratos privados, licitaciones en relación al tema del timbre fiscal.

IMPUESTO SELECTIVO DE CONSUMO 41 233 IMPUESTO 07/04/08 SELECTIVO DE CONSUMO (comunicar a AT, la reducción de nuevo

Impuesto selectivo de consumo.

Fabricantes o importadores de cigarros, cigarrillos y puros deben comunicar a la Administración el

precio).

nuevo precio sugerido de venta, con una anticipación de seis meses o más.

OTROS 42 549 TIPO DE CAMBIO 30/09/08 DE MONEDA

Agosto 2011

Tipo de cambio de la moneda , Sector Público no Bancario.

Tipo de cambio a utilizar por instituciones del sector público no bancario es el que fija Banco Central.