ACUERDO No. 041 DE 2009 DICIEMBRE 01

REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES ACUERDO No. 041 DE 2009 DICIEMBRE 01 POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGR...
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REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES

ACUERDO No. 041 DE 2009 DICIEMBRE 01 POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2010.

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EN ESPECIAL DE LAS CONTENIDAS EN EL ARTICULO 313 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, LA LEY 136 DE 1994 Y DECRETO 111 DE 1996.

ACUERDA ARTICULO PRIMERO: Establecer el presupuesto de Ingresos y Egresos del Honorable Concejo Municipal de Ipiales, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1) de Enero y el treinta y uno (31) de Diciembre del año dos mil diez (2010), en la suma de: trescientos cuarenta y siete millones setecientos noventa y ocho mil trece pesos ($ 347.798.013,oo) teniendo en cuenta que de los ingresos corrientes de libre destinación (I. C. L. D) las alcaldías municipales deben realizar las respectivas transferencias a los Concejos Municipales, de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS

$ 347.798.013.oo

GASTOS Honorarios Concejales Servicios Personales Gastos Generales TOTALES

$ 208.940.394.oo $ 104.450.434.oo $ 34.407.185.oo ---------------------------------------------------$ 347.798.013.oo $ 347.798.013.oo

REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES ARTICULO SEGUNDO: El funcionamiento de gastos, incluye las apropiaciones destinadas a los gastos de funcionamiento, lo que lo constituye los gastos de consumo, bien para pagar los servicios personales y los gastos generales, cuyo fin es cumplir con los compromisos adquiridos, el pago de obligaciones contractuales; clasificándose así en servicios personales, gastos generales esto a su vez subdividiéndose en rubros de gastos según las normas que lo establecen. ARTICULO TERCERO: Clasificación y definición de los Gastos del Concejo Municipal de Ipiales. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO: Son aquellos que tienen por objeto atender las necesidades de la Corporación para cumplir a cabalidad con las obligaciones asignadas en la Constitución Nacional y la Ley y el Reglamento Interno. GASTOS DE PERSONAL: Corresponden aquellos gastos que debe hacer el Concejo Municipal como contraprestaciones de los servicios que reciben sean por una relación laboral o a través de contratos, los cuales se definen como sigue: SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA Corresponde a aquellos gastos que debe hacer el Concejo Municipal como contraprestación de los servicios que recibe y comprende la remuneración por concepto de sueldos y demás factores salariales legalmente establecidos, de los servidores públicos vinculados a la planta de personal, tales como; Sueldo Personal de Nomina: Comprende la asignación básica legalmente establecida para los empleados que figuren en la planta de personal del Honorable Concejo Municipal de Ipiales, como contraprestación por sus servicios personales. Prima de Servicios: Pago a quien tiene derecho los empleados públicos y según lo contratado, en forma proporcional al tiempo laborado, siempre que hubiere servido en el organismo por lo menos un semestre, esta prima equivale a quince (15) días de remuneración y el pago unido se hará en los primeros quince días del mes de julio de cada año. Prima vacacional: Esta prima equivale a quince (15) días de remuneración, mas el factor salarial o proporcionalmente al tiempo laborado de acuerdo a los términos del artículo 28 del Decreto 1045 de 1978. Prima de Navidad.- Corresponde a un mes de remuneración o liquidado proporcionalmente al tiempo laborado, que se pagara en la primera quincena del mes de Diciembre. Subsidio de Transporte.- Pago a los empleados públicos que por ley tienen derecho, en la cuantía establecida para ello. Compensación por Vacaciones.- Indemnización en dinero por vacaciones causadas y no disfrutadas que se paga al personal que se desvincula o a quienes por necesidad del servicio, no puede tomarlas en tiempo.

REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES Vacaciones.- los empleados del Concejo Municipal tendrán derecho a quince (15) días de vacaciones por cada año de servicios, las cuales se liquidara con el salario que el funcionario este devengando en el momento del disfrute. Servicio Personales Indirectos Honorarios Concejales.- Comprende la retribución a los honorables concejales por su desempeño y labor legislativa en el Municipio y durante la respectiva vigencia. Honorarios Profesionales.- Comprende la retribución a los servicios personales prestados por asesores y demás profesionales, siempre y cuando sus funciones no estén dentro de las correspondientes al personal de planta o a quien lo desempeñe no sea funcionario salvo las excepciones legales. Contrato Prestación de Servicios.- Son gastos destinados a atender la contratación de personas jurídicas y naturales para que presten servicios calificados o profesionales cuando no puedan ser desarrollados con personal de planta así para desarrollar actividades netamente temporales o para suplir a los servidores públicos en caso de licencia o vacaciones, dicha remuneración cubrirá las prestaciones sociales a que tengan derecho así como las contribuciones que haya lugar. Capacitaciones.- Son los gastos ocasionados por capacitaciones y actualizaciones para los funcionarios del Concejo, inherentes a un mejor funcionamiento de las labores de la entidad en especial. CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA Corresponde a las contribuciones legales que debe hacer el Concejo Municipal como empleador, que tiene como base la nomina del personal de planta, destinadas a entidades del sector Público y Privada tales como, SENA, I.C.B.F., ESAP, Institutos Técnicos e Industriales del Municipio, Fondo Nacional de Ahorro, Cajas de Compensación Familiar, Fondos Administradores de Cesantías y Pensiones, Empresas Promotoras de Salud, así como administradoras de aportes que se destinan para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. GASTOS GENERALES Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes y servicios necesarios para que el Concejo Municipal de Ipiales, cumpla con las funciones asignadas por la Constitución y la Ley. Comprende los pagos por concepto de gastos necesarios para el normal funcionamiento de la entidad. Y ellos son: Materiales y Suministros.- Adquisición de bienes tangibles e intangibles de consumos finales o fungibles que no se deban inventariar no sean objeto de devolución como: Papel, útiles de escritorio, disquetes de computadoras, elementos de aseo, arreglos florales, sufragios para funcionarios y sus familiares y demás accesorios.

REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES La adquisición será con sujeción al Programa General de Compras y demás normas legales. Compra de Equipo.- Comprende la adquisición de bienes tangibles de consumo duradero que deben inventariarse. Gastos Varios e Imprevistos.- Erogaciones excepcionales de carácter eventual o fortuito de inaplazable e imprescindible relación para el normal funcionamiento de la corporación. Viáticos y Gastos de Viaje.- Por este rubro se le reconoce a los empleados públicos, y según lo contratado, como los gastos de alojamiento alimentación y transporte cuando previa resolución, deban desempeñar funciones en lugar diferente a su sede habitual de trabajo. Este rubro también incluye los gastos de traslado de los empleados públicos y sus familias, cuando estén autorizados para ello, y según lo contratado a los trabajadores oficiales. No, se podrán imputar a este rubro los gastos correspondientes a la movilización dentro del perímetro urbano de cada ciudad, ni viáticos ni gastos de viajes a contratistas salvo que se estipule en su respectivo contrato. Los viáticos solo podrán computarse como factor salarial para la liquidación de cesantías cuando se cumplan con las condiciones señaladas en el literal del artículo 45 del Decreto ley 1045 de 1978. Servicios de Comunicación y Transporte.- Se cubre por este concepto aquellos gastos tales como de mensajera, correos, correo electrónico, beeper, telégrafos, alquiler de líneas, embalaje y acarreo de elementos. Igualmente incluye el transporte colectivo de los funcionarios del organismo. Transporte de Concejales.- Es el reconocimiento por el valor de transporte durante las sesiones plenarias a los Concejales que residen en zonas rurales y deben desplazarse hasta la Cabecera Municipal. Servicios Públicos.- Erogaciones por concepto de servicios públicos en las diferentes dependencias del Concejo Municipal. Impresos Publicaciones y Comunicaciones.- Comprende los gastos por compra de libros de consulta, suscripción a revistas y periódicos para el Concejo Municipal; bibliotecas públicas avisos y publicaciones oficiales, formularios, trabajos tipográficos y fotocopiados, sellos, pago de avisos y demás gastos similares inherentes a estos mismos, como también programas radiales y televisión de la Honorable Corporación. Mantenimiento.- Comprende los gastos de conservación y repuestos de equipos mecánicos, mobiliarios de oficina, conservación y repuestos de vehículos y maquinas al servicio del Concejo Municipal, antenas parabólicas y de radiocomunicaciones, reparaciones menores y adaptación de locales al servicio del Concejo Municipal.

REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES Gastos Financieros y Bancarios.- Gastos causados por diferentes transacciones que se hagan por medio de entidades bancarias tales como intereses, papelera, comisiones y otros gastos bancarios. Recepciones Oficiales y Relaciones Publicas.- Son los gastos ocasionados con motivo de las atenciones necesarias e imprescindibles, a empleados oficiales comitivas oficiales y miembros de organismos nacionales e internacionales, públicos y privados, al igual que certámenes de orden Municipal que por su importancia justifiquen estos servicios. Estos gastos deben ser autorizados y reconocidos mediante resoluciones. Federación Nacional de Concejales.- Gastos para cumplir obligaciones que se adquieren con la Federación Nacional de Concejales. Cuentas por Pagar.- Son los compromisos que quedan pendientes por pagar de la vigencia inmediatamente anterior.

ARTICULO CUARTO: El presente acuerdo rige a partir del primero (01) de Enero a treinta y uno (31) de Diciembre del dos mil diez (2010).

COMUNIQUESE Y CUMPLASE,

Dado en el salón de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ipiales al primer (01) día del mes de Diciembre del año dos mil nueve (2009).

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_____________________________

CARLOS ALFREDO APRAEZ FOLLECO Presidente del H.C.M.I.

GUILLERMO ANDRES BENAVIDES PARRA Secretario General del H.C.M.I

REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES ANEXO AL PROYECTO DE ACUERDO PRESUPUESTO DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES VIGENCIA FISCAL 2010 CODIGO PRESUP

DESCRIPCION

APROPIACIO N INICIAL 2010

111101

SUELDO PERSONAL DE NOMINA

111102

PRIMA DE SERVICIOS

1,817,576.63

111103

PRIMA VACACIONAL

1,817,576.63

111104

PRIMA DE NAVIDAD

3,635,147.72

111105

SUBSIDIO DE TRANSPORTE

1,348,926.47

111106

COMPENSACION DE VACACIONES

3,635,147.72

111107

VACACIONES TOTAL SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS

111201

HONORARIOS CONCEJALES

111202

ASESORIAS Y HONORARIOS PROFESIONALES

111203

CONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS TOTAL SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

43,621,879.76

1,090.02 55,877,344.95 208,940,394.00 1,090.02 31,875,742.41 240,817,226.43

111301

FONDOS ADMINISTRADORES DE PENSIONES

5,071,031.93

111302

EMPRESAS PROMOTORAS DE SALUD

3,707,954.57

111303 111304

FONDOS ADMINISTRADORES DE RIESGOS PROFESIONALES FONDOS ADM DE CESANTIAS INTERESES A LAS CESANTIAS

111305

SENA 0,5% DE LA NOMINA

111306

I.C.B.F. 0,3% DE LA NOMINA

111307

E.S.A.P. 0,5% DE LA NOMINA

111308

COMFAMILIAR 4% DE LA NOMINA

111309

MINISTERIO DE EDUCACION TOTAL CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA

234,746.62 3,635,147.72 224,860.91 1,349,120.09 224,860.91 1,798,828.63 449,705.23 16,696,256.62

111401

MATERIALES Y SUMINISTROS

7,746,845.01

111402

COMPRA DE EQUIPO

8,742,796.06

111403

GASTOS VARIOS E IMPREVISTOS

5,425,611.78

REPUBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES 111404

VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE

CODIGO PRESUP

DESCRIPCION

221,280.59

APROPIACIO N INICIAL 2010

111405

SERVICIOS DE COMUNICACIÓN Y TRASNPORTE

111406

TRANSPORTE DE CONCEJALES

4,640,585.87

111407

SERVICIOS PUBLICOS

3,319,208.83

111408

IMPRESOS PUBLICACIONES Y COMUNICACIONES

1,106,402.94

111409

MANTENIMIENTO

111410

GASTOS FINANCIEROS Y BANCARIOS

111411

RECEPCIONES OFICIALES Y RELACIONES PUBLICAS

1,090.02

111412

FEDERACION NACIONAL DE CONCEJALES

1,090.02

111413

CUENTAS POR PAGAR

1,090.02

111414

CAPACITACIONES

1,090.02

TOTAL GASTOS GENERALES TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

995,762.65

1,090.02 2,203,241.17

34,407,185.00 347,798,013.00