WORLD LOTTERY 2011, C.A

WORLD LOTTERY 2011, C.A. Rif.: J-30930813-0 Rif.: G-20002277-9 REGLAMENTO DEL JUEGO “2x2 Loto” ARTÍCULO 1: El presente Reglamento tiene por objeto e...
7 downloads 0 Views 3MB Size
WORLD LOTTERY 2011, C.A. Rif.: J-30930813-0

Rif.: G-20002277-9

REGLAMENTO DEL JUEGO “2x2 Loto” ARTÍCULO 1: El presente Reglamento tiene por objeto establecer las cláusulas y condiciones que regulan el juego denominado “2x2 Loto”, propiedad de la empresa “WORLD LOTTERY 2011, C.A.”, que en lo sucesivo y a los efectos del presente reglamento se denominará “LA OPERADORA”, juego auspiciado por el SERVICIO AUTÓNOMO DE BENEFICENCIA PÚBLICA DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (SABENE) LOTERÍA INTERNACIONAL DE MARGARITA, en adelante se denominará “LA LOTERÍA”. PARÁGRAFO ÚNICO: Queda expresamente entendido y convenido que la participación en este juego implica de pleno derecho para el apostador o apostadora el conocimiento total de este reglamento y en consecuencia su adhesión a todas y cada una de las cláusulas que rigen el juego “2x2 Loto” por ser un reglamento pre-elaborado sin que el apostador o apostadora pueda sugerir o requerir modificación alguna a las clausulas vigentes para el momento de adquisición de los instrumentos de juego o ticket. ARTÍCULO 2: La denominación acordada para este juego es “2x2 Loto” ARTÍCULO 3: El “2x2 Loto” es un juego de lotería con premios fijos, que cuenta con un sorteo electrónico diario de cuatro (4) números distribuidas en dos (2) tómbolas, la Primera: integrada por bolos numerados de color azul del 1 al 26, inclusive, la Segunda: integrada por bolos numerados de color rojo del 1 al 26, inclusive, que en conjunto formarán una (1) combinación ganadora del juego: “2x2Loto”; a través de sorteos realizados por equipos de realización de sorteos de juegos de lotería, propiedad de LA OPERADORA y de acuerdo a lo establecido en el Parágrafo Único del Artículo 14 de la Ley Nacional de Lotería. ARTÍCULO 4: A los efectos del Juego “2x2 Loto” se establece las siguientes definiciones: PAR: Integrado por dos (2) bolos numerados de un mismo color (azul o rojo) que va cada uno del número uno (1) al veintiséis (26) inclusive. El Par de cada color (azul o rojo) debe estar integrado por números distintos (no podrá salir el mismo número en el mismo color). QUICK PICK (ELECCIÓN RÁPIDA): Opción donde el sistema de manera aleatoria y al azar elije por el Apostador la apuesta. ARTÌCULO 5: Durante la realización de cada sorteo se cantaran: Dos (2) números correspondientes a dos (2) bolos numerados de color azul que van del número uno (1) al veintiséis (26) inclusive, y dos (2) números correspondientes a dos (2) bolos numerados de color rojo que van del número uno (1) al veintiséis (26) inclusive. ARTÍCULO 6: Para completar una jugada del Juego “2x2 Loto”, el apostador tendrá dos (2) formas de jugar: A) Podrá escoger un (1) par de números de color azul y un (1) par de números de color rojo, de su preferencia ó B) Podrá seleccionar la opción “Quick Pìck”, donde el sistema de manera aleatoria

1

y al azar elije la apuesta. Para su eventual acierto con los números sorteados del equipo o máquina de sorteo, para un mismo sorteo, con su fecha y hora correspondiente; en cada jugada deberá aparecer en el anverso del medio de apuesta, impresa horizontalmente en la misma línea los pares correspondientes al color azul y los pares correspondientes al color rojo, seleccionados por el apostador o a través de la opción “Quick Pìck”. FORMAS DE GANAR y PREMIOS DEL “2x2 Loto” ARTÍCULO 7: De cada jugada se derivan las siguientes formas o categorías de ganar y los premios otorgados: a.- Primera Categoría. Acierto de cuatro (4) números: si en la jugada efectuada por el apostador, los dos (2) números de color azul y los dos (2) números de color rojo seleccionados por el mismo o a través de la opción “Quick Pìck” coinciden sin importar el orden de extracción, con los dos (2) números de color azul y los dos (2) números de color rojo leídos y anunciados de izquierda a derecha; en el sorteo del día, hora y fecha correspondiente, el apostador ganará DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) por cada CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) apostados. b.- Segunda Categoría. Acierto de tres (3) números: - Acierto dos (2) números color azul y un (1) número color rojo: si en la jugada efectuada por el apostador, los dos (2) números de color azul y un (1) número de color rojo, seleccionados por el mismo o a través de la opción “Quick Pìck” coinciden sin importar el orden de extracción, con los dos (2) números de color azul y un (1) número de color rojo, leídos y anunciados de izquierda a derecha, en el sorteo del día, fecha y hora correspondiente, el apostador ganará OCHENTA Y TRES CON 33/100 BOLÍVARES (Bs. 83,33), por cada CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) apostados. - Acierto de un (1) número color azul y dos (2) números color rojo: si en la jugada efectuada por el apostador, un (1) número de color azul y dos (2) números de color rojo, seleccionados por el mismo o a través de la opción “Quick Pìck” coinciden sin importar el orden de extracción, con un (1) número de color azul y dos (2) números de color rojo, leídos y anunciados de izquierda a derecha; en el sorteo del día, fecha, y hora correspondiente, el apostador ganará OCHENTA Y TRES CON 33/100 BOLÍVARES (Bs. 83,33), por cada CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) apostados. c.- Tercera Categoría. Acierto de dos (2) números: - Acierto de dos (2) números color azul - cero (0) número color rojo: si en la jugada efectuada por el apostador, los dos (2) números de color azul seleccionados por el mismo o a través de la opción “Quick Pìck” coinciden sin importar el orden de extracción, con los dos (2) números de color azul leídos y anunciados de izquierda a derecha; en el sorteo del día, fecha y hora correspondiente, el apostador ganará SEIS CON 66/100 BOLÍVARES (Bs. 6,66) por cada CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) apostados. - Acierto de cero (0) número color azul – dos (2) números color rojo: si en la jugada efectuada por el apostador; los dos (2) números de color rojo seleccionados por el mismo o a través de la opción “Quick Pìck” coinciden sin importar el orden de extracción, con los dos (2) números de color rojo leídos y anunciados de izquierda a derecha; en el sorteo del día, fecha y hora correspondiente, el apostador ganará SEIS CON 66/100 BOLÍVARES (Bs. 6,66) por cada CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) apostados.

2

- Acierto de un (1) número color azul - un (1) número color rojo: si en la jugada efectuada por el apostador; un (1) número de color azul y un (1) número de color rojo seleccionados por el mismo o a través de la opción “Quick Pìck” coinciden sin importar el orden de extracción, con un (1) número de color azul y un (1) número de color rojo, leídos y anunciados de izquierda a derecha; en el sorteo del día, fecha y hora correspondiente, el apostador ganará SEIS CON 66/100 BOLÍVARES (Bs. 6,66) por cada CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) apostados. SORTEOS “ESPECIAL SEMANAL”. Segundo Chance o Ñapa: d.- Cuarta Categoría: Si en la jugada efectuada por el apostador, solo acierta un (1) número, - Acierto de solo un (1) número - Acierto de un (1) número color azul - cero (0) número color rojo: Si en la jugada efectuada por el apostador, un (1) número de color azul seleccionado por el mismo o a través de la opción “Quick Pìck” coincide sin importar el orden de extracción, con un (1) número de color azul, leído y anunciado de izquierda a derecha; en el sorteo del día, fecha y hora correspondiente, el juego “2x2 Loto”, le brinda la oportunidad al apostador de ganar Celulares Inteligentes al participar en los Sorteos Especiales que se celebraran los días sábados de cada semana, lo único que debe hacer el Apostador es, registrarse en nuestra página web (www.lotodelasuerte.com). - Acierto de cero (0) número color azul - un (1) número color rojo: Si en la jugada efectuada por el apostador, un (1) número de color rojo seleccionado por el mismo o a través de la opción “Quick Pìck” coincide sin importar el orden de extracción, con un (1) número de color rojo, leído y anunciado de izquierda a derecha; en el sorteo del día, fecha y hora correspondiente, el juego “2x2 Loto”, le brinda la oportunidad al apostador de ganar Celulares Inteligentes al participar en los Sorteos Especiales que se celebraran los días sábados de cada semana, lo único que debe hacer el Apostador es, registrarse en nuestra página web (www.lotodelasuerte.com). e.- Quinta Categoría: Sin Acierto o cero (0) acierto Si en la jugada efectuada por el apostador, no acierta ninguno de los números del sorteo correspondiente a su jugada - “Cero (0) acierto”, el juego “2x2 Loto”, le brinda la oportunidad al apostador de ganar premios como entradas para Cines, Ticket para comidas rápida, Recargas a celulares y otros, al participar en los Sorteos Especiales que se celebraran los días sábados de cada semana, lo único que debe hacer el Apostador es, registrarse en nuestra página web (www.lotodelasuerte.com). PARÁGRAFO UNICO: LA OPERADORA previa autorización de LA LOTERÌA, podrá modificar el prospecto de premios a repartir. ARTÍCULO 8: SORTEOS ESPECIALES SEMANALES: LA OPERADORA realizara los días sábados dos (2) Sorteos Especiales: “PRIMER SORTEO ESPECIAL” se realizará entre todos los ganadores de un (1) Acierto “CUARTA CATEGORIA”, previamente registrados en la página Web (www.lotodelasuerte.com), donde participaran en sorteo(s), con Premios de Celulares Inteligentes. “SEGUNDO SORTEO ESPECIAL” se realizará entre todos los apostadores con cero (0) Acierto, NO GANADORES, “QUINTA CATEGORIA” que previamente se hallan registrados en la página Web (www.lotodelasuerte.com), donde participaran en sorteo(s), con premios de Recargas a Celulares, Ticket de entradas a Cines, Ticket para comidas rápida y muchos más premios.

3

PARÀGRAFO PRIMERO: Al Apostador registrarse con sus Datos personales y Serial del Ticket, estará participando en los Sorteos Especiales, una y solo una vez por Ticket registrado, además autoriza a “2x2 Loto” a enviar vía mensaje de texto y redes sociales información sobre promociones, premios, sorteos y demás. PARÀGRAFO SEGUNDO: LA OPERADORA previa autorización de LA LOTERÌA, podrá modificar el prospecto de premios a repartir. ARTÍCULO 9: La probabilidad general aproximada de ganar un premio en el juego “2x2 Loto” es: Para el acierto “a” (1:105.625) - para el acierto “b” (1: 2.201) - para el acierto “c” (1: 383). ARTÍCULO 10: ACUMULADO: En el caso de que no saliera sorteado el premio mayor “PRIMERA CATEGORIA”, LA OPERADORA procederá a Acumular una fracción del premio, hasta un máximo de nueve (9) sorteos sin premiación mayor, estableciendo para el Sorteo Nro. 10; repartir el Acumulado entre los ganadores de la “PRIMARA CATEGORIA”, en caso de no haber ganadores con cuatro (4) aciertos, el Acumulado será repartido entre los ganadores de la “SEGUNDA CATEGORIA”. PARÁGRAFO UNICO: La Gerencia está facultada para decidir la forma en que se va a repartir el monto acumulado. LAS APUESTAS ARTÍCULO 11: La(s) apuesta(s) autorizadas, requeridas por los apostadores ante los Centros de Apuestas que posean la correspondiente Autorización o Licencia emitida por LA LOTERÍA y que se encuentren debidamente registradas por ante la Comisión Nacional de Lotería (CONALOT), se harán a través de las unidades de comercialización autorizadas, serán transmitida(s) por el Comercializador para su autorización por parte de LA OPERADORA, y deberán cumplir con las normas previstas en la Ley Nacional de Lotería, Providencias, Normativa aplicable y el presente Reglamento. ARTÍCULO 12: Las unidades de comercialización o máquinas expendedoras especializadas para la comercialización del juego “2x2 Loto” y venta de apuestas del Juego en cada Centro de Apuesta, emitirán un medio de apuesta, boleto o ticket que identificará a LA LOTERÍA; datos del Centro de Apuesta; la apuesta(s) del juego escogida(s) por el apostador; monto en bolívares de la apuesta(s) realizada; fecha y hora de la venta; fecha y hora del sorteo; el lapso de caducidad para el pago de premios; número de identificación del cliente que genera el sistema cuando éste se registra para hacer la apuesta; un código de autorización único generado por el sistema Central de Apuestas de LA OPERADORA que certifica que el medio de apuesta ha sido registrado y es legal; y un número serial único y correlativo y/o código de barras del medio de apuesta. ARTÍCULO 13: El Apostador tendrá la opción de aumentar una determinada apuesta, multiplicando el Valor facial de esa apuesta o jugada hasta un máximo de cinco (5) veces. Sin embargo LA OPERADORA se reservan el derecho de ajustar el valor facial de la jugada cuando así lo consideren pertinente, para lo cual solo bastará una notificación a LA LOTERIA y a la COMISION NACIONAL DE LOTERIA (CONALOT). ARTÍCULO 14: Sólo serán válidas las apuestas que se encuentren debidamente registradas con su correspondiente Código de Autorización en el Sistema Central de Apuestas de LA OPERADORA y en el sistema de recepción de Data de la LOTERÍA, el Código de Autorización es el único elemento que certifica que el medio de apuesta ha sido registrado y es legal.

4

ARTÍCULO 15: A los efectos del presente Reglamento de Juego, se entenderá como Apuesta Autorizada aquella que, una vez solicitada por el apostador en el Centro de Apuesta a través de la Unidad de Comercialización, es transmitida por el Comercializador a La Operadora utilizando para ello un Sistema de Transmisión de Datos autorizado, a fin de que La Operadora autorice dicha apuesta. Esta apuesta debe cumplir con las normas previstas en el Reglamento de Juego que esté vigente para la fecha del sorteo y la normativa legal aplicable. ARTÍCULO 16: Se define como Código de Autorización, al código alfanumérico, único e irrepetible, que identifica y certifica que la apuesta pretendida por el apostador ha sido autorizada y registrada por La Operadora, lo que le confiere valor legal. En consecuencia, a los efectos del control que deben ejercer los organismos competentes, el código de autorización es el único elemento que valida la apuesta. Este código debe obligatoriamente: a.- Estar impreso en el medio de apuesta b.- Permitir ser auditado en línea o por internet en forma directa, a través de cualquier medio informatico desde el cual se invoque. c.- Generarse de una aplicación tecnológica instalada en el servidor de La Operadora autorizado para tal fin, por la Institución Oficial de Beneficencia Pública y Asistencia Social y/o en el servidor del prestador de servicio de respaldo y transmisión de datos. ARTÍCULO 17: El medio de apuesta, boleto, ticket, billete o instrumento de juego contentivo de la apuesta autorizada, estará conformado como una factura de acuerdo a los requisitos establecidos en la disposición transitoria Segunda de la Providencia Nro. 0469, de fecha 16 de Julio de 2007, dictada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 38.736 de fecha 31 de julio de 2007. ARTÍCULO 18: El apostador deberá conservar su medio de apuesta, ticket, billete o boleto en buen estado de conservación, ya que, es el único instrumento probatorio de la selección de su apuesta y será el único recibo o comprobante válido para el reclamo del premio. ARTÍCULO 19: El sistema de venta de apuesta para el juego “2x2 Loto” sólo aceptará apuestas hasta las 7:00 p.m. ó 30 minutos antes de la realización del sorteo. ARTÍCULO 20: Queda prohibida la comercialización, distribución y ventas de boletos de lotería a niños, niñas y adolescentes de conformidad con lo preceptuado en la Ley Nacional de Loterías y en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, so pena de nulidad, y por no tener capacidad plena de negociar los menores de dieciocho (18) años, tampoco podrán participar como apostadores ni apostadoras, ni cobrar premios, salvo los casos señalados en el Código Civil Venezolano. CELEBRACIÓN DE SORTEO VIRTUAL Y PLAZOS ARTÍCULO 21: Se realizará un (1) sorteo diario de lunes a sábado, que se celebrará a las 7:30 pm., En caso de que la maquina o equipo de sorteo sufra algún desperfecto técnico, se utilizará otra máquina o equipo de sorteo, que debe estar disponible antes del sorteo, si esta también se averiare y el sorteo no

5

queda celebrarse por causa de fuerza mayor, su celebración deberá llevarse a cabo cuando cesen las circunstancias sobrevenidas. ARTÍCULO 22: Para la realización de cada sorteo se utilizarán maquinas o equipos de sorteo con un sistema legalmente permitido y debidamente autorizado por los organismos competentes, que arrojará: dos (2) números que serán leídos y anunciados de izquierda a derecha, comprendidos entre los rangos del uno (1) al veintiséis (26) inclusive cada uno, para formar los números correspondientes al color azul; y dos (2) números que serán leídos y anunciados de izquierda a derecha, comprendidos entre los rangos del uno (1) al veintiséis (26) inclusive cada uno, para formar los números correspondientes al color rojo. Una vez que salga un número de un color, no podrá salir el mismo número en el mismo color. ARTÍCULO 23: Los sorteos del Juego “2x2 Loto” se realizarán en acto público y en presencia de un funcionario público que podrá ser Notario Público o juez, quien dará fe pública de lo realizado y dejará constancia de su veracidad en el Acta correspondiente. Los sorteos podrán ser transmitidos a través de la Web por la página de LA OPERADORA (www.lotodelasuerte.com). Los resultados de los sorteos serán informados al público por la misma página web y por cualquier servicio de telecomunicaciones o medio de comunicación nacional y regional. ARTÍCULO 24: Los sorteos se realizarán en el horario que establezca LA OPERADORA con autorización de LA LOTERÍA. LA OPERADORA previa autorización por escrito de LA LOTERIA, podrá aumentar o reducir el número de sorteos y el monto de los premios. ARTÍCULO 25: Durante la ejecución de cada sorteo el resultado será válido solo cuando el Notario Público o Juez certifique y de fe pública de la combinación sorteada. ARTÍCULO 26: Concluido el procedimiento de sorteo electrónico, se procederá a dejar constancia del resultado del mismo en el Acta de Sorteo levantada a tal efecto, que suscribirán el Notario Público u otro funcionario público autorizado para dar fe pública, que lo haya presenciado, por el representante de LA LOTERÍA, el representante de LA OPERADORA y el representante de la CONALOT. En caso de ausencia del representante de LA LOTERÍA o de LA OPERADORA, firmarán el acta dos (2) personas escogidas entre las asistentes como testigos del acto, si las hubiere. PAGO DE PREMIOS ARTÍCULO 27: Solo podrán participar en el sorteo respectivo los medios de apuestas del juego “2x2 Loto”, emitidos por las unidades de comercialización ubicadas en los Centros de Apuesta autorizados, con todos sus requisitos formales y que cumplan con lo establecido en el presente Reglamento. ARTÍCULO 28: El premio será pagado a la persona que demuestre su condición de ganador y será indispensable la entrega del medio de apuesta original. El comercializador, Centro de Apuesta o LA OPERADORA verificara su validez y exigirá el cumplimiento de las normas previstas en este Reglamento y leyes vigentes a tal efecto. Es condición indispensable para cobrar un premio, que todo ganador deberá presentar sus documentos de identificación (Cedula de Identidad) y Registro de Información Fiscal (RIF.).

6

ARTÍCULO 29: No tendrán validez los medios de apuesta, ticket o boletos que presenten algún tipo de enmendaduras, adulteraciones, tachaduras, roturas, deterioros o que resulten ilegibles en todo o en parte. Tampoco tendrán validez los medios de apuestas emitidos en Centros de Apuestas y /o unidades de comercialización no autorizados, ni los que no posean su respectivo código de autorización, de igual manera los que no estén registrados en el Sistema Central de Apuestas de LA OPERADORA. ARTÍCULO 30: Los apostadores que se consideren con derecho a reclamo, deberán dirigirse personalmente al centro de apuestas en que realizaron su jugada y este canalizará el reclamo ante el Comercializador respectivo, dicha reclamación deberá formularse dentro del plazo máximo e improrrogable de siete (7) días continuos, contados a partir del día siguiente a la fecha del sorteo respectivo. ARTÍCULO 31: Para el pago de premios se requiere la presentación del respectivo medio de apuesta, ticket o boleto contentivo de la combinación ganadora, el cual podrá hacerse efectivo en el Centro de Apuesta donde el apostador realizó su apuesta, o en cualquier otro Centro de Apuesta autorizado siempre y cuando dicha agencia otorgue su anuencia a tal efecto y tenga la liquidez necesaria, o bien en el Comercializador al cual está asociado el Centro de Apuesta o en LA OPERADORA; en el término de siete (7) días continuos, contados a partir del día siguiente a la fecha de celebración del respectivo sorteo. PARÁGRAFO UNICO: La dirección de las Oficinas Administrativas de La OPERADORA: Urb. Castellana, Av. Principal de La Castellana (Av. Eugenio Mendoza), Quinta Sopotocientos Nro. 132, Municipio Chacao, Caracas-Edo. Miranda. Página web: www.lotodelasuerte.com e-mail:[email protected] - Teléfonos: 0212-264.6260 / 0212-313.1171 ARTÍCULO 32: El pago correspondiente al juego “2x2 Loto” estará sujeto a la retención del porcentaje de los impuestos establecidos en la ley y en ningún caso generan intereses ni estarán sujetos a corrección monetaria ni ajustes por inflación. ARTÍCULO 33: En cada apuesta, los aciertos sólo dan derecho al ganador a un (1) premio por jugada. ARTÍCULO 34: CADUCIDAD: El derecho a cobrar los premios por parte del apostador caducará a los siete (7) días consecutivos, contados a partir del día siguiente a la fecha del sorteo respectivo. DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 35: LA OPERADORA y LA LOTERÍA no serán responsables en caso de anulaciones de apuestas, acordadas en virtud de lo establecido en el presente Reglamento, ni en los casos de hurto, robo o extravío del respectivo ticket, el cual constituye el único medio probatorio de la apuesta. ARTÍCULO 36: LA OPERADORA previa autorización de LA LOTERÍA, podrá modificar o reformar total o parcialmente el presente Reglamento y deberá informarlo al público apostador mediante anuncio publicado en prensa Nacional. ARTÍCULO 37: LA OPERADORA y LA LOTERÍA quedan exentos de cualquier reclamación derivada de las operaciones de los comercializadores y centros de apuestas.

7

ARTÍCULO 38: Solo a los efectos de la divulgación de la veracidad de los resultados y credibilidad del juego. Todo ganador o ganadora para poder materializar el cobro del respectivo premio, del juego “2x2 Loto”, quedan sujetos y obligados a la publicidad que le sea requerida por LA LOTERÍA y LA OPERADORA, sin que esto le confiera derechos de exigir algún tipo de pago, compensación o retribución de alguna naturaleza, en razón de la publicación de su imagen en cualquier medio de comunicación social, de lo contrario no se le cancelara el premio obtenido al ganador o ganadora y el tiempo de caducidad del medio de apuesta se continuara contando. ARTÍCULO 39: En caso de surgir alguna duda o controversia, La Lotería, la Operadora, Comercializadores, Centros de Apuesta, y los apostadores, se someterán unicamente para todos los efectos, a lo que se establezca en el Reglamento del juego “2x2 Loto” que esté vigente en la fecha del sorteo respectivo y a lo que conste en el acta del respectivo sorteo. ARTÍCULO 40: La inobservancia o violación de algunas de las normas contenidas en el presente Reglamento, originará las sanciones correspondientes de conformidad a las leyes que rigen la materia. ARTÍCULO 41: El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial del estado Nueva Esparta y en un diario de circulacion Nacional de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley Nacional de Loteria. ARTÍCULO 42: Se establece como domicilio especial y excluyente de cualquier otro a la ciudad de La Asunción, a la jurisdicción de cuyos tribunales se someterá cualquier conflicto relacionado con el juego “2x2 Loto”. Dado, firmado y sellado en las Oficinas Administrativas del SERVICIO AUTÓNOMO DE BENEFICENCIA PÚBLICA DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (SABENE), LOTERÍA INTERNACIONAL DE MARGARITA. En La Asunción - Edo. Nueva Esparta, a los 28 días del mes de abril del año 2016.  

_____________________________________________ SERVICIO AUTÓNOMO DE BENEFICENCIA PÚBLICA DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (SABENE). LOTERÍA INTERNACIONAL DE MARGARITA

________________ LA OPERADORA. World Lottery 2011, C.A.

8

WORLD LOTERRY 2011, C.A. Rif.: J-30930813-0

Rif.: G-20002277-9

FORMAS DE GANAR y PREMIOS DEL “2x2 Loto”

Juego

2x2 Bs. 300,00

VALOR DEL BOLETO

Tómbola 1 PRIMERA   CATEGORIA

Tómbola 2

Premios Bs. 3.000.000,00 25.000,00

SEGUNDA   CATEGORIA

25.000,00 2.000,00 2.000,00

TERCERA   CATEGORIA

2.000,00 "Sorteo Especial" Regístrate y Participas

CUARTA   CATEGORIA QUINTA   CATEGORIA

Anexo.

Por Celulares Inteligentes Por Recargas, Cines, Comidas Rápida