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D E N A V A R R A Año 2005 Número 120 Viernes, 7 de octubre S U M A R I PAGINA I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.1. DISPOSICIONES GENERALES 1...
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I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1.2. Decretos Forales − DECRETO FORAL 115/2005, de 19 de septiembre, por el por el que se establece la estructura orgánica del Instituto de Salud Pública. 9971 1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL 1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones − DECRETO FORAL 116/2005, de 26 de septiembre, por el que se nombra a doña Cristina Arcaya Sánchez Directora del Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Navarro de Empleo. 9974 − RESOLUCION 2237/2005, de 19 de septiembre, del Director General de Función Pública, por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de 2 puestos de trabajo de Psicólogo Clínico para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. 9974 − RESOLUCION 1532/2005, de 20 de septiembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se adjudica, mediante traslado por concurso de méritos, una vacante de Facultativo Especialista de Area en Rehabilitación del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. 9974 − RESOLUCION 1533/2005, de 20 de septiembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se adjudica, mediante traslado por concurso de méritos, una va-

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cante de Facultativo Especialista de Area en Hematología y Hemoterapia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. 9974 − RESOLUCION 1534/2005, de 20 de septiembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se adjudica, mediante traslado por concurso de méritos, una vacante de Facultativo Especialista de Area en Anatomía Patológica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. 9975 − CONVOCATORIA para la provisión, mediante concurso-oposición, de 52 puestos de trabajo de Médico de E.A.P., para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Propuesta de nombramiento. 9975 1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos − RESOLUCION 2236/2005, de 19 de septiembre, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 3 vacantes del puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y se declara desierta por no haber aspirantes admitidos. 9975 − RESOLUCION 2238/2005, de 19 de septiembre, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 118 vacantes del puesto de trabajo de Auxiliar Admi-

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nistrativo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. 9976 − RESOLUCION 2338/2005, de 26 de septiembre, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 2 vacantes del puesto de trabajo de Asesor Jurídico al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se concreta la composición definitiva del Tribunal calificador y se señala la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición. 9977 − RESOLUCION 1522/2005, de 15 de septiembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 2 vacantes de Facultativo Especialista de Area en Otorrinolaringología del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. 9978 1.3. OTRAS DISPOSICIONES 1.3.2. Contratación administrativa − ORDEN FORAL 255/2005, de 25 de agosto, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se adjudica la asistencia técnica para la elaboración del proyecto de simplificación y rediseño de procesos y procedimientos administrativos del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo del Gobierno de Navarra y del Servicio Navarro de Empleo para los años 2005 y 2006, por procedimiento abierto y mediante concurso público, a la empresa "Azertia, Tecnologías de la Información, S.A." 9982 − ORDEN FORAL 266/2005, de 21 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el expediente de contratación de la asistencia técnica para el desarrollo e implantación de un repositorio central de subvenciones y ayudas del Gobierno de Navarra, por procedimiento abierto y su adjudicación mediante concurso. 9982 − ORDEN FORAL 273/2005, de 21 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el expediente de contratación de la asistencia técnica para el desarrollo de un sistema integrado de datos para la gestión de la red de carreteras de la Comunidad Foral de Navarra para los años 2005 y 2006, por procedimiento abierto y su adjudicación mediante concurso público. 9982

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1.3.6. Otros − ORDEN FORAL 278/2005, de 29 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de: "Sol. info. Deleg. G.N.-Madrid". 9983 − RESOLUCION 772/2005, de 26 de agosto, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, por la que se resuelve la modificación y prórroga de los conciertos educativos en los niveles educativos de la Enseñanza Básica, Educación Infantil, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior. 9983 − RESOLUCION 1839/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Industria y Comercio, por la que se concede autorización de instalación eléctrica en alta tensión, aprobación de proyecto y declaración en concreto de su utilidad. 9986 − RESOLUCION 1840/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Industria y Comercio, por la que se concede autorización de instalación eléctrica en alta tensión, aprobación de proyecto y declaración en concreto de su utilidad pública. 9986 − RESOLUCION 1841/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Industria y Comercio, por la que se concede autorización de instalación eléctrica en alta tensión, aprobación de proyecto y declaración en concreto de su utilidad pública. 9987 − CORRECCION DE ERRORES del Acuerdo de Gobierno de 18 de julio de 2005, por el que se aprueba el Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2005-2008. 9987 − DEPARTAMENTO DE EDUCACION. Edicto.

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− AVISO del Servicio de Infraestructuras Agrarias, haciendo pública la toma de posesión de las nuevas fincas de reemplazo resultantes de la zona de concentración parcelaria de Azuelo. 9987 − AVISO del Servicio de Infraestructuras Agrarias, haciendo pública la toma de posesión de las nuevas fincas de reemplazo resultantes de la zona de concentración parcelaria de Torralba del Río. 9988 − AVISO del Servicio de Infraestructuras Agrarias por el que se aprueba el documento único de Bases y Acuerdo de Concentración Parcelaria de la zona de Artaiz II (Unciti). 9988 − INFORMACION PUBLICA sobre autorización administrativa de nueva instalación eléctrica en Lodosa. Expediente SAT07882 - JAA/jlp. 9988 II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

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2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES 9988 2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL 2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

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− ORDEN FORAL 437/2005, de 7 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba el expediente de contratación de los trabajos de "Consultoría y asistencia técnica para la implantación de un sistema de gestión de los puentes situados en la Red de Carreteras de la Comunidad Foral de Navarra". 9983

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos 9995

− RESOLUCION 798/2005, de 6 de septiembre, del Director General de Obras Públicas, por la que se adjudican las obras de "Señalización Turística en la Red de Carreteras de la Comunidad Foral de Navarra, Fase I". 9983

2.3. OTRAS DISPOSICIONES 2.3.1. Autorizaciones y Licencias

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2.3.2. Contratación, obras y servicios públicos

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2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

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2.3.5. Otros

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VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

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VIII. ANUNCIOS

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8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

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I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1.2. Decretos Forales DECRETO FORAL 115/2005, de 19 de septiembre, por el por el que se establece la estructura orgánica del Instituto de Salud Pública. EXPOSICION DE MOTIVOS Mediante Decreto Foral 89/1999, de 29 de marzo, se estableció la estructura orgánica del Instituto de Salud Pública actualmente vigente. Este Decreto Foral tuvo la virtualidad de regular y reordenar las actividades desarrolladas por el Instituto de Salud Pública a partir de su consideración como un verdadero centro técnico-asistencial, pasando a ser gestionado por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, sin perjuicio de su necesaria dependencia funcional de la Dirección General del Departamento de Salud por razón del ejercicio de funciones de autoridad sanitaria y por su intervención poblacional, todo ello de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley Foral de Salud, de 23 de noviembre, de Salud. Las actividades para la protección de la salud colectiva a las que se refiere la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, encuadradas en la acepción de salud pública, cuyo ámbito de aplicación se precisa en sus artículos 6, 13 y 34, y por lo que al Departamento de Salud respecta, se agrupan en el conjunto de servicios técnicos que integran el Instituto de Salud Pública, sin perjuicio de la necesaria colaboración con otros niveles asistenciales del Sistema Sanitario Público de Navarra. Se considera conveniente en el momento actual llevar a cabo una reestructuración de las funciones y atribuciones de los servicios técnicos así como de sus órganos directivos, de acuerdo con los mismos principios desconcentradores que inspiraron dicho cambio. En concreto, se estima necesario ajustar la estructura del Instituto a las funciones desarrolladas por el mismo, agrupadas en dos servicios: El de Epidemiología, Prevención y Promoción de la salud, y el de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental. Al primero corresponde la programación, evaluación, seguimiento y, en su caso, intervención, sobre los problemas de salud que hayan sido previamente definidos como prioritarios. Respecto al segundo de ellos, el presente Decreto Foral viene a reconocer la importancia alcanzada por las cuestiones relacionadas con la seguridad alimentaria y la necesidad de agrupar las funciones que en materia de sanidad ambiental atribuye la Ley Foral de Salud. Además, tiene como parte de sus funciones investigar los brotes epidémicos de origen ambiental y prestar ayuda técnica en esta materia a las Administraciones Públicas que lo soliciten. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Salud, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diecinueve de septiembre de dos mil cinco, DECRETO: CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto del Decreto Foral. El presente Decreto Foral tiene por objeto establecer la estructura orgánica del Instituto de Salud Pública. Artículo 2. Definición del Instituto de Salud Pública. 1. El Instituto de Salud Pública constituye un centro técnico-asistencial, adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, especializado en materia de vigilancia, prevención e intervención sobre problemas colectivos de salud, y para el desarrollo y ejecución de las funciones encomendadas al Servicio de Salud Pública del Departamento de Salud de conformidad con la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud. 2. Compete al Instituto de Salud Pública el desempeño de las siguientes funciones: a) Elaboración, evaluación y, en su caso, ejecución de los programas de protección y promoción de la salud, incluyendo la inspección y control sanitario en las materias comprendidas en el artículo 13 de la Ley Foral de Salud. b) Vigilancia y control epidemiológico en brotes epidémicos y posibles situaciones de riesgo para la salud individual y colectiva de los ciudadanos. c) Programas de prevención de enfermedades y de lucha sanitaria contra procesos específicos. d) Coordinación con la red de Atención Primaria, servicios sanitarios de la Comunidad Foral de Navarra, otros Departamentos de la Administración Foral y las Entidades Locales de Navarra.

e) Contribuir a la planificación y formulación de los programas de salud del Departamento de Salud. f) Desarrollar actividades de investigación y docencia en las materias de su competencia, en coordinación con organismos docentes. 3. El personal del Instituto de Salud Pública tendrá carácter de autoridad sanitaria cuando actúe en el ejercicio de funciones inspectoras. Artículo 3. Organos de dirección. 1. El Instituto de Salud Pública será dirigido y gestionado por su Director, asistido por la Comisión de Dirección, que tendrá únicamente funciones de asesoramiento. 2. La Comisión de Dirección estará integrada por el Director del Centro y los Jefes de los Servicios y Secciones del centro, actuando como Secretario de la misma el Jefe de la Sección de Administración y Personal. Artículo 4. Estructura orgánica. El Instituto de Salud Pública, bajo la dependencia de su Director, se estructura en los siguientes órganos: 1) Unidades asistenciales: a) Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud. b) Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental. 2) Unidad no asistencial: a) Sección de Administración y Personal. CAPITULO II El Director Artículo 5. Funciones del Director. 1. El Director del Instituto de Salud Pública asume la representación, dirección, gestión e inspección de la totalidad de los servicios del centro. 2. El Director del Instituto de Salud Pública desempeñará las siguientes funciones y atribuciones: a) Aprobar y evaluar el cumplimiento de los objetivos de cada uno de los Servicios, a propuesta de sus respectivos Jefes, de forma que quede asegurada la coherencia entre los mismos y su congruencia con los generales del centro. b) Expedir documentos para los libramientos "en firme" y "a justificar", relativos a los gastos previamente acordados con cargo a los créditos de los presupuestos. c) Las atribuciones comprendidas en el articulo 9. b) en relación con el 10. 1) de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de Hacienda Publica de Navarra, relativas a la gestión de créditos presupuestarios dentro de su respectivo ámbito. d) Actuar como órgano de contratación de personal temporal por el procedimiento reglamentariamente establecido. e) Incoar los expedientes disciplinarios por la comisión de faltas graves respecto del personal adscrito al Instituto de Salud Pública y formular al Director Gerente del Servicio Navarro de Salud la correspondiente propuesta de resolución. f) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos, mandatos y directrices del Director General de Salud en materia de programas e intervención de salud pública. CAPITULO III Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud Artículo 6. Funciones del Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud. 1. Corresponden al Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud la programación, evaluación y seguimiento y, en su caso, la intervención, sobre los problemas de salud que hayan sido definidos como prioritarios por su fuerte impacto en la población, en lo que respecta a la prevención y promoción de la salud. 2. El Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud es el máximo órgano técnico del sistema Sanitario de Navarra en metodología epidemiológica, en promoción y educación para la salud y en detección precoz, así como el centro de referencia técnica en materia de fuentes de información sobre estadística sanitaria e indicadores de salud colectiva, así como estadísticas demográficas vitales. 3. Corresponde al Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud la organización de una red de vigilancia epidemiológica de situaciones endémicas y epidémicas, y de equipos de intervención para el control de brotes de cualquier naturaleza que afecten a la salud de las personas. 4. Para el desempeño de sus funciones el Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud recibirá el apoyo de las unidades especializadas del Sistema Sanitario de Navarra, a las que,

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a su vez, prestará su colaboración. Asimismo, establecerá colaboraciones y alianzas con otros sectores, Servicios, Instituciones y entidades sociales que contribuyan a la prevención de enfermedades y a la promoción de la salud. A tal fin podrá disponer de unidades para el análisis de los cambios epidemiológicos y demográficos en todo cuanto afecte a la salud, y mantendrá líneas de análisis epidemiológicos y de prevención y promoción de la salud. Artículo 7. Estructura del Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud. El Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud se estructura en los siguientes órganos: a) Sección de Vigilancia de Enfermedades Transmisibles. b) Sección de Epidemiología de Enfermedades no Transmisibles. c) Sección de Detección Precoz. d) Sección de Promoción de la Salud. Artículo 8. Funciones de la Sección de Vigilancia de Enfermedades Transmisibles. La Sección de Vigilancia de Enfermedades Transmisibles desarrollará las siguientes funciones: a) Coordinación y gestión de los sistemas de vigilancia epidemiológica de Navarra y su comunicación en el ámbito nacional. b) Vigilancia y control epidemiológico de las enfermedades infecciosas y coordinación de la respuesta ante los brotes de origen externo de cualquier naturaleza biológica, física o química. c) Análisis continuo de la morbilidad y mortalidad de procesos infecciosos y su evolución en función de parámetros de tiempo, lugar y características de las personas. d) Estudio y análisis de las causas y evolución de los procesos endémicos y epidémicos transmisibles. e) Intervención técnica y actuación sobre personas y medios materiales en caso de riesgo inmediato para la salud. f) Planificación y evaluación de los programas de vacunación infantil y de adultos, así como de aquellos que se diseñen para situaciones epidemiológicas concretas, incluyendo la elaboración de calendarios y estándares para realizar la inmunización, registro, seguimiento y coberturas vacunales y de reacciones adversas asociadas. g) Planificación y evaluación de programas de prevención y control de patologías transmisibles. h) Cualquiera otra de análoga naturaleza que le sea encomendada. Artículo 9. Funciones de la Sección de Epidemiología de Enfermedades no Transmisibles. La Sección de Epidemiología de Enfermedades no Transmisibles desarrollará las siguientes funciones: a) Vigilancia y análisis epidemiológico de la morbilidad y mortalidad de las enfermedades no transmisibles. b) Mantenimiento de redes de información epidemiológica de las enfermedades no transmisibles en relación con la red asistencial y organismos nacionales e internacionales. c) Establecimiento de registros de población de enfermedades no transmisibles de los procesos que se determinen. d) Elaboración, seguimiento y difusión de los indicadores de salud de la población de Navarra. e) Contribuir al seguimiento del Diagnóstico de Salud y a la formulación de los planes de salud. f) Mantenimiento de una información permanente de carácter estadístico-sanitario en relación con los servicios de informática y de estadística del Gobierno de Navarra. g) Colaborar con el Instituto Navarro de Estadística en la explotación de datos de interés epidemiológico. h) Cualquier otra de análoga naturaleza que le sea encomendada. Artículo 10. Funciones de la Sección de Detección Precoz. 1. La Sección de Detección Precoz desarrollará las siguientes funciones: a) Planificación, programación, seguimiento y control de las actividades de detección precoz que se presten a la población, con carácter de prestaciones sanitarias oficialmente reconocidas. b) Evaluación del proceso y los resultados de las actividades de detección precoz. c) Colaboración y coordinación con los centros de Atención Primaria y Asistencia Especializada en relación con las actividades de detección precoz que lleven a cabo. d) Prestar apoyo técnico sobre los métodos de implantación y evaluación de actividades de detección precoz.

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e) Desarrollar con sus propios medios los programas de detección que le sean encomendados. f) Cualquier otra de análoga naturaleza que le sea encomendada. 2. Se adscriben a la Sección de Detección Precoz las Unidades antes adscritas a la Sección de actividades Médico Preventivas y Detección Precoz. Artículo 11. Funciones de la Sección de Promoción de la Salud. La Sección de Promoción de la Salud desarrollará las siguientes funciones: a) Promover estilos de vida saludables y desarrollar estrategias de promoción de la salud en materia de prevención de enfermedades y de transiciones vitales. b) Impulsar la equidad en la salud, desarrollando actuaciones encaminadas a grupos de especial riesgo o vulnerabilidad. c) Desarrollar los planes y programas que se establezcan en materia de educación y promoción de salud, a través de los diversos agentes de salud. d) Desarrollar con sus propios medios los programas de promoción de salud de atención directa a la población que le sea encomendados. e) Apoyar y desarrollar medidas políticas, económicas y técnicas así como colaboraciones y alianzas para la promoción y educación en salud. f) Realizar actuaciones de formación de profesionales y elaboración de protocolos y materiales informativo-educativos en promoción de salud. g) Desarrollar la metodología de promoción, educación e información sanitaria para la implementación de los diversos planes y programas del Sistema de Salud. h) Prestar asesoría, apoyo técnico y colaboración a las actividades de promoción de la salud que se soliciten por parte del Sistema de Salud, otros departamentos del Gobierno de Navarra, otros Sectores y Entidades sociales. i) Cualquier otra de análoga naturaleza que le sea encomendada. CAPITULO IV Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental Artículo 12. Funciones del Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental. 1. El Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental desarrollará las actividades dirigidas a la vigilancia, evaluación, control e intervención sobre cualquier actividad humana, industrial o comercial o sobre factores de riesgo que puedan tener repercusión sobre la salud de las personas. Asimismo contribuirá, como apoyo técnico, a las actuaciones que desde otras áreas de la salud pública se vengan desarrollando en el control de eventualidades negativas contra la salud que ya se hayan producido. 2. Para el desempeño de sus funciones, el Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental colaborará con otros Organismos e Instituciones sanitarias o intersectoriales que contribuyan al control del saneamiento ambiental, prestando o recibiendo los apoyos técnicos necesarios para sus fines, con especial atención a las entidades locales en el ámbito de sus competencias. Articulo 13. Estructura del Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental. 1. El Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental se estructura en los siguientes órganos: a) Sección de Laboratorio de Salud Pública. b) Sección de Seguridad Alimentaria. c) Sección de Sanidad Ambiental. 2. Se adscribe al Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental la Unidad de Programación y Evaluación. Artículo 14. Funciones de la Sección de Laboratorio de Salud Pública. La Sección de Laboratorio de Salud Pública desarrollará las siguientes funciones: a) Realizar los análisis higiénico-sanitarios en apoyo técnico a los servicios y programas de salud pública del Instituto de Salud Pública, de los Ayuntamientos, así como de otros centros del Sistema Sanitario en materia de salud pública. b) Mantener un sistema de calidad de acuerdo con la normativa vigente. c) Actuar como laboratorio de referencia para las técnicas que se determinen. d) Cumplimentar las técnicas analíticas a solicitud de las autoridades sanitarias o judiciales dentro de sus posibilidades técnicas. e) Desarrollar las técnicas de análisis que se requieran para las funciones que desarrollen los servicios del Instituto. f) Cualquier otra de análoga naturaleza que le sea encomendada.

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Artículo 15. Funciones de la Sección de Seguridad Alimentaria. La Sección de Seguridad Alimentaria desarrollará las siguientes funciones: a) Gestión del Registro Sanitario de Industrias y Productos Alimentarios de Navarra. b) Gestión de las autorizaciones sanitarias de funcionamiento de las actividades, industrias y establecimientos alimentarios, así como de su Registro. c) Gestión de las autorizaciones para ejercitar actividades de formación de manipuladores de alimentos, así como del Registro de las empresas y entidades de formación autorizadas. d) Inspección y control de las actividades, industrias y establecimientos alimentarios, así como de los alimentos destinados al consumo humano y productos relacionados con ellos. e) Gestión de las alertas alimentarias. f) Desarrollo del Plan Nacional de Investigación de Residuos en Navarra. g) Investigación de los brotes epidémicos de origen alimentario. h) Protección sanitaria frente a zoonosis. i) Requerimientos y tramitación de informes-propuesta de incoación de expedientes sancionadores, cuando corresponda. j) Elaboración de propuestas normativas reguladoras de los sectores del ámbito de su competencia. k) Organización y participación en misiones de evaluación de otros organismos sanitarios de control del ámbito alimentario de Navarra. l) Apoyo técnico a las entidades locales en el ámbito de estas funciones. m) Cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada. Artículo 16. Funciones de la Sección de Sanidad Ambiental. La Sección de Sanidad Ambiental desarrollará las siguientes funciones: a) Inspección y control sanitario en aplicación de lo dispuesto en la normativa sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguas de consumo humano o cualesquiera otras funciones atribuidas a la Administración Sanitaria en materia de aguas. b) Inspección y control sanitario del uso recreativo del agua. c) Inspección y control de la aplicación de lo dispuesto en la normativa sanitaria para la prevención y control de la legionelosis. d) Vigilancia, inspección y control del cumplimiento de la normativa sanitaria de productos químicos (sustancias y preparados peligrosos). e) Vigilancia, inspección y control del cumplimiento de la normativa sanitaria de biocidas. f) Control e inspección de establecimientos industriales, comerciales y de servicios, cuyas actividades puedan repercutir sobre la salud de las personas. g) Las funciones que la normativa de sanidad mortuoria encomienda al Instituto de Salud Pública. h) Control sanitario de los locales de uso colectivo. i) Control e inspección de la gestión interna de los residuos generados en los centros, servicios y actividades sanitarias. j) Inspección y control de la aplicación de la normativa sanitaria en materia de bioseguridad. k) Investigación ambiental de los brotes epidémicos. l) Gestión de los registros y censos que la normativa sanitaria atribuya al Instituto de Salud Pública en las materias anteriores. m) Prestar ayuda técnica y colaborar en las funciones inspectoras y de salud pública de los Equipos de Atención Primaria. n) Apoyo técnico a los Ayuntamientos en temas relacionados con las materias anteriores. ñ) Elaboración de propuestas normativas reguladoras de los sectores del ámbito de su competencia. o) Cualquier otra función de análoga naturaleza que le sea encomendada. CAPITULO V Sección de Administración y Personal Artículo 17. Funciones de la Sección de Administración y Personal. El Jefe de la Sección de Administración y Personal, bajo la directa dependencia del Director, es el responsable de la gestión administrativa y de personal del Instituto de Salud Pública, y desempeñará las siguientes funciones: a) Control y análisis presupuestario. b) Control del funcionamiento de las actividades administrativas y de los servicios generales.

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c) Proponer la contratación de personal temporal por el procedimiento reglamentariamente establecido. d) Incoar y resolver expedientes disciplinarios por la comisión de faltas leves. e) Formular las propuestas para la declaración del personal en situación de incapacidad laboral permanente total o absoluta o de alta para su trabajo. f) Apertura, mantenimiento y actualización del registro integrado de personal, expedientes personales, plantilla orgánica y relación de personal. g) Confección y gestión de nominas, Seguros Sociales, asistencia sanitaria y otras prestaciones económicas del personal. h) Elaboración del borrador de anteproyecto de presupuesto de gastos. i) Apoyo a la gestión administrativa de la Dirección y de los Servicios del Instituto de Salud Pública. j) Aquellas otras funciones que le sean expresamente delegadas por el Director del Instituto de Salud Pública. CAPITULO VI De la forma de provisión de los puestos Artículo 18. Forma de provisión de los órganos de dirección y jefaturas. La forma de provisión de los órganos de dirección y jefaturas del Instituto de Salud Pública será la siguiente: 1. El puesto de Director del Instituto de Salud Pública lo desempeñará el Director del Servicio de Salud Pública del Departamento de Salud. 2. Los Jefes de los Servicios y Secciones asistenciales serán nombrados y cesados de conformidad con lo establecido en el Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, para las jefaturas asistenciales. 3. Los Jefes de las Unidades asistenciales se cubrirán conforme a los procedimientos previstos para las jefaturas de unidad de enfermería. 4. Los Jefes de Sección y Unidades no asistenciales serán nombrados y cesados de conformidad con lo establecido en el Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. 5. Para el desempeño de los puestos seguidamente indicados será requisito imprescindible estar en posesión de la especialidad en Medicina Preventiva y Salud Pública: a) Jefe del Servicio de Epidemiología, Prevención y Promoción de la Salud. b) Jefe de la Sección de Vigilancia de Enfermedades Transmisibles. c) Jefe de la Sección de Epidemiología de Enfermedades no Transmisibles. d) Jefe de la Sección de Detección Precoz. e) Jefe de la Sección de Promoción de la Salud. DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA Atribuciones en materia de personal Corresponde a los responsables de cada unidad orgánica básica las siguientes atribuciones en materia de personal: Autorizar permisos, licencias, vacaciones y desplazamientos del personal adscrito a su unidad, salvo lo expresamente atribuido al Jefe de la Sección de Administración y Personal. Coordinar el ejercicio de los derechos laborales y supervisar el cumplimiento de las obligaciones laborales del personal. Facilitar e impulsar los procesos de comunicación con los empleados, la promoción del clima laboral, así como el rendimiento y la productividad. Dirigir y coordinar las actividades, tareas y funciones del personal adscrito a su unidad, asignándole puesto, turno y jornada de trabajo. DISPOSICION ADICIONAL SEGUNDA Competencia para crear, modificar y suprimir Unidades Corresponde al titular del Departamento de Salud la competencia para crear, modificar y suprimir las Unidades del Instituto de Salud Pública, previo informe de los Departamentos competentes en materia de función pública, organización administrativa y economía. DISPOSICION ADICIONAL TERCERA Nombramientos 1. Se confirma, en las mismas condiciones en que se produjo, el nombramiento del Jefe del Servicio de Higiene Pública y Protección de la Salud como Jefe del Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental.

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2. Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos: a) Del Jefe de la Sección de Enfermedades Infecciosas y Control de Brotes como Jefe de la Sección de Vigilancia de Enfermedades Transmisibles, b) Del Jefe de la Sección de Enfermedades no Transmisibles y Estadísticas Vitales como Jefe de la Sección de Epidemiología de Enfermedades no Transmisibles, c) Del Jefe de la Sección de Actividades Médico-Preventivas y Detección Precoz como Jefe de la Sección de Detección Precoz, d) Del Jefe de la Sección de Intervenciones Poblacionales y Promoción de la Salud como Jefe de la Sección de Promoción de la Salud, e) Del Jefe de la Sección de Inspección de Salud Pública e Higiene Alimentaria como Jefe de la Sección de Seguridad Alimentaria. 3. Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los nombramientos como Jefes de las Secciones que no cambian de denominación en el presente Decreto Foral. DISPOSICION ADICIONAL CUARTA Modificaciones presupuestarias Por el Departamento de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias que exija el cumplimiento de este Decreto Foral. DISPOSICION DEROGATORIA UNICA Derogaciones Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en el presente Decreto Foral, y específicamente el Decreto Foral 89/1999, de 29 de marzo. DISPOSICION FINAL PRIMERA Normas de desarrollo Se faculta al Consejero de Salud para dictar las disposiciones precisas en aplicación y desarrollo de este Decreto Foral. DISPOSICION FINAL SEGUNDA Entrada en vigor Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.−La Consejera de Salud, María Kutz Peironcely. F0519259

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL 1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones DECRETO FORAL 116/2005, de 26 de septiembre, por el que se nombra a doña Cristina Arcaya Sánchez Directora del Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Navarro de Empleo. El artículo 26.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral, dispone que los Directores de Servicio serán nombrados y cesados por el Gobierno de Navarra a propuesta del titular del Departamento. El nombramiento se efectuará por libre designación entre funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2005, DECRETO: Artículo único.−Se nombra, con efectos de 27 de septiembre de 2005, a doña Cristina Arcaya Sánchez Directora del Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Navarro de Empleo. Pamplona, 26 de septiembre de 2005.−El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.−El Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, José Javier Armendáriz Quel. F0519591

RESOLUCION 2237/2005, de 19 de septiembre, del Director General de Función Pública, por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de 2 puestos de trabajo de Psicólogo Clínico para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Mediante Resolución 2237/2005, de 19 de septiembre, del Director General de Función Pública, se nombra a don Juan Ignacio Arrarás Urdániz y a doña Adriana Lourdes Goñi Sarriés funcionarios al servicio

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de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para desempeñar el puesto de trabajo de Psicólogo Clínico en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, adjudicándoles las vacantes como sigue: A don Juan Ignacio Arrarás Urdániz, Subdirección de Salud Mental, Equipo de Salud Mental Sector IC-Rochapea (número de plantilla 67824). A doña Adriana Lourdes Goñi Sarriés, Subdirección de Atención Primaria de Estella, Equipo de Salud Mental III-Estella (número de plantilla 66001). La convocatoria para la provisión de las plazas se insertó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 120, de 19 de septiembre de 2003. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González. F0519433

RESOLUCION 1532/2005, de 20 de septiembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se adjudica, mediante traslado por concurso de méritos, una vacante de Facultativo Especialista de Area en Rehabilitación del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Por Resolución 693/2005, de 11 de abril, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 64 vacantes de Facultativo Especialista de Area y 9 de Pediatra de E.A.P. del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Dicha convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 52, de 2 de mayo de 2005. Figurando un solo aspirante admitido en la lista definitiva, y no siendo necesarias en este caso la constitución y la actuación del Tribunal, se procede a la celebración del acto de elección de vacantes, y a la adjudicación de la plaza de acuerdo con la petición del interesado. En consecuencia y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 276/2003, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, RESUELVO: 1.º Adjudicar en concurso de traslado a doña Izaskun Urtiaga Mendiguren, una vacante de Facultativo Especialista de Area en Rehabilitación del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea con destino en el Hospital Virgen del Camino (número de plantilla 68741). 2.º El concursante deberá tomar posesión de su puesto de trabajo dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación o publicación de la presente Resolución de adjudicación del puesto de trabajo. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificada, no toma posesión, perderá todos sus derechos a desempeñar el puesto de trabajo que le hubiese sido adjudicado. 3.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 4.º Contra esta resolución, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.1 y 2.c), de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. 5.º Trasladar la presente resolución a la interesada, a la Directora de Personal del Hospital Virgen del Camino, al Jefe de Servicio de Personal del Area de Salud de Tudela, al Servicio de Gestión de Personal, Ingreso y Promoción, y a la Unidad de Tramitación de Convocatorias del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud, a los efectos oportunos. Pamplona, 20 de septiembre de 2005.−El Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, José Carlos Garde Celigueta. F0519380

RESOLUCION 1533/2005, de 20 de septiembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se adjudica, mediante traslado por concurso de méritos, una vacante de Facultativo Especialista de Area en Hematología y Hemoterapia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Por Resolución 693/2005, de 11 de abril, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 64 vacantes de Facultativo Especialista de Area y 9 de Pediatra de E.A.P. del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Dicha convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 52, de 2 de mayo de 2005. Figurando un solo aspirante admitido en la lista definitiva, y no siendo necesarias en este caso la constitución y la actuación del Tri-

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bunal, se procede a la celebración del acto de elección de vacantes, y a la adjudicación de la plaza de acuerdo con la petición del interesado. En consecuencia y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 276/2003, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, RESUELVO: 1.º Adjudicar en concurso de traslado a don José María Domingo Morera, una vacante de Facultativo Especialista de Area en Hematología y Hemoterapia del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea con destino en el Hospital "Reina Sofía" de Tudela (número de plantilla 67557). 2.º El concursante deberá tomar posesión de su puesto de trabajo dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación o publicación de la presente Resolución de adjudicación del puesto de trabajo. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificada, no toma posesión, perderá todos sus derechos a desempeñar el puesto de trabajo que le hubiese sido adjudicado. 3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 4.º Contra esta Resolución, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.1 y 2.c), de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. 5.º Trasladar la presente Resolución al interesado, al Jefe de Servicio de Gestión de la Clínica Ubarmin, al Jefe de Servicio de Personal del Area de Salud de Tudela, al Servicio de Gestión de Personal, Ingreso y Promoción, y a la Unidad de Tramitación de Convocatorias del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud, a los efectos oportunos. Pamplona, 20 de septiembre de 2005.−El Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, José Carlos Garde Celigueta. F0519406

RESOLUCION 1534/2005, de 20 de septiembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se adjudica, mediante traslado por concurso de méritos, una vacante de Facultativo Especialista de Area en Anatomía Patológica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Por Resolución 693/2005, de 11 de abril, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 64 vacantes de Facultativo Especialista de Area y 9 de Pediatra de E.A.P. del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Dicha convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 52, de 2 de mayo de 2005. Figurando un solo aspirante admitido en la lista definitiva, y no siendo necesarias en este caso la constitución y la actuación del Tribunal, se procede a la celebración del acto de elección de vacantes, y a la adjudicación de la plaza de acuerdo con la petición del interesado. En consecuencia y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 276/2003, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, RESUELVO: 1.º Adjudicar en concurso de traslado a don Alfredo López Cousillas, una vacante de Facultativo Especialista de Area en Anatomía Patológica del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea con destino en el Hospital Virgen del Camino (número de plantilla 68573). 2.º El concursante deberá tomar posesión de su puesto de trabajo dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación o publicación de la presente Resolución de adjudicación del puesto de trabajo. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificada, no toma posesión, perderá todos sus derechos a desempeñar el puesto de trabajo que le hubiese sido adjudicado. 3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 4.º Contra esta Resolución, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.1 y 2.c), de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. 5.º Trasladar la presente Resolución al interesado, a la Directora de Personal del Hospital Virgen del Camino, al Jefe de Servicio de Personal del Area de Salud de Tudela, al Servicio de Gestión de Personal, Ingreso y Promoción, y a la Unidad de Tramitación de Convo-

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catorias del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud, a los efectos oportunos. Pamplona, 20 de septiembre de 2005.−El Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, José Carlos Garde Celigueta. F0519407

CONVOCATORIA para la provisión, mediante concurso-oposición, de 52 puestos de trabajo de Médico de E.A.P., para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Propuesta de nombramiento. En cumplimiento de lo dispuesto en la base 8 de la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de 52 puestos de trabajo de Médico de E.A.P. para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 25, de 27 de febrero de 2002, el Tribunal Calificador de la referida convocatoria ha presentado nueva propuesta de nombramiento en favor de Angel María Vizcay Redín, según la sentencia firme dictada el día 18 de febrero de 2005, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia. 1. Se modifica la propuesta de nombramiento de 52 puestos de trabajo de Médico de E.A.P. para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y se aprueba en favor de: −VIZCAY REDIN, ANGEL MARIA

2. Publíquese todo ello en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos. Pamplona, a 27 de septiembre de 2005.−El Director de Recursos Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, Alberto Margallo Lana. F0519664

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos RESOLUCION 2236/2005, de 19 de septiembre, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 3 vacantes del puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y se declara desierta por no haber aspirantes admitidos. Mediante Resolución 1106/2005, de 2 de mayo, del Director General de Función Pública, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 60, de 20 de mayo de 2005, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 3 vacantes del puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos. Por Resolución 1485/2005, de 15 de junio, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 87, de 22 de julio de 2005, se aprobó la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria. Transcurrido el plazo de reclamaciones, procede aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, sin que quepa estimar la reclamación presentada por don José Daniel Dallo Echeverría, por no reunir, efectivamente, el requisito exigido en la letra c) del apartado 3.1 de la convocatoria. Procede, asimismo, declararla desierta, por no haber aspirantes admitidos. En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, HE RESUELTO: 1.º Aprobar la lista definitiva que figura como Anexo, de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 3 vacantes del puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. 2.º Declarar desierta la convocatoria por no haber aspirantes admitidos. 3.º Trasladar la presente Resolución a los miembros del Tribunal y ordenar su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, significando a los interesados que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos oportunos. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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Viernes, 7 de octubre de 2005 ANEXO Lista definitiva de admitidos y excluidos

Admitidos: Ninguno. Excluidos: Por no reunir el requisito exigido en el apartado 3.1.c): DALLO ECHEVERRIA, DANIEL F0519434

RESOLUCION 2238/2005, de 19 de septiembre, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 118 vacantes del puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Por Resolución 1111/2005, de 9 de mayo, del Director General de Función Pública, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 107 vacantes del puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Dicha convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 64, de 30 de mayo de 2005. Mediante Resolución 1800/2005, de 21 de julio, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 100, de 22 de agosto de 2005, se incluyeron 11 plazas más en la convocatoria, se completó la descripción de una incluida inicialmente y se abrió un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Concluido éste, procede aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, HE RESUELTO: 1.º Aprobar la lista provisional que figura como Anexo, de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de 118 vacantes del puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Los aspirantes excluidos podrán, dentro de los cinco días naturales siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. 2.º Trasladar la presente Resolución a los miembros del Tribunal y ordenar su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González. ANEXO Lista provisional de admitidos y excluidos Admitidos: ABAURREA RODRIGO, RAQUEL ACHA ZUGASTI, BEGOÑA AGUERRI OLCOZ, ANA ISABEL AGUERRI TABOADA, FRANCISCA AGUIRRE LOPEZ, CARMEN ALCATE MORIONES, GLORIA ALDATZ PAYAN, GORKA ALLER GUTIERREZ, MARIA EDELWEISS ALVAREZ ARRUTI, NEREA ALZUART OTEIZA, CRISTINA AMATRIAIN MENDIVIL, CRISTINA ANDIA MARTINEZ, ENCARNA ANDRES GARCIA, RAQUEL ANSA TORRES, ANA BELEN ANTOMAS OSES, FERNANDO APESTEGUIA CIA, NURIA APESTEGUIA MARTINEZ, JOSE ANGEL APEZTEGUIA ORMAZABAL, GUADALUPE ARAGÜES CEMBORAIN, IZASKUN ARAMENDIA LATIENDA, MARIA DOLORES ARAÑA IRIARTE, MARIA JESUS ARANDA ELCUAZ, ISABEL ARAUJO GALLEGO, JESUS ANGEL ARCE SERRANO, ALBERTO ARCHEL ECHEVERRIA, ANA MARIA ARCON ALZORRIZ, JUAN ARETA CEBRIAN, MARIA ARANZAZU ARIZTIA MIURA, MARIA ARANTZAZU ARRIZUBIETA BALERDI, IÑIGO ARTETA ARAGON, MIGUEL ANGEL ARTIEDA HERNANDEZ, EDUARDO AYALA CABRERIZO, JUANA AYALA RIPA, MARIA ROSARIO AYESA GORRAIZ, IRENE ISABEL AYESA USOZ, MARIA ARANZAZU AZPARREN CARRASCO, ANA MARIA BAJO LOPEZ, JOSE CARLOS

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BARBERIA CIAURRIZ, FRANCISCO JAVIER BASABE AGUINACO, INMACULADA BEDIALAUNETA ARRIZABALAGA, GOTZON BENGOCHEA CARPENA, AMAYA BENITO SOLA, ANA MARIA BERGERA LEZAUN, MARIA VICTORIA BERGERANDI COMEZ, JOSE MARIA BERTOL USOZ, ARANTZAZU BERZAL FERNANDEZ, MARIA BEUNZA IRAIZOZ, NEREA BEZUNARTEA DOMENCH, ALICIA BIENZOBAS FRANCES, YOLANDA BUENO MACAYA, SOLEDAD CALVO FERNANDEZ, MARIA ANGELES CAMPION LARUMBE, MARTA CARMONA LABAYEN, SILVIA CASAJUS GOROSTIAGA, MARIA JESUS CASTANERA MONTOYA, MARIA LUISA CASTANERA MONTOYA, MARIA ROSARIO CEL CASTEJON MENENDEZ, ARACELI CASTIELLA RODRIGUEZ, JORGE CASTILLEJO CATALAN, ESPERANZA CENTENO ERRO, PEDRO MARIA CENTRO CAMBLOR, MARIA LUISA CIA LECUMBERRI, FRANCISCO JAVIER COLLADO DOMINGUEZ, MARIA ASUNCION CORRALES CORRALES, MARIA NIEVES CUESTA MARQUEZ, SUSANA CUEVAS REMON, GRACIELA DAVILA JIMENEZ, MIRIAM SALOA DE FRUTOS ALVAREZ, BEGOÑA DE MIGUEL BERGERANDI, NURIA DEL PERAL CASTILLEJO, MARGARITA DEL RIO MAYAYO, YOLANDA DELGADO RAMOS, MARIA JESUS DIAZ DE CERIO BAÑOS, FRANCISCO DIAZ JIMENEZ, FRANCISCA DIAZ JIMENEZ, JULIAN DIEZ DE URE ERAUL, DANIEL DOMEZAIN ASCUNCE, MARIA JOSE DOMINGUEZ ASIAIN, PEDRO JOSE DOMINGUEZ MARQUEZ, NATALIA ECHAURI URTASUN, MARIA MILAGROS ECHEVERRIA BELOQUI, ITZIAR EGOZCUE GONZALEZ, JOSE FRANCISCO ELDUAYEN OLLETA, IRUÑA ELIZAGA RODRIGUEZ, JOSE MIGUEL ELIZALDE LACALLE, MARIA CARMEN ELIZALDE VIZCAY, ANA ROSA ERASO ARDANAZ, MARIA LUZ ERASO GOICOECHEA, MARIA ANGELES ERASO GOÑI, ESTHER ERCE ECHEVERRIA, CARMELO ERDOZAIN RIVED, MARIA ROSARIO ERREA BERROZPE, YOLANDA ERREA IRISARRI, RAQUEL ERRO BLANCO, MARIA CARMEN ERROZ URDANIZ, BERTA ERVITI GASTESI, MARGARITA ESAIN AMEZQUETA, IDOIA ESAIN ESAIN, EULALIA ESCRIBANO ELIA, MARIA ISABEL ESLAVA SOTES, SUSANA ESPARZA VALENCIA, MARIA CARMEN ESPINAZO ASTIZ, BEGOÑA EZQUERRA SALES, RAQUEL FLAMARIQUE ERICE, REYES FLORES VILLAR, MARIA VILLAR FONTENLA SAENZ, MARIA ISABEL FURLAN GARATE, NADIA GALINDO PAREJO, ISABEL GARCES POBO, JUAN MANUEL GARCIA FIGUEROA, ANA GARCIA HUARTE, INES GARCIA IPARRAGUIRRE, IDOIA GARCIA LOPEZ DE ARANA, AMAIA GARCIA NERI, MARI MAR GARCIA SANCHEZ, ISABEL GARCIA TRINCADO, CRISTINA GARIJO GARCIA, MARIA ELENA GARRETA ECAY, ANA GAZTANBIDE ATXUTEGI, MAITE GOMEZ CASADO, ANA MARIA GOMEZ MANRIQUE, ANGEL LUIS GOÑI CUESTA, CARLOS MIGUEL GOÑI ENCINAS, BEGOÑA GOÑI SOLA, MARIA CARMEN GONZALEZ MERINO, JOSU GORRIZ HERRANZ, MARIA TERESA GORTARI ARBONA, ANA GUALLAR IRIGOYEN, MARIA JESUS GUTIERREZ GOLDARACENA, MARIA PILAR HERNANDEZ AREJULA, TERESA HERNANDEZ ASIRON, MARIA PILAR HERNANDORENA OCHANDORENA, MARIA DOLORES

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HERRAN AZANZA, JOSE MIGUEL HIJOSA PARDO, MARIA JESUS HUICI BAZTARRICA, MARIA ARANZAZU HUIZI VAQUERO, ROSARIO IRIBARREN ARANGOA, MIREN IRISARRI ANDUEZA, MARIA ARANZAZU ITULAIN IRURITA, JAVIER ITURRI VILLANUEVA, BEATRIZ JIMENEZ MARQUES, MARIA ROSA LACUNZA ASTIZ, CARMEN LANA ELOLA, MONICA LANZ GALARZA, MARIA CARMEN LARRAGUETA LECUMBERRI, MARIA ELENA LEBRON ZUNZARREN, MARIA ROSA LEGARRE GORTARI, ANGEL LESACA ESEVERRI, MIGUEL ANGEL LIZARBE MARTINEZ, MARIA ASCENSION LIZASO BACAICOA, VICENTE LOPERENA GOÑI, ANA MARIA LOPEZ DE CIORDIA RUIZ DE GORDOA, MARIA LUCIA LOPEZ URDIAIN, ANA LORENTE GRACIA, MARIA ISABEL LOZANO EDER, ARTURO LURI SAN GIL, MARIA JESUS MACIAS OTAEGUI, MARIA ANTONIA MAGDALENA CINTORA, ANA MARIA LUISA MANCHO ILUNDAIN, MARIA ROSARIO MANGADO CORTES, MARIA JOSE MARIEZCURRENA LARRALDE, MILAGROS MARQUES ANDRES, BLANCA ESTHER MARTIARENA LEGARRA, ANA MARTINCORENA SANZ, MARIA PILAR MARTINEZ ACEDO, ESTHER MARTINEZ DE LIZARRONDO JIMENEZ, SONIA MARTINEZ DE MARAÑON DIAZ DE CERIO, ENGRACIA MARTINEZ DE MORENTIN SEVILLANO, MARIA INMACULADA MARTINEZ DE SABARTE CAPANAGA, IDOIA MARTINEZ LOSTAO, CARMEN MARTINEZ ROS, LAURA MARTURET ILUNDAIN, JAVIER MAYO GUTIERREZ, MARIA LUISA MENDIA BRACO, ASUNCION MERINO GARCIA, MARIA TERESA MERINO GUTIERREZ, MARIA MONTSERRAT MONGUILAN LEOZ, RAQUEL MONREAL OROQUIETA, ROBERTO MORENO GARCIA, ROBERTO MORIONES GARCIA, MARIA ISABEL MOSCOSO ELIA, VIRGINIA MUGICA BERGUA, MARIA SOLEDAD MUNARRIZ CRUCHAGA, AURORA NAGORE URRIZA, NATIVIDAD NAVARCORENA ELETA, EVA NAVASCUES ZABALETA, ANA ROSA NIEVA ZARDOYA, AINHOA NIEVA ZARDOYA, MARIA ARANTZAZU NUÑEZ PASCUAL, LUIS ANTONIO NUÑEZ ROSON, JERUSALEN NUÑEZ ROSON, YOLANDA OCHOA IZURDIAGA, MARIA BEGOÑA OIZ GIL, BEGOÑA OLAIZ ZOROQUIAIN, FRANCISCO JAVIER OLONDRIZ ASTIZ, BERTA GLORIA OÑA RUPEREZ, MARIA CARMEN ONTORIA DEL CURA, EVA OQUIÑENA SIMON, ANA MARIA ORICAIN ITOIZ, ANA OROZ INZA, ALICIA ESTHER ORRADRE GARAYOA, LOURDES ORRIO RECALDE, MARIA ASUNCION ORTEGA RODRIGO, NURIA OSACAR CEDAZO, ELENA OSES MARIN, ANA MARIA PANTOJA DOMINGUEZ, MARIA CARMEN PARDO DOMINGUEZ, CORO PARDO PARDO, IDOIA PASCAL ROS, ALFONSO MARTIN PASCUAL GARRALDA, JOSE JOAQUIN PATIER SANCHEZ, ANA PEIRO BAQUEDANO, TERESA PEJ PEÑA, ROSA ANA PEREZ APESTEGUIA, ANTONIO TOMAS PEREZ APESTEGUIA, MARIA JOSEFA PEREZ ARAGON, ELENA PEREZ ASTIZ, ANA ISABEL PEREZ COLAS, MARIA ANGELES PEREZ ESLAVA, MARISA PEREZ LARUMBE, MARIA CAMINO PEREZ REPARAZ, MARIA TERESA PIRAMUELLES FERNANDEZ, MARIA MERCEDES PUÑAL SENOSIAIN, ELSA CARMEN QUEL INZA, CRISTINA RAMOS CUELLAR, MANUEL RAMOS SANCHEZ, EMILIANO RESANO PORRAS, JOSE ANTONIO RIPERO BAÑALES, MARIA DOLORES

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RODRIGUEZ GARCIA, ANA MARIA RODRIGUEZ GASTON, SALOME ROS VIVANCO, MARIA INMACULADA RUIZ CARRASCOSA, MARIA LUCIA RUIZ PINILLOS, BEATRIZ SAGASETA OLLO, IÑAKI SALDAÑA ZABALEGUI, CRISTINA SALDAÑA ZABALEGUI, FERNANDO SANCET ORTIZ, MARIA BEGOÑA SANCHEZ MARTINEZ, ALMA MARIA SANTAMARINA VILLALON, MARIA JOSE SANTESTEBAN SALDISE, EUKENE SAUCA BEZUNARTEA, ANA MARIA SAYAS OCHOA, ROBERTO SEGURA IBAÑEZ, BEATRIZ SEMINARIO REGUEIRO, CARLOS SENAR LARRAZA, MARIA LOURDES SENOSIAIN IRISARRI, IDOYA SERRA MENENDEZ, ROMAN PEDRO SESMA VALLES, AMAYA SORET ALCORTA, DIONISIO SUCUNZA ARRIZURIETA, ANA MARIA SUCUNZA OTERMIN, DOMINGO SUESCUN HERNANDEZ, OSCAR SUESCUN MURUGARREN, FERMIN TABAR ELCANO, MARIA DOLORES TABAR FERNANDEZ, SUSANA TAPIZ GUERRERO, NATALIA TELLECHEA ECHARRI, ANA MARIA TOLLAR VENTURA, JOSE MARIA TORRECILLA ZABALZA, AMAIA TORRES BEROIZ, MARIA ROSARIO TORRES LIZASOAIN, SARA UNANUA URMENETA, JAVIER URDANGARIN JIMENEZ, BEGOÑA URDANIZ OLAGÜE, CRISTINA URMENETA GRACIA, LIDIA URRA RUETE, ARACELI URZAINQUI OSES, ANA ELENA USTARROZ RUIZ, JESUS MARIA VALCARCEL SAMONETE, FELIPE DAVID VALDEANDE BERDONCES, ALEJANDRO VALDES SANCHEZ, PABLO VALENCIA JANICES, PEDRO VALENCIA LABIANO, ANA ISABEL VAZQUEZ ARIZ, CARMEN VELA REMON, ROBERTO VELASCO FLETA, CARMEN VERGARA BERENGUER, MARIA DOLORES VILLANUEVA ELIA, ANA MARIA VILLANUEVA ORBAIZ, ELENA VILLANUEVA VILLANUEVA, UNAI VITAS ELIZARI, EDURNE YANGUAS ORONOZ, AURELIO ZABALEGUI MERINO, EVA ZAMORA RUIZ, EDUARDO ZARDOYA LAFRAYA, MARIA ZARRANZ GORRAIZ, MARIA PILAR ZAZO GOMEZ, YOLANDA ZESTAU BARAIBAR, MIRARI ZOZAYA GARRALDA, SONIA ZUAZU SUBIRAN, MARIA JOSEFA ZUBICOA LEON, JAVIER ZUGASTI CARPIZO, ANA MARIA

Excluidos: Por no reunir el requisito 3.1.a): MEDINA PASCUAL, ISRAEL URBIOLA ALMAGRO, RUFINA

Por no reunir el requisito 3.1.c): ASCUNCE AIZCORBE, JOSE JOAQUIN F0519436

RESOLUCION 2338/2005, de 26 de septiembre, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 2 vacantes del puesto de trabajo de Asesor Jurídico al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se concreta la composición definitiva del Tribunal calificador y se señala la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición. Mediante Resolución 1969/2004, de 31 de agosto, del Director General de Función Pública, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 2 vacantes del puesto de trabajo de Asesor Jurídico al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. Dicha convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 113, de 20 de septiembre de 2004. Por Resolución 2579/2004, de 8 de noviembre, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 144, de 1 de diciembre de 2004, se aprobó la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

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Continuando la tramitación de la convocatoria, corresponde ahora aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Asimismo, procede designar, para formar parte del Tribunal calificador, a los miembros propuestos por la Comisión de Personal de Administración Núcleo en su representación, concretar la composición definitiva del mismo y, finalmente, señalar la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición. En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas por Orden Foral 55/2003, de 5 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, HE RESUELTO: 1.º Aprobar la lista definitiva que figura como Anexo, de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 2 vacantes del puesto de trabajo de Asesor Jurídico al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. 2.º Designar, para formar parte del Tribunal calificador, a los miembros propuestos por la Comisión de Personal de Administración Núcleo en su representación y concretar la composición definitiva del mismo que queda como sigue: −Presidente: Don Ildefonso Sebastián Labayen, Director General de Presidencia del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Suplente: Don Alberto Andérez González, Director General de Función Pública del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. −Vocal: Don José Antonio Rázquin Lizarraga, Director del Servicio de Asesoría Jurídica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Suplente: Don Francisco Negro Roldán, Jefe de la Sección de Asuntos Laborales del Servicio de Asesoría Jurídica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. −Vocal: Don Eugenio Simón Acosta, catedrático de Derecho Financiero de la Universidad de Navarra. Suplente: Don Faustino Cordón Moreno, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Navarra. −Vocal: Don Enrique Azparren Jover, Abogado del Estado Jefe de Navarra. Suplente: Doña Cecilia Gutiérrez Ganzaráin, Abogada del Estado. −Vocal: Don Javier Elizalde Esteban, designado a propuesta de la Comisión de Personal de la Administración Núcleo en su representación. Suplente: Don Alfonso Pérez Ruiz, designado a propuesta de la Comisión de Personal de la Administración Núcleo en su representación. −Vocal Secretaria, con voz y sin voto: Doña Idoia Tajadura Tejada, Jefa de la Sección de Asuntos Civiles del Servicio de Asesoría Jurídica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. 3.º Señalar el día 17 de octubre de 2005, lunes, a las 8,30 horas, en el Aula número 19 del Instituto Navarro de Administración Pública, sito en la calle Navarrería, número 39, de Pamplona, como fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la oposición. El llamamiento al ejercicio será único y los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición quienes no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados. 4.º Trasladar la presente Resolución a los miembros del Tribunal y ordenar su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, significando a los interesados que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, a los efectos oportunos. Pamplona, 26 de septiembre de 2005.−El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González. ANEXO Lista definitiva de admitidos y excluidos −Turno libre Admitidos: ARMENDARIZ IÑIGO, JUAN MARTIN BARRACHINA ZWICK, BEATRIZ BARRIUSO LAPRESA, MARIA LOURDES BEADES ESCUJURI, MARTA CASTIELLA SANCHEZ-OSTIZ, CARMEN CILVETI GUBIA, M.ª BELEN DOIZ ORRIO, JUDIT ERVITI ILUNDAIN, ALVARO FERNANDEZ BLASCO, ALBERTO FERNANDEZ VIZCAY, BEATRIZ GARCIA TRINCADO, M.ª CRISTINA GIMENO LOPEZ, ALBERTO

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GOÑI IRIARTE, OLGA GONZALEZ JIMENEZ, SONIA HERNANDEZ MATEO, ESTHER ANTONIA IRIGOYEN DAGUERRE, JAVIER JIMENEZ BOZAL, CARMELO LAPARTE PASCUAL, ANGEL LECUMBERRI SANGÜESA, PABLO FERMIN LLUVA ARCHILLA, MARIA MILAGROS MONTES CHIVITE, CRISTINA NAVARRO AZPIROZ, GABRIEL RAMON PASCUALENA ZABALZA, MUSKILDA RODRIGUEZ DE AZA, PATRICIA ROMAN PUERTA, ANA MARIA SANCHEZ LERMA, GEMMA ANGELICA YEREGUI SARASOLA, ANA ISABEL ZABALZA MOLINA, IDOYA

Excluidos: Ninguno. −Turno de promoción Admitidos: IPARRAGUIRRE MUGICA, IGNACIO MORENO ARMENDARIZ, M.ª CONCEPCION

Excluidos: Ninguno. F0519699

RESOLUCION 1522/2005, de 15 de septiembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 2 vacantes de Facultativo Especialista de Area en Otorrinolaringología del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Por Resolución, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 2 vacantes de Facultativo Especialista de Area en Otorrinolaringología del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con arreglo a las siguientes BASES 1.−Bases generales. Las bases y modelos de esta convocatoria pueden ser consultados y obtenidos en la siguiente página web; www.navarra.es. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de SaludOsasunbidea, en la Orden Foral 463/2001, de 3 de octubre, del Consejero de Salud, por la que se regulan los procedimientos de ingreso y provisión de puestos de trabajo del personal sanitario del nivel A (Estamentos A.1 y A.2) en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y se establecen los baremos aplicables en los mismos, y demás normativa complementaria. 1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante traslado por concurso de méritos, de 2 vacantes de Facultativo Especialista de Area en Otorrinolaringología del Servicio Navarro de SaludOsasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con destino en los siguientes centros: −1 vacante en el Hospital Virgen del Camino, con número de plaza 68578. −1 vacante en el Hospital de Navarra, con número de plaza 62884. 1.2. La presente convocatoria de concurso de méritos incluye tanto el concurso de traslado de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos como, el concurso de traslado de ámbito nacional, en aquellas especialidades en las cuales proceda de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo siguiente, el cual se celebrará una vez finalizado el primero. En el concurso de traslado de ámbito nacional serán ofertadas el 10%, en números enteros, de las vacantes incluidas en OPE resultantes del concurso de méritos celebrado en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Por su parte, y en cuanto a la fracción del número de resultas del concurso de méritos celebrado en la Administración Foral que sea inferior a la decena, dicho número de vacantes será tenido en cuenta a efectos de posteriores convocatorias, y solo serán ofertadas a concurso de traslado de ámbito nacional, en el porcentaje correspondiente, cuando dicha acumulación de vacantes exceda de diez. A efectos de lo dispuesto en este párrafo, con respecto a la fracción del número de resultas, el acumulado anterior queda establecido en 4. 1.3. Los puestos de trabajo, objeto de la presente convocatoria podrán ampliarse posteriormente con los que estén vacantes el día en que el Tribunal calificador dé traslado al órgano convocante de la relación de concursantes por orden de puntuación obtenida. 1.4. En el presente concurso serán objeto de la convocatoria; los puestos de trabajo inicialmente incluidos en la misma y aquellos que dejen vacantes los aspirantes que obtengan en el concurso un nuevo puesto de trabajo, siempre que pertenezcan a la plantilla del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea o a la de otros Departamentos de la

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Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos. En su caso, lo serán también aquellos a los que se refiere el apartado anterior, aunque en este supuesto no podrá optar el personal fijo de plantilla de resto del Sistema Nacional de Salud salvo que sean vacantes incluidas en OPE. No obstante no se ofertarán aquellas plazas que dejen vacantes los aspirantes que hayan obtenido otra en el concurso de traslado, cuando no sea precisa su cobertura por tratarse de plazas "a extinguir" o porque la misma no se estuviera desempeñando efectivamente por su titular o mediante sustitución. 1.5. Al personal que participe en el concurso de traslado de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos, no se le modificará el régimen jurídico al que estuviera sujeto con anterioridad a su participación en el concurso. Esta previsión no resultará de aplicación al personal fijo a tiempo parcial de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, que cuando acceda a una plaza a tiempo completo adquirirá la condición de funcionario. El personal con régimen jurídico funcionarial o estatutario podrá acceder mediante traslado por concurso de méritos a una plaza laboral a tiempo parcial, pasando en este supuesto a la situación de excedencia voluntaria como funcionario o estatutario. El personal que acceda al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea mediante concurso de traslado del resto del Sistema Nacional de Salud, podrá optar a acceder a la condición de funcionario e integrarse en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y dispondrá del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su toma de posesión en el puesto de trabajo, para ejercitar dicha opción de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Foral 717/2003, de 29 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de integración en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra del personal estatutario y contratado laboral fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, previsto en el artículo 8 de la Ley Foral 4/2003, de 14 de febrero, de medidas relativas al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. En cualquier caso, les serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de personal para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. 1.6. Los funcionarios, estatutarios o contratados laborales fijos a los que se adjudique plaza en la presente convocatoria, percibirán las retribuciones que les correspondan según las disposiciones vigentes. 1.7. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en la localidad de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el término municipal donde radique el centro de destino. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes. 1.8. La jornada a realizar será en horario de mañana o de tarde, indistintamente, y de acuerdo con las necesidades del servicio en el momento de la cobertura del puesto, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes. 1.9. Quien obtenga un puesto de Facultativo Especialista de Area quedará vinculado orgánicamente al Hospital de destino. Asimismo, quedará adscrito funcionalmente al Area de Salud correspondiente a dicho Hospital o a los Centros Ambulatorios de Asistencia Especializada y desarrollará las actividades propias derivadas de la mencionada adscripción funcional conforme a las normas y directrices que emanen de la Dirección del Centro o del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Prestarán sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, es decir, con plena disponibilidad y total y absoluta dedicación, sin que pueda realizar ninguna otra actividad lucrativa ni en el sector público ni en el privado, con excepción de los supuestos indicados en el artículo 10.3 de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre. Asimismo, realizarán las guardias de presencia física y/o localizada que en su caso ordene la Dirección del Centro, o por delegación de ésta, la Jefatura respectiva. Según prevé la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud los profesionales sanitarios participarán en la docencia pregraduada, postgraduada y continuada de los profesionales sanitarios y contribuirán en la misma medida en las acciones de educación para la salud de la población. 2.−Requisitos. 2.1. Para ser admitidos al presente concurso de méritos, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: 2.1.1. Personal de plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, cualquiera que sea su régimen jurídico y situación administrativa. a) Ser personal funcionario, estatutario o laboral fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, encuadrado en el nivel o grupo A. b) Estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía y del de la especialidad Otorrinolaringología.

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c) Haber sido nombrado para desempeñar un puesto de trabajo para el acceso al cual se le exigió expresamente estar en posesión del título de la especialidad indicada. 2.1.2. Personal del resto del Sistema Nacional de Salud: a) Ser personal fijo de plantilla en el resto del Sistema Nacional de Salud (Insalud-Gestión Directa y Servicios Regionales de Salud). b) Estar en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía y del de la especialidad de Otorrinolaringología. c) Haber sido nombrado para desempeñar un puesto de trabajo para el acceso al cual se le exigió expresamente estar en posesión del título de la especialidad indicada. d) Estar en situación de activo desempeñando igual puesto de trabajo que los convocados, o tener derecho a reserva de plaza en el Sistema Nacional de Salud. En el caso de encontrarse en situación distinta a la de activo, acreditar por la Administración de origen que reúne los requisitos legales y reglamentarios de dicha Administración para incorporarse al servicio activo el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes a esta convocatoria. e) Haber completado un año de servicios con plaza en propiedad en el destino desde el que opta con antelación a la finalización de plazo establecido para la presentación de solicitudes a esta convocatoria. 2.2. Estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar la instancia, debiendo gozar de los mismos durante todo el procedimiento hasta el momento de la adjudicación del puesto de trabajo. 2.3. El personal de plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos en situación de excedencia sin reserva de plaza podrá reingresar al servicio activo mediante su participación en la convocatoria de concurso de traslado. Asimismo el personal que hubiera reingresado con carácter provisional por adscripción a un puesto vacante del correspondiente Estamento y Especialidad, deberá presentarse obligatoriamente a la presente convocatoria de concurso de traslado al objeto de la adjudicación de destino definitivo, que tendrá carácter irrenunciable. 3.−Instancia, plazo y lugar de presentación. 3.1. Quienes deseen tomar parte en el presente concurso de traslado podrán presentar la instancia en el Registro del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (calle Irunlarrea, número 39. 31008 Pamplona) y en cualquiera de las oficinas de Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio, (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 95, de 7 de agosto) o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R.J.A.P. y Procedimiento Administrativo Común. El plazo para presentar la solicitud será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria (Anexo I). A la misma, acompañarán los siguientes documentos: a) Documentación acreditativa debidamente autentificada, documentos originales o copias compulsadas notarial o administrativamente, de los requisitos exigidos en la base 2.1.1 y 2.1.2 de la convocatoria. b) Documentación acreditativa, debidamente autentificada, documentos originales o copias compulsadas notarial o administrativamente, de cuantos méritos sean alegados, a tenor del baremo establecido en esta convocatoria. Los méritos deberán presentarse ordenados conforme a los apartados señalados en los baremos. 3.2. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable. 4.−Listas de admitidos y excluidos. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director de Recursos Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con la indicación de que, dentro de los cinco días naturales siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, el Organo competente dictará Resolución declarando desierto el concurso. Dicha Resolución deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Terminado el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director de Recursos Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Si no existiesen aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva de admitidos y excluidos y se ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

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5.−Tribunal calificador. 5.1. El Tribunal que ha de calificar el concurso estará compuesto por los siguientes miembros: Presidente: Un Director o Subdirector del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea relacionado con el área médica. Suplente: Un Director o Subdirector del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea relacionado con el área médica. Vocal: A designar por los representantes del personal. Suplente: A designar por los representantes del personal. Vocal-Secretario: Un Director, Subdirector o Jefe de Servicio del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Suplente: Un Director, Subdirector o Jefe de Servicio del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. 5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. 5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria. 5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todos o algunos de los elementos de que consta el baremo. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas. 5.5. La composición del Tribunal, se hará pública junto con la lista de aspirantes admitidos y excluidos. 5.6. En el supuesto de que haya un solo aspirante presentado en la lista definitiva de admitidos y excluidos, el órgano convocante aplicará directamente lo dispuesto en la base 8 de la presente convocatoria, no siendo necesarias en este caso la constitución y la actuación del Tribunal. 6.−Calificación de méritos. 6.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados y justificados por los aspirantes de acuerdo con el baremo adjunto a la presente convocatoria como Anexo II. La valoración de los méritos se realizará hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, no computándose los obtenidos con posterioridad. 6.2. Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar la instancia solicitando tomar parte en el presente concurso de traslado. Estos méritos deberán presentarse relacionados en el documento de autobaremación que se adjunta (Anexo III). 6.3. Para la valoración del Apartado 1.º del Baremo de méritos, se tendrá en cuenta que las plazas convocadas están encuadradas en el Estamento "Facultativos Especialistas", y especialidad "Otorrinolaringología" (clasificación vigente de nombramientos en Estamentos y Especialidades del Anexo de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea). A efectos de valoración, en el caso de puestos cuya denominación no coincida con la prevista en el citado Anexo de nombramientos, se dará el mismo tratamiento a aquellos en los que se dé coincidencia de titulación exigida, pruebas realizadas para el acceso y similitud de funciones respecto del convocado. Los servicios prestados deberán ser acreditados por certificaciones extendidas por el Director o Jefe de personal del Centro en el que conste obligatoriamente: −Centro de Trabajo. −Estamento y/o especialidad. −Duración de la prestación de servicios de fecha a fecha con indicación del número total de días. −En los supuestos de prestación de servicios a tiempo parcial, además, deberá figurar: a) O bien el número de horas al día, a la semana, al mes o al año, y la jornada anual del año a que se refieren los servicios prestados. b) O bien el porcentaje que estos suponen respecto de la jornada habitual. 6.4. En ningún caso, el Tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado o que no hubiese sido acreditado documentalmente, mediante original o fotocopia compulsada (notarial o administrativamente), ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada. 6.5. Los aspirantes podrán recuperar la documentación presentada solicitándolo expresamente, en el plazo de tres meses transcurridos dos meses desde la fecha de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la adjudicación de los puestos de trabajo, salvo que exista reclamación de algún aspirante, en cuyo caso podrán ser retenidas a efectos de comprobación o prueba. Caso de no ser retirada en el plazo señalado se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación decayendo, por tanto, en su derecho a ello. 7.−Relación de aspirantes según la puntuación obtenida. El Tribunal efectuará la calificación de todos los concursantes y hará pública en el Tablón de Anuncios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, (calle Irunlarrea, 39), la relación de éstos con su puntuación

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total obtenida. Se publicarán dos listas, una por cada uno de los ámbitos (interno y nacional) que participan en el presente concurso de méritos. Una vez finalizada la fase de concurso, el Tribunal remitirá las listas de aspirantes, ordenados conforme a la puntuación obtenida, al Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, quién adoptará, en su caso, la Resolución oportuna en relación con la ampliación de las plazas inicialmente convocadas. En caso de empate en las puntuaciones, tendrá prioridad aquel aspirante que acredite tener mayor antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas. Si persistiera la situación de empate, tendrá prioridad el aspirante de mayor edad. 8.−Elección de vacantes. Los concursantes podrán elegir el centro y la unidad orgánica de destino según la puntuación alcanzada en el concurso, mediante la comparecencia a estos efectos en el lugar, fecha y hora que al efecto se determine, provistos del Documento Nacional de Identidad. Formularán su elección en primer lugar los aspirantes que participen en el concurso de traslado de ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y una vez finalizado este concurso, se celebrará la elección correspondiente a los participantes del ámbito nacional. Los aspirantes de ámbito nacional deberán comparecer al acto de elección provistos de: a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante. b) Certificación expedida por su Administración de origen, relativa a su situación administrativa. c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública. d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo. Los concursantes que, dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no formulen su elección, perderán todos sus derechos a desempeñar los puestos de trabajo objeto del concurso. 9.−Adjudicación y ocupación de puestos de trabajo. El Organo competente, mediante Resolución, adjudicará a los concursantes el puesto de trabajo que les hubiese correspondido en el concurso, y procederá a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Los concursantes deberán tomar posesión de sus puestos de trabajo, en la categoría objeto de la presente convocatoria, dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación o publicación de la Resolución de adjudicación del puesto de trabajo. No obstante y cuando así lo aconsejen el elevado número de concursantes nombrados y otras razones de eficacia administrativa, el órgano convocante, podrá determinar una fecha fija de toma de posesión. En caso de presentarse o haberse presentado algún recurso que pueda afectar a esta adjudicación, por impugnarse la convocatoria, desarrollo o resolución del concurso de méritos, la misma no adquirirá carácter de firme, quedando supeditada y a resultas de la resolución de tales recursos, tanto en vía administrativa como en la jurisdicción contencioso-administrativa. 10.−Recursos. Contra esta convocatoria, sus bases y los actos de la misma, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.1 y 2.c), de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Contra los actos definitivos emanados del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con el artículo 57.1 y 3 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Pamplona, 15 de septiembre de 2005.−El Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, José Carlos Garde Celigueta. ANEXO I SOLICITUD Solicitud para participar en la convocatoria del concurso de traslado para la provisión de ......... puestos de trabajo de .................., para el Organismo Autónomo "Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea" publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........, de fecha .................

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1) Datos personales: Apellidos y nombre .................................... D.N.I. ........................................... Fecha de nacimiento .............. Lugar de nacimiento ....................................... Teléfono domicilio .................. Teléfono de contacto ...................................... Domicilio ..................................................... Código Postal .............................. Población .................................................... Provincia ...................................... 2) Datos administrativos: a) Situación administrativa: Puesto de trabajo para el que fue nombrado: (estamento y especialidad) ................................................................................ ❑ Personal fijo de la plantilla de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos. ❑ Personal fijo de la plantilla del resto del Sistema Nacional de Salud. En situación de: ❑ Servicio activo. ❑ Servicios especiales. ❑ Otra (indíquese): b) Destino actual: Fecha de incorporación: ......... Departamento de: ....... Servicio de: .............. Centro de trabajo: ...................................... Organismo Autónomo: ................ c)

Nivel o grupo de encuadramiento:

A B C D E ❑ ❑ ❑ ❑ ❑

(Marcar X donde proceda)

3) Euskera: ❑ Que acredita mediante documento original o copia compulsada, notarial o administrativa, conocimiento del euskera. ❑ Que admite presentarse a las pruebas sobre el conocimiento del euskera. 4) El que suscribe manifiesta reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, y acredita documentalmente los mismos, que se adjuntan a la solicitud. 5) Número de páginas que se adjuntan a la presente instancia relativas a la documentación requerida en la convocatoria, (numerar la documentación que se adjunta) ........... [ ]. Pamplona, ...... de ................................ de ........ (Firma)

ANEXO II Apartado 1.º Servicios prestados. Se valorarán: 1. Servicios prestados en el estamento y especialidad al que se concursa en centros pertenecientes a cualquier Administración Pública. Por cada año 1,8 puntos. 2. Servicios prestados como facultativo en alguna Administración Publica. Por cada año 0,75 puntos. 3. Servicios prestados en otro estamento en cualquier Administración Pública. Por cada año 0,25 puntos. Serán incompatibles las puntuaciones otorgadas por los anteriores sub-apartados cuando se refieran al mismo periodo, otorgándose en cada caso la superior a ellas. Los servicios prestados en situación de servicios especiales serán computados como servicios prestados en el puesto que estuviera desempeñando en el momento de la declaración de dicha situación. La puntuación máxima a otorgar por el conjunto de este apartado no podrá superar los 55 puntos. Los servicios prestados contemplados en este baremo serán computados de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 9 de la Orden Foral 463/2001, de 3 de octubre. Apartado 2.º Formación, docencia, investigación e idiomas: Se valorarán, siempre que estén relacionados con el puesto al que opta y se hayan realizado en el periodo de tiempo durante el cual se han prestado servicios en el destino desde el que se opta al traslado, excepto el apartado 2.1 (currículum), que se valorará sin la limitación temporal antes citada. A estos efectos, cuando el destino del concursante hubiese sido obtenido mediante traslado, la fecha se retrotraerá a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la convocatoria que originó su traslado. 1. Currículum. −Grado de licenciatura con sobresaliente o premio extraordinario, o suficiencia investigadora: 2 puntos. −Grado de Doctor (cum laude, 2 puntos más): 6 puntos. 2. Participación en acciones formativas, organizadas o acreditadas por organismos o centros públicos y centros universitarios, por cada crédito académico o su equivalente (10 horas lectivas) 0,1 puntos. Los certificados en los que no coste duración en horas se valorarán como de un crédito, y en los que conste una duración de un año académico como de 12 créditos. Hasta un máximo de 10 puntos. Dentro de este apartado también se valorarán las acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al ente organizador, hayan sido realizados por mandato de la Administración, u homologados por la misma, incluyéndose expresamente entre estos

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últimos los organizados por los Sindicatos dentro de los "Acuerdos de Formación Continuada en las Administraciones Públicas". No se contabilizarán en este apartado las horas docentes realizadas dentro del programa de especialidad MIR, ni en el caso de los Médicos de E.A.P. las horas docentes del curso de perfeccionamiento establecido en el Real Decreto 264/1989, ni las horas de formación complementaria exigidas por el Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio (3). 3. Presentación de ponencias o comunicaciones en congresos, jornadas: Internacional: Los tres primeros firmantes: 0,40 puntos. El resto 0,1 puntos. Nacional: Los tres primeros firmantes: 0,20 puntos. El resto 0,05 puntos. Autonómico: Los tres primeros firmantes: 0,10 puntos. El resto 0,025 puntos. Hasta un máximo de 10 puntos. 4. Realización de trabajos científicos o de investigación que hayan sido becados o premiados por Administraciones u Organismos Públicos: De carácter internacional: 2 puntos, de carácter nacional o autonómico: 1 punto; hasta un máximo de 10 puntos. 5. Publicación de trabajos en revistas especializadas: Los tres primeros firmantes 0,4 puntos, el resto 0,10; hasta un máximo de 10 puntos. 6. Participación docente en acciones formativas en el ámbito del sector público: Por cada 10 horas o crédito académico 0,2 puntos, hasta un máximo de 4 puntos. 7. Estancias formativas, por cada mes 0,1 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. 8. Organización de cursos y congresos, en el ámbito del sector público o universitario: 0,1 si son internacionales, 0,05 si son nacionales, y 0,025 si son autonómicos; hasta un máximo de 1 punto. 9. Publicación o colaboración en libros: Si es el autor principal 0,4 puntos, como colaborador 0,2 puntos; hasta un máximo de 2 puntos. 10. Conocimiento acreditado oficialmente del francés, inglés o alemán, como lenguas de uso oficial en la Unión Europea: Por cada idioma 5 puntos. En caso de no poseer Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, o titulación reconocida oficialmente como equivalente, se valorará con una quinta parte de la puntuación máxima especificada cada curso aprobado en una Escuela Oficial de Idiomas. Serán compatibles la comunicación, ponencia y la publicación del mismo trabajo de investigación. No tendrán la consideración de méritos aquellas titulaciones oficiales que no habiliten para el ejercicio del puesto de trabajo objeto de la convocatoria. La puntuación máxima a otorgar por el conjunto de este apartado no podrá ser superior a 60 puntos. Apartado 3.º Valoración del conocimiento del vascuence: En el acceso a plazas con destino en la Zona Vascófona en las que el conocimiento del vascuence deba ser valorado como mérito cualificado entre otros, dicha valoración no superará en más de un 10% la puntuación otorgada al conocimiento del francés, inglés o alemán. La valoración del conocimiento del vascuence como mérito en la Zona Mixta, cuando así sea considerado, en ningún caso será superior en un 5% a la puntuación otorgada al conocimiento del francés, inglés o alemán. En ambos supuestos, y en caso de no poseer Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, o titulación reconocida oficialmente como equivalente, se valorará con una quinta parte de la puntuación máxima especificada cada curso aprobado en una Escuela Oficial de Idiomas, o con una doceava parte de dicha puntuación máxima cada "urrats" superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra. ANEXO III SELLO Y FECHA DEL REGISTRO DE ENTRADA

Convocatoria de ...................................... CONCURSO DE TRASLADO RELLENESE CON LETRA CLARA, EN MAYUSCULAS Y DENTRO DEL CAJETIN CORRESPONDIENTE ASPIRANTE D.N.I./N.I.F.



SEGUNDO APELLIDO

PRIMER APELLIDO

NOMBRE

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Los méritos del Apartado 2 del baremo se valorarán siempre que estén relacionados con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Antes de continuar, lea las instrucciones que para la correcta cumplimentación de este documento figuran al final de este impreso. RELACION DE DOCUMENTOS PRESENTADOS PARA LA FASE DE CONCURSO DOC. N.º

AUTOBAREMACION Apartado 2

−Forma de adjudicación: Procedimiento abierto y mediante concurso público. −Precio de adjudicación: 200.000,00 euros, IVA incluido. −Adjudicatario: Azertia, Tecnologías de la Información, S.A. Pamplona, 16 de septiembre de 2005.−El Director General para la Sociedad de la Información, Angel Sanz Barea. F0519123

DENOMINACION DEL DOCUMENTO Apartado 1

B.O. de Navarra−Número 120

Apartado 3

1 2

ORDEN FORAL 266/2005, de 21 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el expediente de contratación de la asistencia técnica para el desarrollo e implantación de un repositorio central de subvenciones y ayudas del Gobierno de Navarra, por procedimiento abierto y su adjudicación mediante concurso.

3 4 5 6 7 8 9 10 Total puntos Autobaremo ....................... N.º Total documentos presentados ........ N.º Total hojas presentadas ................... Pamplona, .................... de ....................... de 200..... El/la interesado/a, SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL. SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA. CALLE IRUNLARREA, 39, 31008 PAMPLONA. INSTRUCCIONES 1. Si su D.N.I. tiene menos de 8 dígitos deberá completarse con ceros las casillas de la izquierda. Los Apellidos y Nombre deben empezar a cumplimentarse desde la casilla de la izquierda, dejando un espacio en blanco si los apellidos o el nombre son compuestos. 2. Cada documento (certificados, diplomas, etc.) deberá numerarse en el margen superior derecha a partir del doc. Número 1. Esta referencia figurará en la relación de los documentos presentados con la denominación del mismo y la puntuación del autobaremo, que no será vinculante para el Tribunal. 3. Todas las hojas que se adjunten a este documento, deberán paginarse en la parte inferior derecha. 4. Para la valoración de los méritos se tendrán en cuenta únicamente los obtenidos hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, no computándose los obtenidos con posterioridad. 5. El baremo de méritos se encuentra publicado en el Anexo III de la presente convocatoria. 6. Los méritos deberán ser alegados mediante documento original o copias compulsadas, notarial o administrativamente. F0519186

1.3. OTRAS DISPOSICIONES 1.3.2. Contratación administrativa ORDEN FORAL 255/2005, de 25 de agosto, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se adjudica la asistencia técnica para la elaboración del proyecto de simplificación y rediseño de procesos y procedimientos administrativos del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo del Gobierno de Navarra y del Servicio Navarro de Empleo para los años 2005 y 2006, por procedimiento abierto y mediante concurso público, a la empresa "Azertia, Tecnologías de la Información, S.A." En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente, se hace público que por Orden Foral 255/2005, de 25 de agosto, del Consejero de Economía y Hacienda, se ha adjudicado el siguiente contrato: −Objeto del contrato: Trabajos de asistencia técnica para la elaboración del proyecto de simplificación y rediseño de procesos y procedimientos administrativos del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo del Gobierno de Navarra y del Servicio Navarro de Empleo para los años 2005 y 2006 (expediente 2005/72).

El Servicio de Proyectos de Sistemas de Información del Departamento de Economía y Hacienda convoca licitación con arreglo a las siguientes condiciones generales: −Objeto del contrato: La selección de la empresa que haya de realizar los trabajos de asistencia técnica para el desarrollo e implantación de un repositorio central de subvenciones y ayudas del Gobierno de Navarra (expediente 2005/103). −Tramitación: Ordinaria. −Procedimiento de adjudicación: Abierto. −Forma de adjudicación: Concurso público. −Presupuesto del contrato: 250.000,00 euros, IVA incluido. −Plazo de ejecución: 31 de octubre de 2006, o el comprometido en la oferta, si fuera inferior. −Pliegos de cláusulas: En la página web www.navarra.es (catálogo de servicios/contrataciones) o en las oficinas de la Sección de Gestión Administrativa de la Dirección General para la Sociedad de la Información (Avenida Carlos III, 2-bajo, Pamplona). −Presentación de las proposiciones: Hasta el 2 de noviembre de 2005, en las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, 2-bajo, 31002 Pamplona) o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la LPAC. −Apertura pública de proposiciones económicas: A las diez horas, 15 de noviembre de 2005, en las oficinas de la Sección de Gestión Administrativa de la Dirección General para la Sociedad de la Información (Avenida Carlos III, 2-bajo, Pamplona). Pamplona, 21 de septiembre de 2005.−El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes. F0519488

ORDEN FORAL 273/2005, de 21 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el expediente de contratación de la asistencia técnica para el desarrollo de un sistema integrado de datos para la gestión de la red de carreteras de la Comunidad Foral de Navarra para los años 2005 y 2006, por procedimiento abierto y su adjudicación mediante concurso público. El Servicio de Proyectos de Sistemas de la Información del Departamento de Economía y Hacienda convoca licitación con arreglo a las siguientes condiciones generales: −Objeto del contrato: La selección de la empresa que haya de realizar los trabajos de asistencia técnica para el desarrollo de un sistema integrado de datos para la gestión de la red de carreteras de la Comunidad Foral de Navarra para los años 2005 y 2006 (expediente 2005/123). −Tramitación: Ordinaria. −Procedimiento de adjudicación: Abierto. −Forma de adjudicación: Concurso público. −Presupuesto del contrato: 93.844,00 euros, IVA incluido. −Plazo de ejecución: Doce meses. −Pliegos de cláusulas: En la página web www.navarra.es (catálogo de servicios/contrataciones) o en las oficinas de la Sección de Gestión Administrativa de la Dirección General para la Sociedad de la Información (Avenida Carlos III, 2-bajo, Pamplona). −Presentación de las proposiciones: Hasta el 2 de noviembre de 2005, en las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, 2-bajo, 31002 Pamplona) o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la LPAC. −Apertura pública de proposiciones económicas: A las once horas del 14 de noviembre de 2005, en las oficinas de la Sección de Gestión Administrativa de la Dirección General para la Sociedad de la Información (Avenida Carlos III, 2-bajo, Pamplona). Pamplona, 21 de septiembre de 2005.−El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes. F0519487

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

ORDEN FORAL 437/2005, de 7 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba el expediente de contratación de los trabajos de "Consultoría y asistencia técnica para la implantación de un sistema de gestión de los puentes situados en la Red de Carreteras de la Comunidad Foral de Navarra". El Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones convoca licitación para la contratación de los citados trabajos, con arreglo a las siguientes condiciones generales: −Objeto del contrato: Realización de los citados trabajos. −Procedimiento/forma de adjudicación: Abierto/concurso. −Presupuesto de contrata: 365.000 euros. −Plazo de ejecución: Hasta 31 de diciembre de 2008. −Fecha remisión al DOCE: 16 de septiembre de 2005. −Presentación de proposiciones: Hasta el día 7 de noviembre de 2005, inclusive, en la oficina del Registro General situada en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Avenida San Ignacio, 3, planta baja, Pamplona) y, asimismo, en cualquiera de las oficinas del Registro General de Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 95, de 7 de agosto) o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. −Documentos a presentar: Los que figuran en el pliego de cláusulas administrativas particulares, debiendo ser originales o copias autenticadas. Para el examen del pliego técnico y del pliego de cláusulas administrativas particulares pueden llamar al Servicio de Conservación (Avenida San Ignacio, 3-3.ª planta, Pamplona) al teléfono 848-423624 o consultar la página: http://www.navarra.es/home−es/Catalogo+de+servicios/Contrataciones −Apertura pública de proposiciones económicas: A las doce horas del día 16 de noviembre de 2005, en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Alvaro Miranda Simavilla. MODELO DE PROPOSICION El/La que suscribe, don/doña ......................, mayor de edad, vecino/a de .................., con domicilio en la calle ......................, número ......., obrando en nombre propio (o en representación de .....................), enterado del anuncio publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número ........, correspondiente al día ..............., para la adjudicación, por el procedimiento de concurso, de los trabajos de "Consultoría y asistencia técnica para la implantación de un sistema de gestión de los puentes situados en la Red de Carreteras de la Comunidad Foral de Navarra", de los pliegos de condiciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que rigen en dicha licitación, se compromete a ejecutarlos, con sujeción estricta a los indicados documentos, por la cantidad de ................... (en número) euros. (Fecha y firma) F0519176

RESOLUCION 798/2005, de 6 de septiembre, del Director General de Obras Públicas, por la que se adjudican las obras de "Señalización Turística en la Red de Carreteras de la Comunidad Foral de Navarra, Fase I". En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra, se hace público que, por Resolución 798/2005, de 6 de septiembre, se ha adjudicado el siguiente contrato: −Objeto del contrato: La realización de dichas obras. −Forma de adjudicación: Abierto/Concurso. −Importe del gasto máximo: 299.000 euros, con una baja aplicable por igual a todos y cada uno de los precios unitarios previstos en el proyecto del 14%. Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2005. Adjudicatario: Señalizaciones Postigo, S.A. Pamplona, 6 de septiembre de 2005.−El Director General de Obras Públicas, José Luis Echávarri Arraiza. F0519223

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1.3.6. Otros ORDEN FORAL 278/2005, de 29 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de: "Sol. info. Deleg. G.N.-Madrid". Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos. Se considera necesario la creación del fichero con denominación: "Sol. info. Deleg. G.N.-Madrid", dado que no se halla incluido en el citado Decreto Foral 143/1994, ya que en el momento de su promulgación no estaba implementado el sistema de gestión informatizada que requiere su creación, y dada la necesidad de su regulación. El artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, establece que la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero. En su virtud, ORDENO: 1. Crear, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, regulador de los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, el fichero denominado: "Sol. info. Deleg. G.N.-Madrid". a) Finalidad y usos previstos: Satisfacer la demanda de información solicitada sobre aspectos específicos de Navarra. b) Personas y colectivos afectados: Personas interesadas en obtener información respecto a campos específicos referidos a Navarra. c) Procedimiento de recogida de datos: El propio interesado o su representante legal. d) Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero: Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos. Dirección (postal, electrónica). Teléfono. Datos de detalle de empleo: Puestos de trabajo. e) Cesión de datos de carácter personal: No existe cesión de datos de carácter personal. f) Unidad orgánica responsable del fichero: Departamento de Economía y Hacienda. Dirección General-Delegación del Gobierno de Navarra en Madrid. g) Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Departamento de Economía y Hacienda. Dirección General-Delegación del Gobierno de Navarra en Madrid. h) Medidas de seguridad: Las medidas de seguridad adoptadas son de nivel: Básico. 2. Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Pamplona, 29 de septiembre de 2005.−El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes. F0519710

RESOLUCION 772/2005, de 26 de agosto, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, por la que se resuelve la modificación y prórroga de los conciertos educativos en los niveles educativos de la Enseñanza Básica, Educación Infantil, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior. Por Orden Foral 40/2005, de 22 de febrero, (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 38, de 30 de marzo), se dictaron normas sobre la modificación y prórroga de los conciertos educativos en los niveles educativos de la Enseñanza Básica, Educación Infantil, Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, para el curso académico 2005/2006. Vistos los expedientes de modificación y/o prórroga formulados por los centros docentes privados y los incoados de oficio, según lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos aprobado por Decreto Foral 416/1992, de 14 de diciembre, que se relacionan en los correspondientes anexos, cumplidos los trámites procedimentales previstos en la legislación vigente, y de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 24 del Reglamento de Normas sobre Conciertos Educativos.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. RESUELVO: 1.º Aprobar la modificación de los conciertos educativos suscritos por los centros docentes privados para la Enseñanza Básica Obligatoria y la Educación Especial, que se relacionan en los Anexos 2.º, 3.º y 4.º, a esta Resolución, en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución. Dichas modificaciones se aprueban con efectos de comienzo del curso 2005/2006. El concierto educativo de las Unidades de Currículo Adaptado tendrá una vigencia de un curso académico, ya que su autorización lo es también para un solo curso, y en el mismo sentido el concierto educativo de las Unidades de Diversificación Curricular también tendrá vigencia únicamente durante el curso 2005/2006, debiéndose solicitar su renovación, si procede, para cursos posteriores. 2.º Aprobar la modificación de los conciertos singulares suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en los Anexos 1.º y 7.º, a esta Orden Foral, para la Educación Infantil y el Bachillerato; en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución. Dichas modificaciones se aprueban con efectos de comienzo del curso 2005/2006. El concierto del Primer y Segundo Curso de Educación Infantil para el curso 2005/2006, será singular pleno. 3.º Aprobar la modificación de los conciertos singulares suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en los Anexos 5.º y 6.º, a esta Orden Foral, para los Ciclos Formativos de Grado Medio y para los Ciclos Formativos de Grado Superior; en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente resolución. Dichas modificaciones se aprueban con efectos de comienzo del curso 2005/2006. 4.º Prorrogar el concierto educativo singular por un curso en la modalidad parcial, las siguientes unidades del curso preparatorio de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior, con los centros privados: I.T.C. Cuatrovientos, 1 unidad del Curso de Acceso a C.F.S. (Ciencias Sociales); Salesianos, 1 unidad del Curso de Acceso a C.F.S. (Ciencia y Tecnología); y María Inmaculada, 1 unidad del Curso de Acceso a C.F.S.(Ciencias Sociales y de la Salud).

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El módulo económico del Curso de Acceso a C.F.S. (Ciencias Sociales y de la Salud), es el mismo que para el Curso de Acceso a C.F.S. (Ciencias Sociales), pero con una ratio de 1,88 profesores por unidad. 5.º Denegar el acceso al régimen de conciertos educativos singulares para la Educación Infantil al centro Casa Nostra-Gure Etxea, de San Adrián, por no cumplir los requisitos para acceder al régimen de conciertos del Gobierno de Navarra, según lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio. 6.º El Negociado de Conciertos Educativos notificará a los interesados el contenido de esta Orden Foral, así como la fecha, lugar y hora en que deban personarse para firmar la diligencia a que se refiere el punto siguiente. Entre la notificación y la firma de la diligencia deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas. 7.º Las modificaciones y prórrogas de los conciertos educativos aprobados por esta Orden Foral, se formalizarán mediante diligencia que suscribirán, por una parte, el Director General de Educación, y por otra, los titulares de los correspondientes centros o persona con representación legal debidamente acreditada. 8.º Contra la presente Resolución podrán los centros interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación. 9.º Ordenar la publicación de la presente Orden Foral y Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 10.º Trasladar la presente Orden Foral y Anexos a los centros interesados, al Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, Presidente de la Comisión de Escolarización, a los Servicios de Recursos Humanos, Inspección Técnica y de Servicios, Planificación Educativa, Formación Profesional, Atención a la Diversidad Multiculturalidad e Inmigración, Vascuence, Centros y Ayudas al Estudio, a la Sección de Centros Escolares y de su Financiación, a los Negociados de Registro de Centros, Nominas de Centros Concertados y Subvencionados y Conciertos Educativos a los efectos oportunos. Pamplona, 26 de agosto de 2005.−El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, Fermín Villanueva Ferreras.

ANEXO 1.º Educación Infantil NUMERO LOCALIDAD

ALTSASU/ALSASUA ................................. AYEGUI ...................................................... CIZUR MENOR .......................................... ESTELLA .................................................... ESTELLA .................................................... MUTILVA BAJA .......................................... PAMPLONA ............................................... PAMPLONA ............................................... SAN ADRIAN ............................................. TAFALLA .................................................... TUDELA ..................................................... VILLAVA .....................................................

C

E

N

T

R

O

DE

UNIDADES

CONCERTADAS 2004/2005

SOLICITADAS 2005/2006

CONCERTADAS 2005/2006

OBSERVACIONES

4 4 12 6 7 7 6 10 5 8 5

4 5 13 7 8 8 7 10 2 6 5

3 5 13 7 8 8 7 10 0 5 7 5

(4) (1) (3) (1) (1) (1) (2) (1) (3) (5) (4) (4) (1) (2)

IÑIGO ARITZA ....................................................... MATER DEI ........................................................... MIRAVALLES ........................................................ LIZARRA ................................................................ SANTA ANA .......................................................... LUIS AMIGO .......................................................... LA COMPASION ESCOLAPIOS ........................... SAGRADO CORAZON .......................................... CASA NOSTRA ..................................................... GARCES DE LOS FAIOS ..................................... ANUNCIATA .......................................................... ANGEL DE ARALAR .............................................

Las llamadas entre paréntesis que figuran en la columna de observaciones indican el fundamento de la Resolución. (1) Una unidad es transitoria en 3 años. (2) Una unidad es transitoria en 4 años. (3) Una unidad es transitoria en 5 años. (4) El número de unidades que se concierta es suficiente para que los alumnos escolarizados en el Centro continúen sus estudios. (5) Por Resolución 679/2001, de 16 de julio, del Director General de Educación, se declara la no procedencia de que el Centro pueda acceder al régimen de conciertos del Gobierno de Navarra para impartir las enseñanzas solicitadas, debido a que no viene a atender necesidades de escolarización en la zona, ni va a atender poblaciones socioeconómicamente desfavorecidas, ni el centro tampoco propone la realización de ningún proyecto de interés pedagógico para el sistema educativo, no habiendo cambiado las circunstancias.

ANEXO 2.º Educación Primaria NUMERO LOCALIDAD

ALTSASU/ALSASUA ................................. BURLADA .................................................. BURLADA .................................................. CIZUR MENOR .......................................... ESTELLA .................................................... ETXARRI ARAN. ........................................ LESAKA ..................................................... MUTILVA BAJA .......................................... PAMPLONA ............................................... PAMPLONA ............................................... PAMPLONA ...............................................

C

E

N

T

R

O

IÑIGO ARITZA ....................................................... IRABIA ................................................................... REGINA PACIS ..................................................... MIRAVALLES ........................................................ SANTA ANA .......................................................... ANDRA MARI ........................................................ TANTIRUMAIRU .................................................... LUIS AMIGO .......................................................... EL REDIN .............................................................. ESCLAVAS SAGRADO CORAZON ..................... NUESTRA SEÑORA DEL HUERTO .....................

DE

UNIDADES

CONCERTADAS 2004/2005

SOLICITADAS 2005/2006

CONCERTADAS 2005/2006

OBSERVACIONES

6 14 7 14 15 8 3 13 10 6 12

8 15 15 15 10 4 13 11 7 13

7 15 7 14 15 8 3 13 11 7 13

(1) (7) (1) (2) (5) (6) (2) (4) (7) (8) (7) (7) (5) (1) (2) (3) (4) (6) (1) (1)

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Viernes, 7 de octubre de 2005

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NUMERO LOCALIDAD

C

PAMPLONA ............................................... PAMPLONA ............................................... TAFALLA .................................................... TUDELA .....................................................

E

N

T

R

O

CONCERTADAS 2004/2005

SAGRADO CORAZON .......................................... SANTA MARIA LA REAL ...................................... GARCES DE LOS FAIOS ..................................... ANUNCIATA ..........................................................

DE

UNIDADES

SOLICITADAS 2005/2006

19 19 7 14

CONCERTADAS 2005/2006

OBSERVACIONES

19 18 7 14

(3) (7) (2) (1) (4)

-

Las llamadas entre paréntesis que figuran en la columna de observaciones indican el fundamento de la Resolución. (1) Una unidad es transitoria en primer curso. (2) Una unidad es transitoria en segundo curso (3) Una unidad es transitoria en tercer curso. (4) Una unidad es transitoria en cuarto curso. (5) Una unidad es transitoria en quinto curso. (6) Una unidad es transitoria en sexto curso. (7) El número de unidades que se concierta es suficiente para que los alumnos escolarizados en el Centro continúen sus estudios. (8) Tienen 4 unidades con ratio 1,29 y 11 unidades con ratio 1,28.

ANEXO 3.º Educación Secundaria Obligatoria NUMERO LOCALIDAD

ALTSASU/ALSASUA .......... BURLADA ........................... CIZUR MENOR ................... ESTELLA ............................. ESTELLA ............................. MUTILVA BAJA ................... PAMPLONA ........................ PAMPLONA ........................ PAMPLONA ........................ PAMPLONA ........................ PAMPLONA ........................ PAMPLONA ........................ SANGÜESA ........................ TUDELA .............................. VILLAVA-BURLADA ............

C

E

N

T

R

CONCERTADAS CURSO 2004/2005

O

IKASTOLA SAKANA .............................. IRABIA .................................................... SAN FERMIN ......................................... LIZARRA ................................................ MATER DEI-PUY-ANDERAZ ................. LUIS AMIGO .......................................... CALASANZ ............................................ HIJAS DE JESUS .................................. LA COMPASION ESCOLAPIOS ........... SALESIANOS ......................................... STA. CATALINA - SANTISIMO SCTO. . SANTA MARIA LA REAL ....................... ZANGOTZAKO IKASTOLA .................... ANUNCIATA ........................................... LA PRESENTACION - NOTRE DAME ..

1.er CICLO 4 5 6 4 8 4 4 4 4 4 4 8 2 5 5

DE

UNIDADES

SOLICITADAS CURSO 2005/2006

2.º CICLO

1.er CICLO

5 4 7+0,5 UDC 5 8+UCA+UCD 4+UCA 5+UDC 4+UCA+UDC 4+UCA+UDC 4+UCA 4+UDC 9 2 5 4

4 4 8 4 4 4 4 4 4 2 4

CONCERTADAS CURSO 2005/2006

2.º CICLO

1.er CICLO

2.º CICLO

5 5 8+UCA+UCD 4+UCA 4+UDC 4+UCA+UDC 4+UCA+UDC 4+UCA 4+UDC 2 + UDC 4

4 4 6 4 8 4 4 4 4 4 4 8 2 5 4

5 5 6 + 0,5 UDC 5 8+UCA+UCD 4+UCA 4+UDC 4+UCA+UDC 4+UCA+UDC 4+UCA 4+UDC 8 2 5 4

OBSERVACIONES

(4) (3) (6) (4) (5) (5) (5) (1) (3) (5)

Las llamadas entre paréntesis que figuran en la columna de observaciones indican el fundamento de la Resolución. (1) Una unidad es transitoria en primer curso. (2) Una unidad es transitoria en segundo curso. (3) Una unidad es transitoria en tercer curso. (4) Una unidad es transitoria en cuarto curso. (5) El número de unidades que se concierta es suficiente para que los alumnos escolarizados en el Centro continúen sus estudios. (6) Por la UDC se conciertan 23 horas del Programa (15 de Profesor Agregado y 8 de Titular de Secundaria), y 0,5 unidad de "otros gastos". UCA = Unidad de Currículo Adaptado. UDC = Unidad de Diversificación Curricular.

ANEXO 4.º Educación Especial NUMERO LOCALIDAD

C

E

N

T

R

O

BURLADA ................................... ESTELLA .................................... IBERO .........................................

AMOR DE DIOS-REGINA PACIS ................. MATER DEI-PUY-ANDERAZ ........................ ISTERRIA .......................................................

PAMPLONA ................................ PAMPLONA ................................

CARDENAL LARRAONA ............................... EL MOLINO ...................................................

PAMPLONA ................................ PAMPLONA ................................ PAMPLONA ................................ PAMPLONA ................................ PAMPLONA ................................ PAMPLONA ................................ PAMPLONA ................................ TUDELA ......................................

HIJAS DE JESUS .......................................... LA COMPASION ESCOLAPIOS ................... SALESIANOS ................................................ SAN IGNACIO ............................................... SANTA CATALINA LABOURE ...................... STA. CATALINA - SANTISIMO SCTO. ......... SANTO TOMAS ............................................. SAN FRANCISCO JAVIER ............................

DE

UNIDADES

CONCERTADAS 2004/2005

SOLICITADAS 2005/2006

CONCERTADAS 2005/2006

OBSERVACIONES

1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 5 PSIQ.+ 4 AUT.+ 2 PIPE+ 2TVA 4 PSIQ.+ 4 AUT.+ 3 PIPE+ 1 TVA 1 PIPE + 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 1 PIPE + 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 1 PIPE+ 1 PSIQ. 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S.

1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 6 PSIQ.+ 4 AUT.+ 2 PIPE+ 2 TVA 1 ATGD 4 PSIQ.+ 4 AUT.+ 3 PIPE+ 1 TVA 1 PIPE + 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 1 PIPE + 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 1 PIPE+ 1 ATGD 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 2 U.E.C.S.

1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 6 PSIQ.+ 4 AUT.+ 2 PIPE+ 2 TVA 1 ATGD 4 PSIQ.+ 4 AUT.+ 3 PIPE+ 1 TVA 1 PIPE + 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 1 PIPE + 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 1 PIPE+ 1 ATGD 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S. 1 U.E.C.S.

(1)

Las llamadas entre paréntesis que figuran en la columna de observaciones indican el fundamento de la Resolución. (1) El número de unidades que se concierta es suficiente para que los alumnos escolarizados en el Centro continúen sus estudios. ATGD = Aula de Trastornos Generalizados del Desarrollo. Se financiará con el módulo económico fijado para la Educación Especial Psíquicos. UCE = Unidad de Curriculo Específico en Centros de Secundaria. PSIQ. = Unidad Especial Básica Psíquicos. AUT. = Unidad Especial Básica Autistas. PIPE = Programa de Iniciación Profesional Especial. TVA. = Programa de Formación para la Transición a la Vida Adulta.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

B.O. de Navarra−Número 120

ANEXO 5.º Ciclos Formativos de Grado Medio NUMERO

DE

UNIDADES

LOCALIDAD

CENTRO

CICLO FORMATIVO

CONCERTADAS 2004/2005

SOLICITADAS 2005/2006

CONCERTADAS 2005/2006

OBSERVACIONES

PAMPLONA PAMPLONA

CENTRO DE FORM. POLITEC. MARIA INMACULADA

Atención Socio Sanitaria .......................... Atención Socio Sanitaria ..........................

1 1

2 -

2 2

-

ANEXO 6.º Ciclos Formativos de Grado Superior NUMERO

DE

UNIDADES

LOCALIDAD

CENTRO

CICLO FORMATIVO

CONCERTADAS 2004/2005

SOLICITADAS 2005/2006

CONCERTADAS 2005/2006

OBSERVACIONES

PAMPLONA

CENTRO DE FORM. POLITEC.

Educación Infantil ..................................... Integración Social .....................................

0 0

4 2

0 0

(1) (1)

Las llamadas entre paréntesis que figuran en la columna de observaciones indican el fundamento de la Resolución. (1) La oferta educativa está cubierta suficientemente, por lo que no se considera necesario la ampliación de los conciertos. Los datos de inserción laboral de los titulados en los ciclos cuya concertación se solicita no aconsejan la ampliación de la oferta formativa, que en estos momentos ya se presta en grado suficiente en los centros públicos y concertados.

ANEXO 7.º Bachillerato NUMERO LOCALIDAD

ESTELLA .................................................... PAMPLONA ............................................... PAMPLONA ...............................................

C

E

N

T

R

O

CONCERTADAS 2004/2005

NUESTRA SEÑORA DEL PUY ............................ CALASANZ ............................................................ HIJAS DE JESUS ..................................................

6 6 4

DE

UNIDADES

SOLICITADAS 2005/2006 -

CONCERTADAS 2005/2006 6 6 4

OBSERVACIONES

-

A la vista de la matrícula definitiva se decidirá sobre la reducción, o no, de las horas de comunes. F0518240

RESOLUCION 1839/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Industria y Comercio, por la que se concede autorización de instalación eléctrica en alta tensión, aprobación de proyecto y declaración en concreto de su utilidad. Con fecha 27 de abril de 2005, la empresa Iberdrola D.E.S.A.U. solicitó autorización para la instalación, aprobación del proyecto y declaración en concreto de su utilidad pública, a los efectos de imposición de servidumbre de paso y de declaración de la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, de la línea eléctrica cuyas características principales son las siguientes: a) Peticionario: Iberdrola D.E.S.A.U. b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Ribaforada y Buñuel. c) Finalidad de la instalación: Dotar al Polígono Industrial de Buñuel de una conexión de 66 KV en doble circuito destinada a la atracción de grandes implantaciones que requieran grandes consumos de una manera que se garantice el suministro. d) Características principales: Línea aérea 66 KV doble circuito desde el apoyo número 00.01 de la línea doble circuito acometida al Polígono Industrial Buñuel de 1904 m, torres metálicas tipo 62E, con LA-175 y final en el apoyo número 00.10 de la misma línea. Derivación aérea 66 KV simple circuito, desde el apoyo número 00.10 de la acometida al Polígono Industrial Buñuel, de 254 m, torres metálicas tipo 62E, LA-175, con final en el apoyo número 01.09 de la línea "STR Tudela-Tafalla 4". Derivación aérea 66 KV simple circuito, desde el apoyo número 00.10 de la acometida al Polígono Industrial Buñuel, de 337 m, torres metálicas tipo 62E, LA-175, con final en el apoyo número 01.15 de la línea "STR Tudela-Tafalla 3", para alimentación al Polígono Industrial de Buñuel en los términos municipales de Ribaforada y Buñuel. e) Procedencia de materiales: Nacional. f) Presupuesto: 212.067,37 euros. Dicha solicitud fue sometida a información pública (Diario de Navarra, 10 de junio de 2005 y BOLETIN OFICIAL de Navarra, 4 de julio de 2005), sin que se hayan recibido alegaciones en el plazo establecido. En su virtud, RESUELVO: 1.−Autorizar el establecimiento de la instalación eléctrica a que se ha hecho mención. 2.−Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación conforme a los efectos prevenidos en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y artículos 148 y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. 3.−Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de dicha instalación, fechado en Pamplona en enero de 2005 suscrito por el Ingeniero Industrial don Francisco Javier Juárez Gay, concediéndose un plazo de doce meses para la ejecución de las obras. La presente Resolución se notificará al Ayuntamiento de Buñuel, calle Vicente Oliver 19, 31540 Buñuel, al Ayuntamiento de Ribaforada, Plaza San Francisco Javier 1, 31550 Ribaforada, a Renfe-Técnico Territorial Mantenimiento e Infraestructuras, Plaza de la Estación, 31012 Pamplona, al departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra (Servicio de Conservación-Sección Explotación), Avenida San Ignacio 3, 31002 Pamplona, a Iberdrola D.E.S.A.U., Avenida Roncesvalles 7, 31002 Pamplona, y será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Director General de Industria y Comercio, Enrique Díaz Moreno. F0519220

RESOLUCION 1840/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Industria y Comercio, por la que se concede autorización de instalación eléctrica en alta tensión, aprobación de proyecto y declaración en concreto de su utilidad pública. Con fecha 27 de abril de 2005, la empresa Iberdrola D.E.S.A.U. solicitó autorización para la instalación, aprobación del proyecto y declaración en concreto de su utilidad pública, a los efectos de imposición de servidumbre de paso y de declaración de la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, de la línea eléctrica cuyas características principales son las siguientes: a) Peticionario: Iberdrola D.E.S.A.U. b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Ribaforada. c) Finalidad de la instalación: Adecuación de las infraestructuras necesarias para garantizar el suministro en 66 KV al Polígono Industrial de Buñuel. d) Características principales: Modificación de la línea aérea 66 KV denominada "STR Tudela-Tafalla 3", entre el nuevo apoyo número 00.64 y el nuevo apoyo número 00.49 de la denominada "STR Tudela-Tafalla 4", de 2.500 metros; torres metálicas tipo 62E, con LA-280 y LA-175 respectivamente y final en el apoyo número 00.81 de la "STR

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Tudela-Tafalla 3", y el apoyo número 00.59 de la "STR Tudela-Tafalla 4", para alimentación al Polígono Industrial de Buñuel, en el término municipal de Ribaforada. e) Procedencia de materiales: Nacional. f) Presupuesto: 158.258,43 euros. Dicha solicitud fue sometida a información pública (Diario de Navarra 10 de junio de 2005, BOLETIN OFICIAL de Navarra, 4 de julio de 2005 y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ribaforada), sin que se hayan recibido alegaciones en el plazo establecido. En su virtud, RESUELVO: 1.−Autorizar el establecimiento de la instalación eléctrica a que se ha hecho mención. 2.−Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación conforme a los efectos prevenidos en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y artículos 148 y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. 3.−Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de dicha instalación, fechado en Pamplona en enero de 2005 suscrito por el Ingeniero Industrial don Francisco Javier Juárez Gay, concediéndose un plazo de 12 meses para la ejecución de las obras. La presente Resolución se notificará al Ayuntamiento de Ribaforada, Plaza San Francisco Javier, 1, 31550 Ribaforada, a Gas Navarra, Avenida Sancho El Fuerte, 26, bajo, 31008 Pamplona, al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra (Servicio de Conservación - Sección Explotación), Avenida San Ignacio, 3, 31002 Pamplona, a Iberdrola D.E.S.A.U., Avenida Roncesvalles, 7, 31002 Pamplona, a los titulares de los bienes y derechos afectados y será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Director General de Industria y Comercio, Enrique Díaz Moreno. F0519209

RESOLUCION 1841/2005, de 14 de septiembre, del Director General de Industria y Comercio, por la que se concede autorización de instalación eléctrica en alta tensión, aprobación de proyecto y declaración en concreto de su utilidad pública. Con fecha 27 de mayo de 2005, la empresa Iberdrola D.E.S.A.U. solicitó autorización para la instalación, aprobación del proyecto y declaración en concreto de su utilidad pública, a los efectos de imposición de servidumbre de paso y de declaración de la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, de la línea eléctrica cuyas características principales son las siguientes: a) Peticionario: Iberdrola D.E.S.A.U. b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Tudela. c) Finalidad de la instalación: Adecuación de las infraestructuras necesarias para garantizar el suministro en 66 KV al Polígono Industrial de Buñuel (Navarra). d) Características principales: Variante de la línea aérea 66 KV doble circuito denominada "S.T.R. Tudela-Berbel" y "S.T.R. Tudela-Tafalla 3" entre el apoyo número 04.01-01.07 de 1.089 metros y el apoyo número 01-16 de la línea doble circuito, de la línea aérea denominada "S.T.R. Tudela-Berbel" y "S.T.R. Tudela-Ejea", LA-175 y tramo subterráneo de 200 metros, HEPR-Z1/500, en el cruce con la línea de 220 KV, para suministro al Polígono Industrial de Buñuel, en el término municipal de Tudela. e) Procedencia de materiales: Nacional. f) Presupuesto: 237.893,46 euros. Dicha solicitud fue sometida a información pública (Diario de Navarra 16 de junio de 2005, BOLETIN OFICIAL de Navarra, 29 de junio de 2005 y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tudela), sin que se hayan recibido alegaciones en el plazo establecido. En su virtud, RESUELVO: 1.−Autorizar el establecimiento de la instalación eléctrica a que se ha hecho mención. 2.−Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación conforme a los efectos prevenidos en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y artículos 148 y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. 3.−Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de dicha instalación, fechado en Pamplona en enero de 2005 suscrito por el Ingeniero Industrial don Francisco Javier Juárez Gay, concediéndose un plazo de 12 meses para la ejecución de las obras.

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La presente Resolución se notificará al Ayuntamiento de Tudela, Plaza Vieja, 1, 31500 Tudela, a Iberdrola D.E.S.A.U., Avenida Roncesvalles, 7, 31002 Pamplona, a los titulares de los bienes y derechos afectados y será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Director General de Industria y Comercio, Enrique Díaz Moreno. F0519208

CORRECCION DE ERRORES del Acuerdo de Gobierno de 18 de julio de 2005, por el que se aprueba el Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2005-2008. Advertido error en el texto del citado Acuerdo publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 91, de 1 de agosto de 2005, se transcribe a continuación la oportuna rectificación: En el Anexo 1.º, en el listado de "Pavimentación sin redes", en la inversión "Acondicionamiento de la Travesía de la carretera NA-700" (la que aparece en 38.º lugar de esa página 7637 del BOLETIN OFICIAL de Navarra) donde dice: "Arazuri" debe decir "Olza", donde dice DIG "0,0000", debe decir "0,4266", donde dice VAF "10" debe decir "4" y donde dice CSP "9,00000" debe decir "8,742660". Pamplona, 21 de septiembre de 2005.−El Consejero de Administración Local, Alberto Catalán Higueras. F0519350

DEPARTAMENTO DE EDUCACION. Edicto. Mediante el presente anuncio se comunica que se ha interpuesto recurso de alzada por don Juan Carlos Belakortu Monje frente a la Resolución 1232/2005, de 29 de julio, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueban y hacen públicas las relaciones definitivas de aspirantes al desempeño mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes, correspondientes a las especialidades propias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y de los Cuerpos que imparten Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, en lo referente a las relaciones de aspirantes de Educación Secundaria, especialidad Francés, en euskera y castellano, y de Profesores de Escuela Oficial de Idiomas, especialidad Francés, en castellano. Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a todos los interesados para que en el plazo máximo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio puedan formular alegaciones, las cuales se presentarán en el Registro del Departamento de Educación sito en la cuesta de Santo Domingo, s/n, de Pamplona o, en otro caso, por cualquiera de los medios que prevé el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. La copia del recurso interpuesto se encuentra a disposición de los interesados en la Sección de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, sita en la cuesta de Santo Domingo, s/n, de Pamplona. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−La Secretaria General Técnica del Departamento de Educación, Pilar Alvarez Asiáin. F0519161

AVISO del Servicio de Infraestructuras Agrarias, haciendo pública la toma de posesión de las nuevas fincas de reemplazo resultantes de la zona de concentración parcelaria de Azuelo. Por Resolución 1000/2005, de 9 de septiembre, del Director General de Desarrollo Rural, se ha dispuesto entregar la posesión y poner, por tanto, a disposición de los interesados de la zona de Azuelo las fincas de reemplazo que les correspondan, a partir de la fecha en que este Aviso sea publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Conforme señala el artículo 60 de la Ley de Reforma de las Infraestructuras Agrícolas, de 9 de diciembre de 1994, dentro del plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación de este Aviso en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los interesados podrán reclamar sobre diferencias superiores al 3% entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración. Dichas reclamaciones deberán ir acompañadas de dictamen pericial y se dirigirán al Director del Servicio de Infraestructuras Agrarias debiendo presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra. Pamplona, 13 de septiembre de 2005.−La Directora del Servicio de Infraestructuras Agrarias, Paz Martínez Martínez. F0519151

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AVISO del Servicio de Infraestructuras Agrarias, haciendo pública la toma de posesión de las nuevas fincas de reemplazo resultantes de la zona de concentración parcelaria de Torralba del Río. Por Resolución 999/2005, de 9 de septiembre, del Director General de Desarrollo Rural, se ha dispuesto entregar la posesión y poner, por tanto, a disposición de los interesados de la zona de Torralba del Río las fincas de reemplazo que les correspondan, a partir de la fecha en que este Aviso sea publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Conforme señala el artículo 60 de la Ley de Reforma de las Infraestructuras Agrícolas, de 9 de diciembre de 1994, dentro del plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación de este Aviso en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los interesados podrán reclamar sobre diferencias superiores al 3% entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración. Dichas reclamaciones deberán ir acompañadas de dictamen pericial y se dirigirán al Director del Servicio de Infraestructuras Agrarias debiendo presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra. Pamplona, 13 de septiembre de 2005.−La Directora del Servicio de Infraestructuras Agrarias, Paz Martínez Martínez. F0519152

AVISO del Servicio de Infraestructuras Agrarias por el que se aprueba el documento único de Bases y Acuerdo de Concentración Parcelaria de la zona de Artaiz II (Unciti). Se pone en conocimiento de todos los interesados en la Concentración Parcelaria de la zona de Artaiz II (Unciti), declarada de utilidad pública por Decreto Foral 76/2005, de 23 de mayo, que por Resolución 1003/2005, de 9 de septiembre, del Director General de Desarrollo Rural, ha sido aprobado el documento único de Bases y Acuerdo de de dicha zona de conformidad con cuanto dispone el artículo 32 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas. El documento único se expondrá en los locales del Concejo de Artaiz (Unciti), durante un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente aviso en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Los documentos, que podrán ser examinados por los interesados, son los siguientes: relación de propietarios, relación de titulares de gravámenes y otras situaciones jurídicas, relación de parcelas tipo, parcelas periféricas incluidas en el perímetro de concentración, parcelas excluidas, superficies básicas de explotación, acta de delimitación de comunales, declaración de impacto ambiental, boletines individuales de la propiedad, así como la documentación gráfica que refleja la nueva distribución de la propiedad, una relación de propietarios en la que se indican las fincas que, en un principio, se asignan a cada uno, y otra

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relación de servidumbres prediales que, en su caso, hayan de establecerse según las exigencias de la nueva ordenación de la propiedad, y plano de los tres polígonos que comprende la zona. Contra el documento único de Bases y Acuerdo podrá interponerse, por los interesados de concentración, recurso de alzada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este Aviso en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Los recursos se presentarán en el Registro del Servicio de Infraestructuras Agrarias, calle Alhóndiga número 1; 31002-Pamplona, en cualquiera de las oficinas de Registro de Gobierno de Navarra o en cualquiera de los lugares establecidos por la Ley 30/1992, debiendo señalarse, a efectos de posibles notificaciones, un domicilio al que hacer aquellas. Pamplona, 13 de septiembre de 2005.−La Directora del Servicio de Infraestructuras Agrarias, Paz Martínez Martínez. F0519153

INFORMACION PUBLICA sobre autorización administrativa de nueva instalación eléctrica en Lodosa. Expediente SAT07882 JAA/jlp. Iberdrola D.E.S.A.U., solicita autorización administrativa para establecer: «Variante de la línea aérea 66 KV denominada "STR Quel-Renfe/Alcanadre", desde el apoyo número 114, de 145 m, con final en nuevo apoyo metálico número 115 y nuevo tramo pasando a subterráneo entre el nuevo apoyo citado; Hepr-Z1/300, de 400 m y nuevo apoyo metálico número 117 y enlace desde éste de 40 m con el apoyo número 118 existente de la misma línea en la STR Lodosa, por urbanización del nuevo Polígono Industrial Los Cabezos en el término municipal de Lodosa.» De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, durante veinte días, a contar desde la publicación de este anuncio, se podrán presentar en el Servicio de Seguridad Industrial del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo del Gobierno de Navarra, Parque Tomás Caballero, número 1, Edificio Fuerte del Príncipe II, planta 5.ª, y asimismo, en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio (BOLETIN OFICIAL de Navarra 95, de 7 agosto), o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de R.J.A.P. y Procedimiento Administrativo Común, en escrito duplicado, las alegaciones que se estimen pertinentes relativas a esta petición. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−El Director del Servicio de Seguridad Industrial, José Antonio Ayesa Usabiaga. F0519184

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA 2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES ABERIN Aprobación inicial modificación estructurante Plan Municipal

El Ayuntamiento de Aberin en sesión celebrada el día 22 de septiembre de 2005, con el quórum de mayoría legalmente exigida, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente la modificación estructurante del Plan Municipal de Aberin relativa al Sector S-2 de Muniain de la Solana, de conformidad con la documentación de la modificación obrante en el expediente y presentada por la Junta de Propietarios del Sector 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 70, por remisión del artículo 79.2, de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se somete el expediente a información pública durante el periodo de un mes a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que pueda ser examinado y se puedan presentar las alegaciones que se consideren oportunas. Aberin, 23 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Luis Enrique Aguilar Lizarraga. L0519432

VILLAVA Aprobación inicial. Estrategia y Modelo de Ocupación Territorial

El Pleno del Ayuntamiento de Villava, en sesión extraordinaria celebrada el día 4 de julio de 2005, con el quórum de la mayoría absoluta legal, adoptó el acuerdo de aprobar la "Estrategia y Modelo de Ocupación Territorial" de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Villava, conforme al documento elaborado por el equipo adju-

dicatario de la Revisión del P.G.O.U. de Villava, de fecha de entrada en el Registro municipal de 20 de junio de 2005. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y concordantes de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se somete la "Estrategia y Modelo de Ocupación Territorial" a información pública durante el plazo de un mes, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que pueda ser examinada encontrándose en la Oficina de Atención Ciudadana municipal a disposición de los interesados, y puedan presentarse sugerencias a la misma. Villava, 20 de julio de 2005.−El Alcalde, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui. L0519819

LORCA Rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos

Advertido error en el anuncio del BOLETIN OFICIAL de Navarra número 49, de 25 de abril de 2005, sobre aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de las ocupaciones del suelo, subsuelo y vuelo del comunal del Concejo de Lorca, de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992 de 26 de noviembre, se procede a su rectificación.: En el título de la ordenanza donde dice "Ordenanza reguladora de las ocupaciones del suelo, subsuelo y vuelo del comunal del Concejo de Lorca" debe añadirse "de instalaciones industriales y/o fabriles". Artículo 1, línea 6, donde dice "subsuelo, suelo y vuelo de los bienes comunales que se regirá por las presentes ordenanzas" debe decir "subsuelo, suelo y vuelo de los bienes comunales por instalaciones industriales y/o fabriles, que se regirá por las presentes ordenanzas".

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Artículo 2, línea 4, donde dice "a cuyo favor se otorguen las licencias o autorizaciones o quienes se beneficien", debe decir "a cuyo favor se otorguen las licencias o autorizaciones para la instalación en suelo no urbanizable de instalaciones industriales y/ o fabriles o quienes se beneficien". Artículo 4, segunda línea, donde dice "según los metros lineales" debe decir " según los metros cuadrados". Línea 4, donde dice "Por cada metro lineal o fracción, anualmente 21 euros" debe decir "Por cada metro cuadrado o fracción, anualmente 9,6 euros/metro cuadrado". Línea 6, donde dice "Por cada metro lineal o fracción, anualmente 21 euros" debe decir "Por cada metro cuadrado o fracción, anualmente 9,6 euros/metro cuadrado". Línea 12, donde dice "Por cada metro lineal o fracción, anualmente 21 euros" debe decir "Por cada metro cuadrado o fracción, anualmente 9,6 euros/metro cuadrado". Se elimina el siguientes párrafo, línea 8 a 10, "Ocupación del comunal por conducciones de cualquier clase cuando el ancho exceda de 50 centímetros. Por cada 50 centímetros o fracción y por cada metro cuadrado, anualmente 5 euros." Lo que se publica a los efectos legales que procedan. Lorca (Valle de Yerri), 23 de septiembre de 2005.−El Presidente, Angel Atáun Urra. L0519584

PAMPLONA Homologación del Plan Municipal de Pamplona a la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de 2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Aprobación inicial

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 15 de septiembre de 2005, adoptó el siguiente acuerdo: PLE 15-SEP-05 (5/CU) "Vista la documentación obrante en el expediente, y de conformidad con el informe jurídico de fecha 3 de agosto de 2005, se acuerda: 1.−Aprobar inicialmente el documento de homologación del Plan Municipal de Pamplona a la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de 2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. 2.−Exponer al público el expediente durante el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y anunciarlo igualmente en la prensa local." Pamplona, 20 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo. L0519291

PERALTA Aprobación definitiva de ordenanza

Habiendo transcurrido el periodo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, en virtud del artículo 325.1c) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra ha quedado aprobada definitivamente la siguiente ordenanza. Peralta, 2 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Sagrario Guinduláin Guerendiáin. ORDENANZA REGULADORA DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MUSICA DE PERALTA Criterios, promoción y procedimiento de admisión, pérdida de plaza en el centro y ordenanza fiscal de tasas TITULO PRELIMINAR La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de los criterios, promoción y procedimiento de admisión, pérdida de plaza en el Centro y la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas, con el fin de disponer de una reglamentación que garantice el principio de igualdad de procedimientos que toda administración de carácter público tiene que respetar y cumplir. Artículo 1. Criterios de admisión. 1.1. Criterios de admisión: Podrán matricularse en la Escuela Municipal de Música de Peralta, toda persona que cumpla los siguientes requisitos: −Toda persona, sin ningún tipo de discriminación religiosa, política o social, podrá matricularse en el Centro, siempre y cuando existan plazas disponibles y cumpla con las normas establecidas en este documento (promoción) y el Plan Pedagógico de la Escuela. −Todo alumno/a deberá matricularse en el Centro y acatar su Plan Pedagógico y ordenanzas. No podrán matricularse alumnos que tengan un expediente de morosidad o disciplinario en vigor. −El alumno deberá disponer del instrumento en el que desee matricularse, a no ser que el Centro disponga del mismo para tal fin, con lo que deberá abonar las tasas de ensayos que sean aprobadas para su utilización y cumplir con el condicionado aprobado al efecto.

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−El alumno se regirá por la promoción a la matriculación que le corresponda, según se refleja en este artículo, teniendo en cuenta que la posibilidad del seguro escolar se atendrá a la legislación vigente en cada momento. 1.2. Acceso para la enseñanza reglada: Los alumnos podrán acceder a la enseñanza reglada a la edad estipulada en la oferta educativa del Plan Pedagógico del Centro y según los requerimientos de promoción del artículo décimo. 1.3. Acceso por méritos: El Patronato de Música podrá permitir la matriculación de un alumno a la enseñanza reglada, si supera la prueba de acceso que realice la Comisión Pedagógica del Centro, quien dictaminará el curso al que debe ser matriculado el alumno, así como la obligación del alumno de realizar curso de adaptación curricular en caso necesario y hasta que el Director lo estime conveniente. Esta matriculación será provisional y el Patronato dispondrá de tres meses para modificar o anular la matrícula realizada, a tenor de los resultados del alumno/a. 1.4. Acceso al nivel adulto: Toda persona adulta puede acceder a este nivel. Se considerará que tienen acceso a este nivel los alumnos que hayan terminado la enseñanza reglada y no sigan estudios medios o sean mayores de 14 años. 1.5. Acceso por traslado de centro: El alumno que, por circunstancias de traslado de domicilio o mejora pedagógica, desee realizar traslado de Centro, deberá presentar certificado, de centro cualificado, que indique los estudios realizados por éste. De esta manera podrá, tras prueba de acceso e informe de la Dirección, matricularse en la Escuela de Música, siempre y cuando haya plazas disponibles de su especialidad y se encuentre matriculado en todas las asignaturas del curso en cuestión. El Patronato se reserva el derecho de matricular a un alumno solo en instrumento si no lo hubiera en la Escuela de origen, estudiando cada caso particularmente. Artículo 2. Criterios de promoción. 2.1. Promoción del curso de enseñanza reglada: El alumno accederá al siguiente curso del nivel correspondiente de manera automática, si bien, la Dirección podrá aconsejar al alumno o tutor, la posibilidad de repetir curso para mejorar los conocimientos musicales del curso realizado. 2.2. Promoción del nivel de enseñanza reglada: El alumno para acceder a un nivel superior, deberá aprobar todas las asignaturas en las cuales se haya matriculado en el nivel inferior, en cuyo caso se procederá a su ascenso de manera automática en la matriculación. No podrá matriculares en el siguiente nivel en caso de haber suspendido alguna de las asignaturas del nivel inferior. Unicamente en caso de que el alumno se encuentre matriculado en dos instrumentos, se podrá tener en cuenta el aprobado de uno de ellos; el cual se tomará en cuenta para acceder al nuevo nivel con las demás materias colectivas aprobadas, quedando los demás instrumentos no aprobados en nivel inferior. 2.3. Promoción de la enseñanza adulta: La promoción en la enseñanza adulta es voluntaria del alumno/a, y sus estudios serán dictaminados por el proceder del profesor correspondiente, a tenor de las cualidades demostradas por el alumno/a. 2.4. Promoción por méritos: Dentro de la enseñanza reglada el alumno podrá acceder a un curso que no le corresponde de manera sistemática, por criterio de la Comisión Pedagógica, ante los conocimientos demostrados por el alumno. A tal fin, el alumno/a, deberá realizar una prueba de acceso para el curso en cuestión y tras informe de la Dirección se autorizará su matriculación. La matrícula será provisional, disponiendo el Patronato de un plazo de tres meses para revocar la promoción, disponiendo de la posibilidad de proceder a la modificación de la matrícula, incluyendo al alumno en el curso al que debería haber accedido por promoción de curso o nivel, tras informe de la Comisión Pedagógica. Artículo 3. Procedimiento de admisión. 3.1. Documentación para la matriculación: El Centro pondrá a disposición de las personas que deseen matricularse en el Centro, la documentación necesaria para proceder a su correcta matriculación. Por lo que en las oficinas de la Escuela dispondrán de dos tipos de impresos: −Impreso de matrícula especial.−Este impreso solo se encuentra a disposición de los alumnos/as matriculados el curso anterior, en caso de falta de plazas este tipo de matriculación tendrá preferencia a la hora de cursar estudios. −Impreso de matrícula normal.−Este impreso será utilizado para los nuevos alumnos/as que pretenden acceder a cursar asignaturas en el Centro. El nuevo alumnado tiene derecho a recibir toda la información necesaria para poder rellenar la matrícula de acceso correctamente. 3.2. Período de matriculación: El Patronato de Música asesorará, por medio de la Comisión Pedagógica, durante el plazo de matriculación, a los alumnos/as que se presenten y publicará Bando informativo de la apertura del plazo de matriculación para el curso al que se accede, haciendo constar claramente el lugar y periodo de matricu-

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lación, oferta educativa, tasas, etc. Asimismo informará públicamente dicho periodo de matriculación teniendo en cuenta los siguientes criterios: −Publicación en el Tablón de Anuncios del Centro donde se encuentra ubicada la Escuela de Música. −Publicación en el Tablón de Anuncios del muy ilustre Ayuntamiento de Peralta. −Bando/cartel en los lugares de máxima afluencia de personas o destinados a información municipal. −Además de lo expresado, el Patronato, si así lo considera conveniente, podrá optar por ofrecer una mayor información general: Dando cuenta a los medios de comunicación locales del plazo de matriculación del Centro; publicando anuncio análogo en el diario de mas tirada de la provincia, confección de tríptico; o cualquier otro medio que considere conveniente. 3.3. Ampliación del plazo de matriculación: El Patronato de la Escuela de Música, en sesión extraordinaria y si lo estima conveniente para el Centro, podrá ampliar el periodo de matriculación, con plazo límite hasta el día que se apruebe por el Patronato al efecto. Esta ampliación será expuesta en el Tablón de Anuncios del Centro (si se estimara conveniente se procedería a su información pública de acuerdo con el punto anterior, pero no tendrá carácter obligatorio). 3.4. Matriculaciones fuera del plazo de matriculación: Toda aquella matrícula que se presente fuera de plazo se incluirá en una lista de espera, cuyo orden prevalecerá ante futuras vacantes (se establece que la matrícula especial es preferente). Ningún impreso presentado fuera del plazo reglamentario tendrá validez sin la aprobación directa del Patronato de la Escuela Municipal de Música y basándose en estos aspectos: −Una matrícula podrá darse de alta siempre y cuando se de baja otra de idénticas características y guardando el orden de espera establecido. −Una matrícula podrá darse de alta teniendo en cuenta motivos humanitarios, sociales o de prestigio para el Centro, cuando así lo estime el Patronato. Artículo 4. Pérdida de plaza. 4.1. Pérdida de plaza voluntaria: El alumno/a que no este de acuerdo con los horarios, aulas, costos, profesores u otra causa; podrá dar de baja su matrícula antes del 31 de octubre del curso en vigor, debiendo cumplir con la Ordenanza Fiscal aprobada al efecto. 4.2. Pérdida por anulación administrativa: Transcurrido el plazo de anulación voluntaria el alumno no podrá darse de baja de la matrícula, si bien, el Patronato del Centro podrá anular la matrícula en los casos siguientes: −Por impago de la matrícula dentro del plazo establecido (si lo estimara oportuno). −Por causa que considere de fuerza mayor (muerte, accidente, enfermedad, traslado de localidad, etc..). −En caso de que existan motivos laborales, hecho que deberá acreditar con justificante de la empresa), el Centro proporcionará horario alternativo para las clases del alumno. Si la Escuela no podría proporcionar el cambio de estas clases deberá asumir la baja de la matrícula correspondiente. −De fijación de nueva residencia en otra localidad (que deberá acreditar con Certificación de Padrón). 4.3. Pérdida de plaza disciplinaria: La pérdida de plaza por motivos disciplinarios pueden ser: −Pérdida parcial: La Comisión Pedagógica del Centro tiene potestad para proceder a la expulsión temporal de alumnos, tras dos faltas graves. La primera falta vendrá dictaminada por el profesor de la asignatura donde se produzca la negligencia; y la segunda será decisión de la citada Comisión, tras comprobar la reincidencia del alumno/a; circunstancia que provocará la pérdida parcial de plaza, por espacio de hasta un mes, que será notificada por el Director del Centro. El alumno podrá solicitar audiencia al señor Director con referencia a la expulsión descrita (el alumno podrá presentarse físicamente o amparado de representante del alumnado), en un plazo de cinco días de notificada su expulsión. En dicha reunión podrá exponer los motivos por los cuales crea injusta su expulsión. La Comisión Pedagógica estudiará nuevamente el caso y su resolución será irrevocable. El Director, si lo estima conveniente, dará cuenta al Patronato de la decisión de la Comisión. −Pérdida indefinida: El Patronato del Centro tiene potestad para proceder a la expulsión temporal de alumnos, tras cometer un nueva falta grave, después de que el alumno haya sido expulsado y se compruebe reincidencia. Dicha pérdida de plaza indefinida tendrá una duración de hasta dos meses y será notificada por acuerdo de la Junta del Patronato de la Escuela de Música. El alumno podrá recurrir ante el Patronato por escrito y amparada su defensa por el representante del alumnado en la Junta, en un plazo de cinco días tras la notificación. El acuerdo al recurso será inapelable.

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−Pérdida definitiva: Si el alumno cometiera una falta grave o una falta muy grave tras la pérdida de plaza indefinida, el Patronato incoará expediente disciplinario cuyo resultado provocará la pérdida definitiva de la plaza. No se pasarán mas tasas al alumno pero éste no podrá matricularse nuevamente en el Centro, hasta que el expediente disciplinario no sea revocado por el propio Patronato, a tenor del pago de sanción pecuniaria que se establezca e informe favorable de la Comisión Pedagógica. Artículo 5. Ordenanza fiscal. 5.1. Cuantía de la matrícula: Las tasas de matriculación, corresponderán a la suma de los gastos de inscripción, mas una tasa por asignatura matriculada. Las cuotas, tanto de inscripción como por cada asignatura serán aprobadas y expuestas en el Tablón de Anuncios del Centro. 5.2. Cuantía de la tasa por asignatura: Las tasa por asignatura será aprobada por el Patronato de la Escuela y muy ilustre Ayuntamiento de Peralta y serán expuestas en el Tablón de Anuncios del Centro. 5.3. Procedimiento del cobro de tasas: El procedimiento de pago de las tasas aprobadas por el Patronato de la Escuela de Música y muy ilustre Ayuntamiento, se podrá realizar de las siguientes maneras: −Período de pago voluntario: El alumno/a abonará las tasas voluntariamente antes del fin del mes de octubre del curso en vigor. −Período obligatorio de pago: Al alumno/a que no haya abonado las tasas voluntariamente, y para su mayor comodidad, la Comisión Económica pasará al cobro por domicilio bancario, de manera fraccionada, de acuerdo con los datos facilitados en la matrícula. En tal caso el cobro de las tasas de matriculación se realizará al final del mes de septiembre y las tasas por asignatura se procederá por medio del cobro mensual, en nueve cuotas (a la vista), de octubre a junio del curso en vigor. 5.4. Anulación de las tasas: El alumno/a está en la obligación de abonar todo el importe de las tasas por matrícula y por cuotas de asignaturas, mientras su matrícula no sea dada de baja por la Junta del Patronato. En tal caso pudiera dar lugar a los siguientes tipos de anulación de tasas: −Los alumnos que se hayan acogido la renuncia voluntaria de la matrícula están obligado a abonar los gastos de matrícula y la primera cuota de acuerdo con las asignaturas correspondientes. −Los alumnos que habiendo solicitado baja de matrícula por administración y está haya sido aprobada por la Junta del Patronato; deberán abonar las tasas hasta el mes que se haya aprobado la anulación incluido. A no ser que el acuerdo lo contemple con efectos de otra fecha (posiblemente a tenor de la fecha de solicitud). 5.5. Procedimiento de impago de las tasas: Al alumno/a que no haya abonado las tasas en el periodo obligatorio, se requerirá su abono por: −Comunicación de cortesía: Al alumno/a le será exigido el pago por parte de la Comisión Económica por medio de comunicación de cortesía en el que se adjunte copia del recibo impagado. El Patronato se reserva el derecho de exigir el pago de un aumento en el recibo del 10 por 100, para gastos de gestión administrativa y bancaria (previo acuerdo del Patronato al respecto). En todo caso el pago será realizado antes del término del curso lectivo o en un plazo de diez días tras su requerimiento. −Comunicación de morosidad: Al alumno que no haya satisfecho las tasas antes de la finalización del curso lectivo, le será incoado expediente de morosidad por parte de la Comisión Económica que será informado al Patronato. Dicho expediente, junto con el importe total de las tasas pendientes de pago serán remitidas a la Agencia Ejecutiva, contratada para tal fin por la Comisión mencionada y el Presidente de la Escuela de Música, aumentada con lo porcentajes que estipule la Ley (actualmente un 20 por 100) y siguiendo el procedimiento administrativo correspondiente (se hace constar que la apertura de dicho expediente hace inviable una nueva matriculación en el Centro). Esta Ordenanza reguladora de funcionamiento, ha sido aprobada por el Patronato de la Escuela Municipal de Música, en sesión celebrada con fecha 5 de octubre de 2004 y aprobados a su vez por el muy ilustre Ayuntamiento de Peralta, en sesión celebrada por el Pleno del mismo, de fecha 31 de marzo de 2005. Peralta, 31 de marzo de 2005.−La Presidenta, Sagrario Guinduláin Guerendiáin.−El Secretario, Miguel Chivite Sesma. L0518413

URROTZ Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de los aprovechamientos comunales

El Ayuntamiento de Urrotz, en sesión del pleno celebrado el día 27 de mayo de 2005, con la mayoría absoluta legalmente exigida, acordó aprobar inicialmente la "Ordenanza reguladora de los aprovechamientos comunales de Urrotz".

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Este acuerdo fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 82, de 11 de julio de 2005 y expuesto al público por espacio de treinta días hábiles para que se expusieran las alegaciones que se consideraran oportunas. Transcurrido dicho plazo y no habiéndose presentado alegaciones, ha quedado definitivamente aprobado la mencionada Ordenanza que seguidamente se transcribe, todo ello de acuerdo a lo establecido en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Foral de Navarra, modificado por la Ley 11/2004, de 29 de octubre, para la actualización del régimen local de Navarra. Urrotz, 6 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Inaxio Urroz Grajirena. ORDENANZA REGULADORA DE LOS APROVECHAMIENTOS COMUNALES DE URROTZ TITULO I Disposiciones generales Artículo 1.º La presente ordenanza tiene por objeto establecer las normas reguladoras para la administración, actos de disposición, defensa, recuperación y aprovechamiento de los bienes comunales del término municipal de Urrotz. Artículo 2.º Son bienes comunales aquellos cuyo aprovechamiento y disfrute corresponde al común de los vecinos. Artículo 3.º Los bienes comunales son inalienables, imprescriptibles e inembargables y no estarán sometidos a tributo alguno. No experimentarán cambio alguno en su naturaleza y tratamiento jurídico, cualquiera que sea la forma de disfrute y aprovechamiento de los mismos. Artículo 4.º Los bienes comunales se regirán por la Ley Foral 6/1990, de 2 de Julio, de la Administración Local y sus disposiciones reglamentarias; por las restantes normas del Derecho Administrativo Foral de Navarra; por la presente Ordenanza de Comunales; y, en su defecto, por las normas del Derecho Privado Foral, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado tercero del Artículo 40 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. TITULO II De la administración y actos de disposición Artículo 5.º Las facultades de disposición, administración, régimen de aprovechamiento y ordenación sobre los comunales, corresponde al Ayuntamiento de Urrotz en los términos de la presente ordenanza. Las decisiones acordadas por el Ayuntamiento de Urrotz en materia de bienes comunales, necesitaran la autorización del Gobierno de Navarra en los casos establecidos en la Ley Foral de Administración Local. Artículo 6.º La desafectación para venta o permuta de pequeñas parcelas de terreno requerirá la declaración de utilidad publica o social por el Gobierno de Navarra, previa justificación por parte del Ayuntamiento de Urrotz de que el fin que se persigue no puede ser alcanzado por otros medios como la cesión o el gravamen, que en todo caso serán opciones preferentes. En los acuerdos de cesión o gravamen de bienes comunales, una vez desafectados, incluirán siempre una cláusula de reversión en el supuesto de que desaparezcan o se incumplan las fines que motivaron o las condiciones a que estuvieren sujetos. Producida la reversión volverán a formar parte del Patrimonio del Ayuntamiento de Urrotz de como bien comunal. El procedimiento que se seguirá será el establecido en el Artículo 140 de la Ley Foral de Administración Local. TITULO III De la defensa y recuperación de los bienes comunales Artículo 7.º El Ayuntamiento de Urrotz velará por la conservación, defensa, recuperación y mejora de los bienes comunales y se opondrá a cualquier intento de privatización o acción que vaya en perjuicio de los mismos. Artículo 8.º El Ayuntamiento de Urrotz podrá recuperar por sí, en cualquier tiempo, la posesión de los bienes comunales, previo informe de Letrado y audiencia del interesado, promoviendo el ejercicio de las acciones civiles cuando éstas sean necesarias para la recuperación y defensa de dichos bienes comunales. Artículo 9.º El Ayuntamiento de Urrotz dará cuenta al Gobierno de Navarra de los edictos que le remita el Registro de la Propiedad con motivo de la inmatriculación de fincas o excesos de cabida de fincas colindantes con comunales. Sobre tales comunicaciones deberá recaer acuerdo del pleno del Ayuntamiento.

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Artículo 10.º Las transacciones que pretenda realizar el Ayuntamiento de Urrotz en relación con la recuperación de bienes para en Patrimonio Comunal, requerirán la previa y expresa aprobación del Gobierno de Navarra. Artículo 11.º La extinción de los derechos constituidos sobre bienes comunales, en virtud de autorización, concesión o cualquier otro título y de las ocupaciones a que hubiera dado lugar, se efectuará por el Ayuntamiento de Urrotz en todo caso por vía administrativa, mediante el ejercicio de las facultades coercitivas, previa indemnización o sin ella, según proceda con arreglo a derecho. Artículo 12.º El Ayuntamiento de Urrotz interpretará los contratos sobre comunales en que intervenga y resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento. Los acuerdos de interpretación adoptados serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho de los contratistas a obtener en vía jurisdiccional la declaración que proceda. Artículo 13.º Cuando el Ayuntamiento de Urrotz no ejercite las acciones procedentes en defensa de los bienes comunales, será posible la acción vecinal en la forma que se determine. Si prosperase ésta, el Ayuntamiento se verá obligado a reintegrar a los vecinos los gastos ocasionados. TITULO IV Del aprovechamiento de los bienes comunales CAPITULO I Disposiciones generales Artículo 14.º Los aprovechamientos a que se refiere la presente ordenanza son los siguientes: a) Aprovechamiento de pastos comunales. b) Aprovechamiento de helechales. c) Aprovechamiento de leña para hogares. d) Otros aprovechamientos comunales. Artículo 15.º El Ayuntamiento de Urrotz velará por la puesta en producción, mejora y aprovechamiento optimo de los comunales, haciéndolo compatible con su carácter social. Artículo 16.º 1. Con carácter general, serán beneficiarios de los aprovechamientos comunales de las unidades familiares, cuyo titular cumpla los siguientes requisitos: a) Ser mayor de edad o menor emancipado o judicialmente habilitado. b) Estar inscrito como vecino en el Padrón Municipal de Habitantes con una antigüedad de un año. c) Residir efectiva y continuadamente al menos durante nueve meses al año. d) Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales con este municipio. Artículo 16.º 2. Se computará como miembros de la unidad familiar a todos los que convivan en el mismo domicilio. No obstante se considerará como unidad familiar independientes a la formada por los padres jubilados aun cuando convivan con sus familiares, siempre que sus ingresos sean inferiores al salario mínimo interprofesional. Artículo 16.º 3. Las dudas que puedan existir en cuanto a la interpretación de este artículo, serán resueltas en cada caso por el Pleno de Ayuntamiento de Urrotz. CAPITULO II Aprovechamiento de pastos comunales Artículo 17.º Los pastos comunales del Ayuntamiento de Urrotz, constituyen una unidad de explotación conjunta única que abarca todo el terreno de titularidad comunal del municipio. Queda prohibido pastar en toda zona que el ayuntamiento haya cerrado al objeto de mejoras forestales. Artículo 18.º El aprovechamiento de los pastos comunales del Ayuntamiento de Urrotz se realizarán en las modalidades siguientes, y por el siguiente orden de preferencia: a) Por adjudicación vecinal directa. b) Por costumbre tradicional. Artículo 19.º Serán beneficiarios de la adjudicación vecinal directa del aprovechamiento de pastos, los titulares de las unidades familiares que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 16.º de la presente Ordenanza y tenga el ganado dado de alta en el Registro del Censo de Ganadería del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, constando el mismo en el libro de explotación y tenga autorización de la Entidad Local para ejercer la actividad correspondiente a su ganado.

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Artículo 20.º El aprovechamiento de los pastos por los vecinos ganaderos, será en forma directa, no permitiéndose el subarriendo o la cesión. Artículo 21.º El plazo de adjudicación será de 15 años. Artículo 22.º El Ayuntamiento de Urrotz no establece carga ganadera alguna. Artículo 23.º El Ayuntamiento de Urrotz, en el presupuesto de cada año, fijará el canon a abonar por cabeza de ganado que paste en terrenos comunales. (Este canon lo fijará el Ayuntamiento entre una banda del 80% al 90% del valor real de los pastos). Artículo 24.º El precio de adjudicación se revisará anualmente para ajustarlo al incremento que experimente el coste de la vida, según los índices aprobados en Navarra por el Organismo Oficial competente (IPC ganadero). Artículo 25.º El importe del canon correspondiente a cada año se hará efectivo en un único plazo que será a los seis meses de la fecha de adjudicación. El Ayuntamiento de Urrotz por certificados de aprovechamiento de pastos comunales que expida a efectos de cumplimentación del P.A.C., cobrará un canon de 3,00 euros por hectárea de aprovechamiento de pastos. Artículo 26.º El beneficiario deberá depositar en el plazo de quince días a partir de la fecha de la adjudicación, el 4% de la cantidad total que resulta de la suma de los 15 años de adjudicación, como fianza. Artículo 27.º El ganado que aproveche los pastos comunales, deberá contar con el certificado sanitario que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 1 de la Ley Foral 5/1984, de 4 de mayo, de Protección sanitaria del ganado que aprovecha pastos comunales, debiendo dar cumplimiento a todos los requisitos establecidos en la citada Ley Foral y en sus reglamentos. Artículo 28.º Procedimiento. Previo acuerdo del Ayuntamiento se abrirá un plazo de 20 días para que las personas que se consideren con derecho soliciten la adjudicación de pastos, previo edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Urrotz. Artículo 29.º La adjudicación la realizará provisionalmente el Ayuntamiento, teniendo en cuenta las siguientes circunstancias: a) Se estimará con derecho preferente, las unidades familiares cuya situación económica sea más desfavorable. Artículo 30.º Realizada la adjudicación provisional se concederá un plazo de veinte días para la presentación de reclamaciones. Transcurrido el plazo señalado sin que se hayan producido reclamaciones, se entenderán aprobadas definitivamente. CAPITULO III Aprovechamiento de helechales Artículo 31.º De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 173 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local, el Ayuntamiento de Urrotz, en lo sucesivo, no concederá ningún aprovechamiento vecinal de helechales. Artículo 32.º Los vecinos que actualmente tengan concesión de helechales, serán respetados en su disfrute siempre que los aproveche directa y personalmente y con destino de los productos a la explotación ganadera propia, sin que el beneficiario pueda cercar los helechales ni destinarlos a uso distinto del aprovechamiento de helecho. Artículo 33.º A estos efectos, los vecinos que disfruten de helechos, solicitaran su aprovechamiento, al Ayuntamiento de Urrotz en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor de las presentes Ordenanzas, indicando paraje y extensión de los helechales que actualmente disfrutan. El Ayuntamiento de Urrotz adoptará acuerdo de ratificación del aprovechamiento de helecho para aquellos vecinos que, reuniendo las condiciones señaladas en el Artículo 16, acrediten lo dispuesto en el párrafo anterior de este Artículo, reservándose el Ayuntamiento la facultad de variar la ubicación o reducir justificadamente, la extensión de los helechales. Artículo 34.º Cada diez años, se renovara la solicitud por el beneficiario y la ratificación por el Ayuntamiento del aprovechamiento de los helechales actualmente disfrutados por los vecinos. Artículo 35.º En la primera y sucesivas ratificaciones del aprovechamiento de helechales comunales, el Ayuntamiento podrá autorizar el cambio de beneficiario, siempre que el nuevo reúna las condiciones señaladas en el Artículo anterior y acredite, mediante documento legalmente valido, la titularidad de la explotación ganadera originalmente beneficiaria del aprovechamiento de los helechales objeto del cambio.

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Artículo 36.º El disfrute de los helechales será de forma directa y personal, no permitiéndose el subarriendo o la cesión. Artículo 37.º El Ayuntamiento de Urrotz, mantendrá un libro registro de todos los helechales con los nombres de los beneficiarios, datos personales y modificaciones sufridas. Artículo 38.º El titular del disfrute perderá sus derechos, y el helechal revertirá al municipio, en los siguientes casos: a) Por no reunir las condiciones establecidas en el Artículo 16 de la presente Ordenanza. b) Por no realizar fehacientemente el disfrute del helecho durante dos años consecutivos. c) Por venta o cesión del disfrute. d) Por no abonar el Canon. e) Por pérdida o descenso apreciable estimada por el Ayuntamiento, previo informe del Guarderío Municipal, de la capacidad productiva del helechal por invasión de argomal, otro matorral o especies vegetales distintas del helecho como consecuencia de un aprovechamiento inadecuado del mismo. Artículo 39.º El importe del Canon a abonar por superficie de disfrute de helechal será fijado anualmente por el Ayuntamiento de Urrotz en su Presupuesto Ordinario. CAPITULO IV Aprovechamiento de leña de hogares Artículo 40.º Cuando las disponibilidades del Monte lo permitan, y previa autorización del Gobierno de Navarra y señalamiento por la Sección de Montes, el Ayuntamiento concederá lotes de leña de hogares a las unidades familiares que reúnan las condiciones establecidas en el artículo 16.º de la presente Ordenanza. Artículo 41.º El Ayuntamiento fijará anualmente el volumen de los lotes de leña de hogares a adjudicar a las unidades familiares, en función de las disponibilidades del Monte, pudiendo llegar en caso necesario a la supresión de este aprovechamiento por el plazo que considere oportuno el Ayuntamiento. Artículo 42.º Los lotes de leña deberán ser disfrutados de forma directa, no permitiéndose su venta. Artículo 43.º En el reparto de leña, por el Ayuntamiento se seguirán criterios sociales, dando prioridad a las unidades familiares más modestas económicamente. Artículo 44.º El canon a satisfacer por el aprovechamiento de leña de hogares, hasta tanto no se modifique la presente Ordenanza, de 1 jornada de trabajo a favor del ayuntamiento o la cantidad equivalente a 60,00 euros. Artículo 45.º Los beneficiarios están obligados a recoger y apilar los restos, una vez retirada la leña, no pudiendo ser almacenados estos restos en caminos, pistas forestales o lugares que puedan interrumpir el paso, siguiendo fielmente las directrices que les indiquen el Guarderío de Medio Ambiente o el Ayuntamiento. A quienes no den cumplimiento a lo dispuesto en este artículo, se les denegará la concesión de este aprovechamiento. CAPITULO V Otros aprovechamientos comunales Artículo 46.º El aprovechamiento de la caza, de los cotos constituidos con inclusión de terrenos comunales, se regirá por lo establecido en la Norma del Parlamento Foral de Navarra de fecha 17 de marzo de 1981 y disposiciones complementarias. Artículo 47.º La concesión de aguas patrimoniales, la ocupación de terrenos comunales, la explotación de canteras en terrenos comunales y cualquier aprovechamiento o mejora que se pretenda implantar en terrenos comunales, se regirán mediante unos pliegos de condiciones que para cada caso elabore Ayuntamiento. Será precisa, además, la información publica por plazo no inferior a quince días y la aprobación por el Gobierno de Navarra. CAPITULO VI Mejoras en los bienes comunales Artículo 48.º El Ayuntamiento de Urrotz podrá dejar sin efecto las adjudicaciones de aprovechamientos existentes sobre los terrenos afectados que tengan por objeto: a) La redención de gravámenes que pesen sobre los mismos. b) La mejora del comunal. Roturación de terrenos para la creación de pastizales artificiales. c) La realización de proyectos de carácter social a fin de atender a los vecinos que justifiquen su necesidad en razón a circunstancias personales, familiares o sociales. Artículo 49.º Estos proyectos podrán ser promovidos a iniciativa municipal o por los vecinos interesados y tendrán carácter prioritario.

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Artículo 50.º El procedimiento a seguir en estos momentos será el siguiente: a) Acuerdo del Ayuntamiento aprobando el proyecto de que se trate, así como la Reglamentación que ha de regir el aprovechamiento de los terrenos comunales afectados. b) Exposición pública por plazo de un mes y acuerdo del Ayuntamiento sobre las alegaciones presentadas. c) Aprobación por el Gobierno de Navarra. Artículo 51.º La aprobación por el Gobierno de Navarra dejará sin efecto las adjudicaciones existentes en los terrenos comunales afectados, indemnizaciones a los titulares en los daños y perjuicios que se les ocasione, así como en las mejoras que hubiesen realizado si procede con arreglo a derecho. Artículo 52.º Los proyectos de mejora del comunal, por parte del beneficiario de aprovechamiento, serán aprobadas por la entidad local, previo período de información por espacio de 15 días y posterior resolución municipal de las alegaciones que se presenten. TITULO V Infracciones y sanciones

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2.−Exponer al público el expediente durante el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificar la presente resolución a los propietarios afectados, con anuncio igualmente en la prensa local.» Pamplona, 9 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo. L0519008

GALAR Aprobación definitiva de Plan Parcial

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de Modificación del Plan Parcial del Sector S-4 de Cordovilla promovido por el Ayuntamiento de Cendea de Galar. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519011

Artículo 53.º Constituyen infracciones administrativas los siguientes hechos: a) No realizar el disfrute de forma directa y personal. b) No abonar los cánones de aprovechamientos en los plazos que fije el Ayuntamiento. c) Realizar el aprovechamiento vecinal de que se trate en forma manifiestamente incorrecta o incompleta. d) Destinar el terreno comunal a distinto fin para el que ha sido adjudicado. e) Cultivar terrenos sin existir adjudicación municipal, aunque fueren terrenos no cultivados o liecos. f) Realizar plantaciones de cultivos permanentes (frutales, frondosas, etc.) sin autorización municipal. g) No respetar los plazos señalados en las adjudicaciones. h) No cumplir lo dispuesto en la Ley Foral y su Reglamento sobre protección sanitaria del ganado que aproveche pastos comunales. i) Abandonar animales muertos sin enterrar. j) No respetar las zonas de pastoreo. k) Cualquier otro hecho o acto que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 54.º Las infracciones anteriormente señaladas se sancionarán en la forma siguiente: −La infracción a), b), c), d), f) y h) con la extinción de la concesión, sin perjuicio de las sanciones que puedan imponer los órganos competentes del Gobierno de Navarra. −La g) con la inhabilitación para ser adjudicatario de terrenos o pastos comunales. −El resto de las infracciones con el pago del importe entre cinco y diez veces más del valor del perjuicio realizado. Si este valor no se puede determinar, se impondrá una sanción comprendida entre diez mil y doscientas mil pesetas.

GALAR Aprobación inicial de Modificación Determinaciones Pormenorizadas de Plan Municipal

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente la Modificación de Determinaciones Pormenorizadas de Plan Municipal en el ámbito de la parcela 1 del Solar SOL.4 de Cordovilla, promovida por Raúl Simón Goyena. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública durante un mes desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el periodo de información pública el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519012

GALAR Aprobación inicial de Modificación Determinaciones Pormenorizadas de Plan Municipal

PAMPLONA

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente la Modificación de Determinaciones Pormenorizadas de Plan Municipal en el ámbito de la Unidad UE-1 de Galar, promovida por Rosario y María Luisa Osinaga Cenoz. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública durante un mes desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el periodo de información pública el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz.

Modificación del Plan Parcial del Sector S1/U.I.-IX (Beloso Alto). Aprobación inicial

GALAR

DISPOSICION FINAL Y UNICA La presente Ordenanza entrará en vigor, produciendo plenos efectos jurídicos, una vez publicado su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. L0518603

La Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 6 de septiembre de 2005, adoptó el siguiente acuerdo: JOB 06-SEP-05 (6/UV) «Visto proyecto de modificación del documento de Modificación del Plan Parcial del Sector S1/UI-IX (Beloso Alto), presentado a trámite por Construcciones Tellechea, S.A. y otros, y de conformidad con el informe de 28-07-2005 emitido por los Servicios Técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo, se acuerda: 1.−Aprobar inicialmente la Modificación del Plan Parcial del Sector S1/UI-IX (Beloso Alto), sobre construcción de rampas a los sótanos de las parcelas que forman parte de las unidades básicas A6, A7, A8, A9, A11 y A12.

L0519013

Aprobación definitiva de Modificación Determinaciones Pormenorizadas de Plan Municipal

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de Modificación de Determinaciones Pormenorizadas de Plan Municipal en el ámbito de la parcela 18 de Subiza, promovida por Asunción Blázquez. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519014

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Viernes, 7 de octubre de 2005 GALAR

Aprobación definitiva de Modificación Determinaciones Pormenorizadas de Plan Municipal

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de Modificación de Determinaciones Pormenorizadas de Plan Municipal en el ámbito de la Avenida Zaragoza, 15 de Cordovilla, promovida por Jacinto Torres. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519015

GALAR Aprobación inicial Modificación determinaciones estructurantes Plan Municipal

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente la Modificación de determinaciones estructurantes del Plan Municipal en el ámbito del Sector S-1 de Galar, promovido por el Concejo de Galar. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública durante un mes desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones pertinentes. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519017

B.O. de Navarra−Número 120

examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones. Si transcurrido el periodo de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Azpa (Valle de Egüés), 7 de septiembre de 2005.−El Presidente del Concejo, Felipe Moleres Jáuregui. L0519026

ETXARRI-ARANATZ Aprobación definitiva modificación pormenorizada del plan municipal: calle Berjera

El Pleno del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz, en sesión plenaria celebrada el día 5 de septiembre de 2005, una vez aprobada inicialmente en sesión celebrada el 10 de febrero de 2005 la modificación del Plan Municipal con la finalidad de ampliar la calle Berjera (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 42, de fecha 8 de abril de 2005) y el informe emitido por el Servicio de Ordenación del territorio y Urbanismo del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda con fecha 21 de julio de 2005, así como el resto de la documentación obrante en el expediente administrativo, acuerda por unanimidad: 1.−Aprobar definitivamente la modificación pormenorizada del Plan Municipal de la calle Berjera para ampliación de la misma, tal y como viene propuesta con las nuevas alineaciones. 2.−Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. (Artículo 81.1 de la Ley Foral 35/2002). 3.−Enviar un ejemplar del documento de la modificación aprobada, debidamente diligenciado al Departamento de Medio Ambiente. Ordenación del Territorio y Vivienda. (Artículo 81.3 de la Ley Foral 35/2002). 4.−Notificar el presente acuerdo a los afectados y solicitantes de la modificación. Etxarri-Aranatz, 5 de septiembre de 2005.−El Alcalde en funciones, Iraitz Goñi Iraurgi. L0519067

ETXARRI-ARANATZ FITERO Aprobación definitiva: Modificación del artículo 41 del Plan Municipal

El pleno del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz, en sesión plenaria celebrada con fecha 5 de septiembre de 2005, teniendo en cuenta que el 10 de febrero de 2005 aprobó inicialmente la modificación pormenorizada del Plan Municipal dando una nueva redacción al artículo 41.5, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 42 de 8 de abril de 2005, y que con fecha 21 de julio de 2005 se informa favorablemente por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo la modificación planteada, al estimar que se adecua al marco legal vigente. Teniendo en cuenta la tramitación seguida y la documentación administrativa, se acuerda por unanimidad de los concejales presentes: 1.−Aprobación definitiva de la nueva redacción del artículo 41.5 del Plan Municipal. 2.−Publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra la aprobación del acuerdo. (art 81.1 Ley Foral 35/2002). 3.−Enviar un ejemplar del expediente, debidamente diligenciado al Departamento de Medio Ambiente. Ordenación del Territorio y Vivienda (Art.81.3 Ley Foral 35/2002). 4.−Notificar el presente acuerdo a los afectados para que puedan actuar en consecuencia. Etxarri-Aranatz, 5 de septiembre de 2005.−El Alcalde en Funciones, Iraitz Goñi Iraurgi. L0519024

AZPA Aprobación inicial de la ordenanza reguladora de los aprovechamientos comunales

El Concejo Abierto de Azpa, en sesión celebrada el día 20 de agosto de 2005, aprobó inicialmente el Proyecto de Ordenanza de aprovechamientos comunales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, según lredacción dada por Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre para la Actualización del Régimen Local de Navarra, el proyecto de Ordenanza aprobado se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan

Aprobación inicial Modificación pormenorizada Plan Municipal en Patrimonio Municipal de Suelo Sacristanía Baja

El Ayuntamiento de Fitero, el día 9 de septiembre de 2005, ha aprobado inicialmente la Modificación Pormenorizada del Plan Municipal en Patrimonio Municipal de Suelo Sacristanía Baja, abriendo un plazo de información pública de un mes, para que puedan presentarse alegaciones. Fitero, 9 de septiembre de 2005.−El Alcalde Presidente, Francisco Javier Yanguas Fernández. L0519072

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL 2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones ANSOAIN Delegación de alcaldía

Don Alfredo García López, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ansoáin, ha dictado, en el día de la fecha, la resolución siguiente: "De conformidad con lo establecido en el artículo 47 y concordantes del Real Decreto 2568/1986, por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y ante la ausencia prevista del término municipal, He resuelto: 1. Delegar el ejercicio de las atribuciones propias de esta Alcaldía, desde el día 18 de septiembre de 2005, hasta el día 2 de octubre siguiente, en el Primer Teniente de Alcalde, don Antonio Gila Gila. 2. Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre y publicar este decreto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos." Lo que se publica para general conocimiento. Ansoáin, 19 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Alfredo García López. L0519027

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

PATRONATO MUNICIPAL DE LA ESCUELA DE MUSICA "JULIAN GAYARRE" DE NOAIN (VALLE DE ELORZ)

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2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

Nombramiento y toma de posesión de profesora de guitarra clásica

BERRIOZAR El Presidente de la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre", de Noáin (Valle de Elorz), con fecha de 12 de septiembre de 2005, de conformidad con lo previsto en la base 8.1 de la convocatoria para la provisión de un Profesor de Guitarra Clásica con tiempo parcial (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 12, de 28 de enero de 2005) y aportados por el aspirante propuesto por el Tribunal Calificador (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 87, de 22 de julio de 2005) los documentos exigidos en la base 7.2 de la convocatoria, acuerda nombrar a doña Africa Domínguez Méndez, con DNI 33.441.522-M, Profesora titular de la plaza de Profesor de Guitarra Clásica, con destino en la Escuela Municipal de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz), adquiriendo la condición de personal laboral fijo de este Patronato Municipal, con jornada laboral semanal total de 21 horas. En el mismo acto, toma posesión de su puesto de trabajo con fecha 12 de septiembre de 2005 a todos los efectos. Lo que se hace público a los efectos oportunos y en cumplimiento de lo establecido en la convocatoria. Noáin (Valle de Elorz), 12 de septiembre de 2005.−El Presidente de la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz), Juan Francisco Balda Garralda. L0519061

PATRONATO MUNICIPAL DE LA ESCUELA DE MUSICA "JULIAN GAYARRE" DE NOAIN (VALLE DE ELORZ) Nombramiento y toma de posesión de profesor de percusión

El Presidente de la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre", de Noáin (Valle de Elorz), con fecha de 12 de septiembre de 2005, de conformidad con lo previsto en la base 8.1 de la convocatoria para la provisión de un Profesor de Percusión con tiempo parcial (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 12, de 28 de enero de 2005) y aportados por el aspirante propuesto por el Tribunal Calificador (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 87, de 22 de julio de 2005) los documentos exigidos en la base 7.2 de la convocatoria, acuerda nombrar don Joseba Andoni Zugasti Arizmendi, con DNI 15.999.052-E, Profesor titular de la plaza de Profesor de Percusión, con destino en la Escuela Municipal de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz), adquiriendo la condición de personal laboral fijo de este Patronato Municipal, con jornada laboral semanal total de 17,5 horas. En el mismo acto, toma posesión de su puesto de trabajo con fecha 12 de septiembre de 2005 a todos los efectos. Lo que se hace público a los efectos oportunos y en cumplimiento de lo establecido en la convocatoria. Noáin (Valle de Elorz), 12 de septiembre de 2005.−El Presidente de la Junta Rectora del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz), Juan Francisco Balda Garralda. L0519062

PERALTA Delegación de Alcaldía

De conformidad con lo establecido en el artículo 47 y concordantes del Real Decreto 2.568/1986, por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y ante la ausencia prevista del término municipal, he resuelto: 1.−Delegar el ejercicio de las funciones propias de la Alcaldía en la primer Teniente de Alcalde doña Juana María Silvestre Escudero, del 12 al 18 de septiembre de 2005 ambos incluidos. 2.−Notificar el presente acuerdo a la señora Silvestre y publicar el anuncio correspondiente en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Peralta, 1 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Sagrario Guinduláin Guerendiáin. L0519122

Lista definitiva de Empleado de Servicios Múltiples

El Señor Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar, con fecha quince de septiembre del año dos mil cinco, adoptó la siguiente resolución 35/2005: "De conformidad con la base 5.3 de la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de dos plazas de Servicios Múltiples con destino limpieza, del Ayuntamiento de Berriozar, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 55, de fecha nueve de mayo del año dos mil cinco, he resuelto: Primero.−Aprobar la siguiente lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Admitidos: ABEJER SORIA, MANUEL ANTA MORAN, MARIA PILAR ARBIZU LARRAÑETA, HARKAITZ ARRAIZA IRIARTE, MARGARITA ARTERO JAIME, JAIME AURRENSANZ AGUSTIN, MARIA LUISA BALDO BELAZA, EDURNE BARANCO CARRASCO, JOSE JAVIER BERRIATUA GARCIA, ANTONIO MIGUEL BERROGUI CIORDIA, FRANCISCO JAVIER BURILLO RESANO, MIKEL BURILLO RESANO, XABIER CEBRIAN YPAS, VICENTE ANTONIO CESTAU OYARZABAL, MIGUEL ANGEL COSTA DIAZ, JOSEBA ANDONI CUESTA GARCIA, JAVIER INOCENCIO. DE LOS REYES AYERRA, JUAN JOSE ERDOZAIN ARTEAGA, EDUARDO EZCURRA GARATE, RICARDO FERNANDEZ YUBERO, MARIA ISABEL FIERRO MADRID, MIGUEL ANGEL GALAR JIMENEZ, JOAQUIN ANGEL GARBAYO IBAÑEZ, NIEVES GOMEZ GONZALEZ, CONSUELO GRANDE BALLESTEROS, VICENTE HERRANZ AGUIRRE, FELIX JUAN HERRERA SEÑAS, DAVID IPARRAGUIRRE MARTIJA, MIGUEL JOSE IRURZUN JUANCO, JESUS ENRIQUE IZQUIERDO JIMENEZ, SAGRARIO JIMENEZ HERVAS, ANDONI JIMENEZ MAESTRE, SUSANA JIMENEZ QUESADA, ANTONIO LARRANUA USUNARIZ, ROBERTO LARRASOAIN GOÑI, JON JOSU LARRETA CIRIZA, ALFREDO LATORRE LEIVA, DIEGO LECUMBERRI ESPARZA, AMELIA LEUZA CORTES, IKER LOPEZ SAGASETA, GEMMA ESTHER MAIZA GONZALEZ, JUAN JOSE MAIZA GONZALEZ, RAUL MALO SAENZ, SERGIO MANIAS DELGADO, BORJA MARCOS DE DIOS, JUAN CARLOS MARTIN FIERRO, FRANCISCO MATEO MARTINEZ MARTINEZ, FRANCISCO JAVIER MARTINEZ PEREZ DE IRIARTE, DIEGO MARTINEZ PITILLAS, PATXI MENDEZ VILLANUEVA, JOSE FELIX MENDOZA LINARES, MARIA ARANTZAZU MENDOZA LINARES, PEDRO RAFAEL MIRANDA MORENTIN, FRANCISCO MANUEL MONJE ARRASTIA, IGNACIO MONTOSA SANCHEZ, MIGUEL ANGEL MORALES ARANA, IÑIGO JESUS MUGICA MARTINEZ, LUIS ANTONIO NAZAR NUIN, JULIAN MARIA ONIEVA ONIEVA, SUSANA ONIEVA PINO, MIGUEL PANIAGUA MARTIN, MARIA ARANZAZU PARDO RETA, MARIA ESTHER QUESADA DIAZ, SARA RECALDE ARRECHEA, JUAN MARIA ROPERO SANCHEZ, JOSE IGNACIO ROSA HERNANDEZ, ILDEFONSO RUESTA GARCIA, JUANA RUIZ PIÑAR, JUAN ANTONIO SALVADOR BASOAIN DE PAULORENA, ALFONSO JAVIER SAN MARTIN SANCHEZ, ANA ROSA SAN MIGUEL MARITORENA, ARANTZAZU SANCHEZ AMIGOT, JOSE MARIA SANCHEZ CUADROS, JUAN MANUEL SARASIBAR GOÑI, MIKEL ANDONI

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Viernes, 7 de octubre de 2005

SOLA ILZARBE, GUILLERMO TRILLO GARCIA, ANTONIO UGALDE QUIROGA, JUAN ALFONSO UNZU AGUIRRE, ALAIN UNZUE IZURDIAGA, JOAQUIN URABAYEN AVELLANEDA, LAURA URBE AMEZQUETA, FRANCISCO JAVIER VILLANUEVA JIMENEZ, EDURNE YAÑEZ MENDIZABAL, ANA ISABEL ZAFRA RUZ, MARIA ANGELES ZANCAS GUERRERO, INMACULADA ZANCAS GUERRERO, MARIA CARMEN ZARO LEOZ, JOSE GABRIEL ZARRALUKI BEZUNARTEA, JOSE ANTONIO ZUBIRI DE QUERO, AITOR

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Primero.−Aprobar la siguiente lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Admitidos: OSTERIZ ZOROQUIAIN, CLARA RAMOS CALVO, CARMEN

Excluidos: Por no cumplir el requisito establecido en las bases de la convocatoria que se especifica: AIBAR GARCIA, ROSA, Base 4.4.b). AIRES NOGALES, ANA ISABEL, Bases 4.4.a), b) y c). ALDAYA BERROETA, IGNACIO, Base 4.4.b). CARDENAS CAVIEDES, LUIS GUILLERMO, Base 4.4.b). LOPEZ HERNANDEZ, LUIS MIGUEL, Bases 4.4.a), b) y c). MORENTIN MARTINEZ DE SAN VICENTE, EDORTA, Bases 4.4.a), b) y c). Segundo.−Los interesados podrán formular reclamaciones dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Tercero.−Los miembros del Tribunal son: Titular: Don Carlos Goñi Xegnofontes, Técnico designado por el Ayuntamiento de Burlada. Suplente: Don Domingo Barbarie Urdiroz, Técnico designado por el Ayuntamiento de Burlada. Titular: Don Rafael Tortajada Martínez, Técnico del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra. Suplente: Fernando Alonso Pastor del Coso, Técnico del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra. Titular: Don Jon Aizkorbe Uharte, representante de los trabajadores. Suplente: Don Josu Bayo Ochoa, representante de los trabajadores. Cuarto.−El inicio de la primera prueba (base de la Convocatoria 7.3. a) tendrá lugar el viernes 4 de noviembre, a las 9:00 horas, en la Escuela de Música Municipal. La duración aproximada será de dos horas. El ejercicio constará de cien preguntas tipo test, con cuatro posibles respuestas, de las cuales sólo una será la correcta, cada respuesta acertada se valorará en 0,60 puntos y cada una errónea, descontará 0,15 puntos. La puntuación máxima será de 60 puntos, quedando eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de 35 puntos en la prueba. El ejercicio se efectuará por plicas. Quinto.−El resto de pruebas teóricas (base 7.3.b, c y d), se irán fijando por el Tribunal una vez finalizada la primera prueba. Sexto.−A tenor de lo establecido en el artículo 42.2.a) y b) del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio y modificado por Decreto Foral 103/2005 de 22 de agosto, por el que se establece que se podrán constituir listas para la contratación temporal. Séptimo.−Publicar la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra que abrirá el cómputo de los plazos a efectos de posibles recursos. Berriozar, 15 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Benito Ríos Ochoa. L0519073

BERRIOZAR Lista provisional de admitidos a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de dos plazas de Oficial Administrativo

El Señor Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar, con fecha de 3 de octubre de 2005, adoptó la siguiente resolución (01/2005): De conformidad con la base 4.1 de la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de dos plazas de Oficial Administrativo, del Ayuntamiento de Berriozar, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 111, de fecha 16 de septiembre de 2005; he resuelto:

Excluidos: ninguno. Segundo.−Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Tercero.−Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. De no producirse alegaciones la lista provisional se convertirá en definitiva. Cuarto.−El tribunal estará compuesto por los siguientes miembros: Titular: Alberto García, interventor del Ayuntamiento de Berriozar. Suplente: Loly Esteban Ibáñez, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Berriozar. Titular: Javier Idoate Zazpe, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Berriozar Suplente: Rosa Armendáriz Miranda, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Berriozar. Titular: Iosu Bayo Ochoa, representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Berriozar. Suplente: Jon Aizkorbe, representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Berriozar. Quinto.−Los ejercicios establecidos en la base 8.1 de la convocatoria, darán comienzo el lunes día 24 de octubre a las diez de la mañana en las Oficinas del Ayuntamiento de Berriozar. Sexto.−Publicar la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a los efectos oportunos. Berriozar, 3 de octubre del año 2005.−El Alcalde, Benito Ríos Ochoa. L0519138

NOAIN (VALLE DE ELORZ) Modificación Plantilla Orgánica año 2005

El Pleno del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en sesión celebrada el día 6 de septiembre de 2005, aprobó por unanimidad modificar la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) para el año 2005, en los siguientes extremos: Funcionarios Denominación puesto: Secretaria. Nivel A. Acceso CO. Denominación puesto: Vicesecretaria. Nivel A. Acceso CM. Denominación puesto: 1 Oficial Administrativo/as. Nivel C. Acceso CM. Denominación puesto: 1 Empleado Servicios Múltiples. Nivel D. Acceso COR. Denominación puesto: 1 Plaza Servicios Múltiples (mantenimiento dependencias municipales). Nivel D. Acceso COR. Personal administrativo Denominación del puesto: 1 plaza de Arquitecto Municipal. Nivel A. Activo. Relación nominal personal funcionario García Layana, María Isabel. Secretaria. Antigüedad: 24 de enero de 1988. Activo. Nivel A. Grado 3. Complemento puesto de trabajo: 43,79 por 100, incompatibilidad: 35 por 100. Trías Zalba, María Angeles. Vicesecretaria. Antigüedad: 1 de julio de 1980. Activo. Nivel A. Grado 4. Complemento puesto de trabajo: 33,79 por 100, incompatibilidad: 35 por 100. Irigoyen Martínez de San Vicente, María Natividad. Oficial Administrativa. Antigüedad: 9 de noviembre de 1987. Activo. Nivel C. Grado 3. Complemento puesto de trabajo: 15 por 100, complemento de nivel: 15 por 100. Sánchez Rodríguez, Juan Ramón. Empleado Servicios Múltiples. Antigüedad: 31 de julio de 1987. Activo. Nivel D. Grado 3. Complemento puesto de trabajo: 31,5 por 100, complemento especial riesgo: 4 por 100, complemento de nivel: 15 por 100. Galafate Rodríguez, Miguel. Empleado Servicios Múltiples (mantenimiento instalaciones). Antigüedad: 1 de diciembre de 1992. Activo. Nivel D. Grado 2. Complemento puesto de trabajo: 31,5 por 100, complemento especial riesgo: 4 por 100, complemento de nivel: 15 por 100.

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

Relación nominal personal administrativo: Lausin Serrano, Begoña. Arquitecta Municipal. Antigüedad: 1 de julio de 2005. Activo. Nivel A. Complemento de incompatibilidad: 35 por 100, complemento puesto de trabajo: 5,5 por 100. Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos. Noáin (Valle de Elorz), 8 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Miguel Elizari Reta. L0518806

MANCOMUNIDAD SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE VALDIZARBE Resolución Presidencia Mancomunidad: Aprobación lista provisional de admitidos y excluidos concurso oposición Auxiliar Administrativo

Aprobadas y publicadas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 93 de fecha 5 de agosto del corriente año, las bases de la convocatoria para cubrir tres plazas de Auxiliar Administrativo al servicio de esta Mancomunidad de Servicios Administrativos y una vez finalizado el plazo para presentación de solicitudes para participar en las pruebas, de conformidad con lo dispuesto en la base 4.ª de la convocatoria, se debe resolver con carácter provisional la admisión y exclusión de aspirantes presentados. En su consecuencia dispongo: 1.º Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las meritadas pruebas, que seguidamente se consigna: Admitidos: ALDAZ YOLDI BLANCA ESTHER ALONSO JIMENO MARIA PILAR ARAMENDIA AZCONA MARIA PUY BRAVO AMORENA NURIA CALVO YANGUAS SALOME CARRIL ESTEBANEZ RAUL DIAZ RAMOS MARIA ANGELES ECHEVERRIA ELIZONDO ANA MARIA ECHEVERRIA LIZASO MARIA ISABEL ELIZAGARAY ZARATIEGUI INMACULADA ELIZALDE FLAMARIQUE MONTSERRAT EQUISOAIN IRAIZOZ EDURNE GORRICHO PEREZ MARIA JOSE GUEMBE ALDAZ MARIA AUXILIADORA GUEMBE ALDEA MARIA PUY HERNAIZ OYAREGUI SARA MARIA IRIBERRI PASCUAL MARIA YOLANDA LARRAÑEGUI AZCARATE OSKIA LARRASOAIN JIMENEZ AMELIA CARMEN LISARRI ALDEA CRISTINA LOPEZ DE GOICOECHEA GUEMBE BEGOÑA MARTINEZ FONSECA JOSE ANGEL MARTINEZ LARREA MARIA VALENTINA MENDIRI GARCIA MARIA ROSA MURO ORTIZ SILVIA NAGORE TIRAPU MARIA AGUSTINA NICOLAS MACAYA MIRYAM OSINAGA NUIN SONIA OZCOIDI IRIBARREN MARTA PASCUAL CERVERA MARIA JESUS PEREDA PEREZ EVA MARIA QUESADA DIAZ SARA QUINTAS URDANOZ ALBERTO REZUSTA GABAY YOLANDA MARGARITA SAEZ GUEMBE BEATRIZ SAGÜES GUILLEN ALBERTO SAINZ LEZA ANA MARIA SANZ MORRAS MARIA PUY TELLON OYAREGUI MARTIN JOSE TIRAPU BERACOECHEA CRISTINA TORRES LIZASOAIN MARIA LUISA ZAMARBIDE BACAICOA SUSANA

Excluidos: Por omisión del curriculum vitae: ALBISU SUQUIA MARIA BEGOÑA ALONSO RUBIO ELENA ARIZCUREN ZAZPE AMAYA ECHARTE ZAMBRANO MAITE ERVITI ILUNDAIN ALVARO GARCIA REDIN IDOYA IZCO LEACHE GORKA LATORRE BEROIZ PABLO MARTINEZ ELIA FRANCISCO JAVIER MENDIVIL OSES MARIA LUZ MURILLO AGUIRRE RAUL PAGOLA MURO DAVID PEREZ LOPEZ MARIA ARANZAZU PROVEDO EDERRA MARIA ROSARIO ROMERO BENITO FERNANDO

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SAN JUAN LAITA JESUS MARIA SESMA FERNANDEZ NANCY SORAVILLA GARCIA MIREN VILLANUEVA ESAIN ALEJANDRA

Por omisión firma instancia: YORK CAMPOS ADELINA.

Por omisión del curriculum vitae y no compulsa Documento de Identidad: BERMEJO ADRIAN MARIA TERESA.

Por presentación fuera de plazo: DELGADO DELGADO ANA MARIA DOMINGUEZ BASTERRA SUSANA JUANIZ MORIONES AITZIBER

3.º Los aspirantes excluidos disponen de un plazo de diez días a contar del siguiente al de publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para formular reclamaciones y subsanar los defectos o errores que hayan motivado su exclusión, previniéndoles de que si en dicho plazo no subsanan los defectos detectados, se aplicará lo dispuesto en la base 4.2 de la convocatoria. 4.º Fijar la composición del Tribunal, que queda como sigue: Presidente: Don Joaquín San Martín Ayerra Presidente de la Mancomunidad de Servicios Administrativos. Suplente del Presidente: Don Fernando Lana Guembe. Vocal 1: Don Angel Díez del Villar, Técnico del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra. Suplente: Don José Vidal Cobos, Técnico del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra. Vocal 2: Don Miguel Angel Ciriza Aríztegui, Secretario de la Agrupación de Ayuntamientos Valdemañeru. Suplente: Don Fernando Muruzábal Echeverría, Secretario de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base Valdizarbe. Vocal 3: Doña Eva Santesteban Arana, Oficial de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Valdizarbe. Suplente: Doña Maribel Latienda Urroz, Técnico al servicio de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base Valdizarbe. Vocal-Secretario: Don José María Azanza Ruiz de Erenchun, Secretario de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Valdizarbe. Vocal-Secretario suplente: Don Javier Martínez de Azagra Adrián, Secretario del Ayuntamiento de Añorbe. 5.º Publicar esta Resolución en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad y de cada uno de los Ayuntamientos que la integran, y ordenar la inserción del correspondiente anuncio al BOLETIN OFICIAL de Navarra a los efectos oportunos. Así lo dispuso el Presidente de la Mancomunidad en el lugar y fecha mas arriba indicados, ante mí el Secretario que doy fe. Obanos, 12 de septiembre de 2005.−El Presidente, firma ilegible.−El Secretario, firma ilegible. L0518877

ETXARRI-ARANATZ Modificación plantilla orgánica

El Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz, reunido en sesión Plenaria celebrada con fecha 5 de septiembre de 2005, tras valorar el tema planteado con la inclusión definitiva de la solicitud de traslado presentada por el Secretario titular acuerda: 1.−Modificar la plantilla orgánica del personal municipal incluyendo, dentro de la plaza de Secretario e Interventor, el considerar como preceptivo un perfil lingüístico del vascuence con la obligatoriedad de posesión del título o valoración de nivel 5 de Euskara del Instituto Navarro de Administración Pública, título del EGA o equivalente. 2.−La presente modificación de la plantilla orgánica se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Etxarri-Aranatz, 12 de septiembre de 2005.−El Alcalde en Funciones, Iraitz Goñi Iraurgi. L0519023

ULTZAMA Plantilla orgánica para 2005

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 236 y siguientes de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, se publica la Plantilla Orgánica del ejercicio 2005, aprobada inicialmente por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 17 de febrero de 2005 que ha quedado elevada a definitiva por haber transcurrido el período de exposición pública sin que se hubiesen presentado reclamaciones, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 55, de 9 de mayo de 2005.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

B.O. de Navarra−Número 120

ANEXO 1.º Plantilla orgánica de funcionarios COMPLEMENTOS PUESTO DE TRABAJO

NIVEL

ACCESO

NUMERO A

B

C

D

E

F



Secretaria ......................................................................

A

C.O.

1

− −

35





Oficial Administrativo con funciones de Tesorería ....... Guarda Forestal .............................................................

C D

C.O.R. O.

1 1

10 − 6 −

− −

− −

− 12 10 12

SITUACION ADMINISTRATIVA

Vacante Activo Activo

CONDICIONES

Cabecera de Agrupación de Secretarías de Ultzama-Odieta Conocimiento de euskara Conocimiento de euskara Conocimiento de euskara

ANEXO 2.º Plantilla orgánica de empleados fijos de régimen laboral COMPLEMENTOS PUESTO DE TRABAJO

NIVEL

ACCESO

NUMERO A

Conserje Colegio Público y Servicios Múltiples ........... Empleado de Servicios Múltiples .................................. Auxiliar Administrativo ..................................................

D D D

C.O. C.O. C.O.

1 2 1

B

C

D

E

F

− − − − − −

− − −

10 − 12 10 10 12 − − 12

SITUACION ADMINISTRATIVA

Activo Vacante Vacante

CONDICIONES

Conocimiento de euskara Conocimiento de euskara Conocimiento de euskara

Abreviaturas complementos (Anexo 1 y 2): A: Puesto de trabajo. B: Dedicación exclusiva. C: Incompatibilidad. D: Prolongación de jornada. E: Especial riesgo. F: Nivel.

ANEXO 3.º Relación nominal de funcionarios APELLIDOS Y NOMBRE

NIVEL

GRADO

SERVICIOS RECONOCIDOS

PUESTO DE TRABAJO

SITUACION ADMINISTRATIVA

Urroz Mutuberría, Aránzazu ................................................. Lopetegui Briones, Xabier ....................................................

D D

3 2

07-01-1986 01-04-1998

Oficial administrativo con funciones de Tesorería Guarda Forestal

Activo Activo

ANEXO 4.º Relación nominal de personal laboral fijo APELLIDOS Y NOMBRE

NIVEL

SERVICIOS RECONOCIDOS

Zubillaga Auza, Juan Ignacio .................................................................................... Urrutia Jáuregui, Francisco Javier ............................................................................ Etxeberria Gárate, Edurne .........................................................................................

D D D

17-08-2000 26-07-1995 03-07-2000

PUESTO DE TRABAJO

Empleado de Servicios Múltiples Conserje-Servicio Múltiples Auxiliar Administrativo

SITUACION ADMINISTRATIVA

Activo Activo Activo

ANEXO 5.º Relación nominal de contratados/as en régimen administrativo APELLIDOS Y NOMBRE

Frauca Sagastibeltza, Ana ....................................................

PUESTO DE TRABAJO

NIVEL

FORMA DE PROVISION

SERVICIOS RECONOCIDOS

GRADO

FIN DE CONTRATO

A

C.O.

01/06/1994

2

Cobertura. Vacante

Secretaria

ANEXO 6 Relación Nominal de Contratados/as en Régimen Laboral Temporal Apellidos y nombre: Cestau Zabala, Lazaro. Puesto de trabajo: Empleado de servicios múltiples. Nivel: D. Forma de provisión: -. Antigüedad: 02-09-2004. Fin de contrato: Cobertura vacante. Ultzama, 16 de agosto de 2005.−El Alcalde, Francisco Pérez Arregui. L0517985

MANCOMUNIDAD DE MAIRAGA Lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Fontanero, con carácter funcionarial, con destino al Servicio de Aguas de la Mancomunidad de Mairaga

Por Resolución de Presidencia de 13 de abril de 2005, se aprueba el condicionado para la provisión, por concurso-oposición, de una plaza de Fontanero, con carácter funcionarial, con destino al Servicio de Aguas de la Mancomunidad de Mairaga. Dicha convocatoria es publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 65, de 1 de junio de 2005. Posteriormente, es modificada dicha convocatoria y publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 88, de 25 de julio de 2005.

De conformidad con lo establecido en la base 4.1 de la convocatoria, he resuelto: Primero.−Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Fontanero, con carácter funcionarial, con destino al Servicio de Aguas de la Mancomunidad de Mairaga. Admitidos: AGOS ROMEO, ANGEL ALVAREZ VILLAFRANCA, CESAR ARELLANO GUINDA, JONATHAN BELLOSO AOIZ, JAVIER CINTAS DOMINGUEZ, JACINTO ECHEVERRIA CORONADO, PEDRO JOSE FERNANDEZ MARTINEZ, JAGOBA GONZALEZ MUÑOZ, ABEL PEREZ GARCIA, FRANCISCO JAVIER RICO PEÑA, ALBERTO RICO PEÑA, GUILLERMO SANCHEZ GARCIA, SERGIO SENDOA JURIO, JORGE SOTA VIRTO, IGNACIO

Excluidos: AMATRIAIN SOLA, IGNACIO JOSE, por no hallarse en posesión de la titulación exigida en el apartado c) de la Base 2 de la convocatoria.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Segundo.−Los interesados podrán formular reclamaciones contra la lista provisional en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Tercero.−Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a los efectos oportunos. Tafalla, 13 de septiembre de 2005.−El Presidente, Javier Ibáñez Iborra. L0519039

VIANA Modificación plantilla orgánica 2005 y oferta de empleo

En desarrollo de lo previsto en los artículos 19 y 20 del Decreto Foral Legislativo 251/1993 de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local de Navarra y normativa concordante, el Pleno del Ayuntamiento de Viana, en sesión celebrada el día 6 de septiembre de 2005, acordó aprobar la modificación de la Plantilla Orgánica y Oferta Pública de Empleo del Ayuntamiento de Viana para el año 2005. MODIFICACION PLANTILLA ORGANICA Denominación del puesto: Empleado de Servicios Múltiples. Número de funcionarios: 2. Nivel: E. Complementos Nivel: 12. Otros: 16,12. Forma de provisión: C.O. Condiciones de ejercicio: Vacante. OFERTA DE EMPLEO Denominación del puesto: Empleado de Servicios Múltiples. Número de funcionarios: 2. Nivel: E. Forma de provisión: C.O. Viana, 9 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Gregorio Galilea Arazuri. L0519188

CARCAR Lista provisional de admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples

Publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 89, de 27 de julio de 2005, la convocatoria para la provisión mediante concursooposición, de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples, en régimen laboral fijo para el Ayuntamiento de Cárcar, de conformidad con la norma 5.1, de bases de la convocatoria, se hace pública la lista provisional de admitidos y excluidos a la misma y en su consecuencia resuelvo: 1.º Aprobar la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria. Admitidos: TEODORO MATEO ZURBANO CARLOS LEON RUIZ ANGEL MARIA LOPEZ MATEO EMILIO MORENO CASTILLO

Excluidos: Ninguno. 2.º Dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la presente publicación, se podrán formular reclamaciones o en su caso subsanar los defectos formales de la instancia y documentación presentada. 3.º Procedase a la publicación de la Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Cárcar, 20 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Germán Agreda. L0519263

2.3. OTRAS DISPOSICIONES 2.3.1. Autorizaciones y Licencias GUESALAZ Autorización de actividad clasificada

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público que por espacio de quince días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, quedará expuesto al público en la oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las observaciones pertinentes. Promotor: Aritzaleku, S.A.L. Actividad: Ampliación del camping. Emplazamiento: Parcela 199 del polígono 3, en Lerate. Valle de Guesálaz, 22 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Oscar Vidaurre. L0519385

9999 MURCHANTE Actividad clasificada

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, se hace público que, por espacio de quince días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que e indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las observaciones pertinentes. Promotor: Conriber, S.L. Actividad: Descarnado de pieles de conejo. Instalación. Emplazamiento: Paraje de Aspra Alta, polígono 3, parcela 177. Murchante, 15 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Carlos Villafranca González. L0519048

ARELLANO Autorización de actividad clasificada

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente y en el Reglamento que lo desarrolla, aprobado por Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, se hace público que por acuerdo de este Ayuntamiento ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se indican a continuación: Fecha de la concesión: 15 de septiembre de 2005. Concesionario: Ripa Ajona Hermanos, S.L. Actividad: Construcción almacén agrícola. Emplazamiento: Polígono 2, parcela 978, paraje Aranzin. Arellano, 15 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Pedro González Castillo. L0519065

NOAIN (VALLE DE ELORZ) Autorización de actividad clasificada

En cumplimento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, se hace público que por espacio de quince días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las observaciones pertinentes. Promotor: Sanco GM U.T.E. Actividad: Almacén logístico de piezas metálicas. Establecer. Emplazamiento: Parcela 5D de la Ciudad del Transporte en Oriz. Noáin (Valle de Elorz), 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Miguel Elizari Reta. L0519091

VILLATUERTA Autorización de actividad clasificada

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades clasificadas para la protección del medio ambiente y en el Reglamento que lo desarrolla, aprobado por Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, y la modificación de determinados artículos aprobados por Decreto Foral 304/2001, de 22 de octubre, se hace público que, por espacio de quince días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo observaciones pertinentes. Promotor: Maderas Gomen, S.L. Actividad: Nave para secado, exposición y comercialización de madera (ampliación). Emplazamiento: Parcela E-1 del Polígono Industrial San Miguel. Villatuerta, 9 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Pedro Vergara Galdeano. L0519096

NOAIN (VALLE DE ELORZ) Autorización de actividad clasificada

En cumplimento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, se hace público que por espacio de

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quince días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las observaciones pertinentes. Promotor: Sanco GM U.T.E. Actividad: Agencia de Transpaquetería Establecer. Emplazamiento: Parcela 5D-Modulos 17-30 Ciudad del Transporte en Oriz. Noáin (Valle de Elorz), 15 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Miguel Elizari Reta. L0519097

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de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las observaciones pertinentes. Promotor: Montajes Eléctricos Noi, S.A.L. Actividad: Almacén de material eléctrico (Establecimiento). Emplazamiento: Polígono Talluntxe, calle F, 20, Noáin. Noáin (Valle de Elorz), 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Miguel Elizari Reta. L0519159

BERRIOPLANO Autorización de actividad clasificada

BERRIOPLANO Autorizacion de actividad clasificada

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente, modificada por la Ley Foral 1/1999, de 2 de marzo de medidas administrativas de gestión medioambiental y tramitado por el Departamento Técnico según Decreto Foral 304/2001, de 22 de octubre, se hace público que por resolución de esta Alcaldía ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se indican a continuación: Fecha de concesión: 14 de septiembre de 2005. Concesionario: Desguaces La Cabaña, S.L. Actividad: Dos naves adosadas, una nave de prensa y un edificio de oficinas y servicios. Emplazamiento: Carretera de Loza, s/n de Berrioplano. Berrioplano, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José María Irisarri Ollacarizqueta. L0519140

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente, modificada por la Ley Foral 1/1999, de 2 de marzo de medidas administrativas de gestión medioambiental y tramitado por el Departamento Técnico según Decreto Foral 304/2001, de 22 de octubre, se hace público que por resolución de esta Alcaldía ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se indican a continuación: Fecha de concesión: 16 de septiembre de 2005. Concesionario: Gráficas Buril, S.L. Actividad: Taller de Artes Gráficas. Emplazamiento: Polígono Industrial Berriainz, nave 182 de Aizoain. Berrioplano, 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José María Irisarri Ollacarizqueta. L0519278

2.3.2. Contratación, obras y servicios públicos

LONGUIDA

ARBEIZA

Autorización actividad clasificada

Convocatoria pública para obras de pavimentación "Plaza San Martín de Arbeiza"

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, se hace público que, por espacio de quince días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan presentar durante dicho plazo las observaciones pertinentes. Promotor: S.C. Gorráiz Echamendi Fermín y Miguel. Actividad: Instalación ganadera para vacuno de carne. Emplazamiento: Erdozáin (Lónguida). Lónguida, 29 de agosto de 2005.−El Alcalde-Presidente, Francisco Javier Oliver Carte. L0519141

NOAIN (VALLE DE ELORZ) Autorización de actividad clasificada

En cumplimento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente, modificada por la Ley Foral 1/1999, de 2 de marzo, de medidas administrativas de gestión medioambiental y tramitado por el Departamento Técnico según Decreto Foral 304/2001, de 22 de octubre de 2001, se hace público que por resolución de esta Alcaldía ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se indican a continuación: Fecha de concesión: 16 de septiembre de 2005. Concesionario: Harivasa 2000, S.A. Actividad: Fábrica de harinas (Ampliación). Emplazamiento: Carretera Salinas, s/n, Noáin. Noáin (Valle de Elorz), 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Miguel Elizari Reta. L0519158

NOAIN (VALLE DE ELORZ) Autorización de actividad clasificada

En cumplimento de lo dispuesto en la Ley Foral 16/1989, de 5 de diciembre, de control de actividades para la protección del medio ambiente y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto Foral 32/1990, de 15 de febrero, se hace público que por espacio de quince días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente que se indica a continuación, a fin

Según acuerdo de la Junta del Concejo de fecha 23 de septiembre de 2005, se convoca licitación con arreglo a las siguientes condiciones generales: Objeto de contrato: "Pavimentación Plaza San Martín de Arbeiza". Forma de adjudicación: Mediante procedimiento negociado con publicidad. Presupuesto de contrata: 131.793,10 euros, IVA incluido. Plazo de ejecución: Las obras deberán quedar completamente terminadas en el plazo máximo de seis meses. Presentación de las proposiciones: Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento del Valle de Allín (Larrión), en el plazo de 14 días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio de licitación. Documentos a presentar: Los que figuran en el pliego de cláusulas administrativas. Los documentos a aportar deberán ser originales o copias autentificadas. El pliego de cláusulas administrativas se encuentra a disposición de los licitadores, para su examen, en Sericolor, Plaza Río Urederra, de Estella. Arbeiza, 26 de septiembre de 2005.−El Presidente del Concejo, César Zudaire Ripa. L0519709

BERUETE Concurso adjudicación de trabajos de mejora de infraestructuras ganaderas

En aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de normas reguladoras de los contratos de las Administraciones Públicas de Navarra, el Concejo de Bereute, en sesión de día 26 de septiembre de 2005, acordó la convocatoria del concurso público cuyas características se indican a continuación: Objeto del contrato: Concurso adjudicación de mejora de infraestructuras ganaderas en los Concejos de Beruete y Aldatz. Forma de adjudicación: Procedimiento: Concurso abierto. Procedimiento de tramitación: Urgente. Presupuesto de contratación: 253.713,66 euros. Clasificación empresarial: Grupo G, subgrupo 3, categoría d. Pliego de condiciones: A disposición de los licitadores en la Secretaría del Concejo de Beruete. Garantía provisional: 2 por 100 del tipo de licitación. Presentación de proposiciones: En el Concejo de Beruete, en el plazo de 13 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Apertura de proposiciones económicas: Tendrá lugar en la Sala Concejil a las veinte horas del quinto día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones. Modelo de proposición: El recogido en el pliego de cláusulas administrativas. Beruete, 26 de septiembre de 2005.−El Presidente, José Antonio Arangoa Cía. L0519485

VIANA Venta de parcelas

El Ayuntamiento de Viana anuncia la venta, mediante concurso publico, de las parcelas de titularidad municipal A.18, A.19, A.20, A.21, A.22, A.23, A.24 y A.25, lote único, de la Unidad de Ejecución SR-4 del Plan Municipal de Viana, cuyo destino es la construcción de viviendas, conforme al pliego de condiciones aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada con fecha 19 de julio de 2005. Precio de venta: 5.860.641 euros conforme al siguiente desglose: −Parcela 18: 781.418,80 euros, IVA excluido. −Parcela 19: 781.418,80 euros, IVA excluido. −Parcela 20: 859.560,68 euros, IVA excluido. −Parcela 21: 156.283,76 euros, IVA excluido. −Parcela 22: 859.560,68 euros, IVA excluido. −Parcela 23: 586.064,10 euros, IVA excluido. −Parcela 24: 859.560,68 euros, IVA excluido. −Parcela 25: 976.773,50 euros, IVA excluido. A dicho precio el Ayuntamiento de Viana repercutirá al adjudicatario el IVA vigente, que en la actualidad es del 16 por 100. Fianza provisional: 2 por 100 del precio de licitación. El plazo de presentación de ofertas finalizará a las catorce horas del treinta día natural siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, si este día es sábado o día festivo, el plazo finalizará a las catorce horas del día hábil siguiente, debiéndose entregar las ofertas en el Registro General del Ayuntamiento de Viana. Puede obtenerse el pliego de condiciones en el lugar señalado para la presentación de proposiciones, e igualmente en el teléfono 012 Infolocal. Viana, 20 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Gregorio Galilea Arazuri. L0519294

JUNTA MUNICIPAL DE AGUAS DE TUDELA

10001

El presupuesto máximo de licitación para las primas de la primera anualidad del contrato, asciende a 96.000 euros. La garantía provisional es del 2 por 100 del presupuesto del contrato. El plazo de presentación de proposiciones será de 13 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, debiendo presentarse las mismas en el Registro General de la Junta Municipal de Aguas de Tudela, hasta las trece horas del último día. Los pliegos de cláusulas administrativas, y de prescripciones técnicas, se hallan expuestos en las oficinas de la Junta Municipal de Aguas de Tudela. Tudela, 21 de septiembre de 2005.−El Presidente, firma ilegible. L0519586

ESTELLA Adjudicación de contratos

El Ayuntamiento de Estella, en la fecha que se relaciona, adjudicó el siguiente contrato: 1.º Contratación de ejecución de las obras de construcción de un aparcamiento en el subsuelo del entorno de la calle San Francisco Javier/Plaza Coronación de Estella, mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Estella de fecha 1 de septiembre de 2005 a la empresa "Ute San Andrés", con CIF G31857022 de Estella (Navarra), en el importe de 4.486.622,71 euros (IVA incluido). Estella, 15 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, María José Fernández Aguerri. L0519009

ARANGUREN Adjudicación obras

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable sobre contratación, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento del Valle de Aranguren en sesión de 28 de junio de 2005 adjudicó el siguiente contrato: Objeto: Redacción del Plan General Municipal del Valle de Aranguren. Forma de adjudicación: Concurso abierto. Precio de adjudicación: 166.250 euros. Adjudicatarios: José Ignacio Arribas, Javier Suescun y Ricardo Villar. Mutilva Baja, 31 de agosto de 2005.−El Alcalde, Manuel Romero Pardo. L0519076

Anuncio de contrato de suministro

Objeto del contrato: El suministro de un camión con equipo aspirador-impulsor para la limpieza de saneamiento. Procedimiento y forma de adjudicación: Procedimiento abierto. Concurso público. Tramitación ordinaria. Presupuesto de licitación: Lote 1: Un chasis vehículo, 70.000,00 euros IVA excluido. Lote 2: Un equipo para saneamiento, 140.000,00 euros IVA excluido. Garantía provisional: Lote 1: 1.400,00 euros. Lote 2: 2.800,00 euros. Presentación de ofertas: El plazo de presentación de proposiciones será de 26 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, debiendo presentarse las mismas en el Registro General de la Junta Municipal de Aguas de Tudela, hasta las trece horas del último día. Otros detalles: Se hayan consignados en el pliego de cláusulas administrativas y de condiciones técnicas, que están a disposición de los interesados en la Junta Municipal de Aguas de Tudela, calle Cuesta Estación, 2 bajo. Tudela, 23 de septiembre de 2005.−El Presidente, firma ilegible. L0519585

JUNTA MUNICIPAL DE AGUAS DE TUDELA Concurso para la contratación de las pólizas de seguro

La Junta Municipal de Aguas de Tudela anuncia concurso, mediante procedimiento abierto y tramitación urgente, para la contratación de las pólizas de seguro para la cobertura de los riesgos derivados de los bienes, derechos y actividad de esta entidad, en los ramos de responsabilidad civil, automóviles, daños patrimoniales, y vida y accidentes.

ESTELLA Adjudicación de contratos

El Ayuntamiento de Estella, en la fecha que se relaciona, adjudicó el siguiente contrato: 1.º Contratación de adquisición y completa instalación y puesta en funcionamiento de una cabina de aseo autolimpiable mediante Decreto de Alcaldía número 347/2005, de fecha 14 de septiembre de 2005 a la empresa "Lorke Systems, S.L.", con CIF B95285292 de Vitoria (Alava), en el importe de 46.100 euros (IVA incluido). Estella, 14 de septiembre 2005.−La Alcaldesa, María José Fernández Aguerri. L0519077

VILLAFRANCA Adjudicación definitiva obras

En Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra, se hace público que por Acuerdo de Pleno 30 de agosto de 2005 ha adjudicado el siguiente contrato: Objeto: Colector de pluviales para Avenida de Cervantes. Fecha adjudicación: 30 de agosto de 2005. Forma de adjudicación: Concurso público. Precio de adjudicación: 55.429,12 euros. Plazo de ejecución: Un mes. Adjudicatario: Excavaciones y Obras Pérez del Río, S.L. Villafranca, 13 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Miguel Sola Lafraya. L0519145

10002

Viernes, 7 de octubre de 2005 BASABURUA Adjudicación obras

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 6 de septiembre de 2005, acordó adjudicar a Construcciones Mariezcurrena, S.L., con CIF B31083199 el contrato de obra de "Tubería de abastecimiento en alta del Valle de Basaburua", en la cantidad de 767.191,29 euros y un plazo de ejecución de 14 semanas. Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra. Basaburua, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ignacio Soraluce Arregui. L0519162

PAMPLONA Adjudicación obras de recuperación ambiental de Berichitos (Fase II)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra, se hace público que por Acuerdo de Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 13 de septiembre de 2005, se ha adjudicado el siguiente contrato: Objeto del contrato: Recuperación ambiental de Berichitos (Fase II). Forma de Adjudicación: Concurso público. Precio de adjudicación: 1.090.190,39 euros. Adjudicatario: Construcciones Azpíroz y Saralegui, S.L. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo. L0519189

PAMPLONA Adjudicación obras de tratamiento de márgenes y pasarelas del meandro de Aranzadi (Fase II): Tratamiento de márgenes

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra, se hace público que por Acuerdo de Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 13 de septiembre de 2005, se ha adjudicado el siguiente contrato: Objeto del contrato: Tratamiento de márgenes y pasarelas del meandro de Aranzadi (Fase II), tratamiento de márgenes. Forma de Adjudicación: Concurso público. Precio de adjudicación: 518.325,03 euros. Adjudicatario: Urbanizaciones Iruña, S.A. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo. L0519190

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales PIEDRAMILLERA Aprobación inicial expediente de modificación del Presupuesto General Unico del 2005

El Pleno del Ayuntamiento de Piedramillera, en sesión celebrada el día 8 de septiembre de 2005, aprobó el siguiente acuerdo: Visto el expediente de modificaciones del Presupuesto General único del 2005. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 y siguientes de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, se acuerda por unanimidad: 1.º Aprobar inicialmente el expediente de modificación del presupuesto general único del 2005, que se indica a continuación: Suplemento de crédito: Partida 432-682 Edificios y otras construcciones: 7.652,83 euros. Total: 7.652,83 euros. Fuente de financiación: Partida 870 Remanente de Tesorería: 7.652,83 euros. Total: 7.652,83 euros. 2.º Someter el expediente a exposición pública por plazo de 15 días, previo anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de anuncios de la Corporación.

B.O. de Navarra−Número 120

3.º Si no se formularan reclamaciones, las modificaciones presupuestarias del ejercicio 2005, se entenderán aprobadas definitivamente, una vez transcurrido el periodo de exposición pública señalado en el punto anterior. Piedramillera, 12 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa Presidente, María Inés Acedo Acedo. L0519005

PIEDRAMILLERA Tipos de gravamen para el año 2006

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 8 de septiembre de 2005, de conformidad con lo establecido por la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos: 1.−Fijar en el 0,20% el tipo de gravamen para la exacción de la Contribución Urbana. 2.−Fijar en el 0,80% el tipo de gravamen para la exacción de la Contribución Rústica. 3.−Aplicar el índice 1 a las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas. 4.−Fijar en el 3% el tipo de gravamen para la exacción del Impuesto sobre construcciones, obras e instalaciones. 5.−Respecto al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicar los porcentajes mínimos establecidos en los artículos 175 y 176 de la Ley Foral 2/1995. Estos acuerdos entrarán en vigor el día 1.º de enero del año 2006. Contra dichos acuerdos se puede interponer optativamente, uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta notificación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de esta notificación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, o c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de esta notificación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Piedramillera, 12 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, María Inés Acedo Acedo. L0519006

ETXARRI-ARANATZ Aprobación inicial de modificación presupuestaria número expediente 2/2005 y 3/2005

El Pleno del Ayuntamiento de Etxarri-Aranatz, en sesión plenaria celebrada el día 5 de septiembre de 2005, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 2/2005 y 3/2005, incorporación de créditos extraordinarios y suplemento de crédito, para el ejercicio 2005. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes. Etxarri-Aranatz, 12 de septiembre de 2005.−El Alcalde en Funciones, Iraitz Goñi Iraurgi. L0519025

MURCHANTE Aprobación definitiva presupuesto 2005

Aprobado inicialmente expediente de Presupuesto y Bases de Ejecución del Ejercicio 2005, por acuerdo del Pleno de fecha 23 de diciembre de 2004, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 13 de 31 de enero de 2005, transcurrido el plazo de información pública, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 276.2 de la Ley Foral 6/1990 y 202.1 de la Ley Foral 2/1995 y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 277.1 de la Ley Foral 6/1990 y 202.3 de Ley Foral 2/1995 y resueltas las alegaciones presentadas, se aprueba definitivamente en la sesión plenaria de fecha 10 de mayo de 2005, cuyo resumen por capítulos es el siguiente: GASTOS: 1.−Gastos de personal: 837.081,28 euros. 2.−Gastos en bienes corrientes y servicios: 639.670,44 euros. 3.−Gastos financieros: 10.814,72 euros.

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

4.−Transferencias corrientes: 88.049,18 euros. 6.−Inversiones reales: 1.874.162,41 euros. 7.−Transferencias de Capital: 0 euros. 9.−Amortización Préstamos: 56.129,51 euros. Total Gastos: 3.505.907,54 euros. INGRESOS: 1.−Impuestos directos: 556.559,85 euros. 2.−Impuestos indirectos: 275.441,38 euros. 3.−Tasas y precios públicos 149.156,72 euros. 4.−Transferencias corrientes: 858.877,51 euros. 5.−Ingresos Patrimoniales y Comunales: 15.343,68 euros. 6.−Enajenación Inversiones: 0 euros. 7.−Transferencias de Capital: 530.453,36 euros. 8.−Activos Financieros: 1.500,00 euros. 9.−Préstamos: 1.118.575,04 euros. Total Ingresos: 3.505.907,54 euros. Lo que se hace público para general conocimiento. Murchante, 13 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Carlos Villafranca González. L0519028

CADREITA Aprobación inicial del Presupuesto General Unico para el año 2005 y sus bases de ejecución

El Ayuntamiento de Cadreita en sesión celebrada el día 26 de agosto de 2005 adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente el Presupuesto General Unico para el año 2005, y sus bases de ejecución. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como del artículo 202 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, el expediente queda expuesto en Secretaría municipal por el plazo de quince días hábiles, a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos e interesados puedan examinar el expediente y formular, en su caso, las reclamaciones que estimen pertinentes. Transcurrido el plazo indicado sin que se hubieran formulado reclamaciones el presupuesto se entenderá aprobado definitivamente. Cadreita, 7 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Alfonso Montori Prat. L0519060

MARCILLA Aprobación definitiva de la 2.ª modificación de los presupuestos 2005

El pleno del ayuntamiento de Marcilla, en sesión celebrada el día 4 de agosto de 2005, aprobó inicialmente la 2.ª modificación presupuestaria del presupuesto municipal del año 2005. Dicha modificación fue expuesta al público previa publicación en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 103, de fecha 29 de agosto de 2005. No habiéndose presentado ninguna reclamación en su respectivo periodo de exposición pública, quedó aprobado definitivamente, resultando de la siguiente forma: Créditos extraordinarios/financiación por nuevos ingresos y superiores de los previstos: GASTOS: Código: 1-561-680. Descripción: Adquisición de terrenos. Alta: 332.546,54 euros. Código: 1-420-623. Descripción: Compra de Vehículos. Alta: 14.719,23 euros. Total: 347.265,77 euros. INGRESOS: Código: 1-6000. Descripción: Enajenación de solares: 171.746,54 euros. Código: 1-860. Descripción: Activos financieros: 160.800,00 euros. Código: 1-380. Descripción: Reintegros de ejercicios cerrados: 5.485,72 euros. Código: 1-45400. Descripción: Devolución canon C.H.E.: 9.233,51 euros. Total: 347.265,77 euros. Marcilla, 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, José María Abárzuza Goñi. L0519071

10003 ITURMENDI Aprobación inicial cuentas 2003

El Pleno del ayuntamiento de Iturmendi en sesión celebrada el 8 de septiembre de 2005 acuerda por asentimiento general de todos los concejales, aprobar inicialmente las cuentas del ejercicio año 2003. La documentación se encuentra en secretaría municipal para que durante el período de quince días hábiles a contar del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra pueda ser examinada por los interesados y formular las reclamaciones, reparos y observaciones que estimen oportunos. Iturmendi, 9 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Nicolás Arbizu Gabirondo. L0519090

MURUGARREN Aprobación inicial Presupuesto General Unico para el año 2005 y sus Bases de Ejecución

El Concejo de Murugarren, en sesión celebrada el día 21 de abril de 2005, adoptó el siguiente acuerdo: a) Aprobar inicialmente el Presupuesto General Unico del Concejo de Murugarren, con unas previsiones iniciales de gastos por importe de 428.445 euros. b) Aprobar las Bases de Ejecución que figuran en el expediente. c) Someter el expediente a información pública durante el plazo de quince días, previo anuncio en el Tablón de Anuncios de la localidad, al objeto de que los interesados puedan presentar las reclamaciones u observaciones que estimen oportunas. Murugarren, 13 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Juana Martínez Soler. L0519094

DESOJO Aprobación definitiva de Presupuestos 2005

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 277 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva del Presupuesto municipal del año 2005. El Acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 99, de fecha 19 de agosto de 2005. INGRESOS: Capítulo I: 20.777 euros. Capítulo II: 2.800 euros. Capítulo III: 2.987 euros. Capítulo IV: 39766 euros. Capítulo V: 17.965 euros. Capítulo VII: 104.600 euros. Capítulo IX: 48.000 euros. Total Ingresos: 236.895 euros. GASTOS: Capítulo I: 24.666 euros. Capítulo II: 45.187 euros. Capítulo III: 1.800 euros. Capítulo IV: 5.842 euros. Capítulo VI: 154.000 euros. Capítulo VII: 1.800 euros. Capítulo IX: 3.600 euros. Total Gastos: 236.895 euros. Desojo, 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Luis Mendiano Mendiano. L0519124

ETXAURI Aprobación definitiva del Presupuesto General Unico y Bases de Ejecución para el año 2004

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 277.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y 202.3 de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, y una vez finalizado el período de exposición pública, sin que durante el mismo se haya formulado reclamación alguna, se publica resumido el Presupuesto General Unico del Ayuntamiento de Etxauri y Organismo Autónomo Denak Bat, aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 23 de noviembre de 2004.

10004

Viernes, 7 de octubre de 2005 Ayuntamiento de Etxauri

INGRESOS: Capítulo 1.−Impuestos directos: 154.500,00 euros. Capítulo 2.−Impuestos indirectos: 127.035,00 euros. Capítulo 3.−Tasas, precios públicos y otros ingresos: 10.740,00 euros. Capítulo 4.−Transferencias corrientes: 143.275,00 euros. Capítulo 5.−Ingresos patrimoniales y aprovechamientos: 6.000,00 euros. Capítulo 7.−Transferencias de capital y otros ingresos: 24.500,00 euros. Total Presupuesto Ingresos: 466.050,00 euros. GASTOS: Capítulo 1.−Gastos de personal: 143.560,00 euros. Capítulo 2.−Gastos en bienes corrientes y servicios: 205.790,00 euros. Capítulo 3.−Gastos financieros: 9.650,00 euros. Capítulo 4.−Transferencias corrientes: 71.950,00 euros. Capítulo 6.−Inversiones reales: 15.500,00 euros. Capítulo 7.−Transferencias de capital: 7.500,00 euros. Capítulo 9.−Pasivos financieros: 12.100,00 euros. Total Presupuesto Gastos: 466.050,00 euros. Organismo Autónomo Denak Bat

B.O. de Navarra−Número 120

cipal, promovido por Gestiona, Asesoramiento y Gestion, S.L., y someterlo a información pública por plazo de 20 días desde la aparición del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante cuyo plazo las personas interesadas podrán examinar su contenido personándose en las Dependencias Municipales sitas en Gazólaz, y presentar las alegaciones que estimen convenientes. Gazólaz, 27 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, José Ricardo Pérez Torrano. L0519551

EGÜES Aprobación definitiva de modificación de Estudio de Detalle de las parcelas 43, 44 B, 45 B, y 46 B de la U.14 de Gorráiz

El Ayuntamiento del Valle de Egüés en sesión celebrada el día 21 de junio de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la Unidad U-14 parcelas 43, 44-B, 45-B y 46-B del Plan Parcial de Gorráiz, promovido por don Pablo Aginaco en nombre de los Propietarios de Parcelas 43, 44.B, 45.B y 46.B de la U.14 de Gorraiz. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Egüés, 26 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, José A. Andía García de Olalla. L0519548

INGRESOS: Capítulo 3.−Tasas, precios públicos y otros ingresos: 35.900,00 euros. Capítulo 4.−Transferencias corrientes: 17.900,00 euros. Capítulo 5.−Ingresos patrimoniales y aprovechamientos: 9.580,00 euros. Total Presupuesto Ingresos: 63.380,00 euros. GASTOS: Capítulo 1.−Gastos de personal: 57.280,00 euros. Capítulo 2.−Gastos en bienes corrientes y servicios: 1.600,00 euros. Capítulo 9.−Pasivos financieros: 4.500,00 euros. Total Presupuesto Gastos: 63.380,00 euros. Etxauri, 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519127

GUESALAZ Elección de Juez de Paz Titular y Suplente

Próximo a cumplirse el periodo, por el que fueron nombrados los actuales Jueces de Paz titular y sustituto, de conformidad con lo establecido en el Reglamento 3/1995, de 7 de julio y el artículo 101.2 y 3 de la L.O.P.J., se abre un periodo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación del presente anunció en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante el que las personas que, reuniendo los requisitos legalmente exigidos, estén interesados en su elección puedan presentar las oportunas instancias en el Ayuntamiento. Valle de Guesálaz, 22 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Oscar Vidaurre Azcona. L0519386

BERUETE Aprobación inicial presupuesto 2005

GUESALAZ

El Pleno del Concejo de Beruete, en sesión celebrada el día 5 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente el Presupuesto general único para el Ejercicio de 2005 así como sus bases de ejecución. El expediente permanecerá expuesto al público en secretaría, por espacio de quince días hábiles, a partir de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos e interesados, puedan examinarlo y formular las reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas. Beruete, 13 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Antonio Arangoa Cia.

Aprobación definitiva del proyecto de estatutos

L0519163

2.3.5. Otros

El Pleno del Ayuntamiento del Valle de Guesálaz, en sesión celebrada el día 13 de agosto de 2005, aprobó definitivamente el proyecto de estatutos y bases de actuación de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución U.C. 10.3 del Plan Municipal, en Lerate (urbanización Camino de Muzqui), parcelas catastrales 1 a 28, 75 a 85, 151 a 282 del polígono 3, promovido por diez titulares catastrales, que representan más del 35 por 100 de la superficie total del ámbito de la Unidad. Se otorga a los propietarios un plazo de tres meses para constituir la Junta de Compensación mediante otorgamiento de escritura pública. Valle de Guesálaz, 29 de agosto de 2005.−El Alcalde, Oscar Vidaurre Azcona. L0519387

ARANGUREN LUZAIDE/VALCARLOS

Aprobación definitiva proyecto de reparcelación Sector Ciudad Deportiva C.A. Osasuna

El señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento del Valle de Aranguren, dictó resolución con fecha de 27 de junio de 2005, aprobando definitivamente el proyecto de reparcelación del Sector Ciudad Deportiva C.A. Osasuna. Lo que se hace público para general conocimiento. Mutilva Baja, 27 de junio de 2005.−El Alcalde, Manuel Romero Pardo. L0519697

CIZUR Aprobación inicial de Estudio de Detalle

El Alcalde-Presidente de esta Corporación, por resolución de fecha 27 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente el Estudio de Detalle referido al ámbito de la parcela catastral número 60 del suelo urbano clasificado en Zariquiegui por las NNSS de planeamiento muni-

Elección de Juez de Paz titular y sustituto

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 101 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, el Ayuntamiento de Luzaide/Valcarlos anuncia vacante para la provisión de los cargos de Juez de Paz titular y sustituto de este municipio, estableciéndose un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante el cual las personas que reuniendo las condiciones legales estén interesadas en su elección, puedan presentar las oportunas instancias en el Registro General de este Ayuntamiento. Si no hubiera solicitantes, el Pleno elegirá libremente con sujeción a los mismos requisitos de procedimiento. Lo que se hace público para general conocimiento y efectos. Luzaide/Valcarlos, 21 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Juan José Camino Camino. L0519383

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

PAMPLONA Alteración de la calificación jurídica de parte de las parcelas 1.145 y 1.146 del polígono 2 de Catastro (calle García Ximénez y calle Tudela) para la construcción de rampa de acceso a "El Corte Inglés". Aprobación definitiva

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 15 de septiembre de 2005, adoptó el siguiente acuerdo: PLE 15-SEP-05 (3/CU) "Vista la documentación obrante en el expediente para alterar la calificación jurídica de fincas para la construcción de rampa de acceso a "El Corte Inglés", se acuerda: 1.º Aprobar el informe de alegaciones de 29 de marzo de 2005 obrante en el expediente, desestimando las presentadas por los Concejales del Ayuntamiento de Pamplona don Iñaki Cabasés Hita y don Javier Ayesa Dianda, por los motivos expuestos en el mencionado informe. 2.º Declarar alterada la naturaleza jurídica de parte de las parcelas 1.145 y 1.146 del polígono 2 de Catastro (calle García Ximénez y calle Tudela), destinadas a viales, de "bienes de dominio público" a "patrimoniales", según plano que se adjunta al presente acuerdo, y cuya descripción registral es del siguiente tenor literal: "1) Tramo I de la calle Tudela que, en la actualidad, discurre desde su entronque en la calle Estella hasta su entronque con la calle García Ximénez. Tiene una superficie de seiscientos cincuenta y dos metros y ochenta y cinco decímetros cuadrados (652,85 metros cuadrados). Linda: Norte, con línea que continúa desde el lindero norte del solar de Intendencia hasta su encuentro con el edificio señalado con los números 7 y 7 bis de la calle Estella; sur, con la línea que discurre desde el lindero sur del solar de Intendencia hasta el encuentro con el chaflán del edificio con el número señalado con el número 1 de la calle Tudela, incluido el chaflán; este, con el edificio señalado con el número 1 de la calle Tudela, y oeste, con el solar de Intendencia. Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número Dos de Pamplona, al tomo 1408, libro 680, folio 171, finca número 31.667. 2) Tramo de la calle García Ximénez que discurre desde su entronque en la calle Yanguas y Miranda hasta su encuentro con la calle Sancho el Mayor. Tiene una superficie de 1.859,50 metros cuadrados. Linda: Por el norte, línea exterior de la acera del solar de Intendencia, solar de Intendencia calle Tudela, edificio señalado con los números 1 de la calle Tudela y 2 de la calle Sancho el Mayor incluido el chaflán y acera del frente de la calle Sancho el Mayor en un corte perpendicular al chaflán; por el sur, chaflán y edificio señalado con los números 7 y 9 de la calle García Ximénez, calle Tudela, edificio señalado con los números 5 y 3 de la calle García Ximénez incluido el chaflán y acera del frente de la calle Sancho el Mayor en un corte perpendicular al chaflán; por el este, línea que discurre desde la línea exterior de la acera del edificio 2 hasta la línea exterior del edificio 4 y 6 de la calle Sancho el Mayor y por el oeste; con la línea que discurre en continuación con la fachada del edificio señalado con los números 9, 11 y 13 de la calle Yanguas y Miranda hasta su encuentro con la línea exterior de la acera del solar de Intendencia y solar de Intendencia. Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número Dos de Pamplona, al tomo 1431, libro 703, folio 3, finca número 32.795." Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: −Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución. −Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativa del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien, −Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución. Pamplona, 19 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo. L0519290

TUDELA

10005

Dependencia municipal de trámite: Organización y Personal. Servicios Generales. Casa Consistorial, Plaza Vieja, 1, primera planta. Panteón/nicho número: Sepulcros número 24 y 25 bis. Parte: Cementerio-parte moderna izquierda. Libro: 9. Titulares actuales: Doña Francisca Munárriz Lara, don Daniel Munárriz Lara y esposa doña Natividad Lasheras Baigorri y doña Carmen Pérez Casadaban (viuda de don Luis Munárriz Lara). Titulares que se pretende: Doña Natividad Lasheras Baigorri y doña Carmen y doña María Munárriz Pérez. Documentos aportados a la instancia: Fotocopias de: Fotocopia del título del sepulcro, acuerdo de la Comisión Municipal Permanente del Pleno de fecha 13 de febrero de 1981, por el que se acuerda compartir titularidad a doña Francisca Munárriz Lara con sus hermanos de los sepulcros número 24-25 bis. Objeto de la solicitud: Cambio de titularidad. Las personas físicas y jurídicas interesadas en examinar el expediente, que se exhibirá en las dependencias de Servicios Generales −planta primera−, disponen del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para hacerlo y para aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio que estimen concurran o deban aportarse o tenerse en cuenta en el expediente, enviándose, a tal efecto, al Registro General del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela, sito en la Casa Consistorial, Plaza Vieja, número 1. Lo que se hace público para general conocimiento. Tudela, 7 de septiembre de 2005.−El Concejal-Delegado, firma ilegible. L0518972

GALAR Aprobación definitiva de Estudio de Detalle

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela P.9 del Sector SR-1 de Esparza de Galar, promovido por Jorge Jiménez San Martín. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519019

GALAR Aprobación definitiva de Estudio de Detalle

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle de las parcelas P.2 y P.3 del Sector S-4 de Cordovilla, promovido por Promociones Alto de Cordovilla, S.L. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519020

GALAR Aprobación definitiva de Estudio de Detalle

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela 4 del Polígono 11 de Esparza de Galar, promovido por María Jesús Oroz. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519021

EDICTO

Por el presente, se hace saber que han tenido entrada en el Ayuntamiento de Tudela, escrito sobre concesión administrativa de sepultura del cementerio municipal, de conformidad con los datos siguientes: Expediente número (entrada y fecha): 11273/05, de 25 de agosto de 2005. Lugar y fecha de la instancia: Tudela. Solicitante: Doña Carmen Munárriz Pérez.

GALAR Aprobación definitiva de Estudio de Detalle

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la parcela 5 UE-O del Sector S-5 de Cordovilla, promovido por Grill Cendea de Galar, S.L.

10006

Viernes, 7 de octubre de 2005

Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Salinas de Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz. L0519022

B.O. de Navarra−Número 120

2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea.

ULTZAMA

L0519050

Aprobación definitiva de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento

ETXAURI

El Ayuntamiento de Ultzama, en sesión celebrada el día 7 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Ultzama en la parcela 203 del polígono 8, correspondiente a la Unidad U.E.1, de Arraitz-Orkin (Ultzama), promovida por Arañotz, 04 S.L. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.1 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Larraintzar (Ultzama), 12 de septiembre de 2005.−El Teniente-Alcalde, Francisco Javier Berasáin Gascue. L0519030

FUNES Aprobación definitiva del Estudio de Detalle, Unidad 2, Polígono San Colombar del Ayuntamiento de Funes

El Pleno del Ayuntamiento de Funes en sesión celebrada el día 9 de septiembre de 2005, acordó aprobar definitivamente el Estudio de Detalle, Unidad 2, del Polígono San Colombar del Ayuntamiento de Funes redactados por los Arquitectos don José Manuel Gutiérrez Cuesta, don Julián Galar Senar y don Carmelo Astráin Ulibarrena. Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 81.1 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Se remitirá un ejemplar del Estudio de Detalle al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra en el plazo de 15 días siguientes a contar desde la aprobación definitiva. Funes, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Antonio Ulzurrun Jiménez. L0519040

ETXAURI Aprobación inicial Estudio de Detalle

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "De conformidad con lo dispuesto en los artículos 62, 74, 76 y concordantes de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se acuerda: 1.º Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle, redactado por el Arquitecto don Enrique Miranda García y que corresponde a las parcelas 552, 553 y 554 del polígono 2 de las Normas Subsidiarias de Etxauri. 2.º Someter el expediente a información pública durante el plazo de veinte días, contado a partir de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los interesados puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas. 3.º Notificar personalmente a los afectados el presente acuerdo de aprobación inicial". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, José Javier Erro Larrea. L0519049

ETXAURI Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la Unidad UE 4X

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 4X, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152,2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 4X de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri.

Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la Unidad UE 5D

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5D, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5D de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519051

ETXAURI Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la Unidad UE 5F-1

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5F-1, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5F-1 de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519052

ETXAURI Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la Unidad UE 5F-2

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5F-2, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5F-2 de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519053

ETXAURI Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la Unidad UE 5G-1

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5G-1, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5G-1 de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519054

ETXAURI Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la Unidad UE 5G-2

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5G-2, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad U.E. 5G-2 de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea.

10007 ETXAURI

Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la Unidad UE 5H

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación de la unidad U.E. 5H, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152,2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la unidad U.E. 5H de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519057

ETXAURI Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la Unidad UE 4A

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación de la unidad U.E. 4A, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152,2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la unidad U.E. 4A de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519058

ETXAURI Aprobación definitiva liquidación definitiva costes de la calle La Fuente

L0519055

ETXAURI Aprobación definitiva liquidación definitiva costes del Sector 1

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo al Proyecto de Reparcelación del Sector 1, que fue aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 y 152,2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y artículos 110 y 129 del Reglamento de Gestión Urbanística, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Sector 1 de las Normas Subsidiarias de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar este acuerdo a todos los propietarios afectados, y publicarlo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. 3.º Facultar al Alcalde de Etxauri, don José Javier Erro Larrea para otorgar escritura pública o expedir documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519056

Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, adoptó el acuerdo siguiente: "Visto el expediente relativo a la liquidación del Proyecto de Urbanización de la calle La Fuente, que fue aprobada inicialmente por acuerdo plenario de 4 de noviembre de 2004, habiendo concluido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones contra el mismo, de conformidad con el artículo 116 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, este Ayuntamiento acuerda: 1.º Aprobar definitivamente la liquidación del Proyecto de Urbanización de la calle La Fuente de Etxauri, promovido por el Ayuntamiento de Etxauri. 2.º Notificar personalmente a los propietarios este Acuerdo". Etxauri, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519059

ERGOIENA Reparcelación voluntaria

El Pleno, aprueba inicialmente, por unanimidad de sus miembros, el proyecto de reparcelación voluntaria en la parcela 414 del polígono 7 de Dorrao, promovido por don Jesús Lizarraga Lizarraga y doña María Esther Pueyo Lizarraga.

10008

Viernes, 7 de octubre de 2005

Conforme lo dispuesto en los artículos 151 y 76 de la Ley Foral 35/2002, de ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública por plazo de veinte días desde su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Ergoiena, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Fernando Etxauri Gallardon. L0519066

FITERO Aprobación inicial urbanización de la UO-24 y parte de la AM-13

El Ayuntamiento de Fitero el día 9 de septiembre de 2005, ha aprobado inicialmente el Proyecto de Urbanización de la UO-24 y parte de la AM-13, abriendo un plazo de información pública de veinte días, para que puedan presentarse alegaciones. Fitero, 9 de septiembre de 2005.−El Alcalde Presidente, Francisco Javier Yanguas Fernández. L0519074

B.O. de Navarra−Número 120

Alfredo Alfaro Escalada y de acuerdo al documento redactado por el Arquitecto don Gonzalo Galbete Martinicorena en agosto de 2005 y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro con fecha 17 de agosto de 2005. Se somete el expediente a información publica por plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 y 71 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el artículo 79 el mismo texto legal. A la vista de la información pública y de los informes técnicos, el Ayuntamiento lo aprobará provisionalmente, con las determinaciones que procedan. Aibar, 12 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Manuel Martínez Aldunate. L0519143

ANDOSILLA Aprobación definitiva de la sexta revisión de la Ponencia de Valoración de la Riqueza Urbana

FONTELLAS Aprobación inicial Estudio de Detalle

El Alcalde Presidente de esta Corporación mediante Resolución de fecha 14 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente el Estudio de Detalle referido al ámbito de la parcelas 463 del Polígono 2, sita en la calle Alejandro Orta, número 7, por el que trata de modificar las alineaciones, promovido por doña Natalia López Cornago, siendo su redactora la arquitecta doña Amaya Pardo Huguet; y someterlo a información pública por plazo de veinte días, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante cuyo plazo las personas interesadas podrán examinar su contenido personándose en las Dependencias Municipales y presentar las alegaciones que estimen convenientes. Fontellas, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde Presidente, Andrés Agorreta Arriazu. L0519119

ETXAURI Alteración inicial calificación jurídica

El Pleno del Ayuntamiento de Etxauri, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2005, acordó aprobar inicialmente la alteración del bien de dominio público, consistente en una superficie de 15 metros cuadrados ubicados en la calle San Quiriaco, y su calificación como bien patrimonial, quedando sometido a información pública por plazo de un mes para que puedan formularse alegaciones. Etxauri, 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Javier Erro Larrea. L0519126

Aprobada inicialmente por los miembros del Ayuntamiento en la Comisión Mixta la sexta revisión de la Ponencia de Valoración Urbana y sometido el proyecto a exposición pública por término de quince días en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento sin que se produjera reclamación alguna y una vez estudiada la Ponencia por los representantes del Gobierno de Navarra en dicha Comisión Mixta, queda definitivamente aprobada por acuerdo de la misma de fecha 30 de agosto de 2005. Andosilla, 15 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Manuel Osorio Martín. L0519146

URZAINQUI Vacantes de los cargos de Juez de Paz Titular y Sustituto

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 5,6 y 7 del Reglamento 3/1995 de 7 de junio de los Jueces de Paz, se establece el plazo de quince días hábiles a contar del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que aquellas personas que, reuniendo los requisitos legalmente exigidos, estén interesadas en su elección para los cargos de Juez de Paz Titular y Juez de Paz Sustituto de Urzainqui, puedan presentar sus solicitudes en la Secretaria del Ayuntamiento. Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz. Urzainqui, 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Pedro José Cherrail Barricat. L0519147

AIBAR Aprobación inicial de modificación puntual de usos pormenorizados de las Normas Subsidiarias de Aibar

El Pleno del Ayuntamiento de Aibar, en sesión ordinaria celebrada el 9 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente la Modificación puntual de Usos Pormenorizados de las Normas Subsidiarias de Aibar, en parcela 766 del Polígono 10, cuyo ámbito de actuación se denomina UA-17, promovida por don Alberto Gallues Biurrun y de acuerdo al documento redactado por el arquitecto doña Isabel Pérez Ilzarbe Serrano en junio de 2005 y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos VascoNavarro con fecha 18 de julio de 2005. Se somete el expediente a información pública por plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el artículo 79 del mismo texto legal. A la vista de la información pública y de los informes técnicos, el Ayuntamiento lo aprobará definitivamente con las determinaciones que procedan. Aibar, 12 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Manuel Martínez Aldunate. L0519142

AIBAR Aprobación inicial de modificación puntual con determinaciones de carácter estructurante de las Normas Subsidiarias de Aibar

El Pleno del Ayuntamiento de Aibar, en sesión ordinaria celebrada el 9 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente la Modificación puntual con determinaciones de carácter estructurante de las Normas Subsidiarias de Aibar, en parcela 506 del polígono 7, promovida por don

JAURRIETA Elección de Juez de Paz Titular y Sustituto

Próximo a finalizar el período de nombramiento del actual Juez de Paz de Jaurrieta, así como estando vacante su sustituto, se anuncia convocatoria pública para que todas aquellas personas que estén interesadas, puedan formular su solicitud, ante este Ayuntamiento, haciendo constar en la misma que reúnen las condiciones de capacidad y compatibilidad a que hace referencia el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las doce horas del decimoquinto día hábil a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Lo que se hace público para general conocimiento. Jaurrieta, 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, José Gabriel de Andrés Esandi. L0519148

PUEYO Aprobación definitiva de la redelimitación de las unidades A.R.-1/S.G.-Z.V-1, S.G.-E.Q.-2 Y S.G.-.V.-2 del Plan Municipal de Pueyo

Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 14 de septiembre de 2005 se acordó aprobar definitivamente la redelimitación de las unidades A.R.-1/S.G.-Z.V-1; S.G.-E.Q.-2 Y S.G.-.V.-2 del Plan Municipal, promovida por el Ayuntamiento de Pueyo, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se haya presentado alegación alguna al respecto. Dicha modificación fue aprobada inicialmente mediante Resolución de fecha 30 de junio de 2005 y publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 95 de 10 de agosto de 2005.

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

Contra la Resolución de 14 de septiembre cabe interponer optativamente los siguientes recursos: −Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir de día siguiente al de la notificación de la resolución, −Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución; o −Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de la resolución. Pueyo, 15 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Nekane Salaberría Etxeberría. L0519149

ITUREN Vacante del cargo de juez de paz titular

Este Ayuntamiento anuncia la vacante del cargo de Juez de Paz Titular, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial ("Boletín Oficial del Estado" de 2 de julio), y en los artículos 5, 6 y 7 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz ("Boletín Oficial del Estado" de 13 de julio de 1995). Las condiciones que se requieren para ser nombrado juez de paz son las establecidas en el artículo 302 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el ingreso en la Carrera Judicial, si bien no es preciso ser Licenciado en Derecho. También deberán reunir las condiciones de capacidad y compatibilidad establecidas en los artículos 13 y siguientes del Reglamento número 3/1995. Para ser juez de paz se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los interesados presentarán sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento de Ituren en el plazo de quince días hábiles, a contar del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.2 Ley Orgánica del Poder Judicial, la elección de juez de paz se efectuará por el Pleno de este Ayuntamiento, entre las personas, que reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. Si no hubiera solicitantes, el Pleno elegirá libremente con sujeción a los mismos requisitos de procedimiento. Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz. Ituren, 13 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José María Gorosterrazu Elizalde. L0519150

ADIOS Convocatoria elección juez paz

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se abre un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante el cual, las personas que, reuniendo los requisitos legalmente exigidos, estén interesadas en su elección como Juez de Paz y su sustituto de este Municipio, puedan solicitarlo. Adiós, 16 de septiembre de 2005.−El Alcalde Presidente, Fortunato Vidaurreta Pérez.

10009 PAMPLONA

Don José María Elizari Jiménez y don Marino Eslava Igoa: parcelas incorporadas en el proyecto de reparcelación del polígono P-A de Buztintxuri. Aprobación definitiva

La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 13 de septiembre de 2005, adoptó el siguiente acuerdo, JOB 13-SEP-05 (3/UV) «Transcurrido el plazo de exposición pública tras la aprobación inicial (JOB/21.06.05) del documento de Modificación del Proyecto de Reparcelación del Polígono P-A de Buztintxuri sin que se haya recibido alegación alguna al mismo, se acuerda: 1. Aprobar definitivamente el documento de Modificación del Proyecto de Reparcelación del Polígono P-A del Sector Buztintxuri-Euntzetxiki-Santa Engracia, según documento redactado por don Julián Cañas Labairu que obra en el expediente, debidamente diligenciado, al objeto de adecuar el citado proyecto a la realidad registral de las fincas aportadas por don José María Elizari Jiménez y don Marino Eslava Igoa y las de Bosch, Sistemas de Frenado, S.L. 2. Publíquese el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y dése cuenta a los afectados, al Gobierno de Navarra y al Registro de la Propiedad.» Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: −Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución. −Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien, −Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución. Pamplona, 15 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo L0519182

TUDELA Anuncio parcelas comunales vacantes de la reordenación de Montes de Cierzo II

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de fecha 9 de septiembre de 2005 aprobó la relación de parcelas vacantes de la Zona de Reordenación de Montes de Cierzo II del Común de los Vecinos de esta Ciudad destinadas al cultivo agrario. Asimismo, acordó someterlas a información pública por espacio de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los vecinos que reúnan las condiciones establecidas en el vigente Reglamento de Comunales puedan solicitarlas. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos que en el mismo acuerdo se detallan. Las personas interesadas que cumplan con las condiciones establecidas en el Reglamento de Comunales de Tudela, y presenten la documentación requerida, podrán presentar su solicitud en el plazo arriba indicado. La relación de las parcelas de la reordenación de Montes de Cierzo II vacantes que se pueden solicitar se halla expuesta al público en el Area de Ordenación Urbana y Económica (Montes). La adjudicación se realizará en la forma señalada en el Reglamento de Comunales del Ayuntamiento de Tudela. Tudela, 12 de septiembre 2005.−La Concejal de Agricultura, María Isabel Echave Blanco. L0519185

CIZUR

L0519165

Aprobación inicial modificación Normas Subsidiarias

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se abre un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante el cual, las personas que, reuniendo los requisitos legalmente exigidos, estén interesadas en su elección como Juez de Paz de este Municipio, puedan solicitarlo. Ucar, 15 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Sebastián Petrina Cía.

El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 11 de agosto de 2005, acordó aprobar inicialmente la propuesta de modificación pormenorizada de las Normas Subsidiarias referida al ámbito de la Subunidad U9-2 de Gazólaz, promovida por don Mikel Iriarte Iribarren, disponiendo someter a información pública la documentación integrante de dicha propuesta por plazo de un mes a contar desde la aparición del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Durante dicho plazo cualquier entidad o persona interesada podrá conocer y examinar la documentación referida en las dependencias municipales, sitas en Gazólaz, y presentar los escritos de alegaciones que estime convenientes. Gazólaz, 18 de agosto de 2005.−El Alcalde-Presidente, José Ricardo Pérez Torrano.

L0519166

L0519204

UCAR Convocatoria elección juez paz y sustituto

10010

Viernes, 7 de octubre de 2005 ULTZAMA Aprobación inicial de estudio de detalle

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ultzama, en Resolución de Alcaldía del día 15 de septiembre de 2005, acordó aprobar inicialmente el estudio de detalle de la Unidad de Ejecución U.E. 2.12.2 del Polígono Industrial Elordi correspondiente a la parcela 420, 1212 y 1213 del polígono 12, de Iraizotz (Ultzama), promovido por Maier Navarra, S.L. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el expediente se somete a información pública durante veinte días desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones pertinentes. Larraintzar (Ultzama), 15 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Francisco Pérez Arregui. L0519264

EZCABARTE Aprobación definitiva de proyecto de reparcelación y proyecto de urbanización

El Ayuntamiento de Ezcabarte, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2005, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación y del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Actuación UI-2 de Arre, promovido por la Junta de Reparcelación formada por Promotora Versatil, S.A., Inzoa, S.L. y Telma Retarder España, S.A. Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 y 151 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Ezcabarte, 20 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Félix Idoate Munárriz. L0519266

ORISOAIN Aprobación definitiva de la primera revisión de la Ponencia de Valoración Urbana

Aprobada inicialmente por los miembros del Ayuntamiento en la Comisión Mixta la primera revisión de la Ponencia de Valoración Urbana y sometido el proyecto a exposición pública por término de quince días en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento sin que se produjera

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reclamación alguna y una vez estudiada la Ponencia por los representantes del Gobierno de Navarra en dicha Comisión Mixta, queda definitivamente aprobada por acuerdo de la misma,de fecha 31 de agosto de 2005. Orísoain, 14 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, María Victoria Labiano Alvarez. L0519302

YERRI Aprobación inicial del Proyecto de Urbanización de la UE6 de Lorca

En fecha 9 de septiembre de 2005, el Alcalde-Presidente de esta Corporación, dictó la siguiente Resolución: Primero.−Aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización de la UE6 de Lorca, visado en fecha 7 de junio de 2005 y firmado por Carlos Urzainqui Domínguez, promovido por doña Carmen Logroño Armendáriz. Durante el trámite de información pública, la promotora deberá presentar la siguiente documentación: 1.−La anchura mínima de la acera debe ser de 1,5 metros (recorridos medios-Ley Foral 4/1998 y Decreto Foral 154/1989). Deberá quedar clara la separación entre acera y calzada, por ejemplo con un encintado de adoquín o pavimento de distinto color o textura. 2.−Se recomienda que el hormigón utilizado en la pavimentación de las calzadas sea como mínimo del tipo HP-40. La nueva pavimentación deberá presentar continuidad con la existente, poniendo especial cuidado en sus encuentros y rasantes. 3.−Se deberá definir claramente la manera prevista para la recogida y el vertido de las aguas pluviales, teniendo en cuenta que no podrá ser mediante un sistema unitario de saneamiento. 4.−El armario de distribución de acometidas de telefonía y telecomunicaciones deberá situarse en un punto donde no entorpezca el tránsito rodado ni peatonal, preferentemente empotrado en uno de los muros de cierre de parcela. 5.−El modelo de luminaria a utilizar deberá ser igual o similar al de las luminarias existentes. En todo caso, deberá ser acordado con el Concejo de Lorca. Segundo.−Someterlo a información pública por el plazo de veinte días mediante anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y en los diarios que se editen en Navarra y notificación a los propietarios afectados y al concejo a fin de que cualquiera que lo desee pueda examinarlo y deducir, durante el citado plazo, cuantas alegaciones u observaciones considere oportunas. Tercero.−Remitir copia del proyecto de Urbanización de la UE6 de Lorca a la Mancomunidad de Aguas de Montejurra a fin que emita informe en los aspectos que sean de su competencia. Arizala (Valle de Yerri), 9 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Alvaro Nicuesa Santamaría. L0519631

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de Familia) EDICTO

Doña Margarita Pérez-Salazar Resano, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Familia). Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona se tramita procedimiento de divorcio contencioso con el número 0001540/2004, instados por la Procuradora señora María Asunción Martínez Chueca, actuando en nombre y representación de doña María Angeles Beroiz Oroz frente a don Mark Anthony Hinds en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente: Fallo: Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora señora María Asunción Martínez Chueca, actuando en nombre y representación de María Angeles Beroiz Oroz frente a Mark Anthony Hinds, en situación de rebeldía procesal, debo decretar y decreto la dislolución por divorcio del matrimonio que contrajeron en Ealing (Londres), Inglaterra, con los efectos inherentes a tal declaración. Firme que sea la presente resolución, remítase exhorto al Registro Civil de celebración del matrimonio para la práctica de la correspondiente inscripción. No procede hacer expresa condena en costas. Póngase en las actuaciones testimonio de esta resolución e inclúyase en el Libro de Sentencias.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Mark Anthony Hinds en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios de este Juzgado. Pamplona, 17 de marzo de 2005.−La Secretaria Judicial, Elena Gutiérez Serrano. J0518760

Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona EDICTO

Don José Alonso Ramos, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona. Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona se tramita procedimiento de Juicio verbal L.E.C. 2000 con el número 695/2005, instado por el Procurador Señor Miguel Leache Resano, actuando en nombre y representación de doña María Pilar Alegre Indart frente a don Raúl García Orbegozo y doña Ainara Chamorro Arjol, en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente: Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Señor Leache en nombre y representación de María Pilar Alegre Indart frente a Raúl García Orbegozo y Ainara Chamorro Arjol, declarando resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en la Plaza de Yamaguchi de Pamplona, número 7-4.º derecha, de la plaza

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Viernes, 7 de octubre de 2005

de garaje número 30 y del trastero número 5, ubicados en el mismo edificio, que ligaba a las partes y condenando a los demandados a dejar la vivienda, garaje y trastero libres y expeditos, a disposición de la parte actora con entrega de la posesión en el plazo que marca la ley, previniéndole que si no lo hace, podrán ser lanzados por la fuerza y a su costa y condenándoles también al abono de las costas. Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 449.1 y 2 LECn el referido recurso no se admitirá si al prepararlo no acredita por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas. El referido recurso se declarará desierto, cualquiera que sea el estado en que se halle, si durante la sustanciación del mismo el demandado recurrente dejare de pagar los plazos que venzan o los que deba adelantar. El arrendatario podrá adelantar o consignar el pago de varios periodos no vencidos, los cuales se sujetarán a liquidación una vez firme la sentencia. En todo caso, el abono de dichos importes no se considerará novación del contrato. Así, por ésta mi Sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo acuerdo, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en legal forma a don Raúl García Orbegozo y doña Ainara Chamorro Arjol, en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de anuncios de este Juzgado. Pamplona, 22 de septiembre de 2005.−El Secretario, José Alonso Ramos. J0519569

10011 Juzgado de Instrucción número Dos de Estella Cédula de citación

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, Juicio de Faltas 84/2005, seguidos ante este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos, por medio de la presente se le cita a Vd. a fin de que comparezca ante este Juzgado, sito en Plaza de San Martín, 4 de Estella, el día 19 de octubre de 2005 a las diez horas, al objeto de asistir a la celebración del presente Juicio de Faltas, en calidad de denunciante, pudiendo comparecer asistido de Letrado de su elección, si se trata de denunciante o denunciado, y debiendo aportar a dicho acto los testigos y demás medios de prueba de que intente valerse. Citar a: José Antonio Galech Garcia. Domicilio: Jarauta 40, 3.º de Pamplona. Asimismo, se cita a Vd. con el apercibimiento de que de no comparecer ni alegar justa causa que se lo impidiere, si es denunciante o denunciado, le parará el perjuicio a que haya lugar con arreglo a derecho. Y de tratarse de testigo, se le podría imponer la multa que a tal efecto establece la L.E.Criminal. Se le hace saber que deberá entregar la presente cédula de citación en la Secretaría de este Juzgado el día del señalamiento indicado en la misma. Estella, 10 de agosto de 2005.−El Secretario, firma ilegible. J0519498

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tudela EDICTO

Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona EDICTO

En Juzgado Instrucción número Tres de Pamplona, a 15 de septiembre de 2005. Se hace saber: Que en el juicio de faltas número 196/2005 se acordado citar a don Iban Gómez Pérez. Y para que conste y sirva de citación a don Iban Gómez Pérez, actualmente en paradero desconocido, para que comparezca a la celebración del juicio de faltas número 196/2005, el día 17 de noviembre de 2005, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos, en la Sala de Vistas número seis, tercera planta, en la calidad de denunciado y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra expido el presente. Pamplona, 15 de septiembre de 2005.−La Secretaria Judicial, firma ilegible. J0519113

Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona EDICTO

En Juzgado Instrucción número Tres de Pamplona, a 23 de septiembre de 2005. Se hace saber: Que en el juicio de faltas número 148/2005 se acordado citar a Pedro María Ruiz Jiménez. Y para que conste y sirva de citación a don Pedro María Ruiz Jiménez, actualmente en paradero desconocido, para que comparezca a la celebración del juicio de faltas número 148/2005, el día 13 de octubre de 2005, a las nueve horas cuarenta minutos, en la Sala número 6 de la 3.ª planta, en la calidad de denunciado y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra expido el presente. Pamplona, 23 de septiembre de 2005.−La Secretario Judicial, firma ilegible. J0519610

Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona Cédula de notificación

Por tenerlo así acordado en los autos de juicio de faltas 302/05, se cita a Mahmoud Frah a fin de que comparezcan ante la Sala de Vistas de este Juzgado el próximo día 18 de octubre de 2005, a las diez treinta horas, en la Sala 13, planta 1.ª, que también se menciona al objeto de asistir a la celebración del juicio de faltas, debiendo hacerlo con las pruebas de que intente valerse. Y, para que conste y sea publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, expido y firmo la presente. Pamplona, 11 de septiembre de 2005.−La Secretaria Judicial, Inmaculada Jurio Macaya. J0519083

Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tudela. Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio, número 522/2005, a instancia de don José Gregorio Fernández Malaga expediente de dominio para la rectificación de la siguiente finca: Finca rústica: Finca 129 del polígono número 1, terreno dedicado a regadío, en el paraje denominado Río Alto, Ayuntamiento de Arguedas que linda: Norte, con camino, acequia; Sur, con Antonio Sanz Barandalla (finca 127); Este, con Dolores Calavia Samanes; Oeste, con Juan Bautista Azcárate Jiménez (finca 130). Tiene una extensión superficial de cero hectáreas dieciséis áreas y veintidós centiáreas (1.722 metros cuadrados) y es, por tanto indivisible conforme a la legislación vigente de unidades mínimas de cultivo, que para este regadío por gravedad es de una hectárea. Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Tudela, tomo 3303, libro 142, folio 111, finca 7275 de Arguedas. Por el presente y en virtud de lo acordado en la providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. Tudela, 29 de julio de 2005.−El Secretario, Luis Francisco Bernal Martín. J0519246

Juzgado de lo Social número Uno de Navarra Cédula de notificación

Don Antonio Fernández Ayesa, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Navarra. Hago saber: Que en el procedimiento 109/2005 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Javier Barber Gutiérrez contra la empresa Encofrados y Construcciones Irati, S.L., sobre cantidad, se ha dictado resolución de fecha 13 de septiembre de 2005 en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente: Se declara la insolvencia provisional de empresa Encofrados y Construcciones Irati, S.L., a los fines de la presente ejecución por importe de 1.666,11 euros. Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes a su notificación. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Encofrados y Construcciones Irati, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Pamplona, 13 de septiembre de 2005.−El Secretario Judicial, Antonio Fernández Ayesa. J0519118

Juzgado de lo Social número Uno de Navarra Cédula de notificación

Doña Aranzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretario Judicial en funciones del Juzgado de lo Social número Uno de Navarra. Hago saber: Que en el procedimiento 0000131/2005 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Miriam Galar Apesteguia contra la empresa Riojuguetes, S.L., sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 7 de septiembre de 2005 en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente: Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Mirian Galar Apesteguia con la empresa Riojuguetes, S.L., y en su consecuencia fijar una indemnización a cargo de ésta y a favor de aquél por importe de 6.287,63 euros debiendo abonarle además, en concepto de salarios de tramitación fijados en la sentencia ejecutoria y hasta esta fecha 5.576,05 euros. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fogasa, previniéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición para ante este Juzgado, debiendo citarse el precepto legal que se entendiere infringido. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Riojuguetes, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Pamplona, 9 de septiembre de 2005.−El Secretario Judicial, Antonio Fernández Ayesa. J0519100

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra EDICTO

Doña Aranzazu Ballesteros Pérez de Albeniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra. Hago saber: que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de doña María Josefa Encinas Bernal contra Distribuidora Galaicoasturiana TEL, SL, UNI 2 Telecomunicaciones S A U y Wanadoo (France Telecom S.A.), en reclamación por cantidad, registrado con el número 450/2005 se ha acordado citar a la parte demandada que se halla en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 11 de octubre de 2005 a las once horas en la Sala de vistas número 14, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Dichos actos tendrán lugar en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número Dos sito en calle San Roque, 4-1.ª Planta debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Al objeto de practicar prueba de confesión judicial, deberá comparecer personalmente el demandado y, si se trata de personas jurídicas privadas, la persona que ostente su representación legal, que lo acreditará con exhibición de escritura o poder notarial, con la advertencia de que en caso de incomparecencia injustificada o que rehusara declarar o persistiera en no responder afirmativa o negativamente, se le puede tener por confeso. Y para que sirva de citación a Distribuidora Galaicoasturiana TEL, S.L., se expide la presente cédula. Pamplona, 20 de septiembre de 2005.−La Secretaria Judicial, Aranzazu Ballesteros Pérez de Albeniz. J0519529

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra EDICTO

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de don Juan Luis Ruiz Huguet contra Candis, S.L., Seguros Mapfre, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, registrado con el número 575/2005 se ha

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acordado citar a la parte demandada que se halla en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 13 de diciembre de 2005, a las diez treinta horas, en la Sala de Vistas número 14, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Dichos actos tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número Dos sito en calle San Roque, 4-1.ª planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Al objeto de practicar prueba de confesión judicial, deberá comparecer personalmente el demandado y, si se trata de personas jurídicas privadas, la persona que ostente su representación legal, que lo acreditará con exhibición de escritura o poder notarial, con la advertencia de que en caso de incomparecencia injustificada o que rehusara declarar o persistiera en no responder afirmativa o negativamente, se le puede tener por confeso. Y para que sirva de citación a Candis, S.L., se expide la presente cédula. Pamplona, 15 de septiembre de 2005.−La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz. J0519260

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra. Hago saber: Que en el procedimiento 97/2005 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Francisca Goldaracena Elizondo contra la empresa Limpiairuña, S.L., sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva: Primero.−Se despacha ejecución a instancia de doña Francisca Goldaracena Elizondo contra Limpiairuña, S.L., por un principal de 3.480,43 euros, más 208,83 euros de intereses provisionales y la de 348,083 euros de costas provisionales. Segundo.−Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos y a tal fin, expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor Jefe Provincial de Tráfico, ilustrísimo Alcalde, Servicio de Indices del Registro de la Propiedad y también al señor Director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor Añadido, o cualquier otro. Y asimismo para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de que tenga constancia. advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la LPL). En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado en el grupo Banesto, referencia del juzgado, 3159 0000 64 0097 05 sito en Cortes de Navarra, número 5, de Pamplona. Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se produzcan y de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la correspondiente entidad financiera actuar como depositario o mero intermediario, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrese las oportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada, para la retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículos 519 y siguientes del CP y 893 código de comercio), e indicándosele que debe contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los artículos 75 y 238,3 LPL. Tercero.−Advertir y requerir al ejecutado de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento sexto y que podrán dar lugar a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 300 euros por cada día de retraso.

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Cuarto.−Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la ejecución al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así lo propongo a S.S.ª. Conforme. El Magistrado-Juez. La Secretaria. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Limpiairuña, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Pamplona, 1 de septiembre de 2005.−La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz. J0519187

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ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y oficina, esta vez con número de cuenta 3160.0000.67.0392.05, la cantidad objeto de condena. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria habrá que consignarse como clave de la oficina receptora el número 8025. Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Productos Refri Navarra, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz. J0519117

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra Juzgado de lo Social número Tres de Navarra

EDICTO

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de doña Laura Poceiro Martínez contra Iturrama Inmobiliaria y Servicios, S.L. y Fogasa, en reclamación por cantidad, registrado con el número 481/2005 se ha acordado citar a la parte demandada que se halla en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 25 de octubre de 2005, a las once horas, en la Sala de Vistas número 14, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Dichos actos tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número Dos sito en calle San Roque, 4-1.ª planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Al objeto de practicar prueba de confesión judicial, deberá comparecer personalmente el demandado y, si se trata de personas jurídicas privadas, la persona que ostente su representación legal, que lo acreditará con exhibición de escritura o poder notarial, con la advertencia de que en caso de incomparecencia injustificada o que rehusara declarar o persistiera en no responder afirmativa o negativamente, se le puede tener por confeso. Y para que sirva de citación a Iturrama Inmobiliaria y Servicios, S.L., se expide la presente cédula. Pamplona, 13 de septiembre de 2005.−La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz. J0519082

Juzgado de lo Social número Tres de Navarra Edicto de notificación

Lourdes García Ruiz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra. Hago saber: Que en el procedimiento 392/2005, seguido en este Juzgado a instancias de Jesús María Medrano Segura contra la empresa Productos Refri Navarra, S.L., sobre despido, se ha dictado con fecha 29 de julio de 2005 que contiene la siguiente parte dispositiva: Que estimando la demanda de despido deducida por don Jesús María Medrano Segura frente a la empresa Productos Refri Navarra, S.L., debo declarar y declaro nulo el despido del demandante producido con efectos del 10 de mayo de 2005, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a readmitir al demandante en iguales condiciones a las que regían con anterioridad al despido, así como a abonarle los salarios dejados de percibir desde el 20 de mayo de 2005 hasta que la readmisión tenga lugar, a razón de 39,98 euros al día. Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo. Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, cuenta: 3160.0000.65.0392.05 en la sucursal del Banesto de la calle Cortés de Navarra (oficina número 0030-8025), y justificante de haber

Edicto de notificación

Lourdes García Ruiz, Secretario del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra. Hago saber: Que en el procedimiento 102/2004, seguido en este Juzgado a instancias de Hamid Jamaleddine contra la empresa Navex Consultores, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva: Se aprueba la Tasación de costas y liquidación de intereses practicada en autos, ascendente al total de 140,42 euros, a cuyo pago viene obligada la parte ejecutada Navex Consultores, S.L. Líbrese y entréguese los correspondientes mandamientos de devolución a tenor de la tasación y/o liquidación aprobada/s: 1.−A favor de don Hamid Jamaleddine 56,90 euros, en concepto de intereses. 2.−A favor de don Jesús Aguinaga Tellería 69,60 euros, en concepto de costas. 3.−A favor del Registro de Bienes Muebles de Navarra 13,92 euros, en concepto de costas. 4.−A favor del Juzgado de lo Social número 2 de Navarra transfiérase la cantidad de 115,35 euros, en concepto de sobrante a su ejecución número 124/2004. Y verificado que sea, procédase al archivo de las actuaciones sin más trámite, dejando nota en el Libro de Registro de su razón. Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber al tiempo que la misma es firme en derecho. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Navex Consultores, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Pamplona, 9 de septiembre de 2005.−La Secretario Judicial, Lourdes García Ruiz. J0519104

Juzgado de lo Social número Catorce de Madrid EDICTO

Doña María Angeles Charriel Arrebol, Secretaria del Juzgado de lo Social número Catorce de los de Madrid y su provincia. Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancia de don José Francisco Martín Martín y otros contra Miguel Angel Azpilicueta Medina en reclamación por cantidad, registrado con el número 864/2003 se ha dictado auto de insolvencia, con fecha 7 de septiembre de 2005 cuyo tenor literal en el que consta en las copias simples que se adjuntan: "Madrid, 7 de septiembre de 2005. La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacer constar que se han practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo sin pleno resultado, que se ha recibido escrito de la parte actora de fecha 21 de julio de 2005 solicitando la insolvencia, y asimismo que la presente ejecución se sigue por un principal de 11.181,87 euros, sin que se haya abonado cantidad alguna por la demandada, de lo que paso a dar cuenta a S.S.ª ilustrísima. Doy fé.

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Auto: Madrid, 7 de septiembre de 2005. Vistas las presentes actuaciones seguidas a instancia de José Francisco Martín Martín, Edison Patiño Garcés y Juan Felipe Tejada Núñez contra Miguel Angel Azpilicueta Medina sobre cantidad, se dictó la siguiente resolución. Hechos: Primero.−Que se solicitó ejecución con fecha 1 de abril de 2004, acordándose la misma por auto de fecha 8 de junio de 2004. Segundo.−Que en la ejecución seguida en estas actuaciones se han practicado diligencias para encontrar bienes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, suficientes para cubrir el importe de la deuda, sin pleno resultado. Tercero.−Con fecha 14 de junio de 2004 se citó al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días pudiera instar diligencias en relación con la insolvencia de la ejecutada. Razonamientos jurídicos: Unico.−Que habiéndose practicado diligencias para encontrar bienes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, suficientes para cubrir el importe de la deuda, sin pleno resultado, y practicada que ha sido la información pertinente a tal efecto, procede, a tenor de lo prevenido en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, declarar

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la insolvencia del mismo, con carácter provisional y sin perjuicio de continuar la ejecución cuando mejore de fortuna. Parte dispositiva: En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación. Dispongo: Que se declara al ejecutado don Miguel Angel Azpilicueta Medina en situación de insolvencia total en el sentido legal con carácter provisional, por importe de 11.181,87 euros. Archívense las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la misma, si en lo sucesivo el deudor mejorase de fortuna. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Así, por este Auto, lo manda y firma la ilustrísima señora doña Inmaculada Parado Caparrós, Magistrada sustituta del Juzgado de lo Social número Catorce de Madrid". Y para que sirva de notificación a Miguel Angel Azpilicueta Medina, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, expido y firmo el presente. Madrid, 7 de septiembre de 2005.−La Secretaria Judicial, María Angeles Charriel Arrebol. J0519125

VIII. ANUNCIOS 8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Resolución de expedientes sancionadores

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de los Acuerdos de Gobierno resolviendo recursos de alzada contra las Resoluciones (P.S.T.) que se relacionan a continuación, se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley. Visto el recurso de alzada que, con fecha 8 de julio de 2004, presenta don Emilio Núñez Muñoz, en representación de Grupo Logístico y de Almacenamiento Siro, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 5746/2004, de 21 de mayo, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 2.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 1 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula V-8969-GU, en el kilómetro 78,000 de la carretera A-15, por circular con un vehículo obligado a llevar instalado aparato tacógrafo, careciendo el conductor de todos los discos de la semana en curso y el último de la semana anterior. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 26 de marzo de 2004, se notificó a Grupo Logístico y de Almacenamiento Siro, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0057/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 1 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula V-8969-GU, en el kilómetro 78,000 de la carretera A-15, por circular con un vehículo obligado a llevar instalado aparato tacógrafo, careciendo el conductor de todos los discos de la semana en curso y el último de la semana anterior. 2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas. Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso prueba que desvirtuase la comisión de la infracción. 3.º El día 21 de mayo de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como muy grave de acuerdo con lo establecido en los artículos 140.24 Ley 16/1987 proponiendo la sanción de 2.001 euros. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 5746/2004, de 21 de mayo, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Grupo Logístico y de Almacenamiento Siro, S.L. una sanción de 2.001 euros. 4.º Con fecha 8 de julio de 2004, don Emilio Núñez Muñoz, en representación de Grupo Logístico y de Almacenamiento Siro, S.L. interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho, y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción.

Fundamentos de Derecho: 1.º Alega el recurrente que no pudo presentar los discos de la semana en curso porque se encontraba de vacaciones. Se ha de señalar en este sentido que el artículo 15.2.º del Reglamento 3821/1985, de 20 de diciembre, del Consejo de la Comunidad Europea, establece que los conductores utilizarán las hojas de registro cada día que conduzcan, desde el momento en que se hagan cargo del vehículo, disponiendo su punto 7.º que el conductor deberá estar en condiciones de presentar, ante cualquier requerimiento de los agentes de control, las hojas de registro de la semana en curso y, en todo caso, la hoja del último día de la semana precedente durante la cual haya conducido, obligación que se ha incumplido en el caso que nos ocupa, por cuanto el recurrente alega que no puede presentar los discos porque el conductor había estado de vacaciones, sin que este extremo haya sido probado. En el mismo sentido, debe tenerse en consideración que la denuncia, en la que se especifican con claridad todas las circunstancias concurrentes, goza de presunción de veracidad, tal y como dispone el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece que: "Los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalizan en documento público observando los requisitos pertinentes, tendrán valor probatorio, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados". 2.º Alega el recurrente que debe guardarse la debida adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada. El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción al artículo 140.24 de la Ley 16/1987 modificada parcialmente por la Ley 29/2003 de 8 de octubre que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.g) de la citada Ley, se ha calificado como muy grave. Para estas infracciones se prevé multa de 2.001 euros a 3.300 euros. En este supuesto se impone multa de 2.001 euros, por lo que se ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio de proporcionalidad. 3.º Por último alega el recurrente que la responsabilidad es del conductor. El artículo 138 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por la Ley 29/2003 de 8 de octubre, indica que la responsabilidad administrativa por las infracciones de las normas reguladoras de los transportes terrestres y de sus actividades auxiliares y complementarias corresponderá en las infracciones cometidas con ocasión de la realización de transportes o actividades sujetos a concesión o autorización administrativa, a la persona física o jurídica titular de la concesión o de la autorización, independientemente de que las acciones u omisiones de las que dicha responsabilidad derive hayan sido materialmente realizadas por ellas o por el personal de su empresa, sin perjuicio de que puedan deducir las acciones que a su juicio resulten procedentes contra las personas a las que sean materialmente imputables las infracciones.

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Por tanto, en aplicación de este precepto hay que señalar que la responsabilidad de la infracción es del recurrente, como titular de la autorización en cuestión, y no del conductor, sin perjuicio de que aquél pueda deducir contra este último las acciones que considere oportunas. En este sentido se han pronunciado, entre otras, la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, de 18 de diciembre de 2002 "el responsable de la infracción sancionada no es el conductor del vehículo sino el titular de la autorización del transporte (artículo 138.1 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres) no en vano la actividad se realiza en beneficio de éste y bajo su control". 4.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Emilio Núñez Muñoz, en representación de Grupo Logístico y de Almacenamiento Siro, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 5746/2004, de 21 de mayo, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Grupo Logístico y de Almacenamiento Siro, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 20 de junio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 13 de octubre de 2004, presenta don Valentín Germán Luengo, en representación de Trans Ancar, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 10053/2004, de 27 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 600 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 10 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula 9593WV64, en el kilómetro 30,000 de la carretera A-15, por circular con una altura total el vehículo de 4 metros y 15 centímetros habiendo transportado 54 frigoríficos desde Esquíroz hasta Zaragoza. Medido con cinta métrica homologada E-164, Ring III. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 8 de marzo de 2004, se notificó a Trans Ancar, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0191/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 10 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula 9593WV64, en el kilómetro 30,000 de la carretera A-15, por circular con una altura total el vehículo de 4 metros y 15 centímetros habiendo transportado 54 frigoríficos desde Esquíroz hasta Zaragoza. Medido con cinta métrica homologada E-164, Ring III. 2.º El día 10 de marzo de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 27 de agosto de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 10 de marzo de 2004, se confirma la sanción al no quedar desvirtuado el hecho por el interesado, quien en fase de alegaciones solicitó se le remitiesen aquéllas que acreditasen su existencia. Abierto el periodo de prueba se le remitió el informe del agente quien a su vez facilita las certificaciones de la cinta métrica utilizada en la medición del exceso de altura. Concedido un nuevo plazo de alegaciones formula unas en las que, en relación con el informe del agente, considera que es deficiente porque tan sólo se ratifica. A ello hay que señalar que el agente, al ratificarse en el informe, facilita los datos concretos del vehículo tales como los números de bastidor y la matrícula del semirremolque y señala que se midió la altura resultando una de 4,15 m, informe que es suficientemente expresivo en cuanto que en él se contienen las circunstancias en que se produjo el hecho y un relato del mismo, no cabiendo otra explicación más exacta que la de su existencia, además de que el interesado no ha aportado elemento alguno distinto de los iniciales y sobre el que el agente tuviera que pronunciarse. En cuanto a que no se le han remitido copias de todos los documentos que constan en el expediente, señalar que todos ellos obran en su poder como así consta en los acuses de recibo en los que se expresa el envío de los documentos remitidos, por lo que en ningún momento al interesado se le ha colocado en una situación de indefensión, habiéndose propuesto la sanción que corresponde al hecho imputado conforme al principio de proporcionalidad. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 10053/2004, de 27 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se da por

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concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Trans Ancar, S.L. una sanción de 600 euros. 4.º Con fecha 13 de octubre de 2004, don Valentín Germán Luengo, en representación de Trans Ancar, S.L. interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: 1.º El recurrente niega los hechos amparándose en el principio de presunción de inocencia. En este sentido, hay que recordar que la presunción de inocencia, según la interpretación de los Tribunales, queda destruida mediante la denuncia formulada por los agentes de la autoridad, a menos que se pruebe lo contrario de lo que la denuncia constata, prueba que, obviamente, incumbe a aquél que niega o contradice los hechos denunciados. Siendo lo cierto que el agente aportó, con su propio boletín de denuncia, cuantos elementos probatorios sobre el hecho denunciado obtuvo. En el mismo sentido se ha manifestado el Tribunal Supremo en sentencia de 14 de septiembre de 1990: "Cuando la denuncia sobre un hecho denunciado es formulada por agente de la autoridad, encargado del servicio, la presunción de veracidad y legalidad que acompaña a todo obrar de los órganos administrativos y de sus agentes, es un principio que debe acatarse y defenderse, ya que constituye esencial garantía de una acción administrativa eficaz, sin que ello quiera decir, en coordinación con el principio constitucional de presunción de inocencia, que el hecho denunciado por un agente se considere intangible, ya que la realidad del mismo puede quedar desvirtuada mediante la adecuada prueba en contrario ...". Este principio ha sido recogido legalmente en el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: "Los hechos constatados por funcionarios a los que se les reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documento público observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados". En el expediente recurrido, la presunción de inocencia queda desvirtuada toda vez que el exceso de altura fue comprobado por el agente con cinta métrica homologada, copia de cuyo Certificado de Homologación fue remitida al interesado, habiendo emitido además, el agente denunciante informe ratificador corroborando lo dispuesto en el boletín de denuncia. 2.º Respecto a la falta de notificación de la propuesta de resolución ha de manifestarse que el artículo 212 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que "ultimada la instrucción del procedimiento y practicada la audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando ésta no sea necesaria de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, éste elevará propuesta de resolución al órgano que legal o reglamentariamente tenga atribuida la competencia sancionadora para que dicte la resolución que proceda". Por su parte, el artículo 84.4 de la Ley 30/1992 dispone que "se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado". Como reiteradamente vienen manifestando los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona y la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, dicho trámite resulta prescindible, sin que por ello sufra el derecho de defensa, cuando la propuesta de resolución se limita a confirmar los cargos, conocidos ya en el trámite de audiencia concedido con la notificación del acto de incoación del procedimiento sancionador, y sin que se haya incorporado ningún dato nuevo que no fuera conocido con anterioridad por el interesado. En el supuesto que ahora nos ocupa, se notificó al recurrente el acto de incoación, en el que se encuentran perfectamente identificados los hechos y los preceptos conforme a los cuales se tipificó la infracción cometida así como la correspondiente sanción, concediéndole un plazo para formular alegaciones, que fueron realizadas por el recurrente, si bien no alteraron en ningún punto el contenido de la acusación inicialmente formulada, de modo que no ha existido la indefensión que alega el recurrente. 3.º El recurrente considera que la resolución sancionadora carece de motivación. La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común regula, en su artículo 138.1, el contenido de las resoluciones que pongan fin a los procedimientos sancionadores estableciendo que ha-

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brán de ser motivadas y resolver todas las cuestiones planteadas en el expediente. La Resolución (P.S.T) 10053/2004, de 27 de agosto, del Director General de Transportes, es una resolución lo suficientemente motivada, que ha analizado las diversas cuestiones planteadas por el interesado, en cuanto analiza los hechos, señalando las diversas circunstancias que concurren en el mismo (día, lugar, matrícula del vehículo denunciado), así como qué infracción constituye tal hecho, y qué sanción corresponde, citando expresamente los preceptos que tipifican tanto la infracción como la sanción, y habiendo analizado las alegaciones presentadas por el recurrente, que no se estiman debido a que no queda desvirtuado el hecho por el interesado, quien en fase de alegaciones solicitó se le remitiesen aquéllas que acreditasen su existencia. Abierto el periodo de prueba se le remitió el informe del agente quien a su vez facilita las certificaciones de la cinta métrica utilizada en la medición del exceso de altura. Concedido un nuevo plazo de alegaciones formula unas en las que, en relación con el informe del agente, considera que es deficiente porque tan sólo se ratifica. A ello hay que señalar que el agente, al ratificarse en el informe, facilita los datos concretos del vehículo tales como los números de bastidor y la matrícula del semirremolque y señala que se midió la altura resultando una de 4,15 m, informe que es suficientemente expresivo en cuanto que en él se contienen las circunstancias en que se produjo el hecho y un relato del mismo, no cabiendo otra explicación más exacta que la de su existencia, además de que el interesado no ha aportado elemento alguno distinto de los iniciales y sobre el que el agente tuviera que pronunciarse. En cuanto a que no se le han remitido copias de todos los documentos que constan en el expediente, señalar que todos ellos obran en su poder como así consta en los acuses de recibo en los que se expresa el envío de los documentos remitidos, por lo que en ningún momento al interesado se le ha colocado en una situación de indefensión, habiéndose propuesto la sanción que corresponde al hecho imputado conforme al principio de proporcionalidad. En este sentido, cabe recordar lo expuesto en la sentencia 53/1996, de 12 de septiembre, del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se ha pronunciado sobre el argumento del recurrente de la falta de motivación de dos órdenes forales dictadas por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, y en las que se sancionaban infracciones en materia de transporte. En la citada sentencia se afirma: "Tampoco adolece de falta de motivación, pues, aunque de manera sucinta y compendiosa, ambas resoluciones expresan con precisión los hechos y circunstancias constitutivos de la infracción día, hora, lugar, vehículo, peso de la carga transportada y de la autorizada, así como de los preceptos legales y reglamentarios que la tipifican como muy grave, proporcionando información suficiente del fundamento jurídico y fáctico de las sanciones impuestas, en términos que posibilitan su impugnación y la revisión jurisdiccional de su conformidad o adecuación a Derecho, con lo que dicha motivación cumple en lo fundamental las exigencias básicas que el derecho de defensa reclama y las que el control de los actos de la Administración precisa." Así pues, la resolución sancionadora ha respetado en todo momento los preceptos que el denunciado considera vulnerados, pues es una resolución motivada, que ha decidido las diversas cuestiones planteadas por los interesados y valorado las pruebas existentes, fijando los hechos, la persona responsable de los mismos, la infracción cometida, y la sanción que se impone. 4.º El recurrente considera la sanción desproporcionada. El hecho que se imputa al interesado constituye una infracción al artículo 7.h) del Decreto Foral 112/85 que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 143.1.d), de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley 29/2003 de 8 de octubre se ha calificado como grave. Para estas infracciones se prevé multa de 401 euros a 1.000 euros. En este supuesto se impone sanción de 600 euros teniéndose en cuenta las repercusiones que el exceso de altura puede suponer, considerando sus consecuencias para la seguridad del tráfico, lo que implica un riesgo evidente para la seguridad de las personas. 5.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Valentín Germán Luengo, en representación de Trans Ancar, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 10053/2004, de 27 de agosto, del Director General de Transportes.

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2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Trans Ancar, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 20 de junio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 28 de octubre de 2004, presenta doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 8336/2004, de 30 de julio del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 3.301 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 12 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula NA-9723-AS, en el kilómetro 9,500 de la carretera N-240, por circular desde Sarasa a Pamplona para recogida de viajeros no llevando insertada hoja de registro (disco diagrama) en el aparato tacógrafo 1318, número 2403870, E1-57. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 7 de mayo de 2004, se notificó a Autocares Ibargoiti, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0227/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 12 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula NA-9723-AS, en el kilómetro 9,500 de la carretera N-240, por circular desde Sarasa a Pamplona para recogida de viajeros no llevando insertada hoja de registro (disco diagrama) en el aparato tacógrafo 1318, número 2403870, E1-57. 2.º El día 25 de mayo de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 28 de julio de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 25 de mayo de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que la denuncia formulada por agente de la autoridad goza de presunción de veracidad, presunción que no ha sido destruida por el interesado quien se limita a negar los hechos y no acredita lo manifestado en su escrito de alegaciones por lo que no se considera procedente la práctica de la prueba propuesta, informe ratificador, en virtud de lo dispuesto en el artículo 137.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, señalándose que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 140.22 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, se considera infracción muy grave no llevar insertada la correspondiente hoja de registro en el aparato de control de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible, no apreciándose la prescripción de la infracción en virtud de lo establecido en su artículo 145 y graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1.h) de la referida Ley. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 8336/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Autocares Ibargoiti, S.L. una sanción de 3.301 euros. Dicha Resolución se notificó al recurrente en fecha 9 de septiembre de 2004. 4.º Con fecha 28 de octubre de 2004, doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L., interpone recurso de alzada. Fundamentos de Derecho: Unico.−La Resolución (P.S.T.) 8336/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, fue notificada al recurrente en fecha 9 de septiembre de 2004. El artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los términos y plazos establecidos en esta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. El artículo 115 de la Ley 30/1992, señala que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. El artículo 48.2 de dicha norma, por su parte, señala que, si el plazo se fija en meses, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, por lo que el último día para la interposición del recurso era, en este caso, el 13 de noviembre de 2004.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Por tanto, el recurso, presentado el día 28 de octubre de 2004, se ha presentado fuera del plazo establecido en las normas, por lo que procede su inadmisión. En este sentido, el Tribunal Supremo ha manifestado en reiteradas sentencias (Sentencia de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 1988, Fundamento de Derecho 3.º), que todos los términos procesales lo son de caducidad y no de prescripción. Los preceptos procesales, con arreglo a una reiterada doctrina, tanto del Tribunal Constitucional -Sentencia 202/1988, de 31 de octubre- como del Tribunal Supremo de 18 y 30 de marzo de 1993-, son de orden público y la premisa de que la interpretación de los mismos no ha de ser restrictiva del derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, no permite sacar la conclusión de que existe una prorrogabilidad arbitraria de los plazos, ni de que estos puedan quedar al arbitrio de las partes (Sentencia del Tribunal Constitucional 1/1989, de 16 de enero), siendo en tal sentido muy numerosas las resoluciones del Tribunal Constitucional que inadmiten el recurso de amparo, que ante él se presente, transcurrido un día fuera del plazo de los veinte que establece el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Autos 206/1985; 230/1990 entre otros muchos). Por lo expuesto, el recurso de alzada fue presentado fuera del plazo de 1 mes que prescribe el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede su inadmisión. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Inadmitir el recurso de alzada interpuesto por doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 8336/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Autocares Ibargoiti, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 20 de junio de 2005−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 10 de noviembre de 2004, presenta doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 7400/2004, de 2 de julio del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 2.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 12 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula NA-9723-AS, en el kilómetro 9,500 de la carretera N-240, por circular desde Sarasa a Pamplona para recoger viajeros careciendo de discos diagrama de la semana en curso, así como el último de la semana anterior. Conduce Emilio Martínez Baztan. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 7 de mayo de 2004, se notificó a Autocares Ibargoiti, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0230/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 12 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula NA-9723-AS, en el kilómetro 9,500 de la carretera N-240, por circular desde Sarasa a Pamplona para recoger viajeros careciendo de discos diagrama de la semana en curso, así como el último de la semana anterior. Conduce Emilio Martínez Baztán. 2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de quince días hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas. Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso prueba que desvirtuase la comisión de la infracción. 3.º El día 1 de julio de 2004 la instructora formula propuesta de resolución en la que considera procedente confirmar la sanción toda vez que el interesado no ha presentado alegación ni prueba alguna en el plazo legal establecido. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 7400/2004, de 2 de julio, del Director General de Transportes, por la que se da por concluido el procedimiento sancionador incoado, imponiendo a Autocares Ibargoiti, S.L. una sanción de 2.001 euros Dicha Resolución se notificó al recurrente en fecha 7 de octubre de 2004. 4.º Con fecha 10 de noviembre de 2004, doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L. interpone recurso de alzada.

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Fundamentos de Derecho: Unico.−La Resolución (P.S.T.) 7400/2004, de 2 de julio, del Director General de Transportes, fue notificada al recurrente en fecha 7 de octubre de 2004. El artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los términos y plazos establecidos en esta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. El artículo 115 de la Ley 30/1992, señala que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. El artículo 48.2 de dicha norma, por su parte, señala que, si el plazo se fija en meses, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, por lo que el último día para la interposición del recurso era, en este caso, el 7 de noviembre de 2004. Por tanto, el recurso, presentado el día 10 de noviembre de 2004, se ha presentado fuera del plazo establecido en las normas, por lo que procede su inadmisión. En este sentido, el Tribunal Supremo ha manifestado en reiteradas sentencias (Sentencia de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 1988, Fundamento de Derecho 3.º), que todos los términos procesales lo son de caducidad y no de prescripción. Los preceptos procesales, con arreglo a una reiterada doctrina, tanto del Tribunal Constitucional -Sentencia 202/1988, de 31 de octubre -como del Tribunal Supremo de 18 y 30 de marzo de 1993-, son de orden público y la premisa de que la interpretación de los mismos no ha de ser restrictiva del derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, no permite sacar la conclusión de que existe una prorrogabilidad arbitraria de los plazos, ni de que éstos puedan quedar al arbitrio de las partes (Sentencia del Tribunal Constitucional 1/1989, de 16 de enero), siendo en tal sentido muy numerosas las resoluciones del Tribunal Constitucional que inadmiten el recurso de amparo, que ante él se presente, transcurrido un día fuera del plazo de los veinte que establece el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Autos 206/1985; 230/1990 entre otros muchos). Por lo expuesto, el recurso de alzada fue presentado fuera del plazo de 1 mes que prescribe el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede su inadmisión. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Inadmitir el recurso de alzada interpuesto por doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 7400/2004, de 2 de julio, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Autocares Ibargoiti, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 4 de julio de 2005−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 19 de octubre de 2004, presenta don Julián Carrasco Maestre, en representación de Congelados Coma Coma, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 8696/2004, de 11 de agosto del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 201 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 13 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula 3042-BBM, en el kilómetro 11,500 de la carretera N-240-A, por realizar transporte de alimentos congelados entre Berriozar y Vitoria. No llevando a bordo la autorización de transporte MPC. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 2 de junio de 2004, se notificó a Congelados Coma Coma, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0253/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 13 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula 3042-BBM, en el kilómetro 11,500 de la carretera N-240-A, por realizar transporte de alimentos congelados entre Berriozar y Vitoria. No llevando a bordo la autorización de transporte MPC. 2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 2 de junio de 2004, se notificó a S.C. Istúriz Asenjo, J.M. y Zabalza Larrea, J. la incoación de expediente sancionador NA 0302/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 4 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula NA-8534-AD, en el kilómetro 22,500 de la carretera N-121, por circular transportando útiles de montaje de sistemas de refrigeración, careciendo el vehículo reseñado de tarjeta de transportes. 2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de quince días hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas. Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso prueba que desvirtuase la comisión de la infracción. 3.º El día 11 de agosto de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como leve de acuerdo con lo establecido en los artículos 142.25 en relación con el artículo 141.13 Ley 16/1987 proponiendo la sanción de 400 euros. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 8698/2004, de 11 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a S.C. Istúriz Asenjo, J.M. y Zabalza Larrea, J. una sanción de 400 euros. 4.º Con fecha 3 de diciembre de 2004, S.C. Istúriz Asenjo, J.M. y Zabalza Larrea, J. interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: Unico.−Alega el recurrente la nulidad del procedimiento por no habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de pruebas y alegaciones. El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. Así, examinado el acuse de recibo remitido por el Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 17 de marzo de 2004 a las 13 horas 5 minutos, siendo el segundo intento el 21 de marzo a las 12 horas, por lo que se ha dado estricto cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo. Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal, se procedió al envío al Ayuntamiento de Pamplona para su publicación edictal, produciéndose desde el día 13 de mayo hasta el 4 de junio de 2004, así como a la notificación mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 66, de 2 de junio de 2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por éste. El artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que los procedimientos sancionadores garantizarán al presunto responsable los siguientes derechos: A ser notificado de los hechos que se le imputen, de las infracciones que tales hechos puedan constituir y de las sanciones que, en su caso, se les pudieran imponer, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya tal competencia. A formular alegaciones y utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico que resulten procedentes. Los demás derechos reconocidos por el artículo 35 de esta Ley. Examinada la documentación que obra en el expediente recurrido se comprueba que no existe infracción alguna de este precepto. Analizado el procedimiento se comprueba cómo se ha cumplido escrupulosamente con todas las actuaciones exigidas por la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada parcialmente por la Ley 29/2003 de 8 de octubre, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, y modificado por el Real Decreto 1772/1994, por el que se adecua la Ley 16/1987 a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto constan las siguientes actuaciones: denuncia por agente de la autoridad, resolución de incoación de expediente sancionador notificada en forma al denunciado a quien se le confirió la posibilidad de presentar alegaciones y quien no hizo uso de este derecho, asimismo, hay informe de la Inspección previo a la resolución

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sancionadora y finalmente se dictó la resolución sancionadora, por lo que, en absoluto, se puede considerar nulo el procedimiento. Ha de manifestarse así mismo, que todos los documentos que forman parte de este expediente sancionador obran en poder del interesado, dado que se han practicado las oportunas notificaciones. Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por S.C. Istúriz Asenjo, J.M. y Zabalza Larrea, J. contra la Resolución (P.S.T.) 8698/2004, de 11 de agosto, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a S.C. Istúriz Asenjo, J.M. y Zabalza Larrea, J., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 4 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 28 de octubre de 2004, presenta doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 8337/2004, de 30 de julio del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 7 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula NA-1692-AK, en el kilómetro 75,000 de la carretera A-15, por circular transportando 46 viajeros en servicio discrecional no cumplimentando los datos relativos al servicio en el libro de ruta. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 24 de mayo de 2004, se notificó a Autocares Ibargoiti, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0314/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 7 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula NA-1692-AK, en el kilómetro 75,000 de la carretera A-15, por circular transportando 46 viajeros en servicio discrecional no cumplimentando los datos relativos al servicio en el libro de ruta. El contratante del servicio es el Club de Fútbol Huarte. 2.º El día 10 de junio de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 30 de julio de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 10 de junio de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que la denuncia formulada por agente de la autoridad goza de presunción de veracidad, presunción que no ha sido destruida por el interesado quien se limita a negar los hechos por lo que no se considera procedente la práctica de la prueba propuesta, informe ratificador, en virtud de lo dispuesto en el artículo 137.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, señalándose que no se aprecia la prescripción de la infracción de acuerdo con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1 e) de la referida Ley 16/1987. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 8337/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Autocares Ibargoiti, S.L. una sanción de 1.001 euros. Dicha Resolución se notificó al recurrente en 9 de septiembre de 2004. 4.º Con fecha 28 de octubre de 2004, doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L., interpone recurso de alzada. Fundamentos de Derecho: Unico.−La Resolución (P.S.T.) 8337/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, fue notificada al recurrente en fecha 9 de septiembre de 2004. El artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los términos y plazos establecidos en esta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. El artículo 115 de la Ley 30/1992, señala que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

El artículo 48.2 de dicha norma, por su parte, señala que, si el plazo se fija en meses, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, por lo que el último día para la interposición del recurso era, en este caso, el 9 de octubre de 2004. Por tanto, el recurso, presentado el día 28 de octubre de 2004, se ha presentado fuera del plazo establecido en las normas, por lo que procede su inadmisión. En este sentido, el Tribunal Supremo ha manifestado en reiteradas sentencias (Sentencia de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 1988, Fundamento de Derecho 3.º), que todos los términos procesales lo son de caducidad y no de prescripción. Los preceptos procesales, con arreglo a una reiterada doctrina, tanto del Tribunal Constitucional -Sentencia 202/1988, de 31 de octubre- como del Tribunal Supremo de 18 y 30 de marzo de 1993-, son de orden público y la premisa de que la interpretación de los mismos no ha de ser restrictiva del derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, no permite sacar la conclusión de que existe una prorrogabilidad arbitraria de los plazos, ni de que estos puedan quedar al arbitrio de las partes (Sentencia del Tribunal Constitucional 1/1989, de 16 de enero), siendo en tal sentido muy numerosas las resoluciones del Tribunal Constitucional que inadmiten el recurso de amparo, que ante él se presente, transcurrido un día fuera del plazo de los veinte que establece el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Autos 206/1985; 230/1990 entre otros). Por lo expuesto, el recurso de alzada fue presentado fuera del plazo de 1 mes que prescribe el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede su inadmisión. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Inadmitir el recurso de alzada interpuesto por doña Carmen Ontoria Pérez, en representación de Autocares Ibargoiti, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 8337/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Autocares Ibargoiti, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 20 de junio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 10 de diciembre de 2004, presenta don Félix Galech Layana, en representación de Urralegui Transportes, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 8699/2004, de 11 de agosto del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 600 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 9 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 9768-BYR, en el kilómetro 79,000 de la carretera A-15, por circular transportando troncos de madera desde Alfaro (La Rioja) hasta Irún (Guipúzcoa), con una altura de 4 metros 37 centímetros. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 2 de junio de 2004, se notificó a Urralegui Transportes, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0323/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 9 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 9768-BYR, en el kilómetro 79,000 de la carretera A-15, por circular transportando troncos de madera desde Alfaro (La Rioja) hasta Irún (Guipúuzcoa), con una altura de 4 metros 37 centímetros. Medición realizada mediante cinta métrica homologada. 2.º El día 11 de agosto de 2004 la instructora formula propuesta de resolución en la que considera procedente confirmar la sanción toda vez que el interesado no ha presentado alegación ni prueba alguna en el plazo legal establecido. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 8699/2004, de 11 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se da por concluido el procedimiento sancionador incoado, imponiendo a Urralegui Transportes, S.L. una sanción de 600,00 euros. Dicha Resolución se notificó al recurrente en 4 de octubre de 2004. 3.º Con fecha 10 de diciembre de 2004, don Félix Galech Layana, en representación de Urralegui Transportes, S.L. interpone recurso de alzada.

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Fundamentos de Derecho: Unico.−La Resolución (P.S.T.) 8699/2004, de 11 de agosto, del Director General de Transportes, fue notificada al recurrente en fecha 4 de octubre de 2004. El artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los términos y plazos establecidos en esta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. El artículo 115 de la Ley 30/1992, señala que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. El artículo 48.2 de dicha norma, por su parte, señala que, si el plazo se fija en meses, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, por lo que el último día para la interposición del recurso era, en este caso, el 4 de noviembre de 2004. Por tanto, el recurso, presentado el día 10 de diciembre de 2004, se ha presentado fuera del plazo establecido en las normas, por lo que procede su inadmisión. En este sentido, el Tribunal Supremo ha manifestado en reiteradas sentencias (Sentencia de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 1988, Fundamento de Derecho 3.º), que todos los términos procesales lo son de caducidad y no de prescripción. Los preceptos procesales, con arreglo a una reiterada doctrina, tanto del Tribunal Constitucional -Sentencia 202/1988, de 31 de octubre -como del Tribunal Supremo de 18 y 30 de marzo de 1993-, son de orden público y la premisa de que la interpretación de los mismos no ha de ser restrictiva del derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, no permite sacar la conclusión de que existe una prorrogabilidad arbitraria de los plazos, ni de que éstos puedan quedar al arbitrio de las partes (Sentencia del Tribunal Constitucional 1/1989, de 16 de enero), siendo en tal sentido muy numerosas las resoluciones del Tribunal Constitucional que inadmiten el recurso de amparo, que ante él se presente, transcurrido un día fuera del plazo de los veinte que establece el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Autos 206/1985; 230/1990 entre otros). Por lo expuesto, el recurso de alzada fue presentado fuera del plazo de 1 mes que prescribe el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede su inadmisión. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Inadmitir el recurso de alzada interpuesto por don Félix Galech Layana, en representación de Urralegui Transportes, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 8699/2004, de 11 de agosto, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Urralegui Transportes, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 20 de junio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 14 de diciembre de 2004, presenta don Ricardo Albizua Benito, en representación de Autobuses Río Irati, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 10564/2004, de 8 de septiembre del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Municipal el día 11 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula BU-5784-J, por carecer de libro de reclamaciones. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 7 de junio de 2004, se notificó a Autobuses Río Irati, S.A. la incoación de expediente sancionador NA 0342/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Municipal el día 11 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula BU-5784-J, por carecer de libro de reclamaciones. 2.º El día 8 de junio de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 7 de septiembre de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 8 de junio de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que el artículo

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Viernes, 7 de octubre de 2005

145 de la Ley 29/2003, de 8 de octubre, sobre Mejora de las Condiciones de Competencia y Seguridad en el Mercado de Transportes por Carretera, por la que se modifica parcialmente la Ley 16/1987, de 30 de julio, establece que las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año, no habiendo operado por tanto la prescripción alegada. Por otra parte y en cuanto al fondo del hecho denunciado, el interesado se limita a negar el hecho y solicitar la ratificación del denunciante. A este respecto, señalar que cuando la denuncia sobre los hechos es formulada por un Agente de la Autoridad, encargado del servicio, la presunción de veracidad y legalidad que acompaña a todo obrar de los órganos administrativos, y de sus agentes, es un principio que debe acatarse y defenderse, ya que constituye esencial garantía de una acción administrativa eficaz, sin que ello quiera decir, en coordinación con el principio constitucional de presunción de inocencia, que los hechos denunciados por un agente se consideran intangibles, ya que la realidad de los mismos puede quedar desvirtuada mediante la adecuada prueba en contrario, sin que el alegante aporte prueba alguna ni ningún elemento nuevo sobre el que el agente pueda pronunciarse, habiéndose graduado la sanción correspondiente a la infracción grave cometida en su mínima cuantía. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 10564/2004, de 8 de septiembre, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Autobuses Río Irati, S.A. una sanción de 1.001 euros. Dicha Resolución se notificó al recurrente en 12 de noviembre de 2004. 4.º Con fecha 14 de diciembre de 2004, don Ricardo Albizua Benito, en representación de Autobuses Río Irati, S.A., interpone recurso de alzada. Fundamentos de Derecho: Unico.−La Resolución (P.S.T.) 10564/2004, de 8 de septiembre, del Director General de Transportes, fue notificada al recurrente en fecha 12 de noviembre de 2004. El artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los términos y plazos establecidos en esta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. El artículo 115 de la Ley 30/1992, señala que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. El artículo 48.2 de dicha norma, por su parte, señala que, si el plazo se fija en meses, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, por lo que el último día para la interposición del recurso era, en este caso, el 13 de diciembre de 2004. Por tanto, el recurso, presentado el día 14 de diciembre de 2004, se ha presentado fuera del plazo establecido en las normas, por lo que procede su inadmisión. En este sentido, el Tribunal Supremo ha manifestado en reiteradas sentencias (Sentencia de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 1988, Fundamento de Derecho 3.º), que todos los términos procesales lo son de caducidad y no de prescripción. Los preceptos procesales, con arreglo a una reiterada doctrina, tanto del Tribunal Constitucional -Sentencia 202/1988, de 31 de octubre- como del Tribunal Supremo de 18 y 30 de marzo de 1993-, son de orden público y la premisa de que la interpretación de los mismos no ha de ser restrictiva del derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, no permite sacar la conclusión de que existe una prorrogabilidad arbitraria de los plazos, ni de que estos puedan quedar al arbitrio de las partes (Sentencia del Tribunal Constitucional 1/1989, de 16 de enero), siendo en tal sentido muy numerosas las resoluciones del Tribunal Constitucional que inadmiten el recurso de amparo, que ante él se presente, transcurrido un día fuera del plazo de los veinte que establece el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Autos 206/1985; 230/1990 entre otros). Por lo expuesto, el recurso de alzada fue presentado fuera del plazo de 1 mes que prescribe el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede su inadmisión. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Inadmitir el recurso de alzada interpuesto por don Ricardo Albizua Benito, en representación de Autobuses Río Irati, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 10564/2004, de 8 de septiembre, del Director General de Transportes.

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2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Autobuses Río Irati, S.A., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 20 de junio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 24 de septiembre de 2004, presenta don Manuel Palma Roldán contra la Resolución (P.S.T.) 10069/2004, de 31 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 600 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 13 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 7674-BKJ, en el kilómetro 92,500 de la carretera N-113, por transportar piezas para vehículos excediendo de los límites establecidos careciendo de autorización especial. Altura: 4,30 metros, exceso de 30 centímetros. Medición efectuada en presencia del conductor con barra métrica homologada. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 17 de marzo de 2004, se notificó a don Manuel Palma Roldán la incoación de expediente sancionador NA 0353/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 13 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 7674-BKJ, en el kilómetro 92,500 de la carretera N-113, por transportar piezas para vehículos excediendo de los límites establecidos careciendo de autorización especial. Altura: 4,30 metros, exceso de 30 centímetros. Medición efectuada en presencia del conductor con barra métrica homologada. 2.º El día 23 de marzo de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 30 de agosto de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 23 de marzo de 2004, se confirma la sanción, entrando a analizar en primer lugar la prescripción invocada, instituto que no se ha producido en cuanto que el artículo 145 de la ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por la ley 29/2003, de 9 de octubre, determina que la prescripción de las infracciones a la normativa del transporte terrestre prescribirá en el plazo de un año, plazo que no ha transcurrido ya que la infracción es de 13 de diciembre de 2003 y su notificación de 17 de marzo de 2004. En cuanto al fondo del asunto, frente a la negación del hecho imputado, se aperturó un periodo de prueba y se le ha remitido al interesado el informe emitido por el agente denunciante junto con las certificaciones de la cinta métrica utilizada en la medición, concediéndole a su vez un nuevo periodo de alegaciones formulando unas en las que considera que la infracción cometida no es de su responsabilidad, manifestación que no puede atenderse conforme lo dispone el artículo 138 de la citada ley. En cuanto a la invocación del principio de proporcionalidad, señalar que el mismo se ha aplicado en todos sus términos, ya que el artículo 7.h) del Decreto Foral 112/1985 establece que los excesos de dimensiones se tipifican como infracciones graves, aplicándose la media dentro de esta calificación. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 10069/2004, de 31 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose don Manuel Palma Roldán una sanción de 600 euros. 4.º Con fecha 24 de septiembre de 2004, don Manuel Palma Roldán interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: 1.º Alega el recurrente la prescripción de la infracción. El artículo segundo de la Ley 29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera, ha modificado, entre otros, el artículo 145 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres que queda redactado de la siguiente forma: "Las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán, de conformidad con las condiciones establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un año". En el caso de referencia, la infracción se cometió el día 13 de diciembre de 2003 y la notificación de la incoación del procedimiento sancionador tuvo lugar el 17 de marzo de 2004, de modo que no se ha producido la prescripción que alega. 2.º Considera el recurrente que no es responsable de la infracción imputada.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

El artículo 138 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por la Ley 29/2003 de 8 de octubre, indica que la responsabilidad administrativa por las infracciones de las normas reguladoras de los transportes terrestres y de sus actividades auxiliares y complementarias corresponderá en las infracciones cometidas con ocasión de la realización de transportes o actividades sujetos a concesión o autorización administrativa, a la persona física o jurídica titular de la concesión o de la autorización, independientemente de que las acciones u omisiones de las que dicha responsabilidad derive hayan sido materialmente realizadas por ellas o por el personal de su empresa, sin perjuicio de que puedan deducir las acciones que a su juicio resulten procedentes contra las personas a las que sean materialmente imputables las infracciones. Por tanto, en aplicación de este precepto hay que señalar que la responsabilidad de la infracción es del recurrente, como titular de la autorización en cuestión. 3.º El recurrente considera vulnerado el principio de proporcionalidad de la sanción. El hecho que se imputa al interesado constituye una infracción al artículo 7.h) del Decreto Foral 112/85 que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 143.1.d) de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley 29/2003 de 8 de octubre se ha calificado como grave. Para estas infracciones se prevé multa de 401 euros a 1.000 euros. En este supuesto se impone sanción de 600 euros teniéndose en cuenta las repercusiones que el exceso de altura puede suponer, considerando sus consecuencias para la seguridad del tráfico, lo que implica un riesgo evidente para la seguridad de las personas. 4.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Manuel Palma Roldán contra la Resolución (P.S.T.) 10069/2004, de 31 de agosto, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a don Manuel Palma Roldán, indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 4 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 7 de septiembre de 2004, presenta don Alberto Artieda Elarre, en representación de Ativar, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 8338/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.001,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Municipal el día 12 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 8361-BMT, por circular por la Avenida de Aróstegui de Pamplona, careciendo del libro de ruta. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 24 de mayo de 2004, se notificó a Ativar, S.A. la incoación de expediente sancionador NA 0356/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Municipal el día 12 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 8361-BMT, por circular por la Avenida de Aróstegui de Pamplona, careciendo del libro de ruta. 2.º El día 10 de junio de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 30 de julio de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 10 de junio de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que la denuncia formulada por agente de la autoridad goza de presunción de veracidad, presunción que no ha sido destruida por el interesado quien se limita a negar los hechos por lo que no se considera procedente la práctica de la prueba propuesta, informe ratificador, en virtud de lo dispuesto en el artículo 137.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, señalándose que no se aprecia la prescripción de la infracción de acuerdo con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1 e) de la referida Ley 16/1987. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 8338/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Ativar, S.A. una sanción de 1.001,00 euros.

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4.º Con fecha 7 de septiembre de 2004, don Alberto Artieda Elarre, en representación de Ativar, S.A. interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: 1.º Respecto a la ratificación del recurrente en lo manifestado en su escrito de alegaciones debe señalarse que las alegaciones formuladas fueron debidamente contestadas y valoradas en la resolución ahora recurrida a la cual nos remitimos y damos por reproducida en aras de la eficacia y celeridad procedimentales. 2.º Alega el recurrente la prescripción de la infracción. El artículo segundo de la Ley 29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera, ha modificado, entre otros, el artículo 145 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres que queda redactado de la siguiente forma: "Las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán, de conformidad con las condiciones establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un año". En el caso de referencia, la infracción se cometió el día 12 de diciembre de 2003 y la notificación de la incoación del procedimiento sancionador tuvo lugar el 16 de marzo de 2004, de modo que no se ha producido la prescripción que alega. 3.º El recurrente alega la caducidad del procedimiento sancionador. En materia de transportes por carretera, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley 16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8 de octubre. En el presente supuesto la fecha del acuerdo de incoación es de 2 de marzo de 2004 y la fecha de la notificación de la resolución sancionadora es de 10 de agosto de 2004, por lo que no ha transcurrido el plazo de un año legalmente establecido. 4.º Respecto a la falta de notificación de la propuesta de resolución ha de manifestarse que el artículo 212 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que "ultimada la instrucción del procedimiento y practicada la audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando ésta no sea necesaria de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, éste elevará propuesta de resolución al órgano que legal o reglamentariamente tenga atribuida la competencia sancionadora para que dicte la resolución que proceda". Por su parte, el artículo 84.4 de la Ley 30/1992 dispone que "se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado". Como reiteradamente vienen manifestando los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona y la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, dicho trámite resulta prescindible, sin que por ello sufra el derecho de defensa, cuando la propuesta de resolución se limita a confirmar los cargos, conocidos ya en el trámite de audiencia concedido con la notificación del acto de incoación del procedimiento sancionador, y sin que se haya incorporado ningún dato nuevo que no fuera conocido con anterioridad por el interesado. En el supuesto que ahora nos ocupa, se notificó al recurrente el acto de incoación, en el que se encuentran perfectamente identificados los hechos y los preceptos conforme a los cuales se tipificó la infracción cometida así como la correspondiente sanción, concediéndole un plazo para formular alegaciones, que fueron realizadas por el recurrente, si bien no alteraron en ningún punto el contenido de la acusación inicialmente formulada, ni requirieron actuaciones complementarias ni una ulterior audiencia para una hipotética valoración de tales actuaciones, de modo que no ha existido la indefensión que alega el recurrente. 5.º Alega el recurrente que no concurren circunstancias agravantes en el presente caso. El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción al artículo 141.19 de la Ley 16/87 modificada parcialmente por la Ley 29/2003 de 8 de octubre que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.e) de la citada Ley, se ha calificado como grave. Para estas infracciones se prevé multa de 1.001 euros a 1.500 euros. En este supuesto, se impone sanción consistente en multa de 1.001 euros, por lo que se ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio de proporcionalidad. 6.º El recurrente niega los hechos.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

En este sentido, hay que recordar que la presunción de inocencia, según la interpretación de los Tribunales, queda destruida mediante la denuncia formulada por los agentes de la autoridad, a menos que se pruebe lo contrario de lo que la denuncia constata, prueba que, obviamente, incumbe a aquél que niega o contradice los hechos denunciados. Siendo lo cierto que el agente aportó, con su propio boletín de denuncia, cuantos elementos probatorios sobre el hecho denunciado obtuvo. En el mismo sentido se ha manifestado el Tribunal Supremo en sentencia de 14 de septiembre de 1990: "Cuando la denuncia sobre un hecho denunciado es formulada por agente de la autoridad, encargado del servicio, la presunción de veracidad y legalidad que acompaña a todo obrar de los órganos administrativos y de sus agentes, es un principio que debe acatarse y defenderse, ya que constituye esencial garantía de una acción administrativa eficaz, sin que ello quiera decir, en coordinación con el principio constitucional de presunción de inocencia, que el hecho denunciado por un agente se considere intangible, ya que la realidad del mismo puede quedar desvirtuada mediante la adecuada prueba en contrario ...". Este principio ha sido recogido legalmente en el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: "Los hechos constatados por funcionarios a los que se les reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documento público observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados". En el expediente recurrido, la presunción de inocencia queda desvirtuada por el boletín de denuncia formulado por agente de la autoridad que goza de presunción de veracidad, en el que se acredita que el vehículo denunciado circulaba sin llevar a bordo el libro de ruta, limitándose a negar los hechos. El artículo 211 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, según la interpretación dada por las Sentencias 53, 54 y 55 del año 1996 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, exige que se solicite el informe del agente denunciante únicamente cuando este informe sea necesario para probar los hechos y en nuestro caso no se requiere porque la infracción imputada ha quedado acreditada directamente en el boletín de denuncia. Téngase en cuenta, en este sentido, que es doctrina reiterada del Tribunal Constitucional que el derecho al empleo de los medios de prueba pertinentes no configura un derecho absoluto e incondicionado a que se practiquen todas las propuestas ni desapodera al instructor de su derecho a enjuiciar la pertinencia de las mismas (Sentencia del Tribunal Constitucional 22/1990, de 15 de febrero, en su fundamento jurídico quinto, entre otras). Procede señalar respecto a la motivación, que la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común regula, en su artículo 138.1, el contenido de las resoluciones que pongan fin a los procedimientos sancionadores estableciendo que habrán de ser motivadas y resolver todas las cuestiones planteadas en el expediente. La Resolución (P.S.T) 8338/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, es una resolución lo suficientemente motivada, que ha analizado las diversas cuestiones planteadas por el interesado, en cuanto analiza los hechos, señalando las diversas circunstancias que concurren en el mismo (día, lugar, matrícula del vehículo denunciado), así como qué infracción constituye tal hecho, y qué sanción corresponde, citando expresamente los preceptos que tipifican tanto la infracción como la sanción, y habiendo analizado las alegaciones presentadas por el recurrente, que no se estiman debido a que "la denuncia formulada por agente de la autoridad goza de presunción de veracidad, presunción que no ha sido destruida por el interesado quien se limita a negar los hechos por lo que no se considera procedente la práctica de la prueba propuesta, informe ratificador, en virtud de lo dispuesto en el artículo 137.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, señalándose que no se aprecia la prescripción de la infracción de acuerdo con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1 e) de la referida Ley 16/1987". En este sentido, cabe recordar lo expuesto en la sentencia 53/1996, de 12 de septiembre, del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se ha pronunciado sobre el argumento del recurrente de la falta de motivación de dos Ordenes Forales dictadas por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, y en las que se sancionaban infracciones en materia de transporte. En la citada sentencia se afirma: "Tampoco adolece de falta de motivación, pues, aunque de manera sucinta y compendiosa, ambas resoluciones expresan con precisión los hechos y circunstancias constitutivos de la infracción día, hora, lugar, vehículo, peso de la carga transportada y de la autorizada, así como de los preceptos legales y

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reglamentarios que la tipifican como muy grave, proporcionando información suficiente del fundamento jurídico y fáctico de las sanciones impuestas, en términos que posibilitan su impugnación y la revisión jurisdiccional de su conformidad o adecuación a Derecho, con lo que dicha motivación cumple en lo fundamental las exigencias básicas que el derecho de defensa reclama y las que el control de los actos de la Administración precisa." Así pues, la resolución sancionadora ha respetado en todo momento los preceptos que el denunciado considera vulnerados, pues es una resolución motivada, que ha decidido las diversas cuestiones planteadas por los interesados y valorado las pruebas existentes, fijando los hechos, la persona responsable de los mismos, la infracción cometida, y la sanción que se impone. 7.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Alberto Artieda Elarre, en representación de Ativar, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 8338/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Ativar, S.A., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 20 de junio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 2 de diciembre de 2004, presenta don Alejandro Iriarte García, en representación de Estación de Servicio Lakuntza, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 12067/2004, de 18 de octubre, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.001,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 10 de enero de 2004, al vehículo matrícula 2660-BBJ, en el kilómetro 107,000 de la carretera A-15, por transportar viajeros en unidades que transportan mercancías peligrosas, fuera de los supuestos permitidos. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 12 de mayo de 2004, se notificó a Estación de Servicio Lakuntza, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0527/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 10 de enero de 2004, al vehículo matrícula 2660-BBJ, en el kilómetro 107,000 de la carretera A-15, por transportar viajeros en unidades que transportan mercancías peligrosas, fuera de los supuestos permitidos. 2.º El día 28 de mayo de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 14 de octubre de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 28 de mayo de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que el hecho denunciado queda acreditado tras el Informe Ratificador emitido por el agente denunciante, no desvirtuado por el interesado, señalándose que el artículo 141.24.5 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, considera infracción grave transportar viajeros en unidades que transporten mercancías peligrosas fuera de los supuestos en que las normas reguladoras de esta clase de transportes lo permitan, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1 e) de la referida Ley. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 12067/2004, de 18 de octubre, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Estación de Servicio Lakuntza, S.L. una sanción de 1.001,00 euros. 4.º Con fecha 2 de diciembre de 2004, don Alejandro Iriarte García, en representación de Estación de Servicio Lakuntza, S.L. interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: 1.º Respecto a la ratificación del recurrente en lo manifestado en su escrito de alegaciones debe señalarse que las alegaciones formuladas fueron debidamente contestadas y valoradas en la resolución

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ahora recurrida a la cual nos remitimos y damos por reproducida en aras de la eficacia y celeridad procedimentales. 2.º El recurrente muestra su disconformidad con los hechos que se le imputan. En este sentido, hay que recordar que la presunción de inocencia, según la interpretación de los Tribunales, queda destruida mediante la denuncia formulada por los agentes de la autoridad, a menos que se pruebe lo contrario de lo que la denuncia constata, prueba que, obviamente, incumbe a aquél que niega o contradice los hechos denunciados. Siendo lo cierto que el agente aportó, con su propio boletín de denuncia, cuantos elementos probatorios sobre el hecho denunciado obtuvo. En el mismo sentido se ha manifestado el Tribunal Supremo en sentencia de 14 de septiembre de 1990: "Cuando la denuncia sobre un hecho denunciado es formulada por agente de la autoridad, encargado del servicio, la presunción de veracidad y legalidad que acompaña a todo obrar de los órganos administrativos y de sus agentes, es un principio que debe acatarse y defenderse, ya que constituye esencial garantía de una acción administrativa eficaz, sin que ello quiera decir, en coordinación con el principio constitucional de presunción de inocencia, que el hecho denunciado por un agente se considere intangible, ya que la realidad del mismo puede quedar desvirtuada mediante la adecuada prueba en contrario ..."Este principio ha sido recogido legalmente en el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: "Los hechos constatados por funcionarios a los que se les reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documento público observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados". El hecho denunciado ha quedado suficientemente acreditado a través del boletín de denuncia y del posterior informe del agente denunciante, en el que se ratifica en los términos de su denuncia, sin que el recurrente haya aportado prueba alguna que pudiera destruir el valor probatorio que el artículo 137.3 de la Ley 30/1992 atribuye a los hechos constatados por funcionarios públicos a los que se reconoce la condición de autoridad y que se formalicen en documento público. 3.º Muestra el recurrente su disconformidad con la graduación de la sanción que se le impone. El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción al artículo 141.24.5 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.e) de la citada Ley, se ha calificado como grave. Para estas infracciones se prevé multa de 1.001 euros a 1.500 euros. En este supuesto se impone multa de 1.001 euros, por lo que se ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio de proporcionalidad. 4.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Alejandro Iriarte García, en representación de Estación de Servicio Lakuntza, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 12067/2004, de 18 de octubre, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Estación de Servicio Lakuntza, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 4 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 30 de diciembre de 2004, presenta don Mario Ayensa Madurga, en representación de Obras y Excavaciones Majo, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 12236/2004, de 27 de octubre, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 150,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 12 de enero de 2004, al vehículo matrícula 0020-CHX, en el kilómetro 88,000 de la carretera N-232, por incumplir las condiciones de la autorización para transporte especial número 3464/03. Circula sin vehículo piloto.

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Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 14 de mayo de 2004, se notificó a Obras y Excavaciones Majo, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0536/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 12 de enero de 2004, al vehículo matrícula 0020-CHX, en el kilómetro 88,000 de la carretera N-232, por incumplir las condiciones de la autorización para transporte especial número 3464/03. Circula sin vehículo piloto. 2.º El día 14 de mayo de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 25 de octubre de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 14 de mayo de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que el hecho denunciado queda acreditado tras el Informe Ratificador emitido por el Agente denunciante, no desvirtuado por el interesado, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 12236/2004, de 27 de octubre, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Obras y Excavaciones Majo, S.L. una sanción de 150,00 euros. 4.º Con fecha 30 de diciembre de 2004, don Mario Ayensa Madurga, en representación de Obras y Excavaciones Majo, S.L., interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: Unico.−El hecho que se le imputa al recurrente es el incumplir las condiciones de la autorización para transporte especial, toda vez que circulaba sin vehículo piloto, lo que constituye una infracción al artículo 142.25) de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, siendo calificado como leve. Si bien examinado el expediente de referencia, se aprecia un error en la tipificación de la infracción, debido a que en el pliego de cargos aparecen como preceptos infringidos los artículos 141.c) y 142.m) de la Ley 16/1987, así como los artículos 198.c) y 199.ñ) del Real Decreto 1211/1990, y sin embargo la Ley 29/2003, de 8 octubre, de mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera, por la que se modifica parcialmente la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres entró en vigor el 29 de octubre de 2003, por lo que debía haberse tipificado conforme a dicha Ley. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Estimar, por los motivos expuestos, el recurso de alzada interpuesto por don Mario Ayensa Madurga, en representación de Obras y Excavaciones Majo, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 12236/2004, de 27 de octubre, del Director General de Transportes, dejando sin efecto la misma. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Obras y Excavaciones Majo, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 4 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 30 de noviembre de 2004, presenta don Javier Erdozain Sosa, en representación de Logística Landaben 2002, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 12956/2004, de 11 de noviembre, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 100,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 13 de enero de 2004, al vehículo matrícula NA-0614-AP, en el kilómetro 3,000 de la carretera NA-700, por circular realizando transporte sin los distintivos pertinentes. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 29 de marzo de 2004, se notificó a Logística Landaben 2002, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0549/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 13 de enero de 2004, al vehículo matrícula NA-0614-AP, en el kilómetro 3,000 de la carretera NA-700, por circular realizando transporte sin los distintivos pertinentes. 2.º El día 6 de abril de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 10 de noviembre de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 6

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de abril de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que la denuncia formulada por agente de la autoridad goza de presunción de veracidad, presunción que no ha sido destruida por el interesado, no considerándose procedente la práctica de la prueba propuesta, Informe ratificador, en virtud de lo dispuesto en el artículo 137.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, Señalándose que es infracción no llevar en lugar visible del vehículo los distintivos exigidos por la normativa vigente, O.M. de 25-10-90, relativos a la naturaleza o al tipo de transporte que aquél esté autorizado a realizar, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo medio previsto en el artículo 143.1.a) de la Ley 16/1987 modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 12956/2004, de 11 de noviembre, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Logística Landaben 2002, S.L. una sanción de 100,00 euros. 4.º Con fecha 30 de noviembre de 2004, don Javier Erdozain Sosa, en representación de Logística Landaben 2002, S.L., interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: 1.º Alega el recurrente que se ha producido la caducidad del procedimiento sancionador. Se ha de señalar en este sentido, que en materia de transportes por carretera, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley 16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8 de octubre. En el presente supuesto la fecha del acuerdo de incoación es de 5 de marzo de 2004 y la fecha de la notificación de la resolución sancionadora es de 23 de noviembre de 2004, por lo que no ha transcurrido el plazo de un año legalmente establecido. 2.º Alega el recurrente la prescripción de la infracción. El artículo segundo de la Ley 29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera, ha modificado, entre otros, el artículo 145 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres que queda redactado de la siguiente forma: "Las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán, de conformidad con las condiciones establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un año". En el caso de referencia, la infracción se cometió el día 13 de enero de 2004 y la notificación de la incoación del procedimiento sancionador tuvo lugar el 29 de marzo de 2004, de modo que no se ha producido la prescripción que alega. 3.º Alega el recurrente la falta de notificación de la propuesta de resolución. Ha de manifestarse que el artículo 212 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que "ultimada la instrucción del procedimiento y practicada la audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando ésta no sea necesaria de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, éste elevará propuesta de resolución al órgano que legal o reglamentariamente tenga atribuida la competencia sancionadora para que dicte la resolución que proceda". Por su parte, el artículo 84.4 de la Ley 30/1992 dispone que "se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado". Como reiteradamente vienen manifestando los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona y la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, dicho trámite resulta prescindible, sin que por ello sufra el derecho de defensa, cuando la propuesta de resolución se limita a confirmar los cargos, conocidos ya en el trámite de audiencia concedido con la notificación del acto de incoación del procedimiento sancionador, y sin que se haya incorporado ningún dato nuevo que no fuera conocido con anterioridad por el interesado. En el supuesto que ahora nos ocupa, se notificó al recurrente el acto de incoación, en el que se encuentran perfectamente identificados los hechos y los preceptos conforme a los cuales se tipificó la infracción cometida así como la correspondiente sanción, concediéndole un plazo para formular alegaciones, que fueron realizadas por el recurrente, si bien no alteraron en ningún punto el contenido de la acusación inicialmente formulada, ni requirieron actuaciones complementarias ni una

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ulterior audiencia para una hipotética valoración de tales actuaciones, de modo que no ha existido la indefensión que alega el recurrente. 4.º Por último, en lo que a la falta de prueba se refiere debe señalarse que la denuncia, en la que se especifican con claridad todas las circunstancias concurrentes, goza de presunción de veracidad, tal y como dispone el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece que: "Los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalizan en documento público observando los requisitos pertinentes, tendrán valor probatorio, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados". En el expediente recurrido, la presunción de inocencia queda desvirtuada por el boletín de denuncia formulado por agente de la autoridad, presunción no destruida por suficiente prueba en contrario aportada por el interesado Téngase en cuenta, en este sentido, que es doctrina reiterada del Tribunal Constitucional que el derecho al empleo de los medios de prueba pertinentes no configura un derecho absoluto e incondicionado a que se practiquen todas las propuestas ni desapodera al instructor de su derecho a enjuiciar la pertinencia de las mismas (Sentencia del Tribunal Constitucional 22/1990, de 15 de febrero, en su fundamento jurídico quinto, entre otros). 5.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier Erdozain Sosa, en representación de Logística Landaben 2002, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 12956/2004, de 11 de noviembre, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Logística Landaben 2002, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 20 de junio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 27 de julio de 2004, presenta Transportes Usabiaga Olaberría, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 7267/2004, de 24 de junio, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 2.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 3 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 3860-BCR, en el kilómetro 403,000 de la carretera N-1, por carecer de hojas de registro del aparato de control de tiempos de conducción y descanso que existe obligación de llevar en el vehículo. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 6 de abril de 2004, se notificó a Transportes Usabiaga Olaberría, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0608/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 3 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 3860-BCR, en el kilómetro 403,000 de la carretera N-1, por carecer de hojas de registro del aparato de control de tiempos de conducción y descanso que existe obligación de llevar en el vehículo. Presenta únicamente disco del día 3 de diciembre de 2003, con 427.367 km inicio. 2.º El día 16 de abril de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 22 de junio de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 16 de abril de 2004, procede confirmar la sanción, señalándose que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Comunidad Económica Europea 3821/85 el conductor deberá estar en condiciones de presentar, siempre que lo soliciten los agentes de control, las hojas registro de la semana en curso y, en cualquier caso, la hoja del último día de la última semana anterior en la que condujo, y el día de la denuncia no portaba los discos diagramas requeridos, hecho reconocido por el interesado, estando tipificada la referida carencia como infracción muy grave, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 140.24 de la Ley 16/1987 modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, no admitiéndose su presentación con posterioridad, indicándose que el artículo 194.2 del Real Decreto 1211/1990,establece que la concurrencia de supuestos de fuerza mayor, caso fortuito, o actuación determinante e insalvable de tercero

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salvo que sea apreciada de oficio deberá ser probada por quien las alegue, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1.g) de la referida Ley. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 7267/2004, de 24 de junio, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Transportes Usabiaga Olaberría, S.L. una sanción de 2.001 euros. 4.º Con fecha 27 de julio de 2004 Transportes Usabiaga Olaberría, S.L. interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: 1.º Alega el recurrente que el hecho de no presentar los discos fue debido a un despiste del conductor al cambiarse de vehículo. En primer lugar se ha de señalar que el artículo 140.24 de la Ley 16/1987, tras la modificación llevada a cabo por al Ley 29/2003 de 8 de octubre y de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.g) de la citada ley, califica como muy grave, la carencia de las hojas registro que exista obligación de llevar en el vehículo, sancionado por tanto, el hecho de no llevar los citados discos a bordo del vehículo, en el momento de la denuncia, circunstancia que concurre en el presente caso. En el expediente recurrido, la presunción de inocencia queda desvirtuada por el boletín de denuncia formulado por agente de la autoridad, que goza de presunción de veracidad, en el que consta que no fueron presentados tras el requerimiento del agente, todos los discos diagrama que existe la obligación de llevar a bordo del vehículo. En este sentido, se ha de señalar que el hecho de que presente los discos con posterioridad no desvirtúa los hechos, puesto que es infracción no llevar a bordo los discos que existe la obligación de llevar y en este caso se observa que los discos que presenta tanto en alegaciones como en recurso, son los que debía llevar y no llevaba, debiendo añadir en aclaración del recurrente en cuanto al expediente del que solicita la aplicación del principio de igualdad, que dicho expediente fue sobreseído puesto que el interesado aportó fotocopia de los discos requeridos, que no pudo presentar el día de la denuncia, ya que correspondían a otro conductor y al ser documentos personales que acompañan al conductor y no al vehículo, tan sólo presentó los que le correspondían, circunstancia ésta que no se da en el expediente de referencia. 2.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción al artículo 140.24 de la Ley 16/87 modificada parcialmente por la Ley 29/2003 de 8 de octubre que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.g) de la citada Ley, se ha calificado como muy grave. Para estas infracciones se prevé multa de 2.001 euros a 3.300 euros. En este supuesto se impone multa de 2.001 euros, por lo que se ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio de proporcionalidad. 3.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por Transportes Usabiaga Olaberría, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 7267/2004, de 24 de junio, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Transportes Usabiaga Olaberría, S.L., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 4 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 8 de noviembre de 2004, presenta don Juan Vicente Delgado Martín contra la Resolución (P.S.T.) 8344/2004, de 30 de julio del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.701 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 16 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 5480-BXS, en el kilómetro 85,000 de la carretera A-15, por circular transportando mercancía perecedera (transporta despiece de vacuno y porcino), desde Zorroza hasta Mollerusa. Transporta 5.171 kilos de dicha carne cuando esta autorizado para 3.500 kilos de carga útil. Circula con un exceso de 1.671 kilos. Transporta un porcentaje de exceso del 14%. Comprobado mediante albarán de carga.

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Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 11 de junio de 2004, se notificó a don Juan Vicente Delgado Martín la incoación de expediente sancionador NA 0688/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 16 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 5480-BXS, en el kilómetro 85,000 de la carretera A-15, por circular transportando mercancía perecedera (transporta despiece de vacuno y porcino), desde Zorroza hasta Mollerusa. Transporta 5.171 kilos de dicha carne cuando esta autorizado para 3.500 kilos de carga útil. Circula con un exceso de 1.671 kilos. Transporta un porcentaje de exceso del 14%. Comprobado mediante albarán de carga. 2.º El día 15 de junio de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 30 de julio de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 15 de junio de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que el exceso de peso detectado consta en el albarán de carga número 06896 de fecha de la denuncia que fue controlado por el agente denunciante y que obra en poder del interesado, exceso que fue conocido por el transportista, cuando menos, en el momento de efectuar la carga y ante cuyo conocimiento haya o no intervenido en el pesaje, podía y debía haberse negado a transportarlo, no pudiendo cuestionarse el funcionamiento de la báscula cuando se trata de determinar la comisión de la infracción y haber admitido su funcionamiento cuando se efectuó la carga y se pesó la mercancía en la citada báscula sin observar deficiencia alguna de la misma, evidenciando así que se da por medido el resultado reflejado en el albarán, sin que haya desvirtuado a través de la correspondiente prueba que los datos que figuraban en tal albarán no respondieran a la realidad, no considerándose procedente la práctica de las pruebas propuestas en virtud de lo dispuesto en el artículo 137.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y en función del exceso de peso detectado sobre el peso máximo autorizado del vehículo y su capacidad de carga. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 8344/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a don Juan Vicente Delgado Martín una sanción de 1.701 euros. Dicha Resolución se notificó al recurrente en fecha 29 de septiembre de 2004. 4.º Con fecha 8 de noviembre de 2004, don Juan Vicente Delgado Martín, interpone recurso de alzada. Fundamentos de Derecho: Unico.−La Resolución (P.S.T.) 8344/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes, fue notificada al recurrente en fecha 29 de septiembre de 2004. El artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los términos y plazos establecidos en esta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. El artículo 115 de la Ley 30/1992, señala que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. El artículo 48.2 de dicha norma, por su parte, señala que, si el plazo se fija en meses, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, por lo que el último día para la interposición del recurso era, en este caso, el 29 de octubre de 2004. Por tanto, el recurso, presentado el día 8 de noviembre de 2004, se ha presentado fuera del plazo establecido en las normas, por lo que procede su inadmisión. En este sentido, el Tribunal Supremo ha manifestado en reiteradas sentencias (Sentencia de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 1988, Fundamento de Derecho 3.º), que todos los términos procesales lo son de caducidad y no de prescripción. Los preceptos procesales, con arreglo a una reiterada doctrina, tanto del Tribunal Constitucional -Sentencia 202/1988, de 31 de octubre- como del Tribunal Supremo de 18 y 30 de marzo de 1993-, son de orden público y la premisa de que la interpretación de los mismos no ha de ser restrictiva del derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, no permite sacar la conclusión de que existe una prorrogabilidad arbitraria de los plazos, ni de que estos puedan quedar al arbitrio de las partes (Sentencia del Tribunal Constitucional 1/1989, de 16 de enero), siendo en tal sentido muy numerosas las resoluciones del Tribunal Constitucional que inadmiten el recurso de amparo, que ante él se presente, transcurrido un día fuera del plazo de los veinte que establece el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Autos 206/1985; 230/1990 entre otros muchos).

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Por lo expuesto, el recurso de alzada fue presentado fuera del plazo de 1 mes que prescribe el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede su inadmisión. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Inadmitir el recurso de alzada interpuesto por don Juan Vicente Delgado Martín contra la Resolución (P.S.T.) 8344/2004, de 30 de julio, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a don Juan Vicente Delgado Martín, indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 18 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 15 de octubre de 2004, presenta doña Eva María Ortega Román contra la Resolución (P.S.T.) 11307/2004, de 27 de septiembre, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 4.601 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 14 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 2001-CBZ, en el kilómetro 79,100 de la carretera N-121-A, por transportar una cabeza tractora habiendo manipulado el tacógrafo, consistente en tener abierta la tapa del mismo. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 5 de abril de 2004, se notificó a doña Eva María Ortega Román la incoación de expediente sancionador NA 0761/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 14 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 2001-CBZ, en el kilómetro 79,100 de la carretera N-121-A, por transportar una cabeza tractora habiendo manipulado el tacógrafo, consistente en tener abierta la tapa del mismo, de forma que no registra actividad en el disco que esta colocado. Conduce José Raúl Caiza Tipantuna. Se adjunta copia disco diagrama. 2.º El día 20 de abril de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 24 de septiembre de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 20 de abril de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que el hecho denunciado queda suficientemente acreditado con el Informe ratificador emitido por el agente denunciante, cuyo número de identificación constan tanto en el referido Informe como en el boletín de denuncia base de la apertura de este expediente sancionador, uno de cuyos ejemplares fue entregado al conductor del vehículo, prueba no desvirtuada por el interesado, señalándose que el artículo 140.10 de la Ley 16/1987, de 8 de octubre, considera infracción muy grave la manipulación del aparato de control de los tiempos de conducción y descanso, destinada a alterar su normal funcionamiento, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1.i) de la referida Ley. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 11307/2004, de 27 de septiembre, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a doña Eva María Ortega Román una sanción de 4.601 euros. 4.º Con fecha 15 de octubre de 2004, doña Eva María Ortega Román interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho solicitando la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: Unico.−Alega la recurrente la presunción de inocencia con base en las pruebas aportadas, en las alegaciones a la incoación y reiteradas en el recurso de alzada. En cuanto a los hechos, que el recurrente niega, debe señalarse que la denuncia, en la que se especifican con claridad todas las circunstancias concurrentes, goza de presunción de veracidad, tal y como dispone el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece que: "Los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalizan en documento público observando los requisitos pertinentes, tendrán valor probatorio, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados".

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Tal precepto, avalado por la constante jurisprudencia dictada en el mismo sentido establece una presunción "iuris tantum", es decir, que admite prueba en contrario. En el caso que nos ocupa, la prueba aportada por el denunciado no desvirtúa los hechos, ya que si bien es cierto que para que se refleje en la hoja de registro la velocidad del vehículo, ésta ha de superar ciertos mínimos, lo que sí debe registrar la hoja es otra serie de actividades, por mínimas que sean, como la propia línea de velocidad en el origen, la de distancia, el tiempo de actividad o descanso, etc., mientras que en el disco retirado no figura ni la actividad que el agente refleja en el boletín de denuncia, como es el recorrido que hace el vehículo observado por el agente de aproximadamente 1,3 km por la N-121-A, ni ninguna otra que el recurrente dice haber realizado. La Administración ha aportado un nuevo dato confirmatorio de la presunción de veracidad de la denuncia cual es la ratificación que efectúa el agente denunciante, tras las alegaciones formuladas por el recurrente, con el cualificado valor que a dicha ratificación se atribuye en Derecho (Sentencia del Tribunal Constitucional número 341, de 18 de noviembre de 1993). Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña Eva María Ortega Román contra la Resolución (P.S.T.) 11307/2004, de 27 de septiembre, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a doña Eva María Ortega Román, indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 4 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 8 de noviembre de 2004, presenta don Juan Vicente Delgado Martín contra la Resolución (P.S.T.) 8556/2004, de 9 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 325,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 16 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 5480-BXS, en el kilómetro 85,000 de la carretera A-15, por efectuar un periodo de conducción de 5 horas y 20 minutos, habiendo realizado una interrupción a la conducción de 20 minutos. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 11 de junio de 2004, se notificó a don Juan Vicente Delgado Martín la incoación de expediente sancionador NA 0762/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 16 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula 5480-BXS, en el kilómetro 85,000 de la carretera A-15, por efectuar un periodo de conducción de 5 horas y 20 minutos, habiendo realizado una interrupción a la conducción de 20 minutos. Periodo comprendido entre las 16:10 y las 21:50 horas. Conduce Juan Vicente Delgado Martín. Se adjunta copia disco diagrama. 2.º El día 15 de junio de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 4 de agosto de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 15 de junio de 2004, procede confirmar la sanción toda vez que el hecho denunciado queda suficientemente acreditado tras el examen del disco diagrama intervenido por el agente denunciante, copia del cual fue remitida al interesado, constituyendo el referido disco la prueba más fehaciente de la infracción que se imputa, no desvirtuada por el interesado, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1c) de la Ley 16/1987 modificada parcialmente por la Ley 29/2003 de 8 de octubre. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 8556/2004, de 9 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a don Juan Vicente Delgado Martín una sanción de 325,00 euros. 4.º Con fecha 8 de noviembre de 2004, don Juan Vicente Delgado Martín interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho solicitando la estimación del recurso y la anulación de la sanción.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Fundamentos de Derecho: 1.º Respecto a la ratificación del recurrente en lo manifestado en su escrito de alegaciones debe señalarse que las alegaciones formuladas fueron debidamente contestadas y valoradas en la resolución ahora recurrida a la cual nos remitimos y damos por reproducida en aras de la eficacia y celeridad procedimentales. 2.º Manifiesta que no se ha incluido en la resolución sancionadora los elementos previstos en el artículo 89.3 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni la valoración de las pruebas. La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común regula, en su artículo 138.1, el contenido de las resoluciones que pongan fin a los procedimientos sancionadores estableciendo que habrán de ser motivadas y resolver todas las cuestiones planteadas en el expediente. La Resolución (P.S.T) 8556/2004, de 9 de agosto, del Director General de Transportes, es una resolución lo suficientemente motivada, que ha analizado las diversas cuestiones planteadas por el interesado, en cuanto analiza los hechos, señalando las diversas circunstancias que concurren en el mismo (día, lugar, matrícula del vehículo denunciado), así como qué infracción constituye tal hecho, y qué sanción corresponde, citando expresamente los preceptos que tipifican tanto la infracción como la sanción, y analizando las alegaciones presentadas por el recurrente. En este sentido, cabe recordar lo expuesto en la sentencia 53/1996, de 12 de septiembre, del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se ha pronunciado sobre el argumento del recurrente de la falta de motivación de dos Ordenes Forales dictadas por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, y en las que se sancionaban infracciones en materia de transporte. En la citada sentencia se afirma: "Tampoco adolece de falta de motivación, pues, aunque de manera sucinta y compendiosa, ambas resoluciones expresan con precisión los hechos y circunstancias constitutivos de la infracción día, hora, lugar, vehículo, peso de la carga transportada y de la autorizada, así como de los preceptos legales y reglamentarios que la tipifican como muy grave, proporcionando información suficiente del fundamento jurídico y fáctico de las sanciones impuestas, en términos que posibilitan su impugnación y la revisión jurisdiccional de su conformidad o adecuación a Derecho, con lo que dicha motivación cumple en lo fundamental las exigencias básicas que el derecho de defensa reclama y las que el control de los actos de la Administración precisa." Así pues, la resolución sancionadora ha respetado en todo momento los preceptos que el denunciado considera vulnerados, pues es una resolución motivada, que ha decidido las diversas cuestiones planteadas por los interesados y valorado las pruebas existentes, fijando los hechos, la persona responsable de los mismos, la infracción cometida, y la sanción que se impone. 3.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Juan Vicente Delgado Martín contra la Resolución (P.S.T.) 8556/2004, de 9 de agosto, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a don Juan Vicente Delgado Martín, indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 4 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 2 de noviembre de 2004, presenta don Francisco Javier Prada Santamaría contra la Resolución (P.S.T.) 8746/2004, de 11 de agosto del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 400,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 1 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula SS-2116-AS, en el kilómetro 45,000 de la carretera NA-120, por transportar fruta careciendo de tarjeta de transportes. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 11 de junio de 2004, se notificó a don Francisco Javier Prada Santamaría la incoación de expediente sancionador NA 0844/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia

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Civil de Tráfico el día 1 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula SS-2116-AS, en el kilómetro 45,000 de la carretera NA-120, por transportar fruta careciendo de tarjeta de transportes. 2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas. Transcurrido este plazo no presentó alegación y alguna ni propuso prueba que desvirtuase la comisión de la infracción. 3.º El día 11 de agosto de 2004 la instructora formula propuesta de resolución en la que considera procedente confirmar la sanción toda vez que el interesado no ha presentado alegación ni prueba alguna en el plazo legal establecido. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 8746/2004, de 11 de agosto, del Director General de Transportes, por la que se da por concluido el procedimiento sancionador incoado, imponiendo a don Francisco Javier Prada Santamaría una sanción de 400,00 euros. Dicha Resolución se notificó al recurrente en 15 de septiembre de 2004. 4.º Con fecha 2 de noviembre de 2004, don Francisco Javier Prada Santamaría interpone recurso de alzada. Fundamentos de Derecho: Unico.−La Resolución (P.S.T.) 8746/2004, de 11 de agosto, del Director General de Transportes, fue notificada al recurrente en fecha 15 de septiembre de 2004. El artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los términos y plazos establecidos en esta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. El artículo 115 de la Ley 30/1992, señala que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. El artículo 48.2 de dicha norma, por su parte, señala que, si el plazo se fija en meses, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, por lo que el último día para la interposición del recurso era, en este caso, el 15 de octubre de 2004. Por tanto, el recurso, presentado el día 2 de noviembre de 2004, se ha presentado fuera del plazo establecido en las normas, por lo que procede su inadmisión. En este sentido, el Tribunal Supremo ha manifestado en reiteradas sentencias (Sentencia de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 1988, Fundamento de Derecho 3.º), que todos los términos procesales lo son de caducidad y no de prescripción. Los preceptos procesales, con arreglo a una reiterada doctrina, tanto del Tribunal Constitucional -Sentencia 202/1988, de 31 de octubre- como del Tribunal Supremo de 18 y 30 de marzo de 1993-, son de orden público y la premisa de que la interpretación de los mismos no ha de ser restrictiva del derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, no permite sacar la conclusión de que existe una prorrogabilidad arbitraria de los plazos, ni de que éstos puedan quedar al arbitrio de las partes (Sentencia del Tribunal Constitucional 1/1989, de 16 de enero), siendo en tal sentido muy numerosas las resoluciones del Tribunal Constitucional que inadmiten el recurso de amparo, que ante él se presente, transcurrido un día fuera del plazo de los veinte que establece el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Autos 206/1985; 230/1990 entre otros muchos). Por lo expuesto, el recurso de alzada fue presentado fuera del plazo de 1 mes que prescribe el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede su inadmisión. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Inadmitir el recurso de alzada interpuesto por don Francisco Javier Prada Santamaría contra la Resolución (P.S.T.) 8746/2004, de 11 de agosto, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a don Francisco Javier Prada Santamaría, indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 18 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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Viernes, 7 de octubre de 2005 Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 2 de agosto de 2004, presenta don Antonio Villegas Toro contra la Resolución (P.S.T.) 6725/2004, de 16 de junio del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 401 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 5 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula BI-4670-BZ, en el kilómetro 24,500 de la carretera NA-132-A, por no coincidir el precinto de microinterruptores. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 20 de abril de 2004, se notificó a don Antonio Villegas Toro la incoación de expediente sancionador NA 0853/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 5 de diciembre de 2003, al vehículo matrícula BI-4670-BZ, en el kilómetro 24,500 de la carretera NA-132-A, por no coincidir el precinto de microinterruptores que tiene número e1-434 con la placa e1-48 así como la tapa trasera de los cables del tacógrafo que esta suelta y cuyo número de precinto es e1-434 que tampoco coincide con la placa e1-48. 2.º El día 7 de mayo de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 15 de junio de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 7 de mayo de 2004, se modifica la calificación de la sanción de muy grave a grave al probar el interesado por la documentación aportada que el tacógrafo no estaba manipulado, pero sin embargo es cierto y reconocido por aquél que el logotipo de los precintos que lleva el aparato no son coincidentes, señalando al respecto que el responsable de que el aparato tacógrafo esté correctamente precintado es el titular, sin perjuicio, conforme señala el artículo 138 de la Ley 16/1987 de Ordenación del Transporte Terrestre del derecho que le compete al titular de deducir las acciones que considere procedentes contra aquéllas personas a las que sean materialmente imputables las infracciones. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 6725/2004, de 16 de junio, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a don Antonio Villegas Toro una sanción de 401 euros. Dicha Resolución se notificó al recurrente en 23 de junio de 2004. 4.º Con fecha 2 de agosto de 2004, don Antonio Villegas Toro, interpone recurso de alzada. Fundamentos de Derecho: Unico.−La Resolución (P.S.T.) 6725/2004, de 16 de junio, del Director General de Transportes, fue notificada al recurrente en fecha 23 de junio de 2004. El artículo 47 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, señala que los términos y plazos establecidos en esta u otras Leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes para la tramitación de los asuntos, así como a los interesados en los mismos. El artículo 115 de la Ley 30/1992, señala que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. El artículo 48.2 de dicha norma, por su parte, señala que, si el plazo se fija en meses, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, por lo que el último día para la interposición del recurso era, en este caso, el 23 de julio de 2004. Por tanto, el recurso, presentado el día 2 de agosto de 2004, se ha presentado fuera del plazo establecido en las normas, por lo que procede su inadmisión. En este sentido, el Tribunal Supremo ha manifestado en reiteradas sentencias (Sentencia de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 1988, Fundamento de Derecho 3.º), que todos los términos procesales lo son de caducidad y no de prescripción. Los preceptos procesales, con arreglo a una reiterada doctrina, tanto del Tribunal Constitucional -Sentencia 202/1988, de 31 de octubre- como del Tribunal Supremo de 18 y 30 de marzo de 1993-, son de orden público y la premisa de que la interpretación de los mismos no ha de ser restrictiva del derecho de acceso a los recursos legalmente establecidos, no permite sacar la conclusión de que existe una prorrogabilidad arbitraria de los plazos, ni de que estos puedan quedar al arbitrio de las partes (Sentencia del Tribunal Constitucional 1/1989, de 16 de enero), siendo en tal sentido muy numerosas las resoluciones del Tribunal Constitucional que inadmiten el recurso de amparo, que ante él se presente, transcurrido un día fuera del plazo de los veinte que establece el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Autos 206/1985; 230/1990 entre otros). Por lo expuesto, el recurso de alzada fue presentado fuera del plazo de 1 mes que prescribe el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede su inadmisión.

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En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Inadmitir el recurso de alzada interpuesto por don Antonio Villegas Toro contra la Resolución (P.S.T.) 6725/2004, de 16 de junio, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a don Antonio Villegas Toro, indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 18 de julio de 2005−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. Resolución de expediente sancionador

Visto el recurso de alzada que, con fecha 27 de enero de 2005, presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Beriain, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 12239/2004, de 27 de octubre, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 2.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 18 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula 5937-BJL, en el kilómetro 103,000 de la carretera A15, por circular con el vehículo reseñado careciendo de hojas de registro del aparato de control de tiempo de conducción y descanso que existe la obligación de llevar en el vehículo. Antecedentes de Hecho: 1.º Con fecha 11 de junio de 2004, se notificó a Hormigones Beriain, S.A. la incoación de expediente sancionador NA 0874/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 18 de noviembre de 2003, al vehículo matrícula 5937-BJL, en el kilómetro 103,000 de la carretera A-15, por circular con el vehículo reseñado careciendo de hojas de registro del aparato de control de tiempo de conducción y descanso que existe la obligación de llevar en el vehículo. No presenta el disco diagrama correspondiente al 17 de noviembre de 2003 ni el último de la semana anterior que condujo. 2.º El día 29 de junio de 2004, el interesado presenta alegaciones. 3.º El día 25 de octubre de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que considera que, habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado y analizadas igualmente las alegaciones presentadas por el interesado con fecha 29 de junio de 2004, procede confirmar la sanción, señalándose que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Comunidad Económica Europea 3821/85 el conductor deberá estar en condiciones de presentar, siempre que lo soliciten los agentes de control, las hojas registro de la semana en curso y, en cualquier caso, la hoja del último día de la última semana anterior en la que condujo, y el día de la denuncia el conductor no portaba todos los discos diagramas requeridos lo que impidió el control del cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso, estando tipificada la referida carencia como infracción muy grave, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 140.24 de la Ley 16/1987 modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre, graduándose la sanción de acuerdo con la infracción cometida y dentro del tramo mínimo previsto en el artículo 143.1.g) de la referida Ley. Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 12239/2004, de 27 de octubre, del Director General de Transportes, por la que se da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Hormigones Beriain, S.A. una sanción de 2.001 euros. 4.º Con fecha 27 de enero de 2005, don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Beriain, S.A. interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de derecho y solicita la estimación del recurso y la anulación de la sanción. Fundamentos de Derecho: 1.º Respecto a la ratificación del recurrente en lo manifestado en su escrito de alegaciones debe señalarse que las alegaciones formuladas fueron debidamente contestadas y valoradas en la resolución ahora recurrida a la cual nos remitimos y damos por reproducida en aras de la eficacia y celeridad procedimentales. 2.º Alega el recurrente que no se le ha dado traslado de la propuesta de resolución. Ha de manifestarse que el artículo 212 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que "ultimada la instrucción del procedimiento y practicada la audiencia al interesado por el órgano correspondiente, salvo cuando ésta no sea necesaria de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, éste elevará propuesta de resolución al órgano

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que legal o reglamentariamente tenga atribuida la competencia sancionadora para que dicte la resolución que proceda". Por su parte, el artículo 84.4 de la Ley 30/1992 dispone que "se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado". Como reiteradamente vienen manifestando los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona y la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, dicho trámite resulta prescindible, sin que por ello sufra el derecho de defensa, cuando la propuesta de resolución se limita a confirmar los cargos, conocidos ya en el trámite de audiencia concedido con la notificación del acto de incoación del procedimiento sancionador y sin que se haya incorporado ningún dato nuevo que no fuera conocido con anterioridad por el interesado. En el supuesto que ahora nos ocupa, se notificó al recurrente el acto de incoación, en el que se encuentran perfectamente identificados los hechos y los preceptos conforme a los cuales se tipificó la infracción cometida así como la correspondiente sanción, concediéndole un plazo para formular alegaciones, que fueron realizadas por el recurrente, si bien no alteraron en ningún punto el contenido de la acusación inicialmente formulada, ni requirieron actuaciones complementarias ni una ulterior audiencia para una hipotética valoración de tales actuaciones, de modo que no ha existido la indefensión que alega el recurrente. 3.º Alega el recurrente su disconformidad con la graduación de la sanción. El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción al artículo 140.24 de la Ley 16/87 modificada parcialmente por la Ley 29/2003 de 8 de octubre que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.g) de la citada Ley, se ha calificado como muy grave. Para estas infracciones se prevé multa de 2.001 euros a 3.300 euros. En este supuesto se impone multa de 2.001 euros, por lo que se ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio de proporcionalidad. 4.º Por último en lo que al informe ratificador se refiere, se ha de señalar que el artículo 211 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, según la interpretación dada por las Sentencias 53, 54 y 55 del año 1996 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, exige que se solicite el informe del agente denunciante únicamente cuando este informe sea necesario para probar los hechos y en nuestro caso no se requiere porque la infracción imputada ha quedado acreditada directamente en el boletín de denuncia del agente denunciante que goza de presunción de veracidad. 5.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados, por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la resolución impugnada. En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, ACUERDA: 1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Beriain, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 12239/2004, de 27 de octubre, del Director General de Transportes. 2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y a Hormigones Beriáin, S.A., indicándole que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, 18 de julio de 2005.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez. F0519219

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Notificación de requerimientos de discos-diagramas y otra documentación obligatoria

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municaciones, sito en la calle Yanguas y Miranda, 5, 31002 Pamplona, en un plazo de diez días a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−La Jefa de la Sección de Inspección y Junta Arbitral de Transportes, María Carmen Machiñena Solera. ANEXO Nombre de la empresa: Aguinaga Aldareguia, L. Población: Erice. Fecha del requerimiento: 9 de mayo de 2005. Nombre de la empresa: Alonso Irujo, C. Población: Andosilla. Fecha del requerimiento: 9 de mayo de 2005. Nombre de la empresa: Antonio Manuel Calado, S.L. Población: Altsasu/Alsasua. Fecha del requerimiento: 9 de mayo de 2005. Nombre de la empresa: Coyser, S.L. Población: Dorrao/Torrano. Fecha del requerimiento: 26 de julio de 2005. Nombre de la empresa: Do Barros Pereira, A. A. Población: Sangüesa. Fecha del requerimiento: 26 de julio de 2005. Nombre de la empresa: Aguas Lamberto, F. Población: Berriozar. Fecha del requerimiento: 26 de julio de 2005. Nombre de la empresa: Abárzuza Esparza, L. Población: Abárzuza. Fecha del requerimiento: 12 de agosto de 2005. Nombre de la empresa: Alfredo Garcés e Hijos, S.L.L. Población: Cabanillas. Fecha del requerimiento: 12 de agosto de 2005. Nombre de la empresa: Aramendia Abadía, I. Población: Ainzoáin. Fecha del requerimiento: 12 de agosto de 2005. F0519221

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Resolución de expedientes sancionadores

El Director del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes ha dictado Resolución sancionadora en los expedientes cuyos datos se detallan en el anexo adjunto por infracción a la normativa reguladora de los transportes terrestres. Habiendo resultado imposible practicar la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de dicha Ley, comunicando a los interesados que pueden personarse y tener conocimiento del texto íntegro del acto notificado en el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, sito en la calle Yanguas y Miranda, 5, 31002 Pamplona, en un plazo de diez días a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Contra la presente notificación puede interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes computado desde el día que el interesado se persone para conocer la Resolución sancionadora o, en su caso, a partir del transcurso del plazo de 10 días concedido para su comparecencia. Pamplona, 13 de septiembre de 2005.−El Director del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes, Jesús Posadas Martínez. ANEXO

Habiendo resultado imposible practicar la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de dicha Ley, comunicando a los interesados que pueden personarse y tener conocimiento del texto íntegro del acto notificado en el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Co-

Expediente: NA 5575/04 Número de boletín de denuncia/Acta: 44419. Nombre: Falces Morteros y Hormigones, S.A Población: Beriáin Fecha de la denuncia: 29 de noviembre de 2004 Matrícula: NA-6923-BB Precepto infringido: 142.18 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 100,00 euros

10032 Expediente: NA 0169/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 236438 Nombre: Ttes Barbarin Villamayor, S.L. Población: Arróniz Fecha de la denuncia: 16 de diciembre de 2004 Matrícula: NA-6787-AV Precepto infringido: 141.13 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 600,00 euros Expediente: NA 0288/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 235909 Nombre: Zulueta Echevarria, Carmelo Julián Población: Portugalete Fecha de la denuncia: 19 de diciembre de 2004 Matrícula: BI-7400-CV Precepto infringido: 141.19 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 1.001,00 euros Expediente: NA 0613/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 234124 Nombre: Euronueva Transporte, S.L. Población: Valencia Fecha de la denuncia: 13 de enero de 2005 Matrícula: 3345-CFV Precepto infringido: 142.18 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 100,00 euros Expediente: NA 0656/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 231312 Nombre: Carcavilla Pérez, Luis Población: Ribaforada Fecha de la denuncia: 19 de enero de 2005 Matrícula: NA-8607-AN Precepto infringido: 142.2 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 361,00 euros Expediente: NA 0665/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 2808 Nombre: Villamayor Villota, José Miguel Población: Pamplona Fecha de la denuncia: 11 de febrero de 2005 Matrícula: NA-7985-BB Precepto infringido: 142.8 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 201,00 euros Expediente: NA 0711/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 732810 Nombre: Autocares Ibargoiti, S.L. Población: Berrioplano Fecha de la denuncia: 1 de febrero de 2005 Matrícula: BI-1418-CG Precepto infringido: 141.19 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 1.001,00 euros Expediente: NA 0712/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 732815 Nombre: Autocares Ibargoiti, S.L. Población: Berrioplano Fecha de la denuncia: 1 de febrero de 2005 Matrícula: 5641-BFS Precepto infringido: 142.9. Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 201,00 euros

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Expediente: NA 0810/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 231439 Nombre: Protecc Técnicas de Navarra, S.L. Población: Ribaforada Fecha de la denuncia: 10 de enero de 2005 Matrícula: 4129-BMW Precepto infringido: 141.31 en relación con el artículo 140.1.6 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: Expediente: NA 0812/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 231492 Nombre: Protecc Técnicas de Navarra, S.L. Población: Ribaforada Fecha de la denuncia: 10 de enero de 2005 Matrícula: 4129-BMW Precepto infringido: 141.31 en relación con el artículo 140.1.6 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: Expediente: NA 0837/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 16171 Nombre: Marina Marina, María Isabel Población: Pamplona Fecha de la denuncia: 2 de febrero de 2005 Matrícula: NA-3432-AN Precepto infringido: 142.25 y 141.13 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 400,00 euros Expediente: NA 0859/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 5241 Nombre: Gg Nafarroa, S.L. Población: Pamplona Fecha de la denuncia: 31 de enero de 2005 Matrícula: 9032-CDZ Precepto infringido: 140.26.2 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 100,00 euros Expediente: NA 1133/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 131010 Nombre: Barrera Cesarini, Jorge Silvio Población: Burlada Fecha de la denuncia: 10 de marzo de 2005 Matrícula: 3338-BYN Precepto infringido: 142.25 y 141.13 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 400,00 euros Expediente: NA 1208/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 132979 Nombre: Transasecop, S.C.L. Población: Gandía Fecha de la denuncia: 17 de marzo de 2005 Matrícula: 3370-CBG Precepto infringido: 140.10 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 4.601,00 euros Expediente: NA 1276/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 129521 Nombre: Correia Dosanjos, Sandra Población: Pamplona Fecha de la denuncia: 23 de marzo de 2005 Matrícula: 7160-BSK Precepto infringido: 142.8 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 201,00 euros

Expediente: NA 0715/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 132927 Nombre: Roncal Mercader, Javier Población: Anue Fecha de la denuncia: 1 de febrero de 2005 Matrícula: 9049-BKP Precepto infringido: 140.1.2 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 4.601,00 euros

Expediente: NA 1568/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 124294 Nombre: Transportes Garde y Neco, S.L. Población: Pamplona Fecha de la denuncia: 13 de abril de 2005 Matrícula: NA-1347-AV Precepto infringido: 142.9 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 201,00 euros

Expediente: NA 0789/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 2841 Nombre: Ttes Elizondo, S.L. Población: Lesaka Fecha de la denuncia: 11 de abril de 2005 Matrícula: Precepto infringido: 140.6 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 301,00 euros

Expediente: NA 1622/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 236515 Nombre: Myg Euskal Harria, S.L. Población: Irura Fecha de la denuncia: 12 de abril de 2005 Matrícula: SS-1750-BB Precepto infringido: 142.9 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 201,00 euros

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Expediente: NA 1652/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 132785 Nombre: González García, Juan Carlos Población: Candas Fecha de la denuncia: 20 de abril de 2005 Matrícula: 7578-DHJ Precepto infringido: 141.6 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 1.501,00 euros

BARAÑAIN Notificación de sanción

Expediente: NA 1710/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 233272 Nombre: Transportes Garde y Neco, S.L. Población: Pamplona Fecha de la denuncia: 23 de abril de 2005 Matrícula: 5930-CRK Precepto infringido: 140.24 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 2.001,00 euros Expediente: NA 1722/05 Número de boletín de denuncia/Acta: 132518 Nombre: Agencia Transportes Trota, S.A. Población: Lleida Fecha de la denuncia: 26 de abril de 2005 Matrícula: 1823-CVZ Precepto infringido: 141.4 Ley 16/1987 Cuantía de la sanción: 1.556,00 euros F0519222

EXPTE.

5/1184 5/1397 5/1471 5/1424 5/1309 5/1290 5/1451 5/1237 5/1311 5/1219 5/1277 5/1094 5/1153 5/1179 5/1443 5/1201 5/1197 5/1252 5/1125 5/1450 5/1434 5/1431 5/1400 5/255 5/1445 5/1429 5/1349 5/587 5/1391

PROPIETARIO

ALBA JIMENEZ ZEUS ........................................ ALTAREJOS MASOTA JOSE .............................. AMBITE DURAN JUAN ALBERTO ...................... ARAQUIL CONSULTORIA DE SEGUROS, S.L. ... BI YAK, S.L. ....................................................... BRITO UREÑA SALVADOR ................................ CARPINTERO HURTADO LAURA ....................... ECHEVERRIA DE LA HERA FERNANDO ............ EXCAVACIONES ARIZKO, S.L. ........................... FUENTE LANGAS FLORENTINO ......................... GONZALEZ COBREROS MERCEDES ELOISA .... GONZEMBACH DOMINGUEZ GABRIEL .............. GONZEMBACH DOMINGUEZ GABRIEL .............. GOÑI CLEMENTE PEDRO JUAN ........................ LOPEZ GRISALES EMILSE ................................ LOPEZ RIVAS JOSE ........................................... MATEO LA ROSA CARLOS ALBERTO ............... MOLINA RAEL JESUS MARIA ........................... MUNARRIZ OLLACARIZQUETA MIGUEL M. ...... PEREZ GOMEZ JUAN CARLOS .......................... PINEDA ARNIJOS RODDY COSME .................... RIVERO RAMOS JAVIER ................................... RODRIGUEZ RODRIGUEZ JORGE MIGUEL ....... SAN MIGUEL LUQUI JOSE JAVIER ................... SANCHEZ GARCIA JAIME .................................. UNDIANO JUANICORENA M. ASCENSION ........ VIGURIA ALEGRIA JAVIER MARIA .................... ZUDAIRE PRIETO CARLOS ................................ ZUDAIRE URDANGARIN JOSE MARIA ..............

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MATRICULA

NA-8799-BC NA-9895-AG C-6824-BDB -1420-BLF -4341-BTY -4010-CZS NA-9462-AJ -5263-BWG NA-2218-AD NA-6719-AL -6589-BDW NA-7920-AM NA-7920-AM NA-2422-W C-4108-BPV PO-1326-BC NA-7439-AU -7973-DBM NA-1368-AJ NA-2156-AT -2647-BSS NA-4032-AN NA-674-AD -4515-CZH -8894-BCS -7805-CJM NA-614-AY NA-6405-AN NA-8140-AD

No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. La multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles, siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. c) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Barañáin, 22 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Jesús Senosiáin Ibáñez.

LUGAR

FECHA

PLAZA SAUCES, 4 ............................. 31/05/2005 AVDA. PAMPLONA, 16 ...................... 10/07/2005 AVDA. PAMPLONA, 0 ........................ 15/08/2005 PLAZA CONSISTORIAL, 0 ................. 20/07/2005 PLAZA CONSISTORIAL, 0 ................. 30/06/2005 AVDA. CENTRAL, 0 ........................... 19/06/2005 AVDA. CENTRAL, 6 ........................... 01/08/2005 PLAZA NORTE, 0 ............................... 08/06/2005 PLAZA CONSISTORIAL, 0 ................. 30/06/2005 AVDA. DE EULZA, 7 .......................... 18/05/2005 AVDA. ESTADIO, 0 ............................ 10/06/2005 AVDA. CENTRAL, 0 ........................... 21/05/2005 PEDRO BIDAGOR, 7 .......................... 27/05/2005 AVDA. RASCACIELOS, 0 ................... 30/05/2005 SIN CALLE, 15 ................................... 24/07/2005 PLAZA NORTE, 0 ............................... 05/06/2005 PEDRO BIDAGOR, 0 .......................... 04/06/2005 SOLAR VII, 0 ..................................... 11/06/2005 RONDA BARAÑAIN, 5 ....................... 24/05/2005 PLAZA NORTE, 0 ............................... 01/08/2005 AVDA. CENTRAL, 8 ........................... 22/07/2005 AVDA. CENTRAL, 0 ........................... 21/07/2005 AVDA. CENTRAL, 4 ........................... 10/07/2005 AVDA. ESTADIO, 0 ............................ 28/01/2005 AVDA. CENTRAL, 20 ......................... 30/07/2005 AVDA. DE EULZA, 84 ........................ 19/07/2005 PLAZA SAUCES, 4 ............................. 07/07/2005 AVDA. DEL VALLE, 0 ........................ 09/03/2005 AVDA. PAMPLONA, 0 ........................ 10/07/2005

HORA

IMPORTE

LSV

RGC

15:50 04:50 23:45 12:00 09:25 23:35 08:10 02:40 09:30 00:10 00:45 05:50 01:00 20:20 16:25 07:50 13:35 19:40 23:00 22:57 17:10 15:25 12:56 07:07 08:21 11:25 02:45 02:55 01:40

60,00 60,00 150,00 300,00 300,00 60,00 96,00 60,00 300,00 60,00 60,00 60,00 60,00 60,00 150,00 60,00 60,00 60,00 96,00 96,00 96,00 90,00 96,00 96,00 96,00 96,00 60,00 60,00 96,00

38.3. 38.3. 47.1. 72.3. 72.3. 53..2. 38.3. 38.3. 72.3. 39.2. 38.3. 38.3. 38.3. 39.2. 47.1. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 11.3. 38.3. 39.1.d. 38.3. 38.3. 53..2. 38.3. 39.1.d.

91.1. 91.1. 118.1. 0 0 154. 91.2.m. 91.1. 0 94.2. 91.1. 91.1. 91.1. 94.2. 118. 91.1. 91.1. 91.1. 91.2.m. 91.2.m. 91.2.m. 18.2.. 91.2.m. 94.1.d. 91.2.m. 91.2.c. 154. 91.1. 94.1.d.

ORD

0 0 0 L0519528

BARAÑAIN Notificación de denuncia

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-5 y 60 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación a los denunciados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se señalan, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura de Policía Municipal, por infracción al Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero).

EXPTE.

5/1454 5/1487 5/1475 5/1392 5/1474 5/1498 5/1462 5/1469 5/1524 5/1489

PROPIETARIO

AGUILAR SANCHEZ J. JOSE Y FNDZ. ARE ........ AGUIRRE FORERO LUIS FERNANDO .................. ARMENDARIZ ORTIZ FCO. JAVIER ..................... BLANCO HERNANDO MANUEL ........................... BRAVO GANUZA PETRONILO .............................. CHOCARRO GARCIA JOSE .................................. GARCIA VALLEJO VALENTIN .............................. GONZALEZ HICAPIE YIMI .................................... GONZALEZ HINCAPIE YIMI ................................. GUILLEN SUBIRAN JOSE MARIA ........................

MATRICULA

-1972-CYV NA-8079-AL NA-5322-AZ -9592-BHC NA-541-AM -2521-BYR SS-710-AP NA-2362-BB NA-2362-BB NA-4805-AP

En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su defensa. Asimismo, dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente edicto, podrán hacer efectiva la multa respectiva con una reducción del cincuenta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda beneficiarse de tal descuento. Barañáin, 26 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Jesús Senosiáin Ibáñez.

LUGAR

FECHA

PLAZA SAUCES, 4 ............................. 03/08/2005 PLAZA NORTE, 0 ............................... 24/08/2005 PEDRO BIDAGOR, 7 .......................... 19/08/2005 PLAZA SAUCES, 0 ............................. 10/07/2005 PLAZA NORTE, 0 ............................... 19/08/2005 PLAZA SAUCES, 0 ............................. 29/08/2005 PUEBLO ANTIGUO, 0 ........................ 06/08/2005 PEDRO BIDAGOR, 0 .......................... 13/08/2005 LA CULTURA, 5 ................................. 06/09/2005 PLAZA CASTAÑOS, 1 ........................ 25/08/2005

HORA

IMPORTE

04:00 20:55 00:58 03:16 00:50 08:12 16:35 07:25 17:25 23:00

60,00 60,00 96,00 60,00 96,00 60,00 96,00 96,00 96,00 60,00

LSV

38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3.

RGC

91.1.. 91.1.. 91.2.m. 91.1.. 91.2.d. 91.1.. 91.2.c. 91.2.m. 91.2.c. 91.1..

ORD

-

10034 EXPTE.

5/1492 5/1496 5/1220 5/1532 5/1531 5/1459 5/1418 5/1363 5/1425 5/1320 5/1509 5/1477 5/1493 5/1534 5/1433 5/1486

Viernes, 7 de octubre de 2005 PROPIETARIO

MATRICULA

IRIARTE NOGUERA FCO. JAVIER ........................ J. AYERDI Y ASOCIADOS, S.L. ........................... LOPEZ BAQUEDANO IKER DANIEL ..................... LUMBRERAS BELLOSO SANTIAGO .................... MENDAZA IRIGOYEN UMBELINO ........................ METALICAS LABIANO, S.L.L. .............................. MORENO GONZALEZ ARITZ ................................ MUÑOZ MULOZ VALENTIN ................................. OCTHERE THOMAS ............................................. OCHOA ZAMARREÑO M. LUISA CLARA ............. PEREZ DIEZ JOSE CARLOS ................................ PLANTAS ORNAMENTALES S. FERMIN, S.L. ..... PULIDO JIMENEZ CARMEN MERCEDES ............. RECIO MARCOS ROBERTO ................................. SALEGUI URBIETA JOSEBA KOLDO ................... ZULAICA ECHEVARRIA IGNACIO ........................

NA-3961-AZ NA-5200-AU NA-1041-AN NA-4384-AB NA-9399-AJ -7269-DHJ NA-7701-AM -9592-BHC NA-8555-AW NA-8027-V -9886-CWG NA-3948-AM -562-BYF -716-DCF NA-3955-AS VI-6733-P

LUGAR

B.O. de Navarra−Número 120 FECHA

PLAZA TILOS, 4 ................................ 28/08/2005 AVDA. PAMPLONA, 0 ........................ 29/08/2005 AVDA. DE EULZA, 7 .......................... 18/05/2005 AVDA. CENTRAL, 0 ........................... 07/09/2005 PEDRO BIDAGOR, 0 .......................... 07/09/2005 AVDA. DEPORTES, 0 ......................... 05/08/2005 AVDA. PAMPLONA, 10 ...................... 18/07/2005 PLAZA SAUCES, 4 ............................. 09/07/2005 AVDA. CENTRAL, 0 ........................... 26/07/2005 PLAZA CASTAÑOS, 5 ........................ 03/06/2005 SOLAR VII, 0 ..................................... 01/09/2005 PLAZA CASTAÑOS, 6 ........................ 19/08/2005 PLAZA SAUCES, 0 ............................. 29/08/2005 PLAZA SAUCES, 0 ............................. 07/09/2005 SOLAR VII, 0 ..................................... 22/07/2005 PLAZA TILOS, 0 ................................ 24/08/2005

HORA

IMPORTE

LSV

RGC

03:30 03:06 00:10 09:43 07:40 00:10 11:20 00:50 21:30 19:00 19:50 01:15 00:45 09:20 16:50 09:30

96,00 96,00 60,00 60,00 60,00 96,00 60,00 96,00 600,00 96,00 60,00 60,00 96,00 60,00 60,00 60,00

38.3. 39.1.d 39.2. 38.3. 38.3. 38.3. 38.3. 39.1.d 12.1. 38.3. 38.3. 38.3. 39.1.d 38.3. 38.3. 38.3.

91.2.m. 94.1.d. 94.2.. 91.1.. 91.1.. 91.2.m. 91.1.. 94.1.d. 20.1.. 91.2.h. 91.1.. 91.1.. 94.1.d. 91.1.. 91.1.. 91.1..

ORD

L0519531

BARAÑAIN Propuesta de resolución

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-5 y 60 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación a los denunciados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se señalan, de la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura de Policía Municipal, por infracción al Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero). Expediente: 5/1109. Propietario: Azcarate Urdiain Juan Carlos. Matrícula: -9577-DJG. Lugar: Avenida Rascacielos, número 13. Día: 23 de mayo de 2005. Hora: 00:30. Importe: 60,00. LSV: 39.1.b. RGC: 94.1.b. Expediente: 5/972. Propietario: Catalán Gil Luis Ignacio. Matrícula: -298-CZL. Lugar: Avenida Central, número 12. Día: 10 de mayo de 2005. Hora: 04:30. Importe: 96,00. LSV: RGC: 38.3. ORD: 91.2.m. Expediente: 5/1470. Propietario: Ortiz de Landazuri Busca José María. Matrícula: NA-5332-AH. Lugar: Plaza Castaños, número 3. Día: 15 de agosto de 2005. Hora: 21:30. Importe: 96,00. LSV: 38.3. RGC: 91.2.m. Expediente: 5/1318. Propietario: Zuazola Agesta Oscar. Matrícula: -7244-CHM. Lugar: Plaza Castaños, número 5. Día: 3 de junio de 2005. Hora: 18:50. Importe: 96,00. LSV: 38.3. RGC: 91.2.h. En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su defensa. Asimismo, dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente edicto, podrán hacer efectiva la multa respectiva con una reducción del cincuenta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda beneficiarse de tal descuento. Barañáin, 22 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Jesús Senosiáin Ibáñez. L0519532

BURLADA Notificación de sanciones

El componente del Cuerpo de la Policía Municipal de este Ayuntamiento que figura en cada caso formuló la denuncia cuyos datos se reseñan. Titular/Conductor: Jesús Jimeno Argain. Matrícula: NA-5699-AT. Expediente: 1153/04. Infracción: Estacionar totalmente sobre la acera, artículo 91.2 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Calle Batondoa, número 4, impar. Fecha: 13/11/04. Hora: 11:03. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Francisco Javier Comasa Roteta. Matrícula: NA-3548-AF. Expediente: 1158/04. Infracción: Estacionamiento en doble fila obstruyendo el paso de vehículos, artículo 91.2 Real Decreto 1428/03. Lugar: Calle José Mina, número 22. Fecha: 20/10/04. Hora: 21:45. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Soldadura y Trabajjos Verticales, S.L. Matrícula: 5742-BNT. Expediente: 1208/05. Infracción: No identificar conductor, artículo 72.3 Real Decreto 1428/2003. Lugar:-. Fecha: 29/12/04. Hora:-. Importe: 240,00 euros. Titular/Conductor: José Luis Laguna Palomero. Matrícula: M-8030-YF. Expediente: 332/05. Infracción: Estacionar en reservado para minusválidos careciendo de autorización válida para ello, artículo 91.2 Real Decreto 1248/2003. Lugar: Calle Ezkababide, número 2, impar. Fecha: 26/04/05. Hora: 07:10. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Alberto González Blanco. Matrícula: NA-1522-BB. Expediente: 346/05. Infracción: Estacionar en lugar prohibido y señali-

zado, artículo 91.2 Real Decreto 1248/2003. Lugar: Calle Merindad de Sangüesa, número 23. Fecha: 14/04/05. Hora: 20:26. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Hernán Alberto Cozzi. Matrícula: 3137-CTH. Expediente: 409/05. Infracción: Estacionamiento totalmente sobre la acera, artículo 91.2 Real Decreto 1248/2003. Lugar: Calle Batondoa, número 3. Fecha: 15/05/05. Hora: 12:41. Importe: 60,00 euros. Titular/Conductor: Diego Sebastián Castillo. Matrícula: 4321-BPG. Expediente.: 414/05. Infracción: Estacionar en reservado a carga y descarga sin realizar dicha labor dentro del horario restringido, artículo 94.2 Real Decreto 1248/2003. Lugar: Calle Basilio Armendáriz, número 1. Fecha: 13/05/05. Hora: 18:10. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Manuel Larramendi Burgués. Matrícula: 1089-CRZ. Expediente: 416/05. Infracción: Estacionar en lugar prohibido y señalizado, artículo 91.2 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Calle Ermita con calle Basilio Armendáriz. Fecha: 13/05/05. Hora: 17:40. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Hernán Alberto Cozzi. Matrícula: 3137-CTH. Expediente: 426/05. Infracción: Estacionar totalmente sobre la acera, artículo 91.2 Real Decreto 1248/2003. Lugar: Calle Batondoa, número 3. Fecha: 10/05/05. Hora: 13:55. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: María Gladis Isaacs Abril. Matrícula: NA-1163-AZ. Expediente: 443/05. Infracción: Estacionar en lugar prohibido debidamente señalizado (horizontal y verticalmente), artículo 91.2 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Calle Altolaguirre (rotonda entrada a garajes). Fecha: 28/04/05. Hora: 20:15. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Oscar Fermín Vega Pino. Matrícula: 3110-CWC. Expediente: 518/05. Infracción: Estacionar en una intersección dificultando la visibilidad, artículo 91.2 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Calle Ermita con calle Pío Loperena. Fecha: 23/06/05. Hora: 19:00. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Asier Arrondo Urtasun. Matrícula: NA-0371-Y. Expediente: 521/05. Infracción: Estacionamiento en vado permanente dificultando la salida de vehículos, artículo 94.2 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Calle Hilarión Eslava con Plaza de las Eras. Fecha: 27/06/05. Hora: 08:06. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Alberto Elías Rodríguez Lacuey. Matrícula: 3141-BWV. Expediente: 522/05. Infracción: Estacionar en lugar prohibido señalizado, artículo 91.2 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Calle Villa de Lanz, número 2, impar. Fecha: 25/06/05. Hora: 06:55. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Iturjim, S.L.. Matrícula: SS-7254-AX. Expediente: 552/05. Infracción: No identificar conductor, artículo 72.3 Real Decreto 1248/2003. Lugar:-. Fecha: 30/05/05. Hora:-. Importe: 240,00 euros. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/1990, se requiere al titular del vehículo para que, si no fuera él responsable de la infracción denunciada, proceda a la identificación completa del infractor, incluido el número del D.N.I., dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación, mediante escrito presentado en los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992. En el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación, el interesado podrá hacer efectiva la sanción prevista, con la bonificación establecida, en la forma que estime más conveniente. Dispone de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para presentar alegaciones y proponer las pruebas que considere en su defensa, mediante escrito presentado en los lugares previstos en el artículo 38 de la citada Ley 30/1992.

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone prueba alguna, el presente documento se considerará propuesta de resolución ante la Alcaldía, estimándose como hechos probados, infracción que constituye, su calificación, la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone, en cada caso. Burlada, 29 de agosto de 2005.−El Alcalde, José Muñoz Arias. L0519287

BURLADA Notificación de resoluciones

No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por la Policía Municipal por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la relación adjunta y sus correspondientes sanciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92 y demás Legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Titular/Conductor: Pedro Martín Galán. Matrícula: 8171-CLF. Expte.: 37/2004. Infracción: Realizar giro prohibido debidamente señalizado (dirección Pamplona), artículo 132.1 R. D. 1428/2003. Lugar: Calle Elizguibela salida a calle Mayor. Fecha: 07/01/04. Hora: 13:48. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: José Manuel Zabalza Latorre. Matrícula: NA-1406-W. Expte.: 881/04. Infracción: Estacionar en lugar prohibido a vehículos de 3.ª categoria, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Campa de Auzalor. Fecha: 12/08/04. Hora: 05:30. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Raul Goñi Ciaurriz. Matrícula: NA-3324-AF. Expte.: 937/04. Infracción: Estacionar en parada de Bus, artículo 91.2 R. D. 1428/03 Lugar: Calle Mayor número 6. Fecha: 21/09/04. Hora: 13:10. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Oscar Martín Cabodevilla. Matrícula: NA-7180-AN. Expte.: 1036/04. Infracción: Estacionar anulando un carril de circulación, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Morea número 1. Fecha: 15/09/04. Hora: 16:45. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Miguel Angel Martín Belmonte. Matrícula: NA-2533-AV. Expte.: 1063/04. Infracción: Estacionamiento ocupando un carril de circulación, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Plaza Francisco Ardanáz con calle San Francisco . Fecha: 17/10/04. Hora: 20:04. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Gorka Vales Aristu. Matrícula: 7702-DCJ. Expte.: 1141/04. Infracción: Estacionar ocupando un carril de circulación, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Avda de Villava (poligono Fiat Medansa). Fecha: 26/11/04. Hora: 12:45. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Dávid Arrondo Olea. Matrícula: 4407-CBK. Expte.: 1145/04. Infracción: Estacionar ocupando parte del paso de peatones, artículo 91.2 R. D. 1428/03 Lugar: Calle Mokarte con calle San Francisco . Fecha: 24/11/04. Hora: 10:25. Importe: 60.00 euros. Titular/Conductor: Alberto Goñi Iriarte. Matrícula: NA-5873-AC. Expte.: 1152/04. Infracción: Estacionar parcialmente sobre la acera, en lugar prohibido, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Ezcababide número 4. Fecha: 15/11/04. Hora: 16:35. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: José Juan Rodríguez Anido. Matrícula: 8975-BJJ. Expte.: 1169/04. Infracción: Estacionamiento en carga y descarga sin ralizar dicha actividad, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Avda de Villava (Torregrosa). Fecha: 02/11/04. Hora: 18:40. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Juan Pablo Regojo Balboa. Matrícula: B-1244-MF. Expte.: 1175/04. Infracción: Estacionar en reservado para minusválidos sin la preceptiva tarjeta habilitadora, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Villa de Lanz con calle Landazábal. Fecha: 05/11/04. Hora: 19:00. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Diaoune Abdourahamane. Matrícula: NA-0429-AC. Expte.: 1191/04. Infracción: Estacionamiento en intersección de calles dificultando el giro, señalado por medio de línea amarilla, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle ERmita con calle Federico Mayo. Fecha: 29/10/04. Hora: 15:30. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Javier López González. Matrícula: NA-0044-AW. Expte.: 1221/04. Infracción: Estacionar en plaza reservada para minusválidos correctamente señalizada, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Villa de Lanz con calle Landazábal. Fecha: 28/12/04. Hora: 20:25. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Lorenzo Duran Mejias. Matrícula: 5227-BWC. Expte.: 1239/04. Infracción: Estacionar en lugar prohibido específicamente señalizado, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Hilarión Eslava número 21. Fecha: 30/12/04. Hora: 18:04. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Javier Lainez Moraleda. Matrícula: 4287-DDK. Expte.: 1241/04. Infracción: Estacionar en parada de Bus, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Merindad de Sangüesa número 4. Fecha: 27/12/04. Hora: 18:20. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Juan Miguel Goñi Martínez. Matrícula: NA-1529-AP. Expte.: 1244/04. Infracción: Estacionar sobre paso de peatones anulando completamente el rebaje de minusválidos, artículo

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91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle San Blas con calle Nueva. Fecha: 25/12/04. Hora: 16:55. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Luis Alberto Lazcoz Díez. Matrícula: 7919-DBV. Expte.: 1249/04. Infracción: Estacionamiento en intersección de cruces sobre raya amarilla, artículo 94.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Pió Loperna con calle San Francisco . Fecha: 18/12/04. Hora: 17:55. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Carolina Fernández Reclusa. Matrícula: NA-3025-AU. Expte.: 1252/04. Infracción: Circular por la izquierda en una vía de doble sentido de circulación rebasando línea continua, artículo 29.1 R. D. 1428/03 Lugar: Avda de M.ª Azcárate número 37. Fecha: 17/12/04. Hora: 05:45. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Eva Saenz Doncel. Matrícula: NA-3676-AZ. Expte.: 1255/04. Infracción: Estacionar en vado permanente dificultando el pado por dicho vado , artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Landazábal con Consejo de Olaz. Fecha: 14/12/04. Hora: 08:20. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Marco Antonio Reneo Guerrero. Matrícula: NA-3848-AC. Expte.: 1256/04. Infracción: Estacionar en lugar prohibido y señalizado como parada de Bus, durante las horas de servicio, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Mayor número 36. Fecha: 14/12/04. Hora: 17:30. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Alfonso Muñoz Jiménez. Matrícula: Z-5035-AF. Expte.: 1259/04. Infracción: Estacionar en un paso de peatones anulando el rebaje del mismo, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: calle Nueva número 11. Fecha: 13/12/04. Hora: 17:34. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: César Unzué Estanga. Matrícula: 6034-BTG. Expte.: 1266/04. Infracción: Estacionar ocupando parte del rebaje de minusválidos, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Pío Loperena con calle Ermita. Fecha: 11/12/04. Hora: 11:50. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Daniel Ollobarren Jiménez. Matrícula: NA-0181-AL. Expte.: 1267/04. Infracción: Estacionar en carga y descarga con horario de 8-13h, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: calle Basilio Armendáriz número 1. Fecha: 11/12/04. Hora: 10:50. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: M.ª Lourdes Iraizoz Urdanizq. Matrícula: 9427-CGB. Expte.: 1268/04. Infracción: Estacionar en vado horario , artículo OMV R. D. 1428/03. Lugar: Calle San Juan número 3. Fecha: 11/12/04. Hora: 10:20. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Carlos Layana Eseverri. Matrícula: NA-9366-AS. Expte.: 1272/04. Infracción: Estacionar en lugar prohibido y señalizado como parada de Bus, dentro del horario de servicio, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Mayor número 37. Fecha: 12/12/04. Hora: 21:30. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Manuel Ruiz Ariza. Matrícula: NA-7226-AS. Expte.: 09/05. Infracción: Estacionar en lugar prohibido con señalización vertical, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Concejo de Azpa número 2. Fecha: 19/01/05. Hora: 09:25. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Víctor Alsasua Egea. Matrícula: NA-4206-AN. Expte.: 19/05. Infracción: Estacionamiento en carga y descarga dentro del horario habilitado, sin realizar dicha actividad, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Merindad de Sangüesa número 1. Fecha: 22/01/05. Hora: 09:17. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Carlos Alberto Martínez Buil. Matrícula: NA-3166-AU. Expte.: 78/05. Infracción: Estacionar en vado permanente, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Ezpondoa número 14 (garajes). Fecha: 20/02/05. Hora: 07:00. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Marian Istfan. Matrícula: 2718-BNC. Expte.: 88/05. Infracción: Estacionar en reservado para motos, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Ezcabazábal número 3. Fecha: 17/02/05. Hora: 11:20. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Sonia Prieto Caballero. Matrícula: NA-5651-AY. Expte.: 91/05. Infracción: Estacionar sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Plaza de la Constitución número 5. Fecha: 08/02/05. Hora: 11:35. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Luis Fernández Eduardo. Matrícula: B-6519-SF. Expte.: 97/05. Infracción: Estacionar sobre zona peatonal con obstrucción leve, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: calle Batondoa número 2. Fecha: 07/02/05. Hora: 10:35. Importe: 60.00 euros. Titular/Conductor: Pedro J. Giménez Fortuna. Matrícula: NA-9828-AT. Expte.: 100/05. Infracción: Estacionar en reservado para minusválidos sin tarjeta habilitadora, artículo 91.2 R. D. 1428/03 Lugar: Calle Ezcababide (Mapfre). Fecha: 03/02/05. Hora: 07:45. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Alejandro Abadia Barroso. Matrícula: 4053-CXM. Expte.: 104/05. Infracción: Estacionar en reservado para carga y descarga., artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Merindad de Sangüesa número 1. Fecha: 31/01/05. Hora: 09:10. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Raquel Belmonte Morcillo. Matrícula: 5217-BSZ. Expte.: 108/05. Infracción: Estacionar totalmente sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Batondoa número 3. Fecha: 27/01/05. Hora: 10:28. Importe: 96.00 euros.

10036

Viernes, 7 de octubre de 2005

Titular/Conductor: M.ª Angeles Núñez Prieto. Matrícula: 5062-DDH. Expte.: 112/05. Infracción: Estacionamiento en parada de Bus, artículo 94 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Mayor número 36 lado par.. Fecha: 24/01/05. Hora: 13:10. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Julio Luis Rodríguez Díaz. Matrícula: NA-0791-AN. Expte.: 114/05. Infracción: Estacionar sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Batondoa número 2 impar. Fecha: 16/02/05. Hora: 11:30. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Raquel Prieto Giménez. Matrícula: NA-3124-AY. Expte.: 115/05. Infracción: Estacionar sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Batondoa número 3. Fecha: 16/02/05. Hora: 11:35. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: José Luis Ilarduya Arteta. Matrícula: GC-9069-BS. Expte.: 116/05. Infracción: Estacionar totalmente sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Batondoa número 3. Fecha: 16/02/05. Hora: 13:35. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Sergio Santiago Uria Borrego. Matrícula: NA-8595-AS. Expte.: 118/05. Infracción: Estacionar en un carga y descarga durante el horario establecido, sin realizar dicha labor, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Merindad de Sangüesa número 1. Fecha: 16/02/05. Hora: 12:35. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Pablo Fermín Ruiz Merino. Matrícula: NA-6790-AH. Expte.: 120/05. Infracción: Estacionar anulando un carril de circulación, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Morea número 1. Fecha: 15/02/05. Hora: 09:05. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Estacionar en lugar prohibido y parcialmente sobre la acera. Matrícula: NA-5955-T. Expte.: 121/05. Infracción: Estacionar en lugar prohibido parcialmente sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Batondoa número 2 impar. Fecha: 15/02/05. Hora: 11:00. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Raquel Belmonte Morcillo. Matrícula: 5217-BSZ. Expte.: 127/05. Infracción: Estacionar completamente sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Batondoa número 3. Fecha: 13/02/05. Hora: 12:05. Importe: 60.00 euros. Titular/Conductor: Ignacio Huerta Muñoz. Matrícula: SS-8308-AL. Expte.: 130/05. Infracción: Estacionar en zona reservada a carga y descarga, sin realizar actividad, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle San Blas número 18. Fecha: 12/02/05. Hora: 08:30. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: José Francisco Muñoz Marzo. Matrícula: SS-3861-AM. Expte.: 131/05. Infracción: Estacionar totalmente sobre la acera, anulando paso de peatones., artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Poligono Iturrondo. Fecha: 12/02/05. Hora: 12:15. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Sergio Murcia García. Matrícula: 3225-CRC. Expte.: 262/05. Infracción: Estacionar en lugar prohibido y señalizado con línea amarilla, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: calle San Francisco número 1. Fecha: 17/03/05. Hora: 09:10. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: José Antonio Arbeloa González. Matrícula: 7073-BGG. Expte.: 265/05. Infracción: Estacionar en doble fila impidiendo la salida de un vehículo, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Plaza de la Constitución (prol. De calle La Fuente). Fecha: 11/03/05. Hora: 17:20. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Sergio Murcia García. Matrícula: 3225-CRC. Expte.: 276/05. Infracción: Estacionar en carga y descarga sin realizar dicha labor y dentro del horario establecido, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Basilio Armendáriz número 1. Fecha: 03/03/05. Hora: 10:57. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: M.ª Asunción Sanz Gutiérrez. Matrícula: NA-1381-AD. Expte.: 277/05. Infracción: Estacionar en reservado para carga y descarga denro de las horas de utilización, sin realizar dicha actividad, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Ermita número 12 impar. Fecha: 02/03/05. Hora: 09:40. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: José Javiwer Urbiola García. Matrícula: 7755-CMR. Expte.: 330/05. Infracción: Circular con el vehículo reseñado hablando con teléfono móvil, artículo 11.3 R. D. 1428/03. Lugar: Poligono Mugazuri. Fecha: 05/05/05. Hora: 11:35. Importe: 96.00 Titular/Conductor: Juan Antonio Muñarriz Ajona. Matrícula: NA-8812-AU. Expte.: 339/05. Infracción: Estacionar en zona señalizada como prohibida, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Altolaguirre s/n. Fecha: 17/04/05. Hora: 21:10. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: M.ª Luisa Lozano Echarri. Matrícula: NA-1319-AY. Expte.: 340/05. Infracción: Estacionar en zona señalizada como prohibida y además parcialmente sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Altolaguirre. Fecha: 17/04/05. Hora: 21:10. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Melchor Duque Escalona. Matrícula: 3647-DDP. Expte.: 356/05. Infracción: Estacionar sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Ronda de las Ventas con Casa de Cultura. Fecha: 08/04/05. Hora: 20:01. Importe: 60.00 euros.

B.O. de Navarra−Número 120

Titular/Conductor: Antonio Joaquín Barrañas. Matrícula: NA-1188-AM. Expte.: 369/05. Infracción: Estacionar en paso de peatones inutilizando rebaje para disminuidos físicos, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Morea con calle Mayor . Fecha: 06/05/05. Hora: 17:45. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: José M.ª Iza Unamuno. Matrícula: NA-9891-AZ. Expte.: 387/05. Infracción: Estacionar en una intersección de calles invadiendo parcialmente un paso de peatones y dificultando la visibilidad a los peatones., artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Ermita con calle José Mina. Fecha: 12/05/05. Hora: 19:55. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: M.ª Jesús Irigoyen Zapata. Matrícula: 1523-CHH. Expte.: 392/05. Infracción: Estacionar en carga y descarga sin realizar dicha labor, artículo 94.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Mayor número 44. Fecha: 13/05/05. Hora: 19:00. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Vanesa García La Hoz. Matrícula: 7549-CMD. Expte.: 408/05. Infracción: Estacionar en zona inmediata a intersección, dificultando la visibilidad del cruce, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Villa de Lanz con calle Merindad de Sangüesa. Fecha: 16/05/05. Hora: 13:45. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Joao Rogerio Teixeira Pires. Matrícula: C-3868-BMX. Expte.: 428/05. Infracción: Estacionar en zona señalizada como parada de Autobus, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Mayor número 8. Fecha: 09/05/05. Hora: 13:15. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Stella Jurado Llanes. Matrícula: 7094-CVW. Expte.: 436/05. Infracción: Estacionar en lugar reservado para minusválidos, artículo 94.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Ezcababide número 5. Fecha: 03/05/05. Hora: 11:30. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Rebeca Ruiz David. Matrícula: 6378-DHC. Expte.: 444/05. Infracción: Estacionar en lugar prohibido señalizado mediante señales verticales, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Merindad de Sangüesa número 23 par. Fecha: 28/04/05. Hora: 15:33. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Sergio González De Carlos. Matrícula: C-4104-BGG. Expte.: 446/05. Infracción: Circular con el ciclolotor por zona peatonal, artículo 91.2 R. D. 1428/03 Lugar: Plaza de las Cofradías . Fecha: 18/05/05. Hora: 21:05. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Silvestre Arano Arregui. Matrícula: NA-4447-AZ. Expte.: 451/05. Infracción: Estacionar en vado durante el horario establecido, impidiendo la salida de un vehículo (9-13 y 15:30-19:30) , artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle San Salvador número 2. Fecha: 23/05/05. Hora: 09:45. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Agustín Jiménez Valdés. Matrícula: 7979-CVS. Expte.: 459/05. Infracción: Circular de manera negligente (realizar trompos en la rotonda), artículo 3,1 R. D. 1428/03 Lugar: Calle Merindad de Sangüesa con calle Ronda de las Ventas. Fecha: 28/05/05. Hora: 23:40. Importe: 300.00 euros. Titular/Conductor: Alberto Gordón Cuesta. Matrícula: NA-1349-AF. Expte.: 475/05. Infracción: Estacionar encima de la acera impidiendo el uso de esta, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Elizguibela número 1. Fecha: 06/06/05. Hora: 13:35. Importe: 96.00 euros. Titular/Conductor: Ana Sofía Istfan. Matrícula: 4242-YE-31. Expte.: 477/05. Infracción: Estacionar totalmenete sobre la acera, artículo 91.2 R. D. 1428/03. Lugar: Calle Ezcabazábal número 4 impar. Fecha: 03/06/05. Hora: 16:00. Importe: 96.00 euros. La sanción deberá hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza, vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: a) Contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, comunicando previamente al órgano autor de la misma la intención de recurrir; o bien, b) Alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. c) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Burlada, 29 de agosto de 2005.−El Alcalde, José Muñoz Arias. L0519289

BURLADA Notificación de resolución a recurso reposición

No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por la Policía Municipal por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

Circulación de Vehículos a Motor que figuran en la relación adjunta y sus correspondientes sanciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992 y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Titular/Conductor: Angel Urzainqui Iribarren. Matrícula: NA-4553-AP. Expediente: 288/04. Infracción: Estacionar completamente sobre la acera, artículo 91 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Plaza Floirac. Fecha: 06/03/04. Hora: 13:25. Importe: 60,00 euros. Titular/Conductor: José Ramón Fernández Augusto. Matrícula: 0065-CJV. Expediente: 331/2004. Infracción: Estacionar parcialmente sobre la acera, en una intersección, dificultando el giro de vehículos, artículo 91.2 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Calle San Blas con calle La Fuente . Fecha: 23/03/04. Hora: 11:50. Importe: 96,00 euros. Titular/Conductor: Juan Urgano Notario. Matrícula: 3716-BRG. Expediente: 64/05. Infracción: No respetar la luz roja de un semáforo, artículo 146 Real Decreto 1428/2003. Lugar: Calle Hilarión Eslava con calle Mayor. Fecha: 15/02/05. Hora: 07:50. Importe: 96,00 euros. La sanción deberá hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.

EXPTE.

20040658 20040726 20050403 20050255 20040894 20040893 20040886 20040896 20040895 20040671 20040781 20040770 20040737 20040590 20040725 20041050 20050614 20040784 20040782 20040967

PROPIETARIO

EL AOUNI NAOUAL .............................................. GRUPO BERIAIN S.L. .......................................... JIMENEZ ALTIMASVERES JUAN JOSE ............... JIMENEZ AMADOR GERMAN .............................. JIMENEZ AMADOR FABIOLA ............................... JIMENEZ AMADOR FABIOLA ............................... JIMENEZ AMADOR FABIOLA ............................... JIMENEZ AMADOR FABIOLA ............................... JIMENEZ AMADOR JOSE .................................... LARREA EPELDE CESAR ..................................... LARREA EPELDE CESAR ..................................... LARREA EPELDE CESAR ..................................... LARREA EPELDE CESAR ..................................... MARTIN BARROSO ARTURO .............................. NIKULU BULAITE LIZANZU MARIA SOLEDAD ..... ORTIZ BONILLA WILLER FABIAN ....................... PEREZ VALENCIA DARIO .................................... RUIZ JIMENEZ VICTORIA .................................... RUIZ JIMENEZ VICTORIA .................................... SANTOS DUCHI SEGUNDO MANUEL ..................

MATRICULA

NA-1709-Z NA-9207-AN BI-1378-AS LO-4156-K NA-2099-AT NA-2099-AT NA-2099-AT NA-2099-AT NA-2099-AT 8658-BBF 8658-BBF 8658-BBF 8658-BBF 5576-BJV SS-5944-AL H-2098-U NA-8293-AZ SS-4123-AY SS-4123-AY NA-1288-AL

10037

Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: a) Contencioso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, comunicando previamente al órgano autor de la misma la intención de recurrir; o bien, b) Alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Burlada, 1 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Muñoz Arias. L0519293

PERALTA Denuncias de tráfico

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-4 y 60 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo de fecha 26 de noviembre, se hace publicar notificación a los sancionados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se señalan, de la resolución de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Alcaldía de Peralta, por infracción al Reglamento General de Circulación que desarrolla la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero).

LUGAR INFRACCION

DIA

HORA

C/ TEJEDORES, 18 .................................................. C/ IRURZUN, 45 ...................................................... C/ DABAN, JUNTO A PARKING C/ BAJADERO ........ C/ TIENDA, ESQUINA CON IRURZUN ..................... C/ BAJADERO, S/N. ................................................. C/ BAJADERO PRIMERO, S/N. ................................ C/ BAJADERO PRIMERO, S/N. ................................ C/ BAJADERO .......................................................... C/ BAJADERO, S/N. ................................................. PLAZA PROGRESO, 3-5. ......................................... C/ VENTA BLANCA, 7 .............................................. C/ VENTA BLANCA, 2 .............................................. C/ VENTA BLANCA .................................................. C/ TEJEDORES, 12 .................................................. PARKING C/ NUEVA ................................................ C/ AGUARDIENTERIAS, 1 ........................................ C/ IRURZUN (JUNTO N.º 45) .................................. PZA. EMILIO RODRIGUEZ-C/ DABAN ..................... C/ BAJADERO PRIMERO, S/N. ................................ C/ IRURZUN, FRENTE N.º 17 ..................................

26/07/04 19/08/04 20/03/05 11/02/05 01/10/04 17/10/04 16/10/04 03/10/04 04/10/04 11/08/04 27/09/04 18/09/04 01/09/04 29/06/04 18/08/04 31/10/04 17/06/05 30/09/04 27/09/04 25/10/04

13:10 09:50 09:03 12:45 17:40 22:55 05:03 17:40 21:55 17:05 07:30 04:43 12:10 19:10 23:50 16:30 20:00 15:30 20:25 22:50

Contra esta resolución, que es firme en vía administrativa, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta publicación o, previamente y con carácter potestativo, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la misma, con advertencia de que una vez transcurrido continuará la tramitación de las sanciones para proceder a su exacción por la Vía Ejecutiva. Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Peralta. Peralta a 20 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, firma ilegible. L0519336

ARANGUREN EDICTO

No habiéndose podido realizar las notificaciones de requerimientos sobre vehículos abandonados a la que se hace referencia en el artículo 71.1.a) de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar las citadas notificaciones en el BOLETIN OFICIAL de Navarra: Propietario: César Anguiano Gaztelu. Matrícula: NA-4548-U. Fecha entrada: 20-09-2005. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a) de la Ley sobre Tráfico y el artículo 37 de la Ordenanza de tráfico del Ayuntamiento del Valle de Aranguren, si en el plazo de quince días el vehículo no ha sido retirado del depósito municipal, previo pago de los gastos de retirada y custodia, los mismos se considerarán residuos sólidos urbanos y serán llevados al desguace.

IMPORTE

30 30 30 97 30 30 30 30 30 30 30 30 97 30 30 30 30 30 30 97

euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros

INFRACCION

38.3 38.3 38.4LSV 38.4 39.2 39.2 39.1 39.2 39.2 39.1 38.3 38.3 39.2 38.3 39.1 38.3 39.2LSV 39.2 39.1 53.1

Los plazos indicados empezarán a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Mutilva Baja, 20 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Manuel Romero Pardo. L0519357

ARANGUREN Notificación de infracción

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-5 y 60 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación a los denunciados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se señalan, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, formuladas por Agentes Municipales, por infracción al Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero). Expediente: 2005/170. Propietario: Jaime Osés Matachana. Matrícula: NA-3124-AK. Lugar: K, número 41, Polígono Mutilva Baja. Fecha: 18-07-2005. Hora: 15:10. Importe: 90 euros. LSV: 39.2. RGC: 94.2. ORD: 43.i. En el plazo de 15 días hábiles, los denunciados podrán formular alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su defensa. Asimismo, antes de que se dicte resolución del expediente sancionador, podrán hacer efectiva la multa respectiva con una reducción del treinta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda beneficiarse de tal descuento. Aranguren, 22 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Manuel Romero Pardo. L0519358

10038

Viernes, 7 de octubre de 2005 ARANGUREN Notificación de resolución

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-5 y 60 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación a los denunciados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se señalan, de la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores que se indican, formuladas por Agentes Municipales, por infracción al Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero). Expediente: 2005/124. Propietario: Alberto Fernández Santamaría. Matrícula: NA-4046-AX. Lugar: Avenida del Soto, sin número, de Mutilva Baja. Fecha: 02-07-2005. Hora: 17:25. Importe: 60 euros. LSV: 53.1. RGC: 171. En el plazo de 15 días hábiles, los denunciados podrán formular alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su defensa. Aranguren, 22 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Manuel Romero Pardo. L0519359

B.O. de Navarra−Número 120

Contra esta resolución, que es firme en vía administrativa, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos: 1.−Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución. 2.−Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes contado desde el día de la notificación de esta resolución. 3.−Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, con advertencia de que una vez transcurrido, continuará la tramitación de las sanciones para proceder a su exacción por la vía ejecutiva. Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Azagra. Azagra, 23 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Basilio Sánchez Lasheras. L0519623

VILLAVA EDICTO

BURLADA Notificación de resoluciones

No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por la Policía Municipal por infracciones a la Ordenanza Municipal de Sanidad, en conformidad con el Capítulo IV del Decreto Foral 135/1989 y sus correspondientes sanciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992 y demás Legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Titular: Jesús M.ª Ollacarizqueta Martorel. Expediente: 228/05. Infracción: Ruidos procedentes del motor del compresor, artículo OMS 276 Ley Foral 16/89 y 39 Decreto Foral 32/90. Lugar: C/ Hilarión Eslava número 1 1.º Dcha. (Bar Elcano). Fecha: 07/04/05. Hora: 07:50. Importe: 105.00 euros euros. La sanción deberá hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza, vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: a) Contencioso Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, comunicando previamente al órgano autor de la misma la intención de recurrir; o bien, b) Alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. c) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Burlada, 1 de septiembre de 2005.−El Alcalde, José Muñoz Arias. L0519321

AZAGRA Notificación de sanciones

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-4 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo de fecha 26 de noviembre, se hace publicar notificación a los sancionados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se señalan, de la resolución de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Alcaldía de Azagra, por infracción al Reglamento General de Circulación que desarrolla la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero). Número expediente: 21/05. Apellidos y nombre: Blasco Ezquerro, María Angeles. Matrícula: Z-4273-BP. Lugar: Avenida Gregorio Berisa, 1. Día: 08-04-05. Hora: 10:11. Infracción: LSV 53.1. Euros: 32,00. Número expediente: 42/05. Apellidos y nombre: Oroz Ichaso, Sara. Matrícula: NA-5526-BC. Lugar: Fermín Arbex, 12. Día: 01-06-05. Hora: 17:09. Infracción: LSV 53.1. Euros: 32,00. Número expediente: 49/05. Apellidos y nombre: González Tenorio, Manuel Jesús. Matrícula: NA-2858-AM. Lugar: Plus Ultra, 2. Día: 13-06-05. Hora: 19:55. Infracción: LSV 53.1. Euros: 32,00.

No habiendo podido practicarse las notificaciones de las Resoluciones de esta Alcaldía que a continuación se resumen, se procede a publicación de las mismas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los interesados: Interesado: Diego Zabalza Pascual. Fecha denuncia: 6 de julio de 2005. Motivo: Ensuciar la vía pública. Importe multa: 300,00 euros. Contra la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto. b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo que sea competente, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del presente edicto. c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto. Villava, 14 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui. L0519650

VILLAVA EDICTO

No habiendo podido practicarse las notificaciones de las Resoluciones de esta Alcaldía que a continuación se resumen, se procede a publicación de las mismas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los interesados: Interesado: Edwin V. Ramírez Vilatuña. Fecha denuncia: 3 de julio de 2005. Motivo: Orinar en la vía pública. Importe multa: 150,00 euros. Contra la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto. b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo que sea competente, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del presente edicto. c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto. Villava, 5 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui. L0519651

PAMPLONA Notificación expedientes de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Pamplona

No habiendo podido ser notificados los siguientes expedientes relativos a "Baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Pamplona", se procede a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:

B.O. de Navarra−Número 120 N.º EXPEDIENTE

PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

230 231 232 233 234 235 236 237 238 239 240 241 243 244 245 246 247 248 249 250 251 253 254 255 257 258 260 261 262 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 277 278 279 280 281 282 284 285 286 287 288 289 290 291 292 293 294 295 296 297 298 299 300 301 302 303 304 305 306 307 308 309 310 312 313 314 315 316 317 318 319 320 321 322 323 325 326 327 328 331

Viernes, 7 de octubre de 2005

10039

NOMBRE Y APELLIDOS

DOMICILIO

IGNACIO ORLA LOPEZ ....................................................... MARIA DANIELA DA SILVA MATEOS ................................ ANIBAL BERNARDO SILVA ................................................ REBECA YOLDI MATEOS ................................................... JULIO YOLDI MATEOS ....................................................... MARIA PILAR MATEOS MARTIN ....................................... JOSE MIGUEL CESTAU ROJAS .......................................... ARIANNE LEONARDO SINTI .............................................. MARIA IZABEL LEONARDO PEREIRA ................................ ABDELHAKIM GRAINE ....................................................... AMINE AOUDA ................................................................... HOCINE FASSI .................................................................... MOHAMED ABED ............................................................... ZERROUKI ABDELAKADER ................................................ AHMED BENCHOHRA ......................................................... KATYA ALEXANDRA ARROYO VENEGAS .......................... MARIA DEL PILAR VENEGAS VITERI ................................ SERGIO UGAL JIMENEZ .................................................... PEDRO UGAL JIMENEZ ...................................................... FREDDY DE GUALLE BECERRA BALLESTERO .................. ANGELA CARPACI .............................................................. DENISSE MELINA FIGUEROA TOGNIA .............................. JOAQUIN NAHARRO GONZALEZ ........................................ DOLORES NAVIDAD CARBONERO ..................................... CAROLINA MUÑOZ QUINTERO .......................................... CHERIF FATIHA .................................................................. HOUARI LABGAA ................................................................ ABDELILLH MILOUD BENSOLTANA .................................. AHMED MIMOUNI .............................................................. JHON ALEXANDER NUÑEZ QUINTERO .............................. GIOVANNY ALEJANDRO TAPIERO CATAÑO ...................... LUZ AMPARO CATAÑO OROZCO ....................................... FREDDY ORLANDO AUCAY LALVAY ................................. GUILLERMO SAMANIEGO MURILLO ................................. HERNANDO CUMBICUS CALVA ......................................... BLANCA MARINA SANCHEZ FERNANDEZ ......................... CAMEN MACRINA BRICEÑO DE CHURO ........................... OLGA ALBANIA BRICEÑO SOTO ........................................ NADEZDA BENDENKO ........................................................ EL MILOUD BOUAJAJA ...................................................... MIGUEL ANGEL DE CARLOS RAMIREZ ............................ SANDRA MILENA GOMEZ GARCIA .................................... VITORIANA VARGAS CIVILA .............................................. WU HONGYI ....................................................................... YAO GUOBIAO .................................................................... ZHANG KAICHUN ............................................................... ZHANG CHUNPING ............................................................. FRANCI ELENA GALVEZ ..................................................... ANA ADAM ......................................................................... IOAN RADUU ...................................................................... VALENTIN PREDESCU ........................................................ VICTOR GEREBENES .......................................................... CARMEN SORINA RADU .................................................... OANA DAMARIS RADU ...................................................... REMUS IOAN RADU ........................................................... BOGDAN SORIN RADU ...................................................... SANAA ZAMJAOUI ............................................................. IFTIMIE MERISAN .............................................................. VALENTIN MANOLACHE .................................................... JESUS PIÑERO GUILLEN ................................................... JULIO CESAR VASCO LEYES ............................................. AIDA RUBI ACOSTA ERASO .............................................. ALVARO JOSE VASCO ACOSTA ......................................... JUAN PABLO VASCO ACOSTA ........................................... INES BETANCOURT SALAZAR ........................................... ANA DORIS SANCHEZ RODRIGUEZ .................................. VIRGINIA ALBA ROMERO .................................................. VICTOR SALVADOR GAUBECA DE ESPINOSA .................. FATIMA AHNEN SI DI ........................................................ FRANCISCO JOSE ALBA RUIZ ........................................... EMIL EFRENOV HADZHIEV ................................................ TRENDAFIL MLADENOV GORANOV ................................... NEDKO DELYANOV DZHAMBAZOV .................................... ALBENA FIDANOVA HADZHIEV .......................................... LUCILIA ANDREIA GAMA DELTO ...................................... ADRIANA SOFIA GAMA MANUEL LOURENCO .................. LOURENCA DE SOUSA GAMA ........................................... AZIZ MACHKOUR ............................................................... EDBIRI ABDELMOULA ........................................................ ABDESSLAM BENAOMAR .................................................. LAHAU CHEBBAKI .............................................................. GABRIELA DOS SANTOS ................................................... FERNANDA BATISTA DE OLIVEIRA ................................... LORENA JACINTA LUZARRAGA PERALTA ........................ GREGORIA AYZAGAR PASQUEL ........................................ VASILE GHITA .................................................................... LIVIU LUCA ........................................................................ OKEY NWOSU .................................................................... FORTUNE UTOMI OTTAH ................................................... IBRAHIM ALHASSEN .......................................................... MARIA ASCENSION BALLEN VASQUEZ ............................

AVDA. NAVARRA, 5 - ESC, IZDA. - 3.º E ................... SAN FRANCISCO, 32 - 2.º .......................................... SAN FRANCISCO, 32 - 2.º .......................................... SAN FRANCISCO, 32 - 2.º .......................................... SAN FRANCISCO, 32 - 2.º .......................................... SAN FRANCISCO, 32 - 2.º .......................................... VIRGEN DEL PUY, 11 - 6.º D ..................................... JOAQUIN LARREGLA, 7 - 2.º A .................................. JOAQUIN LARREGLA, 7 - 2.º A .................................. MAYOR, 16 - 1.º DCHA. ............................................. MAYOR, 16 - 1.º DCHA. ............................................. MAYOR, 16 - 1.º DCHA. ............................................. MAYOR, 16 - 1.º DCHA. ............................................. MAYOR, 16 - 1.º DCHA. ............................................. MAYOR, 16 - 1.º DCHA. ............................................. SANTA ENGRACIA, 13 - 3.º DCHA. ............................ SANTA ENGRACIA, 13 - 3.º DCHA. ............................ AVDA. VILLAVA, 20 A - BAJO DCHA. ........................ AVDA. VILLAVA, 20 A - BAJO DCHA. ........................ AVDA. DE NAVARRA, 12 - 6.º C ................................ SANTA LUCIA 2-D, 2.º DCHA. .................................... AGUSTIN FLAMARIQUE, 7 - 1.º IZDA. ....................... GENERAL LOS ARCOS 2-D, 4.º D .............................. GRUPO URDANOZ 12 - 1.º B ..................................... SAN ROQUE 1 - 2.º D ................................................. MAYOR, 21 - 3.º IZDA. ............................................... MAYOR, 21 - 3.º IZDA. ............................................... MAYOR, 21 - 3.º IZDA. ............................................... MAYOR, 21 - 3.º IZDA. ............................................... SAN ROQUE 1-2.º D. .................................................. MONTE ASTOBIZKAR, 5 - 3.º IZDA. ........................... MONTE ASTOBIZKAR, 5 - 3.º IZDA. ........................... NAVAS DE TOLOSA, 13 - 4.º D .................................. NAVAS DE TOLOSA, 13 - 4.º D .................................. NAVAS DE TOLOSA, 13 - 4.º D .................................. NAVAS DE TOLOSA, 13 - 4.º D .................................. NAVAS DE TOLOSA, 13 - 4.º D .................................. NAVAS DE TOLOSA, 13 - 4.º D .................................. AVDA. CORELLA, 7 - 1.º A ......................................... AVDA. MARCELO CELAYETA, 41 - 1.º G .................... PADRE BARACE, 1, ESC. DCHA. 8.º C ....................... AVDA. PAMPLONA 33 - 3.º D .................................... ARALAR, 40 - 6.º C .................................................... BUENAVENTURA IÑIGUEZ, 10 - 4.º B ........................ BUENAVENTURA IÑIGUEZ, 10 - 4.º B ........................ BUENAVENTURA IÑIGUEZ, 10 - 4.º B ........................ BUENAVENTURA IÑIGUEZ, 10 - 4.º B ........................ IRUNLARREA, 51 - 7.º B ............................................ AVDA MARCELO CELAYETA, 130 - 4.º D ................... AVDA MARCELO CELAYETA, 130 - 4.º D ................... AVDA MARCELO CELAYETA, 130 - 4.º D ................... AVDA MARCELO CELAYETA, 130 - 4.º D ................... AVDA MARCELO CELAYETA, 130 - 4.º D ................... AVDA MARCELO CELAYETA, 130 - 4.º D ................... AVDA MARCELO CELAYETA, 130 - 4.º D ................... AVDA MARCELO CELAYETA, 130 - 4.º D ................... BARTOLOME DE CARRANZA, 56 - 4.º C .................... BARTOLOME DE CARRANZA, 56 - 4.º C .................... BARTOLOME DE CARRANZA, 56 - 4.º C .................... MAYOR, 11 - 1.º ......................................................... DR. REPARAZ, 18 - 1.º A ........................................... DR. REPARAZ, 18 - 1.º A ........................................... DR. REPARAZ, 18 - 1.º A ........................................... DR. REPARAZ, 18 - 1.º A ........................................... DR. REPARAZ, 18 - 1.º A ........................................... DR. REPARAZ, 18 - 1.º A ........................................... AVDA. PIO XII, 18, ESC. IZDA. 6.º C .......................... AVDA. PIO XII, ESC. IZDA. 6.º C ................................ AVDA. PIO XII, ESC. IZDA. 6.º C ................................ AVDA. PIO XII, ESC. IZDA. 6.º C ................................ MONASTERIO DE LA OLIVA, 21 - 1.º A ..................... MONASTERIO DE LA OLIVA, 21 - 1.º A ................... MONASTERIO DE LA OLIVA, 21 - 1.º A ..................... MONASTERIO DE LA OLIVA, 21 - 1.º A ..................... PZA. JOSE MIGUEL DE BARANDIARAN, 2 - 1.º B ..... PZA. JOSE MIGUEL DE BARANDIARAN, 2 - 1.º B ..... PZA. JOSE MIGUEL DE BARANDIARAN, 2 - 1.º B ..... AVDA. AROSTEGUI, 17 - 3.º DCHA. ........................... AVDA. AROSTEGUI, 17 - 3.º DCHA. ........................... AVDA. AROSTEGUI, 17 - 3.º DCHA. ........................... AVDA. AROSTEGUI, 17 - 3.º DCHA. ........................... ORONZ, 4 - 2.º IZDA. .................................................. ORONZ, 4 - 2.º IZDA. .................................................. ORONZ, 4 - 2.º IZDA. .................................................. BARTOLOME DE CARRANZA, 8 - 2.º B ...................... MONASTERIO DE FITERO, 11 - 4.º B ......................... MONASTERIO DE FITERO, 11 - 4.º B ......................... SAN NICOLAS, 7 - 4.º IZDA. ...................................... SAN NICOLAS, 7 - 4.º IZDA. ...................................... SAN NICOLAS, 7 - 4.º IZDA. ...................................... AVDA. SAN JORGE, 73 - 2.º DCHA. ...........................

ORGANO Y FECHA RESOLUCION

REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP

14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 20-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05

REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP

14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05 14-JUN-05

10040

Viernes, 7 de octubre de 2005 N.º EXPEDIENTE

PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 351 352 353 354 355 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 397 398 399 400 401 402 403 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427

B.O. de Navarra−Número 120

NOMBRE Y APELLIDOS

DOMICILIO

EDGAR PATRICIO REYES VALDIVIESO ............................. CARMEN SULEMA REY OROSCO ...................................... MARCIA PAOLA MARIA MONTECINOS VILLENA DE.......... GUSTAVO QUINTERO BARBETTI ....................................... SVETLANA KARELOVA ....................................................... DMYTRO MELNYK ............................................................. KEZIM MURAD MADZHIR .................................................. HASAN AHMEDOV BLIZNAKOV ......................................... DZHAMAL HASAN BLIZNAK .............................................. HASSAN MOHAMMED ....................................................... NICKSON ELFFAZANI AHMED ............................................ LUIS DAMIAN ROMERO MORALES ................................... CRISTIAN DANIEL ROMERO MORALES ............................ MARIA LUISA ARBILLA KARASATORRE ........................... VALCHUK VOLODYMYR ..................................................... FRANCISCO JAVIER EGOZKUEZABAL ESLAVA ................. OLENA KUZYACHENKOVA .................................................. JULIO VINICIO TENECELA GONZALEZ .............................. JOSE ADOLFO LOPEZ GUERRERO .................................... JENNY MARGARITA RAUSCHEMBERG ZAMBRANO ......... IVANOVA DRAGANOVA ZLATKA ........................................ ADDA AISSAT ..................................................................... NASR MOHAMMED FALAH ATEF ...................................... MAREK TADEUSZ BANASZEK ............................................ WALDEMAR ROBERT KOLODZIEJCZYK ............................ AMALA STEFANIA HARRAT ............................................... AMINE HARRAT ................................................................. STEFANIA PRZYTULA ........................................................ SYLWIA PRACH ................................................................. MOHAMED HARRAT .......................................................... ALEX DEMIS RODRIGUEZ HERRERA ................................ EUGENIO JUANILO LOPEZ PAMBID .................................. JUAN BANDA ALVARADO .................................................. RUBENCITO BARTOLO GALCERAN .................................... NADIM ABDELOUAHED ...................................................... SMAIN ZEMHOUTE ............................................................ RICARDO FILIPE MATOS FERNANDES .............................. HELDER MANUEL MATOS CANELAS ................................ ANTONIO FILIPE LOPES FERNANDES ............................... JULIANA FILIPA MATOS FERNANDES ............................... JESSICA MANUELA MATOS FERNANDES ......................... PAULA CRISTINA GONCALVES DA SILVA ........................ ALBERTO FRANCISCO VIERA DA SILVA ........................... MAZZILLI CATALDO QUERCIA ........................................... ZOAAD JOSEFF ALMEIDA .................................................. BARBARA CEPEDA URQUIZO ............................................ FRANCHESKA PENA LINARES ........................................... SABAH LAAOUINAT EP WAHHAM ..................................... HAJAR WAHHAM ............................................................... TAMOU LAHRARI ............................................................... TANIA AIRES LAGO ............................................................ AMAR ALIOVANE. .............................................................. BOUALEM GHOUMRASSI .................................................. SALAH BOUCHRIT .............................................................. BENYOUCEF MORSLI ......................................................... LARBI WAHHAM ................................................................ NACEREDDINE HANIECHE ................................................. ABDERRAHMANE TAGUEMOUNT ...................................... RABAH HEROUAL HEROUAL ............................................. SOFIANE KORDJANI ........................................................... OKBA SAOUDI .................................................................... MALEK BOUTALEK ............................................................. CHAIMAA WAHHAM ........................................................... JESUS LEZAUN OROZ ........................................................ CARLOS MANUEL TAVARES MERENDEIRO ...................... IDOIA ABAD OLEA .............................................................. RICHARD PIERRE JEAN BECAM ........................................ AINHOA MELANNY CAMACHO VILLA ................................ GODWIN EDOKPAGE .......................................................... ABDOULDIABAR MAYIGA .................................................. SILVIA CLARA NAVARRO CABALLERO ............................. SERGIO GUTIERREZ SOLANA ............................................ MARIA AMPARO SOLANA QUINTO ................................... SERGIO GUTIERREZ MENENDEZ ....................................... ELISA NOEMIA FERREIRA ................................................. ANTONIO MORAIS FERREIRA ............................................ SONIA FATIMA MORAIS FERREIRA .................................. JESSICA PAMELA CAMACHO VILLA ................................. JUAN CARLOS MONTAÑO CAAMANO ............................... VERONICA ELIZABETH VILLA SUAREZ ............................. ALFONSO AGUIRRE ROMERO ........................................... ELIZABETH AGUIRRE ZAVALETA ....................................... JOSE ANTONIO CIA ZABALEGUI ........................................ GERMAN ANTONIO VALDES VERA .................................... VOLODYMYR KORNILOV ................................................... LEONOR PALACIOS PAREJA ............................................. PIERO LINGUA ................................................................... IBRAHIM EL FAILALI .......................................................... ABDELLAH EL FAILALI ....................................................... AHMED ISMAILOV KENAR ALIEV ...................................... CHAVDAR MARTINOV CHAVDAROV ..................................

AVDA. MARCELO CELAYETA, 134 - 3.º IZDA. ........... AVDA. MARCELO CELAYETA, 134 - 3.º IZDA. ........... SAN ROQUE, 1 - 2.º F ................................................ SAN ROQUE, 1 - 2.º F ................................................ JULIAN GAYARRE, 22 - 2.º D .................................... TEJERIA, 16 - 3.º IZDA. .............................................. JULIAN GAYARRE, 22 - 2.º DCHA. ............................ JULIAN GAYARRE, 22 - 2.º DCHA. ............................ JULIAN GAYARRE, 22 - 2.º DCHA. ............................ SEÑORIO DE EGULBATI, 18 - 3.º A ........................... SEÑORIO DE EGULBATI, 18 - 3.º A ........................... AVDA. NAVARRA, 8 - 2.º C ........................................ AVDA. NAVARRA, 8 - 2.º C ........................................ MONASTERIO IRANZU, 5 - 4.º DCHA. ....................... JUAN MARIA GUELBENZU, 13 - 2.º B ....................... JOAQUIN JARAUTA 45 - 4.º ....................................... CONSEJO DE ALZUZA, 35 - 3.º A .............................. SAN LORENZO, 24 - 3.º ............................................. DOCTOR LABAYEN, 5 - 2.º DCHA. ............................. DOCTOR LABAYEN, 5 - 2.º DCHA. ............................. TRAVESIA PICO DE ORI, 2B - 4.º IZDA. .................... URZANQUI, 13 - 2.º IZDA. .......................................... URZAINQUI, 13 - 2.º IZDA. ......................................... URZAINQUI, 13 - 2.º IZDA. ......................................... URZAINQUI, 13 - 2.º IZDA. ......................................... URZAINQUI, 13 - 2.º IZDA. ......................................... URZAINQUI, 13 - 2.º IZDA. ......................................... URZAINQUI, 13 - 2.º IZDA. ......................................... URZAINQUI, 13 - 2.º IZDA. ......................................... URZAINQUI, 13 - 2.º IZDA. ......................................... GRUPO JULIO RUIZ DE ALDA, 3 - 4.º C ................... PADRE ADOAIN, 1 ...................................................... PADRE ADOAIN, 1 ...................................................... PADRE ADOAIN, 1 ...................................................... CARMEN, 13 - 2.º ....................................................... YANGUAS Y MIRANDA, 9 - 2.º DCHA. ....................... SANTA ENGRACIA, 4 - 3.º A ...................................... SANTA ENGRACIA, 4 - 3.º A ...................................... SANTA ENGRACIA, 4 - 3.º A ...................................... SANTA ENGRACIA, 4 - 3.º A ...................................... SANTA ENGRACIA, 4 - 3.º A ...................................... SANTA ENGRACIA, 4 - 3.º A ...................................... SANTA ENGRACIA, 4 - 3.º A ...................................... ERROTAZAR, 23 - 3.º A .............................................. URROZ, 33 - 4.º B ...................................................... URROZ, 33 - 4.º B ...................................................... PASEO SANDUA, 58 - 4.º IZDA. ................................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. BARDENAS REALES, 9 - 5.º IZDA. ............................. DR. ALEJANDRO SAN MARTIN, 4 - 3.º C .................. DR. ALEJANDRO SAN MARTIN, 4 - 3.º C .................. DR. ALEJANDRO SAN MARTIN, 4 - 3.º C .................. ZAPATERIA, 21-23 - 3.º .............................................. ZAPATERIA, 21-23 - 3.º .............................................. OLITE, 33 - 8.º IZDA. .................................................. GRUPO URDANOZ, 20 - 5.º C .................................... GRUPO URDANOZ, 20 - 5.º C .................................... GRUPO URDANOZ, 20 - 5.º C .................................... MIGUEL ASTRAIN, 14 - 4.º A ..................................... MIGUEL ASTRAIN, 14 - 4.º A ..................................... MIGUEL ASTRAIN, 14 - 4.º A ..................................... DR.IRIGARAY, 5 - 1.º A .............................................. DR. IRIGARAY, 5 - 1.º A ............................................ DR. IRIGARAY, 5 - 1.º A ............................................ OLITE, 33 - 8.º IZDA. .................................................. OLITE, 33 - 8.º IZDA. .................................................. OLITE, 33 - 8.º IZDA. .................................................. CORONEL ALFONSO BEORLEGUI, 51 - 1.º A ............. CORONEL ALFONSO BEORLEGUI, 51 - 1.º A ............. CORONEL ALFONSO BEORLEGUI, 51 - 1.º A ............. VIRGEN DEL PUY 1 - 6.º C ........................................ MUTILVA BAJA, 38 - 7.º B ......................................... PZA. FELIX HUARTE, 3, ESC. DCHA. - 3.º D ............. PZA. FELIX HUARTE, 3, ESC. DCHA. - 3.º D ............. TRVA. AVE MARIA, 10 - 1.º C .................................... TRVA. AVE MARIA, 10 - 1.º C .................................... RIO ALTZANIA, 7 - 4.º DCHA. .................................... RIO ALTZANIA, 7 - 4.º DCHA. ....................................

ORGANO Y FECHA RESOLUCION

REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP REP

14-JUN-05 14-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 28-JUN-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05

B.O. de Navarra−Número 120 N.º EXPEDIENTE

PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA PADRON-BAJA

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

428 429 430 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 454 455 456 457 458 459 460

Viernes, 7 de octubre de 2005

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NOMBRE Y APELLIDOS

DOMICILIO

STEFAN MOGA ................................................................... MARINELA MOGA .............................................................. ALEJANDRO MOGA ............................................................ ANTONIO MONTERO NAVEROS ......................................... MOHAMED ANOUAR CHILANI ........................................... KATTY GUILLERMINA PURIZAGA PEREZ .......................... MARIA ANGELES SAGÜES LACASA .................................. ALICIA VIRGINIA VILLAMAGUA CASTILLO ....................... HENRY WILSON CABRERA MUÑOZ .................................. SAVINA ZHOROVA VELIKOVA ............................................ MARTIN IVANOV STOYKOV ............................................... SADOUK KALID .................................................................. NURIA LIZASO GONZALEZ ................................................ ION NITA BONESCU ........................................................... DIMITAR ANGELOV ATANASOV ........................................ ANGEL BORISOV ATANASOV ............................................ DOLORES LANZAS FERNANDEZ ........................................ JAIR ERWIN ROMAN HUANCA .......................................... LENY TATIANA CORDOVA AGUILERA ............................... FABRIZZIO JAIR ROMAN CORDOVA ................................. WANDERLEY LUCIANO ...................................................... PIEDAD HERRERA SARI .................................................... LUISA ELADIA LUNA DE PEÑA .......................................... BILEISY CONTRERAS PEREZ ............................................. DANIELA CIULIN ................................................................ LUIS TARQUINO PINTADO VILLAMARIN .......................... NARCISA DE JESUS CRESPO ALBAN ............................... JOSE GONZALO GUAMAN VEGA ....................................... MARGARETA BOTAN .......................................................... KOVALOVA ZLATOSLAVA .................................................. ERNEST TKACHUK .............................................................

RIO ALTZANIA, 7 - 4.º DCHA. .................................... RIO ALTZANIA, 7 - 4.º DCHA. .................................... RIO ALTZANIA, 7 - 4.º DCHA. .................................... DEL PALACIO, 10 - BAJO B ....................................... EMILIANA ZUBELDIA, 9 - 4.º A .................................. SANGÜESA, 41 - 4.º DCHA. ........................................ AVDA. CARLOS III EL NOBLE, 34 - 2.º ...................... RIO ALTZANIA, 13 - 2.º DCHA. .................................. RIO ALTZANIA, 13 - 2.º DCHA. .................................. BERNARDINO TIRAPU, 48 - 1.º A .............................. BERNARDINO TIRAPU, 48 - 1.º A .............................. BERNARDINO TIRAPU, 48 - 1.º A .............................. IRUNLARREA, 37 - 3.º A. ........................................... CUESTA DE LA REINA, 17 - 1.º C .............................. BARTOLOME DE CARRANZA, 26 - 4.º IZDA. ............. BARTOLOME DE CARRANZA, 26 - 4.º IZDA. ............. PEDRO MALON DE CHAIDE, 15 - 1.º IZDA. ............... SAN FRANCISCO, 16 - 2.º .......................................... SAN FRANCISCO, 16 - 2.º .......................................... SAN FRANCISCO, 16 - 2.º .......................................... SAN FRANCISCO, 16 - 2.º .......................................... SAN FRANCISCO, 16 - 2.º .......................................... DR. IRIGARAY, 3 - 1.º B ............................................ DR. IRIGARAY, 3 - 1.º B ............................................ LESAKA, 10 - 3.º IZDA. .............................................. DESCALZOS, 70 - 1.º IZDA. ........................................ DESCALZOS, 70 - 1.º IZDA. ........................................ DESCALZOS, 70 - 1.º IZDA. ........................................ LESAKA, 10 - 3.º IZDA. .............................................. LESAKA, 10 - 3.º IZDA. .............................................. ERMITAGAÑA, 42 - 1.º B ............................................

1.−Incoar expediente de baja de oficio de conformidad con lo previsto en el artículo, 72, en relación con el artículo 54, ambos del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, a las personas que figuran en la presente relación. 2.−Nombrar instructor y Secretario del expediente a doña Idoia Monje Jaurrieta y a doña Matilde Fernández Zurbano respectivamente. 3.−Notificar la apertura del expediente y conceder un plazo de diez días para alegaciones. Pamplona, 12 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo. L0519079

ARANGUREN Notificación de sanción

No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor que figuran en la siguientes relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Expediente: 2005/99. Propietario: Angel María Lecumberri Sevigne. Matrícula: NA-2882-BC. Lugar: Anaitasuna, s/n, de Mutilva Alta. Fecha: 21-06-2005. Hora: 17:35. Importe: 60 euros. LSV: 53.1. RGC: 171. La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación o notificación. b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación o notificación o, c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Aranguren, 22 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Manuel Romero Pardo. L0519360

ORGANO Y FECHA RESOLUCION

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08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05 08-AGO-05

PAMPLONA Requerimiento de obras al edificio de San Nicolás, número 30, de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 19 de agosto de 2005, adoptó la siguiente resolución: "Visto el informe emitido con fecha 1 de agosto de 2005 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 30 de la calle San Nicolás de Pamplona efectuada con fecha 18 de abril de 2005, antes del inicio de los trabajos de excavación correspondientes a las obras de reurbanización de la citada calle, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos: En fachada principal: −Alero con signos de humedades. Tableros podridos con piezas desprendidas y hundidas. Riesgo de caída de material a vía pública. −Canalón deteriorado, con pérdidas de agua, sin mantenimiento. En patio interior: −Revocos con mal estado de conservación: Desconchones, fisuras y desprendimientos de material y humedades generalizados en todos los cierres del patio. En caja de escaleras y lucernario: −Los cierres del lucernario, presentan un deterioro importante: Revocos agrietados, ahuecados con desprendimientos y humedades (signos evidentes de entrada de agua); además se aprecian piezas de madera muy húmedas con posible pudrición. Riesgo de caída de material a escalera. −Escasa ventilación en la caja de escalera. En patio interior al fondo de la parcela: −Fachada trasera con falta de mantenimiento: Revocos en progresivo estado de deterioro. −Alero con signos de humedades. Piezas con pudrición. Posibles desprendimientos. −Canalón deteriorado, con pérdidas de agua, sin mantenimiento. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, he resuelto: 1.−Ordenar a los propietarios del edificio número 30 de la calle San Nicolás que procedan en el plazo de noventa días, contados a partir de la finalización de la 1.ª fase de la 3.ª etapa de las obras de reurbanización de calles del Casco Antiguo, a la ejecución de las siguientes obras: En fachada principal: −Alero: Demolición y reconstrucción completa del alero, adaptándolo a la normativa actual (artículo 78 del P.E.P.R.I. del Casco antiguo de Pamplona).

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Viernes, 7 de octubre de 2005

−Sustitución de canalón, que en ningún caso será de PVC, utilizando preferentemente cinc. En patio interior: −Picado, revocado y pintado de muros de patio interior. En caja de escaleras y lucernario: −Sustitución de lucernario por otro que garantice la estanqueidad y ventilación necesarias para la caja de escalera. −Picado, revocado y pintado de cierres de la caja de escaleras a la altura del lucernario. −Sustitución de piezas de madera dañadas. En patio interior al fondo de la parcela: −Picado, revocado y pintado de muros de patio. −Alero: Demolición y reconstrucción completa del alero, adaptándolo a la normativa actual (artículo 78 del P.E.P.R.I. del Casco antiguo de Pamplona). −Sustitución de canalón, que en ningún caso será de PVC, utilizando preferentemente cinc. Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación del Director de obra. 2.−Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132 por 100 de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales. Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse. 3.−Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros. 4.−Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda. Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 1." Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: −Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución. −Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien, −Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar. Pamplona, 22 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo. L0519361

PAMPLONA Requerimiento de obras al edificio de San Nicolás, número 24/26, de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 19 de agosto de 2005, adoptó la siguiente resolución: "Visto el informe emitido con fecha 28 de julio de 2005 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 24/26 de la calle San Nicolás de Pamplona efectuada con fecha 11 de abril de 2005, antes del inicio de los trabajos de excavación correspondientes a las obras de reurbanización de la citada calle, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

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En fachada principal: −Losas de balcones: Esquinas y cantos agrietados con riesgo de caída de material. −Canalón con falta de mantenimiento, vegetación y residuos. En caja de escaleras: −Humedades importantes en muro de cierre de escalera con patio interior, que se evidencian en revocos desprendidos y desconchones con riesgo de caída de material. −Grietas sensiblemente verticales generalizadas. −Ventanales vidriera con carpintería de madera muy deteriorada. En algún caso hay vidrios rotos y en general falta de estanqueidad y entrada de agua y humedad. En patio trasero (entre las dos crujías): −Desprendimientos de revoco en grandes zonas, con riesgo de caída de material. −Losas de balcones y vigas riostras de hormigón armado muy disgregadas con importante pérdida de sección, dejando armaduras a la vista con la consiguiente oxidación de las mismas, ocasionando desprendimientos de material a patio. También en losas de fachada a patio interior grande. −Apoyos de barandillas insuficientes. −Carpinterías de madera de balcones y ventanas en mal estado de conservación y mantenimiento. −El estado general es de progresivo deterioro con peligro. En patio interior: −Muro de cierre con ladrillo visto en mal estado de conservación y mantenimiento (juntas, mochetas de huecos, agujeros). En cubierta: −Chimenea con revoco agrietado con riesgo de desprendimientos. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, he resuelto: 1.−Ordenar a los propietarios del edificio número 24/26 de la calle San Nicolás que procedan en el plazo de noventa días, contados a partir de la finalización de la 1.ª fase de la 3.ª etapa de las obras de reurbanización de calles del Casco Antiguo, a la ejecución de las siguientes obras: En fachada principal: −Losas de balcones: Picado y saneado de zonas agrietadas y sueltas. Recomposición de cantos de losas y pintado. −Limpieza de canalón y sustitución si fuese necesario. En caja de escaleras: −Picado de paramentos afectados por humedades. Revoco de los mismos. Pintado de toda la caja de escaleras previo saneado y reparación de grietas. −Restauración de ventanales vidriera: Carpintería (ambas caras) y vidrios, garantizando la estanqueidad de los mismos. En patio trasero (entre las dos crujías): −Picado y limpieza de todo el paramento. Revoco nuevo y pintado de todas las fachadas. −Losas de balcones y vigas riostras: Demolición y reconstrucción de las mismas utilizando los medios auxiliares necesarios garantizando la seguridad de personas y edificios. −Colocación de barandillas. −Tratamiento de piezas de madera en carpinterías de madera de balcones y ventanas: Lijado y barnizado o sustitución según gravedad del daño. En patio interior: −Limpieza de paños de ladrillo. Picado de restos de morteros existentes. Revocado y pintado de todo el muro del patio. Tratamiento de piezas de madera que quedan expuestas. En cubierta: −Picado, revocado y pintado de chimenea eliminando riesgo de desprendimientos. Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación del Director de Obra. 2.−Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132 por 100 de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales. Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

3.−Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros. 4.−Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda. Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 1." Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: −Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución. −Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien, −Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar. Pamplona, 22 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo. L0519362

PAMPLONA Requerimiento de obras al edificio de San Nicolás, número 16/18, de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 19 de agosto de 2005, adoptó la siguiente resolución: "Visto el informe emitido con fecha 27 de julio de 2005 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 16/18 de la calle San Nicolás de Pamplona efectuada con fecha 4 de abril de 2005, antes del inicio de los trabajos de excavación correspondientes a las obras de reurbanización de la citada calle, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos: En fachada principal: −Revoco en progresivo estado de deterioro: Presenta zonas lavadas a la altura de la 5.ª planta con desprendimientos de material, grietas y fisuras generalizadas y desconchones de pintura. −Cabezales y mochetas de huecos en primero y cuarto pisos con pérdida de material y desprendimientos. −Losa de balcón del 2.º piso presenta esquinas rotas, grieta vertical en el centro y fisuras horizontales con desprendimientos de mortero. −Alero de hormigón de planta 5.ª (sobre alero principal), con signos de humedades con caída de material. En portal y caja de escaleras: −Revocos ahuecados, grietas y pequeños desprendimientos de material generalizados. En lucernario: −Estructura metálica para sujeción de vidrios muy oxidada. Cubrición con uralitas traslúcidas. Escasa ventilación y falta de estanqueidad. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, he resuelto: 1.−Ordenar a los propietarios del edificio número 16/18 de la calle San Nicolás que procedan en el plazo de noventa días, contados a partir de la finalización de la 1.ª fase de la 3.ª etapa de las obras de reurbanización de calles del Casco Antiguo, a la ejecución de las siguientes obras: En fachada principal: −Recomposición de alero de hormigón de planta 5.ª Reparar las causas que producen las humedades. −Picado de zonas dañadas de mortero y limpieza de todo el paramento así como de mochetas y cabezales. Revocado y pintado de

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toda la fachada. Reconstrucción de cabezales y mochetas con recuperación de decoraciones en cabezales. −Losa de balcón del 2.º piso: Picado de zonas sueltas. Reconstrucción de cantos y pintado de la losa. Garantizar la sujeción de la barandilla. En portal y caja de escaleras: −Saneado y limpieza de todos los cierres de la caja de escalera picando y revocando las zonas sueltas, ahuecadas incluso reparación de fisuras y grietas. Pintado de todos los cierres. En lucernario: −Desmontaje del actual lucernario y de su cubrición. Colocación de nuevo lucernario que garantice la ventilación y estanqueidad necesarias para la caja de escaleras. Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación del Director de obra. 2.−Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132 por 100 de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales. Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse. 3.−Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros. 4.−Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda. Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 1." Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: −Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución. −Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien, −Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar. Pamplona, 22 de septiembre de 2005.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo. L0519363

ZIZUR MAYOR Notificación de actuaciones en procedimiento sancionador

Intentado notificación y no habiendo podido ser practicada en la persona/s que a continuación se cita/n, y en relación con las actuaciones seguidas por este Ayuntamiento respecto del cumplimiento de lo dispuesto por el ordenamiento jurídico vigente, y así como de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento de residencia de los interesados que a continuación se relacionan: Don Roberto Echauri Metauten, domiciliado en Plaza Río Arga, 15, 4.º A, Barañáin (Navarra). Se le notifica Pliego de Cargos para imposición de sanción en procedimiento sancionador incoado por DA 181/2005, por infracción grave de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, de espectáculos públicos y de actividades recreativas, y del plazo de quince días para alegaciones.

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Viernes, 7 de octubre de 2005

Don Florentino Roncal Ojer, domiciliado en Avenida Estella, 26, 5.º 2.ª, Zizur Mayor (Navarra). Se le notifica Pliego de Cargos para imposición de sanción en procedimiento sancionador incoado por DA 146/2005, por infracciones leves de la Ordenanza reguladora de la Tenencia y Protección de Animales Domésticos, y del plazo de quince días para alegaciones. Doña María de Las Mercedes Osinaga Bartolomé, domiciliado en Ronda San Cristóbal, 83 bajo, Zizur Mayor (Navarra). Se le notifica Pliego de Cargos para imposición de sanción en procedimiento sancionador incoado por DA 182/2005, por infracción leve de la Ordenanza reguladora de la Tenencia y Protección de Animales Domésticos, y del plazo de quince días para alegaciones. Don Ignacio Martínez Egea, domiciliado en calle Santa Cruz, 1, 2.º F, Zizur Mayor (Navarra). Se le notifica incoación en procedimiento sancionador incoado por DA 271/2005, por infracción leve de la Ordenanza reguladora de la Tenencia y Protección de Animales Domésticos, y del plazo de quince días para alegaciones. Don Ramón Mendiburu Belzunegui, domiciliado en calle Pinar de Ardoy, 3, Zizur Mayor (Navarra). Se le notifica incoación en procedimiento sancionador incoado por DA 237/2005, por infracciones leves de la Ordenanza reguladora de la Tenencia y Protección de Animales Domésticos, y del plazo de quince días para alegaciones. Don Marcos Ignacio Pérez De Zabalza Gutiérrez, domiciliado en calle Mendikoa, 23, Zizur Mayor (Navarra). Se le notifica DA 257/2005 para imposición de sanción en procedimiento sancionador incoado por DA 25/2005, por infracción leve de la Ordenanza reguladora de la Tenencia y Protección de Animales Domésticos, y del plazo de un mes para solicitar la reducción del importe de la multa o la interposición de los recursos potestativos. Zizur Mayor, 19 de septiembre de 2005.−El Alcalde Luis María Iriarte Larumbe. L0519366

ARGUEDAS

B.O. de Navarra−Número 120 ARGUEDAS Notificación de sanciones

No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Expediente: 28/05. Propietario: Arturo Hernández Dual. Matrícula: HU-8029-K. Lugar: calle Real, 18. Día: 17/03/05. Hora: 13,42. Importe: 30,05 euros. Infracción: RGC 091.2.m.7. Expediente: 36/05. Propietario: María del Rosario Vargas Romero. Matrícula: 5352-BFD. Lugar: calle Real, 18. Día: 12/05/05. Hora: 14,14. Importe: 30,05 euros. Infracción: RGC 091.2.m.7. Expediente: 51/05. Propietario: María Isabel Resa Gárate. Matrícula: 5609-BNT. Lugar: calle Real. Día: 12/06/05. Hora: 12,45. Importe: 30,05 euros. Infracción: RGC 091.2.m.7. La multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles, siguientes a la fecha de la publicación del presente edicto. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. c) Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Arguedas, 20 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Jose Antonio Rapún León. L0519394

Notificación de denuncias

No habiendo podido ser notificadas las denuncias presentadas en esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor, que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo y demás legislación aplicable, se publica el siguiente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra: Propietario: María Victoria Cerdán Bretos. Matrícula: NA-6924-Y. Lugar: Confluencia calle Real y calle La Noria. Día: 22/07/05. Hora: 12,14. Importe: 30,05 euros. Infracción: RGC 091.2.m.7. Expediente: 60/05. Propietario: Manuel Jorge de los Santos de los Angeles. Matrícula: B-5372-SU. Lugar: Calle Real. Día: 28/06/05. Hora: 09,50. Importe: 30,05 euros. Infracción: RGC 91.2.m.7. Expediente: 64/05. Esta publicación surte los efectos de notificación de la denuncia, ante la cual podrán: a) Alegar por escrito, ante esta Alcaldía, en el plazo de quince días hábiles lo que en su defensa estime conveniente, conforme señala el artículo 79 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, con aportación o proposición de las pruebas que considere oportunas. b) Abonar la multa dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra con un descuento del 30%, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda beneficiarse del mismo. Según establece el artículo 13.2), del Real Decreto 1398/93, en caso de que Uds. no efectúen alegaciones al presente escrito, en el plazo previsto anteriormente, la iniciación del procedimiento podrá ser considerada como propuesta de resolución. En el caso de que el conductor del vehículo en el momento de cometer la infracción no fuera el titular del mismo, se requiere a éste para que en el plazo de quince días hábiles lo identifique, presentando a tal efecto un escrito en el Registro General del Ayuntamiento, en el que consten nombre y dos apellidos, número de documento nacional de identidad y domicilio del infractor. En el caso de negativa a realizar la identificación se formulará al titular denuncia por infracción grave que podrá ser sancionada con multa de hasta cincuenta mil pesetas, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 de la vigente Ley de Tráfico. Arguedas, 20 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, José Antonio Rapún León. L0519393

TUDELA Notificación de denuncia

Habiendo resultado fallidos los intentos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60 de la Ley 30/1992, se hace pública la notificación al denunciado que a continuación se relaciona, con último domicilio conocido en el que se señala, de la resolución del expediente sancionador que se indica, instruido por el Servicio de Sanidad, por infracción a la normativa que se indica. Finalizada la instrucción del expediente y previa a su resolución, según dispone el artículo 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se le pone de manifiesto el mismo, para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la presente notificación, pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes. Este acto no es definitivo en la vía administrativa. Número expediente: 44/2005. Filiación del denunciado, nombre y dirección: Javier Jiménez Gramaje, Fuente Canónigos, número 17, 3.º A, de Tudela. Motivo de la infracción, artículo título: Arrojar papeles a la vía pública. Ordenanza reguladora de limpieza viaria y de espacios públicos, aprobada el 27 de abril de 2001 (publicada en BOLETIN OFICIAL de Navarra número 126, de 17 de octubre de 2001), artículo 19.1. Lugar de la infracción: Avenida Zaragoza, número 1, de la localidad de Tudela (Navarra). Servicio: Policía Municipal. Fecha: 27 de julio de 2005, a las tres horas cincuenta y tres minutos. Tudela, 19 de septiembre 2005.−La Concejala Delegada, Concepción Bustillo Fernández. L0519542

TUDELA Notificación de incoación de expediente por solicitud de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes

No habiendo podido ser notificado el inicio de expediente administrativo para proceder a la baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes, por inscripción indebida, de conformidad con lo previsto en el artículo 72, en relación con el artículo 54 del Real Decreto 2612/1996, de las personas que se relacionan a continuación, se procede a su notificación por medio de anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Tudela y en cumplimento del artículo 72 del Real Decreto 2612/1996, se otorga un plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar desde la fecha de publicación del presente edicto para que los interesados puedan alegar y presentar

B.O. de Navarra−Número 120

Viernes, 7 de octubre de 2005

cuantos documentos y justificaciones estimen pertinente al objeto de acreditar su residencia efectiva y habitual. Expediente 10971/05. Nombre: Doña Nancy Fabiola Jiménez Orozco. Domicilio: Calle Manuel Moneo Fernández, 6. Expediente 10971/05. Nombre: Doña Joselyn Patricia Porras Jiménez. Domicilio: Calle Manuel Moneo Fernández, 6. Expediente 10971/05. Nombre: Doña Eveline Jacqueline Porras Jiménez. Domicilio: Calle Manuel Moneo Fernández, 6. Expediente 10971/05. Nombre: Don Luis Patricio Porras León. Domicilio: Calle Manuel Moneo Fernández, 6. Expediente 10971/05. Nombre: Don David Laime Centeno. Domicilio: Calle Manuel Moneo Fernández, 6. Tudela, 16 de septiembre de 2005.−El Concejal-Delegado de Personal y Servicios Generales, José Manuel Oliván Casao. L0519545

VILLAVA Notificación de sanción

No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor que figuran en la siguientes relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo

EXPTE.

2004/442 2005/79 2005/89 2005/94 2005/158 2005/210 2005/217 2005/218 2005/229 2005/236 2005/238 2005/240 2005/257 2005/259

PROPIETARIO

SILVIA OROZ ZUBIETA .......................................... ANTONIO RASCON MORALES ............................... DAVID JIMENEZ FORTUNA .................................... JOSE IGNACIO GOÑI LABIANO .............................. GERMAN BOSQUE JORNET ................................... MAGDALENA ROMERO PARDO ............................. M. CARMEN NIETO MARTINEZ ............................. M. CARMEN NIETO MARTINEZ ............................. ISABEL MEDINA GAMEZ ........................................ ALBERTO FALCES GARATE ................................... ALBERTO FALCES GARATE ................................... WILSON RENE BARRIGAS CALDERON ................. FRANCISCO TOMAS FUENTES BERMUDEZ .......... ESAUL DOMINGUEZ OCON ....................................

MATRICULA

1279-BKF NA-2628-Y 9327-CNK NA-8826-AT 1814-DGH NA-1117-AZ NA-8958-AL NA-8958-AL NA-3948-AU NA-3282-AB NA-3282-AB 3691-CHY C-5806-BCW 8184-BGX

10045

Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación o notificación, b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación o notificación o, c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Villava, 15 de septiembre de 2005.−El Alcalde-Presidente, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui.

LUGAR

EZCABA, N.º 7 .................................................... RICARDO BEL, N.º 2 .......................................... RICARDO BEL, N.º 2 .......................................... POL. IND. LANDAZABAL, CALLE A ................... EZCABA, N.º 3 .................................................... KARROBIDE, N.º 7-9 .......................................... SANTO DOMINGO, N.º 2 ................................... SANTO DOMINGO, N.º 2 ................................... ERMITALDEA, N.º 2 ........................................... PAMPLONA, S/N ................................................ PAMPLONA, S/N ................................................ SAN ANDRES, S/N ............................................. AGUSTIN GARCIA, PLAZA ................................. EZCABA - LAS ERAS .........................................

FECHA

HORA

22-10-2004 10-02-2005 04-03-2005 08-03-2005 11-04-2005 21-05-2005 27-05-2005 27-05-2005 03-06-2005 11-06-2005 11-06-2005 14-06-2005 28-06-2005 29-06-2005

14:44 08:45 10:30 20:17 08:19 09:35 13:28 13:28 21:38 00:05 00:05 03:12 21:30 21:20

IMPORTE

96 96 96 75 96 96 96 96 96 96 450 96 75 96

LSV

39.2.F 39.2.C 39.2.C 38.3 39.2.C 38.3 53.1 53.1 53.1 47 9.2 42.1 9.1 39.2.E

RGC

94.2.FG 91.2.GG 91.2.GG 91.1 91.2.GG 91.2 143.1 132.13 132.13 117 3.1B 101.1 a 121.5 94.2.EG1

ORD

L0519557

VILLAVA Desestimación de recurso de reposición

No habiendo podido ser notificadas las Resoluciones de Alcaldía, según relación adjunta, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Interpuestos recursos de reposición contra sanciones de tráfico y/o actos de ejecución en vía de apremio de sanciones de tráfico y/o tasas de grúa; vistos los documentos obrantes en los expedientes administrativos y los informes jurídicos emitidos, he resuelto desestimar los recursos de reposición mencionados, ya que los actos administrativos recurridos se ajustan a la normativa aplicable. Expediente: 2005/82. Nombre: Pedro Unzu Ripoll. Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos: a) Recurso contencioso-administrativo, ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que sea competente, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto, o bien, b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del presente Edicto. Villava, 12 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui. L0519559

AZAGRA Notificación de denuncias

No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por la Policía Municipal por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra: Número expediente: 51/05. Apellidos y nombre: González Tenorio, Manuel Jesús. Matrícula: NA-2858-AM. Lugar: Plus Ultra (frente Jubil.). Día: 14-06-05. Hora: 19:20. Infracción: LSV 53.1. Euros: 32,00. Número expediente: 56/05. Apellidos y nombre: González Tenorio, Manuel Jesús. Matrícula: NA-2828-AM. Lugar: Plus Ultra (frente Jubil.). Día: 21-06-05. Hora: 21:07. Infracción: LSV 53.1. Euros: 32,00.

Número expediente: 57/05. Apellidos y nombre: Dos Anjos, Paulo Jorge. Matrícula: NA-3244-Z. Lugar: Mayor, 22. Día: 22-06-05. Hora: 09:50. Infracción: LSV 53.1. Euros: 32,00. Número expediente: 67/05. Apellidos y nombre: Martínez. Altamirano, María Angeles. Matrícula: 2972-DLK. Lugar: Plaza del Salvador. Día: 28-07-05. Hora: 16:00. Infracción: LSV 38.3. Euros: 32,00. Número expediente: 72/05. Apellidos y nombre: Altimasveres Jiménez, Miguel A. Matrícula: NA-9221-AF. Lugar: Plus Ultra, 2. Día: 02-08-05. Hora: 21:30. Infracción: LSV 53.1. Euros: 32,00. Número expediente: 77/05. Apellidos y nombre: Berisa Rodríguez, María del Carmen. Matrícula: BI-5051-CP. Lugar: Plaza del Salvador, 12. Día: 19-08-05. Hora: 20:20. Infracción: LSV 38.3. Euros: 32,00. En el plazo de quince días hábiles los denunciados podrán formular alegaciones y proponer las pruebas que estimen conveniente para su defensa. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra podrá hacerse efectiva la multa con un descuento del 30 por 100, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda beneficiarse del mismo. En el caso de que el conductor del vehículo en el momento de cometer la infracción no fuera el titular del mismo, se requiere a éste para que en el plazo de quince días hábiles lo identifique, presentando a tal efecto un escrito en el Registro General del Ayuntamiento de Azagra, en el que consten nombre y dos apellidos, número de D.N.I. y domicilio del infractor. En caso de negativa a realizar la identificación se formulará al titular denuncia por infracción grave que podrá ser sancionada con multa de hasta trescientos euros, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 de la vigente Ley sobre Tráfico. Azagra, 23 de septiembre de 2005.−El Alcalde, Basilio Sánchez Lasheras. L0519622

PAMPLONA Notificación de propuestas de resolución

No habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución que se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el pre-

10046

Viernes, 7 de octubre de 2005

sente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados. LSV: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Trafico de 20 de mayo de 1998. ORZEL: Ordenanza Reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido de 9 de septiembre de 1998. Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone figuran, respectivamente, en las casillas del anverso de la presente propuesta de resolución que tienen las siguientes leyendas: "Hecho denunciado", "precepto infringido", "calificación", "denunciado" o "importe".

INFRACTOR

ABADIA MARTINEZ FRANCISCO JAVIER ........................... ABAURREA AMATRIAIN JOSE LUIS ................................... ALABAU MONTAÑANA CONCEPCION ................................. ALBERTIN LASAOSA ANA MA. ........................................... ALONSO SANCHO GORKA .................................................. ALTUNA ARCE JOSE MARIA .............................................. ALVAREZ BENAVIDES RUBEN ............................................ AMIAMA NECOCHEA JOSU ................................................ ANGELICO CARVALHAIS ANTONIO PAULO ....................... ANSOAIN MALO IGNACIO .................................................. ARANGUREN LOPEZ JESUS JAVIER .................................. ARANGUREN OLAVERRI EDUARDO ................................... ARDANA BAIGOÑI JOSE ..................................................... ARIAS ELIZARI DANIEL ...................................................... ARRONIZ FERNANDEZ-GACEO PEDRO .............................. ARTAL MONEVA FERNANDO FELIX ................................... ASTIZ HUARTE MIGUEL ANGEL ......................................... ASTIZ HUARTE MIGUEL ANGEL ......................................... ASTRAIN GOÑI MARIA MONTSERRAT .............................. AZANZA AGORRETA SANTIAGO ......................................... AZCONA ICHASO SABINO .................................................. BARACE MARCO JOSE JAVIER .......................................... BARACE MARCO JOSE JAVIER .......................................... BARANGUAN BELLO FRANCISCO JAVIER ......................... BARCENA CASTRILLO ROSARIO DE MARIA ..................... BARCOS BERRUEZO JAVIER .............................................. BARROS GALIPIENZO MICHEL .......................................... BATISTA HURTADO JUAN FRANCISCO ............................. BAZTAN CARRERA FRANCISCO JAVIER ............................ BENGOECHEA MARTINEZ PEDRO ...................................... BERGERANDI FERNANDEZ ANDRES .................................. BURUSCO ELIZONDO CARLOS .......................................... CALAVIA URDANIZ JOSE MANUEL .................................... CALLE RODRIGUEZ JESUS ................................................ CALVILLO ARTEAGA JOSE ANTONIO ................................. CARABIA NUIN JON JOSEBA ............................................. CARREÑO DUCHI FIDEL MESIAS ....................................... CASARRUBIO ECHALECU NATALIA ................................... CERVERA SOTO PEDRO ..................................................... CHICA LOPEZ BARTOLOME ............................................... COLLADO FRANCO VICTOR ............................................... CONDE ARIZCUREN MANUEL ............................................ CORONADO MONTOYA SANDRA ....................................... COTELO GOMEZ ROBERTO ................................................ DE MATOS PEMEDO JOSE ................................................. DOMINGUEZ DUCAY JOAQUIN DANIEL ............................. DUQUE ALONSO FCO. JAVIER ........................................... ECAY ARMENDARIZ JAVIER .............................................. ECHALAR MARTINEZ MARIA ANGELES ............................. ECHARTE VIANA JUAN RAUL ............................................ EGUZQUIZA ZOCO MIGUEL ANGEL ................................... EGUZQUIZA ZOCO MIGUEL ANGEL ................................... ELIZALDE UTERGA JOSEBA ............................................... ELVERDIN GARCES CONCEPCION ..................................... EQUISOAIN IRIGOYEN FRANCISCO JAVIER ...................... EXTREMERA DE LA CONCEPCION JOSE ANTONIO ........... FERNANDEZ LUMBRERAS LUIS ALBERTO ........................ FERNANDEZ PEREZ NEREA ................................................ FERRANDO AZORIN VICENTE ............................................ GARCIA ALVAREZ MANUEL JESUS ................................... GARCIA ANTON IGNACIO ................................................... GARCIA RIVAS GAIZKA ...................................................... GONZALEZ CARRACEDO OVIDIO ....................................... GONZALEZ DIEGO MANUEL SANTIAGO ............................. GORRICHO LUMBIER LUIS MARIA .................................... GOÑI SANTESTEBAN MARTINA ......................................... GURPEGUI ECHEGOYEN CARLOS JAVIER ......................... GUTIERREZ LORENZO JOSE LUIS ..................................... GUTIERREZ SANZ LUIS JAVIER ......................................... HERAS TRIGUERO OSCAR ................................................. HERNAIZ GOICOECHEA PEDRO MANUEL .......................... HERNAIZ GOICOECHEA PEDRO MANUEL .......................... HERNANDEZ AZNAREZ CARLOS ........................................ HERRERO BARROSO M. CRISTINA ................................... HURTADO HERNANDEZ JOSE MIGUEL ............................. IBAÑEZ SANZ ALMUDENA ................................................. IBAÑEZ SANZ ALMUDENA ................................................. IBAÑEZ SOLANO MIGUEL JAVIER ..................................... INSAUSTI GUELBENZU Mª JOSE ....................................... INSAUSTI GUELBENZU Mª JOSE ....................................... IRIGARAY PIÑEIRO ANSELMO ........................................... IRURZUN ALEGRIA JOSE MARIA ....................................... ITURMENDI INDA RAQUEL ................................................ ITURRARTE ALDUNCIN LUIS JAVIER ................................

MATRICULA

NA-6145-BB 7109-BZT 8803-CWG 8163-DCF BI-3727-BS 2067-CNS NA-0874-X NA-6884-BB NA-1947-AJ 3913-BRB NA-2520-AG NA-3773-BC NA-1526-AC NA-1222-AY 5971-BJX 4008-CKF BI-4115-CK BI-4115-CK 2488-CNR NA-0747-AX 4321-BJX NA-5822-AX NA-5822-AX 3156-CDH NA-3239-AL NA-2192-BD 1597-DBM NA-1704-AX 7269-DHJ NA-6436-BB SS-4930-AL NA-3263-BD NA-4480-BD 4302-CND SS-4774-AV 5900-BZS 3223-BWV NA-8841-BB 7799-CWM NA-5156-AN SS-1813-AS 9009-CLJ 3357-CLZ NA-0203-AV 1431-BDG 3365-CWJ NA-5714-BB NA-9047-AW NA-0357-BD NA-8352-AS 0610-BKJ 0610-BKJ 5479-BDR 1744-CNS 7570-BXS M-7205-JG NA-2158-AG NA-6177-AP B-3610-WL 1118-CCN NA-2162-AF 4158-CCF NA-6783-AZ 2267-CTH NA-3585-AV 5213-DCB NA-8598-AZ A-5511-CJ NA-7631-AB 0940-DDV NA-7145-BC NA-7145-BC 8486-BHF NA-6608-AK 1602-CHH 3704-BHK 3704-BHK 5363-CSY 3603-CGL 3603-CGL NA-6549-AJ NA-3688-AP BI-7758-S NA-1523-AT

B.O. de Navarra−Número 120

Las alegaciones presentadas y, en su caso, la práctica de pruebas solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime pertinente y presentar los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo a través del Registro General del Ayuntamiento o de alguno de los cauces previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se le manifiesta que el expediente se encuentra a su disposición en las oficinas del Area de Protección Ciudadana, sitas en calle Monasterio de Irache, 2, donde de ocho a catorce horas y en días laborables podrá examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él obrantes. Pamplona, 27 de septiembre de 2005.−El Secretario Técnico del Area de Protección Ciudadana, Instructor del expediente, firma ilegible.

LUGAR

ABEJERAS-ITURRAMA ROTONDA ........................... SAN ANTON, 40 ....................................................... PASEO SARASATE, 20 ............................................. FELIPE GORRITI, 45 ................................................. PAULINO CABALLERO, 13 ....................................... YANGUAS Y MIRANDA, 29 ...................................... CARLOS III - ARRIETA ............................................. MANUEL DE FALLA, 19 ........................................... AVDA SANCHO EL FUERTE, 26 ............................... SADAR-PISCINAS SADAR ........................................ ARALAR, 36 ............................................................. TAJONAR-EDIFICIOS INTELIGENTE ......................... AVDA NAVARRA (PUENTE) ..................................... AVDA GUIPUZCOA-VENTURA RODRIG ................... SAN ANTON, 73 ....................................................... VALLE DE BAZTAN, 14 ............................................ SANCHO EL MAYOR, 4 ............................................ SANCHO EL MAYOR, 6 ............................................ FELIPE GORRITI, 18 ................................................. PARQUE SANTO DOMINGO FRENTE D ................... NUEVA, 30 ................................................................ PAULINO CABALLERO, 12 ....................................... OLITE, 12 ................................................................. LEYRE, 20 ................................................................ AMAYA, 31 ............................................................... AVDA BAJA NAVARRA - AMAYA ............................. CTRA MILUCE SN .................................................... TAFALLA, 7 ............................................................... TAJONAR .................................................................. CRUZ DE BARKAZIO, 25 .......................................... BARQUILLEROS, 6 ................................................... OLITE, 41 ................................................................. PZA CONDE DE RODEZNO ....................................... JUAN DE LABRIT - DORMITAL ................................ NAVAS DE TOLOSA (FRENTE A Nº .......................... CTRA SARRIGUREN N 11 A .................................... GARCIA CASTAÑON, 4 ............................................. CALLE ZAPATERIA FRENTE Nº 51 ........................... PORTAL DE ZUMALACARREGUI ............................. RIO EGA, 27 ............................................................. CATALUÑA (PLAN SUR) .......................................... AVDA.BARAÑAIN-AVDA. ARCADIO M ..................... REMIRO DE GOÑI, 32 .............................................. PAULINO CABALLERO, 50 ....................................... CUESTA LARRAINA Nº3 ........................................... PLAZAOLA, 2 ............................................................ SANDOVAL, 1 ........................................................... CASTILLO DE MAYA, 46 .......................................... TUDELA, 20 .............................................................. PZA CONDE DE RODEZNO, 3 .................................. AMAYA, 19 ............................................................... CORTES DE NAVARRA, 7 ........................................ NAVARRO VILLOSLADA, 23 .................................... AMAYA, 3 ................................................................. POLIGONO LANDABEN CALLE E (JU ...................... SANGÜESA, 33 ......................................................... SADAR (FRENTE A ESTADIO) .................................. TUDELA, 18 .............................................................. SADAR, FRENTE CAMPO EL SAD ............................ JUAN DE LABRIT, 31 ............................................... PASEO SANDUA - NORTE ....................................... AVDA GUIPUZCOA (LA CASERA) ............................ SANTA ENGRACIA (FRENTE Nº13 ........................... LEYRE, 14 ................................................................ SANCHO EL MAYOR, 4 ............................................ PAULINO CABALLERO, 17 ....................................... SAN FERMIN, 38 ...................................................... AVDA RONCESVALLES, 4 ........................................ AOIZ, 17 ................................................................... ISAAC ALBENIZ, 8 .................................................... TAJONAR-EDIFICIOS INTELIGENTE ......................... TAJONAR FRENTE EDIFICIOS INTE ......................... AMAYA, 11 ............................................................... TAJONAR, 12 ........................................................... DE LOS HERMANOS IMAZ, 8 .................................. BOSQUECILLO .......................................................... EMILIO ARRIETA, 15 ............................................... TAFALLA, 18 ............................................................. YANGUAS Y MIRANDA - PZA PA ............................ SAN ANTON, 2 ......................................................... LEYRE, 4 .................................................................. SERAFIN OLAVE (FRENTE Nº 1 ............................... JUAN DE LABRIT, 25 ............................................... SANGÜESA, 12 .........................................................

DIA

06/04/2005 21/05/2005 26/03/2005 23/02/2005 24/05/2005 21/03/2005 22/05/2005 02/05/2005 24/06/2005 15/06/2005 31/05/2005 04/04/2005 15/05/2005 14/06/2005 15/05/2005 11/03/2005 17/02/2005 27/01/2005 07/02/2005 16/03/2005 25/03/2005 12/05/2005 14/05/2005 09/03/2005 15/03/2005 01/06/2005 25/06/2005 21/05/2005 31/05/2005 16/04/2005 07/03/2005 08/03/2005 08/03/2005 19/03/2005 31/05/2005 16/05/2005 16/05/2005 07/05/2005 21/05/2005 29/03/2005 19/03/2005 20/01/2005 02/05/2005 29/05/2005 13/05/2005 11/01/2005 05/05/2005 18/03/2005 08/03/2005 15/03/2005 21/03/2005 10/02/2005 23/03/2005 04/04/2005 23/05/2005 01/03/2005 25/05/2005 29/04/2005 21/06/2005 02/05/2005 08/05/2005 26/04/2005 01/05/2005 21/05/2005 09/02/2005 31/03/2005 09/05/2005 12/02/2005 02/02/2005 07/06/2005 12/05/2005 12/05/2005 05/03/2005 24/05/2005 01/06/2005 15/03/2005 04/03/2005 21/03/2005 16/03/2005 18/01/2005 09/03/2005 09/02/2005 01/05/2005 16/06/2005

EXPTE.

IMPORTE

31155 29904 450415 505581 605248 550324 30446 16613 42564 91850 420131 29704 91375 91937 30825 25891 590057 14564 505345 530513 17595 515948 510694 390190 515424 31604 31448 615397 91756 29650 16323 535187 32716 14790 32917 91553 385500 18830 6611 11068 29147 3855 2285 7078 7525 505094 610108 345269 545261 515417 400237 475223 570225 415438 91596 9121 91668 420068 92077 605154 29523 91183 3908 315670 510249 595245 39011 350165 545182 43795 28887 28886 265186 9979 510774 220320 18184 395294 2200 15220 13265 12525 6893 406638

95,00 60,00 95,00 30,00 60,00 30,00 95,00 95,00 95,00 250,00 60,00 95,00 600,00 250,00 60,00 60,00 60,00 60,00 95,00 30,00 60,00 60,00 30,00 60,00 60,00 300,00 95,00 60,00 250,00 95,00 95,00 60,00 30,00 60,00 30,00 360,00 95,00 60,00 60,00 95,00 90,00 60,00 95,00 95,00 95,00 60,00 30,00 95,00 60,00 30,00 60,00 30,00 60,00 30,00 250,00 95,00 303,00 60,00 450,00 60,00 60,00 450,00 95,00 30,00 60,00 60,00 95,00 30,00 60,00 60,00 95,00 95,00 60,00 95,00 30,00 30,00 60,00 60,00 90,00 60,00 90,00 95,00 95,00 60,00

INFRACCION

91.2.M RGC 38.3 LSV 91.2.M RGC 38.3 LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 94.2.A RGC 39.2.A LSV 91.2.H RGC 38.3 LSV 91.2.L RGC 38.3 LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 72.3 LSV 91.2.H RGC 38.3 LSV 20.1 RGC 12.1 LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 129.2.F RGC 51.1 LSV 132.1 RGC 53.1 LSV 39.2.B LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 39.2.B LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 117.1 RGC 47.1 LSV 38.4 LSV 91.2.M RGC 38.3 LSV 91.2.H RGC 38.3 LSV 94.2.D RGC 39.2.D LSV 72.3 LSV 39.2.B LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 72.3 LSV 39.2.B LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 39.2.B LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 72.3 LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 91.2.M RGC 38.3 LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 39.2.B LSV 72.3 LSV 91.2.M RGC 38.3 LSV 143.1 RGC 53.1 LSV 94.2.D RGC 39.2.D LSV 39.2.B LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 91.2.H RGC 38.3 LSV 72.3 LSV 18.2 RGC 11.3 LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 18.2 RGC 11.3 LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 91.2.M RGC 38.3 LSV 72.3 LSV

B.O. de Navarra−Número 120 INFRACTOR

Viernes, 7 de octubre de 2005 MATRICULA

JIMENEZ AROSTEGUI ANTONIO ........................................ JIMENEZ JIMENEZ DAVID .................................................. JIMENEZ RODRIGUEZ EMILIO JOSE ................................. LABAIRU ELIZALDE JUAN BAUTISTA ................................ LACASTA LAFUENTE JONATHAN ....................................... LAJOS GASCUE JULIAN ..................................................... LANDA MARCO DAVID ....................................................... LARRABURU SOROZABAL MIGUEL ................................... LARRAÑAGA DORREGO IGNACIO ...................................... LEGARRA GARCES EGOI .................................................... LONGAS CRESPO HEBER ................................................... LOPEZ AMIGORENA ELENA ............................................... MAINZ GARDE JESUS ........................................................ MARIN GUTIERREZ M. TERESA ......................................... MARTIARENA VALDES JUAN BAUTISTA ........................... MARTINEZ ARLABAN ROSA MARIA .................................. MARTINEZ MURO JESUS MARIA ...................................... MARTINEZ SANCHEZ-APARICIO PABLO ............................ MATE SANZ JUAN .............................................................. MATIAS SERRANO JOSE AITOR ........................................ MONTES NAVARRO JUAN .................................................. MORRAS BARRENA JAVIER ............................................... MURILLO DEL SOLAR VIRGINIA ....................................... MURUGARREN MAÑAS MIGUEL ANGEL ........................... NAVAS ALCORTA MIREIA .................................................. NAVAS DE DIOS JOSE ....................................................... NAVAS DE DIOS JOSE ....................................................... NUÑEZ APARICIO FRANCISCO JAVIER .............................. OLMEDO PIQUERO RAMON ............................................... ORIA RUBIO BLANCA ......................................................... PALACIO OCHOA CELIA ..................................................... PALACIOS LUIS MARIA ESTHER ....................................... PASCUAL ANSOTEGUI MARIA LUISA ................................ PEDROSA QUEVEDO ANTONIO .......................................... PEDROSA QUEVEDO ANTONIO .......................................... PEREZ ARREGUI FRANCISCO ............................................ PEREZ GARRIDO AITOR ..................................................... PEREZ IRIARTE ROBERTO ................................................. PEREZ IRIBARREN ALFONSO ............................................. PEREZ OLAVE JORGE ANTONIO ........................................ PEREZ RUIZ CARLOS ......................................................... PRATS ORIVE ISABEL MARIA ............................................ RAMIREZ SOLA RICARDO .................................................. REDONDO PLAZA JON MIREN ........................................... REYES HURTADO JOSE ..................................................... RODRIGUEZ CALVO ALFREDO ........................................... RODRIGUEZ DE AZA PATRICIA .......................................... RODRIGUEZ YCIANO ARGELLS RAFAEL ........................... ROS FERNANDEZ EUGENIO ............................................... RUIPEREZ FERNANDEZ JESUS .......................................... RUIZ DE AZUA BALXOLA IGNACIO .................................... RUIZ IRIZAR PILAR ............................................................ SAENZ ABAD ALICIA .......................................................... SAGASETA-ILURDOZ URANGA SOLEDAD ......................... SAGASTI BOQUET SERGIO ................................................. SALAVERRI SESMA TERESA MONSERRAT ....................... SALAZAR HERRERA MARIA ANGELES .............................. SAMPER IZCO RAFAEL ....................................................... SANCHEZ ORTIGOSA MARGARITA .................................... SANDIMAS MEZQUIRIZ ARTURO ....................................... SANTAMARIA LOPEZ MARIA LOURDES ............................ SANTAMARIA RICHARD JUAN ALBERTO .......................... SATRUSTEGI OSKOZ RUFINO ............................................ SATRUSTEGI OSKOZ RUFINO ............................................ SOLA GARCIA JACINTO ..................................................... TABAR GURPEGUI RAMON ................................................ TABAR GURPEGUI RAMON ................................................ TORRADO GOÑI GERMAN .................................................. TORRES RODRIGUEZ FRANCISCO ..................................... TORRES RODRIGUEZ FRANCISCO ..................................... TRIGO LIZARI OSCAR ........................................................ URDANOZ MARTINEZ ROSA MA. ...................................... URDANOZ SAN MIGUEL MARIA BLANCA .......................... VERGARA MARTINEZ JUAN ANTONIO ............................... VICENTE GARCIA RAUL ..................................................... VILLANUEVA SOLA JAVIER ................................................ ZABALA BENGOECHEA MARIA DE LOS ANGELES ............ ZABALEGUI RAMOS LEONOR ............................................ ZABALZA CASLA JUAN JESUS SANTOS ............................ ZABALZA ESPELOSIN JOSE JAVIER .................................. ZABALZA SALVADOR FERNANDO ......................................

3951-BFV 4232-CYX 2873-DBB NA-7011-AK 4414-BMG 1238-BXL 0063-BJR 5648-BGC BI-2264-AD 3770-CCD 9487-BGC NA-7276-AS NA-5073-BB NA-1442-AZ NA-4130-AH NA-0991-AM NA-8620-AC O-9557-AM NA-2893-P NA-2563-AM 0704-CKV NA-9124-AK NA-6719-AC 9602-CCM NA-8041-AD NA-6461-AD NA-6461-AD 8328-DDY NA-5866-AS NA-8600-AG NA-8807-AS 8578-CVP 1429-BNJ 1280-CKP 1280-CKP NA-3754-BB 7778-CDC 6272-BNN NA-4530-AW 0226-DJW 2154-CMW NA-5462-AT 3742-CRM 7993-BPJ NA-3228-BB NA-1669-AV 5481-BPZ M-0233-WV 5476-DBW 9844-CVY SS-5330-BJ 2526-BBJ Z-0795-BC 0329-CSX NA-1041-AL NA-6721-W P-5997-G 3520-BYH NA-8467-T 9202-DDM NA-7491-AL NA-8641-AM 0883-BFF 0883-BFF NA-5525-AY 2132-CZT 2132-CZT 7359-CNM NA-3022-BB NA-3022-BB NA-1726-AD 4949-CFG NA-5101-AT 5482-CVV NA-5322-AG 9109-BPW NA-2141-BD 0430-BCJ 0040-BKY NA-2057-BD 4905-BSW

LUGAR

AVDA RONCESVALLES, 2 ........................................ AVDA BARAÑAIN- AVDA NAVARRA ........................ AVDA SANCHO EL FUERTE, 21 ............................... MERCADO, 42 .......................................................... TAFALLA - BERGAMIN ............................................. CTRA SARRIGUREN, 1 ............................................. DOCTOR SIMONENA ................................................ RIO EGA, 46 ............................................................. CARMEN, 6 8 ........................................................... EMILIO ARRIETA ...................................................... AVDA SAN IGNACIO, 14 .......................................... GONZALEZ TABLAS, 6 ............................................. VALLE DE EGUES, 2 ................................................ NAVARRO VILLOSLADA, 6 ...................................... TEODORO OCHOA DE ALDA, 2 ................................ ERROTAZAR-Mº VIEJO DE SAN PED ....................... MONASTERIO DE LA OLIVA, ................................... SAN FERMIN, 41 ...................................................... GONZALEZ TABLAS, 1 ............................................. IRUNLARREA-CLINICA UNIVERSITA ....................... FRANCISCO BERGAMIN, 4 ...................................... VERGEL-VUELTA ARANZADI ................................... EMILIO ARRIETA, 5 ................................................. GARCIA CASTAÑON, 4 ............................................. ABEJERAS, 55 .......................................................... MEDIA LUNA, 10 ...................................................... OLITE, 31 ................................................................. CORTES DE NAVARRA, 7 ........................................ BERNARDINO TIRAPU (PORRON) ........................... AVDA RONCESVALLES, 1 ........................................ AOIZ, 20 ................................................................... AVDA PIO XII ........................................................... AMAYA, 40 ............................................................... CALLE JUARISTI CON CALLE GALAN ..................... PAULINO CABALLERO, 48 ....................................... TUDELA, 22 .............................................................. LUIS MORONDO (CENTRO DE SAL ......................... AVDA BAYONA - Mº URDAX .................................... JUAN DE LABRIT (FRONTON) ................................. PAULINO CABALLERO, 40 ....................................... BOSQUECILLO .......................................................... SANCHO EL MAYOR, 4 ............................................ DE LOS TEOBALDOS, 8 ........................................... SADAR-ESTADIO ...................................................... PADRE CALATAYUD, 13 .......................................... PZA DE LOS FUEROS-AVDA ZARAGO ..................... AVDA RONCESVALLES, 5 ........................................ MAYOR, 2 ................................................................. VALLE SALAZAR - MEDIALU ................................... AVDA GALICIA, 11 ................................................... VUELTA DEL CASTILLO - PZA F ............................. AMAYA, 19 ............................................................... PICO DE ORI CON TAJONAR ................................... VALLE DE EGUES, 10 .............................................. PASEO SARASATE, 20 ............................................. PAULINO CABALLERO, 4 ......................................... LEYRE, 20 ................................................................ TAFALLA, 15 ............................................................. ARALAR, 36 ............................................................. ABEJERAS-AVDA ZARAGOZA .................................. EMILIO ARRIETA, 7 ................................................. CASTILLO DE MAYA, 25 .......................................... JUAN DE LABRIT (FRENTE FRON ............................ OLITE-LEYRE ............................................................ JUAN DE LABRIT (FRENTE AL ................................ JUAN DE LABRIT, 25 ............................................... EMILIO ARRIETA, 19 ............................................... AVDA BAYONA - LARRAINA .................................... LEYRE ....................................................................... TAFALLA, 20 ............................................................. OLITE, 34 ................................................................. AV. AROSTEGUI-C. UNIVERSID. .............................. AVDA SAN IGNACIO, 14 .......................................... ARALAR FRENTE NUMERO 18 ................................ AVDA GALICIA, 1 ..................................................... DOCTOR HUDER ...................................................... TUDELA, 24 .............................................................. PZA CONDE DE RODEZNO, 1 .................................. AVDA. BAYONA-PLAZA EUROPA ............................. PADRE CALATAYUD, 2 ............................................ YANGUAS Y MIRANDA, 1 ........................................

10047 DIA

12/02/2005 01/05/2005 05/06/2005 21/03/2005 24/01/2005 25/04/2005 19/02/2005 13/04/2005 27/01/2005 21/03/2005 26/03/2005 05/04/2005 17/06/2005 19/02/2005 04/04/2005 06/04/2005 16/02/2005 04/03/2005 12/04/2005 14/02/2005 28/02/2005 28/05/2005 21/01/2005 09/02/2005 20/01/2005 14/02/2005 07/02/2005 02/06/2005 07/03/2005 18/02/2005 03/03/2005 17/06/2005 18/01/2005 10/05/2005 23/04/2005 01/03/2005 26/05/2005 19/06/2005 01/05/2005 11/06/2005 17/04/2005 21/04/2005 23/06/2005 10/06/2005 29/04/2005 10/03/2005 22/04/2005 13/06/2005 22/04/2005 17/05/2005 21/05/2005 23/04/2005 08/04/2005 30/05/2005 16/04/2005 05/05/2005 18/02/2005 22/04/2005 29/06/2005 29/06/2005 19/04/2005 24/05/2005 09/04/2005 05/02/2005 15/01/2005 26/02/2005 14/01/2005 03/05/2005 24/01/2005 16/06/2005 11/05/2005 25/05/2005 26/03/2005 11/03/2005 01/03/2005 01/04/2005 22/04/2005 08/03/2005 03/04/2005 09/06/2005 24/05/2005

EXPTE.

IMPORTE

350163 91271 91348 245182 15006 91055 14150 3198 14489 220389 550349 14536 545694 415180 29240 28469 7683 215145 410084 5784 570029 40906 530136 575081 10272 450160 550034 576054 11902 315230 275385 29806 475079 31354 220553 215125 9464 47166 6892 350601 7738 350443 465697 91829 40052 212 545483 40227 10802 465516 18996 615184 9128 415830 460329 570548 405492 585578 570912 45458 580585 465539 19606 17056 12908 17505 345040 11991 205081 400505 535280 91690 550345 34188 560166 12200 465410 32715 19340 35586 41803

30,00 450,00 450,00 60,00 60,00 250,00 60,00 95,00 95,00 60,00 60,00 60,00 60,00 30,00 60,00 90,00 95,00 60,00 30,00 95,00 30,00 95,00 30,00 60,00 95,00 60,00 30,00 30,00 95,00 60,00 30,00 95,00 30,00 95,00 60,00 30,00 95,00 95,00 95,00 60,00 60,00 95,00 60,00 250,00 95,00 95,00 30,00 95,00 95,00 30,00 60,00 60,00 95,00 60,00 95,00 60,00 30,00 60,00 60,00 95,00 30,00 60,00 60,00 95,00 60,00 60,00 60,00 150,00 30,00 30,00 60,00 250,00 60,00 60,00 30,00 60,00 30,00 60,00 95,00 30,00 60,00

INFRACCION

39.2.B LSV 20.1 RGC 12.1 LSV 20.1 RGC 12.1 LSV 72.3 LSV 38.4 LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 72.3 LSV 39.2.B LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 38.4 LSV 18.2 RGC 11.3 LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 94.2.D RGC 39.2.D LSV 39.2.B LSV 132.1 RGC 53.1 LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 91.1 RGC 38.3 LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 91.2.I RGC 39.2.A LSV 72.3 LSV 39.2.B LSV 91.1 RGC 38.3 LSV 39.2.B LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 132.1 RGC 53.1 LSV 91.2.M RGC 38.3 LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 39.2.B LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 91.2.I RGC 39.2.A LSV 132.1 RGC 53.1 LSV 39.2.B LSV 91.1 RGC 38.3 LSV 91.2.F RGC 39.2.A LSV 39.2.B LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 39.2.B LSV 132.1 RGC 53.1 LSV 39.2.B LSV 91.2.G RGC 39.2.C LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 132.1 RGC 53.1 LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 91.2.M RGC 38.3 LSV 91.2.H RGC 38.3 LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 3.1 RGC 9.2.A LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 39.2.B LSV 50.1 RGC 19.3 LSV 39.2.B LSV 94.2.A RGC 39.2.A LSV 39.2.B LSV 94.2.E RGC 39.2.E LSV 39.2.B LSV 72.3 LSV 143.1 RGC 53.1 LSV 94.2.D RGC 39.2.D LSV 91.1 RGC 38.3 LSV L0519669

ZIZUR MAYOR Notificación de denuncia

No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por Policía Municipal por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados. Normativa aplicable: LSV: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico. La multa podrá ser pagada con un 30 por 100 de descuento antes de que se dicte la resolución del expediente sancionador. Formas de pago: Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: Caja Na-

varra: 2054-0082-13-9141335217; personándose en la oficina gestora del Ayuntamiento sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha o mediante giro postal en el que consten los apellidos, nombre y número de expediente. El pago de la multa implicará la terminación del procedimiento una vez concluido el plazo para presentar alegaciones sin que el denunciado las haya presentado, finalizando el expediente salvo que se acuerde la suspensión de permiso o licencia para conducir y sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso correspondiente. En el plazo de quince días hábiles podrán presentarse alegaciones y proponer las pruebas que consideren convenientes. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 del Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se requiere al titular del vehículo para que, si él no fuera el responsable de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, proceda a su identificación, presentando a tal efecto en la oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha; en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares

10048

Viernes, 7 de octubre de 2005

señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellido, número del documento nacional de identidad y domicilio del infractor. En caso de negativa a realizar tal identificación, se sancionará al titular del vehículo como autor de falta grave con multa de 301 euros. Responderá en los mismos términos si, por causa que le sea imputable, no es posible notificar la denuncia al conductor que identifique, conforme a lo dispuesto en el artículo 72.3 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone prueba alguna, la presente notificación se considerará Propuesta de Resolución y se elevará a Alcaldía, que es el órgano competente para sancionar. Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondiente con las leyendas de NUMERO EXPEDIENTE

NOMBRE INFRACTOR

00016/2005 00064/2005 00074/2005 00034/2005 00076/2005 00001/2005 00038/2005 00084/2005

ALAMO AYUSO, ANAJULIA .............................................. CALVO ELIZONDO, ASIER ................................................ LIZARRAGA GOÑI, M.ª CARMEN ..................................... MARTINEZACITORESQUINTANA ALICIA .......................... OLORIZ SANZ, IGNACIO J. ............................................... PALACIO OCHOA, CELIA .................................................. PEREZ PEREZ, IGNACIO ................................................... URDIM AYAPE, FCO. JAVIER ...........................................

"hecho denunciado", "precepto infringido", "calificación", "denunciado" e "importe". Se señala asimismo, que el expediente se encuentra a su disposición en la oficina gestora de ocho treinta horas a catorce horas y en días laborables podrán examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él obrantes. Las infracciones muy graves, se sancionarán siempre, además de con la multa correspondiente, con retirada del permiso de conducir por un periodo máximo de tres meses (artículo 67.1 de la Ley sobre Tráfico). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 del RDL 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12 del RD 320/1994, de 25 de febrero, se notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor. Si no hubiere recaído resolución sancionador transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de éste. Zizur Mayor, 27 de septiembre de 2005.−El Instructor, Jefe de policía.

DIRECCION

FECHA DENUNCIA

HORA

INFRACCION

IMPORTE INFRACCION

PARQUE ERRENIEGA PARKEA, 5 ............................................. CALLE ZIZURRERTEA KALEA, 3 ............................................... PARQUE ERRENIEGA PARKEA, 8 ............................................. CALLE ZABALGAIN KALEA, 8 ................................................... CALLE SANTA CRUZ DE ARDOI KALEA, 1-3 ............................ PARQUE ERRENIEGA PARKEA, 10 ........................................... CALLE ETXESAKAN KALEA, S/N ............................................... CALLE IDOIA KALEA, S/N .........................................................

12/07/2005 26/07/2005 30/07/2005 18/07/2005 30/07/2005 01/07/2005 20/07/2005 04/08/2005

19:05 21:00 09:25 09:40 10:25 08:55 08:15 01:45

LSV-36 RGC-18.2 LSV-235 RGC-94.2.E LSV-233 RGC-94.2.C LSV-233 RGC-94.2.C LSV-233 RGC-94.2.C LSV-233 RGC-94.2.C LSV-230 RGC-94.2.A LSV-3 RGC-3.1

90,00 60,00 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00 150,00

MATRICULA

8918BDM C0185BCZ 3817CWP NA3300P Z3014AP NA8807AS 9411DDH V1268GZ

B.O. de Navarra−Número 120

L0519654

Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra

Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra ACTAS DE INFRACCIÓN

ACTAS DE INFRACCIÓN

Cédula de Notificación Cédula de Notificación

De conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifica por este medio a los sujetos responsables, que por esta Inspección les han sido practicadas las siguientes Actas de Infracción en materia de Seguridad Social, advirtiéndoles que de conformidad con el artículo 17.1 del Reg. Gral. sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de junio), en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a esta notificación, pueden presentar escrito de alegaciones acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para resolver el expediente: El Director Territorial-Jefe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, en calle Monasterio de Cilveti, 4 (31071 Pamplona-Iruña). En el supuesto de no formalizarse escrito de alegaciones, la tramitación del procedimiento continuará hasta su resolución definitiva. Acta número: 473/05. Empresa: Eduardo Caro Vegas. Localidad: Berriozar. Importe: Trescientos euros con cincuenta y dos céntimos de euro (300,52 euros). Y para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que lleguen dichas actas a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto. Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Director Territorial Jefe Accidental de La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Valentín Velasco Carrasco.

De conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido a la empresa Gesna Servicios y Promociones Pamplona, S.L., como responsable solidaria de la empresa abajo citada, se les notifica por este medio que les ha sido levantada a la misma, la correspondiente Acta de Infracción en materia de Seguridad y Salud Laboral, advirtiéndoles que de conformidad con el artículo 17.1 del Reg. Gral. sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998 de 14 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de junio), en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a esta notificación, pueden presentar escrito de alegaciones acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para resolver el expediente: Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y trabajo del Gobierno de Navarra, Plaza Tomás Caballero número 1 (31071 Pamplona). En el supuesto de no formalizarse escrito de alegaciones, la tramitación del procedimiento continuará hasta su resolución definitiva. Acta número: 358/05. Empresa: Encofrados y Construcciones Hesan, S.L. Localidad: Pamplona. Importe: Trescientos euros (300 euros). Y para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que lleguen dichas actas a conocimiento de los interesados, se emite el presente Edicto. Pamplona, 14 de septiembre de 2005.−El Director Territorial Jefe Accidental de La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Valentín Velasco Carrasco.

E0519271

E0519272