United Nations Environment Programme UNEP

  United Nations Environment Programme UNEP             [Secundaria] 1   Chair Message Be welcomed to the United Nations Environment Programm...
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United Nations Environment Programme UNEP          

 

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  Chair Message

Be welcomed to the United Nations Environment Programme committee, a forum where environmental issues will be discussed during these three days of debate, to impulse the countries development of activities regarding the ecosystem management, environmental governance and climate change. UNEP, established in 1972, is the voice for the environment within the United Nations system. UNEP acts as a catalyst, advocate, educator and facilitator to promote the wise use and sustainable development of the global environment. UNEP work encompasses assessing global, regional and national environmental conditions and trends; developing international and national environmental instruments; and strengthening institutions for the wise management of the environment. UNEP’s mission is Mission to provide leadership and encourage partnership in caring for the environment by inspiring, informing, and enabling nations and peoples to improve their quality of life without compromising that of future generations. The topics that will be discussed in order to help environment development are: Topic A: The Environmental Impacts, And Subsequent Economic Consequences Of Drilling. Topic B: The Development Of An Environmental Safeguarding And Crime.

International

Framework

Addressing

The Chair is engaged in providing the best discussion atmosphere in order to reach agreements looking for mutual benefits and effective solutions to the problems that concern countries around the globe. It is expected that every delegation show respect and tolerance to other delegations regardless their culture, ideology or religion as presented in United Nations foundation. Finally the chair wants to wish you all the best in this model and invites to have an active commitment in the next days to result in effective solutions and learning experiences.

Alfonso Ignacio Martínez Huitrón President of de United Nations Environment Programme

 

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  Topic A: The environmental impacts and subsequent economic consequences of drilling Drilling or induced hydraulic fracturing, in the context of this committee is a method of extracting natural gas and petroleum among other fluids from deep inside underground rock formations. Horizontal drilling coupled with the traditional vertical drilling is used to create a well, while most wells undergo drilling only once in their lifetime, multiple drillings to extend the lifetime and increase the productivity of the well is becoming increasingly common. 1 to 8 million gallons of water and approximately 40,000 gallons of chemicals are used to produce the drilling fluid. For this reason, drilling is often associated with a significant environmental cost. On the other hand, this method has made available once-inaccessible oil and gas (O&G) resources, thus increasing oil and gas production, and for instance lowering prices and providing energy security. While drilling is likely to transform the energy industry through security and lower costs, drilling is associated with environmental degradation. The first problem is the lack of objective and conclusive data on the subject. The expected effects include contamination of groundwater, pollution of air, health concerns arising from exposure of humans, flora and fauna to toxic chemicals, water shortage and seismic events. The global community must have awareness of the environmental effects, they need to be better understood and these risks must be weighed with the economic benefits so as to be managed effectively, either through balanced regulation or by taking the extreme step of banning the method of drilling entirely.

 

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  Topic B: The development of an international framework adressing environmental safeguarding and crime The Development of an International Framework Addressing Environmental Safeguarding and Crime, deals with the issue of environmental crimes, a crime, which is not isolated and has no borders, affecting people of the world. This is obviously dangerous, not only to international peace and relations among countries, but is also harmful to the process of creating a sustainable environment for all. International environmental crime is defined to be “a breach of a national or international environmental law or treaty that exists to ensure the conservation and sustainability of the world’s environment, biodiversity or natural resources.” Examples of environmental crimes include illegal logging and timber trade, the smuggling and black market sale of ozone-depleting substances and protected/endangered species, illicit trade of hazardous waste materials, and illegal fishing. Developing an international framework to resolve these issues is particularly important now since this is a situation that will only continue to grow in severity if not addressed, and it is currently not a very high priority for most countries. The World Economic Forum recently noted environmental risks to be of high concern in its 2012 global risks assessment, from natural disasters such as irremediable pollution and species overexploitation. The lack of a strong regulatory regime in enforcing existing environmental laws, as well as the absence of a concerted global framework in combating the issue have made environmental crime a more persistent threat, often to the detriment of many local communities. However, despite the proliferation of international and regional environmental agreements, environmental crime is currently one of the most profitable forms of criminal activity. The high profit margins it offers has attracted various organized criminal groups seeking diversification Estimating the scale of environmental crime is problematic, but Interpol estimates that global wildlife crime is worth billions of dollars a year; the World Bank states that illegal logging costs developing countries $15 billion in lost revenue and taxes, and in 2006 up to 14,000 tons of CFCs (chlorofluorocarbons) were smuggled into developing countries. In addition to these clear and present crimes, new types of environmental crime are emerging, such as carbon trade and water management crime.

 

 

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AGENDA TECMUN 2014

Viernes 17 de Octubre 16:00 – 17:00

Registro

17:00 – 18:00

Inauguración

18:00 – 20:00

Primera Sesión

Sábado 18 de Octubre 9:00 – 10:30

Segunda Sesión

10:30 – 11:00

Receso

11:00 – 12:30

Tercera Sesión

12:30 – 13:00

Receso

13:00 – 14:00

Cuarta Sesión

14:00 – 16:00

Comida

16:00 – 18:00

Quinta Sesión

18:00 – 18:30

Receso

18:30 – 20:00

Sexta Sesión

20:00 – 20:30

Votación de “Chaffys”

Domingo 19 de Octubre 9:00 – 11:00

Séptima Sesión

11:00 – 11:30

Receso

11:30 – 13:00

Octava Sesión

13:00 – 14:00

Ceremonia De Clausura

       

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  REGLAS DE PRO CEDIM IENTO

I. Disposiciones Generales Artículo 1 Las reglas son autosuficientes, excepto por modificaciones hechas por la Mesa. Ninguna otra regla de procedimiento es aplicable y cualquier situación no especificada será supervisada por el la Presidencia y posteriormente por el Secretario General. Artículo 2 El idioma oficial para los trabajos de la Comisión será aquel definido por la Presidencia para efectos de la simulación. Dicho idioma deberá ser utilizado en todos los procedimientos formales e informales. Artículo 3 La sesión podrá abrirse cuando al menos una tercera parte de los delegados se encuentren en el recinto. La presencia de dos terceras partes de los miembros es requerida para votar cualquier enmienda o resolución. Por tanto, se procederá a tomar lista al inicio de cada sesión con el motivo de determinar el quórum.

II. Com posición Artículo 4 Todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas podrán participar de la Asamblea General siendo miembros de la misma. Todos los Estados Miembros tendrán un voto equitativo en las cuestiones sustanciales de los trabajos de la Asamblea.

III. Sesiones A. Sesiones Públicas y Privadas Artículo 5 Las sesiones de la Asamblea General y sus Comisiones Principales serán públicas a menos que las mismas decidan, por mayoría calificada y debido a circunstancias excepcionales, reunirse en sesión privada. Artículo 6 Toda decisión tomada por la Asamblea General o sus Comisiones en sesión privada será anunciada en sesión pública. Al final de las sesiones privadas, el Presidente podrá publicar un comunicado por conducto de la Secretaría General.

 

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  B. Debate General y Debate Particular Artículo 7 Cada Comisión realizará en primera instancia un Debate General sobre el tema a tratar y luego un Debate Particular sobre el proyecto de resolución. Artículo 8 Las delegaciones observadoras podrán hacer uso de la palabra, debiendo solicitarlo previamente y por escrito a la Presidencia. Las delegaciones observadoras que tendrán acceso a cada Comisión quedarán a discreción de la Secretaría. a) Podrán hacer uso de las mociones, someterse a interpelación e interpelar al igual que cualquier otro Estado Miembro de la Asamblea General. b) No podrán presentar enmiendas ni avalarlas, así como tampoco podrán avalar los proyectos de resolución. c) No tendrán derecho a voto en cuestiones sustanciales. Artículo 9 Ningún delegado podrá hacer uso de la palabra sin obtener permiso previo de la Presidencia. El Presidente podrá llamar al orden a un delegado en caso de que la argumentación no fuera relevante al tema en discusión, si el delegado excede el tiempo límite establecido por la Presidencia o si sus comentarios son ofensivos para algún delegado o delegación.

IV. Debate General A. Sobre la Agenda Artículo 10 La primera consideración de la comisión será el establecimiento de la agenda. La única moción en orden en este momento será una moción de procedimiento para abrir algún tópico de la agenda. Esta moción deberá ser secundada y es debatible. De votarse en contra dicha moción se abrirá automáticamente el otro tópico. Está a consideración de la mesa, pasar a debatir la apertura de uno u otro tópcio.

B. Sobre la lista de oradores Artículo 11 El comité tendrá en todo momento una Lista de Oradores para el tópico que se esté discutiendo. La lista no será usada cuando otra lista sea abierta para debatir enmiendas y

 

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  resoluciones o para asuntos acerca del procedimiento. Ninguna delegación podrá aparecer 2 veces en la lista de oradores.

Artículo 12 Cualquier delegado podrá, al terminar su discurso: a) Ceder su tiempo a preguntas - El Moderador elegirá a los delegados que plantearán al orador una sola pregunta y su respectiva subsecuente. La pregunta deberá ser acerca del discurso más reciente del orador. La subsecuente deberá estar relacionada a la pregunta original. No será tolerado el establecimiento de diálogo entre delegados. Se seguirán efectuando preguntas hasta que se agote el tiempo cedido en las respuestas. b) Ceder su tiempo restante a otra delegación - El delegado al que se le haya cedido tiempo estará obligado a aceptarlo y no podrá cederlo de nuevo. Se recomienda que haya un acuerdo previo entre los dos delegados. c) Ceder su tiempo restante al Presidente. Deberá anunciar su decisión al terminar su discurso. De no ser así, se dará por supuesto que el tiempo restante es cedido a la Presidencia.

Artículo 13 Sí algún delegado de la Comisión considera que es necesario un mayor número de interpelaciones al orador, éste puede proponer a la Presidencia la realización de una sesión extraordinaria de preguntas. La sesión consistirá de un máximo de cinco interpelaciones al delegado en uso de la palabra. Los delegados que hagan una pregunta podrán hacer una segunda pregunta de seguimiento en caso de no estar satisfechos con la respuesta del delegado en uso de la palabra. El Presidente decidirá sí es relevante conceder la palabra al delegado. Para realizarse la sesión deberá: a) Ser propuesta por un Delegado a la Presidencia y secundada por lo menos por otra delegación. b) Ser aceptada por el delegado en uso de la palabra c) Ser sometida a votación y contar con la aprobación de la mayoría de los delegados.

 

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  C. Cuarto intermedio Artículo 14 El cuarto intermedio es una reunión informal entre delegados donde se permite hablar directamente con los miembros, dentro del comité. Queda estrictamente prohibido abandonar la sala durante un cuarto intermedio, bajo riesgo de amonestación. D. Cuarto intermedio moderado Artículo 15 Un cuarto intermedio moderado es un debate informal en el que el Moderador cederá la palabra a los delegados que lo pidan levantando su placard. Un delegado podrá proponer un cuarto intermedio o un cuarto intermedio moderado siempre y cuando esté abierto el foro, a través de una Moción de Procedimiento. El delegado deberá explicar brevemente el propósito, así como especificar el límite de tiempo de dicho cuarto intermedio, sin que este exceda el tiempo límite de 20 minutos. Esta moción debe ser secundada y sometida a votación, requiriendo una simple mayoría. La Presidencia puede declarar esta moción fuera de orden y su decisión será inapelable. Una extensión del cuarto intermedio o cuarto intermedio moderado sólo podrá ser de una duración menor a la del original. No se aceptará más de una extensión sucesiva de los cuartos intermedios.

VI. Hojas de Trabajo y Proyectos de Resolución A. Cuarto Intermedio Inmoderado Artículo 16 Una hoja de trabajo es un documento no oficial que contiene ideas para la solución de un problema sin tener un formato fijo. Las hojas de trabajo requieren un quinto de las firmas de los delegados presentes y votando, además de la del Presidente del Comité. Para que dicha hoja de trabajo se presente, se requiere que el delegado responsable de la misma proponga una moción de procedimiento para presentarlo; al ser secundada se procederá únicamente a la lectura de este. Artículo 17 Las delegaciones realizarán proyectos de resolución para ser presentados a la Mesa de Aprobación. Los proyectos deberán contar con el aval mínimo de la tercera parte de las delegaciones presentes y votando en la Comisión. Los Estados Miembros sólo podrán dar su aval a un proyecto de resolución por cada tema que se trate.

 

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  Artículo 18 Los anteproyectos de resolución tendrán que estar basados en los aspectos abordados durante el Debate General y las consultas oficiosas. Artículo 19 De los proyectos presentados, la Mesa de Aprobación elegirá uno o más que serán puestos a consideración de los Estados Miembros integrantes de la Comisión, para que sean debatidos un proyecto a la vez. a) La Mesa de Aprobación podrá introducir modificaciones de forma, pero no de contenido, en los proyectos presentados así como en aquellas resoluciones que sean aprobadas por la Comisión. b) Tales modificaciones deberán ser comunicadas a la Comisión para su examen. Artículo 20 En el momento de presentar el proyecto de resolución ante la Mesa de Aprobación, los Estados Miembros que lo avalen le informarán también qué delegación(es) presentarán el Proyecto de Resolución al inicio del Debate Particular.

V. DEBATE PARTICULAR Artículo 21 La Presidencia convocará a tres delegados que pueden pertenecer a una misma delegación o a diferentes delegaciones, para que presenten a discusión el anteproyecto de resolución. Estos delegados dispondrán de tres minutos en total para defender el anteproyecto, luego de lo cual se someterán a cinco interpelaciones. Artículo 22 El Debate Particular podrá tener dos modalidades, debate abierto o debate cerrado. La Presidencia decidirá la modalidad a seguir y podrá cambiarla cuando lo considere necesario. A. Del Debate Abierto Artículo 23 El Presidente guiará el debate otorgando la palabra a mano alzada. En caso de considerarlo necesario, podrá elaborar una lista de oradores.

 

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  B. Del Debate Cerrado Artículo 24 La Presidencia elaborará una lista de oradores a favor del anteproyecto de resolución y otra en contra del mismo, teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional, así como el enriquecimiento del debate. C. De la lista de oradores Artículo 25 Durante el Debate Particular cada orador dispondrá de dos minutos para efectuar un comentario y/o proponer una enmienda. Artículo 26 En caso de proponer una enmienda, ésta será leída por la Presidencia. Artículo 27 Las enmiendas podrán ser suspendidas por la Presidencia sí ésta así lo creyera necesario. Quedará a criterio de la Presidencia reanudar las enmiendas durante el curso del debate. Artículo 28 La delegación en uso de la palabra podrá someterse a una o dos interpelaciones, antes de votar la enmienda que haya propuesto. Artículo 29 La delegación que realice un comentario a favor o en contra del proyecto sin proponer una enmienda, podrá ceder su tiempo restante a otra delegación o a la Presidencia. C. De las enmiendas Artículo 30 La enmienda agrega, borra o modifica partes de una propuesta. Cada delegación podrá remitir un máximo de una enmienda para cada anteproyecto o proyecto de resolución en discusión. Una enmienda no podrá cambiar la esencia original del tema. Artículo 31 Las enmiendas propuestas deberán ser remitidas con anterioridad a la Presidencia, por intermedio de la Mesa de Aprobación, y contar con avales equivalentes al 15% del total de las delegaciones representadas en la Comisión. Este aval representa la intención de debatir la enmienda y no es indicativo de un voto a favor o en contra de la misma. Artículo 32 Podrán incorporarse al anteproyecto de resolución "enmiendas amistosas". Se denominan "enmiendas amistosas" aquellas que cuentan con el aval de todos los Estados Miembros

 

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  que avalaron el anteproyecto en discusión. Las mismas serán incorporadas inmediatamente y sin debate previo. Solo se incorporarán enmiendas amistosas al inicio del Debate Particular. La Presidencia informará la incorporación de éstas al anteproyecto, previa lectura de las mismas ante la comisión correspondiente. Artículo 33 En primera instancia se procederá a la votación informal de la enmienda, la cual será novinculante, obligatoria y no estarán permitidas las abstenciones. Artículo 34 Sí existiese una mayoría calificada a favor o en contra de la enmienda, ésta será aprobada o rechazada dependiendo del caso. Artículo 35 Sí de la votación informal de la enmienda no ha resultado una mayoría calificada, (dos tercios de los presentes) se abrirá un debate cerrado sobre la enmienda. D. Debate Cerrado de la Enmienda Artículo 36 La Presidencia elaborará una lista de oradores a favor de la enmienda y otra en contra de la misma teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional así como el enriquecimiento del debate. Artículo 37 Cada orador dispondrá de un tiempo determinado y anunciado por la Presidencia para efectuar un comentario. Luego podrá someterse a una o dos interpelaciones. Artículo 38 La enmienda será votada formalmente, estarán permitidas las abstenciones. Artículo 39 Si la enmienda obtuviese el voto afirmativo por mayoría calificada, será considerada como aceptada. En este caso, la Mesa de Aprobación se encargará de modificar el proyecto enmendado. E. Votación del Anteproyecto de Resolución en la Comisión. Artículo 40 El Anteproyecto de Resolución será votado en la Comisión correspondiente por mayoría absoluta y con posibilidad de abstenciones a excepción de lo dispuesto en los artículos 44 y 45. Sí obtuviese una mayoría absoluta de votos a favor será aprobado, en caso contrario será rechazado.

 

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  Artículo 41 En caso de considerarlo pertinente, el Presidente podrá permitir a las delegaciones justificar su voto. a) El discurso tendrá un tiempo limitado y anunciado por la Presidencia. b) Las delegaciones pedirán la palabra a mano alzada y la Presidencia los elegirá teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional así como el enriquecimiento del debate.

VI. SESIÓN PLENARIA A. Presentación de Proyectos de Resolución aprobados en Comisiones. Artículo 42 Las Comisiones de la Asamblea General se reunirán en Sesión Plenaria, una vez finalizadas sus actividades, para presentar los proyectos de resolución aprobados y someterlos a la consideración de la totalidad de los Estados Miembros. Artículo 43 Los proyectos de resolución aprobados por las comisiones serán entregados a cada una de las delegaciones integrantes de la Asamblea General. B. Debate Particular. Artículo 44 Solo los Estados Miembros que no integren una determinada Comisión podrán proponer enmiendas, antes de someter el proyecto de esa Comisión a la votación de la Asamblea General. Artículo 45 Para las enmiendas propuestas durante la Sesión Plenaria se aplicarán igualmente el artículo 26 y desde el artículo 29 al 35 de este Reglamento. Artículo 46 Las enmiendas presentadas durante el Sesión Plenaria deberán ser remitidas con anterioridad a la Presidencia, por intermedio de los Consejeros de Procedimientos, y contar con avales equivalentes al 10% del total de las delegaciones representadas en la Asamblea General del Modelo Naciones Unidas. Ese aval representa la intención de debatir la enmienda y no es indicativo de un voto a favor o en contra de la misma.

 

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  C. Votación Formal de la Asamblea General. Artículo 47 Para que la Resolución sea aprobada se requiere una mayoría absoluta de votos a favor, con posibilidad de abstenciones, a excepción de lo dispuesto en los artículos 48 y 49. Artículo 48 Las decisiones de la Asamblea General en cuestiones relativas al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales se tomarán por el voto de una mayoría calificada de los miembros presentes. En esta votación estarán permitidas las abstenciones. Artículo 49 El Secretario General decidirá con arreglo a este reglamento y al Artículo 108 de la Carta de las Naciones Unidas el tipo de mayoría necesaria para que el proyecto de resolución quede aprobado. Artículo 50 En caso de considerarlo pertinente, el Presidente podrá permitir a las delegaciones justificar su voto. a) El discurso tendrá un tiempo limitado y anunciado por la Presidencia. b) Las delegaciones pedirán la palabra a mano alzada y la Presidencia los elegirá teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional así como el enriquecimiento del debate. VII. PRESIDENCIA Artículo 51 Tanto en las Comisiones como en la Sesión Plenaria, tendrá las atribuciones del Presidente todo aquel que esté en ejercicio de la Presidencia. Artículo 52 La Presidencia velará por este reglamento el cual cumplirá y hará cumplir durante las sesiones formales. Moderará las sesiones formales y podrá tomar medidas disciplinarias en el caso de incumplimiento de las normas de conducta. Artículo 53 Otorgará la palabra solamente a quienes lo soliciten teniendo en cuenta la diversidad ideológica y regional de los países que la piden así como el enriquecimiento del debate. Artículo 54 Podrá reducir el tiempo máximo de exposición de las delegaciones durante el debate. Podrá suspender total o parcialmente las interpelaciones, las mociones de orden, de duda parlamentaria y de procedimiento; quedará a criterio de la Presidencia reanudarlas, total o

 

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  parcialmente, durante el curso del debate. Podrá suspender el envío de mensajes a través de los pajes por el tiempo que considere necesario. Artículo 55 Podrá otorgar derechos de réplica en caso de considerarlo pertinente. La duración de los mismos será de un máximo de un minuto. Artículo 56 Podrá otorgar derechos de comentario en caso de considerarlo pertinente. La duración de los mismos quedará a criterio de la Presidencia. Artículo 57 En caso de considerarlo pertinente, convocará a votaciones informales no vinculantes, las cuales tendrán un carácter de orientación. a) Las delegaciones no estarán obligadas a votar, a excepción de la votación informal de la enmienda y la votación informal sobre las mociones de procedimiento. b) La Presidencia anunciará los resultados de la votación de la manera que considere pertinente.

VIII. M OCIONES Artículo 58 Todo delegado podrá hacer uso de las Mociones para pedir que se considere una situación o propuesta durante el desarrollo de las sesiones formales, debiendo expresar el tipo de moción a pedir. Artículo 59 Existen cuatro tipos de mociones: Moción de Orden, Moción de Procedimiento, Moción de Duda Parlamentaria y Moción de Privilegio. A. Moción de Procedimiento Artículo 60 La Moción de Procedimiento podrá utilizarse para proponer una opción al curso normal del debate. a) Para que la Presidencia considere escuchar la Moción de Procedimiento, esta deberá contar con al menos un aval. La delegación que pidió la moción no podrá avalarla. b) La Moción de Procedimiento no podrá interrumpir a ningún delegado ni a la Presidencia cuando se encuentre en uso de la palabra o en el transcurso de un procedimiento. Solo cuando el foro está abierto c) La Presidencia podrá denegar, aceptar o someter a votación la propuesta. En este caso se llamará a una votación informal y obligatoria en la cual no estarán permitidas las

 

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  abstenciones. Sí obtuviese una mayoría calificada a favor, la moción será aceptada. Caso contrario, será rechazada. B. Moción de Orden Artículo 61 La Moción de Orden se utiliza cuando una delegación considera que la presidencia ha cometido un error con respecto a los procedimientos y desea hacerlo notar con el debido respeto. a) La Moción de Orden no podrá interrumpir a ningún delegado cuando se encuentre en uso de la palabra. C. Moción de Privilegio Artículo 62 La Moción de Privilegio se utiliza cuando un delegado se considera afectado o disminuido por una cuestión externa. a) La Moción de Privilegio no podrá ser denegada sin antes haber escuchado la petición. b) Podrá interrumpir tanto a los delegados como a la Presidencia cuando se encuentren en uso de la palabra o en el transcurso de un procedimiento.

D. Moción de Duda Parlamentaria Artículo 63 La Moción de Duda Parlamentaria es un pedido de clarificación del procedimiento que se está llevando a cabo en el Debate a) La Moción de Duda Parlamentaria no podrá interrumpir a ningún delegado cuando se encuentre en uso de la palabra. IX. M AYO RÍAS Artículo 64 Mayoría Calificada.- Representa el voto de dos tercios (66,6%) de los miembros presentes. Artículo 65 Mayoría Absoluta.- Representa el voto del 50% +1 de los miembros presentes. Artículo 66 Mayoría Simple.- Representa un voto más a favor de una determinada postura que en contra de la misma

 

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  RESO LUCIO NES Las resoluciones son las decisiones básicas o declaraciones de postura de los diferentes organismos de las Naciones Unidas. Éstas y las enmiendas, constituyen la base de cualquier debate o consulta entre países. Pueden ser presentadas por uno o varios países. Una vez que las resoluciones sean aprobadas, éstas manifiestan la política del comité u otro organismo de la ONU. En general, las resoluciones manifiestan la política de los países y pueden incluir tratados, declaraciones o convenciones. Pueden ser expresadas en forma general o dirigidas a organismos o países específicos. Pueden condenar las acciones de un país, hacer un llamado colectivo o, como en el caso del Consejo de Seguridad, pueden exigir sanciones militares o económicas. Las enmiendas pueden ser adiciones, cambios o supresiones de las resoluciones. Las copias finales de las resoluciones deben ser discutidas y redactadas en bloques o en grupos. Presentar resoluciones o enmiendas que tomen en cuenta varias posturas sobre un punto ayuda a los delegados a dar mejor curso a los asuntos en el comité y facilita su aprobación. Un consenso amplio ayuda a asegurar que tanto una enmienda como una resolución sean aprobadas. Es aconsejable que las resoluciones sean lo más realistas posibles. Después de que sea escrita por quien la propone, la resolución debe estar dividida en dos partes: una parte introductoria y otra operativa. La parte introductoria intenta justificar las acciones que se van a tomar. Generalmente denota acciones autorizadas en la carta de las Naciones Unidas o puede referirse a resoluciones aprobadas anteriormente. También hace declaraciones acerca de los propósitos (u objetivos) para tomar una acción determinada. La parte operativa es la porción que manifiesta las acciones que se llevarán a cabo. Cada oración debe comenzar con un verbo y debe ser una idea desglosada en orden lógico y progresivo. En ningún caso deben ser declaraciones o pensamientos que no tengan relación entre sí. Deben tratar únicamente con un aspecto del problema. Cada renglón de la resolución debe estar enumerado. Una resolución bien escrita presenta: 1. Familiaridad con el problema: antecedentes relevantes y acciones previas citadas. 2. Claridad en los asuntos: los argumentos del tópico deben estar especificados. 3. Debe ser concisa: cada cláusula y cada frase deben tener un propósito. 4. Buena presentación: es conveniente evitar las faltas de ortografía y un formato inadecuado. Una resolución debe seguir el siguiente formato: 1. El encabezado debe estar centrado y con mayúsculas, en la parte superior de la página con el nombre 2. En el margen izquierdo y cuatro líneas abajo del encabezado debe estar escrito: a) Tópico: discutido a la par de la resolución b) Comité: que la considera

 

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  c) Firmas de los países que hicieron y/ o que están de acuerdo en discutir la resolución. 3. Las frases introductorias y operativas deben estar subrayadas.

EJEM PLO DE RESO LUCIÓ N RESOLUCIÓN A-1 TRÁFICO DE ARMAS CONVENCIONALES

Tópico: Tráfico de armas convencionales Comité: Consejo de Seguridad 1) Conscientes de que el tráfico de armas representa un peligro para la paz, 2) 3) advirtiendo la necesidad de una seguridad mundial, 4) 5) profundamente preocupados de su aumento cada vez más preocupante y 6) 7) teniendo en mente los intereses de la comunidad mundial y todos los puntos 8) consecuentes de la erradicación del tráfico tanto clandestino como legal; 9) 10) Proponemos los siguientes puntos: 11) 12) 1. Aprobar la formación de una organización bajo el mandato de las Naciones Unidas 13) que controle la compra y venta de armas convencionales bajo un Impuesto de acuerdo 14) a la economía de cada país cuyo fin sea un fondo internacional que se ocupe de 15) fomentar el desarrollo de la UNICEF y otros organismos, 16) 17) 2. Incitamos a que bajo dicho organismo se establezcan normas que reduzcan el 18) porcentaje de armas, de modo que no afecte severamente la economía del país 19) reduciéndolas a un porcentaje considerable, 20) 21) 3. Reafirma que se tenga severo control aduanal de las diferentes fronteras, 22) 23) 4. Designa que en cada país productor de armas se establezcan normas que regulen 24) la producción de las industrias privadas y erradicar totalmente las industrias 25) clandestinas: legalizando y controlando dichas armas bajo el ministerio de defensa de 26) cada país, 27) 28) 5. Hace hincapié en una limitación en la venta de armamento para evitar la 29) militarización con intereses ajenos a la carta de las Naciones Unidas, 30) 31) 6. Declarando que si no son cumplidas estas normas se llevará a cabo un embargo 32) armamentista y, en su defecto, un embargo económico.

 

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  PALABRAS Y FRASES PREAM BULATO RIAS Además lamentando Además recordando Advirtiendo además Expresando su satisfacción Guiados por Habiendo adoptado Habiendo considerado Habiendo examinado Habiendo prestado atención a Habiendo oído Habiendo recibido Observando Observando con aprecio Plenamente alarmado Plenamente conscientes de Profundamente arrepentidos de Profundamente conscientes de Profundamente convencidos de Profundamente molestos Profundamente preocupados Reafirmando Recordando Refiriéndose

Teniendo en mente Tomando en cuenta que Advirtiendo con aprobación Advirtiendo con pesar Advirtiendo con preocupación Advirtiendo con satisfacción Afirmando Alarmados por Buscando Conscientes de Considerando Contemplando que Convencidos Creyendo plenamente Creyendo que Dando la bienvenida Dándonos cuenta que Declarando Deseando Enfatizando Esperando Expresando su aprecio

PALABRAS Y FRASES O PERATIVAS

Acepta Expresa su aprecio Además invita Expresa su deseo Además proclama Felicita Además recomienda Finalmente condena Además recuerda Ha resuelto Además resuelve Hace hincapié Afirma Hace un llamado a Alienta Incita Apoya Lamenta

Aprueba Llama la atención Autoriza Nota Condena Proclama Confía Reafirma Confirma Recomienda Considera Recuerda Declara Respalda Designa Solemnemente afirma Exhorta Toma en cuenta transmite

         

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EJEMPLO DE POSICIÓN OFICIAL

[-Página 1. Introductoria -] Nombre: Juan Sebastián Ávila Victoria Comité: Comisión de Derechos Humanos País: Estados Unidos Mexicanos

Área total: Límites territoriales: Costas: Población: Distribución Étnica: Religión(es): Idioma(s): Sistema de Gobierno: Sistema Legal: Forma de elección de gobernantes o dirigentes: Miembro de: Moneda:

 

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[-Página 2. Postura con respecto al Tópico A -] Nombre: Juan Sebastián Ávila Victoria Comité: Comisión de Derechos Humanos País: Estados Unidos Mexicanos Tópico: Derechos Civiles de los Homosexuales ¿Qué es un homosexual? Un homosexual puede definirse como una persona que se siente atraída sexualmente por personas de su mismo sexo. Como puede constatarse en esta definición, un homosexual no es más ni menos persona que aquel individuo heterosexual; y al ser tratado como persona no sólo merece sino que se hace acreedora desde su nacimiento a la protección de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, así como al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y otras Declaraciones y Convenciones que los protegen. Los homosexuales, son, así, personas en lo que lo único que los distingue son sus preferencias sexuales, y que tienen la plena protección de los tratados y convenciones, aunque muchas veces no se respeten. México considera necesario, no sólo el llevar a cabo una resolución, sino todo un programa estructurado encaminado a educar a las autoridades acerca de la importancia que tiene el proteger a esta minoría con respecto a aquellos individuos que por razones o circunstancias políticas, sociales o culturales discriminen a los homosexuales, ya que hay que recordar que todas las personas gozan de igualdad jurídica, igualdad laboral y libertad de expresión, cosas que muchas veces le son negadas a los homosexuales por el simple hecho de no comulgar con las preferencias sexuales de la mayoría de la gente. Sin embargo, como personas, los homosexuales además de ser amparados por toda una serie de tratados, deben tener algunas responsabilidades específicas, como es la de no interferir con la preferencia sexual de otro individuo, ni ver este la homosexualidad como algo normal, ya que todos estamos conscientes de que el homosexualismo es una desviación y anormalidad en las personas, pero la cual no quiere decir que no se les respeten sus derechos inherentes. Así pues, Los Estados Unidos Mexicanos propone el realizar una resolución en el que se haga respetar los tratados vigentes hacia los homosexuales, y delimitar, en caso de que haya, los derechos específicos que tienen los homosexuales, sin que ello interfiera con el buen desarrollo de las demás personas. México también propone una campaña masiva de concienciación a los mandos policíacos de cada gobierno que firme la resolución, para quitar ese prejuicio que durante muchos años se ha tenido acerca de los homosexuales y que como consecuencia han tenido repercusiones graves en el trato de éstos ante la ley.

 

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[-Página 3. Postura con respecto al Tópico B -] Nombre: Juan Sebastián Ávila Victoria Comité: Comisión de Derechos Humanos País: Estados Unidos Mexicanos Tópico: La Tortura y Otros Tratos o Penas Degradantes -TEXTO-

 

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