SUPERVISION BANCARIA QUE SIGNIFICA Y HACIA DONDE PRETENDEMOS AVANZAR

SUPERVISION BANCARIA QUE SIGNIFICA Y HACIA DONDE PRETENDEMOS AVANZAR ¿QUIEN ESTA SUJETO A SUPERVISION? • TODA AQUELLA ENTIDAD O GRUPO FINANCIERO QUE...
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SUPERVISION BANCARIA QUE SIGNIFICA Y HACIA DONDE PRETENDEMOS AVANZAR

¿QUIEN ESTA SUJETO A SUPERVISION? • TODA AQUELLA ENTIDAD O GRUPO FINANCIERO QUE ACTUE COMO INTERMEDIARIO FINANCIERO O SEA QUE CAPTE RECURSOS DEL PUBLICO Y LOS USE PARA INVERSIONES O PRESTAMOS

¿CUAL ES EL PROPOSITO DE LA SUPERVISION?

• PROTECCION AL INVERSIONISTA

¿POR QUE PROTECCION? • Porque los intermediarios financieros asumen riesgos con los dineros que captan, por lo que debemos asegurarnos que los riesgos tomados no ponen en peligro la devolución de los recursos captados del publico.

¿QUE TIPO DE RIESGOS ASUMEN LOS INTERMEDIARIOS? • • • • • •

Riesgo de crédito Riesgo de operación Riesgo de tasa de interés Riesgo de tipo de cambio Riesgo de suficiencia patrimonial Riesgo de solvencia o liquidez

¿COMO SE LLEVA A CABO LA SUPERVISION? • La supervisión se basa en una serie de “normativas prudenciales” que dan una indicación de cómo se están manejando los riesgos. • El asumir riesgos no es inconveniente en el tanto se cuente con las provisiones necesarias para poder asumir una pérdida sin hacer peligrar la estabilidad de la institución.

RIESGO DE CREDITO • El riesgo de crédito es el que se asume cuando una entidad, con recursos captados del público, financia la operación o el negocio de una persona o empresa existiendo el riesgo de no repago.

¿COMO SE MIDE EL RIESGO DE CREDITO? • El riesgo de crédito se mide por medio de la normativa conocida como la SUGEF 105 (Reglamento para la calificación de deudores) • Esta normativa fija los parámetros para calificar el riesgo de cada cliente con el propósito de fijar el monto de las provisiones necesarias para hacerle frente a ese riesgo.

¿QUE SON PROVISIONES? • Provisiones son reservas que la entidad realiza para la eventualidad que el cliente no pague. • Esa provisiones van desde un 0.5% del crédito hasta el 100% del monto del crédito dependiendo de una serie de parámetros que miden el riesgo.

¿QUE FACTORES CONSIDERA LA SUGEF 1-05? • 1.) Capacidad de pago de los deudores – a. Situación financiera y flujos de efectivo – b. Experiencia en el giro del negocio y calidad de la administración. – c. Entorno empresarial – d. Vulnerabilidad a cambios en tasa o tipo de cambio – e. Otros factores

¿QUE FACTORES CONSIDERA LA SUGEF 1-05? (Cont..) • 2.) Comportamiento de pago histórico – Este es un requisito nuevo basado en un historial de pago que se mantiene en el Centro de Información Crediticia (CIC) que maneja la SUGEF. – Pretende evitar que los malos pagadores en un banco se trasladen a otro.

¿QUE FACTORES CONSIDERA LA SUGEF 1-05? (Cont..) • 3) Tipo de facilidad crediticia otorgada – Línea de crédito – Crédito específico – Tarjeta de crédito 4) Uso de la facilidad de crédito Verificación que se han cumplido con las condiciones pactadas de plazo y pagos Verificación que no se readecua una operación para esconder morosidad.

¿QUE FACTORES CONSIDERA LA SUGEF 1-05? (Cont..) • 5.) Garantía – Qué tipo de garantía se ha otorgado, hipotecaria, prendaria, fiduciaria, etc. – Si es una garantía real y cubre el 100% del monto del crédito no requiere provisión excepto que la propiedad no pueda ser vendida en 2 años en cuyo caso debe aprovisionar el 100%

CATEGORIAS DE RIESGO • CATEGORIA • • • • • • • •

A1 A2 B1 B2 C1 C2 D E

PROVISION 0.5% 2.0% 5.0% 10.0% 25.0% 50.0% 75.0% 100.0%

MEDICION DE LA SITUACION FINANCIERA DE LOS INTERMEDIARIOS • Medición de la situación económica financiera de las entidades supervisadas incluye los riesgos de solvencia, liquidez, tasas de interés, tipo de cambio, crédito y operación se lleva a cabo por medio de la normativa SUGEF 24-00

SUGEF 24-00 • Esta normativa otorga una calificación numérica conocida como CAMELS • C Capital • A Activos • M Manejo o gestión • E Evaluación de rendimiento • L Liquidez • S Sensibilidad a riesgos mercado

PRINCIPALES ELEMENTOS EN SUGEF 24-00 • • • • • • •

1. Compromiso patrimonial 2. Pérdida esperada de crédito 3. Eficiencia del activo y de la operación 4. Rendimiento o utilidad 5. Calce de plazos 6. Riesgo cambiario y de tasa de interés LA NOTA CAMELS ES CONFIDENCIAL

SUFICIENCIA PATRIMONIAL • Define el monto de capital (Patrimonio) necesario para operar los riesgos identificados. • Fija porcentaje de riesgo a cada uno de los activos y no a los pasivos • El monto mínimo de suficiencia patrimonial es de un 10% de la totalidad de los activos de riesgo

OTROS RIESGOS • Dentro del concepto de protección al inversionista los riesgos se presentan no solo en la entidad supervisada sino en la totalidad de las operaciones de las empresas integrantes del grupo financiero.

GRUPOS FINANCIEROS • Son conglomerados financieros que operan bancos, puestos de bolsa, arrendadoras, operadoras de fondos de inversión, operadoras de fondos de pensiones, empresas de tarjetas de crédito y empresas de factoraje. Algunas de estas pueden ser empresas individuales o como departamentos de los bancos.

SUPERVISION CONSOLIDADA • Supervisión consolidada la definen los acuerdos de Basilea como el acceso global que los supervisores deben tener a la totalidad de la información del grupo financiero a fin de tener una medición consolidada de todos los riesgos.

¿QUE ES BASILEA? • Los acuerdos de Basilea son parámetros fijados por los cuerpos supervisores de los países desarrollados que han sido tomados como base desde 1980 • Basilea I se inició a finales de los años 70 y Basilea II a principio del 2004

¿QUE AREAS DE BASILEA CUBRE COSTA RICA? • Costa Rica incorporó los conceptos de Basilea I a su normativa y está incorporando los de Basilea II. • Costa Rica requiere reforma legislativa a la LOBCCR para poder dar cumplimiento a los acuerdos de Basilea II y llevar a cabo una adecuada supervisión consolidada.

¿QUE CAMBIOS PROPONE LA REFORMA LEGISLATIVA? • 1. SUPERVISION CONSOLIDADA • La reforma propone la autoridad a la SUGEF para tener acceso a TODA la información de los grupos financieros incluidos los bancos offshore y las empresas subsidiarias no sujetas a supervisión en la actualidad (Arrendadoras)

¿QUE CAMBIOS PROPONE LA REFORMA LEGISLATIVA? • 2. PROTECCION A SUPERVISORES. • Se pretende crear un sistema que no permita impunidad pero que el mismo tiempo proteja las decisiones de los supervisores. Esta protección se logra exigiendo que toda demanda deba ser contra el BCCR y que toda medida precautoria contra los supervisores deba ser refrendada por la Sala III

¿QUE CAMBIOS PROPONE LA REFORMA LEGISLATIVA? • 3. SANCIONES PECUNIARIAS • Se establecen sanciones pecuniarias por diferentes faltas en el manejo de los grupos financieros. Estas se dividen en muy graves, graves y leves. Se establecen otras penalidades para la alteración de información contable financiera.

¿QUE CAMBIOS PROPONE LA REFORMA LEGISLATIVA? • 4. MEJORA EN LAS FACUTADES DEL SUPERVISOR. • Se llenan algunos vacíos de la actual legislación para otorgar facultades al supervisor para controlar la calidad de la información que se brinda a los inversionistas así como para exigir el cese de actividades ilegales

¿QUE CAMBIOS PROPONE LA REFORMA LEGISLATIVA? • 5. GRUPOS FINANCIEROS • Se establece la obligación de aprobación para fusiones y cambio significativo de propiedad de los grupos financieros. Se establecen las obligaciones de las controladoras garantizando la entrega de información, incluida la de los entes del exterior, que permita verdadera supervisión consolidada.

• MUCHAS GRACIAS !