Sistema electoral y reforma electoral en el Ecuador 2011

Sistema electoral y reforma electoral en el Ecuador 2011 Richard Ortiz Ortiz Toda discusión razonable comienza con conceptos claros, especialmente c...
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Sistema electoral y reforma electoral en el Ecuador 2011

Richard Ortiz Ortiz Toda discusión razonable comienza con conceptos claros, especialmente cuando el debate se refiere al sistema electoral, sus componentes y efectos políticos. Para esa discusión se requiere de un conocimiento teórico y técnico preciso. Más aún, si se considera que el sistema electoral es el más sensible de los elementos institucionales en las democracias modernas, en razón de sus efectos sobre la representación política, el sistema de partidos y el funcionamiento del sistema político. Desde el regreso a la democracia (1978-1979), la reforma electoral está caracterizada por su falta de coherencia y por el imperio de intereses coyunturales. Casi nunca se han considerado criterios como la gobernabilidad y la responsabilidad compartida entre ejecutivo y legislativo. El presente documento pretende: (I) proporcionar algunos elementos conceptuales sobre los sistemas electorales, (II) definir criterios de evaluación de los posibles efectos teóricos de los componentes institucionales de los sistemas electorales, y (III) analizar brevemente las propuestas de reforma. Para este estudio nos limitaremos al sistema electoral legislativo a nivel nacional (para la Asamblea Nacional).

I.

La gramática de los sistemas electorales

A.

¿Qué es un sistema electoral?

Un sistema electoral es un conjunto de disposiciones normativas sobre diversos elementos que se relacionan entre sí (sistema) y que establecen como se eligen cargos públicos (electoral). El sistema electoral, por tanto, regula básicamente dos cosas: 1. El modo como los ciudadanos expresan su preferencia política (votan) por un candidato o partido; y, 2. Como (mediante qué cálculo) esos votos se transforman en un cargo público; por ejemplo, Presidente de la República o Asambleísta. B.

¿Qué son los principios de representación?

Los constitucionalistas y politólogos han discutido también sobre los criterios de clasificación de los sistemas electorales, y sobre qué diferencia la representación proporcional de la representación mayoritaria. El criterio dominante en la discusión es el principio de representación, es decir, cuál es la decisión política de una sociedad para configurar su representación. Esta decisión se fundamenta en experiencias históricas, en consideraciones político-ideológicas, democráticas y político-pragmáticas. 

Doctor en Jurisprudencia, Universidad Católica del Ecuador; estudios de Ciencia Política, Derecho Público y Sociología, Universidad de Heidelberg, Alemania; Doctor en Ciencia Política, Universidad de Heidelberg, Alemania; y, candidato a doctor en Derecho Parlamentario, Elecciones y Estudios Legislativos, Universidad Complutense de Madrid, España. Página 1 de 9

El principio de representación proporcional tiene como objetivo principal reflejar en la asamblea legislativa la diversidad política y social. El cuerpo legislativo debe ser un espejo de la sociedad. En esta decisión es importante que la mayor parte posible de grupos políticamente relevantes alcancen representación parlamentaria. Se dirá que un sistema es proporcional si la diversidad a nivel de la representación de la asamblea se compadece con la pluralidad política, social y étnica. Ello no impide que el sistema electoral integre elementos que contribuyan racionalmente a estructurar la representación y aumenten la efectividad del sistema. El principio de representación mayoritaria, en cambio, concentra su atención en el gobierno efectivo. Este principio traduce la decisión política de permitir un gobierno mayoritario o con un sólido apoyo parlamentario. La función de representación pasa a segundo plano, y se argumenta que el elector debe tener la oportunidad de tomar una decisión clara y dotar al gobierno del suficiente apoyo político para llevar a cabo su plan de gobierno. El Ecuador se ha decidido por un sistema electoral proporcional (art. 116 de la Constitución). Sin embargo, frente a la proporcionalidad hay varios componentes del sistema electoral que producen efectos contradictorios, como la circunscripción electoral y el voto personalizado. C.

¿Cuáles son los componentes de los sistemas electorales?

Los sistemas electorales son un complejo de mecanismos institucionales que comprenden: (1) la forma de voto, (2) la forma de lista, (3) el tipo y tamaño de circunscripción, (4) la barrera legal y (5) la fórmula de conversión de votos en escaños. Veamos cada uno de ellos: 1. La forma de voto: Está estrechamente relacionada con la forma de lista, y los extremos son entre el voto por un candidato (personalizado) o el voto por una lista de partido (programático). Hay formas combinadas como sistemas con votos preferenciales dentro de la lista. En el Ecuador, la forma de voto es por un candidato, voto personalizado (art. 120 del Código de la Democracia).1 2. La forma de lista: Se refiere solo para elecciones plurinominales, es decir, cuando se eligen más de un candidato en la misma lista. Puede ser (a) cerrada y bloqueada, (b) cerradas y no bloqueada, y (c) abiertas; es decir: a) Lista cerrada y bloqueada: El elector tiene un solo voto para elegir toda la lista en su conjunto, estructurada previamente por un partido o movimiento político. b) Lista cerrada y no bloqueada: El elector tiene por lo menos dos votos, uno para la lista entera y otro para uno de los candidatos dentro de la lista (voto preferencial), pueden haber más de uno voto preferencial. c) Lista abierta: El elector tiene tantos votos como candidatos, y puede seleccionar sus candidatos dentro de una lista o entre listas. Los partidos o movimientos solo preestructuran las listas. En el Ecuador, la forma de lista es abierta (art. 120 del Código de la Democracia). 3. La circunscripción electoral: Junto a la fórmula de conversión de votos en escaños, es el elemento más relevante de un sistema electoral. Y, para el Ecuador, hay que considerar dos aspectos: a) El tipo: La circunscripción electoral puede ser (art. 118 de Constitución; 150 del 1

La denominación completa de este cuerpo normativo es “Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia”; fue publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 578 de 27 de abril de 2009. Página 2 de 9

Código de la Democracia): i) Nacional, en la cual todo el territorio nacional es una sola unidad en la que se eligen 15 Asambleístas. ii) Regional, en la cual las regiones legalmente constituidas eligen dos Asambleístas. iii) Provincial, en la cual cada una de las 24 provincias elige por lo menos dos representantes y uno adicional por cada 200.000 habitantes o fracción que supere los 150.000, conforme al último censo nacional de población. iv) Metropolitano, en la cual cada distrito metropolitano legalmente constituido elige por lo menos dos representantes y uno adicional por cada 200.000 habitantes o fracción que supere los 150.000, conforme al último censo nacional de población. v) Subprovincial y submetropolitana, que, según el artículo 150 del Código de la Democracia, se forman con la división de los distritos provinciales y metropolitanos de la siguiente manera: - Las circunscripciones de 8 a 12 se dividirán para 2. - Las circunscripciones de 13 a 18 se dividirán para 3. - Las circunscripciones de 19 o más se dividirán para 4. vi) Especial del exterior, que son tres, una conformada por Europa, Oceanía y Asia, otra por Canadá y Estados Unidos, y la tercera por América Latina, el Caribe y África. Cada una elige dos representantes a la Asamblea Nacional. Según el último Censo Nacional, llevado a cabo el 28 de noviembre de 2010, el Ecuador tiene la cifra oficial de 14.483.499 habitantes. Habría que volver a determinar el número de asambleístas por provincia. b) Tamaño: No se refiere a la extensión territorial, sino al número de escaños que se adjudican en la circunscripción. Se clasifican en: i) Circunscripciones uninominales: Se elige un solo candidato en cada distrito electoral; son típicas de los sistemas de mayoría (Inglaterra). ii) Plurinominales: Se elige más de un candidato en cada circunscripción; y a su vez, se clasifican en: (1) Pequeñas: de 2-5 escaños; (2) Medianas: de 6-10; y, (3) Grandes: más de diez. El tamaño de la circunscripción es decisivo para los efectos proporcionales de un sistema electoral; mientras más pequeña es la circunscripción menos proporcionalidad. En el Ecuador, tendremos circunscripciones electorales provinciales desde 2 escaños hasta 7. Ya no existirán circunscripciones mayores a 7 escaños. En consecuencia, habrá más circunscripciones pequeñas (entre 2 y 5) que medianas o grandes. 4. La barrera legal: Es un mandato legal que establece un cierto porcentaje del total de los votos válidos como condición para que un partido o movimiento participe en la repartición de escaños. Es uno de los instrumentos institucionales más efectivos para estructurar el sistema de partidos y disminuir la excesiva fragmentación de la representación política en el legislativo. En el Ecuador no se cuenta con una barrera legal de representación.

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5. Fórmula de conversión de votos en escaños: Es el mecanismo mediante el cual después del conteo de votos se adjudican los escaños a cada partido. Hay que distinguir entre: a) La regla de decisión: Es el criterio que decide quién gana, y puede ser: i) Regla de mayoría: Que a su vez se subdivide en (1) mayoría relativa, gana quien obtiene la mayoría simple de votos (first past the post); y, (2) mayoría absoluta, gana quién obtiene la mitad más uno del total de votos; generalmente, ésta última está complementada con una segunda vuelta (ballotage), pues ningún partido alcanza en la primera vuelta la mayoría exigida. ii) Regla de proporcionalidad: Gana quien ha alcanzada cierto porcentaje en relación al total de los votos alcanzados y al tamaño de la circunscripción. Para este cálculo hay una multiplicidad de procedimientos. Los dos tipos más importantes son los (1) de divisor y los (2) de cociente. b) Procedimientos de cálculo: Se aplican en sistemas electorales que emplean reglas de proporcionalidad en la adjudicación de escaños. Como ya se indicó son de dos clases: i) De divisor: Se caracterizan por dividir, a través de distintos divisores, los totales de los votos obtenidos por los diferentes partidos. El procedimiento más conocido de este tipo es el método d’Hondt, cuyos divisores son: 1, 2, 3, 4, 5, etc. Se adjudican los escaños a los partidos que obtienen los cocientes más altos. Por ejemplo, si tenemos 6 partidos y 15 escaños a repartir, los votos de cada partido se dividen para 1, para 2, para 3, para 4 y así sucesivamente; los escaños se adjudican a los partidos que han obtenido los más altos cocientes. La ventaja del método d’Hondt es que permite realizar la adjudicación de escaños con un solo cálculo. Tabla 1: Método d’Hondt Partidos

Total votos válidos por partido

PAÍS

PSP

PSC

PRIAN

PRE

MPD

1.662.597 (52,0%)

539.092 (16,9%)

492.612 (15,4%)

209.705 (6,6%)

149.023 (4,7%)

146.729 (4,6%)

539.092,00 (4)

492.612,00 (5)

209.705,00 (12)

149.023,00

146.729,00

dividido para 1

1.662.597,00 (1)

dividido para 2

831.298,50 (2)

269.546,00 (9)

246.306,00 (10)

104.852,50

74.511,50

73.364,50

dividido para 3

554.199,00 (3)

179.697,33 (15)

164.204,00

69.901,67

49.674,33

48.909,67

dividido para 4

415.649,25 (6)

134.773,00

123.153,00

52.426,25

37.255,75

36.682,25

dividido para 5

332.519,40 (7)

107.818,40

98.522,40

41.941,00

29.804,60

29.345,80

dividido para 6

277.099,50 (8)

89.848,67

82.102,00

34.950,83

24.837,17

24.454,83

dividido para 7

237.513,86 (11)

77.013,14

70.373,14

29.957,86

21.289,00

20.961,29

dividido para 8

207.824,63 (13)

67.386,50

61.576,50

26.213,13

18.627,88

18.341,13

dividido para 9

184.733,00 (14)

59.899,11

54.734,67

23.300,56

16.558,11

16.303,22

dividido para 10

166.259,70

53.909,20

49.261,20

20.970,50

14.902,30

14.672,90

dividido para 11

151.145,18

49.008,36

44.782,91

19.064,09

13.547,55

13.339,00

dividido para 12

138.549,75

44.924,33

41.051,00

17.475,42

12.418,58

12.227,42

dividido para 13

127.892,08

41.468,62

37.893,23

16.131,15

11.463,31

11.286,85

dividido para 14

118.756,93

38.506,57

35.186,57

14.978,93

10.644,50

10.480,64

dividido para 15

110.839,80

35.939,47

32.840,80

13.980,33

9.934,87

9.781,93

Total escaños por partido

9 (60,0%)

3 (20,0%)

2 (13,3%)

1 (6,7%)

0 (0,0%)

0 (0,0%)

Total de votos válidos

3.199.758 (100%)

Total de escaños 15 (100%)

Fuente: http://app.cne.gov.ec/resultados2009/. Nota: Por razones ilustrativas, se calculan solo votos de lista y los 6 partidos más votados de las elecciones para asambleístas nacionales 2009. Los 15 cocientes más altos están marcados con negrillas, y el número entre paréntesis los ordena de mayor a menor y determinan el orden de adjudicación de los 15 escaños.

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La Tabla 1 recoge un ejemplo de la aplicación del método d’Hondt. Se puede observar que este método aunque es proporcional, favorece a los partidos más votados: 2 de los 6 partidos queda sin representación, y el partido más votado obtiene el 60% de los escaños con solo el 52% del total de votos. ii) De cociente: Establece una cuota mínima de votos para obtener un escaño, que puede ser el producto de los votos válidos de una circunscripción dividido para el número de escaños a adjudicarse en ese distrito electoral. El total de escaños que corresponde a un determinado partido es igual al número de votos obtenidos por el partido dividido para la cifra repartidora. El procedimiento más conocido de este tipo es el método Hare. La 2 Tabla recoge un ejemplo de la aplicación de este método con 6 partidos y 15 escaños a repartir. Tabla 2: Método Hare Partidos

Total de votos válidos PAÍS

PSP

PSC

PRIAN

PRE

MPD

Votos válidos por partido

1.662.597 (52,0%)

539.092 (16,9%)

492.612 (15,4%)

209.705 (6,6%)

149.023 (4,7%)

146.729 (4,6%)

dividido para 213.317,20

7,7940

2,5272

2,3093

0,9831

0,6986

0,6878

7

2

2

0

0

0

0,7940

0,5272

0,3093

0,9831

0,6986

0,6878

1 (1)

1 (3)

3.199.758 (100%)

dividido para el número de escaños (15)

213.317,20 (cociente distribuidor)

Escaños según números enteros Resto mayor Escaños según resto mayor Total escaños por partido

1 (2) 8 (53,3%)

2 (13,3%)

2 (13,3%)

1 (6,7%)

1 (6,7%)

1 (4) 1 (6,7%)

Fuente: http://app.cne.gov.ec/resultados2009/. Nota: Por razones ilustrativas, se calculan solo votos de lista y los 6 partidos más votados de las elecciones para asambleístas nacionales 2009.

Si se compara la Tabla 1 y la Tabla 2, fácilmente se puede comprobar que el método Hare es más proporcional y favorece a los partidos menos votados: el partido más votado obtiene el 53,3% de los escaños con el 52% del total de los votos válidos, y todos los 6 partidos alcanzan representación parlamentaria. Actualmente en el Ecuador, se emplea el método Hare, pero con la particularidad de las listas abiertas y el voto personalizado (art. 164 del Código de la Democracia). D.

¿Cuáles son las funciones que cumplen los sistemas electorales?

Para la evaluación de la reforma electoral y sus efectos, es útil distinguir que los sistemas electorales y sus componentes cumplen por lo menos tres funciones: 1. Representación: Se mide en función de la capacidad del sistema para reflejar a nivel parlamentario las diversas tendencias políticas, los grupos sociales y minorías (representación sociológica). Se dice que un sistema electoral cumple mejor la función de representación cuando la composición parlamentaria se acerca a la diversidad política y social de un país. El otro criterio es la relación simétrica entre votos y escaños, es decir, que a cierta cantidad de votos de un partido, le corresponde una cantidad proporcional de escaños. 2. Efectividad: En general, la efectividad se refiere a la velocidad en la que el sistema permite que se tomen decisiones. Un sistema electoral es más efectivo si permite la generación de mayorías parlamentarias y concordantes; si incentiva la formación de coaliciones electorales; si provoca la concentración de fuerzas políticas; y, por tanto, reduce la fragmentación de la representación a nivel parlamentario. 3. Participación: En los sistemas electorales, se refiere a la relación votante-candidato. Página 5 de 9

Mientras más estrecha es esta relación, se cumple en mayor grado con la función de participación. La disyuntiva es entre el voto por un candidato o por una lista. El elector tiene mayor influencia y control en el candidato si puede elegirlo directamente (voto personalizado). El Ecuador ha maximizado esta función con el voto múltiple personalizado, mediante el cual el elector puede elegir uno por uno a los asambleístas y de una lista y entre listas.

II.

¿Cómo se evalúan los sistemas electorales?

Los principales criterios para evaluar los sistemas electorales son: 1. Los parámetros constitucionales sobre el sistema electoral y el modelo democrático. 2. El principio de representación, que en el caso del Ecuador es proporcional; por tanto, el resultado en conjunto del sistema electoral debe respetar en cierto grado la proporcionalidad entre votos y escaños. A más de estos dos parámetros, se pueden considerar cada uno de los componentes del sistema electoral, analizando el grado en que cumplen cada una de las funciones antes descritas. Empecemos con las dos grandes categorías de sistemas electorales: Representación

Efectividad

Participación

Representación proporcional

+





Representación mayoritaria



+

+

Sobre algunos elementos del sistema electoral: Componentes individuales

Representación

Efectividad

Participación

Simultaneidad



+

=

Mayor número de escaños

+

=

=

Mayor tamaño de distritos

+



=

Personalización del voto

=

=

+

Listas semi-abiertas

=

=

+

Barreras legales



+

=

Fórmula D’Hondt en lugar de Hare



+

=

Nota: el signo + significa que en términos teóricos cumple con mayor propiedad determinada función; y, el signo , con menor intensidad una función específica.

A breves rasgos, el sistema electoral ecuatoriano puede ser descrito como un sistema plurinominal personalizado con voto múltiple; y, según la tres funciones, presenta las siguientes características: Sistema plurinominal personalizado con voto múltiple

Representación

Efectividad

Participación







Claramente el sistema electoral ecuatoriano maximiza con el voto personalizado la función de participación (++), y descuida las funciones de representación y efectividad.

III.

Aspectos de la discusión sobre la reforma electoral en el Ecuador

Sobre la discusión actual de la reforma electoral 2011, son relevantes los siguientes aspectos y

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su evaluación técnica y política:2 A.

El grado de simultaneidad entre elecciones presidenciales y parlamentarias

Los sistemas de gobierno presidenciales se distinguen –entre otras cosas de los sistemas parlamentarios por la elección directa y separada del jefe de gobierno (que a la vez es jefe de Estado) y de los miembros del cuerpo legislativo. La posición institucional y rol del Presidente en el sistema político hacen que la elección presidencial tenga una influencia importante en las elecciones parlamentarias; por ello, el grado de simultaneidad entre ambas elecciones puede tener efectos importantes en la concordancia de mayorías entre el ejecutivo y legislativo. La mayoría de politólogos coinciden en que en un sistema de división de poderes (presidencialismo), es deseable, para el funcionamiento del sistema, que exista cierta simetría entre el partido del presidente y la mayoría parlamentaria, como sucede en el parlamentarismo europeo. Según el inciso 2 del artículo 89 del Código de la Democracia, la elección de los miembros de la Asamblea Nacional tiene que llevarse a cabo en la “segunda vuelta”, es decir, que las elecciones presidenciales y parlamentarias no serían simultáneas, pues se realizarían en diferentes días. La intención política de separar ambas elecciones es facilitar un apoyo parlamentario importante y estable al Ejecutivo, evitando la fragmentación política a nivel parlamentario, estimulando la estabilidad y gobernabilidad del sistema político; ya que, para la “segunda vuelta” ya estarían determinados los dos binomios presidenciales más votados, y el elector tendería a decidirse por el partido de esos dos candidatos presidenciales. En la propuesta de reforma que se discute en la Asamblea Nacional, se propone volver a la simultaneidad, es decir, que ambas elecciones, legislativas y presidenciales, tengan lugar en la denominada “primera vuelta”. Las razones son contraproducentes. Una parte de la oposición al gobierno piensa que con la simultaneidad tendría más oportunidades de estar representada y evitar que, con la elección del presidente en primera vuelta, el partido de gobierno obtenga una mayoría parlamentaria abrumadora. Otra fracción de la oposición confía, en cambio, que con la no simultaneidad, se pueda para la “segunda vuelta” conformar una gran coalición contra el partido en el poder. El partido de gobierno razona, por su lado, que es más conveniente volver a la simultaneidad; ya que, por la popularidad imbatible del presidente, es más beneficioso hacer campaña electoral al mismo tiempo que el candidato presidencial. Estos razonamientos muestran como los intereses político-electorales y las estrategias pragmáticas prevalecen en las reformas electorales. El método d’Hondt por Hare

B.

Con el fin de fortalecer a las organizaciones políticas y contribuir a la gobernabilidad, la propuesta de reforma propone reemplazar el método de adjudicación de escaños Hare por d’Hondt. Como ya se explicó, el método de d’Hondt es un procedimiento proporcional pero que tiende a favorecer a los partidos más votados. En método Hare que se aplica en el Ecuador es complejo (combinado con listas abiertas y 2

Véase “Informe para primer debate del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, aprobado por la Comisión Especializada Permanente de Justicia y Estructura del Estado, aprobado el 18 de noviembre de 2011. Página 7 de 9

voto personalizado) y tiende a la fragmentación de la representación. Para la adjudicación de escaños de los miembros de la Asamblea Nacional, el sistema funciona de la siguiente manera: primero se suman todos los votos de todos los candidatos sin diferenciar los votos individuales de los votos de lista de cada circunscripción; luego, hay que dividir el total de votos para el número de escaños, con lo cual se obtiene el cociente distribuidor; el total de votos de cada partido se divide para el cociente distribuidor, y el número entero de esa operación matemática determina el número de escaños que corresponden a cada partido, en caso de escaños sobrantes se asignan a las listas que hayan alcanzado las más altas aproximaciones; después de todo esto, los escaños que haya obtenido cada partido se adjudica a los más votados dentro de la lista. Como sostiene el Informe para primer debate de la ley electoral, el método vigente de adjudicación de escaños es innecesariamente complicado; mezcla irracionalmente el principio de representación proporcional (como lo establece la Constitución), con una regla de decisión mayoritaria (los más votados), con un sistema de votación típico de sistemas de mayoría (voto personalizado) y un método de adjudicación de escaños proporcional complejo (Hare). El voto del elector pasa por un proceso mediante el cual es prácticamente imposible que los ciudadanos puedan predecir el impacto de su voto, lo que resta transparencia al sistema electoral. Con la reforma, se intenta aumentar la efectividad del sistema, consolidar los partidos políticos, y hacer más transparente y entendible el sistema electoral para el elector. C.

Otros temas pendientes de la reforma

Los siguientes temas no están recogidos en el Informe para primer debate de la reforma a la ley electoral, pero han estado latentes en la discusión: 1. Reemplazo del voto personalizado por el voto en plancha: Como ya se analizó, el voto personalizado maximiza la función de participación, pero puede tener efectos negativos en la consolidación de los partidos políticos y puede agudizar la fragmentación de la representación. Si se desea fortalecer a las organizaciones políticas como pilar fundamental para construir el Estado constitucional de derechos y justicia (art. 306 del Código de la Democracia), se debería pensar en abandonar el voto personalizado y regresar al voto por lista, pero otorgar al elector dos o tres votos preferenciales para favorecer a sus candidatos dentro de la lista. Esta solución podría conciliar equilibradamente la función de participación y la de efectividad. Por otro lado, no es seguro que la elección personalizada se compadezca con el principio de representación proporcional y con el mandato constitucional de la representación política paritaria entre hombres y mujeres. 2. Equidad en la representación parlamentaria de las mujeres: Lo que neutraliza el mandato constitucional de paridad en la representación política entre hombres y mujeres (art. 116 de la Constitución), a pesar de la estructuración de listas alternadas y secuenciales entre ambos géneros, son las listas abiertas y el voto personalizado. El reemplazo de las listas abiertas y del voto personalizado por listas cerradas, podría contribuir a que la equidad de género de las listas se refleje con mayor intensidad a nivel parlamentario. De esta manera se fortalecería la función de representación en su sentido sociológico. 3. La barrera legal: Como ya se dijo, la barrera legal puede ser uno de los mecanismos más Página 8 de 9

efectivos para mitigar la fragmentación de la representación a nivel parlamentario, al crear incentivos para la formación de coaliciones electorales y aumentar la efectividad del sistema. La historia del sistema de gobierno ha sido la permanente pugna de poderes entre ejecutivo y legislativo y la excesiva fragmentación del sistema de partidos. Aunque una barrera legal de entre el 3% y 5% no resolvería por completo los problemas de atomización de la representación, sí podría contribuir a mejorar la gobernabilidad y serviría de estímulo para que los partidos políticos pequeños formen coaliciones más representativas y estables. Con esta reforma se aumentaría la efectividad del sistema.

Quito, 27 de noviembre de 2011.

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